COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS - BOE.es109 navegacion e instalaciones marinas 110 organizacion y...
Transcript of COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS - BOE.es109 navegacion e instalaciones marinas 110 organizacion y...
COMUNIDAD AUTÓNOMADE CANARIAS
ORDEN de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación,Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados paralos funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de EnseñanzaSecundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores deMúsica y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de ArtesPlásticas y Diseño.
ANEXOS
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006
ANEXO 1
435
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
1. Se ruega al solicitante que, en su propio beneficio, ponga el máximo interés en la correctacumplimentación del impreso de solicitud.
2. La solicitud se presentará escrita con caracteres de imprenta, respetando los encasillados en loscampos en que éstos existan.
3. Deberá presentarse una única instancia por cada Cuerpo por el que se desee participar, aunque seconcurra a plazas de distintas especialidades.
4. El solicitante no rellenará el apartado destinado a cumplimentar por la Administración.5. El campo "D.N.I.", deberá cumplimentarse ajustando su contenido a la derecha.Por ejemplo: si el solicitante tiene el D.N.I. n° 2.188.933, se escribirá:
~6. En el apartado "Centro de destino definitivo en el curso 2006/2007", aquellos concursantes que se
encuentren en comisión de servicio deberán consignar el centro en el que poseen la plaza en propiedad.
¿CÓMO CONSIGNAR PETICIONES DE PLAZAS POR CENTROS Y LOCALIDADES?
7. Los centros y las localidades se relacionarán por orden de preferencia, teniendo en cuenta loscódigos que figuran en los anexos nI, IV, V YVI según el Cuerpo de que se trate.
Los códigos de cada centro y localidad constan de nueve caracteres y deberán corresponderexactamente a un código de localidad o de centro de los publicados en la Orden de convocatoria delpresente concurso de traslados.El código del tipo de plaza (especialidad) consta de tres dígitos y deberá consignarseobligatoriamente, a efectos de identificar la plaza solicitada, junto al código de localidad o de centro,debiendo corresponder exactamente a los que aparecen publicados en anexo n de la Orden deconvocatoria.El código de requisito lingüístico del puesto solicitado, que consta de una casilla, sólo será necesariocumplimentarlo si el puesto conlleva dicho requisito (en su caso, consultar la convocatoria de laComunidad Autónoma correspondiente), en cuyo caso se escribirá una "X" en esta casilla.8. El número máximo de peticiones (centros o localidades y especialidades) será de 300.9. Si se quiere solicitar plazas correspondientes a distintas especialidades de un mismo centro o
localidad, deberá consignarse el código del centro o de la localidad de que se trate, tantas veces como plazasde distintas especialidades se pretendan solicitar.
10. Con carácter general para todos los participantes hay tres modalidades para solicitar plazas en esteconcurso de traslados:
a) Consignando en la instancia de participación, concretamente, todos los códigos de los centros que sesoliciten, en el orden de preferencia que se desee.
b) Consignando el código de las localidades que figuran en los anexos nI, IV, V y VI, según el Cuerpode que se trate, por orden de preferencia, en cuyo caso se entenderá que dentro de cada localidad loscentros se adjudicarán en el mismo orden en el que figuran en los mencionados anexos.
c) Alternando las dos modalidades anteriores, de forma que se consignen los códigos correspondientes acentros y los correspondientes a localidades. En este último caso, el orden de adjudicación de loscentros de cada localidad consignada, será el que figura en los anexos nI, IV, V y VI, salvo paraaquellos centros cuyos códigos se hayan señalado con anterioridad al de la localidad a la quepertenezcan, según los citados anexos.11. Cuando en un orden de petición aparezca el código de una localidad determinada y,
posteriormente, el código de un centro de dicha localidad, ésta última petición quedará sin efecto, ya que alconsignar el código de una localidad se están solicitando todos los centros de la misma, en el orden queseñalan los anexos nI, IV, V y VI. Por tanto, no tiene valor la segunda petición correspondiente a un mismocentro.
436 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
¿CÓMO EJERCER EL DERECHO PREFERENTE A LOCALIDAD?(Exclusivamente para los colectivos determinados en la Orden de la convocatoria)
12. Para que este derecho preferente tenga efectividad, los solicitantes deberán rellenar su instanciaconsignando, en primer lugar, el código de la localidad referida que figura en los anexos III, IV, V YVIsegún el Cuerpo de que se trate, o todos los códigos de todos los centros de la localidad a que se aplicadicho derecho. En el caso de que se concurra por más de una especialidad, para ejercer el derecho preferentedeberán solicitarse todas las plazas de la localidad en todas las especialidades por las que se concursa,consignado el código de la localidad tantas veces como especialidades o todos los centros de dicha localidad,por orden de preferencia, para cada una de las especialidades por las que se concursa.
13. Después de solicitar expresamente el derecho preferente a la localidad, en la forma indicadaanteriormente, los participantes podrán también consignar, al margen de este derecho preferente, más códigosde otros centros o localidades.
14. De omitirse alguna plaza de la localidad por la que ejerce el derecho preferente, en la especialidado especialidades por las que concurre, la Administración rellenará de oficio los centros omitidos hastacompletar la localidad correspondiente, inmediatamente detrás del último centro de la localidad consignadode forma expresa y correcta en su instancia de participación, de tal forma que todos los centros de la localidadqueden consignados en primer lugar, y detrás de la misma, el resto de centros que, en su caso, el participantehaya consignado, fuera del derecho preferente.
15. Cualquier error en el número de código de alguna localidad o de algún centro podrá determinar:Que se anule la petición si no corresponde a ninguna localidad o centro existente.Que se obtenga destino en alguna localidad o centro no deseado que corresponda al códigoconsignado.
¿CÓMO EJERCER LA OPCIÓN DE INSULARIZACIÓN?(Exclusivamente para los colectivos determinados en la Orden de la convocatoria)
16. Para hacer efectiva la opción a la insularización y así obtener destino definitivo, en caso de existirvacantes, en la isla o islas que se desee, se deberán necesariamente seguir las siguientes indicaciones~
1°._ Obligatoriamente consignarán, en el apartado correspondiente de su instancia de participación, elcódigo correspondiente de la isla en la que desean insularizarse, y en caso de ser más de una isla, deberánnumerar, por orden de preferencia, los códigos de las islas en que desean insularizarse.2°._ Igualmente, quienes sean titulares de más de una especialidad del Cuerpo por el que concurren,deberán consignar necesariamente, por orden de preferencia, en el apartado correspondiente de lainstancia de participación, los códigos de todas las especialidades de su titularidad. Quienes sean titularesde una sola especialidad deberá consignar en el apartado correspondiente de la instancia de participación,el código de la especialidad de su titularidad.3°._ Hechas las anteriores especificaciones, la consignación de las peticiones de centros concretos en lainstancia de participación, se podrá realizar mediante cualquiera de las modalidades, o alternando algunade ellas, previstas en el apartado 9.S de la Orden de convocatoria o en la forma expuesta en el punto 7 delas presentes Instrucciones.
17. No obstante, si en la petición de centros de los participantes forzosos que hayan manifestado sudeseo de insularizarse, mediante la opción expresa en el apartado correspondiente de la instancia departicipación, se detectara una omisión o un error entre los códigos de los centros o localidadescorrespondientes a la isla o islas en que desean insularizarse, la Administración subsanará de oficio dichasanomalías incluyendo el código o los códigos de los centros que se han omitido o corrigiendo el código o loscódigos de los centros que se han consignado equivocadamente. Para ello, los códigos que se consignen deoficio hasta completar la totalidad de los centros de la isla o islas correspondientes, se colocaráninmediatamente a continuación del último centro o localidad solicitados en la instancia de participación.
18. Además de solicitar todos los centros de la isla o islas en las que han manifestado su preferenciapor insularizarse según consignación expresa, si lo desean, también pueden solicitar algunos centros de otraisla o islas, relacionando éstos por orden de preferencia por cualquiera de las modalidades previstas en elapartado 7 de las presentes Instrucciones o 9.S. de la Orden de convocatoria.
ANEXO 11
CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (CÓDIGO 590)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
001 FILOSOFIA002 GRIEGO003 LATIN004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA005 GEOGRAFIA E HISTORIA006 MATEMATICAS007 FISICA y QUIMICA008 BIOLOGIA y GEOLOGIA009 DIBUJO010 FRANCES011 INGLES012 ALEMAN013 ITALIANO016 MUSICA017 EDUCACION FISICA018 PSICOLOGIA y PEDAGOGIA019 TECNOLOGIA055 EDUCADORES (e. ENSEÑANZAS INTEGRADAS)061 ECONOMIA101 ADMINISTRACION DE EMPRESAS102 ANALISIS y QUIMICA INDUSTRIAL103 ASESORIA y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACION105 FORMACION y ORIENTACION LABORAL106 HOSTELERIA y TURISMO107 INFORMATICA
108 INTERVENCION SOCIOCOMUNITARIA109 NAVEGACION E INSTALACIONES MARINAS110 ORGANIZACION y GESTION COMERCIAL111 ORGANIZACION y PROCESOS DE MATENIMIENTO DE VEHICULOS112 ORGANIZACION y PROYECTOS DE FABRICACION MECANICA113 ORGANIZACION Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGETICOS115 PROCESOS DE PRODUCCION AGRARIA116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA117 PROCESOS DIAGNOST. CLINICO Y PROCEDo ORTOPROTESICOS118 PROCESOS SANITARIOS119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACION120 PROCESOS Y PRODUCTOS DE TEXTIL, CONFECCION Y PIEL122 PROCESOS Y PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS123 PROCESOS Y PRODUCTOS DE MADERA Y MUEBLE124 SISTEMAS ELECTRONICOS125 SISTEMAS ELECTROTECNICOS Y AUTOMATICOS
CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL (CÓDIGO 591)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
025 ACTIVIDADES (e. ENSEÑANZAS INTEGRADAS)201 COCINA Y PASTELERIA202 EQUIPOS ELECTRONICOS203 ESTETICA204 FABRICACION E INSTALACION DE CARPINTERIA Y MUEBLE205 INSTALAe. Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TERMICOS Y FLUIDOS206 INSTALACIONES ELECTROTECNICAS208 LABORATORIO209 MANTENIMIENTO DE VEHICULOS210 MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCION211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MAQUINAS212 OFICINA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCION213 OFICINA DE PROYECTOS DE FABRICACION MECANICA214 OPERACIONES Y EQUIPOS DE ELABORACION DE PRODUCTOS
ALIMENTARIOS215 OPERACIONES DE PROCESOS216 OPERACIONES DE PRODUCCION AGRARIA217 PATRONAJE Y CONFECCION
218 PELUQUERIA
219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNOSTICO CLINICO Y ORTOPROTESICO
220 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES
221 PROCESOS COMERCIALES
222 PROCESOS DE GESTION ADMINISTRATIVA
223 PRODUCCION DE ARTES GRAFICAS
224 PRODUCCION TEXTIL Y TRATAMIENTO FISICO-QUIMICOS
225 SERVICIOS A LA COMUNIDAD
226 SERVICIOS DE RESTAURACION
227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMATICAS
228 SOLDADURA229 TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO
CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (CÓDIGO 592)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
001 ALEMAN006 ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS008 FRANCES011 INGLES012 ITALIANO
(j)e
"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)
-....J1\.)
~Dl;::¡rorJl
.....
.¡::.
::J
~.ro3C".....ro1\.)
oo(j)
.¡::.W-....J
CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA y ARTES ESCÉNICAS (CÓDIGO 594)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
401 ACORDEON402 ARPA403 CANTO404 CLARINETE405 CLAVE406 CONTRABAJO407 CORO408 FAGOT410 FLAUTA TRAVESERA412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICION414 GUITARRA416 HISTORIA DE LA MUSICA419 OBOE420 ORGANO422 PERCUSION423 PIANO424 SAXOFON426 TROMBON427 TROMPA428 TROMPETA429 TUBA431 VIOLA433 VIOLIN434 VIOLONCELLO460 LENGUAJE MUSICAL
CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (595)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
507 DIBUJO ARTISTICO y COLOR508 DIBUJO TECNICO509 DISEÑO DE INTERIORES511 DISEÑO DE PRODUCTO512 DISEÑO GRÁFICO515 FOTOGRAFÍA516 HISTORIA DEL ARTE520 MATEMATICAS y TECNOLOGIA: DISEÑO522 MEDIOS INFORMÁTICOS523 ORGANIZACION INDUSTRIAL y LEGISLACION525 VOLUMEN
CUERPO DE MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (CÓDIGO 596)
CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)
602 BORDADOS Y ENCAJES605 EBANISTERIA ARTISTICA608 FOTOGRAFIA y PROCESOS DE REPRODUCCION609 MODELISMO y MAQUETISMO610 MOLDES Y REPRODUCCIONES612 TALLA EN PIEDRA Y MADERA
613 TECNICAS CERAMICAS614 TECNICAS DE GRABADO Y ESTAMPACION615 TECNICAS DE JOYERIA Y BISUTERIA617 TECNICAS DE PATRONAJE Y CONFECCION618 TECNICAS DEL METAL619 TECNICAS MURALES620 TECNICAS TEXTILES
CÓDIGOS DE ISLAS
CÓDIGOS ISLAS351 GRAN CANARIA352 FUERTEVENTURA353 LANZAROTE381 TENERIFE382 LA PALMA383 LA GOMERA384 EL HIERRO
.¡::.w00
~Dl;:¡rorJl
.....
.¡::.
::Jo:5.ro3C".....ro1\.)
oo(j)
(j)e
"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)
'-J1\.)
