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ARTICULO 76 PUBLICACION ORIGINAL PUBLICACION: 05-02-1917 RESUMEN Realizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista PRESENTADA POR: Venustiano Carranza FECHA DE PRESENTACION: 06-12-1916, Periodo Unico TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Reformas a la Constitución, Corrección de Est ilo FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 11-01-1917 DECLARATORIA: 05-02-1917 OBSERVACIONES: Se da lectura al voto particular que presentan los C. Paulino Machorro Narvaez y Arturo Méndez, miembros de la 2a. Comisión de Constitución sobre el artículo 7 6 del Proyecto de Reforma el 13 de enero de 1917, el que es debatido los dias 14, 15 y 16.- Se aprueba en lo general y en lo particular por 112 votos.- Se aprueban las modificaciones hechas por la Comisión de Corrección y Estilo el 27 de enero de 191 7. CONTENIDO: El presente artículo forma parte del Título Tercero, Capítulo II, denominado "Del Poder Legislativo", Sección III "De las Facultades del Congreso". Tiene por objeto enumerar las facultades que tiene la Cámara de Senadores. TITULO TERCERO CAPITULO II Del poder legislativo SECCION TERCERA De las Facultades del Congreso Artículo 76 Son facultades exclusivas del Senado: I.- Aprobar los tratados y convenciones diplomáticas que celebre el Presidente de la República con las potencias extranjeras. II.- Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de Ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes supremos del Ejército y Armada Nacional, en los términos

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ARTICULO 76

PUBLICACION ORIGINAL

PUBLICACION: 05-02-1917

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista

PRESENTADA POR: Venustiano Carranza

FECHA DE PRESENTACION: 06-12-1916, Periodo Unico

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Reformas a la Constitución, Corrección de Estilo

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 11-01-1917

DECLARATORIA: 05-02-1917

OBSERVACIONES: Se da lectura al voto particular que presentan los C. Paulino Machorro Narvaez yArturo Méndez, miembros de la 2a. Comisión de Constitución sobre el artículo 76 del Proyecto de Reformael 13 de enero de 1917, el que es debatido los dias 14, 15 y 16.- Se aprueba en lo general y en loparticular por 112 votos.- Se aprueban las modificaciones hechas por la Comisión de Corrección y Estilo el27 de enero de 1917.

CONTENIDO: El presente artículo forma parte del Título Tercero, Capítulo II, denominado "Del PoderLegislativo", Sección III "De las Facultades del Congreso". Tiene por objeto enumerar las facultades quetiene la Cámara de Senadores.

TITULO TERCERO

CAPITULO IIDel poder legislativo

SECCION TERCERADe las Facultades del Congreso

Artículo 76Son facultades exclusivas del Senado:

I.- Aprobar los tratados y convenciones diplomáticas que celebre el Presidente de la República con las potenciasextranjeras.

II.- Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de Ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales,empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes supremos del Ejército y Armada Nacional, en los términos

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que la ley disponga.

III.- Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País, el paso detropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguasmexicanas.

IV.- Dar su consentimiento para que el Presidente de la República pueda disponer de la Guardia Nacional fuera de susrespectivos Estados o Territorios, fijando la fuerza necesaria.

V.- Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado, que es llegado el caso denombrarle un Gobernador provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales del mismoEstado. El nombramiento de Gobernador se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República conaprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente,conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo Gobernador constitucional en laselecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que lasconstituciones de los Estados no prevean el caso.

VI.- Erigirse en Gran Jurado para conocer de los delitos oficiales de los funcionarios que expresamente designa estaConstitución.

VII.- Las demás que la misma Constitución le atribuya y

VIII.- Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado cuando alguno de ellos ocurra con esefin al Senado, o cuando con motivo de dichas cuestiones se haya interrumpido el orden constitucional, mediando unconflicto de armas. En este caso el Senado dictará su resolución, sujetándose a la Constitución General de República y ala del Estado.

La ley reglamentará el ejercicio de esta facultad y el de la anterior

REFORMA 01

PUBLICACION: 20-08-1928

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Ley que reforma los artículos 73, 74, 76, 79, 89, 94, 96, 97, 98, 99, 100 y 111 de laConstitución Política de la República

PRESENTADA POR: Ejecutivo

FECHA DE PRESENTACION: 14-05-1928, 1er. ExtraPeríodo Ordinario, II año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Puntos Constitucionales, Justicia

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 18-05-1928

DECLARATORIA: 20-08-1928

OBSERVACIONES: Adiciona las fracciones VIII, IX y X al artículo.- Se dispensa la 2a. lectura al Dictamen.-Se dictaminan conjuntamente dos iniciativas que presenta el C. Alvaro Obregón.- Se aprueba en lo generaly en lo particular por 185 votos.- Pasa al Senado.- Se aprueba el Dictamen Proyecto de Declaratoria por169 votos.- Pasa al Ejecutivo.

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CONTENIDO: Establece que la Cámara de Senadores otorgue o niegue la aprobación de losnombramientos de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a las solicitudes delicencia y a las renuncias de los mismos funcionarios que le somete el Presidente de la República.

LEY que reforma los artículo 73, 74, 76, 79, 80, 94, 96, 97, 98, 99, 100, y 111 de la Constitución Política dela República.

Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Federal.-Estados Unidos Mexicanos.-México.-Secretaría deGobernación.

El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se ha servido dirigirme la siguiente Ley:

PLUTARCO ELIAS CALLES, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes, sabed:

Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme la siguiente Ley:

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 135 dela Constitución Federal y previa la aprobación de la mayoría de las Legislaturas de los Estados, declarareformados los artículos 73, 74, 76, 79, 89, 94, 96, 97, 98, 99, 100 y 111 de la Constitución Federal, en lossiguientes términos de la siguiente ley:

ARTTICULO 1o.- Se reforman los artículos 73, 74, 76, 79, 89, 94, 96, 97, 98, 99, 100 y 111 de laConstitución Política de la República en los siguientes términos:

Artículo 76.................................................

VIII.- Otorgar o negar su aprobación a los nombramientos de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación asícomo a las solicitudes de licencia y a las renuncias de los mismo funcionarios le someta el Presidente de la República.

IX.- Declarar justificadas o no justificadas las peticiones de destitución de autoridades judiciales que hiciere elPresidente de la República, en los términos de la parte final del artículo 111.

X.- Las demás que la misma Constitución le atribuye.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Las reformas constitucionales a que se contrae la presente ley, entrarán en vigorel día 20 de diciembre del presente año.

ARTICULO SEGUNDO.- Los actuales Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación quedaránsujetos a la ratificación de sus nombramientos por el Presidente de la República, con aprobación delSenado.

Los actuales Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y de los Territorios,quedarán sujetos a la ratificación de sus nombramientos por el Presidente de la República, con aprobaciónde la Cámara de Diputados. En caso de que esta ratificación no se llevare a efecto, cesarán en suspuestos tan pronto como sean designados los nuevos Ministros y Magistrados.

ARTICULO TERCERO.- Los actuales Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito quedarán sujetos a laratificación de sus nombramientos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que decidirá si losratifica dentro del término de sesenta días a contar de la fecha en que la misma Suprema Corte quedeintegrada, de acuerdo con el presente Decreto. En caso de que esta ratificación no se llevare a efecto,

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cesarán en sus puestos tan pronto como sean designados los nuevos Magistrados y Jueces.

ARTICULO CUARTO.- Los actuales Jueces del Orden Común del Distrito Federal y de los Territorios,quedarán sujetos a la ratificación de sus nombramientos por el Tribunal Superior de Justicia del DistritoFederal, que decidirá sí los ratifica dentro del término de sesenta días a contar de la fecha en que elmismo Tribunal Superior de Justicia quede integrado, de acuerdo con el presente Decreto. En caso de queesta ratificación no se llevare a efecto, cesarán en sus puestos tan pronto como sean designados losnuevos Jueces.

