Carlos a. Sagas Samaniego, Sail, Mapfre

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Daños al vehículo (incendio, choque o volcamiento) Robo, Hurto, Uso No Autorizado Pérdida Total por Daños Responsabilidad Civil Robo de Accesorios Daños por Riesgos de la Naturaleza Daños por Granizo Daños por Sismo Daños materiales por Actos Maliciosos Daños Materiales por la Carga Daños a Terceros por la Carga Defensa Penal Asiento Pasajero (Muerte Accidental) Asiento Pasajero (Invalidez Accidental) Asistencia Mapfre con auto reemplazo ILIMITADO Asistencia en Ruta Resp. Civil en Exceso UF 1,800 Resp. Civil en Exceso UF 4,300 Daños por Viaje al Extranjero Exclusividad de Garage (*) COTIZACION VEHICULOS N° COBERTURA, CONDICIONES, LIMITES Y EXCLUSIONES Validez de la Cotización: 10 días corridos (MEL) ASEGURADO Nombre Completo : Hijos : Rut : MATERIA ASEGURADA Materia Asegurada : Franquicia : Uso : Particular CORREDOR / INTERMEDIARIO Nombre Completo : Sucursal : Coberturas por Producto Flex Master Elemental Balance Flex Sin Ded Cuadro resumen de primas y deducible (UF) Flex Ded 3 Prima Bruta Anual en UF (Contado) PAT Flex Ded 5 Flex Ded 10 Master sin Ded Master Ded 3 Master Ded 5 Master Ded 10 Balance Ded 60 Elemen tal (*)Sólo aplicable a Mercedes Benz, Audi, BMW y Volvo. Hasta UF 700 Hasta UF 700 Hasta UF 700 Hasta UF 700 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Aviso - 12.658.632-9 CHEVROLET SAIL 1.4 MT LS 2012 Patente DSLS14 1.42 16.54 1.43 Asegurado con hijos Sin franquicia aduanera DOC.12 CUOTAS - - - - 12% - E:37 M 1.34 15.63 1.36 DOC.12 CUOTAS Si - - - 1.06 12.35 1.07 - 1.01 11.68 1.02 0.89 10.32 0.90 0.84 9.76 0.85 0.70 8.13 0.71 0.66 7.69 0.67 0.62 7.1 0.62 - - - 0.43 4.9 0.43 - - ELIODORO YAÑEZ 04 DE FEBRERO DE 2014 SAGAS SAMANIEGO CARLOS ALBERTO NICOLAS ANDRES CONDELL ABUMOHOR 8011400031877

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Daños al vehículo (incendio, choque o volcamiento)Robo, Hurto, Uso No AutorizadoPérdida Total por DañosResponsabilidad CivilRobo de AccesoriosDaños por Riesgos de la NaturalezaDaños por GranizoDaños por SismoDaños materiales por Actos MaliciososDaños Materiales por la CargaDaños a Terceros por la CargaDefensa PenalAsiento Pasajero (Muerte Accidental)Asiento Pasajero (Invalidez Accidental)Asistencia Mapfre con auto reemplazo ILIMITADOAsistencia en RutaResp. Civil en Exceso UF 1,800Resp. Civil en Exceso UF 4,300Daños por Viaje al ExtranjeroExclusividad de Garage (*)

COTIZACION VEHICULOS N°

COBERTURA, CONDICIONES, LIMITES Y EXCLUSIONES

Validez de la Cotización: 10 días corridos (MEL)

ASEGURADO

Nombre Completo :

Hijos :

Rut :

MATERIA ASEGURADA

Materia Asegurada :

Franquicia :

Uso : Particular

CORREDOR / INTERMEDIARIO

Nombre Completo :

Sucursal :

Coberturas por Producto Flex Master ElementalBalance

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Cuadro resumen deprimas y deducible (UF)

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Prima Bruta Anual enUF (Contado)

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MasterDed 3

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BalanceDed 60

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(*)Sólo aplicable a Mercedes Benz, Audi, BMW y Volvo.

