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    BIBLIOGRAFIA UTLIZADA:Manual de Derecho Civil Gu il lermo Borda- Introducción al Derecho Civil H ugo Raúl Feli cetti

    Nuevo Código Civil y Comercial Comentado I nfoj us L ibro Primero Ar ts. 1 al 400, Dir ectores: Marisa Herr era- Gustavo Caramelo- Sebastian Picas

    Incluye Cambios Código Civil y Comercial

     Apunte Desarrollado Unidades 1 a 9

    Unidad N°3 no se evalúa

    Sebastian. L DuarteVersión no F inal hasta Unidad 8

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    BIBLIOGRAFIA UTLIZADA:Manual de Derecho Civil Gu il lermo Borda- Introducción al Derecho Civil H ugo Raúl Feli cetti

    Nuevo Código Civil y Comercial Comentado I nfoj us L ibro Primero Ar ts. 1 al 400, Dir ectores: Marisa Herr era- Gustavo Caramelo- Sebastian Picas

    Derecho objetivo; concepto

    Designa una facultad atribuida o reconocida a una persona por el ordenamiento jurídico que le permite o autoriza a realizardeterminados actos. En líneas generales es la regla a la que el individuo debe someterse.

    “Conjunto de normas destinadas a regir la conducta del hombre en sociedad con miras a lograr el bien común”

    Derecho Positi vo, distintas ramas

    El Derecho Positivo es el Derecho vigente, es el conjunto de normas que regula o ha regulado la convivencia humana en unlugar o momento determinado. Está constituido por las disposiciones y reglas establecidas por las Constitución, las Leyes,Las Costumbres y todos los demás pensamientos que integran el pensamiento jurídico de un Estado

    Puede ser Derecho Positi vo H istóri co o Actual

    Histórico: El que se ha aplicado a un Estado determinado: Ej: Los Romanos

    Vigente: Es el que rige en la actualidad y regula efectivamente la vida de un pueblo

    Distin tas Ramas

    El Derecho Positivo se divide en dos grandes ramas D. Público y Privado

    Dentro del Derecho Público podemos encontrar el D. Internacional Publico, el D. Constitucional, Derecho administrativo,Derecho Procesal y el Derecho Penal.

    Dentro del Derecho Privado: D. Civil, Comercial e Internacional Privado entre otros.

    Moral y Derecho. Di ferencias y afi ni dades. Penetración del factor moral en el derecho positi vo argenti no. El ar t. 953,

    Código Civil y directivas consagradas por la ley 17.711 sobre moral, buenas costumbres y buena fe.

    El derecho es una parte esencial del orden moral. El orden encierra el orden jurídico.El orden jurídico pertenece por consiguiente, como parte integrante, a todo orden moral, y ese conjunto tiene su raíz y fundamento en voluntad racional de Dios, ordenadora del mundo, el cumplimiento de la voluntad divina es su fin y su límite infranqueable.

     Afinidades:

    a)  Mismo objeto material: la conducta humana. b)  Misma finalidad: el bien común.c)  Mismo sujeto: el hombre.d)  Mismo origen: la libertad humana y en definitiva Dios.

     Diferencias:

    Moral Derecho

    Conducta La valora en sí misma.La valora desde un punto de vista relativo, en cuantose relacione con los demás.

    Campo de acción La conciencia. La convivencia social.Imposición Por convicción propia. Por el estado. (coercitivamente)

    Ar t 953 Código Civil

    El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiese prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenascostumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen lderechos, de un tercero. Los actos jurídicos que no sean conforme a esta disposición son nulos como si no tuviesen objeto.

    Di rectivas consagradas por la ley 17.711 sobre moral, buenas costumbres y buena fe.

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    BIBLIOGRAFIA UTLIZADA:Manual de Derecho Civil Gu il lermo Borda- Introducción al Derecho Civil H ugo Raúl Feli cetti

    Nuevo Código Civil y Comercial Comentado I nfoj us L ibro Primero Ar ts. 1 al 400, Dir ectores: Marisa Herr era- Gustavo Caramelo- Sebastian Picas

    La Ley 17711 consagra la “Teoría del Abuso del Derecho”, al modificar el Art 1071 que en su nueva redacción dice

    “El Ejercicio regular de un Derecho o el Cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto”  

    La Ley no ampara el ejercicio abusivo de los Derechos, se considera tal al que contraria los fines que aquella tuvo enreconocerla o al que exceda los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres

    Para determinar cuando hubo abuso del Derecho la ley establece una doble directiva

    -  1.La que contrarié los fines que tuvo en miras a reconocerlas-  2.El que exceda los límites impuestos por la buena fe, la moral y las costumbres

     Nuevo Código Civil y Comercial

    Art 9 y 10 Suplen el Art 1071 del Ejercicio Abusivo del Derecho Código Civil y Comercial

    Art 9- Los Derechos deben ser ejercidos de buena fe

    Art 10- El ejercicio regular de un Derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal, no puede constituir como ilícitningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo del Derecho. Se considera tal el que contraria los fines que aquella tuvo emira a reconocerlos o el que exceda los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres 

    “El juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y sicorresponde procurar la reposición al estado hecho anterior y fijar una indemnización

    Derecho subjetivo: concepto; Derechos y deberes subjetivos; Deberes; obli gaciones, cargas Teorías negatorias de los

    derechos subjetivos. Relati vidad de los derechos y deberes: teoría del abuso del derecho. Cuando debe refutarse que un

    derecho ha sido ejercido arbitr ari amente (art 1071, Código Civi l) .

    Derecho Subjetivo Concepto; Derechos y deberes subjetivos; Deberes; obl igaciones, cargas. Teorías negatorias de los

    derechos subjetivos.

    El Derecho Subjetivo es la facultad de poseer o exigir algo como suyo y disponer de ello para su propia utilidad conexclusión de los demás. Es la facultad reconocida a las personas por el ordenamiento jurídico para que puedan satisfacer susnecesidades y exigir de las demás personas un determinado comportamiento/ deber jurídico

    Poder atribui do a una voluntad

    Savigny y Windscheld sostuvieron que el Derecho subjetivo es un poder atribuido a una voluntad, un señorío del querer. Se le critica aesta teoría que si bien la voluntad es un elemento esencial del Derecho Subjetivo en su aspecto dinámico no lo es (Ejercicio) no lo es en aspecto estático (goce)

    I nterés Jurídicamente Protegido

    Ihering sostiene que lo fundamental del Derecho Subjetivo consiste en la utilidad que brinda al hombre y lo define diciendo que son losintereses jurídicamente protegidos. El Derecho es la seguridad de goce

    Cri teri o coincidente

    Llambias y otros autores señalan que las teorías mencionadas anteriormente, una sirve de apoyo a la otra, existiendo coincidenciasfundamentales entre ambas. En consecuencia ambas teorías se contraponen. Ambas teorías se completan una a la otra y Llambias dice elDerecho Subjetivo es la prerrogativa reconocida a la persona por el ordenamiento jurídico a una voluntad del sujeto ya real, ya pensadacomo voluntad del sujeto y que sea conducente para la satisfacción de intereses humanos y propios y ajenos

    Derechos y Deberes Subjetivos

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    Clases de Derechos Subjetivos

    Extrapatrimoniales

    Potestades (Derecho de Famil ia)

    Las potestades son derechos subjetivos, propios del derecho de familia que confieren un poder sobre la persona que tiene a su cargo porej: La Patria Potestad.

    Derechos Personalísimos

    Llambias dice: “Son los derechos innatos del hombre cuya privación implicaría el aniquilamiento o desmedro de su personalidad” Comoel Derecho a la vida, a la salud, a la integridad física, a la satisfacción de sus necesidades, al honor, etc.

    Caracteres

    -  Innatos: Corresponden al titular desde su origen-  Vitalicios: Acompañan al titular durante toda su vida -  Inalienables: No son susceptibles de enajenación ni de renuncia -  Imprescriptibles: No los alcanza el efecto del tiempo, no provoca su perdida aun ante el abandono del titular  -  Extramatrimoniales: No non susceptibles de valoración económica y por ella no integran el patrimonio-  Absolutos: Se ejercen “erga omnes” o sea contra quienes pretendan vulnerarlos. 

    Derechos Intelectuales: Son aquellos que comportan para su titular la facultad de usar, gozar o disponer de una creación intelectual y para las demás personas el deber de abstenerse en perturbar el ejercicio de ese derecho por el titular.

    -  Caracteres

    -  Absolutos: Se ejercen contra todos

    -  Están limitados por el tiempo

    -  Son registrables

    -  Son imprescriptibles

    La protección del Derecho de autor abarcara la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos

    pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos entre sí. Nuevo CCYComerci al .

    Derechos Patr imoniales (Reales, Personales o Creditor ios, intelectuales)

    Los Derechos Patrimoniales son aquellos susceptibles de tener valor económico o pecuniario, integrando el Patrimonio.

