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INSTRUCTIVO ADMI 0001 Versión 01 FECHA 03/08/12 Página 1 de 21 Código Descripción Indicador Medición i-ADM01 Líneas facturadas por CLARO sin orden emitida (sin considerar facturación de líneas institucionales). Bimestral i-ADM02 Equipos facturados por CLARO sin orden emitida (sin considerar facturación de equipos para uso institucional). Bimestral i-ADM03 Consumo variable por línea de uso institucional. Bimestral i-ADM04 Consumo en equipos por líneas de uso institucional. Mensual i-ADM05 Período de renovación de equipos para uso institucional por usuario. Mensual i-ADM06 Cantidad de lineas activas con cargo para el usuario. Bimestral i-ADM07 Variacion de lineas activas con cargo para el usuario. Bimestral PARA: ADMINISTRACIÓN - MUTUAL DE: Auditoría ASUNTO: Gestión de telefonía celular en el marco del Plan Corporativo de ATE Mutual A. OBJETIVO: El presente proceso tiene como objetivos: Enviar a descuento el costo total de las líneas y/o equipos de telefonía celular a cargo de los usuarios. Generar información para futuras campañas de afiliación / promoción a través de una base de datos actualizada. Evitar gastos injustificados relacionados a las líneas institucionales. B. INDICADORES Para controlar el cumplimiento de los objetivos propuestos, se han definido los siguientes indicadores: C. ALCANCE Están alcanzadas por la presente norma todas las operaciones realizadas por el personal responsable de la gestión de telefonía celular en el marco del Plan Corporativo a nombre de ATE Mutual. Incluye las operaciones realizadas con las líneas a cargo para el usuario (Afiliados) y las líneas de uso institucional, como así también la compra o renovación de equipos.

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INSTRUCTIVO – ADMI – 0001 Versión 01 FECHA 03/08/12

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Código Descripción Indicador Medición

i-ADM01 Líneas facturadas por CLARO sin orden emitida (sin considerar facturación de líneas institucionales). Bimestral

i-ADM02 Equipos facturados por CLARO sin orden emitida (sin considerar facturación de equipos para uso institucional). Bimestral

i-ADM03 Consumo variable por línea de uso institucional. Bimestral

i-ADM04 Consumo en equipos por líneas de uso institucional. Mensual

i-ADM05 Período de renovación de equipos para uso institucional por usuario. Mensual

i-ADM06 Cantidad de lineas activas con cargo para el usuario. Bimestral

i-ADM07 Variacion de lineas activas con cargo para el usuario. Bimestral

PARA: ADMINISTRACIÓN - MUTUAL

DE: Auditoría

ASUNTO: Gestión de telefonía celular en el marco del Plan Corporativo de ATE Mutual

A. OBJETIVO:

El presente proceso tiene como objetivos:

Enviar a descuento el costo total de las líneas y/o equipos de telefonía celular a cargo de los

usuarios.

Generar información para futuras campañas de afiliación / promoción a través de una base de

datos actualizada.

Evitar gastos injustificados relacionados a las líneas institucionales.

B. INDICADORES

Para controlar el cumplimiento de los objetivos propuestos, se han definido los siguientes

indicadores:

C. ALCANCE

Están alcanzadas por la presente norma todas las operaciones realizadas por el personal

responsable de la gestión de telefonía celular en el marco del Plan Corporativo a nombre de ATE

Mutual. Incluye las operaciones realizadas con las líneas a cargo para el usuario (Afiliados) y las

líneas de uso institucional, como así también la compra o renovación de equipos.

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Además involucra a los procesos de afiliación, refinanciaciones, cancelaciones anticipadas,

emisión de certificaciones de deuda y quiebras relacionados con usuarios con líneas activas.

D. VIGENCIA

La presente norma tendrá vigencia a partir del 07 de Agosto de 2012.

E. RESPONSABLES:

Responsable general de las líneas: Es el responsable de atención a los afiliados

interesados, actualización de datos, pedidos de líneas, pedido de equipos de telefonía

celular, comunicación con CLARO, comunicación con el afiliado, emisión de órdenes, pedido

de anulación de órdenes, control de la facturación de CLARO, mantenimiento de una base de

datos actualizada y reasignación de líneas suspendidas.

Responsable de las líneas institucionales: Es el responsable de la atención a los

usuarios de líneas institucionales, requerir líneas y equipos para uso institucional, de

mantener una base de datos actualizada de las líneas institucionales, a la preparación y envío

de la información del consumo.

Operadores del Interior: Responsables de la atención a los afiliados interesados,

actualización de datos, pedidos de líneas y pedido de equipos de telefonía celular al

RESPONSABLE GENERAL DE LAS LINEAS, comunicación con el afiliado, emisión de órdenes,

pedido de anulación de órdenes.

Responsable de quiebras: Participa con el envío del informe de fallidos.

Área de afiliaciones: Participa informando la baja de los afiliados con órdenes por

telefonía celular vigente.

F. PROCEDIMIENTO

1. REQUISITOS:

1.1. El afiliado que desee solicitar una línea de telefonía móvil y/o un equipo celular debe

presentarse personalmente con la siguiente documentación:

DNI original (en caso de extravío anexar comprobante de inicio de trámite en el

Registro Civil mas alguna credencial con foto).

Último recibo de sueldo.

