Bases de Licitacion LO 912063996 N1 11

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011 Mecanismo de Evaluación por Puntos CONVOCANTE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO DIRECCION DE CONCURSOS Y CONTRATOS CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL QUE CONTIENE LAS B A S E S PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DE OBRA PUBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, POR EL MECANISMO DE EVALUACION POR PUNTOS CONVOCATORIA A LA LPN No.: LO-912063996-N1-2011 OBRA: Modernización y Ampliación CAMINO: Carretera Pueblo Hidalgo – Buena Vista – Rio Iguapa – Chilixtlahuaca TRAMO: km. 20+000 al km. 34+000, Subtramo del km. 20+000 al km. 24+000. 1

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluación por Puntos

CONVOCANTE

ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADOCOMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DIRECCION DE CONCURSOS Y CONTRATOS

CONVOCATORIA A LA LICITACIONPUBLICA NACIONAL QUE CONTIENE LAS

B A S E S

PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DE OBRA PUBLICA A

PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, POR EL MECANISMO DE EVALUACION POR PUNTOS

CONVOCATORIA A LA LPN No.: LO-912063996-N1-2011

OBRA: Modernización y Ampliación

CAMINO: Carretera Pueblo Hidalgo – Buena Vista – Rio Iguapa – Chilixtlahuaca

TRAMO: km. 20+000 al km. 34+000, Subtramo del km. 20+000 al km. 24+000.

MUNICIPIO:

ESTADO: Guerrero.

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Chilpancingo Gro., 6 de Septiembre de 2011

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

CONVOCATORIA A LA LICITACIONPUBLICA NACIONAL QUE CONTIENE LAS

BASES DE LICITACION

DOCUMENTO DT-1

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Chilpancingo Gro., a 6 de Septiembre de 2011.

DOCUMENTO DT-1

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO: LO-912063996-N1-2011, su obtención será gratuita

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

FECHA DE PUBLICACIÓN

EN EL SISTEMA COMPRANET

5.0

FECHA LIMITE DE REGISTRO

FECHA DE JUNTA DE

ACLARACIONES

FECHA DE VISITA DE OBRA

FECHA DE PRESENTACIÓN Y

APERTURA DE PROPOSICIONES

6/09/2011 12/09/2011 13 de Septiembre de 2011 a las 09:00Hrs.

12 de Septiembre de 2011 a las 10:00 Hrs.

21 de Septiembre de 2011 a las 10:30 Hrs.

CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

BASES DE LICITACIÓN

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con Las Mismas y de conformidad con El Resumen a la Convocatoria Pública Nacional No. 005, Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011 relativa a la Modernización y Ampliación de la Carretera Pueblo Hidalgo – Buena Vista – Rio Iguapa – Chilixtlahuaca. Tramo del km. 20+000 al km. 34+000, Subtramo del km. 20+000 al km. 24+000, de fecha, 6 de Septiembre de 2011., para participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL de referencia, el O. P. D. Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero, emite las presentes Bases de licitación a las que se sujetarán los licitantes interesados, los que además deberán de cumplir con lo establecido en la Convocatoria respectiva, para la formulación de las propuestas técnico-económica. Estas Bases y sus anexos, una vez foliados, firmados en forma autógrafa, sellados y entregados, formarán parte de los documentos básicos de la Licitación.

Asimismo, se entenderá por:

“LEY”.- La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (ULTIMA REFORMA DOF 28-05-09).

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“REGLAMENTO”.- El Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Nuevo Reglamento 28/07/2010)

“LA SECRETARIA”.- La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico

“EL LICITANTE”.- Persona que participa en cualquier procedimiento de Licitación Publica o de Invitación a cuando menos tres personas.

“LA CONVOCANTE”.- Unidad administrativa responsable de llevar a cabo el procedimiento de adjudicación del contrato.

“EL CONTRATISTA”.- La Persona que celebre contratos de obras publicas o de servicios relacionados con las mismas

“LA DEPENDENCIA”.- Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero.

CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN.- Invitación a los interesados en participar en la licitación pública nacional, en la cual se establecen las Bases a las que se sujetará el procedimiento de contratación

COMPRANET 5.0.- Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a cargo de la Secretaria de la Función Pública. Dicho Sistema es de consulta gratuita y constituye un medio por el cual se desarrolla el procedimiento de contratación

“PROYECTO EJECUTIVO”.- El conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónico y de ingeniería de una obra, el catálogo de conceptos, así como las descripciones e información suficientes para que ésta se pueda llevar a cabo

“PROYECTO ARQUITECTONICO”.- El que define la forma, estilo, distribución y el diseño funcional de una obra. Se expresara por medio de planos, maquetas, perspectivas, dibujos artísticos.

“PROYECTO DE INGENIERIA”.- El que comprende los planos constructivos, memorias de cálculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, así como plantas, alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad

MIPYMES.- Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

DOCUMENTACION DISTINTA A LA PROPOSICION SEGUN EL ARTICULO 36 DE LA LEY.

PRIMERA.- EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA. “EL LICITANTE” deberá acreditar su existencia y personalidad jurídica, con los siguientes documentos:

1. Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana, anexando copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente.

2. Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y en su caso, del contrato respectivo.

3. Declaraciones fiscales, estados financieros dictaminados de los últimos dos ejercicios fiscales o, en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones, con el contenido y alcance siguiente:

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Los parámetros financieros que EL LICITANTE deberá de cumplir, para demostrar su capacidad de recursos económicos, son los siguientes:

a).- Que el capital neto de trabajo (CNT) cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de la obra, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado en su proposición.

b).- Que el CNT de EL LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar. Se tendrá como suficiente dicho capital neto, cuando el importe del último ejercicio fiscal del activo circulante (AC) menos el pasivo circulante (PC) sea igual o mayor del 30% del valor del importe de su propuesta económica sin IVA.

c).- Que EL LICITANTE demuestre una suficiente capacidad para pagar obligaciones. Se tendrá como suficiente dicha capacidad cuando el importe del último ejercicio fiscal del AC entre PC sea igual o mayor de 1.6 unidades y el activo total (AT) entre el pasivo total (PT) sea igual o mayor a 2.0 unidades.

d).- Que EL LICITANTE demuestre un aceptable grado en que depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa es aceptable. Se tendrá como aceptable dicho grado de endeudamiento y rentabilidad de EL LICITANTE cuando el importe del último año fiscal del PT entre AT sea igual o menor 25%.

En el caso de proposiciones presentadas en forma conjuntas o en grupo, se sumarán los CNT, AC, PC, AT y PT, para cumplir con los parámetros señalados en los incisos anteriores.

Además, deberán anexar copia del acuse de recibido por parte del S.A.T. , copia certificada de la cedula profesional del contador que le dictamina su documentación, así como de su nombramiento como auditor externo por parte de la Dirección General de Auditoria Fiscal.

4. Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

5. Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que previamente haya realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran costos estimados apegados a las condiciones del mercado, en términos de lo establecido en los artículos 31, fracción XV y 51, fracción VII, segundo párrafo de la LEY

6. Escrito mediante el cual el representante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, Tratándose de:

a).- Personas físicas.

Acta de nacimiento original o copia certificada y cedula fiscal e Identificación oficial vigente con fotografía (credencial expedida por el Instituto Federal Electoral, Pasaporte Vigente o Cedula Profesional). En copia y original para su cotejo.

b).- Personas Morales.

Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con las facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes.

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Escrituras publicas, Actas constitutivas, documentos en copias simples y originales para efecto de su cotejo.

Clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa, relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; así mismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que los protocolizó.

7. En su caso, escrito mediante el cual “EL LICITANTE” manifieste que en su planta laboral cuenta cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la dependencia convocante, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

8. Para los casos en que dos o mas interesados se agrupen para presentar una propuesta, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados anteriormente, además deberán celebrar entre si un convenio privado, como se indica en la Base Décima Sexta, numeral 9, de la documentación legal, de estas bases de licitación.

Previamente a la firma del contrato, el licitante ganador presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.

La presentación de estos documentos servirá para constatar que persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.

9. En esta licitación sólo se aceptarán proposiciones de personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.

10. En esta licitación no podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaria de la Función Publica. De acuerdo al art. 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley

Para los efectos de la fracción VII del artículo 51 de la Ley, las personas que previamente hayan realizado un proyecto y pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución del mismo, estarán impedidas de participar en los términos de la propia fracción, cuando dentro de los alcances del proyecto elaborado, hayan preparado especificaciones de construcción, presupuesto de los trabajos, selección o aprobación de materiales, equipos y procesos.

SEGUNDA.- La junta de aclaraciones de la convocatoria a estas Bases de Licitación se llevará a cabo el día 13 de Septiembre de 2011 a las 09:00 Hrs., en la Residencia Costa Chica (Marquelia) del O.P.D. Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero, ubicada en La Col. Progreso S/N al lado del Hotel Real del Mar (Carretera Nacional Acapulco - Pinotepa Nacional), Gro.

Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria a la licitación, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, asi como lo marca la fracción VI del articulo 61 del REGLAMENTO. Las

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personas que hayan presentado el escrito anteriormente citado, serán consideradas LICITANTES y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con LA CONVOCATORIA.

Si el escrito señalado en párrafo anterior no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de LA LEY

Las solicitudes de aclaración, podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de COMPRANET 5.0, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta, acompañadas del escrito señalado en el párrafo anterior.

Para efectos de agilizar la contestación de las solicitudes de aclaración que se formulen, ya sea por COMPRANET 5.0 o de manera personal EL LICITANTE deberá utilizar el ANEXO DT-4JA, de no utilizarlo LA CONVOCANTE podrá desechar las solicitudes de aclaración

La asistencia de los interesados a la junta de aclaraciones, será optativa, siendo responsabilidad de los que no asistan, recabar copia del acta correspondiente, en las oficinas de “LA CONVOCANTE” ubicadas en Av. Ruffo Figueroa No. 9, colonia Burócratas, C.P. 39090, Chilpancingo de los Bravo, Gro. o a través de la dirección de Internet http://www.COMPRANET 5.0.com.mx

De conformidad con lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la entrega de proposiciones se hará en sobre cerrado, en la Sala de Juntas del O.P.D. Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerreo, ubicada en Av. Ruffo Figueroa No. 9, colonia Burócratas, C.P. 39090, Chilpancingo de los Bravo, Gro. Y deberán estar integradas en la forma que previene la Base Décima Sexta de estas Bases. La documentación distinta a la proposición técnica - económica podrá entregarse a elección del licitante, dentro o fuera de dicho sobre.

Conforme a lo siguiente:

La presentación de proposiciones será el día 21 de Septiembre de 2011 a las 10:30 Hrs., en presencia del Titular de la Convocante o el Representante que al efecto designe; así como de los participantes que asistan al acto y del representante de la Secretaria de la Función Pública, de acuerdo como lo menciona en el artículo 60 del Reglamento.

Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases de licitación, siendo requisito registrar previamente su participación y abstenerse de intervenir en cualquier forma en el mismo.

A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al acto.

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado; se procederá a su apertura y recepción para su revisión detallada cuantitativa y cualitativa.

Por lo menos un Licitante, si asistiere alguno y al que elijan, y el servidor publico facultado para presidir el acto rubricaran el catalogo de conceptos (DOCUMENTO DE-2) o el presupuesto de obra de las propuestas presentadas, las que para estos efectos constaran documentalmente, debiendo enseguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas presentadas.

Al efecto se levantará el acta conforme a lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se deberán asentarse las proposiciones para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas así como las que hubieran sido observadas; el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su

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disposición o se les entregara copia de la misma, la falta de firma de algún licitante no invalidara su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación, Indicándose en el acta el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación.

“EL LICITANTE” que no hubiera asistido a los actos, podrá a partir de la fecha del evento, acudir a las oficinas de “LA CONVOCANTE” por copia del acta u obtenerla en internet en la direccion de COMPRANET 5.0.

En el Acta de apertura de proposiciones se especificara que el día 4 de Octubre de 2011 a las 11:30 horas, se dará a conocer el fallo, en presencia de quienes asistan al acto, levantándose el acta correspondiente, de acuerdo al artículo 39 de la Ley y en los términos del articulo 68 del Reglamento, en la que se hará constar en su caso, el nombre del adjudicatario.

Conforme a lo establecido en el artículo 74 de LA LEY, las proposiciones desechadas durante la licitación podrán ser devueltas a LOS LICITANTES que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se de a conocer el fallo de la licitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso LA DEPENDENCIA las conservará hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos LA CONVOCANTE podrá, a solicitud de EL LICITANTE el cual tendrá un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de los términos señalados para requerir su devolución, de no ser así LA CONVOCANTE podrá proceder a su destrucción, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 264 de EL REGLAMENTO.

En términos de lo establecido en el párrafo anterior, también podrán devolverse a LOS LICITANTES o destruirse por LA CONVOCANTE las proposiciones presentadas que hayan sido determinadas como solventes en el proceso de contratación. Excepto las tres proposiciones solventes con mayor puntaje incluyendo la ganadora y, en su caso, aquellas proposiciones que habiendo sido objeto de aplicación del mecanismo de puntos sean iguales o inferiores en monto a la propuesta solvente más baja; dichas proposiciones serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de LA CONVOCANTE, quedando sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes, y demás aplicables, así como a las previstas en los artículos 74 de LA LEY y primer párrafo del 264 de EL REGLAMENTO.

El adjudicatario quedará obligado a firmar el contrato respectivo y sus anexos en la DIRECCION DE CONCURSOS Y CONTRATOS Ubicada en Av. Ruffo Figueroa No. 9, colonia Burócratas, C.P. 39090, Chilpancingo de los Bravo, Gro. en la fecha y hora que se indique en el fallo y a entregar la garantía del cumplimiento del mismo por el 10 % (diez por ciento) de su monto , a más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha en que el contratista reciba copia del fallo de adjudicación, en los términos de las fracciones I y II, del artículo 48 de la Ley, y conforme a lo previsto en el modelo de contrato respectivo el anticipo correspondiente se entregará a más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la presentación de la fianza y con antelación a la fecha pactada para inicio de los trabajos, en las oficinas de la Dirección Administrativa ubicadas en el propio O.P.D. C.I.C.A.E.G.

En caso de que el adjudicatario no firmare el contrato por causas imputables al mismo, en la fecha, hora y lugar previsto en el fallo y en defecto de tal previsión, dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, se informará a LA SFP para que ésta dentro del ámbito de su competencia determine lo conducente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 77 y 78 de LA LEY, y LA DEPENDENCIA podrá adjudicar el contrato a EL LICITANTE que haya presentado la siguiente proposición solvente que le siga en calificación y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente haya resultado ganadora, no sea superior de diez por ciento (10%), en términos de los artículos 47 de LA LEY y 74, fracción V de EL REGLAMENTO.

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TERCERA.- El idioma en que se presentarán las proposiciones será en español y la moneda en que se cotizarán será el peso mexicano.

Ninguna de las condiciones establecidas en estas Bases, ni en las propuestas presentadas por los licitantes podrá estar sujeta a negociación alguna.

ADJUDICACION DEL CONTRATO

CUARTA.- Conforme a lo establecido en los artículos 38 de LA LEY y 63, fracción II de EL REGLAMENTO, LA CONVOCANTE, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en LA CONVOCATORIA y aplicará el mecanismo de puntos, conforme a lo establecido en el “MÉTODO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS POR EL MECANISMO DE PUNTOS ANEXO I” que forma parte de LA CONVOCATORIA a la licitación; el cual contiene la calificación numérica que puede alcanzarse en los rubros y subrubros de las proposiciones técnica y económica que integran la proposición de cada uno de LOS LICITANTES y la forma en que se deberá acreditar el cumplimiento de cada uno de los rubros y subrubros motivo de evaluación para obtener la puntuación indicada en cada uno de ellos, conforme a lo previsto en los lineamientos emitidos por la SFP.

El LICITANTE deberá obtener en su proposicion técnica un mínimo de 40 puntos para que sea objeto de evaluación su propuesta económica, Conforme a lo establecido en el primer párrafo de la fracción II del artículo 63 de EL REGLAMENTO y en los lineamientos emitidos por la SFP.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre LOS LICITANTES, a aquél cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en LA CONVOCATORIA, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA CONVOCANTE, obtenga el mayor puntaje y garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

En caso de empate entre los LICITANTES cuyas proposiciones resulten solventes y hayan obtenido igual puntaje, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de LA LEY. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor de EL LICITANTE que resulte ganador en un sorteo manual por insaculación que realizará la CONVOCANTE en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada LICITANTE empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto de EL LICITANTE ganador y, posteriormente, los demás boletos de LOS LICITANTES que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.

En caso de que no se haya previsto dar a conocer el fallo en junta pública, el sorteo por insaculación se llevará a cabo previa invitación por escrito que realizará LA CONVOCANTE, a un representante del Órgano Interno de Control, en adelante OIC y al Testigo Social cuando éste participe en el procedimiento de licitación, levantándose el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o la falta de firma en el acta respectiva de los LICITANTES e invitados, invalide el acto. Las condiciones contenidas en LA CONVOCATORIA y en las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que LA CONVOCANTE pueda solicitar a LOS LICITANTES aclaraciones o información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de la proposición, en su caso, la comunicación se realizará de la forma siguiente:

a).- Escrito dirigido a EL LICITANTE, el cual se notificará en el domicilio que este haya señalado o bien, a través de COMPRANET 5.0, caso en el que LA CONVOCANTE enviará un aviso a EL LICITANTE

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en la dirección de correo electrónico que haya proporcionado en su proposición, informándole que existe un requerimiento en dicho Sistema. Lo cual se hará constar en el acta de fallo.

b).- A partir de la recepción del escrito, EL LICITANTE contará con un plazo de 3 días hábiles para hacer las aclaraciones o entregar los documentos o información solicitada por LA CONVOCANTE y deberá ser entregada, en su caso, en horas y días hábiles. En caso de que EL LICITANTE no atienda, en el tiempo establecido, el requerimiento efectuado, o bien, la información que proporcione no aclare la duda o motivo de la solicitud, LA CONVOCANTE realizará la evaluación con la documentación originalmente entregada en su proposición.

c).- LA CONVOCANTE difundirá en COMPRANET 5.0 las respuestas de EL LICITANTE, el mismo día en que sean recibidas.

QUINTA.- “EL LICITANTE” deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y financiera de la siguiente forma:

1.- Relación de los profesionales técnicos al servicio del licitante, identificando con sus cargos a los que se encargaran de la ejecución y administración de la obra; anexando sus curriculas con firmas

autógrafas indicando los periodos de cada uno de sus actividades que señale y que deberan tener el grado académico de preparacion profesional, la experiencia laboral minima de 5 años específica en obras similares y la capacidad técnica de las personas físicas que estarán relacionadas con la ejecución de los trabajos; asi como que las curriculas del personal tengan firmas autógrafas

PERSONAL REQUERIDO

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NoPERSONAL

PROFESIONALEXPERIENCIA SOLICITADA

COMPETENCIA O HABILIDAD EN TRABAJOS DE:

DOMINIO DE HERRAMIENTAS

DE:SUPERINTENDENTE 5 AÑOS COMO

MÍNIMOPROYECTO, NORMAS DE CONSTRUCCIÓN Y DE CALIDAD, ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES, PROGRAMAS, BITÁCORA, CONVENIOS Y NORMATIVA DE LA LEY DE OBRAS PÚBICAS Y SU REGLAMENTO.

HARDWARE Y SOFTWARE

QUE REQUIERE ESTA

PROFESIÓN.

RESIDENTE 5 AÑOS COMO MÍNIMO

PROYECTO, NORMAS DE CONSTRUCCIÓN Y DE CALIDAD, ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES, PROGRAMAS, BITÁCORA, CONVENIOS Y NORMATIVA DE LA LEY DE OBRAS PÚBICAS Y SU REGLAMENTO.

HARDWARE Y SOFTWARE

QUE REQUIERE ESTA

PROFESIÓN.

JEFE LABORATORIO 5 AÑOS COMO MÍNIMO

CONTROL DE CALIDAD EJECUCIÓN Y

VERIFICACIÓNDEL CONTROL

DE CALIDAD DURANTE LA

CONSTRUCCIÓN Y

CONSERVACIÓN

JEFE TOPOGRAFIA 5 AÑOS COMO MÍNIMO

TOPOGRAFIA EQUIPO TOPOGRÁFICO Y

SOFTWARE REQUERIDO

IMPACTO AMBIENTAL 3 AÑOS COMO MÍNIMO

SEGUIMIENTO DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIOS BIÓLÓGICOS,

GEOTECNICOS Y EN

MATERIA DE IMPACTO

AMBIENTAL, ASÍ COMO LA

NORMATIVIDAD APLICABLE

EN LA MATERIA

Se consideran obras similares o de la misma naturaleza las siguientes:

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2.- Relación de todos los contratos de obras, en copias simples y únicamente las actas de entrega recepción certificadas de cada uno de los similares a la presente licitación, que haya celebrado tanto en la Administración Pública Federal, la Estatal y con particulares, con los que acredite la experiencia y capacidad técnica en este tipo de trabajos en los últimos 5 años; anotando el nombre o denominación de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según sea el caso, relacionándolas en formato documento DT-9.

3.-Relación detallada del equipo y personal, indicando cargos y categorías que pretende emplear para el control de calidad de la obra (Unidad de Control de Calidad), cumpliendo con la Norma N-CAL-1-01-/00.-Ejecución del Control de Calidad Durante la Construcción y/o Conservación, del Libro Control y Aseguramiento de Calidad, y que debera incluirlo en los indirectos; en caso de no ser propietario del Laboratorio anexar carta compromiso del Responsable del Laboratorio que le realizara el servicio, dirigida al Director General de el Organismo.

4.-Relación de maquinaria y equipo de construcción disponible, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física detallada a través de un croquis de ubicación del lugar en que se encuentran (Entidad Federativa, Municipio, Ciudad, Calle, Numero, colonia o en su defecto carretera, tramo, Km., y teléfono de la persona encargada de la maquinaria) modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, (DOCUMENTO DT-11); tratándose de equipo y maquinaria de su propiedad, deberá presentar manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de tales circunstancias, así como copia de facturas originales, en el caso de ser arrendado con o sin opción a compra deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad del mismo.

5.- Declaraciones fiscales, estados financieros dictaminados de los últimos dos ejercicios fiscales o, en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones, con el contenido y alcance siguiente:

Los parámetros financieros que EL LICITANTE deberá de cumplir, para demostrar su capacidad de recursos económicos, son los siguientes:

a).- Que el capital neto de trabajo (CNT) cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de la obra, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado en su proposición.

b).- Que el CNT de EL LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar. Se tendrá como suficiente dicho capital neto, cuando el importe del último ejercicio fiscal del activo circulante (AC) menos el pasivo circulante (PC) sea igual o mayor del 30% del valor del importe de su propuesta económica sin IVA.

c).- Que EL LICITANTE demuestre una suficiente capacidad para pagar obligaciones. Se tendrá como suficiente dicha capacidad cuando el importe del último ejercicio fiscal del AC entre PC sea igual o mayor de 1.6 unidades y el activo total (AT) entre el pasivo total (PT) sea igual o mayor a 2.0 unidades.

d).- Que EL LICITANTE demuestre un aceptable grado en que depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa es aceptable. Se tendrá como aceptable dicho grado de endeudamiento y rentabilidad de EL LICITANTE cuando el importe del último año fiscal del PT entre AT sea igual o menor 25%.

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En el caso de proposiciones presentadas en forma conjuntas o en grupo, se sumarán los CNT, AC, PC, AT y PT, para cumplir con los parámetros señalados en los incisos anteriores.

Además, deberán anexar copia del acuse de recibido por parte del S.A.T. , copia certificada de la cedula profesional del contador que le dictamina su documentación, así como de su nombramiento como auditor externo por parte de la Dirección General de Auditoria Fiscal

Si EL LICITANTE no cumple con uno o más parámetros de los indicados anteriormente, tendrá una calificación de cero (0) en el subrubro indicado en la ANEXO I

6.- copia certificada actualizada (2011) en el que acredite los porcentajes de calificación de riesgo de trabajo por parte del IMSS.

La omisión en la presentación de algún documento señalado en este inciso será causa suficiente para observar la proposición.

El incumplimiento en alguno de los parámetros establecidos en las razones financieras será causa suficiente para determinar que la proposición no acredita la capacidad financiera solicitada.

7.- Manifestación por escrito indicando de qué manera cumple con las disposiciones que en materia de capacitación y adiestramiento da a su personal, señala la Ley Federal del Trabajo.Comprobante actualizado de la forma en que cumple las disposiciones de capacitación y adiestramiento.

SEXTA.- Para que “EL CONTRATISTA”, realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos del traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicie los trabajos; así como, para la compra y la producción de materiales de construcción, adquisición de equipos de instalación permanente y demás insumos le será otorgado un anticipo del 30% que estará a disposición con antelación a la fecha que se señala para el inicio de los trabajos, esto lo tomará en cuenta para el costo del financiamiento de su propuesta, de conformidad con lo previsto por el artículo 50, fracción III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Para el importe concedido por concepto de anticipo, “EL CONTRATISTA”, deberá comprobar según sea el caso, mediante documentación que certifique su correcta inversión, que estará relacionada directamente con la ejecución de los trabajos, por lo que deberá de anexar un Programa de erogación del anticipo desglosado indicando como, cuando y con que actividades se aplicara, mismo al que se sujetara de manera obligatoria, y que servirá como base a la “LA DEPENDENCIA” para verificar su correcta utilización.

El programa de erogación del anticipo, podrá revisarse, adicionarse o modificarse de común acuerdo y por escrito, siempre y cuando no implique con ello, incremento en el monto asignado para tal efecto.

SEPTIMA.- El O.P.D Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero a través de la Dirección de Obras, mostrará el sitio de realización de los trabajos, para lo cual los interesados que así lo deseen deberán concurrir en la Comisaria Municipal de la Comunidad de Pueblo Hidalgo, Gro. El día 12 de Septiembre de 2011 a las 10:00 horas, para partir al lugar de la obra

OCTAVA.- “EL CONTRATISTA” no podrá hacer ejecutar por otro el contrato, sin la autorización correspondiente de “LA DEPENDENCIA”.

NOVENA.- Al formular la proposición, “EL LICITANTE” tomará en cuenta lo siguiente:

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a).-Que la fecha estimada para el inicio de la obra será el día 13 de Octubre de 2011.

b).-Que el plazo para la conclusión de la obra será de 80 días naturales contados a partir de la fecha de inicio real de los trabajos.

c).- Que la ejecución de la obra, se realizara con recursos del Programa Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas PIBAI, ejercicio 2011

DECIMA.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de la Ley, se adjunta el MODELO DE CONTRATO al que se sujetarán “LA DEPENDENCIA” y “EL LICITANTE” adjudicatario.

DECIMA PRIMERA.- Para efectos de pago se formularán estimaciones por períodos Mensuales de los trabajos ejecutados. “EL CONTRATISTA”, deberá presentarlas a la Residencia de Obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para su pago que será cada fin de mes, conforme a las previsiones del artículo 132 de EL REGLAMENTO acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de dicho pago; incluyendo los reportes de control de calidad correspondientes; la Residencia de Obra las revisará y autorizará, en su caso, en un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación. EL CONTRATISTA será el único responsable de que la factura que presente para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que la falta de pago por la omisión de alguno de estos o por su presentación incorrecta no será motivo para solicitar pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de LA LEY.

En el caso de que EL CONTRATISTA no presente las estimaciones dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte, la estimación correspondiente se presentará en la siguiente fecha de corte, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de EL CONTRATISTA.

Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 130 de EL REGLAMENTO, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del contrato correspondiente, serán por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, de gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de LA LEY y de los ajustes de costos.

El residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. La presentación de las estimaciones para su pago, se ajustará a las previsiones del artículo 161 del Reglamento.

Las Estimaciones por trabajos ejecutados deberán pagarse por parte de la dependencia o entidad, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizados por la residencia de la obra de que se trate y que el contratista haya presentado la factura correspondiente. Dicho pago se hará a través de deposito a su cuenta bancaria por parte de la SEFINA.

Los ajustes de costos que correspondan a los trabajos ejecutados se pagarán en la estimación siguiente al mes en que se haya autorizado el ajuste concedido de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento.

En los casos en que “LA DEPENDENCIA” no cumpla con el pago de las estimaciones y de los ajustes de costos, conforme a lo establecido en el párrafo anterior, a solicitud de “EL CONTRATISTA” y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 55 de LA LEY, se le pagarán gastos financieros conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación a una tasa que será igual a la establecida por la ley de ingresos de la federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezaran a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularan sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde

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que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “ EL CONTRATISTA”. De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 127 de EL REGLAMENTO el atraso en el pago de estimaciones en que incurra LA DEPENDENCIA diferirá en igual plazo la fecha de terminación de los trabajos, circunstancia que deberá formalizarse, previa solicitud de EL CONTRATISTA, a través del convenio respectivo; no procederá dicho diferimiento cuando el atraso derive de causas imputables a EL CONTRATISTA

En el caso de los pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA”.

No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de EL CONTRATISTA sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.

DECIMA SEGUNDA.- Al formular la proposición “EL LICITANTE” tomará en cuenta lo siguiente:

a).-Que la obra se llevará a cabo con sujeción a: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; el proyecto; las Normas para Construcción e Instalaciones y de Calidad de los Materiales que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como normativa tiene en vigor, última edición de cada uno de sus libros que se consideran reproducidas en las bases de esta licitación, las Especificaciones Particulares, el Programa y Montos mensuales de Obra, expresado en pesos y con base en los precios unitarios en la misma moneda propuestos en el DOCUMENTO DE-2, el Programa de Utilización de la Maquinaria y Equipo de Construcción; los precios unitarios señalados en la Relación de Conceptos de Trabajo y Cantidades de Obra para Expresión de Precios Unitarios y Monto Total de la proposición (DOCUMENTO DE-2), que deberán estar calculados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento a que antes se hizo mención, y conforme a las cláusulas del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado y en general a las presentes Bases.

b) Que deberán conocer los Tabuladores de las cámaras industriales y colegios de profesionales, que servirán de referencia para determinar los sueldos y honorarios profesionales del personal técnico.

c).-Que en relación con los precios unitarios aludidos en el inciso a), cuando a partir de la presentación de propuestas, ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, la revisión de los costos para calcularlos a que se refiere al artículo 56 de la Ley y 174 del Reglamento, la realizará la Dependencia con la misma periodicidad con que el Banco de México publique los índices nacionales de precios productor con servicios, durante la vigencia del contrato, aplicando para ello el procedimiento señalado en la fracción III del artículo 57 de la Ley y 182 del Reglamento, así como lo preceptuado en el artículo 58 de la Ley, afectando el importe del o los ajustes resultantes en un porcentaje igual al de los anticipos concedidos.

En este caso, cuando EL CONTRATISTA no esté de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni su forma de medición durante el proceso de construcción, podrá solicitar su revisión a efecto de que sean corregidos; en el supuesto de no llegar a un acuerdo, se deberá aplicar el procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57; afectando, en cualquiera de los casos, el importe del o los ajustes de costos resultantes en un porcentaje igual al de los anticipos concedidos.

En el caso de que EL CONTRATISTA no esté de acuerdo en la aplicación del procedimiento de ajuste de costos indicado en la fracción III del artículo 57 de LA LEY, por las razones mencionadas

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en el párrafo anterior, una vez notificado por LA DEPENDENCIA el factor que proceda, EL CONTRATISTA tendrá diez días naturales para presentar, por escrito, su solicitud de revisión para llegar a un acuerdo fundado y motivado de acuerdo a la normatividad vigente, en caso contrario EL CONTRATISTA tendrá quince días naturales para presentar a LA DEPENDENCIA el análisis de ajuste de costos conforme al procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57 de LA LEY y lo establecido en el artículo 178 de EL REGLAMENTO y LA DEPENDENCIA tendrá 30 días naturales para resolver lo procedente.