    En contraposición se encuentran los Extrapatrimoniales que son aquellos que carecen de contenido económico mencionados anteriormen

    Caracteres

    -  Disponibles: Se encuentran bajo pleno poder jurídico de su titular pudiendo ser gravados o enajenados libremente -  Renunciables: Pueden ser ejercidos o declinados -  Embargables: Integran el Patrimonio que constituye la garantía o prenda común de los acreedores -  Prescriptibles: Afectándolos el transcurso del tiempo y la inactividad del titular

    Divisiones:

    Reales: Son aquellos Derechos que se confieren a su titular un señorío exclusivo sobre una cosa y a los demás el deber de abstenerse o perturbarlos

    Caracteres

    -  Absolutos: Se ejercen Erga-Omnes-  Conceden al ti tul ar el Derecho de persegui r la cosa en manos de quien se encuentr e

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    -  Conceden el Derecho de Preferencia a favor del ti tul ar más anti guo, cuando concur ren var ios titulares sobre el mismo bien-  No son susceptibl es de prescr ipción l iberator ia-  Pueden adqui r ir se por usucapión-  Creación exclusivamente legal: Los parti culares no pueden crearl o

    Clasificación

    -  Derechos Reales sobre la Cosa Propia:  Dominio y Condominio -  Derechos Reales sobre la cosa ajena: Usufructo, Uso, Habitación y Servidumbres activas-  Derechos Reales de Garantía:  Hipoteca, Prenda y Anticresis 

    Derechos Personales o Creditor ios

    Son aquellos Derechos Patrimoniales que confieren al titular llamado acreedor, la facultad de exigir a otra persona llamada deudor, una prestación determinada que puede ser de dar, hacer o no hacer.

    Se llaman Derechos Personales, Creditorios u Obligaciones

    Caracteres

    -  Relativos: Se ejercen únicamente entre deudor y acreedor, o sea de persona a persona 

    -  Pueden ser creados y regulados por los particulares-  Prescriptibles: Las acciones que derivan de los Derechos Personales prescriben por el transcurso del tiempo y la inactividad de

    titular. -  Son de número ilimitado y no se consignan taxativamente en las leyes

    Derechos transmitibles e Inherentes a la Persona 

    Derechos Transmitibles: Son aquellos que pueden transmitirse a otros. Ej.: El Derecho de Propiedad

    Derechos Inherentes a la Persona: Son aquellos que concluyen con su titular no pudiéndose transmitir a otra persona

    Teorías negatorias de los Derechos Subjetivos  

    La concepción Cristiana:

    El Cristianismo fundamenta su doctrina en la naturaleza social y el fin personal del hombre, sin exceder el alcance de los DerechosSubjetivos, los reconocen en cuanto tienen interés legítimo.

    La sociedad debe ser un medio para que el hombre alcance sus fines y satisfaga sus necesidades materiales, intelectuales y espirituales.

    El hombre, por otra parte, no puede alcanzar su fin propio, tanto natural como eterno, si no es por medio de la libertad, que por otra partees un imperativo de su naturaleza racional.

    Pero esa libertad no es ilimitada, discrecional, o arbitraria, sino que debe estar condicionada al bien común, o sea el bien de todos y decada uno en particular.

    Por ello y con esas miras al bien común y a la libertad individual deben reconocerse al hombre todos los derechos que le sirvan parasatisfacer sus necesidades y afirmar su vida, como también los que integran su convivencia, cónyuge, hijos, etc.

    Relati vidad de los derechos y deberes: teoría del abuso del derecho. Cuando debe refutarse que un derecho ha sido ejercido

    arbitr ariamente (art 1071, Código Civil ).

    Teoría del abuso del Derecho ¿Cuándo debe refutar se que un Derecho ha sido ejerci do arbi tr ariamente? Ar t 1071 Código Civi l  

     Ejercicio de un Derecho excediendo los límites fijados por la buena fe o por el fin en vista en cual ese derecho ha sido conferido

    Criterios Subjetivos: Elemento Voluntario

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    -  Intención de Perjudicar: El Abuso está dado por la voluntad de perjudicar a otro-  Se considera uso abusivo no solo el ejercicio doloso de los Derechos sino también el ejercicio culpable de los mismos-  Hay abuso del Derecho cuando obra sin interés legitimo

    Criterios Objetivos: No interesa la Voluntad del Sujeto

    -  El Abuso del Derecho consiste en el ejercicio anormal o contrario al destino económico o social del Derecho Subjetivo-  El acto abusivo es el contrario al objeto de la institución del respectivo derecho a su espíritu y finalidad-  El abuso del Derecho se caracteriza por un ejercicio contrario a la moral y la buena fe

    Criterio Mixto:

    -  Imposibilidad de elaborar una noción del abuso aplicable a toda clase de derechos, estimando que en algunos casos se requerirála intención de perjudicar y en otros la culpa y aun la ausencia de un motivo legítimo

    Legislación comparada

    Llambias clasifica la legislación comparada en tres grupos perfectamente diferenciados

    -  1: Países que reprueban el abuso del Derecho sin definir en que consiste-  2:Paises que no reprueban el Abuso del Derecho sino que también lo definen-  3: Legislaciones que sin formular declaraciones de principios sobre el abuso del derecho ni dan un concepto, establecen

    obligaciones directas de la regla.

    Cuando debe refutar se que un Derecho ha sido ejercido arbi trari amente

    Ar t 1071 Código Civil

     El Ejercicio regular de un Derecho o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto

     La Ley no ampara el ejercicio abusivo del Derecho, se considera tal al que contrarié los fines que tuvo en mira a reconocerlos y el que

    exceda los límites fijados por la buena fe, la moral y las costumbres.

    Ar t 9 y 10 Suplen al 1071 Nuevo Código Civi l y Comercial Ley 26994 Pr incipales Cambios en esta Bol il la

    Art 9: Pri ncipio de Buena Fe:

     Los Derechos deben ser ejercidos de buena fe

    Art 10

    Abuso del Derecho: El  ejercicio regular de un Derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal, no puede constituir como

    ilícito ningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo del Derecho. Se considera tal el que contraria los fines que aquella tuvo en

    mira a reconocerlos o el que exceda los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres “El juez debe ordenar lo

    necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y si corresponde procurar la reposición al estad

    hecho anterior y fijar una indemnización.

    Clases de Derechos Subjetivos

    Derechos Inherentes a la Persona

    Son aquellos que concluyen con su titular, no pudiéndose transmitir a otra persona

    Derechos Patrimoniales

    Son Derechos Patrimoniales aquellos de tener valor susceptible de tener valor económico o pecuniario, integrando el patrimonio

    En oposición a ellos se encuentran los extra-patrimoniales que carecen de contenido económico y se dividen en dos clases principales: l personalísimos y los derechos de familia.

    Caracteres:a)  Disponibles: se encuentran bajo pleno poder jurídico de su titular pudiendo ser gravados o enajenados libremente.

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     b)  Renunciables: pueden ser ejercidos o declinados.c)  Embargables: integran el patrimonio que constituye la garantía o prenda común de los acreedores.d)  Prescriptibles: afectándolos el transcurso del tiempo y la inactividad del titular.

    Derechos reales:Son aquellos derechos que confieren a su titular un señorío exclusivo sobre una cosa y a los demás el deber de abstenerse en perturbarlosCaracteres:

    a)  Absolutos: se ejercen “erga omnes”. 

     b)  Conceden al titular el derecho de perseguir la cosa en manos de quien se encuentre.c)  Conceden el derecho de preferencia a favor del titular más antiguo, cuando concurren varios titulares sobre el mismo bien.d)   No son susceptibles de prescripción liberatoria.e)  Pueden adquirirse por usucapión.f)  Creación exclusivamente legal: Los particulares no pueden crearlos.

    Clasificación:

    a)  Derechos reales sobre la cosa propia: dominio y condominio. b)  Derechos reales sobre la cosa ajena: usufructo, uso y habitación y servidumbres activas.c)  Derechos reales de garantía: hipoteca, prenda y anticresis.

    A.  Derechos personales o creditorios:Son aquellos derechos patrimoniales que confieren al titular, llamado acreedor, la facultad de exigir de otra persona llamada deudor, u

     prestación determinada que puede ser de dar, hacer o no hacer.Se llaman derechos personales, creditorios u obligaciones.

    Caracteres:a)  Son relativos: se ejercen únicamente entre acreedor y deudor, o sea, de persona a persona.

     b)  Pueden ser creados y regulados por los particulares.c)  Son prescriptibles: las acciones que derivan de los derechos personales prescriben por el transcurso del tiempo y la inactividad d

    titular.d)  Son de número ilimitado y no se consignan taxativamente en las leyes.

    B.  Derechos intelectuales:Son aquellos que comportan para su titular la facultad de usar, gozar o disponer de una creación intelectual y para las demás personas deber de abstenerse en perturbar al ejercicio de ese derecho por su titular.Caracteres:

    a)  Son absolutos: se ejercen contra todos. b)  Están imitados por el tiempo.

    c) 

    Son registrables.d)  Son imprescriptibles.

    Derecho y acción.Derecho:  es una facultad otorgada por el ordenamiento jurídico por la cual se puede exigir a otro una prestación determinada.

    Acción:  es el medio para hacer valer en justicia los derechos.

    UNIDAD N° 2 Fuentes de Derecho. Evolución Histórica: del derecho consuetudinario a

    derecho escrito. Sistemas en el Derecho comparado actual: a) el Common Law de los paíse

    anglosajones: Función que cumplen, la costumbre, el precedente judicial y la ley B) Sistem

    de derecho escrito

    Evolución Histór ica: del derecho consuetudinari o al derecho escri to

    Evolución h istór ica: del derecho consuetudinari o al derecho escri to.El derecho primitivo, estaba basado en la costumbre y las tradiciones, las que se transmitían de generación en generación.Con el correr de los tiempos y a medida que la sociedad humana fue creciendo, las relaciones humanas se hicieron mas complejas.Actualmente en la gran mayoría de los países, con la excepción de los anglo-sajones para el derecho privado, el derecho se expresa pescrito, por la ley.

    Sistemas en el derecho comparado actual .

