Aspectos fiscales

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Aspectos Fiscales Norberto Escobar Morales Alexis

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Aspectos FiscalesNorberto Escobar MoralesAlexis1Conceptos bsicosPersona fsica:

Es el concepto jurdico para definir a las personas,los seres humanos, que son susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones. Todapersona fsicatiene los derechos que laConstituciny las dems normas le otorgan. En contraposicin a lapersona fsicaexiste lapersona jurdica.

2Conceptos bsicosLas personas fsicas pueden realizarcontratos, realizar declaraciones, comparecer en juicios, etc. Las personas fsicas pueden actuar en nombre propio o en representacin de otrapersona fsicao de unapersona jurdica. En definitiva, lapersona fsicaes el ser capaz de asumir derechos y obligaciones.Cuando lapersona fsicanace se origina automticamente la personalidad. As se establece en elartculo 29 del Cdigo Civil.Este mismo texto legal seala que, a efectos civiles, slo se reputar nacido el feto que tuviera figura humana y viviere enteramente desprendido del seno materno. Por contra, la personalidad de lapersona fsicase extingue con la muerte.

3En la constitucin TITULO II.DEL NACIMIENTO Y LA EXTINCIN DE LA PERSONALIDAD CIVIL. CAPTULO I. DE LAS PERSONAS NATURALESArtculo 29.El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artculo siguiente.Artculo 30.La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.Artculo 31.La prioridad del nacimiento, en el caso de partos dobles, da al primer nacido los derechos que la ley reconozca al primognito.Artculo 32.La personalidad civil se extingue por la muerte de las personas.

Conceptos BsicosPersona fsica:

Es un sujeto de derechos y obligaciones que existe, pero no comoindividuo, sino como institucin y que es creada por una o mspersonas fsicaspara cumplir un objetivo social que puede ser con o sin nimo de lucro.

Es una agrupacin de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociacin civil. De acuerdo con su objeto social,una persona moral puede tributar en regmenes especficos como:

PERSONAS MORALES DEL RGIMEN GENERAL

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

PERSONAS MORALES DEL RGIMEN GENERAL :

Si tienes una sociedad mercantil; sociedad;asociacin civil; sociedad cooperativa de produccin; institucionesde crdito, de seguros y fianzas, almacenes generales de depsito, arrendadoras financieras, uniones de crdito y sociedades de inversin de capitales; organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y fideicomisos con actividades empresariales, entre otras,que realicen actividades lucrativas, entoncespuedesaplicareste rgimen.

Obligaciones fiscalesInscripcin o alta en el Registro Federal de Contribuyentes

Expedir comprobantes fiscales

Llevar contabilidad

Presentardeclaraciones y pagos mensualesyDeclaracin Anual

Presentar laDeclaracin Informativa de Operaciones con Terceros

PresentarDeclaraciones informativas anuales

Mantener actualizados sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOSSon aquellas personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia econmica o lucro, por ejemplo:sociedades de inversin, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos, cmaras de comercio e industria, colegios de profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia, asociaciones civiles sin fines de lucro.Para fines fiscales, este rgimen est previsto en el ttulo III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y quienes se ubican aqu no son sujetos de ste gravamen, salvo algunas excepciones.

ObligacionesInscribirte o darte de alta en el Registro Federal de ContribuyentesExpedir comprobantesfiscales.Llevar contabilidaddesde el inicio de tusoperacionestal y como lo estableceel Cdigo Fiscal de la Federacin.Presentardeclaracionesmensualesydeclaraciones informativas.Cumplircon otras obligacionesfiscales.Mantener actualizados tus datosen el RFC.

aCTIVIDADES EMPRESARIALES

Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrcolas, ganaderas, de pesca o silvcolas (Para tributar en este rgimen no se establece un lmitede ingresos).Por ejemplo: talleres mecnicos, imprentas, restaurantes, fondas, cafeteras, cocinas econmicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, miscelneas; minispers, escuelas; kinders, guarderas, ferreteras, refaccionarias, artesanos.

Cuales son actividades empresariales segn el cdigo fiscal de la federacin ?

Las actividades empresariales se encuentran enlistadas y definidas por el artculo 16 de Cdigo Fiscal de la Federacin, mismo que por su importancia y correlacin con otras Legislaciones en materia fiscal las mencionamos a continuacin:I. Las comerciales que son las que de conformidad con las Leyes Federales tienen ese carcter y no estn comprendidas en el artculo 16 del Cdigo Fiscal de la Federacin.II. Las industriales entendidas como la extraccin, conservacin o transformacin de materias primas, acabado de productos y la elaboracin de satisfactores.III. Las agrcolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenacin de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformacin industrial.IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cra y engorda de ganado, aves de corral y animales, as como la primera enajenacin de sus productos, que no hayan sido objeto de transformacin industrial.V. Las de pesca que incluyen la cra, cultivo, fomento y cuidado de la reproduccin de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, as como la captura y extraccin de las mismas y la primera enajenacin de esos productos, que no hayan sido objeto de transformacin industrial.VI. Las silvcolas que son las de cultivo de los bosques o montes, as como la cra, conservacin, restauracin, fomento y aprovechamiento de la vegetacin de los mismos y la primera enajenacin de sus productos, que no hayan sido objeto de transformacin industrial.