Bases Magíster en El Extranjero Becas Chile 2015 Modificación 27032015
Bases becas cámara marzo 2008
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PROYECTO BECAS CÁMARA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN EL EXTRANJERO
Marzo de 2008
PROYECTO BECAS CÁMARA
Objeto de las Becas Cámara:
La Cámara Navarra de Comercio e Industria convoca cuatro becas dirigidas a
profesionales navarros para la realización de estudios de postgrado en centros
educativos del extranjero de reconocido prestigio, con el compromiso de su
reincorporación a empresas o instituciones de la Comunidad foral, una vez
concluido el periodo de formación. Los estudios de postgrado deberán iniciarse en
el curso académico 2008-2009.
Beneficiarios:
En el momento de la presentación de la solicitud, los posibles beneficiarios de las
Becas Cámara deberán reunir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión
Europea
- Estar empadronado en algún municipio de Navarra en los últimos 5 años
- Estar en posesión de un título de licenciatura
- Dominar el idioma del país en el que se vayan a realizar los estudios de
postgrado
- No ser beneficiario de ninguna beca o ayuda similar para realizar estudios
de postgrado, de cualquier otro organismo
Número de becas convocadas:
El número de becas convocadas en la presente edición es de 4. No obstante,
podrían quedar sin ser adjudicadas en parte o en su totalidad si el comité de
evaluación estima que las candidaturas presentadas no reúnen las condiciones
necesarias.
Duración de las becas:
Uno o dos años académicos, según la duración del programa elegido.
En el caso de que la duración necesaria sea de dos años, al término del primer
curso el alumno deberá presentar a la Cámara una memoria explicativa del
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aprovechamiento de los estudios cursados hasta la fecha y de las calificaciones
obtenidas, que deberá llevar el certificado del centro educativo en el que se estén
realizando.
Conceptos que se financiarán con la beca:
o Importe de la matrícula de postgrado elegido. La Cámara realizará
directamente el pago al centro educativo correspondiente.
o Gastos de estancia: se fijará una asignación bruta máxima de entre
24.000 y 36.000 euros, a distribuir en 12 mensualidades de igual
cuantía, que se adecuará a cada caso en función del coste medio de
vida en el país de destino. El becario comenzará a recibir la
asignación mensual en la cuenta corriente que indique a la Cámara a
partir del mes en el que se produzca el comienzo efectivo del curso y
durante los meses que duren los estudios.
o Un traslado de ida y vuelta en avión por cada año académico entre la
ciudad de origen y la de destino, en clase turista. El billete será
gestionado y pagado por Cámara Navarra, debiendo el beneficiario
preavisar de las fechas del viaje con una antelación mínima de un
mes.
o Seguro de enfermedad y accidente en el país en el que se van a
cursar los estudios y durante el tiempo que duren los mismos, que
será gestionado y pagado por Cámara Navarra.
De todas las aportaciones económicas se detraerán las retenciones fiscales que
procedan.
La concesión y disfrute de la beca no implicará relación laboral alguna con la
Cámara ni con los centros de estudio de destino.
Documentación:
Los candidatos deberán presentar la siguiente documentación:
a) Impreso de solicitud según modelo que se adjunta
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b) Currículo Vitae del candidato
c) Fotocopia del DNI
d) Certificado compulsado del expediente académico universitario, en el que se
especifiquen todas las materias cursadas y sus correspondientes
calificaciones
e) Certificado de la admisión en el programa de postgrado elegido junto con
información sobre el mismo (programa, duración, fechas, precio, etc….). En
el caso de que todavía no se haya resuelto en el momento de cerrar la
presente convocatoria, comprobante de la solicitud. Si la convocatoria
todavía no se ha abierto, el beneficiario deberá aportar cuanta información
sea necesaria a fin de conocer con exactitud el contenido, programa y
plazos de inscripción al mismo. En cualquier caso, la concesión de la beca
estará sujeta a la admisión en el postgrado propuesto en la convocatoria.
Los estudios de postgrado deberán iniciarse en el curso académico 2008-
2009.
f) Certificado que acredite un alto conocimiento hablado y escrito del idioma
del país en el que va a cursar los estudios elegidos
g) Certificado de empadronamiento en el que se haga constar la fecha inicial
del mismo
h) Certificado de la empresa o empresas en las que, en su caso, haya
trabajado, con indicación del cargo, tipo de trabajo desempeñado y periodo
de permanencia
i) Dos cartas de recomendación. Se valorará, además, que el candidato
presente al menos una carta de un empresario o director de un centro
tecnológico o educativo de Navarra que avale el interés de los estudios
propuestos y en la que manifieste su voluntad para contratarle a su regreso
a Navarra.
j) Plan profesional de regreso a Navarra tras la finalización de los estudios de
postgrado en el que explique su aplicación práctica, qué van a aportar a su
carrera profesional y cuáles van a ser los beneficios para Navarra. En caso
de que el solicitante lo estime oportuno, dicho plan podría consistir en la
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puesta en marcha en Navarra de una nueva empresa en la que aplicar los
conocimientos adquiridos.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se deberán presentar por duplicado en cualquiera de las sedes de la
Cámara Navarra de Comercio e Industria (en Pamplona, Tudela, Estella o Tafalla),
antes de las 15 horas del 30 de marzo de 2008. En caso de que falte algún
documento para completar la documentación exigida, se requerirá al solicitante
para hacerlo en un plazo de 15 días hábiles desde la fecha de recepción de la
oportuna notificación.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Cámara para recabar
información sobre los méritos del candidato en cuantos organismos se considere
necesario.
