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Secretaría general [email protected] Ctra Palazuelos 7, 40004 Segovia. Tel . 921 110921. Fax: 921 111960 www.segovia.es MAG AYS_PLN_20190927_ACT_informacion Sesión número 14/2019 Refª. AYS_PLN_20190927_ACT_informacion INFORMACIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL, EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA. Lugar de celebración de la sesión : En la ciudad de Segovia y en el Salón de Plenos de su Casa Consistorial, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia Fecha : VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE 2019 Carácter de la sesión : ORDINARIA Fecha de la convocatoria : Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 24 de septiembre de 2019 (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12433161457715240212 en http://segovia.es/validación ), y complementario dictado con esta misma fecha (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12433161647404174560 en http://segovia.es/validación ), Hora de inicio : nueve horas y cinco minutos Constitución : En Primera convocatoria Hora de finalización : Trece horas y cincuenta y un minutos Preside: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS En la ciudad de Segovia en el lugar y fecha indicados, se reunieron, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, los integrantes del Pleno municipal al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, convocatoria que, acompañada del orden del día de los asuntos a tratar, fue debidamente notificada a todos sus integrantes mediante correo electrónico, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, acuerdo núm. 20/2009 y la Disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia. Concurriendo inicialmente los veinticinco miembros que de hecho y de derecho integran la Corporación municipal con lo que se alcanza el quórum del tercio de su número legal y teniéndose todos sus componentes por convocados en tiempo y forma, se constituyó, el Pleno de la Excma. Corporación Municipal, asistido por la Secretaria General, que dio fe del acto como Secretaria del órgano. Así mismo, asistió el Interventor general municipal.

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Secretaría general [email protected]

Ctra Palazuelos 7, 40004 Segovia. Tel . 921 110921. Fax: 921 111960 www.segovia.es

MAG AYS_PLN_20190927_ACT_informacion

Sesión número 14/2019 Refª. AYS_PLN_20190927_ACT_informacion

INFORMACIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL, EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA VEINTISIETE DE

SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA.

Lugar de celebración de la sesión: En la ciudad de Segovia y en el Salón de Plenos de su Casa Consistorial, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia

Fecha: VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE 2019

Carácter de la sesión: ORDINARIA

Fecha de la convocatoria: Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 24 de septiembre de 2019 (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12433161457715240212 en http://segovia.es/validación), y complementario dictado con esta misma fecha (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12433161647404174560 en http://segovia.es/validación),

Hora de inicio: nueve horas y cinco minutos

Constitución: En Primera convocatoria

Hora de finalización: Trece horas y cincuenta y un minutos

Preside: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS

En la ciudad de Segovia en el lugar y fecha indicados, se reunieron, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, los integrantes del Pleno municipal al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, convocatoria que, acompañada del orden del día de los asuntos a tratar, fue debidamente notificada a todos sus integrantes mediante correo electrónico, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, acuerdo núm. 20/2009 y la Disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia.

Concurriendo inicialmente los veinticinco miembros que de hecho y de derecho integran la Corporación municipal con lo que se alcanza el quórum del tercio de su número legal y teniéndose todos sus componentes por convocados en tiempo y forma, se constituyó, el Pleno de la Excma. Corporación Municipal, asistido por la Secretaria General, que dio fe del acto como Secretaria del órgano.

Así mismo, asistió el Interventor general municipal.

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Abierta la sesión por la Presidencia, se pasó a conocer los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos:

I.- PARTE RESOLUTIVA

Acuerdo núm. 180.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, CELEBRADA EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A APROBACIÓN DE FESTIVOS LOCALES PARA EL AÑO 2020.

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Determinar como fiestas locales para el año 2020 por la tradición que le es propia en este municipio:

- SAN PEDRO, día 29 de junio, LUNES.

- SAN FRUTOS, 26 de octubre, LUNES. Al coincidir el 25 de octubre –festividad de San Frutos- en domingo, se traslada al lunes 26.

Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la Oficina Territorial de Trabajo de la Junta de Castilla y León, Unidad de Relaciones Laborales”.

Acuerdo núm. 181.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, CELEBRADA EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD MUNICIPAL “GESTIÓN Y CALIDAD TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE SEGOVIA”.

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Ratificar los acuerdos alcanzados tras la oportuna negociación con los representantes de los empleados y recogidos en el Convenio de Empresa “Gestión y Calidad Turística Ciudad de Segovia, S.A.U.” que figura en el expediente.

Segundo.- Se lleve a cabo la tramitación legalmente oportuna para la inscripción, registro y publicación del texto en los términos por la empresa acordados.

Acuerdo núm. 182.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, CELEBRADA EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE ACUERDO DE REVALORIZACIÓN SALARIAL DEL 0,25% DE LOS EMPLEADOS MUNICIPALES.

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Actualizar las retribuciones del personal al servicio de la Corporación, que corresponda, mediante el incremento adicional de un 0,25% respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2018 con efectos de 1 de julio de 2019.

Segundo.- El personal afectado será el personal funcionario, laboral fijo, contratado temporal y personal eventual o de confianza que presta servicios a partir de la fecha de efecto de

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dicho abono.

Tercero.- Que dicha actualización lo sea tanto de las retribuciones básicas como de las complementarias. Deberán reflejarse los nuevos complementos específicos en la Relación de Puestos de Trabajo.

Cuarto.- Que se lleve a cabo el abono de atrasos que corresponda en la nómina en que sea posible al disponerse de la totalidad de los elementos formales necesarios y necesidades técnicas que se establecen, también, para los supuestos en los que el abono no lo sea por nómina.

Quinto.- Autorizar a la Alcaldía a la resolución de cuantas cuestiones sean de interés para el abono individualizado del abono de los atrasos acordados.

Acuerdo núm. 183.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, CELEBRADA EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS NO MUNICIPALES QUE SON DE LA COMPETENCIA DEL PLENO.

La Excma. Corporación municipal acordó:

Aprobar el nombramiento de representantes de la Corporación en órganos colegiados no municipales que son de la competencia del Pleno de acuerdo con lo siguiente:

1.- CONSEJOS ESCOLARES:

• Consejo Escolar del Colegio “El Peñascal”: Doña María Ángeles Rueda Cayón

• Consejo Escolar del Colegio Público: “Domingo de Soto”: Doña Azucena Suárez del Pozo

• Consejo Escolar del Colegio de Prácticas de Magisterio “Fray Juan de la Cruz”: Don José Luis Huertas San Frutos

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Carlos de Lecea”: Don José Luis Horcajo Llorente

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “San José Obrero”: Doña Clara María Martín garcía

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Santa Eulalia”: Doña Silvia Pasarón Ayuso

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Villalpando”: Doña Elena Jimeno Garcímartín

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Diego de Colmenares”: Doña Claudia de Santos Borreguero

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Martín Chico”: Doña María Eugenia Aguiar Bartrina

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Eresma”: Don Miguel Merino Sánchez

• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Nueva Segovia”: Don Andrés Torquemada Luengo.

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• Consejo Escolar del C.E.I.P. “Elena Fortún”: Doña Raquel de Frutos García

• Consejo Escolar del Instituto “Andrés Laguna”: Don Marco Sandulli Saldaña

• Consejo Escolar del Instituto “Giner de los Ríos”: Don Ángel Galindo Hebrero

• Consejo Escolar del Instituto de Bachillerato “Mariano Quintanilla: Don Pablo Pérez Coronado

• Consejo Escolar del Instituto de Formación Profesional “Ezequiel González”: Don Julio César Santos Pastor

• Consejo Escolar del Instituto de E.S. La Albuera: Doña María Ángeles Rueda Cayón

• Consejo Escolar del Instituto de E. S. “María Moliner”: Doña Raquel de Frutos García

• Consejo Escolar de la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos: Don Francisco-Javier García Crespo

• Consejo Escolar de la Escuela Oficial de Idiomas: Doña Noemí Otero Navares

• Consejo Escolar del Conservatorio Elemental de Música: Don Marco Antonio Costa Herranz

• Consejo Escolar del Centro Público de Educación de Adultos “Don Antonio Machado”, de Segovia: Doña María Eugenia Aguiar Bartrina

• Consejo Escolar del C. E. E. “Nuestra Sra. de la Esperanza”: Doña Ana Peñalosa Llorente

• CRA Los Almendros: Don David García-Foj Fernández

• CRA El Encinar: Don Guillermo San Juan Benito

2.- CONSORCIOS:

Consorcio Provincial para la Gestión Medioambiental y Tratamiento de Residuos Sólidos de Segovia:

Vicepresidente Segundo: Don Ángel Galindo Hebrero.

Vocal en la Asamblea cuya designación se propone a la Diputación: Doña Raquel de Frutos García.

Representante: Miguel Merino, y Sustituta: Doña María Ángeles Rueda Cayón.

Entre los representantes designados formará parte de la Junta de Gobierno y Administración: Don Miguel Merino Sánchez

• Consorcio “Vía Verde Valle del Eresma”:

Don Ángel Galindo Hebrero

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3.- Centro regional Asociado de la Universidad de Educación a Distancia Segovia (UNED):

Doña Clara Luquero de Nicolás

Doña Ana Peñalosa Llorente

Acuerdo núm. 184.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, CELEBRADA EL DÍA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PARA LA GESTIÓN DEL APARCAMIENTO DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES”.

“ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO PARA EL APARCAMIENTO DE LA ESTACIÓN DE

AUTOBUSES

I. INTRODUCCIÓN

1. JUSTIFICACIÓN

1.1 Antecedentes

El actual contrato de concesión del aparcamiento de la Estación de autobuses finaliza el 19 de Marzo

de 2020. Es intención del equipo de gobierno sacar de nuevo a licitación este Aparcamiento.

1.2 Regulación Normativa

Según el artículo 285.2 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en

adelante LCSP): “En los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente irá

precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos o en su caso, de

un estudio de viabilidad económico-financiera, que tendrán carácter vinculante en los supuestos en

que concluyan en la inviabilidad del proyecto…”

Dado que en el Capítulo III de la LCSP no se regula nada más referente al estudio de viabilidad y

visto el artículo 297 de la LCSP que dispone que “En lo no previsto en el presente Capítulo respecto

al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente

Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de

aquel.”

Así atendiendo al artículo 247 de la LCSP que regula a este respecto el contrato de concesión de

obras que establece en sus puntos 1 y 2:

“1. Con carácter previo a la decisión de construir y explotar en régimen de concesión unas obras, el

órgano que corresponda de la Administración concedente acordará la realización de un estudio de

viabilidad de las mismas.

2. El estudio de viabilidad deberá contener, al menos, los datos, análisis, informes o estudios que

procedan sobre los puntos siguientes:

a) Finalidad y justificación de las obras, así como definición de sus características esenciales.

