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  • Bases concurso fondartLNEA DE formacin

    convocatoria 2014

  • 2I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO

    1. IntroduccinLas presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de Proyectos 2014 en la Lnea de Formacin del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, mbito nacional de financiamiento. El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) y su Directorio, invitan a presentar proyectos para su financiamiento total o parcial, segn los montos mximos financiables y la disponibilidad presupuestaria.

    El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas:

    Postulacin

    Admisibilidad

    Evaluacin

    Seleccin

    Firma del Convenio de Ejecucin

    2. Objetivo de la convocatoriaEsta Lnea de concurso tiene por objetivo entregar financiamiento total o parcial a proyectos que contribuyan a mejorar y aumentar las capacidades profesionales, tcnicas y competencias laborales especficas de creadores, artistas y mediadores en las disciplinas artsticas y mbitos culturales correspondientes al Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.

    No se considerarn proyectos correspondientes a materias reguladas por las Leyes N 19.227, N 19.981 y N 19.928, relativas al Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura; al Fondo de Fomento Audiovisual y al Fondo para el Fomento de la Msica Nacional.

    3. ModalidadesLas modalidades comprendidas en esta Lnea son:

    Becas y PasantasOfrece financiamiento total o parcial para la realizacin de proyectos de estudios de postgrado (magster y doctorado), cursos de especializacin, posttulos, diplomados y pasantas, en Chile y el extranjero.

    Actividades FormativasOfrece financiamiento total o parcial de proyectos de actividades formativas realizadas en Chile, de corta duracin, calidad e impacto para el sector a nivel nacional. Contempla la realizacin de seminarios, conferencias, talleres, clases magistrales e instancias de transferencia de conocimiento en las disciplinas artsticas y mbitos culturales que aborda el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.

  • 3Esta Modalidad contempla dos submodalidades:

    Actividades que contemplan Cobro de Entradas al Pblico Asistente

    Actividades de Entrada Gratuita

    4. Total de recursos y montos mximosEsta Lnea cuenta con un presupuesto estimado de recursos de $375.000.000.- (trescientos setenta y cinco millones de pesos chilenos), para el financiamiento total o parcial de proyectos seleccio-nados y respecto de los cuales se suscriba el correspondiente Convenio de Ejecucin. Los recursos aprobados para esta convocatoria 2014, se encuentran sujetos a disponibilidad presupuestaria, al igual que los recursos financieros asociados al ejercicio presupuestario del ao 2015.

    Del total estimado, las modalidades de la presente Lnea tendrn la siguiente distribucin de recursos:

    Becas y Pasantas: $300.000.000.- (trescientos millones de pesos chilenos).

    Actividades Formativas: $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos chilenos).

    El monto mximo a financiar por proyecto para cada modalidad es:

    Becas y Pasantas: $30.000.000.- (treinta millones de pesos chilenos). En cuanto al monto mximo mensual por manutencin del postulante, ste ser el monto mximo mensual establecido para el becario por el Decreto Supremo N 664 de 2008, del Ministerio de Educacin, con sus modificaciones, que establece normas sobre el Otorgamiento de becas del Programa Becas Bicentenario de Postgrado (Becas Chile). No se financiar manutencin de cnyuge e hijos del becario, as como asignacin nica de instalacin ni asignacin nica de regreso. Dicho decreto ser publicado en la pgina web institucional www.fondosdecultura.gob.cl, junto con la presente Base.

    Actividades Formativas: $15.000.000.- (quince millones de pesos chilenos).

    5. CofinanciamientoEl cofinanciamiento corresponde a recursos no entregados por el CNCA y que son necesarios para la adecuada realizacin del proyecto, pudiendo ser aportados por el postulante y/o por terceros.

    En esta Lnea no se requiere aportar cofinanciamiento obligatorio, sin perjuicio que el postulante estime conveniente incorporar aportes voluntarios a su proyecto, los que debern estar debidamente identificados en el Formulario nico de Postulacin (FUP) y acreditados segn establece el nmero 2 letra b. del Captulo VI Antecedentes Complementarios del Concurso. No obstante, en la Modalidad de Actividades Formativas, Submodalidad de Actividades que Contemplan Cobro de Entradas al Pblico Asistente, se exigir un cofinanciamiento obligatorio, cuyo porcentaje ser de un 25% sobre el total del monto solicitado.

    El cofinanciamiento obligatorio deber consistir siempre en dinero expresado en pesos chilenos y el voluntario puede consistir en dinero expresado en pesos chilenos o en bienes y/o servicios suscep-tibles de valoracin pecuniaria.

    6. Duracin y ejecucin de los proyectosLos cronogramas de los proyectos no podrn superar los 24 meses de duracin para la Modalidad de Becas y Pasantas, y de 12 meses de duracin para la Modalidad de Actividades Formativas. La ejecucin de los proyectos deber realizarse en la cantidad de meses contemplada en el cronograma especfico de cada proyecto postulado, de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenio de

  • 4Ejecucin. Asimismo, los proyectos postulados debern tener principio de ejecucin durante el ao 2014.

    VISTA GENERAL DEL CAPTULO I: ANTECEDENTES GENERALES

    Modalidad Descripcin Monto mximopor proyectoCofinanciamiento

    obligatorioDuracinmxima

    Becas yPasantas

    Financiamiento total o parcial para la realizacin de proyectos de estudios de postgrado (magster y doctorado), cursos de especializacin, posttulos, diplomados y pasantas, en Chile y el extranjero.

    $30.000.000- (treinta millones de pesos chilenos).Monto mximo mensual por manutencin del postulante, este ser el monto mximo mensual establecido para el becario por el Decreto Supremo N 664 de 2008, del Ministerio de Educacin, con sus modificaciones, que establece normas sobre el Otorgamiento de becas del Programa Becas Bicentenario de Postgrado (Becas Chile).. No se financiar manutencin de cnyuge e hijos del becario, as como asignacin nica de instalacin ni asignacin nica de regreso.

    No se exige

    24 meses

    ActividadesFormativas

    Financiamiento total o parcial de proyectos de actividades formativas realizadas en Chile, de corta duracin, calidad e impacto para el sector a nivel nacional. Contempla la realizacin de seminarios, conferencias, talleres, clases magistrales e instancias de transferencia de conocimiento en las disciplinas artsticas y mbitos culturales que aborda el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.

    $15.000.000.- (quince millones de pesos chilenos)

    -Submodalidad de Actividades de Entrada Gratuita: No se exige.

    -Submodalidad de Actividades que Contemplan Cobro de Entradas al Pblico Asistente: 25%

    12 meses

  • 5II. POSTULACIN DE LOS PROYECTOS

    1. Quines pueden postularPodrn postular a esta Lnea personas naturales y/o jurdicas, segn el tipo de modalidad, siempre que no se encuentren inhabilitadas y que cumplan con las siguientes caractersticas:

    Becas y Pasantas:Personas Naturales:

    Mayores de 18 aos.

    De nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Regis-tro Civil e Identificacin de Chile.

    Actividades Formativas:Personas Jurdicas:

    Chilenas de derecho pblico o privado, con o sin fines de lucro. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho.

    Personas Naturales:

    Mayores de 18 aos.

    De nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificacin de Chile.

    2. Aceptacin de condiciones del concurso y deber de veracidadPor la sola presentacin de proyectos a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido ntegro de las presentes Bases. Los postulantes debern dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, especfi-camente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la correspondiente ejecucin del proyecto.

    Al momento de postular, los concursantes declaran bajo juramento que toda la informacin ingresada al FUP es verdica y dan fe de su autenticidad. El CNCA se reserva el derecho de verificar dicha informacin y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulacin ser declarada fuera de bases. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase informacin que, a estimacin del CNCA, pueda revestir caracteres de delito, remitir los antecedentes al Ministerio Pblico.

