Cofradias Parroquiales XVII y XVIII

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Procesos Históricos. Universidad de Los Andes. Artículo arbitrado. ISSN1690-4818. Año 7, Nº 13. Primer Semestre 2008. Candelaria Castro Pérez, Mercedes Calvo Cruz y Sonia Granado Suárez: Las cofradías en la institución parroquial, siglos XVII-XVIII. Una aplicación al señorío episcopal de la Villa de Agüimes, Canarias (España). 2-37. 2 Las cofradías en la institución parroquial, siglos XVII-XVIII. Una aplicación al señorío episcopal de la Villa de Agüimes, Canarias (España)*. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, España Dra. Candelaria Castro Pérez [[email protected]] Dra. Mercedes Calvo Cruz [mcalvo@ defc.ulpgc.es] Sonia Granado Suárez [sgranado@ defc.ulpgc.es] Resumen El objetivo del presente trabajo es el estudio económico-contable de este tipo de cofradías, al considerarlas como asociaciones voluntarias de fieles que se erigían para dar mayor esplendor a la institución parroquial. En el mismo se estudia el concepto, finalidad y normativa aplicable a esta institución. A continuación se realiza un análisis exhaustivo de las cuentas de la mayordomía de la cofradía, con la descripción del método contable utilizado, estructura y contenido de las cuentas, libros auxiliares que emplea el mayordomo de la cofradía y motivos que originaron su decadencia y posterior extinción. Este trabajo pretende ser un ejemplo más del gran auge que la Historia de la Contabilidad y más concretamente el subcampo dedicado a la Contabilidad Eclesiástica está adquiriendo con el paso del tiempo. En este sentido, en los últimos años se ha despertado un incipiente interés sobre la Historia de la Contabilidad de la Iglesia al ser innumerables los documentos contables que atesoran los archivos eclesiásticos que contribuirán a explicarnos la influencia que la Iglesia ha tenido en el hallazgo e instrumentación de nuevas técnicas de organización, dirección y control. Palabras clave: Historia. Contabilidad. Iglesia. Parroquia. Cofradías. Abstract Cofradías in the parish institution, XVII-XVIII centuries. An application to the episcopal dominion of Villa de Agüimes, Canary Islands (Spain) The aim of this paper is the economic-accounting analysis of this type of confraternity, considered to be an association of the faithful, which was founded to contribute to a greater splendour of the parish. In order to do this, firstly the definition, purposes and regulations applicable to these institutions are studied. Then, a detailed analysis of the accounts kept by the "mayordomo" of the confraternities (cofradias) is carried out, describing the book-keeping method followed, the structure and contents of the accounts, the subsidiary account books used and the reasons for the decline and disappearance of these associations. This study reflects the increasing interest in Accounting History and, more specifically, Ecclesiastic Accounting. This growing interest in Church Accounting History is made possible by innumerable accounting documents stored in ecclesiastic archives, which will help us to explain the influence that Church has had on finding organization, management and control practices. Key words: History. Accounting. Church. Parish. Cofradias. * Profesoras pertenecientes al Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Desde hace más de una década vienen investigando en el campo de la Historia de la Contabilidad, comenzando con sus tesis y después con publicaciones, ponencias, comunicaciones y otros trabajos.

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  • Procesos Histricos. Universidad de Los Andes. Artculo arbitrado. ISSN1690-4818. Ao 7, N 13. Primer Semestre 2008. Candelaria Castro Prez, Mercedes Calvo Cruz y Sonia Granado Surez: Las cofradas en la institucin parroquial, siglos XVII-XVIII. Una aplicacin al seoro episcopal de la Villa de Agimes, Canarias (Espaa). 2-37.

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    Las cofradas en la institucin parroquial, siglos XVII-XVIII. Una aplicacin al seoro episcopal de la Villa de Agimes, Canarias (Espaa)*. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Espaa Dra. Candelaria Castro Prez [[email protected]] Dra. Mercedes Calvo Cruz [mcalvo@ defc.ulpgc.es] Sonia Granado Surez [sgranado@ defc.ulpgc.es]

    Resumen El objetivo del presente trabajo es el estudio econmico-contable de este tipo de cofradas, al considerarlas como asociaciones voluntarias de fieles que se erigan para dar mayor esplendor a la institucin parroquial. En el mismo se estudia el concepto, finalidad y normativa aplicable a esta institucin. A continuacin se realiza un anlisis exhaustivo de las cuentas de la mayordoma de la cofrada, con la descripcin del mtodo contable utilizado, estructura y contenido de las cuentas, libros auxiliares que emplea el mayordomo de la cofrada y motivos que originaron su decadencia y posterior extincin. Este trabajo pretende ser un ejemplo ms del gran auge que la Historia de la Contabilidad y ms concretamente el subcampo dedicado a la Contabilidad Eclesistica est adquiriendo con el paso del tiempo. En este sentido, en los ltimos aos se ha despertado un incipiente inters sobre la Historia de la Contabilidad de la Iglesia al ser innumerables los documentos contables que atesoran los archivos eclesisticos que contribuirn a explicarnos la influencia que la Iglesia ha tenido en el hallazgo e instrumentacin de nuevas tcnicas de organizacin, direccin y control. Palabras clave: Historia. Contabilidad. Iglesia. Parroquia. Cofradas.

    Abstract Cofradas in the parish institution, XVII-XVIII centuries. An application to the episcopal dominion of Villa de Agimes, Canary Islands (Spain) The aim of this paper is the economic-accounting analysis of this type of confraternity, considered to be an association of the faithful, which was founded to contribute to a greater splendour of the parish. In order to do this, firstly the definition, purposes and regulations applicable to these institutions are studied. Then, a detailed analysis of the accounts kept by the "mayordomo" of the confraternities (cofradias) is carried out, describing the book-keeping method followed, the structure and contents of the accounts, the subsidiary account books used and the reasons for the decline and disappearance of these associations. This study reflects the increasing interest in Accounting History and, more specifically, Ecclesiastic Accounting. This growing interest in Church Accounting History is made possible by innumerable accounting documents stored in ecclesiastic archives, which will help us to explain the influence that Church has had on finding organization, management and control practices. Key words: History. Accounting. Church. Parish. Cofradias. * Profesoras pertenecientes al Departamento de Economa Financiera y Contabilidad de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Desde hace ms de una dcada vienen investigando en el campo de la Historia de la Contabilidad, comenzando con sus tesis y despus con publicaciones, ponencias, comunicaciones y otros trabajos.

  • Procesos Histricos. Universidad de Los Andes. Artculo arbitrado. ISSN1690-4818. Ao 7, N 13. Primer Semestre 2008. Candelaria Castro Prez, Mercedes Calvo Cruz y Sonia Granado Surez: Las cofradas en la institucin parroquial, siglos XVII-XVIII. Una aplicacin al seoro episcopal de la Villa de Agimes, Canarias (Espaa). 2-37.

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    Las cofradas en la institucin parroquial, siglos XVII-XVIII 1. Introduccin a las cofradas 1.1. Concepto y evolucin histrica La fundacin de cofradas constituy una prctica muy habitual, sobre todo a lo largo de la Edad Media, como institucin que serva para encauzar la devocin laica. Surgen espontneamente como consecuencia del espritu humano de sociabilidad, por acuerdo mutuo entre los partcipes, sin intervencin de poderes extraos y con el consentimiento de la Iglesia1. La cofrada es una institucin con personalidad jurdica propia que nace de la asociacin de fieles que se unen para cumplir diversos fines: sociales, caritativos, piadosos, penitenciales e incluso festivos, y que se rige por una normativa interna contenida en sus Estatutos. Atendiendo a la finalidad religiosa de las cofradas, el derecho eclesistico las define como reuniones de fieles que, con aprobacin del ordinario, se erigen a veces en las iglesias para auxiliar al clero en el sostenimiento del culto2. Este tipo de cofradas, normalmente, se erigan bajo la advocacin de un santo, que era su patrono, y solan poseer una capilla en el templo parroquial que cuidaban con esmero y devocin para el mayor lucimiento de sus oficios. En la institucin parroquial, generalmente, eran muy bien acogidas este tipo de cofradas, puesto que contribuan tanto al cuidado de los ornamentos del templo, como a la celebracin del culto divino, cooperando con las limosnas a sufragar gastos de la fbrica parroquial. Se consideraba a estas asociaciones como un posible aliado en el mantenimiento y reforzamiento de unos actos de culto muy frecuentes, que a menudo desbordaban el mbito cerrado de los templos y se abran al exterior3. Tambin era frecuente que este prototipo de cofradas se establecieran en conventos, en este caso sus miembros -los cofrades- gozaban de una mayor libertad religiosa, al no estar tan controladas por el prelado, estas comunidades de religiosos residentes en conventos, en comparacin con la institucin parroquial. Por otra parte, la cofrada es considerada como el mximo exponente de la religiosidad popular, puesto que supuso un medio para que la poblacin laica pudiera participar en una Iglesia demasiado jerarquizada y expresar su forma de entender la religin4. En cuanto a la ereccin de las cofradas estaban sujetas a las normas dictadas al efecto por las Constituciones de los Papas: Clemente VIII Quicumpe (1604)- y Paulo V Quae salubriter (1610)-, siendo necesario la aprobacin por el obispo de la dicesis de las normas internas que rigen a las cofradas y se reflejan en los Estatutos5. Teniendo en cuenta los rasgos caractersticos de esta forma asociativa, Hevia6 propone la siguiente definicin de las cofradas, sesgada por el fin religioso y asistencial: corporacin o agrupacin eclesistica, compuesta por fieles principalmente laicos, erigida cannicamente y gobernada por el superior competente, con la finalidad de promover la vida cristiana a travs de especiales obras buenas, orientadas al culto divino o a la caridad para con el prjimo. En cuanto fundaciones que son se hallan dotadas, a travs de los pertinentes estatutos, de la correspondiente organizacin, son susceptibles de recibir legados, de administrar sus bienes y fondos, de poseer bienes muebles e inmuebles.

