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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES Plaza España s/n. Santa Marta de Tormes. 37900 Salamanca. Tfno. 923 200 005. Fax 923 200 001. www.santamartadetormes.es Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA) CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente A C U E R D O PUNTO PRIMERO: LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA CORRESPONDIENTE AL PLENO CELEBRADO EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012. Sometida a votación el Acta correspondiente a la Sesión celebrada el 27 de septiembre de 2012, la misma es aprobada por unanimidad de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación. Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO PRIMERO: LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA CORRESPONDIENTE AL PLENO CELEBRADO EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

Sometida a votación el Acta correspondiente a la Sesión celebrada el 27 de septiembre de 2012, la misma es aprobada por unanimidad de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO SEGUNDO: MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA EL EJERCICIO 2013.

Doy lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Economía, Hacienda y Especial de Cuentas de fecha 19 de octubre de 2012.

A continuación y tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria:

1- El Voto Particular del PSOE,

2- El Voto Particular de Izquierda Unida,

3- La Enmienda presentada por el Partido Popular

4- Y el Dictamen enmendado de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Economía y Especial de Cuentas celebrada el día 19 de octubre

Para la siguiente propuesta de acuerdo:

1- Voto Particular al Dictamen de la Comisión de Economía y Régimen interior sobre la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2013. Presentado por el PSOE en el Registro de este Ayuntamiento el día 22 de octubre de 2012:

- “Considerando que el Gobierno del Sr. Rajoy, ha castigado las economías de los vecinos de Santa Marta de Tormes, con una brutal subida del IBI (Contribución Urbana), para el año 2013 del 25 %, que unido a la ya llevada a cabo del 13 % durante el año 2012 y que representa más de un 36 % en relación a lo pagado en el año 2011, lo que va a suponer un incremento en los impuestos recaudados por el Ayuntamiento sólo en concepto del IBI, de aproximadamente 720.000 euros y si lo sumamos a la grave crisis económica y social que padecen un número importante de nuestros vecinos, debe de llevar a nuestro Ayuntamiento a un proceso de reflexión, que sólo puede traer consigo, la adopción de la siguiente enmienda de sustitución del primer párrafo de la Propuesta de Modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2013:

• “De conformidad con la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se propone modificar las Ordenanzas Fiscales para 2013, con la subida excepcional del IBI, que en aplicación del Real Decreto-Ley 20/2011 de diciembre debe fijarse el tipo de los inmuebles urbanos en el 0,6, por lo que con carácter excepcional el resto de Ordenanzas Fiscales no sufrirán modificación en el año

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2013, a excepción de aquellas que tengan fijadas las preceptivas variaciones en sus respectivos contratos”.

Este Voto Particular presentado por el PSOE es desestimado por mayoría, con seis votos a favor, once en contra y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, y D. Miguel Ángel Moreno Valle.

2- Voto Particular al Dictamen aprobado por la Comisión Informativa de Interior, Economía, Hacienda y Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, relativo a la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2013. Presentado por Izquierda Unida en el Registro de este Ayuntamiento el día 22 de octubre de 2012.

“Consideraciones previas de carácter general.

A juicio del Grupo Municipal de Izquierda Unida, la forma de afrontar la modificación de las Ordenanzas Fiscales por parte del Equipo de Gobierno, representa claramente al modo de entender los asuntos fiscales por parte de la derecha, es decir con la frialdad de un mero asunto contable donde lo único que importase fuese cuadrar los ingresos y gastos, sin tener en cuenta los efectos sobre las personas que tales decisiones políticas tienen y más en estos tiempos de crisis.

Entiéndasenos bien, sabemos que para prestar servicios hay que recaudar, pero no es menos cierto que con una racionalización del gasto y la eliminación y reducción de gastos superfluos, prescindibles o suntuarios, sería posible reducir la presión recaudatoria sobre los ciudadanos sin que se viese afectada la prestación de servicios.

Los principios sobre los que basamos nuestra concepción de la financiación local son la justicia social, la redistribución de la riqueza y la sostenibilidad de las Haciendas Locales.

De los primeros conceptos se desprende claramente la idea de que se deben dar los servicios a quienes los necesitan y se han de obtener los recursos de quienes los tienen, lo cual se plasmará en medidas de bonificaciones y exenciones que propondremos en determinadas enmiendas.

En lo relativo al principio de sostenibilidad de las Haciendas Locales, señalar que es evidente que la puesta en marcha de políticas concretas requiere financiación y por tanto los servicios que queremos ofrecer deben sustentarse en los ingresos sin llevar a la quiebre al Ayuntamiento.

Así, podemos aceptar como principio general que los ingresos propios deben repercutirse en subidas cercanas al IPC, ya que este indicador también afectará a los gastos del Ayuntamiento; pero esto no quiere decir que todas las tasas o impuestos, y siempre, deban actualizarse mecánicamente con el IPC, sino que este índice ha de ser utilizado como media,

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garantizando así el carácter progresivo que la Constitución establece como principio general en las políticas fiscales.

Consideraciones particulares aplicables a nuestro Ayuntamiento:

Pese a lo expuesto anteriormente, con carácter general y como principios de general aplicación, se dan varias circunstancias en nuestro ayuntamiento que justifican, a nuestro juicio, la negativa a que se incremente el gravamen sobre los vecinos según propone la Concejalía de Economía y Hacienda para el próximo ejercicio.

En primer lugar este Equipo de Gobierno viene aplicando subidas prácticamente al máximo durante los últimos años, dándose incluso la circunstancia de que en el único de estos años en que la inflación fue negativa (-0’8%) no se dedujo la misma ni se tuvo en cuenta en los años siguientes. En algunas tasas concretas, como la de recogida de basuras, la subida fue muy elevada y poco o nada justificada.

En segundo lugar el nivel de gasto de este ayuntamiento ha sido y sigue siendo muy considerable: en los años de relativa bonanza económica se ha derrochado el dinero de los contribuyentes en gastos absolutamente prescindibles e incluso en plena crisis se está gastando por encima de las posibilidades de nuestros vecinos/contribuyentes.

En tercer lugar, no se ha llevado a cabo el estudio de las ordenanzas fiscales de este ayuntamiento tal y como se comprometió la señora Concejala en la tramitación de la modificación de las ordenanzas el año pasado.

En cuarto lugar, la subida del IBI ya fue muy elevada el año pasado, y de aplicarse la modificación de la tasa según la propuesta, se acumularía una subida desmedida, que supondría un incremento en torno al 35%, en tan solo dos años.

Por tanto, en aras a la consecución de la imprescindible sostenibilidad de la hacienda local en nuestro municipio, instamos al Equipo de gobierno a que reduzca los gastos, empezando por los más prescindibles, en lugar de seguir aumentando la presión fiscal sobre los vecinos.