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    En la actualidad existen dos grandes sistemas jurídicos. El sistema llamado continental (Europa y América Latina) basado en la ley escren un proceso que culmina en la codificación y el sistema consuetudinario que rige actualmente en los países anglosajones. El common law de los países anglosajones:

    Se rigen por el common law: Gran Bretaña, Irlanda, Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Nueva Zelanda, algunos países de ÁfricaAustralia.

     Nos referiremos al sistema ingles en particular.El derecho civil ingles propiamente dicho no es sino una parte de todo el sistema legal que puede resumirse de la siguiente manera:

    1)  Common law, tronco de todo el sistema legal.2)  Civil law, comprende: contratos y torts (actos ilícitos)

    Real property (inmuebles)Personal property (muebles)

    3)  Criminal law, derecho penal que tiene dos ramas: delitos graves y delitos leves.4)  Equity (equidad), es el corazón de todo el sistema legal.

    Puede decirse que el common law es la tradición legal o una manera de pensar judicial y jurídico o una manera de tratar los problemlegales.

    Función que cumplen, la costumbre, el precedente judicial y l a ley

    La costumbre: concepto y caracteres, valor como antecedente de la ley.

    De Ruggiero: observancia constante y uniforme de una regla de conducta por los miembros de una comunidad social con la convicción

    que responde a una necesidad jurídica.Llambías: consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social conconvicción de que responde a una necesidad jurídica

    Caracteres:

      Regla de conducta.  Uso general y prolongado.  Estimado obligatorio con sanción en caso de incumplimiento.

    Falta de regla legal contraria

    Valor como antecedente de la ley:El derecho primitivo se basaba en la costumbre y con el decurso de los siglos se fueron recogiendo por escrito, siendo por ello el antecedende la legislación.

    Llambias expresa que al decir “Fuentes del Derecho” en realidad se hace mención a los “Medios de expresión del Derecho”  Para Borda son las normas o preceptos de derecho positivo del cual nacen derechos y obligaciones para las personas.Fuentes del DerechoLas fuentes clásicas son: La Ley, La Doctrina, La Jurisprudencia y la Doctrina, se reconoce también el valor de tal a los convenios colectivde trabajo , los principios generales del derecho, la equidad, el derecho natural.

    Fuentes formalesSon la Ley, la Costumbre, Jurisprudencia y DoctrinaFuentes no formales:  En estas solo el Juez debe recurrir en caso de que las formales no le den al Juez la solución al caso

    -  La Ley: Es la fuente primera y fundamental del Derecho , es toda regla social obligatoria emanada de autoridad competenteCaracteres-  Generalidad: Es dictada con carácter general y no con relación a cierta persona en particular-  Obligatoriedad: Para asegurar su cumplimiento siempre tiene una sanción para el que la viole, indenmizacion de los daños

     perjuicios ocasionados a terceros, etc.-  Debe emanar de autoridad competente

    Clasif icación de las Leyes:

    Pueden ser rígidas o flexiblesLas primeras es cuya disposición es precisa y concreta, las segundas en cambio se limitan a enunciar un concepto general, el juez tiene campo de acción dentro del cual se puede mover libremente (Libre interpretación).

    Por la Natur aleza de la Sanción:

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    a-  Leyes más que perfectas: Son las que contemplan no solamente la sanción de nulidad para el acto celebrado en forma transgresosino que conlleva una pena adicional de carácter civil pudiendo generar responsabilidad resarcible a través de los daños y perjuici

    b-  Leyes perfectas: Son las que cuya sanción consiste en la nulidad del acto, por ejemplo interponer una condición en un contrato carácter imposible. 

    c-  Leyes menos que perfectas: No acarrean la nulidad del acto pero contienen una pena de menor importancia d-  Leyes imperfectas: Son aquellas que directamente carecen de sanción

    Por su Vali dez en r elación a l as personasLas Leyes pueden ser imperati vas o supletor iasLas imperati vas  son las que prevalecen sobre cualquier acuerdo de voluntad de las personas sujetas a ellas, deben cumplirse aun cuandestipularen otra regulación.Supletorias o in terpretativas : Son aquellas en que las partes de común acuerdo pueden modificar o dejar sin efecto. Son frecuentes emateria contractual.

    Leyes de orden Públi co :Tiene dos puntos de vista: El punto de vista clásico: Son aquellas que están interesadas de una manera muy inmediata y directa en la paz,seguridad sociales, las buenas costumbres, un sentido primario de la justicia y la moral . En otras palabras las leyes fundamentales y básicque forman el nucleo sobre el que esta estructurada la organización social

    -  1") no pueden ser dejadas sin efecto por acuerdo de las partes en sus contratos.-  2") el principio de que las leyes no tienen efectos retroactivo no juega en materia de leyes de orden público, que pueden aplicar

    Retroactivamente.3”)

     

    Los jueces de la nación no están obligados a reconocer el Derecho extranjero y no deben aplicar el mismo, sino a pedido  parte.Art 13 C.C: La aplicación de las leyes extranjeras, en los casos en que este código lo autoriza, nuca tendrá lugar sino a solicitde parte interesada, a cuyo cargo será la prueba de la existencia de dichas leyes. Exceptuándose las leyes extranjeras que se hicierobligatorias en la Republica por convenciones diplomáticas, o en virtud de ley especial.Art 14 C.C: “Las leyes extranjeras no serán aplicables” 

    1-  Cuando su aplicación se oponga al Derecho Público o Criminal de la república, a la religión del Estado, a la tolerancia de cultosa la moral y buenas costumbres. 

    2-  Cuando su aplicación fuera incompatible con el espíritu de la legislación de este código 3-  Cuando fuese de mero privilegio 4-  Cuando las leyes de este código, en colisión con las leyes extranjeras, fueran más favorables a la validez de los actos. 

    Concepto de orden Público

    Comprende los principios eminentes- morales- culturales- religiosos- económicos- políticos y sociales usan derechos y enunciados qugarantizan y conducen al bien común, conformando una base social que lleva a vivir en una sociedad justa y armónica

    La Legislación Argentina

    Bases constitucionales:

    La base legal de todo el orden jurídico argentino lo constituye la Constitución Nacional, ley suprema de la nación, a la que debe ajustartoda la legislación para tener validez y vigencia como tal.

    Leyes nacionales:

    Son las dictadas por el congreso nacional de conformidad con lo dispuesto por el Art. 67 sobre materia a las que se refiere el aludido artícu

    y con aplicación en todo el país.

    Leyes provinciales:

    Son las dictadas por las legislaturas provinciales referidas a materia no delegada al gobierno nacional y con ámbito de aplicación dentro los límites de la provincia respectiva.

    Códigos nacionales: Códigos de Fondo y Forma

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    10 

    En virtud de esas facultades delegadas y con el objeto de lograr la unidad del país se estableció que el congreso nacional tiene a su cargdictar los códigos de fondo, el civil, el comercial, el penal y el de minería y cuyas normas son de aplicación obligatoria en todo el territodel país quedando en consecuencia por encima de las leyes provinciales en cuanto a la materia en ellos comprendida

    La reforma de la Constitu ción de 1994 y los tratados internacionales

    En la última reforma de la Constitución Argentina, en 1994, alcanzaron jerarquía constitucional algunos tratados internacionales sobre lderechos humanos. Conocer estas herramientas legales es importante para asegurarnos el total cumplimiento de nuestros derechos comciudadanos. Los tratados enunciados en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, tienen jerarquía superior a las leyes y poserango constitucional, luego de la reforma realizada a la Carta Magna de los argentinos, en 1994.

    La Costumbre. Concepto y caracteres. Importancia en el Derecho Moderno. El Ar t 17 Código Civi l y su reforma por la Ley 17711La costumbre ha precedido a la Ley en la organización jurídica de los pueblos, estos se regían por la costumbre y no conocían la ley . Enactualidad se ha reducido el uso de la costumbre a zonas estrechas ya que todo el ordenamiento jurídico se rige de acuerdo a la Ley.Es la observancia constante y uniforme de cierto comportamiento por los miembros de una comunidad con la convicción de que respona una necesidad jurídica.

    CaracteresDe la definición surgen dos elementos uno objetivo y otro SubjetivoEn el elemento objetivo es así

    -  Uniformidad en el modo de realización del hecho-  Repetición constante y no interrumpida

    -  Generalidad de la Practica-  Duración de la Practica por un cierto tiempo-  Publicidad

    En el elemento SubjetivoReside en la convicción de que la observancia de la práctica responde a una necesidad jurídica

    Importancia en el Derecho ModernoEn el derecho moderno, la costumbre, sigue siendo desatacada fuente material del mismo y además en muchos casos y por expredeterminación de la ley llena vacíos legales o se remite a los usos y costumbres del lugar y aun mas, en algunos casos excepcionalescostumbre llega a suplantar a la norma legal. En todos esos casos constituye una “fuente formal”.  El Ar t 17 Código Civil y su reforma por la L ey 17711Por último, el juez también debe recurrir a la costumbre y así el artículo 17, reformado por la ley 17.711, establece: “Los usos y costumbr

    no pueden crear derechos sino cuando las leyes se refieran a ellos o en situaciones no regladas legalmente”. 

