Bases constitucionales turisticas

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Instituto Universitario de Tecnología “Antonio José de Sucre” Extensión Barquisimeto "BASES CONSTITUCIONALES DEL TURISMO" Y LOS ARTICULOS (10 HASTA EL 15) (127 HASTA 129) CONTEMPLADOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) Integrante: Br. Yuleicriz María Torrealba Mendoza C.I. 25.138.962

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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación

UniversitariaInstituto Universitario de Tecnología

“Antonio José de Sucre”Extensión Barquisimeto

"BASES CONSTITUCIONALES DEL TURISMO" Y LOS ARTICULOS (10 HASTA EL 15) (127 HASTA 129) CONTEMPLADOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA)

Integrante:Br. Yuleicriz María Torrealba MendozaC.I. 25.138.962

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En las Base Constitucional del Turismo de Venezuela y partiendo del hecho que la actividad turística es una actividad internacional de un enorme impacto político, económico, social y cultural en donde los desplazamientos de los flujos de turistas de un país a otro

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La República Bolivariana de Venezuela es miembro de los siguientes organismos en materia de turismo: 

La Organización Mundial del Turismo (OMT). • Sus principales objetivos son: promover el desarrollo económico, social y cultural del

turismo, llevar a cabo programas de cooperación entre países y organizaciones, con especial énfasis en países en vías de desarrollo; elaborar y difundir informaciones y estadísticas sobre los flujos turísticos mundiales; fomentar la formación a través de cursos, seminarios y congresos de turismo; promover la comprensión internacional, la paz, la prosperidad y la observancia de los derechos humanos a través del turismo.

La Organización Internacional de Aviación Civil (OACI). • Sus objetivos principales son: la reglamentación técnica; solventar las

diferencias entre Estados; conclusión de acuerdos internacionales y todos los asuntos que se desprenden de las cinco libertades aéreas.

La Organización Marítima Consultiva Internacional (OMCI). • Entre sus objetivos destacan: la seguridad de la navegación y la vida

humana en el mar, la regulación de fletes y tráfico, la contaminación de los mares y océanos, la realización de estudios oceanográficos y meteorológicos relacionados con la navegación.

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Consejo Internacional de Aeropuertos (ACI).su principal objetivo es la cooperación en los campos de la seguridad, los servicios en tierra y la preservación del medio ambiente.

La Organización Mundial de la Salud (OMS).Con sede en Ginebra, está conformada por 184 Estados miembros y desde el punto de vista turístico establece las normas de prevención, profilaxis y vacunación contra las enfermedades tropicales.

Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA).La cámara de compensación (clearing house), donde las compañías liquidan entre si las cuentas por los trayectos volados, se encuentra en Londres. Pueden ser miembros de IATA cualquier compañía aérea encargada por su gobierno de explotar un espacio aéreo de forma regular.

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Federación Universal de Asociaciones de Agencias de Viajes (FUAAV). Su objetivo principal es la cooperación y defensa de los intereses de las agencias de viajes asociadas.

Asociación Mundial para la Formación Turística (AMFORT). Sus principales objetivos son: racionalizar las técnicas de formación profesional en la industria turística, regular programas y afianzar el desarrollo de la formación turística en función de las diversas orientaciones de la economía del turismo en el mundo.Consejo Mundial del Turismo (WTTC). Está formado por más de cien (100) responsables de grandes empresas de turismo y hotelería. Su finalidad es la de realizar estudios sobre el sector y su impacto económico actuando como lobbying ante las instancias e instituciones públicas mundiales.

Confederación de Organizaciones Turísticas de Latinoamérica (COTAL). Su principal objetivo es la promoción del turismo mundial hacia Latinoamérica y la colaboración entre agencias de viajes y otras organizaciones e instituciones.

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El principal objetivo de la Ley vigente es avivar el desarrollo del turismo a partir de las comunidades

organizadas y en instancias del llamado Poder Popular, muy controladas políticamente.

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Establece como estará constituido el territorio nacional y sus demás espacios

geográficos

Modificaciones de los tratados y

laudos aprobados que no tenían nulidad alguna

ARTÍCULO 10 ARTÍCULO 12

Derecho de dominio público a los

espacios donde existente

ARTÍCULO 11

lineamientos acerca de cómo estará establecida la

Soberanía de la República

Bolivariana de Venezuela

ARTÍCULOS 10 AL 15CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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ARTÍCULO 13Confiere al Estado

venezolano, el derecho de mantener su espacio

geográfico libre de cualquier establecimiento de bases militares extranjeras, o

instalaciones que tengan algún carácter militar

ARTÍCULO 14Territorios que por libre determinación de sus habitantes, y con la

aprobación de la Asamblea Nacional, se incorporen al territorio nacional, la ley

deberá establecer un régimen jurídico especial.

ARTÍCULO 15Preservar la integridad del

territorio, defender su soberanía, proteger la identidad nacional, y

proteger la diversidad y el ambiente

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PEQUEÑO REPASO

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ARTÍCULOS 127 AL 129CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ARTÍCULO 127Estado venezolano la protección de cinco (5) componentes ambiéntales de particular importancia como lo son: (a) el

ambiente; (b) la diversidad biológica; (c) los recursos genéticos; (d) los procesos ecológicos y (e) los parques

nacionales y monumentos naturales

ARTÍCULO 128Competencias de orden administrativo asignadas al Estado como

medios para coadyuvar al goce de los derechos ambientales por parte de la población de Venezuela, para ello, otorga la potestad para

desarrollar una política de ordenación del territorio, pero establece a su vez de manera explicita los criterios que deben atenderse, los cuales hacen referencia a las realidades ecológicas, geográficas,

poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, así como el enfoque de referencia bajo el cual deberá desarrollarse al declarar de

manera explicita el desarrollo sustentable y la participación ciudadana, como parte integral de la políticas que se generen.

ARTÍCULO 129Evaluaciones de Impacto Ambiental a las que deben ser sometidas de manera previa todas las actividades que

pudieran ocasionar daños a los ecosistemas.

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