El Presidente de la H. Cámara de Diputados, J. G. de la Anda; el Presidente de la H. Cámara deSenadores, Higinio Alvarez; Secretario, Francisco J. Silva; Secretario, José Maqueo Castellanos.-Por elEstado de Aguascalientes. Senador: Manuel Carpio -Por el Estado de Campeche Diputados: E. Mena,José Hernández P.; Senadores: P. E. Sotelo, Adalberto Galeano.-Por el Estado de Coahuila. Diputados:Edo Loustaunau, Manuel V. Mijares; Senador; C. Garza Castro.-Por el Estado de Colima Diputados: J.Llerenas, Francisco J. Siva; Senadores: H. Alvarez, J. D. Aguayo.- Por el Estado de Chiapas.-Diputados: R.E. Enríquez, E. Bonífaz; Senador: Benigno Cal y Mayor.-Por el Estado de Chihuahua, Diputados: F.Rodríguez, N. Pérez, P. M. Fierro; Senadores: L. E. Estrada, M. Prieto.-Por el Distrito Federal.Diputados: M.Balderas, Rafael Cruz, J. Moreno Salido, Ernesto Prieto; Senadores: M. M. Méndez, E. Salcedo.-Por elEstado de Durango. Diputados: C. Andrade, D. R. Gutiérrez, F. Arenas; Senadores: Pastor Rouaix, AntonioGutiérrez, F. Arenas.-Por el Estado de Guanajuato. Diputados: Joaquín Torreblanca, Francisco Alvarez Jr.,M. Gasca, José González, Tomás González, Salvador Villaseñor, J. A. y Maya; Senadores: J. B.Castelazo, M. G. de Velasco.- Por el Estado de Guerrero: M. Andraw Almazán, Alberto Méndez, ManuelLópez, Desiderio Borja, José Castilleja, A. L. Nava, G. R. Miller: Senadores: Eduardo Neri, Miguel F.Ortega.- Por el Estado de Hidalgo. Diputados: L. Sánchez Mejorada, E. Medécigo R., José H. Romero, F.Herrera, J. M. Delgado, H. Austria; Senadores: José Rivera, Dr. S. Hernández.- Por el Estado de Jalisco,Diputados: Esteban G. de Alva, Francisco Z. Moreno, Ig. H. Santana, José Zataray, David Orozco, ManuelH. Ruíz, F. González Madrid; Senadores: A. Valadez Ramírez, J. de D. Robledo.- Por el Estado de México,Diputados: R. Anaya, Armando Arroyo, J. L. Solórzano, F. E. Escamilla, Manuel Riva Palacio, MarioSánchez Curiel, L. Robles, E. Labra, Víctor Díaz de León, Adrián López Gómez, Mario Sánchez Curiel;Senador: José I. Reynoso.- Por el Estado de Michoacán: J. M. Sánchez Pineda, Melchor Ortega, R. Picazo,A. Muratalla Torres, L. Zincúnegui Tercero, Alberto Oviedo Mota, Juan Abarea Pérez, Ernesto Aceves,Manuel Avilés, Agustín M. Alcocer, Efraín Pineda, Agustín Méndez Macías, Silvestre Guerrero: Senador:José Ortíz Rodríguez.- Por el Estado de Morelos. Diputados: Silvano Sotelo, Manuel Magaña, ModestoSolís D: Senadores: M. L. Acosta, Fernando López.- Por el Estado de Nayarit, Diputados: L. RomeroGallardo, A. Rodríguez, Luis Frías; Senadores: J. Espinosa Bávara, José Ma. Aguilar.- Por el Estado deNuevo León. Diputados: Juan A. Saldaña, Fco. A. Cárdenas, J. Santos Mendiola, H. Contreras Molina;Senador: F. Rocha.- Por el Estado de Oxaca: E. Alvarez, M. C. Mejía, L. Melgar, Raf. E. Melgar, AlfonsoFrancisco Ramírez, Manuel Téllez Sill. Genaro López M., José García Ramos, Rufino Zavaleta, R. Luna,Aristeo Guzmán; Senadores: José Maqueo Castellanos, E. del Valle.- Por el Estado de Puebla, Diputados:G. Baustista, A. Flores López, E. Hernández, J. Lorenz, Benj. Aguillón Guzmán, R. Márquez Galindo,Salustio Cabrera, Abraham Lucas, C. Molina, R. Reyes Márquez, F. Hernández; Senador: L. Camarillo.-Por el Estado de Querétaro, Diputados: Agustín Casas, José Veraza y Rubio, A. Briones; Senadores:.-Porel Territorio de Quintana Roo.- Por el Estado de San Luis Potosí, Diputados: Fernando Moctezuma, JoséSantos Alonso, Manuel Orta, J. E. Azuara, E. Martínez Macías; Senador: J. C. Cruz.- Por el Estado deSinaloa: Fco. A. Rivera, Teódulo Gutiérrez, Cuauhtémoc Ríos, Rodolfo C. Robles, Pedro Cáceres, ManuelRiveros; Senador: José G. Heredia.- Por el Estado de Sonora. Diputados: R. Topete, Alvaro V. Carrillo;Senadores: V, G, Tena, M. Montoya.- Por el Estado de Tabasco, Diputados: Alcídes Caparroso, B. Flores,Alejandro Ruíz; Senadores: H. Mergalli G., B. Carrillo.- Por el Estado de Tamaulipas. Diputados: R.Zamudio, Pedro Romero, Benito Juárez Ochoa; Senadores: Federico Martínez Rojas, Pedro González.-Por el Estado de Tlaxcala. Diputado: Inés Aguilar; Senador: Rafael Apango.- Por el Estado de Veracruz,Diputados: R. Palazuelos, Carlos Real, Pedro Rodríguez, Ramón C. Mora, José C. López, A. Cerisola,Francisco J. González, T. E. Villegas, Guillermo Rodríguez, Luis L. Márquez, G. Aguillón Guzmán, A. E.Gómez, Eduardo Cortina; Senadores: A- Campillo Seyde, Francisco Riveros.- Por el Estado de Yucatán.Diputados: S. Espadas, A. Castellanos, Luis Torregrosa, José E. Ancona; Senadores: José Castillo Torre.-Por el Estado de Zacatecas. Diputados: J. T. Luna Enríquez, Gabriel Macías; Senador: P. Belauzarán.-Rúbricas.

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REFORMA 02

PUBLICACION: 10-02-1944

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto que modifican los artículos 32, 73, fracción XIV, 76, fracción II y 89, fracciones IV, V yVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Diputado Angel H. Corzo Molina PRM

FECHA DE PRESENTACION: 22-09-1942, 1er. Período Ordinario, III año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Puntos Constitucionales

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 06-10-1942

DECLARATORIA: 10-02-1944

OBSERVACIONES: Reforma la fracción II del artículo.- Se dispensa la 2a. lectura.- Sin debate se apruebapor 90 votos.- Pasa al Senado.- Se aprueba el Dictamen Proyecto de Declaratoria por unanimidad de 75votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Plantea que la Cámara de Senadores ratifique los nombramientos que hace el Presidentede la República sobre Ministros, Agentes Diplomáticos, Cónsules Generales, Empleados Superiores deHacienda, Coroneles y demás Jefes Superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.

DECRETO que modifica los artículos 32, 73 fraccción XIV; 76, fracción II, y 89, fracciones IV, V, y VI, deConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de laRepública.

MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes,sabed:

Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de laConstitución General y previa la aprobación de la mayoría de las HH. Legislaturas de los Estados, declarareformados los artículos 32, segundo párrafo; 73, fracción XIV; 76, fracción II, y 89, fracciones IV, V, y VI dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para queden como sigue:

ARTICULO UNICO.-Se modifican los artículos 32, en su segundo párrafo; 73, en su fracción XIV; 76, en sufracción II y 89, en sus fracciones IV, V y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,para quedar en los términos siguientes.

Artículo 76Son facultades exclusivas del Senado

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.................................................

II.- Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de Ministros, Agentes Diplomáticos, CónsulesGenerales, Empleados Superiores de Hacienda, Coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza AérezNacionales, en los términos que la ley disponga.

Gabriel Ramos Millán, D. P.-Vicente Aguirre, S. P.-Teófilo R. Borunda, D. S.-Máximo García Contreras. S.S.

AGUASCALIENTES.-Senadores: Abelardo Reyes. Diputado: Manuel Moreno Sánchez.-BAJACALIFORNIA.-Diputados: Eduardo Garza Senande, Adán Velarde.-CAMPECHE.-Senador: Eduardo R.Mena Córdova. Diputados: Pedro Guerrero Martínez, Arcadio Che Canche.-COAHUILA.-Senadores:Damián L. Rodríguez, Joaquín Martínez Chavarría. Diputados: Francisco López Serrano, Raúl LópezSánchez.-COLIMA.-Senadores: Miguel G. Santa Ana, Conrado Torres Ortíz. Diputados: Rubén ViscarraCampos, Carlos Alcaraz Ahumada.-CHIAPAS.-Senador: Emilio Araujo. Diputados: José PantaleónDomínguez, Rafael Jiménez Bolán.-CHIHUAHUA.-Senadores: Eugenio Prado, Benjamín Almeida Jr.Diputados: Teófilo R. Borunda.-DISTRITO FEDERAL.-Senadores: Alfonso Sánchez Madariaga. FranciscoLinares T., Carlos A. Madrazo, Filemón Manrique, Ruffo Figueroa Figueroa, Leonardo Flores Vázquez,Juan Best García, Pedro Téllez Vargas, Jesús Yurén Aguilar, Sacramento Joffre.-DURANGO.-Senadores:Máximo García Contreras. Diputados: Juan Manuel Tinoco.-GUANAJUATO.-Senador: Celestino Gasca.Diputados: Fernando Mora, Luis Madrazo Basauri, Fernando Díaz Durán, Federico Medrano Valdivia, JoséR. Velázquez Nuño, Francisco García Carranza, Guillermo Aguilar y Maya.-GUERRERO.-Senadores:Nabor A. Ojeda, Arturo Martínez Adame. Diputados: José María Suárez Téllez, Carlos F. CarrancoCardoso, Isauro López Salgado, Ramón Mata y Rodríguez.-HIDALGO.-Senadores: Fernando CruzChávez,Vicente Aguirre. Diputados: Ramón G. Bonfil, Raúl Lozano.-JALISCO.-Senador: AbrahamGonzalez. Diputados: Miguel Moreno Padilla, Heliodoro Hernández Loza, Ignacio Luis Velázquez de laPeña, Jorge Contreras Bobadilla.-MEXICO.-Senadores: Alfonso Flores M., y Augusto Hinojosa.Diputados:Antonio Manero, Juan José Rivera Rojas, José D. Izquierdo, Gabriel RamosMillán.-MICHOACAN.-Senadores: Antonio Mayés Navarro, J. Trinidad García G. Diputados: SalvadorOchoa Rentería, Francisco P. Jiménez.-MORELOS.-Senadores: Vicente Campos, FernandoAmilpa.Diputado: Eliseo Aragón Rebolledo.-NUEVO LEON.-Senador: Dionisio García Leal. Diputados:Rodolfo Gaytán, Julián Garza Tijerina, Carlos F. Osuna.-OAXACA.-Senadores: Heliodoro Charis Castro,Fernando Magro Soto. Diputados: Octavio Reyes Spíndola, Francisco López Cortés, NorbertoAguirre.-PUEBLA.-Senadores: Noé Lecona, Rosendo Cortés. Diputados: Cosme Aguilera Alvarez, AndrésRábago Castellanos, José Manuel Gálvez, Luis Huidobro.-QUERETARO.-Senadores: José Pérez Tejada,Isidro Zúñiga Solórzano.-QUINTANA ROO.-Diputado: Arturo González Villarreal.-SAN LUISPOTOSI.-Senador: León García, Diputados: Luis Jiménez Delgado, Fernando Moctezuma, Víctor AlfonsoMaldonado, Pablo Aldret, Ignacio Morales, Manuel Alvarez.-SINALOA.-Senador: Alejandro Peña. Diputado:Rosendo G. Castro.- SONORA.- Diputado: Herminio Ahumada Jr.-TABASCO.-Senador: Humberto SalaRueda.-TAMAULIPAS.- Diputado: Graciano Sánchez.-TLAXCALA.- Diputado: AlbertoSantillán.-VERACRUZ.-Senador: Vidal Díaz Muñoz. Diputados: Manuel Jasso, Rafael Murillo Vidal,Gorgonio Quesnel Acosta, Genaro Lapa, Carlos I. Serrano, Benito Coquet.-YUCATAN.-Senadores: JoséCastillo Torres, Florencio Palomo Valencia. Diputados: Mauricio Escobedo Granados, Efraín BritoRosado.-ZACATECAS.-Senadores: Lamberto Elías, Adrián Morales Salas. Diputados: Rafael López W.Jesús Ma. García Martínez.-Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, D. F., a los treinta y un días del mes de diciembre demil novecientos cuarenta y tres.-Manuel Avila Camacho.-Rúbrica.-El Secretario de Estado y del Despachode Gobernación, Miguel Alemán.-Rúbrica.

