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    Historia Constitucional

    Unidad 1: antecedentes de la Revolucin de Mayo

    *1.Concepto de: constitucin; carta; pacto; y fuero.

    Constitucin: El vocablo constitucin designaba antiguamente el conjunto de leyesfundamentales consagradas por la tradicin. Tambin bajo ese trmino se soladesignar la estructura poltica del Estado. Pero a fines del Siglo XVIII empez adifundirse una nueva acepcin que se convirti en una de las fuentes ms importantesde derecho moderno: la constitucinera el conjunto de principios o leyes supremas dela organizacin poltica establecidos racionalmente, por escrito y en forma sistemtica,sancionadas de una vez por un cuerpo legislativo o constituyente en ejercicio del podersoberano de la Nacin.1

    La constitucin es una (forma de ser) o naturaleza de la sociedad ms que

    organizacin del Estado. Puede ser escrita o no-escrita:

    No escritas: conjunto de costumbres y tradiciones que generalmente tienenorigen divino. Esa forma de ser es transmitida por un ser superior o ya sea poruna persona (Rey, Profeta, etc.) que tiene las atribuciones de 1 Legislador.

    Escrita: la constitucin legislada consiste en el conjunto de normasfundamentales dictadas por un poder constituyente y sistematizadas en unverdadero cdigo (cuerpo orgnico y sistmico de leyes). 2

    La mayora de los Estados modernos han concretado su organizacin fundamental enconstituciones legisladas y codificadas pero sin embargo hay otros se mantienen connormas consuetudinarias y no codificadas. Hay que distinguir entonces entre DerechoContinental y Common Law(sistema jurdico predominantemente jurisprudencial). 3

    Las constituciones codificadas tienen en general, dos partes:

    1) Parte dogmtica o declaracin de derechos y Garantas (Bill of rightseningls) que establecen los principios bsicos de convivencia.

    2) Parte orgnica o Plan u Organizacin del Gobierno, etc. (Plan ofgovernement en ingls); es la que contiene la estructura institucional y

    funciones bsicas del gobierno. Autoridades de la Nacin en la C.N4

    La ciencia y el derecho constitucional clasifica las Constituciones en:

    rgidas modificacin de la C.N por una Asamblea constituyenteflexibles modificacin de la C.N por el rgano legislativo ordinario

    Por su contenido se distingue:

    1 Manual de Historia de las Instituciones Argentinas, Tau Anzotegui, Eduardo Martir; Pg. 268.2 Introduccin al derecho, Abelardo Torr; Pg. 600.3

    dem anterior, Pg. 6024 dem anterior.

    1M.G.Gavazza J.E.Bellido - 2004

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    Las polticas Declaracin de derechos y garantas, org. de las funcionesjudiciales,legislativas y ejecutivas, su relacin entre s, etc.

    Las Sociales o Poltico Sociales (derechos de segunda generacin),derechos dela mujer, el trabajo, el nio, de la ancianidad, etc.

    D. Constitucionales de (Tercera Generacin) Convenciones internacionalessobre

    Der. Humanos, Defensa del consumidor, Proteccin del medio ambiente, etc.

    Carta: En trminos generales, es una concesin de un soberano hecha a determinadaspersonas, corporaciones, etc. otorgndoles ciertos derechos o privilegios. As eran las

    cartas britnicas que en Espaa son llamadas cartas pueblas y, mstradicionalmente fueros.Es un acto producido por el soberano que regula o limita un derecho. (es modificable yse otorga) pero pude ser revocado por el soberano.

    Pacto: Los pactos, acuerdos y tratados tienen un sentido simtrico, cierto aspectocontractual (va a aparecer en el Contrato Social de Rousseau). No hay una asimetraentre quienes lo otorgan y quienes lo acatan.

    Fuero: A diferencia de la Carta el fuero no se modifica y se reconoce, por lo que nopuede ser quitado. Debe ser reconocido por el pueblo. Pero igualmente a la carta; elfuero se trata de privilegios (derechos) que se les reconoce a ciertas personas (fuerospersonales) o para determinados burgos (fueros reales).

    Las cartas y fueros surgen como formas limitativas del Poder, desde un punto de vistahistrico el fuero surge en el Siglo IX, y el antecedente de las castas comienza con laCarta Inglesa de 1215.

    Histricamente Los fuerosson primeros

    Conceptualmente primero fueron las cartas*2. Ideas filosficas que condicionaron la concepcin del poder y surepresentatividad:John Locke (ensayo sobre el gobierno civil); Charles Louis deMontesquieu (El espritu de las leyes); y Juan Jacobo Rousseau ( El contratosocial).

    John Locke (1632-1704): nace en Inglaterra, el liberalismo peninsular y criollo chocacontra el individualismo de Locke inspirado en las obras de Santo Toms de Aquino yFrancisco Surez.

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    En cuanto a las ideas polticas, Locke se adelanta en cierta medida a Montesquieu aldefender la separacin de los poderes legislativo y judicial y la supremaca del primero.Su convencida defensa de la tolerancia y su confianza en los derechos naturales de loshombres libres influyeron de forma decisiva en el posterior desarrollo de lasdemocracias occidentales.

    En el mbito de la Poltica Terica, Locke parta de una visin mucho ms optimistaque la de Hobbes respecto del estado de naturaleza. Sostiene que hay una ley naturalque rige a la Naturaleza y al hombre y que es para ste ley moral, a la que puedeacceder por la razn. Esta ley consagra la vida, la libertad y la propiedad. En el estadode naturaleza ya existe esta ley y el hombre, como ser razonable, la conoce. Pero laausencia de una autoridad superior impide garantizar que los derechos y deberes quela ley natural prescribe sean respetados por todos. Locke considera que el derechocuyo respeto es ms difcil que se d en el estado de naturaleza es el de propiedad.Para defender estos derechos surge la sociedad, el derecho y la autoridad. Lasociedad, a travs de su ordenamiento jurdico, tiene su razn de ser en el garantizar lavida, la libertad y la propiedad de los individuos. La sociedad nace del consentimiento

    (contrato social) de los individuos que buscan proteger sus derechos naturales a lavida, a la libertad y a la propiedad. Pero el poder poltico, que los individuos ceden alEstado cuando ste nace, puede siempre ser reasumido por ellos. El Estado no tieneotro fin que el de velar por los individuos, por su bienestar y su propiedad, la cual notiene derecho a enajenar. Y para amparar al individuo de una potencial exacerbacindel poder estatal, Locke propugna la divisin equilibrada del poder poltico en legislativoy ejecutivo.5

    Charles-Louis de Secondat Montesquieu (1689-1755): Escritor y jurista francs. "Elespritu de las leyes" (1748) Fue su obra ms importante, y figura entre las obrasprincipales de la Teora Poltica. En ella analiza las tres principales formas de gobierno(repblica, monarqua y despotismo), y sostiene que debe darse una separacin y unequilibrio entre los distintos poderes a fin de garantizar los derechos y las libertadesindividuales. Su obra, de tendencia claramente aristocratizante, fue utilizada por laburguesa y los parlamentos como fuente de inspiracin poltica.Cierto es que aunque, en el fondo, su monarquismo proviene de la monarqua que haconocido (anterior a la revolucin) busca, inspirndose en Locke, una monarqualimitada y templada como la inglesa.Montesquieu es un claro ejemplo del liberalismo aristocrtico, pero, entroncado con suideologa monrquica.La doctrina de Montesquieu trata de mostrar que todo tipo de gobierno se concreta y se

    articula en un conjunto de leyes especficas, que se refieren a los ms diversosaspectos de la actividad humana y constituyen la estructura del mismo gobierno. Estasleyes se refieren a la educacin, a la administracin de la justicia, al lujo, al matrimonioy, en fin, a toda la vida civil. Por otro lado, todo tipo de gobierno se corrompe cuandofalta a su principio; y a una vez corrompido, las mejores leyes se convierten en malas, yse revuelven contra el mismo estado.Su modelo, tanto en contenido como metodologa, est ms en la lnea de loexperimental que lo especulativo. Adopta el anlisis histrico, basado en lacomparacin; arranca de los hechos, observando sus variaciones para extraer de ellasleyes. En esta obra se nos ofrece, adems de la descripcin de las idiosincrasias

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    nacionales, las diversas formas de gobierno y sus fundamentos, as como loscondicionantes histricos e, incluso, climticos de stos, elabor un novedoso enfoquede las leyes, los hechos sociales y la poltica: se desvanece la clsica oposicin entrelas tesis iusnaturalistas y escpticas, que atribuan el fundamento de las leyes a laarbitrariedad de los legisladores: Consideraba ms bien que las leyes proceden de

    relaciones necesarias derivadas de la naturaleza de las cosas y las relaciones sociales,de forma que no slo se opuso a la separacin entre ley natural y ley positiva sino queconsideraba que son complementarias. 6

    Jean Jacques Rousseau (1712-1778): La potestad, indelegable, no puede ser quitadaal vicario de la multitud que la ejerce en virtud de un pacto poltico bilateral entregobernantes y gobernados, pacto al que el mismo calificara de monstruoso.Parte de la necesidad de encontrar condiciones de existencia legtima (D. Natural), queconsiste en un convenio cuyas clusulas, hasta entonces no haban sido jamsformalmente enunciadas. A travs de este convenio el hombre cede totalmente su

    persona y sus derechos a la comunidad, perdiendo su libertad natural pero ganando lalibertad civil y la propiedad de lo que posee.En el Contrato social, Rousseau define el tipo de contrato constitutivo de todasociedad verdadera. Todos los hombres que eran iguales y libres, renuncian por igualal mismo tiempo a su libertad, y la voluntad de todos pasa a ser el nico soberano alque todos se someten.La igualdad de esta manera, se mantiene; y la libertad no ha disminuido nidesaparecido, porque la voluntad de todos es, al mismo tiempo, la propia voluntadindividual, y someterse a ella es mantenerse libre.El principio poltico de Rousseau es que la sociedad tiene por objeto la conservacin yproteccin de sus miembros, por lo que ningn gobierno es legtimo si no pone al bienpblico como su funcin y finalidad.(Rousseau no condena ninguna forma de gobierno pero prefiere a la monarquasiempre y cuando el Prncipe sea lo que debe ser).Los hombres deben establecer un nuevo Contrato Socialque los acerque a su estadonatural. Este contrato no es un pacto o convenio entre individuos (Hobbes) ni uncontrato bilateral (Locke). El nuevo contrato social es un pacto de la comunidad con elindividuo y del individuo con la comunidad, desde el que se genera una "voluntadgeneral" que es distinta a la suma de las voluntades individuales y que se constituyeen fundamento de todo poder poltico. La soberana ha de emanar de la voluntadgeneral, siendo indivisible (contra Locke y Montesquieu, Rousseau no es partidario de

    la separacin de poderes).

    7

    Fueron en realidad el Pactismo Hispano de Francisco de Vitoria, Surez y losneotomistas, los que proporcionaron las armas jurdicas a los criollos para tomar susdecisiones de 1810 y 1816.

