Boletín técnico AT-0006/2014 número...

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Edita: UGT-Euskadi Autores: UGT-Euskadi Diseño Gráfico: UGT-Euskadi Impresión: Grafilur S.A. D.L. BI-779/2015 L.G. BI-779/2015 Reportaje Erreportaia Principales novedades legislativas sobre PRL Siniestralidad Laboral Aumentan los accidentes de trabajo con respecto a 2014 Boletín técnico jurídico de prevención de riesgos laborales número 4 Diciembre 2015 Con la Financiación de: AT-0006/2014

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Edita: UGT-EuskadiAutores: UGT-EuskadiDiseño Gráfico: UGT-EuskadiImpresión: Grafilur S.A.D.L. BI-779/2015

L.G. BI-779/2015

Reportaje

Erreportaia

Principales novedadeslegislativas sobrePRL

Siniestralidad

Laboral

Aumentan losaccidentes de trabajocon respecto a 2014

Boletín técnicojurídico de prevención

de riesgos laborales

número

4Diciembre

2015

Con la Financiación de:

AT-0006/2014

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Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales2

www.ugteuskadi.org

Publicaciones 2

Novedades Legislativas 3 y 4

Consultas de los delegados/as 5

l De baja por enfermedadcomún ¿Puede la mutua

citarme para revisión?

¿Tengo que ir?

l ¿Quién paga los gastosde transporte si nos cita

la mutua?

l ¿La mutua tiene derechoa conocer mi historial

clínico?

Datos siniestralidad laboral 6 y 7

Sumario

Aukibidea

Guía técnica sobre riesgos relacionados con las radiaciones ópticas artificiales

Esta nueva publicación editada por el INSHT, proporciona criterios y recomenda-ciones para la interpretación del RD 486/2010, de 23 de abril.

Notas Técnicas de Prevención (NTP). Disponible la 30ª Serie

Las Notas Técnicas de Prevención, que edita el INSHT, son documentos breves,que tratan un tema preventivo concreto y desde una perspectiva práctica, ya quesu objetivo es resolver los problemas en el día a día de la empresa. En la co-lección, que el INSHT inició en 1982 como herramienta técnica de consulta, setratan todas las áreas preventivas: seguridad, higiene, medicina, toxicología, psico-

logía, formación. Ya se encuentra disponible la 30ª serie:u NTP 1031: Gestión de proyectos de cambio: marco lógico (I) u NTP 1032: Gestión de proyectos de cambio: marco lógico (II). u NTP 1033: Productos fitosanitarios: prevención de riesgos durante su uso.u NTP 1034: Máquinas para la aplicación de plaguicidas: requisitos comercialización.u NTP 1035: Bocas de incendio equipadas (BIE): utilización.u NTP 1036: Estrés por frío (I).u NTP 1037: Estrés por frío (II).u NTP 1038: Dispositivos de sujeción de equipos de trabajo y cargas diversassobre vehículos de transporte: seguridad.

u NTP 1039: Plataformas elevadoras móviles de personal (I): gestión preventiva.u NTP 1040: Plataformas elevadoras móviles de personal (II): gestión preventiva.u NTP 1041: Revisión sistemática y meta-análisis en seguridad y salud laboral(I): planteamiento y aplicación.

u NTP 1042: Revisión sistemática y meta-análisis en seguridad y salud laboral(II): etapas.

u NTP 1043: Eficacia preventiva y responsabilidad social empresarial (RSE).u NTP 1044: Eficacia preventiva y RSE (II): buenas prácticas.u NTP 1045: Salud mental: etapas para su promoción en la empresa.u NTP 1046: Investigación de accidentes: recogida de testimonios.u NTP 1047: Pulverizador de productos fitosanitarios: seguridad.u NTP 1048: Plataformas elevadoras móviles de personal: seguridad en el trans-porte, carga y descarga (I).

u NTP 1049: Plataformas elevadorasmóviles de personal: seguridad en eltransporte, carga y descarga (II).

u NTP 1050: Alcance máximo en elplano sagital.

u NTP 1051: Exposición laboral a com-puestos citostáticos: sistemas segurospara su preparación.

u NTP 1052: Coordinación de actividadesempresariales: criterios de eficiencia (I).

u NTP 1053: Coordinación de actividadesempresariales: criterios de eficiencia (II).

u NTP 1054: Gestión de residuos: clasi-ficación y tratamiento.