REFORMA 03

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PUBLICACION: 08-10-1974

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto por el que se reforma el artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Ejecutivo

FECHA DE PRESENTACION: 03-09-1974, 1er. Período Ordinario, II año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos, Gobernación

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 10-09-19742a. Lectura: 12-09-1974

DECLARATORIA: 08-10-1974

OBSERVACIONES: Reforma la fracción IV del artículo.- Se aprueba en lo general y en lo particular por142 votos.- Pasa al Senado.- Se aprueba el Proyecto de Declaratoria por 152 votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Plantea que la Cámara de Senadores otorgue su consentimiento para que el Presidente dela República pueda disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos Estados, fijando el númerode elementos necesario.

DECRETO por el que se reforman el Artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes, sabed:

Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO:

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de laConstitución General de la República y previa la aprobación por la mayoría de las HH. Legislaturas de losEstados, declara reformados el Artículo 43 de la Constitución General de la República, y los demáspreceptos relacionados en el artículo segundo de la presente declaratoria.

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 27 Fracciones VI párrafo I, XI-c); XII, párrafo I y XVII-a);45; 52; 55 Fracción III; 73 Fracciones I, II y VI-2a., 3a., 4a párrafos I y IV y 5a., 74 Fracciones I y VI; 76Fracción IV; 79 Fracciones II, V, VIII y IX; 82 Fracción VI; 89 Fracciones II, XIV y XVII; 104 Fracción Ipárrafos I y II; 107 Fracción VIII-f) párrafo II; 111 párrafos V y VI; 123 "B" y 131 párrafo I de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 76.......................................

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I.- ..................................

II.- ................................

III.- ...............................

IV.- Dar su consentimiento para que el Presidente de la República pueda disponer de la Guardia Nacional fuera de susrespectivos Estados, fijando la fuerza necesaria.

V.- .................................

VI.- ...............................

VII.- ..............................

VIII.- .............................

IX.- ................................

X.- .................................

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- El Estado de Baja California Sur tendrá la extensión territorial y límites quecomprende actualmente el Territorio de la Baja California Sur.

ARTICULO SEGUNDO.- El Estado de Quintana Roo tendrá la extensión territorial y límites que comprendeactualmente el Territorio de Quintana Roo.

ARTICULO TERCERO.- La Cámara de Senadores a propuesta en ternas del Ejecutivo Federal, nombraráun Gobernador Provisional en cada uno de los Estados de Baja California Sur y Quinta Roo. LosGobernadores Provisionales rendirán la protesta constitucional ante el propio Senado de la República ytomarán desde luego posesión de sus cargos, convocando a elecciones para integrar las legislaturasconstituyentes locales, a más tardar el 12 de octubre de 1974.

ARTICULO CUARTO.- Las elecciones de diputados para integrar las legislaturas constituyentes, secelebrarán el 10 de noviembre de 1974.

ARTICULO QUINTO.- Las legislaturas constituyentes de cada uno de los Estados de Baja California Sur yQuintan Roo se integrarán con siete diputados propietarios y sus respectivos suplentes.

Para ser diputados constituyentes se requiere reunir los requisitos que señala el artículo 55 de laConstitución Federal.

ARTICULO SEXTO.- Regirán el proceso electoral para la integración de las legislaturas constituyentes, laConstitución General de la República y la Ley Federal Electoral, en lo conducente.

ARTICULO SEPTIMO.- Se crean las comisiones estatales electorales de los Estados de Baja CaliforniaSur y Quinta Roo, integradas por un presidente que serán los secretarios generales de gobierno, unsecretario y un vocal, designados por los Gobernadores Provisionales y por un comisionado de cada unode los partidos políticos nacionales. Por cada miembro propietario se nombrará un suplente.

ARTICULO OCTAVO.- Se creará un comité distrital electoral en cada uno de los siete distritos electoralesen que se dividan los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

Los comités distritales electorales estarán integrados por un presidente, un secretario y un vocaldesignados por las comisiones estatales electorales y por un comisionado de cada uno de los partidos

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políticos nacionales. Por cada miembro propietario se designará un suplente.

ARTICULO NOVENO.- Las comisiones estatales electorales, en su primera sesión, harán la división de losEstados de Baja California Sur y Quinta Roo, en siete distritos electorales y elaborarán el calendario deplazos a que se sujetará el proceso comicial.

ARTICULO DECIMO.- Podrán registrar fórmulas de candidatos para participar en las elecciones de laslegislaturas constituyentes, los partidos políticos nacionales.

ARTICULO DECIMO PRIMERO.- En las elecciones de las legislaturas constituyentes se usarán lascredenciales permanentes de elector expedidas por el Registro Nacional de Electores para las eleccionesfederales. Las delegaciones del Registro Nacional de Electores colaborarán y auxiliarán, dentro de susfunciones, a las comisiones estatales y comités distritales electorales.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- Los comités distritales electorales expedirán la constancia de mayoría alas fórmulas de candidatos que la hayan obtenido. La comisiones estatales electorales resolverán sobre elregistro o negativa de registro de las constancias de mayoría.

ARTICULO DECIMO TERCERO.- Los presuntos diputados constituyentes sin necesidad de citación, sereunirán en el recinto que señalen las convocatorias, el 25 de noviembre y constituidos en juntaspreparatorias, nombrarán de entre sus miembros en escrutinio secreto y a mayoría de votos, unPresidente, un Vicepresidente y un Secretario.

En esta reunión, los presuntos diputados presentarán los documentos que los acrediten.

Para la integración y funcionamiento de las juntas preparatorias, estudio y calificación de las elecciones einstalación de la legislatura constituyente, se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones delReglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO DECIMO CUARTO.- Las comisiones estatales electorales enviarán a las juntas preparatoriaslos paquetes relativos a las elecciones de las legislaturas constituyentes y éstas procederán a calificar laselecciones de sus propios miembros. Sus resoluciones serán inapelables.

ARTICULO DECIMO QUINTO.- En tanto se expide la Constitución Política de cada uno de los Estados deBaja California Sur y Quintana Roo continuará vigente la legislación que ha regido en los Territorios,excepto en aquello que pugne con su soberanía. La Hacienda Pública de los Estados se integrará con losingresos y egresos que determinan las leyes fiscales de los territorios.

El Congreso de la Unión decretará las leyes de ingresos y la Cámara de Diputados los presupuestos deegresos para el año fiscal de 1975, los que regirán provisionalmente en tanto los órganos competentes delos Estados decretan sus propias normas.

ARTICULO DECIMO SEXTO.- Mientras se constituye el Poder Judicial de los Estados de Baja CaliforniaSur y Quintana Roo conforme a sus respectivas constituciones políticas, la administración de justicia estaráa cargo de un Tribunal Superior de Justicia compuesto de tres magistrados y del número y categoría delos juzgados que funcionan actualmente. Los magistrados serán nombrados por los gobernadoresprovisionales, y los jueces por los Tribunales Superiores de Justicia.

Los gobernadores provisionales nombrarán también al Procurador General de Justicia del Estadorespectivo y a los agentes del Ministerio Público.

ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- El Ejecutivo Federal, por conducto de las Secretarías de Gobernación ydel Patrimonio Nacional, determinará los bines muebles e inmuebles cuyo dominio ceda a los Estadospara formar parte del Patrimonio de los mismos y, en su caso, de los Municipios.

ARTICULO DECIMO OCTAVO.- Los gobernadores provisionales durarán en su encargo hasta el día enque conforme a la Constitución Política de cada uno de los Estados, deban tomar posesión los

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gobernadores constitucionales electos.

ARTICULO DECIMO NOVENO.- Los ciudadanos que funjan como gobernadores provisionales, no podránser electos gobernadores constitucionales. Tampoco podrán ser electos diputados para integrar laslegislaturas constitucionales, los que funjan con el carácter de propietarios en las constituyentes, ni lossuplentes que llegaron a ejercer las funciones de éstos.

ARTICULO VIGESIMO.- Con base en los presupuestos de egresos correspondientes, los gobernadoresprovisionales harán las transferencias de partidas necesarias para cubrir las erogaciones que, en elejercicio de sus funciones, requieran los poderes estatales.

ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.- Se faculta al Ejecutivo Federal para dictar, por conducto de laSecretaría de Gobernación, las normas interpretativas y aclaratorias del presente decreto.

ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el"Diario Oficial" de la Federación.