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112560 L.FLORES 2 TORRE 5 8 1042

589018 LAS TALAS DEL LELE 200M. OESTE

589892 BO.M.ZASPE MANZANA 4 PA CASA 33

907402 BO.M.ZASPE MANZANA 1 1 ESC 4 114

908249 BO LAS FLORES TORRE 18 7

1720348 ZONA URBANA INTIYACO

1721724 GUSTAVO COCHET- 7637 1 860

1902512 LA FE (SANTA CRUZ  Y SAN..) 8844

5435871 LAS FLORES I MONOBLOCK 11 PB 13

DNI CALLE: Calle-Barrio-ZonaNº - Altura numérica-

Torre - manzana

Piso: Nº piso-

monoblock-escalera

Depto.: Nº de

Depto.- Casa

Últimos tres recibos de sueldo en caso de que sea la primera vez que opera.

Factura de consumo de algún servicio del domicilio declarado a nombre del afiliado

(agua, gas, luz, teléfono fijo) o copia certificada de vecindad con validez de 90 días

(excepción de la presentación del impuesto o servicio: Jubilados Provinciales). Se

aceptarán las facturas de servicio a nombre de algún familiar directo siempre que se

acredite con documentación el parentesco respectivo o estén cargados como familiar

en el sistema de afiliaciones.

Cabe recordar que los datos en el sistema siempre deberán actualizarse en función a la

nueva documentación presentada, de acuerdo a los puntos 2.3.1.1 y 2.3.1.2 del INSTRUCTIVO IN-

AFIL-0001 Versión 01 de fecha 29/06/2011, que a continuación se transcribe en su parte

pertinente:

2.3.1.1 Carga de DOMICILIO

Calle Calle – Barrio – Zona.

Nº Altura numérica – Nº de Torre – Manzana o Monoblock.

Piso Nº de piso (incluye PB y PA) – Nº escalera.

Depto. Nº departamento – Nº de casa – Nº de vivienda.

Código Postal Localidad donde vive efectivamente el afiliado y no la localidad del lugar de

afiliación.

A continuación se exponen algunos domicilios complejos (por la diversidad de formatos que

adoptan) y la forma de carga adecuada de los casos tomados como ejemplo:

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2.3.1.2 Carga de DATOS PERSONALES

TELÉFONO

- Para el número FIJO:

Debe completarse el prefijo con cero y luego el número completo, por ejemplo: (0342)

4887078 0342 4887078

- Para el número CELULAR:

El mismo debe respetar el formato “con 0 para el prefijo y sin 15 para el número”, por

ejemplo: (0342) 154555555 0342 4555555 (sin espacios, sin puntos ni guiones).

En caso de existir más de un celular separar los números con una barra “/”.

Tanto para el TELÉFONO FIJO como para CELULAR se deben cargar SÓLO NÚMEROS, no es

válida ninguna aclaración en letras.

Cuando la línea solicitada es para uso personal del afiliado, deberá actualizarse esta

información en los datos personales del afiliado con el número otorgado por CLARO.

CORREO ELECTRÓNICO

Asimismo el operador debe corroborar con el afiliado si la dirección de correo electrónico que

figura en el sistema es la que utiliza actualmente, en caso de no ser así, deberá modificarla. En

caso de que el campo se encuentre vacio debe consultar si posee y proceder a actualizarla.

PROCEDIMIENTO

Para actualizar estos datos, el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS y los OPERADORES DEL

INTERIOR deberán ingresar al SISTEMA DE ORDENES Otorgamientos Resumen de

vencimientos:

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2. ANÁLISIS DEL RECIBO DE SUELDO Y CÁLCULO DEL MARGEN DISPONIBLE:

2.1. Cálculo del margen disponible

Como regla general, el margen disponible surge de comparar el monto máximo sujeto a

descuento (MMSD) con el monto de descuento que para cada jurisdicción se debe tener en

cuenta. Ver cuadro 1 en Instructivo – IN – MUTU – 0002 Versión 02 de fecha 02/02/2012.

2.2. Análisis del resumen de vencimientos

El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS y los OPERADORES DEL INTERIOR listan e imprimen

el resumen de vencimiento del sistema de órdenes para analizar un mes hacia atrás y dos meses

adelante o más. Los préstamos inmediatos anteriores cuya cuota no haya ingresado y los créditos

próximos a cancelarse modifican el margen que resultó del recibo de sueldo según cálculo

anterior. Los préstamos que se cancelan permiten darle nuevos créditos y ampliar el margen,

como así también los créditos nuevos cuya cuota aun no haya ingresado lo reducen.

Una vez detectado el margen que le quedaría disponible, esa sería la cuota máxima a la que

puede acceder. Este cálculo debe tener en cuenta la cuota a pagar por el servicio de telefonía

celular (código 1183) y/o Equipo celular (código 1185) y de corresponder el cargo por el pack de

datos correspondiente a los Smarters (código 1896). En el caso de que el margen sea inferior a la

cuota a descontar, se deberá solicitar autorización a la Coordinadora de Mutual.

Haciendo click en DOMICILIO

queda habilitado para

actualizar los datos de

domicilio, teléfono y correo

electrónico. Una vez

modificado los datos,

presionar en CONSULTAR

para que los cambios queden

grabados.

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3. SOLICITUD DE LÍNEA Y/O EQUIPO CELULAR.

Con toda la documental (DNI, recibo, impuesto o servicio) el RESPONSABLE GENERAL DE LAS

LÍNEAS solicita a CLARO la línea y/o equipo celular y se informa al afiliado que hay una demora

mínima de 72hs hábiles.

Ante el pedido de líneas y/o equipos los afiliados deberán firmar un mutuo, el que se

reemplazará por el contrato una vez que llegue el SIM Card y/o equipo y se realice la orden.

En caso de los OPERADORES DEL INTERIOR solicitaran las líneas y/o equipos al

RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS por correo electrónico una vez completa la documental

del afiliado interesado.