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    Respecto al origen de las cofradas no existe unanimidad, puesto que hay autores que sealan que estas asociaciones se remontan a la poca de la reconquista, momento en el cual nacen las cofradas militares y otros retroceden an ms en la historia y sitan sus antecedentes en las corporaciones de oficios romanas collegia- que tenan un fin religioso. Entre los siglos XII y XIV se desarrollan las cofradas religiosas y gremiales, stas ltimas como consecuencia de la progresiva consolidacin de la formacin econmica y social europea de la Edad Media y de las relaciones de produccin feudales7. Asimismo, en el siglo XVI se produce una gran expansin de las cofradas8 como consecuencia de la enorme inquietud religiosa de la poca que se ve fomentada por un estado que se define confesional y que defiende a ultranza la religin como uno de sus pilares bsicos. En el siglo XVIII se mantiene el esplendor de las cofradas, repartidas por toda la geografa espaola, son ms de 25.000 asociaciones9 que aglutinan a la mayor parte de la poblacin. El incontrolado aumento de las mismas y las denuncias por los abusos cometidos origina que el gobierno intervenga y se desencadene un largo proceso que concluir con la decadencia y extincin de las cofradas. 1.2. Finalidad de las cofradas Es evidente que, desde el punto de vista de la Iglesia, las cofradas fueron diseadas para transmitir la doctrina cristiana mediante la presencia social y la exaltacin religiosa. Por tal motivo los cofrades participaban activamente en los cultos bsicos de la iglesia: bautismos, misas, procesiones, etc. y especialmente en la celebracin religiosa de la advocacin bajo cuyo nombre se hallaba la cofrada10. Adems, tales asociaciones generalmente realizaban prcticas benfico-asistenciales para atender a una sociedad que estaba totalmente desprotegida, por parte del estado, en situaciones de su vida cotidiana tales como la viudedad, orfandad, enfermedad, entre otros. Esta realidad social ocasionaba que la mayor parte de la sociedad viviese dentro de los lmites de la pobreza ms absoluta o estuviese en los umbrales de la misma. Todo ello agravado por situaciones coyunturales extremas que se producan con gran frecuencia: guerras, malas cosechas, epidemias, incrementos de las cargas tributarias, etc.11. Estas prcticas asistenciales son consideradas el origen de las asociaciones de socorro mutuo y por tanto de los sistemas de previsin social, en palabras de Rumeu12 en las cofradas se daban los elementos caractersticos del seguro social: una cotizacin por parte del cofrade y una prestacin por parte de la cofrada, pero aquella no daba derecho a sta sino en caso de pobreza y, adems, sin cuanta fija o determinada. Las actividades benfico-asistenciales se ejercan, habitualmente, entre los miembros de la asociacin, es decir, se trataba de una caridad dentro del seno de la propia cofrada. No obstante, aunque en menor nmero tambin existieron instituciones de este tipo que realizaron practicas humanitarias externas. Lpez13 tipifica las labores asistenciales efectuadas por las cofradas en: auxilio de enfermedad, con prcticas tales como asistencia mdica, auxilio por accidente, entre otras; auxilio de invalidez y vejez; auxilio de paro; auxilio de muerte; auxilio de supervivencia y auxilios varios, integrndose en este ltimo una mezcla de variopintas situaciones como pueden ser las dotes para las doncellas pobres y la ayuda en caso de prisin del cofrade, entre otras.

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    Entre las tareas asistenciales sealadas se destaca, por ocupar un lugar primordial en las labores del cofrade y venir justificada por el pensamiento cristiano, fuertemente arraigado en la sociedad, de que existe una vida despus de la muerte y para alcanzarla es necesario morir en gracia de Dios, la obligatoria asistencia en el momento de fallecimiento de uno de sus miembros. De esta forma, el cofrade se aseguraba un entierro digno y un cierto nmero de misas por el sufragio de su alma. Por otra parte, otra finalidad de las cofradas consista en agrupar bajo sus redes a un grupo de personas pertenecientes a un mismo oficio, con el propsito de asegurar el bienestar social de sus miembros y rendir culto a su santo patrn, se trata de las cofradas gremiales. Asimismo, como se indic con anterioridad, desde la poca de la reconquista se originaron en Espaa las cofradas militares cuya motivacin radica en la necesidad de defender a una poblacin. Ambas modalidades de cofradas, las gremiales y militares, no tienen incidencia en la institucin parroquial y por tanto no son objeto de estudio del presente trabajo. Antes de finalizar este apartado corresponde indicar las motivaciones particulares de un cofrade que justifican su pertenencia a una hermandad. En primer lugar, se ha de partir de la premisa de que el conjunto de la sociedad estaba representada a travs de esta forma asociativa, puesto que nobles, clrigos y el pueblo llano eran miembros de la misma. Cada uno de ellos con sus propias motivaciones adems de las de tipo religioso que se describen conjuntamente por ser susceptibles de generalizacin. De esta forma, al estado llano le supona, adems de importantes aportaciones materiales14, el poder sentirse integrado en una comunidad e incluso destacar entre sus semejantes si desempeaba algn cargo dentro de la cofrada. Por su parte, los estamentos privilegiados utilizaban las cofradas para ejercer una vez ms sus funciones directivas y tutelares en la sociedad y mostrar su dominio, desempeando cargos directivos, costeando fiestas y cultos, etc. Y por ltimo, el clero utilizaba las cofradas para activar fines asistenciales entre sus miembros, tales como acompaamiento en el entierro y auxilio en momentos de enfermedad, entre otros15. En cuanto a la motivacin religiosa, se ha de tener en cuenta el espritu religioso-barroco imperante en la poca, caracterizado por una gran exaltacin del culto y la suntuosidad en los actos religiosos. Tambin, como se ha indicado con anterioridad, se trataba de una sociedad donde predominaban las situaciones de pobreza y marginalidad. Si adems, se aade la existencia del purgatorio, lugar que acoge a las almas de los pecadores hasta redimir sus faltas; es evidente, que se daban todos los requisitos para que florecieran las cofradas, puesto que permitan que sus miembros pudieran realizarse personalmente como buenos cristianos, practicando obras de caridad ante los ms necesitados y participando en el culto divino, as como una alternativa para evitar o reducir el paso de sus almas por el temido purgatorio, al poder obtener indulgencias antes sus pecados porque el que perteneca a una cofrada tena la patente que le garantizaba un determinado nmero de indulgencias durante su vida y la indulgencia plenaria a la hora de la muerte16. 1.3. Clasificacin de las cofradas

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    Tal y como seala Rumeu17, las cofradas surgen como consecuencia del espritu espontneo de asociacin, siendo varios los motivos que las impulsan a seguir: el religioso, el benfico e incluso el profesional. En atencin a cada uno de estos justificantes, o a la unin de varios, el citado autor realiza una clasificacin de estas instituciones en cofradas religiosas, cofradas religioso-benficas y cofradas gremiales. Las primeras son agrupaciones de fieles que surgieron en el bajo medievo para dar respuesta a las necesidades espirituales y devocionales de la sociedad de la poca. Si a las cofradas religiosas se le aaden labores asistenciales del tipo ayuda a pobres y enfermos, mantenimiento de hospitales, entierros de pobres y enfermos, etc. estaramos ante las cofradas religioso-benficas. Y, finalmente, las cofradas gremiales, que sin abandonar la dimensin religiosa, son asociaciones de trabajadores de un mismo o distinto oficio que poseen su propia estructura administrativa y tienen responsabilidad jurdica, tanto pblica como privada. Otra tipologa es la ofrecida por Arias y Lpez que las clasifica en: devocionales, penitenciales, gremiales, asistenciales y congregaciones. Las primeras, como su nombre indica, tienen por objeto el culto a la Virgen, a los santos, al Santsimo Sacramento o a las nimas benditas del purgatorio. Esta ltima advocacin, y por tanto la preocupacin por la salvacin del alma, fue tan frecuente en la Edad Moderna que origin un tipo concreto de cofrada que ha recibido distintas denominaciones en las instituciones parroquiales tales como: cofrada de nimas, Hermandad de Benditas nimas, Rancho de nimas, etc. El propsito de las cofradas de nimas no era slo honrar a los difuntos sino tambin purificar las faltas de los cofrades vivos18. Por su parte, las cofradas penitenciales han sido las de mayor pervivencia a lo largo del tiempo y conmemoran la pasin y muerte de Jesucristo. Asimismo, para dar respuesta a exigencias espirituales ms fuertes surgen las congregaciones, cuyos miembros, que se caracterizaban por una mayor formacin y nivel de compromiso cristiano ms intenso, practicaban la oracin mental, la meditacin, los ejercicios espirituales, etc19. Esta clasificacin tiene gran paralelismo con la de Rumeu20, puesto que dentro de las cofradas religiosas del citado autor se encuadraran tanto las penitenciales, como las devocionales y las congregaciones. Las cofradas religioso-benficas se corresponderan con las asistenciales y finalmente las cofradas dedicadas a los oficios, con marcado espritu religioso y reivindicativo, reciben idntica denominacin para ambos autores. Para finalizar el apartado, hemos de sealar que vamos a tomar como archivo base para ejemplarizar la casustica que conlleva las cofradas el archivo parroquial de la Villa de Agimes (en la isla de Gran Canaria, Espaa) por estar considerado uno de los archivos parroquiales ms importantes de las islas Canarias al haber sido el nico seoro episcopal canario. Por tanto, para el caso concreto de la citada Villa de Agimes las cofradas existentes eran del tipo religioso-benfico al primar el carcter devoto y asistencial. Las ms destacadas, segn Surez y Quintana21, fueron la Cofrada del Santsimo Sacramento, fundada a principios del siglo XVII y que en 1670 se integr en la llamada Hermandad del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora; la Cofrada de Nuestra Seora de la Expectacin, creada en 1626; la Cofrada de San Sebastin, tambin erigida en 1626; la Congregacin de la Doctrina Cristiana,

