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Circular CRA

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Circular CRA ................................................................................................................................................................................. 1

1. Introducción ......................................................................................................................................................................... 3

2. ¿Qué es el CRA? ............................................................................................................................................................... 4

3. ¿Cómo se ha adaptado GinpixCS a esta novedad legislativa?......................................................... 5

3.1 Configuración de conceptos retributivos. ....................................................................................................... 5

3.2 CRA en GinpixCS ........................................................................................................................................................... 9

.............................................................................................. 9 Configurar donde se generará el fichero .CRA

...............................................................................................................................................................10 Carga de Datos

............................................................................................................................11 ¿Cómo generar el fichero CRA?

..........................................................................................................................................11 Mantenimiento de Datos

................................................................................................12 Mantenimiento de fichero CRA en GinpixCS

.....................................................................................13 Ejemplo de comunicación CRA de un trabajador

......................................................................................................................................14 Listados de comprobación

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1. Introducción

Estimados Usuarios:

Con motivo de la publicación del Boletín RED 03/2014 de 13 de Marzo, hemos realizado esta

circular a efectos de notificarles las novedades en la transmisión de Conceptos Retribuidos Abonados (CRA) y detallarles los pasos a seguir en GinpixCS a partir de la versión 14.04.1.1 para su correcto

funcionamiento.

Si les surge cualquier duda o alguna sugerencia después de leer esta circular pónganse en contacto

con nosotros exclusivamente a través de la web de clientes https://clientes.savia.net

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2. ¿Qué es el CRA?

Es un nuevo fichero para la transmisión de datos a terceros, en este caso la TGSS. Los datos transmitidos son los Conceptos Retributivos Abonados y su forma de actuación en la Base de cotización del periodo de liquidación del trabajador, incluyendo las novedades legislativas existentes

a partir de la publicación del RD 16/2013 de 20 de diciembre.

Cómo se envía el fichero CRA? Se hará a través de la Winsuite (Actualización). Para el envío siga las siguientes instrucciones.

Cuando se realiza el primer envío del fichero CRA? El primer envío de fichero CRA a partir del 13 de marzo de 2014, se transmitirá el periodo de Diciembre 2013 (desde el 22 de diciembre de 2013), y los periodos de Enero y Febrero de 2014.

Con que periodicidad se envía el fichero CRA? A partir del 1 de abril, se deberá enviar

cada mes, todas las retribuciones abonadas a sus trabajadores en el mes anterior.

Fecha de Envío Periodo del Envío

Antes del 31 de Marzo 2014 CRA de los periodos de: Diciembre 2013 (de 22 a 31 de diciembre y

los meses de enero y febrero 2014. Un fichero por cada mes.

Antes del 30 de Abril 2014 CRA del periodo de: Marzo 2014

Antes del 31 de Mayo 2014 CRA del periodo de: Abril 2014

Antes del 30 de Junio 2014 CRA del periodo de: Mayo 2014

… Y así sucesivamente …

Las entidades afectadas son: toda empresa que tenga tal consideración conforme a lo establecido en el Reglamento General sobre inscripción de empresas, inscrita en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social con trabajadores por cuenta ajena o asimilados a éstos, está obligada a comunicar los conceptos retributivos a sus trabajadores, con independencia de si se trata de empresas públicas o privadas.

Que información se transmite? En dicho fichero se enviará la información de los conceptos,

según la tabla T-84, (ver página 6 de este documento) de las instrucciones técnicas de TGSS.

Primer Envío

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3. ¿Cómo se ha adaptado GinpixCS a esta novedad legislativa?

3.1 Configuración de conceptos retributivos.

En Parametrización > Tablas laborales > Parámetros> Conceptos existen dos nuevos campos:

Cod. CRA: En este campo asignaremos el código correspondiente de la Tabla T-84

Incl. CRA: En este campo asignaremos si está Incluido (I) o Excluido (E), también según las indicaciones de la Tabla T-84.

Por defecto GinpixCS, solo ofrecerá, una única opción de Incluir (I) o Excluir (E), salvo en los casos en los

que la T-84, indique que pueden ser conceptos incluidos y excluidos de la Base de Cotización.

Nota importante a tener en cuenta para la configuración de los conceptos

Los conceptos que no deben llevar código para el fichero CRA son.

