Bolilla I a 19 Sociologia

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Gentileza de:Resumen deHeber Cardozo Sociologa Jurdica(0984) 620-338

Bolilla I SOCIOLOGIA COMO CIENCIA.Concepto: Es el estudio cientfico de la sociedad.Definiciones: Ciencia de las instituciones. El estudio de la accin social. La ciencia de los fenmenos sociales. La ciencia del proceso civil. La ciencia de la convivencia o de la asociacin. Interpretacin de la realidad social. La ciencia de la organizacin social y del cambio social. Las diferencias entre las varias definiciones , esencialmente del comportamiento del hombre con su semejante.Contenido: El contenido especfico de la sociologa son los hechos sociales.Objeto de estudio: Todo conocimiento cientfico explora una determinada parcela de la realidad que es el centro de atencin del investigador. El objeto de un conocimiento cientfico es el tipo de ente especfico que este se propone a estudiar, comprender, analizar y valorar. En el estudio del objeto de cada disciplina cientfica es importante distinguir entre el objeto material y el objeto formal. Corrientes: El fisicismo El mecanismo social El energetismo social Los organicistas sociales El evolucionismo social

La sociologa general y las sociologas especiales: La sociologa general, se ocupa de todos aquellos fenmenos de la vida social que son bsicos y que se hallan en muchos o en todos los sectores de la vida social que son bsicos y que se hallan en muchos o en todos los sectores de la vida. Las sociologas especiales estudian y analizan los procesos, relaciones y formas sociales especficas, que contribuyen a la formacin de la cultura humana en cada uno de los campos especficos de la vida social. Son tales: La sociologa demogrfica, la sociologa histrica, la sociologa de la familia, la sociologa de la religin, la sociologa de la educacin, la sociologa poltica, la sicologa social, la psiquiatra social, la sociologa del derecho.La sociologa y el sentido comn: El sentido comn es el conjunto variadamente sistemtico y coherente de representaciones de la realidad del hombre de la sociedad, de juicios morales y afectivos; de actos y efectos entre acontecimientos humanos, es decir de todas las intenciones dirigidas a otros sujetos. El problema radica en que sin un mtodo cientfico, no podemos decir cuando estamos en lo correcto y cuando, no.Estructura y accin: Enfocan sus estudios desde arriba hacia abajo, desde la macro a la micro, desde la estructura a la accin. Las tres perspectivas sociolgicas para entender su importancia: El funcionalismo, la sociologa del conflicto y la teora de la accin.La importancia de la sociologa: Las investigaciones sociolgicas son esenciales en las modernas sociedades democrticas que encuentran en el debate pblico. La historia de las sociedades nos muestra el gran contrasentido que ha marcado a la convivencia social.La sociologa y las otras disciplinas cientficas: Amerita el estudio de la cultura y de los valores sociales. Se dan algunos lineamientos bsicos, por considerarlos esenciales a la hora de comprender , tales como: La historia, la economa, la sociologa, el derecho.

Bolilla II PERSONA SOCIAL.Definicin de persona. La persona social: Entender al hombre es esencial para comprender y alcanzar un concepto acabado de persona. Lo primero que de inmediato aparece a nuestros ojos es que el ser humano es un ser mundo. La persona es un ser social. El hombre aislado no existe ni existi jams.La socializacin: El proceso de inculcar e influir los elementos fundamentales y esenciales de la cultura en los integrantes de una sociedad se denomina socializacin. Objetivamente hablando es el proceso por el que la sociedad influye por el individuo. La persona desarrolla su experiencia vital recibiendo los hbitos de la sociedad en la que vive.Aprendizaje social: La vida del hombre es convivencia, que exige del hombre una aptitud constante de aprendizaje. El aprendizaje social refiere a la adquisicin de un comn conocimiento compartido por todos, de notoria y evidente transcendencia social. El cuadro social de referencia: Tiene como contenido las experiencias sociales vividas, adquiridas y acumuladas por cada individuo.Teoras del desarrollo del nio (Freud, Mead y Piaget): (En el libro del Prof. Cesar Coll solo hay de Freud) Sigmund Freud, considero la socializacin como una batalla de toda la vida dentro de la mente de una persona.Obstculos de la socializacin: En el proceso encuentra otros obstculos que lo neutralizan, lo truncan o bien lo hacen transitar con mayor lentitud. La predisposicin de la persona para asimilar lo transmitido es fundamental, ya que una persona ociosa o perezosa no reacciona de la misma manera que aquella predispuesta, diligente y activa. Agentes de socializacin: Es un individuo, un grupo o institucin que se constituye en el sujeto activo del proceso de socializacin. Es el que influye en el comportamiento de las personas proporcionando las reglas de conducta sociales relevante.STATUS Y ROLES: Concepto de Status o posicin social : El estatus hace referencia a la posicin que uno ocupa, no a la persona misma. Puede referir a la persona en un grupo determinado como ser la familia, un club social, una comunidad religiosa. El estatus como posicin reconocida por otras personas en general funciona como una direccin social.Tipos de status: Adscriptos: Son los asignados a la persona al momento de nacer en sus diferentes etapas de la vida. Adscripcin: Presupone que la sociedad otorga o da a la persona ciertos criterios valorativos sin que esta ltima intervenga.Status y Derecho: El derecho positivo construye jurdicamente ciertas posiciones sociales relevantes. El jurista los percibe, los reconoce, determina el grado de importancia y establece los deberes y derechos que conlleva. En cambio, otros estatus son artificialmente construidos en base a determinados presupuestos estructurales de la sociedad poltica.Concepto de rol o papel social: Cada individuo tiene un rol social compuesto por el conjunto de acciones que el grupo o la sociedad espera que realice debido al estatus que ocupa en ese grupo o la sociedad. Relaciones entre status y rol: Cada estatus es acompaado por su correspondiente rol. Estatus social y el rol social son las dos caras de una misma moneda. Son opuestos, pero complementarios, ya que el uno no podra existir sin el otro.Conflicto de roles y norma jurdica: El conflicto se da cuando las diferentes posiciones que ocupa una persona provocan o exigen decisiones incompatibles. El derecho positivo establece ciertas y determinadas incompatibles de roles. Bolilla III CULTURA Y SOCIEDAD.

La Cultura: Definicin: Conjunto de rasgos distintivos, espirituales materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social.Elementos de la cultura: 1) Creencias.2) Valores.3) Normas y sanciones.4) Smbolos.5) Lenguaje.6) Tecnologa. Etnocentrismo y relativismo cultural: El Etnocentrismo es una actividad que considera el mundo y a los otros desde el prisma de la propia cultura. Es la tendencia de todo grupo o sociedad a suponer la superioridad de su cultura sobre todas las dems. Y el relativismo cultural se presenta como consecuencia de la multiplicidad de culturas, significa que los efectos de un rasgo o complejo cultural dependen de su medio cultural.Subculturas y contraculturas: Una subcultura es un grupo de compensaciones, de comportamientos, objetos prcticos y simblicos y vocabulario que distinguen a un grupo particular de otros miembros de su sociedad.La sociedad: Definicin: Estructura formada por los grupos principales interconectados entre s, considerados como una unidad y participando todos de una cultura comn.

Caractersticas: a) Unidad demogrfica: la unidad fsica irreductible de la sociedad es la persona.b) Zona geogrfica comn: se asienta en un territorio determinado.c) Constituido por grandes grupos: las personas forman parte e integran grandes grupos que se diferencian entre si por su funcin social.d) Cultura comn: el elemento aglutinante de las personas en sociedad es, sin lugar a dudas, la cultura que comparten.e) Unidad funcional: red de relaciones de muy diversa ndole.f) Unidad social separada: reconoce la presencia de una autoridad.Funciones de la sociedad. Clasificacin: Funciones generales. Funciones especficas. Tipos de sociedades:a) Sociedad premoderna: Cazadores y recolectores. Sociedades de pastores y agrarias. Sociedades no industriales o estados tradicionales.b) Sociedad moderna (sociedades industriales del primer mundo y sociedades del tercer mundo): Sociedades industriales del primer mundo Sociedades del tercer mundoc) Sociedad postmoderna (sociedad de servicios, informacin y tecnologa): Sociedad de servicios Informacin y tecnologaLa globalizacin: En todas sus aristas: poltica, econmica y cultural, coloca a las ciencias sociales en general, y a la sociologa en particular, ante una multitud de desafos prcticos, tericos y metodolgicos, que emergen como consecuencia de lo global.El proceso histrico de la sociedad paraguaya: Para comprender el nervio o la espina dorsal de la paraguayidad, vamos a detenernos a observar el proceso de la formacin de nuestra sociedad cultural paraguaya. Solo recapitulando esta evolucin podemos comprender los valores espirituales y sociales, representativos y permanentes desde ayer y que hoy constituyen estmulos para la integracin de los grupos tnicos marginales a la sociedad global. La coexistencia yuxtapuesta y paralela de los nativos aborgenes y de los espaoles, y otro, el momento de la colonizacin que fue realmente el de fusin de dos culturas.