Por todo ello, con carácter general, nos opondremos a cuantas subidas se plantean en la Propuesta de Modificación de las Ordenanzas Fiscales 2013.

1- Enmiendas a la Ordenanza Fiscal Nº 1: Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Consideraciones previas.

La subida que se propone en esta tasa es sencillamente inasumible, pues si ya el año pasado se incrementó en un 13’6% como resultado de sumar al 10 % impuesto por el Gobierno de la Nación el incremento del 3’6% restante por la aplicación mecánica de la subida de del IPC aplicable en aquel momento pretender ahora una nueva subida que supondría un nuevo incremento del 20% para los vecinos, es sencillamente inasumible: en los dos últimos años se pasaría a pagar en torno al 35% más; esto en un momento de crisis, paro, incremento generalizado del IVA, etc. no se puede exigir a la inmensa mayoría de nuestros vecinos.

Propuestas:

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1. Congelar la tasa del IBI con carácter general para el año 2013.

2. Cobrar un gravamen superior a las viviendas vacías / desocupadas.

La Ley de Haciendas Locales permite cobrar un gravamen superior a las viviendas desocupadas y algunos ayuntamientos ya lo han incluido en sus ordenanzas fiscales.

Es verdad que para hacer efectivo el cobro de este gravamen se necesita realizar un registro de tales viviendas, pero bien puede incluirse el mismo en la ordenanza fiscal y hacerlo efectivo cuando se haya realizado tal registro de viviendas vacía.

3. Cobrar el IBI a la Iglesia, eliminando la exención de la que ahora goza y que es un privilegio que no se justifica ya que estamos hablando de uno de los mayores propietarios de bienes inmuebles en nuestro país.

2- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 2, reguladora del impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Consideraciones previas:

El impuesto que nos ocupa permite mecanismos para avanzar en la llamada fiscalidad verde, que considera fundamental gravar las emisiones de CO2 en aras de mejorar el tratamiento del medio ambiente y la disminución de estas emisiones, algo que será beneficioso tanto para el planeta como para la salud de los ciudadanos. Si bien hay que contemplar que dicho impuesto no grava directamente las emisiones, entre los criterios establecidos para aplicar las cuantías correspondientes, está precisamente la potencia fiscal de los vehículos, lo cual hace que dicho gravamen sea de carácter indirecto y uniforme para las diferentes potencias fiscales (se abona por anualidades y no por desplazamientos).

En este sentido, teniendo en cuenta los principios de equidad y progresividad a la vez que ahondar en este tipo de medidas de fiscalidad verde, optamos por congelar los gravámenes aplicados a los vehículos de menor potencia y aumentar a aquellos que más potencia presentan.

Propuesta:

Modificar el Artículo 5:

Apartado A

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Congelar la tasa para los turismos, de menos de 20caballos fiscales tanto para turismos, y aplicar la subida del 4% para los vehículos de 20 caballos fiscales.

Apartado F

Congelar la tasa para los ciclomotores y motocicletas de menos de 1000CC y aplicar la subida del 4% para los de más de 1000CC

3- Enmienda a la Ordenanza Nº 6: Reguladora de la tasa por la entrega de fotocopias e información cartográfica.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos. Por otra parte se contribuiría a alentar la participación ciudadana.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de dicha ordenanza, así como la Modificación del Artículo 6 de la presente ordenanza para contemplar en el capítulo de exenciones a las asociaciones, fundaciones y partidos políticos sin representación municipal, convenientemente acreditados en los registros de asociaciones, fundaciones y partidos respectivamente.

4- Enmienda a la Ordenanza Nº 7: Reguladora de la tasa por los documentos que expidan o de que entiendan la Administración o las autoridades Municipales.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos. Dotar de contenido al derecho a la participación en la vida municipal y tener conocimiento de los asuntos de interés de las asociaciones, fundaciones y partidos políticos.

La segunda propuesta se justifica por la necesidad de favorecer que las personas con menos recursos y mayor necesidad de encontrar empleo puedan participar en procesos selectivos de empleo público.

Propuestas:

1.- Solicitamos la congelación de dicha ordenanza, así como Modificar el artículo 4º de la presente ordenanza para contemplar en el capítulo de exenciones a las asociaciones, fundaciones y partidos políticos sin representación municipal, convenientemente acreditados en los registros de asociaciones, fundaciones y partidos respectivamente.

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2.- Incluir en el capítulo de exenciones a las personas desempleadas que participen en procesos selectivos de empleo público y que estén convenientemente inscritas en el Ecyl.

5- Enmienda a la Ordenanza Nº 8: Reguladora de la tasa por licencia de apertura de establecimientos y de la tasa por comprobación de la apertura de establecimientos no sujetos a licencia.

Consideraciones previas:

Si bien es cierto que para esta ordenanza se ha aplicado una subida del 2% para favorecer el empleo, nuestro grupo es partidario no solo de su congelación sino también de introducir unas medida correctoras (tres supuestos de bonificación) que se justifican con la necesidad de apoyar a los jóvenes emprendedores –no en vano en Castilla y León tenemos un problema grave de despoblación, por la fuga de mano de obra y la falta de inversión y de iniciativa mercantil), de dar alternativas a los desempleados de larga duración y a las personas con minusvalías.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de dicha ordenanza, así como modificar el artículo 8 con el objeto de incluir las siguientes bonificaciones del cincuenta por ciento (50%) de la base imponible:

- menores de 30 años que soliciten por primera vez la apertura de establecimiento.

- Desempleados de larga duración (más de 12 meses)

- Minusválidos.

6- Enmienda a la Ordenanza Nº 9: Reguladora de la tasa por el servicio de recogida domiciliaria de basura o residuos sólidos urbanos.

Consideraciones previas.

Aunque en esta ordenanza de momento solo se haya repercutido la subida del IVA , la aplicación de esta tasa viene siendo muy contestada por los vecinos y vecinas de Santa Marta, por una parte por haber sufrido en años anteriores una subida importante y por otra por los errores detectados en el padrón que ha de servir de base.

Propuesta:

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Solicitamos la modificación total de la ordenanza Nº 9 por las razones anteriormente expuestas

7- Enmienda a la Ordenanza Nº 10: Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

Consideraciones previas:

La mayoría de los negocios de bar y restauración en nuestra localidad son negocios familiares y que por tanto no atraviesan momentos boyantes sino todo lo contrario. En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

8- Enmienda a Ordenanza Nº 11: Reguladora de la tasa por licencia urbanística.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

9- Enmienda a la Ordenanza Nº 12: Reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y la reserva de vía pública para aparcamiento.

Consideraciones previas.

