CARRERA DE FINANZAS Y AUDITORÍAfinanzas-el.espe.edu.ec/wp-content/uploads/file/Inducción...

62
PatoM. CARRERA DE FINANZAS Y AUDITORÍA PROCESO DE INDUCCIÓN

Transcript of CARRERA DE FINANZAS Y AUDITORÍAfinanzas-el.espe.edu.ec/wp-content/uploads/file/Inducción...

PatoM.

CARRERA DE FINANZAS Y AUDITORÍA

PROCESO DE INDUCCIÓN

PatoM.

PatoM.

PatoM.

Director de la Carrera

PatoM.

.

Ing. Julio César Tapia León

[email protected]. Oficina: 032810206 Ext 4386

Movi: 0995222775

- Director de Carrera de Finanzas y Auditoría (24-abril-2015)

- Coordinador de la maestría de Gestión de empresas mención PYMES

- Docente Tiempo completo de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE

- Docente agregado del Instituto de Altos Estudios IAEN

- Director de carrera de Finanzas y Auditoria

- Ingeniero Comercial

- Licenciado en Administración de Empresas

- Magister Ejecutivo en Dirección de Empresas con énfasis en Gerencia Estratégica

- Magister en Gestión de Empresas, mención PyMES

PatoM.

.

Justificación de la Carrera

PatoM.

.

Reseña histórica de la Carrera

PatoM.

.

La carrera de Finanzas y Auditoría tiene sus inicios en el año de 1982

cuando se crea el Instituto de Administración Industrial en la Escuela

Politécnica del Ejército ESPE con la finalidad de formar y especializar en

el campo administrativo al personal militar en servicio activo. El 17 de

noviembre de 1986 se crea la facultad de Ingeniería Comercial. El 6 de

octubre de 1999 toma la denominación de Facultad de Ciencias

Administrativas con las carreras de: Ingeniería Comercial, Ingeniería en

Mercadotecnia e Ingeniería en Finanzas – Contador Público Auditor. El 4

de agosto del 2005 se crea la carrera de Finanzas y Auditoría

autorizada por el CONESUP mediante of. 3549.

Objeto de estudio de la carrera

PatoM.

.

La carrera de Finanzas y Auditoría, estudia los sistemas integrados de los

procesos contables, financieros y de control, basados en la normativa

profesional, legal y ética vigente, y su aplicación, en los diferentes

entornos de las organizaciones, conjuntamente con las teorías

fundamentales de las ciencias administrativas, contables y de auditoría,

apoyándose en las tecnologías de información y comunicación.

Visión de la carrera

PatoM.

.

Líder en la gestión del conocimiento en el área administrativa financiera en

el sistema nacional, con reconocimiento académico a nivel regional,

nacional; y, formación integral, que contribuyan al desarrollo

autosostenible del individuo en la sociedad, a través de la preparación del

recurso humano calificado

Misión de la carrera

PatoM.

Formar profesionales e investigadores de excelencia, creativos,

humanistas con capacidad de liderazgo para resolver problemas

económicos, financiero – contables, administrativos y de control de

instituciones públicas y privadas con criterio profesional técnico y alta

conciencia ciudadana, que coadyuven al desarrollo regional y nacional del

país, acorde al plan nacional de desarrollo.

Titulo que otorga

PatoM.

.

Licenciado en Finanzas, Contador Público - Auditor

Duración en semestres: 9 (nueve)

Duración en años: 4.5 años

Modalidad de estudio: Presencial

PatoM.

.

El Licenciado en Finanzas, Contador Público-Auditor, es un profesional integral

con una formación científico-técnica y humanista del más alto nivel, con

conciencia social, respetuoso de los derechos humanos y el ambiente;

líder y emprendedor con actitud prepositiva que responde a las exigencias

actuales de un mundo globalizado, siendo partícipe activo de su desarrollo.

Perfil Profesional

PatoM.

.

