Clases i (Historia y Concepto)

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Antecedentes Históricos del Derecho Concursal Docente: Daniel Rojas

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Antecedentes Históricos del Derecho Concursal

Docente: Daniel Rojas

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PROCEDIMIENTO CONCURSAL EN EL DERECHO ROMANO I Manus iniectio, en ley de XII Tablas (451-449 a.C),

Acción ejecutiva: presión a deudor para pagar (pecunia). Citación a deudor ante magistrado para pagar o presentar

un vindex No paga ni garantiza en 30 días.

Apresado en casa de acreedor Retiene a deudor 60 días, exhibe en días de mercado para

que otro pague. En su defecto.

Vende como esclavo o da muerte (manus iniectio). Varios acreedores, hay división de cuerpo entrega a

todos (partes secanto).

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PROCEDIMIENTO CONCURSAL EN EL DERECHO ROMANO II Picnoris Capio

Algunos acreedores privilegiados podrían: Apoderarse de un bien, retenerla, destruirla, no

venderla Medio de coacción igual que la manus iniectio

Lex Poetelia Papiria, (año 326 A.C.), Deudor, quedaba obligado Resarcir al acreedor con su trabajo (actio iudicati) Sin permanecer encadenado o encarcelado

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PROCEDIMIENTO CONCURSAL EN EL DERECHO ROMANO III Acción Rutiliana (siglo II a.C).

Embargo coactivo (missio in bona) de todos los bienes del deudor para venta patrimonial (bonorum venditio)

Decretado el embargo (missio in bona), los acreedores pueden : Vender los frutos y arrendar el disfrute de los bienes Deber de custodia de los bienes Conocer y revisar los documentos contables del deudor Hacer bosquejo de inventario En asamblea elegir magister o a curador para ejecutar acciones

con peligro de perecer o pago de deudas gravosas. La realización de la bonorum venditio

Bajo la forma de una pública subasta Se coloca al precio ofrecido por el mejor postor Reparto: proporcional del precio obtenido entre los acreedores

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PROCEDIMIENTO CONCURSAL EN EL DERECHO ROMANO IV Lex Julia (737 a.C en adelante).

Cessio Bonorum. El deudor de manera voluntaria y de buena fe cedía sus bienes a

su acreedor, declarándose incapaz para pagar. El acreedor adquiría la obligación de venderlo. Pignus in Causa Iudicati Captum (ejecución individual)

Aprehensión de los bienes del deudor por el magistrado por 2 meses.

Si en dicho plazo no pagaba, se vendia para pagar a los acreedores.

Esta figura da origen a las actuales embargos. Bonorum Distractio (ejecución colectiva)

Procedimiento que consistía en la venta de los bienes del deudor y el pago a prorrata a los acreedores con el producto de la venta.

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LA EDAD MEDIA. S. XIII y XIV, Comunas italianas (Derecho Estatutario) Comerciante que cesaba pago considerado en quiebra

Por pedido de acreedores o de oficio por la autoridad Revocatoria de las enajenaciones fraudulentas del deudor. Convocatoria de acreedores para elegir 1o más síndicos El SINDICI debía lograr pago a prorrata de créditos (Florencia año 1.415)

Quebrado incluido en "bando" (Fugitivo) Exclusión de derechos y defensa, “fuera de la ley” Se le encerraba en mazmorras Cualquiera podía agredirlo y matarlo. Sometido a suplicios: Confesión sobre bienes y otros Pintar imagen en pared de comuna (Publicidad hoy RR.PP.) Exposición en jaula,

Fallido optaba por cesión voluntaria de bienes (CEDO BONIS) Ceremonia de cesión era grotesca, Obligado a llevar gorrito de color bajo sanción de detención

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EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANEA (Código Napoleónico en 1.807)Estatuto Quebratorio Autonomo

Establece procedimientos en Cesación de Pagos Fallido debía depositar balance dentro de 3 días de Cesación

de Pagos, Acto o contrato realizado luego de declaratoria de falencia

era nulo Acto o contrato realizado antes de los 10 días a declaración

eran fraudulentos. Unificaron procedimientos comerciales y penales, a

través de la bancarrota. Se adiciona liquidación judicial para deudores

desafortunados y de buena fe

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EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANEAEspaña: 1830

Reforma del derecho de quiebras: Ley de Enjuiciamiento, En 1838 unifica los fueros y en 1878 reforma el

código de comercio y se dicto la ley de enjuiciamiento civil.

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EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANEAAlemania: 1877

El derecho de quiebras: Se regían por diversas normas para cada estado, En 1877 se dicto la Ley del Imperio,

unificándose en esta norma todos los concursos.

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EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANEAInglaterra: 1914

Ley Bankruptcy Act (Ley concursal): Regula la asamblea de acreedores, La admisión de créditos.

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EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANEAEstados Unidos: 1800

Ley de la Bancarrota: Se regula que los bienes del fallido, pasen a ser

administrado por los síndicos y/o tipos de administración que eran nombrados por los tribunales y luego por los acreedores.

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LA CRISIS DE LA QUIEBRA El Proceso de quiebra es ineficaz

jurídica y económica No es institución salvadora del

comerciante deudor No es protectora eficiente del crédito. Fines Siglo XIX. acuerdos privados

entre deudor y acreedores (concordato).