México, D. F., a 3 de octubre de 1974.- "AÑO DE LA REPUBLICA FEDERAL Y DEL SENADO".-Guadalupe López Bretón, S. P.- Concepción Rivera Centeno, D. P.- Pascual Bellizia Castañeda, S. S.-Feliciano Calzada Padrón D. S.- AGUASCALIENTES.- Profr. Enrique Olivares Santana, Sen.- Ing. MiguelAngel Baberena, Sen. Lic. José de Jesús Medellín M., Dip.- Higinio Chávez Marmolejo, Dip.- BAJACALIFORNIA.- Dr. Gustavo Aubanel Vallejo, Sen.- Lic. Ramón Alvarez Cisneros, Sen.- Dr. FedericoMartínez Manautou, Dip.- Rafael García Vázquez, Dip.- Ing. Celestino Salcedo Monteón, Dip.- BAJACALIFORNIA (Territorio).- Dr. Antonio Carrillo Huacuja.- CAMPECHE.- Lic. Carlos Pérez Cámara, Sen.-Vicealm. Ramón Alcalá Ferrera, Sen. Profra. Rosa Ma. Martínez Denegri, Dip.- Luis Fernando SolísPadrón, Dip.- COAHUILA.- Braulio Fernández Aguirre, Sen.- Profr. Oscar Flores Tapia, Sen. Lic. JesúsDávila Narro, Dip. Francisco Rodríguez Ortíz, Dip.- Dr. Arnoldo Villareal Zertuche, Dip.- Jesús LópezGonzález, Dip.- COLIMA.- Lic. Roberto Pizano Saucedo, Sen.- Profra. Lic. Aurora Ruvalcaba G., Sen.- Lic.Daniel A. Moreno Díaz, Dip.- Lic. Jorge Armando Gaytán Gudiño, Dip.- CHIAPAS. Lic. Ramiro YáñezCórdova, Sen.- Juan Sabines Gutiérrez Sen.- Dr. Carlos Moguel Sarmiento, Dip.- Lic. Rafael MorenoBallinas, Dip.- Lic. Fedro Guillén Castañón, Dip.- Profr. Nereo González C., Dip.- Jaime Coutiño Esquinca,Dip.- Lic. Ma. Guadalupe Cruz Aranda, Dip.- CHIHUAHUA.- Arnaldo Gutiérrez Hernández, Sen.- José I.Aguilar Irungaray, Sen.- Dr. Julio Cortazar Terrazas, Dip.- Luis Parra Orozco, Dip.- Lic. FranciscoRodríguez Pérez, Dip.- Luis Fuentes Molinar, Dip.- Angel González Estrada, Dip.- Ing. Ernesto VillalobosPayán, Dip. DISTRITO FEDERAL.- Martín Luis Guzmán, Sen.- Alfonso Sánchez Madariaga, Sen. Dr.Guillermo Gabino Vázquez A., Dip.- Angel Olivo Solís, Dip.- Profra. Ofelia Casillas Ontiveros, Dip.- Ing.Efraín Humberto Garza Flores, Dip.- Hilario Punzo Morales, Dip.- Concepción Rivera Centeno, Dip.- JorgeDurán Chávez, Dip.- Carlos Dufoo López, Dip.- Daniel Mejía Colín, Dip.- Simón García Rodríguez, Dip.-Lic. Juan José Hinojosa Hinojosa, Dip.- Alberto Juárez Blancas, Dip.- Lic. Javier Blanco Sánchez, Dip.-Onofre Hernández Rivera, Dip.- Luis González Escobar, Dip.- Lic. Luis del Toro Calero, Dip.- Dr. HumbertoMateos Gómez, Dip.- Joaquín del Olmo Martínez, Dip.- Dr. Ricardo Ignacio Castañeda g., Dip.- Ing.Mariano Araiza Zayas, Dip.- Arturo González Cosío Díaz, Dip.- Lic. Carlos Armando Madrazo Pintado, Dip.-Lic. Rodolfo Echeverría Ruiz, Dip.- Lic. Luis Adolfo Santibáñez Belmont, Dip.- Lic. Carlos Sansores Pérez,Dip.- Dr. Ernesto Aguilar Cordero, Dip.- DURANGO.- Agustín Ruiz Soto, Sen.- Dr. Salvador GámizFernández, Sen.- Profra. Lic. Ma. Aurelia de la Cruz Espinoza Ortega, Dip.- Jesús José Gamero Gamero,Dip.- Víctor Rocha Martín.- Dip.- José Mario Rivas Escalante, Dip.- GUANAJUATO.- Lic. José Rivera PérezCampos, Sen. Dr. José Castillo Hernández, Sen.- Lic. Luis Dantón Rodríguez, Dip.- Dr. Carlos MachiaveloMartín del Campo, Dip.- Lic. Antonio Torres Gómez, Dip.- Gral. Tomás Sánchez Hernández, Dip.- Lic. JoséLuis Estrada Delgadillo, Dip.- Gilberto Muñoz Mosqueda, Dip.- Francisco González Martínez, Dip.- Lic.Ignacio Vázquez Torres, Dip.- Lic. José Mendoza Lugo, Dip.- GUERRERO.- Profr. Vicente Fuentes Díaz,Sen.- Rubén Figueroa Figueroa, Sen.- Cap. Luis León Aponte, Dip.- Lic. Píndaro Urióstegui Miranda, Dip.-Lic. Alejandro Cervantes Delgado, Dip.- Miranda, Dip.- Lic. Alejandro Cervantes Delgado, Dip.- Lic.Graciano Astudillo Alarcón, Dip.- Lic. Ismael Andraca Navarrete, Dip.- Ing. Arq. Gustavo Nabor OjedaDelgado, Dip.- HIDALGO.- Cap.- Germán Corona del Rosal, Sen.- Lic. Raúl Lozano Ramírez, Sen. Profr.Rafael Cravioto Muñoz, Dip.- Lic. Oscar Bravo Santos, Dip.- Lic. Estela Rojas de Soto, Dip.- Profr. JavierHernández Lara, Dip.- Ismael Villegas Rosas, Dip.- JALISCO.- Lic. Ignacio Maciel Salcedo, Sen.- JavierGarcía Paniagua, Sen. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Dip.- Lic. Gilberto Acosta Bernal Dip.- Guillermo

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Arturo Gómez Reyes, Dip.- Marcos Montero Ruiz, Dip.- Profra.- Amelia Villaseñor y Villaseñor, Dip.- HéctorCastellanos Torres, Dip.- Gilberto Aceves Alcocer, Dip.- Gral. Ing. Rafael Gómez García, Dip.- Lic. FlavioRomero de Velasco, Dip.- Ramón Díaz Carrillo, Dip.- José Luis Lamadrid Sauza, Dip.- Francisco MárquezHernández, Dip.- Lic. Carlos Rivera Aceves, Dip.- MEXICO.- Francisco Pérez Ríos, Sen. Profr. Félix VallejoMartínez, Sen.- Sergio L. Benhumea Munguía, Dip.- Jesús García Lovera, Dip.- Dr. Jorge HernándezGarcía, Dip.- Alfonso Gómez de Orozco, Dip.- Profr. Javier Barrios González, Dip.- Jesús Moreno Jiménez,Dip.- Leonardo Rodríguez Alcaine, Dip.- Lic. Humberto Lira Mora, Dip.- Lic. Cuauhtémoc SánchezBarrales, Dip.- Profr. Sixto Noguez Estrada, Dip.- Arq. Ma. de la Paz Becerril de Brun, Dip.- Lic. AbrahamTalavera López, Dip.- Lic. Mario Ruiz de Chávez G., Dip.- Pedro García González, Dip.- Lic. MaríaMartínez Rivera, Dip.- MICHOACAN.- Lic. Norberto Mora Plancarte, Sen.- Ing. J. Jesús García Santacruz,Sen.- Dr. Gustavo Garibay Ochoa, Dip.- Profr. Jorge Canedo Vargas, Dip.- Lic. Antonio Martínez Báez,Dip.- Lic. José Alvarez Cisneros, Dip.- Lic. José Luis Escobar Herrera, Dip.- Lic. Octavio Peña Torres, Dip.-María Villaseñor Díaz, Dip.- Francisco Valdés Zaragoza, Dip.- Ing. Rafael Ruiz Béjar, Dip.- MORELOS.-Gral. Elpidio Perdomo García, Sen.- Dr. Francisco Aguilar Hernández, Sen. Lic. José Castillo Pombo, Dip.-Roque González Urriza, Dip.- NAYARIT.- Corl. Rogelio Flores Curiel, Sen.- Emilio M. González Parra,Sen.- Dr. Joaquín Cánovas Puchades, Dip.- Anselmo Ibarra Beas, Dip.- NUEVO LEON.- Gral de Div.Bonifacio Salinas lela. Sen.- Lic. Luis M. Farías Martínez, Sen.- Lic. Margarita García Flores, Dip.- Ing. RaúlGómez Danés, Dip.- Gerardo Cavazos Cortez, Dip.- Rosendo González Quintanilla, Dip.- RamiroRodríguez Cabello, Dip.- Lic. Francisco Javier Gutiérrez Villareal, Dip. Lic. Julio Camelo Martínez, Dip.-OAXACA.- Lic. Gilberto Suárez Torres, Sen.- Lic. Celestino Pérez Pérez, Sen. Lic. Cecilio de la CruzPineda, Dip.- Jorge Reyna Toledo, Dip.- Lic. Hugo Manuel Félix García, Dip.- Antonio Jiménez Puya, Dip.-Diodoro Carrasco Palacios, Dip.- Lic. Jaime Esteva Silva, Dip.- José Murat, Dip.- Ing. José Rivera Arreola,Dip.- Efrén Ricardez Carrión, Dip.- PUEBLA.- Dr. Alfredo Toxqui Fernández de Lara, Sen. Profra.Guadalupe López Bretón de C., Sen.- Miguel Fernández del Campo Mochorro, Dip.- Alejandro CañedoBenítez, Dip.- Matilde del Mar Hidalgo y García Barna, Dip.- Lino García Gutiérrez, Dip.- José OctavioFerrer Guzmán, Dip.- Rafael Pedro Cano Merino, Dip.- Neftali López Páez, Dip.- Profr. Enrique ZamoraPalafox, Dip.- Lic. Horacio Labastida Muñoz, Dip.- Lic. Guillermo Jiménez Morales, Dip.- QUERETARO.-Dr. Arturo Guerrero Ortíz, Sen. Lic. Salvador Jiménez del Prado, Sen.- Lic. José Ortíz Arana, Dip.-Telésforo Trejo Uribe, Dip.- QUINTA ROO.- Jesús Martínez Ross, Dip. SAN LUIS POTOSI.- Lic. FlorencioSalazar Martínez, Sen.- Carlos Manuel Castillo Varela, Sen.- Lic. Ernesto Báez Lozano, Dip.- AdalbertoLara Núñez, Dip.- Lic. Angel Rubio Huerta, Dip.- Dr. Vicente Ruiz Chiapeto, Dip.- Lic. Rafael Tristán López,Dip.- SINALOA.- Gral. Div. Gabriel Leyva Velázquez, Sen. Alfonso G. Calderón Velarde, Sen.- SilvestrePérez Lorenz, Dip.- Profra. Ma. Edwiges Vega Padilla, Dip.- Dr. Fernando Uriarte Hernández, Dip.- Lic.Salvador Robles Quintero, Dip.- Ignacio Carrillo Carrillo, Dip.- SONORA.- Lic. Alejandro Carrillo Marcor,Sen. Gral. Benito Bernal Miranda, Sen.- Lic. Ramiro Oquita y Meléndez, Dip.- Lic. Alejandro SobarzoLoaiza, Dip.- Lic. Fernando Elías Cajandro Sobarzo Loaiza, Dip.- Lic. Fernando Elías Calles, Dip.- Lic.Gilberto Gutiérrez Quiroz, Dip.- TABASCO.- Lic. Pascual Bellizia Castañeda, Sen. Lic. Enrique GonzálezPedrero, Sen. Lic. Feliciano Calzada Padrón, Dip.- Humberto Hernández Haddad, Dip.- Julián MontejoVelázquez, Dip.- TAMAULIPAS.- Lic. José Bruno del Río Cruz, Sen. José C. Romero Flores, Sen.- Lic.Carlos Enrique Cantú R., Dip.- Dr. Filiberto Bernal Mares, Dip.- Juan Báez Guerra, Dip.- Jesús Elías Piña,Dip.- Dr. Gabriel Legorreta Villareal, Dip.- J. Antonio Torres Zárate, Dip.- TLAXCALA.- Lic. Vicente JuárezCarro, Sen.- Lic. Nicanor Serrano del Castillo, Sen.- Profr. Esteban Minor Quiroz, Dip.- Profr. AurelioZamora García, Dip.- VERACRUZ.- Samuel Terrazas Zozaya, Sen. Silverio R. Alvarado Alvarado, Dip.-Lic. Demetrio Ruiz Malerva, Dip.- Ignacio Mendoza Aguirre, Dip.- Lic. Patricio Chirinos Calero, Dip.- Lic.Rafael Hernández Ochoa, Dip.- Profr. José Luis Melgarejo Vivanco, Dip.- Lic. Delia de la Paz Rebolledo deDíaz, Dip.- Dra. Lilia C. Berthely Jiménez, Dip.- Lic. Rogelio García González, Dip.- Gral. Modesto AdolfoGuinart López, Dip.- Lic. Mario Vargas Saldaña, Dip.- Lic. Fidel Herrera Beltrán, Dip.- Lic. SerafínDomínguez Ferman, Dip.- David Ramírez Cruz, Dip.- Lic. Manuel Ramos Gurrión, Dip.- YUCATAN.- Lic.Víctor Manzanilla Schaffer, Sen.- Dr. Francisco Luna Kan, Sen.- Víctor M. Cervera Pacheco, Dip.- Profr.Hernán Morales Medina, Dip.- Augusto Briseño Contreras, Dip.- ZACATECAS.- Profra. Aurora Navia Millán,Sen.- Dr. Calixto Medina Medina, Sen.- Ing. Luis Arturo Contreras Serrano, Dip.- Lic. Arturo RomoGutiérrez, Dip.- Lic. Filiberto Soto Solís, Dip.- Alfredo Rodríguez Ruiz, Dip.- DIPUTADOS DEL PARTIDOACCION NACIONAL.- Graciela Aceves de Romero.- Jorge Baeza Somellera.- J. Armando R. CalzadaRamos.- José Angel Conchello Dávila.- Alejandro Coronel Oropeza.- Fernando Estrada Sámano.- Lic.Alvaro Fernández de Ceballos.- Carlos Gómez Alvarez.- Héctor González García.- Manuel GonzálezHinojosa.- Eduardo Limón León.- Alberto A. Loyola Pérez.- José de Jesús Martínez Gil.- Gerardo MedinaValdez.- Alfredo Oropeza García.- Eugenio Ortíz Walls.- Margarita Prida de Yarza.- Lorenzo Reynoso