Por la contestación social que esta ha suscitado por la discrepancia de los parámetros utilizados para aplicar las diversas tarifas contempladas en el artículo 5º.2

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos:

1.- La congelación de las tarifas;

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2.- Así como la modificación total de la Ordenanza Nº 12. Por la contestación social.

10- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 13: Reguladora de la tasa por ocupación de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

11- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 14: Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

12- Enmienda a la Ordenanza Nº 15; Reguladora de la tasa por utilización de servicios deportivos y piscinas.

Consideraciones previas:

A lo largo de estos últimos años ha venido siendo una práctica habitual la cooperación entre Ayuntamiento y Centros Educativos en la cesión y uso de locales de forma gratuita tanto en la cesión de instalaciones municipales a los centros educativos como a la inversa, por ejemplo: La Escuela Municipal de Música ha tenido y sigue utilizando las instalaciones de centros educativos sin cobrar tasa alguna al ayuntamiento. En este sentido, se deben tomar todas aquellas medidas que favorezcan la práctica deportiva.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de todas las tarifas, así como la exención para el uso de instalaciones deportivas para equipos modestos.

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13- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 16: Reguladora de la tasa por apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

14- Enmienda a la Ordenanza Nº 17: Reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terreno de uso público e industrias callejeras y ambulantes.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos. Así como fomentar su autofinanciación

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas Y Modificar el artículo 6 de la presente ordenanza incluyendo el siguiente supuesto de exención: asociaciones y partidos políticos (que se presentaron a las últimas elecciones municipales) convenientemente registrados en el registro municipal de asociaciones o registro de partidos siempre que estén al día en sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Santa Marta y lo soliciten para actividades concretas y/o en el marco de las fiestas patronales.

15- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 18: Reguladora de la tasa por instalación de quioscos en la vía pública.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

16- Enmienda a la Ordenanza Nº 19: Reguladora de la tasa por licencia de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

Consideraciones previas:

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En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos y además introducir un supuesto de bonificación y uno de exención: el primero se justifica por el estado de necesidad de aquella persona que decide suceder al titular de la licencia por una minusvalía que le incapacite profesionalmente y que además se tenga que hacer cargo de esta persona. Dicho de otra manera, que la Administración debe bonificar a aquellas personas que sufren una situación dramática, como por ejemplo, un hijo joven, capacitado para ejercer de taxista, que se ve obligado a sustituir a su padre teniendo además que sostenerle económicamente, en el caso de que la causa de esa sucesión sea una minusvalía.

La exención debe entenderse como una medida que la Administración debe adoptar para premiar a quienes adapten sus vehículos auto taxis para usuarios minusválidos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas e incluir en el artículo 7º de la presente ordenanza un supuesto de bonificación: 75% de la cuota tributaria del epígrafe segundo, apartado a), cuando la transmisión “inter vivos” sea a favor de herederos por minusvalía sobrevenida que impida ejercer la profesión, y el beneficiario de la transmisión se hiciera cargo de la persona minusválida.

Así mismo se propone incluir un supuesto de exención sobre el hecho imponible estipulado en el artículo 3.c, en el caso de que el nuevo vehículo esté adaptado para minusválidos.

17- Enmienda a la Ordenanza Nº 21: Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de rescate de perros de la vía pública.

Consideraciones previas:

Una vez más nos encontramos que este equipo de gobierno ha privatizado el servicio de recogida de animales vagabundos, lo que supone un coste muy grande por el rescate de los perros. Por cada perro rescatado de 16,27 en 2012 a 40 € (30%); por residencia de 3,06 a 6€(50%) y por uso de fusil de 16,07 a 60(40%). Cantidades que superan muchísimo al IPC que se propone .En plena crisis económica la administración debe ahorrar en este tipo de gastos, no penalizar a los vecinos y además introducir supuesto de exención: personas invidentes que requieren la prestación de rescate de su perro siempre y cuando este sea un perro “lazarillo”. Normalmente los perros al servicio de las personas invidentes suelen estar perfectamente amaestrados, sin embargo puede darse el caso de que un perro desobedezca a su amo y se dé una situación inesperada que acabe por requerir el auxilio por parte de la Administración Municipal.

Propuesta:

Solicitamos:

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La congelación de las tarifas, e incluir en el artículo 6º de la presente ordenanza un supuesto de exención:

Estarán exentos del pago de la tasa las personas ciegas, si el perro rescatado fuera un perro “lazarillo”. Así como los además gastos que se originen como consecuencia del rescate.

18- Enmienda a la Ordenanza Nº 23: Reguladora de la tasa por vertido de residuos vegetales.

Consideraciones previas:

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas

19- Enmienda a la Ordenanza Fiscal nº 25: Reguladora de la tarifa por prestación de servicios de la Escuela Infantil Municipal de Santa Marta de Tormes.

Consideraciones previas

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos. Por otra parte, IU defiende que la escuela infantil, sea competencia de la Consejería de educación y sea gratuita.

Propuesta:

Solicitamos la supresión de la tarifa de escolaridad y la congelación de las tarifas de comedor.

20- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 27: Tarifas que regulan los precios por la prestación de los servicios Municipales de suministro de agua potable y alcantarillado.

Consideraciones previas:

Dada la grave crisis por la que traviesan los/las vecinos/vecinas, al ser el consumo del agua potable imprescindible para la vida y a la vez un bien cada vez más escaso y caro por el cambio climatológico. Proponemos un estudio pormenorizado de dicha ordenanza (censo, contrato, etc.) en este ejercicio que termina en junio de 2013.

Propuesta:

Revisión del contrato con AQUALIA

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21- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 28: Reguladora de la tasa por prestación de servicios en la Escuela Municipal de Música y Danza.

Consideraciones previas

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos. No se expresa en base a qué criterios y en qué cantidad se bonificará a los usuarios empadronados en santa Marta de Tormes.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas Y que quede recogida la bonificación

22- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 29: Reguladora de la tasa por el uso de las aulas de la Escuela Municipal de Hostelería.

Consideraciones previas

En plena crisis económica la administración debe ahorrar en gastos suntuarios y no penalizar a los vecinos.

Propuesta:

Solicitamos la congelación de las tarifas.

23- Enmienda a la Ordenanza Fiscal Nº 30: Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de matrimonios civiles en el Ayuntamiento.

Consideraciones previas

Hasta la fecha este ayuntamiento ha venido prestando este servicio de manera gratuita. A nuestro Grupo Municipal le gustaría que no se introdujera esta nueva ordenanza. Estudiados los costes de los diferentes conceptos, IU considera excesivo el concepto de costes generales en 15 €

Propuesta:

Mantener dicha prestación gratuita o eliminar el concepto de costes generales y dejar la tasa en 60 €”.