    3. InhabilidadesEstn inhabilitados(as) para postular, las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

    a. Autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contra-ta, contratados(as) bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios);

    b. Personas jurdicas con fines de lucro en que tengan participacin social (socio o accionista) autori-dades y/o trabajadores(as) del CNCA, cualquiera que sea su situacin contractual (planta, contrata o estar contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios). Al momento de postular, debe individualizarse a los socios o accionistas de la persona jurdica que postula;

  • 6c. Personas naturales y jurdicas, con o sin fines de lucro, siempre que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a autoridades y/o trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, o contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios). Al momento de postular, deber individualizarse al equipo de trabajo del pro-yecto;

    d. Ser cnyuge; o tener parentesco por consanguinidad hasta segundo grado en lnea recta y hasta segundo grado en lnea colateral, con cualquiera de los integrantes del Directorio Nacional del CNCA o con funcionarios directivos del CNCA, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equi-valente grado ocho (8) en la escala funcionaria.

    e. Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, rganos y Servicios Pblicos creados para el ex-clusivo cumplimiento de la funcin administrativa (incluyendo la Contralora General de la Re-pblica, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pblica, los Gobiernos Regionales y las Empresas Pblicas creadas por Ley). Se exceptan de esta restriccin las Municipalidades y Establecimientos de Educacin Superior Estatales.

    Si durante el periodo de presentacin de postulaciones cesa la inhabilidad que afecta a alguna persona, sta se considerar hbil para concursar, pudiendo presentar su postulacin mientras se encuentre abierto el periodo de recepcin de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelacin al cese de la inhabilidad.

    El CNCA revisar durante todo el proceso concursal y hasta la firma del Convenio de Ejecucin inclusive, que los postulantes no estn afectos a ninguna de las causales de inhabilidad sealadas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estn afectos a alguna inhabilidad, sus proyectos quedarn fuera de concurso.

    Sin perjuicio de lo anterior, tampoco podrn suscribir Convenios aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones mencionadas en el nmero 2 del captulo V Restricciones para la firma del Convenio.

    4. Formulario nico de Postulacin (FUP)El FUP es el formato exclusivo y canal vlido disponible para la formulacin de proyectos permitiendo una elaboracin ordenada de los mismos, al proveer los campos necesarios para que el postulante exponga los detalles de su proyecto. El llenado de todos los campos del FUP ser obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

    El FUP se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl.

    5. De la postulacin en generalLas postulaciones al Concurso 2014 podrn realizarse a travs de dos medios:

    5.1 Postulacin va plataforma digital

    Los proyectos postulados a travs de este medio debern ser enviados a travs de la pgina web: www.fondosdecultura.gob.cl

    El postulante deber seguir los siguientes pasos:

    Registrarse como postulante;

    Seleccionar la lnea, modalidad y submodalidad correspondiente;

    Completar el FUP segn requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases;

  • 7 Adjuntar los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin;

    Adjuntar los Antecedentes Complementarios de Evaluacin (opcional); y

    Validar el envo del proyecto.

    Tras el cumplimiento de estos pasos, el postulante podr enviar su proyecto a travs de la plataforma digital dispuesta en la pgina web. Antes del envo, el portal revisar que los campos obligatorios del FUP hayan sido completados y luego exigir al postulante que valide y consienta el envo. Ser de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulacin en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

    Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulacin va plataforma digital deber ser adjuntado en algunas de las siguientes extensiones:

    doc/docx xls/xlsx ppt/pptx Pdf Jpeg

    Png Mp3 Mov Avi Jpg

    El peso de cada uno de los archivos acompaados no podr exceder de 100 MB y deber acompaarse sin clave y sin compresin.

    En el caso de los archivos en pdf, estos podrn contener una o ms pginas, siempre y cuando todas las pginas sean parte de un mismo archivo.

    Si los archivos no cumplen con los requisitos mencionados, se considerarn como no presentados. En consecuencia, es responsabilidad del/de la postulante verificar que el archivo cumpla con los requisitos exigidos, liberando de toda responsabilidad al CNCA.

    La postulacin se entender completada con el envo a travs de la plataforma digital. Para ello, el sistema emitir un Certificado de Recepcin, indicando la fecha, hora y el nmero de Folio corres-pondiente. Se deja constancia que el Certificado de Recepcin no constituye admisibilidad.

    5.2 Postulacin en soporte materialAtendiendo las distintas realidades y particularidades de nuestros habitantes, que por razones geogrficas tengan escasa o nula conectividad a Internet o que por otras razones se vean impedidos o dificultados de concursar digitalmente, es que el CNCA pone a disposicin un mecanismo de postulacin va soporte material.

    Se debe descargar e imprimir el FUP desde la plataforma digital: www.fondosdecultura.gob.cl.

    Los proyectos debern ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades:

    Acompaar el FUP al comienzo del proyecto, con lo campos llenados de forma correcta, clara y legible. En caso que se haga manuscritamente, se ruega hacerlo en letra imprenta;

    El proyecto impreso, debe incorporar los Antecedentes Obligatorios y los Antecedentes Complementarios de Evaluacin que se estimen convenientes;

    Las pginas deben estar numeradas; y

    Se debe entregar tres (3) copias anilladas por separado del proyecto, con todos sus antecedentes.

    Los documentos en archivos de sonido o video, u otros que por su naturaleza no sean impresos, debern adjuntarse en CD, DVD o pendrive. Estos medios de respaldo de informacin debern acompaarse en cada una de las copias anilladas y en el caso de CDs o DVDs, deber indicarse en sus respectivas cartulas, al menos el nombre del postulante y del proyecto. El postulante deber

  • 8preocuparse de que los soportes de informacin y las copias anilladas no se separen, adosndolos mediante cinta adhesiva u otros mecanismos de resguardo que eviten su extravo.

    Aquellas personas que no puedan acceder a Internet y bajar el FUP desde el sitio web institucional, podrn retirarlo impreso en las distintas sedes de las Direcciones Regionales del CNCA.

    Los proyectos podrn ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envo por correo certificado a la sede de la Direccin Regional correspondiente del CNCA. El costo de envo de las postulaciones ser de cargo exclusivo del postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar, se considerarn como no presentadas. Se considerar como fecha de presentacin de la postulacin fsica, la fecha de envo estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva.

    6. Idioma de los AntecedentesTanto en la postulacin digital como material, los antecedentes debern ser presentados en idioma espaol. Los documentos presentados en otro idioma y que no se encuentren acompaados por traduccin, sern considerados como no presentados.

    7. Antecedentes Obligatorios de EvaluacinSon aquellos documentos indispensables para la postulacin de proyectos. La lista de antecedentes por modalidad tiene carcter taxativo, de manera tal que, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados.