Los conceptos de destino de redirección de atrasos. Los conceptos de paga extraordinaria, ya que la información se transmite mediante el

concepto de prorrata de paga extra.

o Ejemplo 1: Salario Base, Antigüedad, Complemento de Destino y Complemento Específico, estarían encuadrados dentro del código de concepto: 0001 (RETRIBUCIÓN NO INCLUIDA EN OTROS APARTADOS), Según la T-84, informándolo como Incluidos en la Base de Cotización:

o Ejemplo 2: Horas extraordinarias: En este punto se diferencian el origen, si son por fuerza

mayor o estructural, informando además que están Incluidas en la Base de Cotización:

o Ejemplo 3: Pagas extras Prorrateo: Se diferencian por el origen del prorrateo, así el Boletín RED

03/2014, dice:

El valor 004 de CONCEPTO RETRIBUTIVO se utilizará para identificar el prorrateo de las pagas extraordinarias en sentido estricto. El

valor 005 de CONCEPTO RETRIBUTIVO se utilizará para identificar el prorrateo del resto de retribuciones, distintas a las pagas

extraordinarias, de vencimiento superior al mensual, como pueden ser incentivos, productividades, cumplimiento de objetivos,…

Por lo que aplicaremos un código diferente según sean prorrateos de pagas extraordinarias

o de abonos de conceptos devengados en un periodo determinado.

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o Ejemplo 4: Vacaciones: hace referencia a las vacaciones, no disfrutadas y abonadas en nómina, así deberán informarse en su Código CRA correspondiente y con inclusión en la

Base de Cotización.

o Ejemplo 5: Plus transporte: Desde la publicación del RD 16/2013, el importe abonado de plus transporte ha de incluirse en la base de cotización por lo que todo su importe lo deberemos

informar en el CRA como Incluido con su código CRA correspondiente;

o Ejemplo 6: Complemento IT: El complemento a la prestación por incapacidad temporal está excluido en la base de cotización, ya que es la Base Reguladora de la IT la que se incluye,

por lo que el deberá llevar indicativo de Exclusión.

Importante: Lamentamos que Savia no pueda realizar servicios de asignación de códigos CRA a ningún cliente. Será bajo la responsabilidad del propio usuario. Disculpen los posibles inconvenientes

que esto pueda ocasionar.

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Para el resto de los conceptos que debamos informar en el CRA, seguiremos los mismos pasos para

la definición de conceptos, configurando su funcionamiento de Inclusión (I) o Exclusión (E), según

las instrucciones de la T-84, que a continuación se detalla.

Concepto retributivo T-84

Denominación Concepto Retributivo Abonado1 Código2 Inclusión BBCC 3

(I)

Exclusión BBCC 4

(E)