Bolilla IV PROCESOS DE INTERACCION: Concepto y contenido: Hace referencia a una secuencia de relaciones y de mutuas influencias llevadas a cabo en todos los niveles posibles de relacionamiento social que se dan en la realidad social. Es resultado de la influencia recproca y mutua en el actuar interpersonal intersubjetivo.Clasificacin de los procesos:

Los procesos conjuntivos: Son procesos sociales positivos, por los cuales las personas se atraen entre si y se integran. Sirven para perpetuar y mantener la sociedad como un organismo vivo. Los tres procesos sociales conjuntivos son: La cooperacin. La asimilacin. La acomodacin. Los procesos disyuntivos: Son relaciones negativas, por las que las personas se distancian entre si y se tornan menos solidaria. Los participantes estn en pugna y no en armona. Los tres procesos sociales disyuntivos son: El conflicto. La obstruccin. La competicin.

INTEGRACIN SOCIOCULTURAL. (Continuacin en la siguiente pgina)

Requisitos bsicos de la integracin: a. Las actitudes asociativas o disociativas, de que las que tienden a unir o separar a los individuos.b. Por definicin y concepto son los intereses comunes los que unen a los individuos y a los grupos sociales.c. La infraestructura econmica, se ha observado que esta infraestructura aporta factores de integracin o disociacin de la sociedad global.Integracin cultural: Proceso de adaptacin de los inmigrantes a la cultura de la sociedad receptiva o de las minoras a la cultura dominante, sin que por esto se pierda la identidad cultural. Integracin social: Es un presupuesto esencial para mantener y perdurar la existencia en una sociedad.Factores esenciales de la integracin: a) El consenso en los valores: Es el factor nmero uno de la integracin sociocultural. La actuacin continuada y la solidaridad de una sociedad requieren un mnimo de consenso entre las personas sobre un cuerpo definitivo de valores y de normas. La mayora de las personas convienen voluntariamente sobre un conjunto comn de valores de importancia. El consenso en los valores comunes no implica una conformidad total sobre todas las normas detalladas que regulan las pautas y relaciones sociales especficas. Muchos de estos valores se formulan en trminos como lealtad, democracia, fraternidad, progreso, igualdad y libertad.b) La participacin en las funciones comunes: Este factor consiste en que las personas que realizan juntamente las cosas que creen vale la pena realizar, se ponen en estrecho contacto. Las razones por las que cooperan las personas pueden ser muy ocultas y probablemente incluyen el aprecio de los valores y de los fines, as como el de las personas con quienes se comparte la funcin.c) La mltiple participacin de las personas en los diferentes grupos con sus variadas pautas culturales: Este factor integrante es ms notorio que el de los valores compartidos en comn y se puede observar empricamente cuando las personas participan en funciones comunes. La misma persona desempea por lo regular sus diferentes roles sociales en grupos formados por conjuntos de diferentes personas. Por ejemplo, los abogados desarrollan su actividad en los grupos judiciales, pero tambin en los polticos y econmicos; los eclesisticos participan a la vez en los grupos de educacin y religiosos.LA DESVIACIN SOCIAL. Concepto: Es un acto que la mayora de los integrantes de la sociedad juzga como alejado, contrario o amenazante a determinadas normas sociales.Desviacin positiva y negativa: La positiva es aquella que aspira a alcanzar una conducta ideal caracterizada por incorporar los ms altos valores de una sociedad. Mientras que la negativa, se dirige hacia lo deprimente, lo reprobable, lo indeseado, como lo es la conducta de los criminales.Desviacin institucionalizada: Lo constituyen la prostitucin organizada, ciertas formas de juegos clandestinos, la coima, la intervencin poltica en los procedimientos penales, contrabando, la evasin impositiva, la venta publica de alimentos sin control de salubridad, etc. La anomia. Normas y sanciones: La deficiencia o ausencia de normas adecuadas para regular el comportamiento social del individuo o sociedades o grupos. Falta o carencia de normas sociales, de reglas adecuadas para mantener dentro de lmites apropiados del comportamiento del individuo. Tipos de delito: Es un tipo perfectamente especificado y claramente delimitado de desviacin. El delito es una conducta desviada que transgrede la ley. Delito de los acomodados. Se distingue por: La lesin de la confianza en el trfico comercial, mercantil, financiero, burstil. El abuso de la credulidad o ignorancia de la vctima. La circunstancia de que la sociedad tenga conciencia de la ilicitud del hecho La imagen de honorabilidad del autor. La escasa visibilidad del delito. La volatilizacin de la cantidad de vctimas. Las estructuras annimas de comunicacin.El crimen organizado: Grupos que tienen una estructura corporativa cuyo objetivo primario es la obtencin de ganancias mediante actividades ilegales.

Bolilla VESTRATIFICACIN Y CLASES SOCIALES. Sistemas de estratificacin social: La estratificacin social es uno de los temas que ms han dado lugar a profundas y antagnicas concepciones, en razn de la imprecisin de su naturaleza. Los sistemas son: (Pg. 145, 146 y 147) Esclavitud. Casta. Estados. Clase social.Teoras de la estratificacin: Carlos Marx: Para l la historia de todas las sociedades existentes es la historia de la lucha de clases. Reconoci dos clases sociales principales: la de los propietarios de los medios de produccin y la de los trabajadores. Sostuvo que las leyes estaban diseadas para proteger los intereses de la clase dominante y que la religin apoya ese estado de cosas. Max Weber: En su pensamiento siempre est presente la nocin de la posesin o no posesin de bienes.Movilidad social: El desplazamiento por las posiciones sociales. El autor habla de movilidad social vertical y horizontal.Pobreza y desigualdad en el Paraguay: En trminos absolutos, la mayor cantidad de poblacin pobre se encuentra en el rea rural. La relacin de personas pobres entre Asuncin y el rea rural es de a 12; por cada pobre en Asuncin hay 12 personas pobres en el rea rural.

Bolilla VI PAUTAS DE CONDUCTA: Definicin: Son formas o modos, racionalmente creados, de comportamiento que la sociedad exige a sus integrantes.Diferentes tipos de pautas de conducta: Es en el seno de la familia, donde poco a poco la razn prctica solidaria y en natural convivencia urde el tejido de las primeras relaciones comunitarias y siente el vnculo imperioso de lo jurdico. La norma jurdica como norma social: Son el modelo de las conductas jurdicas que confieren al otro lo debido o no lo privan de lo suyo.Interiorizacin de la norma y nivel de conformidad social: Es el proceso a travs del cual los individuos aprenden e interiorizan las normas y los valores de una determinada sociedad y cultura especifica.

LOS VALORES SOCIALES. Concepto: Son pautas morales que utilizan las personas para juzgar lo que es bueno y lo que es malo, lo que es mejor y lo que es peor. Describen fundamentalmente lo que debe ser, conforme las expectativas y deseos de la sociedad.Clasificacin: No existe una ordenacin deseable o clasificacin nica de los valores; las jerarquas valorativas son cambiantes, fluctan de acuerdo a las variaciones del contexto y la posicin que adopte el autor.El carcter valorativo de la norma jurdica: El valor tiene la caracterstica peculiar de no constituirse, por s solo, en deber ser propiamente dicho, sino recin al momento que el sujeto valorante moviliza su facultad libre para reconocerlo como el valor que responde verdaderamente a su propia aspiracin o deseo.

CONTROL SOCIAL.Concepto: Es como una forma de presin social informal y difusa, que tiene como principal objetivo evitar la conducta desviada. En toda sociedad se da una serie de mecanismos, acciones y sanciones con el fin de prevenir la desviacin de una persona o un grupo respecto de una norma social. Niveles de control social: El control social reconoce como primer nivel de actuacin el conformado por el que ejerce la sociedad o el grupo sobre la persona. La sociedad, en su conjunto, ejerce un control sobre todos sus integrantes. Un segundo nivel de control social es el que ejerce el lder influyente sobre el grupo para que este y sus integrantes adecuen sus conductas con los valores que fomenta y aprueba.Formas del control social: Entre las primeras destaca la magia, la religin, la moralidad, el derecho, el arte, el conocimiento y la educacin. Y entre las formas de control Gurvitch destaca tres principales:1) Pautas culturales simblicas.2) Valores.3) La accin de probar o imponer nuevos valores e ideas. Sanciones formales e informales: Los integrantes del grupo reaccionan a las acciones de cada miembro, sin responder a ninguna regla o cdigo de convivencia preestablecida. Ante una conducta molesta o irritante de uno de los integrantes hacia otro u otros, estos la desaprueban por medio del enojo, el grito, el ridculo, la crtica, etc. Control positivo y negativo: La positiva es cuando los integrantes de la sociedad adecuan sus conductas de acuerdo con las normas. En cambio el negativo, consiste en la reprobacin de determinadas conductas por medio de la aplicacin de la aplicacin de sanciones.Control interno y externo: La mayor parte del control social se efecta de forma interna,. El individuo al mismo tiempo es objeto de control y controlador. El control social externo se efecta sobre los individuos por medio de la actuacin de las otras personas y tiene por objetivo restaurar el orden.