Hasta UF 700 Hasta UF 700 Hasta UF 700 Hasta UF 700

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Aviso

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12.658.632-9

CHEVROLET SAIL 1.4 MT LS 2012 Patente DSLS14

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Asegurado con hijos

Sin franquicia aduanera

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ELIODORO YAÑEZ

04 DE FEBRERO DE 2014

SAGAS SAMANIEGO CARLOS ALBERTO

NICOLAS ANDRES CONDELL ABUMOHOR

8011400031877

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Rigen condiciones generales de la póliza de Vehículos Motorizados, inscrita en el registro depólizas bajo el código Pol. 1 2013 1112

Rigen condiciones generales de la póliza de Asistencia al Vehículo, inscrita en el registro depólizas bajo el código Pol. 1 2013 0147

Rigen condiciones generales de la póliza de Accidentes Personales para Pasajeros de Vehículos,inscrita en el registro de pólizas bajo el código Pol. 3 2013 0366

Modalidad de AseguramientoValor Comercial (VC) según lo indicado en el Art.5° letra b) ó Valor Tradicional (VT) según Art. 5°letra a)

Declaración de Asegurado o RepresentanteAsegurado o quién lo represente, declara que el vehículo es de uso exclusivamente particular yque los datos provistos para la entrega de las condiciones de precio y cobertura de la presentecotización son reales y sujetos a verificación.

Impuesto al valor agregado en deduciblesLos deducibles indicados incluyen el I.V.A..

Renovación AutomáticaEl contratante y/o asegurado faculta expresamente a Mapfre Compañía de Seguros para querenueve automáticamente este contrato por períodos iguales y sucesivos de un año, en las nuevascondiciones que estuvieren rigiendo a la fecha de renovación, siempre y cuando el pago deprima este al día y se cumplan las demás condiciones de suscripción aplicables al nuevo períodode vigencia. En todo caso, el asegurado podrá dentro del plazo de 30 días (corridos) de iniciada lanueva vigencia, rechazar la renovación mediante una comunicación dirigida a la compañía en laforma descrita en el Código de Comercio.

Asegurado ResponsableEl deducible establecido no se aplicará cuando la Compañía constate que existe un terceroidentificado y claramente responsable de los hechos de acuerdo al relato establecido en laconstancia o parte policial. El tercero se entenderá identificado cuando se conozca el nombre,dirección, teléfono del conductor, patente, marca y modelo del vehículo del tercero. Asimismo, eltercero se entenderá claramente responsable sólo en los siguientes casos:

1.- El tercero se declara culpable ó2.- El tercero no respeta letrero pare o ceda el paso3.- En cualquier otra circunstancia donde no exista duda alguna de la responsabilidad del terceroen el siniestro.Es condición obligatoria:a) Que la identificación del tercero, como las situaciones descritas en el punto anterior quedenclaramente especificados en el parte o constancia policial y en la denuncia a la compañía.

b) Que el asegurado adjunte copia del relato de la constancia policial y/o parte policial, cuandohaga la denuncia a la compañía.Cuando no se den estas condiciones, se aplicará el deducible estipulado en la póliza

Exclusividad de TallerSi ha contratado esta cobertura, ante un siniestro amparado por la póliza, el asegurado tiene lafacultad para llevar el vehículo asegurado sólo a un taller concesionario representante de la marcaen Chile, para que sea reparado de acuerdo a las indicaciones de la orden de reparación emanadapor la Compañía Aseguradora. Bajo esta condición, la Compañía no se hace responsable por eltrabajo de reparación ni la calidad de los repuestos provistos siendo el servicio y calidadentregados, de exclusivo control de parte del propio asegurado, así como de los costosadicionales del traslado al Garage cuando supere el límite de la cobertura de traslado de UF12.

