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ARANCEL

COLEGIO YUCATECO DE ARQUITECTOS A.C.

CAPITULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

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ARANCEL DEL COLEGIO YUCATECO DE ARQUITECTOS

El presente arancel establece la enumeracin y descripcin de los servicios; las obligaciones del profesional; y las tarifas mnimas obligatorias aplicables a cada paso para fijacin de honorarios derivados de la prestacin de servicios profesionales de los arquitectos. ARTICULOS Art. 1 Los honorarios que se establecen en este Arancel, slo podrn ser cobrados por los arquitectos miembros de nmero del Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C. que posean titulo legalmente expedido y registrado y cuenten con cdula otorgada por la Direccin General de Profesiones. Art. 2 Todo arquitecto tiene obligacin de estipular la prestacin de sus servicios profesionales mediante contrato o convenio establecido escrito, en el que establezcan claramente los avances del trabajo, los tiempos de ejecucin y las formas de retribucin de los servicios y de cada una de sus etapas de prestacin. Art. 3 Cuando a pesar de lo dispuesto en el articulo precedente, no se hubiere celebrado contrato escrito, el pago de los servicio profesionales deber hacerse conforme a este Arancel. Art. 4 Para los servicios profesionales que no se encuentren previstos en el presente Arancel, se aplicarn las cuotas de los que presenten mayor semejanza. Art. 5 En caso de conflicto para la fijacin y pago de honorarios, ser el Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., el que determine, por medio de arbitraje, cul es la tarifa que debe aplicarse, a menos que las partes prefieran dirimir la controversia ante los tribunales competentes. Art. 6 Los arquitectos podrn prestar sus servicios, mediante iguala que convengan libremente con las personas con quienes contraten, siempre y cuando no se lesionen los intereses del gremio, ni se violen los honorarios mnimos establecidos en este Arancel.

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Art. 7 Para garanta de las partes y la correcta vigilancia del Arancel, los arquitectos notificarn al Colegio Yucateco de Arquitectos A.C. de los trabajos que se les encomienden, y enviarn copia del contrato respectivo con los anexos correspondientes, los que estarn a disposicin de la Direccin General de Profesiones para sus efectos. Art 8 Los arquitectos que celebren contratos de prestacin de servicios profesionales, no podrn pactar honorarios ms bajos que los establecidos en este Arancel. Art. 9 Corresponde a la Direccin General de Profesiones y al Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., vigilar el cumplimiento de este Arancel. Art. 10 Los arquitectos que ejercen la profesin en calidad de asalariados, quedan sujetos a los preceptos de la Ley Federal del Trabajo. Art. 11 Se regirn por este Arancel los siguientes servicios profesional de los arquitectos. 1) 2) 3) 4) 5) Proyecto y supervisin arquitectnica de obra. Direccin responsable de obra (responsabilidad de la obra ante el Ayuntamiento) Servicios de consultora o asesora profesionales. Administracin de la obra. Contratacin de la construccin a precios unitarios.

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CAPITULO SEGUNDO DE LA DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS Y OBLIGACIONES DE LOS ARQUITECTOS.

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Art. 12 El arquitecto estar obligado a proporcionar a su cliente, con pericia, diligencia y buena f, cuando as se lo encomienden, los servicios de: 1. PROYECTO ARQUITECTONICO. Dividido en las siguientes etapas, cada una de las cuales puede constituir por si misma un servicio parcial. Definiciones generales y alcances de cada fase y trabajo, con carcter enunciativo. a) Anteproyecto: Expone los aspectos fundamentales de las caractersticas generales del encargo, tales como: funcionales, formales, constructivas y econmicas, con el objeto de proporcionar una primera imagen global del encargo. El alcance del trabajo ser: a.1) Anlisis del programa arquitectnico (investigacin de necesidades, elaboracin de organigramas, diagramas de flujo, esquemas etc. a.2) Planos de plantas arquitectnicas, alzados, secciones a escala, con acotaciones y apuntes de perspectiva a.3) Especificaciones generales, propuestas de acabados, materiales catlogos y muestras de materiales a.4) Antepresupuesto, un clculo aproximado del costo de la obra de acuerdo a los materiales y acabados propuestos, incluye conceptos y cantidades de obra en cifras generales. Algunos de los servicios bsicos presentados por el arquitecto en esta fase pueden requerir, para el mejor resultado de todo el trabajo, la prestacin de alguno o varios de los servicios complementarios a los que se refiere el artculo 20 del presente Arancel. b) Proyecto arquitectnico: Es la fase posterior a la elaboracin del anteproyecto que consiste en definir todos los elementos bsicos del diseo, as como los acabados y detalles que contemplan la obra arquitectnica. El alcance del trabajo ser: b.1) Planos arquitectnicos detallados de plantas, fachadas, cortes, amueblados y equipo, permisos y albailera. b.2) Planos detallados de trazo, acabados, detalles de albailera, diseos de baos y/o cocinas b.3) Planos detallados de tabla-roca, falso plafn, despiece y detalles de pisos, recubrimientos, canceles divisorio interiores y detalles b.4) Planos de mobiliario fijo, closets, cocinas, alacenas, puertas, mostradores etc.

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b.5) Plano de puertas y ventanas, con tabla de simbologa, ubicacin y descripcin b.6) Planos detallados de herrera y elementos metlicos, con detalles y especificaciones b.7) Planos detallados de obras exteriores, como andadores, estacionamientos, jardineras, etc. (no incluye jardinera) b.8) Nmeros generadores y cantidades de obra (presupuesto)

c) Ante Proyecto Ejecutivo, criterio de estructuras, iluminacin e instalaciones: Desarrolla el criterio de diseo, -segn sea el caso-, de los materiales, sistemas constructivos, iluminacin, hidro-sanitaria y equipos fijos; donde se representa una idea muy completa de la forma para poder llevar a cabo las ingenieras de la obra El alcance del trabajo ser: c.1) Planos de criterio general de estructura, cimentacin, losas y columnas. c.2) Planos de criterio general de Iluminacin, luminarias, Inst. elctrica y acometidas c.3) Planos de criterio general hidrulico y sanitario, equipos, fosas, cisterna y detalles d) Proyecto Ejecutivo, de estructuras, iluminacin e instalaciones: Desarrolla el diseo, -segn sea el caso-, de los detalles y especificaciones de todos los materiales, sistemas constructivos y equipos fijos; puede realizarse en su totalidad antes del comienzo de la construccin o parcialmente antes y concluirse durante la ejecucin de ella. Su contenido reglamentario es el necesario y suficiente para obtener las licencias, autorizaciones y/o permisos de los rdenes federal, estatal y municipal. El alcance del trabajo ser: d.1) Diseo y clculo de la cimentacin, zapatas, elementos de soporte, etc., especificaciones y cantidades de obra d.2) Diseo y clculo de, estructuras, elementos de soporte, losas, etc., especificaciones y cantidades de obra d.3) Diseo y clculo de instalaciones elctricas, incluye clculos, diagramas unifilares, cuadros de carga, acometidas, sub-estacin, detalles constructivos especificaciones, y cantidades de obra por concepto d.4) Diseo y clculo de instalacin hidro-sanitaria, incluye planos de redes de alimentacin, desages, equipo hidroneumtico, cisterna, tinacos alcantarillado, isomtricos, detalles constructivos, especificaciones, generadoras por concepto y presupuesto.

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En esta fase del proyecto puede requerirse, para el mejor resultado de los trabajos, la presentacin de servicios complementarios a los que se refiere el artculo 20 del presente Arancel. II. SUPERVISION ARQUITECTONICA 1) 2) La vigilancia tcnica y plstica se realizar por medio visitas a la obra, para cerciorarse de acuerdo con su avance, que la ejecucin se ajuste al Proyecto Ejecutivo. La direccin tcnica, plstica y artstica, para coordinar las diferentes especialidades y artesanas de que se compone la obra, con la intencin de realizar los trabajos de una manera constructivamente ordenada. La interpretacin tcnica y artstica que har, en su caso, de los planos. de sus anotaciones de las especificaciones y dems documentos complementarios, para ponerlos en concordancia con el espritu del Proyecto Arquitectnico. La anotacin en el libro de obras, de las fechas de visitas v de las etapas importantes de la construccin. La prevencin, al que recibe este servicio, de las situaciones que. de acuerdo con la funcin, magnitud, complejidad o lejana de la obra, pudieran presentarse durante la ejecucin de la misma: y en su caso sealar las medidas, recursos materiales y humanos indispensables o convenientes, as como el costo aproximado de los mismos, para la mejor proteccin de los intereses de su cliente. La vigilancia sobre el avance de la obra segn el programa aprobado. El arquitecto establecer el nmero de visitas necesarias para la adecuada prestacin de este servicio, en base a las horas a que se obliga de acuerdo al presente Arancel. En la prestacin de este servicio pueden requerirse adicionalmente, para el mejor resultado de los trabajos, la prestacin de algunos de los servicios complementarios a los que hace referencia el artculo 200 del presente Arancel.

3)

4) 5)

6) 7) 8)

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III. PERITO EN AYUNTAMIENTO. a)

CONSTRUCCION

MUNICIPAL

ANTE

EL

Al adquirir este compromiso el arquitecto se obliga a: Analizar las caractersticas del proyecto de tal modo que cumpla la reglamentacin correspondiente. b) Supervisar que la construccin se realice de acuerdo al proyecto aprobado en lo relativo al alineamiento, superficie construida, alturas, ventilacin, dimensiones mnimas, tratamiento de deshechos y dems requerimientos y disposiciones que establece el Reglamento de Construcciones correspondiente. c) Notificar al ayuntamiento el finiquito de la obra. d) El cliente o el constructor deber entregar las pruebas tcnicas necesarias a criterio del Perito en Construccin Municipal. IV. CONSULTORIA PROFESIONAL Opinin, dictamen o consejo, por escrito o de palabra, sobre el asunto que se someta a su consideracin. V. ADMINISTRACION DE LA OBRA Que consiste en ejecutar las obras que aparecen detalladas en los planos y especificaciones elaborados previamente por el proyectista, con los recursos econmicos del propietario obrando para tal efecto un porcentaje del costo directo conforme al avance de la misma. Se trata de administrar los recursos del cliente para realizar una obra. VI. CONSTRUCCION A PRECIOS UNITARIOS. Que consiste en ejecutar las obras descritas en el Proyecto Ejecutivo, cobrando un precio global que incluye costos directos e indirectos por cada concepto de obra realizado. Se trata de la venta desglosada por partidas de una construccin.