BOLILLA VIIGRUPOS SOCIALES: Grupos de dos o ms personas cada uno con una identidad reconocida por el resto y mantienen un vnculo y relacin entre s.CLASIFICACIN.GRUPOS PRIMARIOS: Son aquellos en los que cada uno de sus integrantes llega a conocer ntimamente a los otros, como personas individuales.GRUPOS SECUNDARIOS: Es un grupo social grande, cuyos integrantes centran su vinculacin en una actividad que les interesa en comn.CARACTERSTICASLos integrantes tienen identidad compartida, Los miembros interactan regularmente, Tienen una estructura social, Deben tener un consejo.ORGANIZACIONES FORMALES E INFORMALESFORMALES: Son grupos diseados y creados para alcanzar metas especficas con objetivos bien determinados y mantenerse unidos.INFORMALES: Patotas, gavillas de delincuentes, y pandillas callejeras.REDES SOCIALES: Son estructuras sociales compuestas por grupos de personas, las cuales estn conectadas por uno o varios tipos de relaciones como la amistad, el parentesco, etc.BUROCRACIA: Es la influencia que tienen los funcionarios de la administracin pblica, una clase social conformada por prestadores de servicios contratados por el estado.ORGANIZACIONES CARCELARIAS: Organizacin en la cual los individuos estn separados fsicamente del mundo exterior.ORGANIZACIONES NO BUROCRTICAS Y GRUPOS DE AUTOAYUDA: Son grupos pequeos estructurados para la ayuda mutua y la concrecin de un propsito especfico.CAPITAL SOCIAL: Es considerado la variable que mide la colaboracin social entre los diferentes grupos de un colectivo humano.CATEGORA SOCIAL: Est formado por personas que comparten una caracterstica comn pero que no interactan.CARACTERSTICAS Existencia real de personas Se encuentran reunidas las personas en la mente del observadorCLASES DE CATEOGRA: Categoras censales: Estado civil, lugar de nacimiento, sexo, estudios, edad. Categoras disyuntivas: Sexo: mujer u hombre; estado civil: soltero/a o casado/a. Categoras progresivas: peso corporal, estatura, ttulos obtenidos. Categoras estratificantes o de posicin: Plebeyos o patricios, libres o esclavos.

CONGLOMERADO: Es la reunin fsica de personas que no tienen un sentido comn de identidad o interaccin.CARACTERSTICAS Las personas son relativamente annimas Son territoriales Son temporales No estn organizadasTIPOS DE CONGLOMERADOS MULTITUD: Es un conglomerado pacfico de personas en escasa interaccin mutua. TURBA: Muchedumbre de gente confusa y desordenada. AUDITORIO: Es un conglomerado de personas que se renen pacficamente para asistir a un acto o presenciar un espectculo. MANIFESTACIONES PBLICAS: Refiere a personas que se renen deliberadamente con objeto de promover una idea. CONGLOMERADO FUNCIONAL: Son personas que comportan una funcin especfica dentro de ciertos lmites territoriales.

BOLILLA VIIIINSTITUCIONES SOCIALES: Es la forma en que interactan todos estos elementos hasta constituir el esqueleto de la vida en sociedad, se originan pautas y reglas de comportamiento que emergen de la convivencia social.CARACTERSTICAS Tienen como finalidad la satisfaccin de una necesidad social Est estructurada y organizada como unidad. Auxilia a las personas al logro del bien comn.FUNCIONES Buscan un nivel superior de integracin y coordinacin entre los integrantesCLASIFICACIONESInstitucin familiar, poltica, econmica, religiosa, recreativa.LA FAMILIA: Es un sistema de normas y valores interrelacionados entre s que satisfacen un conjunto y un propsito.ESTRUCTURA: Consanguneo: Se da entre aquellos que descienden de un mismo progenitor vinculados por la sangre: padres, abuelos, hijos, nietos. Afinidad o poltico: Suegros, yernos, nueras y cuados. Adopcin: padres, adoptados.CLASES DE FAMILIA FAMILIA NUCLEAR: padre, madre, y los hijos nacidos de esa unin. FAMILIA EXTENSA: formada por todas las personas ligadas al parentesco, es muy grande casi se conocen entre ellos. FAMILIA COMPUESTA: Es la conformada a travs del matrimonio poligmico.FUNCIONES DE LAS FAMILIAS BIOLGICA: Procura la satisfaccin sexual de los adultos. ECONMICA: Procura las satisfacciones de las necesidades del ser humano. EDUCATIVA: Transmisin de la cultura, hbitos y costumbres. RELIGIOSA: Inculca la transmisin de valores y prcticas devotas. RECREATIVA: Procura el descanso y recreo de los miembros.

FUNCIONES SOCIALES DE LA ESCUELA Asegurar la continuidad social Adaptar los individuos al grupo Realizar una seleccin social Promover el cambio social Ejercer un control social Disminuir las diferencias socialesRELIGIN: Es una parte de la actividad humana consistente en creencias y prcticas acerca de lo considerado divino o sagrado. SECTA: Conjunto de seguidores de una parcialidad religiosa o ideolgica.CULTO: Es algo radicalmente diferente a una iglesia. Se constituye generalmente en torno a un lder carismtico.BOLILLA IXCAMBIO SOCIAL: Se presentan como transformaciones: mudanzas, variaciones, alteraciones o diferencias relativamente irreversibles.CLASES, FACTORES DE CAMBIO: Reforma educativa: Modifica sustancialmente la estructura y normativa del sistema educativo. Reforma Cultural: Proceso de enseanza, mtodos materiales. Reforma agraria: Como cambio profundo y generalizado en la tendencia de la tierra.TEORA DEL CAMBIO SOCIAL CLAUDE HENRI SAINT SIMON: El origen de los cambios sociales no se halla solo en las fuerzas fsicas o biolgicas a las que est sometido el hombre, sino que tambin se debe a los conocimientos. AUGUSTO COMTE: El uso racional de los seres sociales es un mtodo histrico

HERBER SPENCER: Teora de la evolucin, en tres proposiciones universalmente vlidas para la naturaleza1. La persistencia de la fuerza2. La indestructibilidad de la materia3. La continuidad del movimiento KARL MARX: Estudi el materialismo histrico y directo. Reconoce el conflicto de clases, nacido en la contradiccin entre el capital y el trabajo; liberacin del proletariado, liberacin de toda la sociedad. EMILIE DURKHEIM: Interesado en el cambio social que apareci en la revolucin industrial, sostuvo que la modernizacin est caracterizada por la creciente divisin del trabajo. MAX WEBER: Busco races del cambio social en el mundo de las ideas que impulsan los movimientos socialesAGENTES DEL CAMBIO SOCIALLa funcin que cumple no depende de su voluntad, intencin o deseo, sino del resultado del comportamiento social. Muchos innovadores desean realizar algo bueno pero no entienden por qu fracasan.RESISTENCIA AL CAMBIO Los costos del cambio desalientan la aceptacin. Se dan situaciones donde los cambios son beneficiosos para algunos y costosos para otros. Resistencia a las innovaciones tecnolgicas, es un obstculo al cambio social.

BOLILLA XLA SOCIOLOGA EN LOS PASES AMERICANOSDesarrollo de la ciencia en los Estados Unidos de NorteamricaLa sociologa refleja las condiciones propias de la nacin; en ese pas el nmero de las personas que publican obras sociolgicas es mucho mayor que en otros pases. La Sociologa de ese pas se basa en los objetivismos, el empirismo y el mtodo cientfico y sobresalen temas como: los estudios ecolgicos urbanos, los contactos raciales y culturales, la psicologa social, la sociologa de la vida popular, la sociologa regionalista, la sociologa rural, la psicologa de las transformaciones.Representantes: William I. Thomas , Florian Znaniecki , William Gram, Summer y otros.La sociologa en Amrica Latina ARGENTINA: La sociologa se fue formando a partir de tres etapas previas:1. el periodo hispnico que no es propiamente sociolgico ni originario-; contiene ideas espaolas jurdicas, histricas y econmicas de carcter conservador, y reaccionario.2. El de la independencia: integrado por las primeras ideas de los pensadores argentinos, agrupados en dos orientaciones ideolgicas: el espritu conservador y la tendencia innovadora, como modos generales de la inteligencia, ms que posiciones sociolgicas propiamente dichas.3. La etapa contempornea: La etapa que sobresale primero la tendencia positivista y luego antipositivista. Luego aparece una etapa constructiva con eminentes maestros de la sociologa poltica Argentina.

BRASIL: Primero se aprecia la influencia de los primeros grandes sociolgicos europeos, bajo monopolio del positivismo; ms tarde se inicia la creacin de ctedras de Sociologa y, por ltimo, el pleno florecimiento.Representantes: Gilberto Freyre, Fernando de Azevedo y Carneiro Leao.

CHILE: Los primeros antecedentes sociolgicos aparecen en las obras de sus historiadores y ensayistas como Diego Barros Arana, Benjamn Vicua Mackena.La primera etapa es caracterizada por el aspecto histrico; en la etapa actual se suman estudios sociolgicos y la enseanza; la creacin de institutos de sociologa, la organizacin de congresos y exposiciones.

