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1 APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN EL MANEJO DE RESIDUOS POSCONSUMO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS APLICADAS EN LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DEL MUNICIPIO DE CACOTA DE VELASCO. Carmen Viviana Duarte Granados 1 Gerardo Flórez 2 RESUMEN El proyecto intenta determinar el nivel de aplicación de la base normativa ambiental en manejo de residuos posconsumo de plaguicidad que se utilizan en la producción agrícola. El estudio se realizó en la zona rural del municipio de Cácota teniendo como referencia la vereda de Icota, Santa Matilde y Hato de la Virgen. Dado que se trata de una investigación de carácter socio jurídico el estudio se circunscribe a la situación actual del fenómeno. Se desarrolló en un lapso de cinco (5) meses. Se obtiene un documento técnico que describe el procedimiento para la aplicación de la normatividad en el manejo de los residuos posconsumo que se utilizan en la producción de la línea agrícola, a partir del cual sea posible planear desde la institucionalidad acciones para la aplicación de estas normativas entre los productores agrícolas del municipio partiendo de una etapa de sensibilización. En este sentido, se pretende establecer si la base normativa que reglamenta la manera de manejar los residuos posconsumo de plaguicidas que se utilizan en la producción agrícola es aplicada, esta aplicación se encuentra en texto de tipo descriptivo y gráficos que expresan la base normativa, seguido por las características de la producción a partir del análisis multivariado cruzado de los aspectos de la unidad productiva campesina, las, las hectáreas por cultivo, la producción anual, el tipo de producción, los cultivos producidos con plaguicidas, el nivel de toxicidad de los plaguicidas por cultivo, la cantidad de plaguicida utilizado por cultivo, la presentación del plaguicida utilizado por cultivo, el costo de la unidad del plaguicida, el manejo dado a los residuos de los plaguicidas utilizados en su producción agrícola; así como las iniciativas locales a partir de la revisión cualitativa y cuantitativa de fuentes documentales primarias “normatividad que reglamenta el manejo de los residuos de plaguicidas”, tipos de producción de tres veredas del municipio y revisión documental de documentos de política pública ambiental 1 Estudiante Programa de Derecho Universidad de Santander UDES - Cúcuta. Auxiliar de Investigación. Año 2013. [email protected]. 2 Director del Proyecto. Docente Programa de Derecho UDES – Cúcuta. Año 2013. [email protected]. Revista Electrónica de la facultad de Derecho. Vol.1, Núm. 1. (2013), Universidad de Santander, UDES Cúcuta http://service.udes.edu.co/revistas/index.php/Lex-UDES/index.html ISSN: 2346-1578

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APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN EL MANEJO DE RESIDUOS POSCONSUMO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS APLICADAS

EN LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DEL MUNICIPIO DE CACOTA DE VELASCO.

Carmen Viviana Duarte Granados1

Gerardo Flórez2

RESUMEN El proyecto intenta determinar el nivel de aplicación de la base normativa ambiental en manejo de residuos posconsumo de plaguicidad que se utilizan en la producción agrícola. El estudio se realizó en la zona rural del municipio de Cácota teniendo como referencia la vereda de Icota, Santa Matilde y Hato de la Virgen. Dado que se trata de una investigación de carácter socio jurídico el estudio se circunscribe a la situación actual del fenómeno. Se desarrolló en un lapso de cinco (5) meses. Se obtiene un documento técnico que describe el procedimiento para la aplicación de la normatividad en el manejo de los residuos posconsumo que se utilizan en la producción de la línea agrícola, a partir del cual sea posible planear desde la institucionalidad acciones para la aplicación de estas normativas entre los productores agrícolas del municipio partiendo de una etapa de sensibilización. En este sentido, se pretende establecer si la base normativa que reglamenta la manera de manejar los residuos posconsumo de plaguicidas que se utilizan en la producción agrícola es aplicada, esta aplicación se encuentra en texto de tipo descriptivo y gráficos que expresan la base normativa, seguido por las características de la producción a partir del análisis multivariado cruzado de los aspectos de la unidad productiva campesina, las, las hectáreas por cultivo, la producción anual, el tipo de producción, los cultivos producidos con plaguicidas, el nivel de toxicidad de los plaguicidas por cultivo, la cantidad de plaguicida utilizado por cultivo, la presentación del plaguicida utilizado por cultivo, el costo de la unidad del plaguicida, el manejo dado a los residuos de los plaguicidas utilizados en su producción agrícola; así como las iniciativas locales a partir de la revisión cualitativa y cuantitativa de fuentes documentales primarias “normatividad que reglamenta el manejo de los residuos de plaguicidas”, tipos de producción de tres veredas del municipio y revisión documental de documentos de política pública ambiental

1 Estudiante Programa de Derecho Universidad de Santander UDES - Cúcuta. Auxiliar de

Investigación. Año 2013. [email protected]. 2 Director del Proyecto. Docente Programa de Derecho UDES – Cúcuta. Año 2013.

[email protected].

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municipal. PALABRAS CLAVE. Nomatividad Ambiental. Manejo de Residuos posconsumo, Municipio de Cacota Norte de Santander. ABSTRACT The project aims to determine the level of enforcement of environmental regulations based on post-consumer waste management plaguicidad used in agricultural production. The study was conducted in the rural zone of Cácota with reference to the sidewalk Icota , Santa Matilde and Hato de la Virgen. Since this is a research partner Legal study is limited to the current situation of the phenomenon. It was developed over a period of five (5) months. A technical document describes the procedure for the implementation of the regulations on the management of post-consumer waste that is used in the production of agricultural line is obtained from which it is possible to plan for the institutional system for the implementation of these regulations among agricultural producers in the municipality starting from a sensitization step . In this sense, it aims to establish whether the legislative basis regulating the way to handle post-consumer waste pesticides used in agricultural production is applied , this application is in text description and graphic type expressing the normative base , followed by the characteristics of the production cross from multivariate analysis of aspects of peasant production unit , the , hectares per crop , annual production , production type , crops grown with pesticides , the level of toxicity of pesticides by cultivation, the amount of pesticide applied per crop, the presentation of pesticide used per crop, the unit cost of pesticide management given waste pesticides used in agricultural production ; and local initiatives from the qualitative and quantitative review of primary source documents " regulations regulating the management of pesticide residues" , producing three types of villages within the municipality and document review documents municipal environmental public policy. KEYWORDS: Environmental Regulation. Post-consumer Waste Management, Cacota Municipality of North Santander. 1. INTRODUCCION

Fundamentados en el Plan de desarrollo del Municipio de Cácota 2012- 2015 “primero nuestra tierra, primero nuestra gente, primero Cácota”. El municipio

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de Cácota de Velasco fue fundado en 1555 por Otún Velasco de Velázquez. Actualmente cuenta según el Censo DANE 2005 con 2.583 habitantes3.

Está ubicado en la zona suroccidental del Departamento Norte de Santander, posicionado geográficamente desde 1.148.600 a 1.165.420 longitud oeste y desde 1.287.090 a 1.302.850 latitud norte. Su superficie territorial tiene un área de 139.71 kilómetros cuadrados4. Tiene una superficie de 2.375 kilómetros cuadrados, representando el 10.9% del territorio departamental; está conformada por los municipios Pamplona, Chítaga, Silos, Cácota, Mutiscua y Pamplonita5. Su economía es de subsistencia y se fundamenta en la agricultura siendo sus principales productos: papa, hortalizas, fríjol, mora, maíz, curuba, fresa, tomate de árbol uchuva y durazno, cuya comercialización se realiza en los mercados de Pamplona, Cúcuta y Bucaramanga6. En los alrededores de Cácota se encuentra una importante red de comunicación del nivel nacional, como es la Carretera Central del Norte, que une a la Región Central de Colombia con la Oriental. Esta vía le permite comunicarse fácilmente con todo el departamento Norte de Santander, con el Centro del país y con la región del Sarare y Llanos Orientales7.