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    Internet7 Contrato Social de Roussou

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    Unidad II: La Revolucin de Mayo

    *1. Revolucin de Mayo: sus fundamentos jurdicos y significacin poltica

    Las interpretaciones jurdicas fueron: la hispanista, la jacobina, la castrense, laalberdiana, la marxista, la pactista y finalmente la suareciana.

    1. Los hispanistas sostienen que esta revolucin se dio por obra exclusiva de lossectores espaoles, quienes tenan como objetivo conservar para los titulares dela Corona Espaola, el seoro de las provincias americanas evitando quecayeran en poder de los franceses.

    2. Los jacobinos expresan que los criollos en las figuras de Moreno, Castelli yMonteagudo quisieron acelerar y hacer ms violento el desarrollo de larevolucin para asegurar la deshispanizacin de nuestra cultura y reemplazarla

    por una liberal-francfila (Rousseau y Voltaire).3. La interpretacin castrense es que la revolucin fue el pronunciamiento militar

    de quienes habiendo vencido a los ingleses en 1806 y 1807, se sentan fuertes ycapaces como para defender estas tierras contra ataques napolenicos.

    4. Juan Bautista Alberdi y sus seguidores, sostienen que tanto Belgrano como suscompaeros eran europeos normalmente educados en Espaa. Las ideas deBelgrano procedan de Europa y no de Norteamrica. Francia y Espaa lucharonpor convencer a Inglaterra para reconocer la independencia americana. Yentonces, en 1810, Inglaterra estaba dispuesta en hacer todo lo posible porauxiliar a Sudamrica para independizarse de la metrpolis espaola

    5. Segn los marxistas, los hombres de mayo actuaron como lo hicieron paraliberarse de la dominacin econmica espaola.

    6. Segn los pactistas, la emisin de la cdula real por parte de Carlos I asumecomo propio lo aconsejado por Francisco de Vitoria y por Surez sobre genuinaherencia del pueblo al faltar el rey

    7. Los suarecianos, coincidentemente con lo preconizado por los pactistassostienen que fueron las enseanzas de Francisco Surez las que dieronsustento jurdico a la Revolucin de Mayo.8

    *2. Accin continental de la Revolucin Argentina

    La reaccin de las distintas localidades del interior frente a la Junta de Buenos Airesfue bastante dispar, mientras unas la apoyaron y se decidieron a mandarrepresentantes a un Congreso por sta convocado, otras decidieron aceptarla pero noadherirse y otras en cambio decidieron que era necesario combatirla.Frente a estas actitudes de las Intendencias del ahora descabezado virreinato, losintegrantes de la Junta creyeron reconocer que necesitaban mandar tropas paraasegurar su subsistencia mediante dos expediciones una al Alto Per y la otra alParaguay.Al producirse la gesta de mayo en Bs. As. coexistan en Paraguay 3 partidos: elrealista (segua fiel al Consejo de Regencia en la pennsula Ibrica), el porteo

    8 Historia Constitucional Argentina, Oscar Gregorio Vlez. Pg.73.

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    (partidario de seguir unido a las Prov. Unidas) y los nativos (queran transformarse enun pas totalmente independiente). Luego del armisticio de Belgrano tras su derrota enTuyut el partido de los nativos se ali al de los realistas y se produjo una revolucinemancipadora en el Paraguay.En el Alto Per se decidi sofocar con extraordinaria dureza los focos que apoyaban a

    la Junta de Bs. As. Comenz entonces una violenta represin por parte del EjrcitoAuxiliar del Alto Per hacia quienes no reconocan la junta de Bs. As. hasta la tregualuego de la derrota del ejrcito de Castelli, poniendo fin al perodo conocido como elTerrorismo en la Revolucin de Mayo.9

    *3.Sucesos en Espaa.

    LA llegada de la noticia iniciadora del movimiento de mayo, surgi a partir del 12 demayo de 1810 cuando la fragata inglesa Juan Paris atrac en el puerto de Montevideocon las siguientes noticias contenidas en gacetillas britnicas. Estas eran: 1) el 31 deenero haba cado Sevilla en poder de los franceses; 2) Andaluca estaba totalmente

    tomada por el Ejrcito Francs; 3) la Junta Central de Sevilla haba sido disuelta y susmiembros estaban presos en Jerez de la Frontera; en la pennsula dos gobiernos sedisputaban el legtimo derecho de sustituir al rey cautivo y estos eran la Junta deGobierno de Cdiz y el Consejo de Regencia.Esta era la noticia esperada por los criollos de que Espaa, haba desaparecido comoEstado Soberano y que al estar adems su territorio totalmente ocupado por unaPotencia Extranjera, careca de gobierno propio.

    *4. La Doctrina Poltica de la Revolucin y su importancia en el contextohistrico.

    Constituida la Junta y a poco de iniciada su labor no tardaron en aparecer seriasdivergencias entre dos figuras de destacada actuacin en el movimiento: MarianoMoreno y Cornelio Saavedra.

    Los saavedristas (absolutistas) queran el orden por el orden mismo, queran lacontinuacin del rgimen, el mantenimiento de las instituciones, no compartanlas nuevas ideas liberales. Era una tendencia conservadora.

    Los morenistas (liberales), eran los continuadores de las ideas filosficas delSiglo XVIII, (Martn de lzaga, Moreno, Monteagudo) eran revolucionariospropiamente dichos ya que queran obtener la total emancipacin de Espaa,hombres ilustrados que queran un gobierno democrtico y republicano o unamonarqua constitucional.

    Un incidente el da 5 de diciembre acentu el malestar entre ambos bandos quetermino con un decreto de supresin de los honores por parte de Mariano Moreno queconsista en establecer la igualdad entre todos los miembros de la Junta dejando sinefecto lo dispuesto en el Reglamento del 28 de mayo que el propio Saavedra suscribi.

    9 Historia Constitucional Argentina, Oscar Gregorio Vlez. Pg. 75

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    Mientras moreno quera avanzar sobre la revolucin velozmente y que los diputadosprovinciales se dictaran su propia constitucin y que establecieran un gobiernoseparado de la Junta; Saavedra quera incorporar a los representantes provinciales a la1 Junta y aminorar el movimiento revolucionario a la espera de los sucesos que

    agitaban la pennsula ibrica.Finalmente gan la postura de Saavedra que determin la creacin de un nuevoorganismo provisional de gobierno, que se llam Junta Grande.

    *5. La doctrina de Surez y su repercusin en estas tierras.

    Derecho cannico

    Sto. Toms (Filosofa tomista), dice que toda autoridad viene de Dios, afirma

    quehay una relacin entre la obediencia civil y el pecado. La teora del tiranicidio:sostiene que el pueblo tiene derecho a matar al tirano (resistencia a la opresin)

    Surez, tiene un ligero cambio respecto de la doctrina ortodoxa de la iglesia quedice que la autoridad viene de Dios pero el pueblo reconoce la autoridad sinovuelveal pueblo. ...entre el rey y Dios,... existe un vnculo que es el pueblo.

    La gesta de mayo fue llevada adelante por un grupo de criollos ilustrados que sesentan representantes de una nueva nacin, el derecho a su gobierno descansaba ensu pueblo de acuerdo a las ideas de Santo Toms de Aquino y del Jesuita FranciscoSurez y que por lo tanto, no podan seguir siendo regidos a distancia.

    *6. El Cabildo del 22 de Mayo

    La Semana de Mayo

    En el puerto de Montevideo haba recalado una fragata inglesa portadora de noticias de

    los sucesos en Espaa (ocupacin francesa). Los impresos trados por la nave seconocieron en Bs. As. y provocaron una gran agitacin, Cisneros opt por comunicar alpueblo por medio de una proclama (La Proclama del 18 de mayo) la noticia llamandoa la tranquilidad y a la obediencia a las autoridades espaolas.

    El cabildo abierto del 22, se convoc gracias a un grupo de vecinos que se reunieronen la Plaza Mayor para apoyar la solicitud de un cabildo abierto impulsada porSaavedra, Belgrano y Castelli.

    El cabildo vot mayoritariamente la mocin del Gral. Ruiz Huidobro, que haca cesar alVirrey, contra la ponencia del Obispo Lue de que deba continuar en funciones como

    tal.7

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    *7. El Reglamento Constitucional del 24 de Mayo.

    Luego del escrutinio del da 23, el jueves 24 de mayo se reuni el Cabildo y dispuso

    que contine el Virrey Cisneros presidiendo una Junta de Gobierno integrada con loscriollos Juan J. Castelli (abogado) y Cornelio Saavedra (militar) y los espaoles JosSol (sacerdote) y Jos Inchurreguy (comerciante).El Ayuntamiento redact un Reglamento de trece artculos, con el propsito de vigilar eldesempeo del nuevo organismo; entre ellos (el cabildo poda nombrar el sustituto decualquier miembro de la junta, la junta no poda imponer contribuciones sin la anuenciadel ayuntamiento, todos los primeros das del mes se deban publicar el estado de lasfinanzas, la junta no tena atribuciones judiciales, las ordenes del virrey no seranvalederas sin la conformidad de los dems miembros, etc.)

    Pero la presin militar y popular expuesta a travs de una Representacin firmada el

    25 de mayo- resisti el nombramiento de Cisneros lo que provoc la renuncia de losmiembros de la Junta.

    El 25 de Mayo y bajo la presin del pueblo, el Cabildo nombr una nueva junta degobierno presidida por Saavedra (militar de alto rango), cuyos vocales eran Belgrano(Dcho. Pblico), Azcuenaga (militar de bajo rango), Castelli (Dcho. Eclesistico), Alberti(cura), Matu (comerciante cataln), Larrea (comerciante criollo) y sus secretariosMariano Moreno (Dcho. Privado) y Juan Jos Paso (Dcho. Romano).Este nuevo gobierno se conoce como PRIMERA JUNTA (en realidad fue la segunda) yjurament por Dios y los santos evangelios la obediencia a Fernando VII y de mantenersus tierras intactas para l y sus legtimos descendientes, hasta su efectivo retorno altrono (La mscara de Fernando VII).

    El Cabildo impuso a la Junta un Reglamento (Reglamento del da 25) y tena comofines fundamentales otorga al nuevo gobierno carcter provisional y sometido alCabildo, reafirmar la autoridad suprema del rey Fernando VII y consultar de inmediato alas intendencias (o provincias) para formar una junta general del virreinato.

    La Proclama del 26 de mayo se dio a conocer con el fin de invitar a la poblacin aobedecer a las autoridades y convocar a los diputados provinciales a la cooperacin.

    La circular del 27 de mayo invitaba a los diputados del interior para formar una juntaaparte de la de Bs. As y que se iban a ir incorporando a la Junta a medida que vayanllegando.