En caso que EL CONTRATISTA no presente en tiempo y forma su solicitud de revisión y análisis de los ajustes de costos a que hace referencia el párrafo anterior, precluye su derecho de dicha revisión, si LA DEPENDENCIA no resuelve en tiempo y forma se tendrá por aceptado lo solicitado por EL CONTRATISTA.

Para los efectos del primer párrafo del artículo 56 y segundo párrafo de la fracción I del artículo 58 de LA LEY, conforme a lo establecido en el artículo 175 de EL REGLAMENTO, con el objeto de actualizar los precios de la proposición a la fecha de inicio de los trabajos, EL CONTRATISTA podrá solicitar, por una sola ocasión, la determinación de un primer factor de ajuste de costos, el cual se calculará conforme al procedimiento de ajuste establecido en el párrafo que antecede y en el contrato correspondiente. Este factor de actualización no se afectará por la entrega de anticipos. Esto no aplicará en las obras que inicien dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de proposiciones. EL CONTRATISTA deberá presentar a LA DEPENDENCIA, en su caso, la solicitud correspondiente en el plazo señalado en el artículo 56 de LA LEY.

d).- Que deberá obtener, con toda oportunidad, los permisos para la liberación y explotación de los bancos de materiales propuestos, así como el pago de regalías, mismas que deberá considerar en sus análisis de precios debiendo anexar las cartas compromiso correspondientes en el Documento DT-14. Así mismo el permiso correspondiente ante la SEDENA en el caso de uso de explosivos. Y además deberá considerar dentro de sus indirectos el trámite y validación ante la secretaria del medio ambiente y recursos naturales, así mismo de la comisión nacional forestal y la comisión nacional del agua los bancos de materiales que usara en la ejecución de la obra de acuerdo a lo establecido en los artículos 19, párrafo segundo y 21, fracción XIV y XVI de LOPSRM

e).- Que en la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra pública por medios remotos de comunicación electrónica deberán designar a un superintendente de obra que cuente con el perfil requerido en la presente convocatoria para llevar a cabo la administración y ejecución de los trabajos; así mismo deberá contar con la firma electrónica avanzada (FIEL) para poder llevar el seguimiento de la bitácora electrónica, asi como lo señala el articulo 46, ultimo párrafo de la LOPSRM; así como el articulo 4, primer párrafo, 122 y 126 del RLOPSRM

DECIMA TERCERA.- Si “EL LICITANTE” ganador no firmare el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley.

DECIMA CUARTA.- Las proposiciones no podrán ser enviadas por servicio postal o mensajería ni por medios electrónicos.

DECIMA QUINTA.- Además de los requisitos antes mencionados, “EL LICITANTE” al formular su proposición deberá cumplir y aceptar lo siguiente:

a).- Que deberá tener en la obra permanentemente un Superintendente de Construcción indicando nombre y No. De cedula profesional y el grado académico de preparacion profesional, la experiencia laboral minima de 5 años que lo acredite, anexando copia de su cedula profesional y de su titulo y currículum con firma autografa, quienes deberán conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de construcción, catálogo de conceptos o actividades de la obra,

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programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con la ejecución de los trabajos.

Asimismo, debe estar facultado por el contratista a través de un manifiesto , para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aun las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato

La Dependencia en el contrato, podrá reservarse el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del superintendente de construcción, y el contratista tendrá la obligación de nombrar a otros que reúnan los requisitos exigidos en el contrato.

b).-Que tomó en consideración las condiciones climáticas, ambientales, topográficas y geológicas de la región, compenetrándose de las condiciones generales y especiales del lugar de la obra y que el desconocimiento de tales condiciones, en ningún caso servirá posteriormente para aducir justificación por incumplimiento del contrato o para solicitar bonificación a los precios consignado en la proposición.

c).-Que de ser el adjudicatario del contrato, notificará formalmente la existencia de la Unidad de Control de Calidad a “LA DEPENDENCIA”, en un plazo no mayor a 15 días, contados a partir del fallo correspondiente, obligándose también a obtener y presentar la aprobación correspondiente, emitida por parte de la DIRECCION DE SERVICIOS TECNICOS de este Organismo, misma que tendrá un importe, que deberá ser considerado en los costos indirectos, de acuerdo a la tabla siguiente y que se clasificara de acuerdo al catalogo de conceptos.

Suelos $ 9,950.00 C/IVAConcretos $ 9,890.00 C/IVAAsfaltos $ 10,050.00 C/IVAAceros $ 9,970.00 C/IVATabique, Piedra para mampostería,Tubería para obras de drenaje.Otros

$ 6,950.00 C/IVA

d).-Que cuando se estipula que el pago de los diversos conceptos de trabajo se hará al precio que fije el contrato para la unidad de obra terminada, ha juzgado y tomado en cuenta todas las condiciones que puedan influir en los precios unitarios, independientemente de lo que dichos precios incluyan en razón del costo directo, del indirecto, del financiamiento, la utilidad y cargos adicionales; que los datos tales como clasificación y abundamiento de materiales, disposición y clasificación de los estratos y otras características, los ha proporcionado “LA CONVOCANTE” únicamente como orientación y a título informativo, quedando bajo la responsabilidad del proponente juzgar de todas las circunstancias dichas, de manera que si cualquiera de ellas resulta diferente en la realidad a como lo consideró el proponente, por ejemplo, en la clasificación de materiales, la diferencia no justificará reclamación alguna del contratista en cuanto a los precios unitarios.

e).-Que el tratamiento para los materiales que se utilicen en la Modernización y Ampliación de la Carretera Pueblo Hidalgo – Buena Vista – Rio Iguapa – Chilixtlahuaca. Tramo del km. 20+000 al km. 34+000, Subtramo del km. 20+000 al km. 24+000. Deberá ser el adecuado, salvo que a juicio de “LA CONVOCANTE” no sea factible para satisfacer los requisitos estipulados en, las Normas para Construcción e Instalaciones y de Calidad de los Materiales. Por lo tanto, cuando en las Bases de Licitación se indique algún tratamiento, éste deberá usarse como guía y no al que necesariamente deban someterse los respectivos materiales.

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f).-Que los materiales que se utilicen en la Modernización y Ampliación de la Carretera Pueblo Hidalgo – Buena Vista – Rio Iguapa – Chilixtlahuaca. Tramo del km. 20+000 al km. 34+000, Subtramo del km. 20+000 al km. 24+000. Deberán ser los adecuados para obtener la calidad fijada en el proyecto y satisfacer los requisitos estipulados en las Normas para Construcción e Instalaciones y de Calidad de los Materiales que esta Dependencia tiene en vigor, debiendo contar los Bancos utilizados para su extracción, previamente con la autorización en materia de Impacto Ambiental, otorgado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

g).-Que ninguna de las diferencias que pudieran resultar en las cantidades de trabajo anotadas por “LA CONVOCANTE” en el DOCUMENTO DE-2, justificará reclamación alguna del contratista en relación con los precios respectivos.

h).-Que si como consecuencia del fallo, le es adjudicado el contrato, deberá entregar, dentro de los quince días naturales siguientes a la emisión del fallo, el programa de ejecución general de los trabajos que considere todos y cada uno de los conceptos que integran la propuesta, utilizando diagramas de barras. Con base en este programa y cuando la magnitud de los trabajos lo requiera, “LA DEPENDENCIA” solicitará al superintendente de construcción que elabore, dentro de un plazo no mayor de cuarenta y cinco días naturales siguientes al inicio de los trabajos, el programa detallado y definitivo que se aplicará al contrato dentro del marco de referencia pactado.

i).-Que propone precios unitarios únicamente para los conceptos anotados en la Relación

(DOCUMENTO DE-2) y que por lo tanto, no presenta alternativas que modifiquen lo estipulado en estas Bases de Licitación.

j).-Que propone precios oficiales para los insumos que vende PEMEX, puestos en obra por los contratistas.

k).-Que se considerará como precio unitario, el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse al contratista por unidad de concepto terminado, ejecutado conforme al proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad.

l).-Que el precio unitario se integrará con los costos directos, costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por utilidad y los cargos adicionales.

m).-Que presentará, análisis expresados en pesos, de cada uno de los precios unitarios en la misma moneda, relativos a los conceptos señalados en la Relación (DOCUMENTO DE-2), estableciendo separadamente los costos directos, los costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad y los cargos adicionales; de acuerdo con lo indicado en la Ley, el Reglamento y las presentes Bases de Licitación.

Que al determinar sus costos directos tomó en consideración los salarios vigentes y los precios de materiales, maquinaria y equipo que rigen en el lugar de la obra en la fecha de su proposición, estableciendo los cargos por maquinaria y equipo con base en los precios y rendimientos de éstos considerados como nuevos y acorde con las condiciones de ejecución del concepto de trabajo correspondiente. Ninguna de las diferencias que pudieran resultar entre el precio real y el considerado en los análisis justificará reclamación del contratista en relación con los precios respectivos;

Los costos indirectos deberán expresarse como un porcentaje del costo directo. En anexo por separado deberá presentarse el análisis detallado de los cargos que determinen este factor, desglosando los correspondientes a la administración de oficinas centrales y de la obra.

El costo por financiamiento de los trabajos, estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; considerando para la determinación de este costo, los gastos que realice en la ejecución de los trabajos y estimaciones que recibirá y la tasa de interés que aplicará,

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señalando el indicador económico en que se basó, debiendo acompañar el análisis correspondiente a este concepto.

El cargo por utilidad, será fijado por el propio proponente y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento; este cargo deberá considerar las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.

Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por estar convenidas como obligaciones adicionales o por que derivan de un impuesto o derecho que se causen con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos e indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad.

El cargo adicional no deberá ser afectado por los porcentajes determinados para los costos indirectos y de financiamiento ni por el cargo de utilidad, este cargo deberá adicionarse al precio unitario después de la utilidad.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 220 del Reglamento, por concepto de inspección y supervisión que realiza la Secretaría de la Función publica, se efectuará el cargo adicional correspondiente (5 AL MILLAR). Y el 2% del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal subordinados de acuerdo artículo 40 Bis de la Ley de Hacienda del Estado de Guerrero Número 428. Y de acuerdo al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, que celebra la Secretaria de Finanzas y Administración del Estado de Guerrero y el O.P.D.C.I.C.A.E.G.

n).-Que al contrato y sus revalidaciones anuales, en su caso, se agregarán los respectivos programas de ejecución general de los trabajos, aludidos en el inciso anterior y los Programas de Utilización de la Maquinaria y Equipo de Construcción, correspondientes a los presupuestos autorizados para cada año, y por lo tanto se compromete y obliga a formular anualmente, de común acuerdo con “LA DEPENDENCIA” dichos documentos.

o).-Que los ajustes a los Programas de ejecución general de los trabajos y al Programa de Utilización de la Maquinaria y Equipo de Construcción (Documento DE-13 b), motivados por lo que se indica en el inciso anterior, no implicarán cambio en los precios unitarios señalados por él mismo en la Relación (DOCUMENTO DE-2).

p).-Que la Relación de Conceptos de Trabajo y de Cantidades de Obra para Expresión de Precios Unitarios y Monto Total de la proposición (DOCUMENTO DE-2) se formulará de acuerdo con lo siguiente:

1.-Se llenará preferentemente a máquina o por computadora y de ser manuscrita se usará tinta negra, escribiendo con caracteres de imprenta fácilmente legibles. En ambos casos, el DOCUMENTO DE-2 deberá presentarse sin correcciones, raspaduras ni enmendaduras; en caso de que se elabore por computadora, deberá conservarse el mismo formato proporcionado por la Dependencia.

2.-Se anotarán los precios unitarios en pesos, con letra y número, con aproximación al centésimo.

3.-En cada concepto se consignará su importe multiplicando la cantidad de obra anotada por “LA CONVOCANTE” por el precio unitario propuesto por el concursante, con aproximación al centésimo.

4.-Cuando el DOCUMENTO DE-2 se componga de varias hojas, deberá anotarse el monto de cada una de ellas y en la hoja final, el monto parcial acumulado, el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el importe total de la proposición.

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5.-En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcto el producto de las cantidades anotadas por “LA CONVOCANTE” y el análisis del precio unitario correspondiente o el anotado con letra por el proponente, cuando dicho análisis no se tenga.

6.-De acuerdo con las correcciones que en su caso por errores aritméticos se hagan, se modificarán los montos parciales y la suma de ellos.

q).-Que de ser el adjudicatario del contrato, previo a su firma, deberá de manifestar, mediante escrito, bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

A:-Que han presentado en tiempo y forma las declaraciones del ejercicio por impuestos federales, excepto las del ISAN e ISTUV, correspondientes a sus tres últimos ejercicios fiscales, así como que han presentado las declaraciones de pagos provisionales correspondientes al año 2009 y 2010 por los mismos impuestos. Cuando los contribuyentes tengan menos de tres años de inscritos en el RFC, la manifestación a que se refiere este rubro, corresponderá al periodo de inscripción.

B.-Que no tienen adeudos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, excepto ISAN e ISTUV.

En caso de contar con autorización para el pago a plazos, manifestarán que no han incurrido durante 2009 y 2010 en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66 fracción III del Código Fiscal de la Federación

Dicho escrito deberá ser suscrito por el interesado o por la persona legalmente autorizada para ello, indicando además de lo señalado anteriormente el nombre, razón o denominación social del contratista, su domicilio fiscal, su clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación en la que participó y resultó adjudicatario así como el monto total sin incluir IVA, de la adjudicación.

r).- Si durante la vigencia del contrato, por causas imputables a “EL CONTRATISTA” el programa de Obra pactado, presenta un atraso mayor o igual al veinte por ciento (20%), de los trabajos por ejecutar, “LA CONVOCANTE” considerara esta situación como causal suficiente de rescisión y por lo tanto la rescisión operara de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento que se establece en los lineamientos de la Dirección General de Conservación de Carreteras

DECIMA SEXTA.- La proposición deberán entregarse en compilador en el orden que indica la base, en medio magnetico digitalizado CD’S (toda la información del concurso (economica), incluyendo los archivos del paquete en que se hizo el presupuesto completo); dentro de un sobre y que se identificara como “Sobre de Proposicion Tecnica-Economica” debidamente cerrado en forma inviolable tal y como lo señala el articulo 36 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, presentarse firmadas y no antefirmadas, selladas y foliadas en cada una de las fojas que las integren, la cual deberá quedar integrada y complementada de acuerdo a las bases en la siguiente forma:

Documentos proporcionados por “LA CONVOCANTE” y que se devolverán a la misma firmados, sellados y foliados en todas y cada una de sus hojas:

1.-Las presentes Bases de Licitación (DT-1), incluyendo sus anexos y copia(s) de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones.

2.-Las Especificaciones Particulares y complementarias.

3.-El modelo de Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado.

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Durante el desarrollo del evento de presentación y apertura de proposiciones, los licitadores presentes no podrán ausentarse o establecer comunicación por ningún medio con personas que se encuentre fuera del lugar donde se celebre el acto

Adicionalmente, en un sobre que se llamara DOCUMENTACION LEGAL, deberá presentar la siguiente documentación en Original y Copia para su cotejo (Mismo que serán devueltos al termino del acto.)

1.- Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana, anexando copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente.

2.-Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo.

3.- Declaraciones fiscales, estados financieros dictaminados de los últimos dos ejercicios fiscales o, en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones, con el contenido y alcance siguiente:

Los parámetros financieros que EL LICITANTE deberá de cumplir, para demostrar su capacidad de recursos económicos, son los siguientes:

a).- Que el capital neto de trabajo (CNT) cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de la obra, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado en su proposición.

b).- Que el CNT de EL LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar. Se tendrá como suficiente dicho capital neto, cuando el importe del último ejercicio fiscal del activo circulante (AC) menos el pasivo circulante (PC) sea igual o mayor del 30% del valor del importe de su propuesta económica sin IVA.

c).- Que EL LICITANTE demuestre una suficiente capacidad para pagar obligaciones. Se tendrá como suficiente dicha capacidad cuando el importe del último ejercicio fiscal del AC entre PC sea igual o mayor de 1.6 unidades y el activo total (AT) entre el pasivo total (PT) sea igual o mayor a 2.0 unidades.

d).- Que EL LICITANTE demuestre un aceptable grado en que depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa es aceptable. Se tendrá como aceptable dicho grado de endeudamiento y rentabilidad de EL LICITANTE cuando el importe del último año fiscal del PT entre AT sea igual o menor 25%.

En el caso de proposiciones presentadas en forma conjuntas o en grupo, se sumarán los CNT, AC, PC, AT y PT, para cumplir con los parámetros señalados en los incisos anteriores.

Además, deberán anexar copia del acuse de recibido por parte del S.A.T. , copia certificada de la cedula profesional del contador que le dictamina su documentación, así como de su nombramiento como auditor externo por parte de la Dirección General de Auditoria Fiscal

4.- Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

5.- Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que previamente haya realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran costos estimados

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apegados a las condiciones del mercado, en términos de lo establecido en los artículos 31, fracción XV y 51, fracción VII, segundo párrafo de la LEY

6.-Escrito mediante el cual el representante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, Tratándose de:

a).- Personas físicas. Acta de nacimiento original o copia certificada y cedula fiscal e Identificación oficial vigente con fotografía (credencial expedida por el Instituto Federal Electoral, Pasaporte Vigente o Cedula Profesional). En original y copia para su cotejo.

b).- Personas Morales.Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con las facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes.

Escrituras publicas, Actas constitutivas, documentos en originales y copias simples para efecto de su cotejo.

Clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; así mismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Del representante: nombre del apoderado e identificación oficial vigente (Credencial expedida por el Instituto Federal Electoral, Pasaporte o Cedula profesional); número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que los protocolizó.

7.- En su caso, escrito mediante el cual “EL LICITANTE” manifieste que en su planta laboral cuenta cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la dependencia convocante, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

8.- El representante en la presente Licitación, cuando no sea la persona física o represéntate legal de la empresa moral deberá identificarse con carta poder y credencial vigente para identificación con fotografía.

9.-Para los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados anteriormente, además deberán celebrar entre si un convenio privado del que anexaran copia y, contendrá lo siguiente:

a).- Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales de la agrupación.

b).- Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación.

c).- Definición de las partes del objeto del contrato que cada persona se obligaría a cumplir.

d).- Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones.

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e).-Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la propuesta.

f).-Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.

En el acto de presentación y apertura de propuestas el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta.

En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas. El convenio a que hace referencia el párrafo anterior se incluirá en la documentación legal

Previamente a la firma del contrato, el licitante ganador presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.

La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.

DOCUMENTACION TECNICA

DT-1.-Convocatoria a las Bases de licitación, Copia del registro de participación de las Bases de Licitación, en caso de haberse inscrito por COMPRANET 5.0. De no presentar estos documentos no podrá admitirse su participación. De acuerdo a la base decima sexta, segundo párrafo

DT-2.-Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse, en los supuestos indicados en el Artículo 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

DT-3.-Manifestación escrita de conocer los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, las Normas de Calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción emitidas por “LA DEPENDENCIA”, así como las leyes y reglamentos aplicables y su conformidad de ajustarse a sus términos.

DT-4.-Manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones topográficas, geológicas, climáticas y ambientales, así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones que se celebren, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a las bases de licitación.

DT-5.-Manifestación escrita de conocer el contenido del modelo de contrato y su conformidad de ajustarse a sus términos.

DT-6.-Manifestación escrita de que por si mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.

DT-7.-Descripción de la planeación integral del licitante para realizar los trabajos. Explicando en forma escrita como ejecutará la obra de acuerdo al procedimiento constructivo, tomando en consideración la capacidad y recursos que considera para la ejecución de la obra.

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DT-8.-Relación de los profesionales técnicos al servicio del licitante, identificando con sus cargos a los que serán responsables de la ejecución y administración y control de calidad de la obra; anexando sus curriculas con firma autografa, los que deben tener experiencia laboral minima de 5 años titulados en obras de características técnicas y magnitud similares De acuerdo a la base quinta

DT-9.- Relación de todos los contratos de obras, en copias simples y únicamente las actas de entrega recepción certificadas de cada uno de los similares a la presente licitación, que haya celebrado tanto en la Administración Pública Federal, la Estatal y con particulares, con los que acredite la experiencia y capacidad técnica en este tipo de trabajos en los últimos 5 años; anotando el nombre o denominación de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según sea el caso, relacionándolas en formato documento DT-9 De acuerdo a la base quinta

DT-10.-Relación detallada del equipo y personal, indicando cargos, categorías y organigrama; que pretende emplear para el control de calidad de la obra (Unidad de Control de Calidad), cumpliendo con la norma N-CAL-1-01-/00.-Ejecución del Control de Calidad Durante la Construcción y Conservación, del Libro Control y Aseguramiento de Calidad. De acuerdo a la base quinta

DT-11.-Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendadas

con o sin opción a compra, deberá anexar croquis de ubicación física detallada ( Entidad Federativa, Municipio, Ciudad, Calle Numero, Colonia o en su defecto carretera, tramo, Km., y teléfono de la persona encargada de la maquinaria ) modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, tratándose de equipo y maquinaria de su propiedad, deberá presentar manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de tales circunstancias, en el caso de ser arrendado con o sin opción a compra deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad del mismo. De acuerdo a la base quinta

DT-12.-Análisis, cálculo e integración del factor de salario real Por categoria, conforme a lo previsto en el artículo 191 del Reglamento se deberá incluir documento en copia certificada actualizada (2011) en el que acredite los porcentajes de calificación de riesgo de trabajo por parte del IMSS. De acuerdo a la base quinta

DT-13.-Manifestación por escrito indicando de qué manera cumple con las disposiciones que en materia de capacitación y adiestramiento a su personal, señala la Ley Federal del Trabajo.

DT-14.- Relación de Bancos y croquis propuestos por el licitante, indicando su tratamiento.

DOCUMENTACION ECONOMICADE-1.-Proposición firmada en papel membretado por la empresa.

DE-2.-Relación de Conceptos de Trabajo y Cantidades de Obra para Expresión de Precios Unitarios y Resumen Total de la proposición. DEBERÁ CONSERVARSE EL MISMO FORMATO PROPORCIONADO POR LA DEPENDENCIA.

DE-3.-Análisis detallado de los precios unitarios de los conceptos de trabajo y sus básicos o auxiliares, determinados y estructurados de acuerdo con lo previsto en el Reglamento y en las presentes Bases de licitación.

DE-4.-Tabulador de salarios base de mano de obra de la region por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios.

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DE-4 a.- Retención del 2% ISN

DE-5.-Análisis, cálculo e integración de todos los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, que se emplearán en la obra, debiendo considerar estos, con costos y rendimientos de maquinaria y equipos nuevos.

DE-6.-Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales.

DE-7.-Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, tomando en cuenta los gastos que realizará el contratista en la ejecución de los trabajos, los anticipos que se otorguen, que las estimaciones por trabajos ejecutados se cubrirán en un término no mayor de veinte (20) días naturales a partir de la fecha en que se hubieren autorizado por la Residencia de Supervisión y el indicador económico que se aplicará.

DE-8.-Cargo por Utilidad propuesta por el licitante.

DE-9.- Cargos adicionales.

DE-10.-Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta, agrupando por materiales mas significativos, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes.

DE10 a.-De la mano de obra.

DE10 b.-De la maquinaria y equipo de construcción.

DE10 c.-De los materiales y equipo de instalación permanente (anexar cotizaciones mas significativas)

DE-11.- Programa de erogación del anticipo desglosado indicando como, cuando y con que actividades se aplicara.

DE-12.- Programa mensual de ejecución convenido conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme al periodo indicado, dividido en partidas y subpartidas y expresado en cantidades de obra y pesos, del total de los conceptos de trabajo, utilizando diagramas de barras.

DE-13.-Programa mensual de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados, en partidas y subpartidas de utilizacion, expresados en pesos, considerando inicialmente, en su caso, el monto asignado para el primer ejercicio fiscal, la fecha de iniciación y el plazo para la conclusión de los trabajos, indicado en los apartados “a” y “b” de la Base Novena, de utilización para los siguientes rubros.

DE13 a.-De la mano de obra.

DE13 b.-De la maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características.

DE 13 c.-De los materiales y equipo de instalación permanente más significativos.

DE 13 d.- De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos.

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DECIMA SEPTIMA.- “LA CONVOCANTE” determinará durante el acto de presentación de Propuesta Tecnico-Economica, la cual cumplen formalmente con la convocatoria a las Bases de Licitación y que, por lo tanto las recibe para su revisión detallada.

Aquellas proposiciones que omitan algún documento o requisito de los exigidos en las presentes Bases, serán observadas.

“LA CONVOCANTE”, sin perjuicio de la aceptación de los documentos y que los reciba para su revisión detallada, podrá observar aquella proposición que:

A).-CAUSALES GENERALES DE OBSERVACIÓN

1.-Será causa de observacion el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presente convocatoria a las Bases de Licitación y resumen de convocatoria que forma parte integral de la convocatoria a las bases de la licitacion, así como la comprobación de que algún Licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin de obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

2.-Presenten incompleta u omitan cualquier documento requerido en la convocatoria a las bases de licitación o que los documentos no contengan la información solicitada o no vengan debidamente firmados no rubricados, sellados, foliados y no contenga el CD’S la información requerida.

3.-Incumpla las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante.

4.-Propongan alternativas que modifiquen lo establecido en la convocatoria de Licitación.

5.-No cumpla cualquiera de los requisitos solicitados en la Ley, el Reglamento y lo establecido en la presente convocatoria a las Bases de Licitación.

7.- El licitante se ubique en alguno de los supuestos señalados en el artículo 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

8.- Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección y ejecución de los trabajos, no cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los trabajos y/o se encuentren participando en la ejecución de obra de algún contrato vigente con la misma responsabilidad

9.-Que el licitante no cuente y proponga en los DOCUMENTOS DT-11 la maquinaria y equipo de construcción, suficiente y necesario, para desarrollar los trabajos que se convocan, en el plazo señalado en el inciso b) de la Base Novena de estas Bases.

10.-Que la planeación integral propuesta por el licitante para el desarrollo y organización de los trabajos, no sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los mismos.

11.- Que no presente la declaración fiscal correspondiente a los últimos ejercicios fiscales; asi mismo no presente el estado financiero dictaminados de los últimos dos ejercicios fiscales y no presente el acuse por parte del SAT de el estado financiero auditado.

12.-Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización, no sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos.

13-Que los programas de suministros y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción, no sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por la convocante y con el procedimiento constructivo a realizar.

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14.-Que en la maquinaria y equipo de construcción, los rendimientos de estos no sean considerados como nuevos considerando las características topográficas, geológicas, climáticas y ambientales donde se vayan a realizar los trabajos y el procedimiento constructivo de que se trate.

15.-Que los precios unitarios propuestos por el licitante, no sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la propuesta total.

16.-Que los análisis de los precios unitarios no estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, considerando lo indicado en la Ley, el Reglamento y las Bases de Licitación.

17.-Que los precios básicos de adquisición de materiales considerados en sus análisis correspondientes, no se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado.

18.-Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción, no se hayan determinado por hora efectiva de trabajo.

19.-Que los análisis de costos directos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento y las Bases de Licitación.

20.-Que en el costo directo los materiales considerados, no sean congruentes con la relación de costos básicos.

21.-Que en el costo directo, los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción no se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de estos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximo los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características topográficas, geológicas, climáticas y ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.

22.-Que los análisis de costos indirectos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento y en las presentes Bases de Licitación.

23.-Que el análisis y cálculo del costo financiero no se haya estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento y en las presentes Bases de Licitación.

24.-Que el importe total de la propuesta no sea congruente con todos los documentos que la integran.

25.-Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción, no sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, así como con los programas presentados en la documentación.

26.-Por no presentar el Programa de erogación de anticipo.

27.- Por no Respetar el Formato DE-2

DECIMA OCTAVA.- “LA CONVOCANTE” procederá a declarar desierta la licitación, cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos de la convocatoria a las Bases de licitación o sus precios no fueren aceptables por “LA CONVOCANTE”, cuando ninguna persona adquiera las bases o bien no se reciba proposición alguna; situación que quedará asentada en el acta correspondiente, asi como lo establecido en el articulo 40 de la LEY y 71 del Reglamento.

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“LA CONVOCANTE” podrá cancelar la licitación por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera, podrá cancelar cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar estos trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia.

DECIMA NOVENA.- Las proposiciones presentadas por los licitantes y que sean aceptadas en términos de la Base Décimo Sexta de estas Bases, serán conservadas por “LA DEPENDENCIA” conforme al articulo 74 de la LEY y ultimo párrafo del articulo 264 del REGLAMENTO.

VIGÉSIMA.- En el caso de que “LA DEPENDENCIA” no firmare el contrato respectivo dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al de la adjudicación, el concursante seleccionado, sin incurrir en responsabilidad, podrá determinar no ejercer la obra. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA” lo indemnizará por los gastos no recuperables en que hubiese incurrido “EL CONTRATISTA” para preparar y elaborar su propuesta, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación.

VIGESIMA SEGUNDA.- Para el caso de rescisión administrativa y terminación anticipada del contrato se procederá conforme a lo establecido en el modelo de contrato a que se alude en la Bases

VIGESIMA TERCERA.- “EL CONTRATISTA” comunicará a “LA DEPENDENCIA” la conclusión de los trabajos encomendados, para que ésta dentro del plazo pactado en el contrato, verifique la debida terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el contrato. Al finalizar la verificación de los trabajos, “LA DEPENDENCIA” en un plazo no mayor de quince días naturales procederá a su recepción física, levantándose el acta correspondiente.

Al término de la obra deberá presentar una garantía para responder por los defectos o vicios ocultos que resulten de la ejecución de los trabajos o de cualquier otra índole, en que hubiese incurrido la empresa o empresas en la realización de los trabajos; se presentará dicha garantía previamente a la recepción formal de los mismos, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley en la materia.

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NEXO I

Distribución de Puntajes para Procesos de contratación de ObraLos Puntos serán distribuidos conforme a lo establecido por la convocante en la Base

Cuarta de la convocatoria pública Nacional Número LO-912063996-N1-2011 para la construcción de los trabajos que se licitan y sus anexos.

RUBROS Y SUBRUBROS PUNTOS

I. DOCUMENTACION TÉCNICA

1.- RELATIVO A LA CALIDAD 18

a) Materiales 2

b) Mano de obra 1

c) Maquinaria y equipo de construcción 4

d) Esquema estructural de la organización de los profesionales técnicos 2

e) Procedimientos constructivos 2

f) Programas 4

g) Sistema de aseguramiento de calidad 3

2.- RELATIVO A LA CAPACIDAD DEL LICITANTE 12

a) Capacidad de los recursos humanos 4.8

a1) Experiencia en obras de la misma naturaleza 1.44

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a2) Competencia o habilidad en el trabajo 2.88

a3) Dominio de herramientas relacionadas con la obra a ejecutar 0.48

b) Capacidad de los recursos económicos 5.2

c) Participación de los discapacitados 1

d) Subcontratación de MIPYMES 1

3.- RELATIVO A LA EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE 15

a) Experiencia 5

b) Especialidad 104.- RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS 5

a) Cumplimiento de los contratos 5

PROPUESTA TÉCNICA TOTAL DE PUNTOS POSIBLES DE OBTENER 50

II.- PROPUESTA ECONÓMICA

RELATIVO AL PRECIO

a) Precio sin IVA 50

PROPUESTA ECONÓMICA TOTAL DE PUNTOS POSIBLES DE OBTENER 50

TOTAL DE PUNTOS POSIBLES DE OBTENER EN EL MECANISMO DE ADJUDICACIÓN 100

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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DECLARACION ESCRITA Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE NO ENCONTRARSE, EN LOS SUPUESTOS

INDICADOS EN EL ARTÍCULO 51 Y 78 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

DOCUMENTO DT-2

DOCUMENTO DT-2(En papel membretado de la empresa)

DECLARACION DE NO ENCONTRARSE EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ART. 51 Y 78 PENULTIMO PARRAFO DE LA LEY

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________, Para

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manifestar a usted que esta empresa no se encuentra en ninguno de los supuestos del Articulo 51 y 78

penúltimo párrafo de la ley de Obras Publicas Y Servicios Relacionadas con Las Misma.