Figura 1. Localización geográfica de Cacota en el Departamento Norte de

Santander.

Fuente: www.cacota-nortedesantander.gov.co

3 Parte general estratégica PLAN DE DESARROLLO MUNICIPIO DE CÁCOTA 2012- 2015

“primero nuestra tierra, primero nuestra gente, primero Cácota” 4 Ibíd.

5 Ibíd.

6 Ibíd.

7 Ibíd.

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Figura 2. Localización geográfica de las veredas en el municipio de Cacota. Fuente: Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Cacota de Velasco, 20018 Cuadro 1. Distribución territorial del municipio de Cácota de Velasco

NOMBRE UNIDAD ZONA TIPO ZONA FUNCIONAL

AREA KM2

CÁCOTA U Cabecera mpal 0,8760

Chinavega R Rural disperso 10,6589

Cisara-Tabicha R Rural disperso 2,8683

Curpaga R Rural disperso 16,5012

El Espino R Rural disperso 3,0927

El Uvito R Rural disperso 4,6183

Escalones R Rural disperso 6,7419

Fernandaria Don Juan R Rural disperso 3,4893

Fontibón R Rural disperso 7,5679

Hato de La Virgen R Rural disperso 7,5406

Icota R Rural disperso 8,1487

La Legua R Rural disperso 10,5126

Santa Matilde R Rural disperso 17,9641

8 Ibíd.

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Cuadro 1. (Continuación).

Fuente: Veredas Municipio de Cácota.9 Sector Agrícola: El Municipio de Cácota tiene vocación agropecuaria. Sus cultivos son principalmente la papa, el maíz, el fríjol, hortalizas, y frutales, el resto de los cultivos correspondientes a esta zona no tienen mayor relevancia económica y apenas completan marginalmente los ingresos familiares. 10 La agricultura en Cácota muestra que hay dos tipos de comportamiento, en cuanto a cultivos transitorios, muestra que en los últimos años se viene dando un retroceso en el área cultivada y se está incentivando los cultivos a través del sistema de invernaderos. Se reconocen básicamente dos tipos de unidades de explotación: la tradicional y la semitecnificada. La primera se caracteriza por ser de tipo familiar, con pequeñas extensiones, técnicas tradicionales de cultivo y con una producción que abastece mercados regionales. La producción semitecnificada ha tenido parcialmente los beneficios de los programas de asistencia técnica, mantiene el manejo cultural tradicional negándose a aceptar total o parcialmente los paquetes tecnológicos, actualmente trata de incorporar sistemas de productos más rentables y contrata mano de obra regional. Normalmente cuenta con créditos y tiende a ubicarse en la región del nororiente del Municipio. Ambientalmente estos sistemas productivos tienden a generar desequilibrios por procesos de contaminación con agroquímicos, cuando su utilización es descontrolada La potencialidad económica del Municipio es la producción agropecuaria, destacándose el cultivo de la papa, y hortalizas que se ha constituido como líder en el volumen de producción en el ámbito del Departamento a pesar de

9 Ibíd.

10 Parte general estratégica PLAN DE DESARROLLO MUNICIPIO DE CÁCOTA 2012- 2015

“primero nuestra tierra, primero nuestra gente, primero Cácota”.

NOMBRE UNIDAD ZONA TIPO ZONA FUNCIONAL

AREA KM2

Licaligua R Rural disperso 9,8154

Llanitos R Rural disperso 9,6031

Mata de Lata R Rural disperso 3,2088

Santa Matilde R Rural disperso 12,9090

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los comportamientos inestables del mercado. El 94.5% de las viviendas ocupadas tiene actividad agropecuaria. De acuerdo al Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio, la distribución en el área municipal rural basado en el análisis de uso actual del suelo, está siendo utilizado para cultivo. Información del sector agrícola11. Cuadro 2. Distribución de cantidades de producción por tipo de cultivo.

SECTOR CULTIVOS CANTIDAD/HA

Agrícola

Papa negra 150

Papa criolla 85

Zanahoria 27

Arveja 45

Frijol 12

Cebolla de bulbo 27

Trigo 4

Repollo 9

Ajo 4

Remolacha 4

Maíz 15

Arracacha 12

Frutales

Curuba 14.5

Fresa 18

Tomate de árbol 9.5

Durazno 40

Mora de Castilla 9

Ciruelo 2

Uchuva 7

Breva 4.5

Manzana 1

Otros Café 13

Fuente: Información del sector agropecuario.12

11

Ibíd. 12

Ibíd.

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Como puede concluirse, de acuerdo con el conocimiento factico del municipio de Cácota, su base económica de desarrollo y sustento de las familias se fundamenta principalmente en la producción agrícola y pecuaria. En todos los casos tanto en la producción de cultivos transitorios como de invernadero para unidades tradicionales como unidades semitecnificada, se presenta la utilización de químicos, plaguicidas que tras su utilización genera residuos posconsumo peligrosos que contaminan el suelo, el medio ambiente y las corrientes de agua. Se trata de aquellos residuos que de acuerdo a sus características de tipo infeccioso, combustible, inflamables, explosivas, radiactivas, volátiles, reactivas o tóxicas, pueden causar severos daños a la salud humana o el entorno ambiental, entre ellos se tiene aquellos envases, empaques, embalajes que hayan estado en contacto con ellos13. De acuerdo con la base normativa vigente sobre el tema del manejo de residuos posconsumo peligrosos, estos deben tener un manejo especial por parte de quienes los utilizan. En la aplicación de esta norma la institucionalidad local juega un papel importante como ejecutor de la misma facilitando las condiciones de comunicación, sensibilización y orientación a las familias de la producción campesina. También lo juega y de protagónico el generador, fabricante o importador del plaguicida y quienes los transportan, para quienes existen responsabilidades fijadas en esta base normativa. Es decir son múltiples los actores involucrados. También las familias dedicadas a la producción campesina que hacen uso de plaguicidas en su producción agrícola les corresponde informarse y disponer de los residuos posconsumo peligrosos de acuerdo a la normatividad. La observación a este fenómeno que en principio pareciera de solución simple se complejiza al relacionar que en él juegan factores como el desconocimiento, el diseño institucional, el diagnostico de las dimensiones del problema que encierra. Pese a la existencia de una base normativa, la generalidad de la producción al parecer no conoce su aplicación y la institucionalidad no ha identificado la situación como potencial problema ambiental del municipio y por lo tanto no llega a ser tratado como política pública. Los Cuestionamiento que surge del planteamiento anterior:

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Resolución 189 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente

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¿Se aplica la normatividad ambiental vigente para el manejo de residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola en el municipio de Cácota de Velasco? ¿Qué políticas ambientales existen en el Municipio de Cácota de Velasco sobre el manejo de los residuos posconsumo?

¿Qué temas y problemáticas ambientales son parte de la agenda política del municipio? ¿Cuáles son las disposiciones normativas sobre el manejo de los residuos posconsumo de los plaguicidas? ¿Cuál es la ruta del manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas? ¿Cuál es la autoridad competente para imponer una sanción? ¿Qué acciones ha desarrollado el CEAM sobre el manejo de residuos posconsumo? ¿Se ha capacitado y sensibilizado al agricultor sobre el manejo de los residuos de plaguicidas utilizados en la producción agrícola? ¿Cuál es la cantidad de agroquímicos que se utilizan en las veredas; ICOTA, Santa Matilde y Hato de la Virgen? Por lo anterior se logra analizar la aplicación de la base normativa ambiental referida al manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas peligrosos, utilizados en la producción agrícola, mediante la identificación de la normatividad vigente sobre el manejo de residuos posconsumo de plaguicidas y su estructura de aplicación, la caracterización de la producción agrícola del municipio de Cácota de Velasco en cuanto a la utilización de residuos peligros. Finalmente la descripción de acciones de política pública municipal que evidencian la aplicación de la normatividad ambiental específicas de manejo de residuos posconsumo de plaguicidas. 2. MARCO TEÓRICO. Se entiende que el derecho ambiental como el entramado de convenios, reglamentos, y demás normas que buscan regular la interacción actual entre la humanidad y el entorno ambiental natural a fin de que sean reducidos los impactos de la actividad humana, uno de sus objetivos de estudio es la

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conservación y gestión de recursos en el que se circunscribe este tema de investigación. Se entiende por residuos o desechos peligrosos, aquellos que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos14. Se trata de los residuos generados a partir de las actividades industriales, agrícolas, de servicios y aún de las actividades domésticas. Los casos que generan la mayor preocupación social se derivan de los efectos evidenciados sobre la salud y el medio ambiente, resultantes de una disposición inadecuada de este tipo de residuos.