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Ramírez.- Federico Ruiz López.- José de Jesús Sánchez Ochoa.- Abel Vicencio Tovar.- DIPUTADOS DELPARTIDO POPULAR SOCIALISTA.- Belisario Aguilar Olvera.- Pedro Bonilla Díaz de la Vega.- SalvadorCastañeda O'Connor.- Crisóforo Chiñas Mendoza.- Javier Heredia Talavera.- Miguel HernándezGonzález.- Pánfilo Orozco Alvarez.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Lázaro Rubio Félix.- Mario VázquezMartínez.- DIPUTADOS DEL PARTIDO AUTENTICO DE LA REVOLUCION MEXICANA.- Jesús GuzmánRubio.- Alicia Mata Galarza.- Alejandro Mújica Montoya.- Juan C. Peña Ochoa.- Rubén RodríguezLozano.- Héctor Guillermo Valencia M.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los siete días del mes de octubrede mil novecientos setenta y cuatro.- Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación,Mario Moya Palencia.- Rúbrica.

REFORMA 04

PUBLICACION: 06-12-1977

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto que reforma y adiciona los artículos 6o., 41, 52, 53, 54, 55, 60, 61, 65, 70, 73, 74, 76,93, 97 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Ejecutivo

FECHA DE PRESENTACION: 06-10-1977, 1er. Período Ordinario, II año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 18-10-19772a. Lectura: 19-10-1977

DECLARATORIA: 06-12-1977

OBSERVACIONES: Reforma la fracción I del artículo.- Se dispensa la 2a. lectura al Dictamen.- Seinsertan los votos particulares que emiten los Partidos Acción Nacional y Popular Socialista.- Se apruebaen lo general por 191 votos y en lo particular por 177 votos.- Pasa al Senado.- Se dispensan trámites alProyecto de Declaratoria y se aprueba por 186 votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Propone que la Cámara de Senadores analice la Política Exterior desarrollada por elEjecutivo Federal, con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario deDespacho correspondiente rindan al Congreso; además, que apruebe los tratados internacionales yconvenios diplomáticos que celebre el Ejecutivo de la Unión.

DECRETO que reforma y adiciona los artículos 6o., 41, 51, 52, 53, 54, 55, 60, 61, 65, 70, 73, 74, 76, 93, 97y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a us habitantes,

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sabed:

Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA FACULTAD QUE LECONFIERE EL ARTICULO 135 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA Y PREVIA LAAPROBACION DE LA TOTALIDAD DE LAS HH. LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DECLARAREFORMADOS Y ADICIONADOS LOS ARTICULOS 6o, 41, 51, 52, 53, 54, 55, 60, 61, 65, 70, 73, 74, 76,93, 97 y 115 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTICULO PRIMERO.- Se reforman y adicionan los artículos 6o., 41, 51, 52 53, 54, 55, 60, 61, 65, 70, 73,74, 76, 93, 97 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientestérminos:

ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- Se reforma la fracción I del artículo 76, para quedar como sigue:

Artículo 76Son facultades exclusivas del Senado:

I.- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidentede la República y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso; además, aprobar los tratadosinternacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión"

II a X.- ..........................

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Dentro de los seis meses posteriores a la entrará en vigor del presente Decreto,los Estados de la Federación iniciarán las reformas constitucionales necesarias para adoptar lo establecidoen el artículo 115, fracción III último párrafo, de la Constitución General de la República.

ARTICULO SEGUNDO.- Las presentes adiciones y reformas entrarán en vigor al día siguiente de supublicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

México, D, F., a 1o. de diciembre de 1977.- José Guadalupe Cervantes C.. S P.- Guillermo Cosio Vidaurri,D P.- Rafael Minor Franco, S. S.- Miguel López Riveroll, D. S.- AGUASCALIENTES:. Roberto DíazRodríguez, Sen.- Héctor Hugo Olivares Ventura, Sen.- Jesús Martínez Gortari, Dip.- Camilo López Gómez,Dip.- BAJA CALlFORNIA: Rafael García Vázquez, Sen.- Oscar Baylón Chacón, Sen.- Ricardo EguíaValderrama, Dip.- Alfonso Ballesteros Pelayo, Dip.- Alfonso Garzón Santibáñez, Dip.- BAJA CALIFORNIASUR: Alberto A. Alvarado Arámburu, Sen.- Víctor Manuel Liceaga Ruiba, Sen.- Víctor Manuel PeraltaOsuna, Dip.- Agapito Duarte Hernández Dip.- CAMPECHE: Rosa María Martínez Denegrí. Sen.- JoaquínE. Repetto Ocampo, Sen.- Abelardo Carrilo Zavala, Dip.- Jorge Muñoz, Dip.- COAHUILA: Eliseo Fco.Mendoza Berrueto, Sen.- Gustavo Guerra Castaños, Sen.- José de las Fuentes Rodríguez, Dip.- CarlosOrtiz Tejada, Dip.- Fernando Cabrera Rodríguez, Dip.- Julián Muñoz Uresto, Dip.- COLIMA: GriseldaAlvarez Ponce de León, Sen.- Antonio Salazar, Sen.- Salazar, Sen.- Ramón Serrano García, Dip.-Fernando Moreno Peña, Dip.- CHIAPAS: Salomón González Blanco, Sen.- Horacio Castellanos Cautio,Sen.- Jaime Sabines Gutiérrez, Dip.- J. Fernando Correa Suárez, Dip.- Homero Tovilla Cristiani, Dip.-Manuel Villafuente Mijangos, Dip.- Gonzalo A. Esponda Zepadua, Dip.- Leonardo León Cerpa, Dip.-CHIHUAHUA: Oscar Ornelas Kuchie, Sen.- Mariano Carballo Pazos, Sen.- Alberto Ramírez Gutiérrez,Dip.- Oswaldo Rodríguez González, Dip.- José Reyes Estrada Aguirre, Dip.- Juan Ernesto Madera Prieto,Dip.- Artemio Igresia Miramontes, Dip.- José Refugio Mar de la Rosa, Dip.- DISTRITO FEDERAL: Luis delToro Calero, Sen.- Joaquín Gamboa Pascoe, Sen.- Eduardo Andrade Sánchez, Dip.- José Salvador LimaZuno, Dip.- Carlos Rivas Palacios Velasco, Dip.- Enrique Ramírez y Ramírez, Dip.- Ma. Elena Marqués deTorruco, Dip.- Julio César Mena Brito Andrade, Dip.- Venustiano Reyes López, Dip.- Gloria Carrillo Salinas,Dip.- Jaime Aguilar Alvarez y Mazarrasa, Dip.- Miguel López Riveroll, Dip.- Rodolfo Argudín Laria, Dip.-