    5-La Jur isprudencia Concepto. Sentencia. Su valor como fuente. Fuerza vinculatoria de la j ur isprudencia. Medios uni fi car la Jur isprudencia: a) El recurso de casación; b) El recurso extraordinari o c) Los tribunales plenari oConocimiento de la Jur isprudencia: repertori os usuales. La organi zación Judicial Ar genti na

    La Juri sprudencia Concepto:Son los fallos de los tribunales judiciales que sirven de precedentes a futuros pronunciamientos.Su valor como fuenteSe discute si la jurisprudencia debe ser considerada como una fuente del Derecho . Desde el punto de lógica estricta la razó parece estar de parte de quienes le niegan categoría de fuente sustantiva, formal e independiente. Siempre es la ley la que deciel caso y es en nombre de ella que los Jueces fallan. La Jurisprudencia es una fuente riquísima de Derechos, los Abogados ant

    acuden a la Jurisprudencia antes que al Código CivilFuerza Vinculatoria de la Juri sprudencia En Principio la Jurisprudencia no tiene fuerza obligatoria para los jueces aunquhaya sido sentada de los tribunales de los cuales dependen jerárquicamente. Los jueces pueden apartarse de ella e interpretarLey a su Ciencia y Conciencia. Salvo que la misma haya sido sentada por Tribunales superiores, entonces si los jueces ajustsus decisiones a este. Medios de unif icar l a Jur isprudencia: a) El recurso de casación; b) El recurso extr aordinari o c) Los tri bunales plenari oConocimiento de la Jur isprudencia: repertori os usuales. La organi zación Judi cial Ar genti na

    http://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/atribuciones.phphttp://www.senado.gov.ar/web/interes/constitucion/atribuciones.php

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    BIBLIOGRAFIA UTLIZADA:Manual de Derecho Civil Gu il lermo Borda- Introducción al Derecho Civil H ugo Raúl Feli cetti

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    La existencia de distinto tribunales dentro de una misma jurisdicción hace que la ley sea interpretada de diversas maneras. Lsuerte de los litigantes dependerá en definitiva de la sala o tribunal que decida el caso.El recurso de casaciónEste es el llamado método clásico el tribunal de casación solo juzga acerca del Derecho, es una cuestión de derecho,Se limita a casar el fallo cuya doctrina se opone a la del tribunal; el juicio vuelve entonces a otro tribunal de instancia paraque éste, a su vez, dicte la sentencia. Lo normal es que el segundo tribunal de instancia falle de conformidad con la doctrinade la Corte de Casación.El Recurso Extraordinario

    Es un medio para llegar a la corte sobre cuestiones jurídicas trascendentales. Para ello es necesario que haya una sentenciadefinitiva y que la cuestión no pueda ser debatida o replanteada por el mismo tribunal.Los tri bunales plenari osLa doctrina legal o interpretación de la ley hecha por las Cámaras Nacionales de Apelaciones reunidas en tribunalPlenario para unificar la jurisprudencia de las salas y evitar sentencias -contradictorias, será de aplicación obligatoria para lasalas de la misma Cámara y para los jueces de primera instancia respecto de los cuales la Cámara que la pronuncie seatribunal de alzada, sin perjuicio de que los  jueces dejen a salvo su opinión. 

    La organización Judicial Ar gentinaLa administración de Justicia está a cargo de los tribunales federales o nacionales y de los tribunales nacionalesA la Justicia Federal le compete todos los pleitos que estén en juego en las leyes federales, entiende las causas en que son partes la Nación, los embajadores extranjeros, las que susciten entre dos provincias o entre vecinos de una provincia y otra

     provincia o sus vecinos.En las provincias donde el número de causas no es muy numeroso estos juzgados o cámaras abarcan todos los fueros, es declas divisiones por materia, así en la Capital Federal la justicia está dividida en los siguientes fueros: Civil, comercial, criminy correccional, contencioso administrativo y penal económico. La justicia ordinaria esta a su vez dividida en los siguientfueros: Civil, Comercial, Criminal, Correccional y de Trabajo.

    6-L a Doctr ina de los autores. Su valor actual, su inf luencia en la evolución del Derecho. Obras clásicas y modernas.

    La doctrina de los autores

    En el Derecho Romano y a partir de la época de Augusto, se concedió a ciertos juristas de gran prestigio el poder de evacuar consultas cfuerza obligatoria no solo para el caso concreto que se consultaba sino para lo sucesivo. En el fondo era una verdadera ley. Este poder

    llamaba Ius Publice Respondendi, varios juristas se expedían sobre un mismo punto en sentido divergente, su opinión no era obligatoria.

    Su valor actualEn el Derecho Moderno la doctrina de los tratadistas carece de toda fuerza obligatoria, sin embargo su opinión suele ser citacon frecuencia en los fallos de los tribunales. Puede decirse que la doctrina es una importante fuente media del derecho. Svalor depende del prestigio y autoridad del jurista que lo ha emitido. Si se trata de la interpretación de una ley y los juristopinan algo totalmente distinto es difícil que los jueces se aparten solución.

    Su inf luencia en la evolución del DerechoLa influencia de los jurisconsultos ha sido de gran aporte en la evolución del Derecho. Toda la vasta legislación que se himpuesto después de la segunda guerra mundial se ha impuesto al margen y más aun a espaldas de los grandes maestros dDerecho

    Obr as clásicas y modernasLos tratados de Derecho Civil Clásicos  que podemos citar son los de Segovia, Llerena, Gustavino, Machado y Salvat. Entrelos modernos debe citarse las obras de Lafaille, Busso y Spota.

    Cabe recordarse la de Fornieles dedicada a Sucesiones, las de Rebora y Zanini dedicada a Familia y Sucesiones Rezzónico, Obligaciones y Contratos; la de Llambías, a Parte General y Obligaciones; la de Colmo, a Obligaciones; la de Belluscio, aFamilia.

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    Entr e las Extr anjeras en Francia a Aubry y Rau, Demolombe, Marcadé, Baudry-Lacantinerie, Planiol y Ripert, Colin yCapitant, Josserand; en Italia, Ricci, Pacifici- Mazzoni, De Ruggiero, Messineo, Gangi y el Tratado dirigido porVasalli; en España, Castán Tobeñas, Castro y Bravo, Sánchez Román,Valverde, Puig Brutau, Puig Peña, Hernández Gil,Albaladejo García: en Alemania, Windscheid, Larenz, Dernburg y Enneccerus-Kipp-Wolf; en Suiza, Rossel y Mentha, vonTuhr

    8- Otras Fuentes. El Derecho Natural. Los Pr incipios generales del Derecho. La equidad. La Buena Fe. Teoría de losactos propios. Teoría de la apariencia. Los convenios colectivos de trabajoEl Derecho Natural

    El Derecho para ser tal debe ser conforme a la Justicia, no se concibe la idea de un Derecho Injusto, no solamente la ley debe serconforme al Derecho Natural sino que ante un vacío del Derecho Positivo el juez puede encontrar la solución del caso en los principios daquel.

    Los Pri ncipios generales del Derecho:

    El Art 16 del Código Civil dice que si una cuestión Civil no puede resolverse ni por las palabras, ni por el espíritu de la Ley se atenderá  principio de las leyes análogas y si aun así la cuestión fuera dudosa se atenderá a los principios generales del Derecho teniendo enconsideración el caso

    La equidad

    La equidad significa en dar a cada uno lo que le corresponde.

    La Buena Fe

    Vinculado con la idea moral del Derecho nos encontramos con el principio de la buena fe. Tiene tantas aplicaciones en el DerechoPositivo que sin duda la convierten en un principio general de la mayor importancia. Se distinguen dos clases de Buena Fe

    Buena Fe Lealtad y Buena Fe Creencia

    -  Buena Fe Lealtad: Impone a las personas el deber de obrar correctamente como lo haría una persona honorable y diligente A-   Esta se aplica en dos casos El Ar tícul o 1198 establece que los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena

     y verosilmente con lo que las partes entendieron o pudieron entender.

    B-   El Ar ticulo 1071 veda el abuso del Derecho (Ese abuso es contrario a la buena fe con que se debe actuar en la vida social) 

    C-  

    Teoría de la imprevisión: El artículo 1198establece que en los contratos conmutativos bilaterales y en los unilaterales de

    ejecución diferida o continuada, si la prestación a cargo de una de las partes se tomare excesivamente onerosa por

    acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la ejecución del contrato.

    D-  Teoría de los actos propios. También la teoría de los actos propios es una aplicación del principio de la buena fe-lealtad.

    Buena Fe Creencia

    El Derecho protege la legítima creencia de haber obrado conforme a derecho y en la razonable creencia que no se daña el derecho aterceros.

    Teoría de la apar iencia

    Es de origen romano y se encuentr a en el ar tículo 1051. Nadie puede transmitir un derecho mejor ni más extenso del que posee. Pero aveces ocurre que una persona es titular aparente y esta lo transmite a un tercero de buena fe. La aplicación estricta de aquel principioconducirá a ese tercero a privar de lo que ha adquirido de buena fe.

    Esto sucede en los casos de heredero aparente. Sucede a veces que una persona obtiene una declaratoria de herederos a su favor oQue presenta un testamento en el cual es designado heredero. Enajena un bien hereditario a un tercero de buena fe. Luego aparece otroheredero con mejor derecho (sea porque prueba un vínculo con el causante que desplaza al anterior, sea porque se presenta un nuevotestamento que designa otro heredero). Es evidente que quien anteriormente fue designado heredero, no tenía en realidad ese carácter, polo cual no podía enajenar un bien de la sucesión. Pero sería injustísimo privar de su derecho a un tercero. que ha adquirido el bienconfiado en el título que ostentaba el heredero aparente. Bien entendido que este subadquirente, para ser protegido por laLey, debe ser de buena fe, es decir, ignorar que existía otro heredero con mejor derecho.Lo mismo ocurre con los derechos reales o

     personales transmitidos a terceros sobre un inmueble por una persona que ha llegado a ser propietario en virtud de un acto anulado con posterioridad a la transferencia del derecho al tercero.