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 439
ANEXO III
CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA/CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
440 Martes 14 noviembre 2006
Locaüdad Ce.ntro
Suplemento del BOE núm. 272
Isla Municipio Código Denomin'/óón Código Denominación
La Aldea de San Nicolás
Las Palmas de Gran Canaria
35010488 lES Carrizal
350110002 Ingenio
35702374 EOEP Ingenio-Agüimes (1)
35010506 lES Ingenio
35020000& La Aldea de San Nicolás
35009875 lES La Aldea de San Nicolás
350160019 Marzagán
35008691 CEO Omayra Sánchez
350160024 Las Palmas de Gran Canaria
35001475
35013696
35003034
35702657
35702660
35702652
35703435
35704334
35704333
35702658
35702656
35702659
35702661
35002972
35007350
35008470
35009577
35009395
35001293
CEEE Salvador Rueda
CEEE Siete Palmas
EA Gran Canaria
EOEP Arenales (1)
EOEP Escaleritas (1)
EOEP Especifico de Deficientes Visuales (1)
EOEP Especifico de Discapacidades Auditivas (1)
EOEP Especifico de Discapacidades Motoras (1)
EOEP Especifico de Trastornos Gral. Desarrollo (1)
EOEP La Vega de San José (1)
EOEP Las Canleras (1)
EOEP Las Palmas-Miller (1)
EOEP Tamaraceite-Siete Palmas (1)
lES Alonso Quesada
lES Cruz de Piedra
lES El Batán
lES El Rincón
lES Feria del Atlántico
lES Franchy Roca
350160034 Tafira Alta
350160035 Tafira Baja
Isla Municipio Código
Localidad
Denominación
Centro
Código Denominación
35006618 lES Francisco Hernández Monzón
35007994 lES Guanarteme
35002923 lES Isabel de España
35003393 lES Islas Canarias
35001517 lES José Saramago
35003332 lES La Isleta
35002960 lES La Mlnilla
35009139 lES La Vega de San José
35007842 lES Lomo Apolinario
35010427 lES Los Tarahales
35008561 lES Mesa y López
35009899 lES Nueva Isleta Tony Gallardo
35009322 lES Pablo Montesinos
35002911 lES Pérez Galdós
35002984 lES Politécnico Las Palmas
35009383 lES Primero de Mayo
35001438 lES Ramón Menéndez Pidal
35008767 lES San Cristóbal
35002959 lES Santa Teresa de Jesús
35010208 lES Schamann
35010439 lES Siete Palmas
35007891 lES Simón Pérez
35001426 lES Tomás Miller
35002947 lES Tomás Morales
35702384 EOEP Gran Canaria Centro (1)
35003460 lES Tafira
35003563 lES Felo Monzón Grau Bassas
350160036 Tamaraceite
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 441
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
35009711 lES Cairasco de Figueroa
35010403 lES Tamaraceite
Mogán
350120003 Arg uineguín35010105 lES Arguineguin
350120022 Mogán
35000835 CEO Mogán
Moya
350130014 Villa de Moya
35009565 lES Doramas
San Bartolomé de Tirajana
350190009 Castillo del Romeral
35003733 CEO Pancho Guerra
350190020 Maspalomas
35010282 lES Amurga
35006643 lES Faro de Maspalomas
35007064 lES Támara
350190030 Tunte
35003812 CEO Tunte
350190033 El Tablero
35004841 CEEE Alcalde Enrique Jorge
35003848 lES Tablero I (Aguañac)
350\90038 San Fernando
35702373 EOEP Gran Canaria Sur (1)
Santa Brigida
350210002 La Atalaya
35013659 lES La Atalaya
350210007 Santa Brig ida
35010129 lES Santa Briglda
Santa Lucía de Tirajana
350220001 Cruce de Sardina
35013881 CEO Vecindario
Localidad Centro
Isia Municipio Código Denominación Código Denominación
350220002 El Doctoral
35010415 lES El Doctoral
350220011 Sardina
35003976 lES Tamo9ante
350220013 Vecindario
35702663 EOEP Gran Canaria Sureste (1)
35010130 lES Gran Canaria
35009401 lES José Zerpa
35004038 lES Santa Lucia
35007854 lES Vecindario
Santa Maria de Guia
350230005 Casas de Aguilar
35004041 CEO Luján Pérez
350230013 Santa María de Guia
35008652 CEEE Marente
35702370 EOEP Gran Canaria Noroeste (1)
35004105 lES Guia
35004130 lES Santa María de Guia
Tejeda
350250013 Tejed a
35004245 CEO Tejeda
Telde
350260003 El Calero
35008411 lES El Calero
350260006 Casas Nuevas
35009346 lES Casas Nuevas
350260020 Las Huesas
35009851 lES Las Huesas
350260022 Jinámar
35702368 EOEP Valle de Jinámar (1)
35008287 lES Agustín Millares Sall
35008299 lES Fernando Sagaseta
442 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
350260041 San Isidro
350320010 Valleseco
350270008 Teror
350260044 Telde
Centro
Código Denominacíón
35008597 lES Jinámar 2
35010142 lES Jinámar 3
35702379 EOEP Telde-ValsequiJIo (1)
35007945 lES Guillennina Brito
35008664 Ct::EE Petra Lorenzo
35702662 EOEP Telde Costa (1)
35004452 lES José Arencibia Gil
35008068 lES José Frugoni Pérez
35010154 lES Lomo de La Herradura
35007696 lES Profesor Antonio Cabrera Pérez
35010294 lES Profesor Juan Pulido Castro
35005055 lES Nuestra Señora del Pilar
35010269 lES Teror
35004713 CEO Rey Juan Carlos I
35009841 lES ValsequiJIo
35009589 lES Vega de San Mateo
Denominación
Localidad
350330011 Vega de San Maleo
350260046 Valle de Los Nueve
350310020 Valsequillo
350260024 Lomo de La Herradura
Código
Vega de San Mateo
VaisequiJIo
Teror
Valleseco
MunicipioIsla
La Gom~ra
Atajeró380030007 Playa de Santiago
380490002 La Calera
380500023 Vallehermoso
380210009 Hennigua
380360016 San Sebastián de La Gomera
38000202 CEO Santiago Apóstol
Centro
Código Denominacíón
38001814 CEO Mario Lhermet Vallier
38702655 EOEP La Gomera (1)
38011583 lES San Sebastián de La Gomera
38007439 CEO Nereida Diaz Abreu
38011613 lES Poeta García Cabrera
Denominación
Localidad
Código
Valle Gran Rey
Vallehermoso
San Sebastián de La Gomera
Municipio
Hermigua
Isla
La PalmaBarlovento
380070001 Barlovento
Breña Baja
El Paso
Los Llanos de Aridane
Puntagorda
380090001 San José
380270005 El Paso
380240005 Los Llanos de Aridane
380290003 Punlagorda
38000470 CEO Barlovento
38012010 lES Las Breñas
38011947 lES El Paso
38702570 EOEP Valle de Aridane (1)
38003197 lES Eusebio Barreto Lorenzo
38003276 lES José Maria Pérez Pulido
38011601 lES Puntagorda
San Andrés y Sauces
3803300 16 Los Sauces
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 443
Localidad Cenlro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
38011339 lES Cándido Marante Expósito
Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma
38009345 CEEE El Dorador
38005091 EA Santa Cruz de La Palma
38702517 EOEP Santa Cruz de La Palma (1)
38005081 lES Alonso Pérez Dlaz
38005078 lES Luis Cobiella Cuevas
38005066 lES Virgen de Las Nieves
Tazacorte380450007 Tazacorte
38007075 CEO Juan XXIII
Tljarafe380470007 Tijarafe
38007269 CEO Tijarafe
Villa de Mazo380530010 El Pueblo
38008419 lES Villa de Mazo
LanzaroteArrecife
350040003 Arrecife35013969 CEO Argana
35000306 EA Pancho Lasso
35702664 EOEP Lanzarote Norte (1)
35702375 EOEP Lanzarote Sur (1)
35006205 lES Agustin Espinosa
35010373 lES Arrecife
35000288 lES Bias Cabrera Felipe
35009191 IES César Manlique
35007398 lES Las Salinas
35000321 lES Zonzamas
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
35000240 IFPMP Arrecife
Haria350100004 Haria
35009206 lES Haría
San Bartolomé350180006 San Bartolomé
35010543 lES Playa Honda
35009221 IES San Bartolomé
Tegulse350240015 Tahlche
35009103 CEEE Nuestra Señora de Los Volcanes
350240017 Villa de Teguise35009838 lES Tegulse
Tias350280007 Puerto del Carmen
35013787 lES Puerto del Carmen
35028U008 Tías35010348 lES Tías
Tinaja
350290004 Tinaja35010397 tES Tinajo
Yaiza
350340007 Yaiza
35009218 lES Yalza
TenerifeAdeje
380010001 Adeje
38702579 EOEP Isora (1)
38010852 lES Adeje
38011960 lES Adeje 2
Arafo380040001 Arafo
38000238 CEO Andrés Orozco
444 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
Local/dad Centro
Isla Municipio CM/go Denominación. Código Denominación
Arico380050002 Villa de Arico
Arana
Buenavista del Norte
Candelaria
El Rosario
El Sauzal
380060003 Cabo Blanco
380060005 Los Cristianos
380060008 Las Galletas
380100001 Buenavisla del Norte
380110004 Candelaria
380320003 La Esperanza
380410001 Ravelo
380410002 El Sauzal
38011868 lES Arico
38015254 lES Cabo Blanco
38015187 lES Guaza
38010712 lES Los Cristianos
38015382 lES Los Cristianos 11
38011844 lES Las Galletas
38006174 lES Buenavista
38011996 lES Punta Larga
38011194 lES Santa Ana
38004384 CEO Leoncio Rodríguez
38010992 lES Sabino Berthelot
38010694 lES San Nicolás
El Tanque380440001 Cruz Grande
38015281 lES El Tanque
Garachico380150003 Garachico
38008663 lES Garachico-Alcalde Lorenzo Dorta
380200006 GOlmar
380180003 La Guancha
380190002 Alcalá
380170017 San Isidro
Centro
Cad/ga Denominación
38702515 EOEP Abona (1)
38011315 lES Granadilla de Abona
38015175 lES Los Cardones
38010967 lES Magallanes
38011972 IESAlcaJá
38001553 lES Manuel Martin González
38009311 CEEE Chacona
38702576 EOEP Valle de GOimar (1)
38001671 lES GOlmar
38001644 lES Mencey Acaymo
38010581 CEEE Inés Fuentes
38702577 EOEP Ycoden-Daute (1)
38002089 lES Lucas Martin Espíno
38002077 lES Nicolás Eslévez Borges
38002065 lES San Marcos
38008572 lES La Guancha
38702575 EOEP Acentejo (1)
38011200 lES La Matanza
Denominadón
Localidad
380220007 Icod de Los Vinos
380250001 La Matanza de Acentejo
380190008 Guía de Isora
380170012 Granadilla de Abona
Cad/go
Icod de Los Vinos
La Guancha
La Matanza de Acenlejo
Güímar
Granadilla de Abona
Gula de Isora
MunicipioIsla
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 445
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
La Orotava380260001 Aguamansa
38003409 CEO Manuel de Falla
380260019 La Orotava38702512 EOEP La Orolava (1)
38010979 lES El Mayorazgo
38010724 lES Rafael Arozarena
38003574 lES Villalba Hervás
380260025 San Anlonio38003631 lES La Orolava-Manuel González Pérez
La Victoria de Acentejo380510005 La Victoria de Acentejo
38007713 CEO Principe Felipe
38011212 lES La Victoria-Alfonso Femández Garda
Los Realejos380310004 Cruz Sanla
38015278 lES Cruz Santa
380310007 Icod El Alto
38004177 CEO La Pared
380310016 Realejo Alto
38010773 lES Mencey Bencomo
38004311 lES Realejos
Los Silos380420008 Los Silos
38010803 lES Daule-Los Silos
Puerto de La Cruz380280004 Puerto de La Cruz
38003963 lES Agustin de Bethencourt
38003999 lES Puerto de La Cruz
380280006 La Vera38702513 EOEP Los Realejos (1)
38011546 lES Maria Pérez Trujillo
Localidad Centro
bla Municipio Código Denominación Código Denominadón
San Cristóbal de La Laguna380230004 La Cuesta
38010797 lES Barrio La Salud
38008341 lES San Hermenegildo
380230006 Finca España
38005741 CEEE El Drago
380230007 Geneto38010414 lES Geneto
380230017 San Cristóbal de La Laguna
38702653 EOEP La Laguna (1)
38002831 lES Canarias Cabrera Pinto
38010700 lES Domingo Pérez Minik
38008717 lES José de Anchieta
38002791 lES La Laboral de La Laguna
38002821 lES La Laguna
38008675 lES San Benito
38002806 lES Viera y Clavija
380230019 Taco38002879 lES Marina Cebrián
38002818 lES Padre Anchieta
38011509 lES San Matias
380230020 Tejina38003057 lES Antonio González González
380230021 Valle de Guerra
38011522 lES Valle Guerra
San Juan de La Rambla380340008 Los Quevedos
38011510 lES San Juan de La Rambla
San Miguel de Abona380350005 San Miguel
38702656 EOEP Arona (1)
380350007 Las Zocas
446 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
38015217 lES San Miguel
Santa Cruz de Tenerife
380380003 Barranco Grande
38004347 CEO Bethencourt y Malina
380380023 San Andrés
38702511 EOEP Anaga (1)
38010131 lES San Andrés
3&0380025 Santa Cruz de Tenerile
38006231 CEEE Hermano Pedro
38006253 EA Fernando Estévez
38702651 EOEP Específico de Deficientes Visuales (1)
38706055 EOEP Especifico de Discapacidades Auditivas (1)
38706056 EOEP Específico de Discapacidades Motoras (1)
38706057 EOEP Específico de Trastornos Gral. Desarrollo (1)
38702654 EOEP aIra-Los Gladiolos (I)
38011984 lES Alcalde Bernabé Rodríguez
38009692 lES Anaga
38006150 lES And rés Bello
38010840 lES Añaza
38011145 lES Benito Pérez Armas
38006228 lES César Manrique
38011133 lES El Chapatal
38010827 lES Las Indias
38011959 lES Las Veredillas
38009709 lES Los Gladiolos
38009102 lES aIra
38006149 lES Poeta Viana
38006162 lES Teobaldo Power
38006204 lES Tomás de lriarte
38005297 lES Virgen de Candelaria
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
380380026 Santa María del Mar38702574 EOEP El Tablero (I)
380380027 El Sobradillo38010839 lES El Sobradillo
Santa Úrsula380390005 Santa Úrsula
38010815 lES Santa Úrsula
Santiago del Teide380400007 Tamaimo
38011856 lES Tamaimo
Tacoronte380430002 Aguagarcia
38011595 lES Barranco de Las Lajas
380430011 Los Naranjeros38011157 lES Los Naranjeros
380430016 Tacoronte38011327 lES Tacoronte-Óscar Domínguez
Tegueste380460013 El Socorro
38702573 EOEP San Benito (1)
380460015 Tegueste38011777 lES Tegueste
Total Centros: 281
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006
ANEXO IV
447
CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMA
Localidad Centro
Isla ft.lunícipio Código Denominación CMigo Denuminación
El Hierro
Valvertie
380480022 Valverde
38011017 EOI Valverde
Fuerteventura
Puerto del Rosario350170009 Puerto del Rosario
35009450 EOI Puerto del Rosario
Gran Canaria
Arucas
350060002 Arucas
35009772 EOI Arucas
Ingenio350110002 Ingenio
35009784 EOllngenio
Las Palmas de Gran Canaria350160024 Las Palmas de Gran Canaria
35008381 EOI Las Palmas de Gran Canaria
35013805 EOI Las Palmas 11
San Bartolomé de Tirajana350190020 Maspalomas
35009735 EOI Maspalomas
Santa Brígida350210007 Santa Brígída
35009796 EOI Santa Brigida