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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MANIFESTACION ESCRITA DE CONOCER LOS PROYECTOS ARQUITECTONICOS Y DE INGENIERIA.

DOCUMENTO DT-3

DOCUMENTO DT-3(En papel membretado de la empresa)

MANIFIESTO DE CONOCER LOS PROYECTOS ARQUITECTONICOS Y DE INGENIERIA

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________, Para

declarar a usted que esta empresa que represento conoce:

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluación por Puntos

1.- LOS PROYECTOS ARQUITECTONICOS Y DE INGENIERIA.

2.- LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES.

3.- LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA S.C.T.

4.- LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.

5.- EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LAS MISMAS.

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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MANIFESTACION ESCRITA DE CONOCER EL SITIO DE REALIZACION DE LOS TRABAJOS.

DOCUMENTO DT-4

DOCUMENTO DT-4(En papel membretado de la empresa)

MANIFESTACION ESCRITA DE CONOCER EL SITIO DE LOS TRABAJOS

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________, Para

manifestar a usted que esta empresa conoce el sitio de ejecución de los trabajos, y por ello ha juzgado y

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tomado en cuenta debidamente las características climáticas, topográficas, geológicas y disponibilidad de

la mano de obra de la región, así como de los materiales y las condiciones generales y especiales del

lugar donde se llevará a cabo la obra objeto de dicha licitación.

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

ANEXO DT-4JASOLICITUD DE ACLARACIONES PARA LA JUNTA ______ (señalar si es la primera. segunda o la que

corresponda)

Nombre de EL LICITANTE.- ________________________

Datos generales:

1.- Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los del apoderado o representante.

2.- Además tratándose de personas morales:

a).- Descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que acredita la existencia legal de la persona moral, así como el nombre de los socios.

3.- Del representante legal: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultadas de representación y su identificación oficial.

Escrito mediante el cual expreso a LA CONVOCANTE mi interés en participar en la licitación No. ___________ (Señalar número de licitación) relativa a ___________________ (Especificar la descripción general de los trabajos y el lugar donde se llevarán a cabo los mismos, incluyendo carretera, tramo y estado).

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Así mismo, presento en tiempo y forma la siguiente:

SOLICITUD DE ACLARACIONES, A LOS ASPECTOS CONTENIDOS EN LA CONVOCATORIA A LAS BASES DE LICITACION.

(Conforme a lo previsto en los artículos 35 de la LEY y 39 de EL REGLAMENTO, las solicitudes de aclaración podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de COMPRANET 5.0, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta).

Pregunta 1.- (Indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la aclaración o aspecto que solicita aclarar. si no se presenta en la forma señalada, la convocante podrá desecharlas, razón que será señalada en el acta correspondiente)

Pregunta 2.-

Pregunta n.-

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA 1.- Para agilizar el acto de la junta, EL LICITANTE que decida entregar personalmente su solicitud en la junta de aclaraciones, podrá, además de lo anterior, traer los datos de forma electrónica.

NOTA 2.- Las solicitudes de aclaración que, en su caso, EL LICITANTE desee formular deberán plantearse de manera concisa y estar directamente relacionadas con los puntos contenidos en LA CONVOCATORIA.

NOTA 3.- Favor de quitar al formalizar este escrito, los textos que están entre paréntesis con letra tenue incluyendo las notas.

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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MANIFESTACION ESCRITA DE CONOCER EL CONTENIDO DEL MODELO DE CONTRATO.

DOCUMENTO DT-5

DOCUMENTO DT-5(En papel membretado de la empresa)

MANIFESTACION DE CONOCER EL MODELO DEL CONTRATO

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________. Para

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manifestar a usted que mi representada a leído y conoce el contenido del modelo del contrato y su

conformidad de ajustarse a sus términos.

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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MANIFESTACION DE INTEGRIDAD.

DOCUMENTO DT-6

DUCUMENTO DT-6(En papel membretado de la empresa)

MANIFESTACION DE INTEGRIDAD

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________,

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Manifiesto que por mi mismo o a través de interpósita persona , me abstendré de adoptar conductas para

que los servidores públicos de la convocante , induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el

resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que me otorgue condiciones mas

ventajosas, con relación a los demás participantes..

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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DESCRIPCION DE LA PLANEACION INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR LOS TRABAJOS.

DOCUMENTO DT-7

DOCUMENTO DT-7(En papel membretado de la empresa)

PLANEACION INTEGRAL

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. A

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E.

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Me refiero a la Licitación Nº __________________, relativo a los trabajos para la elaboración de la

Obra:___________________________________________________________________________, EN

EL ESTADO DE GUERRERO.

PLANEACION OFICINA CENTRAL:

PLANEACION OFICINA DE CAMPO:

PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO:

A t e n t a m e n t eF i r m a:

Nombre y cargo del signatario

Nombre de la Empresa

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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RELACION DE LOS PROFESIONALES TECNICOS AL SERVICIO DEL LICITANTE.

DOCUMENTO DT-8

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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RELACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRAS, COPIAS SIMPLES DE LOS CONTRATOS Y ÚNICAMENTE LAS ACTAS

DE ENTREGA RECEPCIÓN CERTIFICADAS

DOCUMENTO DT-9

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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RELACION DETALLADA DEL EQUIPO Y PERSONAL QUE SE EMPLEARA PARA EL CONTROL DE CALIDAD.

DOCUMENTO DT-10

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

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RELACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.

DOCUMENTO DT-11

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mer

o d

eU

nid

ades

Denominación Tipo Marca de la Maquina

Serie y Número (máquina propia)

Mod

elo

Ed

ad

Vid

a ú

til

Capacidad de la maquina

Pro

pia

Ren

tad

a

Por

ad

qu

irir

Localización actual(con domicilio exacto)

(Nombre de la empresa o persona física) (Firma)

(Nombre y cargo del Representante que firma)

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DOCUMENTO DT-11

Fecha:

Hoja de

MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN

QUE SE EMPLEARA EN LA OBRA

LICITACIÓN No. OBRA:

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

ANALISIS CALCULO E INTEGRACION DEL FACTOR DE SALARIO REAL.

DOCUMENTO DT-12

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

MANIFESTACION DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO A SU PERSONAL.

DOCUMENTO DT-13

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

RELACION DE BANCOS Y CROQUIS PROPUESTOS POR EL LICITANTE, INDICANDO SU TRATAMIENTO.

DOCUMENTO DT-14

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERORELACIÓN DE BANCOS

LICITACION No:OBRA:CAMINO:TRAMO:MUNICIPIO:ESTADO:

DOCUMENTO DT-14

B A N C OCLASIFICACION

GEOLOGICACLASIFICACION PRESUPUESTAL

VOLUMEN M3

USOSPROBABLES

TRATAMIENTOMEZCLA EN VOLUMENNUM

FECHAESTUDIO

NOMBRE YUBICACIÓN

REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

PROPOSICION.

DOCUMENTO DE-1

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DOCUMENTO DE-1(En papel membretado de la empresa)

P R O P O S I C I Ó N

Ciudad de Chilpancingo, Guerrero. a

C. ING.JUAN MANUEL TINOCO REYNA.DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. CICAEGP R E S E N T E .

Me refiero a la licitación Nº __________________, relativa a los Trabajos de la Obra:___________________________________________________________________________, de fecha, _____________________ .

Sobre el particular, bajo protesta de decir verdad:a) Por mi propio derechob) Como representante legal de ______________________ manifiesto a usted que:

Oportunamente se recogió LA CONVOCATORIA correspondiente y se ha tomado debida nota de los datos y las Bases a que se sujetará dicha CONVOCATORIA y conforme a las cuales se llevará a cabo la ejecución de los trabajos, se aceptan íntegramente los requisitos contenidos en LA CONVOCATORIA y para tal efecto se devuelven debidamente firmadas por el suscrito en un total de _____________ fojas foliadas.

Igualmente expongo que se han tomado las providencias a que se contrae LA CONVOCATORIA.

Asimismo, manifiesto que esta Empresa conoce la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, el Reglamento Vigente y las Secciones correspondientes de las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de Servicios relacionados con las mismas para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, el Proyecto, las Normas para Construcción e Instalaciones y Calidad de los Materiales indicadas en estas bases y las Especificaciones Particulares, y que acepta que tales documentos rigen, en lo conducente, respecto a la Licitación indicada y demás actos que de ella deriven.

De conformidad con lo anterior se presenta la proposición respectiva, la que con un importe total de $____________________( con letra), ya incluido el importe del impuesto al valor agregado (IVA), se encuentra requisitada e integrada en la forma que establece LA CONVOCATORIA, el proyecto, las especificaciones generales y particulares de los trabajos que se licitan y demás documentos del caso.

El tiempo de ejecución de los trabajos objeto de la licitación será de _________días naturales contados a partir de la fecha real del inicio de la obra.

Además comunico a usted que mi representante técnico como SUPERINTENDENTE en la obra serán el C. _____________, con Cédula No. __________, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y quienes conocen las Normas de Obra Pública que La Dependencia tiene en vigor, el Proyecto y las Especificaciones Particulares, y tienen suficiente experiencia en obras de la índole de la que se llevará a cabo.

ATENTAMENTE------------------------------------------Nombre Cargo

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

RELACION DE CONCEPTOS DE TRABAJO Y CANTIDAD DE OBRA.

DOCUMENTO DE-2

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

ANALISIS DETALLADO DE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO Y SUS BASICOS O AUXILIARES.

DOCUMENTO DE-3

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DOCUMENTO DE-3

ANALISIS DETALLADO SOBRE PRECIOS UNITARIOS

En los análisis de precios unitarios que presente el licitante, deberá tomar en cuenta lo indicado en las Bases de Licitación, los criterios que se señalan en la Ley y el Reglamento(Capitulo Sexto, Secciones I, II, III, IV, V, VI).

Por lo que se refiere a mano de obra y materiales, deberá tomar en cuenta los salarios y precios vigentes en la zona o región de que se trate y los precios de los materiales y demás insumos puestos en el sitio de los trabajos; los cargos por maquinaria y equipo a utilizar deberán determinarse con base en el precio y rendimiento de éstos considerados como nuevos y acorde con las condiciones de ejecución del concepto de trabajo correspondiente.

D A T O S B A S I C O S

I.- MANO DE OBRA:

P R E S T A C I O N E S C A T E G O R I A SALARIO LEY FED. SEGURO SALARIO APORTAC. APORTAC.

BASE TRAB. SOCIAL REAL *SAR *INFONAVIT

$ $ $ $ $ $

$ $ $ $ $ $

(El proponente deberá enlis- $ $ $ $ $ $

tar todas las categorías de $ $ $ $ $ $

personal obrero que ínter.- $ $ $ $ $ $

venga en los trabajos) $ $ $ $ $ $

$ $ $ $ $ $

= Este cargo debe ser sobre el salario base.

II.- MATERIALES:

D E S C R I P C I O N PRECIO PUESTO EN LA OBRA

$

(El proponente deberá enlistar todos los $ (El precio de todos

Materiales que sea necesario comprar para $ los materiales debe

realizar los trabajos) $ ser puesto en obra)

$

$

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000000001.- MAQUINARIA:

NOMBRE Y CAPACIDAD COSTO HORARIO

(El proponente deberá enlistar todas las $

máquinas que intervengan en los trabajos y por $

separado anexar los datos básicos de los $

costos-horarios de la maquinaria; para el caso del cargo por $

operación, deberá proceder conforme se indicó para el rubro: $

I.- Mano de Obra) $

COSTO DIRECTO (suma I, II y III) $

IV. - INDIRECTOS

Los costos indirectos estarán representados como un porcentaje del costo directo. En anexo por separado deberá presentarse el análisis detallado de los cargos que determinan este factor, desglosando los correspondientes a la administración de oficinas centrales y de los trabajos, seguros y fianzas, y al que deberán acompañar el programa de utilización del personal técnico, administrativo y de servicios encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos.

CARGOS INDIRECTOS %

V. - FINANCIAMIENTO:

El costo del financiamiento estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos. En anexo por separado deberá presentarse el análisis detallado de este costo, considerando los gastos que realizará en la ejecución de los trabajos, los anticipos otorgados y que las estimaciones se cubrirán en un término no mayor de veinte (20) días naturales, contados a partir de la fecha en que las hubiera recibido del CONTRATISTA la DEPENDENCIA; así como la tasa de interés que aplicará, que deberá calcularse con base en un indicador económico específico, señalándolo, el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del contrato.

CARGO POR FINANCIAMIENTO % VI. - UTILIDAD:

El cargo por utilidad estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento. Este cargo deberá considerar las deducciones correspondientes al impuestos obre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa. CARGO POR UTILIDAD %

VII. - CARGOS ADICIONALES:

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Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por estar convenidas como obligaciones adicionales o por que derivan de un impuesto o derecho que se cauce con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos e indirectos y por financiamiento ni del cargo por utilidad.

Únicamente quedarán incluidos, aquellos cargos que deriven de ordenamientos legales aplicables o de disposiciones administrativas que emitan autoridades competentes en la materia, como impuestos locales y federales y gastos de inspección y supervisón.

Los cargos adicionales no deberán ser afectados por los porcentajes determinados para los costos indirectos y de financiamiento ni por los cargos de utilidad.

Estos cargos deberán adicionarse al precio unitario después de la utilidad y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen, establezcan un incremento o decremento para los mismos.

CARGOS ADICIONALES %

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A N Á L I S I S D E P R E C I O S U N I T A R I O S

OBRA :CARRETERA :CONCURSO :FECHA :ESPECIFICACIÓN :

CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD COSTO IMPORTE

MATERIALES

CARGO: suma a

MANO DE OBRAdebe ser el salario real

CARGO: suma b

HERRAMIENTA % CARGO: suma c

MAQUINARIA

CARGO: suma d

COSTO DIRECTO $ e=a+b+c+d

INDIRECTOS % u f=e*u

SUMA g=e+f

FINANCIAMIENTO % v h=g*v

SUMA i=g+h

UTILIDAD % w j=i*w

SUMA k=i+j

CARGOS ADICIONALES

% x I=k*x

ISN %b m=b*2%

PRECIO UNITARIO $ ñ=k+I+m

DOCUMENTO DE – 3

FECHA DE INICIO:FECHA DE TERMINO:PLAZO DE EJECUCION:

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

TABULADOR DE SALARIOS BASE DE MANO DE OBRA E INTEGRACION DE LOS SALARIOS.

DOCUMENTO DE-4

DE-4 a.- Retención del 2% ISN

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

ANALISIS, CALCULO E INTEGRACION DE LOS COSTOS HORARIOS DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.

DOCUMENTO DE-5

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

ANALISIS, CALCULO E INTEGRACION DE LOS COSTOS INDIRECTOS.

DOCUMENTO DE-6

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

ANALIS, CALCULO E INTEGRACION DE LOS COSTOS POR FINANCIAMIENTO.

DOCUMENTO DE-7

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

CARGO POR UTILIDAD

DOCUMENTO DE-8

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

CARGOS ADICIONALES.

DOCUMENTO DE-9

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACION DE LA PROPUESTA.

DOCUMENTO DE-10

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LA MANO DE OBRA.

DOCUMENTO DE10 a

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.

DOCUMENTO DE10 b

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LOS MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACION PERMANENTE. (anexar cotizaciones mas significativas)

DOCUMENTO DE10 c

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

PROGRAMA DE EROGACIONES DEL ANTICIPO.

DOCUMENTO DE-11

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

PROGRAMA MENSUAL DE EJECUCIÓN CONVENIDO CONFORME AL CATÁLOGO DE CONCEPTOS CON SUS EROGACIONES, CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO.

DOCUMENTO DE-12

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

PROGRAMA MENSUAL DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADOS Y CUANTIFICADOS.

DOCUMENTO DE-13

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LA MANO DE OBRA.

DOCUMENTO DE-13 a

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.

DOCUMENTO DE-13 b

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LOS MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACION PERMANTE.

DOCUMENTO DE-13 c

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

DE LA UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

DOCUMENTO DE-13 d

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MODELO DE CONTRATO

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ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA

CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO.

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO Nº

11/OPDCICAEG/DCC/_________/__/___/_/2011

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE

CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE

INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO,

REPRESENTADO POR EL ING. JUAN MANUEL TINOCO REYNA, EN SU CARÁCTER DE

DIRECTOR GENERAL Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA

______________________________________, REPRESENTADA POR EL C.

___________________________, EN SU CALIDAD DE _______________________________, A

QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO, SE LES

DENOMINARÁ “EL ORGANISMO” Y “EL CONTRATISTA” RESPECTIVAMENTE, DE ACUERDO

A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I.- “EL ORGANISMO” DECLARA QUE:

I.1.- Es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios,

creado por el Congreso del Estado mediante Decreto Nº 221 de fecha diez de abril del dos

mil uno, publicado en el Periódico Oficial del estado el primero de junio del mismo año; que

tiene por objeto planear, construir, operar, conservar y supervisar bajo un mismo criterio,

las obras carreteras y aeroportuarias, caminos rurales y pavimentados, caminos túneles y

puentes de peaje de jurisdicción local, por sí o a través de terceros.

I.2.- Que su representante, el C. Ingeniero JUAN MANUEL TINOCO REYNA, acredita el

carácter de Director General con el nombramiento y Acta de Protesta de fecha primero de

abril de año dos mil once, expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de

Guerrero.

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

I.3.- Su representante, el C. Ingeniero JUAN MANUEL TINOCO REYNA, con el carácter ya

indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en

términos de lo establecido por los artículos 1°, 7 fracción II y 17 fracciones II y XIII del

Decreto Nº 221 de fecha diez de abril del dos mil uno, publicado en el Periódico Oficial del

Estado el primero de junio del mismo año, 19 y 20 del Reglamento Interior del Organismo

Público Descentralizado Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado

de Guerrero, 75 y 117 de la Constitución Política del Estado de Guerrero, 1 y 43 fracción I

de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal del día ocho de octubre de mil

novecientos noventa y nueve.

I.4.- El presente contrato se adjudica como resultado del procedimiento de Licitación Pública

Nacional N°___________________, realizada por el Organismo, en términos de lo

dispuesto por los artículos 27, fracción I y 30 fracción I, de la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

I.5.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato se autorizaron recursos

con cargo al Programa de inversión __________________________________________

(________), en términos del oficio de autorización N°____________, de fecha ____ de

______ de 20__ (dos mil _____) expedido por

______________________________________________________.

I.6.- Para los efectos del presente contrato señala como domicilio el ubicado en Avenida Ruffo

Figueroa Nº 9, Colonia Burócratas, Código Postal 39090, en la Ciudad de Chilpancingo, en

el Estado de Guerrero.

II.- “EL CONTRATISTA” DECLARA QUE:

II.1.- Tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del presente contrato.

II.2.- Acredita su legal existencia con la Escritura Pública Nº _________ (_________), de fecha

____ (____) de ____ de ______ (_____________________), otorgada ante la fe del Lic.

__________________, Notario Público Nº ___ ( ____ ) del Distrito Judicial de

__________, Inscrita en el Registro Público de la Propiedad de ________, Guerrero, bajo

el Folio Mercantil Nº _____, de fecha ___ (____) de _____ de _____ (_________).

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II.3.- Su representante el C. _____________________, con el carácter ya indicado, cuenta con las

facultades necesarias para suscribir el presente contrato, de conformidad con el contenido

en la Escritura Pública Nº __________ (____________), de fecha _____ (_____) de _____

de _______ (________________________), otorgada ante la fe del Lic.

___________________, Notario Público Nº ____ (_____) del Distrito Judicial de

____________, Inscrita en el Registro Público de la Propiedad de _________, Guerrero,

bajo el Folio Mercantil Nº ___________, de fecha ____ (______) de __________ de

______ (________________), manifestando bajo protesta de decir verdad, a través de

dicho representante que tales facultades no le han sido modificadas ni revocadas a la

fecha.

II.4.- Su Registro Federal de Contribuyentes es ______________________.

II.5.- Su representante se identifica con copia de la credencial para votar con fotografía con

número de folio ____________________, expedida por el Registro Federal de Electores

del Instituto Federal Electoral, misma que previo cotejo se adjunta en copia simple para

que forme parte integral del presente.

II.6.- Cuenta con los recursos técnicos, humanos y materiales necesarios para cumplir con los

requerimientos objeto del presente Contrato.

II.7.- Tiene establecido su domicilio en __________________________________, Col.

_________________________, C.P. __________, _____________________,

__________, mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este Contrato.

II.8.- Conoce el contenido de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

(LOPSRM) y el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas; las Normas para la Construcción e Instalaciones y de la Calidad de los Materiales;

así como las demás Normas que regulan la ejecución de los trabajos, incluyendo las

especificaciones generales y particulares de la obra objeto de este contrato, los requisitos

que los citados ordenamientos establecen, y en general, toda la información requerida para

la adecuada ejecución de la obra materia del presente contrato.

II.9.- Conoce debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato, así como las condiciones

ambientales, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.

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III.- Declaran “EL ORGANISMO” Y “EL CONTRATISTA” que:

III.1.- Las Bases de Licitación que origina el presente contrato, la bitácora que se genere, el propio

contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y

obligaciones.

III.2.- Las estipulaciones contenidas en el presente contrato no modifican las Bases de Licitación

que le da origen.

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL ORGANISMO” encomienda a “EL CONTRATISTA”

la realización de una obra consistente en

______________________________________________________________________, Municipio

de ______________________________, en el Estado de Guerrero, y éste se obliga a realizarla

hasta su total terminación, acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos y

normas señalados en la Declaración II.8 del apartado de Declaraciones de “EL CONTRATISTA”,

apegándose de igual modo a los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y

especificaciones generales y particulares, así como a las normas de construcción vigentes en el

lugar donde deban realizarse los trabajos, mismos que se tienen por reproducidos como parte

integrante de esta Cláusula.

Los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y especificaciones a que se alude en

esta cláusula, debidamente firmados por los otorgantes, como anexos, pasarán a formar parte

integrante del presente instrumento.

Para efectos de llevar a cabo un control y seguimiento, así como en general los hechos o

circunstancias que se presenten durante el proceso constructivo de la obra, estos se harán constar

a través de medios remotos de comunicación electrónica, consistente en la Bitácora electrónica, la

cual deberá de reunir los requisitos establecidos en el artículo 123 del Reglamento de la Ley de

Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas.

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SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- El monto total del presente contrato, es de

$_____________________ (______________________________________ 00/100 M.N.) Más

$________________________ (_______________________________ 00/100 M.N.), por concepto

de impuesto al valor agregado, lo que da un importe total de $__________________________

(__________________________________ 00/100 M.N.), y la asignación aprobada para el

presente ejercicio es de $___________________

(____________________________________________ 00/100 M.N.) Más

$___________________ (_________________________________ 00/100 M.N), por concepto de

impuesto al valor agregado, lo que da un importe total de esta asignación de

$________________________________ (___________________________________ 00/100

M.N).

TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.- “EL CONTRATISTA” se obliga a realizar los trabajos

materia de este contrato, en un plazo que no exceda de _____ (___________) días naturales. El

inicio de los trabajos se efectuará el día ____ (_____) del mes de _________ de 20__ (dos mil

_______) y se concluirá a más tardar el día __ (________) del mes de ___________ de 20__ (dos

mil __________) de conformidad con el programa de ejecución pactado.

CUARTA.- DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS RELATIVOS.- “EL

ORGANISMO” se obliga a poner a disposición de “EL CONTRATISTA” el o los inmuebles en

que deben llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, así como los dictámenes,

permisos, licencias y demás autorizaciones que se requieran para su realización y que de

conformidad a las Bases, le correspondan.

QUINTA.- ANTICIPOS.- Para que “EL CONTRATISTA” realice en el sitio de los trabajos, la

construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y en su caso para los gastos de

traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como para la

compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen

permanentemente y demás insumos, “EL ORGANISMO” otorga un anticipo por la cantidad de

$___________________ (___________________________________ 00/100 M.N.), sin incluir el

Impuesto al Valor Agregado, lo que representa un ___% (________ por ciento) del importe total del

presente contrato tomado de la asignación. Queda establecido que el anticipo señalado, es el

contemplado en la Bases emitidas y el resultante del programa de erogaciones contenido en la

propuesta presentada por “EL CONTRATISTA” dentro del procedimiento de contratación que

motiva la suscripción del presente instrumento legal.

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El anticipo se entregará a “EL CONTRATISTA” en términos de la fracción I del artículo 50 de la

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, previa entrega que realice “EL

CONTRATISTA” a “EL ORGANISMO”, de la garantía a que se hace referencia en la Cláusula

Séptima inciso A) del presente contrato. Si “EL CONTRATISTA” no entrega la garantía del

anticipo dentro del plazo señalado en el artículo 48 fracción I de la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), no procederá el diferimiento y por lo tanto “EL

CONTRATISTA” deberá iniciar la obra en la fecha establecida.

El otorgamiento y amortización del anticipo, se sujetará a lo establecido por la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) y su Reglamento y su amortización

se hará proporcionalmente a cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados que se

formulen, debiéndose liquidar el faltante por amortizar en la estimación final.

SEXTA.- FORMA DE PAGO.- Las partes convienen en que los trabajos objeto del presente

contrato, se paguen mediante la formulación de estimaciones mensuales, en términos de lo

dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

(LOPSRM), mismas que se acompañarán de la documentación que acredite la procedencia de su

pago, conforme a lo dispuesto por el artículo 132 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas, las que serán presentadas por “EL CONTRATISTA” al

Residente de la Obra, dentro de los 6 (seis) días naturales siguientes a la fecha de su corte el cual

será el día último de cada mes, el Residente de Obra efectuará la revisión y autorización de las

estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de 15 (quince) días naturales,

contados a partir de la fecha de su presentación y que el importe será depositado por “EL

ORGANISMO” por trabajos ejecutados, a la cuenta de “EL CONTRATISTA” dentro de un plazo

no mayor a 20 (veinte) días naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por el

Residente de la Obra y que “EL CONTRATISTA” haya presentado la factura correspondiente

debidamente requisitada. “EL CONTRATISTA” será el único responsable de que la factura que

presente para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que la falta de

pago por la omisión de alguno de éstos o por su presentación incorrecta no será motivo para

solicitar pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

En caso de que la factura entregada por “EL CONTRATISTA” para su pago presente errores o

deficiencias, “EL ORGANISMO” dentro de los 3 (tres) días siguientes al de su recepción, indicara

por escrito a “EL CONTRATISTA” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

entre la entrega del citado escrito y la presentación de las correcciones por parte de “EL

CONTRATISTA” no se computará para efectos del segundo párrafo del artículo 54 de la Ley.

En el caso de que “EL CONTRATISTA” no presente las estimaciones dentro de los 6 (seis) días

naturales siguientes a la fecha de su corte, la estimación correspondiente se presentará en la

siguiente fecha de corte, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de

“EL CONTRATISTA”.

Queda entendido que en términos de los dispuesto por el artículo 130 del Reglamento de la Ley de

Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los únicos tipos de estimaciones que se

reconocerán para efectos del presente Contrato, serán las correspondientes a trabajos ejecutados,

a pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato y de

gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios

Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas

dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.

En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de “EL

ORGANISMO”, éste a solicitud de “EL CONTRATISTA” y de conformidad con lo previsto en el

párrafo primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas (LOPSRM), pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida

por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales,

dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se

calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales, desde que sean

determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de

“EL CONTRATISTA”.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL CONTRATISTA”, éste deberá reintegrar

las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en

el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso

y se computarán por días naturales desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan

efectivamente las cantidades a disposición de “EL ORGANISMO”.

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No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de “EL

CONTRATISTA”, sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no

se hubiera identificado con anterioridad.

SÉPTIMA.- GARANTÍAS.- “EL CONTRATISTA” se obliga a constituir en la forma, términos y

procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

(LOPSRM), las garantías siguientes:

A) FIANZA PARA EL ANTICIPO.- A favor de la Secretaria de Finanzas y Administración del

Gobierno del Estado de Guerrero y/o Organismo Público Descentralizado Comisión de

Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero, por la totalidad del monto

otorgado como anticipo tanto para que “EL CONTRATISTA”, realice, en el sitio de los trabajos

la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y en su caso para los

gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos objeto del

presente contrato, así como para la compra y producción de materiales de construcción, la

adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos, conforme a la

Cláusula Quinta y deberá ser presentada por “EL CONTRATISTA”, previamente a la entrega

de los anticipos, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación

del fallo de adjudicación y, para los ejercicios subsecuentes, a partir de que “EL

CONTRATISTA”, reciba la notificación por escrito del monto del anticipo concedido; la garantía

subsistirá hasta la total amortización de los anticipos correspondientes.

B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- A favor de la Secretaria de Finanzas y Administración del

Gobierno del Estado de Guerrero y/o Organismo Público Descentralizado Comisión de

Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero, por el 10% (Díez por ciento)

del monto total del presente Contrato.

C) GARANTÍA PARA RESPONDER DE OBRA MAL EJECUTADA O VICIOS OCULTOS.- A favor

de la Secretaria de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guerrero y/o

Organismo Público Descentralizado Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del

Estado de Guerrero, “EL CONTRATISTA” garantizará los trabajos dentro de los 15 (quince)

días naturales anteriores a la recepción formal de los mismos, sustituyendo la fianza vigente de

cumplimiento por otra garantía que a su elección podrá ser mediante fianza por el equivalente

al 10% (diez por ciento) del monto total ejercido de la obra, por carta de crédito irrevocable por

el equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ejercido de la obra, o bien, aportar

recursos líquidos por una cantidad equivalente al 5% (cinco por ciento) del mismo monto en

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

fideicomisos especialmente constituidos para ello, para responder de los defectos que resulten

de la realización de los mismos, de vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que

hubiere incurrido en su ejecución. Ésta garantías tendrá una vigencia de doce meses contados

a partir de la fecha de entrega-recepción de los trabajos.

OCTAVA.- AJUSTE DE COSTOS.- Cuando concurran circunstancias de orden económico no

previstas en el presente instrumento que determinen un aumento o reducción de los costos de los

trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos podrán ser revisados por

“EL ORGANISMO”, quién determinará la procedencia del ajuste.

No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley de la materia,

pudiera estar sujeta a importación de los bienes contemplados en la realización de los trabajos.

Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será “EL CONTRATISTA” quien lo

promueva; dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes a la publicación de los índices

aplicables al mes correspondientes, mediante la presentación por escrito de la solicitud, estudios y

documentación que la soporten. Si el referido porcentaje es a la baja, será “EL ORGANISMO”

quien lo determine en el mismo plazo, con base en la documentación comprobatoria que lo

justifique, salvo en el caso del procedimiento de ajuste señalado en la fracción III del artículo 57 de

la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), conforme al cual

invariablemente “EL ORGANISMO” deberá efectuarlo con independencia de que sea a la alza o a

la baja. Si transcurrido dicho plazo no promoviera “EL CONTRATISTA” la solicitud señalada,

precluirá para éste el derecho para reclamar el ajuste de Costos del mes de que se trate y de

realizarlo a la baja por parte de “EL ORGANISMO”.