Líneas a cargo del usuario: el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS se contactará para

solicitar líneas y/o equipos a cargo de los usuarios. Realizará la solicitud por correo electrónico a la

empresa CLARO. En caso de surgir algún inconveniente que genere demoras fuera del plazo

estipulado en la entrega, se deberá informar al afiliado dicha demora o al OPERADOR DEL

INTERIOR solicitante. Asimismo debe quedar asignado un responsable suplente en caso de

ausencias del principal.

Líneas institucionales: el RESPONSABLE DE LAS LÍNEAS INSTITUCIONALES pedirá por

correo electrónico a CLARO – con copia al RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS – el alta de una

nueva línea y/o equipo celular, previa autorización de la Secretaria de Finanzas – ver punto 12.

Deberá asentar las líneas solicitadas en la base de datos de líneas institucionales – ver punto 6.

Equipos de telefonía celular: Al momento de la elección del equipo por el futuro usuario,

los responsables deberán corroborar con la información brindada por CLARO si se trata de un

equipo con características básicas, Smarters o Smartphone. En el caso de este último, solo podrá

ser solicitado para líneas de uso institucional ya que generan un costo adicional importante en el

abono mensual. En el caso de los Smarters también tiene un costo adicional por el cual se emitirá

una orden junto con la del abono mensual – ver punto 3.1.1.

3.1. Emisión de Orden y Firma del Contrato de servicio

El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS y los OPERADORES DEL INTERIOR, una vez recibido

el equipo, le comunicarán al afiliado que se acerque a firmar la Orden de Descuento y el Contrato

de Servicio. La orden se emitirá a fin de descontar el abono mensual.

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3.1.1. Procedimiento para la emisión de las órdenes

Para emitir las órdenes, el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS y los OPERADORES DEL

INTERIOR deberán ingresar al SISTEMA DE ORDENES Alta de órdenes de compra

Con respecto a la prestación 1185, al ingresar el código, se pasa a la pantalla siguiente:

Haciendo Clic en Nuevo, procede a cargar el

Documento Nro. del afiliado y luego el Código

de la prestación: 1183 para Renovación de

Telefonía Celular, 1185 para Equipos Celulares

y 1896 para pack de datos (Smarters). Respecto

a la prestación 1183, al ingresar el código,

pasamos a la pantalla “Alta de línea de Celular”

Pantalla siguiente.

Luego debe cargar el Plan, el cual será

elegido de una lista desplegable y el Número

de línea. Esto es muy importante debido a

que nos permite saber a quien pertenece

cada una de ellas. Dando Aceptar, volvemos

a la pantalla anterior.

Aquí se debe seleccionar la Marca del

equipo, y escribir Modelo y Serie Nº (IMEI)

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LÍNEA DNIAPELLIDO Y

NOMBRE

MES DE ALTA

SERVICIO/

RENOVACIÓN

NRO. DE ÓRDEN

PLAN

VENCIMIENTO

DE LA ORDENPLAN

ORDEN DE

SMARTERS

IMPORTE DEL

PLAN (Abono +

Smarters)

EQUIPO

CELULAR

MES DE

COMPRA DEL

EQUIPO

ORDENES POR

EQUIPO

CELULAR

IMPORTE CUOTAS

Se aclara que en el caso de que la venta del equipo celular sea al contado se deberá utilizar el

código de prestación 1895.

Asimismo cuando el equipo de telefonía celular solicitado sea un Smarters junto con la orden

del abono mensual, el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS y OPERADORES DEL INTERIOR

deberán emitir una orden con código de prestación 1896 TELEFONIA MOVIL PACK DE DATOS por

la misma cantidad de cuotas.

3.2. Archivo de la documentación.

Líneas a cargo del usuario: El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS debe archivar en

orden alfabético los contratos y asentarlo en una base de datos Líneas Corporativas ATEM donde

se registra el vencimiento de la renovación. La misma deberá contener como mínimo:

Esta base de datos se conformará con los usuarios que tienen a su cargo el abono de la línea y las

que son institucionales (en el caso de estas últimas, solo deberá registrarse que es una línea

Luego se debe cargar Importe = abono mensual x

18 en caso de prestación 1183 y 1896 en caso de

corresponder o Costo de equipo celular para el

caso de prestación 1185.

Cuotas: están definidas en 18 para la prestación

1183 y 1896 y hasta 12 para la prestación 1185.

Luego procede a confirmar la orden e IMPRIMIR el

Contrato de términos y condiciones. ANEXO I.

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institucional y no es necesario a quien pertenece). El RESPONSABLE DE LAS LÍNEAS

INSTITUCIONALES deberá mantener una base de datos actualizada y enviará información de las

líneas de uso institucional - ver punto 6.

4. CONTROL MENSUAL A CARGO DEL RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS

El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS hasta el día 12 de cada mes o hábil posterior,

solicitará por correo electrónico la facturación a CLARO. Con esta información recibida, debe

controlar que tanto las líneas activas como los equipos celulares facturados tengan su

correspondiente orden de RENOVACIÓN TELEFONÍA MOVIL (1183), PACK DE DATOS (1896) de

corresponder y/o orden de RENOVACIÓN EQUIPOS (1185).

Para realizar la consulta de órdenes vigentes, el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS debe

ingresar al SISTEMA DE ORDENES SISTEMA A.T.E.

Luego ingresa a Parámetros

Listados Exportar

líneas celulares

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Luego deberá abrir el archivo con Excel y en el asistente para importar texto, se debe

seleccionar delimitado por punto y coma.

A continuación se muestra un ejemplo de la información que nos brindará esta consulta.