Santa Lucía de Tirajana350220010 Santa Lucía
Localidad Centro
Isla Municipiu Código Denominación Código Denominación
35009814 Eül Santa Lucia
Santa Maria de Guía350230013 Santa María de Guía
35009802 EOI Santa María de Guía
Telde350260044 Telde
35009826 EOITelde
La Gomera
San Sebastián de La Gomera
380360016 San Sebastián de La Gomera
38011170 EOI San Sebastián de La Gomera
La Palma
Los Llanos de Aridane380240005 Los llanos de Aridane
38011561 EOI Los Llanos de Aridane
Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma
38011182 EOI Santa Cruz de La Palma
Lanzara!e
Arrecife350040003 Arrecife
35009723 EOI Arrecife
Tenerife
Arana
380060005 Los Cristianos
38011169 EOI Los Cristianos
Güimar380200006 Güímar
38011248 EOI Güímar
Icod de Los Vinos
448 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
380260019 La Orotava
380220007 lcod de Los Vinos
380280004 Puerto de La Cruz
380380025 Santa Cruz de Tenerife
Centro
Código Denominación
38011261 EOI lcod de Los Vinos
38011285 EOI La Orotava
38011297 EOI Puerto de La Cruz
38011273 EOI La Laguna
38009916 EOI Santa Cruz de Tenerife
Denominación
Localidad
3802300 J7 San Cristóbal de La Laguna
Código
San Cristóbal de La Laguna
Santa Cruz de Tenerife
La Orotava
Puerto de La Cruz
Municipio1sla
Total Centros: 22
ANEXO V
CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA YARTES ESCÉNICAS
Lacalidad Cenlro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
Gran Canaria
Las Palmas de Gran Canaría350160024 Las Palmas de Gran Canaria
35007374 CPM Las Palmas de Gran Canaria
Tenerife
Santa Cruz de Tenerife380380025 Santa Cruz de Tenerife
38009114 CPM Santa Cruz de Tenerife
Total Centros: 2
ANEXO VI
CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO/CUERPO DE MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
Localidad Centro
Isla Municipio Código Denominación Código Denominación
Gran Canaria
Las Palmas de Grán Canaria
350160024 Las Palmas de Gran Canaria
35003034 EA Gran Canaria
La Palma
Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma
38005091 EA Santa Cruz de La Palma
Lanzarole
Arrecife350040003 Arrecife
35000306 EA Pancho Lasso
Tenerlfe
Santa Cruz de Tenerife380380025 Santa Cruz de Tenerife
38006253 EA Fernando Estévez
Total Centros: 4
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 449
ANEXO VII
BAREMO DE PRIORIDADES AL QUE HAN DE AJUSTARSE LAS CONVOCATORIAS DE CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITONACIONAL EN LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACiÓN
PROFESIONAL, PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y PROFESORES Y MAESTROS DE TALLER DE ARTESPLÁSTICAS Y DISEÑO
MERITOS VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
1. MÉRITOS EXPRESAMENTE INDICADOS EN EL APARTADO I DEL ANEXO 11 DEL REAL DECRETO 2112/1998, DE 2 DE OCTUBRE
1.1. CONDICiÓN DE CATEDRÁTICO.
1.1.1 .-Por tener adquirida la condición decatedrático .
1.1.2.-Por cada año de antigüedad en la condición deCated ráti co .
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,040puntos por mes completo.
A estos efectos la antigüedad en la condición deCatedrático, con anterioridad a la entrada en vigor de laLOE, será la que corresponda a los servicios efectivamenteprestados en los Cuerpos de Catedráticos y en el deProfesores de Término de Escuelas de Artes Aplicadas yOficios Artísticos
1.2. ANTIGÜEDAD.(ver disposición complementaria primera, segunda y
tercera)
1.2.1. Por cada año de servicios efectivos prestados en lasituación de servicio activo como funcionario de carrera enel Cuerpo al que corresponda la vacante.
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,160puntos por mes completo
1.2.2. Por cada año de servIcIos efectivos comofuncionario de carrera en otros Cuerpos o Escalas docentesa los que se refiere la LOE del mismo o superior Grupo.
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,120puntos por mes completo
1.2.3. Por cada año de servIcIos efectivos comofuncionario de carrera en otros Cuerpos o Escalas docentesa los que se refiere la LOE de Grupoinferior. .
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,060puntos por mes completo
1.2.4. Por cada año consecutivo como funcionario condestino definitivo en la misma plaza del Centro desde elque se concursa o en puesto al que se esté adscrito en elextranjero, en la función inspectora al amparo de ladisposición adicional decimoquinta de la Ley de Medidaspara la reforma de la Función Pública, o en otros puestos,servicios de investigación o apoyo a la docencia,dependientes de la Administración educativa siempre queestas situaciones de adscripción impliquen pérdida de sudestino docente.
En los supuestos de adscripción, el tiempo que transcurredesde su finalización hasta la participación en esteconcurso será valorado por el subapartado 1.2.5. (verdisposición complementaria segunda)
6,000 puntos
0,500 puntos
2,000 puntos
1,500 puntos
0,750 puntos
2,000 puntos por año
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial o, en su caso, elBoletín o Diario Oficial en el que aparezca sunombramiento
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencia delas distintas posesiones o ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su defecto de loscorrespondientes documentos de inscripciónen Registros de Personal
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal.
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal.
Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo, con diligencia de posesión enel centro desde el que se concursa
450
MERITaS
Martes 14 noviembre 2006
VALORACiÓN
Suplemento del BOE núm. 272
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
Por el primero y segundo año .Por el tercer año .Por el cuarto y quinto año ..Por el sexto año
Por el séptimo y octavo año .Por el noveno año ..Por el décimo y siguientes .
3,000 puntos4,000 puntos por año5,000 puntos4,000 puntos por año3,000 puntos2,000 puntos por año
Para los funcionarios obligados a concursar por haber perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso,por provenir de la situación de excedencia forzosa o, en su caso, por supresión expresa con carácter definitivo, de su plaza, en lostérminos que establezca cada convocatoria, o por haber sido desplazados de sus centros en los términos que igualmente establezca cadaconvocatoria, se considerará como plaza desde la que participan, a los fines de determinar los servicios a que se refiere este subapartado,la última servida con carácter definitivo a la que se acumularán, en su caso, los prestados provisionalmente, con posterioridad, encualquier plaza. Tendrán derecho, además, a que se les acumulen a la plaza de procedencia los servicios prestados con carácter definitivoen la plaza inmediatamente anterior. Para el caso de profesores afectados por supresiones consecutivas de plazas, esa acumulacióncomprenderá los servicios prestados con carácter definitivo en las plazas que, sucesivamente, le fueron suprimidas.
En el supuesto de que el profesor afectado no hubiese desempeñado otro destino definitivo, tendrá derecho a que se le acumulen a losefectos señalados la siguiente puntuación: 1,000 punto por año con destino provisional.
Igualmente, los precitados criterios serán de aplicación a los funcionarios que participen desde el destino adjudicado en cumplimiento desanción disciplinaria de traslado con cambio de residencia
Los funcionarios que se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de habérseles suprimido la plaza de laque eran titulares tendrán derecho a que se les consideren como prestados en el centro desde el que concursan los servicios que acreditenen el centro en el que se les suprimió la plaza y, en su caso, los prestados con carácter provisional con posterioridad a la citada supresión.Este mismo criterio se aplicará a quienes se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de haber perdidosu destino por cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, o por provenir de la situación de excedencia forzosa
1.2.5. Los funcionarios de carrera en expectativa dedestino, y los que participando por primera vez concarácter voluntario opten en su solicitud por la puntuacióncorrespondiente a este subapartado en sustitución de lacorrespondiente al subapartado 1.2.4., en la forma que seespecifica en la disposición complementaria tercera de estebaremo. (Ver disposición complementaria tercera)
Por cada año de servicio: .
1.2.6. - Cuando la plaza con carácter definitivo desde laque se participa tenga la calificación expresa, por parte dela Administración de que dependa, como de especialdificultad, se añadirá a la puntuación del subapartado1.2.4. la siguiente puntuación a contar desde el momentode tal declaración:
Por el primero y segundo año ..Por el tercer año .Por el cuarto y quinto año ..Por el sexto año .Por el séptimo y octavo año .Por el noveno año ..Por el décimo y siguientes .
1.3. MÉRITOS ACADÉMICOS
1,000 punto
1,000 punto por año1,500 puntos2,000 puntos por año2,000 puntos2,000 puntos por año1,500 puntos1,000 punto por año
MÁXIMO 10,000 PUNTOS
Fotocopia cotejada o compulsada del Títuloadministrativo con diligencias de las distintasposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionario de carrera o,en su caso, de los correspondientesdocumentos de inscripción en los Registros dePersonal
Certificación expedida por la Administracióneducativa competente acreditativa de que laplaza desde la que se participa está calificadade especial dificultad.
Únicamente se tendrán en cuenta avaloración los títulos con validez oficialEspañol.
1.3.1.- Doctorado y Premios Extraordinarios:
efectos de suen el Estado
Por haber obtenido el título de Doctor en latitulación alegada para el ingreso en el cuerpodesde el que se concursa .
Por premio extraordinario en el Doctorado de latitulación alegada para ingreso en el cuerpo
5,000 puntos
Fotocopia cotejada o compulsada del Título ocertificación del abono de los derechos deexpedición de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1988 (B.O.E. del 13)
Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada o
Suplemento del BOE núm. 272
MERITaS
Martes 14 noviembre 2006
VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
451
desde el que se concursa1,000 punto
compulsada de la titulacióningreso en el Cuerpo.
alegada para
Por premio extraordinario en la titulaciónalegada para el ingreso en el Cuerpo desde elque se concursa ..
0,500 puntos
Por el título de Doctor en otraslicenciaturas .
3,000 puntos
Por premio extraordinario en otroDoctorado .
0,500 puntos
Por premio extraordinario en otraslicenciaturas .
0,250 puntos
1 .3.2.-0tras titulaciones universitarias.
La posesión de titulaciones que figuren en el Catálogooficial de títulos universitarios, se valorarán de la formasiguiente:
Titulaciones de primer ciclo:Por la segunda y restantes Diplomaturas, IngenieríasTécnicas, Arquitectura Técnica o títulos declarados, atodos los efectos, legalmente equivalentes y por losestudios correspondientes al primer ciclo de unaLicenciatura, Arquitectura o Ingeniería .
3,000 puntos
En ningún caso será valorable el primer título o estudios deesta naturaleza que posea el candidato.
Titulaciones de segundo ciclo:Por los estudios correspondientes al segundo ciclo deLicenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulosdeclarados, a todos los efectos, legalmente equivalentes
3,000 puntos
Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada paraingreso en el Cuerpo.
Fotocopia cotejada o compulsada del Título deDoctor o certificación del abono de losderechos de expedición de acuerdo con loprevisto en la O.M. de 8 de julio de 1988 yfotocopia cotejada o compulsada de latitulación alegada para el ingreso en el Cuerpo.
Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada para elingreso en el Cuerpo o en su caso, de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1998.
Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada para elingreso en el Cuerpo o en su caso, de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1998.
Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso los certificadosdel abono de los derechos de expedición, deacuerdo con lo previsto en la O.M. de 8 dejulio de 1988 (B.O.E. del 13). En el caso deestudios correspondientes a los primerosciclos, certificaciones académicas en las quese acredite la superación de los mismos.En todos los casos se deberán adjuntarcertificaciones académicas de todos los títulosacadémicos que se aporten.
Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso los certificadosdel abono de los derechos de expedición, deacuerdo con lo previsto en la O.M. de 8 dejulio de 1988 (B.O.E. del 13). En el caso deestudios correspondientes a los primeros
452
MERITaS
Martes 14 noviembre 2006
VALORACiÓN
Suplemento del BOE núm. 272
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
En el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerposdocentes del Grupo A no será valorable en ningún caso elprimer título o estudios de esta naturaleza que posea elcandidato.