Puede laborar en cargos como Gerente Financiero, Director Financiero,

Analista Financiero, Contador de Costos, Jefe de Presupuestos, Jefe de

Cartera, Jefe de Inversiones, Jefe de Riesgos, Tesorero, Contralor, Contador

General, Auditor Interno, Auditor Externo, Comisario, Perito en su ámbito,

Consultor en los campos financiero, contable y de auditoría, Empresario

Independiente, docente educación media y superior, ocupaciones afines, entre

otras.

Campo ocupacional

Micrositio

PatoM.

.

http://finanzas-el.espe.edu.ec/

Malla

PatoM.

.CADM_10123

CADM_24059 4

EJES DE FORMACIÓN

CADM_14024 CADM_24059 CADM_24049

PREPO 4 CADM_14024 4 CADM_14024 4

CHUM_10033

PREPO 4

CHUM_12041

PREPO 4

CADM_15098 CADM_25132

EXCT_11085 4 CADM_15098 4

EXCT_11068 EXCT_11081

4 EXCT_11068 4

EXCT_11085 EXCT_11108 EXCT_11111

PREPO 4 EXCT_11085 4 EXCT_11108 4

COMP_10014 EXCT_21007

PREPO 4 4

CADM_10011 CADM_10108 CADM_10007

PREPO 4 CADM_10011 4 CADM_10108 4

CHUM_10013 CHUM_13108

PREPO 2 4

CHUM_14054

PREPO 2

TOTAL DE CRÉDITOS POR PERÍODO ACADÉMICO

28 24 28

FORMACIÓN HUMANA Y SOCIALES

Comunicación Oral y Escrita

Metodología de la Investigación

Educación Física (modalidad presencial)

FORMACIÓN PARA LA GESTION

Administración Organizaciòn y sistemasAdministración de

Recursos Humanos

Matemática Financiera

FORMACIÓN CIENCIAS EXACTAS

Y COMPUTACION

Estadística Descriptiva Estadística Inferencial

Matematica para la Administracion

Matematica I Matematica II

Computación Avanzada

Microeconomía Macroeconomía

Derecho Mercantil y Societario

Derecho Laboral

FORMACIÓN PROFESIONAL

Contabilidad I Contabilidad II Contabilidad de Costos I

1ro. NIVEL 2do. NIVEL 3er. NIVEL

CHUM_13108

PROYECTO INTEGRADOR I

Aplicación del proceso contable en una empresa comercial

GENERALIZADORA PARA LA ETAPA

Aplica la normativa contable, laboral, mercantil y societaria para la creación y gestión de las organizaciones

1era. ETAPA DE FORMACION

UNIDAD DE COMPETENCIA

CADM_14024 CADM_24059 CADM_24049

PREPO 4 CADM_14024 4 CADM_14024 4

Contabilidad I Contabilidad II Contabilidad de Costos I

1ro. NIVEL 2do. NIVEL 3er. NIVEL

Revisar el cumplimiento de pre requisitos

Malla

PatoM.

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_14024 CONTABILIDAD I 4

CHUM_10033 DERECHO LABORAL 4

CHUM_12041 DERECHO MERCANTIL Y SOCIETARIO 4

EXCT_11085 MATEMÁTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN 4

COMP_10014 COMPUTACIÓN AVANZADA 4

CADM_10011 ADMINISTRACIÓN 4

CHUM_10013 COMUNICACIÓN ORAL Y ESCRITA 2

CHUM_14054 EDUCACIÓN FÍSICA 2

1º NivelCODIGO ASIGNATURA NUEVA

No. DECRÉDITOS

CADM_24059 CONTABILIDAD II 4

CADM_15098 MICROECONOMÍA 4

EXCT_11068 ESTADÍSTICA DESCRIPTIVA 4

EXCT_11108 MATEMÁTICA I 4

CADM_10108 ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS 4

CHUM_13108 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 4

2º Nivel

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_24049 CONTABILIDAD DE COSTOS I 4