Publicaciones sobre Prevenciónde Riesgos Laborales

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Reportaje

Erreportaia

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 3

En los últimos meses lanormativa relativa a la pre-vención de riesgos labora-les ha sufrido diversasmodificaciones, que afec-tan directamente a los tra-bajadores y trabajadorasde nuestro país.

Desde el cuadro de Enfer-medades Profesionales delsistema de la SeguridadSocial, hasta la Ley Gene-ral de la Seguridad Socialo el Reglamento de losServicios de Prevenciónhan sufrido algunos cam-bios, que la Oficina Técnicade UGT-Euskadi consideraimportante dar a conocer.

ENFERMEDADES PROFESIONALES

El 18 de diciembre de estemismo año, se publicaba elReal Decreto 1150/2015. por

el que se modifica el RealDecreto 1299/2006, de 10de noviembre que apro-baba el cuadro de enfer-medades profesionales, enel sistema de la SeguridadSocial y que establecía cri-terios para su notificacióny registro.

El nuevo Real Decreto in-corpora como novedaddentro del Cuadro de En-fermedades Profesionalesel cáncer de laringe por in-halación de polvo deamianto.

Su inclusión es fruto de lalabor de investigaciónsobre la incidencia de estematerial en la salud de lostrabajadores que, hancompartido el personal téc-nico de la Seguridad Socialcon el de los sindicatos yla patronal.

Es necesario recordar queel cuadro de enfermedadesvinculadas con el ámbitolaboral de la Seguridad So-cial data de 2006.

LEY GENERAL DE LASEGURIDAD SOCIAL

Por otra parte a finales deoctubre, más concreta-mente el día 30, se publi-caba el Real DecretoLegislativo 8/2015, en elque se aprueba el textorefundido de la Ley Gene-ral de la Seguridad Social.

Con este texto se agrupany actualizan más de 100modificaciones de normasde Seguridad Social quese habían producido entre1994 y 2015. Entrará envigor el día 2 de enero de2016. Su nueva estructuraconsta de siete títulos:

Título I: Normas generalesdel sistema de la Seguri-dad Social: integra la Leyreguladora del Fondo deReserva.

Título II: Régimen Generalde la Seguridad Social. Sereestructura para recogerlos nuevos supuestos es-peciales de cotizacióncomo son los contratos de

corta duración, con 65 omás años o de compatibi-lidad de jubilación y trabajo.Además, se integran lasnovedades introducidas re-lativas al Factor de Soste-nibilidad y las medidaspara el envejecimiento ac-tivo. Por último, se crean 2capítulos que recogen lasparticularidades aplicablesa trabajadores a tiempoparcial, contratados para laformación y el aprendizajey de trabajadores porcuenta ajena de los siste-mas especiales agrarios yde empleados de hogar.

Título III: Protección pordesempleo. incorpora uncapítulo con las peculiari-dades de la prestación pordesempleo de determina-dos colectivos. Los si-guientes tres títulos secrean en este texto refun-dido y completan la normabásica de la SeguridadSocial.

Título IV: Régimen Especialde Trabajadores porCuenta Propia o Autóno-mos en el que se regulatodo lo relativo a los traba-jadores autónomos.

Título V: Prestación porcese de actividad. Se crea

Sumario

Aukibidea

Importantes cambios normativos

Principales novedades legislativas en materia

de prevención de riesgos laborales

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Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales4

este Titulo específico paraintegrar la Ley 32/2010 de5 de agosto que recoge laregulación de esta presta-ción. Dispone 1 capítulo querecoge las especialidadesen esta materia de deter-minados autónomos comopor ejemplo los económi-camente dependientes.

Título VI: Prestaciones nocontributivas.