Este Voto Particular presentado por Izquierda Unida es desestimado por mayoría, con seis votos a favor, once en contra y ninguna abstención.

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Tfno. 923 200 005. Fax 923 200 001.

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Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, y D. Miguel Ángel Moreno Valle.

3- Enmienda presentada por el Partido Popular al Dictamen de la Comisión de Economía y Régimen interior sobre la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2013. Presentado por Partido Popular en el Registro de este Ayuntamiento el día 24 de octubre de 2012:

1. “No incrementar las tarifas y tasas de las ordenanzas que a continuación se relacionan en un 2,7% (variación de índices de precios al consumo interanual agosto 2011-agosto 2012), sobre las tarifas y tasas vigentes hasta el :

• Ordenanza fiscal número 11. Reguladora de la tasa por licencia urbanística • Ordenanza fiscal número 12. Reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través

de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase

2. Incluir una bonificación adicional Ordenanza fiscal núm. 5 Reguladora del impuesto sobre actividades económicas, para aquellas actividades económicas que tengan una renta o rendimiento neto de su actividad negativo en el año anterior.

ANEXO

A. Ordenanza fiscal Nº 5 Reguladora del impuesto sobre actividades económicas

A.1) Artículo 6. Exenciones, bonificaciones y reducciones

2.- Bonificaciones. Sobre la cuota del impuesto se aplicarán las siguientes bonificaciones

d) Una bonificación del 30 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y tengan durante el periodo impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, una renta o rendimiento neto de la actividad negativo, con un valor absoluto superior al 10 por ciento de la facturación total.

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La bonificación se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refiere el artículo 88.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, y los apartados 1, 2, 3 y 4 anteriores. La aplicación de ésta bonificación deberá solicitarse por el sujeto pasivo para cada ejercicio económico antes de que finalice el mes de enero del año en el que corresponda aplicar la bonificación, acompañando a la solicitud la liquidación del Impuesto de Sociedades o del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, según corresponda y copia autorizada del balance de las cuentas anuales.

A los efectos de la aplicación de la exención prevista en este apartado, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1ª. El importe neto de la cifra de negocios, estará referido, exclusivamente, a las operaciones satisfechas el año anterior al del devengo del este impuesto y comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios correspondientes a las actividades ordinarias de la sociedad deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios,

2ª. El importe neto de la cifra de negocios será, en el caso de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, el del período impositivo cuyo plazo de presentación de declaraciones por dichos tributos hubiese finalizado el año anterior al del devengo de este impuesto. En el caso de las sociedades civiles y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, el importe neto de la cifra de negocios será el que corresponda al penúltimo año anterior al del devengo de este impuesto. Si dicho período impositivo hubiera tenido una duración inferior al año natural, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

3ª. Para el cálculo del importe de la cifra de negocios del sujeto pasivo, se tendrá en cuenta el conjunto de las actividades económicas ejercidas por el mismo. No obstante, cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, el importe neto de la cifra de negocios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderá que los casos del artículo 42 del Código de Comercio son los recogidos en la sección 1ª del Capítulo I de las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas, aprobadas por Real Decreto1815/1991, de 20 de diciembre.

4ª. En el supuesto de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, se atenderá al importe neto de la cifra de negocios imputable al conjunto de los establecimientos permanentes situados en territorio español.

En todo caso, la suma de las reducciones por aplicación de las distintas bonificaciones, obligatorias o potestativas, no superará el 70 por ciento de la cuota tributaria correspondiente.

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B. Ordenanza fiscal Nº 11. Reguladora de la tasa por licencia urbanística

C. Ordenanza fiscal número 12. Reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase”.

Esta Enmienda presentada por el Partido Popular es aprobada por mayoría, con once votos a favor, seis en contra y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, y D. Miguel Ángel Moreno Valle.

Votan en contra: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.

4- El Dictamen enmendado de la Comisión de Economía y Régimen Interior sobre la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2013.

“De conformidad con la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen local y el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se propone modificar las Ordenanzas Fiscales abajo referidas para 2013, con un incremento con carácter general del 2,7% sobre las vigentes hasta el momento, para adecuarlas a la variación de índices de precios al consumo interanual agosto 2011-agosto 2012, y con carácter excepcional el IBI que en aplicación del Real Decreto-Ley 20/2011 de 30 de enero debe fijarse en el 0,6%.

Asimismo, se actualizan automáticamente las tasas y precios públicos sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido, en la cuantía que determina la legislación vigente.

Se propone además, primero la reducción del tipo impositivo de la Tasa por licencia de Apertura de Establecimientos, pasando del 4% al 2% con carácter general, a fin de fomentar el establecimiento de nuevas unidades de comercio e industria en el Municipio y en segundo lugar la imposición de una Ordenanza fiscal por los matrimonios realizados en el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes.

Las Ordenanzas que han sido modificadas son las siguientes:

- Ordenanza fiscal número 1. Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

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- Ordenanza fiscal número 2. Reguladora del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica.

- Ordenanza fiscal número 6. Reguladora de la tasa por la entrega de fotocopias e información cartográfica.

- Ordenanza fiscal número 7. Reguladora de la Tasa por Expedición y/o Tramitación de Documentos Administrativos.

- Ordenanza fiscal número 8. Reguladora de la tasa por licencia de apertura de establecimientos y de la tasa por comprobación de la apertura de establecimientos no sujetos a licencia.

- Ordenanza fiscal número 9. Reguladora de la tasa por el servicio de recogida domiciliaria y tratamiento de basura y/o residuos sólidos urbanos.

- Ordenanza fiscal número 10. Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

- Ordenanza fiscal número 11. Reguladora de la tasa por licencia urbanística.

- Ordenanza fiscal número 12. Reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

- Ordenanza fiscal número 13. Reguladora de la tasa por ocupaciones de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.

- Ordenanza fiscal número 14. Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones.

- Ordenanza fiscal número 15. Reguladora de la tasa por utilización de servicios deportivos y piscinas.

- Ordenanza fiscal número 16. Reguladora de la tasa por apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

- Ordenanza fiscal número 17. Reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes.

- Ordenanza fiscal número 18. Reguladora de la tasa por instalación de quioscos en la vía pública.

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- Ordenanza fiscal número 19. Reguladora de la tasa por licencia de auto taxis y demás vehículos de alquiler.

- Ordenanza fiscal número 21. Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de rescate de perros de la vía pública.

- Ordenanza fiscal número 23. Reguladora de la tasa por vertido de residuos vegetales.

- Ordenanza fiscal número 24. Reguladora de la tasa por canon de depuración de aguas residuales en la estación depuradora de aguas residuales (EDAR)de Salamanca.

