Ccopyright y Creative Comm

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Relación entre el Copyright, Copileft y el creative Commons: Dilema Ético Por: HERIBERTO GONZALEZ TEHERAN Ambientes virtuales 1 de la Universidad Santo Tomás VUAD Octubre 2015 OCTUBRE - 2015

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CONCLUSIONES GENERALESA lo largo del desarrollo de la guía pude abordar temas en relación a la WEB 2.0, tecnologías de la Información y Comunicación, uso y aplicabilidad de Software Libre, Prueba de aplicaciones y derechos de autor, de una manera expresa y sistematizada con una metodología de tipo cualitativo-descriptivo que se limita al aspecto fisiológico del fenómeno que se estudia. La deducción de las temáticas se sumergió de lo General a lo Particular, en la cita de autores, la referencia de fuentes primarias de observación y la puesta en marcha de análisis e interpretaciones de artículos. Es más que grato afirmar el completo desarrollo que he adquirido en distintas áreas de las TIC en la formación virtual, en el uso de plataformas, herramientas de procesadores de textos, normas básicas de estructura de párrafos y demás elementos que ayudarán a construir un perfil integro con el objetivo de encauzar constantemente mi profesión hacia la obtención de resultados personales, sociales y familiares.

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Relación entre el Copyright, Copileft y el

creative Commons: Dilema Ético

Por:

HERIBERTO GONZALEZ TEHERAN

Ambientes virtuales 1 de la

Universidad Santo Tomás VUAD

Octubre 2015

OCTUBRE - 2015

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ANTECEDENTES y MARCO TEÓRICO DE LAS NORMAS QUE RIGEN LOS

DERECHOS DE AUTOR

En la antigüedad no existían los derechos de autor, todos los documentos existían

bajo el dominio público y todas las personas podían copiar y citar los textos sin

ningún impedimento, esta práctica permitió preservar muchos documentos de la

antigüedad que pudieron ser eliminados en las quemas de libros de emperadores

y gobiernos autoritarios. No fue sino hasta finales 1710 cuando inician las leyes de

derechos de autor. El Estatuto de la Reina Ana, de origen británico, de 1710, cuyo

título completo es “Ley para el Fomento del Aprendizaje, al permitir las copias de

libros impresos por los autores o de los compradores de tales copias, durante los

tiempos mencionados en la misma”, fue el primer reglamento que concibió de

forma legal los derechos de autor.

En este estatuto la duración de la protección de derechos de autor era de 14 años,

pero este duración se podía aumentar por otros 14 años si el autor todavía seguía

con vida (las obras anteriores a este estatuto, una vez registradas obtenían una

protección de 21 años).

¿En qué ha cambiado la normatividad de derechos de copia?

Tras diferentes cambios en estas leyes, la mayoría de países contaban con una

duración de los derechos de autor de 50 años, pero en 1998 el Congreso de los

Estados Unidos aprobó la Sonny Bono Copyright Term Extension Act la cual fue

firmada como ley por el presidente Clinton. La legislación extiende la protección de

derechos de autor por veinte años más, lo que resulta en un plazo de copyright

global garantizada de setenta años después de la muerte del creador. El proyecto

de ley fue presionado fuertemente por empresas como Disney, y apodado como la

ley de protección de Mickey Mouse.

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¿Qué es una licencia?

La licencia es el conjunto de condiciones bajo las cuales el autor decide que su

obra sea usada. Es importante saber que por defecto una obra viene licenciada

con Copyright, la licencia más restrictiva.

Cualquier autor puede licenciar su obra listando las condiciones que desea de

forma visible y clara, pero para no tener que licenciar las obras uno mismo, varias

entidades han creado licencias que se adaptan a las necesidades de cada uno. La

más conocida es Creative Commons de la que hablamos más abajo.

CopyRight

Esta licencia es la más usada hoy en día además de ser la

más restrictiva. Solamente el autor de la obra tiene derecho a utilizarla, si

alguna otra persona o entidad quiere hacer uso de esta obra, tiene que pagar

al autor y pedirle permiso. Como ya he mencionado una obra sin ningún tipo de

licencia por defecto viene con Copyright.

CopyLeft

La otra cara de la moneda, la licencia Copyleft es el opuesto

al Copyright. Una obra bajo licencia Copyleft puede ser distribuida,

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modificada, copiada o incluso hacer un uso comercial de esta ( esto ultimo si

el autor lo desea ) sin ningún problema.

Pero para entender bien este tipo de licencia tenemos que viajar unos años atrás y

analizar el contexto en el que empezó este movimiento e ideología. En concreto

viajamos a los años 80 donde el polémico Richald Stallman inicio el desarrollo del

sistema operativo GNU (GNU no es UNIX) para hacer frente al sistema de

carácter privativo UNIX. Poco tiempo después fundó la organización sin ánimo de

lucro Free Software Foundation para coordinar el esfuerzo. Estableció el concepto

de Copyleft, que fue utilizado en la Licencia Pública General GNU

(conocida como la «GPL») en 1989. De esta forma se cimentaron las bases que

rigen hoy en día el Software Libre.