CADM_25132 MACROECONOMÍA 4

EXCT_11081 ESTADISTICA INFERENCIAL 4

EXCT_11111 MATEMÁTICA II 4

EXCT_21007 MATEMATICA FINANCIERA 4

CADM_10007ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

4

CADM_10123 PROYECTO INTEGRADOR I 4

3º Nivel

4º Nivel

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_34028 CONTABILIDAD DE COSTOS II 4

CADM_24061 CONTABILIDAD SUPERIOR 4

CADM_22064GESTIÓN DE CONTROL INTERNO Y DE RIESGO

4

CADM_26014 ADMINISTRACIÓN FINANCIERA I 4

CHUM_22101 LOAFYC 4

CADM_28124 INVESTIGACIÓN OPERATIVA I 4

CADM_37110 MERCADOTECNIA 4

5º Nivel

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_34030 CONTABILIDAD GERENCIAL 4

CADM_32019 AUDITORIA FINANCIERA I 4

CADM_36012 ADMINISTRACIÓN FINANCIERA II 4

CHUM_22016 DERECHO TRIBUTARIO 4

SEGD_30003 LIDERAZGO 2

SEGD_11004 REALIDAD NACIONAL Y GEOPOLÍTICA 3

CHUM_30012 APRECIACION A LA PINTURA 2

CADM_33001 COSO II - ERM 2

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_34032 CONTABILIDAD AGRÍCOLA 4

CADM_32022 AUDITORIA FINANCIERA II 4

CADM_36013 ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA 4

CADM_34173 TRIBUTACIÓN 4

CADM_36084 INSTITUCIONES FINANCIERAS 4

CADM_2I068 DESARROLLO DE EMPRENDEDORES 2

CADM_10131 PROYECTO INTEGRADOR II 4

CADM_36119 MICROFINANZAS 2

6º Nivel

Malla

PatoM.

7º Nivel 8º Nivel 9º NivelCODIGO ASIGNATURA NUEVA

No. DECRÉDITOS

CADM_34033CONTABILIDAD BANCARIA Y DE SEGUROS

4

CADM_32020 AUDITORIA INTERNA 4

CADM_25183 SEGUROS 4

CADM_33026 COMERCIO INTERNACIONAL 4

CADM_3I074 GESTIÓN EMPRESARIAL 4

CADM_20166 PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA 4

CHUM_30003 APRECIACION A LA ESCULTURA 2

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_32025 AUDITORIA INFORMÁTICA 4

CADM_32023 AUDITORIA FORENSE 4

CADM_36174 VALORACIÓN DE EMPRESAS 4

CADM_36052 FINANZAS INTERNACIONALES 4

CADM_36118 MODELOS DE SIMULACIÓN FINANCIERA 4

CADM_3I070 GESTIÓN DE LA CALIDAD 4

CADM_26078 DISEÑO Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS 4

CADM_20197 BALANCE SOCORE CARD 2

CODIGO ASIGNATURA NUEVANo. DE

CRÉDITOS

CADM_32024 AUDITORIA DE SGC 4

CADM_36109 MERCADO DE VALORES 4

CADM_36054 GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS 4

CADM_46005 ESTRATEGIAS FINANCIERA 4

CHUM_33057 ÉTICA PROFESIONAL 4

CADM_30002 PROYECTO INTEGRADOR III 4

CHUM_30007 APRECIACION A LA LITERATURA 2

Actividades

Deportivas

Actividades

Deportivas

Actividades

Académicas

Actividades

Investigación

Actividades

Vinculación

Actividades

Convenios

Actividades

Ponencias

Actividades

Reconocimientos

Actividades

Premios

Actividades

Giras técnicas

Actividades

Concursos

Actividades

Sociales

PatoM.

CARRERA DE FINANZAS Y

AUDITORÍA

PROCESO DE INDUCCIÓN

PLANIFICACIÓN ACADÉMICA

PatoM.

CALENDARIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS 2017, MODALIDAD PRESENCIAL

PLANIFICACIÓN ACADÉMICA

PatoM.

CALENDARIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS 2017, MODALIDAD PRESENCIAL

CEREMONIA CÍVICAS

PatoM.

Los días lunes se realiza el momento cívico y se debe estar 15 minutos antes la hora

de inicio para la respectiva formación.

Se cerrarán las puertas a las 06H45 y no se podrá ingresar sino hasta la segunda

hora de clases.

La participación de la comunidad universitaria es obligatoria, la ausencia de algún

miembro se considerará como falta de acuerdo a las leyes y reglamentos vigentes.

Guardar compostura y respeto para para quien hace uso de la palabra

.

FORMACIÓN DE TERCER NIVEL

PatoM.

Art. 9 del RRA Formación de Tercer Nivel de Grado

a.- Licenciaturas y afines.- Forman profesionales capaces de analizar, planificar,

gestionar y evaluar modelos y estrategias de intervención en los campos

profesionales asociados a las ciencias básicas, sociales, de la educación, de la

salud, humanidades y artes. Estos profesionales son capaces de diseñar, modelizar

y generar procesos de innovación social y tecnológica…

• Licenciatura en Finanzas y Auditoría (Octubre 2015)

• Licenciatura en Contabilidad y Auditoría (Rediseño)

PatoM.

LINEAMIENTOS

PatoM.

ART. 134 .- DEBERES.

RESPETAR A LAS AUTORIDADES, PROFESORES , SERVIDORESPÚBLICOS, TRABAJADORES Y DEMÁS ESTUDIANTES.

CUMPLIR CON LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS,CULTURALES, SOCIALES, DEPORTIVAS, ETC.

SE PROHÍBE EL PROSELITISMO POLÍTICO O RELIGIOSO.

PatoM.

ART. 134 .- DEBERES.

CUIDAR LA LIMPIEZA Y CUIDADO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE LA ESPE.

PONER EN CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES LOS PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN QUE

TUVIERE CONOCIMIENTO.

CUMPLIR CON LOS COMPROMISOS CONTRAÍDOS CON LA INSTITUCIÓN.

CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LOES, CÓDIGO DE ÉTICA INSTITUCIONAL Y NORMATIVA INTERNA VIGENTE

PatoM.

Derechos Art. 135

ACCEDER, MOVILIZARSE, PERMANECER, EGRESAR Y TITULARSE SIN DISCRIMINACIÓN.

ACCEDER A UNA EDUCACIÓN SUPERIOR LAICA DE CALIDAD Y PERTINENTE EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE SU CARRERA.

ELEGIR Y SER ELEGIDOS PARA LAS REPRESENTACIÓN ESTUDIANTILES E INTEGRAR EL COGOBIERNO.

RECIBIR LOS GRADOS, TÍTULOS, CERTIFICADOS, PREMIOS, BECAS QUE SEAN ACREEDORES.

PatoM.

Artículo 127.CAUSAS DE REPROBACIÓN DE ASIGNATURAS

SE REPRUEBA UNA O VARIAS ASIGNATURAS POR LAS SIGUIENTES CAUSAS:

A. BAJO RENDIMIENTO.(menos de 14

puntos)

B. EXCESO DE FALTAS. (20%)

C. SANCIÓN DISCIPLINARIA.

PatoM.

Artículo 98 RRANÚMERO MÁXIMO DE MATRICULAS

Se concederá hasta segunda matricula en cada asignatura en condiciones

normales y excepcionalmente hasta tercera matricula en los siguientes casos

PatoM.

EN CASO DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD MINIMA DEL 25% NO SE LE CONSIDERA EL MAXIMO DE TRES ASIGNATURAS.

CUANDO EL ESTUDIANTE NO ALCANZA EL 80% DE LOS CREDITOS INDICADOS, SIEMPRE YCUANDO TENGA COMO PROMEDIO MINIMO EL 50% DEL PUNTAJE MAXIMO ESTABLECIDOEN LA ASIGNATURA REPROBADA(S). SE CONSEDERA MAXIMO TRES ASIGNATURAS EN SUHISTORIAL ACADEMICO.

