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BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
2014
BORRADOR DEL ESTUDIO DE
IMPACTO AMBIENTAL
EXPOST DEL PROYECTO
ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE
LICORES DE AMERICA S.A.-
LICORAM
P L A N T A D E P R O D U C C I Ó N : R O C A F U E R T E 1 - 1 3 2 Y M E J Í A
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
II
CONTENIDO
1. CAPITULO I: GENERALIDADES ................................................................. 14
1.1 FICHA TÉCNICA .......................................................................................... 14
1.2 SIGLAS Y ABREVIATURAS ........................................................................ 15
2. CAPITULO II: MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL ..................................... 16
2.1 CONSTITUCIÓN ........................................................................................... 18
Constitución de la República del Ecuador ................................................................. 18
2.2 LEYES .......................................................................................................... 22
Ley de Gestión Ambiental ............................................................................................ 22
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental ................................ 24
Ley Orgánica de la Salud .............................................................................................. 25
Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y de Vida Silvestre .............. 27
Ley de Régimen Municipal ........................................................................................... 27
Ley Orgánica de Defensa del Consumidor ................................................................ 28
2.3 CÓDIGOS ..................................................................................................... 29
Código de Trabajo ......................................................................................................... 29
Código Penal .................................................................................................................. 31
Código de la Salud ........................................................................................................ 32
2.4 DECRETOS .................................................................................................. 33
Decreto 3516: Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del
Ambiente (TULSMA) ....................................................................................................... 33
Decreto Ejecutivo 2393: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores 46
Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de
Participación Social Establecido en la Ley de Gestión Ambiental ......................... 51
Decreto Ejecutivo 1583: Reglamento de Registro y Control Sanitario ................... 52
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III
2.5 REGLAMENTOS .......................................................................................... 54
Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para el Consumo
Humano ........................................................................................................................... 54
Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios ........................ 54
Reglamento Ambiental para Actividades Hidrocarburíferas ........................................... 55
Reglamento para el Control de Sustancias Sujetas a Fiscalización y Medicamentos
que las Contengan .......................................................................................................... 57
2.6 ORDENANZAS ............................................................................................. 59
Ordenanza para la Protección de la Calidad Ambiental en lo Relativo a la
Contaminación por Desechos No Domésticos generados por Fuentes Fijas del Cantón
Ibarra ................................................................................................................................ 59
2.7 ACUERDOS .................................................................................................. 60
Acuerdo Ministerial 161 ................................................................................................... 60
Acuerdo Ministerial 142 ............................................................................................................. 63
Acuerdo Ministerial 026 ............................................................................................................. 63
Acuerdo Ministerial 066 ............................................................................................................. 63
2.8 NORMAS INEN ............................................................................................. 65
NTE INEN 1334-1-4:2014: Rotulado de productos alimenticios para consumo humano.
Parte 1. Requisitos .......................................................................................................... 65
Norma INEN 2266-2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales Peligrosos.
Requisitos .................................................................................................................................. 65
NTE INEN ISO 3864-1: 2013 Colores de seguridad y señales de seguridad ......................... 67
2.9 ANÁLISIS INSTITUCIONAL ......................................................................... 68
3. CAPITULO III: DEFINICIÓN DEL ÁREA REFERENCIAL ............................ 68
4. CAPITULO IV: CARACTERIZACIÓN Y DIAGNÓSTICO DEL ÁREA
REFERENCIAL DEL PROYECTO (LÍNEA BASE) ................................................... 70
4.1 CARACTERIZACIÓN SOCIO AMBIENTAL ................................................. 70
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IV
4.1.1 METODOLOGÍA PARA LA CARACTERIZACIÓN DE LA LÍNEA BASE ..... 70
Investigación Preliminar ............................................................................................................ 71
Investigación de Campo y Pre-fase de Gabinete ..................................................................... 72
Factor físico ............................................................................................................................... 72
Clima ................................................................................................................................ 72
Geología y geomorfología ............................................................................................... 72
Agua ................................................................................................................................. 73
Suelos .............................................................................................................................. 73
Factor biótico ............................................................................................................................. 73
Factor socioeconómico ............................................................................................................. 73
Post-Investigación - Fase de Gabinete ..................................................................................... 73
4.1.2 MEDIO FÍSICO ............................................................................................. 74
Clima 74
Calidad de Aire .......................................................................................................................... 75
Geología .................................................................................................................................... 78
Geomorfología ........................................................................................................................... 79
Hidrología .................................................................................................................................. 79
Taxonomía de Suelos................................................................................................................ 80
Usos del Suelo........................................................................................................................... 80
Valoración del Paisaje Natural .................................................................................................. 81
VALORACIÓN DE LA CALIDAD ESCÉNICA ......................................................................... 84
4.1.3 MEDIO BIÓTICO........................................................................................... 85
4.1.4 MEDIO SOCIAL ............................................................................................ 86
Aspectos demográficos ............................................................................................................. 86
Aspectos educacionales ............................................................................................................ 87
Aspectos laborales .................................................................................................................... 88
Características étnicas y culturales........................................................................................... 88
Aspectos de vivienda................................................................................................................. 89
Servicios Básicos ...................................................................................................................... 90
5. CAPITULO V: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD ..... 92
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V
Antecedentes ............................................................................................................................. 92
Ubicación ................................................................................................................................... 93
Área y coordenadas referenciales ............................................................................................ 94
Objetivos del Proceso de la planta LICORAM .......................................................................... 95
Descripción del Proceso de la planta LICORAM ...................................................................... 95
Infraestructura complementaria en la planta LICORAM ......................................................... 107
5.1 ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS ................................................................. 116
6. CAPITULO VI: IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE
IMPACTOS AMBIENTALES .................................................................................. 117
MATRIZ DE LEOPOLD .......................................................................................... 117
Factores Ambientales........................................................................................................... 117
Actividades del Proyecto ..................................................................................................... 120
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ........................... 121
Tipología de Impactos ............................................................................................................. 121
Por la Intensidad del Impacto .................................................................................................. 121
Por la Extensión del Impacto................................................................................................... 121
Por la Duración del Impacto .................................................................................................... 122
Por la Reversibilidad del Impacto ............................................................................................ 122
Por el Riesgo del Impacto ....................................................................................................... 123
MATRIZ DE CÁLCULO DE MAGNITUD, IMPORTANCIAY SEVERIDAD ............. 124
Magnitud .................................................................................................................................. 124
Importancia .............................................................................................................................. 124
Severidad ................................................................................................................................. 125
EVALUACIÓN DE MATRICES/DICTAMEN AMBIENTAL...................................................... 125
Impactos sobre el Medio Físico .............................................................................................. 126
Impactos sobre el Medio Biótico ............................................................................................. 128
Impactos sobre el Medio Socio-Cultural ................................................................................. 130
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VI
7. CAPITULO VII: ANÁLISIS DE CONFORMIDADES Y NO
CONFORMIDADES ................................................................................................ 132
Objetivos .................................................................................................................................. 132
Objetivo General ...................................................................................................................... 132
Objetivos Específicos .............................................................................................................. 132
Alcance del capitulo ................................................................................................................. 133
Metodología ............................................................................................................................. 133
Definición de los términos de auditoría ................................................................................... 134
Determinación del Nivel de Certidumbre al Cumplimiento ..................................................... 136
Criterio de Evaluación (Protocolos de Auditoría) .................................................................... 137
Matriz de Resultados de Conformidades y No Conformidades ............................................. 138
Matriz de Nivel de Certidumbre para los Cumplimientos ....................................................... 160
Síntesis de las Conformidades y No Conformidades Encontradas ....................................... 182
Plan de Acción para el Levantamiento de las No Conformidades Menores Encontradas .... 186
Monitoreo de Ruido Ambiente ................................................................................................. 186
Manejo de Desechos Sólidos No Peligrosos .......................................................................... 188
Manejo de Desechos Peligrosos ............................................................................................. 192
Monitoreo de Ruido por Dosimetrías ...................................................................................... 195
Monitoreo de Descargas al Sistema de Alcantarillado ........................................................... 197
Matriz Valorada del Plan de Acción ........................................................................................ 200
8. CAPITULO VIII: ANÁLISIS DE RIEGOS .................................................... 204
Riesgos Naturales ................................................................................................................... 204
Riesgos Ocupacionales ........................................................................................................... 206
Riesgos del Proyecto al Ambiente .......................................................................................... 210
Análisis cuantitativo de los posibles riesgos ambientales, ocupacionales y poblacionales .. 211
Riegos Identificados ................................................................................................................ 213
9. CAPITULO IX: DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA O DE
GESTIÓN ................................................................................................................ 214
Área de Influencia Directa (AID) ......................................................................................... 215
Área de Influencia Indirecta (AII) ........................................................................................ 216
10. CAPITULO X: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ....................................... 217
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VII
Metodología para medir las acciones del PMA ...................................................................... 217
Contenido del Plan de Manejo Ambiental ......................................................................... 218
PLAN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN ......................... 221
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE MATERIA PRIMA,
ALCOHOL, ESENCIAS Y/O INSUMOS QUÍMICOS .............................................................. 221
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE COMBUSTIBLE ....... 223
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS .................................................... 228
PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS,
MAQUINARIA E INFRAESTRUCTURA ................................................................................. 228
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS...................................................................................... 231
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS .......................................... 231
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS ................................................. 235
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL...................... 238
PROGRAMA DE ADIESTRAMIENTO Y APRENDIZAJE ...................................................... 238
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ............................................................................ 240
PROGRAMA DE APOYO, INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN .......................................... 241
PLAN DE CONTINGENCIAS .................................................................................................. 245
PROGRAMA DE CONTINGENCIAS PARA EL CONTROL DE EMERGENCIAS ................ 245
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE SISMOS ................................................... 247
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE INCENDOS.............................................. 249
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE DERRAMES DE COMBUSTIBLE
(ETANOL, DIESEL) ................................................................................................................. 252
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ............................................................ 254
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE SALUD AL PERSONAL ............................................. 254
PROGRAMA DE DOTACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL ..................... 256
PLAN DE SEÑALIZACIÓN ...................................................................................................... 259
PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN ADECUADA EN LA PLANTA LICORAM ........................ 259
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL ...................................................... 265
PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL EN LA PLANTA LICORAM ............................ 265
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL A LOS PLANES AMBIENTALES DE LA
PLANTA LICORAM ................................................................................................................. 273
PLAN DE ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA .................................................................. 277
PROGRAMA DE CIERRE DE LA PLANTA LICORAM .......................................................... 278
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VIII
10.1 CRONOGRAMA DE OPERACIÓN DEL PROYECTO ................................ 279
10.2 CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)
280
11. CAPITULO XI: GLOSARIO DE TÉRMINOS ............................................... 288
12. CAPITULO XII: REFERENCIAS O BIBLIOGRAFÍA ................................... 290
13. CAPITULO XIII: FIRMA DE RESPONSABILIDAD ..................................... 290
14. CAPITULO XIV: ANEXOS .......................................................................... 291
ANEXO 1: CERTIFICADO DE INTERSECCIÓN ................................................................... 291
ANEXO 2: CERTIFICADO DE CALIFICACION AMBIENTAL .............................................. 292
ANEXO 3: MAPAS TEMÁTICOS ........................................................................................... 293
ANEXO 4: ACREDITACIÓN DE LABORATORIO ................................................................ 294
ANEXO 5: RESULTADOS DE LABORATORIO ................................................................... 295
ANEXO 6: CONSTITUCIÓN DE LA COMPANÍA .................................................................. 296
ANEXO 8: NOMBRAMIENTO REPRESENTANTE LEGAL ................................................. 298
ANEXO 9: CERTIFICACIÓN ISO LICORAM ......................................................................... 299
ANEXO 10: OFICIO DE APROBACIÓN TDR´S .................................................................... 300
ANEXO 11: MANUAL DE CALIDAD ..................................................................................... 301
ANEXO 12: MEZCLAS DE PRODUCTO ............................................................................... 302
ANEXO 13: LLENADO DE BARRILES ................................................................................. 303
ANEXO 14: ENVASADO, CAPSULADO Y ETIQUETADO .................................................. 304
ANEXO 15: ALMACENAMIENTO PRODUCTO TERMINADO ............................................ 305
ANEXO 16: DESMINERALIZACIÓN DEL AGUA Y HOJA DE VIDA DEL AGUA
DESMINERALIZADA ................................................................................................ 306
ANEXO 17: PLANOS PLANTA LICORAM............................................................................ 307
ANEXO 18: ESCRITURAS DEL TERRENO .......................................................................... 307
ANEXO 19: ANÁLISIS MATRICIAL....................................................................................... 308
ANEXO 20: RETIRO DE LAVADORA DE BOTELLAS ........................................................ 309
ANEXO 21: REGISTRO FOTOGRÁFICO PISO IMPERMEABILIZADO .............................. 310
ANEXO 22: REGISTRO FOTOGRÁFICO ADVERTENCIA BEBIDAS ALCOHÓLICAS ..... 311
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IX
ANEXO 23: FACTURA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO ...................................... 312
ANEXO 24: ACTAS ENTREGA EPP Y REGISTRO FOTOGRÁFICO USO EPP ................ 313
ANEXO 25: REGISTRO FOTOGRÁFICO DÍAS SIN ACCIDENTES .................................... 314
ANEXO 26: PERMISO FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE SALUD ............................... 315
ANEXO 27: REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS ...................................................... 316
ANEXO 28: FICHA TÉCNICA EMPAQUE DE PRODUCTOS .............................................. 317
ANEXO 29: PERMISO DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPIO ............................................... 318
ANEXO 30: REGISTRO FOTOGRÁFICO ÁREAS SEGURAS DE TRABAJO .................... 319
ANEXO 31: REGISTRO FOTOGRÁFICO COMEDOR ......................................................... 320
ANEXO 32: RECICLAJE DE CORES .................................................................................... 321
ANEXO 33: REGISTRO FOTOGRÁFICO SISTEMA DE COLECTORES ............................ 322
ANEXO 34: REGISTRO DE CHEQUEOS MÉDICOS ........................................................... 323
ANEXO 35: REGLAMENTO INTERNO DE LA COMPAÑÍA ................................................ 324
ANEXO 36: ACTA DE FORMACIÓN DE COMITÉ DE SEGURIDA E HIGIENE DEL
TRABAJO .................................................................................................................. 325
ANEXO 37: RESGISTRO FOTOGRÁFICO VESTUARIOS .................................................. 326
ANEXO 38: REGISTRO FOTOGRÁFICO SERVICIOS HIGIÉNICOS .................................. 327
ANEXO 39: REGISTRO FOTOGRÁFICO DISPENSARIO MÉDICO.................................... 328
ANEXO 40: MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA .......................................... 329
ANEXO 41: REGISTRO FOTOGRÁFICO EXTINTORES ..................................................... 330
ANEXO 42: MANTENIMIENTO DE EXTINTORES ............................................................... 330
ANEXO 43: PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE BOMBEROS ...................................... 331
ANEXO 44: REGISTRO FOTOGRÁFICO TANQUE DE COMBUSTIBLE ........................... 332
ANEXO 45: LICENCIA CONSEP ........................................................................................... 333
ANEXO 46: REGISTRO FOTOGRÁFICO SEÑALÉTICA ..................................................... 334
ANEXO 47: MATRIZ CUALITATIVA DE RIESGOS OCUPACIONALES ............................ 335
ANEXO 48: MATRICES DE RIESGOS LABORALES POR PUESTOS DE TRABAJO ...... 336
ANEXO 49: MATRIZ CUANTITATIVA DE RIESGOS ........................................................... 337
ANEXO 50: MAPA DE RIESGOS DE LA PLANTA LICORAM ............................................ 338
ANEXO 51: DONACIONES A FUNDACIONES .................................................................... 339
ANEXO 52: PLAN DE CONTINGENCIAS DE LA PLANTA LICORAM ............................... 340
ANEXO 53: ORGANIGRAMA DE LA PLANTA LICORAM .................................................. 341
ANEXO 54: AFILIACIONES AL IESS DE LOS EMPLEADOS DE LA PLANTA LICORAM
.................................................................................................................................... 342
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X
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Coordenadas WGS 84 del área del proyecto Elaboración y Comercialización de
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM ............................................................................... 69
Tabla 2. Variación de la precipitación ....................................................................................... 74
Tabla 3 Resultados punto monitoreo 1 ..................................................................................... 76
Tabla 4 Resultados punto monitoreo 2 ..................................................................................... 77
Tabla 5 Resultados punto monitoreo 3 ..................................................................................... 77
Tabla 6. Aspectos para Valoración de Calidad Escénica ......................................................... 81
Tabla 7. Valoración de Paisaje (Valores de Calidad Escénica para el Inventario según BLM
(1980) en Milán, 2004) .............................................................................................................. 82
Tabla 8. Impacto Sobre el Entorno ........................................................................................... 84
Tabla 9. Valoración de Factos para Aspectos Estéticos .......................................................... 84
Tabla 10. Listado de especies ornamentales registradas en el área de jardines de la planta
de LICORAM ............................................................................................................................. 85
Tabla 11. Población por sexo parroquia Ibarra ......................................................................... 87
Tabla 12. Aspectos educacionales parroquia Ibarra ................................................................ 87
Tabla 13. Aspectos laborales parroquia Ibarra ......................................................................... 88
Tabla 14. Auto identificación según su cultura y costumbres .................................................. 89
Tabla 15. Aspectos de vivienda parroquia Ibarra ..................................................................... 89
Tabla 16. Procedencia principal del agua recibida ................................................................... 90
Tabla 17. Procedencia de la energía eléctrica ......................................................................... 90
Tabla 18. Tipo de servicio higiénico o escusado ...................................................................... 91
Tabla 19. Eliminación de la basura ........................................................................................... 91
Tabla 20. Coordenadas referenciales del proyecto Elaboración y Comercialización de
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM ............................................................................... 94
Tabla 21. Factores/Componentes Ambientales ...................................................................... 118
Tabla 22. Actividades del proyecto ......................................................................................... 120
Tabla 23 Intensidad del Impacto ............................................................................................. 121
Tabla 24 Extensión del Impacto .............................................................................................. 122
Tabla 25 Duración del Impacto ............................................................................................... 122
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XI
Tabla 26 Reversibilidad del Impacto ....................................................................................... 122
Tabla 27 Riesgo del Impacto................................................................................................... 123
Tabla 28 Valoración de las Características de los Impactos .................................................. 123
Tabla 29 Valoración de la Severidad del Impacto .................................................................. 125
Tabla 30. Evaluación Cuantitativa de las No Conformidades ................................................ 136
Tabla 31. Relaciones de Valorización ..................................................................................... 137
Tabla 32. Resumen de Conformidades y No Conformidades Encontradas .......................... 182
Tabla 33. Identificación de No Conformidades Menores ....................................................... 183
Tabla 34. Límites máximos permisibles de ruido de acuerdo al uso del suelo ...................... 187
Tabla 35. Modelo de contenedores para desechos sólidos no peligrosos ............................ 189
Tabla 36. Modelo de registro para desechos sólidos no peligrosos ...................................... 190
Tabla 37. Modelo de contenedores para desechos peligrosos .............................................. 193
Tabla 38. Modelo de registro para desechos peligrosos ........................................................ 194
Tabla 39. Niveles de presión sonora ...................................................................................... 196
Tabla 40. Etiqueta para el muestreo del agua ........................................................................ 198
Tabla 41. Ficha para el muestreo del agua ............................................................................ 198
Tabla 42. Riesgos Naturales Cantón Ibarra ........................................................................... 205
Tabla 43. Tipos de riesgos ...................................................................................................... 207
Tabla 44. Naturaleza de impacto ............................................................................................ 208
Tabla 45. Probabilidad de ocurrencia ..................................................................................... 209
Tabla 46. Magnitud de riesgo .................................................................................................. 209
Tabla 47. Evaluación de la severidad ..................................................................................... 212
Tabla 48. Evaluación de la probabilidad ................................................................................. 212
Tabla 49. Acciones requeridas de acuerdo al riesgo ............................................................. 213
Tabla 50. Modelo de contenedores para desechos sólidos no peligrosos ............................ 231
Tabla 51. Modelo de registro para desechos sólidos no peligrosos ...................................... 234
Tabla 52. Modelo de contenedores para desechos peligrosos .............................................. 236
Tabla 53. Ejemplos de señales a ser colocadas en las diferentes áreas de la planta
LICORAM ................................................................................................................................ 261
Tabla 54. Límites máximos permisibles de ruido de acuerdo al uso del suelo ...................... 265
Tabla 55. Niveles de presión sonora ...................................................................................... 266
Tabla 56. Etiqueta para el muestreo del agua ........................................................................ 268
Tabla 57. Ficha para el muestreo del agua ............................................................................ 268
Tabla 58. Concentraciones máximas permitidas de los contaminantes del aire ambiente ... 270
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XII
Tabla 59. Concentraciones máximas permitidas de los contaminantes del aire ambiente ... 270
Tabla 60. Métodos utilizados para monitoreo de los contaminantes del aire ambiente ........ 271
INDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1. Régimen pluviométrico del área de estudio ............................................................. 75
Gráfico 2. Ubicación del proyecto Elaboración y Comercialización de LICORES DE
AMERICA S.A. - LICORAM ....................................................................................................... 94
Gráfico 3. Modelo de área de almacenamiento temporal de desechos sólidos no peligrosos
................................................................................................................................................. 190
Gráfico 4. Modelo de área de almacenamiento temporal de desechos sólidos no peligrosos
................................................................................................................................................. 233
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1 Jerarquía Marco Legal e Institucional ......................................................................... 17
Figura 2. Uso del suelo del área del proyecto "LICORAM" ...................................................... 81
Figura 3. Severidad de impactos en el Medio Físico .............................................................. 127
Figura 4. Severidad de impactos en el Medio Biótico ............................................................ 129
Figura 5. Severidad de impactos en el Medio Socio-Cultural ................................................ 131
Figura 6. Kit para derrames de hidrocarburos ........................................................................ 226
Figura 7. Kit para derrames de hidrocarburos ........................................................................ 253
ÍNDICE DE FOTOGRAFÍAS
Fotografía 1. Área de jardines de la planta de producción LICORAM ..................................... 86
Fotografía 2. Tanques de preparación de mezclas .................................................................. 96
Fotografía 3. Área de barriles y añejamiento ............................................................................ 98
Fotografía 4. Envasado y almacenamiento de productos ...................................................... 101
Fotografía 5. Despacho producto terminado .......................................................................... 105
Fotografía 6. Guardianía de la planta LICORAM.................................................................... 108
Fotografía 7. Parqueaderos de la planta LICORAM ............................................................... 108
Fotografía 8. Oficinas y áreas administrativas de la planta LICORAM .................................. 109
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XIII
Fotografía 9. Centro médico de la planta LICORAM .............................................................. 110
Fotografía 10. Vestuarios de la planta LICORAM .................................................................. 111
Fotografía 11. Servicios higiénicos de la planta LICORAM ................................................... 112
Fotografía 12. Comedor de la planta LICORAM ..................................................................... 113
Fotografía 13. Taller de mantenimiento de la planta LICORAM ............................................ 113
Fotografía 14. Bodega de insumos químicos de la planta LICORAM.................................... 114
Fotografía 15. Área de alcohol y esencias de la planta LICORAM ........................................ 114
Fotografía 16. Área de almacenamiento de combustible ....................................................... 115
Fotografía 17. Planta de ósmosis de la planta LICORAM ...................................................... 116
Fotografía 18. Bodega de insumos químicos y área de alcohol y esencias (laboratorio) de la
planta LICORAM ..................................................................................................................... 222
Fotografía 19. Recipientes para almacenamiento de materia prima y esencias de la planta
LICORAM ................................................................................................................................ 223
Fotografía 20. Cubeto de seguridad del tanque de almacenamiento de combustible .......... 227
Fotografía 21. Área de almacenamiento de combustible, con señalización adecuada, extintor,
piso impermeabilizado y techo ................................................................................................ 228
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 14
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DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM
1. CAPITULO I: Generalidades
1.1 Ficha Técnica
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
Nombre Elaboración y Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. -
LICORAM
Categoría del proyecto -CAN MAE IV
Código CAN-MAE 31.2.1.2.3
Ubicación Geográfica Provincia: Imbabura
Cantón: Ibarra
Parroquia: San Miguel de Ibarra (El Sagrario)
Dirección de la Planta de Producción Rocafuerte 1-132 y Mejía. Ibarra.
Teléfono Planta de Producción (06) 2957861 / FAX: 2951100 ext. 21
Fase Elaboración y Comercialización
Tamaño del área ocupada por el proyecto 0,5 has aproximadamente
Intersecta con bosques o áreas protegidas NO (Anexo 1.- Certificado de Intersección)
PROPONENTE DEL PROYECTO
Nombre LICORES DE AMÉRICA S.A. LICORAM
Representante Legal Nelson Mauricio Ruiz Ramírez
Dirección Av. de los Shyris N37-313 y El Telégrafo. Ed. Rubio, Quinto Piso.
Quito.
Correo electrónico [email protected]
Teléfono (02) 2244118 / 2266530
EJECUTOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST
Nombre de la Empresa ASEMINCA Cía. Ltda.
Representante Legal Ing. Francisco Yépez
Registro Ambiental MAE-186-C.C (Anexo 2.- Calificación de Consultora Ambiental)
Dirección Av. De los Shyris 35 – 34 y Portugal. Edificio Albatros. Oficina 604.
Quito
Teléfono 2 442-378 / 099722630 / 088853010
E-mail [email protected]
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GRUPO CONSULTOR
NOMBRE PROFESION FIRMA
Ing. Wilson Yépez M Ingeniero en Minas - Egr. Maestría
Sistemas de Gestión Ambiental y
Seguridad Industrial - Universidad
de Piura
Ing. Francisco Yépez Ing. Ambiental
Ing. Alexis Punguil Ing. en Medio Ambiente
Ing. Wendy Cevallos Ing. Ambiental
OJO
Blga. Diana Salazar Licenciada en Ciencias Biológicas -
Técnico Ambiental
Blga. Mónica Arellano Licenciada en Ciencias Biológicas
1.2 Siglas y abreviaturas
CAN-MAE: Categorización Ambiental Nacional - Ministerio del Ambiente del
Ecuador
EsIA: Estudio de Impacto Ambiental
LICORAM: Licores de América S.A.
OAE: Organismo de Acreditación Ecuatoriano
SUIA: Sistema Único de Información Ambiental
SUMA: Sistema Único de Manejo Ambiental
TDR´s: Términos de Referencia
TULSMA: Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del
Ambiente
ZIA: Zona de Influencia Ambiental
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 16
2. CAPITULO II: Marco Legal e Institucional
En este acápite se hace referencia a las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas
aplicables a las actividades del proyecto.
El marco legal detallado a continuación contiene:
Marco legal ambiental general.- en el que se describen las políticas y
legislación ambiental aplicables al proyecto, así como el análisis legal de
cada ley, reglamento, ordenanza, norma, etc., utilizado para la elaboración
del marco referencial aplicable a las actividades de LICORAM.
Marco institucional.- se identifican a las Autoridades Ambientales de
Aplicación Cooperantes (AAAc) que deberán participar en el seguimiento al
Plan de Manejo Ambiental del EsIA Expost, así como a las entidades que
deberán otorgar permisos de funcionamiento o licencias especiales.
El marco legal para el proyecto Elaboración y Comercialización de LICORES DE
AMERICA S.A. - LICORAM, es el siguiente, presentado por su jerarquía:
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 17
Figura 1 Jerarquía Marco Legal e Institucional
Constitución de la República del Ecuador
Leyes: Ley de Gestión Ambiental, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Ley Orgánica de la Salud, Ley Forestal y de COnservación de Áreas Naturales y de Vida Silvestre. Ley del Régimen Municipal. Ley Orgánica de Defensa del Consumido.r
Códigos: Código de Trabajo, Código Penal, Código de la Salud.
Decretos: Decreto 3516:Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social Establecido en la Ley de Gestión Ambiental, Decreto Ejecutivo 1583: Reglamento de Registro y Control Sanitario. DECRETO 2393: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores
Reglamentos: Reglamento Ambiental de Actividades Hidrocarburíferas, Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para el Consumo Humano. Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra Incendios. Reglamento para el Control de Sustancias sujetas a Fiscalización.
Ordenanzas: Ordenanza para la Protección de la Calidad Ambiental en lo Relativo a la Contaminación por Desechos No Domésticos generados por Fuentes Fijas del Cantón Ibarra
Acuerdos: 066, 142, 161, 026, 006, 026
Normas INEN: 2266-2013, 1334-1-4-2014, INEN-ISO 3864-1:2013
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 18
2.1 Constitución
Constitución de la República del Ecuador
TÍTULO II DERECHOS
Capítulo segundo: Derechos del buen vivir
Sección primera.- Agua y alimentación
Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua
constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable,
imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
Sección segunda.- Ambiente sano
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak
kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de
tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y
de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la
soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo,
producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y
uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos
persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las
tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos
genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten
contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de
residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional.
Sección novena
Personas usuarias y consumidoras
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 19
Art. 52.- Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima
calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no
engañosa sobre su contenido y características.
La ley establecerá los mecanismos de control de calidad y los procedimientos de
defensa de las consumidoras y consumidores; y las sanciones por vulneración de
estos derechos, la reparación e indemnización por deficiencias, daños o mala
calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos que no
fuera ocasionada por caso fortuito o fuerza mayor.
Capítulo séptimo: Derechos de la naturaleza
Art. 71.- La naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene
derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y
regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad
pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar
estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo
que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los
colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los
elementos que forman un ecosistema.
Art. 73.- El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las
actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de
ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la
introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de
manera definitiva el patrimonio genético nacional.
TÍTULO VI RÉGIMEN DE DESARROLLO
Capítulo primero: Principios generales
Art. 278.- Para la consecución del buen vivir, a las personas y a las colectividades,
y sus diversas formas organizativas, les corresponde:
2. Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad
social y ambiental.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 20
TÍTULO VI RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR
Capítulo segundo: Biodiversidad y recursos naturales
Sección primera.- Naturaleza y ambiente
Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente
equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la
biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y
asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y
futuras.
2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán
de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por
todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.
3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación,
ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.
4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia
ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la
naturaleza.
Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los
impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de
duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista
evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y
oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al
ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la
obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas
y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de
producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la
responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y
reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental
permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños
ambientales serán imprescriptibles.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 21
Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y
subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además
de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad
que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las
condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad
también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el
control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a:
1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano,
ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y
administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la
tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar
medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental
materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño
potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la
contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados
y de manejo sustentable de los recursos naturales.
3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de
materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que
se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las
funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las
áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado.
5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres
naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución,
responsabilidad y solidaridad.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 22
Sección segunda.- Biodiversidad
Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya
administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se
declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus
componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio
genético del país.
Sección quinta.- Suelo
Art. 409.- Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en
especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su protección y
uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la provocada por la
contaminación, la desertificación y la erosión. En áreas afectadas por procesos de
degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de
forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de
manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona.
Sección sexta.- Agua
Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral
de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al
ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y
cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y
zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo
humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua.
2.2 Leyes
Ley de Gestión Ambiental
Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental;
determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los
sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles,
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 23
controles y sanciones en esta materia.
Art. 19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión
públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados
previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control.
Conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio reactor será el
precautelatorio.
Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá
contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base;
evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo;
planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y
mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos
estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos el Ministerio
del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran
estudios de impacto ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento a
solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas.
Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión
ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el
Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas,
iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el
privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía,
sin perjuicios de la responsabilidad civil y penal por acusaciones maliciosamente
formuladas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo
88 de la Constitución Política de la República tornará inejecutable la actividad de
que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos.
Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna
y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que
conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para
ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o
colectivo ante las autoridades competentes.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 24
Art. 33.- Establécense como instrumentos de aplicación de las normas
ambientales los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes
y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y
licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de
productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente,
certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán
regulados en el respectivo reglamento.
Art. 34.- También servirán como instrumentos de aplicación de normas
ambientales, las contribuciones y multas destinadas a la protección ambiental y
uso sustentable de los recursos naturales, así como los seguros de riesgo y
sistemas de depósito, los mismos que podrán ser utilizados para incentivar
acciones favorables a la protección ambiental.
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades
empresariales o industriales estableciere que las mismas pueden producir o
están produciendo daños ambientales a los ecosistemas, está obligada a
informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen
seccional autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las
autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias para solucionar
los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente
disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos
salarios mínimos vitales generales.
Art. 41.- Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales o colectivos,
se concede acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano
para denunciar la violación de las normas de medio ambiente, sin perjuicios de la
acción de amparo constitucional previsto en la Constitución Política de la
República.
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
Art 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin
sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes
que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 25
de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los
recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.
Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas
técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas,
acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como
infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean
nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.
Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas
técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la
calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos
naturales y otros bienes.
Art. 11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes
potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos,
líquidos o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o
doméstica.
Ley Orgánica de la Salud
Art. 49.- los envases de bebidas alcohólicas, deben incluir de forma clara, visible y
comprensible, la advertencia de su carácter nocivo para la salud; y, para la
impresión de la advertencia, se seguirán las especificaciones previstas en el
reglamento correspondiente.
Art. 96.- Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para
consumo humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades,
proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano.
Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las
frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para
consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan
en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad
sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán
medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación
de las fuentes de agua para consumo humano.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 26
A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para
consumo humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a
quien corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la
protección de la salud humana.
Art. 100.- La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos
es responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes,
reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las
normas de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional.
El Estado entregará los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto
en este artículo.
Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la
obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de
residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.
Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles
de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes
seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y
aparición de enfermedades laborales.
Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades
competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de
las acciones que adopten tanto el Ministerio de Trabajo y Empleo como el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social.
Art. 130.- Los establecimientos sujetos a control sanitario para su funcionamiento
deberán contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional. El
permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario.
Art. 137.- Están sujetos a registro sanitario los alimentos procesados, aditivos
alimentarios, medicamentos en general, productos nutracéuticos, productos
biológicos, naturales procesados de uso medicinal, medicamentos homeopáticos y
productos dentales; dispositivos médicos, reactivos bioquímicos y de diagnóstico,
productos higiénicos, plaguicidas para uso doméstico e industrial, fabricados en el
territorio nacional o en el exterior, para su importación, exportación,
comercialización, dispensación y expendio, incluidos los que se reciban en
donación.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 27
Art. 138.- La autoridad sanitaria nacional a través de su organismo competente,
Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Dr. Leopoldo Izquieta Pérez,
quien ejercerá sus funciones en forma desconcentrada, otorgará, suspenderá,
cancelará o reinscribirá el certificado de registro sanitario, previo el cumplimiento
de los trámites, requisitos y plazos señalados en esta Ley y sus reglamentos, de
acuerdo a las directrices y normas emitidas por la autoridad sanitaria nacional, la
misma que fijará el pago de un importe para la inscripción y reinscripción de dicho
certificado de registro sanitario, cuyos valores estarán destinados al desarrollo
institucional, que incluirá de manera prioritaria un programa nacional de control de
calidad e inocuidad posregistro.
Art. 139.- El registro sanitario tendrá vigencia de cinco años, contados a partir de
la fecha de su concesión. Todo cambio de la condición en que el producto fue
aprobado en el registro sanitario debe ser notificado obligatoriamente a la
autoridad sanitaria nacional a través del Instituto Nacional de Higiene y Medicina
Tropical Dr. Leopoldo Izquieta Pérez y, dará lugar al procedimiento que señale la
ley y sus reglamentos.
Art. 146.- En materia de alimentos se prohíbe:
e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas;
f) La utilización de envases que no cumplan con las especificaciones técnicas
aprobadas para el efecto;
Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y de Vida Silvestre
Art. 75.- Cualquiera que sea la finalidad, prohíbese ocupar las tierras del
patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las
unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas
existentes.
Ley de Régimen Municipal
Art. 14.- Son funciones primordiales del municipio, sin perjuicio de las demás que
le atribuye esta Ley, las siguientes:
1a. Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado;
4a. Regular y controlar la calidad, elaboración, manejo y expendio de víveres
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 28
para el consumo público, así como el funcionamiento y condiciones sanitarias
de los establecimientos y locales destinados a procesarlos o expenderlos;
7a. Autorización para el funcionamiento de locales industriales, comerciales y
profesionales;
Art. 148.- En material de servicios públicos a la administración municipal le
compete:
c) Proveer de agua potable y alcantarillado a las poblaciones del cantón,
reglamentar su uso y disponer lo necesario para asegurar el abastecimiento
y la distribución de agua de calidad adecuada y en cantidad suficiente para
el consumo público y el de los particulares;
Ley Orgánica de Defensa del Consumidor
Art. 9.- Información Pública.- Todos los bienes a ser comercializados deberán
exhibir sus respectivos precios, peso y medidas, de acuerdo a la naturaleza del
producto.
Art. 57.- Advertencias permanentes.- Tratándose de productos cuyo uso
resultare potencialmente peligroso para la salud o integridad física de los
consumidores, para la seguridad de sus bienes o del ambiente, el proveedor
deberá incorporar en los mismos o en instructivos anexos, las advertencias o
indicaciones necesarias para que su empleo se efectúe con la mayor seguridad
posible.
En cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros derivados del
tabaco y productos nocivos para la salud, deberá expresarse clara, visible y
notablemente la indicación de que su consumo es peligroso para la salud, de
acuerdo a lo que al respecto regule el Reglamento a la presente Ley. Dicha
advertencia deberá constar, además, en toda la publicidad del bien considerado
como nocivo.
Art. 65.- Autorizaciones Especiales.- El Registro Sanitario y los certificados de
venta libre de alimentos, serán otorgados según lo dispone el Código de la Salud,
de conformidad con las normas técnicas, regulaciones, resoluciones y códigos de
práctica, oficializados por el Instituto Ecuatoriano de Normalización -INEN- y
demás autoridades competentes, y serán controlados periódicamente para
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 29
verificar que se cumplan los requisitos exigidos para su otorgamiento. Para la
introducción de bienes importados al mercado nacional, será requisito
indispensable contar con la homologación del Registro Sanitario y de los permisos
de comercialización otorgados por autoridad competente de su país de origen,
según lo dispone el Reglamento a la presente Ley y las demás leyes conexas,
salvo los casos de aplicación de acuerdos de reconocimiento mutuo vigentes y los
que pudieren entrar en vigencia a futuro entre la República del Ecuador y otros
países, en el marco de los procesos de integración.
Art. 66.- Normas Técnicas.- El control de cantidad y calidad se realizará de
conformidad con las normas técnicas establecidas por el Instituto Ecuatoriano de
Normalización -INEN-, entidad que también se encargará de su control sin
perjuicio de la participación de los demás organismos gubernamentales
competentes. De comprobarse técnicamente una defectuosa calidad de dichos
bienes y servicios, el INEN no permitirá su comercialización; para esta
comprobación técnica actuará en coordinación con los diferentes organismos
especializados públicos o privados, quienes prestarán obligatoriamente sus
servicios y colaboración.
Las normas técnicas no podrán establecer requisitos ni características que
excedan las establecidas en los estándares internacionales para los respectivos
bienes.
2.3 Códigos
Código de Trabajo
Art. 36.- Representantes de los empleadores.- Son representantes de los
empleadores los directores, gerentes, administradores, capitanes de barco, y en
general, las personas que a nombre de sus principales ejercen funciones de
dirección y administración, aún sin tener poder escrito y suficiente según el
derecho común. El empleador y sus representantes serán solidariamente
responsables en sus relaciones con el trabajador.
Art. 38.- Riesgos provenientes del trabajo.- Los riesgos provenientes del trabajo
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son de cargo del empleador y cuando, a consecuencia de ellos, el trabajador sufre
daño personal, estará en la obligación de indemnizarle de acuerdo con las
disposiciones de este Código, siempre que tal beneficio no le sea concedido por el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Art. 42.- Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador:
2. Instalar las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares de trabajo, sujetándose
a las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo y demás
disposiciones legales y reglamentarias, tomando en consideración, además,
las normas que precautelan el adecuado desplazamiento de las personas con
discapacidad;
3. Indemnizar a los trabajadores por los accidentes que sufrieren en el trabajo y
por las enfermedades profesionales, con la salvedad prevista en el Art. 38 de
este Código;
4. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número
de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren
situados a más de dos kilómetros de la población más cercana;
7. Llevar un registro de trabajadores en el que conste el nombre, edad,
procedencia, estado civil, clase de trabajo, remuneraciones, fecha de ingreso y
de salida; el mismo que lo actualizará con los cambios que se produzcan;
8. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y
materiales necesarios para la ejecución del trabajo, en condiciones adecuadas
para que éste sea realizado;
13. Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles
maltratos de palabra o de obra;
15. Atender las reclamaciones de los trabajadores;
16. Proporcionar lugar seguro para guardar los instrumentos y útiles de trabajo
pertenecientes al trabajador, sin que le sea lícito retener esos útiles e
instrumentos a título de indemnización, garantía o cualquier otro motivo;
17. Facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los locales
de trabajo, para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones de este
Código y darles los informes que para ese efecto sean indispensables. Los
empleadores podrán exigir que presenten credenciales;
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29. Suministrar cada año, en forma completamente gratuita, por lo menos un
vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios;
Art. 45.- Obligaciones del trabajador.- Son obligaciones de trabajador:
b) Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado
los instrumentos y útiles de trabajo, no siendo responsable por el deterioro que
origine el uso normal de esos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito o
fuerza mayor, ni del proveniente de mala calidad o defectuosa construcción;
e) Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal;
f) Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;
g) Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales
que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;
Código Penal
Art. 428.- El que, con el fin de proporcionarse una ganancia hubiere mezclado o
hecho mezclar con bebidas o comestibles, o con sustancias o artículos
alimenticios, destinados a ser vendidos, materias de tal naturaleza que pueden
alterar la salud, será reprimido con prisión de tres meses a un año y multa de ocho
a treinta y un dólares de los Estados Unidos de Norte América.
Si las materias mezcladas con las bebidas o comestibles, o con sustancias o
artículos alimenticios destinados a la venta, pudieren causar la muerte, la pena
será de prisión de uno a cinco años y multa de dieciséis a sesenta y dos dólares
de los Estados Unidos de Norte América.
Art. 437-A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca,
deposite, comercialice, tenga en posesión, o use desechos tóxicos peligrosos,
sustancias radioactivas, u otras similares que por sus características constituyan
peligro para la salud humana o degraden y contaminen el medio ambiente, serán
sancionados con prisión de dos a cuatro años.
Art. 437-B.- El que infringiere las normas sobre protección del ambiente, vertiendo
residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad
con la ley, si tal acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora,
la fauna, el potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 32
reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyere un delito más
severamente reprimido.