RETRIBUCION NO INCLUIDA OTROS APARTADOS 0001 SI NO HORAS EXTRAORDINARIAS NO ESTRUCTURALES 0002 SI NO HORAS EXTR. ESTRUCTURALES O FUERZA MAYOR 0003 SI NO PAGAS EXTRAORDINARIAS.PRORRATEO 0004 SI NO RETR≠PAGA.EXTR.VENCIM.SUP.MES.PRORRATEO 0005 SI NO VACACIONES RETRIBUIDAS NO DISFRUTADAS 0006 SI NO SALARIOS DE TRAMITACIÓN 0007 SI SI RETR.POR ATRASOS NO INCLUIDA OTROS APART 0008 SI SI RETRIBUCIÓN POR ATRASOS.CONV.COLECTIVO 0009 SI SI RETRIBUCIÓN POR ATRASOS.SENTENCIA JUD. 0010 SI SI RETRIBUCIÓN POR ATRASOS.NORMATIVA 0011 SI SI RETRIBUCIÓN POR ATRASOS.ACTA CONCILIAC. 0012 SI SI R.ESPECIE NO INCLUIDA EN OTROS APARTADOS 0013 SI NO R.ESP.VIVIENDA.PROP.PAGAD.C/VALOR.CATAST. 0014 SI SI R.ESP.VIVIENDA.PROP.PAGAD.PTE.VALOR.CAT. 0015 SI SI R.ESP.VIVIENDA.NO PROPIEDAD PAGADOR 0016 SI NO R.ESP.VEHÍCULO.ENTREGA AL TRABAJADOR 0017 SI NO R.ESP.VEHÍCULO.USO.PROPIEDAD PAGADOR 0018 SI NO R.ESP.VEHÍCULO USO.NO PROPIEDAD PAGADOR 0019 SI SI R.ESP.VEHÍCULO USO Y POSTERIOR ENTREGA 0020 SI SI R.ESP.PRÉSTAMO.TIPO INTERÉS < LEGAL 0021 SI SI R.ESP. MANUTENCIÓN Y SIMILARES 0022 SI NO R.ESP. HOSPEDAJE Y SIMILARES 0023 SI NO R.ESP. VIAJES Y SIMILARES 0024 SI NO R.ESP.GASTOS DE ESTUDIOS Y MANUTENCIÓN 0025 SI NO R.ESP.DERECHOS FUNDADORES DE SOCIEDADES 0026 SI NO QUEBRANTO DE MONEDA 0027 SI NO DESGASTE ÚTILES Y HERRAMIENTAS 0028 SI NO ADQUISICIÓN Y MANTENIMIENTO ROPA TRABAJO 0029 SI NO PERCEPCIONES POR MATRIMONIO 0030 SI NO DONACIONES PROMOCIONALES 0031 SI NO PLUSES DE TRANSPORTE Y DE DISTANCIA 0032 SI NO PLANES PENSIONES Y SIST. ALTERNATIVOS 0033 SI NO ACCIONES O PARTICIPACIONES EMPRESA 0034 SI NO GASTOS ESTUDIO ACT. CAPACIT. O RECICLAJE 0035 NO SI PRODUCTOS.PREC.REB.–CANTIN.COMED.ECONOM. 0036 SI NO BIENES DESTINADOS A SERV. SOC. Y CULT. 0037 SI NO PRIMAS SEGURO AT O RESPONS. CIVIL TRAB. 0038 SI NO PRIMAS SEGURO ENFERMEDAD COMÚN TRABAJ. 0039 SI NO PRIMAS SEGURO ENFERMEDAD COMÚN FAMILIAR. 0040 SI NO PREST. EDUC. POR CENTR.AUT. A HIJ. TRAB. 0041 SI NO GASTOS DE ESTANCIA 0042 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN PERNOCTA ESPAÑA 0043 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN PERNOCTA EXTRANJERO 0044 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN SIN PERNOCTA ESPAÑA 0045 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN SIN PERNOCTA EXTRANJERO 0046 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN PERSONAL VUELO ESPAÑA 0047 SI SI GASTOS MANUTENCIÓN PERSONAL VUELO EXTR. 0048 SI SI GASTOS DE LOCOMOCIÓN TRANSPORTE PÚBLICO 0049 NO SI GASTOS LOCOMOCIÓN SIN JUSTIFIC. IMPORTE 0050 SI SI INDEMNIZACIONES POR FALLECIMIENTO 0051 SI SI INDEMNIZACIONES POR TRASLADOS 0052 SI SI INDEMNIZACIONES POR SUSPENSIONES 0053 SI SI INDEMNIZACIONES POR DESPIDO O CESE 0054 SI SI MEJORAS PREST.SS.INCAPACIDAD TEMPORAL 0055 NO SI MEJORAS PREST.SS.≠INCAPACIDAD TEMPORAL.