Por lo tanto para los gobiernos en especial de los países en vía de desarrollo es importante impulsar medidas para apoyar la reducción de los riesgos; fortalecer el conocimiento e información de las sustancias químicas peligrosas; fortalecer las instituciones, la legislación y las políticas respecto al manejo asociado a los residuos peligrosos, se encuentra la problemática de sustancias químicas, frente a esta situación se ha emprendido una estrategia a nivel internacional, que ha ido evolucionando a partir de la Declaración de Río, del Programa 21 y del Plan de Aplicación de Johannesburgo

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En las últimas décadas, en el ámbito internacional, se ha reconocido como un problema prioritario el manejo de los residuos peligrosos. Los diferentes acontecimientos y desastres ambientales relacionados con los residuos peligrosos han suscitado el establecimiento de sistemas de control, verbigracia y tomando como referente histórico los incidentes acaecidos en Japón y en el Reino Unido, en los años 60 y 73 respectivamente, lo anterior dio paso a la expedición de normas relacionados con el tema16. Cuando se hizo pública esta realidad, se unieron los esfuerzos internacionales para la adopción del Convenio de Basilea, el cual en su primera década (1989-1999), orientó esfuerzos a construir un marco para el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos17

14

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2005. Decreto 4741 de 2005. Bogotá. 15

Agenda Local 21. Documento Conferencia de Estocolmo. 1972. Estocolmo 16

Ministerio de Ambiente, Vivienda, y Desarrollo Territorial, MAVDT.2006 Política Ambiental para la Gestión Integral de Residuos o Desechos Peligrosos. (Consultado el 15 de enero.2009) disponible www.minambiente.gov.co 17

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2007. Política Nacional Sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Peligrosos. Bogotá.

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En el país esta problemática está vigente, dado el avance del crecimiento de la economía nacional en especial la de base agraria y la utilización de plaguicidas que tras su consumo debe ser tratados de manera especial18 Frente al cuestionamiento sobre la aplicación de la normatividad en este caso de la normatividad ambiental vigente para el manejo de residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola en el municipio de Cácota de Velasco, encuentra soporte teórico en el concepto de “aplicación del Derecho”. Este concepto parte del supuesto que toda norma se constituye en un plan de conducta para quien se dirige19, en este caso las administraciones municipales y empresas productoras de agroquímicos. Así se espera que estos sujetos se comporten dentro de lo establecido en la norma y de esta manera se da la aplicación de esta20. En sentido estricto la evidencia de la aplicación del derecho puede encentrarse en el momento cuando “el sujeto directamente obligado realiza de forma voluntaria la conducta establecida en la norma21”, esto se da cuando por iniciativa propia la administración municipal y los productores de plaguicidas conociendo sus obligaciones le dan cumplimiento total; en el momento cuando ese sujeto, tras haber incumplido inicialmente la norma, adapta su comportamiento a la sanción impuesta por el órgano competente o en el momento cuando cualquiera de los órganos que tienen competencia para ello dicta alguna disposición o decisión jurídica de desarrollo (aplicación) de una ley o norma superior. Esta base conceptual encuentra soporte en la teoría pura del derecho en la que se sostiene “que un acontecimiento fáctico como la aplicación de una norma es considerado jurídico dado que cuenta con dos elementos, primero el acto mismo que es perceptible y segundo la significación jurídica de este, lo que evidencia un acto para el derecho”22. Por otro lado tenemos la discusión sobre la aplicación y eficiencia de las normas, “esto se entiende como la idea de que la eficiencia de las normas jurídicas reside en que las normas son eficiencias solo si existe una

18

Suárez, Claudia Inés. 2000. Problemática y Gestión de Residuos Sólidos en Colombia. Revista Innovar. Bogotá. 19

ALEXY, R., El concepto y la validez del Derecho, trad. de J.M. Seña, Barcelona, Gedisa, 1994 20

Ibíd. 21

Ibíd. 22

KELSEN, Hans, La teoría pura del derecho, editorial Eudeba, Madrid 2009

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determinada relación de correspondencia entre las normas y las acciones humanas” 23. “La atención a una norma desde la institucionalidad se realizara en un marco amplio de actuación de las entidades públicas a través del establecimiento de políticas públicas”24 “que soporten planes, programas y proyectos con base en las problemáticas principales, los mandatos legales, la disposición e inversión de recursos financieros y la definición de responsables”25. Este aspecto se relaciona con la toma de decisiones en la gestión de lo público, que hace parte del cumplimiento de las normas, como elemento básico de la nueva gestión pública, así “el desarrollo, la democracia y los procesos de transformación del Estado, de la Administración pública y de la política en general, han colocado a las políticas públicas como un eslabón estratégico a la hora de advertir y de entender los procesos de toma decisiones en las que toman partido los regímenes, los gobiernos y la ciudadanía”26. Estas iniciativas consignadas en documentos de política como los planes de desarrollo y planes de acción de las entidades encuentran relación con los principios normativos en la fase de diseño de la política, al tener como fundamento a las propias normas para sustentar la elaboración, la no atención a una orientación normativa se puede explicar principalmente por desconocimiento antes que por conveniencia, así ha sido concluido en observaciones investigativas sobre los procesos de planeación.27 Para soportar mejor, se puede entender por políticas pública, la definición de Carlos Salazar Vargas según la cual son "El conjunto de sucesivas respuestas del Estado frente a situaciones consideradas socialmente como problemáticas."28 También, la definición que aporta Alejo Vargas Velásquez, "el conjunto de 23

NAVARRO, Pablo y MORESO, José Juan, aplicabilidad y eficiencia de las normas jurídicas, I Congreso Italo Español de teoría y análisis del delito, trabajo concluido en Balliol College, Universidad de Oxford. Barcelona. 24

ANDRE NOEL ROTH DEUBEL, "Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación" En: Colombia 2006 ed: Ediciones Aurora, capitulo II 25

Salazar Vargas, Carlos. (1999). Las políticas públicas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana. 26

Luis Alfredo Atehortúa Castro, Las políticas públicas. Claves de la decisión institucional y social Una breve introducción. 27

Fabio Torres, ideas para la formulación de políticas públicas de desarrollo regional 28

Salazar Vargas, Carlos. (1999). Las políticas públicas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana

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sucesivas iniciativas, decisiones y acciones del RÉGIMEN político frente a situaciones socialmente problemáticas y que buscan la resolución de las mismas o llevarlas a niveles manejables."29 Otra definición la propone André-Noel Roth son "un conjunto conformado por uno o varios objetivos considerados necesarios o deseables y por medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una institución u organización gubernamental con el fin de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática."30 En estas tres definiciones podemos notar que quien "responde" varía de nombre de una a otra, en la primera es el Estado, en la segunda el RÉGIMEN político y en la tercera una institución u organización gubernamental, haciendo la claridad en la última que no es exclusividad de "lo institucional-gubernamental". Las dos primeras son más amplias, destaca la definición de Roth, porque se construye sobre más elementos, como lo dice el mismo Roth, trae la implicación del gobierno (en perspectiva de gobernanza), la percepción de problemas, la definición de objetivos y el proceso. En el caso de la agenda esta corresponde en el amplio ciclo de las políticas al conjunto de cuestiones a las que los agentes públicos están prestando seria atención en un momento determinado31. La agenda de políticas públicas, según Kingdon, es “una lista de problemas o temas que las autoridades y personas fuera del gobierno, pero vinculadas a este, prestan atención seria en un momento determinado. Se puede llamar propiamente formación de la agenda al proceso mediante el cual las demandas de varios grupos de la población se transforman en asuntos que compiten por alcanzar la atención seria de las autoridades públicas”. Para afirmar el concepto, las políticas públicas deben considerarse como un "proceso decisional', es decir, configuradas por un conjunto de decisiones a tomar en el transcurso de un proceso temporal, más allá del inicial período de elaboración de las políticas. En este proceso, además, las decisiones siguen normalmente una secuencia racional. La fase o momento en la que esta situación se da, es el diseño donde el

29

Alejo Vargas Velázquez, notas sobre el estado y las políticas públicas, 1999 30

NDRE NOEL ROTH DEUBEL, "Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación" En: Colombia 2006 ed: Ediciones Aurora. 31

KINGDON, J. W. (1984), Agendas alternativas y políticas públicas, Boston Little, Brown.