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b) Justificación de las ventajas cuantitativas y cualitativas que aconsejan la utilización del contrato

de concesión de obras frente a otros tipos contractuales, con indicación de los niveles de calidad

que resulta necesario cumplir, la estructura administrativa necesaria para verificar la prestación, así

como las variables en relación con el impacto de la concesión en la estabilidad presupuestaria.

c) Previsiones sobre la demanda de uso e incidencia económica y social de las obras en su área de

influencia y sobre la rentabilidad de la concesión.

d) Valoración de los datos e informes existentes que hagan referencia al planeamiento sectorial,

territorial o urbanístico.

e) Estudio de impacto ambiental cuando este sea preceptivo de acuerdo con la legislación vigente.

En los restantes casos, un análisis ambiental de las alternativas y las correspondientes medidas

correctoras y protectoras necesarias.

f) Justificación de la solución elegida, indicando, entre las alternativas consideradas si se tratara de

infraestructuras viarias o lineales, las características de su trazado.

g) Riesgos operativos y tecnológicos en la construcción y explotación de las obras.

h) Coste de la inversión a realizar, así como el sistema de financiación propuesto para la

construcción de las obras con la justificación, asimismo, de la procedencia de esta.

i) Estudio de seguridad y salud o, en su caso, estudio básico de seguridad y salud, en los términos

previstos en las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

j) El valor actual neto de todas las inversiones, costes e ingresos del concesionario, a efectos de la

evaluación del riesgo operacional, así como los criterios que sean precisos para valorar la tasa de

descuento.

k) Existencia de una posible ayuda de Estado y compatibilidad de la misma con el Tratado de

Funcionamiento de la Unión Europea, en los casos en que para la viabilidad de la concesión se

contemplen ayudas a la construcción o explotación de la misma.”

Y por otro lado el artículo 247.6 que dice: “La Administración concedente podrá acordar

motivadamente la sustitución del estudio de viabilidad a que se refieren los apartados anteriores por

un estudio de viabilidad económico-financiera cuando por la naturaleza y finalidad de las obras o por

la cuantía de la inversión requerida considerara que este es suficiente…”

A la vista de lo que la LCSP establece como contenido para el estudio de viabilidad se considera

que no es aplicable al servicio que se pretende licitar ya que parece que está más orientado a

concesiones de obras y servicios de nueva implantación que requieran además la ejecución de una

obra. Se considera que de acuerdo con el artículo 247.6 teniendo en cuenta la naturaleza del

servicio que se licita y que no se precisan obras, la realización de un estudio económico-financiero

es suficiente.

2. OBJETIVO Y ALCANCE:

El objetivo del presente documento de acuerdo al artículo 285.2 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre,

de Contratos del Sector Público es el análisis económico financiero que sirva de base para estimar

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la viabilidad del proyecto, así como el posible canon que haya de abonar el adjudicatario a este

Ayuntamiento, de forma que el contrato resulte factible desde un punto de vista financiero de

acuerdo a una serie de condiciones y criterios marcados.

Los resultados que considera el presente documento deben ser tenidos en cuenta como un

“escenario de referencia preliminar”.

Además, entre otros objetivos marcados por el Ayuntamiento para el nuevo contrato se encuentran:

• Optimizar el servicio prestado, su calidad y disponibilidad.

• Fomentar la eficiencia en costes sin menoscabo de la consecución del objetivo de calidad y

disponibilidad, tratando de obtener el máximo rendimiento.

• Motivar al adjudicatario para optimizar la gestión del servicio.

3. OBJETO DE LA PRESTACIÓN.

El objeto consiste en la prestación del Servicio de gestión, mantenimiento, control y suministro del

sistema de control de acceso y salida del aparcamiento de la estación de autobuses de Segovia

ubicado en la Calle de los Barreros. Se incluye el servicio de mantenimiento obligatorio del sistema de

protección contra incendios, sistema de control de accesos, señalización y cualquier otro sistema o

elemento del que esté dotado el aparcamiento.

4. NECESIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE PRETENDE SATISFACERSE:

Se pretende cubrir la gestión del aparcamiento público de la Estación de Autobuses, cuya necesidad

se justifica en la escasez de aparcamientos para residentes existen en la zona, así como en la

escasez general de plazas de aparcamiento en la parte de la ciudad donde está ubicado dicho

aparcamiento

El artículo 25.2 g de la ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las bases de régimen local establecen

como propia de los municipios las competencias de tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad,

por lo que es lógico que el Ayuntamiento promueva acciones que incrementen el número de plazas

ofertadas de estacionamiento, dado que las ubicadas en la vía pública no son suficientes

II. ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO

1.-RETRIBUCIÓN: RIESGO DE EXPLOTACIÓN.

El riesgo de la explotación se materializa en la retribución al concesionario que únicamente vendrá

determinada por los ingresos que pueda obtener de la explotación de las plazas del aparcamiento

aplicando las tarifas correspondientes. Se propone emplear las que ha empleado el actual

concesionario durante 2018, ya que para determinar la viabilidad del aparcamiento se han utilizado

los ingresos obtenidos por dicho concesionario en 2018 aplicando esas tarifas que son las siguientes:

A) Por cada minuto de estacionamiento: 0,03650 €

B) Por abono nocturno desde las 21 horas hasta las 9 horas del día

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siguiente: 16,08 €

C) Por alquiler mensual: 90,76 €.

D) Abono diario 24 horas: 20,10 €

E) Por abono semanal de veinticuatro horas diarias durante un periodo de siete dias

naturales seguidos: 58,75 €

F) Por abono mensual diurno de 12 horas: 71,05 €

G) Por abono mensual nocturno de 12 horas: 43,72 €

Por otro lado la imprevisible evolución de la demanda de estacionamiento, así como los usos en

cuanto a la duración de éste, supone otro factor de riesgo.

2.- CONSIDERACIONES EN EL ESTUDIO:

Las consideraciones tenidas en cuenta para el presente estudio económico-financiero son:

2.0.- Consideraciones iniciales:

Se plantea el estudio del actual aparcamiento con 155 plazas. La distribución de las plazas es la

siguiente:

Rotación y bonos: 81 plazas

Alquileres: 56

Plazas reservadas para depósito de grúa: 15 plazas. Estas plazas no podrán ser explotadas por el

concesionario ya que son de utilización exclusiva para el aparcamiento de las grúas del servicio de

retirada de vehículos de la vía pública, así como para el depósito de los vehículos retirados.

Plazas reservadas para el Ayuntamiento: 3 plazas. Estas plazas no podrán ser explotadas por el

concesionario ya que son de utilización exclusiva para el Ayuntamiento de Segovia.

Las plazas destinadas al alquiler serán como máximo 56, si no existiera ese número de plazas

arrendadas dichas plazas no arrendadas se podrán destinar a rotación.

Se subroga al personal del actual concesionario con sus derechos y obligaciones de acuerdo al

convenio vigente.

Se realizarán las inversiones que se indicarán más adelante.

2.1.- Plazo:

El plazo es de 5 años.

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2.2.- Inversiones:

Las inversiones previstas, a los efectos de presente estudio, se amortizarán en el plazo de 5 años.

Se exponen a continuación las inversiones precisas para la adquisición de los medios materiales

necesarios para la ejecución del contrato:

GRUPO ENTRADA

UNIDADES DESCRIPCIÓN PRECIO UNIDAD PRECIO

1 EMISOR DE TICKETS 4.485,00 € 2.915,25 €

1 BARRERA PARKING 1.485,00 € 965,25 €

1

BRAZO BARRERA CON LEDS(ROJO-

VERDE) 350,00 € 227,50 €

4.108,00 €

GRUPO SALIDA

UNIDADES DESCRIPCIÓN PRECIO UNIDAD PRECIO

1 LECTOR TICKETS 4.190,00 € 2.723,50 €

1 BARRERA PARKING 1.485,00 € 965,25 €

1

BRAZO BARRERA CON LEDS(ROJO-

VERDE) 350,00 € 227,50 €

3.916,25 €

GRUPO COBRO MANUAL, CONTROL Y GESTIÓN:

UNIDADES DESCRIPCIÓN PRECIO UNIDAD PRECIO

1

CAJA MANUAL DE COBRO Y

GESTIÓN+SOFTWARE 5.750,00 € 3.737,50 €

3.737,50 €

GRUPO RECONOCIMIENTO DE MATRÍCULASENTRADA/SALIDA

UNIDADES DESCRIPCIÓN PRECIO UNIDAD PRECIO

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1

LECTOR MATRÍCULA CON

INFRAROJOS+SOFTWARE LECTURA 2.500,00 € 1.625,00 €

1

LECTOR MATRÍCULA CON

INFRAROJOS+SOFTWARE LECTURA 2.500,00 € 1.625,00 €

3.250,00 €

SUMINISTRO, MONTAJE, CONEXIONADO Y PUESTA EN MARCHA

1.993,55 €

SUMA TOTAL NETA 17.005,30 €

2.3 Horas de servicio y personal necesarios.

DIAS AÑO 365

HORAS DIA 24

HORAS AÑO 8760

JORNADA ANUAL

TRABAJADOR 1800

TRABAJADORES NECESARIOS 4,87

2.4 COSTES DE PERSONAL:

Se parten de los costes de personal de 2019 determinados en el Convenio estatal aplicable de

garajes y aparcamientos (éste está caducado, pero no ha sido denunciado, por lo que se prorrogan

sus condiciones). Para determinar los importes unitarios por cada categoría de personal se han

partido de los costes de 2019 y se han incrementado un 1% cada año respecto a 2019. Se calcula

asimismo el deslizamiento de la antigüedad.

Posteriormente, dado que 2020 y 2025 no se ejecutarán de forma completa (9 meses de 2020 y 3

meses de 2025) se calcula el importe proporcional a los meses en los que se ejecuta el contrato

para cada uno de los años. De esta forma se obtiene el coste total de 2020 a 2025 y el importe

promedio anual.

Finalmente con ese importe promedio anual se vuelve a prorratear para cada uno de los años en

función de los meses en los que se ejecuta el contrato y tener un importe uniforme para cada uno de

los años.