    Para esta Lnea de concurso, junto con el FUP, se exigirn los siguientes Antecedentes Obligatorios de Evaluacin, segn la modalidad postulada:

    Becas y Pasantasa. Antecedentes de formacin: Todos los Antecedentes de Formacin indicados en el FUP como

    Estudios formales, debern acreditarse mediante el certificado correspondiente, ya sea de alumno regular, copia de ttulo profesional o tcnico, grado de licenciado, o cualquier otro cer-tificado que acredite la formacin oficial. La no entrega de dichos documentos ser causal de inadmisibilidad. Los Antecedentes de Formacin indicados en el FUP como Estudios informales, es decir aqullos que no se realizan en instituciones establecidas o que se refieren a talleres, seminarios u otros programas que no otorgan grado acadmico, as como las referencias de Experiencia Laboral que respaldan la idoneidad del postulante y el respaldo de Portafolio, no requieren ser acreditados, pero podrn hacerlo de todas formas, mediante la entrega de docu-mentos tales como cartas de referencias, reconocimientos o distinciones, carpetas de obras, o cualquier otro documento que estimen conveniente. Dichos documentos no sern sometidos a admisibilidad y slo sern materia de evaluacin del proyecto segn el criterio correspondiente.

    b. Propiedad intelectual (si corresponde): Si su proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la Ley N 17.336 de Propiedad Intelectual, se debe adjuntar la autorizacin simple y expresa del autor o entidad que administre los respectivos derechos que se van a utilizar en el proyecto, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la Ley N 17.336.

    c. Cofinanciamiento voluntario (si corresponde): El postulante podr comprometer aportes propios o de terceros. En caso que dichos aportes consistan en bienes o servicios del postulante, susceptibles de valoracin pecuniaria, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar carta firmada por ste; si son de terceros, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar

  • 9los respectivos documentos que lo acrediten. En caso que los aportes consistan en dinero, si compromete recursos propios, deber acompaar carta firmada por l y si son de terceros, carta firmada por los financistas.

    d. Documento oficial de aceptacin: Se deber acompaar el documento emitido por la institu-cin, o maestro, o asociaciones de enseanza, segn corresponda, donde conste la aceptacin al programa o cursos, sin sujetarla a plazos o condiciones, indicando la fecha de inicio y trmino de la formacin. Si la aceptacin se encuentra en trmite, deber acompaarse la documentacin que acredite el inicio del proceso de postulacin. Las postulaciones de formacin con maestros siempre debern contar con la aceptacin formal. Los proyectos de dos circenses deben consi-derar la aceptacin de ambos participantes.

    e. Plan de estudios y fundamentacin de impacto: Se debern exponer con claridad y detalle el nombre y la descripcin de las asignaturas, sus contenidos generales, metodologa de ense-anza (clases presenciales, e-learning, pasantas, investigacin, entre otros), fecha de inicio y trmino de la formacin, nmero total de sesiones por asignatura y su duracin, cuerpo docente, y adems datos relevantes que, a juicio del postulante, contribuyan a dar mayor informacin de las caractersticas del programa. Deber describirse asimismo la importancia que posee para el postulante el realizar la formacin propuesta y como sta incide tanto en su mbito profesional como en la disciplina en que se desarrolla.

    f. Antecedentes de la institucin o maestro que imparte los estudios: En caso que el progra-ma o cursos los imparta una institucin oficial en el mbito de la educacin, deber acompaar-se los antecedentes relevantes de esta, tales como: el nombre, la nacionalidad, domicilio de la sede donde se imparten las clases, u otros datos que permitan individualizarla con claridad. En caso que se trate de maestros u otro tipo de asociaciones que impartan enseanza, se deber acompaar los antecedentes curriculares del maestro y/o de la agrupacin de enseanza, que permita individualizarla con certeza.

    g. Lneas de trabajo a desarrollar: En el caso de existir tesis o investigacin desarrollada en el contexto de la formacin planteada, entregar un lineamiento de los temas desarrollar.

    h. Certificado de dominio de idioma: otorgado por una institucin o maestro pertinente, si la for-macin no es impartida en castellano. En proyectos de dos de circenses, a lo menos uno de los participantes deber acreditar dominio de idioma en que se imparte formacin. Si se trata de una formacin impartida en castellano, pero en un pas no hispanoparlante, se deber sealar dicha situacin en la carta de aceptacin, con el fin de dispensar al postulante de este documento.

    Actividades Formativasa. Antecedentes de formacin: Todos los Antecedentes de Formacin indicados en el FUP como

    Estudios formales, debern acreditarse mediante el certificado correspondiente, ya sea de alumno regular, copia de ttulo profesional o tcnico, grado de licenciado, o cualquier otro cer-tificado que acredite la formacin oficial. La no entrega de dichos documentos ser causal de inadmisibilidad. Los Antecedentes de Formacin indicados en el FUP como Estudios informales, es decir aqullos que no se realizan en instituciones establecidas o que se refieren a talleres, seminarios u otros programas que no otorgan grado acadmico, as como las referencias de Experiencia Laboral que respaldan la idoneidad del postulante y los miembros de su equipo (si existe), y el respaldo de Portafolio, no requieren ser acreditados, pero podrn hacerlo de todas formas, mediante la entrega de documentos tales como cartas de referencias, reconocimientos o distinciones, carpetas de obras, o cualquier otro documento que estimen conveniente. Dichos documentos no sern sometidos a admisibilidad y slo sern materia de evaluacin del proyecto segn el criterio correspondiente.

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    b. Propiedad intelectual (si corresponde): Si su proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la Ley N 17.336 de Propiedad Intelectual, se debe adjuntar la autorizacin simple y expresa del autor o entidad que administre los respectivos derechos que se van a utilizar en el proyecto, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la Ley N 17.336.

    c. Nmina de directores, socios o accionistas (si corresponde): Los postulantes personas jur-dicas con fines de lucro, debern acompaar la nmina en que se individualicen los directores, socios o accionistas.

    d. Cofinanciamiento obligatorio (slo para la Submodalidad de Actividades que Contem-plan Cobro de Entradas al Pblico Asistente): El postulante deber comprometer aportes propios o de terceros. Si compromete recursos propios, deber acompaar carta firmada por l y si son de terceros, carta firmada por los financistas.

    e. Cofinanciamiento voluntario (si corresponde): El postulante podr comprometer aportes propios o de terceros. En caso que dichos aportes consistan en bienes o servicios del postulante, susceptibles de valoracin pecuniaria, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar carta firmada por ste; si son de terceros, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar los respectivos documentos que lo acrediten. En caso que los aportes consistan en dinero, si compromete recursos propios, deber acompaar carta firmada por l y si son de terceros, carta firmada por los financistas.

    f. Antecedentes de la Institucin o persona que imparte la formacin: En caso que el programa o cursos lo imparta una institucin oficial en el mbito de la educacin, deber acompaarse los antecedentes relevantes de sta, como son nombre, nacionalidad, domicilio de la sede donde se realizarn las clases u otros datos que permitan individualizarla con claridad. Asimismo, se deber acompaar antecedentes del/los maestro(s) o expositor(es), que puedan acreditar el nivel de pre-paracin y trayectoria de ste/stos, en relacin al mbito en el que se presenta la postulacin.

    g. Programa de la actividad: Se deber exponer con claridad el nombre y la descripcin de las temticas a abordar, sus alcances, metodologas de enseanza (conferencias, talleres de trabajo, e-learning, entre otros), fecha de inicio y trmino de la actividad, nmero total de sesiones, su duracin, perfil profesional al que est dirigido y nmero de posibles beneficiarios.

    h. Compromisos de espacios y/o trabajo en conjunto: Documento que establezca el (los) es-pacio (s) de realizacin del proyecto, firmado por el administrador del mismo. En el caso que el soporte lo constituya un sitio web o medio de difusin no existente y que ser desarrollado por el proyecto en concurso, no se solicitar dicho documento.

    8. Antecedentes Complementarios de EvaluacinEl postulante podr aportar informacin adicional que estime conveniente, adjuntando antecedentes complementarios a su proyecto. Estos antecedentes sern evaluados en el criterio correspondiente, segn su contenido o naturaleza. Los documentos que acreditan estudios informales, en Anteceden-tes de Formacin, as como el respaldo de Experiencia Laboral o de Portafolio y que sean indicados por el postulante en el FUP, corresponden a este tipo de antecedentes, por citar algunos ejemplos.