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    fundada en 1775 por el obispo D. Juan Bautista Cervera y la Cofrada de las nimas instituida en 1647. Una cofrada que no mencionan en la relacin anterior los citados autores es la de San Antonio Abad que tena su sede en la Ermita del mismo nombre. No existen datos exactos sobre la fecha de su fundacin, ahora bien, se puede limitar entre el ltimo tercio del siglo XVI momento en que se efecta su construccin- y principios del siglo XVII puesto que las anotaciones en el libro de San Antn se inician con las cuentas que se presentan para su aprobacin en 1604, pero desgraciadamente el folio en el que se indica el perodo que abarcan es totalmente ilegible-. 2. Normativa aplicable a las cofradas El Concilio de Trento, que confirm a la institucin parroquial como unidad bsica de organizacin de la feligresa y elabor toda una serie de normas encaminadas a restablecer la disciplina eclesistica, no prest a las cofradas especial atencin. De la normativa emanada del citado concilio nicamente existe mencin directa a estas asociaciones en la sesin XXII, celebrada en tiempos del sumo Pontfice Pio IV y dedicada al Sacrificio Eucarstico, en los captulos VIII y IX. En el primero de ellos se intenta materializar la preocupacin tridentina de dejar bajo el control del prelado de la dicesis a las cofradas, a travs de las visitas que peridicamente realizaba el mismo o su visitador general: Los obispos () tengan tambin derecho de visitar los hospitales y colegios, sean los que fuesen, as como las cofradas de legos, an las que llaman escuelas o tienen cualquier otro nombre. Asimismo, en el captulo IX se recoge la obligacin del administrador de los bienes de la cofrada, el mayordomo, de rendir cuentas anualmente ante el obispo, de la siguiente forma: Los administradores, as eclesisticos como seculares de la fbrica de cualquiera iglesia, aunque sea catedral, hospital, cofrada, limosnas de monte de piedad y de cualesquiera otros lugares piadosos, estn obligados a dar cuenta al Ordinario de su administracin todos los aos. En los snodos celebrados con posterioridad al Concilio de Trento se legisla con mayor detalle esta forma de asociacin y se materializan las normas tridentinas sealadas, que tratan sobre la rendicin de cuentas y el control de las cofradas. A continuacin, se analiza en la Dicesis de Canarias la normativa sinodal aplicable a las cofradas, por ser de gran repercusin para la administracin y control de dichas asociaciones. 2.1. Las constituciones sinodales En el Snodo celebrado en 1629 por D. Cristbal de la Cmara y Murga22 se regulan las cofradas en las siguientes Constituciones: - Constitucin XIV. Del oficio de los Mayordomos de las Iglesias - Constitucin XXIV. De las casas de Religiosos

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    - Constitucin XXXII. De los diezmos y primicias - Constitucin XLVIII. Del oficio del Visitador El ltimo captulo de la Constitucin XIV, denominado Que generalmente se tomen cuentas a todos los Mayordomos de las Ermitas, Cofradas, Hospitales, y otra obras pias, arcas de misericordia, y piedad, refleja el compromiso tridentino de los administradores de rendir cuentas, ante el visitador general, de la gestin anual de todos los bienes de las Iglesias y lugares pos que estuviesen bajo su mayordoma. Dicho captulo indica lo siguiente: En cumplimiento de lo dispuesto y ordenado por el santo Concilio Tridentino, deseando poner en execucion su mandato, de que se tomase cuenta a todos los Mayordomos de las fabricas, hasta de la Catedral, S.S.A. mandamos a todos, y cualquier Administradores, y Mayordomos de la dicha Iglesia, Hospitales, Ermitas, Cofradias, y Montes de piedad, y otros cualquier lugares, guarden lo estatuydo en el dicho Concilio, dando cuenta cada ao a nuestro Provisor o Visitador, a nos, a las persona que para ello deputaremos, de todos los bienes de las dichas Iglesias, y lugares pios que a su cargo fueren: y si el tomar las cuentas tocare a otra persona por costumbre inmemorial, no por ello dexaremos de asistir, o nuestros ministros por nos, como tiene dispuesto el Derecho. En el captulo 4 de la Constitucin XXIV, titulado Que no se hagan Cofradas, no ordenanzas en ellas, sin nuestra licencia, se manifiesta la preocupacin del obispo ante el gran nmero de cofradas existentes y se legisla la obligatoriedad de que para poder fundarse una cofrada, es requisito imprescindible que sus reglas de funcionamiento interno cuenten con la aprobacin del prelado. Tambin, se regula la imposicin tridentina de visitar las cofradas y se vuelve a mencionar la rendicin de cuentas. El citado artculo textualmente expone lo siguiente: Crece ya tanto el numero de Cofradias y Hermandades, que podrian hazer dao, y por no ser bien mirados sus estatutos, se siguen inconvenientes: ordenamos S.S.A. que de aqu en adelante en esta Diocesis no se hagan Cofradias, ni establezcan estatutos, constituciones, ni ordenanzas, ni aquellas se guarden, ni observen, sin que sean primero por nos vistas y examinadas, y aprovadas: y si lo contrario se hiziere, por la presente contitucion lo anulamos: y porque en las Cofradias que hasta aqu estan hechas y constituidas, somos informados, que al tiempo que reciben los Cofrades, les hazen jurar, que guardarn sus estatutos y ordenanzas.por esta nuestra constitucion reclamamos todos los tales juramentos, y damos facultad a los Curas, para que les puedan absolver de la observancia dellos, comuntandolos, imponiendo otra pena moderada contra los tragresores: y mandamos a nuestros Visitadores visiten las dichas Cofradias, y tomen las cuentas de ellas, y de los Hospitales, y provean de lo que conviene, para que nuestro Seor sea mas servido con ellos. Asimismo, en el captulo 2 de la Constitucin XXXII, denominado Que los Clerigos paquen diezmo, se decreta la exigencia de contribuir a esta imposicin divina los poseedores de bienes adscritos a una fundacin si antes de su ereccin eran susceptibles de diezmar: Otrosi, porque algunas personas fundan Capellanias, Aniversarios, y otras memorias en Monasterios, y lugares pios, y las dotan de heredades, que antes eran dezmeras, y los poseedores se subtraen de pagar el diezmo, diziendo qie son exemptos dello: ordenamos y mandamos, que

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    tales poseedores, aunque sean Monasterios, y lugares pios, paguen diezmo de las dichas heredades, aunque sean compradas, heredadas, de otra cualquier manera, como se pagava antes de la dotacion, salvo si huviera costumbre inmemorial en contrario, que aquella se guarde. Finalmente, en la Constitucin dedicada al oficio de visitador, XLVIII, se mencionan las cofradas en dos captulos, concretamente el nmero 8 hace especial referencia a las cofradas, De la visita de las Cofradas, y tambin el nmero 6 De la visita de Aniversarios, u memorias perpetuas. Es evidente que el primer apartado sealado es el que se corresponde ntegramente con la legislacin sinodal sobre el procedimiento a seguir al realizar la visita a la cofrada. De esta forma, lo primero que deber comprobar el visitador es que la normativa interna de la asociacin cuenta con la aprobacin del prelado y en caso contrario el representante de la cofrada deber presentarlas ante nos, o nuestro Provisor, para que siendo del servicio de Dios nuestro Seor, las mandemos confirmar: y si no las tuvieren, mandar asimismo que las hagan, y pidan confirmacion dellas, y nos embiar su relacion el Visitador, si conviene, o no, confirmarlas. A continuacin se proceder a la revisin y censura de las cuentas de la mayordoma, haciendo especial hincapi en el examen de las partidas que conforman los descargos por si existieran gastos superfluos, en cuyo caso debern ser restituidos en su totalidad por el administrador de la cofrada. En la citada normativa se permite una pequea liberalidad en cuanto a los gastos producidos con motivo de las reuniones, tanto para elaborar las cuentas de la mayordoma como para elegir los distintos cargos dentro de la asociacin, y para festejar la advocacin de su santo patrn. El control sobre los gastos viene justificado por la tendencia de muchas cofradas a destinar partes de sus fondos a fines profanos: comidas y otras celebraciones de los cofrades, msica, plvora, etc. Estos despilfarros, a pesar de las crticas recibidas tanto de las autoridades eclesisticas como del gobierno, eran muy difciles de abolir puesto que, como sealan Arias y Lpez23 las cofradas tenan un importante componente social y ldico; para las gentes significaban ocasiones de convivir y de vivir la fiesta en todas sus dimensiones, de ah que el pueblo sencillo viera perfectamente lcito utilizar parte de los fondos en estas fiestas. Tambin se recoge en el citado captulo 8 el compromiso que asuma el mayordomo saliente de ejecutar el saldo de las cuentas de la mayordoma. De esta forma, el administrador de la cofrada deba entregar al nuevo mayordomo la totalidad del alcance que resultase a favor de la hermandad, e incluso si se trataba de una cantidad importante se comprometa a pagar los intereses correspondientes al tiempo que la tenga en su poder, comenzado a contar el periodo para contabilizar el devengo de tales intereses desde que se elega nuevo titular de la mayordoma. Otras dos labores del administrador de la cofrada encierran el mencionado capitulo 8, la primera al legislar la obligacin de elaborar un inventario de todos los bienes muebles, rayzes, y rentas que tuviere y la segunda al decretar la necesidad de contar con la autorizacin del prelado o de su Provisor para enajenar, vender o dar a censo hazienda de las dichas Cofradias, aunque sea muy en utilidad dellas, so pena de que el Visitador no se lo pase, ni lo reciba en cuenta. En el captulo 6 de la Constitucin XLVIII, tal y como se indic con anterioridad, tambin se mencionan las cofradas de forma indirecta, puesto que al tratar la

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    problemtica de las visitas a los Aniversarios y Memorias perpetuas impuestas en la institucin, puede darse el caso de que el cumplimiento destas memorias suele estar por cuenta de algunas Cofradias, porque as lo mand el testador, porque los herederos, a cuyo cargo estava el cumplimiento, se concertaron de su autoridad. Ante esta situacin la cofrada ha de nombrar a una persona que reconozca la Memoria y confiese la cantidad que recibio, y obligue los bienes de la Cofrada al cumplimiento della, sin dejar libres a los herederos que sern deudores de su cumplimiento en el momento en el que la Cofrada se perdiere, o no quiera cumplir, y que en este caso el reconocimiento de la Cofrada, sea aadir obligacion, y fuerza a fuerza, y que la Iglesia pueda cobrar de la parte que quisiere, sin que lo uno perjudique a los otro. El siguiente snodo diocesano tuvo lugar en 1735 estando la dicesis canaria bajo la tutela de D. Pedro Manuel Dvila y Crdenas24. En el mencionado snodo se mantiene gran parte de la normativa legislada por su precursor sinodal y se actualizan todos los aspectos necesarios para cubrir las carencias legislativas existentes. En lo referente a las cofradas, renueva el ltimo captulo de la Constitucin XIV, Del oficio de los Mayordomos de las Iglesias, de su antecesor sinodal, que reconoca la obligatoriedad de presentar las cuentas de la mayordoma de la cofrada, con una periodicidad anual, al prelado o su visitador general. Dicha reforma consiste en aadir, como consecuencia de que las visitas pastorales se dilataban en el tiempo por la distancia entre las islas y la incomodidad de los mares, que el mayordomo de la asociacin presente las cuentas anualmente ante el prroco con asistencia del notario pblico. El prroco se encargar de anotar los reparos que considere oportunos y dependiendo de la gravedad de los mismos, se esperaba a la prxima visita general para comunicarlos, o daba parte de ellos inmediatamente. En la misma lnea ya se haba manifestado el visitador general D. Luis Manrique de Lara en la visita que realiza a la institucin parroquial de la Villa de Agimes en 1718, al comprobar el retraso con el que se presentaban las cuentas de la mayordoma de las cofradas. Por tal motivo, comisiona al actual prroco D. Antonio de Montesdeoca y a sus sucesores para que cada un ao o a los mas cada dos tomen cuenta a los mayordomos de ellas con cargo y data, y para darlas y hacer pagar los alcances y deudas, si las hubiere25. En estas palabras, se puede comprobar que no slo se hizo referencia a la periodicidad de las cuentas sino tambin al mtodo contable que deba adoptarse en su rendicin.