- Ordenanza fiscal número 25. Reguladora de la tarifa por prestación de servicios en la Escuela Infantil Municipal de Santa Marta de Tormes.

- Ordenanza fiscal número 27. Tarifas que regulan los precios por la prestación de los servicios municipales de suministro de agua potable y alcantarillado.

- Ordenanza fiscal número 28. Reguladora de la tasa por prestación de servicios en la Escuela Municipal de Música y Danza.

- Ordenanza fiscal número 29. Reguladora de la tasa por el uso de las aulas de la Escuela Municipal de Hostelería.

El Dictamen enmendado de la Comisión de Economía y Régimen Interior sobre la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2013 es aprobado por mayoría, con once votos a favor, seis en contra y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, y D. Miguel Ángel Moreno Valle.

Votan en contra: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO TERCERO: CONVENIO PARA LA DELEGACIÓN EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA DE LAS FACULTADES QUE ESTE AYUNTAMIENTO TIENE ATRIBUIDAS EN MATERIA DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE RECAUDACIÓN DE SUS TRIBUTOS Y DE OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO Y EN MATERIA DE INSPECCIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES.

Seguidamente por Secretaría se da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Economía, Hacienda y Especial de Cuentas de fecha 19 de octubre de 2012 sobre el Convenio para la delegación en la Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que este Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión tributaria y de recaudación de sus tributos y de otros ingresos de derecho público y en materia de inspección de tributos Municipales.

A continuación y tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente propuesta de acuerdo:

Aprobar la suscripción de Convenio para la delegación en la Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que este Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de gestión tributaria y de recaudación de sus tributos y de otros ingresos de derecho público, y en materia de inspección de los tributos municipales”.

Sometida a votación la propuesta, la misma es aprobada por unanimidad de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO CUARTO: FESTIVOS LOCALES EJERCICIO 2013.

Por Secretaría se da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Economía, Hacienda y Especial de Cuentas sobre la declaración de los festivos locales para el Ejercicio 2013.

El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde no se produce ninguna por lo que somete a votación plenaria la siguiente propuesta de acuerdo:

“Visto el escrito remitido por la Oficina Territorial de Trabajo por la que, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 37 del Estatuto de los Trabajadores y 46 del Real Decreto 2001/1993, se insta a este Ayuntamiento para determinar y fijar los días que se celebrarán las fiestas propias de nuestro municipio, por el presente, al Pleno Municipal, previo dictamen de Comisión Informativa, elevo la siguiente propuesta de acuerdo:

1º.- Declarar Fiestas Locales en Santa Marta de Tormes para el año 2013 los días 4 de febrero de 2013 (por traslado del día 3 coincidente con domingo) y 29 de julio de 2013 (lunes).

2º.- Notificar el presente acuerdo a la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca y proceder a su inserción en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento”.

Sometida a votación la propuesta, la misma es aprobada por unanimidad de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO QUINTO: MOCIONES EN MATERIA DE TRANSPORTE:

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción: 1- Moción del Grupo Municipal Izquierda Unida de Castilla y León relativa al

reembolso de cantidades cobradas a los usuarios: “La última subida de las tarifas del autobús, que entró en vigor el pasado 1 de septiembre, siendo la segunda en lo que va de año, además de innecesaria fue tildada por la mayoría como ilegal por haberse saltado el trámite obligatorio de ser aprobada por el Consejo Rector del Transporte Metropolitano de Salamanca tal y como previene el Plan Coordinado de Explotación del Transporte de Salamanca y su Alfoz, aprobado por la Junta de Castilla y León en abril del año 2006.

“En fecha 8 de octubre, el Consejo Rector del Transporte Metropolitano acordó dejar sin efecto dicha subida (salvo en lo que concierne al IVA), noticia de la que todos nos alegramos y muy especialmente las familias y las personas que cada día tiene que utilizar el transporte público para trasladarse a sus obligaciones laborales o de estudio, o cualesquier otras, con un elevado coste para sus ya maltrechas economías familiares.

El mérito es de todos, pues cada uno con sus iniciativas y responsabilidades ha hecho lo que estaba en sus manos para que se repusiera la legalidad en este asunto.

Hay, no obstante, un aspecto que a día de hoy no se ha resuelto: la devolución a los usuarios de las cantidades cobradas de más en el periodo que va desde el día de la subida al día de hoy, por lo que todos deberíamos pedir a la Junta que adopte las medidas necesarias para proceder rápidamente a dicha devolución.

Los motivos son obvios: por una parte los económicos, que ya hemos expuesto, por otra la reposición de la justicia debida a los usuarios y dar urgente respuesta a la inquietud e inseguridad jurídica que suscita entre los usuarios el hecho de que las tarifas puedan modificarse de forma caprichosa, no explicada y desde luego no negociada.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto se propone al pleno del Ayuntamiento que adopte el siguiente:

ACUERDO:

1.- El Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes insta a la Junta de Castilla y León a que de las instrucciones precisas para que sean devueltas de inmediatos las cantidades cobradas de más a los usuarios del transporte metropolitano del área de salamanca y su alfoz.

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2.- Dado que muchos usuarios, por ser pequeñas las cantidades a reembolsar, no van a iniciar los trámites de devolución –con la consiguiente ganancia injusta para las empresas concesionarias-, el Ayuntamiento pondrá en marcha los trámites oportunos para resarcir al conjunto de los usuarios, de forma que el próximo 22 de septiembre de 2013, día sin coches, el Transporte Metropolitano sea gratuito”.

Esta Moción es desestimada por mayoría, con diez votos en contra, siete votos a favor y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral, y D. Miguel Ángel Moreno Valle

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano. Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO QUINTO: MOCIONES EN MATERIA DE TRANSPORTE:

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción: 2- Moción del Grupo Municipal Socialista relativa a inclusión de punto del orden del

día en el Consejo Rector de Transporte Metropolitano de Salamanca. “A lo largo del año 2.012 los vecinos de Santa Marta solamente hemos tenido malas noticias con relación a los autobuses que unen nuestra ciudad con Salamanca y las desmesuradas subidas que hemos tenido.

El día 12 de Abril sin ningún tipo de aviso, nos encontramos por la mañana, con que los distintos tipos de billetes de los autobuses subían un 6,1 %, que en algún caso por efecto del mal llamado redondeo llegaba al 8,3 %, lo que lógicamente llevo a la indignación de los usuarios.

Como no habíamos tenido suficiente, el pasado día 1 de Septiembre, se repetía la historia y sin ningún tipo de comunicación previa, se volvían a subir un 5,9%, con la explicación de que un 2 % se debía a la subida del IVA del Gobierno del Sr. Rajoy y el otro 3,9% era porque si, sin la más mínima explicación, aunque parecía deberse a la retirada (otra más y ya son innumerables) de la subvención por parte de la Junta de Castilla y León.