CUANDO UN ESTUDIANTE COMPLETE POR LO MENOS EL 80 % DE LOS CRÉDITOS DEL TOTALDE LA MALLA CURRICULAR DE SU CARRERA.

PatoM.

REFORMA AL ESTATUTO DE LA ESPE

Los estudiantes con tercera matricula únicamente podrán cursar dichas asignaturas, y

no existirá opción a examen de gracia o mejoramiento.

No podrán cambiar de carrera cuando la asignatura, módulo o proyecto integrador en

la que agotó tercera matricula, exista o sea equivalente en la otra carrera.

En el caso de que un estudiante con segunda o tercera matricula ya no pueda

continuar sus estudios en la carrera con impedimento, puede solicitar cambio de

carrera donde no exista la asignatura con impedimento, previo a la realización del

proceso de cambio de carrera, se sugiere acercarse la Unidad de Bienestar

Estudiantil de la Universidad, para que reciban una orientación profesional de una

carrera a fin, con la finalidad de que el estudiante no fracase en la nueva carrera.

PatoM.

DISPOSICIONES GENERALES

DÉCIMA TERCERA.- Si un estudiante hubiese reprobado por tercera vez una

determinada asignatura, no podrá continuar, ni volver a empezar la misma carrera en

la misma lES en cuyo caso podrá solicitar su ingreso en otra lES. En el caso de la

educación superior pública, si un estudiante reprueba una misma asignatura luego de

obtener una tercera matrícula en la misma lES o en otra lES pública, perderá la

gratuidad para seguir una nueva carrera. Se exceptúan de lo dispuesto aquellos

estudiantes que cambien de carrera por única vez, cuyas asignaturas, cursos o sus

equivalentes puedan ser homologados ya sea en la misma IES u otra IES.

La presente disposición no es aplicable para las asignaturas destinadas al

aprendizaje de una lengua extranjera siempre y cuando no formen parte del plan de

estudios de la carrera.

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

PatoM.

LINEAMIENTOS

• Los señores Docentes NO deben excluirles a los alumnos con segunda matrícula,

que se encuentren reprobados en el II parcial, por cuanto si ellos al final del

período completan el 50% del puntaje establecido en o las asignaturas

reprobadas (máximo tres a lo largo de su carrera), podrán optar por una

tercera matrícula.

PatoM.

Artículo 36 RRAANULACIÓN DE MATRICULAS

Artículo 36.- Anulación de matrícula.- El órgano colegiado académico

superior podrá declarar nula una matrícula cuando ésta haya sido realizada

violando la ley y la normativa pertinente.

PatoM.

Artículo 37 RRARETIRO DE ASIGNATURAS

De una o varias asignaturas, en un período académico ordinario, en un plazo

de hasta 30 días contados a partir de la fecha de inicio de las actividades

académicas.

Por situaciones fortuitas o de fuerza mayor debidamente documentadas

que impidan la culminación del período académico; estos casos serán

conocidos y aprobados por la instancia correspondiente en cada IES en el

momento que se presenten.

PatoM.

LINEAMIENTOS

DISPOSICIÓN GENERAL VIGÉSIMA RRA CAMBIO DE CARRERA

a) En la misma IES, por una sola ocasión, una vez que haya cursado y aprobado todas las

asignaturas de al menos un periodo académico, de las cuales mínimo una asignatura

pueda ser homologada.

b) A otra IES pública, por una sola ocasión, una vez que haya cursado al menos dos

periodos académicos y haya aprobado asignaturas que puedan ser homologadas.

c) De una IES particular a una pública siempre que rinda el ENES y obtenga el puntaje

requerido para la carrera receptora.

PatoM.

LINEAMIENTOS

PÉRDIDA DE GRATUIDAD

La gratuidad no aplica en los siguientes casos, lo que incidirá en el valor de su matricula:

Si usted toma menos de 18

créditos (Mínimo el 60% de los créditos del

nivel).

Si usted registra una asignatura reprobada.