    La junta gubernativa no acepto el Reglamento del da 25 (que la someta a lasdirectivas del cabildo) y se dict El Reglamento del 28 de mayo; este documento eraun reglamento interno por el cual se atribua las funciones de gobierno, guerra yhacienda

    *8. Actuacin de la Junta de Mayo (HC DE GREGORIO)

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    El grupo liberal haba redactado un plan operativo para el desarrollo futuro delgobierno, donde se prevea la formacin de un Congreso con representantes de lasProvincias y la redaccin de una Constitucin, pues tenan ideas claras de que, sinestos dos prerrequisitos cumplimentados, no se formara una nacin independiente ysoberana.

    Esos dos prerrequisitos de Congreso y Constitucin se constituiran en los realesideales de mayo bajo la conduccin de Mariano Moreno.La Junta reemplaz a los miembros de la Audiencia y del Cabildo y previa consulta conel den Funes, la Junta sostuvo su derecho a ejercer el Patronato.Algunos de los actos de la Junta consisten en licenciar al Regimiento del Fixo(dejndolo desactivado), constituy los batallones 1 y 2 de infantera sobre la basedel Regimiento de Patricios, el 3 batalln con efectivos del Regimiento de Arribeos,cambi el nombre de Dragones de Bs.As. por el de Dragones de la Patria, etc.

    *9. Mariano Moreno: obra e ideologa. (HC DE GREGORIO)

    Mariano Moreno naci en Bs. As en 1778 y muri en 1811. Jurisconsulto; periodista; yescritor; estadista; su importante papel como organizador en el gobierno que sigui a laRevolucin de Mayo le vali ttulos tales como "el hombre de Mayo" o "el alma de larevolucin"; impuls los cambios en la organizacin poltica y econmica del sistemacolonial rioplatense.Moreno, jacobino y rabiosamente antiespaol, se haba enemistado con CornelioSaavedra, moderado y conciliador con las ex autoridades coloniales.En 1809 escribi "Representacin de los hacendados", obra que supuso una ferozdenuncia de las restricciones comerciales impuestas por Espaa a sus coloniassudamericanas.Fue fundador del peridico La Gaceta de Buenos AiresFalleci el de marzo de 1811, en alta mar como consecuencia de habrseleadministrado un medicamento nocivo, que contena un compuesto de arsnico.

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    Unidad III: Junta Grande y Primer Triunvirato*1. Incorporacin de los Diputados a la Junta.

    En diciembre e 1810 llegaron a Bs. As. los delegados de las provincias, los que,liderados por el representante de Crdoba, den Gregorio Funes, no quisieronincorporarse a un Congreso, sino hacerlo como vocales de una junta ejecutiva degobierno. Cuando el 18 de diciembre se vot por tal incorporacin, a pesar de habersido antes rechazada por todos los miembros permanentes de la Primera Junta, fuefinalmente aceptada por la mayora, con la excepcin de Moreno y Paso que siguieronvotando en contra. Mariano Moreno present entonces su renuncia, que no fueaceptada ni rechazada, pero en cambio se lo designa Ministro ante el gobiernobritnico, para lo cual embarc con tal destino y muri a bordo del buque Fama.Con la incorporacin de los diputados provinciales qued constituido un nuevoorganismo provisional, que se llam JUNTA GRANDE.

    *2. El den Gregorio Funes

    El den Gregorio Funes naci en Crdoba el 25 de mayo de 1749 y se ordensacerdote en su ciudad y luego se traslad a Espaa en donde se recibi de abogado.Gregorio Funes den de la catedral de Crdoba desde un principio apoy a loshombres de la Junta Revolucionaria. Luego de la renuncia de Moreno fue la figura demayor relieve en el nuevo gobierno denominado Junta GrandePosteriormente trabaj fervientemente en la Asamblea General Constituyente y en1816 fue electo diputado por Crdoba para el Congreso de Tucumn. Renunci a ladiputacin para trabajar en la redaccin de su obra "Historia Civil del Paraguay, BuenosAires y Tucumn",En 1819 fue coautor de la Constitucin Nacional.En 1826 fue electo diputado por Crdoba para la Asamblea General Constituyente yparticip en la redaccin de la nueva Constitucin Nacional promulgada ese ao.Falleci en Buenos aires el 10 de enero de 1829.

    *3. Juntas Provinciales

    Con la incorporacin de los vocales del interior (conservadores), La Junta Grandeestuvo merced del elemento provinciano y con el objeto de satisfacer la opinin del

    interior el den Funes dict el Reglamento del 10 de febrero de 1811, por el cual secrearon juntas provinciales. Este reglamento (la primera carta orgnica de laRevolucin) es de gran importancia, por cuanto extendi a las provincias el sistema degobierno colegiado. Dispona la creacin de juntas principales (1presidente y 4 vocales)y subordinadas o menores (1 comandante de armas y 2 socios).La duracin de las juntas provinciales estara limitada hasta la reunin de un Congresogeneral.Las juntas provinciales duraron hasta que el Triunvirato las disolvi debido a la heroicaresolucin de concentrar el poder

    *4. Las libertades Pblicas ??

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    *5. Revolucin del 5 y 6 de abril de 1811

    En l noche del 5 y 6 de abril de 1811 se produjo en Bs. As el primer intento derevolucin contra las autoridades constituidas no espaolas que marca el comienzo denuestras luchas internas, por motivos estrictamente personales..

    Tres partidos se disputaban el predominio del mando: Los morenistas: queran tomar el poder que haban perdido con la

    incorporacin de los diputados provinciales a la Junta y del alejamiento de M.Moreno. (Sociedad Patritica)

    Los saavedristas: su hostilidad hacia los morenistas se acentu luego deldecreto de los honores. Eran los que sustentaban el mando y contaban con elapoyo de los militares y del elemento humilde de los suburbios.

    Los provincianos: (encabezados por el Den Funes), sostenan que la Juntaestaba sujeta al predominio centralista de Bs. As. y no representaba la voluntadde todos los pobladores.

    El triunfo saavedrista, permiti a la Junta Grande subsistir un tiempo ms al frente delgobierno. La asonada del 5 y 6 de abril signific el destierro de muchos morenistashacia el interior, se desterr a los coroneles French y Beruti y se orden regresar aBelgrano para explicar su fracaso en Paraguay y ser enjuiciado.

    *6. La oposicin de la Junta Grande

    La oposicin de la junta grande puede distinguirse en el plano interno y externo:

    Interno: fue fuertemente combatida por los morenistas minora intelectual quequeran reanimar el espritu amortiguado de la revolucin, e instituir un cambioen la direccin gubernativa. Formaron de esta manera un centro que llamaronSociedad Patritica.

    Externo: los realistas intentaron reconquistar el gobierno enviando, el Consejode Regencia de Cdiz, a un Virrey (Francisco Javier Elo) que la Junta Grandedesconoci. Esto gener un conflicto que produjo el levantamiento del sitio deMontevideo y el bloque de naves realistas al puerto de Bs. As

    *7 Reglamento Orgnico: contenido e importancia histrica.

    Bajo la direccin del den Funes, la Junta Conservadora redact el ReglamentoOrgnico que envi al Triunvirato el 22 de octubre de 1811.Por primera vez se establece la separacin de poderes, limitando las atribuciones yfunciones de los mismos. El Reglamento se divida en 3 secciones:

    1 Seccin: se refera a las atribuciones de la Junta Conservadora que consista en ladesignacin de los miembros del P.E. (Triunvirato),, la declaracin de la guerra y lapaz, las treguas, los tratados de lmites, de comercio, creacin de impuestos y haceresponsable al P.E. ante la Junta Conservadora.

    2 Seccin: prohiba a los miembros del ejecutivo realizar funciones judiciales11

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    3 Seccin: daba a la Junta y no al Poder Judicial el derecho de explicar las dudas quese produjeran en la interpretacin del Reglamento.

    El triunvirato acus a la Junta Conservadora que el Reglamento le otorgaba excesivasatribuciones. Rivadavia entonces orden la disolucin de la Junta Conservadora y

    derog el Reglamento.

    *8 Estatuto Provisional: contenido e importancia histrica.

    Disuelta la Junta Conservadora Rivadavia intent reglamentar la actuacin delTriunvirato y dio a conocer el Estatuto Provisional el 22 de noviembre de 1811.El Estatuto mantena la independencia de del Poder Judicial y se reiteraban losdecretos sobre seguridad individual y libertad de Prensa. Se estableca que losTriunviros, miembros del Poder Ejecutivo, seran electos por una Asamblea Generalcompuesto por el Cabildo de Bs. As, representantes de los pueblos y vecinos electospor el vecindario de la misma ciudad, durando 6 meses en sus mandatos, mientras que

    los secretarios del Triunvirato, solo cesaran por renuncia, ausencia o muerte. Ponatambin en manos del Ejecutivo las funciones legislativas, de gobierno y deadministracin hasta la apertura del Congreso.

    *9 Decretos sobre Libertad de Imprenta y sobre Seguridad Individual: razones desu sancin.

    El 23 de noviembre de 1811 se dict el decreto de Seguridad Individual, donde sereglamentaba el habeas corpus, protegiendo la libertad de trnsito, la defensa en juicioy la inviolabilidad del domicilio y prohibiendo los arrestos indebidos. Pero tambin sefacultaba al gobierno a suspender la vigencia del decreto en caso de necesidad.Este estatuto dispona que ningn ciudadano puede ser penado, ni expatriado sin queproceda forma de proceso y sentencia legal, adoptndose diversas medidascautelares para el arresto y la incomunicacin de las personas, y embargo de susbienes. Tambin se proclama la inviolabilidad del domicilio.10

    El decreto del 26 de 0ctubre de 1811 sobre libertad de imprenta estableca que Todohombre puede publicar sus ideas libremente y sin previa censura; El abuso de estalibertad es un crimen. Su acusacin corresponde a los interesados, si ofende derechosparticulares; y a todos los ciudadanos si compromete la tranquilidad pblica; laconservacin de la religin catlica o la constitucin del Estado. Las obras que

    trataban de la religin no podan imprimirse sin previa censura eclesistica. Seconstitua, adems, una junta protectora de la libertad de imprenta, compuesta denueve miembros, cuya finalidad era determinar si se haba cometido abuso de estalibertad, correspondiendo a la justicia ordinaria el castigo del delito.11

    10

    Historia del Derecho Argentino, Zorraqun Bec; Pg. 22711 Manual de Historia de las Instituciones Argentinas, Tau Anzotegui, Eduardo Martir; Pg. 410

    - 12 M.G.Gavazza J.E.Bellido - 2004

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    *10. Primer Triunvirato.

    La Junta Grande mediante un decreto del 23 de septiembre de 1811 la creacin de unejecutivo, cuya conducta deba ser ajustada a las disposiciones que le dictara laJunta.