Art. 566.- Serán reprimidos con prisión de quince días a tres meses y multa de
seis a dieciséis dólares de los Estados Unidos de Norte América:
Los que sin estar en el caso del Art. 428, por no existir peligro de alterar la salud
de los
consumidores, hubieren falsificado o hecho falsificar bebidas o comestibles; Los
que hubieren vendido o hecho vender, pública o privadamente, dichos artículos
falsificados; y, Los que por carteles o avisos, impresos o no, o por cualquier otro
modo de propaganda, hubieren enseñado o revelado procedimientos para la
falsificación de los mencionados artículos.
Código de la Salud
En el libro II, De las acciones en el campo de protección de la salud, Título I: Del
Saneamiento Ambiental, Capítulo I: Disposiciones Generales se mencionan los
siguientes artículos:
Art. 6.- determina que el saneamiento ambiental es el conjunto de actividades
dedicadas a acondicionar y controlar el ambiente en que vive el hombre, a fin de
proteger su salud.
Art. 12.- Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo o las aguas, los
residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los conviertan en
inofensivos para la salud.
La Ley de Gestión Ambiental introduce una reforma al Art. 2. del Código de la
Salud, agregando el siguiente inciso: “en aquellas materias de salud vinculadas
con la calidad del ambiente, regirá como norma supletoria de este código, la Ley
del Medio Ambiente”.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 33
2.4 Decretos
Decreto 3516: Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio
del Ambiente (TULSMA)
Acuerdo Ministerial 006 que reforma el Acuerdo Ministerial 068, mediante el
cual se reforma el Titulo I del Libro VI del Texto Unificado de Legislación
Ambiental Secundaria
CAPÍTULO IV
DEL SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SUIA)
Art. 35.- De la falta de licencias ambientales.- Los proyectos, obras o
actividades nuevas y en funcionamiento, deben cumplir con el proceso de
regularización ambiental de conformidad con éste Reglamento, Manuales de
Procedimiento, Normativa Ambiental Aplicable, obteniendo la licencia ambiental
correspondiente, en caso de no hacerlo, serán objeto de las sanciones previstas
en la normativa ambiental aplicable; a cargo de la autoridad ambiental
competente, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que se
deriven por su incumplimiento.
Art. 49.- De los términos de referencia.- Los términos de referencia son
documentos preliminares que determinan el contenido, el alcance, la focalización,
los métodos y las técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios
ambientales, en donde se establecen los lineamientos e instrucciones en cuanto a
la profundidad y nivel de detalle para elaborar dicho estudio; y deberán
presentarse para su aprobación para los proyectos, obras o actividades de la
categoría IV, siguiendo los lineamientos determinados en el manual del Anexo II,
específicos de cada categoría.
CAPÍTULO VII
DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Art. 62.- Participación ciudadana.- En lo que respecta a los mecanismos de
participación ciudadana en los procesos de licenciamiento ambiental se estará a
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 34
los señalado en el Decreto Ejecutivo No. 1040 de 22 de abril de 2008, mediante el
cual se aplicó el "Reglamento de Aplicación de Mecanismos de Participación
Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental"; y, el Acuerdo Ministerial No.
66 de 18 de Junio de 2013, mediante el cual se expidió el "Instructivo al
Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos
en la Ley de Gestión Ambiental, publicado en el Registro Oficial No. 332 de 8 de
mayo de 2008".
CAPÍTULO VIII
DEL SEGUIMIENTO AMBIENTAL
Art. 66.- Seguimiento ambiental.- El Control y Seguimiento Ambiental de un
proyecto, obra o actividad tiene por objeto asegurar que las variables ambientales
relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo ambiental, se lleven en la
forma en que fueron aprobados, y evolucionen según lo establecido en la
documentación que forma parte de dicho estudio ambiental. Además, el
seguimiento ambiental de un proyecto, obra o actividad, proporciona información
para evaluar el adecuado manejo ambiental conforme lo establecido en la
legislación ambiental aplicable.
El seguimiento ambiental incluye los siguientes mecanismos, y demás
establecidos en la Legislación Ambiental aplicable u otros que establezca la
Autoridad Ambiental competente:
MONITOREOS
Art... Objeto de los Monitoreos.- El objeto de la actividad de monitoreo es el
seguimiento sistemático y permanente mediante reportes conforme lo establecido
en la normativa o autorización ambiental, que contengan los registros,
observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de los resultados de los
muestreos de los recursos, en cuanto a la calidad y/o alteraciones en los medios
físico, biótico y/o socio-cultural y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 35
Los monitoreos a recursos deberán evaluar la calidad ambiental por medio del
análisis de indicadores cualitativos y cuantitativos del área de influencia de la
actividad controlada.
Art... Obligatoriedad y periodicidad de los Monitoreos.- El Sujeto de control es
responsable por el monitoreo permanente del cumplimiento de las obligaciones
que se desprenden de la autorización administrativa correspondiente y del
instrumento técnico que lo sustenta, con particular énfasis de sus emisiones,
descargas o vertidos y cuerpos de inmisión o cuerpo receptor para el caso de los
vertidos líquidos. Las fuentes, recursos y parámetros a ser monitoreados, así
como la frecuencia de los muestreos del monitoreo y la periodicidad de los
reportes de informes de monitoreo constarán en el respectivo Plan de Manejo
Ambiental, y se lo determinará en base de la actividad, riesgo ambiental y
características del entorno.
Como mínimo los Sujetos de Control reportarán ante la entidad ambiental de
control, una vez al año, sin perjuicio de lo establecido en la Normativa Ambiental
sectorial, en todos los casos el detalle de la ejecución y presentación de los
monitoreos se describirán en los Planes de Monitoreo Ambiental correspondientes.
Adicionalmente, la Autoridad Ambiental competente podrá disponer a los Sujetos
de Control la realización de actividades de monitoreo de emisiones, descargas o
vertidos o de calidad de un recurso en cualquier momento, cuyos costos serán
cubiertos en su totalidad por el Sujeto de Control. Las actividades de monitoreo se
sujetarán a las normas técnicas expedidas por la Autoridad Ambiental Nacional y a
los Reglamentos específicos de cada sector.
Art... Análisis y Evaluación de datos de monitoreo.- Los Sujeto de control
deberán llevar registros de los resultados de los monitoreos, de forma permanente
mientras dure la actividad, ejecutar análisis estadísticos apropiados y crear bases
de datos que sirvan para el control y seguimiento a lo largo del tiempo.
DE LAS INSPECCIONES
Art... Inspecciones Ambientales.- Las instalaciones de los sujetos de control,
serán inspeccionadas en cualquier momento, sin necesidad de notificación previa,
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 36
por parte de la Autoridad Ambiental competente que podrá contar con el apoyo de
la fuerza pública en los casos que fueren necesarios.
La Autoridad Ambiental competente de control podrá tomar muestras de las
emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o
prevención existente. El Sujeto de Control deberá garantizar una coordinación
interna para atender las demandas de la entidad ambiental de control en cualquier
horario.
Los resultados de las inspecciones constarán en el correspondiente informe que
de ser el caso se dará inicio, al requerimiento de un Plan Emergente que contenga
medidas correctivas inmediatas, al procesamiento sancionatorio o a los
procedimientos de regularización establecidos en la Normativa Ambiental
aplicable.
Dicho Plan Emergente deberá estar sujeto al control y seguimiento por parte de la
Autoridad Ambiental por medio de informes de cumplimiento y demás mecanismos
de control establecidos.
Los sujetos de control están obligados a prestar todas las facilidades para la
ejecución de las inspecciones, toma de muestras y análisis de laboratorio que la
Autoridad Ambiental competente lo requiera.
HALLAZGOS DE MECANISMOS DE CONTROL
Art... Hallazgos.- Los hallazgos de los mecanismos de control se clasifican como:
Conformidades, No Conformidades y Observaciones.
Las Conformidades y No Conformidades se las determina por medio de Auditorías
Ambientales, pudiendo ser mayores o menores, sin perjuicio de que la Autoridad
Ambiental pueda establecer no conformidades en cualquier momento en base a
los resultados de los mecanismos de control.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 37
Las observaciones pueden ser entre otras, incumplimientos a los límites
permisibles, a los Planes de Manejo Ambiental y la Normativa Ambiental vigente, y
se los identificará por medio de los mecanismos de control.
Los plazos para que el sujeto de control remita los informes pertinentes, ya sean
de observaciones o No Conformidades, serán dispuestos por la Autoridad
Ambiental.
No conformidad mayor (NC+).- Esta calificación implica una falta grave frente al
Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una Calificación de NC+ puede
ser aplicada también cuando se produzcan repeticiones periódicas de no
conformidades menores. Los criterios de calificación son los siguientes:
Corrección o remediación de carácter difícil.
Corrección o remediación que requiere mayor tiempo, recursos humanos
y económicos.
El evento es de magnitud moderada a grande.
Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales.
Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en la
corrección de un problema menor.
No Conformidad Menor (NC-): Esta calificación implica una falta leve frente al
cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables, dentro de los
siguientes criterios:
Fácil corrección o remediación.
Rápida corrección o remediación.
Bajo Costo de remediación o corrección.
Evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco riesgo
o impactos menores, sean directos y/o indirectos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Cuarta.- Licencias ambientales de actividades y proyectos en
funcionamiento (estudios expost).- Los proyectos, obras o actividades en
funcionamiento que deban obtener una licencia ambiental de conformidad con lo
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 38
dispuesto en éste instrumento jurídico y acorde a la categorización ambiental
nacional, deberán regularizarse desde la publicación de éste Acuerdo Ministerial
en el Registro Oficial, son pena de las sanciones que su falta de regularización
pueda generar.
En caso que un proyecto, obra o actividad no se regularice la autoridad ambiental
competente, notificará al representante legal de proyecto en funcionamiento, la
obligación de regularizar su actividad; en caso de no acatar lo dispuesto se
ordenará el cierre de todas las actividades de manera temporal o definitiva hasta
que se obtenga la licencia correspondiente.
El TULSMA establece además los siguientes anexos:
Anexo 1. Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso
Agua
4.2 Criterios generales para la descarga de efluentes.
4.2.1 Normas generales para descarga de efluentes, tanto al sistema de
alcantarillado, como a los cuerpos de agua
4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales
de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas
subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no
exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de
alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa
descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de
recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las
normas de descarga a cuerpos de agua.
4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y
pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus
respectivos sistemas o colectores.
4.2.2 Normas de descarga de efluentes al sistema de alcantarillado público
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 39
4.2.2.1 Se prohíbe descargar en un sistema público de alcantarillado, cualquier
sustancia que pudiera bloquear los colectores o sus accesorios, formar vapores o
gases tóxicos, explosivos o de mal olor, o que pudiera deteriorar los materiales de
construcción en forma significativa. Esto incluye las siguientes sustancias y
materiales, entre otros:
a) Fragmentos de piedra, cenizas, vidrios, arenas, basuras, fibras, fragmentos de
cuero, textiles, etc. (los sólidos no deben ser descargados ni aún después de
haber sido triturados).
b) Resinas sintéticas, plásticos, cemento, hidróxido de calcio.
c) Residuos de malta, levadura, látex, bitumen, alquitrán y sus emulsiones de
aceite, residuos líquidos que tienden a endurecerse.
d) Gasolina, petróleo, aceites vegetales y animales, hidrocarburos clorados,
ácidos, y álcalis.
e) Fosgeno, cianuro, ácido hidrazoico y sus sales, carburos que forman acetileno,
sustancias comprobadamente tóxicas.
4.2.2.3 Toda descarga al sistema de alcantarillado deberá cumplir, al menos, con
los valores establecidos en la tabla 11 del Anexo 1 del libro VI del TULSMA.
Anexo 2. Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de
Remediación para Suelos Contaminados
4.1.1 Prevención de la contaminación del recurso suelo
4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos
Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá
implementar una política de reciclaje o reuso de los desechos. Si el reciclaje o
reuso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera
ambientalmente aceptable.
4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos
Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades
industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus
proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 40
mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas
ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.
4.1.1.3 Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos
peligrosos
El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser
manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas
para el efecto.
Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual
sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las
características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo.
Anexo 4. Reforma a la Norma de Calidad del Aire Ambiente o Nivel de
Inmisión - Acuerdo Ministerial 050
4.1 Norma de calidad de aire ambiente
4.1.1.1 Para efectos de esta norma se establecen como contaminantes criterio del
aire ambiente a los siguientes:
Partículas Sedimentables.
Material Particulado de diámetro aerodinámico menor a 10 (diez) micrones.
Se abrevia PM10.
Material Particulado de diámetro aerodinámico menor a 2,5 (dos enteros
cinco décimos) micrones. Se abrevia PM2,5.
Dióxido de Nitrógeno NO2.
Dióxido de Azufre SO2.
Monóxido de Carbono CO.
Ozono O3.
4.1.1.2 Para efectos de esta norma se establecen como contaminantes no
convencionales con efectos tóxicos y/o carcinogénicos a los siguientes:
Benceno (C6H6).
Cadmio (Cd).
Mercurio inorgánico (vapores) (Hg).
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 41
4.1.2 Normas generales para concentraciones de contaminantes criterio en el
aire ambiente.
4.1.2.1 Para los contaminantes criterios del aire, definidos en 4.1.1.1, se
establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas. La Autoridad
Ambiental Nacional establecerá la frecuencia de revisión de los valores descritos
en la presente norma de calidad de aire ambiente. La Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental
utilizará los valores de concentraciones máximas de contaminantes del aire
ambiente aquí definidos, para fines de elaborar su respectiva ordenanza o norma
sectorial. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el
Sistema Único de Manejo Ambiental podrá establecer normas de calidad de aire
ambiente de mayor exigencia que los valores descritos en esta norma nacional,
esto si los resultados de las evaluaciones de calidad de aire que efectúe dicha
autoridad indicaren esta necesidad.
Partículas sedimentables.- La máxima concentración de una muestra, colectada
durante 30 (treinta) días de forma continua, será de un miligramo por centímetro
cuadrado (1 mg/cm2 x 30 d).
Material particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la
concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de
cincuenta microgramos por metro cúbico (50 g/m3).
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá
exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 g/m3).
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado
PM10 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas
durante un periodo anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (100
g/m3).
Material particulado menor a 2,5 micrones (PM2,5).- El promedio aritmético de
la concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de
quince microgramos por metro cúbico (15 g/m3).
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 42
El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá
exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 g/m3).
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado
PM2.5 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas
durante un período anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (50
g/m3)
Dióxido de azufre (SO2).- La concentración SO2 en 24 horas no deberá exceder
ciento veinticinco microgramos por metro cúbico (125 g/m3), la concentración de
este contaminante para un periodo de diez minutos, no debe ser mayor a
quinientos microgramos por metro cúbico (500 g/m3).
El promedio aritmético de la concentración de SO2 de todas las muestras en un
año no deberá exceder de sesenta microgramos por metro cúbico (60 g/m3).
Monóxido de carbono (CO).- La concentración de monóxido de carbono de las
muestras determinadas de forma continua, en un período de 8 (ocho) horas, no
deberá exceder diez mil microgramos por metro cúbico (10 000 g/m3) no más de
una vez al año. La concentración máxima en (1) una hora de monóxido de
carbono no deberá exceder treinta mil microgramos por metro cúbico (30 000
g/m3) no más de una vez al año.
Ozono.- La máxima concentración de ozono, obtenida mediante muestra continua
en un período de (8) ocho horas, no deberá exceder de cien microgramos por
metro cúbico (100 g/m3), más de una vez en un año.
Dióxido de nitrógeno (NO2).- El promedio aritmético de la concentración de
Dióxido de nitrógeno, determinado en todas las muestras en un año, no deberá
exceder de cuarenta microgramos por metro cúbico (40 g/m3).
La concentración máxima en (1) una hora no deberá exceder doscientos
microgramos por metro cúbico (200 g/m3).
4.1.5 Normas generales para concentraciones de contaminantes no
convencionales con efectos tóxicos y/o carcinogénicos en el aire ambiente
4.1.5.1 Para los contaminantes no convencionales definidos en el 4.1.1.2, se
establecen los siguientes niveles máximos permisibles descritos en la Tabla 3
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 43
Niveles máximos permisibles para contaminantes no convencionales con
efectos tóxicos y/o carcinogénicos
Anexo 5. Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes
Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones
4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes
fijas
4.1.1 Niveles máximos permisibles de ruido
4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq
, expresados en
decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una
fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la Tabla
1. NIVELES MÁXIMOS DE RUIDO PERMISIBLES SEGÚN USO DEL SUELO.
4.1.1.7 Se prohíbe la emisión de ruidos o sonidos provenientes de equipos de
amplificación u otros desde el interior de locales destinados, entre otros fines, para
viviendas, comercios, servicios, discotecas y salas de baile, con niveles que
sobrepasen los límites determinados para cada zona y en los horarios
establecidos en la presente norma.
4.1.4 Ruidos producidos por vehículos automotores
4.1.4.2 Se establecen los niveles máximos permisibles de nivel de presión sonora
producido por vehículos, los cuales se presentan en la Tabla 3. NIVELES DE
PRESIÓN SONORA MÁXIMOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Anexo 6. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de
Desechos Sólidos No Peligrosos
4.1 De las responsabilidades en el manejo de los desechos sólidos
4.1.1 El Manejo de los desechos sólidos en todo el país será responsabilidad de
las municipalidades, de acuerdo a la Ley de Régimen Municipal y el Código de
Salud.
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o
manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 44
la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta
manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos.
4.1.23 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o
manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la
información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición,
características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino
final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al
personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones,
labores de vigilancia y control.
4.2 De las prohibiciones en el manejo de desechos sólidos
4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto.
4.2.8 Se prohíbe la disposición o abandono de desechos sólidos, cualquiera sea
su procedencia, a cielo abierto, patios, predios, viviendas, en vías o áreas públicas
y en los cuerpos de agua superficiales o subterráneos.
4.2.12 Se prohíbe que el generador de desechos sólidos entregue los desechos a
persona natural o jurídica que no posea autorización de la entidad de aseo, aquél
y ésta responderán solidariamente de cualquier perjuicio causado por las mismas
y estarán sujetos a la imposición de las sanciones que establezcan las autoridades
pertinentes.
4.2.17 Se prohíbe la disposición de desechos sólidos peligrosos en el relleno
sanitario de la ciudad, los cuales se encontrarán listados en la Normativa para
Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente.
4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no
peligrosos.
4.4 Normas generales para el almacenamiento de desechos sólidos no
peligrosos
4.4.2 Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio
ordinario deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y
los recipientes podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se
autoriza el uso de cajas, saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas
y envolturas de papel.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 45
4.4.5 Los recipientes no retornables utilizados para almacenamiento de desechos
sólidos en el servicio ordinario, deben ser fundas de material plástico o de
características similares y deberán reunir por lo menos las siguientes condiciones:
a) Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los desechos sólidos
contenidos y por su manipulación.
b) Su capacidad debe estar de acuerdo con lo que establezca la entidad que
preste el servicio de aseo.
c) Para la recolección de desechos reciclables, tales como: papeles y plásticos
limpios, envases de: vidrios enteros, metales como latas de cerveza, de
gaseosas, de alimentos y otros, se empleará una funda plástica celeste.
d) Para la recolección de desechos sólidos no reciclables, tales como:
desechos sólidos orgánicos, frutas, carnes, verduras, papel higiénico, papel
carbón, pañales desechables y otros, se utilizará una funda plástica oscura
o negra.
4.4.6 Cuando se utilicen fundas de material plástico o de características similares
como recipientes no retornables, el usuario deberá presentarlas cerradas con
nudo o sistema de amarre fijo.
4.5 Normas generales para la entrega de desechos sólidos no peligrosos
4.5.3 En el servicio ordinario los recipientes de recolección de los desechos
sólidos deben colocarse en la acera, evitando la obstrucción peatonal, o en los
lugares que específicamente señale la entidad de aseo.
4.7 Normas generales para la recolección y transporte de desechos sólidos
no peligrosos
4.7.1 Los usuarios deben sacar a la vía sus recipientes o fundas con los desechos
sólidos, sólo en el momento en que pase el vehículo recolector, salvo el caso de
que se posea cestas metálicas donde colocar las fundas.
4.7.2 La recolección y transporte de desechos sólidos no peligrosos debe ser
efectuada por los operarios designados por la entidad de aseo, de acuerdo con las
rutas y las frecuencias establecidas para tal fin.
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Decreto Ejecutivo 2393: Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores
Las disposiciones de este reglamento, se aplican a toda actividad laboral y en todo
centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación
de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del ambiente laboral.
Art.11.- Obligaciones de los empleadores.- Son obligaciones generales de los
personeros de las entidades y empresas públicas y privadas:
- Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que
puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares
de trabajo de su responsabilidad.
- Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas,
herramientas y materiales para un trabajo seguro.
- Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestimenta adecuada para el
trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.
- Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en
actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o
defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no
respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de
trabajo.
- Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o
puede contraer enfermedad profesional, dentro de la práctica de su
actividad laboral ordinaria, según dictamen de la Comisión de Evaluaciones
de Incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio del Trabajo.
- Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades
y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la
prevención de los riesgos de trabajo.
- Capacitar sobre riegos y prevención de las actividades laborales.
Art. 13.- Obligaciones de los trabajadores.-
- Asistir a las capacitaciones, cuidar de su higiene e informar al empleador en
caso de averías o riesgos.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 47
- Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva
proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.
Art. 14.- DE LOS COMITES DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO.
1. En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá
organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma
paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los
empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un Presidente y
Secretario que durará un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos
indefinidamente. Si el Presidente representa al empleador, el Secretario
representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante tendrá un
suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso
de falta o impedimento de éste. Concluido el período para el que fueron elegidos
deberá designarse al Presidente y Secretario.
7. Las actas de constitución del Comité serán comunicadas por escrito al
Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y al IESS, así como al empleador y a
los representantes de los trabajadores.
Igualmente se remitirá durante el mes de enero, un informe anual sobre los
principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior.
Art. 39.- Abastecimiento de agua.-
- En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma
suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.
- No existirán conexiones entre el sistema de abastecimiento de agua potable
y el de agua que no sea apropiada para beber, tomándose las medidas
necesarias para evitar su contaminación.
- En los casos en que por la ubicación especial de los centros de trabajo, el
agua de que se disponga no sea potable, se recurrirá a su tratamiento,
practicándose los controles físicos, químicos y bacteriológicos
convenientes.
- Si por razones análogas a las expresadas en el párrafo anterior, tiene que
usarse forzosamente agua potable llevada al centro de trabajo en tanques o
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 48
cisternas, será obligatorio que éstos reúnan suficientes condiciones de
hermeticidad, limpieza y asepsia, garantizado por la autoridad competente.
Art. 40.- Vestuarios.-
1. Todos los centros de trabajo dispondrán de cuartos vestuarios para uso del
personal debidamente separados para los trabajadores de uno u otro sexo y en
una superficie adecuada al número de trabajadores que deben usarlos en forma
simultánea.
Art. 41.- Servicios higiénicos.-
El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente
separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo a lo establecido en la
siguiente tabla:
ELEMENTOS RELACION POR NUMERO DE TRABAJADORES
Excusados 1 por cada 25 varones o fracción
1 por cada 15 mujeres o fracción
Urinarios 1 por cada 25 varones o fracción
Duchas 1 por cada 30 varones o fracción
1 por cada 30 mujeres o fracción
Lavabos 1 por cada 10 trabajadores o fracción.
Art. 46.- Servicios de Primeros Auxilios.- Todos los centros de trabajo
dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a
los trabajadores durante la jornada de trabajo.
Art. 47. Empresas con Servicio Médico.- En las empresas obligadas a constituir
Servicio Médico autónomo o mancomunado, será éste el encargado de prestar los
primeros auxilios a los trabajadores que lo requieran, por accidente o enfermedad,
durante su permanencia en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido
en el Reglamento de Servicio Médico de la Empresa.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 49
Art. 55.- Ruidos y vibraciones
6. Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del
sonómetro, medidos (sic) en el lugar en donde el trabajador mantiene
habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo.
No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad
intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no
excederán de 70 decibeles de ruido.
Art. 92.- Mantenimiento.-
- El mantenimiento de máquinas deberá ser de tipo preventivo y programado.
- Las máquinas, sus resguardos y dispositivos de seguridad serán revisados,
engrasados y sometidos a todas las operaciones de mantenimiento
establecidas por el fabricante, o que aconseje el buen funcionamiento de
las mismas.
- Las operaciones de engrase y limpieza se realizarán siempre con las
máquinas paradas, preferiblemente con un sistema de bloqueo, siempre
desconectadas de la fuerza motriz y con un cartel bien visible indicando la
situación de la máquina y prohibiendo la puesta en marcha. En aquellos
casos en que técnicamente las operaciones descritas no pudieren
efectuarse con la maquinaria parada, serán realizadas con personal
especializado y bajo dirección técnica competente.
- (sic) La eliminación de los residuos de las máquinas se efectuará con la
frecuencia necesaria para asegurar un perfecto orden y limpieza del puesto
de trabajo.
Art. 175.- Disposiciones generales.-
- La utilización de los medios de protección personal tendrá carácter
obligatorio en los siguientes casos:
a) Cuando no sea viable o posible el empleo de medios de protección
colectiva.
b) Simultáneamente con éstos cuando no garanticen una total
protección frente a los riesgos profesionales.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 50
- La protección personal no exime en ningún caso de la obligación de
emplear medios preventivos de carácter colectivo.
- Sin perjuicio de su eficacia los medios de protección personal permitirán, en
lo posible, la realización del trabajo sin molestias innecesarias para quien lo
ejecute y sin disminución de su rendimiento, no extrañando en sí mismos
otros riesgos.
- El empleador estará obligado a:
a) Suministrar a sus trabajadores los medios de uso obligatorio para
protegerles de los riesgos profesionales inherentes al trabajo que
desempeñan.
b) Proporcionar a sus trabajadores los accesorios necesarios para la
correcta conservación de los medios de protección personal, o disponer
de un servicio encargado de la mencionada conservación.
c) Renovar oportunamente los medios de protección personal, o sus
componentes, de acuerdo con sus respectivas características y
necesidades.
d) Instruir a sus trabajadores sobre el correcto uso y conservación de los
medios de protección personal, sometiéndose al entrenamiento preciso y
dándole a conocer sus aplicaciones y limitaciones.
e) Determinar los lugares y puestos de trabajo en los que sea obligatorio
el uso de algún medio de protección personal.
El trabajador está obligado a:
a) Utilizar en su trabajo los medios de protección personal, conforme a
las instrucciones dictadas por la empresa.
b) Hacer uso correcto de los mismos, no introduciendo en ellos ningún
tipo de reforma o modificación.
c) Atender a una perfecta conservación de sus medios de protección
personal, prohibiéndose su empleo fuera de las horas de trabajo.
d) Comunicar a su inmediato superior o al Comité de Seguridad o al
Departamento de Seguridad e Higiene, si lo hubiere, las deficiencias que
observe en el estado o funcionamiento de los medios de protección, la
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 51
carencia de los mismos o las sugerencias para su mejoramiento
funcional.
Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de
Participación Social Establecido en la Ley de Gestión Ambiental
Art. 6.- DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participación social tiene por objeto
el conocimiento, la integración y la iniciativa de la ciudadanía para fortalecer la
aplicación de un proceso de evaluación de impacto ambiental y disminuir sus
márgenes de riesgo e impacto ambiental.
Art. 7.- AMBITO: La participación social se desarrolla en el marco del
procedimiento “De la Evaluación de Impacto Ambiental y del Control Ambiental”,
del Capítulo II, Título III de la Ley de Gestión Ambiental.
Art. 8.- MECANISMOS: Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la
Constitución Política y en la ley, se reconocen como mecanismos de participación
social en la gestión ambiental, los siguientes:
a) Audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas,
mesas ampliadas y foros públicos de diálogo;
b) Talleres de información, capacitación y socialización ambiental;
c) Campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de los medios de
comunicación;
d) Comisiones ciudadanas asesoras y de veedurías de la gestión ambiental;
e) Participación a través de las entidades sociales y territoriales reconocidas
por la Ley Especial de Descentralización y Participación Social, y en
especial mediante los mecanismos previstos en la Ley Orgánica de las
Juntas Parroquiales;
f) Todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información
disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al
ambiente;
g) Mecanismos de información pública;
h) Reparto de documentación informativa sobre el proyecto;
i) Página web;
j) Centro de información pública; y,
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 52
k) Los demás mecanismos que se establezcan para el efecto.
Art. 10.- Momento de la Participación Social: La participación social se efectuará
de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en
coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la
aprobación del estudio de impacto ambiental.
Art. 16.- De los Mecanismos de Participación Social: Los mecanismos de
participación social contemplados en este reglamento deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
1.- Difusión de información de la actividad o proyecto que genere impacto
ambiental.
2.- Recepción de criterios.
3.- Sistematización de la información obtenida.
Art. 17.- Información Necesaria y Procedencia de la Participación Social: No
puede iniciarse el procedimiento de participación social sin que la autoridad
competente cuente con la información necesaria para ponerla a disposición de la
comunidad y permitir que esta emita sus criterios. Dicha información contendrá al
menos los términos de referencia del proyecto debidamente aprobados, de existir
dicho requisito, el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y el resumen
ejecutivo del borrador del estudio, sin perjuicio de la información adicional que
establezca la autoridad ambiental competente.
Decreto Ejecutivo 1583: Reglamento de Registro y Control Sanitario
ANA KARINA - Actualizar por registro oficial suplemento 260 junio 04 2014
Art. 1.- OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO SANITARIO. Los alimentos
procesados y aditivos alimentarios, cosméticos, productos higiénicos o perfumes,
productos naturales procesados, y plaguicidas de uso doméstico, industrial o
agrícola, en adelante denominados productos, que se expendan directamente al
consumidor bajo una marca de fábrica o nombres y designaciones
determinadas, deberán obtener el Registro Sanitario expedido conforme a lo
establecido en el presente reglamento.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 53
Art. 2.- COMPETENCIA.- El Ministerio de Salud Pública, por intermedio de
sus subsecretarías, direcciones provinciales y del Instituto Nacional de
Higiene y Medicina Tropical Leopoldo lzquieta Pérez, en los lugares en los
cuales éstos estén funcionando son los organismos encargados de otorgar,
mantener, suspender y cancelar el Registro Sanitario y disponer su reinscripción.
Art. 13.- RENOVACION DEL REGISTRO SANITARIO OBTENIDO POR MEDIO
DEL INFORME TECNICO.- Si al término de la vigencia del Registro Sanitario
obtenido con informe técnico, subsiste el deseo de continuar comercializando un
producto, se podrá proceder a renovarlo. La solicitud podrá presentarse tres
meses antes de su vencimiento. Vencida la vigencia del Registro Sanitario el
Director General de Salud procederá a cancelarlo.
Art. 14.- REINSCRIPCION DEL REGISTRO SANITARIO. En caso de
cancelación de un Registro Sanitario por vencimiento de vigencia, el titular podrá
solicitar su reinscripción hasta dentro de un año en que se conservará el
expediente del producto, en el archivo de la autoridad que originalmente lo
otorgó, previo el pago de la tasa que para este caso determine el Ministerio de
Salud.
Art. 17.- El Registro Sanitario podrá ser solicitado por el fabricante del
producto por sí mismo o su representante legal o por el distribuidor que designe
el fabricante, cuando se trate de persona jurídica; el propietario del producto
cuando se trate de persona natural, o el respectivo apoderado.
El Registro Sanitario saldrá a nombre del fabricante o propietario del
producto, salvo disposición expresa de los mismos.
Art. 18.- Los productos importados deberán cumplir con las normas técnico -
sanitarias expedidas por el Ministerio de Salud, las normas oficiales ecuatorianas
o en su defecto con las normas del Códex Alimentarius, Farmacopeas y
códigos normativos internacionalmente aprobados, según el caso.
Art. 21.- VIGENCIA DEL REGISTRO SANITARIO. El Registro Sanitario tendrá
una vigencia de diez años, contados a partir de la fecha de su expedición y podrá
renovarse por períodos iguales en los términos establecidos en el presente
reglamento.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 54
Art. 33.- MUESTRAS PARA ANALISIS. Las autoridades sanitarias, podrán
tomar muestras en cualquiera de las etapas de fabricación, procesamiento,
envase, expendio, transporte y comercialización de los productos, para efectos de
inspección y control sanitario. La acción y periodicidad de muestreo estará
determinada por criterios tales como: Riesgo para la salud pública, tipo de
producto, tipo de proceso, cobertura de comercialización.
2.5 Reglamentos
Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para el Consumo
Humano
Art. 3.- Para efecto de la aplicación de este Reglamento se entenderá por:
Alimento procesado.- "El término alimento procesado, se entiende a bebidas
alcohólicas y no alcohólicas, aguas de mesa, condimentos, especies y aditivos
alimentarios"
Art. 21.- En el etiquetado de las bebidas alcohólicas, constará el mensaje de
advertencia señalado en el Reglamento a la Ley de Defensa del Consumidor
vigente, cumpliendo con las especificaciones del instructivo correspondiente.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- El etiquetado de alimentos procesados deberá cumplir con las
disposiciones de la Ley Orgánica de Salud y la normativa aplicable que establezca
el Ministerio de Salud pública en materia de educación nutricional, higiene y salud,
y disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y
demás disposiciones aplicables en la materia.
Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios
Art. 19.- Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios,
alojamiento, concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes,
instituciones educativas públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y
expendio de combustibles, productos químicos peligrosos de toda actividad que
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 55
representen riesgos de incendio; deben contar con extintores de incendio del tipo
adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo.
Art. 21.- La iluminación de emergencia es aquella que debe permitir, en caso de
corte de energía eléctrica, la evacuación segura y fácil del público hacia el exterior.
Art. 32.- Para el mantenimiento y recarga de extintores se debe considerar los
siguientes aspectos:
b) El mantenimiento y recarga debe ser realizado por personas previamente
certificadas, autorizadas por el cuerpo de bomberos de cada jurisdicción, los
mismo que dispondrán de equipos e instrumentos apropiados, materiales de
recarga, lubricantes y los repuestos recomendados por el fabricante;
c) Los extintores contarán con una placa y etiqueta de identificación de la
empresa, en la que constarán los siguientes datos: fecha de recarga, fecha de
mantenimiento, tipo de agente extintor, capacidad, procedencia e instrucciones
para el uso, todos estos datos estarán en español o la lengua nativa de la
jurisdicción.
Art. 349.- El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario (1
de enero al' 31 de diciembre) exceptuando los permisos ocasionales y es la
autorización que el Cuerpo de Bomberos emite a todo local en funcionamiento que
se enmarca dentro de la siguiente categorización:
b) Industria y fabriles;
Reglamento Ambiental para Actividades Hidrocarburíferas
Art. 25.- Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- Para el manejo y
almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente:
Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas,
concesionarios y distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus
potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de
seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial,
así como sobre el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial
del Sistema PETROECUADOR vigentes, respecto al manejo de
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 56
combustibles;
Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados
así como para combustibles se regirán para su construcción con la norma
API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde
sean aplicables; deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del
suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar
filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto
técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al
110% del tanque mayor;
Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las
especificaciones técnicas y de seguridad industrial del Sistema
PETROECUADOR, para evitar evaporación excesiva, contaminación,
explosión o derrame de combustible. Principalmente se cumplirá la norma
NFPA- 30 o equivalente;
Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento,
tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna
estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones
eléctricas, deben ser conectados a tierra;
Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser
protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar
filtraciones de petróleo o derivados que contaminen el ambiente;
Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no
inundables. La instalación de tanques de almacenamiento de combustibles
se realizará en las condiciones de seguridad industrial establecidas
reglamentariamente en cuanto a capacidad y distancias mínimas de centros
poblados, escuelas, centros de salud y demás lugares comunitarios o
públicos;
Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes de un
volumen mayor a 700 galones deberán tener cunetas con trampas de
aceite. En plataformas off-shore, los tanques de combustibles serán
protegidos por bandejas que permitan la recolección de combustibles
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 57
derramados y su adecuado tratamiento y disposición; y,
Cuando se helitransporten combustibles, se lo hará con sujeción a las
normas de seguridad OACI.
Art. 26.-Seguridad e higiene industrial.- Es responsabilidad de los sujetos de
control, el cumplimiento de las normas nacionales de seguridad e higiene
industrial, las normas técnicas INEN, sus regulaciones internas y demás normas
vigentes con relación al manejo y la gestión ambiental, la seguridad e higiene
industrial y la salud ocupacional, cuya inobservancia pudiese afectar al medio
ambiente y a la seguridad y salud de los trabajadores que prestan sus servicios,
sea directamente o por intermedio de subcontratistas en las actividades
hidrocarburíferas contempladas en este Reglamento. Toda instalación industrial
dispondrá de personal profesional capacitado para seguridad industrial y salud
ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de la
empresa acorde con las funciones que desempeña.
Art. 27.- Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones.- Se deberá
disponer de equipos y materiales para control de derrames así como equipos
contra incendios y contar con programas de mantenimiento tanto preventivo como
correctivo, especificados en el Plan de Manejo Ambiental, así como documentado
y reportado anualmente en forma resumida a través de la Dirección Nacional de
Protección Ambiental a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de
Energía y Minas. Durante la operación y mantenimiento se dispondrá, para
respuesta inmediata ante cualquier contingencia, del equipo y materiales
necesarios así como personal capacitado especificados en el Plan de
Contingencias del Plan de Manejo Ambiental, y se realizarán periódicamente los
respectivos entrenamientos y simulacros.
Reglamento para el Control de Sustancias Sujetas a Fiscalización y Medicamentos
que las Contengan
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 58
Art. 1.- Requisitos y procedimientos que deben cumplir las personas naturales y
jurídicas para:
a) Obtener la calificación que les permita: importar, exportar, producir, almacenar,
transportar, prestar servicios, utilizar en procesos industriales o comercializar
localmente sustancias sujetas a fiscalización; y,
b) Obtener la licencia que les permita distribuir medicamentos que contengan
sustancias sujetas a fiscalización.
Art. 7.- Concesión de la calificación y/o licencia.
- La Dirección Nacional de Control y Fiscalización y las direcciones regionales, en
sus respectivas jurisdicciones, en base al informe técnico favorable, otorgarán la
calificación con la asignación de un código, las sustancias sujetas a fiscalización y
sus respectivos cupos; y la licencia con el código y el listado de medicamentos a
distribuirse.
Art. 9.- Vigencia de la calificación y licencia.- La calificación y licencia otorgadas a
las personas naturales o jurídicas tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de
cada año, independientemente de la fecha de su emisión.
Art. 20.- Concesión de la renovación.- Una vez cumplidos los requisitos y
elaborado el informe técnico correspondiente, la Dirección Nacional de Control y
Fiscalización o direcciones regionales, en sus respectivas jurisdicciones, emitirán
el documento de renovación de la calificación o licencia.
En caso de que la persona natural o jurídica requiera ampliar los cupos de las
sustancias controladas o incluir nuevas sustancias a su calificación, presentará los
justificativos técnicos, mismos que estarán sujetos a análisis y aprobación.
Para obtener el nuevo documento de calificación o licencia, el interesado debe
entregar el caducado.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 59
2.6 Ordenanzas
Ordenanza para la Protección de la Calidad Ambiental en lo Relativo a la
Contaminación por Desechos No Domésticos generados por Fuentes Fijas del
Cantón Ibarra
Art. 13.- Del informe técnico demostrativo (ITD).- Es el instrumento que
contiene la más precisa información técnica sobre las condiciones en que un
sujeto de control desarrolla su actividad, y permite establecer si éstos cumplen con
los niveles máximos permisibles de contaminación y demás normas técnicas
pertinentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de esta ordenanza. Para
este efecto, todo sujeto de control, además de presentar la correspondiente
información dentro del formulario elaborado y proporcionado por la autoridad
ambiental, deberá adjuntar los resultados de una caracterización actualizada de
sus desechos y emisiones, realizada por un profesional o laboratorio
especializados y legalmente autorizados. Los artesanos legalmente calificados
presentarán la caracterización de sus desechos y emisiones del
10% de los agremiados por sector.
El ITD se presentará ante la autoridad ambiental, suscrito por el propietario o
representante legal del establecimiento, dentro de los tres meses que tiene de
vigencia el Certificado de Registro Ambiental. Si transcurrido ese tiempo no se
presentara el ITD, se impondrá al infractor la multa correspondiente y se le
concederá un plazo perentorio de sesenta días para que lo haga, lapso durante el
cual se prorrogará la vigencia del aludido certificado.
Art. 14.- Del programa de monitoreo y verificación de cumplimiento.- Los
establecimientos que hayan obtenido el permiso ambiental, ingresarán
automáticamente a un Programa de Monitoreo de Cumplimiento de Normas
Técnicas.
El programa consiste en el monitoreo que realizará la UGCA, a través de visitas
anuales a sus establecimientos, para verificar el cumplimiento de los niveles
máximos permisibles de contaminación, mediante caracterizaciones de sus
desechos líquidos y emisiones a la atmósfera.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 60
Sin perjuicio de la competencia que tiene la UGCA para la ejecución de esta
actividad, de considerarlo conveniente se podrá concesionar o tercerizar la
prestación de este servicio.
Art. 15.- Derecho de inspección.- Sin perjuicio del Programa de Monitoreo y
Verificación, el Jefe de la UGCA, el asistente técnico, los inspectores y los
comisarios, están facultados para realizar en cualquier día del año inspecciones a
las instalaciones de los establecimientos sujetos de control, a fin de verificar el
cumplimiento de esta ordenanza. En todo caso, el único requisito previo para
cumplir con esta diligencia será la presentación al representante del sujeto de
control, de la orden escrita del Jefe (a) de la unidad o de quien le subrogue.
Art. 21.- Del plan de cumplimiento.- Cuando presentado el ITD aludido en el
párrafo segundo del artículo 13, se determinare un incumplimiento de los niveles
máximos permisibles de contaminación para los desechos líquidos peligrosos, el
establecimiento implicado no obtendrá el permiso ambiental y se le entregará una
notificación de incumplimiento, en la que se conminará al establecimiento a
presentar en el plazo de noventa días, un Plan de Cumplimiento, ajustado a los
requerimientos de esta dependencia.
2.7 Acuerdos
Acuerdo Ministerial 161
Art. 152.- El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de
prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas,
desechos peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los
procedimientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental y
de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos
reglamentos, y en los convenios internacionales relacionados con esta materia,
suscritos y ratificados por el estado.