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Héctor Hernández Casnova, Dip.- Hugo Díaz Velázquez, Dip.- Abraham Martínez Rivero, Dip.- JesúsGonzález Baladrano, Dip.- Martha Andrade de Del Rosal, Dip.- Enrique Alvarez del Castillo L., Dip.- CeliaTorres de Sánchez, Dip.- Humberto Serrano Pérez, Dip.- Hugo Roberto Castro Aranda, Dip.- DURANGO:Ignacio Castillo Mena, Sen.- Tomás Rangel Perales, Sen.- Angel Sergio Guerrero Mier, Dip.- MaximilianoSilerio Esparza, Dip.- Salvador Reyes Nevarez, Dip.- José Ramírez Gamero, Dip.- GUANAJUATO:Euquerio Guerrero López, Sen.- Jesús Cabrera Muñoz Ledo, Sen.- Esteban Dario Garaíz, Dip.- EnriqueGómez Guerra, Dip.- Juan J. Varela Mayorga, Dip.- Miguel Montes García, Dip.- Aurelio García Sierra,Dip.- Alfredo Carrillo Juárez, Dip.- Enrique León Hernández, Dip.- Graciela Meave Torrescano, Dip.-Donanciano Luna Hernández, Dip.- GUERRERO: Jorge Soberón Acevedo, Sen.- Alejandro CervantesDelgado, Sen.- Isaías Gómez Salgado Dip.- Isaías Duarte Martínez, Dip.- Miguel Bello Pineda, Dip.-Hortensia Santoyo de García, Dip.- Reveriano García Castrejón, Dip.- Salustio Salgado Guzmán, Dip.-HIDALGO: Humberto A. Lugo Gil, Sen.- Ladislao Castillo Feregrino, Dip.- Luis José Dorantes Segovia,Dip.- Efraín Mera Arias, Dip.- José Antonio Zorrilla Pérez, Dip.- Vicente J. Trejo Callejas, Dip.- JALISCO:José María Martínez Rodríguez, Sen.- Arnulfo Villaseñor Saavedra, Sen.- Guillermo Cosío Vidaurri, Dip.-Reynaldo Dueñas Villaseñor, Dip.- Félix Flores Gómez, Dip.- Porfirio Cortés Silva, Dip.- José MendozaPadilla, Dip.- Rigoberto González Quezada, Dip.- Ma. Refugio Castillón Coronado, Dip.- Ricardo PedroChávez Pérez, Dip.- Ma. Guadalupe Urzúa Flores, Dip.- Francisco Javier Santillán O., Dip.- Héctor Fco.Castañeda Jiménez, Dip.- Rafael González Pomienta, Dip.- Jesús Alberto Mora López, Dip.- MEXICO:Leonardo Rodríguez Alcaine, Sen.- Gustavo Baz Prada, Sen.- Gildardo Herrera Gómez Tagle, Dip.-Josefina Esquivel de Quintana, Dip.- José Delgado Valle, Dip.- Arturo Martínez Legorreta, Dip.- JoséMartínez Martínez, Dip.- Rosendo Franco Escamilla, Dip.- Julio Zamora Bátiz, Dip.- Armando LabraManjarrez, Dip.- Juan Ortiz Montoya, Dip.- José Luis García, Dip.- Guillermo Choussal Valladares, Dip.-Cecilio Salas Gálvez, Dip.- Pedro Avila Hernández, Dip.- Armando Hurtado Navarro, Dip.- Héctor XiménezGonzález, Dip.- Guillermo Morfín García, Sen.- Nicanor Gómez Reyes, Dip.- Antonio Jaimes Aguilar, Dip.-Raúl Lemus García, Dip.- Roberto Garibay Ochoa, Dip.- Jaime Bravo Ramírez Dip.- Eduardo EstradaPérez, Dip.- Juan Rodríguez González, Dip.- Héctor Teran Torres, Dip.- Roberto Ruiz del Río, Dip.-MORELOS: Angel Ventura Valle, Sen.- Javier Rondero Zubieta, Sen.- Antonio Riva Palacio López, Dip.-Filomeno López Rea, Dip.- NAYARIT: Leobardo Ramos Martínez, Sen.- Daniel Espinosa Galindo, Sen.-Ignacio Langarica Quintana, Dip.- Ma. Hilaria Domínguez Arvizu, Dip.- NUEVO LEON: Napoleón GómezSada, Sen.- Adrián Yáñez Martínez, Sen.- Carlota Vargas de Montemayor, Dip.- Heriberto Dante SantosLozano, Dip.- Raúl Caballero Escamilla, Dip.- Eleazar Ruiz Cerda, Dip.- Arturo Luna Lugo, Dip.- JesúsPuente Leyva, Dip.- Roberto Olivares Vera, Dip.- OAXACA: Rodolfo Alavez Flores, Sen.- JorgeCruickshank García, Sen.- Lucía Betanzos de Bay, Dip.- Gustavo Santaella Cortés, Dip.- Ericel GómezNucamendi, Dip.- Ernesto Aguilar Flores, Dip.- Luis Candelario Jiménez Sosa, Dip.- Heladio RamírezLópez, Dip.- Zoraida Bernal de Vadillo Dip.- Julio Esponda Solana, Dip.- Raúl Bolaños Cachó Guzmán,Dip.- PUEBLA: Horacio Labastida Muñoz, Sen.- Blas Chumacero Sánchez, Sen.- Nicolás Pérez Pavón,Dip.- Jorge Efrén Domínguez Ramírez, Dip.- Antonio Montes García, Dip.- Antonio Jesús HernándezJiménez, Dip.- Sacramento Jofre Vázquez, Dip.- Antonio Tenorio Adame, Dip.- Guadalupe López Bretón,Dip.- Jesús Sarabia y Ordóñez, Dip.- Manuel Rivera Anaya, Dip.- Adolfo Rodríguez Juárez, Dip.-QUERETARO: Rafael Camacho Guzmán, Sen.- Telésforo Trejo Uribe, Sen.- Eduardo Donaciano UgaldeVargas, Dip.- Vicente Montes Velázquez, Dip.- QUINTANA ROO: Vicente Coral Martínez, Sen.- JoséBlanco Peyrefitte, Sen.- Carlos Gómez Barrera, Dip.- Emilio Oxte Tah, Dip.- SAN LUIS POTOSI: Rafael, A.Tristán López, Sen.- Francisco Padrón Puyou, Sen.- Roberto Leyva Torres, Dip.- J. Guadalupe VegaMacías, Dip.- Víctor A. Maldonado Moreleón, Dip.- Héctor González Lárraga, Dip.- Eusebio López Sáinz,Dip.- SINALOA: Hilda Anderson Nevares de R., Sen.- Gilberto Ruiz Almada, Sen.- Tolentino RodríguezFélix, Dip.- Felipe Armenta Gallardo, Dip.- Gil Rafael Oseguera Ramos Dip.- Antonio Toledo Corro, Dip.-Patricio Robles Robles, Dip.- SONORA: Juan José Gastum Salcido, Sen.- Adolfo de la Huerta Oriol, Sen.-Ricardo Castillo Peralta, Dip.- Augusto César Tapia Quijada, Dip.- José Luis Vargas González, Dip.-Bernabé Arana León, Dip.- TABASCO: Antonio Ocampo Ramírez. Sen.- Nicolás Reynes Berezaluce, Sen.-Luis Priego Ortiz, Dip.- Roberto Madrazo Pintado, Dip.- Francisco Rabelo Cupido Dip.- TAMAULIPAS:Morelos Jaime Canceco González Sen.- Marta Chávez Padrón, Sen.- Abdón Rodríguez Sánchez, Dip.-Oscar Mario Santos Gómez, Dip.- Agapito González Cavazos, Dip.- Aurora Cruz de Mora, Dip.- FernandoSan Pedro Salem, Dip.- Julio Molores Martínez Rodríguez, Dip.- TLAXCALA: Jesús Hernández Rojas,Sen.- Rafael Minor Franco, Sen.- Nazafio Romero Díaz, Dip.- Antonio Vega García, Dip.- VERACRUZ:Silverio Ricardo Alvarado, Sen.- Sergio Martínez Mendoza, Sen.- Guilebaldo Flores Fuentes, Dip.- PeficlesNamorado Urrutia, Dip.- Emilio Salgado Zubiaga, Dip.- Manuel Gutiérrez Zamora Zamudio, Dip.- SethCardeña Luna, Dip.- Carlos Manuel Vargas Sánchez, Dip.- Daniel Nogueria Huerta, Dip.- Celeste Castillo

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Moreno, Dip.- Mario Martínez Déctoz, Dip.- Pastor Murguía González, Dip.- Miguel Portela Cruz, Dip.-Mario Hernández Posadas, Dip.- Francisco Cinta Guzmán, Dip- Juan Meléndez Pacheco, Dip.- Eduardo R.Thomae Domínguez, Dip.- YUCATAN: Víctor Manuel Cervera Pacheco, Sen.- Graciliano Alpuche Pinzón,Sen.- Mirna Esther Hoyos de Navarrete, Dip.- Carlos Rubén Calderón Cecilio, Dip.- Víctor ManzanillaSchaffer, Dip.- ZACATECAS: Jorge Gabriel García Rojas, Sen.- José Guadalupe Cervantes Corona, Sen.-Gustavo Salinas Iñiguez, Dip.- Crescencio Herrera Herrera, Dip.- José Leal Longoria, Dip.- Julián MaciasPérez, Dip.- DIPUTADOS DEL PARTIDO ACCION NACIONAL.- (Sin que los suscritos estén conformescon las reformas a que se refiere la declaratoria que antecede) Fausto Alarcón Escalona, GonzaloAltamirano Dimas, Ma. Elena Alvarez de Vicencio, Miguel Campos Martínez, Guillermo Carlos de CarcerBanescá, Jorge Garabito Martínez, Ramón Garcilita Partida, Miguel Hernández Labastida, Guillermo IslasOlguín Sergio Lujambio Rafols, Rosalba Magallón Camacho, José Luis Martínez Galicia, Tomás Nava dela Rosa, Teodoro Ortega García, José Ortega Mendoza, Francisco Pedraza Villarreal, Francisco JoséPeniche Bolio, Adrián Peña Soto, Jacinto Guadalupe Silva Flores, Juan Torres Ciprés, DIPUTADOS DELPARTIDO POPULAR SOCIALISTA: Rafael Campos López, Víctor Manuel Carrasco, Felipe CarecedoLópez Alberto Contreras Valencia, Francisco Hernández Juárez, Marcela Lombardo de Gutiérrez, JesúsLuján Gutiérrez, Francisco Ortiz Mendoza Román Ramírez Contreras, Héctor Ramírez Cuéllar, IldefonsoReyes Soto, Ezequiel Rodríguez Otal.- DIPUTADOS DEL PARTIDO AUTENTICO DE LA REVOLUCIONMEXICANA: Saúl: Castorena Monterrubio, Fortino Alejandro Garza Cárdenas, Pedro González Azcuaga,Raúl Guillén Pérez Vargas, Edilio Hinojosa López, Apolinar Ramírez Meneses, Arcelia Sánchez deGuzmán, Eugemo Soto Sánchez, Manuel Hernández Alvarado.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de diciembrede mil novecientos setenta y siete.- José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, JesúsReyes Heroles.- Rúbrica.