Asignaturas de una segunda o más carreras.

Cuando ha reprobado el 30% o mas de

los créditos del record

académico.

Si usted se cambia de carrera por mas de una

vez.

PatoM.

LINEAMIENTOS

• Los estudiantes no pueden matricularse nuevamente en asignaturas que ya

fueron aprobadas anteriormente, para completar el número de créditos por la

gratuidad.

• Los estudiantes no podrán tomar más asignaturas optativas de las necesarias,

para completar el número de créditos para la gratuidad.(Pintura, Escultura y

Literatura)

• En la planificación se debe revisar el cumplimiento de los prerrequisitos.

PatoM.

LINEAMIENTOS

Por resolución del Consejo Académico en sesión del 31 de enero de 2013, los

estudiantes que registren una o más asignaturas reprobadas, deberán

matricularse obligatoriamente en las asignaturas reprobadas en la matrícula

inmediata posterior al período en el cual reprobó; pudiendo tomar el número

máximo de créditos permitido para ese período académico. quien no cumpliere

con esta disposición tendrá una restricción de matrícula.

Mínimo de créditos para no perder la gratuidad: 18 créditos

Máximo de créditos permitidos: 32 créditos

PatoM.

LINEAMIENTOS

Es obligatorio realizar la actualizarán de los datos personales .

El acceso al registro de matrícula se habilitará de acuerdo al número de créditos

aprobados, de mayor a menor según el cronograma. Se dará prioridad a los

estudiantes que no tengan reprobada ninguna asignatura en su historia académica.

PatoM.

LINEAMIENTOS

PatoM.

LINEAMIENTOS

De acuerdo a lo establecido en Art. 46 del Reglamento de Régimen Académico, los

estudiantes podrán tomar durante su carrera, hasta un 15% de las asignaturas en

la modalidad de aprendizaje diferente a la que pertenece su Carrera; siempre y

cuando se oferte en la carrera.

PatoM.

LINEAMIENTOS

Los estudiantes que cursan una Carrera y además la suficiencia en un idioma

extranjero, en el Instituto de Idiomas de la Universidad de las Fuerzas Armadas

ESPE; deben matricularse primero en la Carrera y luego en Idiomas.

Los estudiantes repetidores de primer nivel primero deben matricularse en las

materias de primer nivel y después en las de segundo nivel si tiene aprobado los

pre requisitos correspondientes.

PatoM.

L O E S

PRACTICAS PRE PROFESIONALES Y PASANTIAS

Art. 87.- Requisitos previos a la obtención del título.- Como requisito previo a la

obtención del título, los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad

mediante prácticas o pasantías pre profesionales, debidamente monitoreadas, en los

campos de su especialidad, de conformidad con los lineamientos generales definidos

por el Consejo de Educación Superior.

Dichas actividades se realizarán en coordinación con organizaciones comunitarias,

empresas e instituciones públicas y privadas relacionadas con la respectiva

especialidad.

Art. 88.- Servicios a la comunidad.- Para cumplir con la obligatoriedad de los

servicios a la comunidad se propenderá beneficiar a sectores rurales y marginados de

la población, si la naturaleza de la carrera lo permite, o a prestar servicios en centros

de atención gratuita. 160 Horas (desde 8vo nivel)

PatoM.

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

PRACTICAS PRE PROFESIONALES Y PASANTIAS

Artículo 89.- Prácticas pre profesionales.- Son actividades de aprendizaje

orientadas a la aplicación de conocimientos y al desarrollo de destrezas y habilidades

específicas que un estudiante debe adquirir para un adecuado desempeño en su

futura profesión. Estas prácticas deberán ser de investigación-acción y se realizarán

en el entorno institucional, empresarial o comunitario, público o privado, adecuado

para el fortalecimiento del aprendizaje. Las prácticas pre profesionales o pasantías

son parte fundamental del currículo conforme se regula en el presente Reglamento.