BOLIVIA: Representantes : Jos Antonio Arze, Silvia Rivera Cusicanqui. MXICO: Tambin se notan los perodos colonial e independencia, considerados como presociolgicos. El perodo sociolgico se ve con marcada influencia del positivismo, la llamada etapa sociologa terica general y de investigaciones de campo; existe otra constituida por filsofos. Literatos, historiadores y profesores de materias afines que foman la corriente Parasociolgica contempornea.

PARAGUAY: Los primeros trabajos sociolgicos sobre el Paraguay los encontramos en las obras de los primeros cronistas de la poca colonial: gobernadores, religiosos, intelectuales La primera historia del Paraguay surgi de las manos de un mancebo de la tierra, el Capitn Ruy Daz de Guzmn. Esas primeras obras describen la vida y la situacin de los indios guaranes, el proceso de la amalgama hispano- guaran, los primeros asentamientos humanos, los primeros esfuerzos por la expansin cultural, las luchas por el poder, etc. La primera historia de la etapa independiente del Paraguay pertenece al prcer Mariano Antonio Molas en su Descripcin e Historia de la Antigua Provincia del Paraguay

La sociologa desde fines del siglo XIX hasta nuestros das

Los ms grandes intelectuales paraguayos de la postguerra de 1870 sobresalieron en distintos campos: as tuvimos historiadores, juristas, periodistas, poetas y escritores y aun mdicos e ingenieros, quienes, desde su rea de trabajo analizaron la realidad paraguaya y legaron sus estudios a las generaciones venideras.

Socilogos paraguayos de la poca

CECILIO BEZ: primer egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de UNA; primer director de la escuela de Notarios del Paraguay; idelogo del partido Liberal; ex Presidente de la Repblica; docente de la Facultad de Derecho-UNA y nombrado Rector perpetuo de la UNA. Firm el tratado de Paz con Bolivia por el Paraguay. Se le atribuye como el fundador de la Ctedra de Sociologa y primer docente de la misma. Su pensamiento gir sobre ideas liberales positivas. Fue uno de los lderes intelectuales de la llamada Generacin de 1904. Sus escritos versaron ms sobre aspectos histricos y jurdicos del Paraguay sobre todo en relacin a los derechos sobre el Chaco Paraguayo. Libros: El Paraguay moderno , Historia diplomtica del Paraguay , El Chaco paraguayo. EUSEBIO AYALA: fue un destacado gobernante del Paraguay. Asumi en dos oportunidades la presidencia de la Repblica: del 7 de noviembre de 1921 al 12 de abril de 1923, y del 15 de agosto de 1932 al 17 de febrero de 1936. Es conocido como el "Presidente de la Victoria", por su papel durante laGuerra del Chaco. ELIGIO AYALA: Fue Presidente delParaguayen dos periodos, como provisorio del12 de abrilde1923al17 de marzode1924y como constitucional, del15 de agostode1924al15 de agostode1928. Fue autor de varios libros. IGNACIO A. PANE: Abogado, periodista, investigador y socilogo. Cultivo el idioma y los valores esenciales de la civilizacin guaran ; enalteci a la mujer paraguaya y se constituy desde su banca de parlamentario y el periodismo, en el ms insigne de las reivindicaciones sociales. Libros: Apuntes de sociologa , Sociologa, El indio guaran. MANUEL DOMNGUEZ: Ejerci el periodismo y la docencia; encabez el grupo que prepar los alegatos a favor del Paraguay durante la Guerra del Chacho, por eso fue llamado El abogado de la patria. FULGENCIO RICARNO MORENO: Se dedic de lleno al periodismo y a la investigacin histrica; public en Buenos Aires una profunda investigacin sobre la civilizacin y las migraciones guaranes. BLAS GARAY: Historiador e investigador, abogado y periodista; fue comisionado por el gobierno al Archivo de Indias, en Sevilla, para estudiar y recopilar los documentos relativos al problema de lmites con Bolivia. Escribi Compendio de Historia del Paraguay, Breve resumen de la Historia del Paraguay, La revolucin de la Independencia. RAFAEL BARRET: escribi los sufrimientos de los trabajadores de los grandes yerbales del Paraguay como El dolor paraguayo, Sobre la tierra, La huelga. GUALBERTO CARDS HUERTA: doctor en Derecho, gran orador y ex docente de la UNA. Escribi Arado, Pluma y espada en donde describe y analiza la realidad sociolgica paraguaya; es un ensayo de fondo histrico que aspira a constituirse en un programa superador de las vicisitudes y penurias que su autor encuentra en la formacin de la realidad. JUSTO P. PRIETO: Dict ctedras de sociologa y public obras como Sntesis sociolgica, El positivismo de Augusto Comte, Paraguay: Provincia gigante de las Indias, El sentido social de la cultura universitaria J.NATALICIO GONZLEZ: Poeta, ensayista, narrador y periodista, diplomtico; lleg a ser Presidente de la Repblica. Escribi El milagro americano , Proceso y formacin de la cultura paraguaya, El estado, servidor del hombre libre. HIPLITO SANCHEZ QUELL: Periodista historiador, poeta y ensayista; profesor de historia, activo poltico y diplomtico de relevancia. Escribi: Tringulo de la poesa rioplatense , Por los caminos del mundo, Estructura y funcin del Paraguay Colonial, La diplomacia paraguaya de mayo a Cerro Cor. MIGUEL ANGEL PANGRAZIO: Abogado y escritor; en materia sociolgica escribi Arriero Porte, La situacin educativa y el subdesarrollo en la Amrica Latina, Indicadores de la estructura social del Paraguay , La tenencia de tierra en el Paraguay.

Socilogos Paraguayos contemporneos AUGUSTO ROA BASTOS: Considerado como el mejor escritor paraguayo y uno de los mejores novelistas latinoamericano; recibi el Premio Cervantes de la lengua castellana. Escribi Hijo de hombre.

Bolilla XIILA SOCIOLOGA JURDICA O DEL DERECHOEVOLUCIN HISTRICA DE LA SOCIOLOGA DEL DERECHOLa sociologa jurdica es una ciencia novsima, naci como ciencia 70 aos despus de la Sociologa. Los primeros socilogos del derecho fueron: Carla Nordi Grecoy , Eugene Ehrlich.

DIFERENTES CONCEPCIONES DE LA SOCIOLOGA JURDICA O DEL DERECHOESTRICTA: La sociologa debera limitarse a ese terreno. Una ley, una sentencia, el gesto de un polica de trnsito, son fenmenos primarios, la disposicin de esa ley, la condena o absolucin que mande las sentencias, la detencin de los automviles son secundarios.

AMPLIA: La sociologa jurdica que la extiende a todos los fenmenos sociales en los cuales se comprende algn elemento del derecho, aunque ese elemento aparezca mezclado con otros; la sociologa jurdica y sus investigaciones puede caer en fenmenos primarios y secundarios derivados de la familia, la propiedad, el contrato.

SOCIOLOGA JURDICA GENERAL: Estudian a la realidad general del derecho y al derecho como una realidad social en su esencia misma, en su totalidad universal, sin detenerse en los conceptos occidentales o contingentes que pertenecen a una realidad parcial del derecho, sea en su esfera privada o pblica.DIFERENCIAS CON LA CIENCIA DEL DERECHO Y LA FILOSOFA DEL DERECHOCiencia del derecho: Es como un primer contacto intelectivo con el derecho real de este pueblo concreto. Es un conocimiento cientfico porque descubre la relacin interna de las complejas normativas, descubre los fines y motivaciones que han surgido para tales o cuales disposiciones.Filosofa del derecho: Busca que la justicia sea una realidad en las relaciones sociales, respetando y dando lo suyo concreto de cada quien en un tiempo y espacio preciso.SOCIOLOGA DEL DERECHO. CONCEPTOEl socilogo del derecho acepta al derecho como algo existente, lo mira como una realidad social, como un fenmeno perceptible, ponderable, cuantificable, que encauza arquitectnica y racionalmente la conducta de los hombres en sociedad.La sociologa estudia el lenguaje bajo la misma concepcin que estudia el derecho, es decir, como un fenmeno social. Sin el lenguaje no podra haber convivencia ni comunicacin con los dems.SOCIOLOGA DEL DERECHO O PROBLEMAS DEL LENGUAJE JURDICOLa sociologa acepta la existencia del lenguaje, lo observa como algo real. PRINCIPALES TEMAS DE ESTUDIO DE LA SOCIOLOGA JURDICA O DEL DERECHOLa sociologa jurdica o del derecho nace ante la necesidad cientfica de predicar el mbito del derecho y lo es propio de la sociologa, dejando aclarado y deslindando lo que compete a la filosofa del derecho y a la Ciencia del derecho positivo. Es necesario comprender a la sociedad actual, sus cambios radicales, su incontable transformacin. Algunos temas son: Concepto sociolgico del derechoLegitimidad y el derecho cambio social y el derechoEficacia del derechoControl social o de derecho