Art. 153.- Las sustancias químicas peligrosas sujetas a control, son aquellas que
se encuentran en los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas
aprobados por la autoridad ambiental nacional.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 61
Art. 154.- A efectos del presente reglamento, los desechos peligrosos son:
a) Los desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un
proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y
que contengas alguna sustancia que tenga características corrosivas,
reactivas, tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, que
representen un riego para la salud humana y el ambiente de acuerdo a las
disposiciones legales aplicables.
Art. 156.- Se hallan sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones del
presente Reglamento, todas las personas naturales o jurídicas, públicas o
privadas, nacionales o extranjeras, que dentro del territorio nacional participen en
cualquiera de las fases y actividades de gestión de sustancias químicas
peligrosas, desechos peligrosos y especiales en los términos de los artículos
precedentes.
Art. 169.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la gestión total o
parcial de sustancias químicas peligrosas, debe ejecutar sus actividades
específicas de acuerdo a la normativa ambiental que sobre el tema sea emitida
por el Ministerio del Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se
complementará con las normas internacionales aplicables que la autoridad
ambiental nacional considere necesarias.
Art. 173.- Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la
gestión integral de las sustancias químicas peligrosas, están obligadas a minimizar
la generación de desechos o remanentes y a responsabilizarse de forma directa e
indirecta por el manejo adecuado de estos, de tal forma que no contaminen el
ambiente. Los envases vacíos de sustancias químicas caducadas o fuera de
especificaciones técnicas, serán considerados como desechos peligrosos y
deberán ser manejados técnicamente mediante los métodos establecidos en las
normas técnicas y normativas nacionales e internacionales aplicables por la
Autoridad Ambiental Nacional.
Art. 181.- Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y
responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su
responsabilidad:
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 62
Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas
que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al
cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los
mismos y en caso de incidentes que involucren manejo inadecuado,
contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad es solidaria e
irrenunciable;
Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos
peligrosos y especiales;
Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o
especiales, ante el Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de
Aplicación responsables, para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá
los procedimientos aprobatorios respectivos mediante acuerdo ministerial;
Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de
seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente
Reglamento, normas INEN y/o normas nacionales e internacionales aplicables
evitando su contacto con los recursos agua y suelo y verificando la
compatibilidad de los mismos;
Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar
el almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales,
Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados,
de acuerdo a la norma técnica correspondiente;
Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su
adecuado manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten
con la regularización ambiental correspondiente emitida por el Ministerio del
Ambiente o por la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable.
Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de los
desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se
hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del
desecho, su origen, cantidad (transferencia/almacenada) y destino.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 63
Acuerdo Ministerial 142
EN ESTE ACUERDO SE EXPIDEN LOS LISTADOS NACIONALES DE
SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y
ESPECIALES
Art. 1. Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el
Anexo A del presente acuerdo.
Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B
del presente acuerdo.
Art. 3. Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C
del presente acuerdo.
Acuerdo Ministerial 026
Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos
peligros deberá registrarse en el ministerio de ambiente, de acuerdo al
procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinados
en el Anexo a del presente Acuerdo.
Acuerdo Ministerial 066
PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PARA PROYECTOS CATEGORÍA IV
SOBRE EL FACILITADOR SOCIOAMBIENTAL
Art. 6.- Para la coordinación y sistematización del Proceso de Participación Social
(PPS), el Ministerio del Ambiente, a través de la Subsecretaría de Calidad
Ambiental, establecerá una base de datos de Facilitadores Socioambientales
Acreditados, quienes provendrán de las ciencias sociales, socioambientales y/o
disciplinas afines, y acreditarán experiencia en la organización, conducción,
registro, sistematización, análisis e interpretación de procesos de diálogo y
participación social.
Art. 7.- El Facilitador Socio-ambiental mantendrá independencia e imparcialidad
con el consultor y proponente del proyecto durante la organización, conducción,
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 64
registro, sistematización, análisis e interpretación del Proceso de Participación
Social (PPS).
Por tanto, para que un Facilitador Socio-ambiental pueda ser designado para un
Proceso de Participación Social (PPS), no tendrá que haber sido parte del equipo
multidisciplinario que elaboró el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo
Ambiental motivo del Proceso de Participación Social (PPS), ni mantener relación
laboral alguna con el promotor o ejecutor del proyecto y tampoco contar con
vínculo profesional, económico, financiero o personal alguno con el promotor del
proyecto.
Art. 8.- El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental
competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto.
SOBRE EL PAGO POR LOS SERVICIOS DE FACILITACIÓN SOCIO
AMBIENTAL DE LOS
PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 28.- Incorpórese en el artículo 11, Acápite V, Capítulo II del Libro IX del Texto
Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente lo siguiente:-
1. El pago de USD 1500 más IVA, por concepto de. Servicios de Facilitación de
Procesos de Participación Social (PPS) cuando el trabajo sea realizado, en
Ecuador Continental.
Art. 29.- En el caso de que las Autoridades de Aplicación Responsable tengan un
registro propio de facilitadores de Procesos de Participación Social, deberán
establecer un valor de pago por servicios de Facilitación Socioambiental que se
ajuste a la realidad de la circunscripción territorial asignada dentro de sus
competencias
Art. 30.- En caso de cumplimiento parcial de las actividades de Proceso de
Participación Social (PPS) por parte del promotor del proyecto, al facilitador
designado se le cancelarán los siguientes rubros:
• Informe de Visita Previa: 50%
• Informe de Sistematización del Proceso de Participación Social (PPS): 50%
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 65
El pago por Servicios de Facilitación podrá ser devuelto al proponente solamente
en el caso de que éste hubiera notificado oficialmente a la Autoridad Ambiental de
la suspensión del proceso antes de la realización de la Visita Previa por parte del
Facilitador Socio-ambiental.
2.8 Normas INEN
NTE INEN 1334-1-4:2014: Rotulado de productos alimenticios para consumo
humano. Parte 1. Requisitos
5.5 Bebidas alcohólicas
5.5.1 Debe declararse el contenido alcohólico en % de volumen de alcohol.
5.5.2 En la etiqueta de las bebidas alcohólicas debe aparecer el siguiente texto:
“Advertencia. El consumo excesivo de alcohol limita su capacidad de conducir y
operar maquinarias, puede causar daños en su salud y perjudica a su familia”.
“Ministerio de Salud Pública del Ecuador”. “Venta prohibida a menores de 18
años”.
5.5.3 En el caso de bebidas alcohólicas con contenido alcohólico de 5 % v/v o
menos, debe contener el siguiente mensaje: “Advertencia: “El consumo excesivo
de alcohol puede perjudicar su salud. Ministerio de Salud Pública del Ecuador”.
Norma INEN 2266-2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales
Peligrosos. Requisitos
6.1.1.1 El manejo de materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto
en las leyes y Reglamentos nacionales vigentes y convenios internacionales
suscritos por el país.
6.1.1.2 Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y
transporten materiales peligrosos deben garantizar que cuando se necesite cargar
o descargar la totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben
instalar señalización o vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la
identificación del material peligroso, que aíslen la operación, con todas las
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 66
medidas de seguridad necesarias.
6.1.1.3 Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con
procedimientos e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en
forma segura dichos materiales a lo largo del proceso:
a) Embalaje. Rotulado y etiquetado.
b) Producción
c) Carga
d) Descarga
e) Almacenamiento
f) Manipulación
g) Disposición adecuada de residuos
h) Descontaminación y limpieza.
6.1.1.4 Quienes manejen materiales peligrosos deben garantizar que todo el
personal que esté vinculado con la operación cumpla con los siguientes requisitos:
6.1.1.5 Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de
acuerdo a lo establecido en la Hoja de seguridad de materiales.
6.1.1.6 Instrucción y entrenamiento específicos, documentados, registrados y
evaluados de acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los
conocimientos y las habilidades básicas para minimizar la probabilidad de
ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales. Se recomienda que el
programa de capacitación incluya como mínimo los siguientes temas:
a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos.
b) Clasificación de materiales peligrosos.
c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de
seguridad de materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de
transporte.
d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales.
e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal.
f) Planes de respuesta a emergencias.
g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte.
6.1.1.7 Todo el personal vinculado con la gestión de materiales peligrosos debe
tener conocimiento y capacitación acerca del manejo y aplicación de las hojas de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 67
seguridad de materiales (Anexo B), con la finalidad de conocer sus riesgos, los
equipos de protección personal y cómo responder en caso de que ocurran
accidentes con este tipo de materiales. La información debe estar en idioma
español y contendrá 16 secciones:
1. Identificación del material y del proveedor.
2. Identificación de peligros.
3. Composición e información de los ingredientes peligrosos.
4. Primeros auxilios.
5. Medidas de lucha contra incendios.
6. Medidas que deben tomarse en caso de derrame accidental.
7. Manejo y almacenamiento.
8. Control de exposición / protección individual.
9. Propiedades físicas y químicas.
10. Estabilidad y reactividad.
11. Información toxicológica.
12. Información ecotoxicologica.
13. Información relativa a la eliminación de los productos.
14. Información relativa al transporte.
15. Información sobre la reglamentación.
16. Otras informaciones.
Se deben tomar en cuenta las demás disposiciones indicadas en esta norma para
los transportistas, comercialización, selección de ruta, etiquetado y rotulado,
apilamientos; y carga y descarga para el transporte. En el caso de contratar una
empresa aparte para estas acciones el regulado debe exigir que la empresa
cumpla con estos requisitos.
NTE INEN ISO 3864-1: 2013 Colores de seguridad y señales de seguridad
Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el
propósito de prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así
como para hacer frente a ciertas emergencias.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 68
2.9 Análisis Institucional El análisis institucional contendrá lo siguiente:
- Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE) - Dirección Provincial de
Imbabura: La misión de esta institución es “ejercer de forma eficaz y eficiente
la rectoría de la gestión ambiental, garantizando una relación armónica entre
los ejes económicos, social, y ambiental que asegure el manejo sostenible de
los recursos naturales estratégicos” (Ministerio del Ambiente). El proyecto
estará sujeto a cualquier control por parte del Ministerio.
- Dirección de Gestión Ambiental del Gobierno Autónomo Descentralizado
de la Provincia de Imbabura: La dirección está encargada de velar por la
calidad ambiental, conservación de la biodiversidad y educación ambiental
dentro de la provincia. Esta dirección corresponde a la Autoridad Ambiental
Aplicable durante el proceso de licenciamiento ambiental del proyecto.
- Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Ibarra: están
encargados de velar por el cuidado del medio ambiente en el cantón. Funciona
en este caso como autoridad cooperante y proponente del proyecto.
3. CAPITULO III: Definición del Área Referencial
En este acápite se definen los límites del área del proyecto y la base referencial
para el levantamiento de línea base, y se ha descrito en base a los siguientes
insumos:
Certificado de Intersección.- Mediante oficio MAE-SUIA-RA-CGZ1-DPAI-
2014-00170, de fecha 6 de febrero de 2014, la Dirección Provincial del
Ambiente de Imbabura, emite el Certificado de Intersección para el proyecto
Elaboración y Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. -
LICORAM, donde se concluye que dicho proyecto, NO INTERSECA con el
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 69
Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación
Protectora (BVP), y Patrimonio Forestal del Estado (PFE) (Anexo 1).
Coordenadas específicas del área.- El área donde se encuentra instalada
la planta procesadora LICORAM, se halla conformada por
aproximadamente 0,5 hectáreas, las cuales se encuentran ubicadas en las
coordenadas mostradas a continuación. Las coordenadas se presentan en
coordenadas UTM utilizando el sistema WGS 84:
Tabla 1. Coordenadas WGS 84 del área del proyecto Elaboración y
Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM
Puntos X Y
1 821096 10039321
2 821136 10039306
3 821117 10039196
4 821075 10039201
Jurisdicción Político Administrativa.- El área del proyecto Elaboración y
Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM, se
encuentra ubicada en la provincia de Imbabura, cantón Ibarra, parroquia
San Miguel de Ibarra (El Sagrario) (Anexo 3: Mapa No.1.- Ubicación
Geográfica)
Sistemas Hidrográficos.- En el área de influencia indirecta del proyecto,
se encuentra el río Tahuando (Anexo 3: Mapa No.2.- Áreas de Influencia)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 70
4. CAPITULO IV: Caracterización y Diagnóstico del Área Referencial del Proyecto (Línea Base)
4.1 Caracterización Socio ambiental
La línea base es la sección del estudio de impacto ambiental que describe las
condiciones del medio donde se viene desarrollando el proyecto; en este caso,
físicas, bióticas y socioeconómicas del área de influencia del proyecto, en el
momento en el que se está realizando el estudio. Se caracteriza el estado de los
elementos del medio ambiente identificados, considerando los atributos relevantes
del área de influencia y su situación actual (GRN, 2010).
4.1.1 Metodología para la caracterización de la línea base
El medio físico se describió con ayuda de mapas, cartas topográficas, estadísticas
meteorológicas, hidrológicas y estudios anteriores sobre el sitio del proyecto.
En cuanto a la información biótica, por ser un área urbana no se describe a detalle
este acápite; sin embargo, se presenta un listado de las especies ornamentales de
flora que se encuentran en el jardín del área del proyecto.
Para el levantamiento de la información socioeconómica del área de estudio se
utilizó los datos del Censo de Población y Vivienda del año 2010, elaborado por el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). Los datos utilizados
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 71
corresponden a la parroquia San Miguel de Ibarra. La información recolectada fue
utilizada para describir adecuadamente los principales aspectos socioeconómicos
y culturales de la zona:
- Aspectos demográficos: composición de la población por sexo, migración,
población económicamente activa.
- Educación condiciones de alfabetismo, nivel de instrucción
- Aspectos culturales: nacionalidad o pueblo indígena, auto identificación,
idioma.
- Actividades productivas: tenencia y uso de la tierra, empleo.
- Vivienda: tipo de vivienda, servicios básicos.
- Infraestructura física: red vial, saneamiento ambiental.
- Transporte: acceso y tipo de transporte en la zona del área del proyecto
Elaboración y Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. -
LICORAM.
Las fuentes cartográficas y bibliográficas para el desarrollo de la línea base fueron
las siguientes:
Carta topográfica del Instituto Geográfico Militar (IGM) escala 1:50.000.
Base de datos Instituto Geográfico Militar.
Base de datos Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología.
Base de datos Sistema Nacional de Información.
Base de datos Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
Base de datos Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).
La línea base se desarrolló en tres etapas mostradas a continuación.
Investigación Preliminar
En esta etapa se recopiló la información bibliográfica, cartográfica y de estudios
socio-ambientales de la zona, que se encuentran disponibles tanto en instituciones
públicas como privadas, con el fin de alcanzar una caracterización temporal de la
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 72
situación geográfica socioambiental y cultural del sitio de estudio.
Las actividades más importantes que se efectuaron en esta fase son las
siguientes:
Recopilación y revisión de la información básica sobre infraestructura,
servicios, asentamientos y actividades existentes en la zona de estudio.
Se desarrolló una lista de chequeo sobre información de especies vegetales
ornamentales presentes en las áreas verdes de "LICORAM".
Investigación de Campo y Pre-fase de Gabinete
La investigación de campo aplicó las siguientes técnicas, que hicieron posible el
levantamiento de la información:
Factor físico
Clima
En la determinación del tipo de clima presente en el sector del proyecto, se
clasificaron los parámetros meteorológicos que actúan en la formación de las
características climatológicas del área de estudio. Se realizó la recopilación de
datos registrados mensualmente en las estaciones meteorológicas pertenecientes
al Instituto Nacional de Hidrología y Meteorología (INAMHI), seleccionando la
estación más cercana al área de estudio y aquella de la que se disponía dichos
datos.
Posteriormente, se procedió a elaborar el análisis con el objetivo de establecer el
comportamiento climático.
Geología y geomorfología
Se realizó la identificación y descripción de los componentes geológicos del área
de influencia, utilizando los shapes disponibles en el Sistema Nacional de
Información.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 73
Agua
Se realizó la caracterización de la hidrografía del área del proyecto utilizando los
shapes disponibles en la Cartografía Base del Instituto Geográfico Militar.
Suelos
Se realizó la caracterización de la taxonomía del suelo del área del proyecto, así
como los usos del suelo, utilizando los shapes disponibles en el Sistema Nacional
de Información.
Factor biótico
Se identificaron taxonómicamente in – situ las especies vegetales
ornamentales presentes en el jardín del área del proyecto.
Factor socioeconómico
Se tabuló los datos del Censo de Población y Vivienda del año 2010, de la
parroquia San Miguel de Ibarra.
Post-Investigación - Fase de Gabinete
En esta etapa se realizó la interpretación de la información obtenida en las
anteriores etapas, con el objetivo de establecer una visión real y amplia de la
situación actual socioambiental registrada en el área de estudio, y así contar con
los instrumentos suficientes para establecer lineamientos apropiados para la
conservación y preservación del medio ambiente y la cultura de las poblaciones
que pudieran verse afectadas por las actividades del proyecto.
Las actividades que comprendieron esta etapa fueron:
Reunión con el equipo técnico para la recopilación de criterios.
Elaboración del informe preliminar.
Desarrollo del informe final.
La caracterización socio-ambiental del proyecto Elaboración y Comercialización de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 74
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM, abarca la descripción del medio físico,
medio biótico y aspectos socioeconómicos y culturales, de los componentes
ambientales y de la población que habita en el Área Referencial del Proyecto, los
mismos que se detallan a continuación:
4.1.2 Medio Físico
Clima
De acuerdo al Mapa de Precipitaciones Medias, elaborado por el proyecto
MAGAP/INAMHI, año 2012, escala 1:1´000.000, el área donde se ubica la planta
procesadora de LICORAM, presenta una precipitación media anual entre 500-750
mm (Anexo 3: Mapa No.3.- Isoyetas).
Para determinar el régimen pluviométrico del área de estudio se consideró las
estaciones meteorológicas Otavalo y Cahuasquì que se encuentran más cercanas
al área de estudio.
Tabla 2. Variación de la precipitación
PRECIPITACIÓN – mm.
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ANUAL
113.4 122.9 172.9 197.8 176.0 66.2 29.9 23.3 54.8 77.6 84.0 115.8 1235.1
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 75
Gráfico 1. Régimen pluviométrico del área de estudio
La precipitación tiene un comportamiento bimodal, con dos picos en los meses de
abril y diciembre que llega a sobrepasar los 197 mm y 115 mm respectivamente.
La época seca va de junio a septiembre con un mínimo en el mes de agosto de 23
mm.
Por otro lado, según datos del Mapa de Temperaturas Medias del Ecuador,
elaborado por el proyecto MAGAP/INAMHI, año 2012, escala 1:1´000.000, el área
donde se ubica la planta procesadora de LICORAM, presenta una temperatura
media anual entre 500-750 mm (Anexo 3: Mapa No.4.- Isotermas).
Calidad de Aire
LICORAM ha contratado los servicios del laboratorio CORPLABEC S.A.,
acreditado ante el Organismo de Acreditación Ecuatoriano OAE, mediante
certificado número OAE LE 2C 05-005 (Anexo 4.- Certificado de Acreditación),
para la realización de monitoreos de calidad de aire.
0,0
50,0
100,0
150,0
200,0
250,0
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC
Pre
cip
itac
iòn
- m
m
Tiempo - meses
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 76
Los puntos de monitoreo fueron en las siguientes áreas:
Oficina y taller de mantenimiento.
Empaque y armado de cartón.
Bodega de producto terminado.
Siguiendo los lineamientos que establece el Acuerdo Ministerial 050, donde se
señala los límites máximos permisibles de contaminantes en el aire ambiente a
nivel de suelo, así como los métodos y procedimientos destinados a la
determinación de las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente, se
obtuvo los siguientes resultados:
Resultados Punto Monitoreo 1:
Tabla 3 Resultados punto monitoreo 1
Contaminante y Periodo de Tiempo Unidades Resultado Límite
Permisible Obs.
Material Particulado PM 10
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 0,04 100 CUMPLE
Material Particulado PM 2,5
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 - 50 CUMPLE
Dióxido de Azufre
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 0,00 125 CUMPLE
Dióxido de Nitrógeno
Media aritmética horaria (µg/m3) µg/m3 1,32 200 CUMPLE
Monóxido de Carbono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 0,00 10000 CUMPLE
Ozono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 0,82 100 CUMPLE
FUENTE: Resultados de laboratorio y Acuerdo Ministerial 050
Resultados Punto Monitoreo 2:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 77
Tabla 4 Resultados punto monitoreo 2
Contaminante y Periodo de Tiempo Unidades Resultado Límite
Permisible Obs.
Material Particulado PM 10
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 0,20 100 CUMPLE
Material Particulado PM 2,5
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 - 50 CUMPLE
Dióxido de Azufre
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 0,00 125 CUMPLE
Dióxido de Nitrógeno
Media aritmética horaria (µg/m3) µg/m3 3,25 200 CUMPLE
Monóxido de Carbono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 0,00 10000 CUMPLE
Ozono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 0,85 100 CUMPLE
FUENTE: Resultados de laboratorio y Acuerdo Ministerial 050
Resultados Punto Monitoreo 3:
Tabla 5 Resultados punto monitoreo 3
Contaminante y Periodo de Tiempo Unidades Resultado Límite
Permisible Obs.
Material Particulado PM 10
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 0,14 100 CUMPLE
Material Particulado PM 2,5
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 - 50 CUMPLE
Dióxido de Azufre
Concentración en 24 horas (µg/m3) µg/m3 13,82 125 CUMPLE
Dióxido de Nitrógeno
Media aritmética horaria (µg/m3) µg/m3 1,64 200 CUMPLE
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 78
Monóxido de Carbono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 1852,58 10000 CUMPLE
Ozono
Concentración promedio en 8 horas
(µg/m3)
µg/m3 0,85 100 CUMPLE
FUENTE: Resultados de laboratorio y Acuerdo Ministerial 050
En cuanto a los resultados obtenidos para el análisis de calidad de aire, se
observa que todos los parámetros cumplen con la normativa vigente.
Los resultados emitidos por el laboratorio acreditado de los tres puntos de
muestreo, se presentan en el Anexo 5 del presente documento.
Geología
De acuerdo con los shapes del sistema hidrogeológico del Ecuador, publicados en
la página web del Sistema Nacional de Información (SNI), elaborado por el
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, año 2005, escala
1:100.000, la zona de estudio está formada por rocas del Plioceno Terciario y
Pleistoceno Cuaternario:
Terrazas Indiferenciadas,
Volcánicos del Angochagua y,
Volcánicos del Imbabura.
Terrazas Indiferenciadas (Ti) Esta unidad está formada por la baja llanura
aluvial, zonas inundables y valles fluviales con complejos de terrazas
indiferenciadas conformadas por sedimentos cuaternarios muchas veces
provenientes de los drenajes de la cordillera.
Volcánicos del Angochagua (PlAn): Pertenece a las formaciones del terciario.
Aquí afloran lavas, tobas, areniscas, brechas y conglomerados volcánicos, que
pertenecen al complejo volcánico erosionado del Angochagua. Las lavas son
andesitas pirozénicas, color gris obscuro; algunos flujos tienen textura porfiritica.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 79
Las tobas y areniscas volcánicas son de color crema y crema amarillento. Las
brechas son compactas, con cantos de lavas grises
Volcánicos del Imbabura (Plm): Pertenece a las formaciones del cuaternario.
Están constituidos de lavas, aglomerados y lahares. Las lavas son andesíticas
mesocráticas, compactas, de grano fino a medio con fenocristales de plagioclasas
y ortopiroxenos en una matriz vidriosa. Los aglomerados están constituidos por
fragmentos de rocas volcánicas, redondeadas a angulares. Los depósitos
laharíticos se han desplazado a lo largo de las pendientes hasta las llanuras. El
espesor total de los volcánicos del Imbabura sobrepasa los 700m.
En el Anexo 3: Mapa No.5, se presenta el mapa geológico del área del proyecto.
Geomorfología
El cantón Ibarra presenta paisajes geomorfológicos y formas de relieve
relacionadas con la edificación de la cordillera de los Andes y específicamente con
los procesos endógenos y exógenos desarrollados sobre la Cordillera Oriental,
donde el vulcanismo y los glaciares generados durante el Pleistoceno y Holoceno
y las condiciones climáticas influenciadas por la humedad proveniente de la
Amazonía, han dado lugar a una diversidad de relieves tales como: montañas,
colinas, valles interandinos, vertientes cóncavas, vertientes convexas, vertientes
irregulares, formas glaciares, flujos de lava e incluso edificios volcánicos. Las
elevaciones montañosas más importantes son: el Imbabura (4.500m.), el Cubilche
(3.800m.) y el Cunuro (3.304m.). (PDOT, Ibarra 2012). Geomorfológicamente el
área se encuentra en un ambiente paisajístico clasificado como zona urbana,
como se indica en el Anexo 3: Mapa No.6.
Hidrología
En el cantón Ibarra se identifican dos subcuencas, la del río Chorlaví y del río
Tahuando, las microcuencas que corresponden al río Tahuando son: La
Rinconada, Cucho de Torres, Curiacu, Pungu Huayco y algunos drenajes menores
(Anexo 3: Mapa No.7.- Hidrología).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 80
Taxonomía de Suelos
De acuerdo al mapa de suelos del Ecuador Continental, año 2002, elaborado por
MAG - IICA - CLIRSEN, escala 1:250.000, en los alrededores del área del
proyecto se diferencian los siguientes tipos de suelos:
a) Suelos del orden INCEPTISOLES, suborden ANDEPTS, que son suelos
negros profundos y de arena fina a media, con clara presencia de limo,
originados de cenizas volcánicas y su ocurrencia está en o cerca de las
montañas que tienen actividad volcánica.
b) Suelo del suborden ORTHENTS del orden ENTISOLES, que se caracteriza
por presentar una capa de cangagua pura erosionada a menos de 50 cm de
profundidad.
En el Anexo 3: Mapa No.8, se presenta el mapa taxonómico del suelo del área
del proyecto.
Usos del Suelo
En el área ocupada por el proyecto “LICORAM”, el uso de suelo es de tipo urbano,
según el de Mapa de Cobertura y Uso de la Tierra de la Sierra, Escala 1:50000,
Año 2003, ESCALA 1:50000, elaborado por el Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP-SIGAGRO como se puede observar en
el Anexo 3: Mapa No. 9.- Uso del Suelo. En los alrededores del área del
proyecto, el uso del suelo es agrícola, con cultivos de ciclo corto y pastos
cultivados.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 81
Figura 2. Uso del suelo del área del proyecto "LICORAM"
Valoración del Paisaje Natural
La metodología para realizar el análisis paisajístico del área del proyecto, se
realizó en base a una valoración de Calidad Escénica para el Inventario, según
BLM 1980, Milán 2004. Cabe recalcar que esta valoración es subjetiva y utiliza
una escala de valores determinados. La valoración del paisaje está determinada
por los siguientes aspectos:
Tabla 6. Aspectos para Valoración de Calidad Escénica
Aspecto Descripción
Factores Pendiente, erosión, suelo, disponibilidad de agua, topografía,
cubierta vegetal, tipo de terreno, hechos visuales y culturales,
transporte y accesibilidad.
Peso Es el valor constante asignado previamente a cada factor.
Categoría Establecerá las diferentes características que identificarán a
cada factor para la determinación del paisaje.
Puntos Es el valor asignado a cada categoría dentro de cada uno de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 82
los factores.
Valor Dictaminará la cantidad de afectación que sufrirá el factor
evaluado.
Los elementos paisajísticos deben ser evaluados y calificados de tal manera que
posteriormente se pueda realizar un pronóstico ambiental del elemento y tomar
medidas para mantener éste bajo parámetros ambientales sostenibles. Para el
estudio del paisaje se ha considerado la siguiente tabla para evaluación:
Tabla 7. Valoración de Paisaje (Valores de Calidad Escénica para el Inventario
según BLM (1980) en Milán, 2004)
Elementos Peso Categoría Puntos Valor
Pendiente 5 0 a 15% 5 25
15 a 30% 4 20
30 a 45% 3 15
45 a 60% 2 10
60 a más 1 5
Erosión 3 Sin erosión 5 15
Baja 4 12
Media 3 9
Alta 1 3
Suelo 5 Muy fértil 5 25
Fértil 4 20
Moderadamente fértil 3 15
Poco fértil 1 5
Disponibilidad de
agua
3 Ausencia de agua
potable
5 15
Pozo privado 4 12
Pozo comunal 2 6
Agua potable cañería 1 3
Topografía 5 Altamente ondulado 5 25
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 83
Moderadamente
ondulado
4 20
Ligeramente ondulado 3 15
Muy poco ondulado 2 10
Llano 1 5
Cubierta vegetal 2 Lleno de vegetación
natural
5 10
¾ Cubierta 4 8
½ Cubierta 3 6
¼ Cubierta 2 4
Sin vegetación natural 1 2
Tipo de terreno 2 Acantilado 5 10
Pantanoso, alomado 4 8
Terraza 2 4
Urbano residencial 1 2
Sin característica
especial
0 0
Hechos visuales
y culturales
2 Playa o acantilado 5 10
Presencia de algún
hecho
3 6
Sin calidad visual 1 2
Transporte 3 Carretera lejana 5 15
Carretera cercana 3 9
Carretera en la unidad 1 3
Accesibilidad 1 Más de 15 km de un
poblado
5 5
De 10 a 15 km de un
poblado
4 4
De 5 a 10 km de un
poblado
3 3
De 1 a 5 km de un 2 2
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 84
poblado
En el poblado 1 1
Finalmente el resultado, obtenido de la valorización a través de la suma de los
valores para cada factor, se evalúa bajo los siguientes lineamientos para
establecer el grado de impacto que pueden tener las actividades en el proyecto
sobre el paisaje del sector.
Tabla 8. Impacto Sobre el Entorno
Cantidad Descripción
Mayor a 138 Muy alto
114 – 138 Alto
91 – 114 Medio
67 – 91 Bajo
Menor a 67 Muy bajo
VALORACIÓN DE LA CALIDAD ESCÉNICA
En la siguiente tabla se presentan los resultados para cada elemento del paisaje
evaluado y el resultado final de la susceptibilidad del paisaje afectado por el
proyecto “LICORAM”.
Tabla 9. Valoración de Factos para Aspectos Estéticos
Elemento Peso Categoría Punto
s
Valores
Pendiente 5 0 a 15% 5 25
Erosión 3 Media 3 9
Suelo 5 Poco Fértil 1 5
Disponibilidad de agua 3 Agua potable
cañería
1 3
Topografía 5 Muy poco ondulado 2 10
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 85
Cubierta vegetal 2 Sin vegetación
natural
1 2
Tipo de terreno
2 Sin característica
especial
0 0
Hecho visual y cultural 2 Sin calidad visual 1 2
Transporte 3 Carretera en la
unidad
1 3
Accesibilidad 1 En el poblado 1 1
TOTAL 60
El impacto potencial del proyecto sobre el paisaje es 60, que corresponde al rango
de impacto muy bajo.
4.1.3 Medio Biótico
Dado que el área del proyecto Elaboración y Comercialización de LICORES DE
AMERICA S.A. - LICORAM, se localiza en una zona urbanizada, el medio biótico
incluirá únicamente una lista de las especies identificadas en el área de jardines
de la planta de producción, identificándolas por familia, especie, nombre científico
y nombre común; además, se presentarán aspectos ecológicos, estado de
conservación y uso del recurso, en base a registros bibliográficos
Tabla 10. Listado de especies ornamentales registradas en el área de jardines de
la planta de LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 86
Fotografía 1. Área de jardines de la planta de producción LICORAM
4.1.4 Medio Social
Según la división política y administrativa del Ecuador, la planta procesadora de
licores "LICORAM", se encuentra ubicada en la provincia de Imbabura, en el
cantón Ibarra, parroquia San Miguel de Ibarra (El Sagrario) (ver Anexo n. 3.- Mapa
No. 1.- Ubicación geográfica)
La información secundaria (aspectos demográficos, educacionales, de vivienda,
etc.), se la obtuvo mediante la recopilación de la información oficial del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), basados en datos del CENSO 2010
para la parroquia San Miguel de Ibarra.
Aspectos demográficos
La Parroquia Ibarra está formada por una población total de 139.721 habitantes,
según el último Censo Poblacional y Vivienda (2010), realizado por el Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). A continuación se detallan los datos de
población por sexo, de la parroquia antes indicada:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 87
Tabla 11. Población por sexo parroquia Ibarra
Parroquia Hombres Mujeres
Ibarra 67.165 72.556
FUENTE: INEC, CENSO 2010
Los datos de la población masculina de la parroquia Ibarra, representan el
48,07%; mientras que, la población femenina representa el 51,93% del total de la
población.
Aspectos educacionales
Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) basándose en datos
del CENSO 2010, los aspectos educacionales para la parroquia Ibarra, son los
siguientes:
Tabla 12. Aspectos educacionales parroquia Ibarra
Nivel de escolaridad Parroquia Ibarra
Ninguno 3,470
Centro de Alfabetización/(EBA) 364
Preescolar 1,313
Primario 41,781
Secundario 29,886
Educación Básica 9,580
Bachillerato - Educación Media 9,651
Ciclo Post bachillerato 1,145
Superior 26,008
Postgrado 1,906
Se ignora 2,083 FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
De acuerdo al nivel de instrucción, la mayoría de la población de la parroquia
Ibarra ha concluido sus estudios primarios (32,85%), seguido del nivel secundario
con el 23,50%, y estudios superiores con el 20,45%.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 88
Aspectos laborales
Los aspectos laborales para la parroquia Ibarra, según el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (INEC) basándose en datos del CENSO 2010, son los
siguientes:
Tabla 13. Aspectos laborales parroquia Ibarra
Categoría de ocupación Parroquia Ibarra
Empleado/a u obrero/a del Estado, Gobierno, Municipio, Consejo
Provincial, Juntas Parroquiales 9.934
Empleado/a u obrero/a privado 21.441
Jornalero/a o peón 4.593
Patrono/a 3.430
Socio/a 1.101
Cuenta propia 15.406
Trabajador/a no remunerado 1.143
Empleado/a doméstico/a 2.317
Se ignora 2.357
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
La población de la parroquia Ibarra, en su mayoría trabaja como empleado privado
(34.74%), seguido de la categoría por cuenta propia con el 24.96% de la población
total.
Características étnicas y culturales
Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) basándose en datos
del CENSO 2010, la población ibarreña se auto identifica como:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 89
Tabla 14. Auto identificación según su cultura y costumbres
Auto identificación según su cultura y costumbres Parroquia Ibarra
Indígena 5.714
Afro ecuatoriano/a Afro descendiente 5.190
Negro/a 1.794
Mulato/a 2.806
Montubio/a 466
Mestizo/a 117.514
Blanco/a 5.995
Otro/a 242
Como se indica anteriormente, el 4.09% de la población de Ibarra se auto
identifica como Indígena, el 3.71% como afro ecuatoriana y la mayoría, 84.11%, se
auto identifica como mestiza.
Aspectos de vivienda
De acuerdo a los datos del CENSO 2010, del Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos (INEC), la población de la parroquia Ibarra cuenta con los siguientes tipos
de vivienda:
Tabla 15. Aspectos de vivienda parroquia Ibarra
Tipo de vivienda Parroquia Ibarra
Casa/Villa 30.944
Departamento en casa o edificio 6.158
Cuarto(s) en casa de inquilinato 3.069
Mediagua 2.138
Rancho 18
Covacha 58
Choza 48
Otra vivienda particular 167
Hotel, pensión, residencial u hostal 20
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 90
Cuartel Militar o de Policía/Bomberos 1
Convento o institución religiosa 4
Otra vivienda colectiva 4
Sin vivienda 1
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
De acuerdo a los datos de la tabla anterior la mayoría de la población de la
parroquia Ibarra posee una casa/villa como su vivienda, lo que representa el
72,58% del total.
Servicios Básicos
En las siguientes tablas se detallan los datos de servicios básicos, con los que
cuentan los habitantes de la parroquia Ibarra:
Tabla 16. Procedencia principal del agua recibida
Procedencia Parroquia Ibarra
De red pública 34.985
De pozo 245
De río, vertiente, acequia o canal 1.555
De carro repartidor 22
Otro (Agua lluvia/albarrada) 169
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
Como se puede observar, la mayoría de la población en la parroquia (94.62%)
obtiene el agua de la red pública.
Tabla 17. Procedencia de la energía eléctrica
Procedencia Parroquia Ibarra
Red de empresa eléctrica de
servicio público 36.754
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 91
Panel solar 3
Generador de luz (Planta
eléctrica) 12
Otro 15
No tiene 192
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
El mayor porcentaje 99,40%, de la población de Ibarra recibe energía eléctrica de
la red pública.
Tabla 18. Tipo de servicio higiénico o escusado
Procedencia Parroquia Ibarra
Conectado a red pública de
alcantarillado 33.955
Conectado a pozo séptico 1.403
Conectado a pozo ciego 344
Con descarga directa al mar, río,
lago o quebrada 271
Letrina 205
No tiene 798
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
El mayor porcentaje 91.83%, de la población de Ibarra cuenta con un sistema de
alcantarillado.
Tabla 19. Eliminación de la basura
Eliminación de la basura Parroquia Ibarra
Por carro recolector 34.990
La arrojan en terreno baldío o
quebrada 599
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 92
La queman 1.061
La entierran 171
La arrojan al río, acequia o canal 58
De otra forma 96
FUENTE: INEC, CENSO 2010; ELABORACIÓN: Equipo Técnico
El mayor porcentaje 94,63%, de la población de Ibarra elimina la basura mediante
el carro recolector.
5. CAPITULO V: Descripción del proyecto, obra o actividad
Antecedentes
La compañía LICORES DE AMERICA S.A. LICORAM, se constituyó mediante
escritura pública de constitución, otorgada el 26 de Abril del 2005 ante el Notario
Cuadragésimo del Cantón Quito, Dr. Oswaldo Mejía, debidamente inscrita en el
Registro Mercantil el 24 de Mayo del 2005 (Anexo 6.- Constitución de
Compañía). La duración de la Compañía será de cincuenta (50) años, contados a
partir de la fecha en que quede legalmente constituida por la inscripción en el
Registro Mercantil, pudiendo prorrogarse por periodos iguales o disolverse
anticipadamente cuando así lo decidiere la Junta General de Accionistas de
conformidad con la Ley de Compañías y los presentes Estatutos. El objetivo de la
Compañía es el diseño, producción, envasado y comercialización de bebidas,
licores y productos a base de alcohol. La última reforma de estatutos se realiza el
04 de noviembre de 2010, ante el Notario Primero del Cantón Quito, Dr. Vladimiro
Villalva, y debidamente inscrita en el Registro Mercantil, el 22 de diciembre de
2010 (Anexo 7.- Aumento de Capital y Reforma de Estatutos).
El Gerente General y Representante Legal de la compañía LICORES DE
AMERICA S.A LICORAM, es el Sr. Ing. Nelson Mauricio Ruiz (Anexo 8.-
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 93
Nombramiento Representante Legal).
La Compañía Licores de América S.A. - LICORAM, cuenta con certificación ISO
9001-2008 (Anexo 9.- Certificación ISO).
La compañía LICORAM ha iniciado el proceso de licenciamiento ambiental del
proyecto: “Elaboración y Comercialización de Licores de América S.A. - LICORAM,
es así que, con Oficio No. MAE-SUIA-RA-CGZ1-DPAI-2014-00170, de fecha 06 de
febrero de 2014, el Ministerio del Ambiente, por medio de la Dirección Provincial
de Imbabura, emite el Certificado de Intersección para dicho proyecto, donde se
concluye que NO INTERSECA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas,
Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado (Anexo 1.- Certificado de
Intersección).
Mediante el oficio No. MAE-SUIA-RA-CGZ1-DPAI-2014-00352, del 09 de junio de
2014, la Dirección Provincial del Ambiente de Imbabura determina que los
términos de referencia presentados para la elaboración del Estudio de Impacto
Ambiental Expost del proyecto: “Elaboración y Comercialización de Licores de
América S.A. - LICORAM”, CUMPLEN con los requerimientos técnicos y legales
exigidos en la normativa ambiental vigente (Anexo 10.- Oficio de Aprobación de
los Términos de Referencia).
Ubicación
El área donde se asienta el proyecto Elaboración y Comercialización de LICORES
DE AMERICA S.A. - LICORAM, se encuentra localizada en la Provincia de
Imbabura, Cantón Ibarra, Parroquia San Miguel de Ibarra (El Sagrario).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 94
Gráfico 2. Ubicación del proyecto Elaboración y Comercialización de LICORES DE
AMERICA S.A. - LICORAM
Área y coordenadas referenciales
El área del proyecto ocupa una superficie aproximada de 0,5 ha, las cuales se
encuentran ubicadas en las coordenadas mostradas a continuación. Las
coordenadas se presentan en el sistema WGS 84:
Tabla 20. Coordenadas referenciales del proyecto Elaboración y Comercialización de
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM
Puntos X Y
1 821096 10039321
2 821136 10039306
3 821117 10039196
4 821075 10039201
LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 95
Objetivos del Proceso de la planta LICORAM
Realizar la planificación y el detalle de las actividades para el desarrollo de
los procesos necesarios para la realización del producto incluyendo la
inspección y ensayo de las características definidas.
Realizar la planificación y realización del producto bajo condiciones
controladas.
Mantener identificado al producto durante su realización.
Realizar el empaque, preservar la conformidad del producto y realizar la
entrega del mismo cumpliendo las especificaciones definidas en los
pedidos.
Detallar las Actividades así como los responsables para el manejo de
producto no conforme.
Descripción del Proceso de la planta LICORAM
Los procesos llevados a cabo en la planta de producción de LICORAM, son los
siguientes:
Preparación.
Envasado, capsulado y etiquetado.
Despacho de productos.
La compañía LICORAM cuenta con un manual de calidad de producción y entrega
(ANEXO 11).
1. Preparación:
En esta operación se realiza la preparación de mezclas, la preparación y
añejamiento de tafias, y la preparación de envases, como procesos de
transformación de materias primas y realización del producto. Con el propósito de
describir las actividades necesarias para realizar la preparación de los productos
se ha definido el procedimiento 50-1101 MEZCLAS DE PRODUCTO (Anexo 12),
y para complementar la ejecución de estas actividades se han generado la guía
interna 50-2001 PREPARACION DE MEZCLAS DE PRODUCTO, en el que se
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 96
detallan las actividades para realizar la preparación de las mezclas de productos,
la identificación de los puntos de re-orden y la ubicación de los tanques de
preparación de las mezclas en la bodega de alcoholes; a la guía interna 50-2002
FICHA TÉCNICA PRODUCTO EN PROCESO, en el que se establece las
características de conformidad con requisitos del producto establecidos por
LICORAM para realizar las mezclas de producto; de igual manera se proporciona
información en la guía interna 50-2003 MANEJO DE NO CONFORMIDADES EN
PREPARACIÓN donde se detalla las disposiciones de las preparaciones de
mezclas no conformes, y de los envases de re-uso no conformes (LICORAM).