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fundamento es la agenda política32, por lo tanto el nivel de cumplimiento de una norma en una política pública es un problema de diseño de la política y permite concluir también una norma que establece responsabilidades para entidades territoriales se verá cumplida por parte de esta si se incorpora como fundamento de una política pública estructurada33. Utilización y ruta del manejo de residuos peligrosos. El tema de la utilización de los plaguicidas en la producción agrícola se sustenta en el impacto positivo que en términos de evitar que plagas afecten los cultivos, se trata de sustancias hechas (fabricadas) para el control o eliminación de “plagas”, y estas se clasifican en insecticidas, fungicidas, herbicidas, acaricidas y otros. Los plaguicidas se dividen en cuatro categorías, de acuerdo con su grado de toxicidad, clasificación elaborada por la FAO y la OMS y avalada por el Ministerio de la Protección Social así:

Extremadamente tóxico franja roja. Son aquellos que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden entrañar riesgos extremadamente graves, agudos o crónicos, e incluso la muerte. Estos se identifican en la parte inferior de la etiqueta con una banda de color rojo. Como ejemplo de ellos tenemos al Metilparation, Monitor, Furadan y Curater.

Altamente tóxico franja amarilla. Son los que los que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden entrañar riesgos graves, agudos o crónicos, e incluso la muerte. Se identifican en la parte inferior de la etiqueta con una banda de color amarillo. Ejemplo de ellos son el Leybacid, Curacron, Mesurol.

Medianamente tóxico franja azul. Allí se clasifican los que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden entrañar riesgos de gravedad limitada. En la parte inferior de la etiqueta de estos plaguicidas aparece para identificarlos una banda de color azul. Algunos ejemplos de ellos son el Lorsban, Malathion y el Baygón.

Ligeramente tóxico franja verde. Son los menos peligrosos ya que por inhalación, ingestión o penetración cutánea no entrañan riesgos

32

ANDRE NOEL ROTH DEUBEL, "Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación" En: Colombia 2006 ed: Ediciones Aurora, capitulo II 33

Fabio Torres, recomendaciones tácticas para la incidencia en políticas públicas

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apreciables. Para su identificación en la parte inferior de la etiqueta presentan una banda de color verde. La mayoría de estos plaguicidas corresponden a productos orgánicos elaborados con base en extractos vegetales u otras sustancias similares.

El manejo de los plaguicidas tiene un gran componente en la aplicación y otro en el manejo de los residuos donde vienen presentados. Este manejo es de suma importancia, por los efectos que podría tener un inadecuado manejo posterior de los residuos, sobre el entorno de personas, animales y recursos naturales. Algunos de los efectos crónicos, por ahora poco estudiados podrían ser cáncer, teratogénesis, alteración endocrina, efectos reproductivos, contaminación del agua. Lo anterior tiene una directa relación con Colombia, por ser un país de gran vocación agrícola y debido a su situación de país tropical presenta un alto índice de consumo de plaguicidas. Aunado al uso indiscriminado de plaguicidas y al desconocimiento del tema por parte de los usuarios, se encuentra asociada la problemática del mal manejo de éstas sustancias y sus residuos. Así mismo, la cultura ambiental es un proceso de cambio interno en las organizaciones. El desarrollo sostenible y la incorporación de tecnologías y procesos ambientales sanos son necesarios, pues redundan no sólo en una mayor eficiencia en la utilización de los insumos, el mantenimiento de un aspecto locativo agradable, el control y disminución de los impactos negativos que una empresa pueda generar al ambiente, como también el cumplimiento de la normatividad ambiental que nos regula. En este sentido, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamenta la prevención y manejo de residuos o desechos peligrosos el cual tiene por objetivo prevenir la generación de residuos peligrosos y regular el manejo de éstos para proteger la salud humana y el ambiente, dejando en cada una de las personas naturales o jurídicas intervinientes, responsabilidades que redunden en beneficio del medio ambiente. La norma establece que es obligación del generador de productos que al desecharse se convierten en residuos o desechos peligrosos, presentar ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el respectivo Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de plaguicidas tendiente a prevenir la generación y reducción en la fuente, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos; los cuales deben

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corresponder en su contenido y especificidad a las características de los plaguicidas y los residuos o desechos peligrosos que serán devueltos, provenientes del consumo del mercado nacional en los usos agrícolas. Estos planes de devolución pueden ser formulados y desarrollados por grupos de importadores o fabricantes reunidos en torno a la naturaleza igual o similar de sus residuos. Sin embargo su presentación ante la autoridad ambiental es en forma individual. El plan deberá ir acompañado de su respectivo plan de contingencia, para garantizar la minimización, gestión, manejo integral y monitoreo de los residuos que genera, igualmente documentarse el origen, cantidad, características de peligrosidad y manejo que se dé a los residuos o desechos peligrosos. Igualmente es obligación del receptor o persona cuyo objeto sea prestar servicios de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento y disposición final de residuos o desechos peligrosos, tramitar y obtener las respectivas licencias, permisos y autorizaciones a que haya lugar. El usuario final o las personas que hacen uso día a día de los diferentes agroquímicos en sus cultivos, deben seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por el fabricante o importador del plaguicida, como también teniendo en cuenta las recomendaciones dadas en la etiqueta del producto o sustancia química hasta finalizar su vida útil; realizar la práctica de triple lavado a los envases que hayan estado en contacto con plaguicidas e inutilizarlos; por ultimo entregar los residuos o desechos peligrosos al mecanismo de devolución o retorno que el fabricante o importador establezca. Las autoridades ambientales en la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos deben Implementar el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos en su jurisdicción, de igual forma deben generar o divulgar información y reportar anualmente al IDEAM la cantidad, calidad, tipo y manejo de los residuos o desechos peligrosos. Además de ello deben formular un plan para promover la gestión integral de Residuos Peligrosos, por parte de la autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, se constituye en la herramienta de planificación que la autoridad ambiental tiene para incidir en todos los campos de la gestión integral de los Residuos Peligrosos.