1.3.3.-Titulaciones de enseñanzas de régimen especial.
Las titulaciones de las enseñanzas de régimen especialotorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas yConservatorios de Música o Danza, se valorarán de laforma siguiente:
- Música y Danza: grado medio .
ciclos, certificaciones académicas en las quese acredite la superación de los mismos.En todos los casos se deberán adjuntarcertificaciones académicas de todos los títulosacadémicos que se aporten.
Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso, certificaciónacreditativa de haber desarrollado los estudiosconducentes a su obtención, o de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de 1998.
- Escuelas Oficiales de Idiomas:- Ciclo elemental .- Ciclo superior .
La posesión del Certificado de Aptitud de la Escuela Oficialde Idiomas engloba los dos ciclos
1,000 punto
1,000 punto1,000 punto
104. FORMACiÓN YPERFECCIONAMIENTO
MÁXIMO 5,000 PUNTOS
104.1.- Por cursos superados que tengan por objeto elperfeccionamiento sobre los aspectos científicos ydidácticos de la especialidad correspondientes a las plazasa las que opte el participante, o relacionados con laorganización escolar o con las nuevas tecnologías aplicadasa la educación, organizados por el Ministerio de Educacióny Ciencia, por las Administraciones educativas de lasComunidades Autónomas, por Instituciones sin ánimo delucro que hayan sido homologados o reconocidos por lasAdministraciones precitadas, así como los organizados porlas Universidades.
Se puntuarán 0,100 puntos por cada 10 horas de cursossuperados acreditados. A estos efectos se sumarán lashoras de todos los cursos, no puntuándose el resto delnúmero de horas inferiores a 10. Cuando los cursosvinieran expresados en créditos se entenderá que cadacrédito equivale a 10 horas.
1A.2.-Por otras actividades de formación yperfeccionamiento en materia educativa, incluida laimpartición de cursos .
104.3. -Por cada especialidad de la que sea titularcorrespondiente al Cuerpo por el que se concursa distinta ala de ingreso en el mismo, adquirida a través delprocedimiento de adquisición de nuevas especialidadesprevisto en los Reales Decretos 850/1993, de 4 de junio y334/2004, de 27 de febrero .
Hasta 4,000 puntos
Hasta 1,000 punto
1,000 punto
Fotocopia cotejada o compulsada delCertificado, Diploma o documento acreditativodel curso, en el que conste de modo expresoel número de horas de duración del mismo. Enel caso de los organizados por las Institucionessin ánimo de lucro, deberá acreditarsefehacientemente el reconocimiento uhomologación.
Fotocopia cotejada o compulsada delCertificado, Diploma o documento acreditativode la actividad o fotocopia cotejada ocompulsada del certificado o informe de laDirección General, Territorial o Provincial,correspondiente.
Fotocopia cotejada o compulsada de laCredencial de adquisición de la nuevaespecialidad o certificación del órganocompetente.
11. OTROS MÉRITOS
2.1. PUBLICACIONES
MÁXIMO 20,000 PUNTOS
HASTA 5,000 PUNTOS
2.1.1. Por publicaciones de carácter didáctico sobredisciplinas objeto del concurso o directamente relacionadascon aspectos generales o trasversales del currículo o con laorganización escolar .
Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar
Hasta 2,500 puntos
Fotocopia cotejada o compulsada del ejemplarcorrespondiente, en su caso, original delmismo, así como certificado de la editorialdonde conste el número de ejemplares y que ladifusión de los mismos ha sido en libreríascomerciales.
Suplemento del BOE núm. 272
MERITaS
Martes 14 noviembre 2006
VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
453
el I.S.B.N., en virtud de lo dispuesto por el Decreto2984172, de 2 de noviembre, carezcan del mismo, noserán valoradas, así como aquellas en las que el autor seael editor de las mismas.
En el caso de publicaciones que solamente se dan enformato electrónico, se presentará un informe oficial en elcual, el organismo emisor, certificará que la publicaciónaparece en la base de datos bibliográfica. En estedocumento se indicará la base de datos, el título de lapublicación, los autores, la revista, el volumen, el año y lapágina inicial y final.
2.1.2. Por publicaciones de carácter científico y proyectose innovaciones técnicas sobre las disciplinas objeto delconcurso .
Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignarel I.S.B.N., en virtud de lo dispuesto por el Decreto2984172, de 2 de noviembre, carezcan del mismo, noserán valoradas, así como aquellas en las que el autor seael editor de las mismas.
En el caso de publicaciones que solamente se dan enformato electrónico, se presentará un informe oficial en elcual, el organismo emisor, certificará que la publicaciónaparece en la base de datos bibliográfica. En estedocumento se indicará la base de datos, el título de lapublicación, los autores, la revista, el volumen, el año y lapágina inicial y final.
Los méritos aportados de acuerdo con estos dossubapartados sólo podrán puntuarse por uno de ellos.
Hasta 2,500 puntos
Fotocopia cotejada o compulsada del ejemplarcorrespondiente, en su caso, original delmismo, así como certificado de la editorialdonde conste el número de ejemplares y que ladifusión de los mismos ha sido en libreríascomerciales.
2.1.3.- Méritos artísticos: Hasta 2,500 puntos
- Por premios en exposiciones o en concursos de ámbitoautonómico, nacional o internacional.
- Por composIciones estrenadas como autor,publicaciones, conciertos como solistas o grabaciones condepósito legal, por premios en certámenes o en concursosde ámbito autonómico, nacional o internacional.
Los programas, críticas ,los ejemplarescorrespondientes. y en su caso, laacreditación de haber obtenido los premioscorrespondientes.
2.2. VALORACiÓN POR TRABAJOSDESARROLLADOS
(Ver disposición complementaria cuarta)
2.2.1.- Por cada año como Director/a en centros públicosdocentes, en Centros de Profesores y Recursos oInstituciones análogas establecidas por lasAdministraciones educativas en sus convocatoriasespecíficas, así como Director de Agrupaciones de Lenguay Cultura Españolas ..
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,250puntos por mes completo.
2.2.2.- Por cada año como Vicedirector/a, Subdirector/a,Secretario/a o Jefe/a de Estudios y asimilados en centrospúblicos docentes .
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,160puntos por mes completo.
2.2.3.- Por cada año en otros cargos directivos de centrospúblicos docentes ..
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,080puntos por mes completo.
2.2.4.- Por cada año como Jefe/a de Seminario,Departamento o División de centros públicos de EnseñanzaSecundaria, Bachillerato, Adultos, Formación Profesional,Artísticas e Idiomas, Asesor/a de Formación Permanente oDirector/a de un Equipo de Orientación Educativa yPsicopedagógica o las figuras análogas que cada
HASTA 10,000 PUNTOS
3,000 puntos
2,000 puntos
1,000 punto
Fotocopia cotejada o compulsada delnnombramiento con diligencia de posesión ycese o, en su caso, certificación en la queconste que este curso se continúa en el cargo.
Fotocopia cotejada o compulsadanombramiento con diligencia de posesión ycese o, en su caso, certificación en la queconste que este curso se continúa en el cargo.
Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento conexpresión de la duración real del cargo o , ensu caso, certificación en la que conste queeste curso se continúa en el cargo.
Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento conexpresión de la duración real del cargo o , ensu caso, certificación en la que conste queeste curso se continúa en el cargo.
454
MERITaS
Martes 14 noviembre 2006
VALORACiÓN
Suplemento del BOE núm. 272
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
Administración educativa establezca en su convocatoriaespecífica .
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,040puntos por mes completo.
2.2.5.- Por cada año de servicio desempeñando puestos enla Administración educativa de nivel de complemento dedestino igual o superior al asignado al Cuerpo por el queparticipa .
La fracciones de año se computarán a razón de 0,120puntos por mes completo
2.3. Exclusivamente para plazas situadas en el País Vascoyen la Comunidad Autónoma Valenciana.
Las convocatorias específicas correspondientes a plazasubicadas en el País Vasco y en la Comunidad AutónomaValenciana podrán asignar hasta un máximo de 5 puntos alos méritos que en las mismas se determinen en función delas peculiaridades lingüísticas a que se refiere el apartado11 del anexo 111 del Real Decreto 2112/1998, de 2 deoctubre, por el que se regulan los concursos de trasladosde ámbito nacional para la provisión de plazascorrespondientes a los Cuerpos docentes.
0,500 puntos
1,500 puntos
Máximo 5,00 puntos
Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento condiligencia de posesión y cese o, en su caso,certificación de que continua en su puesto
(1) Las convocatorias podrán determinar que la acreditación de algunos de los méritos se realicen mediante los documentos justificativosque a tal efecto se establezcan en las mismas o se incorporen de oficio por la Administración convocan te, cuando así conste en susRegistros.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- Valoración de la antigüedad.-
1.- A los efectos de los subapartados 1.2.1, 1.2.4. Y 1.2.5., se valorarán como año todos aquellos servicios que se correspondancon servicios efectivos prestados desde la fecha de inicio del curso académico hasta la fecha de finalización del mismo.
2.- Los servicios aludidos en los subapartados 1.2.2 Y 1.2.3 no serán tenidos en cuenta en los años en que fueran simultáneosentre sí o, con los servicios de los subapartados 1.2.1, 1.2.4 ó 1.2.5.
3.- A los efectos de los subapartados 1.2.1 Y 1.2.4 serán computados los servIcIos que se hubieran prestado en situación deservicios especiales, expresamente declarados como tales en los apartados previstos en el artículo 29.2, de la Ley 30/1984, de2 de agosto, así como las situaciones de idéntica naturaleza establecida por disposiciones anteriores a la Ley 30/1984, de 2 deagosto. Igualmente sera computado, a estos efectos, el primer año de excedencia por cuidado de familiares declarada deacuerdo con la Ley 39/1999 de 5 de noviembre.
SEGUNDA.- Centro desde el que se solicita participar en el concurso.-
A efectos del subapartado 1.2.4 del baremo se considera como Centro desde el que se solicita participar en el concurso, aquéla cuya plantilla pertenezca el aspirante con destino definitivo, o en el que se esté adscrito, siempre que esta situación impliquepérdida de su destino docente, siendo únicamente computables por este subapartado los servicios prestados como funcionariode carrera en el Cuerpo al que corresponda la vacante.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los funcionarios obligados a concursar por haber perdido su destinodefinitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, por provenir de excedencia forzosa o por supresión de supuesto de trabajo en los términos establecidos en la convocatoria. A estos funcionarios les será de aplicación lo dispuesto a talefecto en el subapartado 1.2.4 del baremo.
TERCERA.- Funcionarios de carrera que participan por primera vez con carácter voluntario.-
Los funcionarios de carrera que participen por primera vez con carácter voluntario podrán optar, indicándolo en su instancia departicipación, por la puntuación correspondiente al subapartado 1.2.4 de este baremo o por el subapartado 1.2.5 del mismo.
En el caso de ejercitar la opción por el subapartado 1.2.5 se les puntuará por este subapartado además de los años de servicioprestados como funcionario de carrera en expectativa de destino, los que hubieran prestado en el Centro desde el que participancon un destino definitivo.
En el supuesto de no manifestar opclon alguna en la instancia de participación, se entenderá que optan por la puntuacióncorrespondiente al subapartado 1.2.4 de este baremo.
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 455
CUARTA.- Valoración del trabajo desarrollado.-
1.- Por los subapartados 2.2.1, 2.2.2, 2.2.3, 2.2.4 Y 2.2.5 sólo se valorará el desempeño como funcionario de carrera.2.- La valoración del trabajo desarrollado cuando se halle referida a Centros de Educación de Personas Adultas, sólo se
valorará cuando en dichos centros se hayan impartido las mismas enseñanzas que se imparten en los centros a que serefiere este apartado.
3.- A los efectos previstos en los subapartados 2.2.1, 2.2.2 Y 2.2.3 del baremo de méritos se considerarán centrospúblicos asimilados a los centros públicos de enseñanza secundaria los siguientes:
Institutos de BachilleratoInstituto de Formación ProfesionalCentros de Educación de Personas Adultas, siempre que impartan las mismas enseñanzas que en loscentros a los que se refiere estos apartados.Centros de Enseñanzas Integradas.
4.- A los efectos previstos en el subapartado 2.2.2 del baremo de méritos se considerarán como cargos directivosasimilados, al menos, los siguientes:
Los cargos aludidos en esta apartado desempeñados en Secciones de Formación Profesional.Jefe de Estudios Adjunto.Jefe de Residencia.Delegado del Jefe de Estudios de Instituto de Bachillerato o similares en Comunidades Autónomas.Director - Jefe de Estudios de Sección Delegada.Director de Sección Filial.Director de Centro Oficial de Patronato de Enseñanza Media.Administrador en Centros de Formación Profesional.Profesor Delegado en el caso de la Sección de Formación Profesional.
5.- Por el subapartado 2.2.3 del baremo de méritos se puntuarán, al menos, los siguientes cargos directivos:Vicesecretario.Delegado Jefe de Estudios nocturnos en Sección Delegada.Delegado del Secretario de Extensiones de Institutos de Bachillerato o similares en ComunidadesAutónomas.Director, Jefe de Estudios o Secretario de Centros Homologados de Convenio con Corporaciones Locales.Director de Colegio Libre Adoptado con número de Registro de Personal.Secretario de Centro Oficial de Patronato de Enseñanza Media.
6.- Cuando se produzca desempeño simultáneo de cargos, no podrá acumularse la puntuación.