Fotografía 2. Tanques de preparación de mezclas LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 97
Para evidenciar el proceso de preparación se ha elaborado el registro 50-3001
ORDEN DE PREPARACIÓN DE MEZCLAS, el mismo que es utilizado para
mantener el proceso de preparaciones de mezclas bajo condiciones controladas y
guardar evidencia trazable de los materiales o materias primas utilizadas en las
mismas; bajo este mismo perfil se cuenta con el registro 51-3004 ORDEN DE
PRODUCCIÓN, que es un documento en el cual se detalla los productos o las
mezclas que deben producirse, con el cual el Supervisor de Producción o el
Auxiliar de Preparaciones, inician la realización del producto; además, LICORAM
cuenta con el registro 50-3003 HOJA DE VIDA PRODUCTO EN PROCESO, en el
cual se evidencia la inspección y ensayo de las características de conformidad con
los requisitos del producto definidas para cada una de las preparaciones de
mezclas; se tiene el registro 50-3004 REGISTRO DE NO CONFORMIDADES EN
PREPARACION, con el propósito de mantener evidencia del producto que no
cumple con las características de conformidad con los requisitos del producto
definidas, así como el detalle de las disposiciones que se tomen en la inspección o
en la re-inspección (LICORAM).
Con la finalidad de describir las actividades necesarias para realizar la preparación
de productos añejados se ha definido el procedimiento 50-1102 LLENADO DE
BARRILES Y AÑEJAMIENTO DE TAFIAS (Anexo 13), y para complementar la
ejecución de estas actividades se ha generado la guía interna 50-2004
PREPARACIÓN Y LLENADO DE BARRILES, en el que se detalla las
instrucciones generales y específicas para la preparación de los barriles así como
el manejo adecuado y técnico de las cavas, sus respectivas capacidades además
de las instrucciones requeridas para el control del microclima de las cavas
(LICORAM).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 98
Fotografía 3. Área de barriles, Cava de Ron y Añejamiento LICORAM.
En el registro magnético 50-3101 SEGUIMIENTO DE LOTES AÑEJAMIENTO
BARRILES, se detalla la disposición de camas de cavas, registros de sellamiento
por parte del ÍNEN; además, el registro 50-3005 ORDEN DE LENADO / VACIADO
DE BARRILES es utilizado para mantener en condiciones controladas y guardar
evidencia trazable de los materiales o materias primas utilizadas; la referencia de
los controles realizados así como la diferencia o merma que se causa por
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 99
evaporación y el registro 50-3007 CONTROL DE CONDICIONES
AMBIENTALES, en cual se registra periódicamente los parámetros de las
condiciones ambientales al interior de las cavas de añejamiento (LICORAM).
Con la finalidad de describir las actividades necesarias para realizar la preparación
de envases usados se ha definido el procedimiento 50-1103 PREPARACIÓN DE
ENVASES DE RE-USO, y para complementar la ejecución de estas actividades se
ha generado el registro 50-3008 ENVASES DE RE-USO NO CONFORMES que
es un documento diseñado para registrar los envases no conformes que se
obtuvieren de su preparación (LICORAM).
Para describir la metodología para la liberación de materias primas y productos, se
ha definido el procedimiento 50-1104 LIBERACIÓN DE MATERIALES, el
procedimiento 50-1105 LIBERACIÓN DE MATERIALES POR URGENCIA y el
procedimiento 50-1106 LIBERACIÓN DE TAFIA AÑEJADA (LICORAM)
El registro 50-3010 ENTREGAS MATERIA PRIMA PRODUCCIÓN en el que se
evidencia el proceso productivo de origen y destino, la descripción de la materia
prima o material, así como las condiciones normales o urgentes en la que es
liberado. De igual manera se evidencia el re-ingreso de materia prima o material
en el registro 50-3011 AUTORIZACIÓN DE USO MATERIALES POR
URGENCIA, en la que se asegura la liberación, previa autorización, o aceptación
bajo concesión por una autoridad pertinente de LICORAM, se puede encontrar en
el registro 50-3012 REGISTRO DE NO CONFORMIDADES ESPECIALES, el cual
aplica en el caso de que una materia prima o un material ha sido liberado por
urgencia, y al cabo de la inspección y ensayo no cumple con la conformidad de los
requisitos definidos para el producto, así como el detalle de las disposiciones que
se tome para dichas materias primas o materiales; en el registro 50-3013
INSPECCIÓN DE BARRILES PARA LIBERACION DE TAFIA AÑEJADA se
evidencia la inspección que se realiza a los barriles en el momento de la cosecha
de una tafia añejada, con la finalidad de identificar a aquellos barriles que ya no
trasfieren características de color, aroma o sabor (LICORAM)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 100
Para planificar y programar la realización del producto se ha elaborado el
procedimiento 51-1101 PLANIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN y para complementar
o evidenciar estas actividades se ha elaborado el registro magnético 51-3101
INVENTARIO PRODUCTO TERMINADO DIARIO, el cual es un reporte que
detalla las existencias de producto terminado, promedio de despachos de los
últimos 4 y 12 meses, abastecimiento sugerido; en el registro 51-3002
PRESUPUESTO DE VENTAS POR ZONA, es un formato en el que el Director
General comunica objetivo o los requerimientos de ventas, cuya información , es
trasferido y sirve de base a los responsables involucrados en el proceso de
planificación de la realización del producto, el registro 51-3003 PLANIFICACIÓN
DE PRODUCCIÓN, es un formato en el cual el Gerente de Producción evidencia
la Planificación de Producción con un horizonte mínimo de 5 días efectivos para la
realización del producto, el registro 51-3004 ORDEN DE PRODUCCIÓN, es un
documento en el cual se detalla los productos o las mezclas que deben
producirse, con el cual el Supervisor de Producción o el Auxiliar de Preparaciones,
inician la realización del producto (LICORAM)
2. Envasado y almacenamiento:
En este proceso se realiza el envasado y el almacenamiento de los productos,
asegurando su identificación y empaque y por ende su manipulación y su
conservación.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 101
Fotografía 4. Envasado y almacenamiento de productos LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 102
Para iniciar la ejecución de las órdenes de producción se ha elaborado el
procedimiento 51-1102 ENVASADO, CAPSULADO, Y ETIQUETADO BOTELLAS
VIDRIO (BORELLI) (Anexo 14), en el cual se describe claramente las actividades
requeridas de este proceso logrando el objetivo (LICORAM)
De manera complementaria en la guía interna 51-2002 PREPARACIÓN DE
LÍNEAS DE PRODUCCIÓN, se establecen las instrucciones generales y
especificas respecto a las actividades requeridas para realizar la preparación y
revisión de los equipos que conforman las líneas de producción antes de entrar en
su funcionamiento, en la guía interna 51-2004 FICHA TÉCNICA ENVASADO DE
PRODUCTO se establece la conformidad de los requisitos del producto por
LICORAM, y la descripción del ensayo para realizar la inspección en líneas de
producción durante el proceso de envasado. En la guía interna 51-2005 MANEJO
DE NO CONFORMIDADES EN ENVSADO DE PRODUCTO se especifica las no
conformidades que se dan durante el proceso, las posibles disposiciones que se
toman en caso de existir y también se relaciona a los responsables involucrados
en este proceso, en la guía interna 51-2007 MANEJO Y PRESERVACIÓN DE
PRODUCTO TERMINADO se detalla las instrucciones necesarias para la
preservación y manipulación del producto terminado, en el registro 51-3005
IDENTIFICACIÓN DE LOTES el cual mantiene evidencia de la trazabilidad de los
productos que son envasados respecto a las materias primas o materiales que
fueron utilizados (LICORAM).
El registro 51-3006 HOJA DE VIDA PRODUCTO TERMINADO, en el que se
diligencia los resultados de los análisis característicos definidos para la
conformidad del producto que se va a envasar, al cabo del cual se autoriza o se
detiene el envasado del producto, en el registro 51-3007 CONTROL DE LÍNEAS
DE PRODUCCIÓN se mantiene evidencia de la trazabilidad de los productos que
son envasados respecto al personal que ha realizado el mismo, a la vez que se
mantiene el proceso en condiciones controladas. Para evidenciar los controles que
se realizan en los puntos de inspección de las líneas de producción y controlar el
manejo del producto no conforme se ha definido los registros:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 103
Para mantener en condiciones controladas los re-procesos de los productos que
no cumplen con los requisitos de conformidad establecidos o aquellos que son
devueltos por el cliente y requieren ser reprocesados se ha definido el
procedimiento 51-1103 CONTROL DE RE-PROCESOS y para evidenciar estas
actividades se ha elaborado el registro 51-3016 ORDEN DE REPROCESO en el
cual se diligencia el origen y causa del re proceso, las operaciones realizadas, las
materias primas requeridas para su liberación y la re-inspección de las
características de conformidad que se aplique al producto (LICORAM)
Para mantener en condiciones controladas las mermas o desperdicios de materias
primas o producto se ha definido el procedimiento 51-1104 CONTROL DE
DESPERDICIOS Y MERMAS; para estructurar la metodología para la medición de
estos desperdicios o mermas se ha elaborado la guía interna 51-2008 CONTROL
DE DESPERDICIOS Y MERMAS y para evidenciar esta operación se ha
elaborado el registro 51-3014 CONTROL SEMANAL DE RESIDUOS en el cual se
diligencia el tipo de desperdicio y la disposición final que se da (LICORAM)
Para describir las actividades necesarias para el ingreso y almacenamiento del
producto terminado en la bodega de despachos se cuenta con el procedimiento
51-1105 ALMACENAMIENTO DE PRODUCTO TERMINADO (Anexo 15), para la
correcta manipulación y preservación del producto terminado se ha definido la
guía 51-2007 MANEJO Y PRESERVACIÓN DE PRODUCTO TERMINADO y para
evidenciar el ingreso y almacenamiento del producto se tiene el registro 51-3013
NOTA DE INGRESO DE PRODUCTO TERMINADO A BODEGA DE
DESPACHOS (LICORAM).
3. Despacho:
En este proceso se realiza la entrega de producto terminado a los clientes, en tal
forma que LICORAM se asegura de cumplir con las condiciones de entrega
previamente definidas y aprobadas.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 104
Para describir las actividades necesarias para la programación de la entrega del
producto se ha elaborado el procedimiento 52-1102 DESPACHO DE PRODUCTO;
para disponer de suministro de transporte se ha elaborado un listado de los
proveedores de este servicio en la guía interna 40-2003 LISTADO DE
PROVEEDORES DE SERVICIOS SELECCIONADOS los mismos que se hallan
seleccionados por el sistema. Con el ánimo de entregar recomendaciones sobre el
almacenamiento y manipulación adecuada de las cajas y bandejas (producto
terminado); se posee la guía interna 52-2002 GUÍA INFOGRÁFICA DE
ALMACENAMIENTO MANIPULACIÓN Y RECOMENDACIONES PRODUCTO
TERMINADO (LICORAM)
Para evidenciar el proceso de despacho se cuenta con el registro 52-3001
ORDEN DE DESPACHO.
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 105
Fotografía 5. Bodega de despacho producto terminado LICORAM
A continuación se muestra un diagrama de las fases de cada uno de los procesos
antes descritos:
1. Preparación
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 106
Preparación de mezclas y añejamiento de tafias
Preparación de envases, transformación de materias primas y
realización del producto
PREPARACION DE MEZCLAS DE
PRODUCTO.- ubicación de los tanques de
preparación de las mezclas en la bodega de
alcoholes
FICHA TÉCNICA PRODUCTO EN
PROCESO.- se establece las características de conformidad con los
producto establecidos por LICORAM
MANEJO DE NO CONFORMIDADES EN
PREPARACIÓN.- las preparaciones de
mezclas no conformes, y de los envases de re-uso
no conformes
ORDEN DE PREPARACIÓN DE
MEZCLAS.- proceso de preparaciones de
mezclas bajo condiciones controladas y guardar lamateria prima usada .
ORDEN DE PRODUCCIÓN.-
productos y mezclas que deben producirse
HOJA DE VIDA PRODUCTO EN
PROCESO.- inspección de las caracteristicas de
conformidad
REGISTRO DE NO CONFORMIDADES EN
PREPARACION.- producto que no cumple con las características de
conformidad
PREPARACIÓN Y LLENADO DE BARRILES.-
implantación de las cavas, capacidad, control
del microclima
SEGUIMIENTO DE LOTES AÑEJAMIENTO BARRILES.- disposición
de camas de cavas, registros de sellamiento
por el ÍNEN
ORDEN DE ACIADO DE BARRILES.- es utilizado
para mantener en condiciones controladas
y guardar evidencia trazable de los
materiales
CONTROL DE CONDICIONES
AMBIENTALES.- se registra periódicamente
los parámetros de las condiciones ambientales al interior de las cavas de
añejamiento
PREPARACIÓN DE ENVASES DE RE-USO
ENVASES DE RE-USO NO CONFORMES.- envases
no conformes que se obtuvieren de su
preparación.
LIBERACIÓN DE MATERIALES,
LIBERACIÓN DE MATERIALES POR
URGENCIA Y LIBERACIÓN DE TAFIA
AÑEJADA.
ENTREGAS MATERIA PRIMA PRODUCCIÓN.- proceso productivo de
origen y destino, la descripción de la materia
prima
INSPECCIÓN DE BARRILES PARA
LIBERACION DE TAFIA ANEJADA.- inspección a
los barriles en el momento de la cosecha
de una tafia añejada
PLANIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN
INVENTARIO PRODUCTO
TERMINADO DIARIO.- producto terminado,
promedio de despachos
PRESUPUESTO DE VENTAS POR ZONA
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 107
2. Envasado, capsulado, y etiquetado botellas vidrio (Borelli)
3. Despacho de productos
Infraestructura complementaria en la planta LICORAM
Para optimizar los procesos de producción y comercialización de las bebidas que
se elaboran en la planta LICORAM, se cuenta con la siguiente infraestructura
complementaria:
PREPARACIÓN DE LÍNEAS DE PRODUCCIÓN
FICHA TÉCNICA ENVASADO DE
PRODUCTO
MANEJO DE NO CONFORMIDADES EN
ENVSADO DE PRODUCTO
MANEJO Y PRESERVACIÓN DE PRODUCTO
TERMINADO
IDENTIFICACIÓN DE LOTES
IDENTIFICACIÓN DE LHOJA DE VIDA
PRODUCTO TERMINADOOTES
CONTROL DE LÍNEAS DE PRODUCCIÓN
CONTROL DE RE-PROCESOS
ORDEN DE REPROCESO CONTROL DE
DESPERDICIOS Y MERMAS CONTROL SEMANAL DE
RESIDUOS ALMACENAMIENTO DE
PRODUCTO TERMINADO
MANEJO Y PRESERVACIÓN DE PRODUCTO
TERMINADO
NOTA DE INGRESO DE PRODUCTO TERMINADO
A BODEGA DE DESPACHOS.
LISTADO DE PROVEEDORES DE
SERVICIOS SELECCIONADOS
ALMACENAMIENTO Y MANIPULACIÓN
ADECUADA DE LAS CAJAS
GUÍA INFOGRÁFICA DE ALMACENAMIENTO MANIPULACIÓN Y
RECOMENDACIONES PRODUCTO TERMINADO.
ORDEN DE DESPACHO.
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 108
Guardianía
Fotografía 6. Guardianía de la planta LICORAM
Parqueaderos
Fotografía 7. Parqueaderos de la planta LICORAM
Oficinas y áreas administrativas
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 109
Fotografía 8. Oficinas y áreas administrativas de la planta LICORAM
Centro Médico
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 110
Fotografía 9. Centro médico de la planta LICORAM
Vestuarios
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 111
Fotografía 10. Vestuarios de la planta LICORAM
Servicios higiénicos
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 112
Fotografía 11. Servicios higiénicos de la planta LICORAM
Comedor
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 113
Fotografía 12. Comedor de la planta LICORAM
Taller de mantenimiento
Fotografía 13. Taller de mantenimiento de la planta LICORAM
Bodega de insumos químicos
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 114
Fotografía 14. Bodega de insumos químicos de la planta LICORAM
Bodega de alcohol y esencias
Fotografía 15. Área de preparacion y esencias de la planta LICORAM
Área de almacenamiento de combustible
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 115
Fotografía 16. Área de almacenamiento de combustible LICORAM
Área de Osmosis
En ésta área se realiza la desmineralización del agua para la elaboración
del producto (Anexo 15.- Desmineralización y hoja de vida de agua
desmineralizada)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 116
Fotografía 17. Planta de ósmosis de la planta LICORAM
La distribución de la planta LICORAM, se presenta en el Anexo 17.
5.1 Análisis de alternativas
No existen otras alternativas para el desarrollo del proyecto. El terreno donde se
asienta la planta de producción del proyecto “Elaboración y Comercialización de
Licores de América S.A. - LICORAM, es de propiedad de la compañía Licores de
América S.A. - LICORAM (Anexo 18.- Escrituras del terreno)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 117
6. CAPITULO VI: Identificación, Evaluación y Valoración de Impactos Ambientales
La identificación y evaluación de los impactos ambientales generados por el
proyecto se realizó con ayuda de la Matriz de Leopold, como se detalla a
continuación:
MATRIZ DE LEOPOLD
La matriz de Leopold está compuesta por las actividades que pueden causar
impacto en el ambiente, dispuestas en columnas y, factores o componentes
ambientales que pueden ser afectados por el desarrollo de las actividades del
proyecto, ubicados en las filas.
Se identifican todas las actividades que se realizan en la planta de producción;
para cada actividad se consideró todos los factores ambientales afectados
significativamente. Así, se reduce la matriz a rangos manejables y, en forma
manual en cada relación causa-efecto (actividad-factor ambiental) se colocará una
X, la elección de la relación depende de la experiencia y calificación del grupo
multidisciplinario elevando el nivel de subjetividad.
La matriz de Leopold es "global" y su método no es selectivo, ya que cubre las
características físicas, químicas y biológicas y además las socioeconómicas y
culturales.
Factores Ambientales
Se realizó la selección de los factores ambientales en base a la información
levantada en la Línea Base. Los factores ambientales se refieren a eventos dentro
de los componentes aire, suelo, agua, flora, fauna, humano y paisaje; que se
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 118
producen durante las actividades del proyecto. Los factores ambientales que se
seleccionaron fueron los más representativos del área de estudio, su clasificación
se realizó de acuerdo al componente que pertenece, y su definición para la
caracterización ambiental:
Tabla 21. Factores/Componentes Ambientales
COMPONENT
E AMBIENTAL
ELEMENT
O FACTOR DEFINICIÓN
Físico
Aire
Producción de
ruido
Niveles de ruido en el área del
proyecto. Este efecto se produce
cuando las maquinarias se
encuentran funcionando, por lo que
este impacto es considerado como:
local y temporal.
Producción de
polvo y
partículas
Emisiones a la atmósfera de
partículas sólidas (polvo), se
clasifican como tóxicos si generan
alguna reacción en el cuerpo humano,
en animales o plantas.
Emisión de
gases
Emisión de escapes de vehículos,
maquinaria pesada y fuentes lineales
con emisión de gases; incluyen
compuestos azufrados (SO2),
nitrogenados (NO2) y orgánicos
(hidrocarburos).
Suelo
Afectación a la
calidad
Características químicas y
bacteriológicas del suelo en el área
del proyecto.
Afectación a la
geomorfología
Características físicas del suelo en el
área del proyecto.
Agua Afectación a la
calidad
Existencia de cuerpos hídricos
cercanos al proyecto, se debe tomar
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 119
en cuenta las acciones que pueden
provocar afectaciones como: manejo
de químicos, taller de
mantenimientos, almacenamiento de
combustibles, lavado de pisos y
paredes, entre otros.
Biótico
Flora Afectación de la
capa vegetal
Presencia de especies vegetales
silvestres en el área de influencia del
proyecto.
Fauna
Migración de
especies
Presencia/Ausencia de especies
faunísticas silvestres en el área de
influencia del proyecto.
Alteración del
hábitat
Donde se encuentra una determinada
especie y su área de distribución
Socio -
Económico
Humano
Afectación a las
actividades
económicas
Principales actividades económicas
que se desarrollan en el área de
influencia del proyecto. La población
que se ve afectada durante el
desarrollo del proyecto.
Alteración a la
salud pública
Evitar alteraciones de salud en
empleados y usuarios vinculados
directamente con el área de influencia
del proyecto
Oportunidad de
empleo
Crear plazas de trabajo. Es un efecto
positivo regional/local considerando
que mientras duren los trabajos de la
planta se utilizará mano de obra
regional o local.
Accidentes
laborales
Evitar accidentes laborales y de
usuarios
Paisaje Modificación del
paisaje
Características del paisaje actual en
el área de influencia del proyecto
ELABORACIÓN: Equipo Técnico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 120
Actividades del Proyecto
En esta sección se describen brevemente las actividades que se tomaron en
cuenta para la identificación de los impactos. Al igual que los factores ambientales,
a las actividades se las consideró como de carácter general, pero representativa,
por lo que se eliminó aquellas que sean de poca relevancia, para simplificar las
matrices a rangos manejables con términos prácticos.
A continuación se detallan las actividades del proyecto y su definición:
Tabla 22. Actividades del proyecto
ACTIVIDADES DEL
PROYECTO DEFINICIÓN
ET
AP
A D
E O
PE
RA
CIÓ
N
Recepción de materias
primas
El alcohol etílico adquirido a proveedores
nacionales es almacenado en tanques de acero
inoxidable, a través de un sistema de bombeo que
va desde el vehículo proveedor hasta el
almacenamiento
PREPARACIÓN -
Homogenización y
filtración
Cuenta con un proceso de homogenizado en
tanques de acero inoxidable, en estos recipientes se
agregan los ingredientes (sabores) acorde al tipo de
licor a producir.
Posteriormente el licor es bombeado al filtro prensa,
para eliminar el material suspendido, que pudiera
estar aún presente en la bebida alcohólica y
posteriormente pasa a la máquina de envasado
Envasado, capsulado,
etiquetado y
almacenamiento
Se procede al envasado en la máquina
semiautomática asistida por una desinfección con
enjuague de los envases y previa una filtración
ultravioleta. Posteriormente pasa al llenado,
capsulado, codificado y etiquetado.
Comercialización Los licores son llevados a los carros distribuidores
para su comercialización nacional e internacional.
ELABORACIÓN: Equipo Técnico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 121
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
La matriz está compuesta por las mismas actividades y factores o componentes
ambientales, descritos en la matriz de Leopold. En esta matriz se asignan valores
a cada relación según las características del impacto.
Tipología de Impactos
A continuación se detalla una clasificación de los distintos tipos de impacto, que
comúnmente tienen lugar sobre el ambiente:
Por la Intensidad del Impacto
Es la fuerza con la que el impacto alterará un componente ambiental. Este factor
representa el grado con el cual un impacto ambiental altera a un determinado
elemento del ambiente.
Tabla 23 Intensidad del Impacto
Intensidad
Alta: Alteración muy notoria y extensiva que puede
recuperarse a corto o mediano plazo, siempre y
cuando exista una intervención oportuna y profunda
del hombre, que puede significar costos elevados.
Moderada: Alteración nociva, producida por la acción
de una actividad determinada donde el impacto es
reducido y puede ser recuperado con una mitigación
sencilla y poco costosa.
Baja: Impactos que con recuperación natural o con
una ligera ayuda por parte del ser humano, es posible
su recuperación.
Por la Extensión del Impacto
Determina el área geográfica de influencia teórica que será afectada por un
impacto en relación con el entorno del proyecto (porcentaje del área respecto al
entorno en que se manifiesta el efecto).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 122
Tabla 24 Extensión del Impacto
Extensión
Regional: La región del proyecto.
Local: Aproximadamente 3 kilómetros a partir de la
zona donde se realiza el proyecto.
Puntual: En el sitio en el cual se ha realizado el
proyecto y su área de influencia directa definida y
descrita en el diagnóstico.
Por la Duración del Impacto
Se refiere a la duración del impacto con relación al tiempo de exposición de la
actividad que lo genera y a partir del cual el factor afectado retornaría a las
condiciones iniciales previas a la acción, por medios naturales, o mediante la
introducción de medidas correctoras.
Tabla 25 Duración del Impacto
Duración
Permanente: Cuando la duración del impacto
continúa aún cuando haya finalizado la actividad.
Temporal: Si el impacto se presenta mientras se
ejecuta la actividad y finaliza al terminar la misma.
Periódico: Si se presenta en forma intermitente
mientras dure la actividad que lo provoca.
Por la Reversibilidad del Impacto
Se refiere a la posibilidad de recuperación del factor afectado por el proyecto, es
decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la acción, por
medios naturales o por intervención humana una vez que la acción ha finalizado.
Tabla 26 Reversibilidad del Impacto
Reversibilidad Reversible: Si el elemento ambiental afectado puede
volver a un estado similar al inicial.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 123
Poco reversible: El elemento ambiental afectado no
puede volver a un estado similar al inicial, pero puede
recuperarse ligeramente.
Irreversible: Si el elemento ambiental afectado no
puede ser recuperado.
Por el Riesgo del Impacto
Indica la posibilidad real o potencial de ocurrencia de que una determinada
actividad produzca un determinado impacto sobre un factor ambiental.
Tabla 27 Riesgo del Impacto
Riesgo
Alto: Existe la certeza de que un impacto se produzca
o es real.
Medio: Se tiene una duda de que se produzca o no
un impacto.
Bajo: No existe la certeza de que un impacto se
produzca y por lo tanto es potencial.
Para ayudar a caracterizar los impactos según sus características se utilizará la
siguiente guía:
Tabla 28 Valoración de las Características de los Impactos
Intensidad i Extensión e Duración D Reversibilidad r Riesgo R
Alta 3 Regional 3 Permanente 3 Irreversible 3 Alto 3
Moderada 2 Local 2 Temporal 2 Poco reversible 2 Medio 2
Baja 1 Puntual 1 Periódico 1 Reversible 1 Bajo 1
Cabe recalcar que la elección de los valores numéricos depende de la experiencia
y calificación del grupo multidisciplinario, elevando de esta manera el nivel de
subjetividad.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 124
MATRIZ DE CÁLCULO DE MAGNITUD, IMPORTANCIAY SEVERIDAD
La matriz está compuesta por las mismas actividades y factores o componentes
ambientales, descritos en la matriz de Leopold.
Magnitud
La magnitud en términos numéricos constituye en la valoración del efecto de la
acción, por lo que su cálculo se basará en la sumatoria acumulada de los valores
de las variables intensidad, extensión y duración.
Para el cálculo de la magnitud, se asumirán los siguientes valores de peso:
Peso del criterio de intensidad = 0,40
Peso del criterio de extensión = 0,30
Peso del criterio de duración = 0,30
La fórmula para calcular la magnitud para cada una de las interacciones
ambientales identificadas en la evaluación, es la siguiente:
Importancia
La importancia está dada en función de las características del impacto, razón por
la cual su valor puede deducirse de la sumatoria acumulada de la extensión,
reversibilidad y riesgo. Para el cálculo de la importancia, se asumirán los
siguientes valores de peso:
Peso del criterio de extensión = 0,30
Peso del criterio de reversibilidad = 0,40
Peso del criterio de riesgo = 0,30
La fórmula para calcular la importancia para cada una de las interacciones
ambientales encontradas en la evaluación, es la siguiente:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 125
Severidad
La severidad se define como el nivel de impacto ocasionado sobre el componente
ambiental. El valor se obtiene a partir de la multiplicación de la magnitud con la
importancia. Para facilitar la interpretación se estableció la siguiente escala:
Tabla 29 Valoración de la Severidad del Impacto
Escala de
Valores
Severidad
del
Impacto
Descripción
0.1 – 0.9 Leve
Habrá recuperación inmediata de las condiciones
originales del entorno, después del cese de la acción,
no se precisan medidas correctoras.
1.0 – 3.0 Moderado
La recuperación de las condiciones originales del
entorno, requiere cierto tiempo y es conveniente
aplicar medidas correctoras.
3.1 – 6.0 Severo
El entorno exige introducir medidas correctoras con
tiempo demorado para poder recuperar sus
condiciones iniciales.
6.1 – 9.0 Crítico
El entorno pierde permanentemente la calidad de sus
condiciones iniciales, no existe la posibilidad de
recuperación, es poco factible la introducción de
medidas correctoras.
---- Positivo El componente ambiental se verá beneficiado el
momento en el que se realice la actividad.
EVALUACIÓN DE MATRICES/DICTAMEN AMBIENTAL
De las matrices de evaluación (Anexo 19.- Análisis Matricial), se establece que
los impactos en su mayoría son de severidad moderada. Para realizar la matriz se
tomaron en consideración las siguientes actividades dentro de la planta de
producción de LICORAM: Recepción de muestras, Preparación, Envasado,
Capsulado, Etiquetado, Almacenamiento y Despacho.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 126
A continuación, se muestran los resultados para cada componente ambiental:
Impactos sobre el Medio Físico
En el medio físico se observa que la mayoría de impactos son de severidad
moderada. En el aire se puede observar que existe un incremento de ruido en las
actividades de envasado, capsulado, etiquetado y almacenamiento; y despacho.
En la actividad de envasado, capsulado, etiquetado y almacenamiento, se trata de
una extensión puntual; es decir, que el ruido afectará dicha área del proyecto en
sí; mientras que, la actividad de despacho de producto generará ruido con una
extensión local, afectará al área de despacho de la planta LICORAM y poblaciones
por donde circulen los camiones de entrega de producto. Otros factores que se
deben mencionar son el incremento de material particulado y emisión de gases,
debido principalmente al despacho del producto por la utilización de vehículos
para su entrega y comercialización.
En el suelo, no se identificaron impactos, debido a que el proyecto se encuentra
en un área urbana.
Por otro lado, en el aspecto agua en el caso de preparación del producto la
severidad es moderada, debido a que esta actividad afecta la calidad del agua,
porque el agua producto del lavado de pisos y paredes del área de preparación de
mezclas es evacuada directamente al alcantarillado. Cabe señalar que para el
lavado de éstas áreas se utiliza únicamente alcohol como desinfectante.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 127
Figura 3. Severidad de impactos en el Medio Físico LICORAM
0
0,5
1
1,5
2
2,5
Producción deruido
Producción depolvo y
partículas
Emisión de gases Afectación a lacalidad del suelo
Afectación a lageomorfología
Afectación a lacalidad del agua
Seve
rid
ad
Impacto potencial
Severidad de impactos en el Medio Físico
Recepción de materia prima
Preparación
Envasado, capsulado, etiquetado yalmacenamiento
Despacho / Comercialización
Leve
Moderado
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 128
Impactos sobre el Medio Biótico
No se identificaron impactos sobre el medio biótico, debido a que la planta de
producción de LICORAM se encuentra asentada en un área netamente urbana.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 129
Figura 4. Severidad de impactos en el Medio Biótico LICORAM
0
0,2
0,4
0,6
0,8
1
1,2
Afectación de la capa vegetal Migración de especies Alteración del hábitat
Seve
rid
ad
Impacto potencial
Severidad de impactos en el Medio Biótico
Recepción de materia prima
Preparación
Envasado, capsulado, etiquetado yalmacenamiento
Despacho / Comercialización
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 130
Impactos sobre el Medio Socio-Cultural
En el aspecto socio-cultural existen factores que son afectados de manera
moderada. Sin embargo, también existen algunos factores que son afectados de
manera severa, estos son:
Alteración a la salud pública: En esta sección existen la actividad de
despacho del producto afectaría la salud pública de la población, debido a
que las bebidas alcohólicas son consideradas como sustancias nocivas
para la salud; sin embargo, el consumo excesivo del producto es una
actividad fuera del alcance del proyecto.
Oportunidad de empleo: Todas las actividades consideradas en la planta de
LICORAM, tienen un impacto severo en la oportunidad de empleo; sin
embargo, hay que mencionar que este tipo de impacto es positivo, ya que
genera fuentes de ingreso para los pobladores del área de influencia del
proyecto.
Afectación a la salud de los trabajadores y accidentes laborales: estos dos
factores son considerados de severidad moderada y están presentes en
todas las actividades de la planta de producción LICORAM. Sin embargo,
en todos los casos si se toman las medidas de seguridad laboral adecuadas
y estos factores se pueden disminuir. LICORAM cuenta con un Sistema de
Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 131
Figura 5. Severidad de impactos en el Medio Socio-Cultural LICORAM
0
1
2
3
4
5
6
7
Afectación a lasactividadeseconómicas
Alteración a la saludpública
Oportunidad deempleo
Accidentes laborales Modificación delpaisaje
Seve
rid
ad
Impacto potencial
Severidad de impactos en el Medio Socio Económico
Recepción de materia prima
Preparación
Envasado, capsulado, etiquetado yalmacenamiento
Despacho / Comercialización
Leve
Moderado
Severo
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 132
7. CAPITULO VII: Análisis de Conformidades y No Conformidades
Para establecer el cumplimiento de los aspectos ambientales en la planta de
producción de LICORAM, se valoró las actividades del proyecto conforme la
legislación ambiental vigente, mediante una Matriz de Cumplimientos.
El alcance, objetivos y metodología para la determinación de conformidades y no
conformidades se detallan a continuación:
Objetivos
Objetivo General
Determinar el grado de cumplimiento conforme las leyes, reglamentos y
normas de la legislación ambiental vigente, acorde con las actividades del
proyecto.
Objetivos Específicos
Describir los hallazgos de las conformidades y no conformidades, de
acuerdo a lo establecido en la normativa ambiental vigente.
Evaluar las condiciones operacionales actuales del proyecto.
Proponer medidas de acción, guiada en recomendaciones concertadas con
los proponentes del proyecto, de las áreas auditadas, para superar y/o
corregir desviaciones, incumplimientos a la normativa ambiental o
procedimientos al Plan de Manejo Ambiental.
Establecer un Plan de Manejo Ambiental para minimizar, prevenir o corregir
los posibles impactos ambientales que se puedan generar por el desarrollo
del proyecto y en función a los no cumplimientos identificados.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 133
Alcance del capitulo
El presente capitulo, está orientado a la verificación del cumplimiento de la
normativa ambiental vigente en el Ecuador y aplicables al proyecto, incluyendo
leyes, reglamentos, ordenanzas municipales, normas y procedimientos aplicables
a las actividades que se desarrollan en el mismo. Su alcance técnico se ajusta a
los requerimientos metodológicos de la auditoría de cumplimiento, la cual analiza los
siguientes aspectos:
Identificación y descripción de los procesos, actividades y operaciones
asociadas a la generación de impactos, por las actividades del proyecto.
Verificación al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la
legislación ambiental vigente.
La determinación de conformidades y no conformidades (mayores y menores), se
sustentará en evidencias objetivas evitando hacer juicios de valor, interpretaciones
o comentarios que pueden desvirtuar la objetividad de la auditoría. Las pruebas o
documentos que evidencien cumplimiento, serán pruebas de descargo de no
conformidades, y los datos, resultados de las mediciones, llevarán a conclusiones
claras y específicas. Además, todas las actividades y/o pruebas serán
debidamente documentadas.
Al final del presente documento, se establece un Plan de Manejo Ambiental
diseñado en función de los hallazgos e incumplimientos identificados.
Metodología
Para la elaboración del informe se adoptó lo establecido en el Sistema Único de
Manejo Ambiental y otros criterios o guías sugeridos en manuales de auditoría que
se han adaptado en lo aplicable a este proyecto, comprende las siguientes fases:
Pre-auditoria: Se determinaron los objetivos y el alcance del Cumplimiento
Ambiental, los lineamientos para analizar y evaluar los impactos
ambientales y el cumplimiento de la legislación ambiental vigente.
Auditoría: Se realizaron actividades de recopilación, revisión y análisis de
documentación, entrevistas con los responsables del proyecto, visitas de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 134
campo, con la finalidad de recabar la información que evidencie el
cumplimiento tanto de Leyes y Reglamentos Nacionales como de la
legislación ambiental local (Normas Técnicas).
Post – auditoría: Se presentan los resultados alcanzados en la Auditoría
Ambiental, con la finalidad de incorporar recomendaciones y observaciones
a la misma, para posteriormente elaborar un Plan de Acción para las No
Conformidades identificadas.
Los hallazgos identificados, asociados a las actividades desarrolladas en la planta
LICORAM se evaluaron a fin de determinar su importancia, atendiendo los
siguientes criterios:
Definición de los términos de auditoría
Los hallazgos que se identifican en el presente capitulo fueron evaluados, en una
Matriz de Cumplimientos, con el fin de determinar su importancia. La matriz
permite registrar información cualitativa, respecto al cumplimiento de la normativa
ambiental vigente aplicable a las actividades llevadas a cabo en el proyecto.
La matriz se encuentra estructurada de la siguiente manera:
Criterio Auditable: se refiere a la normativa o medida del plan de manejo
ambiental que se desea determinar el nivel de cumplimiento o
incumplimiento.
Referencia citada: es la normativa ambiental descrita específicamente, por
artículos citados, o medidas establecida en la legislación ambiental vigente
que van a evaluarse.
Evidencia Objetiva: constituye toda documentación de respaldo que
determine el cumplimiento con la normativa vigente.
Verificación de cumplimiento: mediante este factor se presenta el nivel de
cumplimiento en el proyecto, respecto a la normativa ambiental vigente.
Existen tres niveles para verificar el cumplimiento:
o Conformidad (C): Esta calificación se proporciona a toda acción,
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 135
instalación o práctica que se ha ejecutado o se localiza dentro de las
restricciones, indicaciones o especificaciones expuestas en la
normativa aplicable.
o No Conformidad Menor (NC-): Esta calificación implica una falta
leve frente al cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes
Aplicables, dentro de los siguientes criterios:
Fácil corrección o remediación.
Rápida corrección o remediación.
Bajo Costo de remediación o corrección.
Evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco riesgo
o impactos menores, sean directos o indirectos.
o No Conformidad Mayor (NC+): Esta calificación implica una falta
grave frente al Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una
calificación de NC+ también es aplicada cuando se producen
repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios
de calificación son los siguientes:
Corrección o remediación de carácter difícil.
Corrección o remediación que requiere mayor tiempo,
recursos humanos y económicos.
El evento es de magnitud moderada a grande.
Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales.
Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en
la corrección de un problema menor.
o No Aplica: Se da esta calificación cuando se ha citado acciones del
PMA o artículos de la normativa ambiental que no tienen relación con
la actividad que se realiza, o a su vez de actividades del proyecto
que aún no han sido ejecutadas y por lo tanto no pueden ser
auditadas y son es inaplicables.
o Observaciones: en este casillero se realizan comentarios a los
aspectos ambientales relevantes del cumplimiento o no cumplimiento
de la normativa ambiental vigente.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 136
Las observaciones pueden ser entre otras, incumplimientos a los
límites permisibles, a los Planes de Manejo Ambiental y la Normativa
Ambiental vigente, y se los identificará por medio de los mecanismos
de control.
La evaluación se basó en el grado de cumplimiento operativo, para lo cual se
calificó otorgando valores de 1 a 10, siendo 10 si cumple y 1 si incumple
claramente las diferentes características y actividades del proyecto. Se consideró
necesaria la ponderación en vista de que no todos los componentes evaluados
tienen, para este Estudio de Impacto Ambiental Expost, la misma significancia.
Tabla 30. Evaluación Cuantitativa de las No Conformidades
Dictamen Ambiental Nivel de Certidumbre
Incumplimiento 1-3
Cumplimiento Parcial 4-9
Cumplimiento Total 10
Determinación del Nivel de Certidumbre al Cumplimiento
Una vez hecha la evaluación de cada criterio auditable, se determinó los niveles
de certidumbre, así como el nivel de no conformidades encontradas, empleando la
siguiente fórmula:
Nivel de Certidumbre= (W*C) x 10 %
Donde:
C= Calificación del cumplimiento para cada aspecto ambiental considerado, en
una escala del 1 al 10.
W= Ponderación de importancia del aspecto ambiental considerado: W= Ii/∑Ii
I= Calificación de importancia del aspecto ambiental en una escala del 1 al 10.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 137
La relación de valorización empleada es:
Tabla 31. Relaciones de Valorización
Valoración
Obtenida
Nivel de
Certidumbre
Nivel de No
Conformidades Riesgo
0 – 25% Malo Muy Alto Crítico
26 – 50% Regular Alto Severo
51 – 70% Medio Medio Moderado
71 – 90% Bueno Bajo Compatible
91 – 100% Excelente No significativo Bajo
Criterio de Evaluación (Protocolos de Auditoría)
Para la evaluación del cumplimiento de la normativa ambiental vigente y aplicable
al proyecto, se estructuro una matriz de cumplimientos y una matriz de nivel de
certidumbre para el protocolo de auditoría, mismas que se detallan a continuación:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 138
Matriz de Resultados de Conformidades y No Conformidades
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
1 LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
1.1 Regulaciones ART. 19
Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control. Conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio reactor será el precautelatorio.
De acuerdo al Catálogo de Categorización Ambiental Nacional (CCAN), emitido en el Acuerdo Ministerial 006, el proyecto LICORAM, pertenece al código 31.2.1.2.3, categoría IV.
X
1.2 Regulaciones ART. 29
Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes.
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental
X
Documento borrador para proceso de socialización
2 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
2.1 Descargas ART. 1
Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.
La planta de producción de LICORAM, ha desconectado de su proceso de funcionamiento a la lavadora de botellas, considerada como fuente fija de contaminación (ANEXO 20)
X
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 139
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
2.2 Descargas ART. 6
Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.
En la planta de producción de LICORAM, no se da un tratamiento previo a la descarga de aguas residuales, pues las descargas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
X
2.3 Descargas ART. 10
Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
No se realizan ningún tipo de descargas que afecten la calidad del suelo del área del proyecto. Toda la superficie de la planta LICORAM se encuentra cementada y en área urbana (ANEXO 21.-
Registro fotográfico)
X
3 LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
3.1 Regulaciones ART. 49
Los envases de bebidas alcohólicas, deben incluir de forma clara, visible y comprensible, la advertencia de su carácter nocivo para la salud; y, para la impresión de la advertencia, se seguirán las especificaciones previstas en el reglamento correspondiente.
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22.-
Registro fotográfico)
X
3.2 Regulaciones ART. 96
Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano.
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable (ANEXO 23.- Factura pago agua
potable)
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 140
3.3 Descargas ART. 104
Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.