    9. Periodo de convocatoriaLos postulantes podrn postular sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, desde el da 12 de julio de 2013 hasta la fecha de cierre de convocatoria. No se aceptarn postulaciones presentadas fuera de plazo.

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    Las postulaciones digitales podrn ser enviadas hasta las 23.59 horas (Chile Continental) del da 09 de septiembre de 2013.

    Las postulaciones en soporte material, podrn ser entregadas hasta las 17.00 horas del da 09 de septiembre de 2013. Igual regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la que se acreditar segn fecha de envo estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva.

    10. Constatacin del cumplimiento de BasesLa constatacin del cumplimiento de los requisitos de postulacin ser realizada por la Secretara del Fondo o por el/la Directora(a) Regional, segn corresponda, desde la recepcin de postulaciones, hasta la firma de Convenio de Ejecucin inclusive, es decir, operan durante todo el concurso.

    De constatarse algn incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso. Dicha circunstancia operar a travs de:

    La Secretara del Fondo, si se comprueba antes de la seleccin del proyecto, la que dejar constancia en la Ficha nica de Evaluacin, lo que ser formalizado a travs del respectivo acto administrativo dictado por el Jefe del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Creativas, el que se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

    El/la Director(a) Regional competente, si fuera con posterioridad a la seleccin, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa, la que se notificar a los interesados en conformidad a la ley, debiendo informar a la Secretara del Fondo.

    Conforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Adminis-trativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes cuyos proyectos hayan sido declarados fuera de bases, les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley. Se debe tener presente que los recursos de reposicin, en conformidad al artculo 30 de la Ley recin mencionada, debern contener:

    Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de su apoderado, as como la identificacin del medio preferente o lugar que se seale para efectos de las notificaciones.

    Los hechos, razones y peticiones en que consiste la solicitud.

    Lugar y fecha.

    La firma del solicitante o acreditacin de la autenticidad de su voluntad expresa por cualquier medio habilitado. En virtud de lo anterior, no se aceptarn recursos de reposicin presen-tados a travs de correos electrnicos, a menos que se encuentren mediante firma elec-trnica avanzada, regulada por la Ley N 19.799.

    El rgano administrativo al que se dirige.

    Los interesados podrn actuar por medio de apoderados, entendindose que stos tienen todas las facultades necesarias para la consecucin del acto administrativo, salvo manifestacin expresa en contrario. El poder deber constar en escritura pblica o documento privado suscrito ante notario.

    La presentacin de los recursos de reposicin en soporte papel deber efectuarse en las respectivas Direcciones Regionales del CNCA, de lunes a jueves entre 09:00 y 18:00 horas y viernes entre 09:00 a 17:00 horas.

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    La presentacin de recursos de reposicin mediante firma electrnica avanzada deber efectuarse a travs de [email protected].

    Asimismo, si se constata alguna conducta de un postulante que a juicio del CNCA, atenta contra el correcto funcionamiento de cualquiera de los concursos pblicos de los Fondos de Cultura adminis-trados por el CNCA, en el sentido de intentar burlar las reglas de participacin establecidas en Bases, los proyectos quedarn fuera de concurso en forma automtica a travs del mismo proceso arriba sealado. A modo ejemplar, si se constata la postulacin de proyectos que evidencien el mismo contenido, aun cuando existan diferencias formales en distintas lneas o Fondos, con el solo objeto de obtener financiamientos mltiples, sus postulaciones quedarn fuera del proceso concursal.

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    III. ADMISIBILIDAD1. Examen de admisibilidad

    Recibida la postulacin, ya sea digital o en soporte material, la Secretara del Fondo proceder a determinar:

    Que el concursante sea del tipo de persona que puede postular;

    Que el postulante no se encuentra inhabilitado para postular;

    Que el Fondo, Lnea, modalidad y submodalidad elegida sea pertinente con el proyecto postulado;

    Que el FUP se haya acompaado y llenado correctamente, cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases;

    Que se adjuntan los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin;

    Que el proyecto haya sido enviado o presentado dentro del plazo establecido;

    Que el proyecto presentado en soporte material, cumpla con las formalidades indicadas en el numeral 5.2 del Captulo II De la postulacin de los proyectos; y

    Que se comprometa el cofinanciamiento obligatorio, cuando corresponda.

    2. Declaracin de inadmisibilidadLa inadmisibilidad del proyecto ser certificada por la Secretara del Fondo, lo que ser formalizado en una resolucin administrativa dictada por el Jefe del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Creativas, la que se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

    3. Recursos administrativosConforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Adminis-trativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley. Los recursos debern interponerse en la forma sealada en el captulo II titulado Postulacin de los Proyectos, numeral 10 Constatacin del cumplimiento de Bases de las presentes Bases.

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    IV. EVALUACIN Y SELECCIN

    1. Aspectos generales del proceso de evaluacin y seleccinLas postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de convocatoria, sern oportuna-mente puestas a disposicin de las instancias de evaluacin y seleccin por parte de la Secretara del Fondo. Esto no impide que el proyecto pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento concursal.

    Se deja constancia que, tratndose de proyectos cuyos recursos interpuestos en contra de la inadmisi-bilidad hayan sido acogidos, la Secretara del Fondo proceder a incluirlos dentro del proceso concursal para ser evaluados junto con los dems proyectos admisibles del concurso, en forma simultnea.

    El proceso de evaluacin de los proyectos admisibles, estar a cargo de una Comisin de Becas en el caso de la Modalidad de Becas y Pasantas y de un Comit de Especialistas en el caso de la Modalidad de Actividades Formativas, compuestas cada una por al menos 3 (tres) miembros de destacada trayectoria, nombrados por el CNCA a propuesta del Consejo y cuya designacin ser formalizada a travs del respectivo acto administrativo dictado por la autoridad competente. El nmero definitivo de personas que integrarn el Comit de Especialistas y la Comisin de Becas ser determinado por la Secretara del Fondo, segn la cantidad de proyectos recibidos en cada modalidad. En todo caso, se deja constancia que su nmero de integrantes siempre debe ser impar. El Directorio podr, a propuesta de la Secretara del Fondo, designar a las mismas personas para el Comit de Especialistas y la Comisin de Becas, segn la especialidad requerida en cada una de ellas y la cantidad de postulaciones recibidas, considerndose a todo evento comisiones indepen-dientes entre s.

    El Comit de Especialistas y la Comisin de Becas realizarn su labor en un plazo mximo de cuarenta y cinco (45) das hbiles, a contar de la fecha de cierre de concurso.

    2. Evaluacin y seleccina. El proceso de evaluacin implica una valoracin tcnica y cualitativa de la propuesta.

    La Secretara del Fondo distribuir los proyectos recibidos entre los distintos integrantes de la Comisin de Becas y el Comit de Especialistas, segn corresponda, quienes harn indivi-dualmente un anlisis preliminar y general de fortalezas y debilidades de los proyectos que les toquen conocer, para luego exponerlos a la instancia colectiva de evaluacin.

    Con posterioridad, el Comit de Especialistas, se reunir como instancia colectiva para llevar a cabo una evaluacin tcnica y cualitativa de todos los proyectos, previamente analizados indi-vidualmente, segn los criterios de evaluacin, asignando los respectivos puntajes conforme las ponderaciones respectivas, cuya sumatoria otorgar el puntaje total de la evaluacin obtenida por cada proyecto. Igual procedimiento ser realizado la Comisin de Becas, en el marco de la modalidad de su competencia.

    Las decisiones que se adopten sern debidamente fundamentadas, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que tiendan a facilitar la comprensin de stas, en coherencia con los proyectos y las lneas postuladas, todo lo cual quedar registrado en la Ficha nica de Evaluacin (FUE).