456 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
d.ih~N~t~~\út~ d~~ Íá§: disJh~1~§ :pÜS(:8:~S)n1::~:':) y(~s:.:;;·e% qu~~ l&.1Y~ t&T~i:tlo ~1~~~d{~ ~a
n::.~~tnb:r;:)Jrú(':·~~t}~ ~:ZzfrR1 fh,TS~~if$~l~:rk~ d~ c~rt{':t~
1.;.1.;.1 .:..... 'Ps)~r c~~d~ ~t~(-S d~,,: ?:~~~~"~,~:~~.),*' '~:~\::-ct~ ~('{~~ {}t~z:t{s.d~):$ t:¡~
hl 3:itlt;i~c:k~n. ,di~' g{~:rvic·~.ü ~s::t~·o;,~~) Cü:BH:J: fu:nc·~~);n:s.,tto: dit
~~:fl (~~r$.)~: <\.s~:tl~ü~, f~ J3~~~~1~.~
tk~!kf(~ 1>$ IJlE ddmi""mi t)
d~Hg~~tci~~ d~~ ~~~ d~;:stü.tÜ~~t :p<~~::¡':.~~.<nM.~§' yt:~~$:t~. qu~. ha:Y~i ~ttnkh) tl~:§d~ ::s:t~
r~~~:tn.b,ratf¡~~':1isÜ c~~~:t~t.) ftiti.:t::~~~nat~n, ,d~ Ci~n~~~~~
~$~ ~r~ ~u ::::~$n" él~· ~(1~; t~i~~~pt~*'Ri~~~nté~~
(~:n~'1Jtn~~~il(::~; :de '·in~a~:~rt~~ti(:th .~~..~ ~~($,;~ fkt::~r~trtf~~
d~ Pt~r~:l;)~Ȓ~:.,
! ~ ! ~J,.;.. P\~t t~~~~1~~ ~~fl(} d~ ~~tvltü:~~ ·~:f~ttt·!}'·E)$ tntnü
tlítldúl@fÜ) \'k ~:~'n$f,~ .(m üW:~ C::Uót::~1~Zlt, (l t'!$t:~ÜM
d~~z::~~U{~,,~: h)~ ~~~~~ ,s:~(nen~t~ la L{)f{ d~": (}rug)o i~3:~t:tÜ~í· ..
.t,~~::.~ f~':'~~:ccs.'){$~:S d~, ~J'S(~ ~~)~- c()rnp~:u:arát~ ;s ~(1~:(~n ~*~' n~n6
prn~tü~'Jxrf t~~~;~. C:EM:r~'S!{~~~)
1,I ,,4....... Fcir ·~~d{~ ~~~ ~;,(~n;:)~t~rti~;,~:~: t;~)tn~)' {\~tl~;;S~)tUir~B:) (;:{)t~
-dt~:$:ü:nn d~füúti~·:o- 'e:1J 1~ fnüHl1~~. f1:~a~~t de1 {~~:ri:tt~ d~$.:d<~
~~l qü~}- ,~f: (~~J~:k~nt8¿:), ü ~~1 :p~u:)~t~~' ~l qtJ~~' ,~.~ ~$~~ ~~~h}~t'iü:~
~:?;~nl~~ür~dtt~;::::~.t:r,;:: e:~"?: ~~s o::~~tr$~\!}~:ro:- ~:t~ ~~~ h:~n~:,iór~
~t~~p~ó~~Jfá BJ ~$j:npu:~"~;:i de l~~ d_h~f3:n~ü~~:sún ~_dh~:~o:ts~j
dt~<d~1~(}:qüinl:;::, d~ hl {.~,y d~ _t..J(~~¡~~l~:~ ~~;::tr~' J~~ :t~~:fbS':,¡ü~{ dx~
h~ Fw){:iü:n f\íf:¡hz;,l, 1) ~H {:)}m~ p'll~~l:q"" ~Wy¡Ó!:}~ ~k
hí\"{~:$tig~tJ:~~n 'ü i~p·t))~n ~, h~., :~~üJ(:t~j_~~.i{t:- ~:.t~~pt~~~dj.~~~;tt~ dt L~~
l\d~Id:n~~tr~~ióri:'cdt¡:~a:Ü~~l :~~~ntpt~ qU{~: ~~,:~~~~ :~stt1~~(:it~n~t~
d~ ~~:~k~~.ripc:¡:éJ~ srn:pH:q:~M.Ml.~~~rd,i~i~~tU; ,~Ü d{~~dtH:f' (h}(:t~tH:~t
Suplemento del BOE núm. 272
'Pt)r ~l, t:!;j~U~~) y .quit~to ~{3kr ', ,',"': ,., .-,P'~r ::..:~'~ ~~;:~~Ü:;¡. ~~fkr,;., .. , .. ;, .. ~, ..:~,.-: ''F~XJr ~~:'~ ~>t.rtif:n~) y (~~~t~3\~~} .:=sf~ü':
Pór ~,:-'~ rlüV~::nü ~~Ü(( '..··,·....·.w.·v•.·V<.
Martes 14 noviembre 2006
:;tnn 'fnj~~~t$$- p~}r :~~~l<~
3,00 pm:¡il)¡,4~üH pHf~ttm, p~)r ,~~ilü
5,0::.1 ptmi'mo;4,00 p~t¡iJ,~ pM ,ü~o
3~{Jü l~ll~~.tt~~~
2:-{JO ~t~~:t,l~~ r~"::r {~;~\n
457
E.n ,~:~ &rtp:ue~tn d~ iiU~ ~~ pt~l;';~ít~~~J~' ~)j~~tt~ld~~' J)O :hub,k~~{:: d{~~~~n1:p~rümn ,ütrn dt}llbt-~) ·d~'fifÜÜ~'<:J::- tt.~,n:dr~~ d-er~th~:::' 'a q\:.~ ~~ 1~: ~tun~ul~n ~l
1<}:~~. ~~r<:·t~:(~~~. ~z::f~~.h~dos h>~ ,s:~~~r~.Ü~tltt?: pUntu~{~s(~n~
Püt~i h::s ftH~}tiOn~~ritt~, t~bU~g~cl:~-:O$~ li (;:t~:~lC:~Jt~«r 'pQt' J:~al~e~" P~~)~J&) ,~t~, d~~~ti~H) d~.Jh:dú\~~~ ~~~ C~J~1~plh~ljt~~~~1 il~ ~~~tt~n~~i~~ {~' ft:*.<.slnciúti d~:
t.ttnt~n~~~ ~~fi qn{~: $t:~ ~~t~~hh~:z~~tl ~:n c~da -~~{~nV(~t':~~lOtj{t,. d~ ~~~. ph~¡-'it~ ,'~} llo:r hf~ht~:r ~jd~J (~~~p}~~m.dt:~K d;~ ~ls_§ ~t;~1:tt~)~ -$t~ !(~J} tttnlh~{:>.~ :qt~:
~gu~~htse~~:1~~ '~$tahk::r.t~l ~~~d.{~ "t;;"t)n\~~~t~~~*nsjü~ ~{~' ~{$~l*,arl~t\'ir:~) (~~~~~(~ ~lal~~ (t~$d~ 1~ q\~~ p~1Jtk~i~~~t~~ ~ k~~~> tln~~: ~. d~t~rtn:bwx .l~~ ~t:r~;:~~h)t
~' q,~~~: ~H~ r~~f~~:;~ {~~~~:e §:~;::b~F~rt~~d~~~ '~*t, ))!th't~a '~~fvÜj~ {~~$~i P~~l~~:~*(~r ~i~~:fh1it~:\'o ~d ~{U.{;: ~~ ~~t~Htt~~Jalin~ ~tl ~~ ~~<~~ h)~ l~f~~~d{.~~
rns~'i~hsm~¡ml:'JSk, cm) rost~rk),kh~l; ~m !;~Hl1q~tk~t pl~N'" T~~'Kh:..h KkrN:hG, ~d:~nlá$i, ,~ 'tH~ ~w k& Mutsmkn ~ 1$ p¡~:¡S dce
~d~(t~~d~~·~' :!(t:if ~:;.~p:n~$j~\-.'1:~s, c~)n;:;{::~:¡jtiv:~~, d$ 'plz~~~~~~~ '~~~l $~~Hnuh~~h:~n {~~)n~:pf~*t:d{~n~ h)~~ S~t~\'ich)~~ t~:r~~:$t~~4():s ~~~t~: t~~f~~ct~~ l~ef)t~~t~v:o ~n ~
,h~:~ pJ~:~:a~ ~lU~\' ~u~~:~:siv~n):~~n~:e',.le :tt~~fr~n $~~p:rirr~úlu$-. ~l
~~:~
!~:~
~~~
~J,gl:~~~:üs~~ntt:~, ~~)~ pre:titnd(H~i: Cf~t~:fh)~~ ~~fán d~' ~pH(;{~~~'ht~1'~ h'}~ _n~~~~Cr(~~1~~~~'i(~§ qtl:t ~~tü~:~p~~n de:sde ~~ d~~stúln ·~.(Uudl:~adn ~J1
~~~t~~~~p~~tnj~l1l(~ d~ ~an{j,bfl di~~~ip~~JH~f~~a de: tr~:§:J;:td~~ (:{:;:~1 ~:~~rd):i~) :~k~"t~~~~dttl~~üt,
L.})::;: th~-~~'~~n~~tü:~~~ -(tU~~:- ::::C h{~H~~f~ pn:.~st~n1ij.o ~~~rvi<:;:k.~:s· ~n ~-~ _p~i~$1~r d~~t.in.'C~ :d~'fhiiti)i<~ ,gz)~~ft~d~;> d:{;,;{::r~{}~:$ d~ .h~b~:ts~de:s :~Uptinl~di) 1~
pln:(.~~- d~: ~.::;; qu~: :~l~.S:Ü 'Ht~ih~~~~' t~ndra~t d~rt~Jlt~, tt qü~, ,~~ ':~~~ (:~~*~*:~d~t~tt :~(~:i!n> :pt~~t<~;d~)~: ·~n ~:~ ~~:~ltfO' {b}sd~ tÚ ·qu~ c~~ncut~n, l~k~~~~:::f\·'j,CÜ)~ "1nJj: ~':S:ct~·d'it~~:;; e,S); ~d. t:z:tttrt~- ~:rt ~~ q~~;t~ :~~ 1~~~: ~~l~f~rfii6 k~ Fht~\~i }\. ~~n :~ll «{~$~~: h~~ pt~~t:oi(h:~~ ,~~f~t~ ~~r~mt~r In'\1:'\.;-~,,:~intu~l (~Oíl
tw~kt¡ürkU~d u h d~d~ :Ml}'lr~"¡úr~, EH~ mÜm¡(I· 4'l"¡tlWb.~<l;pHt,at~ .li<I\cÚ:;::tW¡;: ·@h<llhm w§;O.t.mdo ~fvk:itl% ~tl.l:,l f'dm.~r cl~Milw
t;:?~1¡~~;~:~';~:~~~~::~::~:~:~~~6'>t~~:~~~:~)$r ¡:l$filü,h ~i\;j dtt:>thw p::;x c\cm:whmü:~;;tü <k~;'~,lkH¡:::üt(sr~s~sbd6f; ik ,~'n¡~'Ü, (l¡;Or pl\)v~'nk ihl
Ll,5", t})$ tl.mÓOMrÚx' \1:;:: $anetaea e~:p:~t:ljd~'~ &: I 'l'itdr.\¡jdministt1.ttJ"lJ t:tlrt düig~n:;:::üt~ de 1<tS I'\ .:, ~:'.' ~"". ,~" t""'" :f'''\,~~l'l-'''v",,- ' ~ :-:'''1' ..'"'' :r""""",:l. ,~<: ,.~ ".~,'\ • , , , , ,:'. ¡..,.~:.~' ~l:(3}~$~_H·::O~ 'Y :::ü~ ql~~~ j):~:h~~::~P~~;j:~~~A.~ ;t'p:,}~. J-}.\~: ~;~~,:t:'.::~ '\.'~} .. ~~.::\~: ::.:~~~~;~.ú:4~~- ~X~~{~l:(~'U.~~ ;f~~${~~ qUt":: t1~Y:~~ l:~:n~U{3: :.
z:,~r:ác::lllt vdunt<ir!¡) npkn $;) s\!soHdiud ¡Xlf h ~k"d<~ ~'U w::rmhr<t¡l::ti~t¡W~'(l~llüÜ,IJW¡m,¡uk) i" [~:~pnntwwiún ~clsnt8r!N)dkm~~ ;'l ~st~stlb'~rart;3;~ks (:n ~k :;;mí'~~'lJ. t);, ¡::Z! ~u (:m¡:l). d~ 1~" ¡
5ü~üitu~ión :di, :h~: t;c~trti:.~~)ott:d~:~nt~: '~d ,~tJl)~~p~f.t;:~d~) 't.1 '.4-.::. Cí)t't'~'~tM)n~h~S1~~~ d{}:curfHM~t~n~ ,d~: ~n~ctlp{ü~~~~l ~< ,', 'f' r ' " " (lSl k'K~Rilti~Ül)~ dd\l;f$~mu.L '
~:~m~~(~¡~~:~~:~:k~:~~'~~: d~~~~~:\;::~~n~~:l, {:::r ~¡:::~:~::~~:~~: I).~(:rnph;n"'~ent~lll~ ~~rf~f~ d~~ b*~{:n~J}
L~'~::::=~==L,~·~:,:~~~I
458 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
'1'~tn:~o~ qü~ P~):§~-a (~~. §~~ ~:~~ ~;~l~n~ h:~s
(;~ttU1~;;",,$~,,¡; dd <l.~f~~m".de INldett'd:li:lK. di::'(~)S'l~~dkjón d~ a~um'<:li:l t¡::t:n k¡ pf~V¡S!:X} ~m l~
()J~l.,de gd:;~j\tH~~ d~ ~ ~fS~ (1J () t. d~ll:~},
MAxtMO 1'Ü,tH)PUNTOS
3:ÜÜ plN*Qi~
1.:nOp\"¡M~~~
Püf ,;::~d~~, Hüd(~ dt.prü~t\Súf:-'.Pr~)f~~}prSup~tiür
d:~ t~oi1:.1-~r\~~~H.(tri~)~,,',lt~:rH~ín;.S\.~~p~~iü)t J}~n;;~~~
(~~U1tü ;'t~tt~ l)nt~~:táti(f$.dt~b:rt~ntt~.. ~~:~ uJ~~g~d{~:
p~t~ Ü:::gl·)~:~A.~ ~t~ f..:l (~~\~$;~fp'O· dx,:;~d::.~: .~J \t~H>~~:
}~~):r :e:d: ptitrMi~t'(j: '"~. ~,:.,;.
p~):r l:n~ rt~~1:;1n~~e*~.,:, ..