Finalizado el proceso de selección, no se devolverá ninguno de los documentos
aportados por los candidatos.
Comité técnico y Jurado
Para hacer la selección de los beneficiarios de las Becas Cámara se establece la
figura de un Comité técnico y un Jurado. El primero se encargará de realizar la
preselección de los finalistas de las Becas Cámara y el Jurado tomará la decisión
definitiva, de acuerdo con las fases del proceso de selección que se detallan en
estas bases.
El comité técnico estará integrado por la directora de la Cámara Navarra de
Comercio e Industria y por los dos técnicos que designe de entre el personal de
Cámara.
El Jurado estará integrado por:
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- el presidente de la Cámara Navarra de Comercio e Industria, como
presidente del jurado
- la directora de la Cámara Navarra de Comercio e Industria, como vocal
- el vicerrector responsable de los estudios de postgrado de la Universidad
Pública de Navarra o la persona que él designe, como vocal
- el vicerrector responsable de los estudios de postgrado de la Universidad de
Navarra o la persona que él designe, como vocal
- tres personas navarras de reconocido prestigio en el ámbito social, cultural
y/o empresarial de la Comunidad foral, que se nombrarán a propuesta del
Comité Ejecutivo de la Cámara Navarra de Comercio e Industria, y que
actuarán como vocales
- el secretario general de la Cámara Navarra de Comercio e Industria, que
actuará como secretario del jurado y no tendrá derecho a voto
Criterios de evaluación:
A la hora de adjudicar las becas, el Comité técnico y el Jurado valorarán los
siguientes méritos:
o Expediente académico (hasta 20 puntos)
o Experiencia profesional (hasta 25 puntos)
o Calidad del programa de postgrado (hasta 25 puntos)
o Plan profesional de regreso a Navarra (hasta 30 puntos)
Proceso de selección:
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
- una vez comprobado que las solicitudes recibidas incluyen toda la
documentación exigida, el Comité técnico hará una preselección de los
candidatos que pasarán a la siguiente fase. Para determinarlo, deberán
haber obtenido una puntuación global mínima de 60 puntos. Dicho Comité
podrá recabar el asesoramiento puntual de expertos de cara a evaluar
aquellos temas y proyectos que se presenten en aquellos casos en que lo
estimen necesario. Concluida esta fase, la resolución del Comité técnico se
comunicará por escrito a todos los solicitantes
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- los candidatos que superen la fase anterior serán convocados para realizar
el test de personalidad 16 PF-5, en el que se valorarán las competencias
personales y técnicas que mejor se adapten al perfil buscado
- los candidatos que superen dicho test se entrevistarán con los miembros del
Comité técnico, quienes pasarán al Jurado la propuesta de los finalistas
- a la vista de la documentación y los informes de los finalistas remitidos por
el Comité técnico, el Jurado decidirá el nombre de los beneficiarios de las
Becas Cámara. Para ello, y si se estima necesario, los finalistas podrán ser
convocados a una entrevista con los miembros del Jurado
- concluido el proceso selectivo, el Jurado comunicará por escrito su decisión.
Asimismo, la Cámara dará a conocer públicamente los nombres y proyectos
de los beneficiarios de las Becas Cámara. El plazo máximo para esta
resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de
presentación de las solicitudes.
Obligaciones de los beneficiarios
El beneficiario de las Becas Cámara estará obligado a:
a) Aceptar por escrito la beca concedida, una vez recibida la comunicación
oficial, así como las condiciones de la misma
b) Cursar los estudios de postgrado previstos de acuerdo con la solicitud
presentada, en el tiempo establecido y con dedicación exclusiva.
c) Presentar en el plazo máximo de dos meses desde su finalización una
memoria de los estudios realizados y de los resultados académicos
obtenidos, debidamente acreditados por el centro educativo
correspondiente. La no superación de los mismos será motivo de pérdida
del 50% del importe de la beca recibido.
d) En el caso de que los estudios duren más de un curso académico, presentar
al término del primer año una memoria de los estudios realizados hasta el
momento y de los resultados académicos obtenidos, debidamente
acreditados por el centro educativo correspondiente.
e) Compromiso de desarrollar su trayectoria profesional en una empresa de
Navarra, o mediante la puesta en marcha en Navarra de su propia empresa,
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en el plazo máximo de un año desde la finalización de los estudios de
postgrado y durante al menos los siguientes cuatro años. El no cumplimiento
de esta obligación conllevará la devolución del importe recibido, de acuerdo
con estos criterios: si no trabaja en la Comunidad Foral o en una empresa
navarra durante ningún año, devolución total del importe recibido; si trabaja
sólo un año, devolución del 75%; si trabaja sólo dos años, devolución del
50%; si trabaja sólo tres años, devolución del 25%.
f) Presentar un justificante anual durante los cuatro años inmediatamente
posteriores a su vuelta a Navarra de que el beneficiario de la ayuda esté
ejerciendo su carrera profesional por cuenta propia o en una empresa o
centro tecnológico o educativo de la Comunidad foral, y de que está
aplicando los conocimientos adquiridos en el postgrado.
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