Como la Junta de Castilla y León había incumplido los estatutos para el Transporte Metropolitano de Salamanca, que ella misma había promovido y aprobado, de que las subidas debían previamente ser informadas por el Consejo Rector del Transporte Metropolitano, no ha tenido más remedio que dar marcha atrás y suspender la subida del 3,9%, manteniendo la del IVA.

El caso de los autobuses con Santa Marta es mucho más sangrante, ya que debido al gran número de vecinos que los usamos (que obligan muchas veces a que vayan totalmente saturados y en condiciones lamentables), las líneas con Salamanca presentan claramente un superávit, aunque hasta ahora no ha habido posibilidad de conocer los datos reales, máxime cuando los propios estatutos del Transporte Metropolitano, reconocen el derecho de todos los Ayuntamientos de conocer el balance de ingresos y gastos de las líneas que van a su municipio, por lo que nos vemos en la obligación de exigir a la Junta de Castilla y León, que cumpla con aquello a lo que se ha comprometido.

El artículo octavo.4 del Reglamento del Consejo Rector del Transporte Metropolitano de Salamanca, establece que cuando se solicite con tiempo suficiente, se incluirá en el orden día aquel tema que sea solicitado por el Ayuntamiento del Consejo Rector que lo solicite.

ACUERDO

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1º.- El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, acuerda que por parte del Ayuntamiento, se solicitara que figure en el orden del día, del Consejo Rector del Transporte Metropolitano de Salamanca, que se celebrara en el mes de Noviembre, de acuerdo con lo que establece el artículo octavo.4 de dicho Reglamento, el siguiente punto:

- Control de los ingresos y costes de las empresas prestadoras del servicio, que afecten individualmente a cada municipio, con los datos desglosados de los últimos años y de los que se disponga del año 2.012.

Esta Moción es aprobada por unanimidad de de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO QUINTO: MOCIONES EN MATERIA DE TRANSPORTE:

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción: 3- Moción del Grupo Municipal UPyD relativa a solicitud de dimisión del Director

General de Transporte de la Junta de Castilla y León:

“En la sesión de la Ponencia Técnica del Transporte Metropolitano de Salamanca celebrada el día 30 de Julio se informo, por parte de la Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y León, que a partir del día 1 de Septiembre de 2.012 se procedería a una subida del 5,9% de las distintas tarifas que conforman la actual tabla de precios del transporte metropolitano del Alfoz de Salamanca.

De acuerdo al Reglamento actualmente vigente del Consejo Rector del Transporte metropolitano de Salamanca, órgano colegiado de control del Plan Coordinado de Explotación del transporte Publico de viajeros de Salamanca y su Alfoz, entre las funciones del Consejo Rector, de acuerdo al artículo Quinto apartado 4 de dicho reglamento, está el “Proponer e Informar con carácter preceptivo las modificaciones a realizar en la estructura tarifaria prevista en el Plan”

A pesar de esto el incremento de las tarifas propuesta por la Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y León fue puesta en ejecución de forma unilateral por la Junta de Castilla y León a partir del 01 de septiembre de 2012 sin la preceptiva aprobación del Consejo Rector de Transporte Metropolitano.

El pasado 09 de octubre de 2012, dicha subida de tarifas fue anulada por la misma Junta de Castilla y León, según información remitida a la correspondiente ponencia técnica al considerarla ilegal dado que no había sido aprobada con anterioridad por el Pleno del Consejo Rector

Por todo ello y la vista de todo lo anteriormente expuesto, se propone al pleno del Ayuntamiento que adopte el siguiente:

ACUERDO

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes acuerda: 1. Solicitar la dimisión del Director General de Transportes de la Junta de Castilla y León,

por la ejecución de una modificación de las tarifas del transporte metropolitano, sin contar con la preceptiva aprobación del Consejo Rector del Transporte Metropolitano de Salamanca, que ha originado perjuicios económicos a todos los usuarios, que han abonado las nuevas tarifas desde el 01 de septiembre de 2012 al 09 de octubre.

2. Trasladar al Director General de Transportes y al Consejero de Fomento de la Junta de

Castilla y León esta solicitud

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3. Hacer las gestiones y buscar los apoyos necesarios por parte del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, para solicitar la convocatoria de una reunión extraordinaria del Consejo Rector del Transporte Metropolitano de Salamanca para tratar este asunto, cuantificar las cantidades cobradas indebidamente y buscar una compensación adecuada a los usuarios afectados de acuerdo a dicha cuantificación.

Esta Moción es desestimada por mayoría, con diez votos en contra, siete votos a favor y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral, y D. Miguel Ángel Moreno Valle

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO SEXTO: MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A LA SUBVENCIÓN DE COMPRA DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR.

Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista relativa a la subvención de compra de libros y material escolar.

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción:

“La Constitución Española, en su artículo 27, reconoce el derecho a la educación, disponiendo que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. A su vez, el artículo 39, fija la educación, como principio rector de la política social, económica y jurídica de la familia. Igualmente, en su artículo 9, señala que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, así como remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.

En lo referente a educación, el Estatuto de Castilla y León, en su art. 13 al igual que el derecho constitucional, garantiza a todos, mediante un sistema educativo público, la gratuidad de la enseñanza en los niveles obligatorios y en aquellos que se determine por Ley.

La Educación, como bien fundamental de toda la sociedad que pretenda considerarse progresista, es un valor cuya rentabilidad se mide, no en cifras económicas, sino que debemos contemplarlo como una inversión en capital humano.

Los socialistas, creemos que la Educación es uno de los pilares básicos de la sociedad y uno de los elementos estratégicos necesarios para el progreso de Santa Marta.

En este sentido, son la Administraciones Públicas y concretamente la Municipal, como más próxima a sus ciudadanos, las que tienen que comprometerse directamente con la consecución de generaciones de jóvenes que tengan asegurado su acceso a una educación gratuita y de calidad, evitando, así, las posibles trabas económicas que puedan existir en su entorno familiar.

Para el Partido Socialista, la gratuidad de los libros de texto es un “viejo compromiso”, que responde a una importante demanda social y sobre todo a la obligación que tienen las diferentes Administraciones Públicas de adoptar medidas efectivas de apoyo al ejercicio del derecho a la Educación gratuita en la Enseñanza Obligatoria.

Desde nuestro grupo municipal, creemos, que es hora de que el Ayuntamiento de Santa Marta adquiera con la Educación un compromiso serio en este sentido, como han hecho otros Ayuntamientos de nuestro país, poniendo en marcha un Plan efectivo y riguroso, dotado de una cantidad de dinero suficiente, para ayudar a los alumnos de Educación Primaria y Secundaría y las familias con rentas más bajas., en la compra de libros y material escolar necesarios para su educación.