REFORMA 05

PUBLICACION: 28-12-1982

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto de reformas y adiciones al Título Cuarto, que comprende los artículos del 108 al 114;así como los artículos 22, 73, fracción VI base 4a., 74, fracción V, 76, fracción VII, 94, 97, 127 y 134 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

FECHA DE PRESENTACION: 14-12-1982, 1er. Período Ordinario, I año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Gobernación y Puntos Constitucionales

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 17-12-19822a. Lectura: 18-12-1982

DECLARATORIA: 28-12-1982

OBSERVACIONES: Reforma la fracción VII del artículo.- Se aprueba en lo general y en lo particular por313 votos.- Pasa a las Legislaturas de los Estados.- Se dispensa la 2a. lectura al Proyecto de Declaratoriay se aprueba por 292 votos.- Pasa al Senado.

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CONTENIDO: Propone que la Cámara de Senadores pueda eregirse en Jurado de Sentencia paraconocer en Juicio Político de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos y que redundenen perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho.

Decreto de reformas y adiciones al Título Cuarto que comprende los artículos del 1O8 al 114; así como losartículos 22, 73 fracción VI base 4a., 74 fracción V, 76 fracción VII, 94, 97, 127 y 134 de la ConstituciónPolítica de los Estados UnidosMexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes sabed:

Que el H. congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"El Congreso, de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:

DECLARATORIA

De reformas y adiciones al título cuarto que comprende los artículos del 1O8 al 114; así como los artículos22, 73 fracción VI base 4a., 74 fracción V, 76 fracción VII, 94, 97, 127 y 134 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos.

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el Artículo 135 de laConstitución. General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las Honorables Legislaturasde los Estados, declara reformados y adicionados el Titulo Cuarto que comprende los Artículos del 1O8 al114, así como los Artículos 22, 73 Fracción VI Base 4a., 74 Fracción V, 76 Fracción VII, 94, 97, 127 y 134de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman y adicionan los artículos 22, 73 fracción VI, base cuarta, 74 fracciónV, 76 fracción VII, 94 y 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar comosigue:

Artículo 76Fracción VII.-

I a VI.- ..........................

.......................................

.......................................

.......................................

Erigirse en Jurado de sentencia para conocer en juicio político de las faltas u omisiones que cometan los servidorespúblicos y que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en los términos delartículo 110 de esta Constitución.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario

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oficial de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan las fracciones VII del Artículo 74, IX del Artículo 76 y XIX del Artículo89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO TERCERO.- Dentro del año siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, los Estadosde la Federación a través de sus congresos constituyentes locales, iniciarán las reformas constitucionalesnecesarias para cumplir las disposiciones del Título Cuarto de la Constitución General de la República, enlo conducente.

México, D. F., 27 de diciembre de 1982.- Dip. Mariano Piña Olaya, Presidente.- Sen. Antonio Riva PalacioLópez, Presidente.- Dip. Hilda Andersen Nevarez de R., Secretaria.- Armando Trasviña Taylor, Secretario.-Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes dediciembre de mil novecientos ochenta y dos.- "Año del General Vicente Guerrero".- Miguel de la MadridHurtado.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Bernardo Sepúlveda Amor.- Rúbrica.- ElSecretario de la Defensa Nacional, Juan Arévalo Gardoqui.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, MiguelAngel Gómez ortega.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Jesús Silva Herzog.-Rúbrica.- El Secretario de Programación y Presupuesto, Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretariode Patrimonio y Fomento Industrial, Francisco Labastida Ochoa.- Rúbrica.- El Secretario de Comercio,Héctor Hernández Cervantes.- Rubrica.- El Secretario de Agricultura y Recursos Hidraúlicos HoracioGarcía Aguilar.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Rodolfo Félix Valdés.- Rúbrica.-El Secretario de Asentamientos Humanos y obras Públicas, Marcelo Javelly Girard.- Rúbrica.- ElSecretario de Educación Pública, Jesús Reyes Heroles.- Rúbrica.- El Secretario de Salubridad yAsistencia, Guillermo Soberón Acevedo.- Rubrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, ArsenioFarell Cubillas.- Rúbrica.- El Secretario de la Reforma Agraria, Luis Martínez Villicaña.- Rúbrica.- ElSecretario de Turismo, Antonio Enríquez Savignac.- Rúbrica.- El Secretario de Pesca, Pedro OjedaPaullada.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Ramón Aguirre Velázquez.- Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Manuel Bartlett Díaz.- Rúbrica.

REFORMA 06

PUBLICACION: 25-10-1993

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto por el que se reforman los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105, 107, 122, asícomo la denominación del Título V, adición de una fracción IX al artículo 76 y un primer párrafo al 119 y sederoga la fracción XVII del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Ejecutivo

FECHA DE PRESENTACION: 06-07-1993, 1er. ExtraPeríodo Ordinario, II año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Gobernación y Puntos Constitucionales, Distrito Federal

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 02-09-19932a. Lectura: 03-09-1993

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DECLARATORIA: 25-10-1993

OBSERVACIONES: Se adiciona la fracción IX al artículo.- Se aprueba en lo general y en lo particular por329 votos.- Pasa al Senado.- Se aprueba el Dictamen Proyecto de Declaratoria.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Establece que es facultad exclusiva de la Cámara de Senadores nombrar y remover al Jefedel Distrito Federal en los supuestos previstos en esta Constitución.

DECRETO por el que se reforman los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105, 107, 122, así como ladenominación del título quinto, adición de una fracción IX al artículo 76 y un primer párrafo al 119 y sederoga la fracción XVII del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes sabed:

Que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 135 CONSTITUCIONAL Y PREVIA LAAPROBACION DE LAS CAMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES DEL CONGRESO DE LAUNION, ASI COMO DE LA MAYORIA DE LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS, DECLARAREFORMADOS LOS ARTICULOS 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105, 107, 122, ASI COMO LADENOMINACION DEL TITULO QUINTO, ADICION DE UNA FRACCION IX AL ARTICULO 76 Y UNPRIMER PARRAFO AL 119 Y SE DEROGA LA FRACCION XVII DEL ARTICULO 89 DE LACONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 31, fracción IV; 44; 73, fracciones VI, VIII y XXIX-H; 74,fracción IV, en sus párrafos primero, segundo y séptimo; 79, fracción II; 89, fracción II; 104 fracción 1-B;105; y 107, fracción VIII, inciso a); la denominación del Título Quinto y el artículo 122. Se adicionan losartículos 76 con una fracción IX y 119 con un primer párrafo, pasando los actuales primero y segundo aser segundo y tercero, respectivamente, y se deroga la fracción XVII del artículo 89 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos.

Artículo 76Son facultades exclusivas del Senado:

I a VIII.- .....................

IX.- Nombrar y remover el Jefe del Distrito Federal en los supuestos previstos en esta Constitución;

X.- .................................

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor treinta días después de su publicación en el Diario Oficialde la Federación, salvo lo dispuesto en los siguientes transitorios.

SEGUNDO.- La Asamblea de Representantes del Distrito Federal electa para el periodo noviembre de1991 a noviembre de 1994, continuará teniendo las facultades establecidas en la fracción VI del artículo 73de esta Constitución vigentes al momento de entrar en vigor el presente Decreto.

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TERCERO.- La III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, tendrá las facultades que le otorga elpresente Decreto, y será la que se integrepara el periodo que comenzará el 15 de noviembre de 1994 y concluirá el 16 de septiembre de 1997.

CUARTO.- A partir del 15 de marzo de 1995, los periodos de sesiones ordinarias de la Asamblea deRepresentantes del Distrito Federal se celebrarán de acuerdo con las fechas establecidas por el presentedecreto.

QUINTO.- El primer nombramiento para el cargo de Jefe del Distrito Federal, en los términos de esteDecreto se verificará en el mes de diciembre de 1997 y el periodo constitucional respectivo concluirá el 2de diciembre del año 2000. En tanto dicho Jefe asume su encargo, el gobierno del Distrito Federal seguiráa cargo del Presidente de la República de acuerdo con la base 1a. de la fracción VI del artículo 73 de estaConstitución vigente al momento de entrar en vigor el presente Decreto. El Ejecutivo Federal mantendrá lafacultad de nombrar y remover libremente al titular del órgano u órganos de gobierno del Distrito Federal ycontinuará ejerciendo para el Distrito Federal, en lo conducente, las facultades establecidas en la fracción Idel artículo 89 de esta Constitución.

SEXTO.- Los consejos de ciudadanos por demarcación territorial se elegirán e instalarán en 1995,conforme a las disposiciones del Estatuto de Gobierno y las leyes respectivas.

SEPTIMO.- Los servidores públicos que se readscriban a la administración pública del Distrito Federal ysus dependencias conservarán todos sus derechos laborales.

OCTAVO.- Las iniciativas de leyes de ingresos, y de decretos de presupuesto de egresos del DistritoFederal para los ejercicios 1995, 1996 y 1997, así como las cuentas públicas de 1995 y 1996 seránenviados a la Asamblea de Representantes por el Presidente de la República. La cuenta públicacorrespondiente a 1994 será revisada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

NOVENO.- En tanto se reforman y expidan las disposiciones que coordinen el sistema fiscal entre laFederación y el Distrito Federal, continuarán aplicándose las normas que sobre la materia rijan al entrar envigor el presente Decreto.

DECIMO.- En tanto se expidan las nuevas normas aplicables al Distrito Federal continuarán rigiendo lasdisposiciones legales y reglamentariasvigentes.

DECIMO PRIMERO.- El Congreso de la Unión conservará la facultad de legislar, en el ámbito local, en lasmaterias de orden común, civil y penal para el Distrito Federal, en tanto se expidan los ordenamientos decarácter federal correspondientes, a cuya entrada en vigor, corresponderá a la Asamblea deRepresentantes legislar sobre el particular, en los términos del presente Decreto.

SALON DE SESIONES DE LA COMISION PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNION.- México,D. F., a 20 de octubre de 1993.- Sen. Emilio M. González, Presidente.- Sen. Antonio Melgar Aranda,Secretario.- Dip. Ma. Luisa Urrecha Beltrán, Secretaria.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes deoctubre de mil novecientos noventa y tres.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario deGobernación, José Patrocinio González Blanco Garrido.- Rúbrica.