Bolilla XIII - Emilio DurkheimLa concepcin sociolgica-jurdica de Durkheim.El orden jurdico es un sistema de hechos realizados, ligado al sistema total del mundo. Implica una concepcin de las normas jurdicas como variable dependiente de la sociedad.Cambia el derecho cuando cambian las condiciones: el derecho se forma, se transforma y se mantiene por razones de tipo experimental; y no puede durar a menos que sirva para algo y responda a una necesidad. Interesa su funcin en la vida temporal.La Sociologa Jurdica trata de resolver cul puede ser el mejor conjunto de leyes, pero a partir de su estudio cientfico. No se renuncia a un orden jurdico ideal o mejor: pero al ideal solo puede llegarse luego de observar lo real.Concepto de derechoEl derecho consiste en reglas de accin que se reconocen a partir de ciertos caracteres distintivos: debe ser posible observarlos, describirlos y clasificarlos, as como buscar las leyes cientficas que los expliquen (hechos sociales).Definido el derecho como toda norma de conducta sancionada, existen dos tipos:Las que implican una disminucin impuesta al agente (derecho represivo).Las que significan una restitucin de las cosas al estado anterior (derecho restitutivo)Relacin entre derecho y sociedadLa sociedad existe antes de que uno nazca, va a tener una influencia fundamental en la vida de uno y va a seguir existiendo despus de que uno muera. Fuera de la vida de los individuos hay estructuras, que implican pautas estables de comportamiento, y que deben ser tratadas como cosas porque lo son, son cosas o hechos sociales, que tienen una realidad objetiva por encima de las vidas y experiencias de los hombres de carne y hueso. Las normas culturales, los valores, las creencias religiosas, etc. estn ah, son hechos sociales.Una sociedad es ms que la suma de sus partes, existe como un organismo complejo que tiene sus races en nuestra vida colectiva.Una vez creada por las personas, la sociedad les pide obediencia.

Concepto del delitoUn acto es definido como delito cuando ofende los estados fuertes y definidos de la conciencia colectiva, entendida como el conjunto de las creencias y de los sentimientos comunes al trmino medio de los miembros de una misma sociedad.No es reprobado porque sea un delito, es un delito porque es reprobado. La voluntad concreta de considerar a alguien un desviado y castigarlo en consecuencia, no surge de la ley ni del Juez: surge de la creencia de que es correcto el castigo en ese caso porque ofende las normas ticas, religiosas, las costumbres arraigadas. El delito cambia de formas en las diferentes sociedades y si las actuales conductas que conllevan un castigo no se realizaran, se cometeran otras con esas consecuencias.Funcin social del delitoIdentificaba a lo normal con lo general, con lo que se produce con mayor asiduidad en una sociedad determinada, y a los hechos menos habituales los calificaba de patolgicos.No hay fenmeno que presente de manera ms irrecusable todos los sntomas de normalidad, puesto que aparece siempre estrechamente ligado a las condiciones de toda vida colectiva.Es as que consideraba al delito un hecho social normal, siempre y cuando no alcance ndices exagerados.El delito cumple una funcin muy precisa, pues provoca una reaccin social que estabiliza a la sociedad y mantiene vivo el sentimiento colectivo de conformidad a las normas.La funcin social de la penaEl castigo es funcin de la conciencia colectiva de cada sociedad, y slo en la medida de la afectacin de sta se reprime jurdicamente las conductas.La pena no puede considerarse un remedio, ya que el delito no es una enfermedad.La pena se sustenta en fundamentos de moralidad colectiva, y en tal sentido es una venganza en virtud de la afectacin de esos valores morales.Aunque el monopolio de la violencia penal est en manos del Estado, en el proceso de aplicacin del castigo se involucra una poblacin mucho ms extensa que proporciona el contexto de apoyo y valoracin moral dentro del cual el Estado ejecuta el castigo.La pena consiste bsicamente en una reaccin pasional que la sociedad ejerce por intermedio de un cuerpo constituido sobre aquellos de sus miembros que han violado ciertas reglas de conducta. La reafirmacin del orden moral es la funcin primordial del castigo.El delito y el castigo desencadenan un circuito moral que tiene un desenlace funcional: la comisin de un delito debilita las normas de la vida social al mostrarlas menos universales. El hecho de que surja una pasin colectiva como reaccin al delito que exija el castigo del infractor; demuestra la fuerza real que apoya las normas sociales y las reafirma en la conciencia de cada individuo. La anomiaLa nocin de anomia hace referencia a una situacin social caracterizada por la dificultad o incapacidad de una sociedad determinada para integrar a aquellos individuos que se han separado de la dinmica imperante de la sociedad y del considerado comportamiento normal, por el debilitamiento de la conciencia colectiva. Lo cual puede obedecer a la ausencia o a la inadecuada reglamentacin y regulacin social.Esta nocin es introducida por Durkheim en su obra La divisin del trabajo social. El concepto aparece, con nuevos perfiles y matices, en otras obras fundamentales de Durkheim como El suicidio y Las formas elementales de la vida religiosa.Se quiere sealar una situacin en la que se verifica una ausencia de normatividad de toda ndole: moral, jurdica, econmica, poltica o religiosa. En realidad, es una situacin de confusin por la existencia de pluralidad de normas y por desacuerdos bsicos entre ellas, que por tanto ser una situacin especial y que tender a normalizarse con la afirmacin de unos valores sobre otros.Segn Durkheim, ocurre cuando, a consecuencia de un mayor grado de tolerancia y libertad, los individuos carecen de modelos de referencia tiles sobre los cuales anclar sus conductas.Los individuos deban tener libertad para experimentar en sus vidas, pero que sin restricciones o recortes que sirvieran para anclar sus experiencias en el mundo y la sociedad, esa libertad podra conducir a la autodestruccin. Como situacin de anomia es tratada la cuestin social obrera, esto es la contraposicin entre el capital y el trabajo, donde la formalizacin a travs del contrato de trabajo tiene el efecto de someter al trabajador al poder unilateral y casi ilimitado del empleador.Suicidio, sus causasSegn Durkheim, el suicidio es todo caso de muerte que resulte directa o indirectamente de un acto positivo o negativo, ejecutado por la propia vctima, a sabiendas de que habra de producir ese resultado.Demostr que aun un acto tan privado como el suicidio est formado por fuerzas sociales. Los tipos de suicidio que l identific son realmente variaciones sobre el mismo tema: la relativa fuerza del orden social y el vnculo de los individuos con el grupo.Tipos de suicidio segn DurkheimSuicidio egosta: el excesivo individualismo o egosmo incrementa las tasas de suicidio. Cuando la gente no se siente ligada a un grupo o comunidad que dirija su lealtad y participacin, encuentra ms fcil optar por salir, va suicidio. Ej. Mayor tasa de suicidios en naciones protestantes que en naciones catlicas.Suicidio altruista: los vnculos excesivos a una comunidad tambin incrementan las tasas de suicidio. Cuando el grupo se vuelve ms importante que la vida misma, el individuo est dispuesto a sacrificarse por el grupo, siendo el suicidio un acto de auto sacrificio para el bienestar de los otros. Ej. Soldados del Ejrcito, familias japonesas.Suicidio anmico: se produce en situaciones de descomposicin del orden colectivo anomia. La gente depende de los lineamientos sociales para ordenar sus vidas. Cuando las reglas del comportamiento son dbiles, mal definidas o conflictivas, una consecuencia puede ser el suicidio anmico. Ej. Crecimiento de tasas de suicidio en crisis econmica e igualmente en pocas de auges econmicos.Suicidio fatalista: cuando el suicida cree que no hay nada que pueda hacer para alterar sus condiciones de vida. Ej. El prisionero o confinado en una institucin mental, atrapado por un rgimen poltico totalitario o por un sistema mdico que lo mantiene vivo pero no puede curar su malestar o aliviar su dolor fsico o sicolgicoLa propiedadRechaza el principio segn el cual la propiedad proviene del trabajo. La propiedad puede ser respetable aunque no est basada en el trabajo. Entiende que si ello no fuera as habra que decir que la propiedad, tal como existe actualmente y tal como ha existido desde que existen sociedades es en buena parte injustificable. El derecho de propiedad es de origen religioso; la propiedad humana no es ms que la propiedad religiosa, divina, puesta al alcance de los hombres gracias a cierto nmero de prcticas rituales. Piensa que aqu las religiones traducen, en forma simblica, las necesidades sociales, los intereses colectivos. Podemos pensar entonces, afirma, que las creencias religiosas que hemos encontrado en la base del derecho de propiedad cubren realidades sociales que expresan metafricamente.Examina la regulacin de la propiedad en el Cdigo Civil, y aprecia que ninguna de las maneras de adquisicin enumeradas implica la idea del trabajo: Si la venta me transmite la propiedad de una cosa, no es porque esta cosas haya sido producida por el trabajo de quien, me la cede, ni tampoco porque lo que yo doy en cambio sea resultado de mi trabajo, sino porque una y otra cosas son regularmente posedas por aquellos que las intercambian, es decir, que la posesin se basa en un ttulo regular. Podemos decir que, en el derecho, el elemento esencial de todas las formas de adquisicin de la propiedad es la aprehensin material, la detencin, el contactoLas dos vas esenciales a travs de las cuales nos convertimos en propietarios son, entonces, el intercambio contractual y la herencia. A travs de la segunda, adquirimos las propiedades completamente acabadas; a travs de la primera, creamos nuevos objetos de propiedad.Pero, se dir, no se est atribuyendo al contrato lo que no puede ser sino producto del trabajo? El trabajo es la nica actividad de creacin. Pero, en s mismo, el trabajo consiste exclusivamente en un cierto gasto de energa muscular; no puede crear cosas. Las cosas no pueden ser ms que la recompensa del trabajo; el trabajo no puede crearlas de la nada; son el precio del trabajo, al mismo tiempo que sus condiciones.El trabajo no puede engendrar la propiedad ms que por va del intercambio y todo intercambio es un contrato explcito o implcito.En el Estado social, la distribucin fundamental de la propiedad se hace desde el nacimiento (institucin de la herencia); despus la propiedad as distribuida originariamente se cambia por va de contratos, pero de contratos que son en parte injustos como consecuencia de la desigualdad constitucional en que estn los contratantes en virtud de la institucin de la herencia. Esa injusticia bsica del derecho de propiedad no puede desaparecer ms que en la medida en que las nicas desigualdades de sus servicios. He aqu cmo el desarrollo del derecho contractual acarrea toda una revisin de la moral de la propiedadEntiende que la herencia est destinada a perder crecientemente su importancia. Todo nos lleva a prever que es en el anlisis del derecho contractual donde encontramos el principio sobre el que est llamada a fundarse la institucin de la propiedad en el futuro.El contratoLa nocin del contrato en Durkheim implica, no solamente lo que las partes han acordado en un documento especfico, sino las normas que la sociedad ha establecido y son independientes de un contrato en particular. Estas normas estn contenidas en el derecho de los juristas y tambin en prcticas informales. Son de cuatro clases: aquellas que definen qu contenidos son lcitos o ilcitos en los contratos consensales; las que se refieren al consentimiento y a su validez; las que establecen la responsabilidad de las partes, y finalmente las que sealan las limitaciones de las partes en cuanto concierne a los intereses colectivos. Establece la idea de justicia contractual, segn la cual un contrato justo no es simplemente todo contrato que ha sido consentido libremente, es decir, sin coaccin formal: es un contrato donde las cosas y los servicios son intercambios por su valor verdadero y normal, es decir, por su justo valor.El contrato es, por excelencia, la expresin jurdica de la cooperacin.