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    Teoría de los actos propiosA nadie le es lícito volver sobre su conducta anterior, cuando esa conducta es jurídicamente relevante y puede suscitar en aquella personde que se mantendrá aquella conducta. Es simplemente una derivación del principio de buena fe- lealtad. No se puede defraudar laconfianza puesta en una conducta anterior jurídicamente relevante.

    Para su aplicación deben cumplirse los siguientes requisitos:

    -  Una conducta anterior relevante y eficaz que suscite en otra persona una expectativa seria de comportamiento futuro.

    -  Una pretensión o el ejercicio de una facultad contradictoria con aquella conducta-  La identidad de los sujetos en ambas conductas.

    Los convenios colectivos de trabajo

    El auge de los contratos colectivos de trabajo como medio para resolver los complejos problemas entre obreros los ha convertido en unaverdadera fuente del Derecho. La Ley 14250 introdujo su obligatoriedad una vez homologados los mismos por el Ministerio de Trabajosean o no afiliados al mismo sindicato.

    Fuentes del Derecho Argentino: La Constitución Nacional

    El Derecho Positivo Argentino está organizado sobre la base de la supremacía de la Constitución Nacional, todas las restantnormas leyes, decretos y ordenanzas deberán ajustarse a ella y si no lo hiciera la persona puede pedir la inconstitucionalidad

     por vía de recurso extraordinario ante la CSJN. Este tribunal supremo es el guardián supremo de la Constitución. Luego pordebajo vendrán las leyes, los decretos reglamentarios, las ordenanzas municipales.

    UNIDAD 4

    1-Efectos de la ley con relación al tiempo. Fecha de entr ada en vigencia. El principio de

    irretroactividad de la ley. Sistema del art 3 del código civil .

    Fecha de entr ada en vigencia:

    Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen, si no designan tiempo seránobligatorias después de los 8 días Art 5 CCYC

    El Pri ncipio de irr etroactividad de la Ley

    Las leyes en algunos casos pueden retroobrar modificando hechos o actos, o efectos de ellos producidos con anterioridad a ssanción. La aplicación retroactiva de la ley afecta sin duda la seguridad individual

    Art 7 Nuevo CCYC: Las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes.

    Las leyes no tienen efecto retroactivo sean o no de orden público, excepto disposición en contrario. La retroactividadestablecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales.

    Sistema del Ar t 3 del Código Civi l

    Este establece que las leyes disponen para lo futuro, no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos ya adquirido

    Las leyes tenían efectos retroactivos cuando afectaban derechos adquiridos al amparo de una legislación anterior.

    3-Reglas interpretativas admisibl es

    “Las leyes que tengan por objeto aclarar o interpretar otras leyes no tienen efecto respecto de las cosas ya juzgadas”  

    La expresión tiene dos significados distintos

    A-Se llaman así en primer término a las Supletorias de la voluntad de las partes

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    B-  Se denominan así a aquellas que se dictan para interpretar o aclarar el sentido de las otras anterioresA-  Estas vienen a decir lo que no se dijo por la voluntad de las partesB-  Aquellas que se dictan para aclarar el sentido de otras anteriores, Los jueces tienen facultad para decidir si es de

    carácter interpretativo, aclaratoria, irretroactivas.

    Leyes de orden Público

    Es la limitación a la autonomía que pretende eliminar aquellas conductas. El Derecho Público es aquel que surge del respeto

    del ordenamiento jurídico que representa la paz social

    Según el Art 5 del CC Velez. Ninguna persona puede tener derechos irrevocablemente adquiridos contra una ley de orden público. Lo que significa que en este caso el principio de retroactividad de la ley no rige en este caso y que las leyes de orde público pueden retroobrar.

    Art 7 CCYC: Las leyes no tienen efecto retroactivo salvo disposiciones en contrario.

    La reforma de la l ey 17711-Regla General

    El nuevo artículo 3- A los contratos en curso de ejecución no son aplicables las leyes supletorias con excepción de las normamás favorables al consumidor de las relaciones de consumo.

    Dos hipótesis son aludidas y quedan cubiertas por esta norma.-  En Primer Lugar: Las llamadas situaciones jurídicas generales

    Aquellos que son regulados por la ley y no por voluntad de las partes y que son uniformes para todos. (D. Reales, D. FamiliaLeyes Administrativas) El Derecho de propiedad, el d. de patria potestad, D. Conyugales. Son iguales para todos. Se losaplica a todos por igual.

    -  En Segundo L ugar: Las relaciones parti cular es deri vadas de los contratos

    Se aplica a los nuevos contratos, acordados con posterioridad a la vigencia de la ley pero no a los que se encuentran en cursode ejecución. Los contratos en curso deben ser juzgados por la vieja ley.

    El segundo párrafo del ar tículo 3 deja sentado el pr incipio general de que las leyes no ti enen efectos retroactivos salvodisposiciones en contrari o.

    Ha quedado explicitado que el principio de las leyes no tienen efecto retroactivo salvo disposiciones en contrario.

    Las únicas leyes respecto de las cuales la irretroactividad de la ley ha sido expresamente consagrada por la Constitución Nacional son las leyes penales. El Congreso no puede dictar leyes que permitan juzgar a un habitante de la Nación por unhecho anterior a su sanción ni sacarlos de los jueces designados por las leyes antes del hecho.

    El Tercer párrafo del artículo 3 di spone que la retroactividad de la l ey en ni ngún caso podrá afectar derechos amparado

    por garantías constituci onales

    ¿Cuándo son retroacti vas las leyes? Son retroacti vas en 5 (Cinco H ipótesis)

    A-  

    Cuando vuelven sobre la constitución de una relación o situación jurídica anteriormente constituida. 

    Ej.: Si se exigiera para acreditar el dominio de los actuales propietarios medios distintos de los que el código determina.

    B-  Cuando vuelven sobre la extinción de una situación jurídica anteriormente extinguida. Ej.: Si se dispusiera que todalas remisiones de deudas hechas con anterioridad a la ley y no formalizadas en escritura pública, son nulas. 

    C-  Cuando se refieren a los efectos de una relación jurídica producidos antes que la leyes se hallen en vigenciaD-  Cuando atribuyen efectos que antes no tenían a ciertos hechos o actos jurídicos

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    E-  Cuando se refiere en sus condiciones de validez y en sus efectos que ya se han producido, a los elementos anterioresde una relación o situación jurídica que se encuentra en curso de constitución o de extinción en el momento de laentrada en vigencia de la ley, siempre que estos elementos tengan un valor jurídico propio; tal, por ejemplo, lainterrupción de una prescripción en curso;

    Hay efectos inmediatos y no retroactivos

    Cuando la ley anula modifica, acrece o disminuye los efectos en curso de las relaciones o situaciones jurídicas, es decir los

    que se producen después de la entrada en vigor.

    Reglas interpretati vas admisibl es

    1-  Las leyes no deben aplicarse con efecto retroactivo salvo que así lo dispongan claramente2-  En segundo lugar las leyes deben aplicarse desde el momento de su vigencia con la mayor amplitud posible y

     producir todos sus efectos mediatos.

    Modos de contar los intervalos del Derecho. Plazos, días, semanas, meses y años. Forma de computarlos.

    Los días, meses y años se contaran por el calendar io Gr egori ano

    Plazos de días y de horas

    El día es el intervalo entero que corre de medianoche a medianoche y los plazos de días no se contaran de momento amomento, ni por horas sino desde la medianoche en que termina el día de su fecha.

    Plazo de semanas

    Significa siete días completos, contándose estos de acuerdo con las reglas sentadas en el párrafo anterior y a partir del día enque se celebró el acto.

    Pl azo de meses o años

    Los plazos de mes, meses, de años o años terminaran el día en que los respectivos meses tengan el mismo número de días desu fecha. Así un plazo que empiece el 15 de un mes terminara el 15 de un mes cualquiera sea el número de días que tenganlos meses o el año. Si alguno de los meses se excede al segundo, el último día del plazo será el último día de este segundomes.

    UNIDAD 5

    I nterpretación y aplicación de la ley. Métodos de interpretación. Métodos tradicionales,

    caracteres comunes de los métodos tradi cionales.

    Los órganos de apli cación de la ley son los jueces, a ellos les toca velar por su cumplimiento y velar por su cumplimiento

    cuidar que las relaciones humanas se desarr oll en en concordancia con el Derecho positivo.

    Métodos de interpretación, métodos tradi cionales, caracteres comunes de los métodos tradi cionales

    Antes de la revolución Francesa mientras domino en el mundo el sistema absolutista, este sistema se miraba con desconfianzya que hacía que la función interpretativa de los jueces se redujera al mínimo, debían aplicarla tal como surgía de su texto.

    El único método licito era por consiguiente el gramatical consistía en fijar el sentido cabal de cada palabra

    Métodos tr adicionales

    1-   Método exegético

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    Consiste en analizar prolijamente los textos legales uno por uno con aplicación preferente del código gramatical. Secaracterizó por reducir la exposición y la elaboración del derecho a cada una de sus disposiciones.

    2-   Método sintético o dogmático

    Se procedía de la siguiente manera: de distintas normas diseminadas en el Código se inducía el principio general que lashabía inspirado, aun cuando no estuviese expresamente establecido; y una vez obtenido el principio, se lo aplicaba a casos n previstos en el Código. Se trataba, pues, de un doble proceso lógico: por inducción se obtenía el principio, y por deducción

    Descendía a los casos no contemplados expresamente.Caracteres comunes de los métodos tradicionales.

     El juez debe aplicar la ley de acuerdo al texto, no a su conveniencia aun cuando la misma parezca injusta, debe atenerse a

    dicho por el legislador en el texto legal.