    Qued de esta manera establecido un nuevo gobierno o Triunvirato (ejecutivorotativo cada 6 meses) formado por: Paso, Sarratea y Chiclana. La unidad entrelos triunviros estaba dada por los secretarios permanentes: Rivadavia (Guerra),Lpez (Hacienda), Prez (Gobierno).El decreto del 23 de septiembre estableca adems que la desprestigiada JuntaGrande, debera integrar una Junta Conservadora ( Conservadora de la soberana deFernando VII), de quien dependan los miembros del Triunvirato.Ambos organismos (legislativo y ejecutivo) no tardaron en distanciarse, pordivergencias polticas. (el Triunvirato representaba el porteismo y Rivadavia era sums destacada figura) y (la Junta Conservadora bajo la influencia de Funes- era elsentir provinciano).

    Para consolidarse en el mando el Triunvirato comenz a gobernar sin tener en cuenta ala Junta Conservadora.La obra del Triunvirato consiste en: la creacin de una junta Protectora de libertad deimprenta, se dio a conocer el Decreto de la seguridad individual (anticipo del habeashbeas); ambos parte del Estatuto Provisional, se prohibi el trfico de esclavos, sedispuso a entregar la carta de ciudadana a los extranjeros, decret la creacin de laescarapela nacional, orden componer un himno o cancin patritica. En materia judicial se dio a conocer el Reglamento de institucin y administracin de justicia, sereemplaza a la audiencia por la Cmara de apelaciones y adems establece un tribunalde Concordia.

    *11. Asamblea de 1812.

    El Triunvirato va a dictar el 19 de febrero de 1812 el Reglamento que da forma a laAsamblea.La Asamblea tena carcter legislativo, pero no constituyente, y deba actuar comoreguladora de las decisiones del Triunvirato. Queda de esta forma establecida la Juntade Observacin. Se trataba de un cuerpo no estable que era convocado por elTriunvirato una vez cada 6 meses y para tratar un tema en particular, no poda tardaren sus deliberaciones ms de 8 das y el gobierno poda concurrir o no, si lo haca erael que presida la asamblea.

    La composicin de la Asamblea se daba por los miembros del Cabildo de Bs. As. , losapoderados de las ciudades del interior en calidad de diputados y 100 ciudadanos deBs. As.

    *12. Errores polticos del Primer Triunvirato.

    Este Triunvirato fue dominado por la personalidad de Rivadavia (Sec. de Guerra).Rivadavia tena una visin bastante limitada de la Nacin que quera ayudar adesarrollar. Esta visin localista provoc un gran antagonismo entre Bs. As. y el interior.Su primer gran error fue la forma que sofoc la llamada sublevacin de lzaga; se loacusaba de elaborar un plan para ejecutar a las autoridades patriotas y establecer un

    gobierno que respondiera al Consejo de Regencia de Cdiz (que la historia demostr13

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    que su denuncia era una patraa), tambin fue errnea la forma en que se penaliz (fusilamiento y exhibicin de sus cabezas en picas).Otro error fue tambin la forma en que disolvi la Asamblea Soberana de 1812.12

    12 Historia Constitucional Argentina, Oscar Gregorio Vlez. Pg. 97- 14

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    Unidad IV: Asamblea del ao XIII

    *1.Asamblea general constituyente del ao XIII

    Sabemos que el segundo Triunvirato surgi del movimiento popular del 8 de octubre de1812 dirigida por la Logia Lautaro integrada por Alvear y San Martn (secreto) y laSociedad Patritica (pblica), por medio de la cual se censuraba el marcadocentralismo del gobierno y lo acusaba de querer perpetuarse en el mando, al demorarla convocatoria de un Congreso general.Ese segundo Triunvirato estaba formado como triunviros por: Juan Jos Paso, NicolsRodrguez Pea y lvarez Jonte; y como secretarios: Guido (Guerra), Trillo (Hacienda)y De Luca (Gobierno)El segundo triunvirato gobern con acierto y orient el pas d acuerdo con lospropsitos de la Logia Lautaro: Independencia y Constitucin; y reuni a la Asambleade 1813, en la cual estuvieron representados todos los pueblos del antiguo virreinato

    con excepcin del Paraguay, ya separado de la unin, Montevideo cuyos diputados nofueron aceptados y algunos del Alto Per dominados por los espaoles.

    Las instrucciones dadas a los diputados artiguistas consistan en establecer unaconfederacin, que cada provincia tenga su constitucin, pretenda la libertad civil yreligiosa en toda su extensin (estado laico), etc.

    *2.Convocatoria

    A fines de octubre de 1812, el gobierno public el reglamento de convocatoria, el cualestableca la forma de eleccin de los diputados. Estos seran 4 por Bs. As., 2 por cadacapital de provincia y 1 por cada ciudad dependiente de las ltimas.

    *3.Estatuto del supremo poder ejecutivo: importancia del mismo

    Estatuto dado al Supremo Poder Ejecutivo 27 de febrero de 1813El supremo poder ejecutivo queda delegado en 3 personas que lo administrarn. Suduracin, hasta la sancin de la constitucin de este Estado.Cesarn en sus funciones al llenarse los perodos de 6 meses. La AsambleaConstituyente nombrar al que deba sustituir al individuo saliente.Ningn miembro del P.E podr salir a mandar en jefe los ejrcitos sin la aprobacin de

    la Asamblea General Constituyente.El P.E. es inviolable; solo puede ser removido por la Asamblea en caso de traicin,cohecho, malversacin de los caudales del Estado, o violacin de sus soberanosdecretos.

    Reforma al Estatuto Provisorio del Supremo Gobierno 26 de enero de 1814Era necesario reforzar la figura del Ejecutivo y por ello el 26 de enero de 1814 seabandonaba el Ejecutivo pluripersonal que haba regido desde el 25 de mayo de 1810 yse adoptaba el unipersonal constituido por un Director Supremo que asumira todaslas funciones y poderes que le otorgaba el Estatuto del 27 de febrero de 1813. EsteDirector Supremo durara 2 aos en su cargo y sera asistido por un Consejo de

    Estado, constituido por un presidente que reemplazara al director en caso de muerte y15

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    siete vocales que seran los Secretarios de Estado. Jos Gervasio Posadas fuenombrado Director Supremo y Nicols Rodrguez Pea Presidente del Consejo.(se establece el Director Supremo, ejecutivo unipersonal, la duracin es en el cargo esde 2 aos y se crea el Consejo de Estado, rgano consultivo o gabinete)

    *4.Proyectos constitucionales: orientaciones de los mismos

    Proyecto dela Comisin Oficial: El Triunvirato design el 4 de noviembre de1812 a varios letrados para redactar un proyecto de Constitucin. Estosabogados fueron los doctores Valentn Gmez, Hiplito Vieytes (Secretarios dela Asam. Gral. Constituyente), Luis Chorroarn, Manuel Garca y Nicols Herrera.Se adoptaba la forma republicana unitaria de gobierno, deca que las Prov.Unidas formaban una repblica libre e independiente cuya soberana reposabaen el pueblo. Mantena un Ejecutivo de 3 miembros (Triunvirato), asistido por 3

    secretarios (guerra, hacienda y gobierno).Introduca un Consejo de Estado, elLegislativo integrado por 3 organismos (Cmara de Representantes, Senado yConsejo de Estado), y el Judicial, encabezado por la Corte Suprema de Justicia.(Proyecto Constitucional unitario basado en la Const. Francesa de 1791 y laEspaola de 1812).

    Proyecto de la Sociedad Patritica: fue encargado a la Sociedad Patritica ydesarrollado por una comisin a cargo de Monteagudo. (Al igual que el proyectooficial admite que el poder emana de la voluntad popular). Casi igual al anteriortena algunas diferencias importantes y era ms preciso en sus definiciones.Declaraba que las provincias Unidas constituyen un Estado indivisible, seenumeran derechos inalienables (la vida la honra, la libertad la seguridad, laigualdad y la propiedad). Se estableca un Ejecutivo unipersonal con unPresidente. (el directorio fue creado por la Asamblea en base a este proyecto).

    Tendencia de San Martn: la Logia Lautaro unificada con la Sociedad Patriticasostenan dos principios fundamentales: declaracin de la Independencia ydictar una Constitucin republicana. Bregaba por resolver cuanto antes elproblema interno.

    Tendencia de Alvear: Partidario de una Constitucin no escrita. Argumentando

    que las circunstancias por que atravesaba el pas impedan declararexpresamente la independencia y no era oportuno pensar en constitucinescrita. Defendan un ejecutivo unipersonal y a su juicio podan postergarse losdos principios fundamentales defendidos por la Logia.

    Los proyectos de la Comisin oficial y el de la Sociedad Patritica fueron presentadosante la Asamblea pero la mayora alvearista se opuso a tratarlos.En este punto se da una ruptura con la Banda Oriental ya que Artigas quera unaconstitucin federal o confederal mientras que del otro lado del R. de la Plata creanaconsejable un Estado con gobierno unitario.

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    *5.Obra poltica de la asamblea del ao XIII

    La Asamblea del ao XIII sin hacer ninguna declaracin formal, afirm laindependencia y ratific la soberana de la nueva nacin:

    al adoptar la bandera de Belgrano y el Himno de Vicente Lpez y Planes suprimir los smbolos de la corono espaola en documentos y monedas(acuacin de moneda propia) al otorgar la libertad de vientres Reglamento para la educacin de los libertos (indios/ mestizos /negros

    /mulatos/ zambos). al abolir los escudos y todo distintivo de nobleza supresin de ttulos y honores (igualdad de las personas sin privilegio de sangre

    o nacimiento) prohibi los mayorazgos declar extinguido el tributo, la mita, la encomienda, el yanaconazgo, y toda

    forma de servicio personal de los indios aboli la Inquisicin dict la supresin de los tormentos (torturas para que confiese el acusado como

    forma de averiguacin, las ejecuciones siguen en pie) el P.E es inviolable declar la independencia religiosa de toda autoridad eclesistica espaola

    (soberana del Patronato)

    *6.El directorio: dificultades polticas

    El ltimo Triunvirato ( 3 Triunvirato) compuesto por Gervasio Posadas, Rodrguez

    Pea y Juan Larrea, elev ala Asamblea una nota indicando que era indispensable laconcentracin del poder en una sola mano; de esta manera la Asamblea decret laconcentracin del P.E en una sola persona creando el Directorio Supremo del Ro de laPlata y design como Director Supremo a Gervasio Antonio Posadas..El Director supremo duraba 2 aos en sus funciones y estaba acompaado por 3secretarios: Larrea (gobierno), Francisco Javier de Viana (guerra) y Juan Larrea(Hacienda). Tambin la Asamblea cre un rgano consultivo llamado Consejo deEstado (formado por 1 presidente, 1 secretario y 7 vocales).

    Directorio de PosadasDurante el gobierno de Posadas numerosos peligros internos y externos amenazaban ala Revolucin: Fernando VII fue restaurado en el trono espaol y pensaba enviar unfuerte expedicin al R. de la Plata encabezada por Morillo, la frontera norte eraconstantemente amenazada por el enemigo, y en el litoral se tornaba delicada lacreciente influencia de Artigas.