La divisin del trabajoEs la especializacin en la produccin o la actividad econmica. Esa especializacin hace a las personas dependientes de otras miles de personas que no conocen directamente, que pueden vivir a kilmetros de distancia y que, muy posiblemente, tienen valores y visiones del mundo distintas.Tipos bsicos de solidaridadSolidaridad mecnica: est formada por la escasa diferenciacin de los hombres entre s; estos participan de una colectividad que les exige adherir a los mismos valores, y experimentar los mismos sentimientos. La similitud funda el consenso. Ej. Sociedades primitivas.La solidaridad mecnica se encontraba asentada y reflejada sobre el derecho represivoSolidaridad orgnica: los individuos estn diferenciados como pueden estarlo los rganos del ser vivo. Existe una divisin del trabajo y una multiplicacin de actividades. Ej. Sociedades modernas (el problema al que se enfrentan las sociedades modernas es mantener la conciencia colectiva, frente a la especializacin de funciones, de actividades e intereses, as como de convicciones).Las sociedades modernas, unidas por la solidaridad orgnica, encontraran su reflejo en el derecho restitutivo.La institucin del contrato, propiedad y ocupacin es esencial en la solidaridad orgnica; liderazgo, autoridad y regulacin son los conceptos centrales en la solidaridad mecnica.

Bolilla XIV - Carlos Marx y Federico EngelsCarlos Marx: Derecho y Economa.Segn Marx, se puede explicar el funcionamiento de todas las instituciones sociales (familia, el sistema poltico, la religin, el sistema educativo, etc.) explicando el funcionamiento del sistema econmico.La economa es la base real, el modo de produccin de la vida material condiciona el proceso de la vida social, poltica y espiritual en general.Marx pensaba que el sistema econmico era la base o la infraestructura de la sociedad (infra es un trmino latino que significa debajo de). Otras instituciones sociales como la familia, el sistema poltico o la religin, construidas sobre la base econmica, forman lo que Marx llam la superestructura.

Derecho y Economa.La forma y funcionamiento de estas otras instituciones estn gobernadas por lo que ocurre en la esfera de la economa.Estas otras instituciones sociales refuerzan el poder dominante de los capitalistas.El derecho, por ejemplo, protege la propiedad de los capitalistas (sus fbricas, sus bienes) y les permite transmitirla a sus herederos.El derecho como superestructura.Lo que ocurre al nivel de la produccin y la economa termina configurando toda la sociedad.En la economa se incluye la tecnologa (la tecnologa industrial en el caso del capitalismo) y las relaciones sociales de produccin (que, en el capitalismo, son las relaciones entre los capitalistas, que controlan el proceso productivo, y los trabajadores, que son sencillamente la fuerza del trabajo.Sobre esta infraestructura econmica se levantan las instituciones sociales y polticas y los valores y la cultura de la sociedad. Estos otros elementos forman lo que Marx llamaba la superestructura. Marx pensaba que los elementos de la superestructura encajaban con, y reforzaban el sistema econmico.Modo de produccin y tipo de derecho.La norma jurdica no est exclusivamente caracterizada por la imperatividad o la coercitividad que la constituye en una tcnica de organizacin aplicable a cualquier sociedad; no interesan las caractersticas comunes de todas las normas, sino que la caracterstica diferencial de la norma jurdica moderna se conecta con un modo de produccin.Si se pone de relieve la coercitividad de toda norma, no se advierte la diferencia fundamental entre las normas de derecho esclavista, feudal o capitalista, y su vinculacin con los privilegios instituidos en cada sociedad. Interesa el rasgo histrico, diferencial, que atae a la funcin del derecho, y no el comn, de coercin.Existe dependencia de lo jurdico respecto a los modos concretos de produccin.El papel del derecho en la vida social.El Derecho es la superestructura de la sociedad capitalista. Sobre la base real o conjunto de relaciones de produccin, del rgimen capitalista, "se levanta una superestructura jurdica. Luego califica las formas jurdicas (en otras) de "formas ideolgicas", gracias a las cuales los hombres adquieren conciencia del conflicto entre las fuerzas de produccin y sus relaciones.Cualesquiera que sean las teoras del derecho burgus que se invoquen, para Marx, el Derecho y la legislacin de una poca estn en funcin de las relaciones de produccin de esa poca, y no existe nada absoluto y definitivo en ese sentido. Estado y Derecho surgen de las condiciones materiales de la vida de los pueblos y son la expresin de la voluntad dominante de aquella clase que detenta el Poder en el Estado. El derecho del futuroEl proyecto del futuro: la sociedad comunista. Para poner fin a la explotacin del hombre por el hombre, Marx proclam la necesidad de que el proletariado, mediante la revolucin, conquistase el poder poltico y econmico y crease un nuevo Estado obrero al servicio de los trabajadores. Esto dara lugar a un nuevo modo de produccin (socialismo), en el que no existira propiedad privada, ya que la primera misin de la revolucin sera la socializacin de la propiedad, que pasara al Estado. Ahora bien, el socialismo era para Marx tan slo una etapa intermedia, ya que la desaparicin de las diferencias sociales supondra la disolucin de las clases sociales. Y como no habra clases, el Estado sera innecesario, porque el Estado es la expresin de la dominacin de una clase sobre otra. Poco a poco ste se ira autodisolviendo para dar paso a la sociedad comunista, es decir, igualitaria, sin clases y sin Estado. Cuando se llegue a la sociedad comunista, desaparecer la explotacin y no har falta la coaccin, con lo cual desaparecer el Estado y el Derecho Federico Engels: El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado.A travs de esta obra, Engels trat de demostrar que en los orgenes fue posible una sociedad sin Estado y sin derecho, lo que justificara su existencia futura, por lo menos como posibilidad terica.Desde el punto de vista sociolgico-jurdico trat el tema de la dependencia entre tipos de sociedades y de sistemas productivos y tipos de matrimonio.Acepta que al estado salvaje corresponde la familia consangunea; a la barbarie, una sociedad sin Estado y sin derecho, el matrimonio sindismico (por grupos), y la poligamia del hombre; la civilizacin corresponde a la propiedad privada de bienes.La conclusin es que una sociedad nueva reconocer la propiedad social y deber presentar un nuevo tipo de familia.La familia monogmica se funda siempre en la posicin social de los contrayentes, y por ello es siempre de conveniencia.Sostiene que el amor sexual slo es regla en el proletariado, ya que en esta clase faltan por completo los bienes de fortuna, para cuya conservacin y transmisin por herencia fueron instituidos precisamente la monogamia y el dominio del hombre.En el proletariado, tambin por ello, falta todo motivo para establecer el dominio masculino y aun los medios para conseguirlo. Salvo la brutalidad que el hombre le depara a la mujer desde el comienzo de la monogamia, sta se encuentra equiparada, sostiene contradictoriamente.Muchas veces es la mujer la sostn familiar, ya que ha sido arrojada al mercado de trabajo y a la fbrica.Respecto de la inferioridad legal de la mujer, sostiene que no es causa, sino efecto de la opresin econmica que sufre.Si se anula esa causa econmica desaparecer la ficcin mongama y se podr llegar a una monogamia verdadera y plena.Si solo existe propiedad social, si los hijos legtimos y los naturales merecen la misma proteccin legal, si la economa domstica es un asunto social, desaparecer el temor a la ilegitimidad del nacimiento, que por motivos econmicos impide el sinceramiento de las relaciones entre hombres y mujeres.Para la poca en que fueron escritos, signada por una espesa ideologa matrimonial plena de ficciones y justificada por profundas desigualdades, estas ideas muestran un sentido crtico que, sin duda, sirvi como aliciente de reformas futuras en la vida social familiar y luego en el derecho.Con las ideas de Engels, se pone de resalto la dependencia del derecho respecto de la vida social, a lo que se suma, en el caso, la dependencia de los hechos sociales de los econmicos, a partir de la cual parece que la conducta monogmica, ms all de la legislacin que la sustenta, depende de la economa.

