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Competencias y Facultades de los Delegados de Prevención Con la financiación de

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Competencias y Facultades de los Delegados de Prevención

Con la financiación de

T R A B A J O

Actividad que realiza el ser humano como individuo transformando lanaturaleza para su propio beneficio con la finalidad de la satisfacción de susnecesidades, tanto individuales como colectivas: mejora de la calidad de vida,status de la sociedad, satisfacción personal…

ORGANIZACIÓN EFECTOS POSITIVOS

T R A B A J O

ORGANIZACIÓN

TECNIFICACIÓN

EFECTOS POSITIVOS

Mejora en lasCondiciones laborales.

EFECTOS NEGATIVOS

Riesgos para laSeguridad y salud

de los trabajadores.

PROVOCA

CONDICIONES Conjunto de variables que definen la realización de unaDE TRABAJO tarea concreta y el entorno en que ésta se realiza, y que

determinan la Salud Física, mental y social del trabajador.

MEDIO AMBIENTE

CONDICIONESDE

TRABAJO

T A R E A

ORGANIZACIÓN

SALUD ESTADO DE COMPLETO EQUILIBRIO Y BIENESTAR FÍSICO, MENTAL Y SOCIAL

y no solamente la ausencia de daño o enfermedad.

Derecho HumanoFundamental

ContínuamenteMejorable

Objetivo Social

Integral

Dinámico

Modelo Ideal

Meta

RIESGO Posibilidad de que una situación de trabajo pueda romperPROFESIONAL el equilibrio de salud, físico, mental y social, de los

trabajadores.

PELIGRO : Probabilidad máxima

CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO

DEBIDOS ADEBIDOS A LA ORGANIZACIÓN

DEBIDOS AINSTALACIONES,INSTRUMENTOSY EQUIPOS

FactoresDeSeguridad

DEBIDOS AL MEDIOAMBIENTEDE TRABAJO

RiesgosFISICOS

RiesgosBIOLÓGICOS

RiesgosQUÍMICOS

ORGANIZACIÓNDEL TRABAJO

CargaFÍSICA

CargaMental

RiesgosPsicosociales

PREVE

Conjunto de actividades o medidasadoptadas o previstas en todas lasfases de actividad de la empresacon el fin de evitar o disminuir los

ENCIÓN

con el fin de evitar o disminuir losRiesgos derivados del trabajo.

DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

Las enfermedades, patologías o lesionesSufridas con motivo u ocasión del trabajo

EQUIPO DE TRABAJO

Cualquier máquina, aparato, instrumentoo instalación utilizada en el trabajo

DEFINICIÓN LEGAL DE ACCIDENTE DE TRABAJOLey General de la Seguridad Social art. 115

TODA LESIÓN CORPORAL QUE EL TRABAJADOR SUFRA CON OCASIÓN O A CONSECUENCIA DEL TRABAJO QUE EJECUTAPOR CUENTA AJENA.

•Los que sufra el trabajador al ir o volver al trabajo (in itinere)•Como consecuencia u ocasión del desempeño de cargos electivos de caráctersindical, así como los ocurridos al ir o volver del lugar en que ejecuta sus funciones•Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo•Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendoDistintas de las de su categoría profesional, realice el trabajador en cumplimientoDe las órdenes del empresario.•Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza análoga.•Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven, como consecuencia del accidente.

PRESTACIONES SANITARIAS•atención médica y quirúrgica.•Medicamentos.•Prótesis y aparatos ortopédicos.•Prestaciones económicas a la S.S.

PRESTACIONES RECUPERADORAS

•Rehabilitación funcional.•Orientación profesional.

