CONCURSO MERCANTIL

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CONCURSO MERCANTIL IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVA

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CONCURSO MERCANTIL

IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAConceptoUn procedimiento en el cual, una autoridad jurisdiccional (Juez de Distrito) desplegar todos los actos tendientes a resolver la controversia o situacin que se le plantea, en el sentido de determinar si el comerciante se encuentra en los supuestos del concurso mercantil que prev la ley, de aprobar el convenio que en su caso se celebre con los acreedores reconocidos, o bien, de declarar la quiebra para proceder al remate de los bienes sujetos al concurso y efectuar el pago correspondiente a dichos acreedores.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAConcurso MercantilEl procedimiento regulado por la LCM se divide en tres partes: la etapa anterior al concurso, la conciliacin y la quiebra. La primera etapa es imprescindible, la segunda y la tercera pueden ser alternativas.El procedimiento es dirigido por un juez de distrito con jurisdiccin en el domicilio del comerciante, y cada una de las etapas tiene a su cargo a un especialista del Ifecom, la primera requiere de la intervencin de un visitador, la segunda de un conciliador y la tercera de un sndico.

IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAPrimera EtapaEs determinar si se cumplen los supuestos para la declaracin del concurso mercantil. Se inicia con una demanda o solicitud de concurso que pueden presentar ante el juez el comerciante, los acreedores o el Ministerio Pblico. El juez ordena al Ifecom la designacin de un visitador que en un periodo de 15 a 30 das debe rendir un dictamen sobre la situacin de la empresa del comerciante.

Se da un periodo al comerciante para contestar la demanda, y un periodo para alegatos. En caso de que se considere procedente la declaracin del concurso, el juez dicta la sentencia de declaracin de concurso mercantil, con la que se inicia la etapa de conciliacin. La primera etapa no debera de tomar ms de un mes y medio.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVASegunda EtapaEl objetivo de la segunda etapa es que se logre un acuerdo entre el comerciante y sus acreedores para evitar llevar al comerciante a la quiebra, acuerdo que se documenta mediante la firma de un convenio. La duracin de esta etapa es de 185 a 365 das, e inicia con la sentencia de declaracin de concurso mercantil.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVATercera EtapaEn el caso de una sociedad, la quiebra, esto es, la tercera etapa, debera de tener lugar solamente cuando la sociedad no tiene viabilidad econmica. El objetivo de una quiebra debe ser la disolucin y liquidacin de la sociedad. Dicho proceso conlleva la distribucin de los bienes de la sociedad entre sus acreedores, hasta donde alcance para pagar las deudas de la sociedad, y despus su liquidacin.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAAl que se somete un comercianteLas personas que pueden ser declaradas en concurso mercantil son los comerciantes. Lo anterior se debe a que si bien todas las personas, comerciantes o no comerciantes, son susceptibles de incurrir en el incumplimiento del pago de sus obligaciones, slo a los comerciantes se les puede declarar en concurso mercantil.

Ahora bien, comerciante es toda aquella persona fsica que tiene capacidad legal para realizar, de manera habitual y profesional, actos de comercio con el fin de obtener un lucro, es decir, de conseguir una ganancia. Tambin son comerciantes las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles, as como las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de stas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAObligacionesPor obligacin debemos entender el deber que tiene una persona llamada deudor (que en este caso es el comerciante), de conceder a otra llamada acreedor, una prestacin, que puede consistir en un dar, un hacer o un no hacer.

Derivado de su actividad, un comerciante debe cumplir, de manera habitual, diversas obligaciones contradas con personas (llamadas acreedores), que le proporcionan bienes o servicios.IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVA8PagoEs propiamente el cumplimiento de una obligacin mediante un dar, un hacer o no hacer. Es decir, el comerciante cumple con la obligacin de pagar a sus acreedores cuando entrega una cosa (dinero, mercanca u otros objetos), presta algn servicio o se abstiene de realizar algn acto, como podra ser el dejar de efectuar actos de comercio en determinada zona, reservada a otros comerciantesIVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAIncumple generalizadamenteEsta hiptesis se actualiza cuando el comerciante no cumple en sus obligaciones de pago a dos o ms acreedores distintos y se presentan las siguientes condiciones:

Que las obligaciones que tengan por lo menos treinta das de haber vencido, representen el treinta y cinco por ciento o ms de todas las obligaciones a cargo del comerciante, a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso.

Que el comerciante no tenga activos para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de la demanda.

IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVATambin, se presumir que incurri en el anotado incumplimiento cuando se presente alguno de los supuestos siguientes:

No existan bienes o sean insuficientes para practicarse un embargo por el incumplimiento de una obligacin o al pretender ejecutar una sentencia en su contra.

Se incumpla en el pago de obligaciones a dos o ms acreedores distintos.

El comerciante se oculte o ausente, sin dejar al frente de la administracin u operacin de su empresa a alguien que pueda cumplir con sus obligaciones. El comerciante, en iguales circunstancias que en el inciso anterior, cierre los locales de su empresa.

Se acuda a prcticas ruinosas, fraudulentas o ficticias para atender o dejar de cumplir sus obligaciones.

Se incumplan obligaciones contradas mediante convenio celebrado con sus acreedores en etapa de conciliacin, en caso de que se encuentre sujeto a un procedimiento de concurso mercantil.

IVAN ALEJANDRO VARGAS RAMIREZ 4CVT CONTABILIDAD COORPORATIVAObjetoEl procedimiento de concurso mercantil conste de dos etapas, a saber:la conciliacin y la quiebra. La primera de ellas tiene como finalidad la conservacin de las empresas o negociaciones mediante el convenio de pago que stos celebren con sus acreedores; mientras que la segunda, que inicia cuando no se llega a un convenio, tiene por objeto la venta de la empresa o negociacin del comerciante, de los bienes y derecho que la integran, de forma que con suproducto, se haga el pago a los acreedores respectivos.

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