0056 SI NO

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1Los distintos conceptos retributivos abonados –CRA- que deben ser comunicados en cada plazo reglamentario de ingreso de cuotas son los efectivamente abonados a los trabajadores en el período de liquidación al que corresponde dicho abono. Como excepción, los prorrateos de las percepciones de vencimiento superior al mensual –Códigos 004 y 005- se comunicarán respecto de todos los períodos de liquidación a los que afecte dicho prorrateo. Asimismo, la totalidad de las percepciones por vacaciones retribuidas y no disfrutadas –Código 006-, la totalidad de los salarios de tramitación –Código 007- y la totalidad de las retribuciones por atrasos derivados de convenio colectivo, acta de conciliación, normativa, sentencias judiciales u otros –Códigos 008 a 012-, cuyas cuotas a la Seguridad Social deban calcularse a través de liquidaciones de cuotas de tipo L13, L02 ó L03, respectivamente, se comunicarán únicamente en el plazo reglamentario de ingreso correspondiente al mes en el que se efectúe el abono por dichos conceptos. Los abonos realizados a los trabajadores por el pago delegado de la prestación por incapacidad temporal, así como la cuantía de las bases de cotización por las que deba cotizar la empresa aun cuando no exista retribución –suspensiones o reducciones de jornadas por regulación de empleo, situaciones de alta sin retribución, situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgos durante el embarazo y la lactancia natural,…- no deben comunicarse a través de este procedimiento. 2 Los distintos conceptos retributivos son independientes y simultaneables en el mismo período de liquidación. Inclusive un mismo concepto retributivo es simultaneable con el mismo período de liquidación en los supuestos en los que la información asociada en los indicativos INCLUSIÓN BBCC y EXCLUSIÓN BBCC adopte, en ambos, el valor SI. 3 En aquellos supuestos en los que el concepto retributivo tenga como información asociada en el indicativo INCLUSIÓN BBCC el valor SI, se consignará, en el caso de que el correspondiente trabajador perciba retribuciones por este concepto computables para la determinación de la base de cotización a la Seguridad Social, la totalidad del importe del concepto retributivo en el campo IMPORTE, inclusive aunque dicho importe supere el tope mensual de la base de cotización del sistema de la Seguridad Social; con independencia de que la suma de dicho importe con los de los restantes conceptos retributivos al trabajador computables para la determinación de la base de cotización, supere el tope mensual de la base de cotización del sistema de la Seguridad Social; e inclusive aunque la totalidad de los conceptos retributivos no se hayan tomado en cuenta para el cálculo de la base de cotización por tratarse de un supuesto de pluriempleo con distribución autorizada de los topes máximos de cotización. En aquellos supuestos en los que el concepto retributivo tenga como información asociada en el indicativo INCLUSIÓN BBCC el valor NO, no se podrá remitir información sobre importes con el correspondiente CÓDIGO como concepto retributivo incluido de la base de cotización. 4 En aquellos supuestos en los que el concepto retributivo abonado tenga como información asociada en el indicativo EXCLUSIÓN BBCC el valor SI, se consignará en el caso de que el correspondiente trabajador perciba retribuciones por este concepto no computables para la determinación de la base de cotización a la Seguridad Social, la totalidad del importe del concepto retributivo en el campo IMPORTE. En aquellos supuestos en los que el concepto retributivo tenga como información asociada en el

indicativo EXCLUSIÓN BBCC el valor NO, no se podrá remitir información sobre importes con el

correspondiente CÓDIGO como concepto retributivo excluido de la base de cotización.

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3.2 CRA en GinpixCS

Para tener disponible esta nueva funcionalidad es necesario que el Súper Usuario regenere y active

sus permisos, desde la opción:

Sistema > Seguridad > Usuarios, clic en el icono “permisos usuario”, clic en el icono de “regenerar”, a

continuación active las nuevas opciones:

Cuando el Súper Usuario tenga activados los nuevos permisos podrá activárselos al resto de usuarios

desde la misma ruta indicada en el párrafo anterior.

Se deberá especificar la ruta en la que se generará el fichero .cra.

Parametrización > Otras tablas > Tablas Red > Configuración.

En el Directorio de salida informamos de la ruta (la ruta informada en el pantallazo es un ejemplo):

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La carga de datos se realiza desde la opción de Nómina > Emisión de Boletines > CRA. Al entrar en la

opción aparecerá una ventana donde podrá seleccionar el año, mes y paga.

Se deberá realizar una carga de datos por cada paga, siempre y cuando existan conceptos que

debamos informar por fichero CRA según la tabla T-84. En caso contrario no es necesario realizar la

carga de esa paga.

No se deberá realizar una carga de datos en pagas extras que se abonen en recibo aparte y pagas

de atrasos.

Al procesar criterio, aparecerán las empresas de cotización que tengan calculados conceptos con código de CRA y/o conceptos que estén calculados en incidencias del mes anterior (Atrasos, con tipo

de liquidación L00) VALIDADOS.

La primera carga no ofrecerá ningún Cód. CRA, en la segunda carga y sucesivas el cód. CRA mostrará

el código de la última línea generada y marcada como enviada en mantenimiento de datos.

Si la línea de Incidencias del mes anterior no está validada aparecerá el siguiente aviso:

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Cuando los conceptos de la empresa de cotización no tengan configurado el campo Cod CRA,

GinpixCS aparecerá el siguiente aviso:

En este caso deberá ir a la parametrización de conceptos y asociar el CRA correspondiente.

Desde Nómina > Emisión de boletines > CRA, encontraremos el menú para la generación del fichero.

Al entrar en la opción podrá seleccionar el año, mes y paga. Podrá generar un único fichero dando al

icono ‘seleccionar todos’.