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Estos cálculos se exponen en los siguientes cuadros:

En primer lugar se determina partiendo de 2019 los costes de personal por categoría de acuerdo al

convenio actual. Posteriormente a partir de 2020, se incrementa un 1% cada año respecto a 2019:

2020 2021 2022 2023 2024 2025

TOTAL

2019-2024

COSTE

MEDIO

ANUAL

1.- GASTOS DE

PERSONAL 113.960,20 115.088,52 119.953,72 121.879,16 123.307,13 124.771,61 718.960,34 119.826,72

1.1 SALARIOS Y

COMPLEMENTOS 104.048,00 105.078,17 106.108,35 107.138,53 108.168,71 109.198,89 639.740,64 106.623,44

Agente Aparcamiento (5) 98.519,15 99.494,58 100.470,02 101.445,46 102.420,90 103.396,33 605.746,44 100.957,74

Peón limpiador (0,3022) 5.528,85 5.583,59 5.638,33 5.693,07 5.747,81 5.802,55 33.994,21 5.665,70

1.2 ANTIGÜEDAD 9.912,20 10.010,34 13.845,37 14.740,63 15.138,42 15.572,72 79.219,69 13.203,28

Agente Aparcamiento (5) 9.359,32 9.451,99 13.563,45 14.455,98 14.851,03 14.992,47 76.674,23 12.779,04

Peón limpiador (0,3022) 552,88 558,36 281,92 284,65 287,39 580,26 2.545,46 424,24

Dado que 2020 y 2025 no se ejecutan de forma completa (9 meses de 2020 y 3 meses de 2025) por

un lado se calcula el importe proporcional a los meses en los que se ejecuta el contrato para cada

uno de los años y por otro con el coste promedio, se obtiene un coste promedio para cada uno de

los años:

2020 (9 MESES) 2021 2022 2023 2024 2025(3MESES)

1.- GASTOS DE

PERSONAL 89.870,04 119.826,72 119.826,72 119.826,72 119.826,72 29.956,68

1.1 SALARIOS Y

COMPLEMENTOS 79.967,58 106.623,44 106.623,44 106.623,44 106.623,44 26.655,86

Agente

Aparcamiento (5) 75.718,30 100.957,74 100.957,74 100.957,74 100.957,74 25.239,43

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Peón limpiador

(0,3022) 4.249,28 5.665,70 5.665,70 5.665,70 5.665,70 1.416,43

1.2 ANTIGÜEDAD 9.902,46 13.203,28 13.203,28 13.203,28 13.203,28 3.300,82

Agente

Aparcamiento (5) 9.584,28 12.779,04 12.779,04 12.779,04 12.779,04 3.194,76

Peón limpiador

(0,3022) 318,18 424,24 424,24 424,24 424,24 106,06

RESTO DE COSTES:

El resto de costes con sus importes unitarios serán los siguientes:

2.- MANTENIMIENTO Y COMPRAS 4.541,21

Compras 4.101,34

Reparaciones 439,87

3.- SEGUROS 2.039,39

Seguros 2.039,39

4.- Comunicaciones y Gestión de Control 5.639,35

5.- Vestuario 454,22

6.- Gastos de oficina 16.993,92

Servicios Generales administración 9.252,63

Servicios Bancarios 7.382,42

Otros Gastos 358,87

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Página 13

2.5 COSTE INVERSIONES

Todos los importes de las nuevas inversiones se amortizarán en el plazo de 5 años. Las inversiones

se financiarán con préstamo por el método francés con un 4,5% de tipo de interés anual, con el

mismo plazo que para la amortización, es decir 5 años. Se deducirá para cada elemento un importe

por amortización y otro por financiación, imputando como coste anual para cada uno de esos

conceptos (financiación y amortización) la media lineal anual, en función del plazo, de los importes

totales de cada uno de los conceptos, amortización y costes financieros, es decir la suma total de

amortización o costes financieros del préstamo dividido dicho total linealmente entre el número de

años considerados de amortización y de financiación.

De esta forma los costes anuales son los siguientes:

2020

(9 MESES)

2021

2022

2023

2024

2025

(3 MESES)

11.- AMORTIZACIONES 2.550,80 3.401,06 3.401,06 3.401,06 3.401,06 850,27

12.- GASTOS

FINANCIEROS 302,48 403,30 403,30 403,30 403,30 100,83

3.- COSTE DEL SERVICIO PARA TODO EL CONTRATO

Teniendo en cuenta las inversiones expuestas y los costes de operación referidos con anterioridad, y

contando con unos gastos Generales y Beneficio Industrial del 7,5%, el coste del servicio para la

totalidad del contrato resulta ser:

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2020

(9 MESES) 2021 2022 2023 2024

2025 (3

MESES)

1.- GASTOS DE PERSONAL 89.870,04 119.826,72 119.826,72 119.826,72 119.826,72 29.956,68

1.1 SALARIOS Y COMPLEMENTOS 79.967,58 106.623,44 106.623,44 106.623,44 106.623,44 26.655,86

Agente Aparcamiento (5) 75.718,30 100.957,74 100.957,74 100.957,74 100.957,74 25.239,43

Peón limpiador (0,3022) 4.249,28 5.665,70 5.665,70 5.665,70 5.665,70 1.416,43

1.2 ANTIGÜEDAD 9.902,46 13.203,28 13.203,28 13.203,28 13.203,28 3.300,82

Agente Aparcamiento (5) 9.584,28 12.779,04 12.779,04 12.779,04 12.779,04 3.194,76

Peón limpiador (0,3022) 318,18 424,24 424,24 424,24 424,24 106,06

2.- MANTENIMIENTO Y COMPRAS 3.405,91 4.541,21 4.541,21 4.541,21 4.541,21 1.135,30

Compras 3.076,01 4.101,34 4.101,34 4.101,34 4.101,34 1.025,34

Reparaciones 329,90 439,87 439,87 439,87 439,87 109,97

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Página 15

3.- SEGUROS 1.529,54 2.039,39 2.039,39 2.039,39 2.039,39 509,85

Seguros 1.529,54 2.039,39 2.039,39 2.039,39 2.039,39 509,85

4.- Comunicaciones y Gestión de

Control 4.229,51 5.639,35 5.639,35 5.639,35 5.639,35 1.409,84

5.- Vestuario 340,67 454,22 454,22 454,22 454,22 113,56

6.- Gastos de oficina 12.745,44 16.993,92 16.993,92 16.993,92 16.993,92 4.248,48

Servicios Generales administración 6.939,47 9.252,63 9.252,63 9.252,63 9.252,63 2.313,16

Servicios Bancarios 5.536,81 7.382,42 7.382,42 7.382,42 7.382,42 1.845,60

Otros Gastos 269,15 358,87 358,87 358,87 358,87 89,72

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Página 16

8.- COSTE ANUAL DE EXPLOTACION 112.121,11 149.494,82 149.494,82 149.494,82 149.494,82 37.373,70

9.- GASTOS GENERALES y Bº

INDUSTRIAL(7,5% S/8) 8.409,08 11.212,11 11.212,11 11.212,11 11.212,11 2.803,03

10.- SUBTOTAL 1 = (8+9) 120.530,20 160.706,93 160.706,93 160.706,93 160.706,93 40.176,73

2020

(9 MESES) 2021 2022 2023 2024

2025 (3

MESES)

11.- AMORTIZACIONES 2.550,80 3.401,06 3.401,06 3.401,06 3.401,06 850,27

12.- GASTOS FINANCIEROS 302,48 403,30 403,30 403,30 403,30 100,83

13.- COSTE DEL SERVICIO =

(10+11+12) 123.383,47 164.511,29 164.511,29 164.511,29 164.511,29 41.127,82

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4.- INGRESOS:

Los ingresos para remunerar al adjudicatario provienen de la aplicación de la tarifa correspondiente

que desde 2014 ha sido la siguiente:

A) Por cada minuto de estacionamiento: 0,03650 €

B) Por abono nocturno desde las 21 horas hasta las 9 horas del día siguiente: 16,08 €

C) Por alquiler mensual: 90,76 €.

D) Abono diario 24 horas: 20,10 €

E) Por abono semanal de veinticuatro horas diarias durante un periodo de siete días naturales seguidos:

58,75 €

F) Por abono mensual diurno de 12 horas: 71,05 €

G) Por abono mensual nocturno de 12 horas: 43,72 €

La evolución de la recaudación los últimos cinco años aplicando dichas tarifas ha sido la siguiente:

INGRESOS ROTACION*

INGRESOS

ALQUILERES TOTAL

2014 128.738,34 € 36.178,98 € 164.917,32 €

2015 122.633,55 € 27.640,54 € 150.274,09 €

2016 118.239,42 € 29.628,26 € 147.867,69 €

2017 121.347,11 € 27.678,05 € 149.025,16 €

2018 138.529,00 € 27.303,00 € 165.832,00 €

2019** 69.711,64 € 15.901,75 € 85.613,39 €

*Incluyen rotación y abonos

**datos hasta Junio.

Tras una pérdida importante en 2015 y 2016 respecto a 2014 los años siguientes ha existido un

crecimiento irregular pero sostenido. Por prudencia no se van a realizar proyecciones de la

recaudación, sino que se tomará como referencia el último año completo, 2018.

5.- DIFERENCIA ENTRE INGRESOS Y GASTOS PARA LOS CINCO AÑOS DEL CONTRATO

Los costes e ingresos y la diferencia de acuerdo a lo anterior serán los siguientes:

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Página 18

COSTE DEL SERVICIO 123.383,47 164.511,29 164.511,29 164.511,29 164.511,29 41.127,82

INGRESOS 124.374,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 41.458,00

DIFERENCIA 990,53 1.320,71 1.320,71 1.320,71 1.320,71 330,18

Se concluye a la vista de las cifras anteriores que existe un incremento de la recaudación sobre el

coste del servicio de 1.320,71 € anuales.

6.-ESTUDIO DE LA RENTABILIDAD SEGÚN LOS CRITERIOS VAN Y TIR

Partiendo de la fórmula que consta en el artículo 10 del RD 55/2017, de 3 de febrero, por el que se

desarrolla la Ley de desindexación de la economía española que resulta ser la siguiente:

( )0

0 1≥∑

+=

n

t

t

b

FCt

Donde:

“t son los años medidos en números enteros.

FCt es el flujo de caja esperado del año t, definido como la suma de lo siguiente:

a) El flujo de caja procedente de las actividades de explotación, que es la diferencia entre los cobros y

los pagos ocasionados por las actividades que constituyen la principal fuente de ingresos del

contrato, teniendo en cuenta tanto las contraprestaciones abonadas por los usuarios como por la

Administración, así como por otras actividades que no puedan ser calificadas como de inversión y

financiación. El flujo de caja procedente de las actividades de explotación comprenderá, entre otros,

cobros y pagos derivados de cánones y tributos, excluyendo aquellos que graven el beneficio del

contratista.

b) El flujo de caja procedente de las actividades de inversión, que es la diferencia entre los cobros y

los pagos que tienen su origen en la adquisición de activos no corrientes y otros activos equivalentes,

tales como inmovilizados intangibles (entre ellos, derechos de uso de propiedad industrial o

intelectual, concesiones administrativas o aplicaciones informáticas), materiales o inversiones

inmobiliarias, así como los cobros procedentes de su enajenación.