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CAPITULO TERCERO DE LAS TARIFAS Y PORCENTAJES

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Art. 13 Las tarifas mnimas aplicables, en funcin del APARTADO DE HONORARIOS de ste Arancel, sern las siguientes: Se establecen los siguientes porcentajes, correspondientes a cada fase del trabajo respecto a la totalidad de los honorarios obtenidos en el APARTADO DE HONORARIOS: I.-PROYECTO ARQUITECTNICO a) Anteproyecto b) Proyecto Arquitectnico b) Ante Proyecto Ejecutivo c) Proyecto ejecutivo, diseo de estructuras e instalaciones TOTAL PROYECTO ARQUITECTONICO 25% 40% 10% 25% 100%

Art.14 Los valores relativos correspondientes a los alcances individuales de cada una de las fases del diseo arquitectnico, son: a) Anteproyecto ______________________ 1) Planos generales: 25%

plantas cortes y fachadas apuntes perspectivos primeras imgenes

2) Especificaciones generales -propuesta de acabados y materiales a usar en la obra 3) Antepresupuesto segn los materiales propuestos -calculo aproximado de la obra 40%

b) Proyecto Arquitectnico _________________ 1) Planos arquitectnicos generales:

- plantas amuebladas, equipo, albailera, acabados, conjunto - cortes y fachadas - cortes por fachada - permisos - trazo, diseo de baos y/o cocinas - acabados y recubrimientos - mobiliario fijo, como closets, alacenas, puertas, mostradores, etc. - cancelera - carpintera

2) Planos detallados

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herrera y elementos metlicos - reas exteriores y jardineras - andadores - tabla-roca y falso plafn - nmeros generadores y cantidades de obra c) Ante-Proyecto ejecutivo _______________ 10% 2) Criterios generales: - estructura, cimentacin sistemas - iluminacin e inst. elctrica - instalacin hidro-sanitaria, cisternas, fosas y desages d) Proyecto ejecutivo _______________ 25%

ys constructivos

1) Diseos generales y particulares:

- cimentacin y zapatas - estructura, elementos de soporte, losas, etc. - instalaciones el elctricas, sub-estaciones, acometida, fuerza e iluminacin instalaciones hidrulica sanitaria, redes de alimentaciones, desages, fosas, cisternas, depsitos, equipo hidroneumtico, isomtricos y detalles

Estos Honorarios podrn ser cobrados por profesionales titulados que tengan un mnimo de 10 aos de experiencia en el rea de proyectos. Los arquitectos con un experiencia menor a la indicada, aplicarn los factores a los honorarios calculados. EXPERIENCIA EN AOS 1) Hasta 3 aos de experiencia 2) Hasta 5 aos de experiencia 3) Hasta 7 aos de experiencia 4) Hasta 9 aos de experiencia 5) De 10 aos en delante de acuerdo a la experiencia y prestigio del profesional mayor o igual a: 80% 85% 90% 95% 100%

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* No se incluye en este Arancel los honorarios de los especialistas cuya responsiva se requiera por la complejidad de la construccin a criterio del arquitecto o del cliente, o cuando alguna disposicin legal as lo determine, (como es el caso de los co-responsables que establecen algunos reglamentos de la construccin), tampoco se incluye el diseo y clculo de las instalaciones especiales como sonido, aire acondicionado, etc., cuando un especialista realice algn aspecto del proyecto ejecutivo. El proyectista deber coordinarlos cuidando que se mantenga la calidad del diseo cobrando por este servicio un 20% de lo que establezca el Arancel del especialista correspondiente suprimiendo de este Arancel el rubro correspondiente. II.-SUPERVISIN ARQUITECTNICA DE LA OBRA 100%

1) Reuniones con contratistas y revisin del Proyecto para la construccin 15% 2) Visitas de obra (ver el APARTADO DE HONORARIOS para precisar con el cliente el nmero de horas que incluye el servicio.) 85% III.- Por los Servicios como DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA se cobrar de acuerdo al apartado de honorarios mismos que establece las horas de supervisin en la obra a las que se obliga el arquitecto al ser contratado. IV.- Por los servicios de CONSULTA PROFESIONAL el Colegio expedir anualmente las tarifas por cada hora de consulta en el despacho del arquitecto, cuando la consulta se realice fuera de ese despacho se le agregara el tiempo de traslado y cuando la consulta se otorgue por escrito los honorarios se duplicarn. (para 2000 de $ 250.00 a $ 400.00 dependiendo de la experiencia profesional y de la efectividad de su trabajo). Art. 15 Cuando la obra conste de varios edificios se cobrar el 10% adicional sobre la suma de honorarios correspondientes a los servicios prestados en las diferentes unidades, por concepto de proyecto arquitectnico de conjunto. Art. 16 Cuando un mismo proyecto arquitectnico sea utilizado para repetirlo, se cobrar de acuerdo con la siguiente tarifa: I.- Por la segunda unidad, respecto a los honorarios cobrados en la primera 40% II.- Por la tercera unidad 30% III.- Por la cuarta unidad 20%

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IV.- Por la quinta unidad V.- Por la sexta en adelante, cada una

10% 5%

Art. 17 Cuando el trabajo sea una restauracin se cobrar lo estipulado en el APARTADO DE HONORARIOS y adicionalmente el levantamiento, el diagnstico de deterioros, la investigacin histrica y los trabajos de arqueologa que ste implique. Art. 18 Cuando el trabajo sea una ampliacin se cobrar un 10% adicional por la integracin de la parte nueva al edificio existente. Art. 19 Cuando se trate de una remodelacin se cobrar como obra nueva cobrando adicionalmente el levantamiento y la evaluacin del existente. Art. 20 Los servicios del proyecto y direccin de la obra podrn requerir los servicios complementarios que a continuacin se enumeran, mismos que causarn gastos reembolsables y honorarios adicionales: II.- Generales, en cualquier etapa. a) Gastos de desplazamiento fuera del permetro urbano donde se encuentra la oficina del arquitecto, as como viticos y honorarios por tiempo extraordinario del arquitecto o sus representantes expresamente autorizados, causados por dichos desplazamientos. b) Gastos de tramitacin y derechos de licencia de permisos. c) Copias adicionales a un juego de maduros de planos y un juego de copias de documentos, que se requieran durante la prestacin de servicios bsicos o complementarios II- Durante o despus de la fase del anteproyecto. a) Investigaciones detalladas sobre requerimientos arquitectnicos, cuando el cliente no pueda proporcionar la informacin respectiva. b) Levantamiento topogrfico y deslinde legal sobre el terreno. c) Estudios geogrficos, geolgicos, hidrolgicos. climticos, edafolgicos, ecolgicos y otros relacionados con las caractersticas naturales del terreno o de sus inmediaciones. d) Estudios econmicos y sociales relacionados con la zona donde se ubica el terreno, o con los usuarios de la obra que se proyecta. e) Estudios urbansticos relacionados con la zona o la poblacin donde se ubica la obra. f) Investigaciones sobre la capacidad de la infraestructura que dar servicio al terreno. g) Aforos y estudios de trnsito y transporte. h) Estudios preliminares especializados de diseo estructural. i) Estudios de geotcnica y mecnica de suelos. j) Estudios preliminares especializados de diseo de instalaciones. k) Estudios de pre-factibilidad econmica de la obra en cuestin: de mercado, de rentabilidad, estudios financieros.

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l) Elaboracin de representaciones grficas especiales, perspectivas, maquetas y audiovisuales. m) Presentacin ante grupos y personas a solicitud del cliente, n) Modificacin al anteproyecto* despus de su entrega. *Fase de Diseo Preliminar. III.- Durante o despus de la integracin tcnica. a) Proyectos ejecutivos de estructura o instalaciones, cuando stos se excluyan de los alcances de trabajo del arquitecto en los trminos del artculo 12, inciso 1. b) Anlisis de costos unitarios y presupuestos detallados de la obra. c) Estudios y proyectos de abastecimiento de energa elctrica. Proyectos para redes de fuerza en alta tensin, subestacin y plantas de emergencia, red de tierras y apartarrayos. d) Estudios y proyectos de abastecimiento de agua. Proyectos de redes contra incendio, redes de aspersin, cisternas y equipos hidroneumticos; plantas de tratamiento y bombeo de aguas negras; calderas, redes de vapor, aire comprimido y fluidos. e) Sistemas y redes de gas, petrleo y otros combustibles. f) Sistemas de ventilacin mecnica y aire acondicionado. g) Sistemas de refrigeracin. h) Cocinas integrales, laboratorios equipos especiales y sus respectivas "guas mecnicas". i) Estudios especializados de luminotecnia. j) Redes de comunicacin, alarmas, sensores, y sistemas electrnicos. k) Estudios para equipos de traslacin, elevadores, escaleras mecnicas, bandas transportadoras. a) l ) Estudios de acstica y electroacstica. Estudios de vibracin. l) Proyecto, seleccin y ubicacin de mobiliario y sus accesorios. Diseo de interiores. m) Obras de arte y su ubicacin y adecuacin a la obra. n) Sealizacin y diseo grfico. o) Diseo urbano, arquitectura de paisajes, fuentes y mobiliario urbano. p) Proyectos de infraestructura e ingeniera urbana. q) Modificaciones solicitadas por el cliente al proyecto ejecutivo. IV.- Durante la ejecucin de la obra.

a)b) c) d) e)

Actuacin como Perito en Construccin Municipal, en los trminos del Reglamento de Construcciones correspondiente. Visitas a la obra adicionales a las establecidas en su convenio. Mantenimiento de uno o varios residentes a medio tiempo o tiempo completo en la obra. Elaboracin de programas detallados y "ruta crtica" de la obra. Trabajo topogrfico de trazo, nivelacin y control dimensional de

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f) g)

h) i)

la obra, aparte del que realice el contratista, o supervisin especializada del trabajo topogrfico realizado por ste. Pruebas fsicas y de laboratorio, radiografas. Visitas de supervisin por parte de especialistas. Elaboracin de planos de obra terminada. Elaboracin de manuales de operacin y mantenimiento.

V.- Posteriormente a la terminacin de la obra.

a)b)

Asesora al cliente en el proceso de mantenimiento de la obra. Reportes de comportamiento y operacin del inmueble, y responsivas exigidas por las autoridades.

Art. 21 La mayor parte de los servicios adicionales descritos en el artculo anterior requieren de la intervencin de especialistas calificados. Cuando dichos especialistas formen parte de la organizacin profesional del arquitecto, ste podr asumir la responsabilidad del servicio y podr pactar con el cliente el monto de los honorarios adicionales. Cuando la prestacin de los servicios adicionales sea del especialista al cliente y cuando se requiera que el arquitecto coordine los trabajos del especialista para incorporarlos a sus propios trabajos del proyecto y direccin de la obra, el arquitecto proceder a convenir con el cliente la prestacin de servicios adicionales de coordinacin de especialistas, cuyos honorarios sern como mnimo un 20% del monto de los honorarios que el cliente pague al especialista por sus servicios. DIFERENCIA POR GENEROS. La complejidad del trabajo del arquitecto, adems de estar relacionada con el tamao del encargo y con su costo, est con el gnero especfico de que se trate. Para simplificar hemos planteado en este Arancel los casos extremos: a) Lnea punteada superior: Hoteles de cinco estrellas o de turismo, Hospitales, Residencias de lujo, Museos, Teatros y casos similares, (ms 10%). b) Lnea punteada inferior: Naves industriales, Edificios de estacionamiento, Talleres, Parques, Mercados, Locales comerciales, Gasolineras y casos de complejidad semejante. Incluimos en este rubro de vivienda popular individual menor de 80 m2 y el rescate de edificios de valor histrico, (menos 10%)

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TABLA DE PORCENTAJES DIRECTOS POR M2

M2 Const 40 100 150 200 300 400 500 1,000 5,000 10,000 50,000 100,000 500,000

%

+ 10% 7.7 7.42 7.26 7.06 6.71 6.38 6.16 5.66 5.39 4.95 4.56 3.96 3.41

-

10% 6.3 6.07 5.94 5.76 5.49 5.22 5.04 4.63 4.41 4.05 3.73 3.24 2.79

7.00 6.75 6.60 6.40 6.10 5.80 5.60 5.15 4.90 4.50 4.15 3.60 3.10

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DETERMINACION DE HONORARIOS POR SERVICIO 1. Proyecto Arquitectnico completo = p x costo directo 2. Honorarios por supervisin arquitectnica = 0.35 x p x costo directo 2.1 Tiempo (en horas) EN OBRA para la SUPERVISION ARQ. = 2.5 x p x superficie en M2 3. Honorarios como DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA = 0.05 x p x Costo directo de Obra 3.l Tiempo (en horas) EN OBRA como DIRECTOR RESPONSABLE = (0.6) x p x (superficie en M2) 4. Honorarios por consulta profesional de $400.00 a $700.00/hora, (2001) 5. Indirectos por administracin de la obra del 12 al 15% 6. Indirectos por construccin a precios unitarios del 25 al 35% MODO DE PAGO DE LOS HONORARIOS Honorarios por: Proyecto Arquitectnico: % anticipo y abonos de acuerdo a las entregas parciales en funcin al porcentaje correspondiente en cada etapa Supervisin Arquitectnica: 20% anticipo y pago de acuerdo al calendario definido de la construccin Director Responsable de Obra: 70% al momento de que se autorice el permiso y 30% al notificarse el finiquito de obra

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EJEMPLO DE CLCULO Clculo de honorarios para un proyecto ejecutivo de casa habitacin de 350 m 2 de construccin. Para calcular el porcentaje para aplicarlo nos referimos a la TABLA I donde tomamos como referencia los datos para 300 y 400 m 2 . Estos son 6.10 y 5.80% respectivamente. Para calcular el porcentaje correspondiente a los 50 m 2 restantes y sumarle este al porcentaje menor debemos aplicar la siguiente formula: (M2 totales M2 menor) x (%M2 mayor - % M2 menor) M2 rea mayor M2 rea menor (350 m 2 300 m 2 ) x (5.80 6.10) 400 m 2 300 m 2 + % M2 menor

+ 6.10%

El resultado es 5.95%, como porcentaje aplicado al costo directo de obra. El costo directo de obra lo obtenemos multiplicando los metros cuadrados de construccin por el costo paramtrico de construccin de acuerdo a la calidad de obra planeada. En este caso tenemos 350 m 2 por $ 3,000 = $ 1050,000, por lo que el calculo de los honorarios ser el siguiente: Costo Directo de Obra $ 1050,000.00 x Porcentaje 5.95 % Honorarios $ 62,475.00

Estos Honorarios se refieren al 100% de los trabajos explicados en el Articulo 14 de este mismo arancel, y quedando por aplicar el factor por experiencia profesional del arquitecto.