Definición legal de ENFERMEDAD PROFESIONALLey General de la Seguridad social art. 116

LA CONTRAIDA A CONSECUENCIA DEL TRABAJO EJECUTADO PORCUENTA AJENA, EN LAS ACTIVIDADES QUE SE ESPECIFIQUEN EN ELCUADRO QUE SE APRUEBA POR LAS DISPOSICIONES DE APLICACIÓNY DESARROLLO DE ESTA LEY, Y QUE ESTE PROVOCADA POR LAACCIÓN DE LOS ELEMENTOS O SUBSTANCIAS QUE EN DICHO CUADROPARA TODA ENFERMEDAD PROFESIONAL.

R.D. 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermeda-

des profesionales en el sistema de la Seguridad Social:

Grupo 1: E.P. por AGENTES QUÍMICOS: Plomo, mercurio, cetonas, benceno…Grupo 2: E.P. por AGENTES FÍSICOS: Hipoacusia o sordera, posturas forzadas…Grupo 3: E.P. por AGENTES BIOLÓGICOS: Enfermedades infecciosas…Grupo 4: E.P. INHALACIÓN DE SUSTANCIAS Y AGENTES NO COMPRENDIDAS EN

OTROS APARTADOS: Polvo de carbón, amianto, animonio, berilioGrupo 5: E.P. DE LA PIEL CAUSADAS POR SUSTANCIAS Y AGENTES NO

COMPRENDIDAS EN ALGUNO DE LOS OTROS APARTADOSGrupo 6: E.P. por AGENTES CANCERÍGENOS: Benceno, Cadmio, Radiaciones Ionizantes

DAÑOS PROFESIONALES

ACCIDENTES DETRABAJO ENFERMEDADES

DERIVADASArt. 115 de la LeyGeneral de Seguridad social

ENFERMEDADESPROFESIONALES

Art. 116 de la LeyGeneral de laSeguridad social

DERIVADASDELTRABAJO

COSTES DE LA SINIESTRALIDAD PARA LA EMPRESA

COSTE ECONÓMICO

•Primas seguro, S.S.•Salarios.•Indemnizaciones.

COSTE HUMANO

•Pérdida de recursos humanos.•Presiones sociales y•Indemnizaciones.

•Tiempos perdidos por compañeros y mandos.•Primeros auxilios.•Daños materiales a instalacio-nes y equipos.•Interferencias en la producción•Procesos y condenasjudiciales.•Sanciones administrativas.•Conflictos laborales.•Pérdida de imagen y mercado.

•Presiones sociales ypsicológicas.

LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.B.O.E. nº 269 de 10 de noviembre de 1995

CAPÍTULO I

Objeto,ámbito de aplicación

y definición

CAPÍTULO II

Política en materia de PRLpara proteger la seguridad

y la salud en el trabajo

CAPÍTULO III

DerechosY

Obligaciones

CAPÍTULO IV

Servicios de Prevención

CAPÍTULO V

Consulta y participaciónde los trabajadores

CAPÍTULO VI

Obligaciones de losFabricantes,

Importadores ysuministradores

CAPÍTULO VIIResponsabilidades y

sanciones

DISPOSICIONES ADICIONALESTRANSITORIAS,

DEROGATORIAS Y FINALES

OBJETO Y CARÁCTER DE LA NORMA

Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicaciónDe medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevenciónDe riesgos derivados del trabajo.

Establece los Principios generalesRelativos a la Formación de losRelativos a la Prevención de riesgosProfesionales.

Eliminación o Disminución de losRiesgos derivadosDel trabajo

Información, consulta y Participación.

Formación de losTrabajadores en Materia preventiva.

Derechos y obligaciones de los trabajadores

DERECHOS Y OBLIGACIONES

Derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de salud y seguridaden el trabajo

Deber del empresario de garantizar la salud y la seguridad de losTrabajadores con respecto a todos los aspectos relacionados con el trabajo.

GENERALESPARTICULARES

•EVALUACIÓN DE RIESGOS•MEDIDAS DE EMERGENCIA•DOCUMENTACIÓN ORGANIZACIÓN PREV.•COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES•INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPA-CIÓN.•FORMACIÓN•ACTUACIÓN RIESGO GRAVE E INMINENTE•VIGILANCIA DE LA SALUD.