“EL ORGANISMO” dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes a la recepción de la

solicitud de “EL CONTRATISTA”, deberá emitir por oficio la resolución que proceda. En caso

contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.

Cuando la documentación mediante la que se promueva los ajustes de costos sea deficiente o

incompleta “EL ORGANISMO” apercibirá por escrito a que “El CONTRATISTA” para que, en el

plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la

información solicitada. Transcurrido dicho plazo sin que “El CONTRATISTA” diera respuesta al

apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de

ajuste de costos.

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

El ajuste de costos directos que correspondan a los trabajos ejecutados conforme a las

estimaciones correspondientes deberá cubrirse por parte de “EL ORGANISMO” a solicitud de “El

CONTRATISTA”, considerando el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado, en la

estimación siguiente al mes que se haya autorizado el ajuste concedido, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

con las Mismas, y su pago se efectuará en “EL ORGANISMO”.

Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o

decremento en el costo de los insumos respecto de la obra faltante de ejecutar, conforme al

programa de ejecución pactado o, en caso de existir atraso no imputable a “EL CONTRATISTA”,

con respecto al programa convenido.

Cuando el atraso sea por causa imputable a “EL CONTRATISTA”, procederá el ajuste de costos

exclusivamente para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al programa

convenido.

Para efectos de la revisión y ajuste de los costos, la fecha de origen de los precios será la del acto

de presentación y apertura de proposiciones.

Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los

índices nacionales de precio productor con servicios que determine el Banco de México. Cuando

los índices que requiera “EL CONTRATISTA”, y “EL ORGANISMO” no se encuentren dentro de

los publicados por el Banco de México, “EL ORGANISMO” procederá a calcularlos conforme a los

precios que investigue, utilizando los lineamientos y metodología que expida el Banco de México.

Los precios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos

contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de

indirectos y utilidad originales, durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará

sujeto a las variaciones de la tasa de interés que “EL CONTRATISTA” haya considerado en su

propuesta.

Una vez que “EL ORGANISMO” determine que es procedente el ajuste de costos, su cálculo se

llevará a cabo conforme al procedimiento previsto por el artículo 57 fracción III de la Ley de Obras

Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), que a la letra dice:

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Licitación Pública Nacional No. LO-912063996-N1-2011Mecanismo de Evaluacion por Puntos

“…Artículo 57.- El ajuste de costos podrá llevarse a cabo mediante

cualesquiera de los siguientes procedimientos:

III.- en el caso de los trabajos en los que la dependencia o entidad tenga

establecida la proporción en que intervienen los insumos en el total del

costo directo de los mismos, el ajuste respectivo podrá determinarse

mediante la actualización de los costos de los insumos que intervienen en

dichas proporciones”. En este caso, cuando los contratistas no estén de

acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni su forma de

medición durante el proceso de construcción, podrán solicitar su revisión a

efecto de que sean corregidos; en el supuesto de no llegar a un acuerdo, se

deberá aplicar el procedimiento enunciado en la fracción I de este artículo.

“EL CONTRATISTA” de no estar de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni

su forma de medición durante el proceso de construcción, podrá solicitar su revisión a “EL

ORGANISMO” a efecto de que sean corregidos los ajustes y de no llegarse a un acuerdo, se

aplicará el procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

NOVENA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.- Para la recepción de los trabajos materia del

presente contrato, las partes se sujetan al procedimiento siguiente:

Una vez concluidos los trabajos encomendados, “EL CONTRATISTA” comunicará a “EL

ORGANISMO” de dicha circunstancia, con el objeto de que éste dentro de un plazo que no exceda

de los siguientes 15 (quince) días calendario contados a partir de la referida comunicación,

verifique la debida terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el

presente contrato.

Finalizada la verificación de los trabajos por parte de “EL ORGANISMO”, éste procederá a su

recepción física, en un plazo que no exceda de 15 (quince) días naturales, lo cual se realizará

mediante la suscripción del acta correspondiente, en la que intervendrán los representantes de

ambas partes, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas (LOPSRM) y 164 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

con las Mismas, quedando los trabajos recibidos a partir de dicho acto, bajo la responsabilidad de

“EL ORGANISMO”.

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“EL ORGANISMO” podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existieren trabajos

terminados y sus partes sean identificables y susceptibles de utilizarse.

Una vez formalizada la recepción física de los trabajos, ambas partes procederán en un plazo que

no excedan 60 (Sesenta) días naturales contados a partir de dicha recepción, a elaborar el finiquito

correspondiente. De existir desacuerdo entre las partes o bien en el supuesto de que “EL

CONTRATISTA” no acuda a las instalaciones de “EL ORGANISMO”, en la fecha indicada para la

elaboración del finiquito, éste último procederá a elaborarlo, comunicando su resultado a “EL

CONTRATISTA”, dentro de un plazo de 10 (diez) días naturales, contado a partir de su emisión,

quien una vez notificado del resultado de dicho finiquito, tendrá un plazo de 15 (quince) días

naturales para alegar lo que a su derecho corresponda. Si transcurrido este plazo “EL

CONTRATISTA”, no realiza ninguna gestión, el resultado del finiquito se dará por aceptado.

Determinado el saldo total “EL ORGANISMO”, pondrá a disposición de “EL CONTRATISTA” el

pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el

reintegro de los importes resultantes, y en forma simultánea, se levantará el acta administrativa que

dé por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el presente contrato.

DÉCIMA.- REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA.- “EL CONTRATISTA” se obliga a designar

anticipadamente a la iniciación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un

representante permanente, que fungirá como superintendente de construcción, el cual debe estar

facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de

carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en

todo lo relativo al cumplimiento de este contrato.

“EL ORGANISMO” se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas

justificadas, la sustitución del superintendente de construcción, y “EL CONTRATISTA” tendrá la

obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el presente contrato y de las

correspondientes Bases de Licitación.

DÉCIMA PRIMERA.- RELACIONES LABORALES.- “EL CONTRATISTA” como empresario y

patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del contrato, será el único

responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en

materia de trabajo y de seguridad social. “EL CONTRATISTA” conviene por tanto en responder

de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “EL

ORGANISMO”, en relación con los trabajos del contrato, debiendo cubrir cualesquier importe que

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de ello se derive y excluir y dejar a salvo de tales reclamaciones a “EL ORGANISMO”, a más

tardar a los 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha en que sea notificado de ello por

este último y, en los supuestos de que con dicho motivo llegare a erogar alguna cantidad, “EL

CONTRATISTA” la reintegrará a “EL ORGANISMO” en igual término.

DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.- “EL CONTRATISTA” se

obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato,

cumplan con las Normas de Calidad que “EL ORGANISMO” tiene en vigor, mismas que forman

parte integrante de este contrato, y a que la realización de todas y cada una de las partes de dicha

obra, se efectúen de conformidad con el proyecto y las especificaciones generales y particulares

para los trabajos materia del presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los

defectos y vicios ocultos que se llegaren a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que

por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “EL ORGANISMO” o a terceros,

en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el

monto total de la misma.

Igualmente se obliga “EL CONTRATISTA” a no ceder a terceras personas físicas o morales, sus

derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos

ejecutados que ampara este Instrumento, salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por

trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de “EL

ORGANISMO”, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas (LOPSRM).

Si con motivo de la cesión de los derechos de cobro solicitada por “EL CONTRATISTA”, se origina

un retraso en el pago, no procederá el pago de Gastos por Financiamiento a que hace referencia el

artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM).

DÉCIMA TERCERA.- Cuando para el control de calidad de la Obra se contraten los Servicios de

Supervisión Externa y “EL CONTRATISTA”, presentare atrasos en la ejecución de los trabajos

con respecto al programa de obras autorizado, siempre y cuando se demuestre que dicho atraso

es imputable al contratista este deberá pagar el importe correspondiente al periodo que la empresa

responsable de realizar el control de calidad de la Obra no presentó a “EL ORGANISMO” el

informe relativo al avance físico de los trabajos.

DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS

TRABAJOS.- “EL ORGANISMO”, tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este

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contrato se están realizando por “EL CONTRATISTA” de acuerdo con el programa de obra

aprobado, para lo cual “EL ORGANISMO” comparará periódicamente el avance de las obras. Si

como consecuencia de dichas comparaciones el avance de las obras es menor a lo que debió

ejecutarse, “EL ORGANISMO” procederá a:

I.- Retener en total el 5% (Cinco por ciento) de las diferencias entre el importe de la obra realmente

ejecutada (total estimado acumulado) y el importe de la que debió realizarse (total programado

acumulado). Por lo tanto, mensualmente, se hará la retención o devolución que corresponda.

Si al efectuarse la comparación correspondiente al mes último, procede hacer alguna retención, su

importe se aplicará a favor de “EL ORGANISMO”, como pena convencional por atraso en el

cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”.

II.- Aplicará, para el caso de que “EL CONTRATISTA” no concluya la obra en la fecha en que el

programa general, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor

agregado, una pena convencional consistente en una cantidad igual al 5% (Cinco por ciento)

mensual, del importe de los trabajos que no se hayan realizado en la fecha de terminación

señalada en el programa general. Esta pena se ajustará a la obra faltante por ejecutar y la cubrirá

“EL CONTRATISTA” mensualmente, y hasta el momento en que las obras queden concluidas y

recibidas a satisfacción de “EL ORGANISMO”; estas penas convencionales se aplicarán

mensualmente, en las estimaciones correspondientes. En el supuesto de que persistan los

atrasos en la terminación de la obra al extremo de no haber en un mes volúmenes de obra qué

estimar y por lo mismo de los que se pueda efectuar retención y aplicación, “EL CONTRATISTA”

deberá enterar a “EL ORGANISMO” mediante cheque certificado a favor de “EL ORGANISMO”,

los importes que se generen por este motivo.

Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomará en cuenta las demoras

motivadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas por “EL CONTRATISTA”.

Esta penas en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de

cumplimiento, en cuyo caso y llegado dicho límite, se dará inicio al procedimiento administrativo de

rescisión.

Independientemente de la aplicación de las penas convencionales señaladas anteriormente,

cuando no se haya llegado al límite de la fianza de cumplimiento, “EL ORGANISMO” podrá optar

por exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo.

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Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a “EL

CONTRATISTA” se harán efectivas con cargo a las cantidades que le hayan sido retenidas,

aplicando además si da lugar a ello, la fianza de cumplimiento, conforme a lo estipulado en la

Cláusula Décima Sexta.

DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL

CONTRATO.- “EL ORGANISMO” podrá suspender temporalmente en todo o en parte los trabajos

contratados, en cualquier momento por causa justificada para ello; temporalidad que no podrá

prorrogarse o ser indefinida.

En caso de suspensión del presente contrato, éste podrá continuar produciendo todos sus efectos

legales una vez que hayan desaparecido las causas que la motivaron.

La fecha de terminación del contrato se prorrogará en igual proporción al período que comprenda

la suspensión, sin modificar el plazo de ejecución convenido, la formalización se realizará mediante

el acta circunstanciada de suspensión, en términos de lo dispuesto por el artículo 144 del

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Cuando la suspensión derive de un caso fortuito o fuerza mayor, únicamente se suscribirá un

convenio donde se reconozca el plazo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación de

los trabajos, sin modificar el plazo de ejecución del presente contrato, en términos de lo dispuesto

por el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas.

“EL ORGANISMO” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran

razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los

trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o

perjuicio grave al Estado; se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al

contrato, con motivo de una resolución de una inconformidad, emitida por la Secretaría de la

Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible

determinar la temporalidad de la suspensión.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabajos, “EL

CONTRATISTA” podrá optar por no ejecutarlos. En este supuesto, si opta por la terminación

anticipada del contrato, deberá solicitarla a “EL ORGANISMO”, quien determinará lo conducente

dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la presentación del escrito respectivo, en caso

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de negativa, será necesario que “EL CONTRATISTA” obtenga de la autoridad judicial, la

declaratoria correspondiente.

En el supuesto de que “EL ORGANISMO” no produzca su contestación en dicho plazo, se tendrá

por aceptada la petición de “EL CONTRATISTA”.

Una vez comunicada la terminación anticipada del contrato, “EL ORGANISMO” procederá a tomar

posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones

respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin las

comparecencia de “EL CONTRATISTA”, acta circunstanciada del estado en que se encuentren

los mismos, quedando obligado “EL CONTRATISTA” a devolver a “EL ORGANISMO”, en un

plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir del inicio del procedimiento respectivo, toda la

documentación que éste le hubiere entregado para la realización de los trabajos.

DÉCIMA SEXTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- Las partes convienen que

“EL ORGANISMO” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este contrato, por

cualquiera de las causas que a continuación se detallan, es decir si “EL CONTRATISTA”:

a) Contraviene las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que

establece de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

(LOPSRM), y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

b) No cumple con los trabajos objeto de este contrato, conforme a los términos y condiciones

pactados en el mismo y sus anexos.

c) Suspende injustificadamente los trabajos objeto de este contrato.

d) Incurre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 157 del Reglamento de la Ley

de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

e) Incumple con cualesquiera de las obligaciones a su cargo en el presente instrumento.

Las causales referidas dan lugar a la rescisión inmediata de este contrato, sin responsabilidad para

“EL ORGANISMO”, además de que se le apliquen a “EL CONTRATISTA”, las penas

convencionales conforme a lo establecido en este contrato o el sobrecosto que resulte de la

rescisión, debiendo fundamentar y motivar las causas de la aplicación de uno o de otro,

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independientemente de hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo y

aplicarse en su caso a “EL CONTRATISTA”, los demás cargos que procedan.

Las partes convienen que cuando “EL ORGANISMO” determine justificadamente la rescisión

administrativa del contrato, el inicio del procedimiento correspondiente se comunicará a “EL

CONTRATISTA”, exponiendo las razones que al efecto se tuvieren, para que éste, dentro del

término de 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente en que surta efectos la

notificación del inicio de la rescisión, manifieste lo que a su derecho convenga, en cuyo caso,

transcurrido dicho plazo, “EL ORGANISMO”, resolverá lo procedente, dentro del plazo de 15

(quince) días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere vencido el plazo de los 15 (quince) días

hábiles que le fueron concedidos a “EL CONTRATISTA”. En el supuesto de que “EL

CONTRATISTA” no produzca su contestación dentro del plazo señalado, se emitirá la resolución

respectiva, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

(LOPSRM) y su Reglamento, así como en apego a los demás ordenamientos aplicables.

Una vez comunicado el inicio del procedimiento administrativo de rescisión del contrato “EL

ORGANISMO”, procederá a tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del

inmueble y de las instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos,

levantando con o sin la comparecencia de “EL CONTRATISTA”, acta circunstanciada del estado

en que se encuentra la obra y “EL CONTRATISTA” estará obligado a devolver a “EL

ORGANISMO”, en un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir del inicio del

procedimiento, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la realización de los

trabajos.

La determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, no podrá ser revocada o

modificada por “EL ORGANISMO”.

Iniciado el procedimiento administrativo de rescisión y antes de su conclusión, “EL ORGANISMO”

podrá a su juicio, suspender el trámite del mismo, únicamente cuando se haya iniciado un

procedimiento de conciliación respecto del presente Contrato.

En el caso de que se determine no rescindir el contrato, se reprogramarán los trabajos una vez

notificada la resolución correspondiente por “EL ORGANISMO” a “EL CONTRATISTA”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra

objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los

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términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), y demás normas y disposiciones

administrativas que le sean aplicables.

DÉCIMA OCTAVA.- OTRAS ESTIPULACIONES ESPECÍFICAS.- “EL CONTRATISTA” acepta

que de las estimaciones que se le cubran, se deduzca para los efectos de su aplicación por

concepto de inspección de obras, conforme a las previsiones de la normatividad aplicable el cinco

al millar, del monto de los trabajos contratados sin IVA.

RETENCIÓN DE IMPUESTO.- “EL ORGANISMO” en cumplimiento a lo establecido en las

Cláusulas Segunda y Tercera del Convenio de Colaboración Administrativa en materia Fiscal

suscrito el día veintidós de marzo de dos mil siete, entre “EL ORGANISMO” y “EL ESTADO”,

para el cual “EL ORGANISMO”, actúa como retenedor del impuesto del 2% (dos por ciento) sobre

“Remuneraciones al Trabajo personal e Impuestos Adicionales referentes a Educación, Turismo y

Ecología”, cláusulas que se transcriben a continuación:

“…SEGUNDA.- El Estado y La Comisión manifiestan su voluntad de

conjuntar acciones para fortalecer la Hacienda Pública y para tal efecto,

“La Comisión” se compromete a realizar la recaudación de la tasa del

2.0% correspondiente al impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo

Personal, derivado de las contrataciones con personas físicas o morales

sobre la realización de obras o servicios en el Estado de Guerrero,

constituyéndose como retenedor de dicho impuesto, a favor de la

Hacienda Pública Estatal….”

“…TERCERA.- El Estado y La Comisión acuerdan en los términos de los

artículos 43, 45 y 46 de la Ley de Hacienda del Estado, número 428,

conjuntar acciones para efectos de recaudar, además de la tasa del 2.0%

correspondiente al Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo

Personal, mencionada con antelación, las siguientes tasas, por los

conceptos que a continuación se indican:

15% sobre el 2% correspondiente a la remuneración del trabajo

personal, para el cobro del Impuesto Adicional de Fomento Educativo

y Asistencia Social del Estado.

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15% sobre el 2% correspondiente a la remuneración del trabajo

personal, para el cobro del Impuesto Adicional para el Fomento de la

Corriente Turística.

15% sobre el 2% correspondiente a la remuneración del trabajo

personal, para el cobro del impuesto Adicional de la Recuperación

Ecológica y Forestal del Estado.”

Por lo anterior, “EL CONTRATISTA”. Se obliga a enterar estos impuestos

a “EL ORGANISMO”, los cuales deberán aparecer reflejados en la factura

de la estimación correspondiente…”

DÉCIMA NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS FUTURAS Y

PREVISIBLES DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO.- En el supuesto de que durante

la vigencia del presente contrato, surjan discrepancias estrictamente sobre problemas específicos

de carácter técnico o administrativo derivados de la ejecución de los trabajos, y que no impliquen

de modo alguno, una audiencia de conciliación, ambas partes la resolverán tomando como base

las normas de construcción emitidas por la entidad normativa.

VIGÉSIMA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así

como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten

a la aplicación de la Legislación vigente en la Materia, así como a la jurisdicción de los Tribunales

Federales competentes con residencia en la Ciudad de Chilpancingo en el Estado de Guerrero,

renunciando en consecuencia al fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios

presentes o futuros, o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y al alcance legal,

se firma por duplicado en la Ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Capital del Estado de

Guerrero, a los (_____) días del mes de ______ de 20__ (Dos mil _____).

POR “EL ORGANISMO” POR “EL CONTRATISTA”

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Ing. Juan Manuel Tinoco ReynaDirector General

__________________________________C.

ELABORÓ

___________________________________

M. en A. Edith Acasia Méndez AvalosDirección de Concursos y Contratos

_______________________________

Ing. Héctor Oyorzabal HernándezEncargado de la Dirección de Obras

REVISÓ

___________________________

Lic. Abel de la Cruz MartínezJefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos

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O.P.D. COMISION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO

MODELO DE FIANZAS

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NOMBRE DE LA AFIANZADORANUMERO DE LA POLIZADECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO.(LOS DATOS ANTERIORES ESTARÁN DENTRO DEL FORMATO DE FIANZA EMITIDO)

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE HASTA POR LA SUMA DE $ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) NO INCLUYE I.V.A.

ANTE: A FAVOR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO Y/O ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO.

PARA GARANTIZAR POR (NOMBRE O DENOMINACION DEL CONTRATISTA) CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA EN ______, CON R.F.F.__________, EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO NUMERO ______ DE FECHA _____, QUE TIENE POR OBJETO_____________, POR UN MONTO DE $_________ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVO A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 27 FRACCION I, 30 FRACCIÓN I DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON FECHA _______.- LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 48 FRACCION II DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 91 Y 98 DE SU REGLAMENTO POR UN MONTO DE $______ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., QUE CORRESPONDE AL 10% DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, Y EN CASO DE QUE LOS MISMOS SE REALICEN EN MAS DE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, LA FIANZA SE SUSTITUIRA POR OTRA EQUIVALENTE AL 10% DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS, PETICIÓN QUE HARA EL FIADO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACOMPAÑANDO A TAL EFECTO OFICIO DE AUTORIZACION DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO QUIEN FIJARA EL NUEVO MONTO.- ASIMISMO EL FIADO RENUNCIA AL PRIVILEGIO DE ORDEN Y EXCUSIÓN.- ESTA GARANTIA ESTARA VIGENTE A PARTIR DE LA FECHA QUE LA CALZA Y DURANTE LA SUBSTANCIACION DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRA ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, ASIMISMO ESTA FIANZA PERMANECERA EN VIGOR AUN EN LOS CASOS EN QUE LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO, OTORGUE PRORROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTIA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIEN SE SUJETARA PARA EL

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CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVE EL ARTICULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA DEPENDENCIA LA CUAL SE LIBERARA UNA VEZ QUE HAYA SIDO CONSTITUIDA Y ENTREGADA A EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO, LA GARANTIA A LA QUE ALUDE EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y EL ACTA ADMINISTRATIVA DE EXTINCIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES, O BIEN, EL FINIQUITO Y , EN CASO DE EXISTIR SALDOS A CARGO DEL CONTRATISTA, LA LIQUIDACIÓN CORRESPONDIENTE.FECHA DE EXPEDICION

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NOMBRE DE LA AFIANZADORANUMERO DE LA POLIZADECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO.(LOS DATOS ANTERIORES ESTARÁN DENTRO DEL FORMATO DE FIANZA EMITIDO)

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE HASTA POR LA SUMA DE $ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) NO INCLUYE I.V.A.

ANTE: A FAVOR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO Y/O ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO.

PARA GARANTIZAR POR (NOMBRE O DENOMINACION DEL CONTRATISTA) CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA EN_____________, CON R.F.C. ___________LA CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA PARTE NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO CORRESPONDIENTE AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL MONTO DEL CONTRATO PARA QUE EL CONTRATISTA REALICE EN EL SITIO DE LOS TRABAJOS LA CONSTRUCCIÓN DE SUS OFICINAS, ALMACENES, BODEGAS E INSTALACIONES Y EN SU CASO, PARA LOS GASTOS DE TRASLADO DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN E INICIO DE LOS TRABAJOS; ASÍ COMO, PARA LA COMPRA Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS QUE SE INSTALEN PERMANENTEMENTE Y DEMÁS INSUMOS QUE DEBERÁN OTORGAR (ANOTAR LO ANTERIOR, SEGÚN CORRESPONDA), QUE REPRESENTA LA CANTIDAD DE ____________ (SEÑALAR CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., RESPECTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO__________ DE FECHA_____________, QUE TIENE POR OBJETO ____________________, POR UN MONTO DE $__________ (SEÑALAR CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVO A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 27 FRACCION I, 30 FRACCIÓN I DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON FECHA___________.- LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 48 FRACCION I, DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, 94 Y 98 DE SU REGLAMENTO.- ASIMISMO, EL FIADO RENUNCIA AL PRIVILEGIO DE ORDEN Y EXCLUSIÓN.- ESTA GARANTIA SUBSISTIRA HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO Y ESTARA VIGENTE A PARTIR DE LA FECHA QUE LA CALZA Y DURANTE LA SUBSTANCIACION DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRA ACOTARSE EN RAZON DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, ASIMISMO ESTA FIANZA PERMANECERA EN VIGOR AUN EN LOS CASOS EN QUE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO, OTORGUE PRORROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE

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SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTIA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIEN SE SUJETARA PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVE EL ARTICULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO.

FECHA DE EXPEDICIÓN

NOMBRE DE LA AFIANZADORANUMERO DE LA POLIZADECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO.(LOS DATOS ANTERIORES ESTARÁN DENTRO DEL FORMATO DE FIANZA EMITIDO)

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE HASTA POR LA SUMA DE $ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) QUE INVARIABLEMENTE SERA POR EL 10% DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, NO INCLUYE I.V.A.

ANTE: A FAVOR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO Y/O ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA Y AEROPORTUARIA DEL ESTADO DE GUERRERO.

PARA GARANTIZAR POR (NOMBRE O DENOMINACION DEL CONTRATISTA) CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA EN ______, CON R.F.C.______, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTEN DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS, DE VICIOS OCULTOS O DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRIERA EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DEL CONTRATO DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, NUMERO ______ DE FECHA _____, QUE TIENE POR OBJETO_____________, POR UN MONTO DE $________ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVO A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 27 FRACCION I, 30 FRACCIÓN I DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON FECHA _____.- LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 49 FRACCION III Y 66 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 95, 96 Y 98 DE SU REGLAMENTO POR UN MONTO DE _______ $ (CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA) SIN INCLUIR I.V.A., QUE CORRESPONDE AL 10% DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS.- EL FIADO POR ESTE MEDIO RENUNCIA AL PRIVILEGIO DE ORDEN Y EXCUSIÓN.- LA PRESENTE GARANTIA SE LIBERARÁ TRANSCURRIDOS DOCE MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERÍODO NO HAYA SURGIDO UNA RESPONSABILIDAD A CARGO DEL CONTRATISTA .- ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE A PARTIR DE LA FECHA QUE LA CALZA Y DURANTE LA

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SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME POR AUTORIDAD COMPETENTE.- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTIA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIEN SE SUJETARA PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVE EL ARTICULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL ORGANISMO”.

FECHA DE EXPEDICION

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LICITACION No.: XXXXXXXXXXXX

OBRA: PAVIMENTACION

CAMINO:

TRAMO:

MUNICIPIO:

ESTADO: GUERRERO

ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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EPT-001.- DESMONTE, P.U.O.T.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la ejecución del desmonte se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras y se sujetará en lo que corresponda, a las leyes y reglamentos de protección ecológica vigentes.

Los trabajos se realizarán asegurando que toda la materia vegetal quede fuera de las zonas destinadas a la construcción, evitando dañar árboles fuera del área indicada en el proyecto o aprobada por la Secretaría; cualquier daño a la vegetación fuera de dicha área, será responsabilidad del Contratista de Obra y deberá restituirla por su cuenta y costo, de acuerdo con las leyes y reglamentos de protección ecológica vigentes.

Las ramas de los árboles situados fuera de las áreas desmontadas, que queden sobre la corona de las terracerías, serán cortadas.

El proyecto o la Secretaría indicarán los árboles o arbustos que deban respetarse; en este caso, el Contratista de Obra tomará las providencias necesarias para no dañarlos y únicamente se cortarán las ramas que queden a menos de ocho (8) metros sobre la corona de la carretera, procurando conservar la simetría y buena apariencia del árbol. En cualquier caso, se respetarán los árboles y la vegetación adyacente a cuerpos de agua. Cualquier daño a árboles o arbustos que deban ser respetados, será reparado por cuenta y costo del Contratista de Obra.

Los daños y perjuicios en propiedad ajena, ocasionados por los trabajos de desmonte ejecutados indebidamente, dentro o fuera del derecho de vía, serán responsabilidad del Contratista de Obra.

MEDICIÓN

Cuando el desmonte se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutado conforme a lo señalado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad la hectárea (Ha) de desmonte terminado, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando el desmonte se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medido de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para la hectárea de desmonte terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Visita de inspección.

Delimitación de la zona de desmonte.

Tala, roza, desenraice y limpia.

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Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los residuos del desmonte.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los residuos del desmonte, durante las cargas y las descargas.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPT-002.- DESPALME, P.U.O.T.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la ejecución del despalme se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras

El espesor del despalme será el que indique el proyecto u ordene la Secretaría a la vista de los materiales existentes en el lugar, de acuerdo con la estratigrafía del terreno o con la existencia de rellenos artificiales.

A menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría, el material natural producto del despalme se empleará para el recubrimiento de los taludes de terraplenes, así como de los pisos, fondo de las excavaciones y taludes de los bancos al término de su explotación, o se distribuirá uniformemente en áreas donde no impida el drenaje o que no invada cuerpos de agua, para favorecer el desarrollo de vegetación, según lo indique el proyecto o apruebe la Secretaría.

Al menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría, al material producto del despalme colocado en taludes de terraplenes, así como en los pisos, fondo de las excavaciones y taludes de los bancos o en las zonas en donde se distribuyó uniformemente, se le adicionarán semillas de pasto o de vegetación propia de la zona, adecuada al paisaje y que no impidan la buena visibilidad, según lo indique el proyecto o apruebe la Secretaría y de acuerdo con la Norma NCTRCAR109002, Plantación y Siembra de Especies Vegetales.

El retiro de rellenos artificiales se ejecutará cumpliendo con las leyes y reglamentos de protección ecológica vigentes.

MEDICIÓN

Cuando el despalme se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutado conforme a lo señalado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de despalme calculado en el sitio mediante seccionamiento y siguiendo el método de promedio de áreas extremas, según su tipo, con aproximación a la unidad.

BASE DE PAGO

Cuando el despalme se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medido de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de despalme, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

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Visitas de inspección.

Delimitaciones de las zonas de despalme.

Corte, extracción, remoción, carga, y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, del material producto del despalme.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes del material producto del despalme, durante las cargas y las descargas.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPT-003.- EXCAVACIONES EN CORTES, P.U.O.T.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la construcción de cortes se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

CLASIFICACIÓN DEL MATERIAL

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada, no se clasificará el material por cortar, siendo esto responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra.

Los cortes se ejecutarán de acuerdo con las líneas de proyecto y sin alterar las áreas fuera de los límites de la construcción, indicados por las líneas de ceros en el proyecto o aprobadas por la Secretaría.

Las cortes se ejecutarán de manera que se permita el drenaje natural del corte.

Los cortes se ejecutarán con el talud establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría. En caso de que los materiales de los taludes resulten fragmentados o la superficie irregular o inestable, el material en estas condiciones será removido.

Cuando se requiera el uso de explosivos, se evitará aflojar el material de los taludes más allá de la superficie teórica establecida en el proyecto o aprobada por la Secretaría.

Si así lo indica el proyecto o lo ordena la Secretaría, los materiales producto del corte se utilizarán para construir terraplenes o arroparlos reduciendo la inclinación de sus taludes. Los materiales provenientes de derrumbes o deslizamientos recientes se retirarán del sitio de los trabajos para aprovecharse en el abatimiento de taludes o se depositarán, al igual que el material sobrante de los cortes, en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, para evitar alteraciones al paisaje, a cuerpos de agua y favorecer el desarrollo de vegetación, así como para no obstaculizar el drenaje natural.

Las cunetas se construirán de forma que su desagüe no cause perjuicio a los cortes ni a los terraplenes, considerando lo señalado en la Norma N·CTR·CAR·1·03·003, Cunetas.

Al menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría, las contracunetas se harán antes o simultáneamente con los cortes, considerando lo señalado en la Norma N·CTR·CAR·1·03·004, Contracunetas.

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Los daños originados por derrumbes, deslizamientos, agrietamiento y oquedades, entre otros, causados por negligencia del Contratista de Obra, serán reparados por su cuenta y costo, a satisfacción de la Secretaría.

CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS

Es responsabilidad del Contratista de Obra la conservación de los cortes, hasta que hayan sido recibidos por la Secretaría, junto con todo el tramo de carretera.