No se da un tratamiento previo a la descarga de aguas residuales, pues éstas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
3.4 Regulaciones ART. 118
Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
X
3.5 Regulaciones ART. 119
Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio de Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
VERIFICACIÓN IN SITU: Hasta el 24/01/2014, se han registrado 583 días sin accidentes en la planta LICORAM (ANEXO 25.- Registro fotográfico)
X
3.6 Regulaciones ART. 130
Los establecimientos sujetos a control sanitario para su funcionamiento deberán contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional. El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario.
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento del Ministerio de Salud, año 2014 (ANEXO 26)
X
3.7 Regulaciones ART. 137
Están sujetos a registro sanitario los alimentos procesados, aditivos alimentarios, medicamentos en general, productos nutracéuticos, productos biológicos, naturales procesados de uso medicinal, medicamentos homeopáticos y productos dentales; dispositivos médicos, reactivos bioquímicos y de diagnóstico, productos higiénicos, plaguicidas para uso doméstico e industrial, fabricados en el territorio nacional o en el exterior, para su importación, exportación, comercialización, dispensación y expendio, incluidos los que se reciban en donación.
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27)
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 141
3.8 Regulaciones ART. 139
El registro sanitario tendrá vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de su concesión. Todo cambio de la condición en que el producto fue aprobado en el registro sanitario debe ser notificado obligatoriamente a la autoridad sanitaria nacional a través del Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Dr. Leopoldo Izquieta Pérez y, dará lugar al procedimiento que señale la ley y sus reglamentos.
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
3.9 Regulaciones ART. 146
En materia de alimentos se prohíbe: e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas; f) La utilización de envases que no cumplan con las especificaciones técnicas aprobadas para el efecto;
VERIFICACIÓN IN SITU: Para el envasado de los productos de LICORAM, se utiliza envases con las especificaciones adecuadas (ANEXO 28.- Ficha Técnica empaque por producto)
X
4 LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y DE VIDA SILVESTRE
4.1 Regulaciones ART. 75
Cualquiera que sea la finalidad, prohíbase ocupar las tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas existentes.
El área de la planta de producción de LICORAM NO INTERSECA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del estado (ANEXO 1)
X
5 LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN MUNICIPAL
5.1 Regulaciones ART. 14
Son funciones primordiales del municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta Ley, las siguientes: 1a. Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado;
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable y alcantarillado (ANEXO 23)
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 142
5.2 Regulaciones ART. 14
Son funciones primordiales del municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta Ley, las siguientes: 4a. Regular y controlar la calidad, elaboración, manejo y expendio de víveres para el consumo público, así como el funcionamiento y condiciones sanitarias de los establecimientos y locales destinados a procesarlos o expenderlos; 7a. Autorización para el funcionamiento de locales industriales, comerciales y profesionales;
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento del Municipio (ANEXO 29)
X
5.3 Regulaciones ART. 148
En material de servicios públicos a la administración municipal le compete: c) Proveer de agua potable y alcantarillado a las poblaciones del cantón, reglamentar su uso y disponer lo necesario para asegurar el abastecimiento y la distribución de agua de calidad adecuada y en cantidad suficiente para el consumo público y el de los particulares;
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable y alcantarillado (ANEXO 23)
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
6 LEY ORGÁNICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
6.1 Regulaciones ART. 57
Advertencias permanentes.- En cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros derivados del tabaco y productos nocivos para la salud, deberá expresarse clara, visible y notablemente la indicación de que su consumo es peligroso para la salud, de acuerdo a lo que al respecto regule el Reglamento a la presente Ley. Dicha advertencia deberá constar, además, en toda la publicidad del bien considerado como nocivo.
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22)
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 143
6.2 Regulaciones ART. 65
El Registro Sanitario y los certificados de venta libre de alimentos, serán otorgados según lo dispone el Código de la Salud, de conformidad con las normas técnicas, regulaciones, resoluciones y códigos de práctica, oficializados por el Instituto Ecuatoriano de Normalización -INEN- y demás autoridades competentes, y serán controlados periódicamente para verificar que se cumplan los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27)
X
7 CÓDIGO DE TRABAJO
7.1 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 2. Instalar las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares de trabajo, sujetándose a las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo y demás disposiciones legales y reglamentarias, tomando en consideración, además, las normas que precautelan el adecuado desplazamiento de las personas con discapacidad; 3. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana;
Los lugares de trabajo de la planta LICORAM, cuentan con las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo (ANEXO 30.- Registro
fotográficos áreas seguras de trabajo)
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
7.2 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 3. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana;
La planta LICORAM, cuenta con comedor para uso de sus empleados (ANEXO 31.- Registro fotográfico.- comedor)
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 144
7.3 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 7. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, en condiciones adecuadas para que éste sea realizado; 29. Suministrar cada año, en forma completamente gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios;
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
X
8 CÓDIGO DE LA SALUD
8.1 Regulaciones ART. 12
Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los conviertan en inofensivos para la salud.
En la planta LICORAM se mantiene una política de reciclaje de cores (ANEXO 32)
X
9 DECRETO 3516: TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL ECUADOR (TULSMA)
9.1 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo IV (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 35.- De la falta de licencias ambientales.- Los proyectos, obras o actividades nuevas y en funcionamiento, deben cumplir con el proceso de regularización ambiental de conformidad con éste Reglamento, Manuales de Procedimiento, Normativa Ambiental Aplicable, obteniendo la licencia ambiental correspondiente, en caso de no hacerlo, serán objeto de las sanciones previstas en la normativa ambiental aplicable; a cargo de la autoridad ambiental competente, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que se deriven por su incumplimiento.
La planta LICORAM, se encuentra en proceso de licenciamiento ambiental
X
Documento borrador para proceso de socialización
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 145
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
9.2 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo IV (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 49.- De los términos de referencia.- Los términos de referencia son documentos preliminares que determinan el contenido, el alcance, la focalización, los métodos y las técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios ambientales, en donde se establecen los lineamientos e instrucciones en cuanto a la profundidad y nivel de detalle para elaborar dicho estudio; y deberán presentarse para su aprobación para los proyectos, obras o actividades de la categoría IV, siguiendo los lineamientos determinados en el manual del Anexo II, específicos de cada categoría.
Los términos de referencia para la elaboración del EsIA Expost del proyecto "ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM", fueron aprobados mediante oficio No. MAE-SUIA-RA-CGZ1-DPAI-2014-00352 (ANEXO 9)
X
9.3 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capitulo VII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 62.- Participación ciudadana.- En lo que respecta a los mecanismos de participación ciudadana en los procesos de licenciamiento ambiental se estará a los señalado en el Decreto Ejecutivo No. 1040 de 22 de abril de 2008, mediante el cual se aplicó el "Reglamento de Aplicación de Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental"; y, el Acuerdo Ministerial No. 66 de 18 de Junio de 2013, mediante el cual se expidió el "Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, publicado en el Registro Oficial No. 332 de 8 de mayo de 2008".
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental.
X
Documento borrador para proceso de socialización
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 146
9.4 Monitoreos
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo VIII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art... Objeto de los Monitoreos.- El objeto de la actividad de monitoreo es el seguimiento sistemático y permanente mediante reportes conforme lo establecido en la normativa o autorización ambiental, que contengan los registros, observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de los resultados de los muestreos de los recursos, en cuanto a la calidad y/o alteraciones en los medios físico, biótico y/o socio-cultural y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. Los monitoreos a recursos deberán evaluar la calidad ambiental por medio del análisis de indicadores cualitativos y cuantitativos del área de influencia de la actividad controlada.
Se han realizado monitoreos de calidad de aire con laboratorios acreditados (ANEXO 5)
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
9.5 Monitoreos
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo VIII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art... Obligatoriedad y periodicidad de los Monitoreos.- El Sujeto de control es responsable por el monitoreo permanente del cumplimiento de las obligaciones que se desprenden de la autorización administrativa correspondiente y del instrumento técnico que lo sustenta, con particular énfasis de sus emisiones, descargas o vertidos y cuerpos de inmisión o cuerpo receptor para el caso de los vertidos líquidos. Las fuentes, recursos y parámetros a ser monitoreados, así como la frecuencia de los muestreos del monitoreo y la periodicidad de los reportes de informes de monitoreo constarán en el respectivo Plan de Manejo Ambiental, y se lo determinará en base de la actividad, riesgo ambiental y características del entorno.
Las fuentes, recursos y parámetros a ser monitoreados, así como la frecuencia de los muestreos del monitoreo y la periodicidad de los reportes de informes de monitoreo constan en el Plan de Manejo Ambiental incluido en el presente documento.
X
9.6 Regulaciones
TULSMA, Libro VI,
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Cuarta.- Licencias ambientales de actividades y proyectos en funcionamiento (estudios expost).- Los proyectos, obras o actividades en funcionamiento que deban obtener una licencia ambiental de conformidad con lo dispuesto en éste instrumento jurídico y acorde a la categorización ambiental nacional, deberán regularizarse desde la publicación de éste Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.
El proyecto elaboración y comercialización de Licores de America S.A. - LICORAM se encuentra en proceso de regularización ambiental en el SUIA con código MAE-RA-2014-74051.
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 147
9.7
Descarga de efluentes: Recurso
Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua.
En el área donde funciona la planta de LICORAM, se cuenta con sistema de alcantarillado (ANEXO 23)
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
9.8 Descarga de
efluentes: Recurso Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores.
En las instalaciones de la planta LICORAM se cuenta con sistemas colectores para el agua producto de la limpieza de pisos y paredes (ANEXO 33)
X
9.9 Descarga de
efluentes: Recurso Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.2.3 Toda descarga al sistema de alcantarillado deberá cumplir, al menos, con los valores establecidos en la tabla 11 del Anexo 1 del libro VI del TULSMA.
No se han realizado monitoreos de descargas al sistema de alcantarillado en la planta LICORAM, debido a que las descargas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
X
9.10
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá
LICORAM y AMC mantienen una política de reciclaje de cores (ANEXO 32). Sin
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 148
implementar una política de reciclaje o re-uso de los desechos. Si el reciclaje o re-uso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable.
embargo, deberá implementar una política de separación de residuos no peligrosos en la fuente.
9.11
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
9.12
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.3 Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos.
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 149
9.13
Monitoreo - Límites
permisibles Calidad de
Aire Ambiente
TULSMA, Libro VI, Anexo 4
4.1.2.1 Para los contaminantes criterios del aire, definidos en 4.1.1.1, se establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas.
En la planta LICORAM se han realizado monitoreos de Calidad de Aire Ambiente (ANEXO 5)
X
Los análisis señalan que se encuentran dentro de los parámetros permisibles.
9.14 Emisiones de
ruido
TULSMA, Libro VI, Anexo 5
4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la Tabla 1. NIVELES MÁXIMOS DE RUIDO PERMISIBLES SEGÚN USO DEL SUELO.
No se han realizado monitoreo de Ruido Ambiente en la planta LICORAM.
X
9.15 Emisiones de
ruido
TULSMA, Libro VI, Anexo 5
4.1.4.2 Se establecen los niveles máximos permisibles de nivel de presión sonora producido por vehículos, los cuales se presentan en la Tabla 3. NIVELES DE PRESIÓN SONORA MÁXIMOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES: Vehículos de Carga.
No se han realizado monitoreo de Ruido Ambiente en la planta LICORAM.
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
9.16 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos.
X
9.17 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.2.17 Se prohíbe la disposición de desechos sólidos peligrosos en el relleno sanitario de la ciudad, los cuales se encontrarán listados en la Normativa para Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos.
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 150
9.18 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos.
X
9.19 Desechos
No Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.4.2 Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se autoriza el uso de cajas, saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas y envolturas de papel.
No se han instalado contenedores adecuados para el manejo de desechos no peligrosos en el área de la planta de LICORAM.
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
10 DECRETO 2393: REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
10.1 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico).
X
10.2 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
Se realizan chequeos médicos periódicos a los empleados de la planta LICORAM (ANEXO 34.- Chequeos médicos).
X
10.3 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo.
La planta LICORAM cuenta con Reglamento Interno (ANEXO 35).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 151
10.4 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 13. Obligaciones de los trabajadores.- - Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico).
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
10.5 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 14. De los comités de seguridad e higiene del trabajo.- - En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo
En la planta LICORAM se cuenta con el comité de Seguridad e Higiene del Trabajo (ANEXO 36.- Acta Comité).
X
10.6 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 14. De los comités de seguridad e higiene del trabajo.- - Las actas de constitución del Comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y al IESS, así como al empleador y a los representantes de los trabajadores.
El comité de Seguridad e Higiene del Trabajo de la planta LICORAM se encuentra debidamente registrado (ANEXO 36.- Acta Comité).
X
10.7 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 40.- Vestuarios.- 1. Todos los centros de trabajo dispondrán de cuartos vestuarios para uso del personal debidamente separados para los trabajadores de uno u otro sexo y en una superficie adecuada al número de trabajadores que deben
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con vestuarios para los empleados (ANEXO 37.- Registro fotográfico Vestuarios).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 152
usarlos en forma simultánea.
10.8 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 41.- Servicios higiénicos.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo.
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con servicios higiénicos para los empleados (ANEXO 38.- Registro fotográfico SSHH).
X
10.9 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 46.- Servicios de Primeros Auxilios.- Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo.
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con un dispensario médico y 2 botiquines de libre acceso para uso de los trabajadores (ANEXO 39.- Registro fotográfico Dispensario Médico).
X
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
10.10 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 47. Empresas con Servicio Médico.- En las empresas obligadas a constituir Servicio Médico autónomo o mancomunado, será éste el encargado de prestar los primeros auxilios a los trabajadores que lo requieran, por accidente o enfermedad, durante su permanencia en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Servicio Médico de la Empresa.
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con un dispensario médico para uso de los trabajadores (ANEXO 39.- Registro fotográfico Dispensario Médico).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 153
10.11 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 55.- Ruidos y vibraciones 6. Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos (sic) en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido.
No se han realizado dosimetrías a los trabajadores de la planta LICORAM.
X
10.12 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 92.- Mantenimiento.- - El mantenimiento de máquinas deberá ser de tipo preventivo y programado. - Las máquinas, sus resguardos y dispositivos de seguridad serán revisados, engrasados y sometidos a todas las operaciones de mantenimiento establecidas por el fabricante, o que aconseje el buen funcionamiento de las mismas.
Se da un adecuado mantenimiento a la maquinaria y equipos de la planta LICORAM (ANEXO 40).
X
11 DECRETO 1040: REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
11.1 Participación
Social DECRETO
1040
Art. 10.- Momento de la Participación Social: La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.
Se presenta el borrador del EsIA Expost del proyecto para el proceso de participación social.
X
Documento borrador para proceso de socialización
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 154
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
12 DECRETO 1583: REGLAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL SANITARIO
12.1 Registro Sanitario
DECRETO 1040
Art. 1.- OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO SANITARIO. Los alimentos procesados y aditivos alimentarios, cosméticos, productos higiénicos o perfumes, productos naturales procesados, y plaguicidas de uso doméstico, industrial o agrícola, en adelante denominados productos, que se expendan directamente al consumidor bajo una marca de fábrica o nombres y designaciones determinadas, deberán obtener el Registro Sanitario expedido conforme a lo establecido en el presente reglamento.
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27).
X ANA KARINA
13 REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO
13.1 Etiquetado Art, 21
En el etiquetado de las bebidas alcohólicas, constará el mensaje de advertencia señalado en el Reglamento a la Ley de Defensa del Consumidor vigente, cumpliendo con las especificaciones del instructivo correspondiente.
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22).
X
14 REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
14.1 Prevención
de incendios
Art, 19
Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios, alojamiento, concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes, instituciones educativas públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y expendio de combustibles, productos químicos peligrosos de toda actividad que representen riesgos de incendio; deben contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo.
VERIFICACIÓN IN SITU: En las instalaciones de la planta LICORAM se cuenta con extintores del tipo adecuado para cada área de trabajo – 36 extintores (ANEXO 41.-
Registro fotográfico).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 155
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
14.2 Prevención de
incendios Art, 32
Para el mantenimiento y recarga de extintores se debe considerar los siguientes aspectos: b) El mantenimiento y recarga debe ser realizado por personas previamente certificadas, autorizadas por el cuerpo de bomberos de cada jurisdicción, los mismo que dispondrán de equipos e instrumentos apropiados, materiales de recarga, lubricantes y los repuestos recomendados por el fabricante; c) Los extintores contarán con una placa y etiqueta de identificación de la empresa, en la que constarán los siguientes datos: fecha de recarga, fecha de mantenimiento, tipo de agente extintor, capacidad, procedencia e instrucciones para el uso, todos estos datos estarán en español o la lengua nativa de la jurisdicción.
Los extintores de la planta LICORAM mantienen su placa de etiquetado adecuada y el mantenimiento es realizado por empresas certificadas – se mantiene una revisión mensual según norma NFPA 10 (ANEXO 41.- Registro fotográfico; ANEXO 42.- Registro de mantenimiento de extintores).
X
14.3 Permiso de
funcionamiento Art, 349
El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario (1 de enero al' 31 de diciembre) exceptuando los permisos ocasionales y es la autorización que el Cuerpo de Bomberos emite a todo local en funcionamiento que se enmarca dentro de la siguiente categorización: b) Industria y fabriles;
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento (ANEXO 26; ANEXO 29 y ANEXO 43.- Permisos de funcionamiento Bomberos).
X
15 REGLAMENTO AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS
15.1 Manejo de
hidrocarburos Art, 25
Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: • Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor
VERIFICACIÓN IN SITU: El tanque de almacenamiento de combustible de la planta LICORAM cuenta con las especificaciones exigidas en el RAHOE (ANEXO 44.- Registro fotográfico).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 156
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
16 REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE SUSTANCIA SUJETAS A FISCALIZACIÓN Y MEDICAMENTOS QUE LAS CONTENGAN
16.1 Sustancias especiales
Art. 1
Requisitos y procedimientos que deben cumplir las personas
naturales y jurídicas para:
a) Obtener la calificación que les permita: importar, exportar,
producir, almacenar, transportar, prestar servicios, utilizar en
procesos industriales o comercializar localmente sustancias
sujetas a fiscalización; y,
b) Obtener la licencia que les permita distribuir medicamentos
que contengan sustancias sujetas a fiscalización.
La planta de producción de LICORAM, cuenta con la licencia otorgada por el CONSEP (ANEXO 45).
X
16.2 Sustancias especiales
Art. 9
Vigencia de la calificación y licencia.- La calificación y licencia
otorgadas a las personas naturales o jurídicas tendrán
vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año,
independientemente de la fecha de su emisión.
X
16.3 Sustancias especiales
Art. 20
Concesión de la renovación.- Una vez cumplidos los
requisitos y elaborado el informe técnico correspondiente, la
Dirección Nacional de Control y Fiscalización o direcciones
regionales, en sus respectivas jurisdicciones, emitirán el
documento de renovación de la calificación o licencia.
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 157
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
17 ORDENANZA PARA LA PROTECCIÓN DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN LO RELATIVO A LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS NO DOMÉSTICOS GENERADOS POR FUENTES FIJAS DEL CANTÓN IBARRA
17.1 Emisiones
y descargas
Art, 13
Del informe técnico demostrativo (ITD).- Es el instrumento que contiene la más precisa información técnica sobre las condiciones en que un sujeto de control desarrolla su actividad, y permite establecer si éstos cumplen con los niveles máximos permisibles de contaminación y demás normas técnicas pertinentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de esta ordenanza. Para este efecto, todo sujeto de control, además de presentar la correspondiente información dentro del formulario elaborado y proporcionado por la autoridad ambiental, deberá adjuntar los resultados de una caracterización actualizada de sus desechos y emisiones, realizada por un profesional o laboratorio especializados y legalmente autorizados. Los artesanos legalmente calificados presentarán la caracterización de sus desechos y emisiones del 10% de los agremiados por sector.
La planta de producción de LICORAM, ha desconectado de su proceso de funcionamiento las lavadoras de botellas, considerada como fuente fija de contaminación (ANEXO 20).
X
18 ACUERDO MINISTERIAL 161
18.1 Desechos Peligrosos
Art, 152
El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los procedimientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos, y en los convenios internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el estado.
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos.
X
19 ACUERDO MINISTERIAL 142
19.1 Desechos Peligrosos
Art, 1, 2 y 3
Art. 1. Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A del presente acuerdo. Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente acuerdo. Art. 3. Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente acuerdo
LICORAM cuenta con la licencia del CONSEP , para el control de sustancias sujetas a fiscalización (ANEXO 45).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 158
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada Evidencia objetiva (Hallazgos)
Valoración de Cumplimiento
OBSERVACIONES
C NC (-)
NC (+)
NA
20 ACUERDO MINISTERIAL 026
20.1 Desechos Peligrosos
Art, 1
Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligros deberá registrarse en el ministerio de ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinados en el Anexo a del presente Acuerdo.
LICORAM aún no se ha registrado como generador de desechos peligrosos.
X
21 ACUERDO MINISTERIAL 066
21.1 Participación
Social Art, 8
El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto.
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental.
X
Documento borrador para proceso de socialización
22 NTE INEN 1334-1-4:2014: ROTULADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO HUMANO. PARTE 1. REQUISITOS
22.1 Bebidas
alcohólicas 5.5
5.5.2 En la etiqueta de las bebidas alcohólicas debe aparecer el siguiente texto: “Advertencia. El consumo excesivo de alcohol limita su capacidad de conducir y operar maquinarias, puede causar daños en su salud y perjudica a su familia”. “Ministerio de Salud Pública del Ecuador”. “Venta prohibida a menores de 18 años”.
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22).
X
22.2 Bebidas
alcohólicas 5.5
5.5.3 En el caso de bebidas alcohólicas con contenido alcohólico de 5 % v/v o menos, debe contener el siguiente mensaje: “Advertencia: “El consumo excesivo de alcohol puede perjudicar su salud. Ministerio de Salud Pública del Ecuador”.
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22).
X
23 NTE INEN ISO 3864-1: 2013 COLORES DE SEGURIDAD Y SEÑALES DE SEGURIDAD
23.1 Señalización
Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer frente a ciertas emergencias.
La planta LICORAM cuenta con su respectiva señalización horizontal y vertical (ANEXO 46).
X
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 159
Como resultado de la evaluación del cumplimiento con la normativa ambiental
vigente y aplicable al proyecto ELABORACIÓN Y COMECIALIZACIÓN DE
LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM, se identificaron 59 Conformidades
(C), que corresponden al 81,94% del total auditado y 13 No Conformidades
Menores (NC-), que abarcan 18,05% restante. No se identificaron No
Conformidades Mayores (NC+).
A continuación se presenta la matriz con el cálculo del nivel de certidumbre
para los cumplimientos identificados:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 160
Matriz de Nivel de Certidumbre para los Cumplimientos
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
1 LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
1.1 Regulaciones ART. 19
Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control. Conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio reactor será el precautelatorio.
10 0,01 10 0,01
De acuerdo al Catálogo de Categorización Ambiental Nacional (CCAN), emitido en el Acuerdo Ministerial 006, el proyecto LICORAM, pertenece al código 31.2.1.2.3, categoría IV.
1.2 Regulaciones ART. 29
Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes.
10 0,01 10 0,01
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental
2 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
2.1 Descargas ART. 1
Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una
10 0,01 9 0,01
La planta de producción de LICORAM, ha desconectado de su proceso de funcionamiento a la lavadora de botellas, considerada como fuente fija de contaminación (ANEXO
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 161
molestia. 20)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
2.2 Descargas ART. 6
Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.
10 0,01 3 0,00
En la planta de producción de LICORAM, no se da un tratamiento previo a la descarga de aguas residuales, pues las descargas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
2.3 Descargas ART. 10
Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
10 0,01 10 0,01
No se realizan ningún tipo de descargas que afecten la calidad del suelo del área del proyecto. Toda la superficie de la planta LICORAM se encuentra cementada y en área urbana (ANEXO 21.- Registro fotográfico)
3 LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
3.1 Regulaciones ART. 49
los envases de bebidas alcohólicas, deben incluir de forma clara, visible y comprensible, la advertencia de su carácter nocivo para la salud; y, para la impresión de la advertencia, se seguirán las especificaciones previstas en el reglamento correspondiente.
10 0,01 10 0,01
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22.- Registro fotográfico)
3.2 Regulaciones ART. 96
Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano.
10 0,01 10 0,01
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable (ANEXO 23.- Factura pago agua potable)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 162
3.3 Descargas ART. 104
Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.
10 0,01 9 0,01
No se da un tratamiento previo a la descarga de aguas residuales, pues éstas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
3.4 Regulaciones ART. 118
Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.
10 0,01 10 0,01
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
3.5 Regulaciones ART. 119
Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio de Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: Hasta el 24/01/2014, se han registrado 583 días sin accidentes en la planta LICORAM (ANEXO 25.- Registro fotográfico)
3.6 Regulaciones ART. 130
Los establecimientos sujetos a control sanitario para su funcionamiento deberán contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional. El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario.
10 0,01 10 0,01
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento del Ministerio de Salud, año 2014 (ANEXO 26)
3.7 Regulaciones ART. 137
Están sujetos a registro sanitario los alimentos procesados, aditivos alimentarios, medicamentos en general, productos nutracéuticos, productos biológicos, naturales procesados de uso medicinal, medicamentos homeopáticos y productos dentales; dispositivos médicos, reactivos bioquímicos y de diagnóstico, productos higiénicos, plaguicidas para uso doméstico e industrial, fabricados en el territorio nacional o en el exterior, para su importación, exportación, comercialización, dispensación y expendio, incluidos los que se reciban en donación.
10 0,01 10 0,01
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 163
3.8 Regulaciones ART. 139
El registro sanitario tendrá vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de su concesión. Todo cambio de la condición en que el producto fue aprobado en el registro sanitario debe ser notificado obligatoriamente a la autoridad sanitaria nacional a través del Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Dr. Leopoldo Izquieta Pérez y, dará lugar al procedimiento que señale la ley y sus reglamentos.
10 0,01 10 0,01
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
3.9 Regulaciones ART. 146
En materia de alimentos se prohíbe: e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas; f) La utilización de envases que no cumplan con las especificaciones técnicas aprobadas para el efecto;
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: Para el envasado de los productos de LICORAM, se utiliza envases con las especificaciones adecuadas (ANEXO 28.- Ficha Técnica empaque por producto)
4 LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y DE VIDA SILVESTRE
4.1 Regulaciones ART. 75
Cualquiera que sea la finalidad, prohíbese ocupar las tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas existentes.
10 0,01 10 0,01
El área de la planta de producción de LICORAM NO INTERSECA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del estado (ANEXO 1)
5 LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN MUNICIPAL
5.1 Regulaciones ART. 14
Son funciones primordiales del municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta Ley, las siguientes: 1a. Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado;
10 0,01 10 0,01
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable y alcantarillado (ANEXO 23)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 164
5.2 Regulaciones ART. 14
Son funciones primordiales del municipio, sin perjuicio de las demás que le atribuye esta Ley, las siguientes: 4a. Regular y controlar la calidad, elaboración, manejo y expendio de víveres para el consumo público, así como el funcionamiento y condiciones sanitarias de los establecimientos y locales destinados a procesarlos o expenderlos; 7a. Autorización para el funcionamiento de locales industriales, comerciales y profesionales;
10 0,01 10 0,01
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento del Municipio (ANEXO 29)
5.3 Regulaciones ART. 148
En material de servicios públicos a la administración municipal le compete: c) Proveer de agua potable y alcantarillado a las poblaciones del cantón, reglamentar su uso y disponer lo necesario para asegurar el abastecimiento y la distribución de agua de calidad adecuada y en cantidad suficiente para el consumo público y el de los particulares;
10 0,01 10 0,01
En la planta de LICORAM se cuenta con el servicio de agua potable y alcantarillado (ANEXO 23)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
6 LEY ORGÁNICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
6.1 Regulaciones ART. 57
Advertencias permanentes.- En cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros derivados del tabaco y productos nocivos para la salud, deberá expresarse clara, visible y notablemente la indicación de que su consumo es peligroso para la salud, de acuerdo a lo que al respecto regule el Reglamento a la presente Ley. Dicha advertencia deberá constar, además, en toda la publicidad del bien considerado como nocivo.
10 0,01 10 0,01
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22)
6.2 Regulaciones ART. 65
El Registro Sanitario y los certificados de venta libre de alimentos, serán otorgados según lo dispone el Código de la Salud, de conformidad con las normas técnicas, regulaciones, resoluciones y códigos de práctica, oficializados por el Instituto Ecuatoriano de Normalización -INEN- y demás autoridades competentes, y serán controlados periódicamente para verificar que se cumplan los requisitos exigidos
10 0,01 10 0,01
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 165
para su otorgamiento.
7 CÓDIGO DE TRABAJO
7.1 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 2. Instalar las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares de trabajo, sujetándose a las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo y demás disposiciones legales y reglamentarias, tomando en consideración, además, las normas que precautelan el adecuado desplazamiento de las personas con discapacidad; 3. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana;
10 0,01 10 0,01
Los lugares de trabajo de la planta LICORAM, cuentan con las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo (ANEXO 30.- Registro fotográficos áreas seguras de trabajo)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
7.2 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 3. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana;
10 0,01 10 0,01
La planta LICORAM, cuenta con comedor para uso de sus empleados (ANEXO 31.- Registro fotográfico.- comedor)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 166
7.3 Regulaciones ART, 42
Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador: 7. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, en condiciones adecuadas para que éste sea realizado; 29. Suministrar cada año, en forma completamente gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios;
10 0,01 10 0,01
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
8 CÓDIGO DE LA SALUD
8.1 Regulaciones ART. 12
Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los conviertan en inofensivos para la salud.
10 0,01 9 0,01
En la planta LICORAM se mantiene una política de reciclaje de cores (ANEXO 32)
9 DECRETO 3516: TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL ECUADOR (TULSMA)
9.1 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capitulo IV (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 35.- De la falta de licencias ambientales.- Los proyectos, obras o actividades nuevas y en funcionamiento, deben cumplir con el proceso de regularización ambiental de conformidad con éste Reglamento, Manuales de Procedimiento, Normativa Ambiental Aplicable, obteniendo la licencia ambiental correspondiente, en caso de no hacerlo, serán objeto de las sanciones previstas en la normativa ambiental aplicable; a cargo de la autoridad ambiental competente, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que se deriven por su incumplimiento.
10 0,01 10 0,01 La planta LICORAM, se encuentra en proceso de licenciamiento ambiental
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 167
9.2 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capitulo IV (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 49.- De los términos de referencia.- Los términos de referencia son documentos preliminares que determinan el contenido, el alcance, la focalización, los métodos y las técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios ambientales, en donde se establecen los lineamientos e instrucciones en cuanto a la profundidad y nivel de detalle para elaborar dicho estudio; y deberán presentarse para su aprobación para los proyectos, obras o actividades de la categoría IV, siguiendo los lineamientos determinados en el manual del Anexo II, específicos de cada categoría.
10 0,01 10 0,01
Los términos de referencia para la elaboración del EsIA Expost del proyecto "ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM", fueron aprobados mediante oficio No. MAE-SUIA-RA-CGZ1-DPAI-2014-00352 (ANEXO 9)
9.3 Regulaciones
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo VII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art. 62.- Participación ciudadana.- En lo que respecta a los mecanismos de participación ciudadana en los procesos de licenciamiento ambiental se estará a los señalado en el Decreto Ejecutivo No. 1040 de 22 de abril de 2008, mediante el cual se aplicó el "Reglamento de Aplicación de Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental"; y, el Acuerdo Ministerial No. 66 de 18 de Junio de 2013, mediante el cual se expidió el "Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, publicado en el Registro Oficial No. 332 de 8 de mayo de 2008".
10 0,01 10 0,01
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental.
9.4 Monitoreos
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capítulo VIII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art... Objeto de los Monitoreos.- El objeto de la actividad de monitoreo es el seguimiento sistemático y permanente mediante reportes conforme lo establecido en la normativa o autorización ambiental, que contengan los registros, observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de los resultados de los muestreos de los recursos, en cuanto a la calidad y/o alteraciones en los medios físico, biótico y/o socio-cultural y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. Los monitoreos a recursos deberán evaluar la calidad ambiental por medio del análisis de indicadores cualitativos y cuantitativos del área de influencia de la actividad controlada.
10 0,01 10 0,01
Se han realizado monitoreos de calidad de aire con laboratorios acreditados (ANEXO 5)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 168
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
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Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
9.5 Monitoreos
TULSMA, Libro VI, Título I,
Capitulo VIII (ACUERDO
MINISTERIAL 006)
Art... Obligatoriedad y periodicidad de los Monitoreos.- El Sujeto de control es responsable por el monitoreo permanente del cumplimiento de las obligaciones que se desprenden de la autorización administrativa correspondiente y del instrumento técnico que lo sustenta, con particular énfasis de sus emisiones, descargas o vertidos y cuerpos de inmisión o cuerpo receptor para el caso de los vertidos líquidos. Las fuentes, recursos y parámetros a ser monitoreados, así como la frecuencia de los muestreos del monitoreo y la periodicidad de los reportes de informes de monitoreo constarán en el respectivo Plan de Manejo Ambiental, y se lo determinará en base de la actividad, riesgo ambiental y características del entorno.
10 0,01 9 0,01
Las fuentes, recursos y parámetros a ser monitoreados, así como la frecuencia de los muestreos del monitoreo y la periodicidad de los reportes de informes de monitoreo constan en el Plan de Manejo Ambiental incluido en el presente documento.
9.6 Regulaciones
TULSMA, Libro VI,
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Cuarta.- Licencias ambientales de actividades y proyectos en funcionamiento (estudios expost).- Los proyectos, obras o actividades en funcionamiento que deban obtener una licencia ambiental de conformidad con lo dispuesto en éste instrumento jurídico y acorde a la categorización ambiental nacional, deberán regularizarse desde la publicación de éste Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.
10 0,01 10 0,01
El proyecto elaboración y comercialización de Licores de America S.A. - LICORAM se encuentra en proceso de regularización ambiental en el SUIA con código MAE-RA-2014-74051.
9.7
Descarga de efluentes: Recurso
Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua.
10 0,01 10 0,01
En el área donde funciona la planta de LICORAM, se cuenta con sistema de alcantarillado (ANEXO 23)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 169
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
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Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos)
I W C Nivel de
Certidumbre
9.8 Descarga de
efluentes: Recurso Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores.
10 0,01 10 0,01
En las instalaciones de la planta LICORAM se cuenta con sistemas colectores para el agua producto de la limpieza de pisos y paredes (ANEXO 33)
9.9 Descarga de
efluentes: Recurso Agua
TULSMA, Libro VI, Anexo 1
4.2.2.3 Toda descarga al sistema de alcantarillado deberá cumplir, al menos, con los valores establecidos en la tabla 11 del Anexo 1 del libro VI del TULSMA.
10 0,01 3 0,00
No se han realizado monitoreos de descargas al sistema de alcantarillado en la planta LICORAM, debido a que las descargas corresponden únicamente al lavado de pisos de la planta y uso de servicios higiénicos.
9.10
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o reuso de los desechos. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable.
10 0,01 8 0,01
LICORAM y AMC mantienen una política de reciclaje de cores (ANEXO 32). Sin embargo, deberá implementar una política de separación de residuos no peligrosos en la fuente.
9.11
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.
10 0,01 3 0,00
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 170
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
9.12
Prevención contaminación
Recurso Suelo
TULSMA, Libro VI, Anexo 2
4.1.1.3 Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo.
10 0,01 3 0,00
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
9.13
Monitoreo - Límites
permisibles Calidad de
Aire Ambiente
TULSMA, Libro VI, Anexo 4
4.1.2.1 Para los contaminantes criterio del aire, definidos en 4.1.1.1, se establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas.
10 0,01 10 0,01
En la planta LICORAM se han realizado monitoreos de Calidad de Aire Ambiente (ANEXO 5)
9.14 Emisiones de
ruido
TULSMA, Libro VI, Anexo 5
4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la Tabla 1. NIVELES MÁXIMOS DE RUIDO PERMISIBLES SEGÚN USO DEL SUELO.
10 0,01 3 0,00
No se han realizado monitoreos de Ruido Ambiente en la planta LICORAM.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 171
9.15 Emisiones de
ruido
TULSMA, Libro VI, Anexo 5
4.1.4.2 Se establecen los niveles máximos permisibles de nivel de presión sonora producido por vehículos, los cuales se presentan en la Tabla 3. NIVELES DE PRESIÓN SONORA MÁXIMOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES: Vehículos de Carga.
10 0,01 3 0,00
No se han realizado monitoreos de Ruido Ambiente en la planta LICORAM.
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
9.16 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos.
10 0,01 3 0,00
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
9.17 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.2.17 Se prohíbe la disposición de desechos sólidos peligrosos en el relleno sanitario de la ciudad, los cuales se encontrarán listados en la Normativa para Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente.
10 0,01 3 0,00
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
9.18 Desechos Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos.
10 0,01 3 0,00
LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
9.19 Desechos
No Peligrosos
TULSMA, Libro VI, Anexo 6
4.4.2 Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se autoriza el uso
10 0,01 8 0,01
No se han instalado contenedores adecuados para el manejo de desechos no peligrosos en el área de la planta de LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 172
de cajas, saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas y envolturas de papel.
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C Nivel de
Certidumbre
10 DECRETO 2393: REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
10.1 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.
10 0,01 10 0,01
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
10.2 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
10 0,01 10 0,01
Se realizan chequeos médicos periódicos a los empleados de la planta LICORAM (ANEXO 34.- Chequeos médicos)
10.3 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 11. Obligaciones de los empleadores.- - Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo.
10 0,01 10 0,01 La planta LICORAM cuenta con Reglamento Interno (ANEXO 35)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 173
10.4 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 13. Obligaciones de los trabajadores.- - Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.
10 0,01 10 0,01
Los empleados de la planta LICORAM cuentan con el apropiado EPP (ANEXO 24.- Actas de entrega EPP y registro fotográfico)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
10.5 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 14. De los comités de seguridad e higiene del trabajo.- - En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo
10 0,01 10 0,01
En la planta LICORAM se cuenta con el comité de Seguridad e Higiene del Trabajo (ANEXO 36.- Acta Comité)
10.6 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 14. De los comités de seguridad e higiene del trabajo.- - Las actas de constitución del Comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y al IESS, así como al empleador y a los representantes de los trabajadores.
10 0,01 10 0,01
El comité de Seguridad e Higiene del Trabajo de la planta LICORAM se encuentra debidamente registrado (ANEXO 36.- Acta Comité)
10.7 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 40.- Vestuarios.- 1. Todos los centros de trabajo dispondrán de cuartos vestuarios para uso del personal debidamente separados para los trabajadores de uno u otro sexo y en una superficie adecuada al número de
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con vestuarios para los empleados (ANEXO 37.- Registro fotográfico Vestuarios)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 174
trabajadores que deben usarlos en forma simultánea.
10.8 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 41.- Servicios higiénicos.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo.
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con servicios higiénicos para los empleados (ANEXO 38.- Registro fotográfico SSHH)
10.9 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 46.- Servicios de Primeros Auxilios.- Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo.
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con un dispensario médico para uso de los trabajadores (ANEXO 39.- Registro fotográfico Dispensario Médico)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
10.10 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 47. Empresas con Servicio Médico.- En las empresas obligadas a constituir Servicio Médico autónomo o mancomunado, será éste el encargado de prestar los primeros auxilios a los trabajadores que lo requieran, por accidente o enfermedad, durante su permanencia en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Servicio Médico de la Empresa.
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: en la planta LICORAM se cuenta con un dispensario médico para uso de los trabajadores (ANEXO 39.- Registro fotográfico Dispensario Médico)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 175
10.11 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 55.- Ruidos y vibraciones 6. Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos (sic) en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido.
10 0,01 3 0,00
No se han realizado dosimetrías a los trabajadores de la planta LICORAM.
10.12 Seguridad industrial
DECRETO 2393
Art. 92.- Mantenimiento.- - El mantenimiento de máquinas deberá ser de tipo preventivo y programado. - Las máquinas, sus resguardos y dispositivos de seguridad serán revisados, engrasados y sometidos a todas las operaciones de mantenimiento establecidas por el fabricante, o que aconseje el buen funcionamiento de las mismas.
10 0,01 10 0,01
Se da un adecuado mantenimiento a la maquinaria y equipos de la planta LICORAM (ANEXO 40)
11 DECRETO 1040: REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL
11.1 Participación
Social DECRETO
1040
Art. 10.- Momento de la Participación Social: La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.
10 0,01 10 0,01
Se presenta el borrador del Esia Expost del proyecto, para el proceso de participación social.
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
12 DECRETO 1583: REGLAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL SANITARIO
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 176
12.1 Registro Sanitario
DECRETO 1040
Art. 1.- OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO SANITARIO. Los alimentos procesados y aditivos alimentarios, cosméticos, productos higiénicos o perfumes, productos naturales procesados, y plaguicidas de uso doméstico, industrial o agrícola, en adelante denominados productos, que se expendan directamente al consumidor bajo una marca de fábrica o nombres y designaciones determinadas, deberán obtener el Registro Sanitario expedido conforme a lo establecido en el presente reglamento.
10 0,01 10 0,01
Los productos elaborados en la planta LICORAM, cuentan con su respectivo registro sanitario (ANEXO 27)
13 REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO
13.1 Etiquetado Art, 21
En el etiquetado de las bebidas alcohólicas, constará el mensaje de advertencia señalado en el Reglamento a la Ley de Defensa del Consumidor vigente, cumpliendo con las especificaciones del instructivo correspondiente.
10 0,01 10 0,01
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22)
14 REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
14.1 Prevención
de incendios
Art, 19
Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios, alojamiento, concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes, instituciones educativas públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y expendio de combustibles, productos químicos peligrosos de toda actividad que representen riesgos de incendio; deben contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo.
10 0,01 10 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: En las instalaciones de la planta LICORAM se cuenta con extintores del tipo adecuado (ANEXO 41.- Registro fotográfico)
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada Nivel de Certidumbre
Evidencia objetiva (Hallazgos)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 177
I W C Nivel de
Certidumbre
14.2 Prevención de
incendios Art, 32
Para el mantenimiento y recarga de extintores se debe considerar los siguientes aspectos: b) El mantenimiento y recarga debe ser realizado por personas previamente certificadas, autorizadas por el cuerpo de bomberos de cada jurisdicción, los mismo que dispondrán de equipos e instrumentos apropiados, materiales de recarga, lubricantes y los repuestos recomendados por el fabricante; c) Los extintores contarán con una placa y etiqueta de identificación de la empresa, en la que constarán los siguientes datos: fecha de recarga, fecha de mantenimiento, tipo de agente extintor, capacidad, procedencia e instrucciones para el uso, todos estos datos estarán en español o la lengua nativa de la jurisdicción.