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    2.2. Los mandatos de visita En las visitas pastorales que realizaba el prelado a su dicesis, por aplicacin de las normas tridentinas, se inspeccionaban las parroquias y, evidentemente, todas aquellas instituciones creadas en su seno, entre las que se encuentras las cofradas. Fruto de las visitas pastorales es la generacin de normativa reguladora de la institucin parroquial, los denominados mandatos de visita. Entre los citados mandatos se encuentran algunos especficos de las cofradas, siendo los ms relevantes desde el punto de vista econmico-contable los que se comentan en el presente apartado. Esta normativa que emanaba de las visitas pastorales poda ser de aplicacin a todas las cofradas o tratarse de unos preceptos destinados a una asociacin en concreto. Ello es as, porque los mandatos surgan tanto en la visita general a la institucin parroquial, que normalmente originaba legislacin aplicable conjuntamente a las cofradas, como en la inspeccin que realizaba el visitador general a cada una de las asociaciones, de la cual nacan los preceptos especficos. Los mandatos procedentes de las visitas generales realizadas a la institucin parroquial de la Villa de Agimes reflejan la principal preocupacin de los prelados de la dicesis respecto a las cofradas, es decir, el control de la administracin de sus bienes y rentas. En este sentido, en la visita que realiza a la Villa el obispo D. Fernando Rueda, en 158226, observa que las cofradas estn faltas de reglas para su conservacin y; por tal motivo, los mayordomos afrontan gastos impertinentes y demasiados, que incluso por falta de recursos de la hermandad aportan de sus bienes personales. Ante esta situacin, el prelado decreta que debe existir una persona nombrada, anualmente, por los hermanos de la cofrada para que rinda cuentas de lo que aquel ao pertenecio a la cofrada y de lo que gasto, dando su cuenta clara y distintamente de cada cosa. Dicha rendicin de cuentas se realizar en presencia de: los miembros de la asociacin elegidos para ello, el cura y el alcalde del lugar. Adems, limita la cuanta de gastos que no necesitan justificantes al legislar que debe el mayordomo mostrar finiquitos de lo que pagare, comprare y gastare de la dicha cofrada, como sea de ms cantidad de 4 reales. El prelado obliga al administrador de la cofrada a tener un libro en el que se reflejen las cuentas de su mayordoma, dicho documento se presentar al visitador para que verifique en lo que se hubiere gastado la limosna de la tal cofrada, y los alcances que se hubieren hecho para que se remedie lo que fuera necesario. Finalmente, mand que en el citado libro figurasen escritos estos preceptos para que, tanto el presente mayordomo como los futuros, los guarden y cumplan, siendo el cura de la institucin parroquial el encargado de la lectura de los mismos al administrador de las cofradas. Dos siglos despus, concretamente en 178027, se vuelve a repetir la preocupacin por el estado en el que se encuentran las cuentas de la mayordoma de las cofradas. Se trata del obispo D. Joaqun de Herrera que en la visita pastoral realizada al seoro episcopal de la Villa de Agimes, el citado prelado decreta que anualmente pasados dos meses de sus respectivas administracions tome cuentas a los Maymos de las cofradas, para evitar los daos que se experimentan asi pr la muerte de estos como pr la mala administracion de muchos de ellos.

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    No obstante, entre los mandatos generales dictados en las visitas pastorales tambin se encuentran algunos aplicables a una cofrada en concreto. Este es el caso, siguiendo un orden cronolgico para citarlos, del obispo Delgado y Venegas quien en 176428 deja una extensa relacin de preceptos generales a cumplir y adems indica que la Cofrada de nimas deba poner un frontal nuevo en su altar, correspondiendo el cuidado y aseo del mismo a la cofrada a travs de su mayordoma. Asimismo, en 1775 el prelado Cervera al observar el estado de pobreza en que se encuentra la Cofrada del Santsimo, dedica uno de sus mandatos generales para desviar los gastos de cera, derivados del monumento que le corresponde a la citada cofrada, hacia las cuentas de la fbrica parroquial hasta que la asociacin pueda contar con los fondos suficientes. Tambin, en 179329 el obispo Tavira aprecia el atraso que sufre la Cofrada del Santsimo y para solventarlo legisla que teniendo noticia de que en otro tiempo tenia cera que daba para los entierros perciviendo aquellas utilidades qe lleva hoy por entero la Cofrada de Animas, mandamos que alternen ambas cofradas en dar la dha cera de med en medio ao de suerte que desde primero de Julio siguiente empezara a darla la dha Cofrada Sacramental. Por otra parte, tal y como se indic con anterioridad, tambin se legislaron por el prelado o visitador general preceptos especficos al realizar la inspeccin de la cofrada, a continuacin destacamos por su contenido econmico-contable los ms significativos. En el caso concreto de la Cofrada de las nimas, el obispo Delgado en 176430 al legislar sobre la forma de registrar los distintos acontecimientos econmicos, dictamina que no se le permitir al mayordomo abonar rezagos en la cuenta de la mayordoma de la cofrada si no se han realizado las diligencias oportunas para su cobro, en tiempo y forma. Adems, la primera anotacin del Cargo se debe corresponder con los derechos sobre los alcances tanto en dinero como en cera. En esta visita, tambin se oblig al administrador de la cofrada a llevar un libro borrado31r en el que se vayan anotando: las limosnas recibidas con expresin del da, mes y aos y el nombre del devoto que la entreg; el importe recaudado por el alquiler de la cera32; los gastos necesarios para el mantenimiento del altar y; finalmente, la limosna que se entrega por los sufragios que anualmente se efectan. El citado libro deber presentarlo el mayordomo en el momento de realizarse la rendicin de cuentas. Asimismo, el mayordomo deber encomendar al colector el efectivo cumplimiento de las misas rezadas que hubiese de mandar aplicar y exigir un recibo que acredite la limosna entregada, para de esta forma poder descargar en las cuentas de la mayordoma. Sirvan de ejemplo las siguientes anotaciones que se producen en las cuentas de la mayordoma de la Cofrada de nimas, dadas por el mayordomo D. Andrs Snchez ante el visitador general D. Miguel Mariano de Toledo, en 177133:

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    DATA Rl vn antiguo mars N. 4 Por dos mil cuatrocientos setenta y

    nueve rs y medio pagados en Colecturia al Vene Cura y sacristan mayor por las misas y procesiones de Animas en los lunes del tiempo destas quentas segn los recibos presentados 2 U 479 24 N. 5 Por doscientos y ochenta rs limosna de ciento y cuarenta Misas que se han aplicado por diferentes sacerdotes por las Animas en el tiempo destas quentas y constan de las certificaciones que presento este Maymo U 280

    La justificacin del cumplimiento de las misas se detallaba por el colector en el libro cuadrante y colecturia, tal y como se refleja en el mencionado libro para la Cofrada de nimas en el ao 176934: Nove10

    Vigilia, Misa, Prosesion y Respo Cantdos pr los cofrades de las Benditas Animas del Purgatorio. Cumplidas ao de 1769 (rbrica Navarro)

    Tambin a la Cofrada de nimas se le dictaron, por parte del obispo Cervera, interesantes mandatos econmicos al decretar el citado prelado en 177135 la obligacin del mayordomo de proveer el altar de las Benditas nimas de todos los ornamentos necesarios para la celebracin del culto, como consecuencia de tener caudal suficiente la mayordoma. Del mismo modo, se le vuelve a recordar al administrador de la cofrada la exigencia de tener del colector la certificacin correspondiente de la celebracin de las misas por el alma de los cofrades y que realice las diligencias necesarias para la cobranza de los tributos y dems deudas de la asociacin. Y finalmente, como consecuencia de los abundantes caudales de la mayordoma, se normaliza la cantidad mxima y mnima que debe existir en el cajn de la cera de la cofrada, para evitar la falta de este elemento tan importante en el culto divino, de esta forma el mayordomo con toda comodidad ira comprando cera, de modo que quando menos tenga en el cajon cien libras, y quando mas ciento y cincuenta. Como se ha sealado anteriormente, otra cofrada existente en la Villa de Agimes es la de San Antonio Abad, coloquialmente conocida como San Antn, que tena su sede36 en la Ermita erigida bajo el patrocinio de San Antonio Abad. La citada Ermita a principios del siglo XVII presenta un lamentable estado, por tal motivo no es de extraar que muchos de los mandatos de visita especficos de la cofrada hagan referencia a la forma de obtener fondos para su restauracin. En 160737 estando de inspeccin el visitador general D. Nicols Martnez de Tejada, recomienda al mayordomo de la cofrada que procure con todo rigor cobrar las deudas que le deben para tener los fondos necesario y poder afrontar los gastos de construccin de la ermita. Incluso en 160938 el visitador D. Gaspar Rodrguez del Castillo propone que el cura de la Villa, en la misa del segundo domingo de Cuaresma, amoneste a los feligreses con la finalidad de que ofrezcan limosnas para la reedificacin de la Ermita, y acabada la misa, estando presente el mayordomo y otro en su nombre el dicho cura, cerrando una de las puertas de la iglesia, se pongan a la otra con este libro, y que como fueren saliendo cada uno que quisiere prometer limosna la prometa, sabiendo escribir la firme. En 173539, an se sigue con el tema del mal estado de la Ermita y el obispo Dvila y Crdenas para animar