El Boletín RED 03/2014 indica que con el objeto de posibilitar la corrección de importes remitidos y que deban regularizarse posteriormente, se han creado los indicadores B y C en el campo TIPO DE ACTUACIÓN:

Indicador “B” Baja o Eliminación: Permite eliminar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará dejar el concepto retributivo abonado sin contenido.

Indicador “C “Complemento: Permitir complementar el importe comunicado previamente.

Su anotación implicará el incremento del importe existente hasta ese momento con el nuevo comunicado, de tal forma que el importe resultante en el correspondiente concepto retributivo abonado será la suma de ambos importes.

Indicador ”M” Modificación: Permite modificar el importe comunicado previamente. Su

anotación implicará la sustitución del importe existente hasta ese momento por el nuevo comunicado. El mismo resultado se obtendrá si, habiendo enviado información de un concepto retributivo abonado, se remite uno nuevo sin contenido en el indicador TIPO DE ACTUACIÓN.

En los envíos con las primeras transmisiones de cada concepto retributivo, el indicador de TIPO DE ACTUACIÓN debe ir en blanco.

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REPERCUSION EN GINPIXCS

GinpixCS solo generará el indicador ”B”, para indicar borrado de datos ya transmitidos. El resto de los datos que se haya modificado “M” o que se hayan complementado “C” en el proceso del nuevo cálculo irán sin contenido (en blanco) en el indicador de tipo de actuación,

Por tanto los indicadores de tipo de actuación M y C no se generará en el mantenimiento de liquidaciones debido a que lo asimilamos a un nuevo envío.

Desde Nómina > Emisión de Boletines> CRA, encontraremos el menú de Mantenimiento de Datos.

La carga de datos genera en el Mantenimiento de Datos, una línea con un código, si no marca la línea (casilla “Enviado”), cada vez que realice una nueva carga de datos se eliminaran los datos iniciales y se regenerará la línea con los datos actuales de nómina e incidencias del mes anterior

(Atrasos L00 que estén validados).

IMPORTANTE.- Cuando se envíe un fichero a la Winsuite debe validar la línea para verificar en

GinpixCS que el fichero CRA es el que ha enviado la seguridad social.

En el caso que deba realizar sucesivas cargas por variación de los datos deberá de realizar otra carga de datos (desde la opción Nomina > Emsión de Boletines> CRA >Carga de datos) que generará otra nueva línea para el mes y año en concreto para su posterior envío. Les recordamos que deben

igualmente marcar la casilla “Enviado” una vez sea procesado por la Winsuite.

Desde esta opción:

Puede realizar tantas cargas como sean necesarias siempre que la línea NO esté marcada como enviada. Si la línea está marcada al generar una nueva carga se creará una nueva línea con datos comparados con la anterior.

Se puede eliminar datos siempre que NO esté marcada como enviada.

Se puede modificar datos, pero las modificaciones se mantendrán siempre que SI esté marcada como enviada, es decir si se modifican datos y se realiza una carga posteriormente se perderán los datos introducidos manualmente.

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Para este ejemplo, supongamos que tenemos un trabajador que en el mes de abril de 2014 se

encuentra en situación de IT (15 días) y que percibe los siguientes salarios durante este mes:

Conceptos Salariales Importes Incluido

(I)/Excluido (E)

Salario Base 500,00 Incluido (I)

Asistencia 125,00 Incluido (I)

Transporte 40,00 Incluido (I)

Prorrata Paga Extra 83,33 Incluido (I)

Complemento de IT 319,20 Excluido (E)

En la comunicación dentro del fichero CRA este trabajador concretamente se incluiría con los

siguientes códigos e indicadores de cotización:

Conceptos Salariales Importes Incluido

(I)/Excluido (E) Concepto Retributivo (CRA)

Salario Base 500,00 Incluido (I) 0001

Asistencia 125,00 Incluido (I) 0001

Transporte 40,00 Incluido (I) 0032

Prorrata Paga Extra 83,33 Incluido (I) 0004

Complemento de IT 319,20 Excluido (E) 0055

La prestación a la Seguridad Social no se informa en el fichero CRA.

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Existen dos listados psr para hacer comprobaciones:

Chk_cra.psr .- Conceptos incluidos y excluidos en el fichero .cra.

D_cra_resumen.psr.- Conceptos retributivos abonados en el fichero .cra y en los resultados

de nómina por cada trabajador.

Podrá generarlos desde la opción de Utilidades> Informes parametrizados>… Unidad donde tenga instalada la aplicación….>Savia>Gcs>Psr_Gcs.