* PROTECCIÓN DE TRABAJADORESESPECIALMENTE SENSIBLES ADETERMINADOS RIESGOS.

•PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD.

•PROTECCIÓN DE MENORES.

•RELACIONES DE TRABAJOTEMPORAL

FORMACIÓN

DEBEREMPRESA

DE GARANTIZAR QUE CADA TRABAJADOR RECIBA UNA FORMACIÓN SUFICIENTE Y

ADECUADA EN MATERIA DE P.R.L.

¿DE QUÉ TIPO?

TEÓRICA Y PRÁCTICAESPECÍFICA A LOS RIESGOS

PERIÓDICA Y DINÁMICA

¿CUÁNDO?MOMENTO DE SU CONTRATACIÓNCAMBIO DE FUNCIONES Y EQUIPOS

INTRODUCCIÓN NUEVAS TECNOLOGÍAS

DURANTELA JORNADA DE TRABAJO

FUERA DE LA JORNADA PERO CON EL DESCUENTO DE HORAS CORRESPONDIENTES.

VIGILANCIA DE LA SALUD

CARÁCTERVOLUNTARIO Excepto

Evaluación efectos condiciones de trabajo sobre la salud.

Verificar si su estado de salud suponeun peligro para el mismo o para tercer.Disposición legal o actividad peligrosaPERIÓDICA

ESPECÍFICA

RESPETO:IINTIMIDAD

CONFIDENCIALIDAD

Comunicados a los trabajadores

Previo informe de los representantes tb

DATOS SOBREVIGILANCIA DE

LA SALUD

Comunicados a los trabajadoresafectados

No utilizados con finesdiscriminatorios

Acceso: personal médico

No accesible para el empresario u otrasPersonas.

Podrá prolongarse más allá de la relaciónLaboral.

Informados de las conclusiones

CONSULTA DE LOS TRABAJADORES

EL EMPRESARIO DEBE CONSULTAR A LOS TRABAJADORES:

•Cualquier acción que pueda tener efectos sobre la Salud y seguridad de los trabajadores.

•Planificación, organización del trabajo eIntroducción de nuevas tecnologías.

Consecuencias para la saludY la seguridad.Introducción de nuevas tecnologías.

•Designación trabajadores encargados de las Medidas de emergencia.

•Organización y desarrollo de actividades preventivasY protectoras.

*Procedimientos de información y documentación.

•Proyecto y organización de la formación.

•Designación de trabajadoresEncargados actividadesPreventivas.

•Servicios de Prevención.

Y la seguridad.

INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN

Todas las cuestionesque afecten a la

Salud y seguridad

Delegados Prevencióny Comités de SS

OBLIGACIÓN

EMPRESARIAL

CONSULTAINFORMACIÓN

PARTICIPACIÓN

TRABAJADORES Y A SUS REPRESENTANTES

MEDIDAS DEPREVENCIÓN YPROTECCIÓN

RIESGOSLABORALES

MEDIDAS DE EMERGENCIA

GENERALES DE LA EMPRESA

ESPECÍFICOS A CADA PUESTO

CONSULTA Y PARTICIPACIÓN

El empresario debe consultar a los trabajadores:

•Cualquier acción que pueda tener efectos sobre la salud y seguridad de los trabajadores.

•Planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías.

•Elección de equipos•Adecuación de lascondiciones de trabajo•Impacto factores ambientales.

•Designación trabajadores encargados de lasmedidas de emergencia.

•Organización y desarrollo de actividades preven-tivas y protectoras.

•Procedimientos de información y documenta-ción.

* Proyecto y organización de la formación.