Bolilla XV - -Max WeberEl racionalismo del derechoSegn Weber, en las sociedades modernas las personas actan y toman decisiones segn criterios de racionalidad, esto es, segn clculos de costes y beneficios, que sirven para determinar cules son los cursos de accin que sirven mejor para alcanzar unos determinados objetivos.La accin social racional con arreglo a fines se trata de una accin instrumental, en la que se evala la racionalidad de los medios para obtener ciertos fines, pero no la tica de los fines mismos. De hecho, la accin ms repudiable ticamente puede ser, desde el punto de vista de la racionalidad instrumental, impecable; esto es as porque de lo que se trata es de elegir los medios ms idneos para obtener los fines propuestos, cualesquiera sean stos.El papel del derecho en la vida socialNo hay cuestin alguna sobre el contenido del derecho, sino que todo contenido que responda a la forma jurdica es tal.El derecho formal se aplica, instrumentalmente, a travs de la burocracia como tipo ideal de administracin en la dominacin moderna.Con la aparicin de la organizacin social racional, el derecho moldea a las sociedades modernas dndole las siguientes caractersticas: formacin de instituciones especficas; aparicin de multitud de organizaciones; aparicin de profesiones y ocupaciones cada vez ms especializadas; autodisciplina personal, mayor conciencia del tiempo y competencia tcnica.La Evolucin del DerechoEl derecho ha evolucionado siguiendo diferentes estadios, a saber:1. Revelacin carismtica a travs de profetas jurdicos.2. Creacin y aplicacin emprica del derecho por parte de notables (creacin cautelar de acuerdo a los precedentes).3. Otorgamiento del derecho por el imperium profano y los poderes teocrticos.4. Derecho sistemticamente instituido y aplicacin del mismo por juristas especializados, sobre la base de una educacin letrada de tipo lgico-formal.Validez de los rdenes legtimosEl orden orienta acciones de acuerdo a mximas que pueden ser sealadas, y la legitimidad del mismo est dada por la implementacin de dicho orden como modelo obligatorio, como algo que debe ser, acrecentando la posibilidad de que la accin se oriente por l. Un orden sostenido solo por motivos racionales de fin es mucho ms frgil que otro que provenga de una orientacin nicamente mantenida por la costumbre, pero todava mucho ms que el orden que aparezca con el prestigio de ser obligatorio y modelo, es decir, con el prestigio de la legitimidad.Cuando la trasgresin del sentido medio de un orden se convierte en regla, entonces la validez de ese orden es muy limitada o ha dejado de subsistir en definitiva.Entre la validez y la no validez de un orden, para la sociologa no hay una alternativa absoluta, tal como existe, en razn de sus fines, para el derecho.En la sociologa existen transiciones fluidas entre ambos casos, y pueden valer, uno al lado del otro, rdenes contradictorios.Ej: El que se bate a duelo se orienta por un cdigo de honor, pero al ocultar su accin, se orienta por el cdigo penal.

Concepto del derechoUn orden se llama convencin cuando su validez est garantizada externamente por la probabilidad de que, dentro de un determinado grupo social, una conducta discordante habr de tropezar con una relativa reprobacin general.Se llama derecho al orden cuando est garantizado externamente por la probabilidad de la coaccin fsica o squica ejercida por un cuadro de individuos instituidos con la misin de obligar a la observancia de ese orden o de castigar su trasgresin.En la convencin falta un cuadro de personal especialmente dedicado a imponer su cumplimiento. La presencia de ese cuadro es lo decisivo en el concepto de derecho.La delimitacin del derecho pblico y del derecho privado. Aplicacin del derechoWeber concluye que la delimitacin de las esferas no es todava uniforme respecto del derecho pblico y privado.Concibe la aplicacin del derecho como una aplicacin de las normas generales y de los preceptos singulares que el pensamiento jurdico deriva de ellas a hechos concretos que son subsumidos bajo las mismas.Puntualiza que no en todas las pocas de la historia del derecho se ha pensado de igual forma y seala la actividad judicial de tipo irracional que constituye la forma primitiva de aplicacin del derecho.Normas generales y particularesLas normas generales son el conjunto sistematizado de reglas claras, coherentes, y sobre todo, desprovisto dicho conjunto en principio de lagunas, exigencia que necesariamente implica la de que todos los hechos posibles puedan ser subsumidos en algunas de las normas del mismo sistema, pues de lo contrario ste carecera de su garanta esencial.Las normas particulares provienen de la misma actividad judicial, y son consecuencia de la aplicacin racional de las normas generales a los casos concretos, a travs de jueces especializados, sobre la base de una educacin letrada de tipo lgico-formal. Racionalidad e irracionalidad en la creacin y en la aplicacin del derechoDerecho irracional desde el punto de vista formal: corresponde al supuesto de que para la regulacin de la creacin de las normas o de la actividad judicial se recurre a procedimientos no controlados racionalmente, como los orculos y sus sucedneos.Derecho irracional desde el punto de vista material: es aquel en el que la decisin de los diversos casos depende, esencialmente, de las apreciaciones valorativas concretas de ndole tica, sentimental o poltica y no de normas generales.Derecho racional en sentido formal: es aquel en lo cual lo jurdico material y lo jurdico procesal no tienen en cuenta ms que caractersticas generales, unvocas, de los hechos. Este supuesto tiene a su vez dos posibles alternativas:a) Cuando las caractersticas jurdicamente relevantes son de orden sensible. Es el caso en que se exige que una determinada palabra sea pronunciada, que se estampe una firma o que se ejecute una accin cuyo significado simblico ha sido establecido definitivamente de antemano.b) Cuando las caractersticas jurdicamente relevantes han sido obtenidas por medio de una interpretacin lgica, para construir con ellas una serie de conceptos jurdicos claramente definidos, a fin de aplicarlos en forma de reglas rigurosamente abstractas.Derecho racional en sentido material: es el que supone, en la decisin de los problemas jurdicos, la influencia de ciertas normas cuya dignidad cualitativa es diversa de la que corresponde a las generalizaciones lgicas que se basan en una interpretacin abstracta: imperativos ticos, reglas utilitarias y de conveniencia, postulados polticos que rompen tanto con el formalismo de las caractersticas externas como con la abstraccin lgica.Orden jurdico, convencin y costumbre. La costumbre es una conducta tpicamente regular que subsiste nicamente por su carcter usual de imitacin irreflexiva. Es una accin de masa cuya prosecucin nadie exige al individuo. Se trata de lo que llamamos un hbito.El concepto de costumbre, en el sentido moderno, corresponde a lo que Weber llama convencin: la influencia en la conducta es solo por la aprobacin o desaprobacin de un crculo humano que forma un mundo circundante especfico del actor.Lo que se acostumbra puede tener un peso tal en la accin que si la coaccin jurdica hace de una costumbre una obligacin jurdica no aade casi nada a su eficacia, y cuando va contra ella, fracasa.A menudo nace una accin comunitaria de masa, por la influencia de personas y sus vivencias, de la que despus pueden desarrollarse consensos, con el contenido correspondiente.La innovacin naciente da origen al consenso, la convencin y finalmente el derecho, esto es, son colocadas expresamente bajo la garanta de un aparato coactivo para asegurarlas contra toda sacudida: el derecho estatuido.Gnesis del derechoSituaciones por las que se originan nuevos preceptos:a) Cuando se adoptan modos ms racionales de conducta que los que antes existan a fin de proteger mejor intereses dados. b) La decisin judicial puede instaurar nuevos modos de conducta no establecidos estructuralmente en la legislacin preexistente.c) La legislacin, bajo el impacto de la autoridad carismtica, puede recoger normativas inexistentes hasta entonces.d) La legislacin racional puede crear nuevas disposiciones. El conflicto entre convencin y derechoLas costumbres pueden convertirse en fuente de nacimiento de reglas para la conducta (convencin, derecho), pero tambin puede ocurrir lo contrario. Las normas jurdicas pueden producir consecuencias que no son las directamente derivadas de sus ordenaciones.Atendiendo a que no es nada raro que ciertas normas jurdicas sean establecidas para cambiar costumbres y convenciones, Weber estableci una importante regla de la Sociologa Jurdica: El orden jurdico no rige, no vale, empricamente a consecuencia de la existencia de la garanta colectiva, sino porque su validez, como costumbre, est arraigada y ejercitada, y la convencin desaprueba casi siempre la flagrante desviacin de la conducta que le corresponde. Con dicha afirmacin, establece que en el conflicto entre convencin y derecho, ste no lleva la mejor parte, y que el derecho es eficaz solo cuando est firmemente respaldado por los restantes rdenes normativos o habitualesDerecho y EconomaLos rdenes jurdicos garantizan los bienes ms diversos (la seguridad personal, el honor, los poderes divinos, situaciones privilegiadas de todas las clases, que pueden no ser apetecidas necesariamente o de un modo predominante por motivos econmicos) pero la garanta jurdica est, en el ms alto grado, al servicio directo de los intereses econmicos. Toda la fuerza que garantiza un poder jurdico es mantenida por la existencia de esos grupos y la formacin de los grupos sociales est condicionada fundamentalmente por los intereses materiales.Con relacin a la aplicacin del derecho en el mbito econmico, se da una disminuida fuerza del derecho en el mundo moderno. La valoracin econmica de los bienes (formacin de los precios) es prcticamente inaccesible a la influencia del derecho segn Weber.Aprendizaje jurdico y prctica profesionalWEBER enfoc sociolgicamente un aspecto de la prctica jurdica, el relacionado con los aprendizajes jurdicos de tipo profesional y los pensamientos jurdicos, por medio de la oposicin entre aprendizaje prctico al estilo ingls y la enseanza terica en escuelas jurdicas, de modo cientfico.Histori los dos modos de formacin jurdica desde la Edad Media, y estim que la primera dificult la visin sistemtica de la totalidad de la materia jurdica, lo que condeca con su fin, que no era la sistematizacin racional, sino la creacin de esquemas de contratos y de acciones utilizables prcticamente con vistas a la satisfaccin de necesidades especficas y constantes de los interesados.El tipo ms puro de la segunda clase de enseanza lo representa la moderna enseanza universitaria mediante el monopolio que para ese fin ejercen los institutos especializados, en general completada con exigencias de aprendizaje de tipo prctico.Su estudio del desarrollo histrico tiende a mostrar el proceso de secularizacin del derecho en consonancia con la racionalidad del mundo moderno. Racionalizacin formal y material del derechoMax Weber entiende que cuando ms racional era el aparato autoritario de prncipes y jerarcas a travs de ciertos funcionarios, tanto ms se tenda a dar a la administracin de justicia, en forma y contenido, un carcter racional.La tendencia a la racionalizacin del derecho surge tanto por los intereses de la administracin (autoridad papal) como por los intereses de grupos particulares poderosos, necesitados de la racionalidad del derecho.Condicionantes histricos de la codificacinAl buscar las causas histricas y sociales de la codificacin, expresin del derecho racional moderno, Weber seala que la alianza del prncipe con las capas burguesas constituy una de sus ms importantes fuerzas impulsoras.Los burgueses la promovieron por estar interesados en reclamar derechos inequvocos, claros, sustrados al arbitrio administrativo irracional y privilegios que garanticen la obligatoriedad y previsibilidad de los contratos. Y el prncipe porque su inters fiscal y su necesidad de orden y unidad del reino lo lleva a una consideracin que es tambin racional: que todos los funcionarios puedan ser indistintamente empleados en todo el mbito territorial.