REGLAMENTO DE LOSSERVICIOS DEPREVENCIÓN

Otra de las novedades le-gislativas ha sido la intro-ducida a primeros deoctubre, el día 9, por elReal Decreto 899/2015,que modificaba el RD39/1997 de 17 de enero,donde se aprueba el Re-glamento de los Serviciosde Prevención. Los cam-bios que introduce   estenuevo real decreto son lossiguientes:

1. Única acreditación en lascuatro disciplinas. La acre-ditación se otorga una solavez y todos los serviciosde prevención ajenos

deben contar con las cua-tro especialidades, sin quepueda otorgarse una acre-ditación parcial o por espe-cialidades.

2. Acreditación a nivel es-tatal. Aunque sí debe ob-tener las autorizacionessanitarias pertinentescuando se trate de laapertura de centros sani-tarios.

3. Simplificación adminis-trativa del procedimiento deacreditación, reduciéndoseel número de informes apresentar ante la autoridadlaboral competente.

4. Asignación global de re-cursos. Los recursos conlos que debe contar elservicio de prevenciónajeno van ligados a su ac-tividad concertada y con-siderada esta de maneraglobal en todo el territorionacional.

5. Disponer como mínimode un técnico de nivel su-perior para cada especiali-dad. En el caso de laespecialidad de medicinadel trabajo deberá contar, al

menos, con un médico es-pecialista en medicina deltrabajo o diplomado enMedicina de Empresa y unATS/DUE.

6. Disponer para desarrollarlas actividades concerta-das, las instalaciones einstrumentación necesariaspara realizar las pruebas,reconocimientos, medicio-nes, análisis y evaluacio-nes habituales para lasespecialidades citadas, asícomo para el desarrollo deactividades formativas ydivulgativas básicas.

7. Revocación global de laacreditación. La insuficien-cia de recursos se deter-mina de manera globaltomando España comounidad de cómputo, sinconsideración de comuni-dades autónomas o pro-vincias.

ORGANIZACIÓN DERECURSOS PARA LAACTIVIDAD SANITARIADE LOS SERVICIOS DEPREVENCIÓN

Con la misma fecha, el 9de octubre, el BOE recogíael Real Decreto 901/2015,por el que se modifica elReal Decreto 843/2011 de17 de junio, en el que seestablecen los criterios bá-sicos sobre la organizaciónde recursos para desarro-llar la actividad sanitaria delos servicios de prevención.Los cambios relevantes in-troducidos por dicho de-creto son:

1. Establece el criterio globalde una UBS (Unidad Bá-sica de Salud) hasta2.000 trabajadores a vigi-

lar, con independencia decómo organice el Serviciode Prevención Ajeno suactividad, y sin que resulteexigible una UBS en cadademarcación geográfica, yasea comunidad autónomao provincias, o más de 1unidad para atender a

2.000 trabajadores.

La normativa permite a lasautoridades sanitarias auto-rizar condiciones de insta-lación, pero no decidir si unaentidad especializada tieneque disponer de instalacio-nes sanitarias en un deter-minado ámbito territorial.

2. Simplifica los supuestosen que se puedan celebrarlos acuerdos de colabora-ción entre servicios de pre-vención, permitiendo sufirma para la prestación deactividades sanitarias a lasempresas concertadascuando resulte simple-mente conveniente por ra-zones de dispersión olejanía con respecto a susinstalaciones principales.

3. Mantiene la posibilidadde la autoridad sanitaria deverificar la calidad, suficien-cia y adecuación de la ac-tividad sanitaria de losservicios de prevenciónajenos, estableciendo nue-vas obligaciones a losmismos en cuanto a lanecesidad de comunicar ala autoridad sanitaria el ca-lendario y el lugar dondese vayan a realizar reco-nocimientos médicos perió-dicos, actividades deformación, información e in-vestigación sanitaria, ocualquier otra susceptiblede verificación "in situ" porparte de Sanidad.

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Consultas

Kontsultak

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 5

Cuando la mutua realiza lagestión de las contingen-cias comunes asume elpago de la prestación eco-nómica por I.T. derivada decontingencias comunes,en lugar del INSS y loscontroles médicos decomprobación de la I.T.