El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS debe cruzar la información de las líneas de la

consulta recién detallada y las líneas facturadas por CLARO. Las causas de las diferencias entre

dicho cruce pueden ser:

Líneas existentes en sistema, no encontradas en la facturación:

a) El afiliado pidió la baja de la línea, la misma se solicito a CLARO y nunca se le anuló las

órdenes. Se verifica y luego se procede a anular las ordenes.

b) CLARO por error no facturó la línea. Se debe comunicar con CLARO para informar el

error.

Líneas existentes en la facturación, no encontradas en el sistema:

a) Se solicitó una nueva línea y no se emitió la correspondiente orden. Se verifica y luego

se procede a emitir orden.

Documento Nombre Nro. Orden Fecha Plan Caracteristica Numero

11556050 GALIZZI SILVIA NOEMI MARIA M000100232857 12/04/2012 11:49 RST11 342 4299970

17205859 ECHEVERRIA RICARDO RAUL M000100232861 12/04/2012 13:02 RST11 342 4474283

26594505 SCHVEIGKARDT RICARDO GERMAN M000100232866 12/04/2012 14:12 RST11 342 4219722

26594505 SCHVEIGKARDT RICARDO GERMAN M000100232867 12/04/2012 14:13 RST11 342 5220979

12891198 MURUA PEDRO M000100232930 16/04/2012 12:16 RST11 342 4304501

Clic en Exportar, se despliegan

las opciones para elegir la

ubicación donde guardar la

información.

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b) Pertenece a una línea institucional, lo que se deberá corroborar con la base de datos.

c) Que el sistema informe por error de carga de datos, diferente número de teléfono o

plan. Deberá corroborar que dicha línea tenga su correspondiente orden, en caso

contrario emitirla.

Con respecto a la compra o renovación de equipos para afiliados con abono a su cargo, NO SE

DEBEN ENTREGAN EQUIPOS SIN ANTES REALIZAR LA ORDEN DE DESCUENTO. En caso de detectar

un equipo facturado sin orden de descuento, el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS debe

proceder a su emisión e informar a su responsable superior lo ocurrido y su causa.

Este control mensual lo dejará asentado en la planilla extraída del sistema, agregando

columnas donde se especificará si coincide la información cruzada; en caso de no coincidir,

registrará la causa y la acción realizada para solucionar dicho desfasaje de información. Además

debe detallar las líneas en las que se nos facturen equipos. En todos los casos debe dejar registro

del importe facturado por CLARO. En el caso de líneas facturadas por CLARO y no encontradas en

sistema, deberá agregar al listado, dejando constancia también de la acción realizada.

Ejemplo:

Con esto logrará detectar cualquier diferencia o costo no trasladado a los usuarios, así como

también cualquier error que perjudique a los mismos.

Una vez finalizado el control, deberá enviarlo por correo electrónico a su Superior Inmediato.

Además esta información deberá ser cotejarla con la base de datos Líneas Corporativas ATEM

(punto 2.5) para que la misma esté permanentemente actualizada.

Esta base de datos deberá enviarla al Área de Auditoría en los meses de Febrero, Abril, Junio,

Agosto, Octubre y Diciembre, junto con la facturación digital.

Documento Nombre Nro. Orden Fecha Plan Caracteristica NumeroImporte

PlanCoincide Causa

Acción

realizadaEquipo

Nro. Orden

EquipoImporte

11556050 GALIZZI SILVIA NOEMI MARIA M000100232857 12/04/2012 11:49 RST11 342 4299970

17205859 ECHEVERRIA RICARDO RAUL M000100232861 12/04/2012 13:02 RST11 342 4474283

26594505 SCHVEIGKARDT RICARDO GERMAN M000100232866 12/04/2012 14:12 RST11 342 4219722

26594505 SCHVEIGKARDT RICARDO GERMAN M000100232867 12/04/2012 14:13 RST11 342 5220979

12891198 MURUA PEDRO M000100232930 16/04/2012 12:16 RST11 342 4304501

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Aire incluido

Plan Abonos Servicio BBCargos /

ReintegroMinutos Minutos Importe

Equipo - Fecha

de entrega

Costo del

equipoPesos Equipos Cargos

Total del mes

06/2012

Facturado

05/2012

Facturado

04/2012Línea

Apellido y

Nombre

Abono y servicio mensual Aire excedenteTotal

minutos

Mensajes de

texto

5. ENVÍO DE FACTURACIÓN AL SECTOR PAGOS.

Cuando el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS envía la facturación al Sector Pagos deberá

diferenciar el importe imputado a líneas institucionales del correspondiente a las que estén a

cargo de los usuarios, para su correcta imputación contable. Esta información se extrae de la

planilla de control mensual detallada en el punto precedente.

6. LÍNEAS INSTITUCIONALES:

El RESPONSABLE DE LAS LÍNEAS INSTITUCIONALES deberá llevar una base de datos actualizada

de las líneas, equipos y usuarios de los mismos.

Mensualmente enviará un informe a la Secretaria de Finanzas detallando mínimamente la

siguiente información:

Además cuando la Secretaria de Finanzas lo solicite, notificará por correo electrónico a cada

usuario en forma individual, la información de su consumo, para que conozcan el gasto generado

por la utilización del servicio.

7. RENOVACIÓN DE LÍNEAS.

Trascurrido el plazo estipulado por contrato (18 meses), el RESPONSABLE GENERAL DE LAS

LÍNEAS emitirá una nueva orden de prestación Nº 1183 por el mismo plazo y Nº 1896 (cargo por

Smarters) de corresponder.