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Por lo anterior, es deseable que el Plan Involucre el conocimiento de la situación actual y proyectada de la problemática, en un horizonte de tiempo determinado, estableciendo objetivos, metas y líneas de acción estratégicas, y la definición de las responsabilidades y roles para su ejecución. Así mismo el Plan estará integrado por una serie de programas que involucran un conjunto de proyectos y acciones específicas para lo cual será necesario contar con la correspondiente asignación presupuestal y la programación de la ejecución. A la hora de formular los planes, las autoridades ambientales deberán tener presentes los objetivos y as estrategias que se han establecido a través de la Política Ambiental para la Gestión Integral de los Residuos o Desechos Peligrosos, así como sus acciones prioritarias, a efectos de asegurar la compatibilidad de las líneas de acción que se proyectan a nivel local. Los municipios por su parte deben identificar y localizar áreas potenciales para la ubicación de infraestructura para el manejo de residuos o desechos peligrosos en los Esquemas de Ordenamiento Territorial; de igual forma debe apoyar campañas de sensibilización, divulgación, investigación, educación y programas con el fin de promover la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos. Las autoridades ambientales competentes o quien haga sus veces, en coordinación con las autoridades sanitarias, policivas, de comercio exterior y de aduanas, según sea el caso, ejercen funciones de control y vigilancia del medio ambiente, con el fin de velar por el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materia ambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano En caso de violación de las prohibiciones definidas en las leyes, decretos, resoluciones o actos administrativos, las autoridades impondrán las sanciones administrativas, penales o disciplinarias a que haya lugar, sin perjuicio de la responsabilidad que sea imputable por impactos o daños originados al medio ambiente, la salud humana, la integridad física y la vida de los habitantes. 2.1 MARCO LEGAL El siguiente marco legal se divide en la base normativa aplicable a lo ambiental de orden internacional y las fuentes normativas ambientales del orden nacional.

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2.1.1 Base normativa del orden internacional. En el marco internacional, Colombia como parte de Sistema Andino armonizado de registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola debe contribuir a mejorar las condiciones de su producción, comercialización, utilización y disposición final de desechos como en todos los países miembros de la subregión, elevando los niveles de calidad, de eficacia y de seguridad para la salud humana y el ambiente. Por lo tanto el país ha adoptado un sistema de registro armonizado con las normas de registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola en el Grupo Andino, teniendo en cuenta las condiciones de salud, agronómicas, sociales, económicas y ambientales de los países miembros, con base en los principios establecidos en el Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas de la FAO, y las directrices de los organismos internacionales competentes, que sean acordadas por los países miembros. Por lo tanto debe contribuir al uso con el mínimo riesgo posible de los plaguicidas químicos de uso agrícola en los países de la región, mediante un control y una evaluación más adecuada de las sustancias y preparados químicos, la oferta de formación y entrenamiento para el uso, manipulación y almacenamiento con los mínimos riesgos en relación con los plaguicidas químicos de uso agrícola, incluida la gestión de las existencias de plaguicidas químicos de uso agrícola obsoletos, el reforzamiento de la capacidad de actuación de los países miembros y el intercambio de información. Colombia también ha ratificado y está aplicando el Convenio de Basilea para el control del Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos, el Convenio de Rotterdam sobre el Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) y el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), que incluye una serie de compromisos y mecanismos de asistencia técnica y financiera aplicable a algunos plaguicidas químicos de uso agrícola y sus residuos. Estos convenios se encuentran adoptados en el marco del trabajo de las Naciones Unidas para la responsabilidad sobre productos y desechos peligrosos para garantizar la seguridad del medio ambiente y la salud humana de las sustancias químicas y residuos peligrosos. El conjunto de estos convenios, constituyen el marco internacional que regula la gestión ambientalmente adecuada de los productos químicos peligrosos durante su ciclo de vida incluyendo los desechos peligrosos.

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Cumbre de Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (Capítulo 19- 20, 30)

Convenio de Estocolmo el 23 de mayo de 2001. El país está obligado a: Avanzar en el diagnóstico nacional de la problemática relacionada con los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) en los que se incluyen 9 plaguicidas organoclorados. Eliminarlos de forma ambientalmente adecuada.

Adoptar las medidas para evitar que se generen existencia de desechos peligrosos.

Cumbre mundial sobre desarrollo sostenible. Johannesburgo (Ago. 26- Sept 4/02) Plan de Implementación- Sustancias Químicas. Asegurar una gestión racional de los productos químicos a lo largo de todo su ciclo de vida (...) de manera que antes de 2020 los modos de utilización y de fabricación no tengan efectos nocivos significativos sobre la salud de los humanos y de su entorno.

2.1.2 Base normativa del orden nacional. 2.1.2.1 Constitución política de Colombia TITULO I De los Principios Fundamentales, artículo 7o. “el estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana” y artículo 8 “Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación”. CAPÍTULO 2. De Los Derechos Sociales, Económicos Y Culturales. Los Artículos 49, del 63- 65, TITULO II, CAPÍTULO 3. De Los Derechos Colectivos y del Ambiente. Los artículos del 79 al 82. CAPÍTULO 4. De La Protección y Aplicación De Los Derechos. El artículo 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares. Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.

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CAPÍTULO 5. De Los Deberes y Obligaciones. El artículo 95. Son deberes de la persona y del ciudadano:

Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas

Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.

Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.

Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.

Propender al logro y mantenimiento de la paz.

Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia

Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.

Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

TITULO X. CAPÍTULO 2. Del Ministerio Público. El artículo 277. El Procurador General de la Nación, por si o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones: Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente. TITULO XI. CAPÍTULO 4. Del Régimen Especial. El Artículo 330. De la preservación de los recursos naturales en territorio indígena. TITULO XII. Del Régimen Económico Y De La Hacienda Pública. Capítulo 1 De Las Disposiciones Generales. Artículos del 332 – al 334. TITULO XII. CAPÍTULO 2 DE LOS PLANES DE DESARROLLO. El Artículo 339. Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley.

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TITULO XII. CAPÍTULO 4. DE LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y DE LAS COMPETENCIAS. Artículos 360 – 361. 2.1.2.2 Leyes Son base para el desarrollo del proyecto; La Ley 253 DE de Enero 9 1996, Ley 99 – diciembre 22 de 1993 - Artículo 63, 65, 68, 83, 84, 85, 101 y reglamentaciones posteriores, Ley 430 de 1998, Ley 1252 – noviembre 27 DE 2008 - Artículo 1, 7, 8, 9, 10, 12, 16 y 17. Ley 822 de 2003, emitida por el ICA. Por la cual se dictan normas relacionadas con los agroquímicos genéricos, Ley 1333 DE 2009 del (julio 21), por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.

2.1.2.3 Decretos Son base para el desarrollo del proyecto; El decreto 1609 de 2002. Por medio del cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera. Decreto 1443 de 2004. Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 253 de 1996, y la Ley 430 de 1998 en relación con la prevención y control de la contaminación ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos, y se toman otras determinaciones. Decreto 4741 De 2005. Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. (Artículo 5, 6, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 20, 24, 25, 29, 30, 32, 34, 36, 37, 38). Decreto 2820 DE 2010, sobre Licencias Ambientales en el art. 9 define competencias de las Corporaciones Autónomas Regionales para los proyecto de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento, recuperación y disposición final de residuos o desechos peligrosos.

2.1.2.4 Resoluciones. Son base para el desarrollo del proyecto; La Resolución 000228 de 2007. Establece obligaciones y responsabilidades sobre la desnaturalización, almacenamiento, reformulación y disposición final de desechos peligrosos e insumos agrícolas y se dictan otras determinaciones. Resolución 1023 DE 2005. Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de autogestión y autorregulación. Guía ambientales para el subsector de plaguicidas. Resolución 1254 DE 2006. Por la cual se acogen los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para la importación de pesticidas de tipo biológico para uso agrícola y se adoptan otras determinaciones. Resolución 1278 DE 2006. Por la cual se acogen los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para la construcción y operación de plantas de producción de agroquímicos y se adoptan otras determinaciones. Resolución 1362 DE

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2007 (agosto 2).Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los artículos 27 y 28 del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005. Resolución 1442 de 2008 (Deroga resolución 662 de 2003). Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones. Resolución 1443 de 2004. Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 253 de 1996, y la Ley 430 de 1998 en relación con la prevención y control de la contaminación ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos, y se toman otras determinaciones. Resolución 1756 de 2006. Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos de Regulación y Control de Plaguicidas Químicos de uso agrícola. Resolución 1794 DE 2004. Por la cual se dispone el fortalecimiento de la Ventanilla Única para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola.