~~p~~j~Hd:ád~:~: ,diat:~rt~f~~~~: ,Ji: 1~$ ~~:h~g~~d~§'p~r~·:t~J
~ngI~,$(~~ ~~ts tl{~tt~~~~x:~d.~:$d~'~J q,üt-: :~,e:c(~n~~llt:s~_,
~:~.~~diú~·k~t~ e:sps..::ci:~lid~H:l ~(~rH:::~p(~~}dú~.n~~al
dtuJ~) ~s~g~dn ~1 t~lttt~o ~~:~ '~l (~:t1(::rp{~
d~&d{: el q:jJ~
~. F(~r PmmklUi d último c~tn¡~~ ~l~ (h<doSt~p~~ún~' d~~ la t$~~~~tÚH~(~:::(~ P~)l r~ quX).· .•.~~~
;;..Por ~;~$r;:t:ió:n,l~k~~j:ntHl~a'~~~lit (}r~~d~} S:~_~r~f::d~)f
de, mt~:Sl~~":K;i~l~th~:~i '~(~~í:t::~t-1-{~J:ldi~üt~~ ,~~lintf~~~~)
{~:~1:~1 {).lt·tp<ld::t~dt":elqu~: %~:~:(~Ü(~~:~::::~~: ...
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 459
f,,;;;m~':;~0t_00~~~!:::8::j'r:0i~.j]·:.·:.·:.:.·:.·:.·>.•·:.:.::i:[::>.• ~:.:>.:~:i>.• ~:i>.• ~:i:>.• ~:i:>.• ~::>.• ~:.:>.• ~::>.• ~:.:..•~::..•~:i:..•~:.:..•~:.:>.•~:.:..i:.:.\l¡:.:¡:.:¡:i:.:.:.:.>.¡:.>.i:.:¡:~;.¡::;.::l;.l:!;.::>;.~::;.::¡;.·:.;.~::;.::¡:.¡:~:.~:::.!:m:.·:~:::~:::':::':!:':.:[:l:~:~::'!:':~:':.:[:!:[:!:[:::~:.:,:~:::::,:.:.~::>.::::~:.:¡·:~:¡.:::•.:::¡'",¡~::.¡:::::¡I~.¡:::::¡~.¡::::::•.i::.¡~:::.¡ ~: •.¡~::.¡¡:,.¡~:,.~¡::.. ~:.:.~~:.:.::: •.~:!.~::.,:•.:·::.~:::.:~:.~.,:x.•::~.t.':l...::.L.~~:~.%¡:.:",,~:::.:¡:':;,~~:~;,.::;,W~::;,.~:.,l.. ~:.:;,,1:::.~~::.•:.:.•::«..::W.:.::.::..:::m;.• ::::.:~:.·.~:.~..t:.:.:;:§..~..:..·:r.:~:W.• ~:.~.:~:.:..OC:.~.:::.~:~..l:.~..~:f.:~.~.;~:.:;..~..~:;~.•:.:~:.•.•::,1..~.;?~.~m:,'..'..&..0..i.,ltw.i..1X.~.::...~.~:~~..'.~:..~.;~.;.::::.~.(lt.w.:h...~.~.~...~...~.f..:::b.;.·;.:~.".:~~~l.r.if~.:¡.¡~.r.~~.~~.,.....
:
I.:I:..:..j;jj.••.:•.::::::::::;::::1@itiijñ.lTI~tW:,,:,:i:,:,:;:;¡;¡;(···¡¡;¡;¡;¡:·::::-:;;;¡;:;;····· ~~~~~~;;;:;:¡;~;¡¡¡¡¡¡¡,~ . . :,.•."l'WL.,." "X•.' .,,~ .~~~"..... ':':.:.:.:.;;::~;;;;;;;;;;;;;;;;j::;:;;.;.>:.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;;:;~ ;.:-;.:-~:.;.>¡;»»,,;.;;;,,;:;..;..;...,;;.»:.))».>.,¡>.>.j.>.»>.;>';';';';":
1 ~13... MfHlrOS AR'(1ST1COS I ~.
':' :P~r <~~~ff~~~~~~t:~.(fh~:~~ .~:~}ttet~~d~~~ ~(~tnn~:~~~~)t ~ [~ü3 p:t\~~gt;:tB.li=l~:: ~t~b;c~~~~~ eJe:u:~~p~ks.re§
puhHc~~::..\~.~)tH~~ Q gr~~b~t~:i(:H~~;~; t{~n tkp~6EÚt~ ~~:~)t3~~)\~~~~1~li~~t~tt5~~ )t., ~n ~t~ ('-f~~{~~ 1~
·L.eg~~l, ~~üt pt~t~~Ü)~~ ~n (\~:rt~tn~J~~~ ~~~~.n~d'it~~:t¡ÜJtd~' _h~~b~t ob:1~túdt1 h~~ J~r.:~n1it~§:(i:¡:~).(::~~:f~{}~. :d.~~, :~ht~hhú ~~:nn~fH)~tüt~\, (~n:fr~}$JH~~~dix~:n~t~~~
·~táx,hIH) 2:,;5n'pn~~~:~~
. :;!~:::;~~~?:~~:;~:~~:,1 1~ th~Hnt}~ ~HH>C:' W\nso~,~~ .. ~" " ~, .~ o~ " " .~ ~,~ ¡ ~·'1~~~jsrH3 ~"JO pB3'n~~~ 1 ~
; _ j _.._.._: _ { _.., ···.- ,~~---_· Io ~ ~: 1 ~: 1 ~• ¡ ~
.1 I I"1 ~
<\~rti:lkmb dtlm{w&*'tl*'1.:'l~>ielqw~<:::üi;t§k
d{} n~{J1jü ~;(JH1;~~~~~l~ltlllt~rq'::dt, j~{n:~~:, ,ded~~rz~~.~bn dtJ ,:ur~~" ~Eri :~t>t~~ d~ ~~$
1A.L,.Pm't~I~(~t~\Jpt~:m~~~;~~m~ WtlgmJ l~}J"~~i~wd ~~n~<~iúué:~f~:((k$lh~at~~km~%útF fhti&w~x~ri(~~'tkmami~mo !WhW .. im; ~\~1X~t,tüs. l,'J,.~nHlJtm,y d¿':b~m, tk~~x~t'k¡:K't'edil:;,~t~~ f~had~tlt~nt~t~di-d~h~t~r{¡;~ •.,d~·, ..~~~>. :~~~p~~;~i~t~.~dad{~K.~~)t:r{~~P(~~ldit~t~t~~>. ~~: .. l~~. ~;í ·t~'t;(~s~o~·htsitnt~':~ h()"í~~(8r~~g~l~~h~~~L
PÜt~:~~ ,%·I~~i ..(~ü~. üp~~ .. ~~,··r~~ttit::~~~}~ntt\ ..Q.rt;]~H~~i(~t1~~(l~}~ ;~:~~n ,::. ~.hi.· ·org~:tt3h·:$~~h)H .. ~s~Uh::~'D (:;ün t~~':), :n\ttr~:a~"t~~~~:B:(~íni~#:~~$:: I~plka(h~$ .~.. b t$du~m~kh,(}tg:¡mt~.;'\.d~)~ p:wd f'<{ink>hWk.. I Id~: [:~jl~~s(~~:6~~y·:·~)ier~~~ht~p<~f ~á~ ~~drninit:~~~~ch)n~~: . ~ .~
f:~Jt~t:~~t~,~~t~~ {k:: la~ (;o~:ntH1hf~~dé~¡ A~t~~t~n<~fn¡t~~ p~~r : ~ ~
fmdt¡l:c~¡um:m ¡;in ánú~(}:e~~ b>:::::e\ qw~ }Hw~n $M~~ l...] Ihnt~~~~~~~~~~1d~~~ !t~';:(~~~f}~tM~n:s P~)f ~~~$ rit~~d~~~: S ~
{\.{hninis:tt~~t~rn~~~:~dú~~16v~~~,;~~{ ~~{J~l~~> jos 0fgan!l~~d~)~ : ~ ~
."." ...., .... ,..,." .... ,.. I H¡t:stll 4:ÜO¡:nmRm 1 Ii 1 J
l. I 1
1.
,dnh:~J~Jt ,exn:r-e,3~d{~~~, ,~n ~téd~1~)~ ~{~ ~n~~n.d~tft~ qn:~ ·~~~d~t ~~ ~
I~t~~~!=~~~-~+--"""-+~-~--l::. t §
·~,;:.;l."t:~<'" Pü~ ~}t.t.;~~ {$(:~f~~'i::h}.d~~ di?: t<~fn~~~;~hS:n
·~x-::rf~:::::{~jf~:t!~ttslii~t)b) '~~~ ~t~3tet~~ };.~dnt~~t~v~~:> hAtluki~ hi:h1:1r~t*h::i6:d d~·t~Jt~f}§ ~ ,", :o-.:,~:o·.·"" .~~~o·,' ú-:~·, ,·no',·,,;·,",,·· ~;....:~.:. "~"" " .. ~.;:" o..;~,.~ ,.••
I~Í(nrc~~d~~.·.~~p~~J;:)..hd~d d:~ t~ q~~~'" Bit~~ tÜ:t~~~~'
l~t~tft~§pÜlldi~~~l~~{~l{)u~~rp~}.~x~:r q~~~t· ~{~ ~~~tl~l.~-f~~{~:
d:i~tá1~aH l~~.d~:,in~~r~~~~~~'t::n:~l ~~nü)nH~~ t~dq:l.ütid~;:ttr~H¡,é~
d~d p:~·~x;::~in;:Je:tÜ:~~ d~' .~~dqu:~~:a~~ü)ts d~~ ~nte:\~;a.s~~~8t~~ah~.t~d(':%rC'gu1~d~l- et~ ~~ t~h1k> ~ ~r d,:~l N.eaJ tk~~r~tn
~~;~~~=~~O'±:::~;~~<;-=l~===:=="--J
460 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
WW~::::""::::""::::""::""::::""::::;:;:::::;:;:::::;:;:::::;:;:::::;:;:::~::~:""::::"":."">:-"":::-':"... ;:;:.. ;:;::-;:;::-:-;:;::-;.;:;:;.;.':":.;.",,:.::""::::"':::.:>':'::;.~;.;."";.:-"";.;.""::::"':::::"':::"':::"':::::"':::::"':::::':";.;.;:;:;.:-':":-:-"":::-""••••"':•••"':.WWWWW"".:-"":-::,,,,:-:w.;.:.;:;:;.::;:;::-..;:;:.. """"W.;.':":-;."":-:-;:;:;.:~:.;.;:;:;.::;:;::.;:;:;.;.;:;:;.;.;:;::.:.;:;::-;:;::-;.;:;::~*-~~*-~~*-~~*-~~~~..*-~~*-~~*-;;*-~~""'~}~~~~11r;~;i;?I~~~~::';;:;""~~-~-~-~:-~~~:-~~-~ ~¿~;:;:~~*-f*-r*-~~ *-r*-r*-~~""""~~
:t}uhHl~(;i'~>n~' lt~$ :;2t-Ut\~:T~~.~ kt 't~::V~:~Hl<: (d 'V(~h~aI1:l~~\, ~~'~ :~ü'1~) yh~pág¡Nt inidd y find.
2. ~ .1~~ Por p:ublk;:<st:~oíH:~:S ~~e ~~~f~~tner ~::~i;tüi6~{~ y~:troy%':{~t~::::& ~: ütn~)'~{~~ ¡t~nft~' 'tktüea:;s ~~~br~ tk~ di~~·tp~iu;$:~.
tA~~tt~) d:td :C:Ot~t*~~~).,~. ~,'.' ,',,' .'~ , ' ' , ."," , '."', '..' .-'.' - , '.' .',,'
... :P<u' p:n:~~}.1:k~~~ ~~~r:: ~:~.pn~~i.~i:~)t~~:~
"k ¡imb!t~~ ~lrt,m\.'¡snlGÜ,
L~~)~¡ n~¡:éfs~~~ ~~;p,~~rt*t.d{1~ dt~ ~t~t~~~ít~B> (~(3t~
~~~lbtsp$rt~d(~~~ÚS'{) p<'3tbiln 'pllt~lti~tr~e pt~r u:n~)
Et~ ~~1 :C~S;¡(~' th~~ púhlk~~(:'h)n~~ q~u~, ·~tl-hH~wntc~ ~.~ ,dR~~ enfbtJt~~~~~) ~,d~::t:tfá~Ih~~\: :~{~ ps"~~.~nü1r~ nr:: in:~~~rn1~ (dl~J;:¡;J ~n
~J ~cwü, dt¡t1~¡w:h,m;:l ~mh¡:nr, c~rtHk:m'{l~pt:'k ~n,bif'
,;;~d~íl1 il~C;;¡1tttt~~l:\ h l:\<l!'lt ¡kd<itü~ h¡blkl:p"iJk;:¡.En ~:~l:~
d.{~~lHt¡t:titG :~ it~d~cat~ J~~ 1:~1~~ d~ ~hlt(i~.~ íil dhJh) d~' h*pubti~:~~'ión:, k.1~, atH(Sl~~,;: S;§ f~:v:h~.t~~~ ~J '~¡.ü~u:~n~n, ~:~ _~~f~{) yh pág)l1¡t hElcúdy l'bnL
i\q~.l~lh,=~ p:ubH~~~~·kH~~~~ que ~~~t:~Hsd{} übhgath:;;~ t~
~ül).~~gsur ~~:l 1S-J3J~ .., t::n '~'útt~{t {i~ in .(~ü·:~pU~8:~t!: p(tr ~J
I)t~:n::tt~ 19~4t7.z~ d~~ :1 de nÜ"ltknl~bft~ '~at~~W·:ll~ dt\~
~};Úsl~in::. llQ :S{~~~;n- vainf{~da~~,'rt:sf. t":,t~~:n('S' .~~q~,~Jht\ ~t~ ~~i3.~' qtM.~
::J ~lstor :St>a :e:~ e{Htü~ d:f=:: l~.:s nl~~~m~.
t.(::~ ,~n:érHo~: .apnrt~~dü~~ d~' .~l(~u:~~t',d~J c~)n. ~~3Ú~; ~~Úh~~1~tk~d{J:
n~} '~érái1 te:~üd{~~" -~:~n :~~Ú;:~~lÜl ~:~.n~n(h:~ ,s.t~ ,h~Y~1n :~~p(~rmd~~
p~~n~':~,~~ 'v:;.~hJr~lts6n. p~)r ~~t {~~tfü~d.o l~J d~~ ~:~~:e i~tr~::n~~~.