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CONDICIONES PARTICULARES

Cobertura de Vehículos Internados al Amparo de Franquicias Aduanera.Sin perjuicio de lo señalado en las Condiciones Generales del seguro, que no se modifican sino enlo expresamente señalado a continuación en esta cláusula la presente póliza se extiende a cubrirvehículos motorizados internados al país al amparo de franquicias aduaneras sujeto empero a lassiguientes condiciones especiales, las cuales son expresamente aceptadas por el asegurado eneste acto:1.- El asegurado estará obligado a acreditar a la Compañía el valor de adquisición del vehículo.Dicha acreditación se realizará a través de la exhibición de la factura respectiva a la Solicitud deRegistro de Factura, expendida por el Servicio Nacional de Aduanas, documentos que formaránparte integrante del contrato de seguros. Se entenderá como valor de adquisición del vehículo, elvalor total de venta indicado en estos documentos.2.- En caso de pérdida total del vehículo asegurado, la indemnización quedara limitada al menorvalor entre el Monto Asegurado del vehículo al momento del siniestro y el valor de adquisicióndeclarado a la Compañía menos la depreciación asociada al uso, antigüedad y estado deconservación del vehículo.3.- Solo se podrán asegurar bajo esta extensión de cobertura vehículos motorizados conpresencia comercial en Chile a través de distribuidores oficiales de la marca, constituidos en elpaís.4.- El pago de la indemnización procederá solo una vez que el asegurado acredite habercancelado todas las sumas que sea necesario enterar a cualquier organismo público o privadopara poder transferir el vehículo asegurado o sus restos, a la Compañía o a un tercero, en razónde haber sido internado bajo el amparo de alguna exención total o parcial de aranceles aduanerosy/o impuestos, con respecto al régimen general. En caso que a la fecha del siniestro exista algunaprohibición para poder transferir el vehículo asegurado o sus restos (a la compañía o a un tercero),la compañía indemnizará al asegurado el valor que se determine según lo indicado en el punto 2.-descontando el valor de los restos del vehículo siniestrado

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LIMITES Y TOPES DE COBERTURA

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Responsabilidad CivilEl monto señalado en esta cobertura corresponde a un límite máximo de indemnización de UF700 por evento y límite máximo agregado anual, único y combinado para las tres subsecciones(daño emergente, daño moral, lucro cesante). De tal manera que la compañía, pagará hasta esacantidad, sean consideradas en su conjunto o en forma individual.

Responsabilidad Civil en ExcesoEn caso de haber contratado esta cobertura, el monto asegurado corresponde a un límite máximode indemnización de UF 1.800 por evento y límite máximo agregado anual, único y combinadopara las tres subsecciones (daño emergente, daño moral, lucro cesante). De tal manera que lacompañía, pagará hasta esa cantidad, sean consideradas en su conjunto o en forma individual.

Responsabilidad Civil en ExcesoEn caso de haber contratado esta cobertura, el monto asegurado corresponde a un límite máximode indemnización de UF 4.300 por evento y límite máximo agregado anual, único y combinadopara las tres subsecciones (daño emergente, daño moral, lucro cesante). De tal manera que lacompañía, pagará hasta esa cantidad, sean consideradas en su conjunto o en forma individual.

Asiento PasajeroSe cubre bajo las condiciones generales de la póliza de accidentes personales para pasajeros devehículos motorizados código Pol. 320130366. Se cubre hasta un máximo de UF 100 por asientocon límite máximo de indemnización de UF 500 por vehículo.