Resolución 189 de 1994. Dicta regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos. Resolución 1891 de 2008. Por la cual se dictan disposiciones sobre el registro y ampliación de uso de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola en cultivos ORNAMENTALES. Resolución 228 de 2007. Por la cual se establecen obligaciones y responsabilidades sobre la desnaturalización, almacenamiento, reformulación y disposición final de desechos peligrosos e insumos agrícolas y se dictan otras determinaciones. Resolución 2471 de 1991. Por la cual se restringen los usos del Paration y Metilparation en la agricultura. Resolución 26 de 2005. Por la cual se modifica parcialmente la Resolución ICA No. 3759 del 16 de diciembre de 2003, sobre el Registro y Control de los Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. Resolución 2668 de 2007.Por la cual se dictan disposiciones para la ampliación de uso temporal de plaguicidas químicos, bioinsumos y extractos vegetales de uso agrícola para su uso en cultivos menores. Resolución 2713 de 2006.Por la cual se dictan Disposiciones Reglamentarias para Reguladores Fisiológicos y Coadyuvantes de uso agrícola. Resolución 29 de 1992. Por la cual se prohíbe el uso de plaguicidas agrícolas a base de FONOFOS. Resolución 2915 de 2008. Por la cual se inicia el proceso de revaluación de plaguicidas químicos de uso agrícola previsto en la Decisión 684 de 2008 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones. Resolución 3002 de 2005. Por la cual se dictan disposiciones sobre la modificación al etiquetado de los insumos agrícolas (plaguicidas químicos de uso agrícola, reguladores fisiológicos de plantas, coadyuvantes, fertilizantes y acondicionadores de suelos, bioinsumos agrícolas y extractos vegetales). Resolución 3028 de 1989. Por la cual se

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prohíbe la aplicación por vía aérea en el territorio nacional de los herbicidas que contengan el ingrediente activo Paraquat. Resolución 3079 de 1995. Por la cual se dictan disposiciones sobre la industria, comercio y aplicación de bioinsumos y productos afines, de abonos, fertilizantes, enmiendas, acondicionadores de suelo y productos afines, plaguicidas químicos, reguladores fisiológicos, coadyuvantes de uso agrícola y productos afines. Resolución 425 de 1993. Por la cual se dictan disposiciones en materia de importación y exportación de plaguicidas de uso agrícola y se derogan los Artículos 33, 34, 35, 36, y 37 de la Resolución ICA 992 del 25 de marzo de 1992. Resolución 5053 de 1989. Por la cual se prohíbe la importación, producción y venta en el territorio nacional de los plaguicidas de uso agrícola que contengan el ingrediente activo captafol y se cancelan unas Licencias de Venta. Resolución 693 de 2007. Establece criterios y requisitos que deben ser considerados para los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas. Resolución 970 de 2001. Por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y los límites máximos permisibles de emisión, bajo las cuales se debe realizar la eliminación de plásticos contaminados con plaguicidas en hornos de producción de Clinker de plantas cementeras. Eliminación de plásticos contaminados con plaguicidas. Resolución del Ministerio de Ambiente 1402 de 2006: por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos. 3. METODOLOGÍA Y PROCEDIMIENTOS “El manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas en el municipio de Cácota de Velasco, dista de ajustarse a las exigencias de las bases normativas vigentes que reglamente el tema, debido al alto desconocimiento de ellas tanto de la institucionalidad como de los productores y la inclusión del tema en la agenda de política pública”. La demostración de esta hipótesis operativa, se enmarco en una investigación de alcance descriptivo con estudio de caso y enfoque mixto. Se parte de una revisión de la normatividad relacionada con el aspecto ambiental vigente y aplicable al manejo de las sustancias peligrosas. Posteriormente en un trabajo de campo, se observa la producción agrícola del municipio de Cácota de Velasco. Posteriormente se analizan las iniciativas de políticas públicas ambientales del municipio de Cácota de Velasco.

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Cuadro 3. Temas de Estudio.

Fuente: Consolidación de fichas de trabajo En el siguiente cuadro se describen el detalle las variables que serán observadas por cada Eje. Cuadro 4. Variables de Estudio

EJES DE ANALISIS

TEMAS DE ESTUDIO

Normatividad ambiental vigente L

eye

s

Ley 1252 de 2008, Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones. Resolución 1023 de 2005. Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de autogestión y autorregulación. Guía ambientales para el subsector de plaguicidas.

Producción agrícola del municipio de Cácota de Velasco P

rod

ucció

n

ag

rícola

Producción agrícola de las Veredas de Icota, Santa Matilde y Hato de la Virgen para los cultivos transitorios tradicionales.

Acciones ambientales ejecutadas por el municipios de Cácota de Velasco In

icia

tiva

s d

e

po

lítica Acciones ejecutadas en alianza o de manera

individual por el Comité Municipal de Educación ambiental y la UMATA en el periodo 2010 – 2012

VARIABLES

Base normativa aplicable al manejo de los residuos de posconsumo plaguicidas de la producción agrícola.

Ruta para el manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola.

Autoridades competentes para imponer sanciones.

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Cuadro 4. (Continuación).

VARIABLES

Actores responsables del manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola.

Competencias de cada actor responsable.

Sanciones por la no aplicación de la base normativa.

Espacios institucionales se crean con las normativas para el manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas. Instrumentos jurídicos con que cuentan las alcaldías para el manejo de los residuos posconsumo de plaguicida.

Pro

du

cció

n a

grí

cola

Tipo de unidad productiva campesina

Hectáreas de la unidad productiva campesina.

Tipo de tendencia de la unidad productiva campesina

Tiempo de tener la unidad productiva campesina

Estado de los servicios de que dispone

Condición de la vivienda

Estado de las vías

Estado de los caminos veredales

Participación en espacios de organización

Cantidad de hectáreas por cultivo

Número de plantas por cultivo

Producción anual

Tipo de producción

Cultivos producidos con plaguicidas

Nivel de toxicidad de los plaguicidas por cultivo

Marca común de los plaguicidas por cultivo

Cantidad de plaguicida utilizado por cultivo

Presentación del plaguicida utilizado por cultivo

Lugar común donde se adquiere

Costo de la unidad de plaguicida

Manejo dado a los residuos de los plaguicidas utilizados en su producción agrícola

Inic

iativ

as d

e

po

lítica

Iniciativas del Comité de Educativo Ambiental CEAM

Iniciativas en el sector ambiental del municipio de Cácota de Velasco

Fuente: Consolidación de fichas de trabajo

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3.3 INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN En el siguiente cuadro se sintetiza la relación de instrumentos utilizados por cada Eje. Cuadro 5. Relación de Instrumentos

Eje INSTRUMENTOS TÉCNICA

Leyes Fichas de trabajo Análisis documental

Producción agrícola

Encuesta semiestructurada Sistematización

Acciones Revisión documental Análisis documental

Fuente: Consolidación de fichas de trabajo 3.4 TABULACIÓN Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN Se toma como base la información generada por el CEAM – La UMATA y el trabajo de campo con las familias productoras de las veredas seccionadas. Cuadro 6. Tabulación y análisis de información

EJE INSTRUMENTOS TABULACIÓN

Leyes Fichas de trabajo

La información generada con ocasión de la aplicación de fichas de trabajo fue sistematizada en una matriz de consolidación de datos de cuatro columnas en la que se identificara las normas, los aspectos que reglamenta, la distribución principal y los artículos relacionados.

Producción agrícola

Encuesta semiestructurada

La información de tipo cualitativo y cuantitativo de se tabuló utilizando el aplicativo google Drive y se reportó en cuadros y graficas de tortas y frecuencias.

Acciones Revisión documental

La información generada con ocasión de la aplicación de fichas de trabajo se organizó en un texto de análisis.