8. AUMENTO EN EL COSTO DEL PLAN

Ante un aumento o modificación de las condiciones del plan existente, el RESPONSABLE

GENERAL DE LAS LÍNEAS comunicará a su superior inmediato la situación. Éste una vez que haya

sido notificado, deberá dar conformidad para que el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS

Informará el importe facturado el mes actual y el importe histórico de dos meses anteriores.

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proceda a solicitar el envío por sistema de un mensaje masivo a las líneas activas (excepto

institucionales) informando la variación en el precio del plan, así como también cualquier mejora

en el servicio de corresponder.

Luego el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS deberá enviar un correo electrónico

comunicando al Área de Descuentos las anulaciones de las cuotas pendientes de las órdenes

vigentes y posteriormente emitirá una nueva orden de prestación 1183 y de corresponder

también 1896, por 18 meses para todas las líneas de afiliados que aceptaron las nuevas

condiciones, dejando asentado en la base de datos el vencimiento de las mismas.

9. CASOS ESPECIALES.

9.1. Renuncia del Afiliado.

Los afiliados que tenga contratado a su cargo el servicio de telefonía celular no podrán

renunciar a la afiliación mientras no haya transcurrido el plazo mínimo de permanencia en el

servicio. Caso contrario deberán pagar una multa establecida por CLARO, equivalente al importe

del abono multiplicado por los meses que restan para cumplir dicho plazo.

En caso de que el afiliado opte por esta última opción, deberá presentar la nota de renuncia al

servicio ante el RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS, quien archivará el original y entregara

copia de la misma al afiliado, quien deberá dirigirse al área de Afiliaciones para poder efectivizar

su renuncia.

En caso de que la renuncia sea de un afiliado perteneciente al interior, el OPERADOR DEL

INTERIOR, previamente a todo trámite, deberá comunicar dicha situación al RESPONSABLE

GENERAL DE LAS LÍNEAS, a fin de que pueda realizar el análisis detallado anteriormente.

9.2. Bajas de afiliación.

En caso de que se detecte una baja desde el área de Afiliaciones, ésta debe corroborar si el

afiliado tenía órdenes de descuento por renovación de telefonía móvil. De ser así, deberá

informar por correo electrónico al RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS para que se comunique

con el afiliado a fin de notificarle que el servicio se suspenderá por la imposibilidad de cobrar las

órdenes vigentes. Luego se requerirá la baja del servicio a CLARO y solicitará al Área de

Descuentos la anulación de las órdenes por las cuotas a vencer adjuntando el correo de baja al

servicio.

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9.3. Blanqueo, Refinanciación y Cancelación Anticipada.

Las órdenes emitidas por telefonía celular no pueden ser canceladas por ningún motivo. Por

lo tanto deberán ser EXCLUIDAS al momento del cálculo en el menú "cálculo cancelación

anticipada”.

9.4. Quiebra del Afiliado.

El Encargado de Quiebras deberá remitir mensualmente el Informe de Quiebras detectadas al

RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS, quien analizará si alguno de los fallidos informados es

usuario de una línea perteneciente al Plan Corporativo ATEM y asentará en la base de datos dicha

situación. Además deberá comunicarse con el usuario fallido a fin de notificarle que el servicio se

suspenderá por la imposibilidad de cobrar las órdenes por renovación de telefonía celular. Luego

se requerirá la baja del servicio a CLARO y solicitará al Área de Descuentos la anulación de las

órdenes por las cuotas a vencer adjuntando el correo de baja al servicio.

En caso de que al momento de la quiebra no haya transcurrido el plazo mínimo de

permanencia en el servicio deberán incluirse la multa establecida por CLARO, equivalente al

importe del abono multiplicado por los meses que restan para cumplir dicho plazo en el cálculo

del monto a recamar en el juicio de quiebra.

10. BAJA DEL SERVICIO CON CARGO PARA EL USUARIO

Los usuarios que deseen la baja del servicio deberán concurrir con el RESPONSABLE GENERAL

DE LAS LÍNEAS quien corroborará que haya transcurrido el plazo mínimo de permanencia

estipulado por CLARO. De ser así, procederá a hacer firmar la nota de solicitud de baja del

servicio. Luego se requerirá la baja del servicio a CLARO y solicitará al Área de Descuentos la

anulación de las órdenes por las cuotas a vencer adjuntando el correo de baja al servicio. De no

cumplir con dicho plazo deberá pagar una multa establecida por CLARO, equivalente al importe

del abono multiplicado por los meses que restan para cumplir dicho plazo.

En caso de que la baja sea solicitada por un afiliado perteneciente al interior, el OPERADOR

DEL INTERIOR, deberá comunicar dicha situación al RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS, a fin

de que pueda realizar el análisis detallado anteriormente.

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11. REUTILIZACIÓN DE LÍNEAS CANCELADAS O SUSPENDIDAS.

El RESPONSABLE GENERAL DE LAS LÍNEAS podrá, con las líneas suspendidas, volver a

reutilizarlas asignándolas a nuevos usuarios.

12. ANALISIS DE MOROSIDAD

Ante renovaciones de órdenes de Telefonía Celular, cambio en el costo del plan o solicitud de

un nuevo equipo, en caso de que el Afiliado presente saldos vencidos, el RESPONSABLE GENERAL

DE LAS LÍNEAS deberá solicitar autorización a su superior inmediato para realizar la nueva orden.

13. PEDIDO DE LÍNEAS INSTITUCIONALES, EQUIPOS CELULARES O MODEM POR

PARTE DE MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

Cada solicitud de línea para uso interno institucional será respaldada por el Formulario Líneas

Uso Interno (que las proveerá el RESPONSABLE DE LAS LINEAS INSTITUCIONALES). El mismo

deberá ser confeccionado por duplicado por el solicitante. Dicho Formulario deberá llevar la firma

autorizante de la Secretaria de Finanzas. El original queda para el solicitante y el duplicado lo

archivará el RESPONSABLE DE LAS LÍNEAS INSTITUCIONALES por orden alfabético según los

usuarios.