     Las críticas dirigidas contra los métodos y escuelas clásicas dieron origen a otros métodos que aportaron bases de

    interpretación, a la vez que otorgaron mayor libertad y amplitud al intérprete.

    La reacción contra los métodos relaci onados. Los métodos hi stóricos. La escuela de derecho l ibre. El reali smo

    nor teamer icano. Estado de la cuestión en el derecho moderno.

     

    Método histórico : Niega que el objeto de la interpretación sea descubrir la intención del legislador. La ley es un producde la época, del medio social, de la aspiración de la comunidad. El legislador trabaja sobre conceptos y nociones. Si lacircunstancias cambian la ley debe ser interpretada como lo exigen las actuales circunstancias.

      Escuela de derecho l ibre : Reconoce mayor libertad a los jueces para la aplicación de la ley. La ley no es más que una gu para el juez, pero éste debe separarse de ella, cada vez que su conciencia se lo imponga.

      Escuela del derecho contemporáneo : En los principios comunistas o nacionales socialistas el juez no podía fallar segúsu conciencia sino conforme al espíritu de la legislación revolucionaria. La libertad judicial desapareció por efecto de dependencia del poder ejecutivo.

     Escuela del r eali smo nor teamer icano : El espíritu del Common law hace referencia a la escuela del realismo jurídicDentro de este movimiento se distingue el derecho efectivo (consiste en las reglas sentadas por los tribunales y aplicad por éstos) y las fuentes del derecho (leyes, precedentes jurisprudenciales, opiniones doctrinales y principios éticos). El juforma una opinión sobre el caso y una convicción de lo que es justo respecto de éste; y después busca los principios qu puedan justificar esa opinión.

    Estado de la cuestión en el derecho contemporáneo  La ley es el requisito indispensable de la libertad, de la seguridad individual y de la igualdad entre los hombres. Los fallhablan de la voluntad del legislador que significa el propósito perseguido por la ley, los fines tenidos en cuenta la sancionarlEl juez debe elegir la interpretación que mejor se adapte a las actuales circunstancias y que implique una solución m beneficiosa. Debe tener en cuenta la evolución social desde la época en que la ley se dictó, debe hacerlo a la luz y con el espíride la nueva legislación.

    Reglas prácticas de interpretación: a) el texto de la ley; b) Relación de la disposición i nterpretada con otr as de la misma

    ley o de otras leyes; c) condi ciones económicas sociales y políticas d) el f in de la ley e) l as fuentes de la ley y la di scusión

    parlamentar ia f) L as notas del Código Civi l g) el resultado de interpretación h) consecuencias no previstas i) la analogía

    A) E l texto de la ley

     No debe entenderse solo su letra sino también su espíritu. Debe tenerse siempre presente como manifestación autentica ysolemne el espíritu.

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    B Relación de la disposici ón i nterpretada con otras de la misma ley o de otras leyes

     No deben interpretarse nunca aisladamente sino armonizándolas con otras disposiciones de la misma ley

    C) condiciones económicas social es y políticas

    El juez debe aplicar su sentencia teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y políticas del momento, sino enconcordancia con las nuevas ideas jurídicas que han sido el resultado de profundas convulsiones sociales y que han

    cristalizado en numerosas leyes.E) El fi n de la ley

    Toda norma se dicta con un propósito determinado y tiene un fin. El intérprete debe tenerlo presente para que ese fin secumpla.

    F) las fuentes de la l ey y la di scusión parl amentar ia

    Lo que interesa al intérprete no es lo que han pensado en su fuero íntimo el autor o autores de la ley (lo que resulta imposibldescubrir la mayor parte de las veces) sino cuál es la interpretación más justa, la que mejor se adapta a las actualescircunstancias, la que satisface con mayor acierto el fin de la ley, que es siempre el bien común.

    f ) Las notas del Código Civi lLas notas que el autor ha puesto al pie del código no tienen fuerza aplicable de aplicación pero si es indiscutible que si algúnvalor debe reconocerse en la interpretación de la ley a los antecedentes de su sanción y la opinión vertida por los legisladoreSi el juez considera que el artículo puede ser interpretado de otra manera más justa y que mejor resuelva los intereses en juego puede hacerlo

    G) el r esul tado de in terpretaciónSi de un texto surgen dos o más interpretaciones distintas debe preferirse aquella que sea más justa y que resuelva con mayoacierto y equidad los intereses en juego

    H) consecuencias no previstasEn algunos casos la aplicación de normas justas suele traer consecuencias que no se han analizado al momento de dictar la ley que generan una verdadera injusticia. El juez puede y debe aplicar otras normas o principios legales. Es lo que se llama lainterpretación restrictiva de la ley.

    I La analogíaEsta expresa que si el motivo es el mismo del caso no previsto debe darse a este la misma solución, es perfectamente legitim pero debe aplicarse con cuidado.Si el motivo de la ley es el mismo al caso no previsto x la ley debe darse la misma solución.La analogía no es aplicable en casos de Leyes de interpretación restrictivaAnte la Ley siempre está a favor.

    J Disposiciones de Derechos Humanos

    K Pr incipios y Valores JurídicosSon mandatos de optimización, una forma es jurídica y cuanto al contenido es moral, son normas de integración y controlaxiológico. Axiológico CN.Supletorias: Vienen a actuar ante las lagunas del Derecho.Integrador en auxilio del intérprete ante las lagunas del DerechoIntegrativa: Cuando se dan varias soluciones posiblesTambién incluye esta norma los tratados de Derechos Humanos.

    Ar tículos 15 y 16 Nuevo Código Civi l Y Comercial

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    Artículo 15:  Los jueces no pueden dejar de juzgar bajo el pretexto de silencio, oscuridad de insuficiencia de las LeyesArtículo 16:  Una cuestión Civil no puede resolverse ni por las palabras ni por el espíritu de la ley, se atenderá a los principiode leyes.

    UNIDAD 6Personas naturales. Concepto. Pri ncipio de la exi stencia. Concepción y embarazo.Reconocimiento del embarazo. Medidas de seguridad autor izadas . 

    Personas natur ales concepto

    Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones. Las personas pueden ser de existencvisible y de existencia ideal (o jurídica). La persona natural es el hombre.

    Pri ncipio de la existencia

    La existencia de la persona comienza en el momento mismo de la concepción (Arts 1 y 4 Pacto San José de CR) incorporada la CN Art 75 Inc. 22 y ley 23849. Desde la unión ese hombre es único e irrepetible frente a los demás.

    La existencia de las personas comienza desde la concepción pero ese hecho está subordinado al hecho de que nazcan convida.

    Concepción y embarazo

    La existencia de las personas resulta con la concepción pero resulta imprescindible fijar ese momento, esto permite saber siun hijo es matrimonial o no, en caso de que la viuda se case antes de los diez meses del fallecimiento del marido anterior,tiene importancia para saber si los hijos pertenecen al primer o segundo marido.

    Periodos de concepción del embarazo

    La época de la concepción en la que naciesen vivos queda fijada en todo el espacio de tiempo fijada entre el máximum y elmínimum. El máximo del tiempo del embarazo se presume que es de 300 días y el mínimo de 180 días excluyendo día de Nacimiento y si queda un segmento de 120 días se presume que en ese tiempo pudo haber ocurrido la concepción.

    El nacimiento desde el punto de vista patrimonial ti ene importancia por si ha recibido un l egado

    Reconocimiento del embarazo

    Basta la denuncia de parte interesada para que el embarazo se tenga por admitido. La ley no tolera controversia alguna sobreeste tema y es lógico que así sea. La dilucidación del problema de si el embarazo es o no efectivo, obligaría a adoptar medidlesivas para la dignidad de la madre y que no tendrían en realidad objeto, pues muy pronto el proceso natural de aquelembarazo, con el consiguiente nacimiento, demostrará la verdad o falsedad de la denuncia.

    Medidas de segur idad autor izadas

     No tendrá jamás lugar el reconocimiento judicial del embarazo, ni otras diligencias como depósito y guarda de la mujerembarazada, ni el  reconocimiento del parto en el acto o después de tener lugar; ni a requerimiento de la propia mujer antes

    o después de la muerte del marido, ni a requerimiento de éste o de partes interesadas. Sim embargo se contradice con elartículo 67 “medidas policiales podrían consistir en la vigilancia de la casa donde se asiste la embarazada para evitar la posible comisión de un delito tal como la supresión o la suposición de parto. El juez puede adoptar disposiciones paragarantizar la efectividad del parto.

    El nacimiento: interés jurídico. Condición del nacimiento con vida. La cuestión de la viabil idadLa vida comienza desde el momento de la concepción pero su existencia jurídica está supeditada el hecho de que nazca convida. Si muere antes de estar completamente separada de su madre se reputara que nunca ha existido. Desde el punto de vist

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     patrimonial el nacimiento tiene una gran importancia por si ha recibido un legado. Pero si naciera muerta estos bienes serepartirán entre los herederos legítimos del testador y si naciera viva aunque sea unos instantes estos resultan definitivamentadquiridos por la criatura y los bienes los heredan sus herederos legítimos y no los del testador.

    Condición del nacimiento con vida No basta que se produzca el alumbramiento para que los derechos queden adquiridos definitivamente.El código tiene dos requisitos

    -  Basta que la persona haya vivido después de estar separada del seno materno aunque sea unos instantes, en caso de

    duda de si nació o no con vida debe reputarse que sí, demostrando prueba para quien niega lo contrario.