    El 11 febrero de 1814, mediante un decreto Posadas declara traidor a Artigas, y quesea perseguido y muerto en caso de resistencia. Se iba a recompensar con 6.000pesos al que entregue la persona de Artigas vivo o muerto.

    Ante la gravedad de los acontecimientos el Directorio resolvi buscar aliados exteriores

    para la revolucin y envi comisionados a Europa; la idea era buscar el reconocimientode la independencia por parte de Inglaterra, abrir las negociaciones con Espaa y17

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    asegurar la neutralidad de las autoridades portuguesas en Brasil, para esto se confi aManuel Belgrano y Bernardino Rivadavia la misin diplomtica.Constantemente Posadas nombraba a su sobrino Alvear jefe del ejercito en distintosfrentes (Banda Oriental y en el norte) para aumentar su prestigio con triunfos militares.Pero cuando se lo nombr a Alvear jefe del Ejercito del Norte se produjo una

    sublevacin de las tropas que queran mantener en su cargo a Rondeau.La sublevacin del ejrcito del Norte, sumado al fracaso de la misin diplomtica deBelgrano y Rivadavia y la situacin en que se encontraban las provincias (buena partedominadas por artigas) contribuy a la cada de Posadas, quien renunci.

    Directorio de AlvearLa Asamblea design como reemplazante de Posadas a Alvear, quien asumi el poderen circunstancias difciles: el retorno de Fernando VII al trono espaol, la sublevacindel Ejrcito del Norte, el artiguismo en el interior.Los caudillos, entre otros San Martn (Cuyo) y Artigas (Banda Oriental) le negaronobediencia, tambin Rondeau (Ejrcito del Norte).

    Alvear firma con los diputados de Artigas un convenio por el cual se restablece la uniny la amistad, firmado el 9 de Julio de 1814. Mediante el convenio Alvear perdona aArtigas y le restablece el honor y la reputacin que haba sido infamada por el decretode Posadas, tambin se le reconoce la facultad de tener un regimiento propio(Blandengues) y se lo circunscribe a la Banda Oriental para de esta forma eliminar laspretensiones de ste sobre el Litoral.

    Debido a la situacin imperante sus opositores (Artigas) decidieron avanzar sobre Bs.As. para destituir a Alvear de su cargo. Alvear dispuso al Ejrcito que estaba en laBanda Oriental al mando de lvarez Thomas para contener el ataque pero stetambin se sublev contra el Director Supremo.En consecuencia Alvear renunci frente a la Revolucin federal de 1815.La Asamblea orden en su reemplazo un Triunvirato formado por Rodrguez Pea, SanMartn y Matas Irigoyen (4 Triunvirato) pero ante el descontento popular el Cabildoproclam la disolucin de la Asamblea y declar nulo el Triunvirato.Entonces el Cabildo nombr un gobierno provisional hasta la reunin de un CongresoGeneral de las Provincias. Se eligi Director Supremo a Rondeau quien serareemplazado por lvarez Thomas mientras permaneciese al mando del Ejrcito delNorte.El Cabildo adems nombr una Junta de Observacin para controlar al ejecutivo

    unipersonal (impedir excesos del Director Supremo) ya que la asamblea haba sidodisuelta y dictar un Estatuto. ( ver punto 8, unidad 4)

    *7.Pacto de Santo Tom

    Las sesiones del Congreso General Constituyente debieron enfrentar importantesproblemas frente a la aparicin de brotes anrquicos en La Rioja y Santiago del Esteroy en otras en el resto del norte. El problema del Litoral continuaba sin solucin hastaque Daz Vlez firmara con Artigas el Pacto de Santo Tom, por el se estableca laevacuacin de la provincia de las fuerzas de Bs. As de Santa Fe, Belgrano dej elmando del ejrcito nacional en Santa Fe y fue reemplazado por Daz Vlez y el director

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    lvarez Thomas debi renunciar, siendo reemplazado por Antonio Gonzlez Balcarcenombrado por el Cabildo de Bs. As.

    *8.Estatuto provisional de 1815: lineamientos bsicos de su contenido yorientacin

    La Junta de Observacin redact el Estatuto Provisional para la administracin ydireccin del Estado el 5 de mayo de 1815

    Dictado por la Junta de Observacin creada despus de la cada del directorio deAlvear. Pese al rgimen que instauraba para los gobiernos provinciales, no llega aorganizar una verdadera autonoma a favor de las provincias que subsisten comomeras entidades administrativas. Est inspirado en el proyecto de la SociedadPatritica que se haba presentado a la Asamblea de 1813. La Junta present alcabildo el estatuto cuya elaboracin se le haba pedido; se dijo que no era mas que unamala copia del presentado por Monteagudo en 1813, con la diferencia que aquel tenda

    a un gobierno centralista y este quera un poder ejecutivo aparente, decorativo.Se caracteriza por su gran extensin esta compuesta por 218 artculos y 14providencias generales.

    El Estatuto de 1815 iba precedido de un prembulo (Den Funes) que fueadoptado tambin en las constituciones de 1819, 1826 y 1853.

    Adopta como religin del Estado a la Catlica Apostlica Romana. Incorpora una clusula de asistencia social al establecer que la sociedad debe

    aliviar la miseria y la desgracia de los ciudadanos. Estatuto de 1815 recogi el principio de igualdad y as deca que la igualdad

    consiste en que la ley, bien sea preceptiva, penal o tuitiva, es igual para todos yfavorece igualmente al poderoso que al miserable para la conservacin de susderechos.

    Organiza los 3 poderes: El poder legislativo reside originariamente en el pueblo; la Junta de

    Observacin, hasta la reunin del Congreso General Constituyente, dictarreglamentos provisionales en lugar de leyes.

    El poder ejecutivo lo ejercer un Director del Estado, asistido por tressecretarios: el de Gobierno, el de Guerra y el de Hacienda; pero no podrdisponer expedicin militar alguna hacia fuera de la provincia, ni imponercontribuciones, contratar emprstitos, ni decidir aumentos de derechos de

    ningn gnero sin la previa consulta y determinacin de la Junta deObservacin, del Cabildo y del Consulado. En cuanto al poder judicial (Tribunal Superior y las cmaras de apelaciones),

    se fijaba su absoluta independencia con respecto al ejecutivo. Se establece lainstitucin del padrinazgo para los procesados. Se restituye la prctica deljuramento, excepto en la confesin del reo.

    Trata de la organizacin del ejercito y de la armada. Se refiere a la seguridad individual y a la libertad de imprenta. La clusula que dio trascendencia a este estatuto fue la que hizo posible la

    convocatoria de los pueblos al congreso de Tucumn que en 1816 declarara laindependencia.

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    Unidad V: congreso de Tucumn

    *1.El congreso de Tucumn

    Sabemos que la disposicin ms importante del Estatuto Provisional de 1815 fue la

    convocatoria de un Congreso a reunirse en Tucumn.Los diputados de Bs. As recibieron instrucciones para dictar una Constitucin, en laque figurasen separados los 3 poderes, asegurar al pueblo el ejercicio de la soberanay que el ejecutivo recayera en una sola persona, pero las instrucciones nada decanrespecto del delicado problema de la forma de gobierno.La Banda Oriental y las provincias del Litoral no respondieron a la convocatoria y elParaguay (bajo las rdenes del dictador Francia) se mantuvo en su tradicionalaislamiento.

    *2.Declaracin de la independencia

    A pesar de esta importante exclusin de provincias representadas, el Congreso deTucumn comenz su labor el 3 de mayo, sesin en la que se design a Lapridapresidente y al general Pueyrredn (1 gobierno electo por las provincias) comoDirector supremo en reemplazo de Balcarce.Decisiva fue la influencia de San Martn y Belgrano sobre los congresales, para queprocedieran a la inmediata declaracin de la independencia.

    Una vez electo Pueyrredn, y ante los anhelos populares representados por San Martny Belgrano a travs de sus gestiones, los congresales dispusieron declarar oficialmentela Independencia el 9 de Julio de 1816 estableciendo que las Provincias Unidas delRo de la Plata formaban una Nacin soberana, desligada de todo vnculo desometimiento con respecto a los reyes de Espaa y su Metrpoli.El 19 de Julio, Pedro Medrano, diputado por Bs. As agreg que: esta independenciaadems de Espaa, era de toda dominacin extranjera.El Congreso de Tucumn adopt como bandera nacional la de 3 bandas horizontalescon los colores de la escarapela de la Asamblea del ao XIII. El 23 de febrero de 1818,el mismo congreso, en respuesta a una solicitud del Director Supremo Pueyrredn,cre la bandera mayor adoptndola como bandera de guerra, con el agregado del solen el centro de su banda blanca.

    *3.La forma de gobierno: problemas y obstculos

    Declarada la Independencia, el Congreso se ocup de resolver la forma de gobiernoque debera regir los destinos de las Provincias Unidas. Durante sus sesiones elCongreso no lleg a ningn acuerdo sobre la formas de gobierno influenciados por lacada definitiva de Napolen, el surgimiento de la Santa Alianza y el Congreso de Viena(Metternich: principios de legitimidad monrquica y el equilibrio europeo)El 6 de julio, los congresistas se haban reunido en sesin secreta:

    Belgrano propuso como forma de gobierno una monarqua constitucionalrepresentada por la dinasta de los incas con capital en Cuzco.

    Serrano propuso la eleccin de un monarca perteneciente a una familia realeuropea:

    Carlota Joaquina y el Prncipe Regente de Portugal- 20

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    Protectorado Ingls (no fueron recibidos los representantes)Prncipe DeLuca(italiano)Un francs auto postulndose

    Anchorena apoyado por la totalidad bonaerense defendan el rgimenrepublicano.

    Fray Justo Santa Mara de Oro dijo que no se poda adoptar una forma degobierno como la monrquica sin consultar previamente a los pueblos,propuesta previa a retirarse del debate.

    Las tendencias de los diputados sobre la forma de gobierno eran: los monrquistas y losrepublicanos divididos a su vez en unitarios (centralismo porteo) y federales(autonomas provinciales).

    *4.Reglamento provisorio de 1817: contexto histrico, lineamientos bsicos de sucontenido y orientacin

    Reglamento Provisorio del 3 de Diciembre de 1817El Congreso de Tucumn recibi, en septiembre, comunicaciones del General Gemesy del Coronel Campero en las que se le prevena sobre el peligro del avance de losrealistas en direccin a Tucumn y se invitaba a la asamblea a ponerse a cubierto deriesgos eventuales. Das despus el Congreso decidi trasladarse a Buenos Aires.Algunos representantes de las provincias se oponan al traslado, pero Pueyrredn,Guido y San Martn, hicieron sentir su influencia y contrapesaron la resistencia deBoedo, Pacheco, Bulnes y Salguero.Al fin se decidi trasladar el Congreso a Buenos Aires, donde reanud sus tareas el 19de abril de 1817.Dado por el Congreso de Tucumn, se funda en el Estatuto Provisional de 1815 perosufre algunas modificaciones. Estuvo en vigencia hasta la sancin de la constitucin1819. Era de clara orientacin unitaria. Por eso choc con las tendencias federales delos pueblos del interior. El Reglamento de 1817 tiene 271 artculos y 12 providenciasgenerales.