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En base a lo expuesto, el grupo municipal Socialista, proponen al Pleno la adopción de los siguientes

ACUERDOS

- El Ayuntamiento de Santa Marta se compromete a estudiar las formas para ayudar a las familias en la compra de libros, para lo cual se desarrollara un estudio especifico en la comisión correspondiente en la que se tratara esta materia de manera profunda para así intentar paliar en alguna medida, el esfuerzo económico que supone el inicio de curso para muchas familias.

- El Ayuntamiento de Santa marta de Tormes conforme los estudios de la comisión

correspondiente estimará sus datos cara a la elaboración del futuro presupuesto 2013.

Esta Moción es aprobada por unanimidad de de los diecisiete miembros que de derecho forman la Corporación.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO SÉPTIMO: MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA DE CASTILLA Y LEÓN RELATIVA A LA SUPRESIÓN DE COMISIONES INFORMATIVAS.

Por Secretaría se da lectura a parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida de Castilla y León relativa a la supresión de Comisiones Informativas.

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción:

“La austeridad es uno de los principios que debe regir el modo de administrar el dinero público y muy especialmente en estos momentos de grave crisis económica en el que nos encontramos y que sufren de manera más acusada las capas sociales más desfavorecidas.

Debemos administrar austeramente para optimizar los recursos de los que disponemos y también como pedagogía política, es decir, tenemos la obligación de dar ejemplo de austeridad desde todas las administraciones, máxime cuando a trabajadoras y trabajadores les vienen impuestos sacrificios económicos que afectan a su bienestar y que arrojan cada día a más personas a engrosar las bolsas de pobreza y marginación social. La sociedad está demandando a la clase política que tome medidas y que de ejemplo.

Pues bien, este Ayuntamiento puede y debe contribuir con hechos, a administrar los recursos de una forma austera y por ello proponemos que se racionalice el gasto en lo referente a Comisiones informativas. Muchas de ellas son innecesarias al no llevar ningún dictamen y a mayor abundamiento, en no pocas ocasiones se lleva información que ya hemos leído en prensa, con lo cual una mera comunicación escrita sería suficiente.

El coste de las comisiones es considerable por dos motivos: primero por el gran número de concejales participantes (recordar a este respecto que IIU propuso al principio de este mandato una composición más reducida frente a los diez que forman parte de las mismas). El coste en euros de cada comisión es de 1.282’5 y en lo que va de año, es decir de enero a octubre del 2012, se han celebrado 16 comisiones informativas en las que no se ha presentado ningún dictamen y esto supone una cantidad de 20.526 euros.

En definitiva, podríamos ahorrar unas buenas cantidades a las arcas municipales, y por tanto a los vecinos/contribuyentes, si se racionalizase la celebración de Comisiones Informativas, convocando y celebrando solamente aquellas que lleven dictamen y supliendo las demás por comunicación a los concejales por parte de los presidentes de las citadas comisiones.

A la vista de todo lo anteriormente expuesto se propone al pleno del Ayuntamiento que adopte el siguiente:

ACUERDO

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En lo sucesivo solamente se convocarán Comisiones Informativas cuando haya algún asunto que dictaminar y las restantes se suprimirán, utilizando para la información a los concejales, los canales habituales de comunicación con los que cuenta este Ayuntamiento”.

Esta Moción es desestimada por mayoría, con quince votos en contra, dos votos a favor y ninguna abstención.

Votan a favor: Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral.

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado y D. Miguel Ángel Moreno Valle.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.

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Dª MONTSERRAT RODRÍGUEZ MORROS, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, adoptó el siguiente

A C U E R D O

PUNTO OCTAVO: MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA DE CASTILLA Y LEÓN CONTRA LOS RECORTES EN EDUCACIÓN Y EL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA PIDIENDO LA DIMISIÓN DEL MINISTRO WERT.

Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida de Castilla y León contra los recortes en Educación y el Anteproyecto de Ley Orgánica para lamedora de la calidad educativa pidiendo la dimisión del Ministro Wert.

Concluidas las intervenciones el Sr. Alcalde-Presidente somete a votación plenaria la siguiente Moción:

“Los Presupuestos Generales del Estado para el 2013 recortan nuevamente el presupuesto destinado a educación, muy por encima de la que sufrirán los otros Ministerios (un 64% superior respecto del 8,9% de recorte medio), tras haber aplicado sucesivos recortes en los tres últimos años. Lo que ya había situado a nuestro país por debajo de la media de la OCDE en inversión educativa. Desde la llegada del Gobierno del PP, se han recortado 5.212 millones de euros en Educación: 487 millones en diciembre por el acuerdo de no disponibilidad, 663 millones menos en los presupuestos de 2012, 3.736 millones por el Real Decreto Ley 14/2012 de medidas de racionalización del gasto público en el ámbito educativo y 326 millones de menos en los presupuestos 2013. Se recorta en becas y ayudas al estudio (50 millones), en los programas de Compensatoria (un 68.5%), en los programas en Universidad (un 18,2%) y el 14,4% en la investigación científica, I+D+i. El programa Erasmus se recorta de 41 millones a 15 millones y los de atención al alumnado con necesidades especiales han desaparecido. Todos estos recortes han ahondado en la política de deterioro de la educación pública, tanto en el desarrollo de las enseñanzas como en las políticas de personal (merma retributiva, precarización de condiciones laborales del profesorado, cerca de 100.000 docentes menos, más horas de clase y más estudiantes por aula; menos becas y más tasas en etapas no obligatorias y en servicios esenciales, como el comedor o el transporte escolar). Si a finales de 2012 la inversión pública educativa en España habrá descendido en casi 8.000 millones de euros, el gasto público educativo en 2015 se situará en torno al 3,9%, lo que supondrá volver a los años 80 y nos situará a la cola de la OCDE y la Unión Europea. Lo cual revela la pérdida de importancia de la educación en el conjunto de las políticas públicas, especialmente desde que gobierna el Partido Popular. Estos recortes se quieren justificar ideológicamente mediante el Anteproyecto de Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), presentado recientemente por el Ministro Wert para su aprobación parlamentaria. Este Anteproyecto de Ley orgánica es una reforma regresiva, clasista, excluyente y segregadora, que atenta contra el derecho a una educación de calidad en condiciones de igualdad y supone una vuelta al sistema de enseñanza franquista.