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CONTRATOS

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CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ___________________________, A QUIEN SE DENOMINARA "LA EMPRESA", REPRESENTADA POR _________________________ EN SU CARACTER DE _________________________________ Y POR LA OTRA PARTE ______________________________________________________ POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN SE DENOMINARA "EL PROFESIONISTA", DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: DECLARACIONES PRIMERA."LA EMPRESA" REPRESENTANTES DECLARA: POR CONDUCTO DE SUS

A) SER UNA SOCIEDAD ANONIMA CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SEGUN ESCRITURA PUBLICA No. _______________ PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO _______________________, TITULAR DE LA NOTARIA No.________________________ DE LA CIUDAD DE ________________________ Y QUE ACTUALMENTE TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO LEGAL EN: CALLE 21 No.901 X 68 DE LA COLONIA JARDINES DE MERIDA, C.P. 97130 EN MERIDA, YUCATAN, MEXICO. B) QUE SU REPRESENTANTE ____________________________ ACREDITA SU PERSONALIDAD MEDIANTE EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA No.___________________ DE FECHA____________________________, INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO DE_____________________________________________ BAJO EL FOLIO MERCANTIL No.___________________ DEL___________________ DE______________, RESPECTIVAMENTE OTORGADO ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO No.____________ DE_______________________ LIC. _____________________________________ SEGUNDA.- "EL PROFESIONISTA" DECLARA: A).- QUE ACREDITA SU PERSONALIDAD COMO ARQUITECTO CON COPIA DE SU CEDULA PROFESIONAL____________________________________

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B).- QUE TIENE CAPACIDAD JURIDICA PARA CONTRATAR Y REUNE LAS CONDICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS PARA OBLIGARSE A LA EJECUCION DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO. C).-QUE TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN _____________________________________________________ ; MISMO QUE SEALA PARA TODOS LOS FINES. D).- QUE HA INSPECCIONADO DEBIDAMENTE EL SITIO DEL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO, A FIN DE CONSIDERAR TODOS LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN SU REALIZACION. E).- QUE CONOCE PLENAMENTE LA ESTRUCTURA TECNICA Y ADMINISTRATIVA DE "LA EMPRESA", ASI COMO LOS REQUISITOS GENERALES DEL PROYECTO, SUS ESPECIFICACIONES, PROGRAMA DE TRABAJOS Y MONTOS CORRESPONDIENTES, Y QUE HA CONSIDERADO TODOS ESTOS TERMINOS EN SUS PRESUPUESTOS Y TIEMPOS DE EJECUCION DE PROYECTOS. EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- "LA EMPRESA" ENCOMIENDA A "EL PROFESIONISTA" Y ESTE SE OBLIGA A REALIZAR HASTA SU TOTAL TERMINACION, DE CONFORMIDAD CON LOS TERMINOS DE REFERENCIA , EL PROYECTO EJECUTIVO DE ____________________________________________________________ ____, CONSISTENTE EN: EL DISEO DE ____________________________________________________________ ___, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES ESCRITAS QUE "LA EMPRESA" PROPORCIONE ANTES DE INICIAR EL PROYECTO. *NO SE INCLUYE EL DISEO Y CALCULO DE LAS ESTRUCTURAS Y DE LAS INSTALACIONES. "EL PROFESIONISTA" SE COORDINARA CON "LA EMPRESA" PARA QUE SE MANTENGA LA CALIDAD DEL DISEO EN LA SOLUCION DE LAS ESTRUCTURAS, INSTALACIONES Y LOS DEMAS ASPECTOS TECNICOS.

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SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- EL IMPORTE DEL PROYECTO EJECUTIVO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO ES LA CANTIDAD DE: ___________________________________________________. SEGUN PRESUPUESTO ANEXO. *NO SE INCLUYEN LOS HONORARIOS DE LOS ESPECIALISTAS CUYA RESPONSIVASE REQUIERA POR LA COMPLEJIDAD DE LA CONSTRUCCION A CRITERIO DE "EL PROFESIONISTA" O CUANDO ALGUNA DISPOSICION LEGAL ASI LO DETERMINE (ESTO SE DEFINIRA POR ESCRITO DE MUTUO ACUERDO CON "LA EMPRESA". TERCERA.- PLAZO DE EJECUCION.- "EL PROFESIONISTA" SE OBLIGA A INICIAR EL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO AL RECIBIR EL ANTICIPO Y LO DESARROLLARA EN ________________________ A PARTIR DE ESE MOMENTO, DE CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE TRABAJO ANEXO. SIEMPRE Y CUANDO "LA EMPRESA" LE HAYA PROPORCIONADO POR ESCRITO SUS ESPECIFICACIONES Y NECESIDADES DE PROYECTO. CUARTA.- LA EMPRESA SE OBLIGA A TENER OPORTUNAMENTE LA DISPONIBILIDAD LEGAL Y MATERIAL DEL LUGAR EN QUE DEBA REALIZARSE EL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO. QUINTA.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA.- LA EMPRESA TENDRA LA FACULTAD DE VERIFICAR SI EL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO SE ESTA EJECUTANDO DE ACUERDO CON EL PROGRAMA APROBADO, COMPARANDO SEMANALMENTE EL AVANCE DE DICHO PROYECTO. SI COMO CONSECUENCIA DE DICHA COMPARACION SE COMPROBARA QUE EL AVANCE DEL PROYECTO ES MENOR AL PROGRAMADO, LA EMPRESA TENDRA LA OPCION DE SANCIONAR AL PROFESIONISTA EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: I.- SE APLICARA PARA EL CASO DE QUE "EL PROFESIONISTA" NO CONCLUYA LOS TRABAJOS EN LA FECHA SEALADA EN EL PROGRAMA VIGENTE, UNA PENA CONVENCIONAL CONSISTENTE EN UNA CANTIDAD IGUAL A 2/1000 (DOS AL MILLAR) Y DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS QUE NO SE HAYAN REALIZADO POR CADA DIA DE RETRASO A PARTIR DE LA

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FECHA PROPUESTA PARA LA ENTREGA FINAL HASTA QUE LOS TRABAJOS QUEDEN CONCLUIDOS Y RECIBIDOS A SATISFACCION DE "LA EMPRESA". PARA DETERMINAR LA APLICACION DE LAS SANCIONES ESTIPULADAS, SE TOMARAN EN CUENTA LAS DEMORAS MOTIVADAS POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR O POR CUALQUIER OTRA CAUSA, QUE A JUICIO DE "LA EMPRESA", NO SEA IMPUTABLE A "EL PROFESIONISTA". INDEPENDIENTEMENTE DE LA APLICACION DE LA PENA CONVENCIONAL SEALADA ANTERIORMENTE, "LA EMPRESA" PODRA OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O LA RESCISION DEL MISMO. EN CASO DE QUE "LA EMPRESA" OPTE POR LA RESCISION DEL CONTRATO, APLICARA A "EL PROFESIONISTA" UNA SANCION CONSISTENTE EN UN PORCENTAJE DEL VALOR DEL CONTRATO, QUE PODRA SER, A JUICIO DE "LA EMPRESA", HASTA POR EL MONTO DE LAS GARANTIAS OTORGADAS . LAS CANTIDADES QUE RESULTEN DE LA APLICACION DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE IMPONGAN A "EL PROFESONISTA" SE HARAN EFECTIVAS CON CARGO A LAS CANTIDADES PENDIENTES DE CUBRIRSE POR TRABAJOS EJECUTADOS APLICANDO, SI HAY LUGAR PARA ELLO, LA FIANZA OTORGADA CONFORME A LO ESTIPULADO EN ESTE CONTRATO. SEXTA.- RESPONSABILIDADES DE "EL PROFESIONISTA".- "EL PROFESIONISTA" SERA EL UNICO RESPONSABLE DE LA REALIZACION DEL PROYECTO, CUANDO ESTE NO SE HAYA REALIZADO DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO O CONFORME A LAS ORDENES DE "LA EMPRESA" DADAS POR ESCRITO, ESTA ORDENARA SU REPARACION O REPOSICION INMEDIATA, CON LOS TRABAJOS ADICIONALES QUE RESULTEN NECESARIOS, QUE HARA POR SU CUENTA "EL PROFESIONISTA" SIN QUE TENGA DERECHO A RETRIBUCION ADICIONAL ALGUNA POR ELLO. EN ESTE CASO "LA EMPRESA", SI LO ESTIMA NECESARIO, PODRA ORDENAR LA SUSPENSION TOTAL O PARCIAL DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS EN TANTO NO SE LLEVEN A CABO DICHOS SERVICIOS Y SIN QUE ESTO SEA MOTIVO PARA AMPLIAR EL PLAZO SEALADO PARA SU TERMINACION.

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SI "EL PROFESIONISTA" REALIZA SERVICIOS POR MAYOR VALOR DE LO INDICADO INDEPENDIENTEMENTE DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS EXCEDENTES, NO TENDRA DERECHO A RECLAMAR PAGO ALGUNO POR ELLO. EXCEPTO EN EL CASO EN QUE SE REALICE MEDIANTE SOLICITUD EXPRESA Y ESCRITA DE PARTE DE "LA EMPRESA". EL PROFESIONISTA" DEBERA SUJETARSE A TODOS LOS REGLAMENTOS U ORDENAMIENTOS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE CONSTRUCCION, CONTROL AMBIENTAL, SEGURIDAD Y USO DE LA VIA PUBLICA. QUE ESTEN VIGENTES EN EL MUNICIPIO DE MERIDA HASTA LA ENTREGA DEL PROYECTO. "EL PROFESIONISTA" SERA RESPONSABLE DE LOS DAOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE A "LA EMPRESA" O A TERCERAS PERSONAS CON MOTIVO DE LA REALIZACION DEL PROYECTO, POR NO AJUSTARSE A LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO, POR INOBSERVANCIA DE LAS INSTRUCCIONES DADAS POR ESCRITO POR "LA EMPRESA" O POR VIOLACION A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES, EXCEPTO EN LOS SIGUIENTES CASOS QUE A CONTINUACION SE SEALAN. 1).-CUANDO EL PROYECTO EJECUTIVO NO HUBIESE SIDO EJECUTADO SEGUN LOS DISEOS Y ESPECIFICACIONES ENTREGADOS POR "EL PROFESIONISTA" 2).-CUANDO "LA EMPRESA" AUN CON UNA INCONFORMIDAD PRESENTADA POR ESCRITO, DECIDE NO SEGUIR LAS RECOMENDACIONES HECHAS POR "EL PROFESIONISTA". CUANDO APARECIESEN DEFECTOS O ERRORES EN EL PROYECTO DENTRO DEL AO SIGUIENTE A LA FECHA DE RECEPCION DEL MISMO, "LA EMPRESA" ORDENARA SU REPARACION O REPOSICION INMEDIATA, QUE HARA POR SU CUENTA "EL PROFESIONISTA", SIN QUE TENGA DERECHO A RETRIBUCION POR ELLO. SI "EL PROFESIONISTA" NO ATENDIERE LOS REQUERIMIENTOS DE "LA EMPRESA", ESTA PODRA ENCOMENDAR A UN TERCERO O HACER DIRECTAMENTE LA REPARACION O REPOSICION DE QUE SE TRATE, EN LOS TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, CON CARGO A "EL PROFESIONISTA".