    Sern elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje igual o superior a 75 puntos.

    b. El proceso de seleccin consiste en la definicin de los proyectos ganadores, dentro de los elegi-bles y la asignacin respectiva de los recursos del Fondo, conforme la disponibilidad presupuestaria y la aplicacin de los criterios de seleccin, segn la modalidad. En virtud de lo anterior, tanto la

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    Comisin de Becas como el Comit de Especialistas elaborarn una nmina de todos los proyectos con su respectivo puntaje, en orden de mayor a menor y proceder a la seleccin de acuerdo a los criterios establecidos en Bases, dejando constancia del fundamento de seleccin o no seleccin.

    En caso que se hayan asignado todos los recursos disponibles para el concurso y existan proyectos elegibles no seleccionados, la Comisin de Becas y el Comit de Especialistas, segn corresponda, podrn elaborar una lista de espera con un mximo de 20 de dichos proyectos, debiendo utilizar los mismos criterios de seleccin de estas Bases. De existir lista de espera y un aumento en los recursos disponibles, stos sern asignados a los proyectos que se encuentran en dicha lista, en orden de prioridad. En el caso que corra la lista de espera de la modalidad de Becas con poste-rioridad al inicio de sta y el postulante no haya iniciado su curso, la seleccin quedar sin efecto.

    Asimismo, financiada la totalidad de la lista de espera y existiendo recursos disponibles, se debern asignar recursos a aquellos proyectos que tengan la calidad de elegibles y que no hayan sido seleccionados, para lo cual deber respetarse el orden de prioridad en que se encuentren dichas postulaciones. Dicho orden de prioridad se realizar de acuerdo a los criterios de seleccin establecidos en las presentes Bases.

    Aumento de disponibilidad presupuestariaEn relacin a lo anterior, se deja constancia que el Directorio, en uso de sus facultades podr aumentar la disponibilidad presupuestaria del presente concurso, con la finalidad de financiar una mayor cantidad de proyectos elegibles. En este mismo sentido, en caso de no existir proyectos elegibles, sobrando la totalidad de los recursos del Fondo, o bien, no habiendo suficientes proyectos elegibles, sobrando parcialmente recursos del Fondo, la Comisin de Becas o el Comit de Especia-listas podrn proponer declarar desierto todo o parte del concurso, respectivamente, pudiendo el Directorio reasignar los recursos remanentes a listas de espera de otros concursos, o a los fines que estime pertinentes, de conformidad con lo establecido en la respectiva normativa legal. No existir obligacin de indemnizar en caso de declararse desierto el concurso.

    3. Criterios de evaluacin, ponderaciones y puntajesLa evaluacin de los proyectos ser realizada de acuerdo a los criterios que se exponen a conti-nuacin, y los puntajes sern asignados en consideracin a las ponderaciones sealadas, debiendo fundamentarse en cada caso el puntaje asignado:

    Becas y Pasantas:

    CRITERIOS PONDERACINCoherencia Evala la correspondencia entre el proyecto de la lnea de concurso.

    Asimismo, la conexin lgica entre los antecedentes presentados y la pertinencia de la informacin contenida en la postulacin, incluido el material adjunto.

    10%

    Currculo Evala los antecedentes acadmicos y experiencia del postulante, en relacin a los estudios y/o el perfeccionamiento que desea realizar 30%

    Presupuesto Evala la adecuacin de la solicitud financiera con el programa de estudios y los costos asociados postulados. 5%

    Calidad Evala la adecuacin de la propuesta acadmica o disciplinaria postulada, considerando el programa de estudios, la institucin y/o la (s) competencias de la (s) persona (s) que la imparte (n).

    45%

    Impacto Evala el aporte de la realizacin de los estudios postulados en el campo artstico y cultural en el que se inscribe. 10%

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    Actividades Formativas:CRITERIOS PONDERACIN

    Coherencia Evala la correspondencia entre el proyecto y el objeto de la Lnea de concurso. Asimismo, la conexin lgica entre los antecedentes presentados y la pertinencia de la informacin contenida en la postulacin, incluido el material adjunto.

    10%

    Currculo Evala la formacin acadmica y/o la experiencia del postulante y del equipo de trabajo, cuando se considere, para la produccin de las actividades formativas a desarrollar.

    20%

    Presupuesto Evala la adecuacin y pertinencia de la solicitud financiera para la produccin de la actividad formativa a realizar. 10%

    Calidad Evala los atributos de calidad del programa formativo, de las personas que lo imparten y de la institucin asociada o patrocinadora, si se la considera. 30%

    Impacto Evala el aporte al mejoramiento de competencias y/o profesionalizacin de un determinado campo del arte. 30%

    Los proyectos sern evaluados con los siguientes rangos de puntuacin:

    Deficiente Regular Bueno Muy Bueno0 39 puntos 40 74 puntos 75 89 puntos 90 100 puntos

    4. Criterios de seleccinCorresponder a la Comisin de Becas y el Comit de Especialistas, segn sea el caso, en el marco de la disponibilidad presupuestaria, decidir la seleccin de los proyectos y la determinacin de la asignacin de recursos del Fondo, basndose en una opinin fundada y consensuada, considerando el siguiente criterio de seleccin para ambas modalidades:

    De mayor a menor puntaje obtenido en la evaluacin;

    Previo a formalizar la seleccin, la Secretara del Fondo revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones de postulacin y asignacin de recursos, conforme a las presentes Bases. De constatarse algn incumplimiento a estos requisitos, anterior o sobreviniente a la etapa de ad-misibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso, pasando a tener la calidad de no seleccionado, dejndose constancia en la respectiva FUE.

    5. Comisin de Becas y Comit de EspecialistasLa Comisin de Becas y el Comit de Especialistas requerirn como qurum para sesionar y adoptar acuerdos la mayora absoluta de sus miembros, debiendo contener sus decisiones los fundamentos de la evaluacin, seleccin o no seleccin y de la asignacin de recursos. En caso de empate resolver su Presidente.

    Del acuerdo final se levantar un acta, que incluir la individualizacin de los proyectos seleccionados y la determinacin del monto asignado para su ejecucin, la que tendr validez con la sola firma de su Presidente, quien ser elegido por todos los miembros del Comit de Especialistas y de la Comisin de Becas, segn corresponda. Las decisiones que adopten la Comisin Becas y el Comit de Especialistas sern inapelables y se expresarn en una resolucin que el CNCA dictar para tal efecto.

    6. Publicacin y notificacin de resultadosLa nmina de proyectos seleccionados se publicar en un medio escrito, impreso o digital, de circulacin nacional y en la pgina web institucional www.fondosdecultura.gob.cl, indicando el

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    nombre del proyecto, las personas u organizaciones responsables de los mismos y los montos asignados. Dichas publicaciones se realizarn en el plazo mximo de 10 (diez) das hbiles, contados desde la fecha de la tramitacin total del acto administrativo que selecciona los proyectos.

    Asimismo, el CNCA notificar los resultados del concurso dentro de los 5 (cinco) das hbiles siguientes a la dictacin de la resolucin respectiva, a los postulantes que hayan sido seleccionados, no seleccionados y aquellos que integren la lista de espera.

    7. Recursos administrativosConforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administra-tivos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativo, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley. Los recursos debern interponerse en la forma sealada en el captulo II titulado Postulacin de los Proyectos, numeral 10 Constatacin del cumplimiento de Bases de las presentes Bases.

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    V. CONVENIO DE EJECUCIN

    1. Firma del ConvenioLos responsables de cada proyecto seleccionado debern suscribir, dentro del plazo de 30 (treinta) das hbiles, contados desde la fecha de publicacin de los resultados la convocatoria, un Convenio de Ejecucin con el CNCA, el cual se estipularn los derechos y obligaciones de ambas partes y los trminos y condiciones para la ejecucin de proyectos seleccionados. El responsable deber acompaar la do-cumentacin legal correspondiente y hacer entrega de la debida garanta, segn corresponda.