Si tu empresa tiene con-certada la gestión de lascontingencias comunescon la mutua, ésta puedecitarte a revisión médicadesde el primer día de labaja.

La citación debe realizarsecon una antelación mínimade 4 días hábiles, y debeninformarte en la misma ci-tación que en caso de noacudir, se procederá a lasuspensión cautelar de laprestación, debiendo justi-ficar la incomparecencia

en el plazo de 10 días há-biles siguientes a la fechade la citación, en casocontrario, se procederá a laextinción de la prestación.

Para poder ejercer estacompetencia, la legislaciónlas habilita para acceder alos informes, pruebas ydiagnósticos relativos a lassituación de la incapacidadtemporal objeto de control,en ningún caso tendránacceso a todo el historialmédico.

Además, las mutuas po-drán realizar pruebas diag-nósticas y tratamientosterapéuticos con la finali-dad de evitar el alarga-miento de la baja, previaautorización del médico delservicio público de salud yconsentimiento informadodel paciente.

De baja por enfermedad común¿puede citarme la mutua pararevisión? ¿Tengo obligación de ir?

Si la mutua te cita, ya seaen los procesos de con-tingencia común, o profe-sional, tiene la obligaciónde compensar los gastosde desplazamiento:

wTraslados dentro de lalocalidad de residencia: concarácter general, se debenutilizar medios de trans-porte colectivo.

wTraslados fuera de la lo-calidad de residencia: y, delos medios transporte co-lectivo, se puede usar ve-hículo particular, abonán-

dose a 0,19 €/kilómetro.

wEl taxi, así como la am-bulancia, sólo podremosutilizarlos cuando nuestroestado de salud lo re-quiera y obtengamos in-forme favorable delfacultativo de la mutua.

Si no puedes desplazarte

por razones de salud, haydos opciones:

wEl facultativo podría des-plazarse a tu domicilio, de-biendo indicarte la fechade la visita.

wPuedes trasladarte enambulancia, pero debesdisponer de un certificadodel facultativo, si no podríantrasladarte a ti ese gasto.

wTodos estos gastos ex-cepto el del vehículo parti-cular se deberán justificar,con los billetes o la facturadel taxi, y se abonará latarifa más económica.

wTambién se podrán abo-nar gastos del acompa-ñante si es imprescindiblesu presencia.

wLas solicitudes compen-satorias se formulan antela delegación de la mutuaresponsable de ésta.

¿Quién paga los gastos detransporte si nos cita la mutua?

En caso de enfermedadcomún o accidente no la-boral, a pesar de que esel médico del SPS quienemite la baja y el alta, elmédico de la mutua (siesta es la responsableeconómica de la presta-ción) puede solicitarnosnuestro historial clínico yacceder a cualquier in-forme o diagnostico rela-cionado con nuestra I.T.

Los reconocimientos delas mutuas deben ba-sarse en los datos de lospartes médicos de baja yconfirmación de baja, asícomo en los informescomplementarios y decontrol.

Por tanto, las preguntasdeberán estar relacionadascon el proceso patológicode la I.T.

¿La mutua tiene derecho aconocer mi historial clínico?

Acude al sindicato. En la Secretaríade Salud Laboral te asesoraremos

sobre éste y otros temas.

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Siniestralidad Lan Ezbehar-kopuru

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales6

Entre enero y noviembrede 2015 se han registradoun total de 27.663 acci-dentes laborales con bajaen Euskadi, 1.942 acciden-tes más que en el mismoperíodo de 2014, lo quesupone un 8% de au-mento de la siniestralidadlaboral.

En este periodo, en Biz-kaia se han producido el50% de los accidentes la-borales con baja de Eus-kadi, seguido del territoriode Gipuzkoa con un 31%y de Alava con el 19% delos accidentes en el ám-bito laboral.

Si entramos en detalle,observamos cómo enBizkaia 13.824 trabajado-res han sufrido un acci-dente de trabajo. De estos,68 han sido calificadoscomo graves y 14 trabaja-dores han fallecido a con-secuencia de un accidentelaboral.

Los datos de siniestralidadde este territorio implicanun aumento del 10% res-pecto del año pasado.