10 0,01 10 0,01
Los extintores de la planta LICORAM mantienen su placa de etiquetado adecuada y el mantenimiento es realizado por empresas certificadas (ANEXO 41.- Registro fotográfico; ANEXO 42.- Registro de mantenimiento de extintores)
14.3 Permiso de
funcionamiento Art, 349
El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario (1 de enero al' 31 de diciembre) exceptuando los permisos ocasionales y es la autorización que el Cuerpo de Bomberos emite a todo local en funcionamiento que se enmarca dentro de la siguiente categorización: b) Industria y fabriles;
10 0,01 10 0,01
La planta LICORAM cuenta con los respectivos permisos de funcionamiento (ANEXO 26; ANEXO 29 y ANEXO 43.- Permisos de funcionamiento Bomberos)
15 REGLAMENTO AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS
15.1 Manejo de
hiodrocarburos Art, 25
Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles.- Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: • Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor
10 0,01 9 0,01
VERIFICACIÓN IN SITU: El tanque de almacenamiento de combustible de la planta LICORAM cuenta con las especificaciones exigidas en el RAHOE (ANEXO 44.- Registro fotográfico)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 178
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
16 REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE SUSTANCIA SUJETAS A FISCALIZACIÓN Y MEDICAMENTOS QUE LAS CONTENGAN
16.1 Sustancias
especiales Art. 1
Requisitos y procedimientos que deben cumplir las
personas naturales y jurídicas para: 10 0,01 9 0,01
La planta de producción de LICORAM, cuenta con la licencia otorgada por el CONSEP (ANEXO 45). 16.2
Sustancias
especiales Art. 9
a) Obtener la calificación que les permita: importar,
exportar, producir, almacenar, transportar, prestar
servicios, utilizar en procesos industriales o comercializar
localmente sustancias sujetas a fiscalización; y,
10 0,01 9 0,01
16.3 Sustancias
especiales Art. 20
b) Obtener la licencia que les permita distribuir
medicamentos que contengan sustancias sujetas a
fiscalización.
10 0,01 9 0,01
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 179
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre Evidencia objetiva
(Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
17 ORDENANZA PARA LA PROTECCIÓN DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN LO RELATIVO A LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS NO DOMÉSTICOS GENERADOS POR FUENTES FIJAS DEL CANTÓN IBARRA
17.1 Emisiones
y descargas
Art, 13
Del informe técnico demostrativo (ITD).- Es el instrumento que contiene la más precisa información técnica sobre las condiciones en que un sujeto de control desarrolla su actividad, y permite establecer si éstos cumplen con los niveles máximos permisibles de contaminación y demás normas técnicas pertinentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de esta ordenanza. Para este efecto, todo sujeto de control, además de presentar la correspondiente información dentro del formulario elaborado y proporcionado por la autoridad ambiental, deberá adjuntar los resultados de una caracterización actualizada de sus desechos y emisiones, realizada por un profesional o laboratorio especializados y legalmente autorizados. Los artesanos legalmente calificados presentarán la caracterización de sus desechos y emisiones del 10% de los agremiados por sector.
10 0,01 9 0,01
La planta de producción de LICORAM, ha desconectado de su proceso de funcionamiento a la lavadora de botellas, considerada como fuente fija de contaminación (ANEXO 20).
18 ACUERDO MINISTERIAL 161
18.1 Desechos Peligrosos
Art, 152
El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los procedimientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos, y en los convenios internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el estado.
10 0,01 3 0,00 LICORAM deberá implementar una política de manejo de desechos peligrosos
19 ACUERDO MINISTERIAL 142
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 180
19.1 Desechos Peligrosos
Art, 1, 2 y 3
Art. 1. Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A del presente acuerdo. Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente acuerdo. Art. 3. Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente acuerdo
10 0,01 9 0,01
LICORAM cuenta con la licencia del CONSEP, para el control de sustancias sujetas a fiscalización (ANEXO 45).
Ítem Aspecto
Ambiental Criterio
Auditable Referencia citada
Nivel de Certidumbre
Evidencia objetiva (Hallazgos) I W C
Nivel de Certidumbre
20 ACUERDO MINISTERIAL 026
20.1 Desechos Peligrosos
Art, 1
Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligros deberá registrarse en el ministerio de ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinados en el Anexo a del presente Acuerdo.
10 0,01 3 0,00 LICORAM aún no se ha registrado como generador de desechos peligrosos.
21 ACUERDO MINISTERIAL 066
21.1 Participación
Social Art, 8
El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto.
10 0,01 10 0,01
El presente documento ha sido preparado para la Socialización previo al Licenciamiento Ambiental.
22 NTE INEN 1334-1-4:2014: ROTULADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO HUMANO. PARTE 1. REQUISITOS
22.1 Bebidas
alcohólicas 5.5
5.5.2 En la etiqueta de las bebidas alcohólicas debe aparecer el siguiente texto: “Advertencia. El consumo excesivo de alcohol limita su capacidad de conducir y operar maquinarias, puede causar daños en su salud y perjudica a su familia”. “Ministerio de Salud Pública del Ecuador”. “Venta prohibida a menores de 18 años”.
10 0,01 10 0,01
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22)
22.2 Bebidas
alcohólicas 5.5
5.5.3 En el caso de bebidas alcohólicas con contenido alcohólico de 5 % v/v o menos, debe contener el siguiente mensaje: “Advertencia: “El consumo excesivo de alcohol puede perjudicar su salud. Ministerio de Salud Pública del Ecuador”.
10 0,01 10 0,01
Los envases de bebidas alcohólicas de LICORAM, incluyen la respectiva advertencia (ANEXO 22)
23 NTE INEN ISO 3864-1: 2013 COLORES DE SEGURIDAD Y SEÑALES DE SEGURIDAD
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 181
23.1 Señalización
Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer frente a ciertas emergencias.
10 0,01 10 0,01 La planta LICORAM cuenta con su respectiva señalética (ANEXO 46)
% Nivel de Cumplimiento
TOTAL 730 1 632 0,83
% del Nivel Total de Cumplimiento 83,00
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 182
De la evaluación realizada, se establece que el cumplimiento con la legislación
ambiental aplicable para el proyecto "ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM", es de
83,00%, lo que equivale a un Nivel de Certidumbre Bueno, Nivel de No
Conformidades Bajo y Riesgo Compatible.
Síntesis de las Conformidades y No Conformidades Encontradas
En esta sección se presentan los resultados del análisis de la Matriz de
Conformidades presentada anteriormente, elaborando un resumen de la
misma, en el siguiente cuadro:
Tabla 32. Resumen de Conformidades y No Conformidades Encontradas
DENOMINACIÓN CANTIDAD (#) PORCENTAJE (%)
CONFORMIDADES: "C" 59 81,94
No Conformidades Mayores:
NC+ 0 0
No Conformidades Menores:
NC- 13 18,05
No Aplica 0 0
TOTAL ASPECTOS
EVALUADOS 72 99,99
Como se señaló anteriormente, se identificaron 59 Conformidades (C) y 13 No
Conformidades Menores (NC-). No se identificaron No Conformidades Mayores
(NC+). La evaluación realizada se enmarca dentro de un Nivel de Certidumbre
Bueno, Nivel de No Conformidades Bajo y Riesgo Compatible, con el
cumplimiento con la normativa ambiental vigente y aplicable al proyecto.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 183
Finalmente, del análisis realizado a los aspectos ambientales generados, en la
siguiente tabla se describen las No Conformidades Menores encontradas y las
medidas correctivas a ser aplicadas:
Tabla 33. Identificación de No Conformidades Menores
NÚMERO ASPECTO
AMBIENTAL
TIPO DE NO
CONFORMIDAD
MENOR
MEDIDA CORRECTIVA
1 Emisiones de
ruido
No se han realizado
monitoreos de Ruido
Ambiente en la planta
LICORAM
Se deberán realizar
monitoreos de Ruido
Ambiente para determinar
si se encuentran bajo el
límite máximo de ruido
permisible según uso del
suelo, como lo establece el
Art. 4.1.1.1 del Anexo 5,
Libro VI del TULSMA.
2 Emisiones de
ruido
No se han realizado
monitoreos de Ruido
Ambiente en la planta
LICORAM
Se deberán realizar
monitoreos de Ruido
Ambiente para determinar
si se encuentran bajo el
límite máximo de presión
sonora para vehículos
automotores, como lo
establece el Art. 4.1.1.2
del Anexo 5, Libro VI del
TULSMA.
3 Desechos No
Peligrosos
No se han instalado
contenedores
adecuados para el
manejo de desechos
no peligrosos en el
Para la segregación de
desechos sólidos no
peligrosos se deberán
contar con los
contenedores adecuados,
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 184
área de la planta
LICORAM.
conforme lo establece el
Art. 4.4.2 del Anexo 6,
Libro VI del TULSMA.
4 Seguridad
Industrial
No se han realizado
dosimetrías a los
trabajadores de la
planta LICORAM
Se deberán realizar
dosimetrías a los
trabajadores de la planta
LICORAM, conforme lo
establece el Decreto
Ejecutivo 2393.
5
Descarga de
efluentes:
Recurso
agua
No se han realizado
monitoreos de
descargas al sistema
de alcantarillado en la
planta LICORAM,
debido a que las
descargas
corresponden
únicamente al lavado
de pisos de la planta y
uso de servicios
higiénicos.
Se deberán realizar
monitoreos de las
Descargas que realiza
LICORAM, para
determinar si se
encuentran bajo el límite
permisible según con los
valores establecidos en la
tabla 11 del Anexo 1 del
libro VI del TULSMA.
6
Descargas:
Recurso
Agua
En la planta de
producción de
LICORAM, no se da
un tratamiento previo
a la descarga de
aguas residuales,
pues las descargas
corresponden
únicamente al lavado
de pisos de la planta y
uso de servicios
Se deberán realizar
monitoreos de las
Descargas que realiza
LICORAM, para
determinar si se
encuentran bajo el límite
permisible según con los
valores establecidos en la
tabla 11 del Anexo 1 del
libro VI del TULSMA.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 185
higiénicos.
7 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art.
4.1.1.2 del Anexo 2 del
Libro VI del TULSMA.
8 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art.
4.1.1.3 del Anexo 2 del
Libro VI del TULSMA.
9 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art.
4.1.2.2 del Anexo 6 del
Libro VI del TULSMA.
10 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art.
4.2.1.7 del Anexo 6 del
Libro VI del TULSMA.
11 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 186
desechos peligrosos peligrosos, según lo
establecido en el Art.
4.2.1.8 del Anexo 6 del
Libro VI del TULSMA.
12 Desechos
Peligrosos
LICORAM no
mantiene una política
de manejo de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
implementar una política
de manejo de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art. 152
del Acuerdo Ministerial 161
13 Desechos
Peligrosos
LICORAM no se ha
registrado como
generador de
desechos peligrosos
LICORAM deberá
registrarse como
generador de desechos
peligrosos, según lo
establecido en el Art. 1 del
Acuerdo Ministerial 026.
Una vez identificadas las No Conformidades Menores, a continuación se
propone el Plan de Acción, donde se plantean las medidas que permitan
levantar las mismas:
Plan de Acción para el Levantamiento de las No Conformidades
Menores Encontradas
A continuación se presentan las medidas que se deben ejecutar para levantar
las No Conformidades Menores identificadas, mismas que deben ser
implementadas inmediatamente, una vez aprobadas:
Monitoreo de Ruido Ambiente
PROGRAMA PROPUESTO
MONITOREO DE RUIDO AMBIENTE
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 187
Objetivos:
Determinar si los niveles de
contaminantes de ruido ambiente, se
encuentran dentro los límites permisibles
por la legislación ambiental vigente.
Alcance: Planta LICORAM
MEDIDAS A IMPLEMENTARSE
Se deberá cumplir con lo establecido en el Anexo 5, Libro VI del TULSMA. Los límites máximos permisibles de ruido de acuerdo al uso del suelo, en esta caso de Zona Residencial, serán los siguientes:
Tabla 34. Límites máximos permisibles de ruido de acuerdo al uso del suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE
SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]
DE 06H00 A 20H00
DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y educativa
45 35
Zona Residencial 50 40
Zona Residencial Mixta 55 45
Zona Comercial 60 50
Zona Comercial Mixta 65 55
Zona Industrial 70 65
FUENTE: Tabla 1, Anexo 5, Libro VI del TULSMA
Se deberá realizar los monitoreos de ruido ambiente por lo menos una vez al año.
Los monitoreos de ruido ambiente, deberán ser realizados por laboratorios acreditados ante la OAE.
Se deberá contar con una bitácora de registros de los informes de ruido ambiente, realizados por el laboratorio acreditado, además el proponente del proyecto deberá llevar los registros del monitoreo de ruido ambiente realizados durante la ejecución del proyecto.
Responsables:
LICORAM: contratación de
laboratorio acreditado para
monitoreos de ruido ambiente.
Laboratorio contratado: Realizar los
monitoreos adecuados.
Indicadores de
Cumplimientos/Medios de
Registro fotográfico.
Informe de laboratorio acreditado.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 188
Verificación:
COSTOS ESTIMADOS
PROGRAMA DE MONITOREO DE RUIDO AMBIENTE
Descripción Unidad Cantidad/Puntos
de muestreo
Precio
Unitario
Referencial
($)
Precio
Total ($)
Monitoreo de ruido
ambiente con
laboratorio
acreditado*
u 4 $60,00 $ 240,00
*Mínimo 4 puntos por frente de trabajo
Manejo de Desechos Sólidos No Peligrosos
PROGRAMA PROPUESTO
MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO
PELIGROSOS
Objetivos:
Permitir el manejo adecuado de los
desechos sólidos no peligrosos,
previniendo de este modo la
contaminación del ambiente por éstos.
Cumplir con la regulación ambiental
vigente.
Alcance: Planta LICORAM
MEDIDAS A IMPLEMENTARSE
Cumplir con el Art. 4.1.1.1 del Anexo 2 del Libro VI del TULSMA.
Los desechos sólidos producidos en la planta LICORAM, deben ser
separados de forma correcta y distribuidos dentro de contenedores
apropiados. Éstos deben ser resistentes, tener una tapa y deben ser
asegurados para evitar su caída por cualquier motivo. Los contenedores
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 189
deben ser colocados en lugares estratégicos del área del proyecto, éstos
se deben definir de acuerdo a los residuos generados en cada sector y
deben estar bien identificados, mostrando los residuos que corresponde a
cada contenedor. A continuación se muestran los diferentes contenedores
que se deben tener en el área del proyecto para permitir una clasificación
adecuada de residuos:
Tabla 35. Modelo de contenedores para desechos sólidos no peligrosos
Contenedor Etiqueta Tipo de
Residuos
Lugares de
Ubicación
Orgánico
Restos de
comida. Comedor.
Papel y Cartón
Papel y cartón
que no se
encuentre
mojado o
contaminado.
Bodega, oficinas,
gerencia,
ingreso.
Plásticos y
Vidrios
Plásticos
totalmente vacíos
y vidrios.
Comedor,
oficinas,
gerencia.
Otros
Residuos no
peligrosos que no
puedan ser
reciclados como
papel mojado,
papel de SSHH.
Bodega, baño,
oficinas, ingreso.
Se debe tener un área para el almacenamiento temporal de los desechos
sólidos no peligrosos. El papel, cartón, plásticos y vidrios deberán ser
entregados un gestor ambiental autorizado, mediante un acta
entrega/recepción. En el caso de los residuos recolectados en los
contenedores de ORGÁNICOS y OTROS, éstos pueden ser entregados
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 190
directamente a los recolectores municipales. La descripción de la zona de
almacenamiento temporal se encuentra a continuación:
Gráfico 3. Modelo de área de almacenamiento temporal de desechos sólidos
no peligrosos
Estas áreas de almacenamiento temporal deben cumplir mínimo, con los
siguientes requisitos:
Con techo, por ejemplo de zinc.
Bien rotulado, incluyendo la señalización de seguridad
correspondiente (Ver Programa de Señalización del PMA).
Piso de cemento sin ninguna grieta.
Buena ventilación.
Se debe llevar un registro de los residuos generados, tanto de los
entregados al gestor ambiental autorizado, como al recolector municipal.
Tabla 36. Modelo de registro para desechos sólidos no peligrosos
REPORTE
Transporte y evacuación de residuos sólidos no
peligrosos
1 de 1 revisión 1
PROYECTO
: PLANTA LICORAM
TIPO DE
TRANSPORTE:
FECHA:
TRANSPORTISTA
ORGÁNICO PAPEL Y CARTÓN
PLÁSTICO Y VIDRIO OTROS
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 191
:
SITIO ORIGEN:
DESTINO FINAL:
TIPO DE DESECHO CANTIDA
D UNIDAD GESTOR AUTORIZADO
Biodegradables: Orgánicos kg
Papel kg
Cartón kg
Plásticos kg
Vidrios kg
Latas kg
Varios-Otros kg
PESO NETO:
Entregado Por: Recibido por:
OBSERVACIONES ADICIONALES
Responsables:
Adquisición y colocación de
contenedores: LICORAM
Uso adecuado de contenedores: Toda
persona dentro del área del proyecto.
Vaciado de contenedores en área de
almacenamiento temporal, pesado y
registro de residuos generados:
Personal designado por el
administrador.
Indicadores de
Cumplimientos/Medios de
Verificación:
Registro fotográfico.
Factura de compra de contenedores.
Registros de entrega de desechos
sólidos no peligrosos a gestores
autorizados o al recolector municipal.
COSTOS ESTIMADOS
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 192
PROGRAMA DE DESECHOS NO PELIGROSOS
Descripción Unidad Cantidad Precio Unitario
Referencial ($)
Precio
Total ($)
Contenedores u 4 63,41 253,64
Áreas de
almacenamiento
temporal
u 1 120,00 120,00
Manejo de Desechos Peligrosos
PROGRAMA PROPUESTO MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
Objetivos:
Permitir el manejo adecuado de los
desechos peligrosos, previniendo de
este modo la contaminación del
ambiente por éstos.
Cumplir con la regulación ambiental
vigente.
Alcance: Planta LICORAM
MEDIDAS A IMPLEMENTARSE
Cumplir con lo establecido en los Acuerdos Ministeriales 026, 161 y 142.,
en caso de generarse desechos peligrosos y/o se manejen sustancias
químicas peligrosas en la planta LICORAM.
Los desechos peligrosos incluyen entre otros:
Aceite y filtro del radiador del compresor de aire tipo tornillo, aceite del los
motores mecánicos de los compresores, aceites usados, envases vacíos
de químicos, de reactivos de laboratorio, tóneres vacíos, residuos de
pintura, de hidrocarburos.
Éstos serán depositados en contenedores con tapa y en fundas plásticas
de color rojo; y almacenados temporalmente en áreas específicas para
ésta actividad.
Los recipientes que contengan desechos peligrosos deben estar
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 193
correctamente rotulados y tendrán los siguientes colores:
Tabla 37. Modelo de contenedores para desechos peligrosos Contenedor Etiqueta Tipo de Residuos Lugares de Ubicación
Especiales
Desechos contaminados con hidrocarburos (aceites, grasas, combustibles, etc.).
Taller de mantenimiento, área de almacenamiento de combustible
Infecciosos
Desechos peligrosos y/o que presenten riesgos biológicos (papel higiénico desechado, y demás elementos afines a procedimientos del Medico Ocupacional) y contaminados con productos químicos.
Dispensario Médico
Corto punzantes
Jeringuillas, bisturís, agujas hipodérmicas y demás elementos afines a procedimientos del Medico Ocupacional
Dispensario Médico.
Especiales
Tóneres vacíos Oficinas, áreas administrativas
El área de almacenamiento temporal deberá cumplir con las siguientes
condiciones mínimas, como lo establecen los Arts. 191, 192, 193, 194, 195
y 196 del Acuerdo Ministerial 161:
Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma
segura los desechos peligrosos.
Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de
almacenamiento de materias primas o productos terminados.
Acceso restringido y el personal autorizado deberá cumplir con las
normas de seguridad industrial.
Contar con equipo de emergencias y personal capacitado para
contingencias.
Contar con pisos y paredes lisas, así como con una cubierta.
Contar con señalización apropiada y sistemas contra incendios.
Los desechos peligrosos que puedan generarse de la operación de la
planta LICORAM, se dispondrán de manera correcta, con gestores
autorizados por el Ministerio del Ambiente.
Se deberá mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 194
salida de los desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal,
en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas),
nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y
destino.
LICORAM, deberá registrarse como Generador de Desechos Peligrosos
ante el Ministerio del Ambiente, conforme lo establece el Acuerdo
Ministerial 026 y el literal c del Art. 181 del Acuerdo Ministerial 161.
Se debe llevar un registro de los residuos generados, tanto de los
entregados al gestor ambiental autorizado, como al recolector municipal.
Tabla 38. Modelo de registro para desechos peligrosos
REPORTE
Transporte y evacuación de residuos peligrosos
1 de 1 revisión 1
PROYECTO
: PLANTA LICORAM
TIPO DE
TRANSPORTE:
FECHA:
TRANSPORTISTA
:
SITIO ORIGEN:
DESTINO FINAL:
TIPO DE DESECHO CANTIDA
D UNIDAD GESTOR AUTORIZADO
Tóneres usados U
Aceite usado lts
Envases de químicos U
PESO NETO:
Entregado Por: Recibido por:
OBSERVACIONES ADICIONALES
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 195
Responsables:
Adquisición y colocación de
contenedores: LICORAM
Uso adecuado de contenedores: Toda
persona dentro del área del proyecto.
Vaciado de contenedores en área de
almacenamiento temporal, pesado y
registro de residuos generados:
Personal designado por el
administrador.
Indicadores de
Cumplimientos/Medios de
Verificación:
Registro fotográfico.
Factura de compra de contenedores.
Registros de entrega/recepción de
desechos peligrosos a gestores
autorizados.
COSTOS ESTIMADOS
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
Descripción Unidad Cantidad Precio Unitario
Referencial ($)
Precio
Total ($)
Contenedores u 4 63,41 253,64
Áreas de
almacenamiento
temporal
u 1 120,00 120,00
Monitoreo de Ruido por Dosimetrías
PROGRAMA PROPUESTO MONITOREO DE RUIDO POR
DOSIMETRÍAS
Objetivos:
Determinar si los niveles de ruido por
dosimetrías, se encuentran dentro los
límites permisibles por la legislación
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 196
ambiental vigente.
Alcance: Trabajadores expuestos a ruido de la
Planta LICORAM
MEDIDAS A IMPLEMENTARSE
Se deberá cumplir con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 2393 “Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores”, que en su artículo Nº 55 numeral 7, establece como dosis máxima la que se obtiene con un nivel de presión sonora de 85 dB(A), durante una jornada de trabajo de 8 horas diarias.
Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según lo siguiente:
Tabla 39. Niveles de presión sonora
Nivel Sonoro / dB (A-Lento)
Tiempo de Exposición por jornada / hora
85 8
90 4
95 2
100 1
110 0.25
115 0.125
Los distintos niveles sonoros y sus correspondientes tiempos de exposición permitidos señalados, corresponden a exposiciones continuas equivalentes en que la dosis de ruido diaria (D) es igual a 1.
En el caso de exposición intermitente a ruido continuo, debe considerarse el efecto combinado de aquellos niveles sonoros que son iguales o que excedan de 85 dB (A).
Se deberá realizar los monitoreos de dosimetría por lo menos dos veces al año.
Se deberá contar con una bitácora de registros de los informes de dosimetrías, además el proponente del proyecto deberá llevar los registros del monitoreo de ruido por dosimetrías realizados durante la ejecución del proyecto.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 197
Responsables:
LICORAM: contratación de
laboratorio para monitoreos de ruido
por dosimetrías.
Laboratorio contratado: Realizar los
monitoreos adecuados.
Indicadores de
Cumplimientos/Medios de
Verificación:
Registro fotográfico.
Informe de laboratorio.
COSTOS ESTIMADOS
PROGRAMA DE MONITOREO DE RUIDO POR DOSIMETRÍAS
Descripción Unidad Cantidad/Puntos
de muestreo
Precio
Unitario
Referencial
($)
Precio
Total ($)
Monitoreo de ruido
por dosimetrías* u 8 $80,00 $ 640,00
*Dependiendo del número de trabajadores expuestos
Monitoreo de Descargas al Sistema de Alcantarillado
PROGRAMA PROPUESTO MONITOREO DE RUIDO POR
DOSIMETRÍAS
Objetivos:
Determinar si los niveles de descargas
al alcantarillado, se encuentran dentro
los límites permisibles por la legislación
ambiental vigente.
Alcance: Planta LICORAM
MEDIDAS A IMPLEMENTARSE
Se realizarán análisis físico-químicos del agua de ingreso y del agua de salida del proceso productivo.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 198
Los estándares de calidad de agua están referidos a lo especificado en las Normas de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua; en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundario (TULSMA), Libro VI Anexo 1, Tabla 11 “Límites de descarga al sistema de alcantarillado público”.
El muestreo deberá realizarse basados en la Norma técnica ecuatoriana (NTE INEN 2 176) para técnicas de muestreo. La muestra que se tomará será del tipo puntual, que corresponde al tipo de muestra tomada al azar con relación al tiempo, lugar o volumen de agua.
La toma de muestra será por duplicado para reducir errores en cuanto a la toma de muestra y tener reemplazo de la muestra en caso de que exista algún accidente como ruptura del embase. La muestra se tomará de manera manual en la superficie con una cubeta o una botella de boca ancha que se sumerge en el lugar de la toma de agua y se retira luego de haberse llenado, se dejará un pequeño espacio entre la fase líquida y gaseosa para evitar que durante la refrigeración los embases se rompan.
Cada embase contará con la siguiente etiqueta:
Tabla 40. Etiqueta para el muestreo del agua
Fecha
Hora de muestreo
Nombre de la persona que muestreo
Coordenadas del punto de muestreo
Número de muestra
Método de preservación
Tipo de análisis a realizarse
Además de la etiqueta el equipo técnico llenará una ficha para almacenar los datos de la muestra, la ficha será de la siguiente manera:
Tabla 41. Ficha para el muestreo del agua
Número de muestra
Coordenadas Fecha Hora Método de preservación
Color de la muestra
Olor de la muestra
Transparencia de la muestra
Observaciones
Método de conservación de muestras: Todas las muestras se deben almacenar en temperaturas de 2 y 5°C, para esto se empleará el uso de un cooler con hielos para poder colocarlos inmediatamente después de tomar la muestra, se usará botellas ámbar para evitar el ingreso a la luz y durante su transporte serán guardados en un
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 199
ambiente oscuro. La muestra deberá analizarse en laboratorios acreditados por la OAE y los resultados deberán ser comparados con el Libro VI Anexo 1, tabla 11 del TULSMA.
Responsables:
LICORAM: contratación de
laboratorio para monitoreos de
descargas al alcantarillado.
Laboratorio contratado: Realizar
los monitoreos adecuados.
Indicadores de
Cumplimientos/Medios de
Verificación:
Registro fotográfico.
Informe de laboratorio.
COSTOS ESTIMADOS
PROGRAMA DE MONITOREO DE DESCARGAS AL ALCANTARILLADO
Descripción Unidad Cantidad/Puntos
de muestreo
Precio
Unitario
Referencial
($)
Precio
Total ($)
Monitoreo de
descargas al
alcantarillado*
u 2 $250,00 $ 500,00
*Dependiendo del número de puntos de descarga
A continuación se presenta la matriz valorada del Plan de Acción:
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 200
Matriz Valorada del Plan de Acción
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 201
# NC- Aspecto Ambiental Acciones a realizarIndicador de
Cumplimiento
Medios de
VerificaciónFecha de Inicio
Fecha de
FinalizaciónResponsable Unidad Cantidad
Costo Unitario
Referencial (USD)
Costo Total
(USD)Realizar monitoreos de ruido ambiente
a fin de cumplir con lo establecido en
el Anexo 5, Libro VI del TULSMA. Los
límites máximos permisibles de ruido
de acuerdo al uso del suelo, en esta
caso de Zona Residencial.
Los monitoreos de ruido ambiente,
deberán ser realizados por
laboratorios acreditados ante la OAE.
La frecuencia de los monitoreos será
de por lo menos 1 vez al año, mientras
duren las actividades en la planta
LICORAM
Cumplir con el Art. 4.1.1.1 del Anexo
2 del Libro VI del TULSMA.
Los desechos sólidos producidos en la
planta LICORAM, deben ser separados de
forma correcta y distribuidos dentro
de contenedores apropiados.
El papel, cartón, plásticos y vidrios
deberán ser entregados un gestor
ambiental autorizado, mediante un acta
entrega/recepción.
Kg
En el caso de los residuos
recolectados en los contenedores de
ORGÁNICOS y OTROS, éstos pueden ser
entregados directamente a los
recolectores municipales.
Kg
Se debe llevar un registro de los
residuos generados, tanto de los
entregados al gestor ambiental
autorizado, como al recolector
municipal.
U
Se debe tener un área para el
almacenamiento temporal de los
desechos sólidos no peligrosos.
U 1 $ 120,00 $ 120,00
Cumplir con lo establecido en los
Acuerdos Ministeriales 026, 161 y
142., en caso de generarse desechos
peligrosos y/o se manejen sustancias
químicas peligrosas en la planta
LICORAM.
Los desechos peligrosos producidos en
la planta LICORAM, deben ser separados
de forma correcta y distribuidos
dentro de contenedores apropiados.
U 4 $ 63,41 $ 253,64
Se debe tener un área para el
almacenamiento temporal de los
desechos sólidos no peligrosos.
U 1 $ 120,00 $ 120,00
LICORAM deberá registrarse como
generador de desechos peligrosos
Segundo
semestre año
1
Número de monitoreos
de ruido ambiente
realizados al año
• Registro
fotográfico.
• Informe de
laboratorio
acreditado.
Segundo
semestre año
Primer semestre
añoRuido Ambiente
U/por punto
de muestreoLICORAM S.A.
Desechos sólidos no
peligrososLICORAM S.A.2
Número de registros
de entrega de
desechos no
peligrosos. Número
de contenedores
instalados
• Registro
fotográfico.
• Factura de compra
de contenedores.
• Registros de
entrega de desechos
sólidos no peligrosos
a gestores
autorizados o al
recolector municipal.
4 $ 60,00 $ 240,00
Primer semestre
año
U 4 $ 63,41 $ 253,64
No implica costos
Segundo
semestre año
Primer semestre
añoLICORAM S.A.
No implica costos
No implica costos*
3 Desechos peligrosos
Número de registros
de entrega de
desechos
peligrosos. Número
de contenedores
instalados
• Registro
fotográfico.
• Factura de compra
de contenedores.
• Registros de
entrega de desechos
peligrosos a gestores
autorizados
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 202
Realizar monitoreos de ruido por
dosimetrías a fin de cumplir con lo
establecido en el Decreto Ejecutivo
2393 “Reglamento de Seguridad y Salud
de los Trabajadores”
Los monitoreos de ruido ambiente,
deberán ser realizados por
laboratorios equipados
La frecuencia de los monitoreos será
de por lo menos 1 vez al año, mientras
duren las actividades en la planta
LICORAM
• Se realizarán análisis físico-
químicos del agua de ingreso y del
agua de salida del proceso productivo.
• Los estándares de calidad de agua
están referidos a lo especificado en
las Normas de Calidad Ambiental y de
Descarga de Efluentes: Recurso Agua;
en el Texto Unificado de Legislación
Ambiental Secundario (TULSMA), Libro
VI Anexo 1, Tabla 11 “Límites de
descarga al sistema de alcantarillado
público”.
La muestra deberá analizarse en
laboratorios acreditados por la OAE y
los resultados deberán ser comparados
con el Libro VI Anexo 1, tabla 11 del
TULSMA.
2.127,28
$ 640,00Primer semestre
añoLICORAM S.A.
U/por
trabajador
expuesto
8 $ 80,004Ruido por
Dosimetrías
Número de monitoreos
de ruido por
dosimetrías
realizados al año
• Registro
fotográfico.
• Informe de
laboratorio.
Segundo
semestre año
TOTAL
* A menos que se contrate servicios profesionales para esta actividad
5Descargas: Recurso
Agua
Número de monitoreos
de descargas al
alcantarillado
realizados al año
• Registro
fotográfico.
• Informe de
laboratorio.
Segundo
semestre año
Primer semestre
añoLICORAM S.A.
U/por punto
de muestreo2 $ 250,00 $ 500,00
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 203
La ejecución del Plan de Acción asciende a la suma de $2.127,28 (dos mil
ciento veinte y siete con 28/100 dólares americanos). Cabe indicar que, en el
Plan de Manejo Ambiental que se presenta más adelante, se incluirán
nuevamente éstas medidas en los programas acorde a las actividades.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 204
8. CAPITULO VIII: Análisis de Riegos
Se consideró necesaria una evaluación de riesgos, cuyo propósito principal fue
determinar los peligros o amenazas que podrían afectar el desarrollo normal de
las actividades en la planta LICORAM.
El diagnóstico contempla principalmente los peligros y amenazas presentes en
el área de influencia directa del proyecto y aquellos más destacados en el área
de influencia indirecta.
A continuación se detallan los riesgos, los cuales han sido agrupados en:
riesgos naturales y riesgos ocupacionales. Los naturales se refieren a los
riesgos sísmicos, volcánicos y a los fenómenos de remoción en masa. Los
riesgos ocupacionales están referidos fundamentalmente, a los riesgos sociales
y de salud y seguridad ocupacional de los trabajadores, que se podrían
presentar por el desarrollo de las actividades de la planta LICORAM.
Riesgos Naturales
Las amenazas naturales corresponden a aquellos riesgos naturales que se
originan por los continuos cambios y transformaciones en el planeta. Las
amenazas naturales más conocidas son los sismos, terremotos, erupciones
volcánicas, tsunamis o grandes movimientos del mar, huracanes, etc.
El análisis de riesgos realizado en este estudio de impacto ambiental expost se
realizó con ayuda de la Cartografía de Riesgos y Capacidades en el Ecuador
(2001). El riesgo a las diferentes amenazas naturales se presenta por cantón.
En la siguiente tabla se muestran los riesgos a cada amenaza para el cantón
Ibarra, en el cual se encuentra la planta LICORAM:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 205
Tabla 42. Riesgos Naturales Cantón Ibarra
Amenazas Naturales Valor Cantón Ibarra
Peligro Sísmico
Zona IV 3
Zona III 2 2
Zona II 1
Zona I 0
Peligro Volcánico
Zonas de los volcanes (Pichincha,
Tungurahua, Cotopaxi) 3
Zonas con otros volcanes con
actividad histórica 2
Zonas con otros volcanes 1 1
Sector sin volcán 0
Peligro de Inundación
Zonas inundadas en 1982 y en
1998 3
Zonas inundadas en 1982 o en
1998 ó otro tipo (Oriente) 2
Zonas de menos de 40 m de altura
o levemente inundada 1
Zonas sin inundación 0 0
Peligro de Deslizamientos
Potencial con mayores pendientes 3 3
Potencial bien representado 2
Potencial poco representado 1
El resto 0
Amenazas de Sequías
Fuerte potencial 2
Potencial medio 1
Potencial débil 0 0
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 206
TOTAL Máximo:
16 Total: 6
Fuente de Datos: (Demoraes & D`Ercole, 2001)
El grado de amenazas naturales en el cantón Ibarra es relativamente bajo. En
el nivel sísmico se observa que el cantón corresponde a la Zona II de peligro
sísmico, es decir un peligro moderadamente bajo. En cuanto al riesgo por
tsunami o maremotos el cantón se encuentra dentro de la categoría 0, debido a
que los cantones que no se encuentran a lo largo del litoral no están expuestos
a los tsunamis (Demoraes & D`Ercole, 2001). En la zona existen otro tipo de
volcanes por lo cual existe bajo peligro volcánico. El cantón Ibarra se encuentra
en una zona definida como cantones con peligro de inundación relativamente
bajo (grado 1). Son los cantones que “fueron levemente inundados en el
pasado o que se encuentran (integra o parcialmente) a una altitud sobre el nivel
del mar inferior a 40 metros (zona determinada a partir de los mapas
topográficos del IGM)” (Demoraes & D`Ercole, 2001). El cantón Ibarra se
encuentra en una zona de alto riesgo por deslizamientos, es decir grado III
(Demoraes & D`Ercole, 2001).
Por otro lado, utilizando el programa ARCGIS y los shapes de Movimientos en
Masa de Ecuador, escala 1:250.000, 2003, del Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca - MAGAP y de la Secretaría Técnica de
Gestión de Riesgos - STGR, se puede concluir que el área del proyecto se
encuentra en una zona de Alta Susceptibilidad a Movimientos en Masa, como
se observa en el Anexo 3: Mapa 10.- Movimientos en masa. En lo que
respecta a Peligro Sísmico, en el Anexo 3: Mapa 11, se puede observar que el
área del proyecto se encuentra dentro de una zona de Subducción Sísmica
Muy Baja, Sismos Profundos.
Riesgos Ocupacionales
Para la determinación de los riesgos ocupacionales primero se identificaron los
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 207
riesgos dentro de cada actividad que se realiza en el proyecto.
Con la finalidad de definir los riesgos a la salud ocupacional en el proyecto se
procedió con la evaluación de riesgos, obteniéndose como resultado las
respectivas medidas correctivas que permitan prevenir y reducir los accidentes
de trabajo, así como la creación de ambientes de trabajo seguros. La
evaluación de riesgos ocupacionales se realizó utilizando la metodología de
FINE, mediante la aplicación de una matriz para identificar los riesgos
significativos y realizar una investigación cualitativa de las probabilidades de
ocurrencia, cuyo procedimiento se detalla a continuación:
Descripción de la matriz de riesgos
Identificación de riesgos
La matriz de riesgos está concebida para identificar y evaluar los riesgos que
pueden ocurrir como consecuencia del desarrollo de las actividades de
cualquier proceso. Para la identificación del riesgo, las preguntas que deben
plantearse son:
¿Existe una fuente de impacto?,
¿Quién o qué puede ser impactado?
¿Cómo puede ocurrir el impacto?
Tipos de riesgos
A continuación se presenta una lista de los tipos de riesgos que pueden
generarse durante el desarrollo del proyecto:
Tabla 43. Tipos de riesgos
Físicos
Ruido
Vibraciones
Caídas del personal
Caídas de herramientas y piezas
Atropellos con montacargas
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 208
Peligros asociados con manejo de
equipos y maquinaria pesada
Fallas eléctricas
Químicos
Peligros asociados al manejo de
químicos
Peligros asociados al manejo de
bebidas alcohólicas
Gases contaminantes
Sociales
Estrés
Levantamiento de cargas
Posturas inadecuadas
Ambientales
Generación de desechos no
peligrosos
Peligros asociados al almacenamiento
de combustible
Estimación de riesgos
Para cada peligro detectado se estima el riesgo, determinando la potencial
severidad del impacto, las consecuencias y la probabilidad de que ocurra el
hecho.
Severidad del impacto
Partes del cuerpo pueden verse afectadas.
Naturaleza del impacto
Tabla 44. Naturaleza de impacto
Ligeramente dañino (LD)
Impactos superficiales: cortes,
magulladuras pequeñas
Molestias e irritación: irritación de los
ojos por polvo, dolor de cabeza
Dañino (D) Laceraciones
Quemaduras
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 209
Sordera
Dermatitis
Extremadamente dañino (ED)
Amputaciones
Fracturas
Intoxicaciones
Probabilidad de ocurrencia
La probabilidad de que ocurra el impacto se puede graduar, desde baja hasta
alta. Para evaluarla es necesario disponer de información adicional relacionada
con: estadísticas de los accidentes más comunes; trabajadores sensibles o de
mayor susceptibilidad; qué tipo de protección se da a los trabajadores, entre
otras.
Tabla 45. Probabilidad de ocurrencia
Probabilidad alta (A) El impacto ocurrirá siempre o casi
siempre
Probabilidad media (M) El impacto ocurrirá en algunas
ocasiones
Probabilidad baja (B) El impacto ocurrirá raras veces
Magnitud del Riesgo
Tabla 46. Magnitud de riesgo
Riesgo trivial (T) No se requiere acción específica
Tolerable (TO)
No se requiere mejorar la acción
preventiva, pero se deben considerar
mejoras que no supongan una carga
económica importante.
Moderable (M) Se debe hacer esfuerzos para reducir
el riesgo
Importante (I) No debe comenzarse el trabajo hasta
que se haya reducido el riesgo
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 210
Intolerable (IN) No debe comenzar ni continuar el
trabajo hasta que se reduzca el riesgo
) No se requiere acción
La matriz de evaluación riesgos está diseñada siguiendo los siguientes pasos:
En la primera columna se indican las actividades del proyecto y se
identifican los tipos de riesgos que pueden generarse.
La segunda columna evalúa la probabilidad de ocurrencia, ésta se
subdivide en tres columnas que gradúan esta probabilidad.
La tercera columna hace una estimación de la severidad del impacto
causado, igualmente se subdivide en tres columnas que gradúan dicha
severidad.
La cuarta columna contiene la evaluación del riesgo, el criterio para esta
evaluación está contenido en la matriz de evaluación detallada
anteriormente.
Finalmente hay una columna en la que se definen algunas de las
medidas que deben tomarse para reducir los riesgos.
La identificación y evaluación de riesgos depende del conocimiento de las
actividades que se van a desarrollar, de la tecnología, del personal utilizado, de
las características físicas y ambientales del sitio de trabajo, así como también
de la experiencia y conocimiento de la persona que evalúa.
Como resultado de la evaluación de riesgos ocupacionales para la planta
LICORAM, se obtuvo la matriz que se presenta en el Anexo 47.- Matriz
cualitativa de riegos ocupacionales.
Asimismo, en el Anexo 48, se presentan las matrices de riesgos laborales por
puestos de trabajo, elaborados por la empresa LICORAM
Riesgos del Proyecto al Ambiente
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 211
Este tipo de riegos corresponden a aquellos generados por la acción
antropogénica, es decir, humanas. En el caso de la planta LICORAM, los
riesgos antrópicos tienen un impacto potencial sobre la calidad de vida de la
población.
El riesgo antrópico más relevante dentro de este proyecto es la afectación a la
salud de los consumidores.
Otro riesgo antrópico durante el desarrollo del proyecto es la generación de
diferentes tipos de residuos dependiendo de la fase en la que se encuentre.
Residuos orgánicos generados en el área de comedor, residuos no reciclables
generados en los baños para uso del personal, residuos reciclables generados
en el área de oficinas y gerencia. Estos residuos serán recogidos y separados
conforme se lo establece en el Plan de Manejo Ambiental del presente
documento, almacenados temporalmente en áreas adecuadas, para ser
entregados a los gestores ambientales calificados o al recolector municipal.