    Ratificaba la independencia de las Prov. Unidas de Sudamrica Los derechos de los habitantes son la vida, la honra, la libertad, la igualdad, la

    propiedad y la seguridad. Establece la religin Catlica Apostlica Romana como religin del Estado La mayora de edad se alcanza a los 25 aos

    El Supremo Poder Ejecutivo en todo el territorio de la unin ser ejercido porun Director del Estado. Para ocupar el cargo de Director se requera la condicin de ciudadano nativo,

    con residencia en el pas de cinco aos inmediatos a su eleccin por lo menos y35 aos de edad.

    El Poder Ejecutivo es dotado de todas las atribuciones de un verdadero poderpblico, que le haban sido retaceadas en 1815; es de hecho un poder fuerte.

    Los Secretarios del Estado reciben la dignidad oficial de Seora. El Poder Legislativo lo constituye el Congreso reunido en esa poca. hasta que la Constitucin determine lo conveniente, subsistirn todos los

    Cdigos Legislativos, Cdulas, Reglamentos y dems disposiciones generales y

    particulares del antiguo gobierno espaol que no estn en oposicin directa o21

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    indirecta con la libertad e independencia de estas provincias, ni con estereglamento y dems disposiciones que no sean contrarias a l, libradas desde el25 de mayo de 1810.

    El Poder Judicial no sufra mayores variantes, salvo la creacin de una nuevaCmara de Apelaciones. Los jueces eran nombrados por el Director.

    *5.Constitucin de 1819: principales postura, importancia histrica lineamientosbsicos de su contenido y orientacin

    Constitucin de las Provincias Unidas de Sudamrica del 22 de abril de 1819(138 arts. en 6 secciones)

    Establecido el gobierno en Bs. As., design una comisin especial (Snchez deBustamante, Serrano, Zabaleta, Paso y Senz) de 5 miembros para que redactase unproyecto de Constitucin con el fin de reemplazar al Reglamento Provisorio.(El Den Funes escribi el prembulo y el prlogo)

    La comisin redactora tuvo en cuenta las resoluciones dictadas a partir de mayo de1810, los proyectos de la Sociedad Patritica y la Comisin Oficial que fueronpresentados ante la Asamblea del Ao XIII, el Estatuto de 1815 y el ReglamentoProvisorio de 1817. En el orden externo fue consultada la Constitucin de los EstadosUnidos, la francesa de 1791 y la Constitucin de Cdiz de 1812.

    Consagra como religin del Estado la Catlica Apostlica, Romana. Establece un Gobierno centralizado con divisin de poderes. Organiza los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y establece las atribuciones

    de cada uno de ellos. El P. Legislativo es bicameral. La novedad radica en la composicin del

    Senado, con representacin funcional, formado por 1 senador por provincia, 3senadores militares, 1 obispo y 3 eclesisticos, 1 senador por cada universidad,y el Director de Estado despus de terminar sus funciones. La Cmara deRepresentantes se compone de diputados elegidos en proporcin de una porcada 25.000 habitantes, o una fraccin no menor de 16.000.

    El P. Ejecutivo es ejercido por el Director del Estado elegido por ambascmaras reunidas. Dura 5 aos y puede ser reelegido una vez con un qurumespecial de votos.

    El P. Judicial se compone de una Alta Corte de Justicia (7 jueces de 40 aos y8 profesionales) y tribunales inferiores. Sus miembros son nombrados por el

    Director del Estado con consentimiento del Senado. Ejercen el cargo mientrasdure el buen comportamiento. Tambin se ocupa de las garantas individuales, derechos particulares, finalidad

    de las crceles, etc.

    La Constitucin de 1819 no contiene clusulas referente a los gobiernos deprovincia, ni al funcionamiento de las municipalidades. Al no respetar los localismos,precipit la crisis interna.

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    *6.Criticas a la misma

    La Constitucin fue jurada por el pueblo el 25 de mayo de 1819, pero no lo hicieron lasprovincias de Entre ros, Santa Fe , Corrientes y la Banda Oriental, todas ellasdistanciadas polticamente del directorio.

    Los Juristas que la redactaron pretendieron imponer leyes perfectas, que no tenanaplicacin en un pas convulsionado por las disensiones internas.La Constitucin de 1819 fue rechazada por su contenido centralista, monrquico yaristocrtico.Se organizaba un gobierno unitario o centralista del cual dependeran las provinciasEl P.E era un sistema unipersonal que satisfaca la tendencia monrquicaEl Senado era un cuerpo aristocrtico integrado que se asemejaba a la Cmara de losLores de Inglaterra y la Cmara de Representantes integrados por ciudadanos de laclase comn recuerda a la organizacin de la Cmara de los comunes inglesa.

    *7.Rechazo de la constitucin unitaria y causas del alzamiento nacional

    Pueyrredn haba llegado a mantenerse en el Gobierno del Directorio durante 3 aos yestando an en el poder, el Congreso reunido en Bs. As. aprob la ConstitucinUnitaria de 1819. Pueyrredn, que haba estado enfermo durante largos perodos de sugobierno, renunci a su cargo y el Congreso nombr el 9 de julio de 1819, DirectorSupremo a Rondeau, que haba sustituido a Pueyrredn durante su enfermedad.El Directorio realizaba intiles esfuerzos para conseguir que San Martn volviera con suEjrcito para defender a Bs. As. de la amenaza que ahora le planteaban Artigas, Lpez,Ramrez y Andresito. Mientras tanto, los portugueses, con la ayuda de Bs. As.ocuparon la Banda Oriental a cuyo frente Artigas debi combatir solo, ya que Lpez yRamrez derrotaron a las tropas del Directorio en Saucecito.Rondeau orden a los Ejrcitos Auxiliar del Per (Belgrano) y al de los Andes (SanMartn) volver a defender Bs. As.San Martn desconoci la orden de Rondeau, mientras que el Ejrcito Auxiliar del Peral mando de Francisco Fernndez de la Cruz (Belgrano estaba enfermo) parti haciaBs. As. pero en la Posta de Arequito las tropas se amotinaron (Sublevacin deArequito).Como respuesta a este incidente Rondeau tuvo que combatir contra los federalesquienes vencieron en la batalla de Cepeda.La derrota de las fuerzas directoriales provoc la destitucin del DirectorSupremo, la supresin del Congreso y la adopcin del sistema federal.

    De tal manera el Cabildo form la Junta de Representantes, la provincia de BuenosAires qued constituida por un cuerpo legislativo de origen popular -la Junta deRepresentantes- y un gobernador (elegido por sufragio indirecto) que era Sarratea.

    *8.Estatuto provisional de santa fe: orientacin e importancia del mismo.

    Mientras todo esto suceda en Bs. As., los caudillos del Litoral estaban listos parainvadirla. La provincia de Santa Fe, sintindose soberana aprob el texto de unaConstitucin eminentemente federal.El concepto de federacin que tena los gobernantes de algunas provincias, en especiallas del Litoral era muy distinto al que tenemos actualmente. La primera versin de esta

    interpretacin se lee en las instrucciones que les diera Artigas a sus representantes a la23

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    Asamblea del Ao XIII. Las provincias, entre ella la Oriental, no deberan aceptar elnombramiento de una autoridad supra provincial, como lo era el Directorio instituido porel Congreso de Tucumn. En 1819 Artigas y sus aliados gobiernos del Litoral soloaceptaban una Federacin constituida por las Provincias, donde alguna de ellas, la msfuerte recibira las funciones de representaci del conjunto ante los pases del exterior y

    la de dirigir las guerras contra pases extranjeros.Un indicador de la soberana estatal provincial comienza a aparecer en la primera delas Constituciones Provinciales, el Estatuto Provisorio de Santa Fe que fuerapromulgado por Estanislao Lpez en 1819. All se ve claramente que al definir laciudadana, estrechamente vinculada con el concepto de soberana del estado para elcual se define, se muestra una persistencia entre una identidad americana vinculadasolo y directamente con la identidad provincial.En este Estatuto Provisional de Santa Fe no hay ninguna referencia a una posibleunidad rioplatense, manifestacin que se ver reproducida en casi todos los textosprovinciales aprobados durante la siguiente dcada.

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    Unidad VI: La Anarqua y los Tratados del Pilar y del Cuadriltero

    1* Tratado del Pilar: antecedentes y razones de su celebracin.

    Rondeau es vencido en la caada de Cepeda el 1 de febrero 1820 por los caudillos

    Lpez y Ramrez. Esto ocasion la cada del gobierno nacional y la cada de Rondeau.Sarratea es el nuevo gobernador de Bs. As. Y ser quien firme el Tratado del Pilar el 23de febrero de 1820 con Estanislao Lpez (Santa Fe) y Ramrez (Entre Ros).

    2* Anlisis histrico y poltico de su contenido.

    Este es el primero de los pactos preexistentes y no cumplidos que luego respet laconstitucin de 1853.En sus 12 artculos se sentaban las bases para la organizacin nacional. Se preveaconvocar un nuevo congreso en San Lorenzo al que las provincias deban enviar susrepresentantes para:

    Establecer una alianza contra los portugueseslibre navegacin de los rosOtorgar amnista para los exiliadosbases para determinar lmites de provinciaslibre trnsito de armas y municionesdevolucin de prisionerosenviar copia a Artigas

    3* Importancia y Consecuencias

    En una situacin menos apasionada el tratado del pilar habra iniciado una nueva etapade vida institucional de las provincias. Pero las facciones y las minoras de Bs. As.continuaban ignorando la realidad de las provincias y exista un nuevo factor activo ybeligerante constituido por la campaa con intereses y aspiraciones propios.Aparte del contenido pblico, tambin se estipul un tratado secreto (para que no seenterasen los portugueses) que estipulaba entregas de armamento para los jefesfederales.Desde un principio se tuvieron dudas de que Artigas aceptase el tratado, este tratadono se cumpli finalmente por oposicin del poderoso Artigas, y la guerra continu.

    4* La Anarqua de Bs. As.

    Al ser depuesto por Balcarce, Sarratea pidi el apoyo de los caudillos que, entrando enBs. As. lo repusieron en el cargo. Al retirarse stos cundi el caos en Bs. As.En los siguientes meses se sucedieron varios gobernadores, tanto elegidos por elCabildo como autoproclamados. Es en este perodo en el que se produce eldenominado Da de los 3 gobernadores (20 de junio de 1820).Al ser designado Gob. El Gral. Martn Rodrguez, fue prontamente depuesto poralgunas tropas; Rodrguez llam en su auxilio a las milicias rurales (colorados delmonte) que eran comandadas por Juan Manuel de Rosas. Estas entraron en la ciudadreponiendo al gobernador Rodrguez . Esto significo la aparicin de un nuevo factor depoder capaz de poner fin a la anarqua y las luchas civiles en Buenos Aires.