    En el Convenio se acuerda la entrega de recursos al responsable del proyecto y se establecen los mecanismos de supervisin por parte del CNCA para asegurar la correcta ejecucin del proyecto. Mientras no se suscriba el Convenio y se tramite totalmente la resolucin administrativa que lo apruebe, no se entregar recurso alguno al responsable.

    2. Restricciones para la firma de ConvenioPrevio a la firma del Convenio, se deber revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones sealados en estas Bases. En caso de que se constate alguna inhabilidad para postular u otro incumplimiento de los requisitos de postulacin, el proyecto quedar inmediatamente fuera del concurso, debiendo el/la respectivo(a) Director(a) Regional dictar la respectiva resolucin ad-ministrativa, la que se notificar a los interesados en conformidad a la ley, debiendo informar a la Secretara del Fondo.

    No podrn suscribir Convenio aquellos responsables que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones respecto de recursos entregados por el CNCA, sean derivadas de postulaciones a fondos concursables u otro tipo de programas o acciones de los que hayan sido beneficiarios con anterio-ridad a la presente convocatoria:

    Morosos en la rendicin de cuenta ntegra de recursos concedidos con anterioridad, segn antecedentes que maneje el CNCA; y

    Rendiciones rechazadas sin reintegro de los recursos correspondientes o sin que se hayan corregido las respectivas observaciones en el plazo otorgado para ello, segn antecedentes que maneje el CNCA.

    Si no se da solucin a lo anterior en el plazo establecido para la suscripcin de Convenio, se entiende que el postulante renuncia automticamente a la seleccin de su proyecto, debiendo operar la lista de espera, en caso que sta exista. Las restricciones mencionadas sern aplicadas a personas naturales seleccionadas que, a su vez, sean representantes legales de personas jurdicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones sealadas. Asimismo, sern aplicadas a las personas jurdicas selecciona-das, cuyos representantes legales se encuentren en alguna de las mismas situaciones.

    3. Contenido del ConvenioDentro del Convenio se deben consignar los derechos y obligaciones de las partes respecto a:

    Forma de entrega de los recursos;

    Destino de los recursos;

    Actividades;

    Plazos de duracin y ejecucin del proyecto;

    Deber de reconocimiento al CNCA;

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    Informe(s) de avance (si corresponde) e informe final del proyecto;

    Rendicin de recursos;

    Mecanismos de supervisin;

    Sanciones por incumplimiento; y

    Certificado de ejecucin total.

    4. Documentacin obligatoria para la firma de ConvenioSi el responsable es persona natural, debe presentar:

    Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del postulante seleccionado, del aval de la garan-ta y del representante legal, cuando corresponda;

    Documentacin que acredite la representacin, cuando corresponda, con una antigedad no su-perior a 60 (sesenta) das;

    Documento que acredite el domicilio del responsable, con una antigedad no superior a 60 (se-senta) das;

    Instrumento de caucin o garanta; y

    Para la Modalidad de Becas y Pasantas, se exigir carta de aceptacin de la entidad que impar-tir la formacin o perfeccionamiento, sin sujetarla a plazos o condiciones, indicando la fecha de inicio y de trmino de la actividad, si sta no fue acompaada al momento de postular.

    Si el responsable es persona jurdica, debe presentar:

    Copia del Rol nico Tributario;

    Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del representante legal;

    Documentacin que acredite dicha representacin;

    Certificado de vigencia, con individualizacin del Directorio, cuando corresponda, con una anti-gedad no superior a 60 (sesenta) das;

    Comprobante de inscripcin en el Registro nico de Personas Jurdicas, con una antigedad no superior a 60 (sesenta) das;

    Certificado de Inicio de Actividades u otro documento que acredite el domicilio, con una anti-gedad no superior a 60 (sesenta) das; e

    Instrumento de caucin o garanta, cuando corresponda.

    Todo lo anterior, es sin perjuicio de otros documentos que el propio Convenio de Ejecucin precise. De no presentarse dicha documentacin, no podr suscribirse el Convenio, quedando la seleccin sin efecto.

    5. Ejecucin y trmino del ConvenioLas actividades que se sealen en los proyectos debern iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el Convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes Bases.

    En el caso de autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), que sean

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    representantes legales de una persona jurdica postulante en la que no tengan participacin social (socios o accionistas), stos no podrn recibir ningn tipo de beneficio del proyecto, ni participar en forma posterior en l. De no dar cumplimiento a lo anterior, ser rechazada toda actividad y su consiguiente rendicin de recursos, en lo pertinente a dicha persona.

    Asimismo, de no cumplir con lo sealado en las clusulas del Convenio, por causas o hechos imputables al responsable del proyecto, la autoridad encargada del seguimiento del proyecto podr poner trmino al Convenio y/o suspender parcial o totalmente los aportes estipulados, junto con ejecutar las garantas comprometidas.

    No obstante lo anterior, el CNCA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitucin de los fondos adjudicados y entregados.

    Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la informacin acompaada a la respectiva postulacin y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes Bases o la falta de veracidad en la postulacin, ser casual de termino anticipado del respectivo Convenio de Ejecucin de Proyecto, sin perjuicio del ejercicio por parte del CNCA de las acciones legales que sean pertinentes.

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    VI. ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS DEL CONCURSO

    1. Conceptos y definicionesPara efectos de las presentes Bases, se entender por:

    a. Postulante: Persona natural o jurdica que presenta un proyecto a la presente convocatoria, identificndose como tal en el FUP, recibiendo la calidad de titular del proyecto.

    b. Equipo de trabajo: Se refiere a aquellos participantes de un proyecto que cumplen una funcin esencial y que deben ser individualizados por el postulante.

    c. Responsable: Postulante cuyo proyecto resulta seleccionado, suscribiendo el respectivo Conve-nio de Ejecucin con el CNCA, comprometindose a velar por el cumplimiento correcto, ntegro y oportuno de las obligaciones all contradas.

    d. Personas naturales: Todos los individuos de la especie humana, cualquier sea su edad, sexo, condicin o estirpe.

    e. Personas jurdicas: Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislacin vigente, ca-paces de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudi-cialmente.

    f. Representante legal: Quien acta en nombre de una persona jurdica y la representa de un modo reconocido legalmente. Para efectos de la postulacin en digital, el representante legal cumplir las funciones de administrador de la cuenta de la persona jurdica correspondiente.

    g. Sociedades de hecho: Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurdica.

    h. Parentesco por consanguinidad: Es el que se funda en la relacin de sangre que existe entre dos personas, cuando una desciende de la otra o ambas descienden de un tronco o antepasado comn. La adopcin tiene el mismo tratamiento que el parentesco por consanguinidad.

    Lnea de parentesco: Es la serie de parientes que descienden unos de otros (lnea recta) o de un tronco comn (lnea colateral, transversal u oblicua).

    Grado: Es la distancia que existe entre dos parientes. El parentesco en la lnea recta se cuenta por el nmero de generaciones: padre e hijo, primer grado; nieto y abuelo, segundo grado. En el parentesco colateral, para determinar el grado se sube hasta el tronco comn y despus se baja al pariente cuyo grado se desea conocer. As, por ejemplo, los hermanos se encuentran en se-gundo grado en la lnea colateral, porque en el primer grado se sube de uno de los hijos al padre y despus se baja del padre al otro hijo.

    i. Disciplinas artsticas y mbitos culturales correspondientes al FONDART: Corresponden a Artes Visuales, Fotografa, Teatro, Danza, Artes Circenses, Artesana, Folclore, Arquitectura, Diseo, Nuevos Medios, Patrimonio Material e Inmaterial, Gestin Cultural, Culturas de Pueblos origina-rios, Desarrollo Cultural Local y Turismo Cultural.