La Fundación para el software libre (FSF) se dedica a eliminar las restricciones

sobre la copia, redistribución, entendimiento, y modificación del Software . Con

este objeto, promociona el desarrollo y uso del software libre en todas las áreas de

la computación, pero muy particularmente, ayudando a desarrollar el sistema

operativo GNU.

“Que las empresas tengan especial influencia en la política significa que la

democracia está enferma. El propósito de la democracia es asegurarse de que los

ricos no tengan una influencia proporcional a su riqueza. Y si tienen más influencia

que tú o que yo, eso significa que la democracia está fallando. Las leyes que se

obtienen de esta forma no tienen autoridad moral, sino la capacidad de hacer

daño.”

-Richarld Stallman

Maravilloso planteamiento de Richard, que refleja la cruda realidad de las

sociedades actuales y la burda justicia parcial existente que favorece a las clases

privilegiadas generando normas que afectan a las más oprimidas.

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LAS 4 LEYES DEL MOVIMIENTO DEL SOFTWARE LIBRE

1. CopyLeft fuera del software, cultura libre

El concepto Copyleft nació bajo el contexto del software, pero gracias al

movimiento cultura libre las licencias tipo Copyleft se adaptaron para que también

protegieran obras culturales ( Científicas, literarias y artísticas ). La cultura libre

está conformada por cuatro diferentes tipos de corrientes de pensamiento: El

dominio público, el Copyleft, las licencias Creative Commons y las licencias de

software libre.

Uno de los problemas que ha ocasionado adaptar estas licencias a todo tipo de

obras ha sido que a diferencia del software, algunas obras de tipo cultural no

pueden ser modificadas y compartidas bajo la misma licencia, que es una de las 4

leyes del movimiento del software libre. Por este motivo alguna de las licencias

de Creative Commons no cumplen con todos los puntos del software libre y es

necesario revisar si se cumple con las 4 leyes para asegurarnos que cumplimos

con esta ideología.

Creative Commons

Fundada en el año 2001 en San Francisco, esta organización

nace con la misión de ofrecer soporte técnico y legal a un movimiento que

promueve la necesidad de acceso libre a la investigación, la educación y la

participación cultural para impulsar una nueva era de desarrollo, crecimiento y

productividad. En 2002 se crea la primera edición de las licencias Creative

Commons con la idea de promover la filosofía de la cultura libre y ofrecer una

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herramienta legal que permita a autores y creadores compartir voluntariamente su

trabajo.

La primeras licencias CC se crearon bajo el marco legal estadounidense pero hoy

en día se extienden hasta aproximadamente 70 jurisdicciones, además según

Creative Commons existen más de 400 millones de obras bajo las licencias CC.

A pesar de todo esto es importante tener en cuenta que Creative Commons no

ofrece servicios legales del tipo abogado-cliente como bien advierten en su página

web.

2. Licencias Creative Commons

En las licencias Creative Commons existen 4 módulos a tener en cuenta, uno fijo

y tres variables. A partir de estos 4 módulos se pueden generar 6 tipos de

combinaciones posibles.

Módulo fijo:

Atribución (BY): El reconocimiento de la autoría es un derecho moral

irrenunciable por parte del autor y todas las licencias deben respetarlo y aplicarlo

siempre.

Módulos variables:

Compartir Igual (SA): permite obras derivadas bajo exactamente la misma

licencia o una similar (una licencia CC más actualizada o de otra jurisdicción)

No uso Comercial (NC): prohíbe que a obra sea utilizada con fines

comerciales directos o indirectos (ej: hilo musical en un negocio)

No Obras Derivadas (ND): no permite modificar de forma alguna la obra. (ej.

Traducción de una obra literaria)

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Las 6 combinaciones posibles:

Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra,

incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la

distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.

Reconocimiento – NoComercial (by-nc): Se permite la generación de

obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede

utilizar la obra original con finalidades comerciales.

Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): No se

permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la

distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la

obra original.

Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): No se

permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial

de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe

hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso

comercial de la obra pero no la generación de

obras derivadas.

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Formatos de las licencias:

Una vez elegida la licencia tenemos 3 formatos en los que podemos expresarla:

Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los

iconos relevantes.

Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has

escogido.

Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los

motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones

de uso.

¿Cómo generar una licencia?

En la web de Creative Commons tenemos una herramienta interactiva que nos

ayuda a elegir y generar la licencia para nuestra obra según nuestras

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necesidades, además esta herramienta nos va indicar si la licencia que estamos

eligiendo es una licencia de Cultura libre o si no cumple con los requisitos.

