BIENESTAR VENEZOLANO

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| 2016 Seguridad Social Integral en Venezuela. 17/11/2016 BIENESTAR VENEZOLANO

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2016

Seguridad Social Integral en

Venezuela.

17/11/2016

BIENESTAR VENEZOLANO

Page 2: BIENESTAR VENEZOLANO

Editorial

En esta revista queremos dar a conocer

que la Seguridad Social se considera como un elemento imprescindible y esencial de la

sociedad, en virtud de que es un sistema de protección pública de cualquier situación de

necesidad para todos los ciudadanos, con en el fin de proteger la existencia de los

individuos, la capacidad productiva y la tranquilidad de la familia, en tal sentido, tiene por

finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los

medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y

colectivo.

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Índice Portada 1pag

Editorial 2pag

Colaboradores 4pag

Humanización del Seguro Social en Venezuela 5pag

Fondo de Pensiones 7pag

Financiamiento de Pensiones 8pag

Modalidades 9Pag

Page 4: BIENESTAR VENEZOLANO

Colaboradores:

Nombre y Apellido: Jhonelmi Garrido

Universidad: UNEFA

Especialidad: Maestría en Gerencia de Recursos Humanos

Profesión: Lcda. En Administración.

Colaboradores:

Nombre y Apellido: José Graterol

Universidad: UNEFA

Especialidad: Maestría en Gerencia de Recursos Humanos

Profesión: Lcdo. En Educación.

Colaboradores:

Nombre y Apellido: Johana Carrero

Universidad: UNEFA

Especialidad: Maestría en Gerencia en Recursos Humanos

Profesión: Lcda. En Administración

Colaboradores:

Nombre y Apellido: Yannelly Garrido

Universidad: UNEFA

Especialidad: Maestría en Gerencia en Recursos Humanos

Profesión: Lcda. En Contaduría Pública

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HUMANIZACION

DEL SEGURO SOCIAL

EN VENEZUELA

os sistemas de seguridad

social han sido la

preocupación de los

países desarrollados, los mismos destinan

a este propósito el 25% del producto

interno bruto (PIB). En este sentido, la

reestructuración sufrida en el IVSS,

obedece al cúmulo de críticas por parte de

usuarios. Adicionalmente, en diversas

ocasiones se discutió respecto a su

eliminación motivado a numerosos

factores que han influido de forma

negativa como la inoperatividad e

ineficiencia en los procesos. Más sin

embargo, como entidad gestora de

diferentes aspectos de la seguridad social

en Venezuela, ha sufrido restructuraciones

en virtud de fortalecerse y reivindicarse

ante los beneficiarios de dicho servicio.

En consecuencia, la Reforma

Parcial a la Ley del Seguro Social, fue

publicada en Gaceta Oficial N° 5.976

Extraordinario, de fecha 24 de mayo de

2010, donde se regula las situaciones y

relaciones jurídicas en función de la

protección de la Seguridad Social a sus

beneficiarios en las contingencias de

maternidad, vejez, sobrevivencia,

enfermedad, accidentes, invalidez,

muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.

Por lo tanto, la Reforma a la citada Ley,

nace de la intención de garantizar una

mejor calidad de vida a los adultos

mayores que enviudaron de un

pensionado, con la finalidad de que sean

mejorados los beneficios, con respecto a

los que disfrutaban en la Ley anterior.

Además, se fundamenta en el Principio de

Justicia Social, el estado de bienestar y

los derechos de los ciudadanos.

Adicionalmente, la mencionada

Reforma permite a moto-taxistas,

peluqueros, carpinteros, artistas, cultores

y otros trabajadores cotizar

voluntariamente el 13% del sueldo

mínimo vigente, es decir, la cantidad de

personas que se benefician con las

reformas a la Ley del Instituto

Venezolano del Seguro Social (IVSS) y

su reglamento supera los 3 millones 700

mil personas. Cabe destacar, que además

de beneficiar a los sectores populares,

L

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también beneficia a los profesionales que

prestan servicio por cuenta propia.

Es necesario puntualizar, que

las modificaciones implementadas en el

Sistema de Seguridad Social en

Venezuela se encuentran enmarcadas en

diferentes normativas legales y Tratados

Internacionales, ajustadas a la realidad

económica actual del país, con la

intencionalidad de satisfacer estados de

necesidad como un derecho que le asiste a

toda persona que accede a dicho sistema.

De los aspectos antes

referidos, se podría inferir que luego de la

reforma el Seguro Social en Venezuela, se

desempeña de manera fluida en función

de las medidas tomadas para su correcto

funcionamiento, más sin embargo, son

muchas las empresas que incumplen con

el derecho laboral de los trabajadores de

estar incluidos en el seguro social, en

ocasiones no sólo se trata de

organizaciones privadas, sino también de

instituciones públicas que no dan

respuesta oportuna ni garantizan los

beneficios que corresponden por derecho

a una labor ejercida. Por otra parte, se ha

hecho énfasis en la transformación de las

unidades hospitalarias y centros médicos

adscritos al sistema de seguridad social,

sin que se haya experimentado cambios

profundos tanto en infraestructura como

en insumos requeridos para una atención

óptima y de calidad.