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 461
tH.>{~:31tl~~~:lltO JSl~~~Jlc~~rttvQ .d~l n~n:t'ihtanl~~nt(~
¡::ün ~~I}1"t:~k!:w 4~ t¡-¡ dunl~k~l. Ni!l~kl {:;¡~g.(~,
2..1:..5.:-- lil:nr ,c~~t~~.{t~:f~,cl~ d(~::wn{:p~$~~}'d~put~~~N)~ ·~~t J2Si\:dfnül~~}tr~~(;.~á~~~ f~du~~:~:iv:~"t de,hf\~'ül d~~>ü~~~1Jd~~~t~~n~ü {fud~ttü~(sjgi¡~r Q :*u~~r~~:}r ~~úg~~a:dn ~t ·(\H~J1R1P~)t ~~l
j""""'" ""Y,,-,,,,,,, '=-~~~ ~~ ~1fTI1~~~~~
¡ :NUUiH'l:)S ~ .~.L[}.RAU~lN rn¡W,.hM~N,~ tW il~r~?;~~;~;~~l*J~l~,!·.k<Il:""""''' " ""_ , __ __ __ x -..: ,................. ----- "'", -..: ~~~_.;., ~ """- "'« " ~
1 Iv 1" ".~}l ¡ l '"'~'l·l~r¡.,., "1"'" ",.¡ l"> "'l~ >,.,~",',' ''''1'' ",","v ,'.».>""}I~ ~,~.:.:~ ':~":><-"~ -'_" ".~",. 'H ... , • -'o.. -" '" ., "' •••• , ' ... , 0" ", •• , ... , _,'- ~ ~ y..... ,,~~Xi~ .....~ .. ~.);. «"'$~" 'i••):....xc,;;¡'~:y.~'i.~. 1';;""'''''';;''': y,¡;.,!<Jo~~.
~ ~ ~ § ..... "'~~fr'.¡ ~''i ~.~ ~.:.~~ ~~ ....atg~..~¡ Ln.$ ¡hKdzHU'S; de <tilo ""¡;' comput&Th':l S3 m~:.M dt: 0.25 i i '~'" :,'" ,,, ,,' ~ ." ¡¡ pt~h~:~~::i pnr ~l~% ~~nn1x~k"'!~) ~ ~ ~
,1 Ut,-P., ""'" "'l.,,_ \-,1<,."","", &'""4;",'1<,, I '1' Wó...,,",,i.,,,. "!?O"'i%' !'!J1 l. i:: J{:'fe d~~ ·l~~;ÜHíÜ}~ <~Se{~t·{~:!:~:d~)y ·~~án~:a~~:C$f:)~ .~~~}. .~~*~1:tn}§ ~ ¡\dtnh:ú:~tt~t~~é~) ~u:c~t:~:\~~ .. ~:t;::ft~~~:t~~t~ ~t~n ~:
1 }1úblkm, dz~¡::~tt@ ¡vi~r d¡"IXJúd(ís1(:ü:mpkmwn¡~:i». I dih~~r~¡::i~ <k ¡:mM:t¡km Y;;;*~Ü,~l1~l,~. ¡::.~(~, I!:: cn~rt~r d~1 b~~t~~rnn)~, :.-..::.';. v ••·,,,.· ...>·••·.·_w.·_.. ~.-'"'.-,·w. . ...·".w.·.w.··....'. ~ .1:.(XYp~tt3:tü~-} t'$:tlific¡*~~~Ó~\ ,~fl ~hrq~~~' cnr~st~'q~~· ~\~tt~ c:ui~s) ~
l.!, li,' ¡¡""ti,,,,,, "" >!l' '" -1'\1'''#' " '''''n ,;., lU. ;'l:¡:ll $4",,""""""<l<il'¡¡&'I..;.....Ir""'" fl''' mm¡ "'lilr1,*" ,
~ ~ ~. ! 1P~~r '::W~~: ;$tl~)~:~t otto:~· {~:~~rgJ~§ dh~~~Ü\·~~~~ d~ ~l~ :C~th~~tHn~~n~~) }u~tÜf~~:~Hi'~?o d($r'n:t}tn:bf~:tn:Ü.~nt~~ ~
~~·tstt't~t~vu-r~H:t::r.~% d~~{~tlt{::~L (v:~t (H31~::t~$iclúú (~~)-t~<~xprt~~.ión d~~- t:a '~t~r~~ti6:;:~: r~~~d~l {~~rg(t ~\:mr,pkr"lt'nt¡¡ri;l(;tl~rt" dd b.;:m:nw) !l ,no putl\l)ii ¡ ~
.,.,.•~,.•• 3)..•.,~... ~l:l l", ¡ll'I.~~~ ft·~c~~i(~~H~~.d~e <#:}ü :~,e t{H~~§)ut~~rán~~.n~~~,~i~l d~; \~~l.-~:;'~ ,
p'Slt~tÜ:~I~~~t :~le'~ ~úSl1pl~t(3 ~ ,.
I 1 j
,;.t.J>~;~::·: t~~}r (;:~da ~l~tj d~ ~:h~,,~&:lnJ~~~~) <le ~~t:g~) d~ ~ :: r),:.)(~'u:n~~$lt~:), j:~~:~üfi.(.~t~·~~,~). d~I,·~~~)tn:bran1:ittn:t~){·.:>.:X•• i~1:. l"~~.~.~~'.:r,'l'>~.·.·.il.·.l".:: {~.:~,~.'.~.i~~)í..;,\:.,·~ .. .'. l~ n *;.::; '-,¡q,';.. ~.. ... . .<.$.. J: .~ ..,~ ;~.~) ..... ~,~.~ . ;('l'.'~:~ ,;;;'~~ .. ~:('>~':(..:')," .. ~ ~~ ....... ,. ,,,,, ... '\,~; ,-x.... ~ -};).. .'••..:..••.... ~~ .• n.' ~ .. -. .. ".·,~'-.·.·.w.·,...'.·."'.·.·.W· v(~~}{~p::;l\~~~:}~ ~ tAlt1~::tlq:::n..~~~."~n{.J.:c·.~~:(l.:~:r~:::;..;:o:~~(~;~ ;,..~.~:~ [:~~.~ .~oi* ~,}o"
¡ rl.,M thK-,,:,101W$' d~ 1:\:tSl:>.~ {'Ül:np\.1tndH¡~ fll:?:ón d~ Ü,Ü4 ' .
I I~ !'I~ ~!~ ~i ~~ i
~ ip{' ~""' P'-il'i 'C1f'i3.. .. ".... .. .,. ... .. ... . .. .... . "... .... Il)'lll pm'¡¡,}~ I !~ f·" '~"'(:t:l"':l}'''' '.'j,., ¡~Úü $oC: :::~m:¡n¡s~~ds~ ¡~ ,a.,..:Útl ~k ! ~ I~~ .s..":~"~ ~~):o; ..... , ........~..... ~~. ~ ii ¡Bl11KK, ~).t tm'& ~:<1l1.1P¡i~H1 ¡ I,
r.: "" """" ,,"""",, ··.."""''''' ·t.,l ------- ------_ ~,~!-------j.
: ~-~.3 :E;~:t;J~~i~¡:8Jt~:~t~~':'p,&r~t ~i~~~;::;.1;S~ú~~~{~dt~R~:n N~:v~u:~nl:- :~l ~1~~xü~:¡:á t.~})Ü r~nlt(~ ~~
¡ p¡~ú>Vilscüy~nl~ CnmlmkbJ A¡~1{ltll.1tml\.'~ktldm},1, ¡ ¡ 1*
~ ~ 1L~~~. (~~.)n':{O(:i~torh~s. ~~:~~p~~~Jfl~:tts:, {.>(~tr~~~~~}r~d:~~~nft~~ .i$. ti:~~~~~~~ ~ ¡ ~
U~)t,s::~d~~ve:n :N~\';Strr.~~:. ~l ,p~~~: \,~'~~(::rl }\'~>n' [~t (~(~rtl~~;Hkttd f ~ I~A¡..¡¡Ólwn@ V¡d~n(h$m$ ptxtnb ¡:¡.&ig;n>*r h.¡I¡¡S>* tUl l\l¡~:~i.nw l ¡:~r~; :5 p~~~1S~~~,~i· •. :¡t~~1 11~{~:[hb~qS:l<:: ~:r:~ t:~;;$ rn,b.~:nn:~¡, .:~~~[¡ ~
~ :d:t·~t~:n:n:~ntn~~nf.hn~ió~l{~:e1~~ p~~:ul~~~fid~~d~~lü~~~t~~~tü.~~~~ .,1. l,,! I
i <i qu~~ rdkn:: tI ,*p\ir~~d¡¡U dd ;¡¡¡'ID::i.O m d~lR{~;¡¡1 ~
j,: ~)t~~~~~~~t{~ 'l111./r~}:~8~. dt~ 1: <~~:~Ü%H;<~) .. l"10l qU~,~~t-;; ~ ¡ ~
::-.''}~::."):·,,~.l· ::~n.•V:)s.;, ·¿·~:tl~~~~r~{::s ·d~· tr~~.'~~,hu¡\~ ..d~.'~:.án~bih~,~ n~ch~í1~tl ~ ¡ ~...... ~:-:'\, ""':> ••. '.'-', ,~'t.~ .. '... ' .. . .. ... .. .... ~ 1 ~
,,""~,.J.}•.:...~.--.•~.-":..;\hr flt(~\"lj}Wn \:It pl;lls5 wn'~~iJxmdi~wt~& *l i\)); I i ~(\~~q:::<f~d~}c:t~nt~~~., ~ ¡ ~
.~ .,.'-..,"'"__''''''' ,__~__",_",L_"""""" ,,,,! ~{}) l..~~¡: ~;'nn-"~o~~~t~)t'ük~:Pud:n-~.n~l~ttrtni-n<tt''1u~: hl ~:q:~~di~~:k)tr dit'~~J:~r~~n'ÚK d~,~t~:$ ~~::l;~~j};)K :$'€~ :t~~~H~:~:n ~1t~,d:~~nt,~ ~ü$; ',do{;-::~n~~~~'Rt~~ j~~$;d:n~:{~tsV{}:~
~q.~}t:: .~~. '~~~J ~}tct¡:) }:;~';. ~:~~~~hJ$~:~:san .. t:n ~~H:·rrá~tna3 (~: se· .b;~~;f1tp~:~t'{~n 'd:~·. :iJ:n<~h:rpüth~:, ·l\dn:ünh~tr~~cfón t~~X~J~:o~;~~nt{~~; ~~~ar\ih:~ a.~~~{)n~s~~~n$u~~
462 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272
l~~.. }\ lo~ ~~frttt~. d~!~~~.~~üb~:spar~B:du~< r .,1.:4< y ~,/1.5.;,~;~ v~Ü(~r~~~~~n{~üHlo. '~~:l1~~ tnd~)~: ,~qu¡¡l;lh:'1'~ ~(~f\ri~:k:¡~: q\~~ ~;~
~;ürtl':~:tx~nd~tl {~~)r~~~t\::i,in~ {~1~tt:h;:~~$ pr~:~tad~~~:~~~~d.~ t~t~:i:::b;i, dt ~:(~kJü'rl~~:~' r·lUCS:O a:cad~h:ni~~~:. h~:;;t~t ]~~ :iix~ha:d~~'ill1H~:~~~,f~ck~n
¿d· l'¡:'ÚM-n<l,
2." LI)~1'i.<;;tYk¡9ii' ~hJth&:"~;~1¡¡h>§~uhl1F¡;'tt¡¡¡JlJ~ l. t.2 v MJ~t> ü:nkh>§ N:¡ Nloent.~en ¡t)~ ~flm¡ ¡;,:n ql(\t61~l\il~ dm{dnh1¡~:lX,
(mtt'(~~l¡ ü,~(m k~ :${:'tvki\)§ d~ ¡m.¡;:¡¡b<lpm't~dG$ •• ~ 0.1, L l.. A (¡l. '15.