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Fecha del pedido

Solicitante:

Motivo:

Solicita línea institucional: SI NO

Detalle del plan autorizado: _____________________________________________

Costo del plan solicitado:

Solicita equipo de telefonía movil: SI NO

Detalle del equipo solicitado: ____________________________________________

Costo del equipo solicitado:

Plan de datos adicionales: SMARTERS SMARTPHONE

Costo plan de datos adicionales:

Firma Solicitante Firma Autorizante

Fecha del pedido

Solicitante:

Motivo:

Solicita línea institucional: SI NO

Detalle del plan autorizado: _____________________________________________

Costo del plan solicitado:

Solicita equipo de telefonía movil: SI NO

Detalle del equipo solicitado: ____________________________________________

Costo del equipo solicitado:

Plan de datos adicionales: SMARTERS SMARTPHONE

Costo plan de datos adicionales:

Firma Solicitante Firma Autorizante

FORMULARIO LÍNEAS DE USO INTERNO

FORMULARIO LÍNEAS DE USO INTERNO

ORIGINAL

DUPLICADO

$

$

$

$

$

$

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ANEXO I: CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

Entre la Asociación de Trabajadores del Estado Mutual (ATEM) con domicilio en la calle San Luis Nº 2854 de

la ciudad de Santa Fe, en lo sucesivo “ATEM” y el Señor…………………………………………..………………………………,

D.N.I./L.E./L.C. Nº………………………..………., domiciliado en calle……………………………………………………………, de la

ciudad/localidad………………………………………, provincia de ……………………………………………, en lo sucesivo el

“AFILIADO”; convienen en celebrar el presente CONVENIO, de acuerdo a las siguientes clausulas:

PRIMERA – Solicitud: Por la presente solicito a ATEM, la prestación del servicio de comunicación móvil,

incluyendo el servicio de telefonía móvil ("STM”), el servicio de comunicaciones personales ("PCS”), y/o el

servicio de internet móvil, (en adelante indistintamente denominados "SCM"), según corresponda;

brindado por AMX Argentina S.A. (en adelante "CLARO”) y contratado por ATEM mediante Cuenta

Corporativa Nº 2/0131074767, reconociendo y aceptando de total conformidad como de propia

responsabilidad y solidariamente los términos y condiciones y sus anexos asumidos por ATEM, los cuales

me comprometo a respetar asumiéndolos a mi exclusivo cargo. Asimismo me obligo personalmente, en

forma incondicional e irrevocable a mantener indemne a ATEM frente a cualquier reclamo judicial o

extrajudicial originado por cualquier causa vinculada al incumplimiento de los mismos; a pagar el SCM y

demás cargos y conceptos que correspondan en forma total, conforme a los términos y condiciones del

presente y asumir la total responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados o que se le ocasionen a

ATEM.

La presente Solicitud de Servicio ("SDS”) y consecuentemente el eventual acuerdo de servicios quedan

condicionados a la evaluación por parte de ATEM de: (i) un resultado satisfactorio del análisis crediticio del

AFILIADO solicitante, (ii) que el terminal móvil, sea éste un teléfono móvil, un modem inalámbrico para

acceso a internet, o cualquier otro que se pretenda utilizar para acceder a los servicios (en adelante el

"Equipo”) no se encuentre registrado en la Base de Negados de CLARO ni de otro prestador del SCM o

servicio similar, y (iii) la presentación en tiempo y forma de la totalidad de la documentación requerida por

CLARO. La aceptación por parte de CLARO de esta Solicitud se producirá con la activación y conexión del

SCM, momento en el cual se perfeccionará el acuerdo y pasare a ser AFILIADO de CLARO. La relación entre

las partes se regirá por los términos y condiciones previstas en la presente SDS y/o los Anexos que las partes

puedan haber suscrito.

SEGUNDA – Servicios: Los servicios de Telefonía Móvil (STM) y PCS serán prestados por CLARO respetando

los planes técnicos fundamentales, las normas técnicas aplicables y las establecidas por la CNC (Comisión

Nacional de Comunicaciones) en cuanto se refieren a compatibilidad operativa, calidad mínima de servicio e

interconexión de redes.

Tomo conocimiento y presto conformidad a la Cobertura ofrecida por ATEM respecto del SCM. Asimismo,

declaro conocer que la cobertura puede variar según el equipo utilizado, terreno y condiciones atmosféricas

y que la misma puede verse afectada por el desplazamiento, reubicación o desmantelamiento de elementos

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de infraestructura de la red de telecomunicaciones, por razones de índole técnica o por decisión de

autoridad competente.

Igualmente, y por la propia naturaleza del servicio, tomo conocimiento y acepto que CLARO no garantiza la

prestación del SCM de manera ininterrumpida, ni será responsable respecto de ningún AFILIADO, usuario o

tercero, por errores técnicos, omisiones e interrupciones técnicas, demoras y errores en la transmisión,

defectos o fallas del equipo terminal, defectos, errores o fallas en las redes o equipos de terceros

operadores que intervengan en la comunicación o cualquier otra causa técnica incluida la falta de

transmisión.