    Vida poster ior a la separación de la madre:Basta con que haya vivido aunque sea unos instantes sin hacer distinción entre el nacimiento logrado por medios espontáneoy medios quirúrgicos. No es indispensable que haya sido cortado el Cordón Umbilical sino que la criatura haya vivido fuerade la matriz.Prueba- Presunción Médica.El nacimiento se prueba por todos los medios. Tienen especial importancia el testimonio del médico o partera, o de otro delos testigos asistentes. Que hubieran oído la respiración o la voz de los nacidos o hubieses observado otros signos de vida.La ley presume que en caso de duda la criatura ha nacido con vida salvo que se pruebe lo contrario.

    La cuestión de la viabil idad

    La cuestión de la viabilidad tiene que ver con la aptitud física para sobrevivirArticulo 72 CC Vélez:Tampoco importara que los nacidos con vida tengan imposibilidad de prolongarla o que mueran después de nacer, por unvicio orgánico o por nacer antes de tiempo.Articulo 88 CC Vélez: Si nace más de un hijo vivo en un solo parto, los nacidos son considerados de igual edad y coniguales derechos para los casos de institución o sustitución a los hijos mayores.

    F in de la existencia. Muerte comprobada. Prueba. Caso de conmorencia. Efectos de la muertecon relación a los derechos: la sucesión: a) Derechos inherentes a la personal idad; b)Derechostransmisibles mortis causa

    La exi stencia jurídica de las personas termina con la muerte

    Muerte comprobada. PruebaSin la identificación del cadáver no podía tenerse por acaecido el fallecimientoEn los casos en que el cadáver de una persona no fuese hallado, el juez podrá tener comprobada la muerte y disponer lacorrespondiente inscripción en el registro, siempre que la desaparición se hubiese producido en circunstancias tales que lamuerte deba ser tenida como cierta. Igual regla se aplicará en los casos en que no fuese posible la identificación del cadáverArt 33.

    Requisitos indi spensables ablación de órganosa) Ausencia irreversible de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de conciencia;

    b) Ausencia de respiración espontánea;c) Ausencia de reflejos cefálicos y constatación de pupilas fijas no reactivas;d) Inactividad encefálica corroborada por medios técnicos y/o instrumentales adecuados a las diversas situaciones clínicas,cuya nómina será periódicamente actualizada por el Ministerio de Salud y Acción Social con el asesoramiento del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI).La verificación de los signos referidos en el inciso d) no será necesaria en caso de paro cardiorrespiratorio total e irreversibl

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    La certi f icación del fal lecimiento deberá ser suscri pta por dos (2) médicos, entre los que fi gur ará por lo menos unneurólogo o neurocir uj ano. N inguno de el los será el médico o integrará el equipo que reali ce ablaciones o implantes deórganos del fallecido.

    Caso de conmorencia- Teoría de los conmor ientesLa ley presume que todas las personas que han fallecido en un desastre común o en cualquier otra circunstancia han fallecidal mismo tiempo sin que pueda alegarse transmisión alguna entre ellos de derechos.

    Si en un accidente mueren varias personas, e interesa determinar legalmente quien ha fallecido primero, ello puede resultardecisivo para la transmisión de los derechos sucesorios.

     P. Ej.: Si viajaren juntos el padre y un hijo casado, y se probase que el hijo falleció algunas horas después que aquel, losbienes del progenitor pasarán a poder de su nuera; puesto que la muerte del padre tuvo como efecto la transmisión de susderechos al hijo, y la muerte de éste a su cónyuge. Si el padre hubiera muerto algunas horas después que el hijo, la nuera n

    hereda- P. OPCIONAL

    Efectos de la muerte con relación a l os Derechos: la sucesión a) D. I nherentes a la personali dad; b) Derechostransmisibl es morti s causaLa muerte extingue muchos derechos que son propios de la persona y no se concibe que otros salvo ellos mismos puedanejercerlos. Otros en cambio se transmiten a los herederos: Ej.: El D. De Propiedad

    Derechos inherentes a la personali dada)  

    Son inherentes a la persona y por lo tanto no son transmisibl es por causa de muerte. Los derechos de fami li a, lfacultades de estado de padre, hijo, esposa. En cambio los derechos patrimoniales son en principtransmisibles.

    b)  

    Derechos transmisibles mortis causaTodos los derechos patrimoniales no comprendidos anteriormente pueden transmitirse por causa de muerte

    A-  A TRAVES DE LA SUCESION que puede ser a titulo UNIVERSAL o SINGULAR. En el primer caso el sucesorrecibe todo o una parte alícuota del patrimonio del causante y adquiere el nombre de heredero.

    B-  En el caso SINGULAR  solo se transmiten algunas cosas como acciones, dinero, etc. Este se llama legatario

    En los derechos intelectuales, que son gozados por el autor durante toda su vida, mientras que los herederos sólo los poseen por un lapso que varía según las leyes y, que por lo común no va más allá de los veinte años después del fallecimiento deaquél. El desarrollo de estas nociones corresponde al curso de sucesiones.

    Ausencia con presunción de fallecimiento. Términos requeridos para la declar ación de muertepresunta. Día presuntivo de fall ecimiento

    Ausencia con presunción de fal lecimiento.Cuando una persona se ausenta del lugar de su domicilio y transcurre tiempo sin saber de su paradero se crea la convicción dsu presunta muerte.

    Términos requeridos para l a declaración de muerte presuntaCaso ordinario: Solo la ausencia de tres años de la última noticia de su desaparición hace presumir su fallecimiento haya o n

    dejado apoderado. Esto causa la presunción de su fallecimiento. El plazo será contado desde la última fecha que se tuvieronnoticias.

    Caso extraordinario genérico: En esta situación hace presumir la muerte con mayor rigurosidad. En el caso de una personaque se encontrara en una catástrofe o por haber participado en una exploración riesgosa. (Exploración en la selva)Se presume también el f all ecimiento de un ausente cuando se hubiera encontr ado en el lugar de un incendio, terremoto,acción de guerra u otro suceso semejante, susceptible de ocasionar la muerte o hubiere participado en una exploración en lselva que implique el mismo riesgo y no se tuviera noticias de el por el término de dos años contados desde el día que ocurro pudo haber ocurrido el suceso.

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    Se presume también el f al lecimi ento de un ausente cuando si encontrándose en una nave o aeronave nauf ragada opérdida no se tuviera noti cias de su existenci a por el término de seis meses  desde el día que ocurrió o pudo haber ocurrido

    Requisitos comunesHaya desparecido de su domicilio o residenciaDicho domicilio se encontrare en la RepublicaDebe haber transcurrido el plazo previsto por la LeyLa presunción de muerte debe ser declarada judicialmente y según las formalidades dadas por la ley.

    Designación de curadorPodrá pedirlo toda persona que tuviera algún interés legítimo respecto a los bienes del ausente. Comprende no solo a losherederos ni los que tuvieran derecho a ello sino también a las personas que tuvieran algún interés legítimo. También eladministrador o mandatario dejado por el ausente cuyos poderes fueran insuficientes.

    En quienes recaerá la función de Curador?-  El Cónyuge cuando conservase la vocación hereditaria o subsistiese la sociedad conyugal-  Los Hijos-  El Padre o la Madre-  Hermanos o tíos-  Los demás parientes en grado sucesible

    Juez competenteSera competente el juez del domicilio o en su defecto el de la última residencia del ausente. Si este no los hubiere tenido en  país o no fueran conocidos lo será del lugar en que existiesen bienes abandonadosF in de la curatelaLa curatela de los bienes del ausente termina por la presentación del ausente sea en persona o por apoderado, por la muertedel mismo, por su fallecimiento judicialmente declarado.

    Quienes pueden pedir la declar ación de ausencia?El cónyuge sea o no heredero del ausente, los presuntos herederos sean legítimos o instituidos en un testamento abierto, si etestamento fuese cerrado no podrá abrirse hasta dictada la sentencia que declare la presunción de fallecimiento.Los legatarios instituidos en un testamento abiertoEl beneficiario de un seguro de vida; el donante, cuando la donación hubiera sido hecha con cláusula de reversión en caso d

    muerte del donatario; el deudor de una renta vitalicia en favor del ausente; el propietario sobre cuyos bienes pesó unusufructo de por vida en favor del ausente; los acreedores de los herederos del ausente, en ejercicio de la acción subrogatoriaEl Ministerio Fiscal.

    Quienes no pueden pedir la declaración de ausencia?Los acreedores del ausenteLos parientes más allá del cuarto grado de parentescoLos amigos del ausenteEl Ministerio FiscalEl Consul respectivo si el ausente fuese extranjero

    Designación de curadorLa primera medida es dar intervención al defensor oficial de ausentes si lo hubiere en su jurisdicción caso contrario defensorde oficio. Si hubiese bienes se designara un curador siempre y cuando no se hubiese designado antes y que no hubieramandatario con poderes suficientes. Pero si el mandatario no designado no desempeñase correctamente su mandato podrá seremovido por el juez y designar a otro.El administrador será puesto en posesión de los bienes previo juramento de desempeñar correctamente su mandato y rendircuentas de su administración.

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    Cumpli dos todos los requisitos el juez dicta el día del presunto fall ecimiento siempre y cuando el ausente no se presentecitado previamente por edictos. El juez mandara a escri bir su sentencia al registro civi l, abr ir testamento y dictardeclarator ia de herederos.La sentencia dictada por el juez no tiene efecto de cosa juzgada cualquiera puede impugnarla y probar que se tuvieran noticidel ausente. Si el ausente reaparece la presunción de fallecimiento concluye. Ello puede tener mucha importancia porque sealtera el día presuntivo del fallecimiento y, por consiguiente, pueden ser otros los que tengan derecho a los bienes.