Aunque no se prevea su efectiva enajenación en el momento de realizar las proyecciones, se incluirá

como cobro procedente de las actividades de inversión el valor residual de los activos, entendido

como el importe que se podría recuperar al término del contrato o bien de la vida útil del elemento

patrimonial, en caso de que ésta finalice con anterioridad, ya sea por su venta en el mercado o por

otros medios.

Para la determinación del valor residual se analizarán las características de los elementos

patrimoniales, tales como su vida útil, usos alternativos, movilidad y divisibilidad.

FCt no incluirá cobros y pagos derivados de actividades de financiación.

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Página 19

La estimación de los flujos de caja se realizará sin considerar ninguna actualización de los valores

monetarios que componen FCt.

b es la tasa de descuento, cuyo valor será el rendimiento medio en el mercado secundario de la

deuda del Estado a diez años en los últimos seis meses incrementado en un diferencial de 200

puntos básicos. Se tomará como referencia para el cálculo de dicho rendimiento medio los últimos

datos disponibles publicados por el Banco de España en el Boletín del Mercado de Deuda Pública. “

La fórmula propuesta en el RD 55/2017 es la fórmula del VAN (Valor Actualizado Neto)

De acuerdo a lo anterior y a los costes e ingresos para los 5 años el cálculo del VAN y la TIR es el

siguiente:

2020

(9 MESES)

2021

2022

2023

2024

2025

(3MESES)

8.- COSTE ANUAL DE

EXPLOTACION 112.121,11 149.494,82 149.494,82 149.494,82 149.494,82 37.373,70

9.- GASTOS GENERALES y Bº

INDUSTRIAL(7,5% S/8) 8.409,08 11.212,11 11.212,11 11.212,11 11.212,11 2.803,03

10.- SUBTOTAL 1 = (8+9) 120.530,20 160.706,93 160.706,93 160.706,93 160.706,93 40.176,73

2020

(9 MESES)

2021

2022

2023

2024

2025

(3 MESES)

11.- AMORTIZACIONES 2.550,80 3.401,06 3.401,06 3.401,06 3.401,06 850,27

12.- GASTOS FINANCIEROS 302,48 403,30 403,30 403,30 403,30 100,83

13.- COSTE DEL SERVICIO =

(10+11+12) 123.383,47 164.511,29 164.511,29 164.511,29 164.511,29 41.127,82

INGRESOS 124.374,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 41.458,00

DIFERENCIA 990,53 1.320,71 1.320,71 1.320,71 1.320,71 330,18

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AÑO 0 1 2 3 4 5 6

GASTOS DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACION 112.121,11 149.494,82 149.494,82 149.494,82 149.494,82 37.373,70

INGRESOS DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACION 124.374,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 165.832,00 41.458,00

FLUJOS DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACION 12.252,89 16.337,18 16.337,18 16.337,18 16.337,18 4.084,30

GASTOS DE ACTIVIDADES DE INVERSION 2.550,80 3.401,06 3.401,06 3.401,06 3.401,06 850,27

INGRESOS DE ACTIVIDADES DE INVERSION 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

FLUJOS DE CAJA DE ACTIVIDADES DE INVERSION -2.550,80 -3.401,06 -3.401,06 -3.401,06 -3.401,06 -850,27

SUMA DE FLUJOS DE CAJA -17.005,30 9.702,09 12.936,12 12.936,12 12.936,12 12.936,12 3.234,03

TIPO DE DESCUENTO 1,03 1,06 1,10 1,13 1,17 1,21

FLUJOS DE CAJA CON APLICACIÓN DE TASA DE

DESCUENTO -17.005,30 9.401,86 12.147,89 11.771,97 11.407,69 11.054,67 2.678,15

De acuerdo a los flujos de caja anteriores el VAN y el TIR serán los siguientes:

VAN

41.870,00 €

TIR

63,22%

Es decir de acuerdo a estos criterios, la inversión es rentable con un VAN de 41.870,00€ a lo largo de

los cinco años y asimismo a lo largo de ese periodo la TIR sería de un 63,22%, por lo que el proyecto

es financieramente sostenible.

CONCLUSIONES

En primer Iugar se debe señalar que se ha trabajado en la determinación de un “escenario de

referencia", el cual gira sobre la base de una serie de supuestos e hipótesis de acuerdo con los datos

que obran en el Ayuntamiento y empleando precios de mercado.

Por todo lo que antecede, el técnico que suscribe, estima que con los datos aportados en el presente

estudio, queda justificada suficientemente la viabilidad del aparcamiento de la Estación de

autobuses.”

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La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar el Estudio de Viabilidad Económico-Financiera para el aparcamiento de la Estación de Autobuses arriba transcrito, en sustitución del Estudio de Viabilidad definido en el artículo 247.2 de la LCSP, por considerarse suficiente el primero, según el informe técnico de 19 se agosto de 2019; todo ello como trámite previo al Contrato de Concesión de Servicios para la gestión del Aparcamiento de la Estación de Autobuses.

Segundo.- Abrir un plazo de información pública de un mes, en relación con el Estudio de Viabilidad Económico-Financiera para el aparcamiento de la Estación de Autobuses, aprobado en el punto anterior; así como a publicar dicha aprobación en el Perfil del Contratante.

Tercero.- Que se dé traslado del presente Acuerdo al Servicio de Patrimonio y Contratación para que proceda conforme el punto anterior, en relación con la publicación en el Perfil del Contratante.

Acuerdo núm. 185.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO CELEBRADA EL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS DEL APARCAMIENTO MUNICIPAL SUBTERRÁNEO DE LA CALLE JOSÉ ZORRILLA (EXPTE. EPAC NÚM. :2/2019/P26003).

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Modificar los precios públicos, aprobados por acuerdo nº 331, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2018, por el uso del <APARCAMIENTO MUNICIPAL SUBTERRÁNEO SITO EN CALLE JOSÉ ZORRILLA>, quedando los mismos en la siguiente forma:

A) Aparcamiento en rotación: 0,03 euros por cada minuto o fracción (0,0363 euros, IVA incluido).

B) Abono promoción comercio: en esta modalidad el importe resultante de la aplicación de la tarifa <A> anterior, se reducirá en un 50 por 100 desde el primer minuto hasta el minuto 120. Para ser beneficiarios de este descuento o reducción se requerirá la adhesión a esta modalidad de abono por los titulares de establecimientos comerciales en la zona determinada al efecto.

C) Abono 24 horas para turismos sin reserva de plaza: 54,55 euros/mes (66,00 euros/mes, IVA incluido).

D) Abono 12 horas para turismos sin reserva de plaza: 33,36 euros/mes (40,37 euro/mes, IVA incluido).

E) Abono horario comercial para turismos sin reserva de plaza de 7:30 a 15:30 horas (mañanas) y de 15:31 a 22:00 horas (tardes): 27,27 euros/mes (33,00 euros/mes, IVA incluido).

F) Abono nocturno para turismos sin reserva de plaza en horario de 19:00 a 9:00 horas de lunes a viernes y desde las 9:00 horas del sábado a las 9:00 horas del lunes: 27,27

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euros/mes (33,00 euros/mes, IVA incluido).

G) Abono anual con reserva de plaza: 709,09 euros/año (858,00 euros/año, IVA incluido). Los abonos contemplados en esta modalidad se adjudicarán por un plazo mínimo de un año, renovable hasta un máximo de 3 años más (total con renovaciones: 4 años).

H) Plazas de aparcamiento en modalidad concesional <cesión de uso>: Cuota por plaza 16,50 euros/mes (19,97 euros/mes, IVA incluido).

I) Abono anual con reserva de plaza para motocicletas: 212,73 euros/año (257,40 euros/año, IVA incluido).

Segundo.- Los abonos que requieran del cumplimiento de determinados requisitos o condiciones que deban acreditarse, se concederán mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo el informe correspondiente.

Tercero.- La modalidades cuyos importes no puedan abonarse por los propios medios instalados en el aparcamiento o requieran de la previa concesión y señalamiento de la forma, plazos y fechas de pago, depósito previo de su importe, aplicación del procedimiento de apremio y demás condiciones, se abonarán y exigirán conforme se determine mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo informe de la Tesorería municipal.

Cuarto.- Procédase a la publicación del acuerdo en Boletín Oficial de la Provincia, conforme establece artículo 45 Ley 39/2015, 1 octubre, Procedimiento Administrativo Común Administraciones Públicas LPAC, pudiendo ser aplicables las modificaciones de los precios públicos a partir del día siguiente a dicha publicación.

Acuerdo núm. 186.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO CELEBRADA EL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES CON EFECTOS DE 1 DE ENERO DE 2020 (EXPTE. EPAC NÚM.: 3/2019/P26003).

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar las modificaciones de las ordenanzas fiscales que se señalan a continuación, las cuales producirán efectos a partir del 1 de enero de 2020, teniendo el presente acuerdo carácter provisional, conforme artículo 17 Ley de las Haciendas Locales, texto refundido RD Legislativo 2/2004, 5 marzo:

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

Se modifica el callejero fiscal contenido en el Anexo a esta ordenanza, incluyendo una nueva vía pública en la siguiente forma: ANEXO DE CATEGORÍAS DE LAS VÍAS PÚBLICAS:

Denominación de la vía Categoría Código

Calle San Marcelino de Champagnat 3ª 4025

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ORDENANZA FISCAL DE LA TASA DEL SERVICIO DEL AGUA.

Se modifica el apartado 5 del artículo 5 y el apartado 4 del artículo 6, pasando a tener la siguiente redacción:

<Artículo 5. Base Imponible y cuota tributaria. (…) 5. En aquellos casos en que se advierta un incremento considerable e inusual del consumo de suministros domésticos que haya obedecido a una pérdida o fuga oculta en la instalación interior que no ha podido ser detectada por no mostrar signos o indicios de su existencia, la liquidación se realizará en su totalidad a la tarifa <b.2> o <c.2>, según corresponda, del cuadro de tarifas, estando condicionado a que previamente resulten acreditadas en debida forma por parte del abonado o titular de la instalación las circunstancias señaladas, así como que se ha procedido a la reparación, de todo lo cual se realizará la oportuna comprobación por el Servicio Municipal del Agua. A estos efectos no se entienden incluidos en la instalación interior los elementos que puedan estar conectados o fijados a la misma a partir de sus puntos de consumo, tales como grifos, cisternas, depósitos, calderas, compresores, bombas de presión, electrodomésticos o cualquiera otro aparato, instrumento o mecanismo que tenga conexión con la instalación interior.>

<Artículo 6. Período impositivo y devengo. (…) 4. Asimismo, en el caso de baja o cese en la prestación del servicio, las cuotas serán prorrateables por cuatrimestres naturales que resten para finalizar el año, excluido aquel en que se produzca dicha baja o cese. La baja tributaria de la tasa requerirá la previa declaración de renuncia a la acometida del Servicio de Suministro y la correspondiente desconexión de la red general.>

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL.