MEDICIÓN

Cuando el corte se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutado conforme a lo señalado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, como sigue:

La construcción de cortes se medirá mediante seccionamiento y siguiendo el método de promedio de áreas extremas, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de corte terminado, con aproximación a la unidad. Al término de la obra se harán los ajustes necesarios para pagar los volúmenes considerados en proyecto con las modificaciones aprobadas por la Secretaría.

El material producto de derrumbes ocasionados por causas ajenas al Contratista de Obra, una vez aprobado por la Secretaría, se medirá directamente en el sitio del derrumbe, mediante seccionamiento y siguiendo el método de promedio de áreas extremas o se cubicará directamente en el equipo de transporte, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de material de derrumbe, con aproximación a la unidad.

BASE DE PAGO

Cuando el corte se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medido de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará de la siguiente manera:

Los cortes se pagarán al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de corte terminado. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Ubicación y delimitación de la zona de corte.

En su caso, valor de adquisición de los explosivos y sus artificios; cargas, transportes y descargas hasta el sitio de su utilización y cargo por almacenamiento.

Corte, extracción, remoción y acarreo libre hasta veinte (20) metros.

Afinamiento del corte, conforme a lo indicado en la Norma NCTRCAR101006, Afinamiento, y amacice de los taludes.

Carga y descarga en el sitio de desperdicio propuesto por el contratista y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los materiales producto de la excavación que no se utilicen en la construcción de terraplenes.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de los materiales producto de la excavación que no se utilicen en la construcción de terraplenes.

La conservación del corte hasta que haya sido recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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Regalías para el permiso del terreno para depositar los materiales producto de las excavaciones en cortes que no se utilicen en la formación de terraplenes.

EPT-007.- EXCAVACIÓN PARA ESTRUCTURAS, P.U.O.T.

Las excavaciones para estructuras son las que se ejecutan a cielo abierto en el terreno natural o en rellenos existentes, para alojar estructuras y obras de drenaje, entre otras.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la excavación para estructuras se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

CLASIFICACIÓN DEL MATERIAL

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada, no se clasificará el material por excavar, siendo esto responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra.

La excavación se efectuará de acuerdo a las dimensiones y niveles establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaría.

Con el fin de proteger la excavación, si la estructura para la cual se ejecute no se inicia de manera inmediata y el fondo de dicha excavación está formado por materiales altamente erosionables o que puedan ser afectados rápidamente por el intemperismo, se suspenderá la excavación arriba del nivel de desplante, hasta que esté por iniciarse la construcción de la estructura.

Durante la ejecución de la excavación ésta se protegerá de inundaciones y se asegurará su estabilidad, para evitar derrumbes, drenando toda el agua que afecte a la excavación.

Cuando se autorice el uso de explosivos, se evitará aflojar el material más allá de los límites establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaría.

El material suelto o inestable, así como toda la materia vegetal, se removerá para asegurar la estabilidad de la excavación.

Cuando el proyecto indique o la Secretaría apruebe que las paredes de la excavación sirvan de molde a un colado, sus dimensiones no deberán excederse en más de diez (10) centímetros respecto a las fijadas en el proyecto. Si se excede dicho límite, se deberán poner moldes.

Salvo que el proyecto o la Secretaría indique otra cosa, el material producto de la excavación se utilizará en el relleno de la misma.

El material sobrante de la excavación se depositará en el sitio o banco de desperdicios que indique el proyecto o que apruebe la Secretaría o se distribuirá

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uniformemente en áreas donde no impida el drenaje natural del terreno o que no invada cuerpos de agua, para favorecer el desarrollo de vegetación, según lo indique el proyecto o apruebe la Secretaría.

MEDICIÓN

Cuando la excavación para estructuras se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo señalado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, como sigue:

La excavación se medirá tomando como unidad el metro cúbico (m3) de excavación para estructuras terminada, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1), considerando los volúmenes que indique el proyecto, con las modificaciones en más o menos que sean autorizadas por la Secretaría.

BASE DE PAGO

Cuando la excavación para estructuras se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará de la siguiente manera:

La excavación se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico (m3) de excavación para estructuras terminada, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Desmonte de la zona de excavación, de acuerdo con la Norma N·CTR·CAR·1·01·001, Desmonte.

Ubicación y delimitación de la zona de excavación.

Desviación de corrientes.

En su caso, valor de adquisición de los explosivos y sus artificios; cargas, transportes y descargas hasta el sitio de su utilización y cargo por almacenamiento.

Excavación a cualquier profundidad, en seco o en agua; extracción del material; afinamiento y amacice de los taludes.

Drenaje de la excavación con bomba.

Ademes, tablestacados y obras auxiliares.

Extracción de azolves.

Suministro del concreto hidráulico pobre y construcción del firme.

Carga, acarreo libre hasta veinte (20) metros y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los residuos producto de la excavación.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de los residuos producto de la excavación, durante las cargas y las descargas.

La conservación de la excavación hasta que haya sido rellenada.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPT-009.- TENDIDO, CONFORMACIÓN Y COMPACTACION AL 90%, DE TERRAPLENES P.U.O.T.

Los terraplenes son estructuras que se construyen con materiales producto de cortes o procedentes de bancos, con el fin de obtener el nivel de subyacente que indique el proyecto o la Secretaría, ampliar la corona, cimentar estructuras, formar bermas y bordos, y tender taludes.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la construcción de terraplenes se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

Para el cuerpo del terraplén y la capa subyacente, el material compactable se extenderá en todo el ancho del terraplén, en capas sucesivas, con un espesor no mayor que aquel que el equipo sea capaz de compactar al grado indicado en el proyecto o aprobado por la Secretaría, como se indica en el Inciso G.4.1. de esta Norma, y se conformará de tal manera que se obtenga una capa de material sin compactar de espesor uniforme.

Para la ampliación de las coronas o el tendido de los taludes de terraplenes existentes y previamente excavados los escalones de liga en los taludes, de acuerdo con lo indicado en la Norma N·CTR·CAR·1·01·004, Escalones de Liga, el material compactable se extenderá en todo el ancho de la ampliación y se conformará como se indica en el Párrafo anterior.

MEDICIÓN

Cuando la construcción de terraplenes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo señalado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, mediante seccionamiento y siguiendo el método de promedio de áreas extremas, y al término de la obra se harán los ajustes necesarios para pagar los volúmenes considerados en proyecto, con las modificaciones aprobadas por la Secretaría. La medición se hará tomando como unidad el metro cúbico (m3) de terraplén terminado, con aproximación a la unidad, para:

El cuerpo de terraplén, la ampliación de la corona o el tendido de los taludes de terraplenes existentes, la capa subyacente, utilizando materiales compactables procedentes de cortes, para cada grado de compactación.

El cuerpo de terraplén y la ampliación de la corona o el tendido de los taludes de terraplenes existentes, utilizando materiales no compactables procedentes de cortes.

El cuerpo de terraplén, la ampliación de la corona o el tendido de los taludes de terraplenes existentes, la capa subyacente, utilizando materiales compactables procedentes de bancos, para cada grado de compactación y cada banco en particular.

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BASE DE PAGO

Cuando la construcción de terraplenes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de terraplén terminado, para:

El cuerpo de terraplén, la ampliación de la corona o el tendido de los taludes de terraplenes existentes, la capa subyacente, utilizando materiales compactables procedentes de cortes, para cada grado de compactación. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Disgregado y marreo del material.

Pepena y eliminación de las partículas de tamaños mayores al máximo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría, cuando el material se utilice para la capas subyacente.

Cargas del material en los cortes al equipo de transporte y descarga en el lugar de tendido.

Permisos de explotación de bancos de agua; extracción, carga, acarreo al lugar de utilización, aplicación e incorporación del agua.

Preparación de la superficie de desplante, incluyendo el relleno de huecos y la compactación del terreno natural o el despalmado.

En su caso, operaciones para quitar el agua excedente al contenido de agua de compactación establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Operaciones de tendido, conformación y compactación al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Afinamiento para dar el acabado superficial.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de los materiales, durante las cargas y las descargas.

Construcción de escalones de liga.

La conservación del terraplén hasta que sea recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

El cuerpo de terraplén, la ampliación de la corona o el tendido de los taludes de terraplenes existentes, la capa subyacente, utilizando materiales compactables procedentes de bancos, para cada grado de compactación y cada banco en particular. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Desmonte y despalme de los bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; disgregado y marreo del material; pepena y eliminación de las partículas de tamaños mayores al máximo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría, cuando el material se utilice para la capa subyacente; separación y recolección de los desperdicios; cargas, descargas y todos los acarreos locales necesarios para los materiales aprovechables así como de los desperdicios y formación de los almacenamientos.

Cargas del material en los almacenamientos al equipo de transporte y descarga en el lugar de tendido.

Permisos de explotación de bancos de agua; extracción, carga, acarreo al lugar de utilización, aplicación e incorporación del agua.

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Preparación de la superficie de desplante, incluyendo el relleno de huecos y la compactación del terreno natural o el despalmado.

En su caso, operaciones para quitar el agua excedente al contenido de agua de compactación establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Operaciones de tendido, conformación y compactación al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Afinamiento para dar el acabado superficial.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de los materiales, durante las cargas y las descargas.

Construcción de escalones de liga.

La conservación del terraplén hasta que sea recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPT-010.- CAPA DRENANTE ROMPEDORA DE CAPILARIDAD, P.U.O.T.

La capa drenante es una capa construida con materiales granulares de una determinada granulometría, que subyace a la estructura del pavimento y permite el flujo del agua subterránea, evitando las presiones neutras.

A. EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la construcción de capas drenantes se considera lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

En caso necesario, los tramos de capa drenante o de las capas subyacentes ya terminadas se protegerán de heladas, lluvias, o cualquier otra condición climática adversa; en caso de que no sean correctamente protegidas, será responsabilidad de Contratista de Obra realizar las actividades necesarias para restaurar las condiciones adecuadas de las capas.

Inmediatamente antes de iniciar la construcción de la capa drenante, la superficie sobre la que se colocará estará debidamente terminada dentro de líneas y niveles, sin irregularidades y reparados satisfactoriamente los baches que hubieran existido. No se permitirá la construcción sobre superficies que no hayan sido previamente aceptadas por la Secretaría.

MEDICIÓN

Cuando la construcción de capas drenantes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico de capa drenante terminada, para cada grado de compactación y cada banco en

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particular, con aproximación a un décimo (0,1). El volumen se calculará con base en los levantamientos topográficos a que se refiere la Fracción H.2. de esta Norma, aplicando el método de promedio de áreas extremas.

B. BASE DE PAGO

Cuando la construcción de capas drenantes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de capa drenante terminada, para cada grado de compactación y cada banco en particular. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Desmonte y despalme de los bancos; extracción del material pétreo aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; cribados y desperdicios de los cribados; trituración parcial o total; disgregado, separación y recolección de los desperdicios; lavado o eliminación del polvo superficial adherido a los materiales; cargas, descargas y todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos así como de los desperdicios; formación de los almacenamientos y limpieza de los vehículos en que se transporten estos materiales.

Instalación, alimentación y desmantelamiento de las plantas.

Permisos de explotación de bancos de agua, así como la extracción, carga y acarreo al lugar de utilización del agua.

Tendido y compactación al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Afinamiento para dar el acabado superficial.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de la capa drenante hasta que haya sido recibida por la Secretaría.

Todos los acarreos del material del banco a su lugar de utilización.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPT-020.- FORMACION DE LA CAPA SUBRASANTE CON MATERIAL PROVENIENTE DE LOS BANCOS QUE ELIJA EL CONTRATISTA.

MATERIALESLos materiales que se empleen en la capa subrasante serán aquellos que provengan de bancos propuestos por el contratista y/u ordenados por la Secretaria y que sean adecuados, deberán cumplir en lo que corresponda con lo estipulado en la norma N-CTM-1-03/2 Materiales para Subrasante, de la Normativa Para la Infraestructura en el Transporte.

EJECUCION La formación y compactación de la capa subrasante por unidad de obra terminada se refiere a la construcción de la capa subrasante que deberá tener como mínimo treinta (30) centímetros de espesor en cortes y terraplenes utilizando material de los bancos que elija el contratista, deberá compactarse al noventa y cinco por ciento (95 %) respecto a la masa volumétrica seca máxima obtenida mediante la prueba ASSHTO estándar y construirse de acuerdo con lo señalado en el proyecto respectivo y/o lo ordenado por la Secretaría.

MEDICION Se considerara el volumen resultante del espesor y las secciones transversales de proyecto con las modificaciones en mas o en menos que ordene la Secretaria tomando como unidad el metro cúbico (m3) de material compactado en la capa subrasante para el banco de que se trate que haya elegido el contratista, el resultado será redondeado a la unidad.

BASE DE PAGOEl pago por unidad de obra terminada de la capa subrasante, se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico compactado al grado indicado por el proyecto y/o ordenado por la Secretaria, este precio unitario incluye lo que corresponda por: permisos de explotación, valor de adquisición y/o regalías, de los bancos que proponga el contratista, desmonte, despalme, y extracción del material cuya calidad a juicio de la Secretaría sea adecuada para la construcción de la subrasante, cargas y descargas, acarreos del banco al lugar de utilización, depósito, tendido y compactación del material por capas; además la extracción, carga y acarreo a cualquier distancia del agua necesaria para la compactación, así como su aplicación e incorporación; permisos de explotación y regalías de los bancos de agua; afinamiento; los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y descargas y en general, todo lo que sea necesario para su correcta construcción, para ello, el Contratista deberá considerar en los análisis detallados de los precios unitarios respectivos, además de lo señalado en cláusula J: Base de Pago, de la norma N-CTR-CAR-1-01-009/00, Terraplenes, de la Normativa Para la Infraestructura en el Transporte, todos las erogaciones que sean menester para que los materiales obtenidos de los bancos de préstamo elegidos por el contratista, cumplan los requisitos de calidad para capa Subrasante estipulados en el libro CMT: Características de los Materiales, de la Normativa para la Infraestructura en el Transporte, ya sea que deba efectuarse en los bancos la selección de los materiales aprovechables para capa subrasante y eliminación de los tamaños mayores de setenta y seis (76) milímetros (3") que contengan, o bien deban disgregarse, triturarse parcialmente y/o cribarse a dicho tamaño máximo de setenta y seis (76) milímetros (3").

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EPT-013.- ACARREOS PARA TERRACERIAS, P.U.O.T.

DEFINICION Los acarreos son el transporte de material producto de bancos, cortes, excavaciones, desmontes, despalmes y derrumbes, desde el lugar de extracción hasta el sitio de su utilización, deposito o banco de desperdicios, según lo indica el proyecto o lo apruebe la secretaria.

EJECUCIÓN

E.1. CONSIDERACIONES GENERALES

Para la ejecución de acarreos se considerara lo señalado en la cláusula D de la norma N.LEG.3 ejecución de obras y a lo indicado en la cláusula E. de la norma N.CTR.CAR.1.01.013/00 y se sujetara en lo que corresponda, a las leyes y reglamentos de protección ecológicas vigentes.

MEDICIÓN

Cuando los acarreos se contraten a precios unitarios por unidad de obra terminada y sean ejecutado con lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.01.013/00, a satisfacción de la secretaria, se medirán según lo señalado en la cláusula E. de la norma N.LEG.3, ejecución de obras, para determinar el avance con la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, considerando lo siguiente:

Acarreo libre

El acarreo libre, que se efectúe desde el sitio de extracción o carga del material, hasta de una distancia de 20 mts. O hasta la distancia establecida en el proyecto para el acarreo libre, se medirá como parte del concepto correspondiente a la extracción del material transportado, por lo que no sera objeto de medición y pago por separado.

En las tercerías compensadas el acarreo libre se determinara con forme a lo indicado en el diagrama de masas del proyecto.

ACARREO HASTA CIEN METROS (100)

Cuando el arreo se efectué hasta una distancia de 100 metros, es decir , hasta 5 estaciones de veinte metros (20) apartir del termino del acarreo libre, todo el acarreo se medirá tomando como unidad el metro cúbico estación (m3-est), con aproximación a la unidad superior, multiplicando el volumen acarreado, determinado en metros cúbicos como se indica en la fracción E.4., por la distancia de acarreo expresada mediante en numero de estaciones recorridas desde el termino del acarreo libre hasta el sitio de destino, determinada como se indica en la fracción E.5. de esta norma.

ACARREO HASTA UN KILOMETRO (1)

Cuando el acarreo se efectué hasta una distancia entre ciento uno (101) y mil (1000) metros, es decir, hasta diez (10) hectómetros a partir del termino del acarreo libre, todo el acarreo se medirá tomando como unidad el metro cúbico hectómetro (m3-hm), con aproximación a la unidad superior, multiplicando el volumen acarreado, determinado como se indica en la fracción E.4. de la norma N.CTR.CAR.1.01.013/00, por la distancia de acarreo desde el

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termino del acarreo libre hasta el sitio de destino, determinada como se indica el fracción E.5. de dicha norma.

ACARREO MAYOR DE UN KILOMETRO (1)

Cuando el acarreo se efectue hasta una distancia mayor de mil (1000) metros, es decir, mayor de uno (1) kilómetro a partir del termino del acarreo libre, todo el acarreo se medirá tomando como unidad el metro cúbico kilómetro (m3-km) con aproximación a la unidad superior, multiplicando el volumen acarreado, determinado como se indica en la fracción E.4. de la norma N. CTR.CAR.01.013/00, por la distancia de acarreo desde el termino del acarreo libre hasta el sitio de destino, expresada en kilómetro, determinada como se indica en la fracción E.5. de dicha norma

BASE DE PAGO

Cuando los acarreos se contraten a precios unitarios por unidad de obra terminada y sean medidos de acuerdo con la cláusula F. de la norma N.CTR.CAR.01.013/00, se pagara al precio fijado en el contrato para el metro cúbico estación, el metro cúbico hectómetro o el metro cúbico kilómetro, según la distancia de acarreo. Estos precios unitarios, con forme a lo indicado en la cláusula F. de la norma N.LEG.3, ejecución de obras, incluyen lo que corresponda por transporte de material desde el sitio donde se cargue hasta el sitio donde se deposite y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPT-011.- RELLENOS, P.U.O.T.

EJECUCIÓN

Para la colocación de rellenos se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

A menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría, los rellenos se compactarán a un grado de compactación mínimo de noventa (90) por ciento de su masa volumétrica seca máxima, obtenida mediante la prueba AASHTO estándar.

Para el relleno de alcantarillas y estructuras en forma de arco, el material se extenderá en capas de manera simétrica, tanto respecto al eje transversal de la estructura como al eje longitudinal y se compactará también simétricamente, a mano o con equipo manual, al grado indicado en el Inciso anterior, a menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría.

Los rellenos de excavaciones para estructuras, muros de contención y colchones de protección de las obras de drenaje se ejecutarán previamente a la construcción de terraplenes.

MEDICIÓN

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y el relleno sea ejecutado conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá como sigue:

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El relleno de excavaciones con materiales producto de las mismas, se medirá como parte del concepto de excavación de que se trate.

El relleno con materiales procedentes de bancos, para excavaciones, cuñas de terraplén, filtros y trincheras estabilizadoras, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de relleno terminado, según su tipo y para cada banco en particular, con aproximación a un décimo (0,1).

Los volúmenes de relleno para los casos indicados en la Fracción anterior, mediante seccionamiento y siguiendo el método de promedio de áreas extremas, de acuerdo con la sección teórica de proyecto. Al término de la obra se harán los ajustes necesarios para pagar los volúmenes considerados en proyecto con las modificaciones aprobadas por la Secretaría.

BASE DE PAGO

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y el relleno sea medido de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará como sigue:

El relleno de excavaciones con materiales producto de las mismas, estará incluido en la base de pago del concepto de excavación de que se trate.

El relleno con materiales procedentes de bancos, para excavaciones, cuñas de terraplén, filtros y trincheras estabilizadoras, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de relleno terminado, según su tipo y para cada banco en particular. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Desmonte y despalme de los bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; cribados y desperdicios de los cribados; disgregado; separación y recolección de los desperdicios; cargas, descargas y todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos así como de los desperdicios y formación de los almacenamientos.

Permisos de explotación de bancos del material pétreo y de agua; adquisición, extracción, carga, acarreo al lugar de utilización, aplicación e incorporación del agua.

Cargas del material en los almacenamientos al equipo de transporte y descarga en el lugar de utilización.

Colocación y compactación del relleno al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Colocación y apisonado del relleno de filtro.

La conservación del relleno de filtro hasta que haya sido recibido por la Secretaría.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación del relleno hasta que haya sido recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPOD-009.- SUBDRENES DE TUBERIA DE CONCRETO DE 15 CM DE DIAMETRO, P.U.O.T.

Los subdrenes consisten en una red colectora de tuberías perforadas o ranuradas, alojadas en zanjas para permitir recolectar el agua subterránea, con objeto de controlarla y retirarla, minimizando su efecto negativo en las capas estructurales del pavimento.

EJECUCIÓN

CONDICIONES CLIMATICAS

Los trabajos serán suspendidos en el momento en que se presenta situaciones climaticas adversas y no se reanudarán mientras éstas no sean las adecuadas, considerando que no se tenderá ningún tramo de subdrén cuando la excavación se encuentre anegada.

TRABAJOS PREVIOS

Previo al inicio de los trabajos se efectuara un premarcado de la zanja , de acuerdo con el trazo indicado en proyecto o aprobado por la secretaria.

EXCAVACIÓN

La excavación se realizara con el equipo y procedimientos adecuados para obtener una zanja con las dimensiones y características establecidas en el proyecto o aprobadas por la Secretaria

A menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaria, el material de excavación que cumpla con los requisitos para ser utilizado posteriormente como relleno , se acamellonara a una distancia mínima de sesenta (60) centímetros de la excavación.

El material excavado que no se pueda reutilizarse para relleno se retirara del lugar y se depositara en la forma y sitio que indique el proyecto o apruebe la Secretaria.

Durante la excavación se dará a las paredes un talud suficiente que garantice su estabilidad o se incluirá algún elemento o medio de protección equivalente que garantice la seguridad de las personas que tengan que trabajar dentro de la excavación.

CAMA DE FILTRO

Una vez terminada la excavación y previo a la colocación de la tubería, se tendera una cama de material de filtro con el espesor y las características establecidas en el proyecto o aprobadas por la secretaria considerando lo establecido en la Norma N.CTR.CAR. 1.01.011 rellenos.

INSTALACIÓN DE TUBERÍAS

La tubería se colocara en la zanja con la perforaciones ubicadas en la parte inferior , realizadas simétricamente con respecto al eje longitudinal del subdren.Los tubos se colocaran desde aguas abajo hacia aguas arriba, con su terminación de campana hacia aguas arriba.La Secretaria revisara y aprobara toda la tubería antes de rellenar la excavación.

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JUNTEO DE LAS TUBERIAS

La tubería de polietileno corrugado perforado, se instalara de acuerdo con las especificaciones del fabricante, lo indicado en el proyecto o aprobado por la Secretaria, no se instalara ninguna tubería con imperfecciones físicas y no se aceptara ningún tramo que haya sido estirado del cinco (5) por ciento.

SALIDAS

Cuando así lo establezca al proyecto o lo apruebe la Secretaria, las salidas descargaran hacia el exterior mediante tuberías de salida.

Las salidas de subdrenes se construirán de manera que no queden sumergidas en agua, ni se regrese el agua a su interior.

RELLENO

Después del tendido de los subdrenes y una vez inspeccionado y aprobado, de colocara el material de filtro a los lados y sobre la tubería , hasta el nivel indicando en el proyecto o el aprobado por la Secretaria , considerando lo establecido en la Norma N.CTR.CAR.1.01.011, relleno.

Si el proyecto no indica otra cosa o así lo apruebe la Secretaria, para las tuberías con perforaciones, el material de filtro se colocara desde una profundidad no menor a quince (15) centímetros bajo la tubería hasta rodearla lateralmente en una altura mínima de quince (15) centímetros sobre la restante, que será material producto de la excavación, a menos que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la secretaria.

El material de filtro se colocara en capas que no excedan los veinte (20) centímetros de espesor, humedeciendo y apisonándolo.

Si la compactación se realiza por medios manuales, se colocara capas de material suelto que no excedan quince (15) centímetros de espesor.

A menos que el proyecto indique otra cosa o asi lo apruebe la Secretaria, cuando el acomodo se realice utilizando medios mecánicos, el espesor máximo de la capa de material suelto podrá ser de hasta veinte (20) centímetros.

MEDICION

Cuando la construcción de subdrenes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaria, se medirá según lo señalado en la cláusula E. De la Norma N. LEG.3 , ejecución de obras para determinar el avance do la cantidad de trabajo realizado para el efecto de pago , tomando como unidad el metro lineal (ml) de subdren terminado, según su tipo, con aproximación o un décimo (0,1).

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BASE DE PAGO

Cuando la construcción de subdrenes se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I de esta Norma, se pagara al precio fijado en el contrato para el metro de subdren terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la cláusula F. de la Norma N.LEG.3 ejecución de obras, incluyendo lo que corresponda por:

Premarcado de la zanja Valor de adquisición de los tubos de concreto, accesorios y demás

materiales necesarios para la instalación de subdren. Carga, transporte y descarga de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Excavación de las zanjas. Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la

secretaria de los materiales producto de la excavación que no se utilicen en la obra.

Apuntalamientos. Instalación del subdren. Suministro y colocaron del material de filtro y relleno. Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los

materiales, durante las cargas y descargas. La conservación del subdren hasta que haya sido recibido por la secretaria. Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPE-003.- CONCRETO HIDRAULICO, P.U.O.T.

DEFINICION Y CLASIFICACION

El concreto hidráulico es una combinación de cemento Portland, agregados pétreos, agua y aditivos, para formar una mezcla moldeable que al fraguar forma un elemento rígido y resistente.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALESPara la elaboración y colocación de concreto hidráulico, se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo estipulado en la clausila G de la Norma N.CTR.CAR.1.02.003/00.

MEDICION

Cuando la construcción del elemento de concreto hidráulico se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, considerando una de las siguientes unidades, de acuerdo con lo indicado en el proyecto o aprobado por la Secretaría:

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El concreto hidráulico se podrá medir tomando como unidad el metro cúbico (m3) de concreto hidráulico terminado, según su tipo y resistencia, para cada banco en particular, con aproximación a un décimo (0,1). Como base se considerará el volumen que fije el proyecto, haciendo las modificaciones necesarias por cambios autorizados por la Secretaría.

BASE DE PAGO

Cuando la construcción del elemento de concreto hidráulico se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará, de acuerdo con el caso de que se trate, al precio fijado en el contrato para el metro cúbico, según su tipo y resistencia, para cada banco en particular. Estos precios unitarios, conforme lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición del cemento Portland, el agua y los aditivos o fibras que en su caso se requieran, así como del material para las juntas, el curado y demás materiales necesarios para el colado del elemento estructural. En su caso, valor de adquisición de los agregados pétreos y piedra para el concreto ciclópeo.

En su caso, desmonte y despalme de los bancos, extracción del material pétreo aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones, cribados y desperdicios de los cribados, trituración parcial o total, lavado o eliminación del polvo superficial adherido a los materiales, cargas, descargas y todos los acarreos de los materiales y de los desperdicios; formación de los almacenamientos; instalación, alimentación y desmantelamiento de las plantas.

Limpieza de los vehículos en que se transporten todos los materiales, carga al equipo de transporte, transporte al lugar de almacenamiento, movimientos en el lugar de destino, descarga y cargo por almacenamiento.

Clasificación del material pétreo separándolo por tamaños.

Permisos de explotación de agua, así como la extracción, carga y acarreo al lugar de utilización del agua.

Dosificación y mezclado de los agregados pétreos, cemento Portland, agua y aditivos.

Limpieza de la superficie sobre la que se colocará el concreto.

Cargas en la planta del concreto hidráulico al equipo de transporte o carga de los materiales al vehículo mezclador para la elaboración del concreto hidráulico y su transporte al lugar del colado.

Suministro, colocación, preparación y remoción de cimbras.

Colocación, consolidación y curado del concreto a cualquier altura.

Colocación de la piedra en el caso del concreto ciclópeo.

La iluminación artificial.

Dispositivos y obras auxiliares para efectuar colados bajo el agua.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación del concreto hidráulico hasta que el elemento estructural haya sido recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPE-004.- ACERO PARA CONCRETO HIDRAULICO, P.U.O.T.

El acero para concreto hidráulico lo constituyen las varillas, alambres, cables, barras, soleras, ángulos, rejillas o mallas de alambre, metal desplegado u otras secciones o elementos estructurales que se utilizan dentro o fuera del concreto hidráulico, instalados en ductos o no, para tomar los esfuerzos internos de tensión que se generan por la aplicación de cargas, contracción por fraguado y cambios de temperatura.

EJECUCIÓN

CONDICIONES GENERALESPara el habilitado y colocación del acero para concreto hidráulico se considerará lo

señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.02.004/00.

MEDICIÓN

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y el habilitado y colocación de acero para concreto hidráulico sean ejecutados conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, el acero para concreto hidráulico se medirá en kilogramos (kg).

BASE DE PAGO

Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada, el acero para concreto hidráulico se pagará, de acuerdo con el caso de que se trate, al precio fijado en el contrato para el kilogramo, este precio unitario incluye lo que corresponda por:

Valor de adquisición y su transporte hasta la obra; cargas y descargas; almacenamientos; protección; cortado; desperdicios; doblado; empalmes traslapados o soldados; limpieza; armado con alambre de amarre y/o puntos de soldadura y/o separadores; colocación conforme al proyecto; y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas.

EPE-001.- MAMPOSTERIA DE TERCERA CLASE JUNTEADO CON MORTERO DE CEMENTO, P.U.O.T.

Las mamposterías de piedra son elementos estructurales construidos con fragmentos de roca acomodados, junteados o no con mortero.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la construcción de mampostería de piedra se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

En todos los casos, las piedras se colocarán de manera que las de mayor tamaño se alojen en la parte inferior del elemento en construcción, de forma que la dimensión mayor quede perpendicular al eje longitudinal del paramento.

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Las piedras se asentarán cuatrapeadas, apoyadas en todo su lecho sobre las inferiores a través de las juntas de mortero, en su caso, las cuales tendrán una ligera inclinación hacia el interior del elemento en construcción.

En mampostería de primera, segunda y tercera clase, las piedras se saturarán con agua previamente a su colocación y se juntearán con mezcla en la proporción que establezca el proyecto, llenando completamente los huecos entre las piedras contiguas.

En mampostería de primera, segunda y tercera clase, antes de asentar las piedras, se humedecerá el mortero del asiento, la plantilla de desplante o las piedras sobre las que se coloque la mezcla.

En mampostería de tercera clase las piedras se colocarán con las mejores caras hacia los paramentos visibles, afinándolas ligeramente cuando así lo indique la Secretaría.

Cuando así lo indique el proyecto o apruebe la Secretaría, si como resultado de la falta de uniformidad de la piedra resultan vacíos grandes, estos se llenarán totalmente con mezcla y pedacería de piedra.

La parte de la mampostería de tercera clase que pudiera quedar cubierta por agua, invariablemente será junteada con mortero de cemento, por lo que no se admitirá el uso de mezclas con cal o cementante para mortero.

ACABADO

A menos que el proyecto indique otra cosa a así lo apruebe la Secretaría, el coronamiento o enrase de toda mampostería que quede expuesto a la intemperie,

se cubrirá con un aplanado de mortero de cemento.

DRENES

Cuando la mampostería se destine a muros de contención, estribos o bóvedas, se colocarán drenes de acuerdo con lo que establezca el proyecto o apruebe la Secretaría.

