Conclusion Es

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CONCLUSIONES En el Perú, aún y con falta de legislación respecto del tema, los jueces tienen un criterio completamente definido para poder dictaminar los caso de filiación cuando estas proceden de una donación de esperma, aunque cierto sector de la doctrina pone sobre la mesa al Principio del Interés Superior del Niño como el correcto a seguir El criterio del Interés Superior del Niño es en la mayor!a de los pa!ses preponderante para poder resol"er los casos ya mencionados, todo ello en base al derec#o internacional, es decir, las di"ersas $on"enciones que s #an reali%ado en pro de los niños &a prueba del '(N es otro de los criterios y consideramos uno de los m)s importantes en los casos de filiación matrimonial y e*tramatrimonial, pe desestimamos el uso de este, en las técnicas de +eproducción 'sistida porque en los pa!ses donde est) completamente regulado el uso de las mismas se #a #ec#o uso de un pacto, bajo documento, del ocultamiento de la identidad del donante y por ende de su renuncia a la impugnación de paternidad en beneficio de él El elemento "oliti"o en este tipo de filiación -E+'. concede a los que a utili%ar la técnica un punto fa"orable para considerarlos como los "erdaderos padres del menor en cuestión Es decir, complementa al criter del Interés Superior del Niño #aciendo que el menor, con un estatus ya establecido estado de #ijo. continúe bajo responsabilidad de quienes en "erdad desearon su nacimiento

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CONCLUSIONES En el Per, an y con falta de legislacin respecto del tema, los jueces no tienen un criterio completamente definido para poder dictaminar los casos de filiacin cuando estas proceden de una donacin de esperma, aunque cierto sector de la doctrina pone sobre la mesa al Principio del Inters Superior del Nio como el correcto a seguir. El criterio del Inters Superior del Nio es en la mayora de los pases el preponderante para poder resolver los casos ya mencionados, todo ello en base al derecho internacional, es decir, las diversas Convenciones que se han realizado en pro de los nios. La prueba del ADN es otro de los criterios y consideramos uno de los ms importantes en los casos de filiacin matrimonial y extramatrimonial, pero desestimamos el uso de este, en las tcnicas de Reproduccin Asistida porque en los pases donde est completamente regulado el uso de las mismas se ha hecho uso de un pacto, bajo documento, del ocultamiento de la identidad del donante y por ende de su renuncia a la impugnacin de paternidad en beneficio de l. El elemento volitivo en este tipo de filiacin (TERA) concede a los que van a utilizar la tcnica un punto favorable para considerarlos como los verdaderos padres del menor en cuestin. Es decir, complementa al criterio del Inters Superior del Nio haciendo que el menor, con un estatus ya establecido (estado de hijo) contine bajo responsabilidad de quienes en verdad desearon su nacimiento.