Las aguas residuales provenientes de los servicios higiénicos que son
utilizados por el personal de la planta, están conectados al sistema de red
pública.
Cabe recalcar que en el proyecto no se generan desechos sólidos peligrosos..
Análisis cuantitativo de los posibles riesgos ambientales, ocupacionales
y poblacionales
Como se detalló anteriormente, los riesgos durante la ejecución de las
actividades en la planta LICORAM, han sido identificados y evaluados en base
a tres escenarios de calificación:
Riesgos Ambientales
Riesgos Ocupacionales
Riesgos a la Población
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 212
Una vez identificados los posibles riesgos en la Planta LICORAM, se procedió
a su respectiva evaluación cuantitativa, para lo cual se ha considerado la
siguiente guía, basada en valores de FINE:
Tabla 47. Evaluación de la severidad
Valor Grado Severidad
1 Bajo
No causa daño significativo al medio ambiente.
Puede ser mitigado y controlado con recursos
propios. No hay daños físicos del personal.
2 Moderado Daño al medio ambiente en el sitio de trabajo.
Puede ser mitigado. Lesiones leves al personal.
3 Crítico Daño severo al medio ambiente. Puede ser
mitigado. Lesiones graves al personal.
4 Catastrófico
Daño irreversible al medio ambiente en el sitio o
fuera de sus límites. Lesiones irreparables al
personal.
Tabla 48. Evaluación de la probabilidad
Valor Grado Probabilidad
1 Improbable El daño o accidente ocurrirá raras veces dentro de
la vida del proyecto.
2 Probable El daño o accidente ocurrirá en algunas ocasiones
durante la vida del proyecto.
3 Frecuente El daño o accidente ocurrirá siempre o casi siempre
en la vida del proyecto.
Con ayuda de estos valores se identificó la significancia de cada riesgo. La
significancia de cada riesgo se obtiene a partir de la multiplicación de la
severidad con la probabilidad. En la siguiente tabla, se muestra la guía para
interpretación de los resultados:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 213
Tabla 49. Acciones requeridas de acuerdo al riesgo
Valor Riesgo Acción requerida
Menor o
igual a 4 Tolerable
No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin
embargo, se deben considerar soluciones más
rentables o mejoras que no supongan una carga
económica importante. Se requieren comprobaciones
periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia
de las medidas de control.
Mayor a
6
Significativ
o (No
Tolerables)
No se debe empezar el trabajo hasta que se haya
reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos
considerables para controlar el riesgo. Cuando el
riesgo corresponda a un trabajo que se está
realizando, debe remediarse el problema en un
tiempo mínimo. Las principales medidas de
prevención y minimización de riesgos significativos,
se establecen el Plan de Contingencias respectivo.
Riegos Identificados
En el análisis cuantitativo de riesgos se observó que existen 23 posibles
riesgos durante las actividades en la planta LICORAM, dentro de los aspectos
ambientales, poblacionales y ocupacionales (Anexo 49.- Matriz Cuantitativa
de Riesgos).
Finalmente, como respaldo para el presente capitulo, en el Anexo 50, se
incluye el Mapa de Riegos de la Planta LICORAM, elaborado por el ejecutor del
proyecto.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 214
9. CAPITULO IX: Determinación del Área de Influencia o de Gestión
El área de influencia se definirá de acuerdo al espacio físico, donde requiere un
análisis previo de determinación de las áreas en las que se espera que haya
influencia del proyecto, a fin de evaluar las características ambientales en ella.
Una vez determinadas las áreas de influencia, se indicarán los componentes
ambientales que pueden ser impactados por las actividades del proyecto, estos
pueden ser efectos positivos o negativos, sobre los componentes ambientales
propios del sitio.
La determinación de las áreas de influencia del proyecto Elaboración y
Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM, está basada en
una representación cartográfica a una escala mayor a 1:25.000
Para definir el área de influencia del área del proyecto Elaboración y
Comercialización de LICORES DE AMERICA S.A. - LICORAM, se tomó en
consideración lo siguiente:
Ubicación geográfica de la planta de producción.
Superficie del área donde se asienta la planta de producción.
Vías de acceso.
Sistemas hidrográficos.
Curvas de nivel y cotas altitudinales.
Infraestructura.
Localización espacial de los usos del suelo.
Localización espacial de asentamientos poblacionales y de ser el caso
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 215
de los pueblos y nacionalidades indígenas.
En esta sección se determinaron las siguientes áreas de influencia: área de
influencia directa (AID) y área de influencia indirecta (AII), mediante la
utilización de la opción buffer del programa ArcGis 9.3 para determinar la
superficie total de cada una de éstas.
El área de influencia social se determinó de acuerdo a las interacciones
ejercidas por la operación del proyecto, y su dinámica de intervención sobre la
estructura social del área y de acuerdo a criterios de ubicación geográfica.
En función a estos parámetros se establecen las siguientes áreas:
Área de Influencia Directa (AID)
Corresponde a toda la zona o espacio donde se ubica el proyecto, además
implica las diferentes instalaciones auxiliares, considerando todas aquellas
actividades que intervienen directamente en la ejecución del mismo.
El área de impacto directo se la determinará bajo dos consideraciones
principales:
La proximidad de elementos sensibles (cuerpos de agua, caminos,
bosques, centros poblados, pueblos y nacionalidades indígenas, etc.),
infraestructura del área del proyecto.
El alcance o influencia estimada que podrían tener algunas de las
afectaciones resultantes de las actividades de elaboración de bebidas
alcohólicas y no alcohólicas.
El área de influencia directa se enmarcará dentro del perímetro del área que
ocupa la planta de producción, en una superficie aproximada de 0,5 ha
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 216
(5.257m2); además, se utilizó la herramienta buffer del software ArcGIS,
tomando como medida 200 metros a partir de cada vértice del área de la
planta. Al final se presentará el área de influencia directa total en hectáreas.
(Anexo 3: Mapa 2.- Áreas de influencia)
Área de Influencia Indirecta (AII)
El área de influencia indirecta se define como la zona aledaña al proyecto. El
Área de Influencia Indirecta comprende un área de mayor extensión con
respecto al área de influencia directa, donde los impactos se darían en forma
indirecta, produciéndose un grado menor de afectación y de manera temporal
sobre los diferentes componentes físicos, bióticos y sociales.
Para el área de influencia indirecta se determinará como parámetro de medida,
la distancia horizontal y vertical de 200 metros, a partir de los vértices del AID
del área de la planta de producción, considerando principalmente: Dirección y
velocidad del viento, cuerpos de agua, poblaciones cercanas, pueblos y
nacionalidades indígenas existentes, propietarios de terrenos aledaños, uso del
suelo, vías de acceso, topografía de la zona del proyecto. Se estimará el área
total del AII en hectáreas. (Anexo 3: Mapa 2.- Áreas de influencia)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 217
10. CAPITULO X: Plan de Manejo Ambiental
Esta sección presenta las acciones y medidas que el ejecutor del proyecto,
implementará para prevenir, mitigar, corregir, controlar y compensar los
impactos ambientales predichos en la evaluación de impactos. Consiste de una
descripción detallada de las medidas conteniendo toda la información técnica,
económica y datos adicionales pertinentes necesarios para respaldar las
medidas de mitigación y de implementación de propuestas, con cronogramas,
presupuestos, responsables, etc.
Metodología para medir las acciones del PMA
El Plan de Manejo Ambiental (PMA), consiste en una descripción detallada de
las medidas ambientales propuestas para las actividades en el área del
proyecto, los impactos identificados, las medidas de mitigación, los plazos,
cronogramas, desglose de los costos (presupuesto), las acciones de monitoreo,
los indicadores de cumplimiento y los responsables de la implementación de
los Planes y Programas.
Cada programa describe el objetivo del mismo, alcance, las medidas que
deben tomarse, el o los responsables de llevar a cabo el programa,
indicadores de cumplimiento y/o medios de verificación, frecuencia de
ejecución.
Finalmente, el Plan de Manejo Ambiental incluye un cronograma valorado para
facilitar la aplicación de las medidas del Plan de Manejo Ambiental.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 218
Contenido del Plan de Manejo Ambiental
El Plan de Manejo Ambiental es básico dentro del Estudio de Impacto
Ambiental Expost; puesto que, está relacionado con la gestión ambiental de
cualquier actividad que genere afectaciones a un ecosistema; entre sus
objetivos principales están:
Minimizar y controlar los impactos sobre los componentes físicos,
bióticos, socioeconómicos , derivados de la operación del proyecto;
Proporcionar al ejecutor del proyecto, un plan de manejo ambiental
sencillo de aplicar, donde se establecen los límites permisibles de
acuerdo a las normativas ambientales para la mitigación, minimización o
anulación de los impactos negativos, así como para potenciar los
impactos positivos al ambiente;
Implementar programas de seguimiento y monitoreo, para realizar
mediciones ambientales y observaciones directas para un eficiente
control por parte de las Autoridades Ambientales de Aplicación
Responsable;
Elaborar una tabla de resumen (matriz lógica) en la que se incluyen: los
impactos identificados, las medidas de mitigación propuestas, los plazos,
cronogramas, desglose detallado de los costos (presupuesto), las
acciones de monitoreo, los indicadores de cumplimiento y los
responsables de la implementación.
A continuación se indican los Planes y Programas que constituyen el Plan de
Manejo Ambiental de la planta LICORAM:
Plan de Análisis de Riesgos y de Alternativas de Prevención
Programa de Almacenamiento y Manejo Adecuado de Materia
Prima, Alcohol, Esencias y/o Insumos Químicos
Programa de de Almacenamiento y Manejo Adecuado de
Combustibles.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 219
Plan de Prevención y/o Mitigación de Impactos
Programa de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos,
Maquinaria e Infraestructura
Plan de Manejo de Desechos.
Programa de Manejo de Desechos No Peligrosos
Programa de Manejo de Desechos Peligrosos
Plan de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental.
Programa de Adiestramiento y Aprendizaje
Plan de Relaciones Comunitarias
Programa de Apoyo, Información y Comunicación
Plan de Contingencias
Programa de Contingencias para el control de emergencias
Programa de medidas para el caso de sismos
Programa de medidas para el caso de incendios
Programa de medidas para el caso de derrames de combustibles
Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Programa de Dotación de Equipo de Protección Personal.
Programa de Seguimiento de Salud del Personal.
Plan de Señalización.
Plan de Seguimiento y Monitoreo Ambiental.
Programa de Monitoreo Ambiental
Programa de Seguimiento a los Planes Ambientales de LICORAM
Plan de Abandono y Entrega del Área.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 220
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 221
PLAN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE MATERIA PRIMA, ALCOHOL, ESENCIAS Y/O INSUMOS QUÍMICOS
OBJETIVOS: Establecer las estrategias ambientales para un buen manejo de la materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos
necesarios para las actividades y/o servicios de la planta LICORAM. LUGAR DE APLICACIÓN: Áreas de almacenamiento de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos (laboratorio, bodega de
insumos químicos).
RESPONSABLE: Gerente de producción, Supervisor de planta, Jefe de control de calidad, personal de laboratorio y bodega de insumos
químicos
PARAP-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Afectación a la salud
pública ocasionada
por derrame
accidental de materia
prima, alcohol,
esencias y/o insumos
químicos.
Contar con áreas de
almacenamiento específicos para
materia prima, alcohol, esencias y/o
insumos químicos.
El manejo de materia prima,
alcohol, esencias y/o insumos
químicos, debe cumplir los
requisitos de seguridad.
Se deberán utilizar recipientes con las especificaciones técnicas adecuadas para el almacenamiento de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos; de igual forma, se requerirá contar con las especificaciones técnicas
Número de áreas específicas
para el almacenamiento de
materia prima, alcohol,
esencias y/o insumos
químicos.
Número de personas
capacitadas en el manejo
adecuado de materia prima,
alcohol, esencias y/o insumos
químicos.
Reporte del número de
accidentes por derrames
accidentales de materia prima,
Registro fotográfico de
almacenamiento adecuado de materia
prima, alcohol, esencias y/o insumos
químicos.
Listado de productos utilizados en la
planta LICORAM
Registro de capacitaciones al
personal, en manejo adecuado de
materia prima, alcohol, esencias y/o
insumos químicos.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 222
adecuadas para el almacenamiento de los mismos. Capacitación adecuada al personal para el manejo de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
alcohol, esencias y/o insumos
químicos.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Manejo adecuado de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
Áreas de almacenamiento específico para materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, cuenta con áreas específicas para el manejo adecuado de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
Fotografía 18. Bodega de insumos químicos y área de alcohol y esencias (laboratorio) de la planta LICORAM
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 223
LICORAM, utiliza recipientes con las especificaciones técnicas adecuadas para el almacenamiento de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos
químicos
Fotografía 19. Recipientes para almacenamiento de materia prima y esencias de la planta LICORAM
LICORAM cuenta con licencia emitida por el CONSEP para sustancias sujetas a fiscalización (ANEXO 45)
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE COMBUSTIBLE
OBJETIVOS: Establecer las estrategias ambientales para el almacenamiento adecuado de combustible. LUGAR DE APLICACIÓN: Área de almacenamiento de combustible.
RESPONSABLE: Gerente de producción, Supervisor de planta, Jefe de mantenimiento, Brigadas SST
PARAP-02
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 224
SOCIOECONÓMICO
AGUA Y SUELO
Afectación a la salud
pública ocasionada
por derrame
accidental de
combustible y/o
derivados.
Afectación a la
calidad:
• Contaminación de suelos por manejo inadecuado de combustible. • Contaminación de
aguas superficiales
por manejo
inadecuado de
combustible.
Contar con áreas de
almacenamiento específicas para
combustible y/o derivados.
Los tanques, grupos de tanques o
recipientes para crudo y sus
derivados así como para
combustibles se regirán para su
construcción con la norma API 650,
API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746,
UL 142 o equivalentes, donde sean
aplicables; deberán mantenerse
herméticamente cerrados, a nivel
del suelo y estar aislados mediante
un material impermeable para evitar
filtraciones y contaminación del
ambiente, y rodeados de un cubeto
técnicamente diseñado para el
efecto, con un volumen igual o
mayor al 110% del tanque mayor.
Los tanques de almacenamiento de
petróleo y derivados deberán ser
protegidos contra la corrosión a fin
de evitar daños que puedan causar
filtraciones de petróleo o derivados
que contaminen el ambiente.
Los sitios de almacenamiento de
combustibles serán ubicados en
Número de áreas específicas
para el almacenamiento de
combustibles.
Número de personas
capacitadas en el manejo
adecuado de combustibles.
Reporte del número de
accidentes por derrames
accidentales de combustibles.
Registro fotográfico de
almacenamiento adecuado de
combustibles.
Registro de capacitaciones al
personal, en manejo adecuado de
combustibles.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 225
áreas no inundables.
La instalación de tanques de
almacenamiento de combustibles
se realizará en las condiciones de
seguridad industrial establecidas
reglamentariamente en cuanto a
capacidad y distancias mínimas de
centros poblados, escuelas, centros
de salud y demás lugares
comunitarios o públicos.
Se deberá implementar el rombo de
seguridad NFPA para combustible
Se deberán realizar mediciones
anuales de espesores del tanque
de almacenamiento de combustible,
a fin de prevenir roturas del mismo
por corrosión.
Implementar pintura anticorrosiva y
dar el mantenimiento anual de la
pintura.
Capacitación adecuada al personal
para el manejo de materia prima,
alcohol, esencias y/o insumos
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 226
químicos.
Se deberá disponer de equipos y
materiales para control de
derrames así como equipos contra
incendios
En este caso el personal que va a
realizar la limpieza del derrame
deberá utilizar el equipo de
protección personal completo. Se
debe utilizar un material absorbente
para limpiar el derrame y colocar
éste en el tacho asignado para este
tipo de residuos. En la planta
LICORAM se debe contar con un kit
para derrames: mini cordones,
paños altamente absorbentes, bolsa
de polietileno para desechar y caja
contenedora que funciona como
señal de peligro.
Figura 6. Kit para derrames de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 227
hidrocarburos
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Manejo adecuado de combustibles.
Kit para derrames incidentales funcionando
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, cuenta con áreas específicas para el manejo adecuado de combustibles, así como del cubeto de seguridad.
Fotografía 20. Cubeto de seguridad del tanque de almacenamiento de combustible
El área de almacenamiento de combustible cuenta con pisos impermeabilizados, techos, señalización adecuada y extintores.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 228
Fotografía 21. Área de almacenamiento de combustible, con señalización adecuada, extintor, piso impermeabilizado y techo
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS
PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS, MAQUINARIA E INFRAESTRUCTURA
OBJETIVOS: Realizar un mantenimiento preventivo y/o correctivo a los equipos, maquinaria e infraestructura de manera periódica, para minimizar el riesgo de fallo y asegurar la continua operación de los mismos, logrando que se encuentren en óptimas condiciones durante su tiempo de vida útil. LUGAR DE APLICACIÓN: Áreas donde se encuentre equipo y maquinaria necesaria para la elaboración de licores y otras bebidas no
alcohólicas así como la infraestructura de la planta LICORAM.
RESPONSABLE: Gerente de producción, Jefe de Mantenimiento, Auxiliar de mantenimiento.
PPM-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 229
RIESGOS LABORALES Afectación a la salud
de los trabajadores
por el mal
funcionamiento de
equipos y
maquinarias.
Debido a la importancia del mantenimiento preventivo, de los equipos y maquinaria para elaboración de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, se han determinado algunos pasos generales que debe poseer una rutina de mantenimiento:
equipo.
equipo.
del equipo.
componentes defectuosos.
equipo.
mecánica.
El mantenimiento correctivo no es planificado, pues se lo realiza sobre un equipo o parte para restaurar su estado operacional, por un reporte de mal funcionamiento que hace el operador del equipo o personal que realiza el mantenimiento programado. El mantenimiento preventivo del equipo, por otro lado, es realizado sobre éste según una planificación, para realizar entre otras actividades pruebas de seguridad, verificación y
Número de registros de
mantenimientos preventivos
y/o correctivos por cada
equipo, maquinaria e
infraestructura.
Hoja de mantenimiento preventivo y/o
correctivo de la maquinaria, equipos e
infraestructura.
Registros de mantenimientos de la
maquinaria, equipos e infraestructura.
Guía interna de mantenimiento de
equipos, maquinaria e infraestructura.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 230
calibración, mantenimiento preventivo. La empresa LICORAM deberá contar con una guía de mantenimiento para todos los equipos, maquinarias e infraestructura que afectan la calidad del producto. Cada equipo tendrá un registro donde se anotará en detalle las acciones de mantenimiento efectuadas. Los Procedimientos para el Mantenimiento deben ser obtenidos a partir del fabricante y/o empresas especializadas y capacitadas en el tema.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Mantenimiento y calibración de equipos y maquinaria
Registro de mantenimientos
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, realiza los mantenimientos adecuados a todos los equipos, maquinaria e infraestructura involucrada en la elaboración de bebidas
alcohólicas y no alcohólica (ANEXO 40).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 231
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS
OBJETIVOS: Implementar las medidas requeridas por la legislación y llevar a cabo el registro y reporte de los desechos no peligrosos
generados en las instalaciones de la planta LICORAM. Llevar a cabo una capacitación y seguimiento para la clasificación, separación y disposición final de los desechos no peligrosos generados en la fuente. LUGAR DE APLICACIÓN: Instalaciones de la planta LICORAM.
RESPONSABLE: Administrador de la Sucursal: proveerr los contenedores adecuados para la separación de desechos; Gerente de producción,
Supervisor de planta, Jefe de mantenimiento, todo el personal: uso adecuado de contenedores, personal designado se debe encargar de llevar
un registro de los residuos generados y entregados a gestores ambientales calificados o a recolectores municipales.
PMD-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
AGUA Y SUELO Afectación a la
calidad:
• Contaminación de suelos por manejo inadecuado de desechos no peligrosos. • Contaminación de
aguas superficiales
por manejo
inadecuado de
desechos no
peligrosos.
Cumplir con el Art. 4.1.1.1 del Anexo 2 del Libro VI del TULSMA. Los desechos sólidos producidos en la planta LICORAM, deben ser separados de forma correcta y distribuidos dentro de contenedores apropiados. Éstos deben ser resistentes, tener una tapa y deben ser asegurados para evitar su caída por cualquier motivo. Los contenedores deben ser colocados en lugares estratégicos del área del proyecto, éstos se deben definir de acuerdo a los residuos generados en cada sector y deben estar bien identificados, mostrando los residuos que corresponde a cada contenedor. A continuación se muestran los diferentes contenedores que se deben tener en el área del proyecto para permitir una clasificación adecuada de residuos:
Tabla 50. Modelo de contenedores para
desechos sólidos no peligrosos
Contenedor Etiqueta Tipo de
Residuos Lugares de Ubicación
Cantidad y tipo de residuos comunes entregados a recolectores municipales. Número de Actas de Entrega/Recepción de residuos reciclables, al gestor autorizado, en caso de generarse.
Recipientes adecuados
para la separación de
desechos no peligrosos.
Facturas de compra de
contenedores
Personal de limpieza con
equipo de seguridad
necesario.
Registro de capacitaciones
al personal técnico, de
aseo y administrativo en
manejo adecuado de
desechos no peligrosos.
Bitácora de registro de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 232
Orgánico Restos de comida.
Comedor.
Papel y Cartón
Papel y cartón que no se encuentre mojado o contaminado
Bodega, oficinas, gerencia, ingreso.
Plásticos y Vidrios
Plásticos totalmente vacíos y vidrios.
Comedor, oficinas, gerencia.
Otros
Residuos no peligrosos que no puedan ser reciclados como papel mojado, papel de SSHH.
Bodega, baño, oficinas, ingreso.
Se debe tener un área para el almacenamiento temporal de los desechos sólidos no peligrosos. El papel, cartón, plásticos y vidrios deberán ser entregados un gestor ambiental autorizado, mediante un acta entrega/recepción. En el caso de los residuos recolectados en los contenedores de ORGÁNICOS y OTROS, éstos pueden ser entregados directamente a los recolectores municipales. La descripción de la zona de almacenamiento temporal se encuentra a continuación:
generación de desechos
no peligrosos.
Registros de Entrega de
desechos reciclables a
gestores autorizados.
Registro fotográfico.
ORGÁNICO
PAPEL Y CARTÓN
PLÁSTICO Y
OTROS
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 233
Gráfico 4. Modelo de área de almacenamiento temporal de desechos sólidos no peligrosos
Estas áreas de almacenamiento temporal deben cumplir mínimo, con los siguientes requisitos:
Con techo, por ejemplo de zinc.
Bien rotulado, incluyendo la señalización de seguridad correspondiente (Ver Programa de Señalización del PMA).
Piso de cemento sin ninguna grieta.
Buena ventilación.
Se debe llevar un registro de los residuos generados, tanto de los entregados al gestor ambiental autorizado, como al recolector municipal.
Todo el personal de aseo deberá contar con el equipo de seguridad necesario (guantes, mascarillas, delantales, calzado adecuado, gafas, etc.) para la manipulación de desechos y las actividades de limpieza y desinfección. Todo el personal administrativo, de servicio y técnico deberá estar capacitado para el manejo adecuado de los desechos no peligrosos. Se deberá mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos no peligrosos en su área de almacenamiento temporal, en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 234
Tabla 51. Modelo de registro para desechos sólidos no peligrosos
REPORTE
Transporte y evacuación de residuos sólidos no
peligrosos
1 de 1 revisión 1
PROYECT
O: PLANTA LICORAM
TIPO DE
TRANSPORTE:
FECHA:
TRANSPORTIST
A:
SITIO ORIGEN:
DESTINO FINAL:
TIPO DE DESECHO CANTIDA
D UNIDAD
GESTOR
AUTORIZADO/RECOLECTOR
MUNICIPAL
Biodegradables: Orgánicos kg
No reciclables
Papel kg
Cartón kg
Plásticos kg
Vidrios kg
Latas kg
Varios-Otros kg
PESO NETO:
Entregado Por: Recibido por:
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 235
OBSERVACIONES ADICIONALES
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Manejo adecuado de desechos no peligrosos
Contenedores adecuados
Área de almacenamiento temporal
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS
OBJETIVOS: Implementar las medidas requeridas por la legislación y llevar a cabo el registro y reporte de los desechos peligrosos, en caso de
generarse en las instalaciones de la planta LICORAM. Llevar a cabo una capacitación y seguimiento para la separación, el almacenamiento temporal y disposición final de los desechos peligrosos, que podría generarse en la planta LICORAM. LUGAR DE APLICACIÓN: Instalaciones de la planta LICORAM (Taller de mantenimiento, área de almacenamiento de combustible)
RESPONSABLE: Administrador de la Sucursal: proveerr de un área adecuada para el almacenamiento temporal de desechos peligrosos, en
caso de generarse; Gerente de producción, Supervisor de planta, Jefe de mantenimiento, personal designado se debe encargar de llevar un
registro de los residuos peligrosos, en caso de generarse en la planta LICORAM y entregados a gestores ambientales calificados mediante
actas de entrega/recepción.
PMD-02
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 236
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
AGUA Y SUELO Afectación a la
calidad:
• Contaminación de suelos por manejo inadecuado de desechos peligrosos. • Contaminación de
aguas superficiales
por manejo
inadecuado de
desechos peligrosos.
Cumplir con lo establecido en los Acuerdos Ministeriales 026, 161 y 142., en caso de generarse desechos peligrosos y/o se manejen sustancias químicas peligrosas en la planta LICORAM. Los desechos peligrosos incluyen entre otros: Aceite y filtro del radiador del compresor de aire tipo tornillo, aceite del los motores mecánicos de los compresores, aceites usados, envases vacíos de químicos, de reactivos de laboratorio, tóneres vacíos, residuos de pintura, de hidrocarburos. Éstos serán depositados en contenedores con tapa y en fundas plásticas de color rojo; y almacenados temporalmente en áreas específicas para ésta actividad. Los recipientes que contengan desechos peligrosos deben estar correctamente rotulados y tendrán los siguientes colores:
Tabla 52. Modelo de contenedores para
desechos peligrosos
Contenedor Etiqueta Tipo de
Residuos Lugares de Ubicación
Especiales
Desechos contaminados con hidrocarburos (aceites, grasas, combustibles, etc.).
Taller de mantenimiento, área de almacenamiento de combustible
Infecciosos
Desechos peligrosos y/o que presenten riesgos biológicos (papel higiénico desechado, y demás elementos afines a procedimientos del Medico Ocupacional) y contaminados con productos químicos.
Dispensario Médico
Cantidad y tipo de desechos peligrosos entregados a gestores autorizados. Número de Actas de Entrega/Recepción de desechos peligrosos, al gestor autorizado, en caso de generarse. Número de contenedores dispuestos en la planta LICORAM para desechos peligrosos
Recipientes adecuados
para la separación de
desechos peligrosos.
Facturas de compra de
contenedores
Registro de capacitaciones
al personal técnico, de
aseo y administrativo en
manejo adecuado de
desechos peligrosos.
Bitácora de registro de
generación de desechos
peligrosos.
Registros de Entrega de
desechos peligrosos a
gestores autorizados.
Registro fotográfico.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 237
Corto punzantes
Jeringuillas, bisturís, agujas hipodérmicas y demás elementos afines a procedimientos del Medico Ocupacional
Dispensario Médico.
Especiales
Tóneres vacíos
Oficinas, áreas
administrativas
El área de almacenamiento temporal deberá cumplir con las siguientes condiciones mínimas, como lo establecen los Arts. 191, 192, 193, 194, 195 y 196 del Acuerdo Ministerial 161: - Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos peligrosos. - Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. - Acceso restringido y el personal autorizado deberá cumplir con las normas de seguridad industrial. - Contar con equipo de emergencias y personal capacitado para contingencias. - Contar con pisos y paredes lisas, así como con una cubierta. - Contar con señalización apropiada y sistemas contra incendios. Los desechos peligrosos que puedan generarse de la operación de la planta LICORAM, se dispondrán de manera correcta, con gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente. Se deberá mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de los desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal, en donde se hará constar la fecha de los movimientos
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 238
(entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino. LICORAM, deberá registrarse como Generador de Desechos Peligrosos ante el Ministerio del Ambiente, conforme lo establece el Acuerdo Ministerial 026 y el literal c del Art. 181 del Acuerdo Ministerial 161.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Manejo adecuado de desechos peligrosos
Contenedores adecuados
Área de almacenamiento temporal
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
PROGRAMA DE ADIESTRAMIENTO Y APRENDIZAJE
OBJETIVOS: Brindar capacitación al personal del proyecto o personas involucradas, permitiéndoles conocer los riesgos de su trabajo y la
manera de mitigarlos.
LUGAR DE APLICACIÓN: PLANTA LICORAM
RESPONSABLE: Gerente de producción, Supervisor de planta, Representante técnico SST: organizar capacitaciones y llevar un registro de las
mismas; Personal: asistir a las capacitaciones y cumplir con normas de seguridad en cada área de trabajo.
PCCE-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Actividades de salud
pública
En general se debe llevar a cabo talleres
para que el personal conozca los riesgos que
Horas de capacitación en
temas relativos al proyecto
Hojas de asistencia a
capacitaciones
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 239
implican sus actividades laborales y la
manera de prevenirlos, no solo riesgos a la
salud humana, sino también a la calidad
ambiental. Además, el personal debe
conocer el Plan de Manejo Ambiental.
Estos talleres deben ser dirigidos a toda
persona involucrada con las actividades de la
planta LICORAM. A continuación se sugieren
algunos temas para las capacitaciones
necesarias:
Seguridad y Salud Ocupacional: el
personal debe recibir talleres periódicos
sobre la importancia de la utilización y la
manera correcta del uso del equipo de
protección personal, medidas de
seguridad en el trabajo, riesgos laborales,
etc.
Manejo de Residuos Peligrosos y No
Peligrosos: el personal debe recibir
capacitaciones sobre la manera de
reducir los residuos y el tratamiento de
los mismos, en donde se incluya el
cuidado al manejar éstos (tachos
correspondientes para cada residuo),
acciones ante contingencias, etc.
Contingencias: El personal debe recibir
capacitaciones periódicas sobre los
diferentes planes de contingencias
(incendios, sismos, manejo y disposición
de extintores, derrame accidental de
alcohol, insumos químicos y/o esencias,
derrame de desechos peligrosos, vías de
y su vinculación con el
ambiente y la seguridad
laboral.
Registro de capacitaciones
Registro fotográfico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 240
evacuación, puntos de encuentro, etc.).
Deben darse igualmente capacitaciones
específicas a las personas que
conformen cada brigada. Además, se
deben realizar simulacros ante
Contingencias para analizar las
debilidades en los procedimientos y
tomar medidas para mejorarlo. Las
personas designadas para primeros
auxilios, además de las capacitaciones
generales, deberán recibir capacitaciones
permanentes para desempeñar su labor
de manera adecuada.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Capacitación en el Plan de Manejo Ambiental
Capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional
Capacitación en manejo de desechos peligrosos y no peligrosos
Capacitación en Contingencias
Capacitaciones ante derrames de combustibles
Capacitación en el Reglamento Interno de LICORAM
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 241
PROGRAMA DE APOYO, INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
OBJETIVOS: Lograr la integración e involucramiento de la población del área de influencia con los objetivos estratégicos de la empresa, y en
especial en las acciones de Relaciones Comunitarias.
Fortalecer las relaciones de amistad entre los sectores del Área de Influencia. Manifestar el interés de parte de la Empresa LICORAM, hacia el bienestar general de la población
LUGAR DE APLICACIÓN: Serán beneficiarios del programa los hombres, mujeres y niños habitantes del sector de El Sagrario (Ibarra)
RESPONSABLE: Jefe de Gestión de Talento Humano, Personal de Relaciones Comunitarias
PRC-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Relaciones
comunitarias
Este programa está destinado a establecer los vínculos permanentes de trabajo en equipo entre la Empresa LICORAM, y la población del área de influencia directa, buscando fortalecer los lazos de la cooperación mutua para el éxito de las relaciones de buena vecindad. Así mismo la Empresa LICORAM deberá mantener los canales de comunicación abiertos entre la empresa y la población, será parte de sus funciones mejorar el relacionamiento, atender y solucionar las demandas ciudadanas que se pudieran presentar. Para mejorar el relacionamiento los responsables de este programa serán los encargados de establecer y conservar el vínculo de correspondencia mutua entre LICORAM, la Oficina de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, la Oficina de Relaciones Comunitarias, los trabajadores y la población, logrando un compromiso de respeto mutuo a nivel interno. A fin de atender y solucionar las demandas de la población se propone que este programa sea como una instancia transversal a todos los demás programas del Plan de Relaciones Comunitarias y será eje primordial para la inclusión de la población
Número de casas abiertas
realizadas al año.
Número de pasantes
recibidos al año.
Número de
niños/niñas/organizaciones
/fundaciones agasajadas
en navidad.
Número de donaciones a
fundaciones que realizan
ayuda social.
Número de estrategias de
monitoreo para relaciones
comunitarias. Número de
informes anuales de
relaciones comunitarias.
Registro fotográfico casa
abierta
Informe de pasantes
recibidos al año
Actas de
entrega/recepción de
donaciones a
fundaciones
Registro fotográfico de
agasajos navideños y/o
entrega de juguetes,
caramelos a niños y
niñas del área de
influencia.
Informe anual de
relaciones comunitarias.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 242
en todo el proceso de implementación del Proyecto, reconociendo el derecho fundamental de la población local a estar informados y ser consultados durante la ejecución de actividades en sus territorios. Actividades
Establecimiento de la oficina de Relaciones Comunitarias, que será la encarga de coordinar la ejecución de los Programas del Plan de Relaciones Comunitarias en especial del programa de Relacionamiento Comunitario.
Definición y establecimiento de los mecanismos de relacionamiento con la población
Definición y establecimiento de la atención y solución de las demandas ciudadanas
Puesta en marcha de los mecanismos planteados.
Seguimiento del Programa
Elaboración del Reporte Comunitarias anual. Mecanismos de relacionamiento con la población Casas abiertas
- Se propone realizar por lo menos una (01) casa abierta, a estudiantes de la ciudad, puede ser mediante invitación a aquellos que cursan carreras afines, para evitar aglomeramientos en la planta y evitar posibles contingencias; y así de esta manera los estudiantes encuentre un apoyo no solo de información sino de orientación personal demostrando el interés de la empresa en cada uno de los estudiantes, como aporte a la educación y enriquecimiento de conocimientos.
Pasantías
- Se propone recibir por lo menos dos pasantes al año, en carreras afines (Ing. en Alimentos, Ing. Química, Administración de Empresas, Ing.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 243
Ambiental, etc.) con el fin de fortalecer el talento de los jóvenes de la ciudad de Ibarra y principalmente abrir un camino para adquirir experiencia en el ámbito laboral.
Campañas Especiales: Navidad
- Durante la temporada navideña LICORAM,
donará juguetes y/o fundas de caramelos a los niños y niñas de 0 a 12 años de edad del sector de El Sagrario (Ibarra), perteneciente al Área de Influencia del Proyecto. El proponente podrá escoger el sector al que quiera realizar la donación (escuelas, centros comunitarios, fundaciones, guarderías, etc.) Asimismo, se propone agasajar a los niños y niñas hijos de los empleados de la planta LICORAM.
Campañas Especiales: Donaciones Fundaciones
- A través de su Fondo de Ahorros de
Trabajadores, LICORAM, colaborará con fundaciones que realizan actividades de ayuda social. Las colaboraciones pueden ser mediante la entrega de víveres.
Comunicación
- La empresa mantendrá niveles de comunicación permanente con todo el personal de la empresa y poblaciones aledañas; sensibilizándolos sobre las responsabilidades que se tiene con la comunidad y haciéndolos partícipes de las estrategias de relaciones comunitarias.
Contratación de mano de obra local
- El personal a emplearse en la empresa LICORAM, será en medida de lo posible, del área de influencia directa (local), siempre y cuando cumpla con la experiencia necesaria para el
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 244
puesto de trabajo y con las exigencias de la normativa legal.
- LICORAM aprovechará eficientemente, las habilidades de los pobladores que integran el Área de Influencia del Proyecto y facilitará el acceso a tecnologías educativas apropiadas para que la población participe de las oportunidades de empleo que se generarían durante la operación de la planta. Esta estrategia maximizará los impactos ambientales positivos del Proyecto, en cuanto al empleo de mano de obra y la dinamización de la economía local.
Monitoreo
- La empresa, realizará estrategias de monitoreo de sus relaciones comunitarias semestralmente, tratando de identificar, prevenir, orientar y resolver posibles conflictos comunitarios que pudieran generarse durante las diferentes etapas del Proyecto. El monitoreo de las relaciones comunitarias, facilitará medir e informar la efectividad del presente Plan en el ámbito interno (trabajadores) y externo (comunidad).
- Se elaborará un informe anual en que se comunicará los resultados obtenidos, indicando la efectividad de las acciones realizadas, los temas de mayor interés, los cuellos de botella informativos y el cumplimiento de los objetivos de LICORAM. Este reporte incluirá las percepciones de la población obtenidas del resultado del proceso de relacionamiento comunitario y de comunicación, las mismas que serán evaluadas y si corresponde el caso, ser incorporadas en las actividades cotidianas del personal y en toda acción desarrollada por LICORAM.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 245
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Casa abierta
Pasantías
Agasajo navideño
Donaciones a fundaciones Estrategias de relacionamiento comunitario
(monitoreo)
Informe de relacionamiento comunitario
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, ha realizado donaciones a fundaciones (ANEXO 51)
PLAN DE CONTINGENCIAS
PROGRAMA DE CONTINGENCIAS PARA EL CONTROL DE EMERGENCIAS
OBJETIVOS: Describir las acciones a seguirse para la atención de las contingencias potenciales durante la ejecución del proyecto. Identificar
los principales riesgos durante la fase de ejecución del proyecto.
LUGAR DE APLICACIÓN: PLANTA LICORAM
RESPONSABLE: Representante técnico SST y brigadas SST. Personal: asistir a simulacros y capacitaciones ante contingencias.
PDC-01
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 246
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Salud pública y
seguridad
ocupacional
La planta LICORAM deberá contar con un Plan de
Contingencias Aprobado, en donde beberá constar
mínimo:
- Acciones preventivas y de control
- Recursos del Plan de Emergencias
- Protocolos de alarmas y comunicaciones para
emergencias
- Protocolos de intervención ante emergencias
- Funciones y responsabilidades del sistema de
emergencias
- Conformación de las brigadas y sistemas de
emergencia
- Vías de evacuación y salidas de emergencias
- Mapa de riegos y evacuación
En el ANEXO 52 se presenta el Plan de
Contingencias de LICORAM.
LICORAM, deberá realizar además simulacros de
emergencias como:
- Incendios
- Eventos naturales (sismos, terremotos, erupciones
volcánicas)
- Actuación ante derrames accidentales de insumos
químicos, combustibles.
- Reconocimiento de rutas y vías de evacuación y
punto de encuentro
Número de personas que
asisten a los simulacros
realizados
Número de mapas de
riesgos y evacuación
exhibidos en la planta
LICORAM
Número de brigadas
conformadas
Número de señalización
colocada
Plan de contingencias
aprobado.
Registro de
capacitaciones.
Registro de Simulacros.
Permiso de Bomberos
Vigente.
Registro fotográfico.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 247
Se deberá contar con el registro fotográfico de los
simulacros.
Se deberá colocar extintores en las áreas de mayor
riego y mantener vigente la recarga de los mismos.
Se deberá mantener vigente el permiso de
funcionamiento de Bomberos.
Asimismo, deberá mantener la señalización
informativa, preventiva, obligatoria y prohibitiva, de
acuerdo a la Norma NTE INEN ISO 3864-1: 2013,
en toda el área de la planta LICORM (bodega de
insumos químicos, envasado, oficinas, vías de
evacuación, taller de mantenimiento, etc.)
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Reconocimiento de rutas de evacuación y punto de encuentro
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, cuenta con mapa de riegos y rutas de evacuación, emergencia y contingencia (ANEXO 50)
LICORAM, cuenta con un Plan de Contingencias y Emergencias (ANEXO 51)
LICORAM, cuenta con el Permiso de Funcionamiento de Bomberos (ANEXO 43)
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE SISMOS
OBJETIVOS: Actuar adecuadamente frente a movimientos de tierra prolongados.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 248
LUGAR DE APLICACIÓN: PLANTA LICORAM
RESPONSABLE: Representante técnico SST y brigadas SST. Personal: asistir a simulacros y capacitaciones ante sismos.
PDC-02
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Salud pública y
seguridad
ocupacional
Antes del sismo:
Se debe capacitar a los empleados sobre la
importancia de mantener la calma para actuar
de manera segura, ordenada y rápida.
Se debe contar con una ruta claramente
señalizada para evacuación a zonas seguras.
Estas rutas deben permanecer siempre libre de
obstáculos.
Se debe contar con un botiquín de primeros
auxilios, linternas, radio a pilas, pilas y otras
provisiones en la oficina u otros puntos
estratégicos.
Se deben realizar simulacros de sismos en la
planta LICORAM por lo menos dos veces al
año.
Durante el sismo:
Deben paralizarse las actividades y apagar toda
la maquinaria. Se debe mantener la calma y
avanzar de forma ordenada.
El personal debe dirigirse a las zonas seguras
como estructuras fuertes, puntos de encuentro,
Número de personas que
asisten a los simulacros
realizados
Número de mapas de
riesgos y evacuación
exhibidos en la planta
LICORAM
Registro de
capacitaciones.
Registro de Simulacros.
Registro fotográfico.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 249
etc. (Ver ANEXO 50.- Ruta de Evacuación).
Después del sismo:
Ayudar a las personas heridas, tomando en
cuenta que se debe tener mucho cuidado en
mover a las personas con fracturas.
Observar que no haya derrames o fugas. Si es
el caso se debe cuidadosamente controlar
éstos.
Utilizar el radio portátil y escuchar los boletines
de emergencia.
El personal debe mantenerse en las zonas de
seguridad el tiempo prudencial, hasta el cese
de las réplicas.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Simulacros de sismos
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, cuenta con mapa de riegos y rutas de evacuación, emergencia y contingencia (ANEXO 50)
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE INCENDOS
OBJETIVOS: Actuar rápidamente ante incendios para garantizar la salud y seguridad del personal de la planta LICORAM.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 250
LUGAR DE APLICACIÓN: PLANTA LICORAM
RESPONSABLE: Representante técnico SST y brigadas SST. Personal: asistir a simulacros y capacitaciones ante incendios.
PDC-03
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Salud pública y
seguridad
ocupacional
Antes del incendio:
Todo el personal deberá conocer los
procedimientos en caso de incendios,
distribuciones de equipo, accesorios y rutas en
caso de este tipo de emergencias.