REFORMA 07

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PUBLICACION: 31-12-1994

RESUMENRealizado por el Departamento de Documentación Legislativa - SIID

INICIATIVA: Decreto que reforma adiciona y deroga diversos artículos de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

FECHA DE PRESENTACION: 18-12-1994, 1er. Período Ordinario, I año Legislativo

TURNADA A LA(S) COMISION(ES) DE: Gobernación y Puntos Constitucionales

FECHAS DE DICTAMEN: 1a. Lectura: 20-12-19942a. Lectura: 21-12-1994

DECLARATORIA: 31-12-1994

OBSERVACIONES: Reforma las fracciones II y VIII.- Se dispensan la primera y segunda lecturas.- Seaprueba por 381 votos.- Pasa a las Legislaturas Estatales.- El proyecto de declaratoria se aprueba envotación nominal por 35 votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Propone que el Senado ratifiqu los nombramientos de los miembros del Poder Judicial, asícomo de la Administración Pública Federal; el fortalecimiento del Poder Judicial y modificaciones a laorganización interna, al funcionamiento y a las competencias de las instituciones encargadas de laseguridad y la procuración de justicia, fortaleciendo, para ello, la Constitución y la normatividad comosustento básico para una convivencia segura, ordenada y tranquila.

DECRETO mediante el cual se declaran reformados los artículos 21, 55, 73, 76, 79, 89, 93, 94, 95, 96, 97,98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111, 116, 122 y 123 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, asus habitantes sabed:

Que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 135 CONSTITUCIONAL Y PREVIA LAAPROBACION DE LAS CAMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES DEL CONGRESO DE LAUNION, ASI COMO DE LA MAYORIA DE LAS HONORABLES LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS,DECLARA REFORMADOS LOS ARTICULOS 21, 55, 73, 76, 79, 89, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101,102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111, 116, 122 Y 123 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOSESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTICULO UNICO.- Se adicionan tres párrafos al artículo 21; se reforma la fracción V del artículo 55; serestablece la fracción XXIII del artículo 73; se reforman las fracciones II y VIII del artículo 76; se reformanlas fracciones II y V del artículo 79; se reforman las fracciones II, IX, XVI y XVIII del artículo 89; se reformael párrafo segundo del artículo 93; se reforman los párrafos primero, segundo, quinto, sexto, octavo,

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noveno y se adiciona un décimo, del artículo 94; se reforman las fracciones II, III y V, se adiciona una VI yun último párrafo, del artículo 95; se reforma el artículo 96; se reforma el artículo 97; se reforma el artículo98; se reforma el artículo 99; se reforma el artículo 100; se reforma el artículo 101; se reforman lospárrafos primero, tercero, quinto y se adiciona un último, del artículo 102 apartado A; se reforman lasfracciones II y III del artículo 103; se reforma la fracción IV del artículo 104; se reforma el artículo 105; sereforma el artículo 106; se reforman las fracciones V último párrafo, VIII párrafos primero y penúltimo, XI,XII párrafos primero y segundo, XIII párrafo primero y XVI, del artículo 107; se reforma el párrafo tercerodel artículo 108; se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 110; se reforman los párrafosprimero y quinto del artículo 111; se reforma la fracción III, párrafo tercero y se deroga el párrafo quinto,hecho lo cual se recorre la numeración, del artículo 116; se reforma y adiciona la fracción VII del artículo122, y se reforma la fracción XII, párrafo segundo del Apartado B del artículo 123, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 76.......................................

I .- .................................

II.- Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la República, Ministros,agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores delEjército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

III a VII.- ......................

VIII.- Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre la terna que someta a suconsideración el Presidente de la República, así como otorgar o negar su aprobación a las solicitudes de licencia orenuncia de los mismos, que le someta dicho funcionario;

IX y X.- .........................

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de laFederación, con excepción de lo dispuesto en los artículos Octavo y Noveno siguientes.

SEGUNDO.- Los actuales Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluirán sus funcionesa la entrada en vigor del presente Decreto. Recibirán una pensión igual a la que para casos de retiroforzoso prevé el "Decreto que establece las Causas de Retiro Forzoso o Voluntario de los Ministros de laSuprema Corte de Justicia de la Nación.

A los Ministros citados en el párrafo anterior, no les serán aplicables los impedimentos a que se refieren elúltimo párrafo del artículo 94 y el tercer párrafo del artículo 101, reformados por virtud del presenteDecreto.

De regresar al ejercicio de sus funciones, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 96reformado por virtud del presente Decreto, se suspenderá el derecho concedido en el primer párrafo deeste artículo, durante el tiempo en que continúen en funciones.

TERCERO.- Para la nominación y aprobación de los primeros ministros que integrarán la Suprema Cortede Justicia de la Nación, conforme a las reformas previstas en el presente Decreto, el titular del EjecutivoFederal propondrá ante la Cámara de Senadores, a 18 personas, de entre las cuales dicha Cámaraaprobará, en su caso, los nombramientos de 11 ministros, con el voto de las dos terceras partes de susmiembros.

CUARTO.- Para los efectos del primer párrafo del artículo 97 de este Decreto de Reformas, la ley quereglamente la selección, ingreso, promoción o remoción de los miembros del Poder Judicial Federal,distinguirá los casos y procedimientos que deban resolverse conforme a las fracciones I, II y III del artículo

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109 de la Constitución.

La Cámara de Senadores, previa comparecencia de las personas propuestas, emitirá su resolución dentrodel improrrogable plazo de treinta días naturales.

El período de los Ministros, vencerá el último día de noviembre del año 2003, del 2006, del 2009 y del2012, para cada dos de ellos y el último día de noviembre del año 2015, para los tres restantes. Al aprobarlos nombramientos, el Senado deberá señalar cuál de los períodos corresponderá a cada Ministro.

Una vez aprobado el nombramiento de, por lo menos, siete Ministros, se realizará una sesión solemne deapertura e instalación, en la cual se designará al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

QUINTO.- Los magistrados de Circuito y el Juez de Distrito electos la primera vez para integrar el Consejode la Judicatura Federal, serán Consejeros por un período que vencerá el último día de noviembre del año2001. El período de uno de los Consejeros designados por el Senado y el designado por el Ejecutivo,vencerá el último día de noviembre de 1999 y el correspondiente al Consejero restante, el último día denoviembre del año 1997. El Senado y el Ejecutivo Federal deberán designar a sus representantes dentrode los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto e indicarán cuál de losperíodos corresponde a cada Consejero.

El Consejo quedará instalado una vez designados cinco de sus miembros, siempre y cuando uno de ellossea su Presidente.

SEXTO.- En tanto quedan instalados la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de laJudicatura Federal, en términos de los transitorios Tercero y Quinto anteriores, la última Comisión deGobierno y Administración de la propia Corte, ejercerá las funciones de ésta y atenderá los asuntosadministrativos del Poder Judicial de la Federación. En esa virtud, lo señalado en el artículo segundotransitorio será aplicable, en su caso, a los miembros de la citada Comisión, una vez que haya quedadoformalmente instalada la Suprema Corte de Justicia, en términos de lo dispuesto en el presente Decreto.

Corresponde a la propia Comisión convocar a la sesión solemne de apertura e instalación a que se refiereel artículo Tercero transitorio, así como tomar las medidas necesarias para que la primera insaculación delos Magistrados de Circuito y del Juez de Distrito que serán Consejeros, se haga en los días inmediatossiguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

La Comisión dejará de funcionar una vez que haya dado cuenta de los asuntos atendidos conforme a lospárrafos anteriores, a la Suprema Corte o al Consejo de la Judicatura Federal, según corresponda,cuando estos últimos se encuentren instalados.

SEPTIMO.- El Magistrado, el Juez de Primera Instancia y el Juez de Paz electos la primera vez paraintegrar el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, serán Consejeros por un período que vencerá elúltimo día de noviembre del año 2001. El período de uno de los Consejeros designados por la Asambleade Representantes del Distrito Federal y el designado por el Jefe del Departamento del Distrito Federalvencerá el último día de noviembre de 1999, y el correspondiente al Consejero restante, el último día denoviembre de 1997. La Asamblea y el Jefe del Departamento deberán designar a sus representantesdentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto e indicarán cuálde los períodos corresponde a cada Consejero.

El Consejo quedará instalado una vez designados cinco de sus miembros.El Pleno del Tribunal Superior de Justicia continuará a cargo de los asuntos administrativos, hasta en tantoquede constituido el Consejo. Asimismo, tomará las medidas necesarias para que la elección delMagistrado y del Juez de Primera Instancia que serán Consejeros, se haga en los días inmediatossiguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

OCTAVO.- Las reformas al artículo 105, entrarán en vigor en la misma fecha en que entre en vigor la leyreglamentaria correspondiente.

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NOVENO.- Los procesos a que aluden los artículos que se reforman, iniciados con anterioridadcontinuarán tramitándose conforme a las disposiciones vigentes al entrar en vigor el presente Decreto.

Las reformas a la fracción XVI del artículo 107, entrarán en vigor en la misma fecha en que entren en vigorlas reformas a la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales.

DECIMO.- Los conflictos de carácter laboral entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores,iniciados con anterioridad, continuarán tramitándose conforme a las disposiciones vigentes, al entrar envigor el presente Decreto, ante el Consejo de la Judicatura Federal o la Suprema Corte de Justicia, segúncorresponda, una vez integrados conforme a los artículos Tercero y Quinto transitorios anteriores.

DECIMO PRIMERO.- En tanto se expidan las disposiciones legales, reglamentarias y acuerdos generalesa que se refieren los preceptos constitucionales que se reforman por el presente Decreto, seguiránaplicándose los vigentes al entrar en vigor las reformas, en lo que no se opongan a éstas.

DECIMO SEGUNDO.- Los derechos laborales de los servidores públicos del Poder Judicial de laFederación serán respetados íntegramente.

SALON DE SESIONES DE LA COMISION PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNION.- México,D.F., a 30 de diciembre de 1994.- Dip. Humberto Roque Villanueva, Presidente.- Dip. Juan Salgado Brito,Secretario.- Sen. María Elena Chapa Hernández, Secretaria.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Consititución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residenciadel Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes dediciembre de mil novecientos noventa y cuatro.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario deGobernación, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.