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LIMITES Y TOPES DE COBERTURA

Robo de accesoriosSe cubre hasta un límite equivalente al 10% del valor comercial del vehículo al momento delsiniestro con tope máximo de UF 50

Daños al vehículo durante viajes al extranjero.En caso de haber contratado esta cobertura, cubre bajo condiciones CAD 120131123 de la Pólizade Vehículos Motorizados POL 1 2013 1112

Defensa PenalLa presente cobertura rige hasta un límite máximo de UF 50

Reparación Inmediata por Parte del AseguradoSe establece un monto máximo de UF 5 según Art. 18 N° 1 según POL 1 2013 1112

Traslado GrúaSe establece un monto máximo de UF 5 según Art. 18 N°2 según POL 1 2013 1112

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Aún cuando se constate la existencia en la inspección de riesgo o en el detalle de la factura decompra o guía de despacho, se excluye de cobertura las tapas de ruedas no apernadas a lallanta, equipos de comunicación, teléfonos, celulares y similares, incluyendo sus antenas, GPS,pantallas LCD y DVD y dispositivos TAG.

Todo daño preexistente al momento de contratar la póliza

El robo de radios con panel desmontable se cubrirá solo previa entrega, en nuestro centro deatención, del panel correspondiente.

EXCLUSIONES

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DEDUCIBLES

Deducible pactado aplica en toda y cada pérdida excepto en coberturas de:

o    Responsabilidad Civil.o    Defensa Penal.o    Asiento Pasajeroo    Asistencia

Cláusula Deducible ProvisorioPara todos los efectos del presente seguro, rige deducible obligatorio de 10% de la pérdida con unmínimo de UF 30 aplicable en toda y cada pérdida. Asimismo, el Robo, hurto y/o Uso noautorizado del vehículo y la Pérdida Total de éste contemplará un deducible equivalente al 90%del valor comercial del vehículo. La presente cláusula no aplicará para aquellos vehículossuscritos cuya inspección esté aprobada por la Compañía y se ha realizado con anterioridad a lapresentación de un siniestro. Asimismo, tampoco se considerará su aplicación, si el vehículocuenta con factura y/o guía de despacho cuya fecha de emisión no supera en 48 horas el inicio dela vigencia de la póliza. Dicho documento deberá ser presentado al momento de ocurrir unsiniestro amparado por la póliza. Si la posterior inspección realizada no cumple con los requisitostécnicos de asegurabilidad, las partes acuerdan poner término al contrato a contar de esa fecha.

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Deducible Vehículos ConvertiblesPara vehículos convertibles y/o descapotables, se aplicará un deducible (independiente delpactado en póliza) equivalente al 15% del valor comercial del vehículo para las coberturas derobo, hurto o uso no autorizado, Robo de Accesorios, Riesgos de la Naturaleza, Daño almecanismo de la capota y la capota propiamente tal.

Conductor Mayor de 35 añosEsta póliza ha sido suscrita y el riesgo ha sido aceptado por la Compañía de Seguros, sobre labase que el conductor es mayor de 35 años, si en caso de siniestro el conductor sea menor a estaedad, las partes acuerdan expresamente que se aplicará un deducible adicional contratadovoluntariamente, ascendente a el 10% de la pérdida con un mínimo de UF. 20 en todo y cadasiniestro.

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ASISTENCIA TOTAL VEHICULOS CON AUTO DE REEMPLAZO ILIMITADO

I.- SERVICIOS COMPRENDIDOSAsistencia al vehículo, según condiciones de la POL 120130147

II.- COBERTURAS RELATIVAS AL VEHICULO ASEGURADO

1. Remolque y transporte del vehículo, hasta un límite de UF 12. con máximo de 3 eventosanuales.2. Estancia y desplazamiento de los asegurados por la inmovilización del vehículo.3. Estancia y desplazamiento de los asegurados por robo del vehículo, hasta un límite UF 3.por día, con un tope máximo de UF 9. para estancia y UF 2. para desplazamiento, con máximo de1 evento anual.4. Transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado, hasta UF 10, máximo de 1evento anual.5. Servicio de conductor profesional, Servicio ilimitado.6. Localización y envío de piezas de recambio, Servicio ilimitado.7. Transmisión de mensajes urgentes, Servicio ilimitado.