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SEPTIMA.- ANTICIPOS.- PARA QUE "EL PROFESIONISTA" INICIE EL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO, "LA EMPRESA" OTORGARA UN ANTICIPO POR _____________________________ "LA EMPRESA" CUBRIRA A "EL PROFESIONISTA" EL ANTICIPO EL DIA EN QUE SE ENTREGUE LA FIANZA RESPECTIVA. OCTAVA.- FORMA DE PAGO.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE LOS SERVICIOS OBJETOS DEL PRESENTE CONTRATO, SE PAGUEN DE LA SIGUIENTE FORMA: A) % (.... POR CIENTO) POR CONCEPTO DE ANTICIPO PARA EL INICIO DE LOS TRABAJOS. CON UN IMPORTE DE ________________________________________________ B) % (...POR CIENTO) POR CONCEPTO DE ______________ PARA EL __________________________________. CON UN IMPORTE DE ________________________ C) 10% (DIEZ POR CIENTO) RESERVADO PARA EL FINIQUITO CONTRA ENTREGA DEL PROYECTO OBJETO DE ESTE CONTRATO RECIBIDO A TOTAL SATISFACCION DE "LA EMPRESA" CON UN IMPORTE DE _______________________________________. D) EL LUGAR DE PAGO ____________________________________. NOVENA.- SUPERVISION DE LOS TRABAJOS.- "LA EMPRESA", A TRAVES DE LOS SEORES__________________________ SUPERVISARA EN TODO TIEMPO LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO Y DARA A "EL PROFESIONISTA", POR ESCRITO, LAS INSTRUCCIONES QUE ESTIME PERTINENTES, RELACIONADAS CON SU REALIZACION EN LA FORMA CONVENIDA Y CON LAS MODIFICACIONES QUE EN SU CASO ORDENE "LA EMPRESA". DECIMA.- AMPLIACION DEL PLAZO.- EN LOS CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR, O CUANDO POR CUALQUIER OTRA CAUSA NO IMPUTABLE A "EL PROFESIONISTA" LE FUERE IMPOSIBLE A ESTE CUMPLIR CON EL PROGRAMA, SOLICITARA OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO LA PRORROGA QUE CONSIDERE NECESARIA, EXPRESANDO LOS MOTIVOS EN QUE APOYE SU SOLICITUD, "LA EMPRESA" RESOLVERA EN UN PLAZO NO MAYOR DE 3 (TRES) DIAS HABILES SOBRE LA JUSTIFICACION O PROCEDENCIA DE LA

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PRORROGA Y, EN SU CASO, CONCEDERA LA QUE HAYA SOLICITADO "EL PROFESIONISTA" O LA QUE ELLA ESTIME CONVENIENTE, NOTIFICANDOSELO POR ESCRITO. Y SE HARAN CONJUNTAMENTE LAS MODIFICACIONES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA. SI SE PRESENTAREN CAUSAS QUE IMPIDAN LA TERMINACION DE LOS SERVICIOS DENTRO DE LOS PLAZOS ESTIPULADOS, QUE FUERAN IMPUTABLES A "EL PROFESIONISTA", ESTE PODRA SOLICITAR TAMBIEN UNA PRORROGA, PERO SERA OPTATIVO PARA "LA EMPRESA" EL CONCEDERLA O NEGARLA, EN EL CASO DE CONCEDERLA, "LA EMPRESA" DECIDIRA SI PROCEDE IMPONER A "EL PROFESIONISTA" LAS SANCIONES A QUE HAYA LUGAR Y EN CASO DE NEGARLA, PODRA EXIGIR A "EL PROFESIONISTA" EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ORDENANDOLE QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE LOS SERVICIOS QUEDEN CONCLUIDOS OPORTUNAMENTE, O BIEN, PROCEDERA A RESCINDIR EL CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA DECIMA SEPTIMA. DECIMA PRIMERA.- RECEPCION DE TRABAJOS.- "LA EMPRESA" RECIBIRA LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO, HASTA QUE SEAN TERMINADOS EN SU TOTALIDAD, SI LOS MISMOS HUBIEREN SIDO REALIZADOS DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES CONVENIDAS Y DEMAS ESTIPULACIONES DEL CONTRATO. PARA TAL EFECTO, "EL PROFESIONISTA" NOTIFICARA POR ESCRITO LA TERMINACION DE LOS TRABAJOS, "LA EMPRESA" VERIFICARA DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DIAS CALENDARIO SIGUIENTES, QUE LOS TRABAJOS ESTEN DEBIDAMENTE CONCLUIDOS, LA RECEPCION DE LOS TRABAJOS SE HARA DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DIAS CALENDARIO SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE HAYA VERIFICADO SU TERMINACION. INDEPENDIENTEMENTE DE LO CONTRARIO, "LA EMPRESA" PODRA EFECTUAR RECEPCIONES PARCIALES DE SERVICIOS EN LOS CASOS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN, SIEMPRE Y CUANDO SE SATISFAGAN LOS REQUISITOS QUE SE SEALAN. A).- CUANDO "LA EMPRESA" DETERMINE SUSPENDER LOS SERVICIOS Y LO REALIZADO SE AJUSTE A LO PACTADO SE CUBRIRA A "EL PROFESIONISTA EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS.

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B).- CUANDO SIN ESTAR TERMINADA LA TOTALIDAD DE LOS SERVICIOS, SI A JUICIO DE "LA EMPRESA" EXISTEN SERVICIOS TERMINADOS Y ESTAS PARTES SON IDENTIFICABLES Y SUSCEPTIBLES DE UTILIZARSE, PODRA PACTARSE SU RECEPCION; EN ESTOS CASOS SE LEVANTARA EL ACTA CORRESPONDIENTE. C).- CUANDO DE COMUN ACUERDO, "LA EMPRESA" Y "EL PROFESIONISTA" CONVENGAN EN DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, LOS SERVICIOS SE LIQUIDARAN EN LA FORMA QUE LAS PARTES CONVENGAN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO. D).- CUANDO "LA EMPRESA" RESCINDA EL CONTRATO EN LOS TERMINOS DE LA CLAUSULA DECIMA SEPTIMA, LA RECEPCION PARCIAL QUEDARA A JUICIO DE "LA EMPRESA", LA QUE LIQUIDARA EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS QUE DECIDA RECIBIR. E) CUANDO LA AUTORIDAD JUDICIAL DECLARE RESCINDICO EL CONTRATO, EN ESTE CASO SE SUJETARA A LO DISPUESTO POR LA RESOLUCION JUDICIAL. SI AL RECIBIRSE LOS SERVICIOS Y EFECTUARSE LA ESTIMACION CORRESPONDIENTE, EXISTIEREN RESPONSABILIDADES DEBIDAMENTE COMPROBADAS, PARA CON "LA EMPRESA" Y A CARGO DE "EL PROFESIONISTA", EL IMPORTE DE LAS MISMAS SE DEDUCIRA DE LAS CANTIDADES PENDIENTES DE CUBRIRSE POR SERVICIOS REALIZADOS Y SI NO FUERAN SUFICIENTES, SE HARA EFECTIVA LA FIANZA OTORGADA POR "EL PROFESIONISTA". DECIMA SEGUNDA.- FIANZA DE GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- "EL PROFESIONISTA", A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, DEBERA PRESENTAR A "LA EMPRESA" DENTRO DE LOS 3 (TRES) DIAS HABILES SIGUIENTES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE "EL PROFESIONISTA" HUBIESE RECIBIDO COPIA SIMPLE DEL CONTRATO, FIRMADO POR EL, UNA POLIZA DE FIANZA POR VALOR DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE TOTAL DEL MISMO, OTORGADA POR INSTITUCION MEXICANA DEBIDAMENTE AUTORIZADA, A FAVOR DE _________________________________________.

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EL CONTRATO NO SURTIRA EFECTO MIENTRAS "EL PROFESIONISTA" NO ENTREGUE LA POLIZA EN DONDE LA COMPAIA DE FIANZAS CONVENGA EN ACEPTAR LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: A) QUE LA FIANZA SE OTORGUE ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO. B) QUE EN CASO DE QUE SE PRORROGUE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA TERMINACION DE LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE LA FIANZA, O EXISTA ESPERA, SU VIGENCIA QUEDARA AUTOMATICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRORROGA O ESPERA. C) QUE LA FIANZA GARANTICE LA EJECUCION TOTAL DE LOS SERVICIOS MATERIALES DEL CONTRATO. D) QUE LA INSTITUCION AFIANZADORA ACEPTE EXPRESAMENTE LO PRECEPTUADO EN LOS ARTICULOS 95 Y 118 DE LA LEY DE FIANZAS EN VIGOR. SI TRANSCURRIESE EL PLAZO QUE SE FIJA A "EL PROFESIONISTA" SIN QUE SE ENTREGUE LA POLIZA DE FIANZA, "LA EMPRESA" PODRA RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO. DECIMA TERCERA.- FIANZA DE GARANTIA DEL ANTICIPO.- PARA GARANTIZAR LA CORRECTA INVERSION DEL ANTICIPO, "EL PROFESIONISTA" DENTRO DE LOS 3 (TRES) DIAS HABILES SIGUIENTES A LA FECHA DE LA FIRMA DEL CONTRATO, DEBERA PRESENTAR A "LA EMPRESA", LA FIANZA POR EL IMPORTE DEL ANTICIPO OTORGADO, EXPEDIDA POR INSTITUCION MEXICANA DEBIDAMENTE AUTORIZADA, A FAVOR DE: ___________________________________. LA FIANZA OTORGADA PARA GARANTIZAR LA CORRECTA INVERSION DEL O LOS ANTICIPOS, SE CANCELARA CUANDO "EL PROFESIONISTA" HAYA AMORTIZADO EL IMPORTE TOTAL DEL MISMO. DECIMA CUARTA.- SUBCONTRATACION.- "EL PROFESIONISTA" NO PODRA REALIZAR EL PROYECTO POR OTRO. SIN EMBARGO, PARA LOS EFECTOS DEL CONTRATO, SE ENTENDERA POR

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SUBCONTRATACION EL ACTO POR EL CUAL "EL PROFESIONISTA" ENCOMIENDA A OTRA EMPRESA LA REALIZACION DE PARTES DE LOS SERVICIOS. CUANDO "EL PROFESIONISTA" PRETENDA UTILIZAR LOS SERVICIOS DE OTRA EMPRESA EN LOS TERMINOS DEL PARRAFO ANTERIOR, DEBERA COMUNICARLO PREVIAMENTE POR ESCRITO A "LA EMPRESA", LA CUAL RESOLVERA SI ACEPTA O RECHAZA LA SUBCONTRATACION. EN TODO CASO DE SUBCONTRATACION, EL RESPONSABLE DE LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS SERA "EL PROFESIONISTA", A QUIEN SE CUBRIRA EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS. "EL SUBCONTRATISTA" NO QUEDARA SUBROGADO EN NIGUNO DE LOS DERECHOS DE "EL PROFESIONISTA". DECIMA QUINTA.- CESION DE LOS DERECHOS DE COBRO.- "EL PROFESIONISTA" SOLO PODRA CEDER O COMPROMETER SUS DERECHOS DE COBRO SOBRE LAS ESTIMACIONES QUE POR SERVICIOS EJECUTADOS LE EXPIDA "LA EMPRESA", CON LA APROBACION EXPRESA, PREVIA Y POR ESCRITO DE "LA EMPRESA". DECIMO SEXTA.- SUSPENSION DE LOS SERVICIOS.- "LA EMPRESA", DANDO AVISO POR ESCRITO A "EL PROFESIONISTA" CON 10 (DIEZ) DIAS DE ANTICIPACION, TIENE FACULTAD DE SUSPENDER TOTAL O PARCIALMENTE EL PROYECTO CONTRATADO EN CUALQUIER ESTADO EN QUE ESTE SE ENCUENTRE, POR CAUSAS JUSTIFICADAS O DE INTERES GENERAL, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA TERMINACION DEFINITIVA DEL CONTRATO, REANUDANDOSE EL PROYECTO AL CESAR LAS CAUSAS QUE MOTIVARON LA SUSPENSION, MEDIANTE COMUNICACION ESCRITA POR PARTE DE LA "EMPRESA". EN CASO DE SUSPENSION DEFINITIVA DE LOS SERVICIOS, "LA EMPRESA" PODRA RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, POR CAUSAS JUSTIFICADAS O DE INTERES GENERAL, AJUTANDOSE LAS PARTES A LOS ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA SIGUIENTE. DECIMA SEPTIMA.- RESCISION DE CONTRATO.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE EL CONTRATO PODRA SER RESCINDIDO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO Y AL RESPECTO, ACEPTAN QUE CUANDO "LA EMPRESA" SEA LA QUE DETERMINE RESCINDIRLO,