Consecuencias parala salud y seguridadde los trabajadores

•Designación de traba-jadores.* Servicios Prevención

MEDIDAS DE EMERGENCIA

ANÁLISIS PREVIOPOSIBLES

SITUACIONES DEEMERGENCIA

ADOPCIÓN DEMEDIDAS

PRIMEROS AUXILIOS

LUCHA CONTRAINCENDIOS

EVACUACIÓN DELPERSONAL

TAMAÑO DE LAEMPRESA

ACTIVIDAD

PRESENCIA DEOTRAS PERSONAS

REVISIÓNPERIÓDICA

ORGANIZARAL PERSONAL

PERSONALINTERNO

SERVICIOSEXTERNOS

FORMACIÓN

NÚMERO YMEDIOS

ADECUADOS

DOCUMENTACIÓN

OBLIGACIÓN EMPRESARIAL: Elaborar y conservarA disposición de Autoridad Sanitaria y Laboral

EVALUACIÓN DE LOSRIESGOS Y PLAN DE

PREVENCIÓN

MEDIDAS DE PREVENCIÓN YPROTECCIÓN

CONTROLES PERIÓDICOS DE

CONDICIONES DETRABAJO

PRÁCTICA CONTROLES DELESTADO DE SALUD Y

RELACIÓN DE A.T. Y E.P.ESTADO DE SALUD Y

CONCLUSIONESA.T. Y E.P.

CESACIÓN DE ACTIVIDAD

NOTIFICAR DAÑOSPARA LA SALUD

AUTORIDADLABORAL

RIESGO GRAVE E INMINENTE

EL EMPRESARIODEBE

Informar lo antesposible a los

trabajadores de:*Los riesgos*Medidas

adoptadas

Adoptar las medidasY dar instrucciones

Necesarias para queLos trabajadores

Puedan interrumpir Su actividad y

Abandonar en su Caso su trabajo

No reanudar laactividad mientraspersista el peligro

Disponer lo necesario para que

el trabajador adoptelas medidas en caso

de no poder comunicar

DERECHO DELDERECHO DELTRABAJADOR Interrumpir su actividad y

Abandonar el lugar de trabajo

Por mayoría

REPRESENTANTESTRABAJADORES

No adopción de Medidas por el

empresario

Acordar la paralización

de la actividad

NO PODRÁNSUFRIR

PERJUICIOALGUNO

DELEGADOS DEPREVENCIÓN Empresa Comunicar 24 h.

AutoridadLaboral

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

LOS TRABAJADORES CON ARREGLO A SU FORMACIÓN Y LAS INTRUCCIONESRECIBIDAS POR EL EMPRESARIO DEBEN:

•Velar por su salud y seguridad y la de otras aquellas personas a las quepueda afectar su actividad laboral.

•Usar adecuadamente cualquier elemento o medio con los que desarrollesu actividad.

•No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivosde seguridad.

•Informar de inmediato de las situaciones de riesgo.

•Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad competente.

•Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras

Delegados de Prevención y Comité de Seguridad y Salud

DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y

REPRESENTACIÓN EN MATERIA PRL

DERECHO INDIVIDUAL DE LOS

TRABAJADORES

CANALIZACIÓN A TRAVÉS DELOS REPRESENTANTES

DE LOS TRABAJADORES/AS

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

A partir de 50 o más trab.

DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Hasta 30 trab. será el delegado de personal

DELEGADOS DE PREVENCIÓN

REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES CON FUNCIONES ESPECÍFICOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

DESIGNACIÓN POR Y ENTRE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL

E M P R E S A S Nº DELEG. PREVENCIÓN

NEGOCIACIÓNCOLECTIVA

OTROSSISTEMAS

DEDESIGNACIÓN

E M P R E S A S Nº DELEG. PREVENCIÓN

De 6 a 30 trabajadores 1 Deleg. PersonalDe 31 a 49 trabajadores 1 De 50 a 100 trabajadores 2De 101 a 500 trabajadores 3 De entre losDe 501 a 1000 trabajadores 4 DelegadosDe 1001 a 2000 trabajadores 5 de PersonalDe 2001 a 3000 trabajadores 6De 3001 a 4000 trabajadores 7De más de 4000 trabajadores 8

COMPETENCIAS Y FACULTADESDE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

•Colaborar con la dirección de la empresaen la mejora de la acción preventiva•Promover y fomentar la cooperación deLos trabajadores en la ejecución de las normas.•Ser consultado por el empresario.•Vigilancia y control sobre el cumplimientode la normativa.