En conclusión, existe la

intención de transformar el sistema en su

totalidad, función que corresponde al

estado a través de los recursos que puedan

ser emanados para tal fin, más sin

embargo, la seguridad social de un país

implica un monstruo difícil de abordar

por los elementos que la componen y lo

complejo que resulta su plena

optimización, aunado a la crisis

económica que en la actualidad posee la

nación, los vicios que deben ser

erradicados y el abundante burocratismo

que persiste en el sistema.

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“INVIERTE EN TU VEJEZ”

FONDO DE PENSIONES

Cada vez son más las empresas que

reconocen la necesidad de colaborar con sus

empleados en la planificación de su situación

financiera futura y en las contingencias

derivadas de la vejez, los beneficios que son

seleccionados para esta estrategia salarial

encierran conceptos como el de la protección

y la previsión, donde los planes de pensión

vienen a jugar un papel importante,

entendiéndose el plan de pensión, no como un

seguro propiamente dicho, sino como un

sistema de ahorro dirigido a aquellas personas

que quieran complementar las prestaciones

por jubilación del sistema público de

pensiones. pero en ningún caso para

sustituirlas, de entre todos los elementos de la

política retributiva de las empresas, los

sistemas de previsión o planes de jubilación

son unos de los medios que han comenzado a

cobrar mayor protagonismo en Venezuela en

los últimos años, convirtiéndose en uno de los

principales pilares de la política de recursos

humanos, muchas empresas definen un

conjunto de prestaciones básicas obligatorias

para todos los empleados destinado a atender

las necesidades de cualquiera de ellos, y por

otro lado, ofrecen la opción de prestaciones

complementarias según las características del

empleado, alineadas a la estrategia de

compensación organizacional, para ello, se

hace imperante determinar las características

que describen el diseño de los planes de

pensión corporativos adaptados a la cultura

venezolana

Los fondos de pensiones

son patrimonios, sin personalidad jurídica

propia, formados por el conjunto de

aportaciones de los partícipes más todos los

rendimientos generados (es decir, más el

resultado de las inversiones atribuibles a

dichas aportaciones, deduciendo los gastos

que le sean imputables).

Pensión de Vejez es el beneficio que

construyes durante tu vida laboral y es

importante que te hagas cargo de fortalecerlo

para que cuando decidas jubilar sea un monto

sólido que permita sustentar una pensión

acorde a tu estilo de vida. Si

eres hombre puedes jubilar desde los 65 años,

si eres mujer desde los 60

Pensión de Invalidez, es

un beneficio que te da derecho a recibir

un ingreso mensual al ser declarado inválido

total o parcial por una comisión

médica dependiente de la Superintendencia

de Pensiones. Para jubilar por Invalidez,

debes tener menos de 65 años si

eres hombre o 60 años si eres mujer

Pensión Anticipada es

un beneficio que te permite jubilar antes de

cumplir la edad establecida por ley, siempre

que cumplas con los requisitos.

Pensión de Sobrevivencia es un beneficio al

cual tienen derecho los integrantes del grupo

familiar del afiliado fallecido, que al

momento del siniestro, cumplan con los

requisitos establecidos por ley.

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FINANCIAMIENTO DE PENSIONES

La Seguridad Social es entendida y aceptada

como un derecho que le asiste a

toda persona de acceder, por lo menos a una

protección básica para satisfacer estados de

necesidad.

En este sentido, el estado de

bienestar no hace sino generar un proceso

de redistribución de la riqueza, pues en

principio, las clases inferiores de una

sociedad son las más beneficiadas por una

cobertura social que no podrían alcanzar

con sus propios ingresos.en este contexto

siempre se concibió al estado como el

principal, si no el único promotor de esta

rama de la política socioeconómica

puesto que los programas de seguridad

social están incorporados en la

planificación general de este,el estado

debe ejecutar determinadas políticas

sociales que garanticen y aseguren el

bienestar de los ciudadanos en

determinados marcos como el de la

sanidad, la educación y en general todo el

espectro posible de seguridad social, sin

embargo no siempre se logró a través de

tales políticas desarrollar e implementar

un sistema de seguridad social justo y

equitativo en el cual la persona tuviera la

gravitación que amerita

Estará constituido por las

cotizaciones de los afiliados,

Empleados, patrones y por los

aportes del Estado.

Según el artículo 66 de la ley

orgánica de seguridad social, la pensión

de vejez o jubilación será financiada con

las contribuciones de los empleadores y,

trabajadores y de los trabajadores no

dependiente con ayuda eventual del

estado en los casos en que sea procedente,

conforme a lo establecido en la ley que

regule este régimen prestaciones, aquellas

personas, que no estén vinculadas a

alguna actividad laboral con capacidad

contributiva, podrán afiliarse al sistema

de seguridad social y cotizaran los aportes

correspondientes al patrono y al

trabajador y en consecuencia serán

beneficiarios a la pensión de vejez.