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DICHA RECSISION OPERARA DE PLENO DERECHO Y SIN NECESIDAD DE DECLARACION JUDICIAL, BASTANDO PARA ELLO QUE SE CUMPLA EL PROCEDIMIENTO QUE SE ESTABLECE EN LA CLAUSULA SIGUIENTE; EN TANTO QUE SI ES "EL PROFESIONISTA" QUIEN DECIDE RESCINDIRLO, SERA NECESARIO QUE ACUDA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL Y OBTENGA LA DECLARACION CORRESPONDIENTE. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO O VIOLACION POR PARTE DE "EL PROFESIONISTA" A CUALQUIERA DE LAS ESTIPULACIONES DEL CONTRATO, "LA EMPRESA" PODRA OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO Y EL DE LAS PENAS CONVENIDAS EN SU CASO, O DECLARAR LA RESCISION CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE SEALA EN LA CLAUSULA SIGUIENTE. SI "LA EMPRESA" OPTA ESTARA OBLIGADO A PERJUICIOS UNA PENA POR EL MONTO DE LAS EMPRESA". POR LA RESCISION, "EL PROFESIONISTA" PAGAR POR CONCEPTO DE DAOS Y CONVENCIONAL QUE PODRA SER HASTA GARANTIAS OTORGADAS A JUICIO DE "LA

DECIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTOS DE RESCISION.- SI "LA EMPRESA" CONSIDERA QUE "EL PROFESIONISTA" HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISION QUE SE CONSIGNAN EN EL CONTRATO, LO COMUNICARA A "EL PROFESIONISTA" EN FORMA FEHACIENTE, A FIN DE QUE ESTE EXPONGA AL RESPECTO LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, EN UN PLAZO DE 20 (VEINTE) DIAS CALENDARIO. SI TRANSCURRIDO ESE PLAZO, "EL PROFESIONISTA" NO MANIFIESTA NADA EN SU DEFENSA O SI DESPUES DE ANALIZAR LAS RAZONES ADUCIDAS POR ESTE, "LA EMPRESA" ESTIMA QUE LAS MISMAS NO SON SATISFACTORIAS, DICTARA LA RESOLUCION QUE PROCEDERA CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS DOS ULTIMOS PARRAFOS DE LA CLAUSULA ANTERIOR, LO QUE COMUNICARA A "EL PROFESIONISTA" DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DIAS HABILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE EMITA DICHA RESOLUCION. DECIMA NOVENA.- RELACIONES DEL PROFESIONISTA CON SUS TRABAJADORES.- "EL PROFESIONISTA" COMO EMPRESARIO Y PATRON DEL PERSONAL QUE OCUPA CON MOTIVO DE LOS SERVICIOS MATERIA DEL CONTRATO, SERA EL UNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMAS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL. "EL

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PROFESIONISTA" CONVIENE POR LO MISMO, EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTAREN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE "LA EMPRESA", EN RELACION CON LOS TRABAJOS DEL SERVICIO, Y SE OBLIGA A REEMBOLSAR A "LA EMPRESA" CUALQUIER CANTIDAD QUE SE HUBIERA VISTO OBLIGADA A EROGAR POR ESTE CONCEPTO. VIGESIMA.JURISDICCION.- PARA LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTE EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCION DE LOS TERMINOS DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE MERIDA, POR LO TANTO RENUNCIAN AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES POR RAZON DE SU DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA. VIGESIMA PRIMERA.- REGIMEN JURIDICO.- EL PRESENTE CONTRATO SE REGIRA BASICAMENTE POR LAS DISPOSICIONES QUE RESULTEN APLICABLES DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE YUCATAN, RELATIVAS A LAS OBLIGACIONES Y AL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS. VIGESIMA SEGUNDA.- DECLARACION FINAL.- "EL PROFESIONISTA" DECLARA SER MEXICANO Y CONVIENE, AUN CUANDO LLEGARE A CAMBIAR DE NACIONALIDAD, DE SEGUIRSE CONSIDERANDO COMO MEXICANO POR CUANTO A ESTE CONTRATO SE REFIERE Y A NO INVOCAR LA PROTECCION DE NINGUN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO LA PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE LA NACION MEXICANA TODO DERECHO DERIVADO DE ESTE CONTRATO. EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD DE MERIDA, YUCATAN , EL DIA 01 DEL MES DE MARZO DE 1997, PARA REGULAR LA RELACION JURIDICA QUE UNE A LAS PARTES. POR EL PROFESIONISTA ____________________ TESTIGO __________________ POR LA EMPRESA _______________________ TESTIGO _____________________

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CONTRATO DE OBRA POR ADMINISTRACION CONTRATO PARA LA CONSTRUCCIN _______________________ CONTRATO DE OBRA POR ADMINISTRACION QUE CELEBRAN; POR UNA PARTE ______________________________________________ QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL PROPIETARIO; POR LA OTRA,____________________________________________________ AL QUE SE LE DENOMINARA EL CONSTRUCTOR. ANTECEDENTES I.-EL PROPIETARIO CON DOMICILIO EN _________________________ DECLARA SER EL DUEO DEL PREDIO UBICADO EN _____________________________________ EN LA FORMA Y DIMENSIONES QUE APARECE EN LOS PLANOS ANEXOS A ESTE CONTRATO. II.- EL PROPIETARIO DECLARA ADEMAS QUE HA DESIGNADO AL _______________________________________________________ COMO DIRECTOR DE LA OBRA QUIEN SERA EL PERITO RESPONSABLE; PARA LO CUAL TIENE EXPEDIDA LA CEDULA No. ______ DE LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES DE LA S.E.P. EL REGISTRO COMO PERITO RESPONSABLE DE OBRAS ______________ DE LA DIRECCIN DE DESARROLLO URBANO DE MERIDA YUCATAN Y REGISTRO No __________ DEL COLEGIO YUCATECO DE ARQUITECTOS, A. C. III.EL CONSTRUCTOR CON DOMICILIO EN __________________________________________DECLARA TENER EL EQUIPO NECESARIO PARA REALIZAR LA OBRA. CLAUSULAS OBJETO DEL CONTRATO PRIMERA: EL PROPIETARIO ENCOMIENDA AL CONSTRUCTOR Y ESTE SE OBLIGA A REALIZAR SU TOTAL TERMINACION CONFORME AL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES DE LA OBRA QUE CONSISTE EN _______________________________________________________ UBICADA EN ______________________________________

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MONTO DEL CONTRATO. SEGUNDA: EL PRESUPUESTO DE ESTA OBRA CALCULADA POR EL CONSTRUCTOR CON BASE A LOS PROYECTOS Y ESPECIFICACIONES ANEXOS A ESTE CONTRATO ES DE _________________________________ EL IMPORTE REAL DE LA OBRA SE OBTENDRA DE LAS RELACIONES DE LOS GASTOS QUE CON SUS COMPROBANTES DEBIDAMENTE REQUISITADOS ENTREGUE PERIODICAMENTE AL PROPIETARIO QUIEN LOS REVISARA Y EN SU CASO APROBARA. EN DICHAS RELACIONES APARECERAN TODOS LOS GASTOS ATRIBUIBLES A COSTOS DIRECTOS DE OBRA; LOS GASTOS INDIRECTOS QUE SEAN EXCLUIDOS DE DICHA OBRA Y UN _______% SOBRE LA SUMA DE ESTOS GRUPOS DE GASTOS. POR CONCEPTO DE GASTOS INDIRECTOS GENERALES Y UTILIDAD DEL CONSTRUCTOR. TERCERA: EL CONSTRUCTOR DEBERA OBSERVAR EN LA EJECUCION DE ESTA OBRA. TODAS LAS LEYES Y REGLAMENTOS SOBRE LA CONSTRUCCION QUE SEAN APLICABLES A LA MISMA. EL IMPORTE DE LOS DERECHOS Y LICENCIAS DE CONSTRUCCION QUE TENGAN ESTABLECIDAS LAS AUTORIDADES Y EL DE LAS COPIAS DE PLANOS Y DOCUMENTACION ANEXA QUE SEAN NECESARIAS PARA LA TRAMITACION DE LAS MISMAS. ESTARA A CARGO DEL PROPIETARIO. CUARTA: EL CONSTRUCTOR CUMPLIRA EN REPRESENTACION DEL PROPIETARIO CON TODAS LAS OBLIGACIONES CON LA LEY QUE SE GENEREN DE LA OBRA MATERIA DE ESTE CONTRATO. EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD DE __________________________ A LOS ___________ DEL MES DE __________ DE 2000

EL PROPIETARIO

EL CONSTRUCTOR

_________________

____________________

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CONTRATO DE OBRA POR PRECIOS UNITARIOS CONTRATO DE OBRA EN BASE A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ____________________________________________________________ ___________ AL QUE SE LE DENOMINARA "EL CONTRATANTE" REPRESENTADO POR _________________________Y POR LA OTRA ___________________ AL QUE SE LE DENOMINARA "EL CONTRATISTA" REPRESENTADO POR ________________________ EN SU CARACTER DE _____________________________________ DECLARACIONES 1.- EL CONTRATANTE DECLARA QUE: I.1 QUE TIENE UN CONTRATO PARA EJECUTAR LA OBRA MATERIAL DE ESTE CONTRATO. II. EL CONTRATISTA DECLARA QUE: II.1 TIENE CAPACIDAD JURIDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A LA EJECUCION DE LA OBRA MATERIAL DE ESTE CONTRATO Y QUE DISPONE DE LA ORGANIZACION Y ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ELLO. II.2 CONOCE LAS ESPECIFICACIONES DE LA OBRA Y PROYECTOS QUE SON BASE DE ESTE CONTRATO. CLAUSULAS PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO."EL CONTRATANTE" ENCOMIENDA A EL "CONTRATISTA" Y ESTE SE OBLIGA A REALIZAR SU TOTAL TERMINACION CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES. PROYECTO Y PRECIOS UNITARIOS. LA OBRA CONSISTE EN _________________________________UBICADA EN ____________ SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO.- EL MONTO TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO ES DE: (____________________________ (_______________________________________________________). TERCERA. PLAZO DE EJECUCION.- EL CONTRATISTA SE OBLIGA A INICIAR LAS OBRAS OBJETO DE ESTE CONTRATO EL DIA _____ DE __________ DE _______ Y A CONCLUIRLAS A MAS TARDAR EL DA ___ DE ________ DE ___________________ DE ___________