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    5* Tratado de Benegas

    Poco tiempo despus de repuesto en el cargo Martn Rodrguez (Bs. As) invit aBustos (Crdoba) y a Estanislao Lpez (Santa Fe) a una reunin en la Estancia deBenegas.

    En esta reunin a la que no asisti Ramrez (Entre Ros), se lleg al acuerdo de paz yarmona entre Bs. AS y Santa Fe, prestarse ayuda y promover la reunin de unCongreso en Crdoba, en lugar del congreso de San Lorenzo prometido por el Tratadode Pilar.Esto signific el fin de las luchas en el Litoral.

    6* Congreso de Crdoba: razones de su fracaso

    El Congreso de Crdoba nunca pudo realizarse por manifiesta obstruccin de Bs. As.que no tena el menor inters en que la Asamblea se realizara en el Interior, lejos desu influencia, de modo que la idea qued descartada con gran disgusto del gobernador

    cordobs. Por ello fue necesaria una nueva reunin, esta vez sin la presencia del Gral.Bustos.

    7* Organizacin de la Provincia de Buenos Aires.

    El gobierno de Martn Rodrguez fue de paz y progreso. Fueron sus ministros B.Rivadavia (gobierno), M. Garca (R. Ext.) y el Gral. Cruz (Guerra y Marina).En relaciones exteriores, Portugal, Brasil, USA y G. Bretaa reconocieron al nuevopas, permitiendo con ello desarrollar el comercio exterior.El intercambio con Estados Unidos y con gran Bretaa permiti la introduccin deganado de raza e importacin de semillas.En lo econmico la necesidad de financiacin hizo que el gobierno dispusiera laacuacin de moneda, la creacin del Banco de Descuentos (que habra de convertirseen el Banco de la Prov. de Bs. As.) y la Bolsa de Comercio.Se desarrollaron ampliamente las industrias del sebo y del saladero.En educacin el gobierno cre numerosas escuelas y modernizo institucionesexistentes. Fund y puso en funcionamiento la Universidad de Bs. As.En lo social cre la Sociedad de Beneficencia y elabor el rgimen de la Enfiteusis(Rivadavia) que ms tarde, los grandes latifundistas lograron que Rosas suprimiera.

    8* Proyecto de Constitucin: tendencia de la misma.

    Al declararse autnomas, casi todas las provincias se dieron Constituciones oEstatutos, organizando sus instituciones de gobierno. Contrariamente a lo que podasuponerse, Bs. As. no adopt ninguna constitucin, pero en su lugar se dio unaminuciosa legislacin que constituy un ordenamiento integral de gobierno.

    9* La ley electoral y Ley del Olvido: contenidos bsicos

    En 1821 mediante la Ley orgnica de gobierno se organiza la Sala Provincial integradapor 47 representantes (mitad ciudad / mitad campaa). Aparte de funciones legislativasesta Sala deba designar cada 3 aos al gobernador.

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    La eleccin de los representantes se reglaba mediante la Ley de Sufragio Universal(hombres libres, mayores de 20 aos, naturales o residentes de la provincia).En mayo de 1822 se dict la Ley del Olvido que orden la suspensin de todos losjuicios y la amnista universal para todos los implicados en cuestiones polticas.

    10* Tratado del Cuadriltero: razones para su celebracin y contenido bsico delmismo

    El Tratado del Cuadriltero fue firmado el 25 de Enero de 1822 (redactado porRivadavia) por los gobernadores de Bs. As., Corrientes, Entre Ros y Santa Fe.Estableca una alianza ofensiva y defensiva entre ellos, la libertad de comercio, la librenavegabilidad de los ros, y dejaba el problema de la organizacin nacional para serdecidida en un congreso que debera ser convocado.Este tratado es otro de los pactos preexistentes que respet la Constitucin de 1853.

    11* Congreso Nacional de 1824: contexto histrico

    En 1824 fue electo gobernador de Bs. As el Gral. Las Heras, asumiendo como ministrode gobierno Manolo Garca (Rivadavia haba viajado a Europa).Una de las importantes realizaciones fue la convocatoria al congreso generalconstituyente que sesion entre 1824 y 1827. El congreso se reuni pocos dasdespus de la derrota del Gral. Jos Canterac por el Mariscal Sucre en Ayacucho, queterminaba definitivamente con el dominio espaol en el continente. Y se pierden lasprovincias del Alto Per y del Paraguay.

    12* Ley fundamental: su finalidad y aspectos fundamentales.

    El Congreso aprob un proyecto del diputado por Corrientes bajo el nombre de Leyfundamental (articles of confederationUSA) este instrumento servira para organizarsecomo nacin y tener una reglamentacin hasta que se aprobara una nuevaconstitucin.Se establece la ratificacin de la Independencia de la Nacin y la realizacin de todo lotendiente a su afianzamiento. El Congreso se declara Constituyente y hasta lapromulgacin de una constitucin las provincias se regirn interinamente por suspropias instituciones. La Constitucin no ser establecida sin que antes sea aceptadapor las provincias. Se encomienda al Gobierno de Bs. As. las relaciones exteriores y lacelebracin tratados.

    13* Leyes de Capital y Presidencia: contenidos bsicos

    En febrero de 1826 el Congreso dicta la llamada Ley de Presidencia resultando electoel Dr. B. Rivadavia en el cargo de presidente no existiendo el cargo de vicepresidente.

    La ley de divisin de los ministerios nacionales estableca que habra 5 ministerios: elde Gobierno, Negocios extranjeros, de Guerra, de Marina y de Hacienda.

    En mazo de 1826 Rivadavia elev el proyecto de ley de Capital en la que se declarabala ciudad de Bs. As. como capital del Estado. Con el resto del territorio perteneciente a

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    la provincia de Bs. As se organizara una provincia que mientras tanto quedaba bajo ladireccin de las autoridades nacionales.

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    Unidad VII: Centralismo y autonomas provinciales

    1* Constitucin de 1826: proyecto, discusin y sancin. Sus aspectosfundamentales y principales diferencias con la de 1819.

    La Comisin de Asuntos Constitucionales present un proyecto que constitua unperfeccionamiento de la Constitucin del 19 e impona el rgimen unitario como formade gobierno.

    el Presidente de la repblica era elegido por colegios electorales en forma indirecta,duraba 5 aos y no haba reeleccin inmediata.Los gobiernos provinciales estaban en manos de 2 autoridades: El gobernador(designado por el presidente), y el Consejo de Administracin (8 a 15 ciudadanoselegidos por los votantes)Se negaban el ejercicio de los ejercicios polticos a: los analfabetos, deuores fallidos,

    sirvientes a sueldo, jornaleros, soldados y vagos.El P. Legislativo se compondr de 2 cmaras: la de representantes y la de senadores.La cmara de representantes se compondr de 2 diputados elegidos por nombramientodirecto de los pueblos y a simple pluralidad de sufragios 15.000 x 1 o fraccin queiguale al nmero de $8.000Requisitos del representante: 7 aos de ciudadana, 25 aos cumplidos, un capital de4.000 pesos o en su defecto oficio no dependiente del sueldo del P. EjecutivoRequisitos del senador: 9 aos de ciudadana, 36 aos cumplidos, capital de $10.000Los representantes duran 4 aos en el cargo renovndose por mitades por cada bienio9 aos renovndose por 2 terceras partes cada trienio.

    Diferencias con la Constitucin del 19: El senado no se constitua como en 1819 conprivilegiados de la riqueza y de las corporaciones civiles, militares y eclesisticas, eracoligislativo, mediador, como representante de las provincias contra los localismos, Losgobernadores y las provincias eran funcionarios propuestos por el poder Ejecutivonacional, poniendo esto fin a la autonoma de las provincias.

    2* Rechazo de la Constitucin de 1826 por las Provincias y renuncia deRivadavia

    Los federales rechazaban esta constitucin en cuanto la consideraban unitaria por las

    facultades del gobierno central y la subordinacin de las provincias al mismo; yoligrquica por negarle los derechos polticos a la mayora de la poblacin.Rivadavia en su deseo de concertar rpidamente la paz envi con plenos poderes aManuel Jos Garca a Ro de Janeiro. Excedindose en sus atribuciones ste firm untratado cediendo la Banda Oriental para que se transformara en una ProvinciaBrasilea.La indignacin que produjo este tratado en Bs. As. termin con la renuncia deRivadavia y el nombramiento interino de Vicente Lpez y Planes.

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    3* Forma de Estado: Federalismo y Unitarismo.

    Los federales, defensores de las autonomas provinciales eran los continuadores de losSaavedristas, provincianos, populistas y otros movimientos de raigambre popular,nacionalista y democrtica. El federalismo, prevea la existencia armnica de un

    gobierno central y de los correspondientes gobiernos locales de las provincias oestados. De esta manera, mientras aqul ejerca los poderes que se le hubierandelegado expresamente, las provincias mantenan el ejercicio de un relativo gobiernopropio. El asiento de la soberana en estos casos se encontraba en el gobiernonacional, siendo las provincias autnomas.

    Los unitarios, por su parte, partidarios de un gobierno centralizado en Bs. As eran lossucesores de los morenistas, directoriales, centralistas y dems facciones de tendencialiberal, aristocrtica y un tanto extranjerizante. El unitarismo consista en la existenciade un gobierno nico y general que ejerca sus poderes sin restricciones sobre latotalidad del territorio, siendo las provincias simples divisiones administrativas,

    sometida directamente a la autoridad general.

    Las circunstancias hicieron que la lucha entre estos bandos se convirtiera en unaguerra civil que solo concluy hacia 1850 con el triunfo del federalismo.

    4* Las causas del Federalismo

    El Federalismo se puede explicar basndose en el localismo consistente el desarrollode una ciudad y su posterior extensin sobre las tierras inmediatas, llevando esa zonarural el nombre de la primitiva ciudad. Sobre esa modalidad natural influyeron diversosfactores que pusieron de relieve el antagonismo regional producto de diferenciassociales, religiosas, econmicas y polticas.Este antagonismo se dio principalmente entre el interior y el litoral (especialmente Bs.As.)Bs. As no tard en lograr una hegemona que unido a otros factores provoc recelo yprevencin, no exentos de envidia.

    5* Organizacin territorial

    Al producirse la Revolucin de Mayo, el virreinato del Ro de la Plata comprenda 8intendencias y 4 gobiernos polticos-militares, de aquellas solo 3 funcionaban en

    nuestro territorio.Bs. As.Asuncin del ParaguayCrdoba del Tucumn (la Rioja, San Juan, San Luis y Mendoza)Salta del Tucumn (Santiago del Estero, San miguel de Tucumn y Catamarca, Tarija)Charcas o ChuquisacaPotosCochabambaLa Paz

    Se dispuso que la capital de cada provincia o intendencia forme una Junta que

    responda a la de Bs. As.- 30

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    Poco despus se introdujeron modificaciones en la divisin territorial y se crearonnuevas provincias (p.ej: Entre Ros, Corrientes, etc.) quienes deban dser regidas porgobernadores designados por el gobierno central.Posteriormente cada provincia fue adquiriendo autonoma con respecto al gobiernocentral.