Fuente: Consolidación de fichas de trabajo

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4. RESULTADOS APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN EL MANEJO DE RESIDUOS POSCONSUMO DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DEL MUNICIPIO DE CÁCOTA DE VELASCO. 4.1 IDENTIFICACIÓN DE LA BASE NORMATIVA VIGENTE SOBRE EL MANEJO DE RESIDUOS DE POSCONSUMO PLAGUICIDAS DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y SU ESTRUCTURA DE APLICACIÓN La base normativa fundamental sobre el manejo de residuos posconsumo de plaguicidas para hacer la identificación se consolida en el siguiente cuadro: Cuadro 7. Descripción de la fuente normativa

FUENTE NORMATIVA DESCRIPCIÓN

Ley 1252 de 2008

Regular lo relacionado con la importación y exportación de residuos peligrosos en el territorio nacional, según lo establecido en el Convenio de Basilea, asumiendo la responsabilidad de minimizar la generación de residuos peligrosos en la fuente, optando por políticas de producción más limpia; proveyendo la disposición adecuada de los residuos peligrosos generados dentro del territorio nacional, así como la eliminación responsable de las existencias de estos dentro del país.

Ley 1333 de 2009 Establece el procedimiento sancionatorio ambiental.

Ley 99 de 1993

Crea el Ministerio del Medio Ambiente como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza y de definir, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación.

Decreto 1443 de 2004

Establece medidas ambientales para el manejo de los plaguicidas, y para la prevención y el manejo seguro de los desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos, con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente.

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Cuadro 7. (Continuación).

Decreto 2811 de 1974 Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Decreto 4741 de 2005

Prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos, así como regular el manejo de los residuos o desechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.

Resolución 0228 de 2007

Establecen obligaciones y responsabilidades sobre la desnaturalización, almacenamiento, reformulación y disposición final de desechos peligrosos e insumos agrícolas.

Resolución 1023 de 2005.

Se adoptan guías ambientales como instrumento de autogestión y autorregulación.

Resolución 1362 del 2 de agosto de 2007

Establece los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos

Resolución 693 de 2007 Criterios y requisitos que deben ser considerados para los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas

Elaboración propia a partir de la matriz de consolidación de fichas de trabajo revisión fuentes normativas ambientales vigentes A partir del anterior cuadro se realizan las observaciones por variables como se estructura en los subsiguientes párrafos descriptivos de relación de las variables propuestas. La revisión documental permite desarrollar dos grandes puntos en este capítulo, primero el ciclo de vida de un producto y segundo las disposiciones normativas para el manejo de los productos en específico los de plaguicidas.

El ciclo de vida de un producto De acuerdo con la normatividad el Ministerio de Medio Ambiente ha propuesto el ciclo de vida de los productos y residuos. La concepción de ciclo de vida de productos y residuos deberá ser la base para el desarrollo de un modelo conceptual que permita abordar en forma sostenible y eficaz un sistema de gestión de residuos. Esto quiere decir que los residuos son parte del ciclo de vida de los

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materiales, lo que lleva a la necesidad de establecer un enfoque integral en la gestión de los materiales peligrosos que permita su majeo seguro o ambientalmente adecuado a lo largo de todo su ciclo de vida: desde que se extraen para la obtención de las materias primas, se sintetizan o procesan, se transportan, almacenan o comercializan y se utilizan, hasta el descarte del producto cuando ya no sirve para el fin que fue adquirido o que dejo de satisfacer las necesidades de su propietario. El estudio del ciclo de vida de los productos permite observar que en todas las etapas se producen residuos y que cada una de esas etapas se convierte en una oportunidad o un desafío para reducir el impacto que genera dicho producto. Esta concepción permite tener una visión sistémica, a efectos de adoptar medidas en la etapa de mayor eficacia para la disminución de los impactos ambientales. La base normativa identifica claramente el ciclo de vida de un producto ESQUEMA DEL CICLO DE VIDA DE UN PRODUCTO Figura 3. Esquema Del Ciclo de Vida de un Producto. Fuente: Instituto Nacional de Ecología/Cortinas de Nava, C. (1999).

Las disposiciones normativas

En cuanto a la normatividad vigente sobre el manejo de residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola y su estructura de aplicación, inicia con la Constitución Política de 1991 en su artículo 8 que

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dice: “es deber del Estado y de los particulares proteger las riquezas naturales de la nación”, junto a los artículos 79 y 80 de la Constitución Política consagran el derecho colectivo a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales a fin de garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y prevenir los factores de deterioro ambiental. El Consejo Nacional Ambiental, en la sesión del 16 de diciembre de 2005, aprobó la Política Ambiental para la Gestión Integral de los Residuos o Desechos Peligrosos, la cual contempla dentro de sus estrategias para la gestión de residuos o desechos peligrosos derivados del consumo masivo de productos con característica peligrosa la adopción de sistemas de devolución posconsumo, además del desarrollo de acciones que contribuyan a un cambio de actitud o modificación de los patrones de consumo, en todos los niveles de la sociedad. El Artículo 20º del Decreto 4741 de 2005, por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral, establece que los plaguicidas en desuso, los envases o empaques y los embalajes que se hayan contaminado con plaguicidas, son residuos peligrosos sujetos a Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo y que en su objeto deja claro que se debe prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos, así como regular el manejo de los residuos o desechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente. La Ley 1252 de 2008 en sus artículos 1 y 2 dice que se debe minimizar, prohibir la generación, almacenamiento o eliminación de residuos o desechos peligrosos en ecosistemas estratégicos o importantes del país, diseñar planes, sistemas y procesos adecuados, limpios y eficientes de tratamiento, almacenamiento, transporte, reutilización y disposición final de residuos peligrosos que propendan al cuidado de la salud humana y el ambiente. Nuevamente en la Ley 1333 de 2009 se refrenda el deber del Estado como titular de la potestad sancionatoria en materia ambiental y la ejerce sin perjuicio de las competencias legales de otras autoridades. Los residuos a que se hace alusión en el presente acto administrativo comprenden los plaguicidas en desuso, envases o empaques y los embalajes que se hayan contaminado con plaguicidas. Están sujetos a formular, presentar y desarrollar los Planes de Gestión de

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Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas, las personas naturales o jurídicas que importan o fabrican plaguicidas en el territorio nacional, bien sean ingredientes activos o productos formulados. Los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas comprenden los residuos de plaguicidas provenientes del consumo del mercado nacional en los usos agrícola, industrial, veterinario, doméstico y salud pública, entre otros. Los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas deben corresponder en su contenido y especificidad a las características de los plaguicidas y los residuos o desechos peligrosos que serán devueltos. Los distribuidores y comercializadores de plaguicidas deben formar parte de los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo y participar activamente en la implementación de dichos planes. Por iniciativa propia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las compañías miembros de la Cámara Procultivos de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, presentaron en el año 2003 una primera edición de las Guías Ambientales para el Subsector de Plaguicidas, en el marco del Convenio Especial de Cooperación Técnica y Científica celebrado entre dichas entidades. Su objeto era elaborar un conjunto de guías ambientales para los diversos subsectores agropecuarios, en el marco de “Política Ambiental Nacional de Producción Más Limpia” y fueron concebidas a través de un proceso de concertación entre las autoridades ambientales, los sectores productivos y la academia, como un instrumento de consulta y orientación para todas las personas interesadas en alguna de las etapas de producción, comercialización, consumo y posconsumo de plaguicidas químicos de uso agrícola en nuestro país, cuyo contenido ha marcado las pautas para el accionar metodológico y de procedimientos a emprender en la gestión ambiental y responsable de estas sustancias al momento de iniciar la ejecución de proyectos, obras o actividades, que busca fortalecer los procesos de planificación, manejo y control ambiental. En este orden, las presentes Guías para la Gestión Ambiental Responsable de los Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola en Colombia, consolidan el trabajo anterior y adiciona nuevos ajustes, en busca de lograr un documento de referencia único en el desarrollo de alternativas técnicas que minimicen el riesgo ambiental y promuevan la gestión integral en las actividades con