En Gipuzkoa, se han pro-ducido 8. 465 accidenteslaborales, de enero a no-viembre de 2015. De los

cuales, 55 han sido gra-ves y 14 mortales. Supo-niendo un 6% de incre-mento.

Por último, en Alava sehan registrado 5.186 acci-dentes laborales. En esteterritorio del total de sinies-tros laborales 34 han sidograves y 3 mortales, loque supone un aumentodel 5% de la siniestralidaden el ámbito laboral.

En cuanto a los acciden-tes de trabajo mortales,cabe reseñar que en Gi-puzkoa y Bizkaia han au-mentado mientras en

Alava se han mantenidolas mismas cifras, conrespecto al mismo periodode 2014.

Accidentes con baja porsectores

Al analizar la siniestralidadregistrada hasta noviembrede 2015 podemos obser-var cómo es el sectorServicios el que registra el57% de los accidentes la-borales con baja (15.669),seguido por el sector In-dustrial con un 32%, laConstrucción con un 9% yel sector Primario con un2% del total.

Aumenta un 8% la siniestralidad laboral enEuskadi con respecto al 2014

Leves2015

Leves2014

Graves2015

Graves2014

Mortales2015

Mortales2014

Total 2015

Total2014

Agricultura 608 580 6 11 4 3 618 594

Industria 8.859 8.493 49 40 9 6 8.917 8.539

Construcción 2. 426 2. 449 29 18 4 6 2.459 2.473

Servicios 15.582 14.035 73 69 14 11 15.669 14 . 1 15

Total 27. 475 25.557 157 138 31 26 27.663 25.721

Araba2015

Araba2014

Bizkaia2015

Bizkaia2014

Gipuzkoa2015

Gipuzkoa2014

CAPV2015

CAPV2014

Leve 5.186 4.946 13.824 12.615 8.465 7.996 27. 475 25.557

Grave 34 15 68 57 55 66 157 138

Mortal 3 3 14 13 14 10 31 26

Total 5.223 4.964 13.906 12.685 8.534 8.072 27. 663 25.721

Tabla 2. Accidentes con baja en Euskadi hasta noviembre de 2015 por sectores

Tabla 1. Accidentes con baja en Euskadi hasta noviembre de 2015 por territorio

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En estos once meses de2015 los accidentes labo-rales In Itínere con bajahan supuesto el 12% delos accidentes laboralesregistrados.

Indices de Incidencia enEuskadi

El índice de incidencia, re-presenta el número deaccidentes con baja quese producen por cada miltrabajadores afiliados a laSeguridad Social en unperíodo determinado.

En esta ocasión la evolu-ción de los índices de in-cidencia por sectores deactividad, nos muestra unaumento de la siniestrali-dad laboral en Euskadi,con respecto al mismoperiodo del año anterior, entodos los sectores.

En concreto la probabilidadde que un trabajador sufraun accidente laboral conbaja en su trabajo es su-perior en Construcción, se-

guido de Agricultura,Pesca y Ganadería, de In-dustria y Servicios.

EnfermedadesProfesionales

En el primer semestre de2015 se han declarado untotal de 2. 406 Enferme-dades Profesionales enEuskadi. El 38% de estashan sido EnfermedadesProfesionales con baja yel 62% restante sin baja.

Bizkaia ha sido el territorioque más EnfermedadesProfesionales con baja hadeclarado, reconociendo415 EEPP, seguido de Gi-puzkoa con 377 y deAlava con 126.

En cuanto a las Enferme-dades Profesionales sinbaja hay que recordar quese han reconocido enmayor medida en Bizkaiacon 673 enfermedadesseguido de Gipuzkoa con558 y Alava con 257 entotal.

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 7

Gráfico de Indices Incidencia Euskadi 2014 - 2015

Con Baja

Sin Baja

Total2015

Total2014

Alava 126 257 383 310

Bizkaia 415 673 1.088 1.0 1 1

Gipuzkoa 377 558 935 934

Total 918 1. 488 2.406 2.255

Tabla 3. Enfermedad Profesional noviembre 2014-2015

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