TERCERA – Uso del SCM: Me obligo a utilizar el SCM en un todo conforme a lo previsto en las disposiciones

legales y reglamentarias vigentes, así como a no utilizarlo en situaciones prohibidas o que, aun sin estar

prohibidas, impliquen poner en riesgo bienes o personas, asumiendo todas las responsabilidades que de

ello emanaren. Asimismo, presto conformidad a que ATEM y/o CLARO procedan a la cancelación del

servicio suscripto en caso de hacer un uso indebido del mismo, el cual se puede configurar, entre otros,

cuando el servicio sea explotado comercialmente, sin autorización previa, expresa y escrita de CLARO, o por

el comportamiento de patrones de tráfico particular de la línea que indiquen la realización de fraude

mediante cualquier metodología. En cualquier momento que ATEM y/o CLARO de buena fe identifiquen

que existe un abuso de los servicios brindados al AFILIADO, CLARO podrá inmediatamente, filtrar, bloquear

o remover el contenido, o restringir, suspender o discontinuar el servicio en cuestión, comunicando tal

decisión a ATEM, quien a su vez se lo transmitirá al AFILIADO por un medio fehaciente, sin responsabilidad

alguna para CLARO, máxime cuando las consecuencias de dicho abuso afecten el servicio.

CUARTA – Precio: Me comprometo a pagar el precio del SCM y los cargos por los servicios adicionales de

que haga uso, de acuerdo con el plan de precios y modalidad de servicio que establezca CLARO. Si en

cualquier momento dejase de abonar o incurriere en incumplimiento respecto de las obligaciones asumidas

en el presente, o no respetare los términos y condiciones y sus anexos, ATEM queda facultada a obrar

conforme lo disponen los términos, condiciones y anexos mencionados.

Tomo conocimiento y acepto que las llamadas salientes de los servicios de Telefonía Móvil y/o PCS serán

facturadas desde que presiono la tecla "SEND" del Equipo y hasta que presiono la tecla "END”, o hasta que

el teléfono fijo o móvil al que he llamado finaliza la llamada, lo que ocurra primero. Tomo conocimiento y

acepto que las llamadas salientes de los servicios de Telefonía Móvil y/o PCS se tasarán en unidades de

minuto, y toda fracción inferior al minuto será redondeada y tasada a minuto completo.

Tomo conocimiento que los precios correspondientes a minutos de voz, SMS, MMS o de aplicaciones que

requieran el uso de la red de datos de CLARO, que se empleen para acceder a un concurso o

entretenimiento a través del Equipo, difieren del precio de estos servicios contratados por el AFILIADO para

su uso en comunicaciones interpersonales.

Reconozco y acepto de plena conformidad que para el plan contratado, ATEM emitirá las órdenes de

descuento correspondientes que incluyen los cargos y servicios opcionales, en caso de corresponder.

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Agotada dicha carga, la línea continuará operando en modalidad prepaga. Bajo esta modalidad el AFILIADO

puede acreditar saldo en su línea, a través de la descarga del crédito contenido en tarjetas prepagas o a

través de otros medios de acreditación de saldo dispuestos por CLARO. Los minutos consumidos en el SCM

bajo modalidad prepaga serán tasados de acuerdo con el valor del minuto excedente del plan contratado.

Los consumos por servicios adicionales serán tasados de acuerdo con los precios vigentes al momento de

uso. Tomo conocimiento y acepto que CLARO debite del saldo acreditado en mi línea bajo modalidad

prepaga, los consumos de tiempo de aire que se originan en la misma de acuerdo con el plan de precios

contratado, los precios asociados a los servicios de transmisión de datos, los precios por el uso de

facilidades de red, los cargos por CPP (abonado llamante paga) por cuenta y orden de terceros operadores,

y los cargos asociados a las llamadas entrantes que no sean realizadas bajo la modalidad CPP, de acuerdo

con lo establecido por la normativa vigente, como así también cualquier otro débito que correspondiere por

cualquier servicio utilizado.

Tomo conocimiento y acepto que CLARO podrá modificar el precio de todos sus productos y servicios

comercializados. CLARO podrá realizar estas modificaciones de tal manera que la variación del monto total

de la facturación promedio de los últimos seis (6) meses no supere en ningún caso, a elección de CLARO: (1)

la variación mensual o acumulada, durante un período de doce (12) meses, del Índice de Precios al

Consumidor (o del índice que lo reemplace) con más un cincuenta por ciento (50%); (2) un incremento del

cuatro por ciento (4%) mensual acumulativo ó (3) la variación del tipo de cambio vendedor, según el BCRA,

del Dólar Estadounidense. Asimismo, CLARO podrá modificar - en la medida que ello no afecte el equilibrio

entre las partes - los términos y condiciones de la SDS y de la prestación del SCM, y dejar sin efecto las

bonificaciones y descuentos mensuales otorgados al AFILIADO. Se entienden comprendidas dentro de las

facultades precedentemente indicadas, la de reemplazar el plan de servicio contratado, por otro de

similares características. ATEM informará a los AFILIADOS usuarios de las líneas tales circunstancias, por

medio de un mensaje de texto con una anticipación no inferior a cuarenta y cinco (45) días corridos a su

puesta en vigencia. En caso de no aceptar la modificación contractual, el AFILIADO podrá, dentro del plazo

antes indicado, rescindir el acuerdo de servicios sin cargo ni penalidad alguna, debiendo dirigirse a ATEM

para notificar por escrito su decisión en tal sentido con una anticipación mínima de treinta (30) días a la

fecha en que la rescisión tendrá efectos. Dicha rescisión no generará a las partes derecho a reclamo ni

compensación alguna.

Otorgo a ATEM amplias facultades para discutir y negociar con CLARO toda variación, modificación y/o

costos del SCM brindado, aceptando de plena conformidad y sin nada que reclamar por el resultado de las

negociaciones.