MEDICIÓN

Cuando la construcción de mampostería de piedra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, considerando que:

La mampostería de piedra se medirá tomando como unidad el metro cúbico (m3) de mampostería terminada, según su tipo y para cualquier altura, con aproximación a

un décimo (0,1). Como base se considerará el volumen que fije el proyecto, haciendo las modificaciones necesarias por cambios autorizados por la Secretaría.

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BASE DE PAGO

Cuando la construcción de mampostería de piedra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de esta Norma, se pagará como sigue:

La mampostería de piedra se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de mampostería terminada, según su tipo y para cualquier altura. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición de la piedra, el cemento, la cal, la arena y el agua. Carga, transporte y descarga de todos los materiales hasta el sitio de su utilización y cargo por almacenamiento.

Compactación de la superficie de desplante.

Elaboración y colocación de la mezcla para la plantilla, el junteo, entallado y aplanado.

Rostreado o labrado de la piedra.

Limpieza o lavado de la piedra.

Suministro de cimbras y andamios, y todas las operaciones de cimbrado y descimbrado.

Todos los humedecimientos necesarios.

Elevación, colocación y junteo de la piedra.

Afinamiento de las caras de las piedras en los paramentos.

Entallado.

Aplanado para el coronamiento o enrase.

Curado.

Valor de adquisición de los tubos y demás materiales necesarios para su instalación. Carga, transporte y descarga de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Adquisición y colocación de los tubos de p.v.c. para drenes.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de todos los materiales La conservación de los tubos y la mampostería hasta que hayan sido recibidos por la Secretaría.

Colocación de material de filtro.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPE-002.- ZAMPEADO DE MAMPOSTERIA DE TERCERA CLASE JUNTEADO CON MORTERO DE CEMENTO, P.U.O.T.

El zampeado es el recubrimiento de superficies con mampostería de piedra o tabique, concreto hidráulico o suelo-cemento, con el fin de protegerlas contra la erosión.

EJECUCION

Para la construcción de zampeados se considerara lo señalado en la cláusula D. de la norma N.LEG.3, Ejecución de Obras.

Previo a la construcción del zampeado, la superficie por recubrir se compactara al grado establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaria.

El zampeado se construirá en el lugar, del tipo, con las dimensiones y características establecidas en el proyecto o aprobadas por la secretaria.

Las piedras o tabiques se colocaran cuatropeados y apoyados completamente en la superficie por cubrir. En zampeados de mampostería seca de piedra las piedras se colocaran de manera que la superficie de contacto entre una y otra sea la mayor posible y se construirán lo indicado en la Norma N.CTR.CAR.1.02.001, Mampostería de piedra.

MEDICION

Cuando la construcción de zampeados se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaria, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N.LEG.3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico de zampeado terminado, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando la construcción del zampeado se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea mediad de acuerdo con lo indicado en la cláusula I. de esta Norma, se pagara como sigue:

El zampeado de mampostería se pagara al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de zampeado de mampostería terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la cláusula F. de la norma N.LEG.3., Ejecución de Obras, incluye lo que corresponda por:

Valor de adquisición de la piedra o tabique, el cemento, la cal, la arena y el agua. Carga, transporte y descarga de todos los materiales hasta el sitio de su utilización y cargo por almacenamiento.

Compactación de la superficie por cubrir.

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Elaboración y colocación de la mezcla para el junteo y entallado.

Rastreado o labrado de la piedra.

Limpieza o lavado de la piedra.

Andamios, plataformas y demás equipo auxiliar para la construcción del zampeado.

Todos los humedecimientos necesarios.

Elevación, colocación y junteo de la piedra o tabique.

Entallado.

Curado.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de todos los materiales.

La conservación del zampeado hasta que haya sido recibido por la Secretaria.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPOD-002.- ALCANTARILLAS TUBULARES DE CONCRETO, DE 1.20 M. DE DIAMETRO, P.U.O.T.

Las alcantarillas tubulares de concreto son estructuras rígidas, que se construyen mediante tubos de concreto con o sin refuerzo, colocados sobre el terreno en una o varias líneas para dar paso libre al agua de un lado a otro de la vialidad. Según el terreno donde se construyan, pueden ser en zanja, en zanja con terraplén o en terraplén; según su ubicación se clasifican en normal y esviajada.

Cuando la construcción de alcantarillas tubulares de concreto se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro lineal (ml) de alcantarilla terminada, medida sobre el eje longitudinal de la alcantarilla, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de alcantarillas tubulares de concreto se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará, según su tipo, al precio fijado en el contrato para el metro de alcantarilla terminada. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

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Valor de adquisición de los tubos de concreto y demás materiales necesarios para la construcción de las alcantarillas. Carga, transporte y descarga de los tubos y de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Excavación para la plantilla de apoyo, así como su conformación y compactación.

Construcción del chaflán para acostillamiento de los tubos.

Excavación y acondicionamiento de los canales de entrada y salida.

Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los materiales producto de las excavaciones.

Ensamblado, colocación y sellado de los tubos de concreto.

Ejecución y sellado de las perforaciones para el manejo de los tubos.

Conformación y compactación del relleno, de acuerdo con la Norma, N·CTR·CAR·1·01·011, Rellenos.

Suministro y colocación de concreto hidráulico, simple o reforzado, de acuerdo con las Normas N·CTR·CAR·1·02·003, Concreto Hidráulico y N·CTR·CAR·1·02·006, Estructuras de Concreto Reforzado.

Zampeados, de acuerdo con la Norma, N·CTR·CAR·1·02·002, Zampeado.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de todos los materiales, así como de los residuos de las excavaciones.

La conservación de la alcantarilla hasta que haya sido recibida por la Secretaría.

La construcción de una plantilla de concreto simple para el apoyo de los tubos.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPOD-003.- REVESTIMIENTO DE CUNETAS CON CONCRETO HIDRAULICO DE F’C= 150 KG/CM2, P.U.O.T..

DEFINICION

Las cunetas son zanjas que se construyen adyacentes a los hombros de la corona en uno o en ambos lados, con el objeto de interceptar el agua que escurre sobre la superficie de la corona, de los taludes de los cortes, o del terreno contiguo, conduciéndola a un sitio donde no haga daño a la carretera o a terceros.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALESPara la construcción de cunetas se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.03.003/00.

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MEDICIÓN

Cuando la construcción de cunetas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.03.003/00, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de cuneta terminada, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de cunetas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de N.CTR.CAR.1.03.003/00, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro de cuneta terminada, según su tipo y sección. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Excavación y conformación de la cuneta.

Revestimiento de la cuneta, de acuerdo con la Norma, N·CTR·CAR·1·02·002, Zampeado.

Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los materiales producto de la excavación.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de los materiales producto de la excavación.

La conservación de la cuneta hasta que haya sido recibida por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPOD-006.- LAVADEROS DE CONCRETO HIDRAULICO DE F’C= 150 KG/CM2, P.U.O.T.

Los lavaderos son canales que conducen y descargan el agua recolectada por los bordillos, cunetas y guarniciones a lugares donde no cause daño a la estructura del pavimento. Los lavaderos pueden ser de mampostería, concreto hidráulico o metálicos. Si se construyen con mampostería o concreto hidráulico, generalmente tienen sección triangular, con el propósito de lograr una depresión en su intersección con el acotamiento, para facilitar la entrada del agua al lavadero.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALESPara la construcción de lavaderos se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.03.006/00.

MEDICIÓN

Cuando la construcción de lavaderos se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando en cuanta que estos se medirán tomando como unidad el metro cúbico (m3) de

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lavadero terminado, medido sobre el eje longitudinal del lavadero, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de lavaderos se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro de lavadero terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición de las láminas corrugadas de acero y demás materiales necesarios para la construcción del lavadero. Carga, transporte y descarga de las láminas y de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Excavación y conformación del lavadero.

Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los materiales producto de la excavación.

Ensamblado y colocación de las láminas.

Suministro y colocación de concreto hidráulico, simple o reforzado, de acuerdo con las Normas N·CTR·CAR·1·02·003, Concreto Hidráulico y N·CTR·CAR·1·02·006, Estructuras de Concreto Reforzado.

Revestimiento del lavadero, de acuerdo con la Norma, N·CTR·CAR·1·02·002, Zampeado.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de los materiales producto de la excavación.

La conservación de los lavaderos hasta que hayan sido recibidos por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPOD-007.- BORDILLOS DE CONCRETO HIDRAULICO DE F’C= 150 KG/CM2, P.U.O.T..

Los bordillos son elementos que interceptan y conducen el agua que por el efecto del bombeo corre sobre la corona del camino, descargándola en los lavaderos, para evitar erosión a los taludes de los terraplenes que estén conformados por material erosionable. Los bordillos pueden ser de concreto hidráulico, concreto asfáltico o de suelo-cemento. En todos los casos se considerarán obras provisionales en tanto el talud se vejete y se proteja por sí mismo o sea protegido mediante otro procedimiento, momento en que deben ser removidos y retirados.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALESPara la construcción de bordillos se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.03.007/00.

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MEDICIÓN

Cuando la construcción de bordillos se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma NLEG3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro lineal (ml) de bordillo terminado, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de bordillos se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro de bordillo terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición del concreto hidráulico, asfáltico, del suelo-cemento o de las piezas precoladas y demás materiales necesarios para la construcción del bordillo. Carga, transporte y descarga de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Limpieza de la superficie sobre la que se construirá el bordillo.

Cimbrado.

Colocación y acomodo del concreto hidráulico o asfáltico y curado del concreto hidráulico; o bien, colocación y anclaje de los elementos de concreto hidráulico precolados.

Limpieza del bordillo.

Suministro y colocación de las varillas de anclaje.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación del bordillo hasta que haya sido recibido por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPP-001.- SUBBASE COMPACTADA AL 100%, P.U.O.T. DE LOS BANCOS QUE ELIJA EL CONTRATISTA

SUB-BASE

Capa de materiales pétreos seleccionados que se construye sobre la subrasante, cuyas funciones principales son proporcionar un apoyo uniforme a la base de una carpeta asfáltica o a una losa de concreto hidráulico, soportar las cargas que éstas le transmiten aminorando los esfuerzos inducidos y distribuyéndolos adecuadamente a la capa inmediata inferior, y prevenir la migración de finos hacia las capas superiores.

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MEDICIÓN

Cuando la construcción de subbases se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de subbase compactada, para cada grado de compactación y cada banco en particular o cada grupo de bancos cuyos materiales hayan sido mezclados, con aproximación a la unidad. El volumen se calculará con base en los levantamientos topográficos a que se refiere la Fracción H.2. de la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, aplicando el método de promedio de áreas extremas.

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de subbases se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de subbase compactada, para cada grado de compactación y cada banco en particular o grupo de bancos. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Adquisición y regalías; desmonte y despalme de los bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; cribados y desperdicios de los cribados; trituración parcial o total; disgregado; separación y recolección de los desperdicios; cargas, descargas y todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos así como de los desperdicios y formación de los almacenamientos.

Instalación, alimentación y desmantelamiento de las plantas.

Permisos de explotación de bancos de los materiales petreos y del agua; extracción, carga, acarreo al lugar de utilización, aplicación e incorporación de los materiales petreos y del agua.

Cargas en los almacenamientos de los materiales al equipo de transporte y descarga en el lugar de utilización.

Operaciones de mezclado, tendido y compactación al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

Escarificación de la superficie compactada para recibir una nueva capa.

Afinamiento para dar el acabado superficial.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de la subbase hasta que sea recibida por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

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EPP-002.- BASE COMPACTADA AL 100%, P.U.O.T. DE LOS BANCOS QUE ELIJA EL

CONTRATISTA.

BASE

Capa de materiales pétreos seleccionados que se construye generalmente sobre la subbase, cuyas funciones principales son proporcionar un apoyo uniforme a la carpeta asfáltica, soportar las cargas que ésta le transmite aminorando los esfuerzos inducidos y distribuyéndolos adecuadamente a la capa inmediata inferior, proporcionar a la estructura de pavimento la rigidez necesaria para evitar deformaciones excesivas, drenar el agua que se pueda infiltrar e impedir el ascenso capilar del agua subterránea.

EJECUCIÓNPara la construcción de las bases se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.04.002/03.

MEDICIÓN

Cuando la construcción de bases se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico (m3) de base compactada, para cada grado de compactación y cada banco en particular o cada grupo de bancos cuyos materiales hayan sido mezclados, con aproximación a la unidad. El volumen se calculará con base en los levantamientos topográficos a que se refiere la Fracción H.2. de la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, aplicando el método de promedio de áreas extremas.

BASE DE PAGO

Cuando la construcción de bases se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de la norma N.CTR.CAR.1.04.002/03, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de base compactada, para cada grado de compactación y cada banco en particular o grupo de bancos. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Adquisición y regalías; desmonte y despalme de los bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; cribados y desperdicios de los cribados; trituración parcial o total; disgregado; separación y recolección de los desperdicios; cargas, descargas y todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos así como de los desperdicios y formación de los almacenamientos.

Instalación, alimentación y desmantelamiento de las plantas.

Permisos de explotación de bancos de los materiales petreos y del agua; extracción, carga, acarreo al lugar de utilización, aplicación e incorporación de los materiales petreos y del agua.

Cargas en los almacenamientos de los materiales al equipo de transporte y descarga en el lugar de utilización.

Operaciones de mezclado, tendido y compactación al grado fijado en el proyecto o aprobado por la Secretaría.

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Escarificación de la superficie compactada para recibir una nueva capa.

Afinamiento para dar el acabado superficial.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de la base hasta que sea recibida por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPP-004.- RIEGO DE IMPREGNACION, P.U.O.T.

DEFINICION

Consiste en la aplicación de un material asfáltico, sobre una capa de material pétreo como la base del pavimento, con objeto de impermeabilizarla y favorecer la adherencia entre ella y la carpeta asfáltica. El material asfáltico que se utiliza normalmente es una emulsión, ya sea de rompimiento lento o especial para impregnación, o bien un asfalto rebajado.

EJECUCIÓNAdemás de lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, se tiene que considerar lo indicado en la Clausula G de la Norma N.CTR.CAR.1.04.004/00.

MEDICIÓN

Cuando la aplicación de los riegos de impregnación se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sean ejecutados conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.04.004/00, a satisfacción de la Secretaría, se medirán según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando en cuenta lo siguiente:

La medición del material asfáltico se hará tomando como unidad el metro cuadrado (m2) de riego de impregnación aplicado, según el tipo y dosificación del material asfáltico establecidos en el proyecto, con aproximación a la unidad.

A menos que la Secretaría indique otra cosa, la medición de la arena o cualquier otro material utilizado para cubrir el riego de impregnación, se hará tomando como unidad el metro cúbico colocado, determinando el volumen del material en los vehículos de transporte inmediatamente antes de su colocación, verificándolo a partir de la cantidad en litros por metro cuadrado, que sea tendido de acuerdo a lo establecido en el proyecto u ordenado por la Secretaría.

BASE DE PAGO

Cuando la aplicación de los riegos de impregnación se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sean medidos de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de la norma N.CTR.CAR.1.04.004/00, se pagarán de la siguiente manera:

El material asfáltico se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cuadrado de riego de impregnación aplicado, según el tipo y dosificación del material asfáltico

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establecidos en el proyecto. Estos precios unitarios, conforme con lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la clausula J. de la norma N.CTR.CAR.1.04.004/00 incluyen lo que corresponda por: valor de adquisición o producción del material asfáltico, limpieza del tanque en que se transporte, movimientos en la planta de producción y en el lugar de destino, carga al equipo de transporte, transporte al lugar de almacenamiento, descarga en el depósito, cargo por almacenamiento y todas las operaciones de calentamiento y bombeo requeridas; barrido y limpieza de la superficie sobre la que se aplicará el riego; protección de las estructuras o parte de ellas, precauciones para no mancharlas con el material asfáltico y para evitar traslapes excesivos; cargas en el depósito del material asfáltico al equipo de transporte y acarreo al lugar de utilización; aplicaciones del material asfáltico en la forma que fije el proyecto; los tiempos de los vehículos empleados en los transportes y riego de los materiales durante las cargas y las descargas; y todo lo necesario para la correcta ejecución del concepto.

EPP-009.-CARPETA ASFALTICA CONSTRUIDA CON MEZCLA EN CALIENTE, P.U.O.T

Las carpetas asfálticas con mezcla en caliente, son aquellas que se construyen mediante el tendido y compactación de una mezcla de materiales pétreos y cemento asfáltico, modificado o no, utilizando calor como vehículo de incorporación. Según la granulometría del material pétreo que se utilice, pueden ser de granulometría densa, semiabierta o abierta.

C. EJECUCIÓN

Para la construcción de carpetas asfálticas con mezcla en caliente se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras.

D. MEDICIÓN

Cuando la construcción de carpetas asfálticas con mezcla en caliente se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro cúbico de carpeta terminada, según su tipo y para cada banco en particular, con aproximación a la unidad.

E. BASE DE PAGO

Cuando la construcción de carpetas asfálticas con mezcla en caliente se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de carpeta terminada, según su tipo y para cada banco en particular. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición o producción de los materiales asfálticos para la carpeta y para el riego de liga, así como de los aditivos que en su caso se requieran. Limpieza del tanque en que se transporten, movimientos en la planta de producción y en el lugar de destino, carga al equipo de transporte, transporte al lugar de almacenamiento, descarga en el depósito, cargo por almacenamiento y todas las operaciones de calentamiento y bombeo requeridas.

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Desmonte y despalme de los bancos; extracción del material pétreo aprovechable y del desperdicio, cualesquiera que sean sus clasificaciones; cribados y desperdicios de los cribados; trituración parcial o total; lavado o eliminación del polvo superficial adherido a los materiales; cargas, descargas y todos los acarreos de los materiales y de los desperdicios; formación de los almacenamientos y clasificación de los materiales pétreos separándolos por tamaños.

Instalación, alimentación y desmantelamiento de las plantas.

Secado del material pétreo; dosificación, calentamiento y mezclado de los materiales pétreos, asfálticos y aditivos.

Barrido y limpieza de la superficie sobre la que se construirá la carpeta.

Aplicación del riego de liga según lo indicado en la Norma N·CTR·CAR·1·04·005, Riegos de Liga.

Cargas en la planta de la mezcla asfáltica al equipo de transporte y transporte al lugar de tendido.

Tendido y compactación de la mezcla asfáltica.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de la carpeta asfáltica hasta que sea recibida por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPS-001.- MARCAS EN EL PAVIMENTO RAYA CENTRAL SEPARADORA DE CARRILES Y LATERALES CON PINTURA CONVENCIONAL DE 15 CM DE ANCHO, P.U.O.T.

DEFINICION

Las marcas en el pavimento son el conjunto de rayas, símbolos y letras, que se pintan o colocan sobre el pavimento, que tienen por objeto delinear las características geométricas de las vialidades con el regular y canalizar el tránsito de vehículos y peatones, así como proporcionar información visual o auditivamente a los usuarios.

Las marcas deben aplicarse con pintura convencional o termoplástico, o bien pueden ser materiales plásticos preformados, adheridos a la superficie de pavimento utilizando adhesivos.

EJECUCIÓN

Para la aplicación o colocación de las marcas en el pavimento se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Cláusula G de la Norma N.CTR.CAR.1.07.001/00.

MEDICIÓN

Cuando la aplicación o colocación de marcas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.07.001/00, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, de la siguiente manera:

Las rayas se medirán tomando como unidad el metro lineal (ml) de raya terminada, según su tipo y con aproximación a un décimo (0,1).

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BASE DE PAGO

Cuando la aplicación o colocación de marcas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de a norma N.CTR.CAR.1.07.001/00, se pagará al precio fijado en el contrato, para el metro de raya, el símbolo o la leyenda terminados, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición de la pintura y microesferas retrorreflejantes o de las marcas preformadas y sus adhesivos, así como carga, transporte y descarga de todos ellos hasta el sitio de su aplicación o colocación, y cargo por almacenamiento.

Limpieza de la superficie donde se aplicarán o colocarán las marcas.

Ubicación y premarcado o delineado de las marcas.

Aplicación o colocación de las marcas.

Incorporación de las microesferas retrorreflejantes.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de las marcas hasta que hayan sido recibidas por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPS-005.- SEÑALES VERTICALES BAJAS, P.U.O.T.

DEFINICION Y CLASIFICACION

Las señales verticales bajas son el conjunto de tableros instalados en postes, marcos y otras estructuras, con leyendas o símbolos que tienen por objeto regular el uso de la vialidad, indicar los principales destinos, la existencia de algún sitio turístico o servicio, o transmitir al usuario un mensaje relativo a la carretera. Según su finalidad, pueden ser señales preventivas, restrictivas, informativas, turísticas y de servicios, o diversas; según su estructura de soporte, pueden ser fijadas en uno o dos postes, o bien en estructuras existentes.

EJECUCIÓN

Para la instalación de las señales verticales bajas se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Cláusula G de la Norma N.CTR.CAR.1.07.005/00.

MEDICIÓN

Cuando la instalación de señales verticales bajas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la norma N.CTR.CAR.1.07.005/00, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad la señal terminada, según su tipo, ya sea de uno o varios tableros.

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BASE DE PAGO

Cuando la instalación de señales verticales bajas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de la norma N.CTR.CAR.1.07.005/00, se pagará al precio fijado en el contrato para la señal terminada y colocada, según su tipo, ya sea de uno o varios tableros. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición o fabricación de las señales, estructuras de soporte y demás materiales necesarios para su instalación. Carga, transporte y descarga de las señales y de todos los materiales hasta el sitio de su instalación, y cargo por almacenamiento.

Ubicación de las señales.

Excavación.

Colocación de la estructura de soporte y relleno de la excavación.

Suministro y colocación de concreto hidráulico.

Instalación de las señales.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de las señales hasta que hayan sido recibidas por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPS-007.- SEÑALES VERTICALES BAJAS, INDICADORES DE ALINEAMIENTO P.U.O.T.

DEFINICION

Los indicadores de alineamiento son señales bajas que se usan para delinear la orilla de una carretera o autopista, en cambios del alineamiento horizontal, para marcar estrechamientos de la corona y para señalar los extremos de muros de cabeza de alcantarillas.

EJECUCIÓN

CONSIDERACIONES GENERALES

Para la instalación de los indicadores de alineamiento se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, y lo indicado en la Cláusula G de la Norma N.CTR.CAR.1.07.007/00.

MEDICIÓN

Cuando la instalación de indicadores de alineamiento se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en la Norma N.CTR.CAR.1.07.007/00, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el indicador de alineamiento terminado, según su tipo.

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BASE DE PAGO

Cuando la instalación de indicadores de alineamiento se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula H. de la Norma N.CTR.CAR.1.07.007/00, se pagará al precio fijado en el contrato para el indicador de alineamiento terminado, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N·LEG·3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición o fabricación de los indicadores de alineamiento y demás materiales necesarios para su instalación. Carga, transporte y descarga de los indicadores de alineamiento y de todos los materiales hasta el sitio de su instalación, y cargo por almacenamiento.

Ubicación de los indicadores de alineamiento.

Excavación.

Colocación de los indicadores de alineamiento y relleno de la excavación.

Suministro y colocación de concreto hidráulico.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de los indicadores de alineamiento hasta que hayan sido recibidos por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPS.009 DEFENSA METALICA, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA.

EJECUCIÓN:Para ofrecer mayor seguridad a los usuarios se colocarán defensas metálicas en los accesos al puente. Las defensas, componentes y demás materiales que se utilicen en la instalación cumplirán con lo establecido en la Norma N-CMT-5-02-001, Calidad de Defensas, así como en las demás Normas aplicables del Libro CMT. Características de los Materiales.

Previa a la instalación de las defensas, se identificarán las zonas de colocación y su disposición de los lugares establecidos en el proyecto, una vez localizados los sitios donde se colocarán las defensas, se realizará la excavación para su colocación y anclaje.

La altura del poste debe ser tal que la defensa tenga la altura del eje de simetría longitudinal deberá estar localizada a 50 centímetros (+/- 2 cm) por encima del nivel del hombro del acotamiento.

La posición el poste de soporte quedará ahogado en la excavación, el cual se rellenará hasta un nivel de treinta (30.00) centímetros por debajo de la línea del hombro del camino, el volumen faltante de rellenar deberá ser completado utilizando concreto hidráulico con un f’c= 150kg/cm2. Se esperará en tiempo necesario para adquirir resistencia del concreto colocado.

Se fijarán los separadores a los postes que recibirán lo tramos de defensa.

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Los tramos de defensa se instalarán en sentido contrario al tránsito, de manera que el traslape cubra la fijación de la defensa anterior, alineando las perforaciones de las defensas antes de fijarlas completamente. Una vez alineadas las perforaciones, se apretarán todos y cada uno de los tornillos. Considerando la colocación de vialetas en las defensas se colocarán de acuerdo a la posición original.

El reflejarte será colocado con el tornillo de sujeción al separador y sujeto los mismos tornillos de traslape. El color del reflejarte a utilizar es amarillo tránsito alta intensidad, el reflejarte debe orientarse en sentido normal al sentido del tránsito.

MaterialesEl acero para fabricar las defensas y accesorios, debe obtenerse por los procesos de horno de hogar abierto, básico al oxígeno u horno eléctrico.

Las propiedades mecánicas del metal base deben ser conforme a los siguientes requisitos:

Defensas, secciones de transición y separadores:resistencia de fluencia mínima: 345 mpa (3,515 kg/cm2)resistencia a la tensión mínima: 483 mpa (4,920 kg/cm2)alargamiento en 50 mm mínimo: 12%calibre: no. 12espesor nominal del metal base: 2.67 mm

Secciones terminales: resistencia de fluencia mínima: 228 mpa (2,320 kg/cm2)resistencia a la tensión mínima: 310 mpa (3,158 kg/cm2)alargamiento en 50 mm mínimo 20%calibre: no. 12espesor nominal del metal base: 2.67 mm

Postes:sección: IPRresistencia de fluencia mínima: 248 mpa (2,520 kg/cm2)momento de resistencia mínimo: 126,000 kg/cm2dimensiones: 152.4 x 101.6 mm (6 x 4 “)

Las defensas y terminales deben formarse y perforarse conforme a los requisitos establecidos a continuación. Las defensas deben estar listas para el ensamble cuando se embarquen, no se permitirán cortes ni perforaciones en campo, las defensas deberán curvarse en planta para una apropiada instalación en campo. La defensa deberá tener un desarrollo antes del formado de 481 mm y un ancho después del formado de 311 mm y una corrugación de 193.8 mm de paso por 82.6 mm de profundidad, el largo total de la pieza debe ser de 4128 mm y un largo efectivo de 3810 mm.

Las tolerancias que se aceptarán, son: + 1.59 mm en el ancho y + 3.17 mm en la longitud.

a longitud total de la pieza 4.128 m.b longitud efectiva 3.810 m.c desarrollo antes de formado 48.10 cm d ancho después de formado 31.10 cme corrugación:

paso 19.38 cmprofundidad 8.26 cm

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f radio de giro en crestas y valles2.38 cmg ángulo subtendido en crestas 110°h ángulo subtendido en valles 55°i ángulo en faldones 10°j distancia del eje neutro (desde el valle) 5.7cm

Perforacionesdistancia del extremo al eje segunda línea de traslape 268 mmdistancia centro a centro líneas de traslape 216 mmdiámetro agujero oblongo 28.6 x 22.23 mm (1 1/8” x 7/8”) perforación traslape (24 x 30 mm)diámetro agujero oblongo perforación 65 x 20 mm (2½” x 3/4”)sujeción a poste 63.5 x 19.05 mm Peso por pieza: 42.300 kg (sin galvanizar)

Requisitos de la terminal de defensa metálica La geometría y dimensiones que debe cumplir son:

a longitud antes del formado 78.00 cmb longitud total después del formado 70.00 cmc longitud útil 54.00 cmd desarrollo antes de formado 48.30 cme ancho después de formado 31.10 cmf Corrugación:

paso 19.38 cmprofundidad 8.26cm

g radio de giro en crestas y valles2.4 cmh ángulo subtendido en crestas 110°i ángulo subtendido en valles 55°k ángulo en faldones 10°l distancia del eje neutro(desde el valle) 5.7 cm

Perforacionesdistancia del extremo al eje primera línea de traslape 52 mmdistancia del extremo al eje segunda línea de traslape 268 mmdistancia centro a centro líneas de traslape 216 mmdiámetro agujero oblongo 28.6 x 22.23 mm (1 1/8” x 7/8”) perforación traslape (24 x 30 mm)diámetro agujero oblongo 63.5 x 19.05 mm (2½” x 3/4”)perforación sujeción (65 x 20 mm)Peso por pieza: 7.660 kg

Separador (poste-defensa) La geometría y dimensiones que debe cumplir son:A largo 34.00 cmB alto 5.00 cmC ancho 7.60 cmD geometría del perfil u

Requiere de la preparación de nervaduras de refuerzo a 11.3 cm (113 mm) de los extremos.Perforacionesdiámetro agujero oblongo 28.6 x 22.23 mm (1 1/8” x 7/8”) separador-defensa (24 x 30 mm)diámetro agujero oblongo 63.5 x 19.05 mm (2½” x 3/4”)separador-poste (65 x 20 mm)Peso por pieza: 1.200 Kg

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Poste de viga IPR La geometría y dimensiones que debe cumplir son:

A material viga IPRB Sección 6” x 4” 15.21 x 10.20 cmC longitud defensa sencilla 1.502.00 m mD Peso 13.40 kg/m.Perforacionesdiámetro agujero circular 19 mmdistancia de perforación a la cresta 17.00 cm

Peso por pieza: defensa sencilla 20.10 kg

Galvanizado. Las defensas deben galvanizarse después de su fabricación. el proceso de galvanizado debe ser por inmersión en caliente, conforme a la norma NMX-J-151, NMX-H-074 y ASTM-A-123.

La masa del recubrimiento debe cumplir con un mínimo de determinación individual de 550 gr/m2. la masa del recubrimiento es la cantidad de zinc en ambos lados de la lámina.

Los recubrimientos de zinc (galvanizados) deben cumplir con los requisitos de acabado y apariencia descritos en las normas NMX-J-151, NMX-H-074 y ASTM-A-123, la adherencia y la masa del recubrimiento, deben determinarse como se especifica en dichas normas.

No se aplicará pintura ni recubrimiento sobre el acabado galvanizado.

Marcado. Cada pieza de defensa metálica o terminal de defensa metálica debe identificarse, mediante troquel de bajorrelieve, de la siguiente manera:

a) nombre o marca del fabricanteb) norma de fabricación c) nombre del galvanizador d) norma de galvanizadoe) año de fabricación

El marcado debe colocarse visible en el sentido del tránsito en el valle de la corrugación central, con letras y números que no excedan 12.7 mm en altura, no se aceptarán en campo piezas de defensa que no estén debidamente identificadas.

Material de fabricación: Lámina galvanizada en frío calibre no. 16.Dimensiones: las suficientes para caber dentro del paso de la defensa. Material reflejarte: scotch-lite alta intensidad, serie 3800, color amarillo tránsito.

Tornillería. Características: en todos los casos se utilizará tornillos y tuercas, especificación ASTM A-307, galvanizadas por inmersión en caliente, incluyendo las rondanas, conforme la norma ASTM A-153.

Las defensas y terminales deben formarse y perforarse conforme a los requisitos establecidos en la presente especificación. Las defensas deben estar listas para el ensamble cuando se embarquen. No se permitirán cortes ni perforaciones en campo. Las defensas deberán fabricarse con curvatura en planta para una apropiada instalación en campo.