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CUARTA. EL CONTRATANTE SE OBLIGA A TENER OPORTUNAMENTE LA DISPONIBILIDAD LEGAL Y MATERIAL DEL LUGAR EN QUE DEBERA EJECUTARSE LA OBRA MATERIA DE ESTE CONTRATO. QUINTA. EL CONTRATISTA SERA EL SUJETO OBLIGADO RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA LEY QUE SE GENEREN POR LA RELACION OBRERO PATRONALES POR EFECTO DE LA EJECUCION DE LA OBRA MATERIA DE ESTE CONTRATO. DECLARACIONES FINALES PERSONALIDAD Y DOMICILIO. EL "CONTRATANTE" ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD CON LA ESCRITURA CONSTITUTIVA No._____DE FECHA ___________ OTORGADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO No. ___________ INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO BAJO EL NUMERO ________ DE LA CIUDAD DE ____________ EL "CONTRATISTA" ACREDITA SU PERSONALIDAD COMO ______________________________ CON EL TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA OTORGADA ANTE LA FE DEL NOTARIO No. ______ LIC.____________________________________________ EL "CONTRATANTE" SEALA COMO DOMICILIO: ________________ ____________________________________________________________ __ EL "CONTRATISTA" SEALA COMO DOMICILIO: _________________ ____________________________________________________________ __ EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD DE MERIDA A LOS__________ DIAS DEL MES DE __________________________________ DE

EL CONTRATISTA _____________________

EL CONTRATANTE ___________________

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CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE _____________________________ QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL PROPIETARIO", Y POR LA OTRA _________________________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL CONTRATISTA" DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. DECLARACIONES PRIMERA.- Declara el propietario que desea contratar la Construccin de una casa habitacin ubicada en la calle__________ No. __________, de esta ciudad conforme al proyecto de Construccin, presupuesto, especificaciones, programa de obra y calendario de pagos que se anexan al presente contrato, formando parte integrante del mismo, y que por lo tanto firman las partes en que sealan de conformidad. SEGUNDA. Declara "EL PROPIETARIO" que la construccin la llevar a cabo con fondos que le proporcionar el banco___________ mediante la celebracin de un contrato de apertura de crdito con garanta hipotecaria que en vista de que la garanta de dicho crdito va a ser precisamente el terreno suscrito en la declaracin anterior, y la construccin que en el mismo se realice, solamente autorizar las disposiciones de dichos fondos conforme a vaya avanzando la obra de acuerdo con lo especificado en la declaracin primera, para lo cual el banco _________________ tendr derecho de asignar a un inspector que vigile la construccin. TERCERA.- Declara "EL CONTRATISTA" que su actividad habitual es el ramo de la construccin y que cuenta con los elementos, la prctica y los servicios de los expertos y empleados que sean necesarios para ello, y adems que conoce y ha estudiado el proyecto, las especificaciones y los dems documentos enunciados en la declaracin primera, los cuales se encuentran tcnicamente correctos. Expuesto lo anterior, las partes convienen en las siguientes: CLAUSULAS

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PRIMERA.- "EL CONTRATISTA" se obliga a llevar a cabo la construccin de ______________________a que se refiere la declaracin primera de este contrato, de acuerdo con el proyecto de construccin, presupuesto, especificaciones. programa de obra y calendario de pagos que se anexan al presente contrato y que forman parte del mismo. SEGUNDA.- El propietario pagar a "EL CONTRATISTA" como precio por los trabajos a que se refiere la declaracin anterior, la cantidad de $ ______________ son: ____________________________________). TERCERA.- En la cantidad mencionada en la clusula anterior, se incluye el costo total de la obra que le hemos encomendado a "EL CONTRATISTA", por lo que queda comprendido de una manera enunciativa y no limitativa, lo siguiente: Materiales necesarios. mano de obra, indemnizaciones a los trabajadores, son estas de cualquier clase, gastos relativos al trabajo y honorarios del contratista. remuneraciones a los empleados asalariados o profesionistas que el contratista ocupe para el cumplimiento del contrato, por lo tanto, "EL PROPIETARIO" est obligado a pagar a "EL CONTRATISTA" nicamente la suma mencionada, sin que por ningn concepto tenga ella que ser aumentada o disminuida. CUARTA.- Los trabajos iniciarn a ms tardar a los das ________ de firmarse el contrato, y estarn concluidos a las ______________ semanas de comenzados, de acuerdo con el programa de obras que se anexa. Las demoras en la construccin de la obra de cualquier clase no modificarn el plazo convenido, a menos que sean aprobadas por escrito por "EL ROPIETARIO" y ______________________________________________ QUINTA.- Se conviene expresamente en que "EL CONTRATISTA" pagar a "EL PROPIETARIO", la cantidad de ________________________________ como pena convencional por cada da que transcurra despus de aquel en que "EL CONTRATISTA" debi entregar la obra terminada sin que lo haya hecho. En caso de incumplimiento tanto en las diversas etapas del plazo como en las especificaciones convenidas, "EL PROPIETARIO" podr optar entre rescindir del contrato o exigir judicialmente el cumplimiento, pero en ambos casos tendr derecho a la pena convencional a que se refiere en el prrafo anterior.

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SEXTA.- "EL CONTRATISTA" garantiza la calidad de la obra a que se refiere la clusula primera por un plazo de un ano a partir de la fecha de su terminacin y entrega, y se hace cargo de cualquier desperfecto que esta sufra con motivo de deficiencias en la direccin de la construccin y por la utilizacin de materiales de calidad inferior a la especificada. SEPTIMA.- Cualquier infraccin a las normas vigentes en materia de construccin, ser de exclusiva responsabilidad de "EL CONTRATISTA" quien quedar obligado a cubrir las multas correspondientes y a resarcir a "EL PROPIETARIO" de cualquier pago que tuviere que hacer por estos conceptos. OCTAVA.- "EL CONTRATISTA" reconoce que el personal que requiere para la ejecucin de las obras, materia de este contrato, lo forman trabajadores por l contratados y que "ELPROPIETARIO" no tiene obligacin alguna al respecto, por lo que se obliga a resarcirle de cualquier cantidad que tuviere que pagar por estos conceptos, as como de cualquier cantidad que tuviera que pagar por estos conceptos, as como de cualquier cantidad que tuviera que pagar por cuotas al IMSS. NOVENA.- "EL CONTRATISTA" acepta que las ministraciones le sean cubiertas previa aprobacin de ___________________ y de "EL PROPIETARIO", aprobaciones que darn siempre y cuando los trabajos se hayan ejecutado conforme el proyecto, especificaciones y programa de obra. DECIMA.- Son causas de rescisin del presente contrato sin responsabilidad alguna para "EL PROPIETARIO" las siguientes: A).- El que "EL CONTRATISTA" traspase o seda los derechos sobre el presente contrato sin consentimiento del "EL PROPIETARIO" y del banco_____________ o encomiende a otro contratista las obligaciones que aqu contrae sin el consentimiento indicado. B).- El incumplimiento de alguna de las especificaciones a que debe estar sujeta la obra. C).- El dejar de cumplir con el programa de obra y proyecto de construccin. DECIMA PRIMERA.- Las partes convienen en que las obligaciones que produce este contrato. quedan sujetas a la condicin suspensiva, consistente en que ______________________ otorgue a "EL

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PROPIETARIO" la apertura de crdito con garanta hipotecaria a que se refiere la declaracin segunda de este contrato. DECIMA SEGUNDA.- Las partes se someten expresamente a las leyes y a los tribunales de la ciudad de Mrida, Yucatn, por lo que renuncian a cualquier fuero que por concepto de domicilio vecindad tengan o lleguen a tener en lo futuro. Se firma este contrato por duplicado en la ciudad de a EL CONTRATISTA ____________________ EL PROPIETARIO ________________

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RECOMENDACIONES PARA LA ORGANIZACIN DE CONCURSOS DE ARQUITECTURA

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RECOMENDACIONES PARA LA ORGANIZACION DE CONCURSOS DE ARQUITECTURA I. Definiciones y tipos de concursos. 1. Definiciones. Un Concurso de arquitectura existe cuando dos o mas arquitectos elaboran simultneamente y por separado, proyectos para un mismo edificio o conjunto, en el mismo terreno y para el mismo propietario. En lo sucesivo, se hace referencia a los arquitectos o participantes en un concurso, al propietario del edificio o conjunto o promotor del concurso y al concurso mismo. 2. Objetivos de un concurso. Un concurso de arquitectura persigue los siguientes objetivos: A) Seleccionar entre dos o ms propuestas la mejor idea o proyecto para una edificacin que pretenda llevarse a cabo. Como las ideas o proyectos normalmente se elaboran por los concursantes a partir de un programa de requerimientos, el concurso permite adicionalmente, corroborar la validez del programa. B) Seleccionar y contratar arquitectos. Independientemente de que se logre en su actualidad el objetivo anterior, un concurso es un mecanismo idneo para que un propietario seleccione a un arquitecto (o un equipo de arquitectos) entre varios que podran resolver un problema, ya que al elaborar sus propuestas de ideas o proyectos, cada uno muestra sus capacidades, experiencias y habilidad en relacin con el problema a resolver. C) Seleccionar y contratar asesores. En edificios y conjuntos de cierta complejidad el trabajo multidisciplinario de especialidades coordinados por arquitectos puede ser decisivo para la calidad del proyecto. En estos casos, y si el concurso as lo prev, el propietario podr formarse una idea no slo del mejor proyecto y del mejor arquitecto o grupos de arquitectos, sino tambin de la capacidades de los asesores en que se apoyarn el arquitecto o el equipo de arquitectos. Los asesores pueden referirse a una gama muy diversa de expertos en ingeniera, ciencias sociales, planeacin, administracin, diseo y artes plsticas.

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3. Clases de concurso. Los concursos se clasifican de acuerdo a dos categoras: Segn los participantes en abiertos y cerrados y segn el objeto del concurso: de ideas o de anteproyecto en l 2 etapas. A) Segn los participantes En esta categora se consideran las limitaciones o caractersticas a que deben responder los participantes. A.1) Abierto Se considera abierto tipo A, el concurso en que puedan participar cualquier arquitecto por el slo hecho de ser miembro activo del Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C. A.2) Cerrado Se considera cerrado el concurso en el que el promotor se reserve el derecho de invitar a dos o ms arquitectos (o equipos de arquitectos) miembros del Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., a concursar. Debe de tomarse en cuenta que en este tipo de concursos cada participante debe tener asegurada una compensacin por su esfuerzo v los gastos en que se incurra, independientemente de que obtenga o no algunos de los premios. En concursos cerrados, los invitados tendrn el derecho de conocer los nombres de los dems participantes invitados antes de aceptar su propia participacin. B) Segn sea el objeto del concurso En esta categora se identifican tres niveles de alcance que pueden tener las propuestas que concursen: de ideas y de proyectos en una o dos etapas. B.I) De ideas Un concurso de ideas es lo ms adecuado cuando no se tiene suficientemente detallado un programa de requerimientos o cuando no se tienen los elementos de juicio para decidir si realmente se puede y se debe de emprender una obra, o cuando se trate de casos muy especiales, por ejemplo: de investigacin o desarrollo experimental en el campo de la arquitectura. Se sobre-entiende que el resultado de un concurso de ideas no define un proyecto sino un boceto preliminar (susceptible todava de ulterior desarrollo) sobre todo, criterios o polticas de diseo para abordar el problema.