Semáforo de las licencias

En la siguiente imagen podemos apreciar el nivel de restricción de las licencias,

empezando desde arriba, las más restrictiva ( Copyright ) hasta la más libre (

Dominio público ). También se puede apreciar como solo algunas de las licencias

de CC cumplen con la ideología de Cultura Libre y Copyleft.

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Mapa conceptual

Gracias a la oficina de software libre de la universidad de Santiago de Compostela

tenemos este magnífico mapa que explica de forma esquemática la relación de

todo lo que hemos hablado en el documento.

CONCLUSIÓN Y OPINIÓN PERSONAL

Parece que bajo el sistema económico actual es inconcebible que una licencia

como el Copyright deje de existir, todo se basa en el capital y cuando alguien crea

algún tipo de obra quiere un beneficio económico a cambio. Es una de las bases

que rigen la economía actual, pero también tenemos que analizar el efecto

negativo que esto causa en el desarrollo e innovación.

Las grandes empresas crean patentes para impedir que nadie utilice sus ideas y

demandan a quien se le ocurra hacerlo, esto crea un ecosistema de grandes

empresas en guerra permanente que gastan más dinero en abogados y multas

que en desarrollar nuevas ideas. Creo que es imposible funcionar de otra forma en

el capitalismo, pero imaginaros un sistema en el que todas las ideas fueran

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compartidas y que no existieran restricciones de tipo Copyright, el avance seria

exponencial y junto con el poder de compartir que ofrece Internet veríamos como

la sociedad avanza sin ningún tipo de limitación y como todo el conocimiento

existente esta en manos de dominio publico.

Actualmente ya existen proyectos que funcionan de esta forma, el sistema

operativo Linux funciona de forma libre y comunitaria. Su éxito es innegable

teniendo en cuenta que casi todo el mundo tiene un móvil Android basado en un

kernel Linux o viendo como diariamente nos conectamos a servidores Linux de

empresas como Twitter, Facebook y un largo etc. También el top de

supercomputadoras esta monopolizado por sistemas Linux. Además hay

empresas que sacan un beneficio económico bastante notable como puede ser

Red Hat funcionando bajo la filosofía del Software Libre, porque tenemos que

recordar que el free de Free Software quiere decir libre, no gratis.

Otro buen ejemplo de éxito de un proyecto bajo licencias

abiertas es Wikipedia, gracias al sistema de colaboración de Wikipedia sea

conseguido la mayor enciclopedia conocida, tenemos que tener en cuenta que han

existido muchos proyectos similares bajo licencias Copyright ( Encarta de

Microsoft, enciclopedias físicas… ) que simplemente han sido barridas por esta

enciclopedia libre. El porque es sencillo, un proyecto de esta magnitud en el que

cualquier persona puede colaborar y contribuir tiene muchas más posibilidades de

no solo ser más completa, si no también más fiable. Además podemos acceder a

toda esta información sin ningún tipo de restricción, el punto clave del éxito de

Wikipedia.

Proyectos como el de Creative Commons o la Free Software Foundation hacen

grandes esfuerzos para impulsar una sociedad libre y comunitaria, además

tenemos que tener en cuenta que en muchos casos el objetivo de nuestras obras

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no tiene porque ser conseguir un beneficio económico y sin este tipo de licencias,

compartir nuestras obras es algo casi imposible ( es algo ilegal ).

En mi opinión tenemos el concepto de la propiedad de obras tipo Copyright muy

arraigado y haría falta un gran cambio para que licencias tipo Copyleft se vuelvan

el estándar, aun así hoy en día cada vez más proyectos se unen a esta ideología y

puede que en un futuro veamos empresas poderosas adoptando este sistema o

puede que empresas pequeñas se hagan grandes bajo estas premisas libres.

CONCLUSIONES GENERALES

A lo largo del desarrollo de la guía pude abordar temas en relación a la WEB 2.0,

tecnologías de la Información y Comunicación, uso y aplicabilidad de Software

Libre, Prueba de aplicaciones y derechos de autor, de una manera expresa y

sistematizada con una metodología de tipo cualitativo-descriptivo que se limita al

aspecto fisiológico del fenómeno que se estudia. La deducción de las temáticas se

sumergió de lo General a lo Particular, en la cita de autores, la referencia de

fuentes primarias de observación y la puesta en marcha de análisis e

interpretaciones de artículos. Es más que grato afirmar el completo desarrollo que

he adquirido en distintas áreas de las TIC en la formación virtual, en el uso de

plataformas, herramientas de procesadores de textos, normas básicas de

estructura de párrafos y demás elementos que ayudarán a construir un perfil

integro con el objetivo de encauzar constantemente mi profesión hacia la

obtención de resultados personales, sociales y familiares.