Es responsabilidad del Contratista de obra la conservación de las defensas hasta que hayan sido recibidas la Dependencia.

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MEDICIONLa instalación de la defensa metálica se contratará a precio unitario por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en el proyecto, según la Norma N-CTR-CAR-1-07-009. Para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro lineal (m) de defensa instalada según el tipo, incluyendo los accesorios y materiales necesarios para su instalación.

BASE DE PAGOLa instalación de las defensas se contratará a precio unitario de obra terminada y se medirá conforme al párrafo anterior, se pagará al precio fijado en el contrato para el metro de defensa metálica instalada, según su tipo; este precio incluye lo que corresponde por: Valor de adquisición de las defensas metálicas, incluyendo sus tramos extremos, así como los postes, separadores, vialetas, accesorios y demás materiales necesarios para su instalación; carga, transporte y descarga de las defensas y demás materiales hasta el sitio de su instalación, y cargo por almacenamiento; ubicación de los postes de soporte y sitios donde se aterrizarán las defensas; excavaciones y rellenos necesarias para la instalación; colocación de los postes de soporte, construcción de los bloques de anclaje para los extremos aterrizados de las defensas; suministro y colocación de concreto hidráulico; instalación y anclaje de las defensas, incluyendo separadores, vialetas y demás accesorios; los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de todos los materiales durante cargas y descargas; la conservación de las defensas hasta que hayan sido recibidas por la Dependencia y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EPTE-002.- REUBICACION DE ESTRUCTURAS Y LINEAS ELECTRICAS EN MEDIA Y BAJA TENSION, P.U.O.T.

Las reubicaciones de las estructuras y líneas eléctricas son las que se ejecutan a cielo abierto en el terreno natural o en rellenos existentes, para quitar del derecho de vía del camino las líneas de transmisión existentes, entre otras.

EJECUCION

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CONSIDERACIONES GENERALES

Para la reubicación de estas estructuras se considerará lo señalado en las normas CFE para construcciones de distribución aéreas.

En el tramo de la obra se reubicaran las estructuras con las que se tensionan las líneas de transmisión, las estructuras que sirven para cubrir mayores distancias de tendido de línea de transmisión debido a la separación entre el aislamiento de que se conforma y las estructuras de distribución residencial rural para energizar a los transformadores. Cuando la obra se contrae a precios unitarios por unidad de obra terminada, no se clasificara el material por excavar, siendo esto responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra.

La reubicación de las estructuras se efectuara de acuerdo a las dimensiones y niveles establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaria y la comisión federal de electricidad.

Con el fin de proteger la excavación, si la estructura para la cual se ejecute no se inicia de manera inmediata y el fondo de dicha excavación esta formado por materiales altamente erosionables o que puedan ser afectados rápidamente por el intemperismo, se suspenderá la excavación arriba del nivel de desplante, hasta que este por iniciarse la construcción de la estructura.

Durante la ejecución de la excavación esta se protegerá de inundaciones y se asegurará su estabilidad para evitar derrumbes, drenando toda el agua que afecte a la excavación.

Cuando se autorice el uso de explosivos, se evitará aflojar el material mas allá de los limites establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaria.

El material suelto o inestable, así como toda la materia vegetal, se removerá para asegurar la estabilidad de la excavación.

Cuando el proyecto indique o la Secretaria apruebe que las paredes de la excavación sirvan de molde a un colado, sus dimensiones no deberán excederse en más de diez (10) centímetros respecto a las fijadas en el proyecto. Si se excede dicho limite, se deberan poner moldes.

Salvo que el proyecto o la Secretaria indique otra cosa, el material producto de la excavación se utilizará en el relleno de la misma.

Una vez construida la estructura en la excavación, esta se rellenara como se indica en la Norma N.CTR.CAR.1.01.011, Rellenos.

El material sobrante de la excavación se depositara en el sitio o banco de desperdicio que indique el proyecto o que apruebe la Secretaria o se distribuya uniformemente en áreas no impida el drenaje natural del terreno o que no invada cuerpos de agua, para favorecer el desarrollo de vegetación, según lo indique el proyecto o apruebe la Secretaria.

MEDICION

Se hará considerando como unidad de medida el lote, en el cual se consideraran todos los trabajos referentes a este concepto y se pagará una vez terminado.

BASE DE PAGO

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El pago de lote de reubicación de estructuras y líneas eléctricas en media y baja tensión, p.u.o.t., se pagara al precio que se fije en el contrato y este precio unitario incluye todo lo referente a:

Desmantelamiento, demolición y todas las operaciones que sean necesarias de la estructura existente.

Valor de adquisición de las estructuras y sus artificios; cargas, transportes y descargas hasta el sitio de su utilización y cargo por almacenamiento.

Colocación, apuntalamientos, andamios, obras de protección a terceros y obras auxiliares.

Instalación de todos sus artificios para ponerlo en operación.

Y todo lo necesario para su correcta ejecución.

EPMM-001.- MEDIDAS DE MITIGACION POR IMPACTO AMBIENTAL, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA

LA PRESENTE APLICACIÓN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y ACTIVIDADES COMPENSATORIAS AL MEDIO AMBIENTE, ESTAN DEBIDAMENTE FUNDADAS EN LA LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE, EN SUS ARTÍCULOS: 1o, 5o fracciones VI, VIII, X, XI y XII, 9o, 15 fracciones I, IV, XII y XII, 28 fracciones I, VII, X, XI y XIII, 29, 88 fracciones I, II, III, IV, 161, 171, entre otros.

EL INCUMPLIMIENTO DE LA APLICACIÓN DE ESTA MEDIDAS IMPLICA DELITOS DE ORDEN FEDERAL, EN LOS QUE SE APLICAN SANCIONES ECONÓMICAS HASTA LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, ASÍ COMO REALIZAR LAS ACCIONES PARA RESARCIR LOS DAÑOS OCASIONADOS AL AMBIENTE POR LOS TRABAJOS Y ACTIVIDADES REALIZADAS RELACIONADAS CON LA OBRA PÚBLICA.

REQUERIMIENTOS.

LA EMPRESA LICITANTE, ANEXO A LA DOCUMENTACIÓN LEGAL SOLICITADA, DEBERÁ

PRESENTAR EL CURRICULUM DE LA EMPRESA QUE FUNGIRÁ COMO ASESOR EN LA

APLICACIÓN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. LA OMISIÓN DEL

MISMO, SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN.

EN EL ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO DE LA PROPUESTA PRESENTADA, SE EVALUA EL

CONCEPTO DESTINADO A LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO

AMBIENTAL CONSIDERADAS EN LAS BASES DE LICITACION, EN EL MANIFIESTO DE

IMPACTO AMBIENTAL Y EN RESOLUTIVO RESPECTIVO. SI ESTE NO ES SUFICIENTE PARA

GARANTIZAR LA APLICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN MATERIA AMBIENTAL, LA

PROPUESTA PRESENTADA SERÁ DESECHADA.

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EN RELACIÓN A LOS BANCOS DE MATERIALES Y DEMÁS INSUMOS DE LA REGIÓN

REQUERIDOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS A CONTRATAR, EN PARTICULAR, LA

EXTRACCIÓN DE MATERIAL PETREO DE RÍOS Y DE CUALQUIER OTRA CORRIENTE DE

AGUA, PERMANENTE O INTERMITENTE, ASÍ COMO DEL AGUA REQUERIDA PARA DICHOS

TRABAJOS; LA EMPRESA GANADORA, UNA VEZ QUE LE SEA NOTIFICADO EL FALLO,

DEBERÁ REALIZAR A SU NOMBRE EL TRÁMITE DE LOS PERMISOS DE IMPACTO

AMBIENTAL DE BANCOS DE MATERIAL Y DE EXTRACCIÓN DEL AGUA ANTE LA

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT) Y LA

COMISIÓN MACIONAL DEL AGUA (CONAGUA). ANTES DE INICIAR LOS TRABAJOS QUE

REQUIERAN DE ESTOS RECURSOS NATURALES, LA EMPRESA DEBERÁ PRESENTAR EN

LA OFICINA DE GESTION DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA RESIDENCIA GENERAL

RESPECTIVA, LOS PERMISOS O COMPROBANTES DE TRÁMITE, PARA EL AVAL

CORRESPONDIENTE Y DARLE EL SEGUIMIENTO RESPECTIVO A LA APLICACIÓN DE LAS

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ESPECIFICADOS EN EL MANIFIESTO Y

EL RESOLUTIVO EN SU CASO. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA DISPOSICIÓN SERÁ DE SU

ABSOLUTA RESPONSABILIDAD ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES, CUBRIENDO

CON SUS PROPIOS RECURSOS Y MEDIOS LO QUE DICTAMINE LA AUTORIDAD QUE

CORRESPONDA. ASÍ MISMO, LA APERTURA DE CAMINOS DE ACCESO A EXPLOTACIÓN DE

BANCOS DE MATERIAL, BANCOS DE MATERIAL DE DESPERDIDIO, ÁREAS REQUERIDAS

PARA SITIOS DE TIRO DE MATERIAL DE DESPERDICIO, CAMINOS DE ACCESO A LA OBRA

Y DE AQUELLOS REQUERIDOS PARA DAR PASO, TAMBIÉN SERÁ DE RESPONSABILIDAD

DE LA EMPRESA GESTIONAR LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES ANTE LAS

AUTORIDADES COMPETENTES Y POSESIONARIOS DE TERRENOS A AFECTARSE.

SE GESTIONARÁ UNA SESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MATERIA AMBIENTAL,

DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA EMPRESA GANADORA

DE LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS SOLICITADOS, ANTE LA SEMARNAT, PARA LA

APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL CONSIDERADAS

EN ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LAS QUE SE PROPUSIERON EN EL MANIFIESTO DE

IMPACTO AMBIENTAL Y EL ESTUDIO TÉCNICO JUSTIFICATIVO Y LOS RESOLUTIVOS

CORRESPONDIENTES. QUEDANDO OBLIGADO EL REPRESENTANTE LEGAL O

ADMINISTRADOR ÚNICO DE LA EMPRESA A ACEPTAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

ANTE LA SEMARNAT. EN CASO DE NEGARSE A LA FIRMA DE ACEPTACIÓN DE LA SESIÓN

DE DERECHOS Y OBLIGACIONES, SERÁ MOTIVO SUFICIENTE PARA SU DESCALIFICACIÓN

O RESCISIÓN DEL CONTRATO RESPECTIVO.

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CONTROL DE CALIDAD EN MATERIA DEL IMPACTO AMBIENTAL

EJECUCIÓN.-

La empresa contratista deberá considerar todo lo necesario para la correcta y completa ejecución de los trabajos de medidas de mitigación ambiental en la zona de influencia del proyecto, se deberán elaborar un reglamento interno para el cuidado del ambiente y dará a conocer los ordenamientos legales que regulan actividades que incidan en el ambiente, al personal de la empresa que participe en la obra, así como la elaboración y entrega en tiempo y forma de los informes requisitados en las presentes bases y en su caso, lo que se indique en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), Estudio Técnico Justificativo (ETJ), el Resolutivo de Impacto Ambiental y El Resolutivo de Cambio de Uso de Suelo, a los distintos organismos como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y los entregará en los plazos establecidos en las presentes bases y como se indique en los resolutivos respectivos. La contratista será la única responsable de la elaboración y entrega de los mismos.

Para el control de la calidad de la aplicación de las medidas de mitigación, deberá entregar lo siguiente:

1. Plan de Manejo Ambiental2. Programa de reforestación en el tramo contratado, avalado por el Especialista

Ambiental contratado como asesor.3. Programa de rescate flora y fauna silvestre4. Programa de restitución de suelos y reforestación en banco de materiales utilizados.5. Programa de restitución de suelos y reforestación en sitios ocupados por

instalaciones fuera de zona urbana.6. Plan y procedimientos de atención a emergencias y restauración de suelos

contaminados por derrames de combustible y/o aceites lubricantes.7. Procedimientos para el mantenimiento de maquinaria y vehículos.8. Informes mensuales o por cada estimación a la que se le de trámite del cumplimiento

de medidas de mitigación de impactos ambientales a la SCT, y SEMARNAT y PROFEPA en caso de requerirse.

Esta documentación deberá entregarla hasta un mes después de que se le comunique el fallo del proceso de licitación y cada programa presentado deberá estar firmado por el Residente de la Obra por la Empresa, El Residente de Carreteras Alimentadoras de la SCT y por el Asesor Ambiental.

MEDICIÓN

Se deberá entregar a la secretaría un informe que corresponda a la aplicación de Medidas de Mitigación de Impacto Ambiental, de acuerdo a los trabajos de obra que se ejecutan, esto, de acuerdo a programas y planes presentados y autorizados de ejecución de medidas de mitigación, que se deberán considerar desde la preparación de sitios necesarios para el inicio de trabajos hasta su terminación con trabajos de limpieza y rehabilitación de suelos y reforestación en campamentos y bancos de material, además de otras actividades adicionales de protección al medio ambiente; se considera como unidad de medida el lote.

BASE DE PAGO

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El pago se realizará por unidad de obra terminada (actividad ambiental terminada), se considerará al precio fijado en el contrato por todos y cada uno de los documentos solicitados y para las actividades de aplicación de las medidas de mitigación que se detallarán en el informe respectivo y que deben ser congruentes con los planes, programas solicitados y con las etapas del proyecto en desarrollo. Este precio unitario incluye la elaboración de todos los documentos que se solicitan, el desarrollo de las actividades necesarias en la aplicación de las medidas de mitigación, el recurso necesario para la contratación del personal requerido, así como de todos aquellos materiales e insumos necesarios para el cumplimiento de estas medidas y otros aspectos relevantes como resultado de detectar oportunamente errores en su aplicación, omisiones o inconsistencias en la ejecución de trabajos constructivos que impacten negativamente en mayor grado al ambiente, así como de los diseños y especificaciones de detalles.

La contratista deberá considerar todo lo necesario para la correcta y completa ejecución de los trabajos de mitigación de impactos al ambiente, en los plazos establecidos para ello, ya que esta será la única responsable de los mismos y deberá comparecer ante las instituciones, organismos normativos e instancias legales que demanden acciones de compensación y restauración de daños y demás que resulten por incumplimiento en tiempo y forma de las medidas de mitigación.

a) Ejecución y seguimiento en campo de las medidas de mitigacion de impacto ambiental.

La contratista deberá aplicar las medidas de mitigación de impacto ambiental de acuerdo a los programas y planes, procedimientos presentados y como lo requiera la obra en desarrollo, además deberá elaborar los informes correspondientes, así como de hacerlo del conocimiento a sus trabajadores y el respectivo seguimiento de las Leyes y Reglamentos en materia ambiental, para garantizar se respete al medio ambiente y su hábitat, así como los ordenamientos legales con apego en las normas oficiales mexicanas y además ordenamientos jurídicos en materia de protección al ambiente y otras aplicables al proyecto, asesorados por un Especialista en Ambiente.

La Secretaría a través de la oficina de Estudios y Proyectos y Gestión Ambiental, de la Residencia General de Carreteras Alimentadoras, supervisará en el momento que así lo determine, el debido cumplimiento de las acciones en materia ambiental, y en su caso, realizará recomendaciones que la empresa está obligada a ejecutar en tiempo y forma, y dará el seguimiento necesario con la finalidad de minimizar los daños al ambiente.

En caso de visitas de la PROFEPA a la obra en ejecución, la empresa tiene la obligación de mostrar en campo y documentalmente los trabajos de medidas de mitigación y en caso del levantamiento de algún proceso administrativo, por la falta de documentos solicitados y la no ejecución en tiempo y forma de las medidas de mitigación, será la única responsable y deberá comparecer en los tribunales donde se le solicite y deberá cumplir con cada uno de los ordenamientos que dicte esta procuraduría cuyos gastos que se deriven para su debido cumplimiento y el monto de las sanciones económicas y demás que se deriven deberán ser cubiertas por la misma empresa, sin que esta Secretaría tenga la obligación de pagar estos trabajos extraordinarios.

b) Presentación de Informes.

La contratista deberá presentar un informe impreso y digitalizado en medio magnético, mensual o cuando se tramite alguna estimación, lo que ocurra primero, a la SCT, que refleje el estado de los trabajos sobre impacto ambiental y los comentarios sobre el desarrollo de las actividades así como los aspectos más relevantes considerando los planes y programas solicitados y previamente entregados en tiempo a esta secretaría. El contenido de esta

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información incluye U aplicadas, a descripción del Sistema Ambiental (SA), las actividades o conceptos de obra ejecutados, los Impactos Ambientales generados, las medidas de mitigación de impacto ambiental aplicadas, las evidencias de haberlas aplicado y su resultado y comentarios pertinentes, así como cualquier otro dato e información relevante. Todos los informes sin excepción, deberán estar avalados por un Especialista en Ambiente y Residente en Obra por la empresa, con firmas autógrafas y rubricas en todas sus hojas.

La contratista entregará a la secretaría un ejemplar del informe en forma impresa y una en forma magnética (CD), en el plazo arriba señalado o cuando la secretaría se lo solicite en la fecha en que se indique, y en caso de requerirse, dos ejemplares del informe impreso con las características que se especifiquen considerando los resolutivos de MIA Y ETJ (cuando aplique), que entregarán en SEMARNAT y PROFEPA, respectivamente, cuando esta secretaría a si se lo indique.

c) Carpeta de informe fotográfico.

La empresa contratista deberá presentar un informe fotográfico con la memoria descriptiva a la SCT de las fotografías para efecto del seguimiento de actividades en materia ambiental. Deberá tomar fotografías del sitio de la obra antes de iniciar, durante la ejecución captando las imágenes de lo mas relevante incluyendo las obras previamente inducidas (ductos de PEMEX, líneas eléctricas de baja y alta tensión, fibra óptica, ductos de agua potable, canales, etc.), hasta la terminación de los trabajos, esta carpeta debe ir anexa a cada informe que se presente, o cuando la secretaría así se lo solicite.

d) Informe de cumplimiento de condiciones para SEMARNAT y PROFEPA

La empresa contratista deberá elaborar informes en el periodo que se indique en el resolutivo de SEMARNAT que corresponda y previamente antes de su entrega a SEMARNAT y PROFEPA, deberá ser revisado, analizado y en su caso avalado por este Centro SCT para su entrega correspondiente. Cualquier situación y gastos adicionales que se deriven por el incumplimiento de este punto, será responsabilidad de la empresa.

e) Plan general, programas y ejecución de restitución del sitio al término de la obra.

Se elaborará un plan general que se deberá contemplar la ejecución de los trabajos de mitigacion ambiental que considere desde la preparación de sitios para campamentos, bodegas, parque de maquinaria, etc., las acciones que se deben aplicar en cada una de las etapas de la obra, al termino de cada una de estas, la reforestación con vegetación nativa de la zona y su mantenimiento por un año y una serie de acciones adicionales que se deben ejecutar al termino de la obra en su conjunto, para garantizar que la obra quede limpia de contaminantes y residuos que perjudique al medio ambiente y se propicie la regeneración natural de vegetación, así como de haber efectuado la restauración de los componentes ambientales dañados. El plan estará sujeto a su actualización con respecto a los elementos que resulten durante la ejecución de la obra hasta su terminación. El plan debe contener la atención de todos los elementos bióticos y abióticos del medio ambiente donde se ejecuta el proyecto, y así poder ejecutar las medidas para evitar, atenuar y/o compensar los impactos al ambiente presentados, entre las que se encuentran, por ejemplo, estabilización de taludes, reforestación (áreas verdes/pastización).

Al término del primer mes del periodo de los trabajos, mediante oficio la contratista deberá haber elaborado y entregado a la SCT:

1. Plan de Manejo Ambiental

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2. Programa de reforestación en el tramo contratado, avalado por el Especialista Ambiental contratado como asesor.

3. Programa de rescate flora y fauna silvestre4. Programa de restitución de suelos y reforestación en banco de materiales utilizados.5. Programa de restitución de suelos y reforestación en sitios ocupados por

instalaciones fuera de zona urbana.6. Plan y procedimientos de atención a emergencias y restauración de suelos

contaminados por derrames de combustible y/o aceites lubricantes.7. Procedimientos para el mantenimiento de maquinaria y vehículos.8. Informes mensuales o por cada estimación a la que se le de trámite del cumplimiento

de medidas de mitigación de impactos ambientales a la SCT, y SEMARNAT y PROFEPA en caso de requerirse.

Así mismo se tomará en cuenta que para la ejecución de actividades y la elaboración de informes deberán estar apegados a las normas, procedimientos, reglamentos y leyes en materia de impacto ambiental, lo que dicten los resolutivos y lo que se haya especificado en la MIA, debiendo contener toda la información necesaria para que las dependencias y autoridades ambientales las avalen siendo responsabilidad de la contratista por el incumplimiento de las mismas.

f) de la organización de la empresa para llevar a cabo las medidas de mitigaciónLa empresa contratista deberá contratar los servicios de un Especialista en Ambiente (EA) con experiencia comprobada, para su asesoramiento en la planeación, elaboración de programas y durante la aplicación de las medidas de mitigacion en el tiempo que dure el contrato; debe estar titulado y puede ser Biólogo, Ingeniero Ambiental, Ingeniero Forestal, Ingeniero Agrónomo, o de otra profesión a fin, que tendrá que ser puesto a consideración de esta secretaría antes de que se inicien los trabajos, esto mediante oficio y se deberá anexar el curriculum con documentación probatoria del Especialista en Ambiente y en el mismo oficio indicar el nombre del residente de obra responsable por la empresa, asimismo, especificar quien de su personal realizará labores de supervisión técnica en materia ambiental y cuatro o mas personas de apoyo de acuerdo al organigrama abajo presentado para las labores adicionales requeridas en la aplicación de medidas de mitigación.Organigrama tipo en materia ambiental que la empresa deberá utilizar durante la ejecución de los trabajos.

RESIDENTE DE OBRA DE LA EMPRESA (ROE)

PERSONAL DE APOYO (captura de datos, fotografía, video, recolección de basura y aplicación de medidas de

mitigación de impacto ambiental)

ASESOR ESPECIALISTA EN AMBIENTE (EA)

TECNICO EN MATERIA AMBIENTAL

(TA)

SE COORDINARÁ CON EL RESID. DE OBRA, ANALIZAN PROG. DE EJECUCIÓN PARA ELABORAR PLANES Y PROGRAMAS EN MATERIA AMBIENTAL Y ASESORA COMO DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES AL TÉCNICO AMBIENTAL (TA).

- TIENE COPIA DE PLANES Y PROGRAMAS- COORDINA TRABAJOS DE PERSONAL DE

APOYO DE ACUERDO A LAS INDICACIONES DEL (EA)

- INFORMA DE INCIDENCIAS AL (EA) Y AL (ROE)

SE COORDINA CON EL (EA) PARA ANALIZAR PERIODICAMENTE LOS TRABAJOS EJECUTADOS Y POR EJECUTAR Y LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL QUE SE TIENEN QUE APLICAR.

REALIZAN ACCIONES DE APLICACIÓN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, QUE LES SON ENCOMENDADAS POR EL (EA), (ROE) Y EL (TA).REPORTAN RESULTADOS Y EVIDENCIAS DE TRABAJO

BRIGADA

AMBIENTAL

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El Especialista en Ambiente, así como el residente de obra de la empresa, deberán coordinarse y tener buena comunicación, pues ambos serán responsables de la aplicación correcta y apropiada de las medidas de mitigación así como de la veracidad y contenido de los informes que se presenten, los cuales deberán rubricar las hojas del documento y firmarán al final del mismo.

Funciones y responsabilidades de los participantes en la aplicación de medidas de mitigación de impacto ambiental

ESPECIALISTA AMBIENTAL (EA)Funciones.-

Deberá coordinarse con el Residente de Obra de la Empresa (ROE) para analizar el programa de ejecución de la obra y elaborara los planes y programas solicitados.

Reunirse cuando menos mensualmente con el (ROE) para hacer ajustes a los programas en caso de ser necesario, por la reprogramación que pudiera haber de la obra.

Coordinadamente con el (ROE), dar instrucciones al Técnico Ambiental (TA) de cómo desarrollar de manera apropiada las actividades encomendadas

Proponer soluciones a situaciones inesperadas o contingencias de tipo ambiental Diseñar letreros alusivos al cuidado del medio ambiente y de seguridad. Analizar las evidencias proporcionadas por el (TA) Elaborar los informes de medidas de mitigación de impacto ambiental

Responsabilidades.- Responsable de que se implementen las mejores medidas de mitigación de impacto

ambiental Responsable de la programación de actividades Responsable del contenido de los informes de aplicación de medidas de mitigación de

impacto ambiental.

RESIDENTE DE OBRA DE LA EMPRESA (ROE)Funciones.-

Coordinarse con el (EA) para la elaboración de programas y planes en materia ambiental. Comunicarle al (EA) de los cambios en el programa de ejecución de la obra. Analizar conjuntamente con el (EA) posibles cambios en los programas y planes en

materia ambiental. Dar las facilidades para la ejecución de las medidas de mitigación de impacto ambiental,

proporcionando la herramienta necesaria, maquinaria y vehículos requeridos. Atender y proporcionar un informe de la aplicación de medidas de mitigación de impacto

ambiental al personal de la Residencia General de Carreteras Alimentadoras del Centro SCT, que se presente para verificar los trabajos desarrollados en materia ambiental.

Responsabilidades.- Responsable de la totalidad de trabajos ejecutados en la obra. Avalar las actividades de medidas de mitigación de impacto ambiental, contenidas en los

informes presentados. Proporcionar la herramienta necesaria para desarrollar actividades de medidas de

mitigación de impacto ambiental, requeridas y por la Brigada Ambiental. Cuando se requiera apoyará de la maquinaria y equipo necesario para desarrollar

actividades de medidas de mitigación de impacto ambiental.

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TÉCNICO AMBIENTAL (TA)Funciones.-

Ejecutar y supervisar que las actividades de medidas de mitigación de impacto ambiental se desarrollen de acuerdo a los planes y programas vigentes.

Supervisar la elaboración de señalamientos alusivos al cuidado del ambiente. Registrar e integrar las evidencias necesarias del desarrollo de las actividades de impacto

ambiental Comunicarle al (EA) y al (ROE) de las incidencias en la ejecución de actividades de

impacto ambiental. Atender y proporcionar un informe de la aplicación de medidas de mitigación de impacto

ambiental al personal de la Residencia General de Carreteras Alimentadoras del Centro SCT, que se presente para verificar los trabajos desarrollados en materia ambiental.

Solicitarle al (ROE) el apoyo requerido en herramientas, insumos y equipo. Supervisar que todas las áreas del campamento cumplan con los requisitos de seguridad.

Responsabilidad.- Verificar que las actividades se realicen de acuerdo a la metodología, procedimientos y

recomendaciones indicadas por el (EA) Dotar de las herramientas e insumos necesarios a la brigada de apoyo para realizar

actividades de impacto ambiental. Que las evidencias presentadas muestren claramente las actividades desarrolladas

PERSONAL DE APOYOEl grupo de personal de Apoyo Ambiental estará integrado con al menos cuatro personas.Funciones.-

Realizar las actividades de mitigación de impacto ambiental de acuerdo a lo indicado por el (TA), y el (EA).

Realizar los señalamientos alusivos al cuidado del medio ambiente de acuerdo al diseño que se les proporcione.

Solicitar la herramienta e insumos necesarios al (TA) Colocar señalamientos alusivos al cuidado del medio ambiente donde se les indique.

Responsabilidades.- Comunicar al (TA) de la efectividad de las medidas de mitigación de impacto ambiental y

de sus incidencias. Ejecutar las actividades encomendadas de acuerdo a las indicaciones proporcionadas por

el (EA), (ROE) y/o (TA).

HERRAMIENTA Y EQUIPO BÁSICO CON QUE DEBE CONTAR LA BRIGADA AMBIENTAL

CAMIONETA PICK UP VEHI. 1CARRETILLAS PZA. 2PALAS PUNTA REDONDA PZA. 4PALAS DERECHAS PUNTA CUADRADA PZA. 4ZAPAPICOS PZA. 4MACHETES PZA. 4BOMBA DE FUMIGACIÓN CON MOTOR PZA. 2BARRETAR GRANDES PZA. 2

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SERROTE GRANDE PZA. 4MARTILLOS CON UÑA PZA. 4MOTOSIERRA CHICA PZA. 2MOTOSIERRA MEDIANA PZA. 2ESMERIL ELECTRICO PZA. 1PIEDRA DE ESMERIL PZA. 4PINZAS MECANICAS PZA. 4PINZAS DE ELECTRICISTA GRANDES PZA. 4CORTADOR DE NAVAJAS PARA PLASTICO PZA. 4CASCO DE SEGURIDAD PZA. 4BOTAS TIPO ELECTRICISTA (PARES) PZA. 4GUANTES DE PIEL PARA EL TRABAJO (PARES) PZA. 4GUANTES DE HULE (PARES) PZA. 4GAFAS DE PROTECCIÓN PARA EL TRABAJO PZA. 4El personal deberá estar equipado con casco protector, botas tipo electricista, guantes de piel, guantes de hule y gafas de protección para el trabajo. Se verificará que el personal que integra la brigada ambiental porte el equipo de protección, además de verificar la existencia de esta herramienta de trabajo en el campamento.

La empresa contratista deberá considerar en su nomina de trabajadores, el salario permanente del personal que compone la brigada ambiental y esta brigada estará dedicada única y exclusivamente a realizar actividades de medidas de mitigación de impacto ambiental.

La empresa solo podrá afectar al medio ambiente en la ejecución de trabajos donde el proyecto lo señala apegándose a los procedimientos constructivos indicados en el proyecto y de aquellos que previa opinión de la secretaría se consideren apropiados.

Se prohíbe la caza, captura furtiva de la fauna silvestre, la recolección de especies de flora silvestre de cualquier tipo por parte de todo el personal de base y contratado por la empresa.

Cualquier afectación fuera de los límites del proyecto y el incumplimiento de lo indicado en el párrafo anterior, o por no aplicar en tiempo y/o de manera apropiada las medidas de mitigación, será responsabilidad absoluta de la empresa y toda erogación económica requerida para restauración de daños y demás sanciones económicas correrán por parte de la empresa, además de asumir cualquier otra responsabilidad legal a que haya lugar.

Al término de la obra, la contratista deberá entregar una fianza de cumplimiento en materia ambiental por el 20% del monto total de la aplicación de las medidas de mitigación, por posibles deficiencias en la aplicación de medidas de mitigación y que requiera de algún trabajo adicional para reestablecer daños, o para trabajos de reforestación de aquellas plántulas que no hayan logrado sobrevivir, en un lapso de un año.

g) Documentos, actividades de mitigación de impactos negativos al ambiente e insumos requeridos para su aplicación que deberán ser considerados para cuantificar el monto económico de su propuesta en materia ambiental.

DOCUMENTOS: Plan de Manejo Ambiental Programa de reforestación en el tramo contratado, avalado por el Especialista

Ambiental contratado como asesor. Programa de rescate flora y fauna silvestre Programa de restitución de suelos y reforestación en banco de materiales utilizados.

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Programa de restitución de suelos y reforestación en sitios ocupados por instalaciones fuera de zona urbana.

Plan y procedimientos de atención a emergencias y restauración de suelos contaminados por derrames de combustible y/o aceites lubricantes.

Procedimientos para el mantenimiento de maquinaria y vehículos. Informes mensuales o por cada estimación a la que se le de trámite del cumplimiento

de medidas de mitigación de impactos ambientales a la SCT, y SEMARNAT y PROFEPA en caso de requerirse.

Informes y carpeta fotográfica mensual o por cada estimación de cumplimiento de medidas de mitigación a impactos ambientales a SCT, SEMARNAT y PROFEPA.