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NUEVAS ORIENTACIONES Desjudicialización, Desprocesalización, Protección de la empresa, Eliminación del proceso judicial de

quiebra, Unificación de los procedimientos, Cambio de los presupuestos objetivos

de la concursalidad, y Protección de los créditos laborales.

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EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL DERECHO CONCURSAL EN EL PERÚ

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Código de Enjuiciamientos Civiles (1852)

Establece 2 clases de concurso judicial:

“Concurso Voluntario” la solicitud es presentada por el propio deudor ; y

“Concurso Necesario” la solicitud es presentada por Acreedor ante cesación de Pagos

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Código de Comercio (1902) La Quiebra se aplicaba a personas

dedicadas al comercio. El Libro Cuarto, estableció las reglas de:

“La Suspensión de Pagos” (comerciante con bienes suficientes para cubrir deudas, sin liquidez) y

“Juicio de Quiebra” (comerciante con bienes insuficientes para cubrir deudas),

Competencia a cargo de la autoridad judicial

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Código de Procedimientos Civiles (1912) La Sección Segunda, Títulos IX, X y XI

(arts. 765 al 934) “Juicio de Concurso”:

Personas no comerciantes “Suspensión de Pagos”

Iliquidez “Juicio de Quiebra”

Pasivo > que Activos

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Ley Procesal de Quiebras Ley N° 7566 (1932-1992)

Objetivos: Liquidar bienes (activo) del deudor para pagar acreedores

Mecanismo: Realización (venta) de bienes del deudor en un solo proceso judicial

Decisiones: Liquidatorias, Excepción: Acuerdo unánime de

acreedores posibilidad de conservación de empresas.

Actor principal: El Juez / Sindico Departamental de Quiebras (Estado)

Juntas de Acreedores: Escaso o nulo campo de acción

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Ley de Reestructuración Empresarial Decreto Ley N° 26116 (1992-1996)

Objetivos: Generar ambiente para negociación entre acreedores y deudor

Mecanismo: Opciones sobre destino del deudor: Reestructuración; Disolución y Liquidación Extrajudicial; o Quiebra Judicial

Decisiones: privadas y colectivas, de contenido empresarial Actor Principal: Acreedores: Junta de Acreedores Participación Estatal: Desjudicializa procesos concursales

e interviene autoridad administrativa Indecopi (Comisión del Acceso y Salida del Mercado)

Surge concepto de “insolvencia

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Ley de Reestructuración Patrimonial - Decreto Legislativo N° 845 (1996-1999)

Igual Objetivo: ambiente para negociación entre acreedores y deudor

Extiende tutela a patrimonio del deudor Nuevos procedimientos alternativos a la insolvencia

Concurso Preventivo: Procedimiento Simplificado Concurso de Acreedores, destinado a no empresarios

La Quiebra es mecanismo residual, cuando en etapa de liquidación se agota bienes de activo del deudor

Refuerza la participación de Indecopi

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Ley de Fortalecimiento del Sistema de Reestructuración Patrimonial Ley N° 27146 (Junio 1999)

Igual Objetivo de Ley de Reestructuración Patrimonial

Refuerzo conceptual de instituciones del Sistema Concursal

Promueve uso del Concurso Preventivo Mayor fiscalización y control de autoridad

concursal (Indecopi - Comisión de Reestructuración Patrimonial)

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Normas de Saneamiento y Fortalecimiento Patrimonial - D U N° 064-99 (Diciembre 1999)

Crea “Procedimiento Transitorio” Pretende acceso rápido al Sistema Concursal Descentralizan funciones de autoridad

concursal: Fedatarios y Comisiones Ad - Hoc

Se privilegia la conciliación entre deudor y acreedores

Es proceso de saneamiento, no liquidatorio

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Ley General del Sistema ConcursalLey N° 27809 (Octubre 2002)

Precisa objetivos, principios, conceptos e instituciones de Sistema Concursal

Simplifica procedimientos concursales a dos: Procedimiento Concursal Preventivo y; Procedimiento Concursal Ordinario

Busca reducir los costos de transacción a Juntas y Estado

Participación de Autoridad concursal es Limitada Plazos perentorios para adopción de decisiones de junta Acreedores e INDECOPI con > facultades de

fiscalización y control Sanciones por incumplimiento de obligaciones:

acreedores, deudor, autoridades de junta, administradores y liquidadores

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Aspectos Generales del Derecho Concursal

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Concepto De Derecho Concursal CRITERIO TRADICIONAL

institución jurídica procesal Objeto: liquidación del patrimonio del quebrado Reparto del patrimonio entre los acreedores bajo principio de comunidad de pérdidas

Ripert Estudio de la situación de comerciante en

cesación de pagos, y Procedimiento de ejecución y liquidación de su

patrimonio

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CONCEPTO DE DERECHO CONCURSAL Garrigues

Normas que regulan consecuencias jurídicas De situación del patrimonio de una persona

(natural o juridica) No puede satisfacer deudas que pesan sobre él

Fernando Cerdá e Ignacio Sancho Normas que regulan consecuencias jurídicas Estado de insolvencia de un deudor, Vías de remediar tal situación En tutela de acreedores del deudor Si convienen en interés del propio deudor

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CONCEPTO DE DERECHO CONCURSAL

Institución jurídica que estudia normas sobre la situación jurídica de estado de patrimonio de una persona que no puede satisfacer deudas que pesan sobre él

Vías de remediar tal situación en tutela de acreedores del deudor Manteniendo la empresa renegociando deudas ejecución y liquidación de patrimonio insolvente