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Se ha hecho sin un diagnóstico previo riguroso. Los escasos motivos que se declaran sólo se apoyan en prejuicios o ideas preconcebidas sin base en investigación alguna que las respalde. Se ha hecho sin contar con la comunidad educativa y con una simple consulta on line mínima y trucada, que se ha limitado a facilitar un correo electrónico al que enviar críticas o sugerencias, sin poder confrontarlas ni debatirlas en foros abiertos y plurales. Se plantea sin financiación y tras los brutales recortes señalados anteriormente, que se añaden a los que ya se han hecho estos últimos años a nivel estatal y autonómico. En este contexto, se proclama cínicamente como primer objetivo de esta reforma la “mejora de la calidad educativa”. ¿Qué calidad y para quién?

Este anteproyecto tiene un marcado enfoque mercantilista. El primer párrafo del anteproyecto, donde define la concepción de la educación que marca la ley, muestra claramente cómo se concibe la educación ante todo como “motor que promueve la competitividad de la economía”, o como “una apuesta por conseguir ventajas competitivas en el mercado global”.

Es una reforma que nos retrae a épocas pasadas convirtiendo la educación en una carrera de obstáculos con continuas reválidas. Apuesta así por una enseñanza basada en la presión del examen, frente a un modelo educativo centrado en las necesidades y motivaciones del alumnado para contribuir al éxito escolar de todos y todas. En vez de buscar estrategias y formas de motivar y entusiasmar al alumnado por el conocimiento y el aprendizaje, se concibe la educación como un camino de penitencia y sufrimiento, trufado de pruebas y exámenes continuos, que convierte la educación en un auténtico viacrucis recuperando el espíritu franquista de la “letra con sangre entra”, en el que las condiciones culturales y socioeconómicas familiares van a ser determinantes del éxito escolar. La aplicación de estas reválidas lo que supondrá es un aumento del abandono y el fracaso escolar.

Es una reforma segregadora. Desde los 13 años se abren hasta tres vías selectivas que suprimen la formación común en la etapa obligatoria y atentan contra la igualdad real de oportunidades. Las vías previstas son: Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento, desde los 13/14 años, para quienes hayan repetido algún curso y tengan dificultades de aprendizaje. Su formación será “diferente a la establecida con carácter general”, o sea, con un currículo devaluado. Ciclos de Formación Profesional Básica (FPB) a los 15 años, habiendo repetido algún curso, que no dan acceso directo a la FP de grado medio ni se titula en ESO. Dos itinerarios en 4º de ESO, con titulaciones diferenciadas que conducen a FP o Bachillerato. Múltiples datos y estudios internacionales constatan que la segregación temprana, además de injusta por clasista, es ineficaz por obligar a “elegir” a destiempo, cuando aún no se conocen las capacidades que cada estudiante puede desarrollar.

Es una reforma antidemocrática. Se merman las competencias del consejo escolar, quedando relegado a funciones meramente consultivas, arruinando así toda participación democrática. Las funciones decisorias se concentran en una dirección unipersonal, nombrada por la Administración, cuya profesionalización como gerente se potencia pudiendo incluso seleccionar al profesorado de su plantilla.

Es una reforma controladora y que desconfía de la capacidad de los profesionales de la educación. Se recentraliza el currículo, aumentando el porcentaje de contenidos establecidos por el Estado y se controla el currículo que se imparte mediante evaluaciones externas al final de cada etapa que determinan los niveles de exigencia. Todo ello evidencia una profunda desconfianza hacia la profesionalidad del profesorado.

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Es una reforma que promueve la gestión empresarial de los centros públicos. Gestionando al profesorado como si fueran “peones” intercambiables, pudiéndose desplazar forzosamente al profesorado de un centro a otro, de una etapa a otra o de una asignatura a otra. Pero sobre todo centrada en fomentar la competitividad entre los centros y su especialización (incluso por “tipología de alumnado”), estableciendo clasificaciones según resultados en rankings, como si de una liga de fútbol se tratara. Además se incentivará a los centros, no ya en función de las mayores necesidades de su alumnado, sino de acuerdo con su puesto en el ranking. Todo ello con el fin de que los “clientes” puedan comparar y supuestamente elegir en ese mercado educativo el centro que más les convenga.

Es una reforma privatizadora que incluye como parte del sistema educativo a los “agentes privados” que desarrollan funciones de regulación, financiación o prestación del servicio educativo en España. Y se plantean medidas para favorecer a los centros privados concertados, como extender el concierto a la nueva formación profesional básica, al quedar incluida en la enseñanza obligatoria; o dar cobertura legal a los centros concertados que discriminan al alumnado en razón de su sexo, incumpliendo la reciente sentencia del Tribunal Supremo.

Los principales cambios responden a un pensamiento clasista y segregador. Viejas recetas que no han dado los resultados “esperables” en aquellos países donde se han aplicado y que la comunidad científica internacional viene rechazando de plano. No sirven para construir la escuela del futuro, sino para restaurar la mala educación del pasado.

Por otra parte, las movilizaciones de estudiantes, profesores y padres de alumnos, de estos días, ponen de manifiesto que este es un asunto que inquieta sobremanera a la comunidad educativa y a todo el país, pues de una buena educación depende, en gran manera la prosperidad y el futuro de todos y especialmente de los jóvenes. Recordar el dato histórico de que por primera vez los padres apoyan la huelga de sus hijos, como prueba de que estas reformas educativas son objetivamente preocupantes y que están causando gran alarma social

Por ello, el Grupo Municipal eleva al Pleno esta Moción proponiendo el siguiente acuerdo: 1- Instar al Gobierno de España para que, en vez de recortar en educación, destine un

“rescate” similar a educación como está destinando a rescatar a los bancos y aumente el Presupuesto para Educación Pública en los PGE de 2013 a la media europea, 7% del PIB, destinando además un 2% del PIB a la Educación Superior.

2- Instar al Gobierno de España para que retire de forma inmediata el Anteproyecto de Ley orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) porque es una reforma segregadora, antidemocrática, mercantilista y hecha a espaldas de la comunidad educativa y social.

3- Instar al Gobierno Central a debatir y alcanzar realmente un diagnóstico compartido sobre la situación real de nuestro sistema público educativo, con el fin de plantear medidas efectivas para extender y mejorar la educación pública, avanzando hacia un modelo educativo que contribuya al éxito escolar de todo el alumnado y a la formación de personas más iguales, más libres, más críticas y más creativas.

4- Solicitar al Gobierno Central la dimisión del Ministro Wert que está desmantelando el sistema educativo público, del cual debería ser garante y firme defensor”.

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Esta Moción es desestimada por mayoría, con diez votos en contra, seis votos a favor y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, y Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral.

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.

Y para que así conste se expide el presente de orden y con el Visto Bueno del Alcalde dejando constancia de la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, al no haberse aprobado aún el Acta de este Pleno en Santa Marta de Tormes a veinticinco de octubre de dos mil doce.