Revisar mensualmente el estado adecuado de
los equipos como los extintores (seguir las
instrucciones del fabricante). Todos los
extintores deben llevar una placa con la
información sobre la clase de fuego que puede
apagar, las instrucciones de operación y
mantenimiento; y fecha de prueba y de
vencimiento. Los extintores deben ser
colocados en áreas de mayor riesgo como el
área de almacenamiento de combustibles.
Realizar por lo menos dos veces al año
simulacros ante incendios.
Se deben identificar y evaluar los peligros y
riesgos en caso de incendios.
Prohibir fumar en las áreas de mantenimiento
de preparación de mezclas (etanol),
almacenamiento de combustible u otras zonas
Número de personas que
asisten a los simulacros
realizados
Número de mapas de
riesgos y evacuación
exhibidos en la planta
LICORAM
Registro de
capacitaciones.
Registro de Simulacros.
Registro fotográfico.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 251
de riesgo para incendios.
Durante el incendio:
El testigo deberá reportar rápidamente el
incidente, activando alarmas sonoras.
El personal encargado de apagar el incendio
debe utilizar el EPP adecuado para esto y
utilizar el extintor más cercano. Se debe tomar
en cuenta que:
- Para apagar un incendio de material común,
se deben usar extintores o rociar con agua.
- Para apagar incendios de líquidos o gases
inflamables, se debe cortar el suministro del
producto y sofocar el fuego utilizando arena
seca, tierra o extintores de polvo químico
seco, espuma o dióxido de carbono.
- Para apagar un incendio eléctrico, se debe
cortar el suministro eléctrico y apagar el
fuego con extintores del polvo químico seco,
dióxido de carbono, BCF, arena seca o
tierra.
Evacuar al personal dependiendo del grado de
peligrosidad del incendio.
Llamar a los bomberos si es necesario.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 252
Después del incendio:
Un encargado debe observar por lo menos 30
minutos después del incendio que no se vuelva
a prender fuego.
Los extintores deben volver a ser llenados.
Se deben analizar las acciones tomadas
durante el incendio, reportar y observar si se
pueden realizar cambios para prevenir los
incendios o para una reacción más eficiente
frente a los mismos.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Simulacros de incendios
Recarga de extintores
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, cuenta con mapa de riegos y rutas de evacuación, emergencia y contingencia (ANEXO 50)
PROGRAMA DE MEDIDAS PARA EL CASO DE DERRAMES DE COMBUSTIBLE (ETANOL, DIESEL)
OBJETIVOS: Actuar rápidamente ante derrames de combustibles como etano, aceites y/o diesel para evitar incendios o contaminación al
ambiente y preservación de la salud pública.
LUGAR DE APLICACIÓN: PLANTA LICORAM
RESPONSABLE: Representante técnico SST y brigadas SST. Personal: asistir a simulacros y capacitaciones ante incendios.
PDC-04
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 253
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO
AGUA Y SUELO
Salud pública y
seguridad
ocupacional
En este caso el personal que va a realizar la limpieza del derrame deberá utilizar el equipo de protección personal completo. Se debe utilizar un material absorbente para limpiar el derrame y colocar éste en el tacho asignado para este tipo de residuos. En la planta LICORAM, se debe contar con un kit para derrames: mini cordones, paños altamente absorbentes, bolsa de polietileno para desechar y caja contenedora que funciona como señal de peligro.
Figura 7. Kit para derrames de hidrocarburos
Se deben realizar capacitaciones al personal y/o
brigadas ante derrames y realizar simulacros por lo
menos dos veces al año
Número de personas que
asisten a los simulacros
realizados
Número de personal
capacitadas
Registro de
capacitaciones.
Registro de Simulacros.
Registro fotográfico.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Contar con kit para derrames
Simulacros ante derrames
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 254
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE SALUD AL PERSONAL
OBJETIVOS: Proteger la salud del personal laborando en la planta LICORAM, permitiendo que las actividades del proyecto se realicen
adecuadamente.
Llevar un registro de la salud del personal que permita determinar si los trabajadores pueden continuar realizando su trabajo sin poner en riesgo
su salud y las actividades de la planta.
LUGAR DE APLICACIÓN: Personal de la planta LICORAM.
RESPONSABLE: Jefe de gestión de talento humano: facilitar los chequeos médicos al personal, contar con el Reglamento de Seguridad
Interno; Personal: realizarse chequeos médicos, respetar y cumplir las normas del Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional.
PSS-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Accidentes laborales,
seguridad
ocupacional, salud
pública
Realizar un examen médico general en el centro de
salud más cercano (Dirección Distrital de Salud
10D01), al personal que se encuentre laborando en
la planta LICORAM. Estos exámenes se deben
realizar anualmente.
Contar con el Reglamento Interno de Seguridad y
Salud Ocupacional de la empresa, aprobado por el
Ministerio de Relaciones Laborales, el mismo que
debe ser difundido a todo el personal de la
Número de trabajadores a
los que se realizan los
chequeos médicos.
Número de personas
capacitadas en el
Reglamento Interno de
Seguridad y Salud
Ocupacional
Número de trabajadores
afiliados al IESS.
Registros de chequeos
médicos al personal.
Reglamento Interno de
Seguridad y Salud
Aprobado
Comité Paritario de
Seguridad y Salud
Ocupacional conformado
y registrado en el
Ministerio de Relaciones
Laborales.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 255
empresa.
Contar con el Comité Paritario de Seguridad y
Salud Ocupacional: 3 personas deberán ser
designadas por el administrador y 3 serán
designadas por todos los empleados. Se deberá
realizar el acta de conformación del Comité
Paritario el mismo que deberá ser registrado en el
Ministerio de Relaciones Laborales.
LICORAM deberá contar con un organigrama
orgánico funcional.
Los trabajadores de la planta LICORAM deberán
estar afiliados al IESS.
Afiliaciones al IESS de
los trabajadores.
Organigrama orgánico
funcional.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Chequeos médicos al personal
CUMPLIMIENTOS:
Los trabajadores de LICORAM se han realizado los chequeos médicos respectivos (ANEXO 34)
LICORAM, cuenta con Reglamento Interno de Salud y Seguridad (ANEXO 35)
LICORAM, cuenta con Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo (ANEXO 36)
LICORAM, cuenta con organigrama orgánico funcional (ANEXO 53)
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 256
LICORAM, mantiene afiliados al IESS a sus trabajadores (ANEXO 54)
PROGRAMA DE DOTACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
OBJETIVOS: Dotar del equipo de protección individual a los trabajadores de la planta LICORAM, y así proteger la salud de los mismos y evitar
accidentes laborales.
LUGAR DE APLICACIÓN: trabajadores de la planta LICORAM
RESPONSABLE: Jefe de Gestión de Talento Humano: realizar las gestiones para proveer el EPP al personal de la planta; Personal: utilizar
adecuadamente el EPP y mantenerlo en buenas condiciones, respetar y cumplir las normas del Plan de Manejo Ambiental y del Reglamento
Interno de Seguridad y Salud Ocupacional.
PSS-02
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Accidentes laborales,
seguridad
ocupacional, salud
pública
Para la protección de la salud de los trabajadores,
de acuerdo al área de trabajo, se debe dar a cada
uno los siguientes implementos:
Calzado de seguridad: este accesorio permitirá
proteger al trabajador de pisada sobre objetos,
caída de objetos sobre el pie, resbalones, etc. Se
recomienda proveer al trabajador/es de botas de
seguridad de clasificación I (de cuero y otros
materiales) que permita “transpiración, resistencia
Número de EPP entregado
al personal.
Número de personas
capacitadas en el uso
adecuado de EPP.
Actas de entrega-
recepción de EPP
Registro de
capacitaciones en uso
adecuado de EPP.
Registro fotográfico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 257
de la puntera al impacto hasta 200 J, resistencia
de la puntera a la compresión de 5 kN, zona de
talón cerrada, propiedades antiestáticas,
absorción de energía en la zona del tacón,
resistencia a la penetración y absorción de agua,
resistencia a la perforación y suela con resaltes”
(García-Pintos).
Casco de seguridad: este implemento ayudará a
prevenir accidentes en la cabeza por la eventual
caída de un objeto. El casco debe ajustarse a la
cabeza del usuario de tal modo que no impida
que realice su trabajo normalmente. Se
recomienda que sea de un color fuerte de tal
manera que permita observar la presencia de los
trabajadores durante las actividades (García-
Pintos).
Guantes de protección: con la utilización de los
guantes se prevé de afectaciones a la salud de
los trabajadores por golpes, cortes y erosiones
por objetos, sustancias y herramientas. El
material de los guantes va a depender de la
actividad que realice el trabajador(García-Pintos).
Ropa de trabajo: Se recomienda ropa adecuada
para las condiciones ambientales del sector que
sea cómoda para el trabajador, pero que lo
proteja de contacto con líquidos u objetos.
Mascarilla: Se debe entregar al personal
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 258
expuesto a químicos, olores y/o aromas,
principalmente a aquellos que trabajan en el área
de laboratorio, preparación de mezclas y bodega
de insumos químicos. Es recomendable
establecer determinados tiempos de descanso de
utilización de la mascarilla (30 minutos de
descanso por cada 120 minutos de utilización
continua del equipo) (García-Pintos).
Protección auditiva: Se deben utilizar orejeras por
parte de los trabajadores expuestos a ruidos
mayores a 85 dBA.
Protección ocular: Se debe entregar protección
ocular para prevenir la afectación a los ojos del
trabajador por la proyección de partículas o la
presencia de partículas de polvo en suspensión
(García-Pintos). Las gafas adecuadas deben
elegirse de tal modo que se proteja al trabajador,
pero que la utilización de las mismas no le impida
realizar su trabajo adecuadamente.
Ropa contra incendios: Esta ropa será utilizada
por el personal encargado de controlar el fuego
durante incendios como se indica en el Programa
de Contingencias.
Se deben realizar capacitaciones al personal sobre
el correcto uso del equipo de protección personal,
por los menos dos (02) veces al año.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 259
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Uso de equipos de protección personal
Dotación de EPP al personal
CUMPLIMIENTOS:
LICORAM, ha entregado el respectivo EPP a sus trabajadores (ANEXO 24)
PLAN DE SEÑALIZACIÓN
PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN ADECUADA EN LA PLANTA LICORAM
OBJETIVOS: Señalar y delimitar de forma adecuada las áreas de trabajo, permitiendo generar todas las condiciones de seguridad para el
desarrollo del proyecto.
LUGAR DE APLICACIÓN: Planta LICORAM
RESPONSABLE: Gerente de producción: colocar señalización; Personal; respetar señalización.
PS-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Salud pública y
seguridad
ocupacional
Se debe instalar un sistema de señalización y
delimitación de las áreas de trabajo y en sus
alrededores, que garanticen la seguridad de todo el
personal de trabajo y de los usuarios. Las señales
más utilizadas son las preventivas, reglamentarias e
informativas.
Cantidad de señalización
colocada por cada área de
trabajo, instalaciones y
demás zonas de riesgo de
la planta LICORAM.
Señalética colocada
Facturas de compra de
señalética
Registro fotográfico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 260
- Señales Informativas: Las señales de tipo
informativo sirven para indicar los diferentes sitios,
que son de interés para los trabajadores y
visitantes.
- Señales Preventivas: También están constituidas
por conos de delineación, delineadores luminosos y
cintas. Las señales preventivas tienen por objeto
advertir a las personas sobre un eventual peligro o
presencia de algún elemento no común en el área a
la cual se dirige.
Las señales preventivas deben colocarse en los
sitios donde existen elementos que puedan
ocasionar algún tipo de riesgo, como por ejemplo
los laboratorios, bodega de insumos químicos.
- Señales Reglamentarias o Prohibitivas: Las
señales prohibitivas se deben colocar en sitios
donde exista algún tipo de riesgo que imponga la
prohibición de alguna acción que pueda incrementar
el mismo: Prohibido fumar, circulación prohibida,
prohibido el paso.
- Medidas Generales: La señalización de los
accesos a la instalación y de los frentes de trabajo,
se deberá desarrollar atendiendo los siguientes
criterios:
- Ubicación de Accesos, oficinas, laboratorios, baterías sanitarias, sala de espera, sitios de acceso restringido y otras instalaciones.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 261
Tabla 53. Ejemplos de señales a ser colocadas en las diferentes áreas de la planta LICORAM
Señalización Preventiva
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
Laboratorio, contenedores con
residuos peligrosos, centro médico
(desechos corto punzantes)
Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50 % de la superficie de la señal), bordes negros.
Bodega de alcohol, área de
almacenamiento de combustible
Señalización Prohibitiva
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 262
Laboratorio, bodega de alcohol,
área de almacenamiento de
combustible
Forma redonda. Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 50 o respecto a la horizontal) rojos ( el rojo deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal).
Bodega de alcohol, área de
almacenamiento de desechos
peligrosos
Bodega de alcohol
Señalización Obligatoria
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 263
Bodega de alcohol, área de
envasado, demás áreas de trabajo
Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal).
Señalización de Condición Segura
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
Rutas de evacuación de acuerdo al
mapa de riesgos del plan de
contingencias
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal).
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 264
Señalización de Equipos contra Incendios
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
áreas identificadas como zonas de
riesgo que necesiten la colocación
de extintores de acuerdo al plan de
contingencias
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal).
Señalización Informativa
Área Ejemplo Especificaciones NTE INEN-
ISO 3864-1:2013
Oficinas de jefes, administración,
baños
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco o negro sobre fondo negro o blanco (el negro o blanco del fondo deberá cubrir como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal).
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Oficina
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 265
Señalización adecuada en todas las áreas de la planta LICORAM
Cumplimientos
Se debe mencionar que en la planta LICORAM se cuenta con la señalética adecuada para el buen desarrollo de sus actividades (ANEXO 46).
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL EN LA PLANTA LICORAM
OBJETIVOS: El programa está direccionado para la prevención de la contaminación del suelo, aire y agua, así como la prevención de
afectación al ambiente y a la salud de los trabajadores por las actividades propias del proyecto.
LUGAR DE APLICACIÓN: planta LICORAM
RESPONSABLE: Unidad de Gestión Ambiental planta LICORAM.
PMS-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
AGUA, AIRE,
SOCIOECONÓMICO
Salud pública, agua,
aire
Monitoreo de Ruido Ambiente:
Se deberá cumplir con lo establecido en el Anexo 5, Libro VI del TULSMA. Los límites máximos permisibles de ruido de acuerdo al uso del suelo, en esta caso de Zona Residencial, serán los siguientes:
Tabla 54. Límites máximos permisibles de ruido de
acuerdo al uso del suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE
SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]
DE 06H00 A 20H00
DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y educativa
45 35
Número de monitoreos de
ruido ambiente.
Número de monitoreos de
ruido por dosimetrías.
Número de monitoreos de
descargas al sistema de
alcantarillado.
Número de monitoreos de
calidad de aire.
Informes de laboratorios
acreditados.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 266
Zona Residencial 50 40
Zona Residencial Mixta
55 45
Zona Comercial 60 50
Zona Comercial Mixta
65 55
Zona Industrial 70 65
FUENTE: Tabla 1, Anexo 5, Libro VI del TULSMA
Se deberá realizar los monitoreos de ruido ambiente por lo menos una vez al año.
Los monitoreos de ruido ambiente, deberán ser realizados por laboratorios acreditados ante la OAE.
Se deberá contar con una bitácora de registros de los informes de ruido ambiente, realizados por el laboratorio acreditado, además el proponente del proyecto deberá llevar los registros del monitoreo de ruido ambiente realizados durante la ejecución del proyecto.
Monitoreo de Ruido por Dosimetrías:
Se deberá cumplir con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 2393 “Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores”, que en su artículo Nº 55 numeral 7, establece como dosis máxima la que se obtiene con un nivel de presión sonora de 85 dB(A), durante una jornada de trabajo de 8 horas diarias.
Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según lo siguiente:
Tabla 55. Niveles de presión sonora
Nivel Sonoro / dB (A-Lento)
Tiempo de Exposición por jornada / hora
85 8
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 267
90 4
95 2
100 1
110 0.25
115 0.125
Los distintos niveles sonoros y sus correspondientes tiempos de exposición permitidos señalados, corresponden a exposiciones continuas equivalentes en que la dosis de ruido diaria (D) es igual a 1.
En el caso de exposición intermitente a ruido continuo, debe considerarse el efecto combinado de aquellos niveles sonoros que son iguales o que excedan de 85 dB (A).
Se deberá realizar los monitoreos de dosimetría por lo menos dos veces al año.
Se deberá contar con una bitácora de registros de los informes de dosimetrías, además el proponente del proyecto deberá llevar los registros del monitoreo de ruido por dosimetrías realizados durante la ejecución del proyecto.
Monitoreo de Descargas al Sistema de Alcantarillado:
Se realizarán análisis físico-químicos del agua de ingreso y del agua de salida del proceso productivo.
Los estándares de calidad de agua están referidos a lo especificado en las Normas de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua; en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundario (TULSMA), Libro VI Anexo 1, Tabla 11 “Límites de descarga al sistema de alcantarillado público”.
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 268
El muestreo deberá realizarse basados en la Norma técnica ecuatoriana (NTE INEN 2 176) para técnicas de muestreo. La muestra que se tomará será del tipo puntual, que corresponde al tipo de muestra tomada al azar con relación al tiempo, lugar o volumen de agua.
La toma de muestra será por duplicado para reducir errores en cuanto a la toma de muestra y tener reemplazo de la muestra en caso de que exista algún accidente como ruptura del embase. La muestra se tomará de manera manual en la superficie con una cubeta o una botella de boca ancha que se sumerge en el lugar de la toma de agua y se retira luego de haberse llenado, se dejará un pequeño espacio entre la fase líquida y gaseosa para evitar que durante la refrigeración los embases se rompan.
Cada embase contará con la siguiente etiqueta:
Tabla 56. Etiqueta para el muestreo del agua Fecha
Hora de muestreo
Nombre de la persona que muestreo
Coordenadas del punto de muestreo
Número de muestra
Método de preservación
Tipo de análisis a realizarse
Además de la etiqueta el equipo técnico llenará una ficha para almacenar los datos de la muestra, la ficha será de la siguiente manera:
Tabla 57. Ficha para el muestreo del agua
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 269
Número de
muestra
Coordenadas
Fecha
Hora
Método de preservaci
ón
Color de la mues
tra
Olor de la mues
tra
Transparencia de la muestra
Observaciones
Método de conservación de muestras: Todas las muestras se deben almacenar en temperaturas de 2 y 5°C, para esto se empleará el uso de un cooler con hielos para poder colocarlos inmediatamente después de tomar la muestra, se usará botellas ámbar para evitar el ingreso a la luz y durante su transporte serán guardados en un ambiente oscuro. La muestra deberá analizarse en laboratorios acreditados por la OAE y los resultados deberán ser comparados con el Libro VI Anexo 1, tabla 11 del TULSMA.
Monitoreo de calidad de aire:
Para conocer la calidad de aire en la planta LICORAM, se deberá realizar por lo menos un monitoreo anual de la calidad del aire con un laboratorio acreditado por la OAE, siguiendo los lineamientos que establece el Acuerdo Ministerial 050, donde se señala los límites máximos permisibles de contaminantes en el aire ambiente a nivel de suelo, así como los métodos y procedimientos destinados a la determinación de las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente. La Normativa aplicada en Calidad de Aire para el Monitoreo, está referenciada al Acuerdo Ministerial 050 del 07 de Junio de 2011 Tabla 2.3.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 270
Tabla 58. Concentraciones máximas permitidas de los contaminantes del aire ambiente
Contaminante y Periodo de Tiempo Límite
Permisible
Unidades
Material Particulado PM 10 Concentración en 24 horas (µg/m3)
100 µg/m3
Material Particulado PM 2,5 Concentración en 24 horas (µg/m3)
50 µg/m3
Dióxido de Azufre Concentración en 24 horas (µg/m3)
125 µg/m3
Dióxido de Azufre Concentración promedio en 10 minutos (µg/m3)
500 µg/m3
Monóxido de Carbono Concentración promedio en 8 horas (µg/m3)
10000 µg/m3
Ozono Concentración promedio en 8 horas (µg/m3)
100 µg/m3
FUENTE: Acuerdo Ministerial 050
TIPO DE MEDICIÓN Continua durante 24 horas, 8 horas y 1 hora, dependiendo del parámetro a monitorear, los datos se toman cada hora para los parámetros de monitoreo de 24 y 8 horas. Para el caso de NOx se realizarán 6 mediciones cada diez minutos durante una hora. EQUIPOS La descripción de los equipos, que el laboratorio acreditado debería usar, el método de análisis y el método de detección se detallan a continuación: Tabla 59. Concentraciones máximas permitidas de
los contaminantes del aire ambiente
EQUIPO PARÁMETRO TÉCNICA DE
ANÁLISIS
LÍMITE DE
DETECCIÓN
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 271
E-BAM Mass Monitor Met One
Instruments
Material Particulado PM10
Beta Atenuación 1 ug
Material Particulado PM2,5
Beta Atenuación 1 ug
Horiba APSA 370
SO2 Fluorescencia
0,001 ppm
Horiba APMA 370
CO Absorción de
Energía Infrarroja
0,01 ppm
Horiba APNA 370
NO, NO2, NOX Quimioluminiscencia
0,0001 ppm
Horiba APOA 370
Ozono O3 Absorción Ultravioleta
0,0001 ppm
MÉTODOS UTILIZADOS
Los métodos de análisis y límite de detección de los equipos empleados por el laboratorio acreditado, serán por lo menos los siguientes: Tabla 60. Métodos utilizados para monitoreo de los contaminantes del aire ambiente
PARÁMETRO MÉTODO DE ANÁLISIS LÍMITE DE DETECCIÓ
N
SO2 Fluorescencia 0,001 ppm
NOx Quimioluminiscencia 0,001 ppm
CO Infrarrojo No Dispersivo 0,01 ppm
Ozono O3 Absorción Ultravioleta 0,001 ppm
Material particulado PM10
Beta Atenuación 1 ug
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 272
Material Particulado PM 2,5
Beta Atenuación 1 ug
CONTROL DE CALIDAD Previo a los monitoreos de calidad de aire, el Laboratorio Acreditado deberá seguir como mínimo, los siguientes procedimientos: - Calibración de los equipos de monitoreo.-
Anualmente se realiza la calibración de los equipos en el laboratorio. - Encerado y Calibración de Equipos.- Antes de empezar el monitoreo en cada punto, se realiza la calibración en Cero y Span. - Respaldo de datos.-Codificación adecuada de
datos descargados de los equipos para permitir una rápida y correcta identificación de los archivos, así como el respaldo tanto en la computadora portátil, como en una memoria externa. - Personal Técnico Calificado.- Para el manejo e instalación de equipos se deberá contar con el personal calificado por el laboratorio para la realización del monitoreo. - Chequeo de equipos.- Se realizará un chequeo
de equipos antes de salir del laboratorio, así como un chequeo constante durante la realización del monitoreo de 24 horas para identificar posibles señales de alarma de los equipos y tomar las acciones correctivas que apliquen. PUNTOS DE MONITOREO Los puntos de monitoreo deberán ser seleccionados por el laboratorio acreditado contratado, de acuerdo a las condiciones ambientales del momento de la medición como dirección del viento y temperatura.
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES AÑO
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 273
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Monitoreo de ruido por dosimetrías
Monitoreo de ruido ambiente Monitoreo de descargas al sistema de
alcantarillado
Monitoreo de calidad de aire
Cumplimientos:
LICORAM ha realizado monitoreos de calidad de aire (ANEXO 5)
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL A LOS PLANES AMBIENTALES DE LA PLANTA LICORAM
OBJETIVOS: Dar un seguimiento adecuado a las medidas propuestas en los diferentes planes y programas propuestos en el Plan de Manejo
Ambiental de la planta LICORAM.
LUGAR DE APLICACIÓN: planta LICORAM
RESPONSABLE: Unidad de Gestión Ambiental planta LICORAM.
PMS-02
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
AGUA, SUELO, AIRE,
SOCIOECONÓMICO
Salud pública y
seguridad
ocupacional, agua,
suelo, aire,
accidentes laborales
Seguimiento al Plan de Prevención y Mitigación
de Impactos:
Control en el almacenamiento adecuado de materia
prima, insumos químicos y esencias.
Control de fichas de mantenimiento preventivo y/o
correctivo de los equipos y maquinaria.
Cumplimiento del cronograma de mantenimiento.
Seguimiento al Plan de Manejo de Desechos:
Número de visitas de las
Autoridades Competentes
para verificar cumplimiento
de medidas.
Número de medios de
verificación de cada
medida planteada.
Porcentaje de
Informe final de
cumplimiento al plan de
manejo ambiental
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 274
Se controlará la permanencia y estado de los contenedores y áreas de almacenamiento temporal, para la segregación de desechos peligrosos y no peligrosos en los lugares que corresponda. Se controlará las actas de entrega recepción de
desechos peligrosos a gestores autorizados.
Se controlará las actas de entrega recepción de
desechos reciclables a gestores autorizados.
Seguimiento a la cantidad y tipo de residuos
generados durante las actividades cotidianas.
Verificación de Entrega de residuos peligrosos a gestor autorizado. Seguimiento al Plan de Seguridad y Salud Ocupacional:
Se controlará el uso adecuado del equipo de
protección personal en las áreas que así lo
requieran.
Se controlará el uso adecuado de la ropa de trabajo
en todas las áreas e instalaciones de la planta
LICORAM.
Se controlará el cumplimiento al Reglamento
Interno de Seguridad y Salud Aprobado.
Seguimiento al Plan de Relaciones
Comunitarias:
- Se da por medio de la supervisión permanente del
director general, quien a su vez remite al
Departamento de Evaluación los formularios y en
este departamento se elabora un informe general
cumplimiento a las
medidas planteadas en el
Plan de Manejo Ambiental.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 275
que retroalimenta las actividades de la planta
LICORAM.
- Los informes correspondientes se guardan para archivo, verificando el cumplimiento de las estrategias de manejo ambiental y social. - Los siguientes corresponden a los mecanismos de seguimiento y monitoreo a desarrollar en esta actividad:
o Registro de agasajos navideños. o Registro de pasantes aceptados. o Informe general de monitoreo al programa
de relaciones comunitarias.
Seguimiento al Plan de Capacitación:
Esta labor se realizará a través de la verificación de los registros de personal y de asistencia a talleres. Los indicadores de seguimiento serán: - Talleres desarrollados / Talleres programados - Número personas capacitadas / Número personas contratadas - Registros de asistencia
Seguimiento al Plan de Señalización:
Se controlará la permanencia y estado de las señales en los lugares que correspondan, por parte de un profesional con conocimientos de seguridad industrial, que labore en la planta LICORAM. Los indicadores a tener en cuenta para realizar el seguimiento y el monitoreo de esta actividad son básicamente : - Medir los índices de accidentalidad y - El cumplimiento de normas de seguridad industrial
y ocupacional.
Seguimiento al Plan de Contingencias:
Se controlará el cumplimiento al Plan de
Contingencias de la planta LICORAM.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 276
Esta labor se realizará a través de la verificación de los registros de personal y de asistencia a los simulacros. Los indicadores de seguimiento serán: - Simulacros desarrollados / Simulacros programados - Número personas capacitadas / Número personas contratadas - Registros de asistencia a simulacros
Seguimiento al Plan de Monitoreo:
Se controlará el cumplimiento al Plan de Monitoreo
de la planta LICORAM.
Esta labor se realizará a través de la verificación de los informes de los laboratorios acreditados contratados. Los indicadores de seguimiento serán: - Monitoreos de calidad de aire desarrollados / Monitoreos de calidad de aire programados - Monitoreos de ruido por dosimetrías desarrollados / Monitoreos de ruido por dosimetrías programados - Monitoreos de descargas ruido ambiente desarrollados / Monitoreos de ruido ambiente programados - Monitoreos de descargas al alcantarillado desarrollados / Monitoreos de descargas al alcantarillado programados
PLAZO (meses)
ACTIVIDAD MESES
AÑO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Seguimiento a los diferentes planes de manejo
Informe final de cumplimiento al plan de manejo ambiental
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 277
PLAN DE ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 278
PROGRAMA DE CIERRE DE LA PLANTA LICORAM
OBJETIVOS: Retornar el área a las condiciones en las que se encontraba previo a las actividades del funcionamiento de la planta LICORAM,
en medio de lo posible.
LUGAR DE APLICACIÓN: planta LICORAM
RESPONSABLE: Junta General de Accionistas
PCA-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICO Salud pública En caso de que la planta LICORAM
requiera el cierre de la misma,
deberá presentar un plan de cierre
a la entidad ambiental competente
para la aprobación del mismo.
El plan de cierre deberá incluir el
Retiro de todos los implementos de
oficinas administrativas, oficinas,
laboratorio, contenedores de
residuos, señalización, taller de
mantenimiento, bodega de insumos
químicos, áreas operativas, etc.
Todas las acciones que se realicen
durante el Plan de Cierre deberán
ser registradas y documentadas
mediante fotografías, actas, videos
o cualquier otro medio que sirva de
evidencia cuando se presente un
informe ante la autoridad ambiental.
Porcentaje de avance de
cierre
Plan de cierre aprobado por la
autoridad ambiental competente
Entrega del área (infraestructura) en
óptimas condiciones
Registro fotográfico
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 279
10.1 Cronograma de operación del proyecto
ACTIVIDAD MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 MES6 MES 7 MES 8 MES 9 MES
10
MES
11
MES
12
Operación de la
Una vez desinfectadas todas las
áreas y retirados todos los equipos
y materiales de la planta LICORAM,
las instalaciones en la cual funciona
actualmente, deberá ser entregado
en óptimas condiciones para su
reutilización.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 280
planta LICORAM
10.2 Cronograma valorado del plan de manejo ambiental (PMA)
PRESUPUESTO Y CRONOGRAMA PMA PLANTA LICORAM
AÑO
I TRIMESTRE II TRIMESTRE II TRIMESTRE IV
TRIMESTRE
DESCRIPCIÓN UNIDA
D CANTID
AD
PRECIO UNITARI
O
PRECIO
TOTAL
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes
10
Mes
11
Mes
12
PLAN DE ANAÁLISIS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE ATERIA PRIMA, ALCOHOL, ESENCIAS Y/O INSUMOS QUÍMICOS
Manejo adecuado de materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
Costos operacionales x x x x x x x x x x x x
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 281
Áreas de almacenamiento específico para materia prima, alcohol, esencias y/o insumos químicos.
Costos operacionales x x x x x x x x x x x x
PROGRAMA DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO ADECUADO DE COMBUSTIBLES
Manejo adecuado de combustibles. Costos operacionales x x x x x x x x x x x x
Kit para derrames incidentales de combustibles U 1 165,92 165,92 x x x x x x x x x x x x
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y/O MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Programa de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos, maquinaria e infraestructura
Mantenimiento y calibración de equipos y maquinaria
U 1 1200,00 1200,0
0 x x x x
Registro de mantenimientos No genera costos
x x x x
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 282
Programa de manejo de desechos no peligrosos
Contenedores adecuados U 4 63,41 253,64 x x x x x x x x x x x x
Área de almacenamiento temporal U 1 120,00 120,00 x x x x x x x x x x x x
Programa de manejo de desechos no peligrosos
Contenedores adecuados U 4 63,41 253,64 x x x x x x x x x x x x
Área de almacenamiento temporal U 1 120,00 120,00 x x x x x x x x x x x X
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
Programa de adiestramiento y aprendizaje
Capacitación en el Plan de Manejo Ambiental U 1 250,00 250,00
x
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 283
Capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional u 2 500,00 1000,0
0 x
x
Capacitación en manejo de desechos peligrosos y no peligrosos
u 1 250,00 250,00 x
Capacitación en Contingencias u 1 500,00 500,00
x
Capacitación ante derrames de combustibles u 1 250,00 250,00
X
Capacitación en el Reglamento Interno de LICORAM u 1 250,00 250,00
x
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS
Programa de apoyo, información y comunicación
Casa abierta U 1 200,00 200,00
x
Pasantías No genera costos
x
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 284
Agasajo navideño U 1 300,00 300,00
X
Donaciones a fundaciones U 1 200,00 200,00 X
x
Estrategias de relacionamiento comunitario (monitoreo)
No genera costos
x
X
Informe de relacionamiento comunitario U 1 200,00 200,00
x
PLAN DE CONTINGENCIAS
Programa de contingencias para el control de emergencias
Reconocimiento de rutas de evacuación y punto de encuentro
No genera costos
x
x
Simulacro ante contingencias x
Programa de medidas para el caso de sismos
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 285
Simulacro de sismos No genera costos
x
x
Programa de medidas para el caso de incendios
Simulacro de incendios No genera costos
x
x
Recarga de extintores U 15 30,00 450,00 x
Programa de medidas para el caso de derrames de combustible (etanol, diesel)
Simulacro de derrames No genera costos
x
x
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Programa de seguimiento de salud al personal
Chequeos médicos u 15 80,00 1200,00 x x
Programa de Dotación de Equipo de Protección Personal
Gafas u 10 5,75 57,50 x
Orejeras u 5 19,00 95,00 x
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 286
Mascarilla u 10 17,00 170,00 x
Ropa u 15 60,00 900,00 x
Guantes u 5 8,00 40,00 x
Calzado u 10 60,00 600,00 x
PLAN DE SEÑALIZACION
Programa de señalización adecuada en la planta LICORAM
Informativa u 3 75,00 225,00 x
preventiva u 3 75,00 225,00
x
Obligatoria u 3 75,00 225,00
x
De condición segura u 3 75,00 225,00
x
De quipos contra incendios
3
225,00 X
Prohibición u 3 75,00 225,00
X
PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL
Programa de monitoreo ambiental
Análisis de calidad del aire u 1 1200,00 1200,0
0
x
Monitoreo ruido ambiente u 4 60,00 240,00 x
Monitoreo ruido por dosimetrías u 8 80,00 640,00
x
Monitoreo de descargas al alcantarillado U 2 250,00 500,00
x
Programa de seguimiento ambiental a los planes ambientales de la planta LICORAM
Informe final de cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental
u 1 800,00 800,00
x
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 287
PRESUPUESTO (TOTAL $) 13.755,70
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 288
11. CAPITULO XI: Glosario de Términos
Almacenamiento: Acción de guardar temporalmente desechos en tanto se
procesan para su aprovechamiento, se entrega al servicio de recolección, o se
disponen de ellos.
Conformidad (C): Esta calificación se proporciona a toda acción, instalación o
práctica que se ha ejecutado o se localiza dentro de las restricciones,
indicaciones o especificaciones expuestas en la normativa aplicable.
Desechos: Son las sustancias (sólidas, líquidas, gaseosas o pastosas) u
objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado
a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional vigente.
Desechos Peligrosos: Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o
gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje,
utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga
características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que
represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el
ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Generador: se entiende toda persona natural o jurídica, cuya actividad
produzca desechos peligrosos u otros desechos, si esa persona es
desconocida, será aquella persona que éste en posesión de esos desechos y/o
los controle.
Manejo: Se entiende por manejo las operaciones de recolección, envasado,
etiquetado, almacenamiento, reuso Y/o reciclaje, transporte, tratamiento y
disposición final de los desechos, incluida la vigilancia de los lugares de
disposición final.
No Conformidad Menor (NC-): Esta calificación implica una falta leve frente al
cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables, dentro de los
siguientes criterios:
Fácil corrección o remediación.
Rápida corrección o remediación.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 289
Bajo Costo de remediación o corrección.
Evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco
riesgo o impactos menores, sean directos o indirectos.
No Conformidad Mayor (NC+): Esta calificación implica una falta grave frente
al Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una calificación de NC+
también es aplicada cuando se producen repeticiones periódicas de no
conformidades menores. Los criterios de calificación son los siguientes:
Corrección o remediación de carácter difícil.
Corrección o remediación que requiere mayor tiempo,
recursos humanos y económicos.
El evento es de magnitud moderada a grande.
Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales.
Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia
en la corrección de un problema menor.
Plan de manejo ambiental.- Documento que establece en detalle y en orden
cronológico las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar,
corregir y compensar los posibles impactos ambientales negativos, o acentuar
los impactos positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por
lo general, el plan de manejo ambiental consiste de varios sub-planes,
dependiendo de las características de la actividad o proyecto propuesto.
Promotor.- Persona natural o jurídica, del sector privado o público, que
emprende una acción de desarrollo o representa a quien la emprende, y que es
responsable en el proceso de evaluación del impacto ambiental ante las
autoridades de aplicación del presente reglamento; entiéndanse por promotor
en el sentido de este Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria
Ambiental también los promotores y ejecutores de actividades o proyectos que
tienen responsabilidad sobre el mismo a través de vinculaciones contractuales,
concesiones, autorizaciones o licencias específicas, o similares.
Producto Químico.- Toda sustancia orgánica o inorgánica obtenida a través
de procesos de transformación físicos y/o químicos y utilizada en actividades
industriales, comerciales de servicios o domésticas;
Riesgo Ambiental.- Peligro potencial que afecta al medio ambiente, los
ecosistemas, la población y/o sus bienes, derivado de la probabilidad de
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 290
ocurrencia y severidad del daño causado por accidentes o eventos
extraordinarios asociados con la implementación y ejecución de una actividad o
proyecto propuesto.
12. CAPITULO XII: Referencias o Bibliografía
García-Pintos, J. P. (s.f.). NTP 733: Criterios de selección de equipos de
protección individual (EPI) en minería a cielo abierto. Obtenido de
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España:
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnica
s/NTP/Ficheros/701a750/ntp_733.pdf
Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Ibarra: 2012-
2031.
13. CAPITULO XIII: Firma de Responsabilidad
--------------------------------------------- -------------------------------------
Ing. Nelson Mauricio Ruiz Ramírez Ing. Francisco Yépez
REPRESENTANTE LEGAL ASEMINCA CÍA. LTDA.
LICORAM S.A MAE 186 C.C.
BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST DEL PROYECTO ELABORACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMERICA S.A.- LICORAM
DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 291
14. CAPITULO XIV: Anexos
ANEXO 1: CERTIFICADO DE INTERSECCIÓN
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 292
ANEXO 2: CERTIFICADO DE CALIFICACION AMBIENTAL
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 293
ANEXO 3: MAPAS TEMÁTICOS
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 294
ANEXO 4: ACREDITACIÓN DE LABORATORIO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 295
ANEXO 5: RESULTADOS DE LABORATORIO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 296
ANEXO 6: CONSTITUCIÓN DE LA COMPANÍA
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 297
ANEXO 7: AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMAS ESTATUTOS
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 298
ANEXO 8: NOMBRAMIENTO REPRESENTANTE LEGAL
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ANEXO 9: CERTIFICACIÓN ISO LICORAM
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ANEXO 10: OFICIO DE APROBACIÓN TDR´S
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 301
ANEXO 11: MANUAL DE CALIDAD
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 302
ANEXO 12: MEZCLAS DE PRODUCTO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 303
ANEXO 13: LLENADO DE BARRILES
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 304
ANEXO 14: ENVASADO, CAPSULADO Y ETIQUETADO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 305
ANEXO 15: ALMACENAMIENTO PRODUCTO TERMINADO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 306
ANEXO 16: DESMINERALIZACIÓN DEL AGUA Y HOJA DE VIDA DEL AGUA
DESMINERALIZADA
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 307
ANEXO 17: PLANOS PLANTA LICORAM
ANEXO 18: ESCRITURAS DEL TERRENO
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 308
ANEXO 19: ANÁLISIS MATRICIAL
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ANEXO 20: RETIRO DE LAVADORA DE BOTELLAS
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ANEXO 21: REGISTRO FOTOGRÁFICO PISO IMPERMEABILIZADO
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ANEXO 22: REGISTRO FOTOGRÁFICO ADVERTENCIA BEBIDAS
ALCOHÓLICAS
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ANEXO 23: FACTURA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
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ANEXO 24: ACTAS ENTREGA EPP Y REGISTRO FOTOGRÁFICO USO EPP
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ANEXO 25: REGISTRO FOTOGRÁFICO DÍAS SIN ACCIDENTES
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ANEXO 26: PERMISO FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE SALUD
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ANEXO 27: REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS
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ANEXO 28: FICHA TÉCNICA EMPAQUE DE PRODUCTOS
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ANEXO 29: PERMISO DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPIO
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ANEXO 30: REGISTRO FOTOGRÁFICO ÁREAS SEGURAS DE TRABAJO
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ANEXO 31: REGISTRO FOTOGRÁFICO COMEDOR
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ANEXO 32: RECICLAJE DE CORES
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ANEXO 33: REGISTRO FOTOGRÁFICO SISTEMA DE COLECTORES
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ANEXO 34: REGISTRO DE CHEQUEOS MÉDICOS
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ANEXO 35: REGLAMENTO INTERNO DE LA COMPAÑÍA
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ANEXO 36: ACTA DE FORMACIÓN DE COMITÉ DE SEGURIDA E HIGIENE
DEL TRABAJO
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ANEXO 37: RESGISTRO FOTOGRÁFICO VESTUARIOS
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ANEXO 38: REGISTRO FOTOGRÁFICO SERVICIOS HIGIÉNICOS
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ANEXO 39: REGISTRO FOTOGRÁFICO DISPENSARIO MÉDICO
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ANEXO 40: MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA
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ANEXO 41: REGISTRO FOTOGRÁFICO EXTINTORES
ANEXO 42: MANTENIMIENTO DE EXTINTORES
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ANEXO 43: PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE BOMBEROS
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ANEXO 44: REGISTRO FOTOGRÁFICO TANQUE DE COMBUSTIBLE
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ANEXO 45: LICENCIA CONSEP
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ANEXO 46: REGISTRO FOTOGRÁFICO SEÑALÉTICA
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ANEXO 47: MATRIZ CUALITATIVA DE RIESGOS OCUPACIONALES
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ANEXO 48: MATRICES DE RIESGOS LABORALES POR PUESTOS DE
TRABAJO
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ANEXO 49: MATRIZ CUANTITATIVA DE RIESGOS
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ANEXO 50: MAPA DE RIESGOS DE LA PLANTA LICORAM
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ANEXO 51: DONACIONES A FUNDACIONES
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ANEXO 52: PLAN DE CONTINGENCIAS DE LA PLANTA LICORAM
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ANEXO 53: ORGANIGRAMA DE LA PLANTA LICORAM
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DOCUMENTO PARA SOCIALIZACIÓN 342
ANEXO 54: AFILIACIONES AL IESS DE LOS EMPLEADOS DE LA PLANTA
LICORAM
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COMERCIALIZACIÓN DE LICORES DE AMÉRICA "LICORAM S.A."