    Colecturia

    Misas

    12 rs Antos

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    a los fieles en la realizacin de obras en la Ermita, concede cuarenta das de indulgencia a aplicar a los devotos que en domingos y festivos acudan a ayudar en la fbrica del templo. Finalmente, el resto de los mandatos econmico-contables especficos de esta Cofrada de San Antn no difieren de los comentados para la Cofrada de nimas, al versar sobre el cobro de rezagos, necesidad de justificantes por parte del administrador de la mayordoma, obligatoriedad de llevar un libro borrador, etc. A modo de resumen, mostrar la relevancia de la normativa econmico-contable contenida en los mandatos, tanto a nivel general como especfico, a travs de los cuales y de forma paulatina en el tiempo se fue regulando el modo de asentar las rentas de la cofrada, controlando los gastos y los ingresos. Adems, consideramos que la prctica diaria seguida en esta institucin y revisada en la visita pastoral era el detonante que haca ver las necesidades, no slo espirituales y de mantenimiento de la cofrada, respecto a sus altares y gastos como la cera, sino la conveniencia de detallar los movimientos de efectivo, entradas y salidas, de una forma concreta. Por todo ello, se establece en la normativa que emana de los decretos de la visita pastoral a la cofrada: la apertura de nuevos libros contables (el libro de cuentas de la mayordoma, el libro borrador, entre otros); nueva forma de registrar las operaciones y su contenido, detallando, incluso, cuales deben ser los primeros cargos de la cuenta; necesidad de aportar los correspondientes justificantes de las partidas asentadas; el cobro puntual de las deudas para hacer frente a los gastos; y la conveniencia de tener una cantidad mnima de efectivo disponible para atender a determinados gastos fijos, siendo el ms relevante la cera. 2.3. Los estatutos de la cofrada Esta institucin cuenta con unas reglas internas -estatutos, ordenanzas, constituciones-, generalmente aprobadas por el prelado de la dicesis a la que corresponden, que establecen tanto la organizacin bsica de la cofrada como sus normas de funcionamiento. Para el desarrollo del presente apartado utilizaremos las constituciones de la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora perteneciente a la Villa de Agimes40. Normalmente los estatutos de la cofrada se inician con la exposicin de los motivos que justifican la creacin de la misma, para la asociacin que nos sirve de ejemplo son los siguientes: pa mas bien servir a Dios nuestro Seor, y a Onra y Gloria suya y concepcin santisima de la siempre virgen santa Maria nuestra Sra y que su divina Majestad Sacramentado sea servido con mayor ferbor asi en las festividades como cuando sale a visitar los enfermos pr su debocion, se han Juntado a fundar como por la presente fundaran, erigen e instituyen Esclavitud, hermandad y congregacin de Esclavos del Smo Sacramento del Altar, y de la Concepcin Sma de su bendita Madre, en esta Parroquia del Sr Sn Sebastin de dha Villa de Agimes. En cuanto a la estructura orgnica de las cofradas, se caracteriza porque en todas ellas aparece una autoridad, un cuerpo deliberante y un rgimen administrativo y financiero para asegurar la vida y fines de la hermandad41. Para el caso concreto de la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora exista una Junta General integrada por todos los cofrades y una autoridad suprema que era ejercida por el Hermano Mayor. Este ltimo era asesorado por un conciliario eclesistico y otro

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    secular, contando adems la asociacin con un secretario, funcin que deba ser ejercida por el escribano o notario pblico de la Villa. Asimismo, las labores de administracin y custodia de los bienes y rentas de la cofrada le correspondan al mayordomo, figura que ser analizada en el siguiente epgrafe. Para representar la estructura orgnica de la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora hemos elaborado la figura 1. Los cargos de los miembros de la cofrada se renovaban anualmente y el miembro electo deba asumirlo y desempearlo de la mejor forma posible, estando regulado la pena que se aplicara en caso de no aceptacin del cargo, y siendo frecuente que se considerase una infraccin grave y ocasionase la exclusin de la cofrada. La junta general de cofrades se reuna como mnimo una vez al ao42, al objeto de elegir por votacin secreta a sus rganos representativos. Dicho sufragio se realizaba de forma democrtica, aunque siempre existieron excepciones y tal y como indica Bentez43 el espritu democrtico no siempre estuvo presente y se llegaron a realizar votaciones cerradas en las que los cargos salientes nombraban a los electores y stos a su vez a los candidatos a travs de las parroquias. Tambin se utilizaba la junta general para decidir sobre la admisin de nuevos cofrades, recurriendo al mismo procedimiento que para la renovacin de los cargos. Figura 1. Organigrama de la cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora (Agimes)

    Se ha de indicar que para el caso concreto de las cofradas existentes en la Villa de Agimes el cargo de mayordomo se realizaba por asignacin directa del prelado de la dicesis o un representante del mismo. Incluso se produce la incongruencia de que atendiendo a los estatutos de la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora, concretamente en su artculo primero, establece que anualmente, el primer domingo de cada ao se renan los cofrades y nombren los nuevos cargos de la hermandad. En cambio, en la prctica no actuaron de esa forma como lo pone de manifiesto el siguiente nombramiento de mayordomo de la citada cofrada por parte del visitador general Tejada44: El seor () de Tejada racionero de la Catedral de Canaria y visitador general aviendo sido informado que Antonio Gonzalez es buen xptiano temeroso de Dios y de su conciencia le nombro por mayordomo della y le dio poder cumplido tal qual en tal caso se requiera pa que como tal mayodomo cobre y reciba los bienes, rentas y limosnas de la dha cofrada y en todo

    Conciliario Secular

    Hermano Mayor

    Conciliario Eclesistico

    Junta General de cofrades

    Mayordomo Secretario

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    aga lo que bueno y fiel mayordomo debe y es obligado a aser y si fuere necesario parecer en juicio por si o por su procurador. En los estatutos se regulan tanto los derechos como las obligaciones de los cofrades. En cuanto a estas ltimas, indicar que los miembros de la hermandad trataban de cumplir lo ms fielmente posible sus obligaciones, pues incurrir en falta equivala a la expulsin de la cofrada. Entre los deberes ms comunes de los miembros de la cofrada cabe citar: las cuotas obligatorias que deba aporta al fondo de la hermandad, no slo la limosna de entrada45 sino tambin las cantidades que se hayan acordado entregar peridicamente y de forma extraordinaria46, la asistencia a los asociados necesitados, el acompaamiento a su ltima morada del hermano cofrade y la concurrencia a las festividades47 por el santo patrn. Por su parte, entre los derechos ms frecuentes de los cofrades se ha de resaltar: el derecho a participar en el culto divino en lugar preferente48, el recibir asistencia, material y espiritual, en momentos de necesidad y el contar con un nmero de misas e indulgencias a celebrar por su alma en el momento del fallecimiento. La redaccin de los estatutos corresponda a los miembros de la propia cofrada y necesitaban de la aprobacin del obispo o persona delegada, el cual estaba facultado para corregir todo lo que considerase necesario antes de dar la conformidad a los mismos. Sirva de ejemplo el auto de asentimiento de las constituciones de la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora, en el que el Vicario General D. Andrs Romero seala que una vez revisadas las constituciones es necesario reformar algunas de dichas constituciones. Entre las modificaciones planteadas destaca, por su importancia a nivel econmico-contable y por la necesidad de adaptarse a la normativa que emana de la sinodal de Cmara y Murga, la obligatoriedad de que el Sor Obispo su Provisor u otro Sor Juez Eccs y visitador cada que cualquiera de dhos fuere a visitar dha Villa, hayan de revisar y aprovar las dhas cuentas, atento que es caudal que los dhos hermanos han dado estando congregados pr via de limosna dhos SS Jueces deben tener cuidado de su conserbacn y aumento pa que en ningun tiempo sus mayordomos no consuman dho caudal, y limosnas lo cual se hace pa mas perpetuidad de dha hermandad. La citada reforma es consecuencia de que en los estatutos iniciales los cofrades tenan regulado que el mayordomo deba rendir cuentas ante el Hermano Mayor y el secretario y llevarse a la junta, de forma que de no tener que modificar nada se apruebe pr dho hermano mayor que la firmar y el secreto y el mayordomo sin que otro Juez ni prelado alguno se entrometa en ello. Concluan los estatutos con la aprobacin de los mismos, a modo de ejemplo en los estatutos de la cofrada que nos viene sirviendo de muestra figura lo siguiente: Con las cuales advertencias su mrd dho Sor Provisor y vicario Gral de este obispado confirma y aprueba las dhas constituciones, hermandad y congregacn y mando que los dhos hermanos las obserben y guarden como en ellas y cada una de ellas se contienen, con apersivimto que si contravinieren a lo mandado por su mrd se procedera contra los como mejor haya lugar, mando que dhos hermanos se junten, y se le lean las dichas constituciones pa que lo acepten. Para finalizar el presente apartado que trata de la normativa aplicable a este tipo de asociacin de gran incidencia en la institucin parroquial, conviene resaltar la