240 Horas (desde 4to nivel)

Cada carrera asignará, al menos, 400 horas para prácticas pre profesionales, que

podrán ser distribuidas a lo largo de la carrera, dependiendo del nivel formativo, tipo

de carrera y normativa existente. El contenido, desarrollo y cumplimiento de las

prácticas pre profesionales serán registrados en el portafolio académico.

En la modalidad de aprendizaje dual las prácticas en la empresa o institución de

acogida corresponden a las prácticas pre profesionales.

Artículo 90.- Pasantías.- Cuando las prácticas pre profesionales se realicen bajo

relación contractual y salarial de dependencia, serán reguladas por la normativa

aplicable a las pasantías, sin modificar el carácter y los efectos académicos de las

mismas.

Artículo 91. Prácticas pre profesionales durante el proceso de aprendizaje.- En

la educación superior técnica y tecnológica, o sus equivalentes, y de grado, las

prácticas pre profesionales se podrán distribuir en las diferentes unidades de

organización curricular, tomando en cuenta los objetivos de cada unidad y los niveles

de conocimiento y destrezas investigativas adquiridos.

Artículo 94.- Realización de las prácticas pre profesionales.- Las instituciones de

educación superior diseñarán, organizarán y evaluarán las correspondientes prácticas

pre profesionales para cada carrera. Para el efecto, las lES implementarán programas

y proyectos de vinculación con la sociedad, con la participación de sectores

productivos, sociales y culturales. Estas prácticas se realizarán conforme a las

siguientes normas:

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

PatoM.

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

1. Las actividades de servicio a la comunidad contempladas en los artículos 87 y 88

de la LOES serán consideradas como prácticas pre profesionales. Para el efecto, se

organizarán programas y proyectos académicos que deberán ejecutarse en sectores

urbano-marginales y rurales. Estas prácticas tendrán una duración mínima de 160

horas del mínimo de 400 horas de prácticas pre profesionales establecidas en el

artículo 89 del presente reglamento.

PatoM.

APRENDIZAJE DE UNA LENGUA EXTRANJERA

Artículo 31.- Aprendizaje de una lengua extranjera.- Las asignaturas destinadas a

los aprendizajes de la lengua extranjera podrán o no formar parte de la malla

curricular de la carrera. Sin embargo, las lES garantizarán el nivel de suficiencia del

idioma para cumplir con el requisito de graduación de las carreras de nivel técnico,

tecnológico superior o sus equivalentes y tercer nivelo grado, deberán organizar u

homologar las asignaturas correspondientes desde el inicio de la carrera. La

suficiencia de la lengua extranjera deberá ser evaluada una vez que el estudiante

haya cursado y aprobado el 60% de las asignaturas de la carrera; tal prueba será

habilitante para la continuación de sus estudios, sin perjuicio de que este requisito

pueda ser cumplido con anterioridad.

Para las carreras de nivel técnico y tecnológico superior, se entenderá por suficiencia

en el manejo de una lengua extranjera el nivel correspondiente a B2 del Marco

Común Europeo de referencia para las Lenguas.

Para las carreras de tercer nivelo grado, se entenderá por suficiencia en el manejo de

una lengua extranjera el nivel correspondiente a 81 del Marco Común Europeo de

referencia para las Lenguas.

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

PatoM.

DISPOSICIONES GENERALESVIGENCIA DE ESTUDIOS

QUlNTA.- Si un estudiante no finaliza su carrera o programa y se retira, podrá

reingresar a la misma carrera o programa en el tiempo máximo de 5 años contados a

partir de la fecha de su retiro. Si no estuviere aplicándose el mismo plan de estudios

deberá completar todos los requisitos establecidos en el plan de estudios vigente a la

fecha de su reingreso. Cumplido este plazo máximo para el referido reingreso, deberá

reiniciar sus estudios en una carrera o programa vigente. En este caso el estudiante

podrá homologar asignaturas, cursos o sus equivalentes, en una carrera o programa

vigente, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

REGLAMENTO DE REGIMEN ACADEMICO

PatoM.

Gracias