    6* El rgimen de las Autonomas Provinciales

    La disolucin de las autoridades nacionales en 1820 facilit la concrecin de los deseosde las provincias de ejercer el gobierno local con libertad e independencia.El ao 1820 seala el comienzo de una etapa en el cual las provincias se dispusieron adar su organizacin interna (mediante normas fundamentales), como paso previo alfuturo ordenamiento nacional.Esta nueva modalidad institucional se alcanz a veces con medios pacficos, pero engeneral tuvo lugar despus de tensas gestiones y enfrentamientos armados.Todas las provincias adoptaron para su gobierno la forma representativa y republicana.

    El P. E lo desempeaba el gobernadorEl P. L estaba desempeado por un solo rgano que reciba el nombre de Junta derepresentantes, Sala de representantes o LegislaturaEl P. J consista en un sistema de independencia judicial en cada provincia dada ladesaparicin de las autoridades nacionales.

    7* Gobierno de Dorrego

    Vicente Lpez restituy la autonoma de Bs. As y una eleccin popular eligi una juntade representantes que design como gobernador a Manuel Dorrego, Jefe Federal yprincipal responsable de la cada de Rivadavia.Dorrego debi hacer frente a muy serios problemas:deba vencer el recelo que se haba apoderado de todo el interior contra Bs. As a causade los manejos centralistas del gobierno anteriorla situacin econmica y financiera era muy delicada a consecuencia de la guerrala dificultad ms grave e inmediata era la guerra que se segua sosteniendo contra elBrasil a raz de haberse desautorizado el tratado de Paz

    8* Los Pactos Interprovinciales

    De acuerdo con sus ideas federales Dorrego resolvi eliminar las dificultades entre el

    gobierno de Bs. As. y las dems provincias. A fin de iniciar una poltica deacercamiento con los caudillos envi comisionados al interior del pas y en virtud deesas gestiones se firmaron tratados de alianza sobre la base del reconocimiento de lanacionalidad e igualdad de derechos y deberes.

    9* Convencin Nacional de Santa Fe

    Las provincias dispusieron enviar diputados a una Convencin a reunirse en Santa Fe,con el objeto de promulgar una Constitucin federal, designar provisionalmente unEjecutivo Nacional y disponer lo necesario para concluir con xito la guerra con elBrasil (el nico de los cometidos que cumpli)

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    10* Pacificacin con el Brasil: Independencia de la Banda Oriental

    Se consider que la nica alternativa ante la grave crisis era llegar a un acuerdo con elBrasil en el que no hubiese ni vencedores ni vencidos. Una paz honorable podabasarse en la independencia de la Banda Oriental. En agosto de 1828 Argentina firm

    la paz con el Brasil ajustada a los siguientes trminos:la Banda Oriental se declaraba independiente convertida en la Repblica Oriental delUruguay.Argentinos y brasileos volva a sus respectivos territorioshabra olvido de los agravios mutuos y cada pas se haca cargo de sus propios gastosla Cuenca del Plata sera de libre navegacin y se declaraba al Ro de la Plata dergimen internacional.

    11* Sublevacin del 1 Diciembre de 1828

    Los unitarios haban quedado debilitados despus de la renuncia de Rivadavia pero no

    se resignaban al silencio. Dirigieron de esta manera una estrategia de crtica y ataquecontra Dorrego y buscaron el apoyo del ejrcito en figuras como Lavalle y Paz. Laprdida de la Banda Oriental fue un arma utilizada por los unitario contra los federales,cuando Lavalle retorn con sus tropas del Brasil tom el fuerte poniendo fin al gobiernode Dorrego y asumi la gobernacin. Dorrego fue sometido a juicio sumario y fusilado.

    12* Pactos de Cauelas y Barracas: razones y principales consecuencias

    Pacto de CauelasEl Gob. Lavalle es fuertemente hostigado por Rosas quien lo derrota en los combatesde las Vizcacheras y Puente de Mrquez. Lavalle decide entrar en negociaciones conRosas y firman el Pacto de Cauelas el 24 de Junio de 1829.En este pacto se convena cesar las hostilidades, realizar elecciones de representantesen la provincia, y garantizar los derechos de los militantes de ambos partidos.Otro pacto secreto sostena una lista nica para elegir gobernador a Flix lzaga.Se decidi nombrar gobernador interino a Martn Rodrguez.Los unitarios de Bs. As. transgredieron lo pactado en Cauelas presentando en laselecciones otra lista de corte unitario que ganara en la ciudad. Rosas se preparabapara el combate, no permitiendo que hubiese elecciones en la campaa.

    Pacto de Barracas

    Lavalle propuso a Rosas un nuevo acuerdo que se realiz en Barracas el 20 de Agostode 1829 donde se decidi entregar el gobierno a Juan Jos Viamonte y seraasesorado por un senado consultivo.Por el mismo tratado se disolva el Ejrcito nacional y la Comandancia de Marina.

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    Unidad VIII: Del Pacto Federal al Acuerdo de San Nicols

    1* Primer Gobierno de Rosas (1829-1832): contexto histrico en el que asume

    El Pacto de Barracas el cual se designaba gobernador de Bs. As a Viamonte, el cualera un gobierno interino que permanecera en el poder hasta que los federalesconsolidaran sus posiciones. Los enconos polticos en ese momento, atizados por laguerra en el interior del pas y por el periodismo eran profundos. Haba una anarquageneral, se produjo la Rev. Unitaria del 1 de diciembre de 1828, el fusilamiento deDorrego, Pacto de Cauelas y Barracas.El partido unitario ante los sucesos se desmembraba, y Viamonte quien debaestablecer una legislatura decidi restituir la Junta de Representantes (disuelta por losunitarios) la cual eligi gobernador de Bs. As a Juan Manuel de Rosas, concedindolelas facultades extraordinarias que juzgue necesarias

    2* Tratados federales del ao 31: razones de los mismos

    Liga UnitariaEn 1830 con la derrota de Quiroga en manos de Paz, quien obtuvo poder suficientepara deponer a los gobernadores federales, constituyendo la Liga del Interior.De tal forma Crdoba, Catamarca, Santiago del Estero, Salta, Tucumn, La Rioja,Mendoza, San Luis y San Juan adhirieron a una alianza ofensiva y defensiva,denominada Liga Unitaria o Liga del Interior.Las 9 provincias expresaron sus deseos de organizarse bajo el sistema constitucionalque adoptase la mayora de las provincias reunidas en Congreso a fin de terminar conlas luchas internas.El acuerdo dispuso la creacin de un Supremo Mando Militar provisional y se design aPaz en ese cargo.

    Esta accin unitaria tuvo una reaccin federal inmediata y en 1831 se constituy elPacto Federal o Liga del Litoral entre las provincias de Santa Fe, Entre Ros yCorrientes. La Liga Unitaria lleg a su fin con el apresamiento del Gral. Paz, ya queQuiroga se encargo mediante sucesivas victorias de hacer desaparecer el carcterunitario de la Liga del Interior reemplazando a sus gobernantes por federales con elapoyo de Rosas.

    3* Pacto Federal: importancia y principales aspectos de su contenido

    El Pacto Federal fue firmado el 4 de enero de 1831 entre las provincias de BuenosAires, Santa Fe, Entre Ros y Corrientes como respuesta a la creacin de la LigaUnitaria.Mediante este pacto:se formaba una alianza ofensiva y defensiva,sentaba las bases para la posterior organizacin del pas bajo el sistema republicanofederal,creaban una Comisin Representativa de los gobiernos de las provincias litorales(compuesta por 1 diputado por cada provincia con sede en Santa Fe),

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    se invitaba a la reunin en un Congreso General (nunca se cumpli por la influencia deRosas, quien no lo quera)se declaraban garantas y derechos a favor de los ciudadanoslibertad de trnsito y comercio interprovincialnormas de extradicin a criminales

    se dejaba constancia que las provincias no podan firmar tratados independientementede las otrasartculo adicional referente a la posterior incorporacin de Corrientes

    Decreto sobre el uso del Cintillo Federal (1831)Se estableca el uso de la divisa punz por parte de los empleados pblicos con lainscripcin Federacin, y los militares con la inscripcin de Federacin o Muerte.

    Decreto concediendo la Suma del Poder Pblico a Rosas (1836)

    4* La Comisin Representativa

    Comisin Representativa de los gobiernos de las provincias litorales (compuesta por 1diputado por cada provincia con sede en Santa Fe). La Comisin iba a durar en elnterin del estado actual de las cosas (conflicto) y mientras no se establezca la pazpblica en todas las provincias de la Repblica.

    Las atribuciones de esta Comisin eran:celebrar tratados de pazhacer declaraciones de guerraordenar levantar el ejrcito en caso de guerra ofensiva o defensiva y nombrar elgeneral que deba mandarlodeterminar el contingente de tropas que cada provincia debe aportarinvitar a las dems provincias a reunirse en federacin con las 3 litorales

    5* Segundo Gobierno de Rosas (1835-1852): la suma del Poder Pblico y sudespotismo

    Rosas renunci a sus poderes extraordinarios con la expectativa de que stos lefueran devueltos, pero la Legislatura dispuso la reeleccin de Rosas (que habaterminado su perodo legal) pero sin otorgarle los poderes absolutos, por lo que Rosasrechaz su nombramiento.

    Luego se sucedieron las gobernaciones de Balcarce (renunci por la revolucinrestauradora instigada por Rosas y organizada por la Sociedad Popular restauradora oMazorca), Viamonte (renuncia debido a la difcil situacin poltica que signific elretorno de Rivadavia) y Maza (renunci debido a la situacin poltica imperante).

    Se nombr a Rosas como sustituto de Maza para llevar tranquilidad y restituir el ordenperdido. Para que cumpliera tal funcin se le otorg la Suma del Poder Pblico de laprovincia, por todo el tiempo que a su juicio fuere necesario, sin ms condiciones quelas de defender la religin catlica, apostlica, romana y la causa nacional de laFederacin, la conduccin de la guerra y la representacin internacional.

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    Rosas e hizo cargo del gobierno por segunda vez con la suma del poder pblico y deesta manera naca la dictadura. La dictadura de Rosas fue la consecuencia del rocesode descomposicin social que sigui a la anarqua.La poca de Rosas coincidi con el auge del absolutismo en Europa, procesodenominado La Restauracin.

    6* El Problema Constitucional

    Rosas evit por todos los medios efectuar la convocatoria a un Congreso General, quefuera establecida por el Pacto Federal. Si lo hubiera convocado su poder omnmodo ydis