BOLILLA XVILA FUNCIN DE LA SOCIOLOGA JURDICA Y LA EFICACIA DEL DERECHOEFECTOS SOCIALES, EFICACIA Y ADECUACIN INTERNA DE LAS NORMAS JURDICASEfectos sociales de la norma jurdica general: son las consecuencia social causada por la norma jurdicaEficacia de las normas jurdicas es el cumplimiento de las normas jurdicas.Adecuacin interna de las normas jurdicas es el resultado de las normas jurdicasANLISIS EMPRICO DE LA EFICACIA DE LAS NORMAS JURDICASEFECTOS DE LA NORMA JURDICAEFICACIA SOCIAL DE LAS NORMAS JURDICASADECUACIN INTERNA DE LAS NORMAS JURDICAS: Cuanto ms se acerca la ley a la realidad socio-econmica de un pas, ms posibilidades de aplicacin de la eficacia tienen.FACTORES DE LA EFICACIA DE LAS NORMAS DEL DERECHO MODERNO: Cuando los destinatarios de la norma adecuan su comportamiento al mandato jurdico se puede afirmar que se alcanz la causa final inmediata, cuando mayor es la presencia de estos factores, mayores sern las probabilidades de eficacia.Factores instrumentales: presencia material y efectiva depende para lograr la eficacia de las normas jurdicas dictadas.-Divulgacin: Del contenido de la norma a travs de todos los medios adecuados, es fundamental para que la ley sea eficaz.-Conocimiento: Es fundamental el conocimiento real de las normas fundamentales, que los ciudadanos reconozcan la existencia de una norma.-Elaboracin tcnica: Elaboracin de las normas a travs de la tcnica legislativa apropiada.-Anlisis previo: Elaboracin de estudios preparatorios sobre el tema.-Capacitacin de operadores: Los agentes involucrados en su cumplimiento deben ser capacitados e idneos para llevar adelante su funcin.-Incentivos legales: Estimular a los destinatarios de la norma para que se cumpla con el mandato que ofrece ventajas a quienes cumplan.Factores referentes: Ubicar a un referente cuanto ms se adecue a las exigencias sociales promovidas en bsqueda del bien comn, ms eficaz ser.-Participacin ciudadana: Integracin de la ciudadana en la elaboracin de las leyes.-Cohesin social: Es estable y segura, en el lugar de que todos los que viven all se sienten como en su casa, respetan la dignidad y derecho de todos.-Adecuacin de las normas jurdicas a la realidad poltica y a los intereses de los grupos dominantes: cuanto ms se adecue la ley a la realidad socio-econmica de un pas, ms posibilidades de su aplicacin tendr.-Contemporaneidad de la norma con la sociedad: Leyes antiguas no suelen ser eficaces.

BOLILLA XVIICONTROL SOCIAL Y DE DERECHO. FINALIDAD DEL CONTROL SOCIAL:A.PERSPECTIVA LIBERAL FUNCIONALISTA: Es esencial en los conflictos sociales constituyentes en su presupuesto que garantiza de la convivencia pacfica y ordenada.B.PERSPECTIVA DE LA TEORA DEL CONFLICTO SOCIAL: -Poder: Es la capacidad de una persona o grupo de conseguir de manera intencional determinados objetivos-Burocracia: Es una forma de organizacin que enfatiza en la precisin, la rapidez, claridad, fiabilidad, y eficiencia logradas a travs de la creacin de divisin de tareas.BUROCRACIA Y CONTROL SOCIALLa burocracia es un proceso de ordenacin, tambin es un medio de control social que atae directamente la relacin social de los gobernantes y los gobernados.

BOLILLA XVIICONTROL SOCIAL Y DE DERECHOCARACTERSTICA DEL DERECHO COMO MEDIO DEL CONTROL SOCIALa.Coercibilidad: Fuerza o violencia que se le hace a alguien para obligarlo a que cumpla o no la conducta determinada de la norma.b.Sancin: Es la consecuencia jurdica que puede derivar del incumplimiento de las normas.PTICA FUNCIONALISTA DEL CONTROL SOCIAL POR MEDIO DEL DERECHO: CertezaExpansinUniformidadGeneralidadGaranta del bien comnENFOQUE CRTICO DEL CONTROL SOCIAL POR MEDIO DEL DERECHOFunciones declaradas y funciones latentesNegacin de la ideologa funcionalistaIlegitimidad del poder punitivoInexistencia de la culpabilidad personalDesigualdad en la aplicacin: Los que tienen dinero, tienen privilegios.

BOLILLA XIXCAMBIO SOCIAL Y EL DERECHO : Son las transformaciones que se observan en la sociedad, cambios que se observan en lo jurdico.CAMBIO SOCIAL COMOAGENTE DE CAMBIO JURDICO: Los autores que sostienen que el cambio social es el nico agente de cambio legal asisten al desarrollo jurdico, no en la legislacin ni en las ciencias jurdicas, sino en la sociedad misma como motor impulsor de las relaciones que se desenvuelven y manifiestan.EFICACIA DEL DERECHO COMO INSTRUMENTO DEL CAMBIO SOCIAL: Est condicionada al respeto de los derechos humanos a la incorporacin de la cultura de la legalidad en la conciencia colectiva y al hecho de que la nueva normativa responda a una real exigencia o necesidad social.