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B.2) Proyectos en una o dos etapas El concurso de proyectos en una etapa es el mas usual y persigue identificar el mejor de los anteproyectos y al mismo tiempo, al arquitecto o equipo de arquitectos que deba contratarse para elaborar el proyecto ejecutivo. (Vanse alcances de anteproyecto y proyecto) Cuando el tema es complejo y no se desea someter a un esfuerzo en vano a un nmero apreciable de competidores, puede ser aconsejable un concurso en dos etapas; la primera es equivalente a un concurso de ideas de donde se selecciona un nmero reducido de participantes ganadores, quienes a su vez concursan en una segunda etapa para determinar el proyecto triunfador. 4. Ventajas. Las ventajas que ofrece la realizacin de un concurso de arquitectura son, entre otras. A) Estimula la creatividad entre loS participantes. B) Favorece especialmente a profesionistas jvenes. C) En edificios pblicos, promueve la participacin de los arquitectos interesados. D) Redistribuye los encargos de arquitectura y evita caer en mecanismos de asignacin basados en amistad, privilegio, rutina e incluso corrupcin. E) En general, contribuye a elevar el nivel de diseo alcanzado por la sociedad. 5. Desventajas Las desventajas que usualmente se esgrimen en contra de los concursos de arquitectura se refieren a su costo, a su tiempo y a los problemas humanos que se presentan durante su organizacin. El costo de un concurso (organizacin, premios, etc.) puede parecer mayor que el de encargar un anteproyecto a un arquitecto, sin embargo, si se comparan ambos costos con el total de la inversin que representar el edificio, la diferencia no alcanza el 1% y a cambio de ello, en el caso de un concurso, hay ms probabilidades de tener una mejor solucin (incluso una ms econmica que permita abatir los costos). El tiempo de un concurso tambin que el que requerira un arquitecto designado directamente para hacer un anteproyecto, sin embargo, si se sita ese lapso dentro del calendario global de planeacin, proyecto y construccin de obra, la diferencia resulta inelegible. Muchas veces toma ms tiempo al cliente decidir la iniciacin del proyecto definitivo y de la obra, an contando con un anteproyecto ya elaborado, que esperar el lapso de terminacin de un concurso. Esto se debe sobre todo a que el propietario carece de opciones, o bien tiene que explorar otras

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alternativas (que le comen el tiempo aparentemente ganado al no lanzar un concurso). En el fondo las primeras dos falsas desventajas de los concursos de arquitectura son el mismo tipo con el que suele descalificarse la utilidad de los servicios profesionales de un arquitecto, si consumen tiempo y dinero, pero contribuyen a hacer mejor y ms econmicas las edificaciones y tambin ayudan para poder terminaras en el menor tiempo posible. En todo caso, podra hablarse de ciertos casos en los que un concurso resulta menos ventajoso; esto podra ser cuando se trata de un propietario o promotor que sabe precisamente lo que necesita y que incluso ya tiene experiencia previa en el mismo tipo de casos. Se trata de situaciones en las que una solucin icnica o tipolgica a un problema de diseo se presenta como la ms natural por ejemplo: en edificios tipificios total o parcialmente, pero an en estos casos, la "siembra" o solucin de conjunto a base de elementos tipo puede ser objeto de un concurso. Lo que s es desventajoso es un concurso mal organizado, en el que no se definan ni el programa ni el perfil de los participantes, en el que no se garantice el anonimato, en el que no se cuente con un jurado capaz y responsable y en fin, en el que no se siga un nmero de normas como las que a continuacin se proponen: II. Intervencin del Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C. Es recomendable que el Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., intervenga en la celebracin de concursos de arquitectura en los que participen sus miembros, con mayor razn cuando el proyecto se ubique dentro de su rea de jurisdiccin. Cuando los organizadores de un concurso o de las partes interesadas decidan solicitar la intervencin del Colegio, debern tomar en cuenta cules sern las atribuciones de este organismo. 1) Vigilancia sobre la aplicacin de estas normas. El Colegio vigilar porque estas normas se apliquen adecuadamente, en caso de duda en su interpretacin, deber tener la ltima palabra al respecto, tambin deber asumir funciones de rbitro en caso de cualquier discrepancia entre las partes involucradas. 2) Aprobacin del Asesor Profesional. El Colegio aprobar los antecedentes ticos y la competencia tcnica de quien deber actuar como asesor profesional del concurso, con las funciones que adelante se describen. 3) Aprobacin de las bases del concurso y del jurado. El colegio aprobar las bases del concurso y la integracin del jurado que el promotor, auxiliado por el asesor profesional, proponga.

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4) Asegurar el cumplimiento de las bases del concurso. El Colegio por el slo hecho de avalar el concurso, se reserva el derecho de exigir al promotor el cumplimiento de las bases del concurso, especialmente el pago de los premios que haya ofrecido y el otorgamiento del encargo para que el vencedor haga el proyecto definitivo cuando as lo estipule en la convocatoria. III. Papel y funciones del Asesor Profesional 1. Asesor Profesional No es recomendable que se organice ningn concurso de arquitectura sin la participacin de un asesor profesional que garantice el desarrollo tcnico y profesional del evento de los mejores niveles de calidad y equidad. Caractersticas y Seleccin. El Promotor del concurso deber someter al Colegio cuando menos una terna de candidatos, cada uno de los cuales deber ser miembro de nmero del Colegio con sus derechos vigentes y con experiencia en a organizacin de concursos, o con experiencia en el tipo de problema objeto del concurso. El Colegio verificar que los candidatos cumplan con los requisitos indicados y lo comunicar por escrito al promotor del concurso, quien har libremente la seleccin de quin deber actuar como asesor. Cuando el promotor asilo desee el Colegio podr proporcionar a uno o ms candidatos para integrar la terna. La comisin de concursos del Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., podr fungir como asesor profesional si el promotor asilo solicita. 2. Obligaciones del asesor profesional Al aceptar la posicin de asesor profesional en un concurso, un arquitecto asume la responsabilidad del correcto desarrollo del concurso en condiciones que sean justas tanto para el promotor como para los participantes, y deber estar preparado para darle a ese evento todo el tiempo que requiera. El asesor profesional deber estar familiarizado con todas las normas y recomendaciones que para la organizacin de concursos haya emitido el Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., y con las tareas concretas que a continuacin se enumeran: A) Verificar la factibilidad del programa del concurso. Es responsabilidad del asesor profesional verificar la factibilidad del proyecto que se propone a concurso, para ello recabar la informacin pertinente del organizador, integrado en un programa y proceder a examinarla, una vez estudiado el caso informar al organizador y al Colegio si con ese material es posible organizar

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alguna de las clases de concursos a las que se refiere en este documento, o bien, si es necesario precisar algn concepto, en cuyo caso interrumpir su actuacin como asesor profesional del concurso hasta en tanto no se le proporcionen los elementos que le permitan corroborar su factibilidad. B)Auxiliar a la seleccin de jurados. El asesor principal auxiliar al promotor en la seleccin de candidatos para integrar un jurado competente en aquellos aspectos importantes en funcin del tipo de proyectos que se pretenda llevar a cabo mediante concurso. Las caractersticas de integracin del jurado se sujetarn a lo previsto en el capitulo IV de estas normas, su aprobacin se sujetar a lo dispuesto en el capitulo II. C) Formular las bases y convocatoria del concurso. El asesor profesional ser responsable de la redaccin de las bases y la convocatoria del concurso y de procurar los medios por los que estos se hagan llegar a los posibles participantes, una vez aprobadas por el promotor y antes de su difusin, el asesor profesional recabar la autorizacin del Colegio. D) Controlar el proceso de inscripcin. El asesor profesional estar presente en las sesiones de inscripcin, controlar los recibos que se emitan o la cdulas de inscripcin de cada uno de los participantes con objeto de llevar estadsticas para saber cuntos grupos o arquitectos se inscriben y posteriormente entregan su propuesta, de todo ello mantendr informado al Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., y al patrocinador del concurso. E) Responder a las dudas de los concursantes. La nica persona autorizada para responder todas las dudas de los participantes ser el asesor profesional, quien recibir todas las preguntas emitidas por los concursantes. Las respuestas a cada pregunta sern sumarizadas en un documento que deber ser enviado a todos los arquitectos o grupos inscritos aunque no hayan hecho ninguna pregunta. F) Coordinar la recepcin de trabajos. Durante el lapso previsto para la entrega de trabajos de los concursantes y hasta el lmite previsto en la convocatoria, el asesor profesional coordinar el proceso de recepcin, registro y almacenaje de los mismos.

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G) Convocar e instalar el jurado. De acuerdo al calendario propuesto para las actividades del concurso, el asesor profesional ser responsable de convocar con la debida anticipacin a los miembros del jurado. En la primera sesin. el asesor profesional presentar a los integrantes del jurado y proceder a instalarlo. H) Informar al jurado sobre la inscripcin y descalificaciones. En la primera sesin, el asesor profesional entregar al jurado su reporte con el nmero de concursos recibidos, el nmero de concursantes descalificados por no cumplir con las bases del concurso, indicando en cada caso el motivo de descalificacin y el nmero de concursantes, que sern sometidos a la revisin del jurado para su dictamen. I) Actuar como Secretario en las sesiones del jurado. El asesor profesional actuar como secretario en las sesiones de deliberacin del jurado. En sus actas consignar los nombres de los jurados asistentes y consignar todos los datos relevantes de sus deliberaciones en la sesin final. J) Coordinar la identificacin de ganadores. Una vez que el jurado haya emitido su fallo, el asesor profesional coordinar la develacin de la identidad de los ganadores, en presencia de notario. K) Difundir el resultado del concurso. El asesor profesional difundir por los medios adecuados el resultado del concurso, organizar el evento de premiacin y exposicin o publicacin de los trabajos premiados, en su caso. L) Elaborar el reporte final del concurso. Una evaluacin del resultado del concurso en sus aspectos cualitativos y cuantitativos ser elaborado por el asesor profesional y presentado al Colegio y al promotor. 3. Administracin de gastos de concurso. Todo el concurso generar una serie de gastos necesarios e imprescindibles. El asesor profesional ser el encargado de definir y programar el monto de las erogaciones por cada uno de los conceptos que sean necesarios y de autorizar los pagos que deba hacer el promotor por ese concepto.

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4. Honorarios y gastos del asesor profesional Los honorarios del asesor profesional debern ser proporcionales al trabajo que el concurso requiera, todos los viticos tambin le sern cubiertos as como los gastos de desplazamiento necesarios para el desempeo de su labor. Como en el caso anterior, el asesor profesional estimar y programar el monto de pago de sus honorarios y en su caso de sus gastos de desplazamiento y viticos. 5. Limitaciones del asesor profesional. El asesor profesional no podr ser de ninguna manera y bajo ninguna circunstancia contratado para un proyecto resultado de concurso del cual haya sido asesor profesional. IV. Jurado. 1. Definicin. El jurado es el grupo de personas convocadas para examinar y evaluar los trabajos de un concurso y designar a los ganadores de los premios. A) Nmero de integrantes. El nmero de integrantes corresponder a la importancia del concurso y el grado de dificultad del trabajo que desarrollarn los concursantes. Ser el asesor profesional el que determine el nmero ms adecuado de integrantes, pero en ningn caso podrn ser menos de cinco. B) Calidad de los Integrantes. Cuando menos el 50% 1 de los integrantes debern ser arquitectos. C) Designacin y aceptacin. La lista de los candidatos para integrar un jurado se someter a la aprobacin del Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C.. una vez aprobada, se proceder a extenderles una invitacin por escrito, suscritas por el promotor y el asesor profesional acompaada de las bases de compensacin previstas por su desempeo en su caso. La aceptacin de los miembros del jurado tambin ser por escrito y conllevar su aceptacin para que sus nombres aparezcan en la convocatoria que se expida, as como de concursos cerrados. En concursos tipo A, por lo menos, uno de los miembros del jurado ser nombrado por el Colegio de Arquitectos de Mxico.

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D) Organizacin. Al instalarse, de acuerdo con lo previsto en el inciso III.2.g, el jurado designar libremente entre sus integrantes a quin deber presidir sus deliberaciones. 2. Obligaciones de jurado. Al aceptar formar parte de un jurado, sus integrantes se obligan a cumplir con las siguientes obligaciones: A) Conocer y estudiar las bases del concurso. Cada jurado estar familiarizado con las bases del concurso expedidas junto con la convocatoria y con las aclaraciones y respuestas que surjan antes de la entrega de los trabajos. B) Conocer y estudiar los trabajos presentados. Los jurados se compenetrarn en todos los trabajos presentados sin excepcin y formularn para si una evaluacin personal de cada una. C) Participar en las deliberaciones del jurado. Los jurados asistirn puntualmente a todas las sesiones de deliberacin y evitarn retirarse antes de que se levante el acta de cada una para poder aprobarlas. D) Entregar su voto razonado sobre proyectos que deben ser premiados. En la sesin final, cada jurado deber entregar su voto razonado por escrito en favor de los trabajos que considere deban ser premiados. El presidente y el secretario harn el cmputo de votos correspondientes y resumen de razones en favor de los trabajos premiados. 3. Limitaciones No podr figurar como jurado ninguna persona que tenga relacin de parentesco o de trabajo con alguno de los concursantes, ni podr intervenir en la realizacin de los trabajos posteriormente al fallo del concurso. 4. Honorarios y gastos. Los gastos y honorarios de los jurados debern de ser cubiertos por los promotores, fijados de antemano y acordes a sus servicios.