Consulta del empresario en la Adopción de medidas:

•Emitir informes en un plazo de15 días.•La negativa del empresario a Aceptar las propuestas debe serMotivada.

F A C U L T A D E S•Acompañar a los técnicos en las evaluaciones ambientales y a los Inspectores de Trabajo en las visitas.•Tener acceso a la documentación e información.•Ser informados por el empresario de los daños para la salud.•Recibir del empresario las informaciones procedentes de las personas u órganos Encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa, así como de la autoridad Laboral •Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia Y control del estado de las condiciones de trabajo.•Recabar del empresario la adopción de medidas preventivas y efectuar propuestas.•Proponer al CSS la paralización de la actividad en caso grave e inminente.

GARANTÍAS Y SIGILO PROFESIONAL DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

1. Lo previsto en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores en materia de garantías será de aplicación a los Delegados de Prevención en su condición de representantes de los trabajadores.TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO, SIN IMPUTACIÓN AL CRÉDITO HORARIO:a) Reuniones del Comité de Seguridad y Saludb) Convocatorias del empresario.c) Acompañar a técnicos en las evaluaciones y a la Autoridad Laboral en visitas a la empresa.d) Ser informados por el empresario sobre daños producidos en la salud de los trabajadoresd) Ser informados por el empresario sobre daños producidos en la salud de los trabajadores

2. El empresario deberá proporcionar a los D.P. los MEDIOS Y LA FORMACIÓN en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones.

3. SIGILO PROFESIONAL (art, 65.2) Estatuto de los Trabajadores) debido respeto de las informaciones a que tuviesen acceso como consecuencia de su actuación en la empresa.

4. También para ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

ES EL ÓRGANO PARITARIO Y COLEGIADO

DE PARTICIPACIÓN DESTINADO A LA

CONSULTA REGULAR Y PERIÓDICA DE LAS

ACTUACIONES DE LA EMPRESA

EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOSLABORALES

EMPRESAS 50O MÁSTRABAJADORES

REUNIONES:

TRIMESTRALES

EXTRAORDINA.

COMPOSICIÓNLABORALES

COMPOSICIÓN

DEL. PREVENCIÓN = EMPRESA

CON VOZ PERO SIN VOTO :

•Delegados sindicales.

•Responsables técnicos de prevención

•Trabajadores especial cualificación.

•Técnicos de prevención ajenos a la

empresa

COMITÉ INTERCENTROS

C.S.S C.S.S.

C.S.S. C.S.S.

COMPETENCIAS Y FACULTADES DEL C.S.S.

C O M P E T E N C I A S

PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN,PUESTA EN MARCHA Y EVALUACIÓNDE LOS PLANES Y PROGRAMAS DEPREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA EMPRESA.

PLANIFICACIÓN ORGANIZACIÓN NUEVASDEL TRABAJO TECNOLOGÍAS

F A C U L T A D E S

•REALIZAR LAS VISITAS PARA CONOCER LA SITUACIÓN DE LOS RIESGOS DE LOSDISTINTOS PUESTOS DE TRABAJO.

•TENER CONOCIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS E INFORMES RELATIVOSA LAS CUESTIONES DE PREVENCIÓN.

•CONOCER E INFORMAR LA MEMORIA YDEL TRABAJO TECNOLOGÍAS

SE DEBATIRÁN LOS PROYECTOS

ORGANIZACIÓN Y ORGANIZACIÓN YDESARROLLO PROYECTO DEACTIVIDADES LA FORMACIÓNPREVENTIVAS

PROMOVER INICIATIVAS SOBRE MÉTODOSY PROCEDIMIENTOS, PROPONIENDO A LAEMPRESA LA MEJORA DE LAS CONDICIONESO LA CORRECCIÓN DE LAS DEFICIENCIAS

•CONOCER E INFORMAR LA MEMORIA YPROGRAMACIÓN ANUAL DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN.