III.- COBERTURA RELATIVA A LAS PERSONAS

1. Transporte o repatriación sanitaria en caso de lesiones producto de un accidente detránsito en el vehículo asegurado, Servicio ilimitado.2. Transporte o repatriación de los asegurados acompañantes Servicio ilimitado.3. Transporte o repatriación del asegurado fallecido y los demás acompañantes, Servicioilimitado.4. Defensa jurídica, el límite máximo por asegurado y por viaje es de UF 14, con máximo de 1evento anual.5. Fianzas en procedimientos penales, el límite máximo por asegurado y por viaje será de UF 6,con máximo de 1 evento anual.

IV.- OTROS SERVICIOS

1. Asesoría telefónica, para trámites relacionados al automóvil, información sobre serviciospúblicos, servicio de ruta, turismo y tiempo libre, ilimitado.2. Auxilio mecánica ligera (in situ) con tope UF 3 anual, entendiéndose como mecánica ligera,cambio de neumáticos, en caso que el asegurado cuente con el repuesto, apertura del vehículo,en caso de extravío de llaves, carga de batería y suministro de combustible con máximo de 3litros con cargo al asegurado y,3. Taxi para retiro de vehículo reparado en taller limite UF 1 máximo siempre y cuando elvehículo haya sido remolcado al taller por Un servicio de grúas de la Compañía a raíz de unsiniestro, con máximo de 2 eventos anuales en conjunto con cobertura de remolque y transportedel vehículo.4. Gastos por Rescate Como consecuencia de choque o vuelco se cubren los gastosindispensables y necesarios en que se incurra para el rescate del vehículo asegurado hasta lasuma de UF30.

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V.- VEHICULO DE REEMPLAZO Pérdidas Parciales (Sólo aplica a planes Flex y Master)

Cuando en opinión del liquidador de seguros determinado por Mapfre, el tiempo de reparaciónen taller supere las 48 horas, la Compañía suministrará al asegurado un vehículo de reemplazopor el tiempo que demore la reparación de su vehículo y hasta el día que le sea entregado porel taller designado para este efecto. El vehículo contemplado para entregar este servicio seráuno de categoría mediana o económica entendiéndose por tal, todos aquellos vehículos detransmisión mecánica y equipamiento simple, pudiendo señalar como ejemplo: Toyota Yaris,Hyundai Accent, Chevrolet Corsa, Peugeot 206. Esta prestación está sujeta a la disponibilidad delas empresas de arriendo de vehículos en la zona en convenio con la compañía y a suscondiciones de contratación, siendo responsabilidad del asegurado, cumplir con todas lasnormas que imponga el Rent a Car para poder hacer uso del beneficio como son entre otras firmadel contrato de arriendo correspondiente, licencia y cedula de identidad al día en sus controles,el otorgamiento de las garantías y la devolución del vehículo en la fecha y lugar estipulado. Elasegurado deberá asumir en su totalidad los costos por concepto del uso del vehículo, entreotros, combustible, multas, peajes, TAG y deducibles en caso de siniestro. Asumiendo lacompañía solo el costo de arriendo por el plazo estipulado. El servicio entregado para el casode daños parciales o pérdidas totales contemplará un copago de $5.000 diarios, IVA incluido decosto del asegurado.

VI.- VEHICULO DE REEMPLAZO Pérdidas Totales (Sólo aplica a planes Flex y Master)

También aplicará el mismo beneficio de auto de reemplazo para casos de Pérdidas Totalesdeterminadas y aceptadas por la Compañía, en este caso el beneficio aplicará hasta el día que laCompañía haya determinado la pérdida y liquidado al asegurado el monto a indemnizar.El servicio entregado para el caso de daños parciales o pérdidas totales contemplará un copagode $5.000 diarios, IVA incluido de costo del asegurado.