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    preocupacin de la iglesia por mantener el control de los bienes y rentas de las cofradas. Este inters se pone de manifiesto tanto en las constituciones sinodales como en los mandatos que emanan de las visitas pastorales, e incluso tambin est presente en las reglas internas que rigen la organizacin y funcionamiento de la hermandad. En toda la normativa expuesta se evidencia una detallada organizacin y administracin de las cofradas, destacando como figura principal el administrador de las mismas al que dedicamos el siguiente apartado. 3. Las cuentas de la mayordoma de la cofrada 3.1. El administrador de la cofrada El mayordomo de la cofrada era la figura encargada de su administracin, estando por tanto facultado para: explotar las propiedades de la asociacin; cobrar las rentas, cuotas y multas de los cofrades; realizar todos los pagos, acompaados siempre del debido justificante; y avisar a los miembros de la cofrada para los distintos actos que se celebrasen. Era el puesto ms solicitado por los cofrades puesto que, en palabras de Bazarte49, no slo daba prestigio social, sino que permita manejar fondos en efectivo, muchas veces utilizados deshonestamente lo que ocasion que muchas cofradas pidieran fianzas a los futuros mayordomos para resguardar sus caudales. No obstante, no todas las labores del mayordomo eran de tipo administrativo-contable, puesto que exista una tarea especfica de los mayordomos de cofradas, gestionar los bienes, con el objetivo de dar mayor esplendor al santo patrn bajo cuya advocacin estaba la hermandad. ste es un rasgo diferenciador y genuino de los administradores de la mayordoma de la cofrada en comparacin con la figura del mayordomo de la institucin parroquial. A modo de ejemplo, sirva la renovacin que se produce en 1799 del cargo de mayordomo de la Cofrada de San Antn, realizada por el obispo Verdugo50, el cual indica que le continuar y continuo en dicha mayordoma, atento su conocido celo y devocin, en la que le encarga su perseverancia para el mayor culto del Santo. Las funciones del mayordomo de la cofrada se presentaban claramente detalladas en los estatutos de la asociacin. De esta forma, en la Cofrada del Santsimo Sacramento y de la Concepcin de Nuestra Seora figuran las siguientes atribuciones al mismo: cobranza a los miembros de la hermandad de las limosnas, tanto de entrada como la cuota impuesta mensualmente; ante el fallecimiento de un cofrade deber avisar al resto de los hermanos para su acompaamiento, adems le corresponder pagar al cura de la parroquia por los oficios de vigilia y misa cantada y se comprometer a recibir de cada cofrade dos reales para la celebracin de una misa51 por el alma del difunto. Y finalmente, la obligacin de rendir cuentas una vez concluido su mandato anual, ante sus hermanos cofrades y ante el prelado o visitador general de la dicesis. A dicha rendicin de cuentas deba acudir el mayordomo con el libro de las cuentas de la mayordoma debidamente cumplimentado y con los soportes documentales justificativos de todos los gastos en los que hubiere incurrido. 3.2. Mtodo contable, estructura y contenido de las cuentas de la mayordoma de la cofrada

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    El mayordomo de la cofrada, para poder cumplir con la misin de administrar los bienes y rentas de la asociacin y dar cuentas anualmente de su gestin, elabor un sistema contable que se compona principalmente del libro de las cuentas de la mayordoma y de los distintos libros y cuadernos auxiliares que utilizaba para justificar las cuentas de la hermandad. Del estudio de los documentos contables utilizados por el administrador de la cofrada se pone de manifiesto que el mtodo contable aplicado es el de Cargo y Data. Procedimiento que consideramos fue adecuado para alcanzar los fines de administracin y rendicin de cuentas para los que se concibi el sistema contable de la cofrada. En los primeros aos el procedimiento contable utilizado se podra asemejar a la llevanza de una cuenta de tesorera en la que se reflejan exclusivamente los cobros y los pagos, y se obtiene el alcance por diferencia. Con posterioridad52, con la anotacin en el Cargo no slo de los cobros sino tambin de los derechos de cobro pertenecientes al perodo correspondiente, y lo anlogo con respecto a la Data, el mtodo de Cargo y Data se sofistica y se hace ms complejo. En cuanto a la estructura de las cuentas de la mayordoma de la cofrada, que eran transcritas por el notario pblico en el libro de las cuentas de la mayordoma, fue similar durante el periodo estudiado. Se iniciaban con la apertura de las mismas, en la cual se indicaba la persona que las revisa, obispo o visitador general, el mayordomo que las elabor y el periodo al que corresponden. Con respecto a esto ltimo, se ha de indicar que las cofradas sitas en la Villa de Agimes incumplieron totalmente la normativa, reflejada tanto en las sinodales de los prelados Cmara y Dvila como en los mandatos de visita, referente a la obligacin de presentar las cuentas anualmente, al superar con gran amplitud al ao el intervalo temporal que abarcaban las mencionadas anotaciones contables. A modo de ejemplo una anotacin de apertura efectuada en 1742, ante la inspeccin del obispo Guillen, de las cuentas presentadas por el mayordomo de la Cofrada de nimas53: En tres de setiembre de mil sets cuarenta y dos ans hallandose en esta Villa de Aguimes el Iltmo seor Dn Juan Franco Guillen, mi seor, obispo destas Islas en Sta y Genl Visita mando comparecer a Dn Joseph Murcia Lordelo vezno desta Villa, Mayordomo actual de la Cofrada de Animas desta Igla Parroql a fin de que diera las Quentas del tiempo su Mayordomia, quien aviendo jurado darlas bien y legalmte sin perjuicio, detrimto no perdida alguna de dha Cofrada, las dio en la forma siguiente, y son por los ans de mil sets treinta y seis desde e mes de Octubre que empezo a ejercer dho empleo,mil sets treinta y siete, treinta y ocho, treinta y nueve, quarenta, quarenta y uno, y este de quarenta y dos asta el dia de oy. A continuacin, a travs del mtodo de Cargo y Data, se recogen las anotaciones que constituyen los cargos y una vez finalizados los mismos se registran los descargos. En el Cargo se recogan todas aquellas entradas que permitan a la cofrada hacer frente a sus actividades, es decir, la financiacin de las tareas religioso-benficas y festivas de la asociacin. Normalmente, las cofradas no solan tener una gran capacidad para obtener fondos y se sustentaban exclusivamente con las cuotas recibidas de los cofrades, tanto la

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    de entrada como la ordinaria que sola tener periodicidad anual. No obstante, tambin existieron cofradas que llegaron a acumular un importante patrimonio procedente, principalmente, de las donaciones de sus cofrades y devotos. Otra fuente de ingresos fueron las limosnas, de hermanos y fieles en general, debido a que con cierta asiduidad las cofradas realizaban demandas pblicas en calles, en campos, en el templo, etc. Otras actividades que generaban fondos para la asociacin eran la realizacin de rifas, bailes y corridas de toros54. Finalmente, otra aportacin de los miembros de la cofrada era la procedente de las multas y penas impuestas por los rganos directivos de la asociacin como consecuencia de haber infringido el hermano cofrade alguna de las reglas internas de la hermandad. Siguiendo con el ejemplo anterior, las anotaciones que conforman el Cargo de la citada cuenta fueron las siguientes: CARGO

    Num 1 Primte se le hace cargo a dho mayordomo de diez y ocho libras y tres onzas de cera, que son las que da por no cobradas en el numero 9 del descargo de las ultimas Quentas, y debe Christoval Gutierrez. Num 2. Ads se le hace cargo de cuatrocientos nobenta y un rs que son los mismos con que se descarga en las ultimas quentas por no cobs de alqs de cera, sin que se pueda saber quien la debe. U 491 Rs Num 3. Ads se le hace cargo de dos cientos sesenta Rs y dos quartos con que se descarga al numo 11 de las ultims Quents y da por no cobs de alquileres de Cera, con mas diez libs y quatro ons de cera. U 260 Rs 2 Q 55 Ads se le hace cargo de mil setecientos cincuenta y cinco reales, cino quartos, y quatro mrs de las Limosnas que ha recogido en los aos de estas cuents. 1755 Rs 5 = 4

    Ads se le hace cargo de dos mil ochocientos y un reales, y siete quartos que segn el Quaderno que ha presentado han importado Los alquileres de cera, y paos de los aos de estas cuents. 2801 Rs 7

    Ads se le hace cargo de mil ciento, y sesenta reales y un quarto en que fue alcanzado el Mayordomo antecedente como consta de su cuenta.

    1160 Rs 1 Ads se le hace cargo de cincuenta reales, y seis quartos en esta forma

    Ders de 18 libs 3 onz de cera, como aparece al mun 9 del descargo de las ultims Quents

    Ders de Cera que aunque no se puede averiguar quien los deve, se cargan aqu pr si en algun tiempo constare

    Ders atrasados que constan al numo 10 del descargo de las ults

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    cinco reales en que vendio una fanega de cebada blanca; siete reales en que vendio las siete onzas de seda; un real y dos quartos en que vendio una libra de lino, siete reales en que dice vendio nueve celemines de cebada Romana, veinte y ocho reales en que dice vendio cuarenta y cinco Libras de lana; y dos Reales y quatro quartos en que vendio tres celes y medio de trigo, que todo hace los cincuenta reales, y seis quartos, y son por las mismas especies que recibio en ser del Mayordomo antecedente, como consta del n.15 del cargo de las antecedentes, y tambien del Auto de su Iltma al fin de dichas cuentas. 50 Rs 6 7 U 042 Rs 6 = 4 Seguidamente figura el cargo de cera, correspondiendo el primer apunte con la anotacin inicial que se haba realizado en el Cargo que hemos detallado. Esta forma de actuar viene justificada por la gran importancia que tiene este elemento ornamental en la vida de la cofrada, por tanto, adems de reflejar la variacin de existencia de cera, se detallan tanto las entradas como las salidas de la misma y se anotan los rezagos correspondientes a esta partida.

    CARGO DE CERA

    Primte se le hace cargo de diez y ocho libras y tres onzas de cera al mismo con que se descargo por no cobradas en las antecedentes al no 9 y debe Christoval Gutierrez y tambien son las mismas qe constan al n 1o de estas cuentas que por mas claridad, y para la suma se repiten. 18 & 3 Ads se hace cargo de diez libras y quatro onzas con qe se descarga en las ants al n. 11 y constan los sugetos que las deben en el numero qe alli se cita. 10 & 4

    56 Ads se le hace cargo de cinquenta y tres libras de Cera qe le entregaron en las Achas y cera en bruto segn consta al n.18 de la ants. 53 & Ads se hace cargo de quarenta y dos libras de Cera qe han juntado de limosnas de los aos de estas cuentas. 42 & Ads se hace cargo de noventa y ocho libras de Cera que ha comprado a diferentes precios en los aos de estas cuentas, cuyo valor constara en el descargo. 98 &

    259 & 11 De forma que importa el cargo de dinero siete mil cuarenta y dos Reales seir quartos, y quatro mrs, el de Cera doscientos cincuenta y nueve libras, y onze onzas y de trigo quatro fanegas, y siete celemines de trigo, que debio cobrar del Mayordomo antecedente, como consta de su (descargo al n.) digo cargo al n. 14. Por otra parte, las partidas que configuraban la Data se expresaban a continuacin del cargo. Formaban parte de la misma, adems de las anotaciones que reflejaban derechos de cobro no efectuados, el desglose de todos los fondos necesarios para sufragar los

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    gastos en los que incurra la cofrada en el desempeo de sus actividades religioso-asistenciales y ldicas. Barrio57 clasifica los gastos de la cofrada en sagrados y profanos. Los primeros de ellos se originaban con motivo de la celebracin de la parte religiosa de las fiestas: derechos parroquiales por las funciones litrgicas; sufragio por difuntos; gastos ornamentales aceite, cera,

    etc.-; y las prestaciones asistenciales de la asociacin al realizar actividades benficas ayuda en la enfermedad, mantenimiento de hospitales, entre otros-.En cambio, los gastos profanos se correspondan con los importes invertidos en comidas y dems celebraciones de los cofrades, que sufrieron grandes crticas por parte de las autoridades eclesisticas, adems de los gastos de administracin y las contribuciones fiscales. Volviendo a utilizar la cuenta que nos est sirviendo de referencia, el descargo se produce de la siguiente forma:

    DESCARGO

    Primte se descarga con cinco reales que pago por el titulo de Mayordomo. 5 Rs Ads se descarga de cuatrocientos noventa y un reales qe no ha cobrado, y son los mismos que se le cargan al n. 2o de estas cuentas.