Se modifican el artículo 3 que pasa a tener la siguiente redacción:

<Artículo 3. Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos las empresas o entidades explotadoras de servicios de suministro que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, tales como los de abastecimiento de agua, suministro de gas, electricidad, telefonía y otros análogos, así como también las empresas que exploten una red de comunicaciones mediante sistemas de fibra óptica, televisión por cable o cualquier otra tecnología, independientemente de su carácter público o privado. A estos efectos, se incluyen entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.>

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIAS Y OTRAS ACTUACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

Se modifica el artículo 5 dedicado a las tarifas, quedando redactado en la siguiente forma:

<Artículo 5. Base imponible, base liquidable, tipos de gravamen, tarifas y cuota tributaria.

1. La cuota tributaria se determinará aplicando sobre las bases imponibles las tarifas que correspondan en función de la superficie del local, establecimiento o instalación y de si las

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actividades están sometidas a licencia ambiental o a previa comunicación, conforme se establece a continuación:

Actuación administrativa Euros

A) Sometidas a licencia ambiental:

Hasta 50 m2 373,56

De más de 50 y hasta 100 m2 560,35

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota inicial 560,35

De más de 100 y hasta 500 m2 resto por cada metro cuadrado a partir de 100 m2

3,73

De más de 500 m2 cuota inicial 2054,58

De más de 500 m2 cuota suplementaria por cada metro cuadrado a partir de 500 m2. En los casos en que la actividad principal se desarrolle esencialmente en superficies descubiertas esta tarifa se aplicará hasta un máximo de 5.000 m2.

1,49

B) Sometidas a previa comunicación:

Hasta 50 m2 124,52

De más de 50 y hasta 100 m2 186,78

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota inicial 186,78

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota suplementaria por cada m2 a partir de 100 m2

1,23

De más de 500 m2 cuota inicial 684,86

De más de 500 m2 cuota suplementaria por cada metro cuadrado a partir de 500 m2. En los casos en que la actividad principal se desarrolle esencialmente en superficies descubiertas esta tarifa se aplicará hasta un máximo de 5.000 m2.

0,50

Instalaciones ganaderas menores, apartado h) del Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental.

124,52

Instalaciones o actividades ganaderas no incluidas en el régimen de autorización ambiental y distintas a las indicadas en el apartado h) del Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental, con sistema de explotación extensivo.

124,52

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2. A los cambios de titularidad se les aplicarán sobre las bases imponibles las tarifas que correspondan en función de la superficie del local, establecimiento o instalación y de si las actividades están sometidas a licencia ambiental o a previa comunicación, conforme se establece a continuación:

Actuación administrativa Euros

A) Sometidas a licencia ambiental:

Hasta 50 m2 149,44

De más de 50 y hasta 100 m2 224,14

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota inicial 224,14

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota suplementaria por cada m2 a partir de 100 m2

1,49

De más de 500 m2 cuota inicial 821,84

De más de 500 m2 cuota suplementaria por cada metro cuadrado a partir de 500 m2. En los casos en que la actividad principal se desarrolle esencialmente en superficies descubiertas esta tarifa se aplicará hasta un máximo de 5.000 m2.

0,62

B) Sometidas a previa comunicación:

Hasta 50 m2 49,81

De más de 50 y hasta 100 m2 74,71

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota inicial 74,71

De más de 100 y hasta 500 m2 cuota suplementaria por cada m2 a partir de 100 m2

0,50

De más de 500 m2 cuota inicial 273,94

De más de 500 m2 cuota suplementaria por cada metro cuadrado a partir de 500 m2. En los casos en que la actividad principal se desarrolle esencialmente en superficies descubiertas esta tarifa se aplicará hasta un máximo de 5.000 m2.

0,13

Instalaciones ganaderas menores, apartado h) del Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental.

49,81

Instalaciones o actividades ganaderas no incluidas en el régimen de autorización ambiental y distintas a las indicadas en el apartado h) del Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental, con

49,81

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sistema de explotación extensivo.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 5, así como la disposición adicional, quedando redactados en la forma siguiente:

<Artículo 5. Tarifas. (…) 2. Los vehículos mixtos adaptables, así como los furgones o furgonetas destinados al transporte de mercancías con carga útil no superior a 525 kilogramos o al transporte de personas con una capacidad no superior a nueve plazas, incluida la del conductor, tributarán como turismos y si sobrepasan dicha carga útil o número de plazas tributarán, respectivamente, como camión y autobús. 3. Los vehículos todoterreno, las autocaravanas y los denominados monovolumen, tributarán como turismos. Los vehículos denominados quad y los cuatriciclos, tributarán como motocicletas. Los cuatriciclos ligeros tributarán como ciclomotores.>

<DISPOSICIÓN ADICIONAL. El nuevo período de siete años de duración previsto para la bonificación regulada en el apartado 4 del artículo 6 de la presente ordenanza fiscal, únicamente será de aplicación para aquellos vehículos que hayan causado alta por primera matriculación en este municipio a partir de 1 de enero de 2018.>

ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN, RECAUDACIÓN Y REVISIÓN TRIBUTARIA.

Se crea un nuevo párrafo final en el artículo 4, con la siguiente redacción:

<Artículo 4. Proceso de imposición y ordenación de tributos. (…) Las ordenanzas fiscales o, en su caso, las reguladoras de precios públicos, que contengan callejero de categorías fiscales de las vías públicas o referencia a una determinada vía pública con su denominación, se entenderán automáticamente renombradas con la nueva denominación oficial sin que ello suponga modificación de la ordenanza, debiendo actualizarse las ordenanzas afectadas en la página web y sede electrónica municipales en donde figuren publicadas.>

Segundo.- Procédase a la exposición pública del expediente y presente acuerdo provisional durante el plazo de treinta días en la forma establecida en señalado artículo 17 Ley de las Haciendas Locales.

Tercero.- Finalizado el plazo de exposición pública y si no se han presentado reclamaciones, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo sin necesidad de adopción de nuevo acuerdo, debiendo procederse a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo y del texto íntegro de las señaladas modificaciones antes de su entrada en vigor el 1 de enero de 2020, conforme tan repetido artículo 17 Ley de las Haciendas Locales.

Acuerdo núm. 187.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO CELEBRADA EL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019 RELATIVO A PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA, MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚM.

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4/2019, PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SEMANA LOCAL DEL COMERCIO DE PROXIMIDAD (EXPTE. EPAC NÚM.: 1872/2019/PG1000).

La Excma. Corporación municipal acordó:

Primero.- Aprobar expediente de modificación del Presupuesto Municipal del presente ejercicio 2019, mediante Crédito Extraordinario 4/2019, por importe de CATORCE MIL QUINIENTOS EUROS (14.500,00 €), en las aplicaciones, conceptos e importes que se detallan, y con la financiación que asimismo se indica:

CRÉDITO EXTRAORDINARIO 4/2019

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

43101.48300 Comercio – Otros Trabajos realizados por Empresas 14.500,00 €

IMPORTE TOTAL 14.500,00 €

BAJAS POR ANULACIÓN

CONCEPTO DENOMINACIÓN IMPORTE

24110.48300 Fomento del Empleo – aportaciones otras entidades privadas 14.500,00 €

TOTAL FINANCIACION 14.500,00 €

Segundo.- De conformidad con el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, el expediente deberá ser objeto de la misma tramitación prevista para la aprobación de los presupuestos, debiéndose someter a la aprobación inicial del Ayuntamiento Pleno y exponerse al público a efectos de información y reclamaciones por el plazo de quince días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. De no producirse reclamaciones la modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada y, en caso contrario, el Ayuntamiento Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverla. La Modificación Presupuestaria definitivamente aprobada deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, remitiéndose copia del mismo a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma, entrando en vigor una vez efectuada dicha publicación.

II.- PARTE DESTINADA AL CONTROL DE OTROS ÓRGANOS MUNICIPALES:

• ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS.-

Acuerdo núm. 188.- ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019 CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA.

Dada cuenta EL PLENO QUEDÓ ENTERADO de la INFORMACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL SOBRE EL ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO en la sesión anterior celebrada el 6 de septiembre de 2019 con el carácter de ordinaria. Se procederá a la remisión a Portavoces de los grupos municipales del documento

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correspondiente, teniéndose por cumplida la dación de cuenta del estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la pasada sesión plenaria.

• RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

Acuerdo núm. 189.- DACIÓN DE CUENTA, EN CUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 42 DEL ROF, DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno queda enterado de las resoluciones dictadas por la Alcaldía, que se traen para dar cuenta y que se corresponden con los Decretos núm. 6.318, de 30 de julio de 2019 al núm. 6.955, de 13 de septiembre de 2019, teniéndose por cumplido el trámite de control.

Acuerdo núm. 190.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETOS DE LA ALCALDÍA POR LOS QUE SE DELEGA LA PRESIDENCIA DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE URBANISMO, OBRAS, SERVICIOS INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE, DE TURISMO, Y DE IA INFANCIA Y ADOLESCENCIA, DE LOS MAYORES CIUDAD DE SEGOVIA (SENADO DE MAYORES) Y DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL.

DADA CUENTA, EL PLENO QUEDÓ ENTERADO de las delegaciones de la Alcaldía referidas a la Presidencia de los Consejos Sectoriales indicados, de acuerdo con lo siguiente:

CONSEJO SECTORIAL DE URBANISMO, OBRAS, SERVICIOS, INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE. Fecha del Decreto de Alcaldía: 23 de septiembre de 2019, Presidente/a Delegado/a: DOÑA CLARA MARÍA MARTÍN GARCÍA, Concejala con competencias delegadas en materia de Urbanismo y Patrimonio Histórico.

CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO. Fecha del Decreto de Alcaldía: 23 de septiembre de 2019, Presidente/a Delegado/a: DOÑA CLAUDIA DE SANTOS BORREGUERO, Concejala con competencias delegadas en materia de Turismo. Tráfico, transportes y movilidad (ÁREA 3C).

CONSEJO SECTORIAL DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Fecha del Decreto de Alcaldía: 23 de septiembre de 2019, Presidente/a Delegado/a: DOÑA ANA PEÑALOSA LLORENTE, Concejala con competencias delegadas en materia de Servicios sociales, igualdad, sanidad y consumo (área 4). Educación.

CONSEJO SECTORIAL DE LOS MAYORES CIUDAD DE SEGOVIA (SENADO DE MAYORES). Fecha del decreto de Alcaldía: 9 de septiembre de 2019, Presidente/a Delegado/a: DOÑA ANA PEÑALOSA LLORENTE, Concejala con competencias delegadas en materia de Servicios sociales, igualdad, sanidad y consumo (área 4). Educación.