ACTIVIDADES: Ejecución de la restitución de suelos y la reforestación en los bancos de materiales

Reforestación con especies vegetales de la zona, costo de su mantenimiento y protección por un año.

Contratación de empresa especializada para el tratamiento de suelo contaminado

Apilamiento de árboles maderables a un lado del camino

Picado y colocación del material vegetal en el arrope taludes para propiciar la regeneración natural de la vegetación.

Acamellonado o amontonado de material de capa vegetal de suelo producto del despalme del terreno.

Tendido y acomodo del material producto del despalme en tramos terminados para propiciar la regeneración vegetal.

Elaboración, colocación y mantenimiento de señalamiento alusivos al cuidado del medio ambiente.

Elaboración, colocación y mantenimiento de señalamiento alusivo a la precaución y prevención de transeúntes y automovilistas en los tramos y frentes de trabajo.

Colocación y mantenimiento de letrinas, una por cada 10 trabajadores en campo

Colocación de botes con tapa para la recolección de basura orgánica e inorgánica en las instalaciones, frentes de trabajo y donde sean requeridos.

Colocación de extintores en todas las instalaciones y su recarga periódica

Pasto y su plantación para arropar taludes producto de cortes y en taludes de terraplenes.

Capacitación del personal para el conocimiento de la legislación en materia ambiental y leyes y códigos que sancionan su incumplimiento y violación a sus disposiciones, así como de su compromiso para contribuir en la aplicación de las medidas de mitigación.

Colocación de lonas para cubrir los camiones en el acarreo de material.

Riegos con pipas de agua dos veces al día en el tramo en ejecución y por donde transiten los camiones de la empresa, así como en los bancos de material.

Acarreos de material de desperdicio a sitios de tiro para evitar la contaminación de ríos, escorrentías y parcelas agrícolas.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Y MEDIDAS PARA MITIGAR LOS IMPACTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE.

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1. Si se requiere de instalaciones como campamentos, bodegas, comedores, parque de maquinaria y/o de otras necesarias en áreas no urbanas, el Especialista en Ambiente junto con el Residente de Obra de la Contratista analizarán los sitios mas viables para su construcción; la contratista deberá entregar un documento firmado anexo al primer informe donde el Especialista en Ambiente avala los sitios elegidos que estarán georeferenciados incluyendo fotografías y las medidas de mitigacion que se realizarán mientras duren estas instalaciones provisionales para minimizar alteraciones al ambiente, acciones que tendrán que ser reportadas en los informes desde que las instalaciones se construyan, estén en operación y cuando estas sean desmanteladas.

2. Antes de iniciar cualquier actividad que altere el estatus actual del ambiente, el Especialista en Ambiente junto con el Supervisor Técnico de la empresa, realizarán un recorrido para identificar especies de flora y fauna que de acuerdo a la normatividad en materia ambiental vigente (Normas Oficiales Mexicanas), sean susceptible de rescatar y reubicar, o lo que proponga hacer el Especialista y se realizarán estas actividades de rescate tanto de la flora como de la fauna de acuerdo al procedimiento que dicte el Especialista para dar cumplimiento con la normatividad. De esta actividad se presentará un reporte escrito apoyando con fotografías que se incluirán en los informes respectivos.

3. En la etapa de desmonte y/o deshierbe, la empresa deberá apilar a los lados del camino los arbolés maderables así como la leña producto de árboles de menor diámetro que sean removidos para la realización de la obra de acuerdo al proyecto, para que las autoridades locales (comisariados y/o comisarios) o en su caso los dueños de las propiedades determinen el uso que le darán; la vegetación removida no aprovechable deberá ser picada para ser utilizada para el arrope de taludes o posteriormente en la etapa de reforestación y deberá ser ubicada a los lados del camino para favorecer la regeneración de nueva vegetación o utilizarla como lo recomiende el Especialista en Ambiente. De estas actividades se tomarán evidencias.

4. En la actividad de despalme, la capa vegetal producto de esta actividad, se acamellonará o amontonará en el lugar que determine el Especialista en Ambiente para su posterior utilización en la reforestación y/o arrope de taludes para favorecer la regeneración natural de vegetación.

5. Desde el inicio de los trabajos hasta la terminación se colocarán y mantendrán señalamientos alusivos al cuidado del ambiente, en particular del cuidado de las corrientes de agua, bosques y suelos y otras que en particular recomiende por escrito el Especialista en Ambiente. El Especialista en Ambiente junto con el Residente de Obra de la empresa, acudirán con las autoridades locales para formalizar un convenio que evite el saqueo de los bosques por parte de los habitantes locales cuando menos el lo que duran los trabajos que la empresa desarrolla, para evitar observaciones por la PROFEPA.

6. Mientras dure la obra, en los frentes de trabajo y los tramos ya trabajados y donde se requiera de acuerdo con las observaciones del Especialista en Ambiente, se colocarán señalamientos de seguridad alusivos a la precaución y prevención que deberán tener los transeúntes y automovilistas por los trabajos que se desarrollan, para evitar algún riesgo de accidente.

7. En las instalaciones provisionales construidas por la empresa, se colocarán letreros alusivos al uso a que se destinan (ejemplos: ALMACÉN, DORMITORIOS, OFICINAS, SANITARIOS, COMEDOR, etc.), así como también señalamientos alusivos a la peligrosidad de los materiales que se almacenen, identificación de sitios y recipientes

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indicando su contenido (ejemplos; ACEITE QUEMADO, GASOLINA, CEMENTO, SOLVENTES, EXTINGUIDOR, etc.).

8. en los sitios en los que se almacene material peligroso, como combustible, aceite y grasas, deberá construirse las instalaciones apropiadas, para en caso de accidente no se contamine el suelo y se facilite la limpieza del mismo. Para el caso de explosivos, la instalación deberá cumplir con especificaciones que indique el (EA).

9. En los frentes de trabajo y campamentos fuera de la zona urbana se deberán colocar letrinas en razón de una por cada 10 trabajadores, evitando defecar al aire libre; la ubicación del sitio de colocación de las letrinas será responsabilidad del Especialista en Ambiente y su uso será supervisado por el Técnico Ambiental. El Especialista en Ambiente brindará el asesoramiento a la empresa constructora para el mejor manejo de los residuos orgánicos. El mantenimiento de estas letrinas lo realizará LA Brigada Ambiental, como lo indique el Especialista en Ambiente o bien recomendar la contratación de algún servicio de mantenimiento.

10. En los frentes de trabajo así como en todas las instalaciones de la empresa se deberán colocar botes con tapa para la recolección de la basura orgánica e inorgánica con sus letreros alusivos respectivos; el Especialista en Ambiente asesorará a la empresa para el uso y manejo de esta basura considerando siempre acciones que minimicen los impactos al ambiente. El Personal de Apoyo que se destine, bajo la vigilancia del Técnico realizará cuando menos una vez a la semana, labores de limpieza en el tramo de trabajos así como en todas y cada una de las instalaciones con que cuente la empresa, haciendo una clasificación de la materia orgánica e inorgánica.

11. Reforestación con especies vegetales de la zona a ambos lados del camino con una separación entre árboles de 5 mts. o como lo indique el Programa de Reforestación, esta reforestación se realizará en el tiempos señalados en el Programa de Reforestación presentado, al cual se le podrán realizar los ajustes pertinentes siempre y cuando se informe con una semana de anticipación al personal responsable de la supervisión en materia ambiental de este Centro SCT y este avale los ajustes propuestos en las nuevas fechas, esta reforestación se realizará en los sitios que determine el Especialista en Ambiente, para favorecer su supervivencia y crecimiento. La empresa por medio de su Residente de Obra aportará todos los recursos e insumos necesarios para la reforestación, que se llevará acabo bajo la vigilancia del Especialista en Ambiente y el Técnico Ambiental. Las áreas reforestadas tendrá que ser protegidas con alambrados o cercos de otro tipo para su protección permanente; deberá dársele un mantenimiento y protección por un año después de entregada la obra y su mantenimiento consistirá en el riego con agua dos veces por semana, la limpieza de vegetación invasora, así como, de fumigarse para prevenir plagas que puedan dañarlos.

12. Colocar extintores en cada una de las instalaciones y por lo menos 4 ubicados estrategicamente en los sitios donde se almacenen y/o maneje combustible y lubricantes y material flamable o peligroso (dos en la parte de afuera y dos en el interior), se deberá realizar la recarga de estos cuando menos cada cuatro meses de manera programada de tal manera que las instalaciones no se queden desprotegidas y en particular las áreas que mantienen material de alto riesgo.

13. Procedimiento para el mantenimiento preventivo y correctivo de maquinaria y vehículos. En su elaboración y aplicación se beberá considerar el cuidado, protección y limpieza del suelo y evitar en todo momento su contaminación, la protección de corrientes de agua, la disposición y destino de material de desecho impregnado con aceites, combustibles y

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solventes, así como del material contaminado producto de la limpieza de piezas e higiene del personal que realiza el mantenimiento.

14. promover entre los trabajadores el conocimiento de las disposiciones y sanciones que las leyes en la materia establecen para la protección del ambiente.

15. Durante los acarreos de material al frente de trabajos o campamento, sin excepción todos los camiones deberán cubrirse con una lona sin perforaciones, adecuadamente sujeta para evitar el desprendimiento de material durante el acarreo y que se ocasione algún accidente a transeúntes y demás vehículos que circulen.

16. se deben realizar dos riegos al día con pipas de agua en los tramos transitados por los camiones y maquinaria para evitar que el polvo contamine y dañe a la flora silvestre en la periferia del proyecto y minimizar los efectos negativos del polvo a poblaciones y usuarios del camino.

17. todas aquellas otras actividades que no estén relacionadas y sean consideradas en la MIA y Resolutivos de la SEMARNAT.

GENERALIDADES.

LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES, DE ACCIONES COMPENSATORIAS AL MEDIO AMBIENTE, SON PARTE DEL LOS CONCEPTOS DE LA OBRA, Y QUE LE DAN UN SENTIDO DE SUSTENTABILIDAD A LA MISMA, CONTRIBUYENDO A LA INTEGRACIÓN DE LA OBRA AL AMBIENTE EN UN PERIODO MAS CORTO. LA CUANTIFICACIÓN INADECUADA DE RECURSOS, INSUMOS, HERRAMIENTAS Y EL COSTO DE ACTIVIDADES QUE GARANTICEN LA CORRECTA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN, SERA MOTIVO SUFICIENTE PARA DESECHAR LA PROPUESTA.

NO SE CONSIDERARÁ TERMINADA LA OBRA PARA SU FINIQUITO SI QUEDAN ACCIONES PENDIENTES DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN QUE LA CONTRATISTA TENGA QUE EJECUTAR, Y HASTA QUE PERSONAL DE ESTA SECRETARÍA, RESIDENTE DE OBRA Y EL RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN AVALEN SU CUMPLIMIENTO.

LA EMPRESA DEBE CONSIDERAR EL RECURSO NECESARIO PARA DAR EL MANTENIMIENTO A LA PLANTA PRODUCTO DE REFORESTACIÓN, Y DEL RESCATE DE AQUELLAS ESPECIES PORTEGIDAS EN SU CASO, POR UN AÑO DESPUES DE ENTREGADA LA OBRA.

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LICITACION No.: XXXXXXXXXXXX

OBRA: PAVIMENTACION

CAMINO:

TRAMO:

MUNICIPIO:

ESTADO: GUERRERO

TRABAJOS POR EJECUTAR

Las obras objeto del concurso se refieren a la realización de las actividades necesarias para la Construcción de Terracerías, Construcción de Obras de Drenaje, Pavimento y Señalamiento del Camino: ____________y que comprenden trabajos de terracerías,

TRABAJOS POR EJECUTAR

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obras de drenaje, trabajos diversos, pavimento y señalamiento, debiéndose realizar de acuerdo con lo que fije esta Dependencia en las presentes bases de licitación, siguiendo los lineamientos que en términos generales se describen más adelante.

El concursante deberá tener en cuenta al formular su proposición, que con la inversión autorizada deberá programar la ejecución de los trabajos durante todo el plazo de ejecución en el subtramo estipulado, para lo que presentará programas Mensuales para el ejercicio y que éstos últimos se ajustarán mensualmente con la Residencia de Obra para atender los requerimientos de la modernización.

En la ejecución de los conceptos de obra de la modernización regirán en lo conducente, el contenido de: las Especificaciones Particulares, la Normatividad para la Infraestructura del Transporte y lo que proceda, en cada caso, de las Normas de Construcción e Instalaciones de esta Dependencia; lo dispuesto en el Manual de Señalamiento y Dispositivos de Control del Tránsito en Calles y Carreteras, ultima edición de cada uno de sus libros.

El contratista se obliga a mantener en buenas condiciones de operación, durante toda la vigencia de los trabajos, la maquinaria y equipo de construcción que señaló en la Forma E-4 y que forma parte de su propuesta, y que como mínimo estará a disposición en el subtramo a modernizar, durante el plazo de ejecución del contrato, y que por ello no procederá ningún pago adicional.

EL CONCURSANTE, AL FORMULAR SU PROPOSICIÓN DEBERÁ CONSIDERAR LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS:

A).- Deberá preverse en la ejecución de los trabajos, utilizar de manera intensiva la mano de obra de la localidad y de la región.

B).- Para la ejecución de excavaciones en cortes, tomando en cuenta el conocimiento cabal en la clasificación de los materiales, “EL CONCURSANTE” será el responsable de la tramitación, en un tiempo perentorio, de los permisos general y particular para la obtención y utilización de explosivos que se requieran.

C).- Cuando el pago de las obras contratadas se haga por unidad de obra terminada, además de lo indicado en las cláusulas correspondientes a Base de Pago, los precios unitarios incluyen lo que resulte por la construcción y conservación de las desviaciones y caminos de acceso necesarios. Por lo tanto, no se pagará por separado ninguno de los trabajos mencionados en este Inciso.

D).- Dispositivos de protección, señalamiento e información. Durante la construcción de las obras del concurso y hasta que éstas le sean recibidas, el Contratista estará obligado a sujetarse a las disposiciones de seguridad, contenidas en el capítulo VI del Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras de la SCT, Quinta Edición 1986, en la inteligencia de que no se le autorizará la iniciación de ninguna clase de trabajos hasta que haya colocado a satisfacción de “LA DEPENDENCIA”,

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las señales y dispositivos de protección respectivas en la forma y condiciones indicadas en dicho capítulo. Además, el contratista queda obligado a colocar en cada uno de los dos (2) lugares del tramo que le indique la Dependencia, un “Letrero Informativo de la Obra” de tres (3) por seis (6) metros con la leyenda que oportunamente se le proporcione. Cada letrero se formará con un bastidor de madera de pino de cincuenta y un (51) milímetros por ciento dos (102) milímetros, reforzándolo en forma adecuada con madera de las mismas dimensiones. La madera se tratará con aceite quemado o aceite de linaza para protegerla. Sobre el bastidor se colocará una lámina del número dieciocho (18) doblándola hacia atrás y clavándola en todo el perímetro. Para el fondo del letrero y la leyenda alusiva se usará pintura de aceite de color azul, negro y blanco.

Además, el Contratista estará obligado a tomar todas las providencias que sean necesarias para mantener la continuidad y fluidez del tránsito y disponer los trabajos en tal forma que se reduzcan al mínimo las molestias que se ocasionen a los usuarios por la construcción de las obras y a extremar las precauciones para prevenir y evitar al tránsito, accidentes de cualquier naturaleza, ya sea con motivo de las obras o por los movimientos de su maquinaria, equipo o abastecimiento de material.

E).- Con objeto de no interrumpir la circulación de vehículos en el subtramo en cuestión, deberá trabajarse por alas en forma alternada, colocando el señalamiento y dispositivos de protección en obras y cuyas condiciones mínimas se describen en el anexo respectivo; el proponente en sus indirectos deberá considerar lo necesario para la colocación, movimientos y mantenimiento de dicho señalamiento y no se afectará ningún pago adicional por dichos conceptos.

F).- El concursante, de acuerdo con el conocimiento cabal que tiene de los trabajos a realizar y de la región, propondrá el o los bancos de material pétreo que a su juicio considere los convenientes para la ejecución de los mismos, debiendo tomar siempre en cuenta que dichos bancos garanticen las normas de calidad requeridas, y que de preferencia se encuentren en explotación. El mismo concursante deberá cerciorarse de que los bancos de materiales propuestos se encuentren libres de gravámenes ante la Secretaría de Desarrollo Social, la Comisión Nacional del Agua, y que los propietarios o concesionarios den su anuencia para su explotación. La liberación de los bancos de materiales así como el pago de las regalías y otros pagos inherentes correrán por cuenta exclusiva del concursante; por lo tanto, en los análisis detallados de precios unitarios correspondientes, deberá considerar estos aspectos. Asimismo, el contratista será el responsable de la tramitación y uso de explosivos que se requieran, la dependencia no aceptara reclamaciones debido a alguna consideración no prevista por el proponente. Los bancos de materiales pétreos propuestos por la empresa deberán de indicarse en el anexo.

G).- “EL CONCURSANTE” deberá tener en cuenta en su Proposición que los bancos para obtener la piedra, la grava, la arena y el agua necesarios

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para la construcción de las obras de drenaje y trabajos diversos, deberán ser localizados y propuestos por “EL CONCURSANTE”.

En el caso de que “LA DEPENDENCIA”, por alguna razón no acepte los bancos que se le propongan y sea necesario extraer los materiales de alguno o algunos bancos distintos a los inicialmente considerados por “EL CONCURSANTE” y/o requieran tratamientos adicionales, ese cambio no será motivo de modificación alguna a los precios unitarios anotados en el Catálogo (Forma E-7).

H).- Una vez adjudicado el Contrato, el Contratista puede proponer que se exploten otros préstamos no fijados en el proyecto; “LA DEPENDENCIA”, podrá rechazar esa proposición o aceptarla, si considera que le conviene, siempre y cuando el material que se proponga sea por lo menos de calidad igual a la del préstamo especificado.

I).- En la elaboración de sus análisis detallados de Precios Unitarios, en los acarreos de materiales pétreos para terracerías, obras de drenaje y pavimentos, “EL CONCURSANTE” deberá tomar en cuenta lo siguiente:

1).-Que podrá emplear en el transporte de materiales de construcción, indistintamente vehículos de su propiedad o pertenecientes a sindicatos o uniones de transportistas de la región.

2).- Que deberá considerar en cada uno de los análisis correspondientes, las condiciones específicas que influirán en el acarreo como el tipo de terreno (plano, lomerío o montañoso), pendientes, curvaturas, superficie de rodamiento y la longitud del mismo, así como la proporción en que intervendrán los vehículos propios y/o de las asociaciones o uniones de transportistas que considere emplear en el transporte de los materiales térreos o pétreos.

3).- Que será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales, de seguridad social, de convenios que celebre y demás ordenamientos en materia de estos trabajos, por lo que se compromete y acepta responder en forma satisfactoria de todas las reclamaciones que presentaren sus trabajadores o en su caso, las asociaciones o uniones de transportistas de la región y a que esto no sea motivo para reclamar a “LA DEPENDENCIA”, a excepción de lo establecido en el inciso K) siguiente.

4).- Que en la integración de estos precios unitarios, deberá considerar los costos de los insumos vigentes en la zona o región de que se trate.

5).- Que para la revisión y ajuste de los costos que integran estos precios unitarios, cuando ocurran circunstancias imprevistas de orden económico no previstas en el contrato, pero que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualquiera de las partes, determine un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados al momento de ocurrir

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dicha contingencia, se hará en su caso mediante la aplicación de cualesquiera de los procedimientos indicados en las fracciones I, II y III del articulo 57 de la Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y los aplicables de su Reglamento.

J).- El medio de que disponga el contratista que resulte ganador para realizar dichos acarreos, así como el acuerdo a que llegue con alguna empresa o unión de transportistas para realizarlos será de su exclusiva responsabilidad, por lo cual la dependencia no tendrá ninguna injerencia.

K).- Los conceptos que no sean objetos de medición no estarán sujetos a pagos por separado, pues se considera que sus importes ya se han distribuido proporcionalmente o como corresponda, en los diversos precios unitarios del contrato”, lo cual es aplicable a las mermas y a los desperdicios.

L).- La formación y compactación por unidad de obra terminada de terraplenes compactados al noventa y cinco por ciento (95%) comprende a la capa subrasante de espesor conforme se indica en el proyecto, por lo que “EL CONCURSANTE” deberá considerar en sus análisis detallados de precios unitarios. El disgregado y/o la eliminación del material mayor de 76 mm (3”), en su caso, y los acarreos del material pétreo, así como del agua empleada en su construcción.

M).- Cuando a juicio de “LA DEPENDENCIA” sea necesario llevar a cabo trabajos extraordinarios que no estén comprendidos en el proyecto y en el programa, se procederá de la siguiente forma:

1.- Trabajos extraordinarios a base de precios unitarios.

a) Si existen conceptos y precios unitarios estipulados en el contrato que sean aplicables a los trabajos de que se trate, “LA DEPENDENCIA” estará facultada para ordenar al Contratista su ejecución y éste se obliga a realizarlos conforme a dichos precios,

b) Si para estos trabajos no existieren conceptos y precios unitarios en el contrato y “LA DEPENDENCIA” considera factible determinar los nuevos precios con base en los elementos contenidos en los análisis de los precios ya establecidos en el contrato, procederá a determinar los nuevos, con la intervención del Contratista y éste estará obligado a ejecutar los trabajos conforme a tales precios.

c) Si no fuera posible determinar los nuevos precios unitarios en la forma establecida en los incisos anteriores, “LA DEPENDENCIA” aplicará los precios unitarios contenidos en sus tabuladores en vigor, o en su defecto, para calcular los nuevos precios, tomará en cuenta los elementos que sirvieron de base para formular los precios de tabulador.

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En uno u otro caso el Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos conforme a los nuevos precios.

N).- El Contratista deberá tomar en cuenta al proponer los precios unitarios para los conceptos de trabajo, cuando se estipule que el pago se hará por Unidad de Obra Terminada, todas las condiciones que puedan influir en ellos y que los datos asentados en el proyecto y/o Pliego de Requisitos, tales como clasificaciones y abundamiento de materiales, disposición de los estratos y otras características, los ha proporcionado la Secretaría únicamente como orientación a título informativo. En consecuencia, queda bajo la responsabilidad del proponente juzgar de todas las circunstancias, de manera que si cualquiera de ellas resulta diferente en la realidad a como consideró el proponente, por ejemplo en la clasificación de los materiales, la diferencia no justificará reclamación alguna del Contratista en cuanto a los precios unitarios.

Ñ).- La dependencia supervisara los frentes de ataque de los bancos de materiales y el contratista observara las precauciones necesarias para evitar contaminar el material útil aprovechable, ya que no se efectuara ningún pago por separado por este concepto ni por los desperdicios.

O).- Los espesores que han sido indicados, corresponden a material ya compactado al grado que en cada caso fue señalado.

P).- Las dosificaciones de los materiales pétreos, asfálticos y aditivos que se indican en estos trabajos a ejecutar como fue señalado en cada caso, son aproximados y las definitivas serán las que, previos estudios, presenten las empresas, en cuyo caso serán avaladas y autorizadas por la dependencia.

Q).- El contratista será el único responsable de la ejecución de las obras. Cuando éstas no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado la Secretaría ordenará su reparación o reposición inmediata, así como la ejecución de las obras adicionales que resulten necesarias, lo que hará por su cuenta el Contratista, sin que tenga derecho a retribución adicional alguna por ello.

El contratista será responsable de los daños y perjuicios que cause a la Secretaría o a terceras personas: con motivo de la ejecución de las obras, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones dadas por escrito por la Secretaría o por violación a las leyes y reglamentos aplicables.

Cuando dentro del año siguiente a la fecha de recepción de una obra, aparecieran defectos o vicios en ésta como consecuencia de una mala ejecución, la Secretaría ordenará su reparación o reposición inmediata, así como la construcción de las obras adicionales que resulten necesarias, lo que hará por su cuenta el Contratista sin que tenga derecho a retribución por ello.

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R).- Solamente se medirán los trabajos que hayan sido ejecutados correctamente de acuerdo con lo indicado en la cláusula de Ejecución de estas Normas. No se medirán los trabajos que el Contratista haya ejecutado deficientemente ni los que tenga que realizar para corregirlos.

S).- En los precios unitarios queda incluido y no se pagará por separado la correspondiente a la conservación de las obras hasta su recepción por parte de la Secretaría, ni la limpieza general de las mismas y de las zonas de trabajo adyacentes, que ejecute el Contratista de acuerdo con las indicaciones de la Secretaría.

T).- EL CONTRATISTA, considerara todo lo referente al personal profesional, técnico y de apoyo; las instalaciones, equipo y materiales de laboratorio, así como el equipo de transporte, que sean adecuados y suficientes de acuerdo con el programa detallado de control de calidad, así como la brigada topográfica que estará a disposición de “LA DEPENDENCIA”, para llevar un buen control en los niveles, todo esto deberá de incluirse en los indirectos de obra.

PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO

I.- TERRACERIAS.

A.- Desmonte.

1.-En los subtramos que apruebe la Dependencia y en los anchos que la misma indique, se despejará la vegetación existente en el derecho de vía, efectuando las labores de tala, roza y limpia. Se tendrá especial cuidado de no realizar estas labores cuando existan especies que por razones ambientales deban preservarse.

2.-Todo el material producto del desmonte deberá ser depositado en los sitios que indique la Dependencia. Los daños y perjuicios ocasionados a propiedades ajenas por trabajos inapropiadamente ejecutados, serán responsabilidad del contratista.

B.- Cortes.

Se realizarán para dar el ancho de corona del proyecto y/o lo indicado por la Secretaria y se compactara la superficie descubierta a un 90% de su P.V.S. máximo, determinado por la prueba AASHTO estándar.

C.- Terraplenes.

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Se construirán con el producto de los cortes de acuerdo a lo indicado en el proyecto y/o lo que ordene la Secretaria y se compactara al 90% de su P.V.S. máximo, determinado por la prueba AASHTO estándar; si el material es insuficiente, se utilizaran bancos de préstamo propuestos por el contratista y avalados por la Secretaria.

D.- Subrasante.

Una vez compactada, perfilada y acondicionada la superficie natural y/o terraplén, se construirá la capa de subrasante de 30 cms. de espesor, en los tramos que fije el proyecto y/o lo ordene la Secretaria, la cual se compactara al 95% de su P.V.S. máximo determinado mediante la prueba AASHTO estándar; se emplearan materiales producto del corte o de banco que determine la empresa contratista y avale la Secretaria.

II.- OBRAS DE DRENAJE.

A.-En los lugares que indique el proyecto se construirán alcantarillas tubulares de concreto armado de 1.20 m de diámetro, con muros de cabeza de mamposteria y alcantarillas de losa con estribos de mampostería de tercera clase, con la finalidad de permitir el libre escurrimiento del agua y no dañe el cuerpo del camino.

B.-Trabajos diversos:En los lugares que indique el proyecto se construirán bordillos de concreto hidráulico de 132 cm de sección con un f´c= 150 kg/cm, se revestirán las cunetas con concreto hidráulico de f´c= 150 kg/cm , y una sección de 1,040 cm.2 y lavaderos de concreto hidráulico de f´c= 150 kg/cm, con una sección de 1,400 cm. 2 ,con la finalidad de conducir el agua y no dañe el cuerpo del camino.

III.- PAVIMENTOS

A.- Sobre la capa sub-rasante se construirán una capa de sub-base de 15 cm. de espesor, compactada al 100 % de los bancos que elija el contratista, con un valor relativo de soporte de 50% mínimo y equivalente de arena 30% mínimo.

B.- Sobre la capa de sub-base se construirá la capa de base hidráulica de 15 cm. De espesor, compactada al 100 % de su P.V.S. máximo determinado mediante la prueba AASTHO modificada, con un valor relativo de soporte de 80 % mínimo y equivalente de arena 40 % min. Utilizando materiales pétreos triturados total o parcialmente y cribados, mismos que en su composición granulométrica, deberá

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alojarse en la zona 1, que deberá ser sensiblemente paralela a la zona de referencia.

El empleo de estos materiales será de uno o más bancos o una combinación de estos, mismos que serán propuestos por el contratista.

C.- RIEGO DE IMPREGNACIÓN.

Sobre la superficie de la base hidráulica construida, se aplicara un riego de impregnación con emulsión asfáltica de rompimiento lento o especial para impregnación ECI-60, en la cantidad necesaria para que garantice una penetración mayor a 0.4 cm., por lo que se deberá tomar en cuenta si se requiere una o mas aplicaciones; este riego comprenderá también los taludes de las capas de base hidráulica.

D.- CARPETAS ASFÁLTICAS CONSTRUIDAS CON MEZCLA .

Sobre la base hidráulica impregnada y barrida se construirá una carpeta de mezcla en caliente de materiales pétreos y cemento asfaltico con un espesor de 5 cm; utilizando material asfaltico Grado PG, previo al tendido de la mezcla se aplicará un riego de liga con emulsión asfáltica de rompimiento rápido a razón de 1.3 lts./m² o de acuerdo a lo indicado por el laboratorio.

lV.- SEÑALAMIENTO

En los lugares que indique el proyecto se colocara el señalamiento horizontal y vertical de acuerdo con las características indicas en las especificaciones particulares respectivas.

A) SEÑALAMIENTO HORIZONTAL.Una vez colocada la carpeta en caliente, se aplicarán las marcas sobre el pavimento como lo indica el proyecto y/o lo ordene la Secretaría.

B) SEÑALAMIENTO VERTICAL.Inmediatamente después de concluida la construcción de la carpeta asfáltica, se procederá a la colocación del señalamiento vertical tal y como lo indica el proyecto y/o lo ordene la Secretaría.

V. DOSIFICACIONES

Las dosificaciones de los materiales pétreos, asfálticos y aditivos que el contratista determine para la construcción y/o restitución de las diferentes capas de la estructura del pavimento, deberán ser las adecuadas para cumplir con las normas o especificaciones establecidas para ellas.

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VI.- ESPECIFICACIONES GENERALES

La calidad de los materiales y los procedimientos constructivos para la Pavimentación del Camino: Huamuxtitlan - Totolapa, tramo: del km. 0+000 al km. 6+040, en el Municipio de Huamuxtitlan, en el Estado de Guerrero, deberán sujetarse a lo indicado en la Normatividad para la Infraestructura del Transporte de la SCT de acuerdo a la Normatividad vigente.

Para el empleo de aditivos, en caso de requerirse, deberán observarse las condiciones estipuladas en el inciso 4.01.03.011-C.O2. De Normas para Construcción e Instalaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

VII. CALIDAD DE LAS OBRAS

Las empresas ejecutoras deberán contar con el laboratorio de campo que garantice la calidad de las obras, y además de lo señalado por la Dirección General de Servicios Técnicos, los gastos que incurran al realizar el control de calidad deberán incluirlo en los indirectos de obra, así como los dispositivos y señalamiento de protección de obra, contenedores y letrinas.

VIII. Con la finalidad de garantizar que los trabajos objeto de la presente licitación, se ejecuten satisfactoriamente, es necesario que la Secretaría tenga la seguridad que las empresas participantes de esta licitación, cuenten con el equipo adecuado y suficiente en capacidad, estado físico y mecánico, equipo auxiliar necesario, etc. Y que la calidad de los materiales de los bancos que se proponga sea la adecuada, por tal motivo se realizara una visita para constatar los puntos anteriores y mencionados en la propuesta técnica que elabore el licitante, los resultados de dicha visita tendrán un carácter determinante para el fallo.

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