    491 Rs 58

    Ads se descarga con setenta y tres reales resto de la cantidad de Limosna que le va cargada al n. 9 del Cargo, y los deben las Personas sigs = Dn Perera 15 Rs Dn Lorenzo 18 Rs Domigo Gonzalez 15 Rs Joseph Hernandez 25 Rs 73 Rs Ads se descarga con mil treinta y seis reales y medio resto de la cantidad que le va cargada al num 10 de los alquileres de Cera y paos, y los deben las Personas que refiere el Quaderno de memorias que ha presentado el Mayordomo 1 U 136 Rs 4 Ads se descarga con los mil ciento, y sesenta reales y un quarto que le va cargados al num 11 que da por no cobrados y es el alcanze hecho al Mayordomo antecedente. 1 U 160 Rs 1 Ads se descarga con trescientos cuarenta, y ocho reales que ha pagado al Sacristan Mayor en los aos de estas cuentas por las Misas Cantadas y Fiestas, segn consta de recibo que presento. 348 Rs

    Ads se descarga con mil seiscientos diez, y seis reales, y medio que ha pagado de las Limosnas de Misas cantadas, y Fiestas que se han celebrado en estos aos, y son en esta forma los ciento y nueve reales resto de las Misas y fiestas del ao de 1736, los mil trescientos sesenta y dos, y medio de los aos de 37, 38, 39, 40 y 41; y los ciento cuarenta y cinco reales por quenta, y en parte de pago de las Limosnas de Misas Cantadas de este presente ao de 1742; consta todo de recibos que present. 1 U 616 Rs 4

    Ads se descarga con cinquenta reales pagados al Sacristan Menor en los aos de estas cuenta por los dobles en las Fiestas de Animas, poner la cama e incienso, y son por los aos de 1736, 37, 38, 39 y 40 segn consta de recibos presentados. 50 Rs

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    59 Ads se descarga con quinientos, y ocho reales por la Limosna de doscientas cinquenta, y quatro Misas rezadas qe ha hecho celebrar en los aos de estas cuenta, consta de recibos. 508 Rs

    Ads se descarga con veinte reales por un sermn de Animas que hizo predicar. 20 Rs

    Ads se descarga con quatrocientos y setenta y un real dos quartos por el costo de treinta libras de cera a quatro reales y tres quartos,y sesenta y ocho libras de cera a cinco reales que ha comprado en estos aos y son las que van cargadas al n.60 471 Rs 2 Ads se descarga con ciento noventa y nueve Reales pagados del labor, y carretos de cera en estos aos. 199 Rs

    Suma del descargo de dinero 6 U 813 R 6 Seguidamente, al igual que ocurre en el Cargo, se reflejan los motivos de descargo de la

    cera de la siguiente forma:

    DESCARGO DE CERA Primte se descarga, y da por no cobradas las veinte y ocho libras y siete onzas que le van cargadas en los ns 13 y 14 del cargo de estas cuentas 28 & 7

    61 Ads se descarga treinta, y seis libras de cera que han empleado y gastado en las Fiestas de Animas en el Curato en los seis aos de estas Cuentas, a seis libras cada ao. 36 & Ads se descarga con dos libras de cera gastada en los Altares de afuera en los aos de estas Cuentas. 2 & Ads se descarga con tres libras de cera que dio para el entierro de Pobres en los aos de estas Cuentas. 3 & Ads se descarga con sesenta, y tres libras y tres onzas, que le deben distintos sugetos qe consta en su Quaderno de las quiebras de la cera alquilada. 73 &

    Suma el Descargo de Cera 180 & 11 El formato esgrimido para presentar las partidas que componen el Cargo y la Data es exactamente el mismo que utilizaba el mayordomo de la institucin parroquial al elaborar las Quentas de la fbrica62. No obstante, s se observa una particularidad en el libro de las cuentas de la mayordoma de la cofrada, consistente en reflejar el visitador general en las anotaciones del descargo, relativas a partidas no cobradas, los mandatos de visita que considerase oportunos. A modo de ejemplo sirva la cuenta de la Cofrada de San Antn, presentada por el mayordomo D. Sebastin Diepa en 165863, en la cual el visitador D. Eugenio de Santa Cruz legisla lo siguiente en dos partidas que conforman la

    Data: Por 100 reales que le van cargados en la 4 partida del cargo de 5 pagas del tributo de Blas Miguel, por cuanto se han caido las casas y el mayordomo haga diligencia en rematar el solar y que de a tributo y busque bienes de que cobrar los corridos. U 100 Rs

    Tributo de Blas Miguel

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    Por 1099 reales y 5 quartos que le Van cargados en la 2 y 3 partidas del cargo, que debe Sebastian Hernandez y los tributarios que consta en una y otra partida,, manda el seor visitador al presente mayordomo haga diligencia dentro de 6 meses y los de cobrados o las diligencias hechas, y de no hacerlo no se lo pasen en cuenta y en cuanto en esto haya mucho cuidado. 1 U 099 Rs 5 Q

    Conclua la cuenta de la mayordoma de la cofrada con el balance de la misma, reflejando de forma diferenciada, por una parte, el alcance correspondiente en dinero y, por otra, el perteneciente a la cera. Este ltimo componente, la cera, era de gran relevancia para el culto religioso e incluso para las cofradas que les supona una importante fuente de ingresos procedente del alquiler de la misma. En la cuenta que viene sirviendo de muestra se reflejan los siguientes alcances: Cargo de dinero 7 U 042 Rs 6 = 4 Cargo de Cera 259 & 11 Descargo de dinero 6 U 813 rs 6 = Descargo de Cera 180 & 11 Es alcanzado el Maymo U 229 Rs 0 = 4 Es alcanzado el Maymo 79 &

    El alcance poda pasar a incrementar los fondos de la cofrada si era en contra del mayordomo, tal y como ocurri en la liquidacin anteriormente reflejada. O por el contrario, resultar ser a favor del titular de la mayordoma, en cuyo caso correspondera a la hermandad realizar el reintegro correspondiente al administrador de la asociacin. Ante esta situacin surge una peculiaridad de las cofradas religiosas, que se ha podido constatar en la Villa de Agimes, y que se origina como consecuencia del espritu en el que estaban inmersas estas asociaciones, puesto que, generalmente, el mayordomo renunciaba al alcance de las cuentas a su favor o donaba parte del importe en concepto de limosna a la hermandad. Ejemplo de esto ltimo se produce en 1621 siendo mayordomo de la Cofrada de San Antn, D. Juan Bautista Jan, el cul al dar las cuentas de la citada cofrada y resultar con un alcance a su favor, dona parte del mismo para mas seguridad de su conciencia y por si al caso hubiere tenido algunos descuidos o se le hubiere olvidado alguna cosa64. Esta prctica de suplir el mayordomo el dficit de la cofrada, se justifica por la mentalidad de la poca que lo consideraba una cuestin de honor65. Finalizaba la cuenta de la mayordoma de la cofrada con la aprobacin de las mismas por parte del prelado o visitador general. En la cuenta que sirve de ejemplo el prelado D. Francisco Guillen muestra su beneplcito de la siguiente forma: estando en Sta Genl Vsita, y aviendo visto las precedentes Cuentas dixo: que en aquella via, y forma que mas haya lugar en derecho las aprobaba, y aprobo interponiendo su autoridad y mando se este, y pase por ellas salvo error de pluma, o suma, que en cualquier tiempo se enmendar; y que resultando de ellas que Dn Joseph Lordelo, y Murcia es alcanzado en doscientos veinte y nueve reales, y quatro mrs dinero contante, y en setenta y nueve libras de cera; como assi mismo en quatro fanegas siete celems de trigo condenaba, y condeno al dicho Mayordomo a la satisfaccion de dichas cantidades, encargandole el cuidado, y aplicacion para el recobro de las muchas cantidades, que se deben por diferentes sugetos a esta Cofrada.

    Deuda que debe Sebastian Hernandez y tributo que dio por no cobrado

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    A modo de resumen, y de forma generalizada, en el cuadro1 hemos reflejado los principales componentes del Cargo y Data de las cuentas de la mayordoma de la cofrada. Cuadro 1. Componentes del CARGO Y DATA

    CARGO DATA FIJOS - Cuota de los cofrades66 - Alquiler de la cera -Rentas de agua y dems propiedades67 - Tributos EVENTUALES - Limosnas - Multas y penas

    - Gastos ordinarios (cera, aceite, etc.) - Limosnas68 - Derechos por la revisin de las Quentas - Rezagos del Cargo

    Por otra parte, al igual que ocurra en la Quenta de fbrica parroquial, cada vez que se designaba un nuevo mayordomo el saliente deba entregar a su sustituto: los libros, documentos y constituciones de la cofrada; adems de los ornamentos y dems posesiones de la cofrada que se encontraban bajo su custodia. Para tal fin, el administrador cesante realizaba un inventario, no valorado monetariamente, de todos los bienes de la asociacin, tanto materiales como relacionados con el culto. Sirva de ejemplo el efectuado en la Cofrada de las nimas en 1771 como consecuencia de la designacin por el obispo Cervera de nuevo mayordomo69: Razon de las obejas y cabras que oy existen de esta mayordomia