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V.- Premios y derechos. 1.- Tipos de premios. El promotor definir con el asesor profesional, el nmero y tipo de los premios que habrn de ofrecer a los ganadores del concurso, de acuerdo con los siguientes principios. A) Para concursos de ideas. Los premios a los primeros lugares sern cantidades en efectivo, el ganador del primer lugar podr ser elegible, adems, para firmar un contrato para desarrollar un anteproyecto para el promotor. B) Para concursos de proyecto en una etapa. Los premios a los primeros lugares sern cantidades, al primer lugar se le contratar, adems para el desarrollo del proyecto ejecutivo y la supervisin arquitectnica de la obra del edificio o conjunto objeto del concurso. C) Para concursos de proyectos en dos etapas. Los premios de la primera etapa sern el derecho a participar en la segunda etapa, ms una compensacin por el esfuerzo realizado hasta ese momento. Los premios de la segunda etapa se regirn por las mismas previsiones sealadas en el inciso anterior. 2. Monto de los premios La parte de compensacin en efectivo que forma parte de los premios se sujetar a las siguientes recomendaciones: A) Al ganador. - Concurso de ideas 20% * - Concurso de anteproyectos en una etapa 35% * - De anteproyectos en dos etapas 40% * Tanto para los concursos abiertos como para los cerrados, si as se estipulan, ganar el concurso puede representar la contratacin de los servicios completos del proyecto y supervisin del arquitecto en cuyo caso el premio antes mencionado ser considerado un anticipo. B) Por participar en un concurso cerrado - De ideas 7% * - De anteproyecto en una etapa 12% - Por la segunda etapa 7%

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* Es el importe en pesos de los honorarios por el proyecto arquitectnico que establece el tabulador del Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C. 3. Derechos. Independientemente de que obtenga o no algn premio en un concurso, los participantes conservarn sus derechos de autor sobre sus trabajos en los trminos de ley respectiva. VI.- Tareas preliminares. Son aquellas actividades absolutamente indispensables para el inicio del concurso. 1. Tareas. A) Asesor profesional. La primera de todas las tareas para cualquier persona fsica o moral que pretenda organizar un concurso de arquitectura, es la contratacin de una asesor profesional de acuerdo a lo definido en el capitulo II de este documento. B) Consultas y convenios A travs de las consultas con el Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C., se determinar quin deber ser el asesor profesional ms viable para el desarrollo del concurso, asimismo el Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., sancionar el programa arquitectnico y toda la documentacin que se vaya a entregar a los concursantes. Como corolario de todo esto, se firmar un convenio entre el Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., y el organizador del concurso. C) Definicin del terreno. Cualquier persona fsica o moral que intente organizar un concurso de arquitectura en un terreno dado, deber demostrar la propiedad de dicho terreno o estar en trato para adquirirlo, de otra manera no se puede intentar todo el trabajo requerido para organizar un concurso. D) Alineamiento y nmero oficial. Ser necesario pedir alineamiento y No. oficial del terreno base para el concurso y este documento servir para la elaboracin del programa arquitectnico y como fuente de informacin para los concursantes.

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E) Autorizacin del suelo. Ser menester cuando los reglamentos de cada Ciudad lo ameriten solicitar autorizacin de uso de suelo para certificar que el proyecto y edificio que se pretenda realizar cuenta con la aprobacin respectiva. 2. El costo del concurso. El costo del concurso esta formado por todas las erogaciones necesarias y originadas por la organizacin del concurso. A) Personal de promotor. Toda persona fsica o moral que promueva o patrocine un concurso de arquitectura, deber por razones propias del mismo, asignar parte del tiempo de su personal para las actividades necesarias y como auxilio en la organizacin y desarrollo del concurso. B) Asesor profesional. El asesor profesional va a tener que desempear el ms importante rol en todo el desarrollo del concurso y su responsabilidad no va tener trmino sino hasta la conclusin de todo, el ciclo. En el captulo III ya no se hace mencin de sus honorarios, los que debern ser cubiertos por el organizador o patrocinador del concurso. C) Publicidad en impresos. El concurso ser dado a la publicidad en los medios que el patrocinador y el asesor profesional consideren pertinente y todos los gastos generados por esto, sern sumados al costo del concurso. Todos los impresos necesarios para entregar informacin suficiente y oportuna a todos los concursantes, tambin son materia del costo del concurso. D) Jurado. De acuerdo el enunciado en el capitulo cuatro, se describen las responsabilidades del jurado. todos los gastos ocasionados por su presencia para emitir el juicio relativo al concurso, as como sus honorarios sern parte del costo del concurso. E) Lugar para deliberaciones y almacenaje de proyectos. El costo de habilitar un lugar donde el jurado se pueda reunir y donde se puedan guardar seguros. todos los proyectos durante el tiempo que duren las deliberaciones del jurado, es parte del costo del concurso. F) Premios. Todas las compensaciones previstas para premiar a los concursantes que satisfagan de mejor manera a los requerimientos del proyecto. sern tambin costo del concurso.

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G) Exhibicin y divulgacin. El importe de los gasto requeridos para habilitar un local para exhibir los proyectos participantes en el concurso, as como todas las notas periodsticas o de televisin, o de otros medios utilizadas con el objeto de divulgar los resultados del concurso, formarn parte del costo del concurso, as como el costo de los eventos de difusin. H) Re-expedicin de trabajos. Los gastos en que se incurra para regresar o re-expedir todos los proyectos a cada uno de los concursantes, sern parte del costo del concurso. 3. Condiciones mnimas. Estas son las cuestiones de organizacin que se debe vigilar para que el concurso funcione. A) Sede o lugar de inscripcin. Es necesario definir un localizacin exacta y conocida para que todos los que quieran participar en el concurso puedan llegar a ese sitio e inscribirse y recibir toda la informacin relativa. B) Convocatoria. Manejarn las convocatorias de acuerdo al nivel de concurso, a su complejidad y al tipo de concurso y/o concursante que se pretendan tener. La convocatoria deber de reunir todos los requisitos que a continuacin se enlistan. B.1) Quien Convoca B.2) Tipo de concurso B.3) Qu proyectos y en dnde B.4) Condiciones de participacin B.5) Fechas y plazos de entrega B.6) Asesor profesional B.7) Jurado B.8) Sede B.9) Compensaciones o premios B.10) Entrega de premios B.11) Exhibicin y re-expedicin de trabajos presentados. C) Formas de inscripcin Ser necesario definir un formato para las inscripcin en donde se consignen datos relativos a la personalidad de los participantes, domicilios, calificacin acadmicas, registro federal de contribuyentes. escuela profesional de formacin y calidad de ejercicio profesional.

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D) Requisitos de entrega. Los requisitos de entrega sern los que den la base de equidad y justicia para que las condiciones de participacin en el concurso sean iguales para todos los participantes independientemente de todas sus capacidades y habilidades profesionales. En esto se debe definir: Nmero de planos a entregar. escala de prestacin, tcnicas, memoria descriptiva, etc. etc. E) Anonimato. Las reglas del anonimato debern ser estrictamente observadas por todos los participantes. Cualquier anomala en este aspecto ser motivo de descalificacin. El asesor profesional y el asesor sern corresponsables de respetar el anonimato de los participantes hasta que no se designe a los ganadores. En las cdulas de anonimato se debern consignar toda la informacin referente al arquitecto o grupo de arquitectos que participa con su propuesta en el concurso, se debern consignar nombre y apellidos, cdulas profesional, No. de credencial del Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., domicilio profesional, telfonos y un curriculum vitae. 4. Programa arquitectnico. Es indispensable, antes de convocar a un concurso, tener un programa. En el caso de ideas, el programa podr ser objeto del propio concurso, sin embargo, tratndose de concursos de proyectos ya sea en una o dos etapas, el asesor profesional, antes de convocar a un concurso proceder conforme a lo indicado en el subinciso III.2.a, respecto a cerciorarse de la factibilidad del proyecto. Una vez cubierto este requisito, proceder a sintetizar el programa en la forma en que ser presentado a los concursantes, procurando incluir los siguientes elementos: A) Objetivos generales del proyecto. B) Informacin sobre el predio y su contexto, levantamientos y estudios del subsuelo en su caso. C) Informacin sobre autorizaciones a que se refieren los subincisos VI.l.c., y VI.l.d. D) Descripcin de requerimientos bsicos tales como espacios para actividades, capacidades, normas y parmetros aplicables, condiciones ambientales, interacciones, solicitaciones estructurales, lapsos de vida del edificio, y en sus partes y expectativas respecto al aspecto del edificio en relacin con su contexto. E) Fotografas desde y hacia el sitio y su contexto, incluyendo visuales de mayor inters. F) Estudios tcnicos adicionales. G) Monto aproximado o mximo de la inversin.

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En el trabajo de sntesis y presentacin del programa, el asesor profesional podr requerir de la ayuda de quienes contribuyeron a formularlo por encargo del propietario. 5. Cronograma del concurso. El asesor profesional deber estimar el tiempo necesario para cubrir todas las actividades propias del concurso y hacer un programa y/o calendario de barras, de tal suerte que sea claro y objetivo, que ser la gua para el Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C., as como para el patrocinador del concurso, como cada concurso es un evento nico, cada uno de los eventos siguientes ser diferente en funcin de la complejidad del concurso; del nmero de participantes, del local donde vayan a tener las deliberaciones del jurado,. de los miembros del jurado, etc. A continuacin se enumeran las principales: A) Preliminares. -Reuniones con el promotor. -Consultas con el Colegio Yucateco de Arquitectos, A.C. -Sesiones de trabajo para definir documentacin para los concursantes. B) Antecedentes. -Trmites en las oficinas del gobierno. -Formacin del jurado. -Impresin de documentacin -Diseo de convocatoria. -Determinacin de la sede. C) Inicio del concurso. -Acondicionamiento de la sede. -Organizacin de documentacin a los concursantes, -Inscripciones. -Reportes al promotor y al Colegio Yucateco de Arquitectos, A. C. D) Operacin del concurso. -Preguntas de los concursantes. -Documento con respuestas. -Entrega de provectos. -Reportes al jurado. E) Operacin del jurado. -Instalacin del jurado. -Sesiones de deliberaciones. -Juicio final, acta de otorgamientos de premios. F) Resultados del concurso. -Sesin solemne del jurado. -Certificacin notarial de la identidad del (los) ganador(es). -Publicacin de resultados.

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G) Finiquito del evento. -Exposicin. -Entrega de premios. -Re-expedicin de trabajos. 6. Exhibicin y difusin. En gran medida, la opinin pblica certificar la seriedad de los concursos organizados bajo estas normas en funcin de que la exhibicin v difusin de estos eventos, se hagan en forma oportuna y seria. Ser responsabilidad del patrocinador y del asesor profesional cumplir con estos requisitos. A) Revistas. Primeramente se deber acudir a la revista del Colegio Yucateco de Arquitectos. A. C., y posteriormente a revistas especializadas del medio. B) Peridicos. Deber buscarse un peridico de amplia circulacin en la localidad, o nacional en un momento dado por la convocatoria. C) Exposicin. Ser necesario contar con elementos para montar una exposicin digna (de esto ya se tiene experiencia en el Colegio Yucateco de Arquitectos. A. C.) de tal suerte que pueda ser visitada por profesionales y estudiantes. D) Televisin y radio. Existe la posibilidad de difundir a travs de la televisin y radio, este tipo de actividades con el fin de promover la activa participacin del gremio.

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