    2. tem presupuestario y financieroa. Financiamiento total o parcial: Los postulantes podrn solicitar financiamiento total o parcial

    para la ejecucin del proyecto postulado, debiendo para tal efecto tener presente los montos mximos financiados por el CNCA para cada proyecto.

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    b. Cofinanciamiento obligatorio y voluntario y su rendicin: Corresponde a los recursos no entre-gados por el CNCA y que son necesarios para la adecuada realizacin del proyecto, pudiendo ser aportados por el postulante y/o por un tercero. Los aportes a cofinanciar pueden ser de dos tipos:

    Aportes obligatorios: Aquellos que necesariamente debe comprometer y acreditar el postulante, sin el cual el proyecto no es admisible.

    Aportes voluntarios: Aquellos aportes que superan el monto obligatorio exigido en las Bases de concurso y que si se contemplan, deben ser acreditados.

    Se deber efectuar la acreditacin de los aportes pecuniarios propios comprometidos, entregando copia de toda la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    En relacin a los aportes pecuniarios de terceros, de acuerdo a lo establecido en el Convenio, se deber realizar la rendicin de los gastos, de la siguiente manera:

    Aportes de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985. En el caso de aportes derivados de donaciones con fines culturales acogidos a los beneficios tributarios establecidos en el artculo 8 de la Ley 18.985, se debern rendir acompaando copia simple del certificado que acredita donacin con fines culturales con beneficio tributario, de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 3 de la Ley de Donaciones Culturales (artculo 8 Ley N 18.985) y su Reglamento y copia simple del estado de las fuentes y uso detallado de los recursos recibidos a que se refiere el artculo 5 contenido en el artculo 8 de la Ley antes mencionada; o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Aportes de terceros efectuados por otras entidades pblicas: se efectuar entregando copia de la aprobacin de la rendicin de cuentas respectiva por parte de la entidad pblica que realiz el aporte o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas entregada a la entidad pblica aportante.

    En todo caso, en ambos casos el responsable deber mantener en su poder copia de la respectiva documentacin de respaldo del gasto del aporte, la que podr ser solicitada por el CNCA para efectos de aprobacin del informe final.

    Otros aportes de terceros: se rendir entregando copia de la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Tratndose de cofinanciamiento voluntario, ya sea que se trate de aportes propios o de terceros consistentes en bienes o servicios susceptibles de avaluacin pecuniaria, stos debern acreditarse entregando copia de toda la documentacin que los acredite, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    c. Tipos de gastos y su rendicin: La Modalidad de Becas entregar recursos para financiar gastos de operacin en los siguientes rubros:

    Matrcula, arancel mensual u honorario del docente, cuando corresponda;

    Manutencin: Exclusivamente para alojamiento, consumos domiciliarios (luz, agua, gas, telfono), alimentacin, transporte local en el lugar de ejecucin del proyecto (bus y metro), lavandera, farmacia (medicamentos), fotocopias y materiales bsicos de oficina, cuando corresponda. Los postulantes que residan en la misma localidad donde se imparte la formacin no podrn solicitar gastos de alojamiento ni consumos domiciliarios. Respecto de proyecto a ejecutarse en el extranjero, el monto mximo mensual por manutencin del postulante ser el monto mximo mensual establecido para le becario por el Decreto Supremo N 664 de 2008, del Ministerio de Educacin, con sus modificaciones, que establece normas sobre el

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    Otorgamiento de becas del Programa Becas Bicentenario de Postgrado (Becas Chile). No se financiar manutencin de cnyuge e hijos del becario.

    Traslado: Incluye transporte interurbano o internacional, segn la naturaleza del proyecto, de ida y vuelta, desde el domicilio del responsable hasta el lugar;

    Imprevistos: Reservas de recursos que el postulante destina a solventar imponderables en la ejecucin del proyecto. Porcentaje sealado en las distintas modalidades de este Concurso. Se considera un 5% (cinco por ciento) para proyectos a desarrollarse en Chile y un 10% (diez por ciento) para proyectos en el extranjero;

    Seguro de salud: Para los proyectos que se ejecutan en el extranjero;

    Visa y/o Pasaporte: Para los proyectos que se ejecutan en el extranjero; y

    Textos y/o materiales de estudio: Podr solicitarse financiamiento para la adquisicin de textos de estudios relacionados con la formacin que se desarrolla o bien, materiales indispensables para un adecuado desarrollo del estudio.

    La Modalidad de Actividades Formativas entregar recursos para financiar gastos de honorarios, operacin, difusin e inversin:

    Gastos de honorarios: Corresponden a todos los desembolsos a cambio de una contraprestacin de servicios que preste un tercero, y que sean necesarios para la realizacin del proyecto. En este tem no corresponde la asignacin del responsable, la que debe ser incluida en los gastos de operacin.

    Los gastos de honorarios deben justificarse con boletas de honorarios, sean electrnicas o debidamente timbradas por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Adems debe acreditarse la recepcin conforme de los servicios prestados por las personas contratadas a honorarios.

    En el evento de haberse realizado retenciones, el responsable deber adjuntar copia del Formulario N 29 del SII en la que se acredite el pago de la retencin, debidamente timbrada.

    Para la rendicin del gasto derivado del pago de honorarios por la prestacin de servicios en el pas de personas naturales extranjeras, se deber adjuntar, junto con la respectiva boleta de honorarios, una copia legalizada de la visa de trabajo vigente o una copia legalizada del permiso de trabajo para turistas/artistas, segn corresponda.

    Gastos de operacin: Son aquellos necesarios para la produccin y realizacin del proyecto, tratndose en general, de gastos en servicios o de inversin en bienes que no subsisten despus de la ejecucin del proyecto (bienes consumibles).

    En este tem se debe incluir la asignacin del responsable (slo aplica para personas naturales) y la contratacin de los trabajadores de artes y espectculos, en cumplimiento de las disposicio-nes contenidas en la Ley N 19.889.

    Se deja constancia que los responsables personas naturales, para asignarse recursos, deben ejecutar una labor en el proyecto, como parte del equipo de trabajo.

    Los gastos de operacin deben acreditarse con las respectivas boletas (cualquiera sea la naturaleza del gasto) y facturas, presentadas en original y a nombre del responsable del proyecto.

    La asignacin del responsable del proyecto, deber acreditarse mediante la presentacin del respectivo Formulario N 29 del SII.

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    En el caso de trabajadores contratados bajo la Ley N 19.889 Sobre Trabajadores de Artes y Es-pectculos, dicho gasto se acreditar con el respectico contrato de trabajo, ms las liquidaciones de sueldo y gasto de las imposiciones legales a travs del formulario de pago correspondiente.

    Gastos de difusin: Corresponden a un tipo especial de gasto de operacin, asociado a todas las actividades ligadas a la promocin del proyecto y sus resultados. Se deben rendir de la misma manera prevista para los gastos de operacin.

    Gastos de inversin: Consisten en la adquisicin de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten despus de terminada su ejecucin. Respecto de este tem, se evaluar la pertinencia de imputar el 100% del gasto al proyecto, segn la adquisicin de que se trate, su justificacin y la naturaleza del respectivo proyecto.

    Los gastos de inversin deben justificarse con factura original copia cliente y a nombre del responsable del proyecto. Excepcionalmente, podr justificarse con boleta de compraventa que incluya detalle de la compra, a nombre del responsable del proyecto.