    Obejas Por veinte y tres obejas y siete corderos que se le entregaron el dia de la trasquila a Juan de Vega vezo del Pueblo del Ingenio quien los tiene a medias de las que debera dar quentas segn estilo de criadores. It. las qe huviere en el ganado de Antonio Perdomo en la Hoya de la Parra. Seguidamente, se complementa el inventario con la relacin de las alhajas que posee la cofrada70: Inventario de las Alajas qe tiene esta Mayordoma de Animas de esta Villa de Aguimes hecho pr Dn Franco Caballero Presbo con comision del Seor Visitador pr ante mi el infraescripto noto pubco Tiene esta mayordomia en la Parrochial de esta Villa del Arco de la Capilla Mayor afuera a el lado de la epistola un Altar con frontal de madera pintado nuevo, y sobre dho Altar un quadro grande de Lienzo. Todas las quales Alajas fueron a poder de Dn Juan de Artiles actual mayordomo quien se dio por entregado de ellas, y los firmo con dho seor comisionado

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    Obviamente, el contenido de los inventarios era diferente dependiendo de las distintas posesiones que tuviese la hermandad, en el ejemplo indicado se relaciona el ganado compuesto de ovejas y cabras adems de las posesiones del Altar. Sin embargo, cuando se realizan los inventarios en la Cofrada de San Antn, que tiene su sede en una ermita del mismo nombre, adems de los bienes sacramentales de la ermita, se relacionan las propiedades y tributos de la cofrada. Antes de finalizar el presente apartado y con el objetivo de ofrecer una visin comparativa sobre los distintos componentes del Cargo y la Data en la cuenta de la mayordoma de dos cofradas sitas en la Villa de Agimes, se han seleccionado las cuentas, presentadas ante el prelado D. Francisco Guillen en 1742, correspondientes a la hermandad de las nimas y la de San Antn, con sede para la realizacin de sus actividades cofradiales en un altar de la parroquia y en una ermita, respectivamente. En el cuadro 2 y su correspondiente representacin grfica se detallan los distintos componentes del Cargo y la Data de la cuenta de la mayordoma representativa de la Cofrada de nimas. De la misma forma tanto en el cuadro 3 como en su grfica se muestran tambin los distintos integrantes del Cargo y la Data de la cuenta de la mayordoma representativa de la Cofrada de San Antn.

    Cuadro 2. Composicin del CARGO Y DATA en la cuenta de la mayordoma de la

    cofrada de Las Animas (1742) CARGO TOTAL 7.042

    reales 100% ABONO TOTAL 6.813

    reales 100%

    Alquiler de cera Limosna Deudas atrasadas Alcance cuenta anterior Varios

    2.801 1.756 1.275 1.160

    50

    39,8% 25% 18%

    16,5% 0,7%

    Rezago cuentas anteriores Rezagos estas cuentas Limosna misas Cera Sacristn

    2.382 1.209 2.144

    670 408

    34,9% 17,8% 31,5% 9,8%

    6%

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    Grfico 1. Composicin del CARGO Y DATA en la cuenta de la mayordoma de la cofrada de Las Animas (1742))

    Alquiler de cera

    Limosna

    Deudasatrasadas

    Alcance cuentaant.Varios

    Rezago cuentasant.Limosna misas

    Rezagos estascuentasCera

    Sacristn

    Del anlisis de las distintas partidas que configuran el Cargo se observa, cmo para la Cofrada de las nimas el 25% de sus ingresos se corresponden con las limosnas que recaudan de los hermanos cofrades y dems fieles devotos. Ahora bien, el principal ingreso de esta asociacin concierne al alquiler de la cera que utilizan los fieles por el alma de los difuntos del purgatorio. Sin embargo, para la Cofrada de San Antn (cuadro 3) su principal fuente de financiacin emana de las limosnas con casi un 50% del total importe del Cargo, siguindole en importancia los recursos procedentes de los tributos, propiedad de la hermandad y, finalmente los ingresos derivados de la venta del trigo propiedad de la cofrada. Por lo tanto, se deduce que, dependiendo tanto de la actividad de la cofrada como del patrimonio adscrito a la misma, tendrn distinto porcentaje las partidas que componen el Cargo. En cuanto a la distribucin de la Data, en la Cofrada de San Antn se ha de tener en cuenta que la ermita sede de la misma se encontraba en un estado ruinoso, lo cual explica el elevado porcentaje que dedica a la realizacin de obras en la misma al absorber ms del 50% del importe del descargo total. Por tanto, resulta conveniente, para la posterior comparacin, desestimar del total de abonos la anotacin correspondiente a la reedificacin de la ermita. De esta forma, los rezagos pasan a suponer un 43%, importe inferior pero ms comparable con el 52,7% de la misma partida en la Cofrada de nimas. Incluso la parte de los ingresos dedicada a sufragar las limosnas por misas rezadas encargadas por las cofradas, adquiere una cifra que supera a la de la Cofrada de nimas, al ser del 45,33%71 para la hermandad de San Antn.

    Cuadro 3. Composicin del CARGO Y DATA en la cuenta de la mayordoma de la

    cofrada de Las Animas (1742) CARGO TOTAL 4.905

    reales 100% ABONO TOTAL 5.838

    reales 100%

    Tributos Limosna Deudas atrasadas Alcance cuenta anterior Venta de trigo

    1.358 2.441

    177 93

    836

    27,7% 49,8% 3,6% 1,9% 17%

    Rezagos estas cuentas Limosna misas Cera Obras en la ermita Varios

    1.068 1.127

    262 3.352

    29

    18,3% 19,3% 4,5%

    57,4% 0,5

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    Grfico 2. Composicin del CARGO Y DATA en la cuenta de la mayordoma de la cofrada de San Antn (1742)

    Limosna

    Tributos

    Venta de trigo

    DeudasatrasadasAlcance cuentaant.

    Obras en laermitaLimosna misas

    Rezagos estascuentasCera

    Varios

    Finalmente, en ambas cofradas se observan importes similares, alrededor del 10%, en gastos por adquisicin y acarreo de la cera. De todo ello se deduce que en cuanto a las partidas que integran la Data son muy pocas las variaciones que se producen entre las cuentas de la mayordoma de ambas cofradas analizadas. 3.3. Libros auxiliares de las cuentas de la mayordoma de la cofrada Para la elaboracin del libro de las cuentas de la mayordoma el administrador de la cofrada dispona de una serie de libros auxiliares: el libro borrador tambin denominado Quaderno de memorias y la Cartilla de la mayordoma. Adems, al mayordomo de la hermandad le era necesario verificar el efectivo cumplimiento de las misas encargadas, para de esta forma realizar el oportuno descargo en sus cuentas de la mayordoma, en los libros del colector ms concretamente en el libro de relaciones de Memorias y Aniversarios y en el libro cuadrante y colectura. Tal y como se indic anteriormente, no se ha conservado ningn documento en el Archivo Parroquial de Agimes que pueda equipararse al libro borrador; ahora bien, s existe constancia de la utilizacin por las distintas referencias que realizan al mismo los mayordomos de cofradas al rendir las cuentas de la asociacin72. El uso del libro borrador se encuentra legislado en varios de los mandatos de visita relatados en el apartado correspondiente. En dicho libro se han de anotar los ingresos de la hermandad procedentes de las limosnas y de los alquileres de la cera, y tambin los justificantes de los gastos en los que ha incurrido la cofrada en la realizacin de su actividad. Por su parte en la Cartilla de la mayordoma73 se recoga una relacin detallada de todos los tributos que deban constituir una fuente de ingresos para la hermandad. En dicha relacin se explicaban todas las caractersticas del tributo, es decir, datos de la persona que lo impona; nombre de la cofrada beneficiaria del mismo; cuanta y fecha en la que su deudor se compromete a realizar el pago; y finalmente la relacin de bienes adscritos al cumplimiento de la carga del tributo. Adems, en la Cartilla de la mayordoma figuraba el efectivo cumplimiento de la carga impuesta, dejndose por tanto unas pginas en blanco para las anotaciones posteriores al respecto. Sirva de ejemplo la siguiente anotacin que figura en la Cartilla de la mayordoma de la Cofrada del Santsimo Sacramento74:

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    Tributo de cinco rs que pagaba Vicente Albarado pr Agosto y hoy lo paga Juan Romero y esta satisfecho hasta el ao de 27. Y aunque de la Cartilla qe me ha entregado el anterior mayordomo Dn Juan Monzon Albarado, resulta corriente hasta el ao de 1827 Juan Romero ha presentado un recibo del qe aparece corriente hasta el ao de 1830. Por lo qe desde este ao en adelante es de mi cuenta y Cargo. Pago hasta el ao de 1834. Est pago hasta el ao de 1837. Pago hasta el ao de 1839. 5 rsvn

    Por otra parte, exista una relacin entre el mayordomo de la cofrada y el colector parroquial75, como consecuencia de que el administrador de la hermandad deba comprobar que en los libros del colector se reflejara tanto la obligacin de celebrar unas misas y procesiones como el efectivo cumplimiento de las mismas. Efectivamente, la imposicin de las misas y procesiones de la cofrada se anotaba en el libro de relaciones de Memorias y Aniversarios del colector, sirviendo de muestra la celebracin de las fiestas de San Antonio Abad que figuran del siguiente modo76:

    En diez y siete de Henero de cada ao dia de San Antonio Abad se hace fiesta perpetuamte en la Hermita de su nombre de esta Villa. Va el curato a cantar las visperas y el dia va en procesion, a dicha Hermita, canta la Misa, y buelve a la Parroquia cantando la letania. Por todo lo qual paga el Mayordomo de dha Hermita veinte y seis reales al curato; los veinte y dos pa el cura y sacristan mayor; dos al sacristan menor; y dos a los mozos de coro. Y asimismo se le dan al curato las quatro velas sel Altar y los dos codales por ofrenda de dicha fiesta segn antigua costumbre que tienen; todo lo qual se suple de tributos que tiene dicha Hermita, qe estan apuntados en su libro con las escrituras, e instrumos.

    Asimismo, el efectivo cumplimiento de la fiesta de San Antonio Abad se refleja en el libro Quadrante y colectura de esta forma77:

    Enero 17

    Sn Antonio Abad en su Hermta Visperas, prosesion y Misa cantada pr los fundres

    Cumpda ao de 1764 (rbrica del cura que dirigi los actos) Cumpda ao de 1765 (rbrica del cura que dirigi los actos) A modo de resumen del proceso seguido por el administrador de la cofrada para la elaboracin de las cuentas de la mayordoma se presenta la figura2, a travs de la cual se pretende reflejar esquemticamente todos los flujos de informacin que se generan e