QUINTA – Plazo: El plazo de vigencia del presente CONVENIO se estipula en veinticuatro (24) meses

contados a partir de la firma del presente. Este plazo se prorrogara en forma automática por períodos

iguales salvo que ATEM comunique su voluntad en sentido contrario.

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SEXTA – Pago: Me comprometo a pagar todas las órdenes de descuento que se originen por las

obligaciones asumidas en este convenio con ATEM, en sus plazos, moneda, modalidades y demás términos

y condiciones indicados en las mismas. Tomo conocimiento y acepto de plena conformidad que las órdenes

de descuento se descontaran directamente de mis haberes y/o por debito automático. En caso de no ser

posible el descuento por haberes y/o debito automático, por causa ajena a ATEM, me comprometo a

abonar el SCM y cualquier otro concepto utilizado, directamente en la sede de ATEM. De no cumplir con

dicho pago, seré responsable por los montos adeudados, intereses y gastos, daños y perjuicios que

correspondan, sin perjuicio de las demás responsabilidades que se deriven de mi incumplimiento.

SEPTIMA – Incumplimiento: Acepto de plena conformidad que la falta de pago de cualquier concepto, en

la fecha de vencimiento consignado en las órdenes de descuento correspondientes producirá la mora

automática, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial alguna, y facultara a ATEM a demandar la

totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido.

OCTAVA – Finalización Anticipada: Tomo conocimiento y acepto que la bonificación parcial o total en el

cargo de activación del SCM que me fuera otorgada por CLARO, se encuentra condicionada a mi

permanencia en el convenio establecido con ATEM durante un plazo no menor a veinticuatro (24) meses,

contados a partir de la fecha de activación del SCM. Por tal motivo, en caso de terminación, resolución o

rescisión del presente acuerdo, por cualquier causa, dentro del plazo precedentemente indicado, me obligo

a abonar a CLARO un importe equivalente a: (i) el 100% del valor del cargo de activación si dicha

terminación, resolución o rescisión se produjere durante los primeros doce (12) meses del plazo indicado y

(ii) el 50% del valor del cargo de activación si la misma se produjere entre el decimosegundo (12°) y el

vigésimo cuarto (24°) mes del mismo. Si la finalización se produjere con posterioridad al plazo de

veinticuatro (24) meses mencionado, la bonificación otorgada por CLARO se mantendrá en su integridad.

Asimismo, tomo conocimiento y acepto que toda suspensión del SCM, incluyendo pero no limitado a falta

de pago, robo, hurto, pérdida, fraude o cualquier otra causa prevista en esta Solicitud o en la normativa

vigente, suspenderá también el plazo de veinticuatro (24) meses anteriormente indicado, reanudándose

este último en el momento de la reactivación del SCM.

NOVENA – Rescisión: El presente contrato podrá ser rescindido sin causa por cualquiera de las partes

mediante notificación escrita a la otra, con una antelación mínima de: (i) treinta (30) días si quien decide

rescindir es el AFILIADO y (ii) sesenta (60) días si quien decide rescindir es ATEM. Se entiende que la

rescisión por parte del AFILIADO no lo exime del cumplimiento de las obligaciones expresamente previstas

en el presente acuerdo. Asimismo, el presente acuerdo podrá ser rescindido con causa por CLARO de

verificarse los extremos descriptos en la cláusula 4 del presente.

DECIMA – Renuncia: Mientras permanezca vigente el presente convenio no podre renunciar a mi afiliación

a ATEM. Tomo conocimiento y acepto de plena conformidad que la solicitud de la renuncia a la afiliación a

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ATEM, por cualquier causa mientras permanezca vigente el presente convenio, significara la aplicación de lo

establecido en la clausula OCTAVA para caso de finalización, resolución o rescisión del presente convenio

DECIMO PRIMERA – Equipo: Me comprometo a usar el Equipo de acuerdo con las normas legales y

reglamentarias vigentes. En caso de robo, hurto y/o pérdida del Equipo, me comprometo a realizar la

correspondiente denuncia policial y a denunciar en forma veraz e inmediata dicha circunstancia a ATEM a

fin de evitar el uso fraudulento del mismo, siendo el AFILIADO responsable hasta dicho momento del

consumo realizado. A partir de ese momento ATEM procederá a suspender el SCM, sin derecho a reclamo

alguno por parte del AFILIADO, y este último deberá abonar mensualmente a CLARO un monto mínimo de

treinta pesos ($30) y máximo el equivalente a un abono del plan de precios asociado a dicha línea, hasta

tanto el AFILIADO reactive la línea.

DECIMO SEGUNDA – Entrega Equipo: ATEM me hace entrega de un teléfono celular marca………….………..,

modelo……………………, numero de serie………………….....; haciéndome responsable a pagarlo en…….cuotas

iguales y consecutivas de $..........

DECIMO TERCERA – Domicilios: El AFILIADO constituye como domicilio legal a los efectos del convenio el

arriba indicado, el que subsistirá aun cuando mude el mismo salvo que notifique fehacientemente su nuevo

domicilio a ATEM, en el plazo de cinco (5) días hábiles, y reconoce tener por validas las notificaciones

judiciales o extrajudiciales en ellos efectuadas; y ATEM, en calle San Luis Nº 2854 de la ciudad de Santa Fe.

Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, y el AFILIADO

renuncia expresamente por el presente a cualquier otro fuero o jurisdicción y al derecho de recusación sin

causa en las acciones que promueva ATEM.-

En Santa Fe, a los ……….días de…………….. de 20…..

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Firma del Solicitante Responsable Aclaración (Apellido y Nombre)