Por cada empleado se debe aportar

por concepto de pensión, un 16% del

salario base cotización. El empleado

aporta el 4% y la empresa aporta el 12%,

valor que mensualmente la empresa debe

apropiar y consignar en el fondo de

pensiones que el empleado haya

determinado.

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Modalidades del

Seguro Social:

La política social del país ha

funcionado mediante el sistema de

reparto, y su mayor acción se concentra

en los siguientes ministerios: Salud y

Desarrollo Social, del Trabajo,

Educación, Cultura y Deportes y de

Infraestructura. La distribución del

Situado Constitucional canaliza los

recursos de los gobiernos regionales

asignando 30% en partes iguales entre los

Estados y 70% en relación con la

población.

De este modo, la conformación de

la corriente de los ingresos fiscales del

sector público en Venezuela está

constituida, entre otras fuentes, por los

siguientes rubros: impuestos, venta de

bienes y servicios, deuda pública. Una

cuarta parte de esta corriente de ingresos

esperados, se destinaría a atender a un

grupo de gastos identificados con la

política social.

De esta manera, en Venezuela,

podemos ver a nivel de Gobierno central,

que tanto el Ministerio de Sanidad y

Asistencia Social como los otros

ministerios e institutos autónomos se

nutren de una fuente común: los

impuestos a través del presupuesto

nacional. Los gobiernos regionales y los

municipios se nutren de los recursos por

la vía institucional, ya que la parte del

Situado Constitucional destinada a cubrir

los gastos sociales provienen del

presupuesto nacional; en cuanto a los

fondos (Fides y LAEE), actúan

paralelamente y cumplen la función

complementaria del gasto con los

impuestos municipales.

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Debe señalarse, que la fuente

principal del financiamiento de la

seguridad social del sector público

descansa en el sistema tributario con

diferentes concentraciones; en el campo

del seguro social obligatorio y en la

previsión social, por ejemplo, los aportes

del Estado se asocian a las contribuciones

del sector privado. Podemos ver así como

la participación (aporte) del sector

público, en el financiamiento de los

seguros sociales, en nuestro país,

representa una proporción minoritaria en

comparación con los aportes de los otros

sectores (obrero-patronal). Las

contribuciones del sector público al

financiamiento de la seguridad social

guardan relaciones proporcionales con la

capacidad contributiva de la población y

la magnitud de la demanda de las

prestaciones sociales. Para su estimación

deben tomarse en cuenta algunos índices

sociales, tales como natalidad, ocupación,

nivel de ingresos, de igual forma debe

preverse una conveniente elasticidad que

permita reajustar estos aportes de manera

que puedan acompañarse constantemente

en función de las necesidades sociales. Es

común observar como las porciones que

se le asignan al Estado en su función de

contribuyente a los seguros sociales

obligatorios

Cabe considerar, por otra parte. El

Instituto Venezolano de los Seguros

Sociales, bajo la inspiración de la justicia

social y de la equidad para toda la

población, avanza hacia la conformación

de la nueva estructura de la sociedad,

garantizando el cumplimiento de los

principios y normas de la Seguridad

Social a todos los habitantes del país. El

compromiso social y el sentido de

identificación con la labor que se realiza,

debe ser la premisa fundamental en todos

los servicios prestados.

Así mismo, el seguro social tiene El

Servicio de Registro e Información de la

Seguridad Social Integral (SEREISSI),

tendrá a su cargo el registro automatizado

de afiliación de empleadores,

trabajadores, familiares calificados,

prestadores de servicios y

la historia provisional de los asegurados.

Así mismo el Seguro Social tiene

subsistema que es:

Subsistema de pensiones: es la

cobertura de las contingencias de

invalidez, vejez, muerte, asistencia

funeraria, nupcialidad y sobrevivencia. Es

único y lo conforman dos (2) regímenes:

Page 11: BIENESTAR VENEZOLANO

el de Capitalización Individual y el

de Solidaridad Intergeneracional, en los

cuales participan, de acuerdo con sus

ingresos, todos los contribuyentes.

Subsistema de paro forzoso y

capacitación laboral: es la protección

temporal del afiliado por la terminación

de la relación de trabajo en los términos y

condiciones señalados en la Ley del

Subsistema, mediante el otorgamiento

de prestaciones en dinero; así como

procurar su pronta reinserción al trabajo,

a través del servicio de intermediación y

capacitación laboral.

Estará constituido por un régimen

financiero de reparto, de carácter

solidario. Se constituirá un Fondo de paro

Forzoso de carácter obligatorio y

solidario que cubrirá los gastos de

indemnización económica, salud y

capacitación laboral. Su administración

estará a cargo del IVSS.