CONSEJO DE POLICÍA LOCAL. EXPTE. E-PAC 401/2019/PG1010 Fecha del Decreto de Alcaldía (Alcalde Acctal): 17 de septiembre de 2019, Presidente/a Delegado/a: Doña Raquel de Frutos García, Concejala con competencias delegadas en materia de SEGURIDAD (ÁREA 6).

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• OTRAS INFORMACIONES AL PLENO

Acuerdo núm. 191.- DACIÓN DE CUENTA AL PLENO DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO del informe emitido por la Alcaldía con respecto al cumplimiento por esta Entidad Local del art. 104 bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril, introducido por el art. 28 de la Ley 27/2013.

Acuerdo núm. 192.- DACIÓN DE CUENTA DE LA REMISIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES RELATIVO AL MES DE JULIO DEL AÑO 2019, RELATIVO AL GRUPO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE LA ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. (EXP. EPAC 15/2019/P27004).

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO del Periodo Medio de Pago a proveedores, individualizado por entidades y global, correspondiente al mes de julio de 2019 y de su remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales

Periodo Medio de Pago a proveedores individualizado por entidades y global del mes de JULIO de 2019:

Entidad

Ratio

Operaciones

Pagadas

(días)

Importe

Pagos

Realizados

(euros)

Ratio

Operaciones

Pendientes

(días)

Importe

Pagos

Pendientes

(euros)

PMP

(días)

Segovia 33,02 1.509.648,41 20,63 1.688.547,42 26,48

E. M. Suelo y Vivienda de

Segovia, S.A.U. 29,58 9.059,87 22,00 356,35 29,29

F. Don Juan de Borbón 12,00 1.733,00 10,00 124.242,96 10,03

Gestión y Calidad Turística

Ciudad de Segovia S.A.U 15,00 28.875,00 13,00 920,74 14,94

Inst. Municipal de Deportes 49,19 63.518,05 0,33 6.096,97 44,91

PMP Global 1.612.834,33 1.820.164,44 26,16

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A la fecha de la firma del presente informe, los datos contenidos en el mismo han sido remitidos al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales”.

La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente sesión, de carácter ordinaria, que celebre.

• DECLARACIÓN INSTITUCIONAL

Acuerdo núm. 193.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA CLIMÁTICA.

Con el voto a favor unánime de los asistentes, los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, la Excma. Corporación municipal acordó APROBAR LA SIGUIENTE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL:

DECLARACIÓN DE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA CLIMÁTICA

Exposición de motivos:

La Alianza por la emergencia climática en Segovia y, en su representación, la Asociación Segovia por el Clima, se han dirigido al pleno del Ayuntamiento de Segovia y a los grupos políticos en él representados para instarlos al reconocimiento del estado de emergencia climática mediante la adopción de la presente moción y las medidas que de ella se deriven.

El Ayuntamiento de Segovia reconoce que el planeta, así como los seres vivos y los ecosistemas, se encuentran en grave peligro, prueba de lo cual son los recientes informes sobre el estado de la biodiversidad de la Plataforma Intergubernamental de Biodiversidad y Servicios Ecosistemáticos (IPBES, por sus siglas en inglés) y sobre el calentamiento global de 1,5ºC (del IPCC), que alertan de un rumbo que lleva a la extinción de una gran parte de los ecosistemas terrestres. Un millón de especies están amenazadas por la actividad humana. También nos encontramos próximos al punto de no retorno frente al cambio climático. No responder ante la crisis ecológica y civilizatoria supondría la muerte de millones de personas, además de la extinción de especies imprescindibles para la pervivencia de los ecosistemas de la Tierra.

Ante esta situación, asumimos la realidad de la crisis climática y reconocemos que admitir las evidencias científicas, así como contribuir activamente al cumplimiento de reducción de las emisiones al que nos compromete el Acuerdo de París, es la única forma de proteger el bienestar de la población y del medio natural del que formamos parte.

La ciudadanía debe entender la importancia y la urgencia de este reto y el Ayuntamiento de Segovia tiene que desempeñar un papel clave en la formación, educación e información, para contribuir conjuntamente a poner freno a las emisiones locales, individuales y colectivas, y para abordar las medidas de adaptación a las consecuencias, ya inevitables, del incremento de la temperatura global.

Declarar la emergencia climática requiere asumir el cumplimiento de compromisos políticos reales y vinculantes, mucho más ambiciosos que los actuales, con la consiguiente

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asignación de recursos para hacer frente a esta crisis. Es preciso diseñar una hoja de ruta capaz de garantizar las reducciones de gases de efecto invernadero anuales necesarias, abandonar los combustibles fósiles y la apuesta por una energía 100 % renovable, de forma que se alcance el objetivo de cero emisiones netas de carbono lo antes posible, en línea con las indicaciones del informe del IPCC para limitar el aumento de las temperaturas globales a 1,5ºC.

Un estado de emergencia implica redirigir los recursos disponibles de los Ayuntamientos tanto para cumplir con los objetivos anteriores como para afrontar los problemas asociados con la crisis climática de la que ya comenzamos a sentir los primeros efectos.

La declaración de emergencia climática supone iniciar un proceso formación y concienciación de toda la población sobre la realidad de la crisis ecológica y el enorme cambio necesario para frenar el deterioro del clima. Pero supone, asimismo, revisar y actualizar las prioridades de política municipal, comprometerse con acciones concretas y reorientar las inversiones.

La justicia, la democracia y la transparencia deben ser pilares fundamentales de todas las medidas que se apliquen, por lo que sería necesario establecer un mecanismo de toma de decisiones ciudadano que garantice la participación de toda la ciudadanía en la definición y seguimiento de las políticas municipales de lucha contra el cambio climático, y es justo que esta participación ciudadana activa integre a los colectivos más vulnerables.

Consideramos que el Ayuntamiento debe apoyarse en las asociaciones ciudadanas para la consecución de estos objetivos apuntados, y no tomar decisiones de transcendencia sin contar con los individuos.

Ante esta emergencia, el Ayuntamiento se compromete a iniciar este proceso de transformación social y asegurar la plena consecución de los siguientes objetivos generales.

Por todo lo anteriormente expuesto, EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA SE COMPROMETE A:

1. Establecer los compromisos políticos, normativas y recursos necesarios para garantizar, dentro de las áreas de su competencia, reducciones de gases de efecto invernadero efectivas para llegar al balance neto de cero emisiones no más tarde de 2040 y a ser posible antes de 2035, así como detener la pérdida de la biodiversidad y restaurar los ecosistemas, como única respuesta posible para evitar un colapso de todos los sistemas naturales, incluido el humano.

2. Elaborar, en el plazo de un año, un Plan Municipal de Lucha contra el Cambio Climático. Este plan incorporará:

2.1. Un plan municipal de transición energética, basado en el ahorro, la eficiencia, el fomento de las energías renovables y el abandono progresivo de los combustibles fósiles.

Este plan incluirá entre sus líneas de trabajo:

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- El fomento de las energías renovables, a través de un programa que aspire a producir tanta electricidad de origen renovable como la que consume el Ayuntamiento. Tras la aprobación por parte del Gobierno de España de las nuevas regulaciones para favorecer el autoconsumo de electricidad, el Ayuntamiento de Segovia debería instalar placas solares en las cubiertas de los principales edificios municipales (centros culturales, polideportivos, edificios administrativos…).

- La revisión de los contratos municipales de suministro eléctrico, cambiando las contrataciones a empresas que garanticen el suministro energía verde y procurando una reducción en el consumo.

- El incremento de la eficiencia en el alumbrado público, incluyendo la instalación generalizada de lámparas con tecnología LED y disminuyendo el número de luminarias para compensar el exceso de luz generada con estas lámparas y evitar contaminación lumínica.

- Un programa de compras verdes, que incorpore criterios ecológicos en las compras municipales (con la electrificación progresiva del parque móvil municipal).

- La Promoción de la movilidad no motorizada, ampliando espacios peatonales, generalizando la velocidad máxima 30km/h en la circulación de vehículos en los barrios, fomentando los caminos escolares seguros y los entornos escolares protectores de la salud de la infancia, impulsando el uso seguro de la bicicleta y renunciando a facilitar el acceso al centro histórico en vehículos a motor.

2.2. Un plan municipal de adaptación al cambio climático que identifique los principales riesgos derivados del cambio climático (incremento de la temperatura, olas de calor, irregularidad de las precipitaciones, expansión de especies invasoras y otras manifestaciones) para la ciudad de Segovia y plantee medidas para evitarlos o limitarlos.

El plan incluirá entre sus líneas de trabajo:

- El fomento del uso eficiente del agua, a través de un programa orientado a reducir las pérdidas en la distribución y los elevados consumos per cápita actuales.

- El impulso del urbanismo sostenible y de la rehabilitación de las viviendas para mejorar su eficiencia energética.

- Un plan de contingencia frente a las sequías, que tome en consideración las tendencias ya observadas y las proyecciones de cambio climático más recientes, preparándonos para un escenario de sequías más frecuentes, e intensas.

- La revisión de los programas de arbolado urbano que considere las especies plantadas y sus cuidados incorporando la variable cambio climático, suprimiendo las praderas de césped (de alta demanda de riego).

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- La mejora de los espacios verdes y ajardinamientos (con especies mediterráneas, arbustos y árboles de fruto comestible), especialmente los vinculados a los centros educativos.

- La revisión de los programas de prevención de incendios para tomar en consideración el incremento del riesgo de incendios derivado del cambio climático.

- La educación, información y participación ciudadana en torno al cambio climático, con mecanismos efectivos de asesoramiento y acompañamiento para impulsar cambios significativos (oficina municipal de información y transición ecológica).

- El fomento al acceso por parte de la ciudadanía de productos agroalimentarios de producción ecológica, local y de temporada procurando que el suministro agroecológico llegue a los servicios de restauración municipales.

- El impulso de una política de reducción, reutilización y separación selectiva de residuos en todos los edificios municipales, así como en la ciudadanía.

- El fomento del compostaje doméstico y comunitario, a través de un programa que permita rescatar del cubo de la basura de los segovianos los restos orgánicos que pueden convertirse en abono orgánico de calidad.

- Considerar el impacto del cambio climático en la salud pública y velar por la mejora de la calidad del aire.

- Incorporar la evaluación ambiental estratégica y criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones, atendiendo al criterio de precaución en el desarrollo de intervenciones públicas y en el diseño y planificación urbana para proteger a los sectores de población más vulnerables al impacto de factores ambientales, generando espacios seguros si fuera necesario”.

• MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

Acuerdo núm. 194.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL PODEMOS EQUO PARA LA CONVERSIÓN DE LOS ENTORNOS ESCOLARES EN ÁREAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LA INFANCIA.