:3 ,.... l~;h:~~ {~J~~r:r:o~; d{~, JS)S ~Üb~p;ltt~Kt~:::3 y L} .4§~:tá~t~:::011tp~tfHdn~ J(t:~, ~.:~r~"it:~ü:$ '11u~ ~t\ h:tfbi~t~~n pr~~~·t~.d~> r::n ~~tu~;~~Ión d~
:5:ittt~;'~(;:k~:~:o (~~~P{~cj.~~~~~>· (;:~pr~·~~tn~~ílt:'$ dª:laf~~~~:~:)~ t~):~~~(~tal~~;, ,~nk~;&:~ip:~irt~t~h:)~: pre'~dsHJ~' '~nt~attü::,d(~ 29.2:: de l~
30/1 ~JS.4:~.>d~~: )1. ~:1i~ ):~g~~~~,{l~~~~rf~;~)n)nk~~:, :~~it~~~(Ü0n{~~dt~i~ér~ttc;(t tH~~~tt:~~~1:~~~~d8~hl~~h.:tap(H~{n~pQ:~~J~i~~u&\~,,~~1.t~ris)tt\~:,aJa t.:~~:y
3nlt~S:4-::>d~2th~~~gP§.t{L jgIu11fn~:nt~r $j~~rá {:~~*npu~a:d~}; ,,~~:3tü~s~f~{:tüz~ ~~d prinl&"::t' tUlü d~ :~x~oo~n,J~~ pOs (::uidi:1d(~ d.~
:!~tn:iJÜs.rc~:~ ,d~~(:h~t~d~: ~l({ ~\~ne:rd~) ~~{H} hll.:~:y.39/r~{~~~~) d~: 5dt~ TIüv~~~tnb:t~~,
..~, .. ':-"l'~" -;.~ o·t ' .;: .... ,.~ .....o.. ;.....-; :-.,~:-. ·lo.:¡....~' .;l:;;..~. :~).;j,; • '';¡'", ~ ... -" .•-,;.•", .... ;.¡-:;: -.1 ~:-..',';'l. ......~.... ~,,--. ••.•:-. ........;.,,-.,;~:¡.. "'-....-:s .."'...., ,~ ......o"....··1· ¡.;~ ... (",,, '~'o)..:..' ·),'ll·"~;-·~'-(....'" ~.;> ...-.+~ ....< ,..... C.:I, . s:1 ...~ .,. .:o;.~ ~ ' ....
}~\. :~".~'':-''~'~o:'~)Z {~~':~$~~~)~~?~~:~<~~~~~~: .. '.' .. ,'.~:,. '~;~~}.~' ~..~:S:t'::::~'I.)~.:?x:: x.:br(~~o}::~~.;'.':: ~,x~o:~l:··~:v~··x::,~.~,(() ~.},.;~{.:;,. ". ~~¡;~. ~{;.. :"-:b~:"~~~.~,, t:,,-:;;,·~~~"·¡P»·~,~·n {" ,·:.,,~.~:n~.tsn~~.;.>
,s~wda ouy;§. .panttib p~rt"w;>X,,~j¡l~,plnmt~¡;ml ~1~j;tml)tktmH:rm,l)~nd qlW i,;~ it;¡t~;~(l-~~rltl>,.~wmpt~ qü~%;hl
~üü~ciiü1 Si1sptiqueF~f'dküi:'dt~ ~~u d:e:St!:nt)d(;~c~~ntt\~:~etHí:~~ ún.~~~}n~:~:l~~:~~>sn;p~J:t{th~~!"} p~)r ~~~t~~ ::~Slb:apart~dü: l~)~ $e:r~{it~i(~:~.
pr~:~ta;do~,. t:;;.n:ntl fÜ$l=~itJ~~{~:d{~:·d~~ ~~:~:n:;ttá. e:n.~l·(~\~~n~p:::}. ;:1l·.q~~:~·(?~>tft~:~p~)f~d$t;01~,· \,,~ ..:,.':,~~,~::jt:
~)t{;e<r¡~n<~);::c~ptüiSdó~,d~ 1~(3 'tn$~:~:U~:~~:~ t:~l id op~~rt~rt3: :~~:n{':dz~~f" J(~~fünckn)*i:rÜ~~~)bU&~~dn~~ ~~o~~Qnc:ur:t~~~rrtlfh~b~r ~~,:;nHd<~. ~~~
d(~§tin~)d~firüts:vo en (~:~Htrplirnl~~nt(:~d~~.$~lstt:~~l:c:~~~~,~~~~~c~h:u~ié:~1d~~~ te~~~~t~:~~l-' p<H·;:~)t{~vtnú:d~~ (~x;;::~d.~:n~já~~$r.(:~):s:~· or~Jr
t,;lpr~:sí<:k~ df: tHJ V~~~W ~h~ tt\'th,~¡;:''l ",¡¡ fm{0~6i:tÚml:t>°~~éit«bj~;M(l~""lI1¡l p-:h~~Nlk.",:>nvmmtod<l, A e~tm fhr¡¡~jnmlrkmk>.m:~n\
d~~:. wpth::.a~jóS1· ]~~ di~p~~:~sto ..~. tul.~:f~~ti~.~n. ~.~ ·:;~ld~":ipftrt~(lt) .l,1.04·~J.~d' t~~:t~~~rK8.
Lml Ü:l*':¡NU,,:r:b~ lk ~mn:w qll~ pM'l.k¡pt~n twr pÚtll$nl. v~~~0n('¡lt~N:::.~rvdulrlar¡~Jp}d.ran<lptm', IflditA:l1.ihb \;'!l§l¿Üt~1~~n.~~ia d~~f::i~tt~s::::~p~~~~.iÚnl- p:(~r J~~ p~_~n~u;~ciÓr~~*)rr~sp~)nd:~~nte~~J.~tü::~t:p~tnad:(~ 1.,1 ,,4 :dt~:~\~~i; b~ttstf{},Ü t}t~t tI :~:u.b~p~tt~~:d~J
1,1,) dd mi%ll>.),
En:~l f;:~~3~} d{~ol~J~f~~í~$r 1:a ü:r(nt:~~1.r<~r t~J,:SJ~h<~:p;'~f~~do1·.~:L5,:s'e,~~~·.p~n*t~,~rá·~1~··e~~t~'g;uba~%.~t~~d(~ (sd~n~a~ d~ ~~~~. ati~)~:- d~~~t'yi~:~~): l~r~~~t~~~h}t-; :tB)lrtO fU:~it:üHi~ri(Sd~:~~arttt~{~n:t:xp~)Ct:~oÚ~tn: :de' tt::~~tinQ'~ ~,{)~~ q1J~~.J~~lb~en{:n pre~~h-::d(~ ~n :~l {;~·ntrt~ de;sde~j
qts~p~~rf~~ipn!~(;tr~t ~Ht d~~t±nt~ d::;)fiíÜd~'{} ..
:En· d~U¡:m(:'?lf:(~ \i{~ m>m;l:'lH~ii'I*~W\:'k;t<<.ügmm o~~l:. l~ in){ünldada plfd,:¡~<.m¡úr" §e ~~lHt;ll>hrá qu~ nptms por hl ptmbildónl;;:(~rr(~~rHHJdj~:nf~'::~l~. ~3~Jb~~~l~iS:tad~)1,1~,4 d~r ~~a~ :b~~r(~~t~h
./~h}~~f~x~lÚ~ IH:t.~~~h';tn~o en k:j;!:~ s,u~~~{~r'ta:rt~idü~. 2.2. t~ b~1r«n~(:t<4~: ~nsBrü.o~, :~:t:'{~~1_n~id~r~~r¡2in :~x~t:;tfx)~,t*J}h1h.x:!:3:~~
:h:3$q~it~ Ct}tI~~pi:):nde~) :~~~ 0~1~,(~(tnt~~0~
C(ln~fv~ltm'¡(~;Sup-t:::rh>ru~,d~Mú",k,~ü D~'l.tl;w
{)Jn~r\\'t~~:'Hri<~~ }~t~)i1:~~~t~ná~~~~' {h~!\:i\Í~~i(~~~:(t l}~ut~~:;s
C~~r~~t~r'\\"':itü:do~~~ :Hh::~n{::n~at~:;:;·d~~fÚ$.i~~~:
E$z:'u~:I~~ ·~~.u:r~~:r:~Ot~)$·:d(~ ·A..rt:e I}n1:n1át~czl
!{~~:ts~l~~gl~p~fi(:trO(t~~{:~~t~tn
}\ it't~ .~fe(~~.<~§; pí*,:\.:ls:~~)~.{~~~.0~1·:~üb~ir~~Ht~dn'.2~.2~.2d~::~ ba:r~::n~.~~·d~~~. ~~ntrhü.~.~:.~. ~~).)::t&~d;Ql'{~:rá,i.~;ynln s::;at':~~)·rlir:~(:Hvn·.·~t~ÜH:n~~dü~:(iú:~~J,~~~:~{:};~,~l d~J~f~ d~,: .lS~~tüd:Ú)~:,/H~j:U?~:tü
Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 463
p~!L~:~;:::Jb~p~l~~dü1,.1...4 d~~t b~ren}n d~~:~ts~t~t{)~ K;~: rH~~nfüáfán'-lü:~ :;igtüt~nt~:~;,cár~:t)~dlr~{lfyt,~~
d~-~)~:n:ü;t~~tiü
d~: l)~p~,tt:;.~~:n~~:~~l:~>-d.i:d&cti~K~
COMUNIDAD FORALDE NAVARRA
RESOLUCIÓN 220812006, de 24 de octubre, de la Dirección delServicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación,por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentesde los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, ProfesoresTécnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos queimparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas.
ANEXOS
ANEXO 1
Relación de Institutos de Enseñanza Secundaria
NOMBRE CENTRO CODo LOCALIDAD CODoCENTRO LOCALIDAD
lES SAN MIGUEL DE ARALAR 1 31008268C ALTSASU/ALSASUA 310100001lES SAN MIGUEL DE ARALAR 11 31009066C ALTSASU/ALSASUA 310100001lESO 31008475C AOIZ 310190001lESO 31008384C AZAGRA 310420001lES BARAÑAIN 31007525C BARAÑAIN 319010001lES ALAIZ 31008220C BARAÑAIN 319010001lESO 31008347C BERRIOZAR 310160008lES IBAIALDE-BURLADA 31008530C BURLADA 310600001lES ASKATASUNA 31008244C BURLADA 310600001lESO 31008372C CARCASTILLO 310670001lESO LA PAZ 31008335C CINTRUENIGO 310720001ESCUELA DE ARTE 31001821C CORELLA 310770001lES ALHAMA 31006910C CORELLA 310770001lESO 31008396C CORTES 310780001lESO MENDAUR 31008323C DONEZTEBE/SANTESTEBAN 312210001lES POLITECNICO 31009042C ESTELLA 310970001lES TIERRA ESTELLA 31008281C ESTELLA 310970001lESO 31008487C GARRALDA 311150001lES 31007008C HUARTE 311220001CIFPS ENERGIAS RENOVABLES 31013203C lMARCOAIN 310880004lESO 31008499C LARRAINTZAR 312360012lES AMAZABAL 31003209C LEITZA 311490005lES LEKAROTZ-ELIZONDO 31008271C LEKAROTZ/ELIZONDO 310500028lES PABLO SARASATE 31006791C LODOSA 311570003lES SIERRA DE LEYRE 31008293C LUMBIER/SANGÜESA 312160003lES MARQUES DE VILLENA 31003441C MARCILLA 311630001lESO JOAQUIN ROMERA 31008360C MENDAVIA 311650002lESO ELORTZIBAR 31008426C NOAIN (VALLE ELORZ) 310880005lESO 31008505C OCHAGAVIA 311850004ESCUELA DE ARTE 31005085C PAMPLONA 312010002lES PADRE MORET-IRUBIDE 31004500C PAMPLONA 312010002lES EUNATE 31006090C PAMPLONA 312010002lES PLAZA DE LA CRUZ 31008301C PAMPLONA 312010002lES NAVARRO VILLOSLADA 31004536C PAMPLONA 312010002lES BIURDANA 31008256C PAMPLONA 312010002lES VIRGEN DEL CAMINO 31004573C PAMPLONA 312010002lES DONAPEA 31005051C PAMPLONA 312010002lES JULIO CARO BAROJA-LA 31008529C PAMPLONA 312010002GRANJAlES SAN JUAN-DONIBANE 31009054C PAMPLONA 312010002lES AGROFORESTAL 31006922C PAMPLONA 312010002lES SANITARIA 31007011C PAMPLONA 312010002lES MARIA ANA SANZ 31007380C PAMPLONA 312010002lES BASOKO 31007823C PAMPLONA 312010002lES ITURRAMA 31007446C PAMPLONA 312010002lES ADAPTACION SOCIAL 31007872C PAMPLONA 312010002IESNAPA FELIX URABAYEN 31008839C PAMPLONA 312010002
lES RIBERA DEL ARGA 31005115C PERALTA 312020001lESO RONCAL 31008517C RONCAL 312100003lES EGA 31008219C SAN ADRIAN 312150001lES SANCHO 111 EL MAYOR 31008311C TAFALLA 312270001lES POLITECNICO TAFALLA 31009078C TAFALLA 312270001lES BENJAMIN DE TUDELA 31005735C TUDELA 312320001lES ETI 31013173C TUDELA 312320001lES VALLE DEL EBRO 31013185C TUDELA 312320001lES TOKI-ONA 31006077C BERA/VERA DE BIDASOA 312500008lESO DEL CAMINO 31008463C VIANA 312510002lES 31008232C ZIZUR MAYOR 310760002Notas:El lES "Sierra de Leyre", dispone de instalaciones en las localidades de Lumbiery Sangüesa; por tanto el personal que obtenga destino en dicho Centro prestaráservicios en cualquiera de las dos localidades.
El lES Lekarotz/E1izondo, dispone de instalaciones en las localidades deElizondo y Lekarotz; por tanto el personal que obtenga destino en dicho Centroprestará servicios en cualquiera de las dos localidades.
(j)e
"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)
--.J1\.)
~Dl;::¡rorJl
.....
.¡::.
::J
~.ro3C".....ro1\.)
oo(j)
.¡::.(j)U1