    Periodo de la preanotación y posesión. E fectos de la sentencia en cuanto a los bienes. Quienes tienen derecho a losbienes? Inventar io Parti ción de los bienes. Restr icciones al domini o de los herederos.

     Llámese preanotacion a una notación que se hace en el registro de la propiedad, en virtud de la cual el heredero no puededisponer ni gravar los bienes del ausente. Es llamado también el de la indisponibilidad relativa o el de dominio imperfecto.

     Esta dura 5 años

    Efectos de la sentencia en cuanto a los bienesLos herederos al día presuntivo de fallecimiento y los legatarios o sus sucesores recibirán los bienes del ausente previaformación del inventario. Se hará la partición de la herencia y los bienes se anotaran en el registro

    ¿Quiénes tienen Derecho a los bienes?Los herederos, legatarios o sucesores recibirán los bienes del ausente previa formación del inventario. También tienenderecho a los bienes los que tengan un derecho a ellos subordinado a la condición de muerte.

    InventarioAntes de hacer entrega de los bienes el juez dará hacer un inventario de ellos (art. 28, ley 14.394), el que deberá serPracticado por escribano público y con citación de todos los interesados.

    Reaparición del ausente o de un heredero con mejor derecho. F rutos y Productos. Como termina el peri odo depreanotacion?Puede ocurrir que luego de realizada la partición y hecha la entrega de los bienes a los herederos reaparezca el ausente o se presente un heredero con mejor o igual derecho, Estas personas podrán reclamar la entrega de los bienes o la partición que lcorresponda

    Frutos o productos

    Los herederos están obligados a devolver los bienes si aparece el ausente pero se hacen suyos los frutos recibidos durante eltiempo que duro la posesión de buena fe. Este beneficio solo se concede a los poseedores de buena fe.Tienen que devolver los bienes al juicio. Son meros administradores para rendir cuentas. La acción para reclamar los bieneses imprescriptible

    ¿Cómo termina el peri odo de preanotaci on?El periodo de preanotacion de los bienes del ausente termina sea por la reaparición del ausente o la presentación de otroheredero con mejor derecho

    Entrega defini tiva de los bienes- Plazos- Reapar ición del ausente- Acción de petición de herenciaTrascurridos cinco años desde el día presuntivo de fallecimiento u 80 del día de nacimiento de la persona quedara sin efectoel periodo de prenotacion prescriptiva pudiendo desde ese momento disponer libremente de los bienes.

    Reaparición del ausenteSi luego de transcurridos los plazos descriptos anteriormente reapareciese el ausente solo podrá reclamar los bienes queexistiesen y en el estado que existiesen.

    Acción de petición de herenci aPuede ocurrir que después de entregada definitivamente la herencia se presente una persona con mejor o igual derecho. Sitriunfa en ella, los bienes se entregaran en las mismas condiciones que deben entregarse al ausente desaparecido.

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    Otros efectos de la presunción de fall ecimiento. D isolución del vínculo matr imonial . Di solución de la Sociedad ConyugaEl artículo 31 de Vélez autoriza que la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento autoriza al cónyuge a contranuevo matrimonio quedando disuelto el vínculo matrimonial anterior al contraer nuevas nupciasDisolución de la sociedad conyugalDesde el momento en que se declara la ausencia con presunción de fallecimiento y aun cuando todavía no hayan transcurridlos plazos para la posesión definitiva, el cónyuge presente tiene derecho o bien a asumir la administración de todos los bienecomunes, o bien a pedir la separación de bienes.

    Nuevo Código Civi l y ComercialEn el caso de que reaparezcaBienes muebles:  Nada dice el códigoInmuebles: Se devuelven los frutos no consumidos en el estado que se encuentreLas personas que recibieron tienen que devolver al juicio, son meros administradores, deben rendir cuentas.

    UNIDAD 7 ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

    Atr ibutos de la personal idad- Derecho a la personal idad- Naturaleza Jurídica y caracteres.

    Derecho a la vida. Anencefal ia- Derecho a mori r con dignidad- Derecho a la nodiscriminación- Derecho a la intimidad- Derecho de réplica- Habeas Data- Medidas cautelar es

    Los atri butos de la personali dad son el Nombre- Estado- Domici li oDerecho a la personali dadSe llama Derecho a la personalidad a todos aquellos que son inherentes al hombre de los cuales no puede ser privado. La protección de los Derechos de la personalidad esta hoy internacionalizado, los países que se han comprometido debenrespetarlo y hay organismos a los cuales se puede recurrir en caso de que un país miembro no los respete. El Pacto de SanJosé de Costa Rica ha creado la corte interamericana quien está autorizada para adoptar medidas para restituir los derechosconculcados incluyendo la indemnización que deberá pagar el estado infractor.

    Natur aleza Jurídica y Caracteres.

    Surgen los siguientes caracteres-  A- Son innatos: Se adquieren con el nacimiento-  B- Duran tanto la como la vida del titular-  C- Son inalienables, porque no están en el comercio jurídico y no pueden ser objeto de venta, cesión o transferenci-  D-No se adquieren ni se pierden por el transcurso del tiempo-  E-Son absolutos en el sentido que se pueden oponer. Erga Onmes.

    Derecho a la vidaEs el Derecho Primario, el bien supremo, condición indispensable para que el hombre cumpla su destino. Está protegido porel Derecho Penal que sanciona el homicidio y las lesiones. La existencia de la Persona comienza con la concepción Art 19 NCCYC.

    El AbortoEn nuestro derecho, la solución es clara: puesto que la vida comienza desde su concepción, desde ese momento empiezatambién la protección de la persona. El aborto está incriminado como delito (art. 85, Cód. Penal).Pero existen dos supuestos en que no es punible: a) si se ha hecho con el f in de evitar un peli gro para la vida o la salud dela mujer encinta y con su consentimiento, siempre que dicho peligro no pueda ser evitado por otros medios;b) si el embarazo proviene de una violación o bien de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idi ota o demente

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    AnencefaliaSe prevee la interrupción del embarazo sin autorización judicial. El adelantamiento del parto en toda mujer embarazada conun feto que padece anencefalia u otra patología incompatible con la vida. La madre tiene el deber hacia el feto de albergarloen su seno hasta el término de su gestación. La interrupción provocada del embarazo anencefálico constituye una accióntípica, el delito de aborto, según lo establecido por el Art. 86 CP

    Derecho a morir con dignidad EutanasiaToda persona cansada de su sufrimiento pueda dejarse morir y rechace todo tratamiento médico. La ley 17132 dispone que

    los médicos deben respetar la decisión del paciente en cuanto a su negativa a tratarse o internarse, salvo los casos deinconsciencia, alienación mental, lesionados graves por causa de accidentes, tentativas de suicidio o de delito. En algunoscasos no falta conciencia del enfermo y el medico puede tratarlo aun en contra de su voluntad. En algunos casos losFamiliares del enfermo pueden demandar para que se lo obligue judicialmente, esta decisión depende de los tribunales judiciales fallando a favor o en contra. Cuando se tratare de un estado de inconciencia o cuando se trata de un demente o deUn menor que carece de discernimiento. La ley 17.132 prevé el caso de operaciones mutilantes y dispone que los médicos n podrán hacerlas sin la conformidad del representante del incapaz (salvo que la gravedad del caso no admitiera dilaciones,art.19 inc3)

    Derecho a la in tegridad corporalLa protección jurídica de la integridad corporal y la salud de las personas está contenida ante todo en el Código Penal Art 79CP también lo está protegida por el Derecho Civil que obliga a indemnizar por daños y perjuicios.

    El Articulo 56 del Código Civil y Comercial Comentado establece que no se puede 56 establece que no se puede disponer d propio cuerpo en dos circunstancias:1) cuando esa disposición causa una disminución permanente de la integridad que no tiene una razón de salud, de modo qu

    no se permiten, por ejemplo, los actos de automutilación que no responden a razones médicas, o 2) cuando esa disposición contraria a la ley, a la moral o a las buenas costumbres.

    Derecho a la no discriminaciónCada persona tiene el derecho a vi vir li bre de discriminación basada en género, r aza, etnia, ori entación sexual u otr acondi ción, asícomo a otros derechos humanos fundamentales para la protección de la discriminación.

    Derecho a la in timidadTodo ciudadano tiene derecho a que se respete su vida íntima, su privacidad.

    Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan el orden y a la moral pública están solo reservadas a Dioy exentas de la autoridad de los magistrados.

     Art 1770 Nuevo Código Civil y ComercialEl que arbitrariamente se entromete en la vida ajena y publica retratos, difunde correspondencia, mortifica a otros enSus costumbres o sentimientos, o perturba de cualquier modo su intimidad, debe ser obligado a cesar en tales actividades, siantes no cesaron, y a pagar una indemnización que debe fijar el juez, de acuerdo con las circunstancias. Además, a pedido dagraviado, puede ordenarse la publicación de la sentencia en un diario o periódico del lugar, si esta medida es procedente pauna adecuada reparación

    Derecho a la L ibertad de PrensaUno de los temas vivos de nuestro tiempo, es el frecuente conflicto que suele presentarse entre el derecho a que se respete la

    intimidad y el honor de las personas y la libertad de prensa garantizada por la Constitución Nacional art 14.La Corte estadounidense, ha hecho la siguiente distinción: si se trata de funcionarios públicos, quien reclama indemnizacióndebe probar que la información fue propalada a sabiendas de su falsedad o con total despreocupación por informarse acercade la verdad o falsedad de ella; en cambio, tratándose de un simple particular o de un funcionario público de inferiorcategoría, basta con la simple propalación culpable de una noticia de carácter difamatorio o lesiva de la intimidad personal, para generar responsabilidad.

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