Se presentó l Pleno la siguiente moción:

“El Grupo Municipal Podemos Equo en el Ayuntamiento de Segovia, al amparo de lo establecido en

el artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y

el Artículo 94.3 del vigente Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia someten a la

consideración del próximo pleno ordinario para su debate y aprobación, si procede, lo siguiente:

MOCION PARA LA CONVERSIÓN DE LOS ENTORNOS ESCOLARES EN ÁREAS DE SEGURIDAD

Y PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LA INFANCIA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

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Esta moción toma como referencia algunas de las conclusiones de “El Seminario Movilidad e

Infancia”, un grupo de trabajo formado por profesionales del urbanismo, la educación, la gestión de la

movilidad, la seguridad vial y la salud pública, y representantes de diferentes administraciones,

universidades y centros de investigación, consultoras y organizaciones ciudadanas (ambientalistas,

de voluntariado, educativas…), implicados en el desarrollo de políticas y programas orientados a

promover la movilidad activa, segura y autónoma de la infancia. El Seminario viene trabajando y

reuniéndose anualmente desde el 2012, con el apoyo del CENEAM, Centro Nacional de Educación

Ambiental, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica. Este texto es el resultado de un

proceso de adaptación de las líneas de acción del citado seminario a la realidad de nuestro municipio

y con una motivación de complementar la declaración de emergencia climática que se va a impulsar

en este Pleno municipal.

El cambio climático es una realidad presente que nadie niega, más allá de ciertos fanatismos. Su

modelo de afrontamiento y el cómo proteger del impacto negativo de sus consecuencias sobre los

sectores de población y las zonas más vulnerables es, sin duda, uno de los grandes retos en el corto

y en el medio plazo.

No debemos olvidar, tal y como indica la comunidad científica, que la infancia es uno de los colectivos

más vulnerables. En este sentido, la consolidación de los entornos escolares de nuestra ciudad como

espacios seguros comienza a ser una prioridad.

Los efectos del cambio climático van a suponer un verdadero reto en relación con el confort climático

en las ciudades, a menos que prepararemos y adaptemos edificios y espacios públicos urbanos al

previsible aumento de las temperaturas y la mayor incidencia de olas de calor. Dicho incremento,

intensifica las consecuencias de la polución y contaminación acústica producidas por un modelo de

movilidad demasiado dependiente del automóvil particular. Es precisamente en los entornos

escolares donde se observa un incremento de la inseguridad peatonal merced a una notoria

indisciplina vial (aparcamiento en doble fila, atascos en las entradas y salidas, incumplimiento de

normativa básica además de una elevada presencia de niveles preocupantes de ruido, aumento de la

polución, etc.

El objetivo de esta moción es la conversión progresiva de los entornos escolares de nuestra ciudad

en áreas de seguridad y protección de la salud de la infancia. Espacios seguros que permitan el

juego, la movilidad peatonal y con ello la autonomía infantil y estilos de vida saludables y no

sedentarios en las zonas más próximas a los colegios segovianos.

Por este motivo se requiere potenciar, mejorar y generar espacios seguros en los entornos escolares

para proteger a nuestros niños y niñas de unos impactos ambientales que se ven intensificados como

consecuencia del cambio climático y de ciertas dinámicas y modelos de urbanismo y movilidad que

no están preparados para afrontar los retos de futuro más inmediato. Por todo ello, se presenta esta

moción con el fin de la aprobación de los siguientes acuerdos por parte del Pleno municipal.

ACUERDOS:

1-Reservar en todos los recintos educativos, o en sus aledaños, un espacio seguro para el

aparcamiento de bicicletas y patinetes para incentivar la movilidad activa al centro contando en todo

momento con la participación y el acuerdo de la comunidad educativa y su percepción de la

necesidad.

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2-Iniciar un proceso para revegetar los patios escolares con arbolado y plantas que proporcionen

sombra, frescor y color a estos espacios, mejoren la calidad del aire y amortigüen el ruido en los

lugares donde técnicamente sea posible y con la participación de la comunidad educativa.

3-Limitar el aparcamiento y el tráfico en las calles del entorno y, muy especialmente, en las

inmediaciones de las entradas a los centros.

4-Mantener la vigilancia estricta de la normativa vial a la entrada y salida de estudiantes para que el

entorno escolar sea un espacio seguro y de convivencia.

5-Priorizar la movilidad peatonal y ciclista en el viario del entorno escolar, apostando por la creación

de corredores de acceso libres de coches, fomentando la presencia de vegetación y agua, y

promoviendo zonas estanciales, de encuentro y de juego en el espacio público.

6-Integrar en la redacción del PGOU medidas para fomentar entornos escolares seguros y

saludables.

7-Incorporar en los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) y Ordenanza de Circulación

medidas específicas de limitación y pacificación del tráfico en los entornos escolares.

8-Promover progresivamente un cambio generalizado hacia el modelo de “Ciudad 30” para reducir la

velocidad del tráfico en el viario urbano.

9- Instar a la administración competente a priorizar la proximidad al centro escolar como criterio

básico del área escolar, en beneficio de la infancia y de toda la comunidad, impulsando la reversión

de la “zona única de escolarización”.

En Segovia, a 26 de septiembre de 2019. Fdo. Guillermo San Juan Benito. 70246978-X Concejal-

Portavoz del Grupo Municipal Podemos-Equo”:

Acuerdo.- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, la Excma. Corporación municipal acordó APROBAR LA MOCIÓN PRESENTADA.

Acuerdo núm. 195.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS (CS) PARA MEJORAR LA FLUIDEZ DEL TRÁFICO EN LA CALLE SAN GABRIEL.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Los Concejales integrantes del Grupo Municipal Ciudadanos Segovia del Ayuntamiento de Segovia,

con CIF V40262586, al amparo de lo establecido en el Artículo 97 del Reglamento Orgánico de

Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y el Artículo 94.3 del vigente Reglamento

orgánico del Ayuntamiento de Segovia, someten a la consideración del próximo Pleno Ordinario para

su debate y aprobación, si procede, lo siguiente:

MOCIÓN PARA MEJORAR LA FLUIDEZ DEL TRÁFICO EN LA CALLE SAN GABRIEL

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Desde hace algo más de tres años --y principalmente debido a las obras de desdoblamiento que se

están llevando a cabo en la carretera de circunvalación SG-20 que comenzaron en mayo del año

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2016--, la calle San Gabriel ha visto triplicado el volumen de vehículos que, a diario, eligen esta vía

como alternativa a las incomodidades derivadas del proceso de desdoblamiento de los 14 kilómetros

de la SG-20. Según cifras de la Policía Local de Segovia, pasan por ella cerca de 12.000 automóviles

cada día. [Noticia de Radio Segovia – Cadena Ser del 2 de junio de 2019: “Según Julio Rodríguez

Fuentetaja, intendente jefe de la Policía Local, en las últimas mediciones realizadas en las vías con

más densidad se han contabilizado hasta 11.900 coches diarios en la calle San Gabriel y en unos

14.000 vehículos en Vía Roma. Este número en vías urbanas con las características de San Gabriel

da idea de lo complicado del tráfico para desplazarse sobre todo entre la zona este y oeste de la

ciudad”] Además, son muchos los vehículos de gran tonelaje que optan por la calle San Gabriel

puesto que la avenida Padre Claret dispone de restricciones en este sentido.

Estos factores provocan tres problemas principales:

- Formación de importantes y frecuentes atascos en la calle San Gabriel, desde la glorieta de

Dionisio Duque (antiguos Bomberos) hasta la rotonda Melitón Martín (Vía Roma).

- Peligrosidad puesto que los camiones y autobuses tienen serios problemas para salvar algunas

de las curvas de la calle.

- Molestias a los vecinos en cuanto al ruido --casi constante-- de coches, con los respectivos

humos que emiten --aún más estando parados en un atasco-- que contaminan el ambiente de la

zona y ensucian las fachadas de las casas que allí se encuentran.

Fieles al programa electoral con el que Ciudadanos Segovia concurrió a las pasadas elecciones

municipales y firmes en la lucha por solucionar el innegable problema que supone actualmente el

tráfico en nuestra ciudad, queremos desarrollar propuestas que permitan recuperar a los ciudadanos

segovianos sus calles, en este caso, la calle San Gabriel. Si bien es cierto que el Plan Especial de

Áreas Históricas de Segovia (PEAHIS), recientemente aprobado, incluye varias posibles actuaciones

de mejora para esta vía [Objeto: Realización del By Pass de la Plaza Oriental para su peatonalización

con tráfico restringido. Se plantean diversas alternativas para posibilitar una mejor solución. La

Alternativa 1 consiste en la ampliación de la anchura de la calle San Gabriel. La Alternativa 2 es la

reflejada en el Plan General, conectando directamente las glorietas Vía Roma y Bomberos. La

Alternativa 3 conecta la avenida Padre Claret con Vía Roma partiendo de la rotonda de nueva

creación en la confluencia de Padre Claret y Coronel Rexach, a través de las calles del Prado y de los

Castillos, con posibilidad de ampliación de las mismas, atravesando la calle de los Bomberos y

descendiendo por las laderas del Cementerio hasta la rotonda de Vía Roma], la magnitud y

complejidad que las caracteriza, las hace indudablemente ejecutables a largo plazo, es por eso que

para un futuro mucho más próximo proponemos:

1. Suavizar la última curva previa a la rotonda Melitón Martín, causante de que los vehículos en

sentido descendente (hacia el barrio de San Lorenzo) se vean obligados a frenar en caso de

que pase un autobús o camión en sentido ascendente (hacia la glorieta Dionisio Duque)

puesto que no hay espacio para acoger a los dos sin que estos colisionen.

2. Creación de un segundo carril de incorporación a la rotonda Dionisio Duque y a la rotonda

Melitón Martín que ayude a la descongestión de la calle San Gabriel permitiendo el acceso a

la glorieta de dos coches a la vez, en lugar de uno solo como ocurre actualmente.

Únicamente sería necesario incluir un segundo carril unos 20-30 metros antes de la rotonda

sin afectar al espacio de estacionamiento O.R.A ni a las viviendas cercanas.

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3. Apertura del segmento de la calle San Gabriel que une Vía Roma con calle San Gabriel y que

actualmente no tiene salida para vehículos puesto que existe una acera que impide el tráfico

rodado. Si se elimina ese tramo de acera y se sustituye por un paso de peatones, seguiría

cumpliendo su función y se conseguiría que la calle San Gabriel actuara como carril rápido de

la glorieta Melitón Martín, desviando directamente aquellos vehículos que quieran acceder a

la calle San Gabriel sin necesidad de pasar por la rotonda. (Algunas glorietas de la ciudad ya

disponen de este tipo de carriles rápidos: rotonda plaza de Toros o rotonda de Tejadilla).

4. Suavizar la curva que genera el solar triangular que separa la calle San Gabriel de la avenida

Vía Roma.