DESARROLLOSIMULTÁNEODE ACTIVIDADESPOR VARIASEMPRESAS

REUNIONESCONJUNTAS DE VARIOSCOMITÉS ODELEGADOSDE PREVENCIÓNY EMPRESARIOS

EL PLAN DE PREVENCIÓN

La integración preventiva en la empresa

se formaliza a través de la elaboración del Plan.

•La estructura organizativa.•Las responsabilidades.•Las responsabilidades.•Las funciones.•Las prácticas.•Los procedimientos.•Los procesos.•Los recursos necesarios para realizar la acciónpreventiva.

Art. 14.2 de la LPRL “En cumplimiento del deber de protección …el empresario realizará la prevención de los riesgosLaborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa “.

Riesgos que se derivande éstos

La participación y consulta en el Plan de Prevención de la empresa

Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de

Prevención de riesgos, que podrán ser llevados por fases de forma

Programada, son la evaluación de riesgos laborales y la

Planificación de la actividad preventiva. (Art. 16.2 Ley 31/95)

PLAN DE PREVENCIÓN

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOSLABORALES.

PLANIFICACIÓN DE LAACTIVIDAD PREVENTIVA

Evaluación de los riesgosRD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los SERVICIOS DE PREVENCIÓN

Proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

1. La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.

2. El cambio en las condiciones de trabajo.

3. La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido lo hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto

EVALUACIÓN DE RIESGOS

INICIAL EN CADA PUESTO DE TRABAJO DONDE EXISTA RIESGOS QUE NO HAYAN PODIDO EVITARSE, Y SE TENDRÁ EN CUENTA:•CONDICIONES DE TRABAJO EXISTENTES O PREVISTAS.•POSIBILIDAD DE QUE EL TRABAJADOR SEA SENSIBLE A DICHASCONDICIONES

PARCIALDE LOS PUESTOS QUE PUEDAN VERSE AFECTADOS POR:•ELECCIÓN DE EQUIPOS, SUSTANCIAS O PREPARADOS QUÍMICOS, NUEVAS TECNOLOGÍAS O MODIFICACIÓN EN ELACONDICIONAMIENTO DE LOS LUGARES DE TRABAJO.•CAMBIO EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO.•CAMBIO EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO.•INCORPORACIÓN DE UN TRABAJADOR CUYAS CARACTERÍSTICASPERSONALES O ESTADO BIOLÓGICO CONOCIDO LO HAGANSENSIBLE A LAS CONDICIONES DE TRABAJO.

OBLIGATORIA LAS EXIGIDAS POR DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

POR DAÑOSCUANDO SE HAYAN DETECTADO DAÑOS A LA SALUD, O SE HAYAAPRECIADO QUE LAS ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN PUEDANSER INSUFICIENTES O INADECUADAS.

PERIÓDICAS LA EVALUACIÓN INICIAL SE REVISARÁ PERIÓDICAMENTE, SEGÚNACUERDO ENTRE LA EMPRESA Y LOS REPRESENTANTES TRABAJ.

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES

AREA/ZONA/PUESTO DE TRABAJO: LENCERÍARIESGO: INCENDIOS. MEDIOS DE LUCHAPROB.: 1 SERV.: 3 NIVEL DE RIESGO: TOLERABLE PRIORIDAD: ALTA

DESCRIPCIÓN DEL RIESGO:

El día de la visita, acompañado por el Delegado de Prevención de la empresa, Se comprobó que los equipos de lucha contra incendios no estaban Correctamente situados, caso del extintor ubicado en el suelo junto a la Lavadora o su localización era difícil, caso del pulsador de alarma que seEncuentra tapado por la puerta de salida.Por otra parte, se comprobó que ningún trabajador/a de la Lencería conocíaEl Plan de Emergencias contra incendios, ni los Equipos de Intervención.

PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA

AGENTE: INCENDIOS. MEDIDAS DE EMERGENCIAZONA: LENCERÍAACCIÓN CORRECTORA: Los extintores portátiles deberán estar colocados en

Soportes fijos a una altura tal que su parte superior quede, como máximo, a unaAltura de 1,7 m. respecto al suelo y el acceso a éstos se mantendrá despejado.Asimismo, se recuerda que se debe señalizar mediante iconos normalizados(R.D. 485/97 sobre señalización de seguridad) la presencia de aquellos equiposO partes de los mismos cuya localización sea difícil de modo que se pueda Acceder a ellos con facilidad en caso de emergencia.Se dará a conocer (información/formación) el Plan de Emergencia a los Se dará a conocer (información/formación) el Plan de Emergencia a los Trabajadores, así como, poner en práctica simulacros para comprobar su Eficacia.Se les formará en el manejo y utilización de extintores, así como, las nociones Básicas sobre emergencia en incendios.

RESPONSABLE: Servicio de Prevención y Tot Foc menorca S.L.FECHA INICIO/FIN: JULIO 2005COSTE: 346 €PRIORIDAD: ALTA

OBSERVACIONES Por la empresa: Por los trabajadores:

ALTERNATIVAS DE ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN

EL EMPRESARIO, En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales:

DESIGNARÁ UNO O VARIOS TRABAJADORESPara ocuparse de dicha actividad

CONSTITUIRÁ UN SERVICIO DE PREVENCIÓN.

CONCERTARÁ EL SERVICIO DE PREVENCIÓNCon una entidad especializada ajena a la empresa.

Organización de recursos preventivos

DEBERÁN

TENER LA CAPACIDAD NECESARIA

DISPONER DEL TIEMPO Y LOS MEDIOS PRECISOS

SER SUFICIENTES EN NÚMERO

Designación de uno o varios trabajadores por el empresario

COLABORAR ENTRE SÍ Y CON LOS SERVICIOSDE PREVENCIÓN EN SU CASO

TENIENDOEN

CUENTA

EL TAMAÑO DE LA EMPRESA

LOS RIESGOS A LOS QUE ESTÁN EXPUESTOSLOS TRABAJADORES

LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RIESGOSEN LA EMPRESA.

Gozarán de las garantías para los representantes de los trabajadores. Art. 68 y 54 del Estatuto de los Trabajadores

SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO

El empresario deberá constituir un servicio de prevención propio cuando Concurra alguno de los siguientes supuestos:

a) Que se trate de empresas que cuenten con más de 500 traba-jadores/as

b) Que, tratándose de empresas de entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en el anexo I

c) Que, tratándose de empresas no incluidas en los apartadosanteriores, así lo decida la autoridad Laboral.

El Servicio de prevención habrá de contar, como mínimo, con dos de las especialidades o disciplinas preventivas previstas en el artículo 34 del Real Decreto 39/97 de los Servicios de Prevención, y desarrolladas por expertos con la capacitación requerida para las funciones a desempeñar.

MEDICINA DEL TRABAJOMEDICINA DEL TRABAJO

SEGURIDAD EN EL TRABAJO

HIGIENE INDUSTRIAL

ERGONOMÍA

PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO

• Se entenderá por SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO el prestado por una entidad especializada que concierte con la empresa la realización de actividades de prevención, el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgos o ambas actuaciones conjuntamente.

ART. 16.2, R.D. 39/97: “Los representantes de los trabajadores deberán ser consultados por el

Empresario con carácter previo a la adopción de la decisión de concertar la actividad Preventiva con uno o varios servicios de prevención ajenos.Preventiva con uno o varios servicios de prevención ajenos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.1.a) los criterios a tener en cuenta para la selección de la entidad con la que se vaya a concertar dicho servicio, así como las características técnicas del concierto, se deba-tirán, y en su caso se acordarán, en el seno del comité de Seguridad ysalud de la empresa.

COMPOSICIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO

• PERSONAL que cuente con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de nivel superior, en número no inferior a un experto por cada una de las especialidades o disciplinas preventivas.

• También deberán contar con el personal necesario que tenga la capacitación requerida para desarrollar las funciones de los niveles básico e intermedio, en función de las características de las empresas cubiertas capacitación requerida para desarrollar las funciones de los niveles básico e intermedio, en función de las características de las empresas cubiertas por el servicio.

• Contará con las instalaciones e instrumentación necesarias para realizar las pruebas, reconocimientos, mediciones, análisis y evaluaciones habituales en la práctica de las especialidades citadas, así como para el desarrollo de las actividades formativas y divulgativas básicas.

EQUIPOS DE TRABAJO Y DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

� Los equipos sean seguros (marcado CE) estén instalados siguiendo las

Para garantizar la seguridad al utilizar un equipo de trabajo, el

empresario deberá asegurarse de que

� Los equipos sean seguros (marcado CE) estén instalados siguiendo las instrucciones del fabricante, adaptados a los trabajadores, y adecuados a la actividad a desarrollar.

� Los trabajadores hayan recibido la información y formación adecuada sobre cómo utilizar el equipo y realizar el mantenimiento, que riesgos entraña su manejo y las medidas preventivas a adoptar.

� Los trabajadores realicen un uso y mantenimiento seguro de los equipos.

� Que se ajusten a lo establecido en el R.D 1215/97, sobre condiciones mínimas de seguridad de los equipos de trabajo.

Obligaciones empresariales respecto elección de equipos de protección individual (EPI´s)

Determinar, mediante evaluación de riesgos, los puestos en los que es necesario el uso de EPI´s

Suministrar los EPI´s de manera gratuita y reponerlos cuando se encuentren en mal estadoencuentren en mal estado

Velar por la utilización segura por parte de los trabajadores/as de los EPI´s

Previo uso de los EPI´s, el empresario deberá informar a los trabajadores/as sobre los riesgos de los que les protegen, y de

las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse

TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES

TRABAJADORES/AS ESPECIALMENTE SENSIBLES

El art. 25 de la LPRL establece que “el empresario garantizará especialmente

la protección de los trabajadores/as que, por sus características personales o

biológicas, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapaci-

dad física, psíquica o sensorial, teniendo en cuenta tales aspectos en las

evaluaciones de riesgos y adoptar la medidas preventivas necesarias para la

eliminación o control de aquellos riesgos a los que sean especialmente sensi-eliminación o control de aquellos riesgos a los que sean especialmente sensi-

bles”.

Colectivos a prestar atención en cuanto a su protección son:

�Trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia o parto reciente.

�Menores de 18 años.

�Trabajadores/as temporales.

�Trabajadores/as de empresas de trabajo temporal.

ART.26 de la LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de ART.26 de la LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESPREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La trabajadora debe comunicar a la

empresa la situaciónde embarazo o

lactancia(informe ginecólogo o

pediatra)

Evaluación de riesgos inicial que refleje los riesgos que pueden

afectar a las emba-razadas, lactante o tra-bajadoras con parto re-

ciente

Medidas preventivas para evitar exposición al

riesgo: adaptación del puesto o

tiempo de trabajopediatra) ciente

(previa a la existencia de esta situación)

Previamente, emitir informe conjunto conlos representantes sindicales de relaciónde puestos exentos de riesgos para

el embarazo, lactancia o parto reciente

No es posible

Diferentes funciones o categoríaprofesional y finalmente cambio depuesto compatibles con el embarazo

o lactancia

Suspensión del contrato por riesgodurante el embarazo

No es posible

Gracias por vuestra presencia y pacienciapresencia y paciencia

www.ugtbalears.comPrevención de riesgos laborales