VII.- AMBITO TERRITORIAL

1. El derecho a las prestaciones se refiere a contingencias que ocurran a una distancia superior a0 kilómetros desde el domicilio del asegurado2. La cobertura se extiende a todo el Territorio Chileno y Sud América, excluyendo territoriosinsulares, excepto Isla Grande de Chiloé.3. Vehículo de Sustitución: Rige sólo territorio Chileno.4. Para solicitar este servicio llamar a:

a. Desde red fija al 600700 4000b. Desde celulares al (02)-2694-7566c. Desde el extranjero llamar a: (56)-(2)-23407012.

ASISTENCIA TOTAL VEHICULOS CON AUTO DE REEMPLAZO ILIMITADO Flex

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I.-Servicios comprendidosAsistencia al vehículo, según condiciones de la POL 1 2013 0147.

II.-Coberturas relativas al vehículo asegurado (Art. 5)1. Remolque y transporte del vehículo, hasta un límite de UF 10.- con máximo de 3 eventosanuales.2. Estancia y desplazamiento de los asegurados por la inmovilización del vehículo y,

3.Estancia y desplazamiento de los asegurados por robo del vehículo, hasta un limite UF 3.- pordía, con un tope máximode UF 9.-

para estancia y UF 2.- para desplazamiento, conmáximo de 1 evento anual.4.Transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado, hasta um limite de UF 8.-con máximo de 1 eventoanual.5.Servicio de conductor profesional, Servicio ilimitado.6.Localización y envío de piezas de recambio, Servicioilimitado.

7.Transmisión de mensajes urgentes, Servicio ilimitado.

III.- Cobertura relativa a las personas (Art. 6)1.Transporte o repatriación sanitaria en caso de lesionesproducto de un accidente de tránsitoen el vehículoasegurado, Servicio ilimitado.2.Transporte o repatriación de los asegurados acompañantes, Servicio ilimitado.3.Transporte o repatriación del asegurado fallecido y los demás acompañantes, Servicio ilimitado.4.Defensa jurídica, el límite máximo por asegurado y porviaje es de UF 14, con máximo de 1

evento anual.5.Fianzas en procedimientos penales, el límite máximo porasegurado y por viaje será de UF 6,

con máximo de 1 eventoanual.

IV.- Otros Servicios1.Asesoría telefónica, para trámites relacionados con elautomóvil, información sobre servicios

públicos, servicio deruta, turismo y tiempo libre, ilimitado.2.Auxilio mecánica ligera (in situ) con un límite de UF 3anual, entendiéndose como mecánica

ligera, cambio de neumáticos, en caso que el asegurado cuente con elRepuesto,apertura del vehículo, en caso de extravío de llaves, carga de batería y suministro decombustible con máximo de 3litros con cargo al asegurado y,3.Taxi para retiro de vehículo reparado en taller limiteUF 1 máximo siempre y cuando el vehículohaya sido remolcadoal taller por Un servicio de grúas de la Compañía a raízde un siniestro, con máximo de 2 eventos anuales en conjuntocon cobertura de remolque y

transporte del vehículo.4.Gastos por Rescate: Como consecuencia de choque o vuelcose cubren los gastos

indispensables y necesarios en que seincurra para el rescate del vehículo aseguradohasta lasuma de UF30.

V.- Ámbito Territorial (Art. 4)1.El derecho a las prestaciones se refiere a contingencias que ocurran a una distancia superior a

0 kilómetros.2.La cobertura se extiende a todo el Territorio Chileno ySud América, excluyendo territoriosinsulares, excepto Isla Grande de Chiloé.

Para solicitar este servicio llamar a: desde red fija al 600 700 4000 o desde celulares al(02)-2694-7566, desde elextranjero llamar a: (56)-(2)-23407012

ASISTENCIA EN RUTA VEHICULOS LIVIANOS Flex

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Corredor / Agente de Seguros:

NICOLAS ANDRES CONDELL ABUMOHORFirma Tomador/Asegurado:SAGAS SAMANIEGO CARLOS

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