Consideramos que es necesario realizar esta serie de actuaciones a corto plazo pues mejorarían la

fluidez del tráfico por la calle San Gabriel y, como consecuencia, se rebajaría la intensidad de los

problemas derivados de los embotellamientos: ruido y emisión superlativa de humos.

Estas intervenciones son compatibles con futuras fases que pudieran realizarse en años venideros

como la ampliación de la rotonda Melitón Martín o la creación de un vial que comunique la avenida

Padre Claret directamente con la glorieta Melitón Martín, que fomenten que la calle san Gabriel tenga

un tráfico más acorde a una zona residencial –como cualquier otra calle del centro de la ciudad--,

reduciendo así la problemática de ruidos y contaminación.

Por todo lo anteriormente expuesto el grupo municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Segovia

eleva la siguiente propuesta de acuerdo:

Se ejecuten, a la mayor brevedad posible, las actuaciones mencionadas que ayuden a reducir los

grandes y frecuentes atascos que se producen en la calle san Gabriel, mejoren la fluidez del tráfico

por dicho vía y rebajen la intensidad de la problemática de ruidos y emisión de gases:

1. Suavizar la última curva previa a la rotonda Melitón Martín, causante de que los vehículos en

sentido descendente (hacia el barrio de San Lorenzo) se vean obligados a frenar en caso de que

pase un autobús o camión en sentido ascendente (hacia la glorieta Dionisio Duque) puesto que

no hay espacio para acoger a los dos sin que estos colisionen.

2. Creación de un segundo carril de incorporación a la rotonda Dionisio Duque y a la rotonda

Melitón Martín que ayude a la descongestión de la calle San Gabriel permitiendo el acceso a la

glorieta de dos coches a la vez, en lugar de uno solo como ocurre actualmente. Únicamente sería

necesario incluir un segundo carril unos 20-30 metros antes de la rotonda sin afectar al espacio

de estacionamiento O.R.A ni a las viviendas cercanas.

3. Apertura del segmento de la calle San Gabriel que une Vía Roma con calle San Gabriel y que

actualmente no tiene salida para vehículos puesto que existe una acera que impide el tráfico

rodado. Si se elimina ese tramo de acera y se sustituye por un paso de peatones, seguiría

cumpliendo su función y se conseguiría que la calle San Gabriel actuara como carril rápido de la

glorieta Melitón Martín, desviando directamente aquellos vehículos que quieran acceder a la calle

San Gabriel sin necesidad de pasar por la rotonda. (Algunas glorietas de la ciudad ya disponen

de este tipo de carriles rápidos: rotonda plaza de Toros o rotonda de Tejadilla).

4. Suavizar la curva que genera el solar triangular que separa la calle San Gabriel de la avenida

Vía Roma.

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Noemí Otero Navares. Portavoz Grupo Municipal Ciudadanos. Portavoz Grupo Municipal Ciudadanos

Segovia”.

Acuerdo.- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, RESULTÓ APROBADA LA MOCIÓN PRESENTADA EN LOS TÉRMINOS RESULTANTES DEL DEBATE.

Acuerdo núm. 196.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR PARA QUE EN EL PLAZO DE UN MES SE DÉ A CONOCER EL PLAN DE GESTIÓN DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL (CIDE) ASÍ COMO LAS CONDICIONES DE ACCESO AL MISMO.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DEL

AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA PARA QUE EN EL PLAZO DE UN MES SE DE A CONOCER EL

PLAN DE GESTIÓN DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL (CIDE) ASÍ

COMO LAS CONDICIONES DE ACCESO AL MISMO.

Los concejales integrantes del Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Segovia, al

amparo de lo establecido en el artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y

Funcionamiento de las Entidades Locales y el artículo 94.3 del Reglamento Orgánico del

Ayuntamiento de Segovia, formulan para su discusión y, en su caso, aprobación en el próximo Pleno

Ordinario a celebrar el día 27 de septiembre de 2019, la siguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

En el año 2006 el grupo socialista en el Ayuntamiento presentaba el Círculo de las Artes y la

Tecnología de Segovia (CAT), un macroproyecto tecnológico y científico que incluía la construcción

de varios edificios y que pretendía convertir a Segovia en un importante foco de conocimiento, así

como impulsar el desarrollo y la creación de empleo en la zona.

13 años después y tras la mayor inversión que se ha hecho en el Ayuntamiento de Segovia, está a

punto de finalizarse el único edificio construido de todos los proyectados, el Centro de Innovación y

desarrollo empresarial (CIDE), lo que significa que el inmueble estará ya listo para las empresas que

deseen instalarse en él y comenzar su actividad.

Para ello es básico contar ya con el Plan de Gestión del Edificio, que las empresas sepan cómo son

las instalaciones para ver si se adaptan a sus necesidades a nivel laboral,(características de las

oficinas, equipamiento, aparcamiento, espacios comunes…), y algo fundamental, que sepan las

condiciones administrativas fijadas por el Ayuntamiento para poder instalarse en el CIDE, como

puede ser el precio del alquiler, de quien depende el mantenimiento, cuánto les puede suponer la luz,

por cuánto tiempo mínimo tienen que alquilar el espacio, si tienen o no algún beneficio a nivel fiscal o

si hay alguna cláusula fijada por el Ayuntamiento de Segovia y que es imprescindible que cumplan,

como podría ser el que, entre sus empleados, hubiera un % de segovianos.

Todos estos aspectos deberían estar ya definidos si la intención del gobierno municipal es que estas

empresas estén ya trabajando e instaladas a principios del próximo año 2020, puesto que, una vez

finalizado el edificio, comenzarían los trámites, a nivel administrativo, de los diferentes expedientes

correspondientes a las empresas que tengan intención de instalarse en el CIDE.

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Cualquier empresa quiere garantías y una seguridad jurídica. Saber dónde se instala y de qué

manera y para poder decidir necesita conocer todos estos aspectos que hemos señalado.

Hay empresas que ya han manifestado su interés en ocupar el CIDE y otras podrían hacerlo si

conocieran las condiciones.

Además, entendemos que debe darse prioridad a todas las empresas segovianas que estén

trabajando dentro del sector tecnológico, de la innovación y la comunicación ya que podría contribuir

a su consolidación y crecimiento y con ello al mantenimiento y la creación de empleo entre los propios

segovianos.

Por tanto, consideramos fundamental que se den a conocer dentro del mundo empresarial y

tecnológico, a través de los medios que consideren oportunos, tanto las condiciones técnicas del

edificio del CIDE, una vez terminado, como las condiciones establecidas a nivel administrativo para

poder instalarse en el mismo y en especial, entre las empresas segovianas.

Si la intención general es que el CIDE se convierta en un punto de convergencia tecnológica, en un

foco de atracción de empresas y en un centro generador de empleo, habrá que facilitar el acceso al

mismo.

Por ello proponemos para su aprobación por parte del Pleno del Ayuntamiento de Segovia, las

siguientes propuestas de resolución:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

• Que, en el plazo de un mes, el gobierno municipal presente el Plan de Gestión del Centro de

Innovación y desarrollo empresarial (CIDE) del CAT.

• Que, al mismo tiempo, haga públicas las condiciones establecidas para que las empresas puedan

instalarse en el Centro de Innovación y desarrollo tecnológico (CIDE) del CAT, dándolas a

conocer, a través de los medios que consideren oportunos, dentro del mundo empresarial y en

especial entre las empresas que trabajan en el sector tecnológico, de la innovación y la

comunicación.

• Que, a la hora de acceder al CIDE, se dé prioridad a las empresas segovianas que trabajan

dentro del ámbito de la tecnología, la innovación y la comunicación.

Pablo Pérez Coronado. Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular”.

Acuerdo.- No obteniendo la propuesta la mayoría necesaria al ser mayor el número de votos en contra que el de votos a favor, NO FUE APROBADA LA MOCIÓN PRESENTADA.

• RUEGOS Y PREGUNTAS

Acuerdo núm. 197.- RUEGOS

Se formuló un ruego por parte de la Portavoz del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs)

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Acuerdo núm. 198.- PREGUNTAS FORMULADAS EN LA SESIÓN ANTERIOR O POR ESCRITO CON ANTELACIÓN MÍNIMA DE 24 HORAS.

- Preguntas formuladas en el trascurso de la sesión anterior.- Según resulta del acta de la sesión anterior, acuerdo núm. 179, SE FORMULARON preguntas por parte del Portavoz del grupo municipal del Partido Popular, que responde por don Jesús García Zamora, Concejal delegado de Economía y hacienda (área 2) y Desarrollo económico y empleo (área 7); don David García-Foj Fernández, en representación del grupo municipal, que responde por don Miguel Merino Sánchez, Concejal delegado de Obras, Servicios e Infraestructuras y don José Luis Huertas San Frutos, en representación del grupo municipal del Partido Popular, que responde por doña Raquel de Frutos García, Concejala delegada de Seguridad (Área 6).

- Preguntas presentadas por escrito y con la antelación mínima de 24 horas prevista en el ROF: Se han presentado preguntas por escrito por

- El Grupo municipal CIUDADANOS, que son contestadas por don Jesús García Zamora, Concejal delegado de Economía y hacienda (área 2) y Desarrollo económico y empleo (Área 7); doña Raquel de Frutos García, Concejala delegada de Seguridad (Área 6) y doña María Eugenia Aguiar Bartrina, Concejala delegada de Cultura.

- El Grupo municipal del PARTIDO POPULAR, que son contestadas por don Andrés J. Torquemada Luengo, Concejal delgado de Participación ciudadana, transparencia y gobierno abierto; Gobierno interior y personal y Patrimonio y contratación.

El Grupo municipal PODEMOS-EQUO, que son contestadas por doña María Eugenia Aguiar Bartrina, Concejala delegada de Cultura, don Miguel Merino Sánchez, Concejal delegado de Obras, Servicios e Infraestructuras y doña Raquel de Frutos García, Concejala delegada de Seguridad (Área 6).

20º/199.- PREGUNTAS QUE SE FORMULEN EN EL TRANSCURSO DE LA SESIÓN.

SE FORMULARON preguntas por don Pablo Pérez Coronado, don José Luis Horcajo Llorente y don Julio César Santos Pastor, del Grupo municipal del Partido Popular.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, siendo las trece horas y cincuenta y un minutos del mismo día por la Presidencia se levantó la sesión.

Segovia, a 27 de septiembre de 2019

NOTA. La presente Información se expide en cumplimiento del mandato recogido en los artículos 69 de la ley 7/1985 RBRL, y 229.2 y 230 del ROF e incluye una referencia resumida a lo acordado por el Pleno corporativo.

Su finalidad es meramente informativa y en cuanto a su contenido, a efectos de acreditación de lo acordado, no goza del carácter de documento público de las actas y certificaciones expedidas por la Secretaría General en el ejercicio de las funciones de fe pública que la ley le reserva.