    El tem presupuestario y financiero del proyecto, deber expresarse en pesos chilenos, incorporando los impuestos asociados a cada gasto. En ningn caso se aceptar que a la cantidad total solicitada, o a alguno de sus componentes, se agregue la frase ms impuesto o ms IVA. La variacin de los costos contemplados ser de absoluta responsabilidad y cargo del postulante.

    El CNCA no solventar, ni reembolsar gastos de ninguna naturaleza, realizados con anterioridad a la fecha del respectivo acto administrativo que formaliza la seleccin de los proyectos, como tampoco gastos posteriores a la ejecucin del proyecto seleccionado. Asimismo, no se solventarn gastos de ninguna naturaleza, asociados a la preparacin de un proyecto para ser presentado a este concurso.

    3. Orientacin e informacinEl CNCA, a travs de la Secretara del Fondo y de los respectivos Directores Regionales del CNCA, entregar orientacin e informacin a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulacin a la presente Convocatoria y propender a proveer a los(as) postulantes de medios electrnicos que les permitan su postulacin, as como para conocer el estado de avance y evaluacin final del proyecto.

    4. Seccin de consultas y respuestasTodos los interesados, podrn hacer las consultas que estimen pertinentes respecto de las Bases y del funcionamiento de la plataforma digital. Estas debern formularse a travs del sitio espe-cialmente dispuesto en el portal www.fondosdecultura.gob.cl., o a travs de OIRS por medio de un sistema de Call Center.

    Adicionalmente, el CNCA dispondr de una seccin especial en el portal de Fondos de Cultura, destinada a responder preguntas de tipo frecuentes, aclaraciones que se entendern formar parte integrante de estas Bases.

    5. Personas a cargo de la evaluacin y/o seleccinLas personas a cargo de la evaluacin y seleccin de los proyectos, realizarn dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Adems, estarn obligados a guardar la debida confidencialidad sobre los proyectos que les corresponde conocer.

    Respecto al concurso en que les tocare intervenir, estarn sujetos(as) a las normas de probidad y abstencin establecidas en los artculos 52 y 53 de la Ley N 18.575 y en el artculo 12 de la Ley N 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrn tomar parte en la discusin de asuntos en

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    los que l/ella, su cnyuge, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estn interesados. Se entiende que existe dicho inters cuando su resolucin afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrn tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados, con ninguno de los postulantes del presente concurso. Tampoco podrn haber participado, a ttulo remunerado o gratuito, en la elaboracin anterior a la postulacin de los proyectos a evaluar y seleccionar.

    Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algn inters directo o indirecto en el proyecto, el involucrado deber informarlo a la Secretara del Fondo y a los dems integrantes del rgano, abstenindose de conocer del asunto, de todo lo cual se deber dejar constancia en el acta respectiva.

    En caso que se seleccione un proyecto contraviniendo las normas de probidad establecidas en los prrafos precedentes, el proyecto ser eliminado de la nmina de seleccionados.

    Por ltimo, se prohbe expresamente a los integrantes de la Comisin de Becas o del Comit de Especialistas, participar a ttulo remunerado o gratuito en la ejecucin de un proyecto seleccionado en este concurso.

    6. Asignacin de recursosLa Comisin de Becas y el Comit de Especialistas determinar la asignacin de recursos a los proyectos seleccionados, hasta agotar los recursos disponibles para la modalidad.

    Asimismo, al momento de seleccionar proyectos, la Comisin de Becas y el Comit de Especialistas tendrn la facultad de determinar la asignacin de recursos hasta en un diez por ciento (10%) menos del total de los recursos solicitados al Fondo, cuando ello resulte factible conforme al plan de finan-ciamiento presentado en el proyecto respectivo. En el evento en que un responsable reciba recursos inferiores a los solicitados en su postulacin, ste deber presentar al momento de la firma del Convenio de Ejecucin, una readecuacin presupuestaria que se ajuste al financiamiento adjudicado.

    7. Catlogo de programacin artstica del CNCALos ganadores de los proyectos cuyo contenido sea apto para la programacin artstica de un Centro Cultural (exposiciones, muestras, presentaciones e intervenciones), tendrn derecho a inscribirse en el Catlogo de Programacin Artstica alojado en la pgina web del programa REDCULTURA del CNCA, siempre que cumplan las especificaciones propias del catlogo. A su vez, los ganadores de proyectos que consistan en talleres y/o seminarios del rea de FONDART, podrn inscribirse en el Catlogo de Servicios Culturales del programa REDCULTURA del CNCA, una vez que este catlogo haya sido creado y posicionado en la pgina web de REDCULTURA y siempre que se cumplan las es-pecificaciones propias definidas para ste.

    8. GarantasLos recursos que se otorguen al titular del proyecto, debern ser caucionados por el/la responsable del mismo mediante una Letra de Cambio autorizada ante Notario, Vale Vista, Boleta de Garanta o Pliza de Seguro, por igual monto y extendida a favor del CNCA, debiendo entregarse al momento de la suscripcin del Convenio. Quedan exceptuadas de otorgar esta caucin las Municipalidades y Es-tablecimientos de Educacin Superior Estatales. En caso de presentar Letra de Cambio, los proyectos cuya suma asignada supere el monto de $20.000.000.- (veinte millones de pesos) debern presentar dicho instrumento avalado por un tercero. Igual requisito se solicitar a los postulantes selecciona-dos cuyos proyectos se ejecuten en el extranjero.

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    9. Control y supervisin de los proyectosEl CNCA velar por el adecuado control y supervisin de la ejecucin de los proyectos seleccio-nados, verificando el estricto cumplimiento de Bases de concurso, Convenios de Ejecucin, leyes, reglamentos y las normas sobre rendicin de cuentas.

    10. Reconocimiento al CNCALas obras o actividades originadas por los proyectos seleccionados debern indicar de manera visible y clara, que son financiadas con aporte del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, conforme se regule en el respectivo Convenio de Ejecucin.

    11. Normativa legal y reglamentariaLa Ley se presume conocida por todos los habitantes del pas, aplicando especialmente para estos efectos, las disposiciones relativas a Derecho de Autor y de Propiedad Intelectual, normas que regulan la Contratacin de Trabajadores de Artes y Espectculos, de Contratacin de Trabajadores Extranjeros y, en general, toda la legislacin relativa a Fondos de Cultura.

    Para mayor informacin, el postulante podr recurrir, entre otras, a las siguientes normativas:

    Ley 19.891, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

    Ley 17.336, de Propiedad Intelectual (Derechos de Autor).

    Ley 19.889, que Regula las Condiciones de Trabajo y Contratacin de los Trabajadores de Artes y Espectculos.

    Ley 18.985, de Donaciones con Fines Culturales.

    Ley 20.285, Sobre Acceso a la Informacin pblica.

    Ley 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos.

    Ley 18.575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de la Administracin del Estado.

    Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado.

    Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

    Reglamento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.

    Reglamento de la Ley 19.862, que Establece Registros de la Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos.

    Reglamento de la Ley 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica.

    12. Publicidad de las postulacionesLa publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regir de acuerdo a lo establecido en la Ley N 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica.

    13. Retiro de documentos materialesLos postulantes de los proyectos no seleccionados podrn retirar personalmente o a travs de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentacin fsica de su proyecto, durante los 30 das siguientes a la publicacin de resultados.

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    En caso de ser un tercero quien retire el proyecto, deber acompaar un poder simple, junto a la fotocopia de la Cdula de Identidad del mandante y del mandatario. Para la devolucin, deber presentar en la Secretara del Fondo una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.

    Una vez publicado los resultados del concurso y transcurridos treinta (30) das hbiles de ello, el CNCA destruir la documentacin relativa a proyectos no seleccionados, dejndose constancia en un acta elaborada especialmente al efecto, la que incluir la nmina de proyectos en dicha situacin.