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plaguicidas químicos de uso agrícola y para los programas de las autoridades ambientales. Esta segunda versión de las guías corresponde a una actualización que se basa en primer lugar, en las necesidades de los actores relacionados con plaguicidas químicos de uso agrícola en relación con los avances normativos y los nuevos instrumentos de gestión expedidos, dada la importancia del tema y el compromiso con el medio ambiente. Además, la actualización de estas guías se encuentra en el marco de las actividades derivadas del Sistema Nacional de Medidas sanitarias y Fitosanitarias, la Política Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad de Alimentos, específicamente en el CONPES 3514 de 2008 “Política Nacional Fitosanitaria y de Inocuidad para las Cadenas de Frutas y de Otros Vegetales”, que busca en esencia mejorar las condiciones fitosanitarias de las frutas y la inocuidad de la producción hortofrutícola con el fin de proteger la salud y vida de las personas, aumentar la competitividad y fortalecer la capacidad para obtener la admisibilidad de los productos agrícolas en los mercados internacionales. La prevención de la generación de residuos o desechos peligrosos, así como la regulación del manejo de los residuos o desechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente, está dispuesto en el Decreto 4741 de 200534. En caso de violación de la presente ley, las autoridades impondrán las sanciones administrativas, penales o disciplinarias a que haya lugar, sin perjuicio de la responsabilidad que sea imputable por impactos o daños originados al medio ambiente, la salud humana, la integridad física y la vida de los habitantes35. De acuerdo con el Decreto 4741 de 2005 y a partir de la Ley 99 de 1993, las autoridades ambientales deberán adelantar acciones en cuanto a la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos, ellas son36:

Implementar el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos en su jurisdicción,

Reportar anualmente durante el mes de enero del año siguiente al

34

Decreto 4741 de 2005, articulo 1. 35

Ley 1252 de 2008, Articulo 17 36

Decreto 4741 de 2005, artículo 24

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IDEAM, la información recolectada a través del registro de generadores;

Generar o divulgar información sobre la cantidad, calidad, tipo y manejo de los residuos o desechos peligrosos, con base en la información recopilada en el registro de generadores;

Formular e implementar un plan para promover la gestión integral de residuos o desechos peligrosos, con énfasis en aquellas, estrategias o acciones que haya definido la Política como prioritarias.

Poner en conocimiento del público en general, el listado de receptores o instalaciones autorizadas para el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento y/o valorización y disposición final de residuos o desechos peligrosos en su jurisdicción;

Incentivar programas dirigidos a la investigación para fomentar el cambio de procesos de producción contaminantes por procesos limpios;

Realizar actividades informativas, de sensibilización y educativas de tal manera que se promueva la gestión integral de residuos o desechos peligrosos en el área de su jurisdicción;

Fomentar en el sector productivo el desarrollo de actividades y procedimientos de autogestión que coadyuven a un manejo integral de los residuos o desechos peligrosos.

Le corresponde a las autoridades nacionales con implementación y acatamiento de las municipales las actividades de minimizar, prohibir la generación, almacenamiento o eliminación de residuos o desechos peligrosos en ecosistemas estratégicos o importantes del país, diseñar planes, sistemas y procesos adecuados, limpios y eficientes de tratamiento, almacenamiento, transporte, reutilización y disposición final de residuos peligrosos que propendan al cuidado de la salud humana y el ambiente de acuerdo con las disposiciones de la Ley 1252 de 200837. Esta misma norma le establece al generador, fabricante, importador y o bien transportador, la responsabilidad integral subsistente hasta que el residuo peligroso sea aprovechado como insumo o dispuesto finalmente en depósitos o sistemas técnicamente diseñados que no represente riesgos para la salud humana y el ambiente38. 37

Ley 1252 de 2008, articulo 1 y 2 38

Ibíd., articulo 7

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Para el generador se establece la responsabilidad de los residuos o desechos peligrosos que él genere, esta responsabilidad es extendida a los afluentes, emisiones, productos y subproductos, por todos los efectos ocasionados a la salud y al ambiente39. Estos mismos actores tienen la obligación formular e implementar planes de gestión integral de residuos peligrosos con su respectivo plan de contingencia, para garantizar la minimización, gestión, manejo integral y monitoreo de los residuos que genera40. Los importadores o fabricantes de plaguicidas sean personas naturales o jurídicas, deberán presentar un Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas con metas graduales de recolección41. Para el caso de los consumidores de los plaguicidas, las obligaciones son las de hacer manejo adecuado de almacenamiento y entrega para destrucción con el ánimo de minimizar los riesgos a la salud humana y el ambiente, durante las diferentes etapas de manejo de los mismos42. Para el caso de quienes reciben residuos peligrosos se obliga a contar con instalaciones destinadas a prestar servicios de almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluida la recuperación, el reciclaje o la regeneración), tratamiento y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos, deberán43 y se responsabiliza de forma integral la misma del generador, esto cuando lo recibe del transportador y haya efectuado o comprobado el aprovechamiento o disposición final del mismo44. En cuanto al manejo, se dispone que todos los envases o empaques y embalajes contaminados con plaguicidas se sometan a actividades de aprovechamiento y valorización, para la elaboración de juguetes, utensilios domésticos, recipientes y empaques que vayan a estar en contacto con agua para el consumo humano, alimentos o medicamentos. Utilizar o emplear población infantil para realizar algún tipo de actividades relacionadas con los Planes de Gestión de Devolución de Posconsumo de Plaguicidas. 39

Decreto 4741 de 2005, articulo 11 40

Ley 1252 de 2008, articulo 12 41

Resolución 693 DE 2007, articulo 3 42

Ibíd., articulo 7 43

Decreto 4741 de 2005, articulo 11 44

Ibíd., articulo 20

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La actividad de vigilancia y control está a cargo de la autoridad ambiental competente o quien haga sus veces, quien deberá actuar en coordinación con las autoridades sanitarias, policivas, de comercio exterior y de aduanas y que tendrán que cumplir las funciones propias de prevención, inspección, vigilancia y control45. De igual forma, los departamentos, municipios y distritos, están investidos a prevención de la respectiva autoridad en materia sancionatoria ambiental como facultad de prevención para el manejo de los residuos peligrosos46. En cuanto a las sanciones administrativas en materia ambiental tienen una función preventiva, correctiva y compensatoria, para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, Tratados Internacionales, la ley y el Reglamento47. En cuanto a las sanciones, la base normativa establece que ante la violación de sus disposiciones les corresponde a las autoridades imponer sanciones de tipo administrativo, penal, o disciplinario que se den. Se concluye parcialmente que existe base normativa para realizar el manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas o sustancias peligrosas utilizados en la producción agrícola, estas normas son vinculantes y establecen responsabilidades a los actores involucrados en la producción, transporte, distribución, uso y vigilancia de estos residuos. 4.2 CARACTERIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DEL MUNICIPIO DE CÁCOTA DE VELASCO EN CUANTO A LA UTILIZACIÓN DE RESIDUOS PELIGROS.

En este capítulo se relacionan las características de la producción agrícola del municipio a partir de la muestra identificando las condiciones generales, los aspectos básicos de las familias, el tipo de producción, la cantidad de producción, la utilización de plaguicidas y el manejo de los residuos posconsumo. La distribución de personas de la muestra confirma una concentración de personas en la Vereda Santa Matilde.

45

Ibíd., articulo 16 46

Ley 1333 de 2009, artículo 2 47

Ibíd., articulo 4

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35

0,00%5,00%

10,00%15,00%20,00%25,00%30,00%35,00%

AJO

AP

IO

AR

RA

CA

CH

A

AR

VEJ

A

CU

RU

BA

DU

RA

ZNO

FRES

A

FRIJ

OL

LULO

MA

IZ

MO

RA

ND

PA

PA

TOM

ATE

DE…

UC

HU

VA

ZAN

AH

OR

IA

(en

bla

nco

)

CANTIDAD EN HECTÁREAS

Total

La mayor concentración de personas esta en el rango de edad entre 12 y 40 años.

La mayor concentración de hombres esta en las veredas Hato de la virgen y Santa Matilde. Hay mayor concentración de Mujeres en ICOTA. Prevalecen las familias que cuentan con unidades productivas en la categoría de finca dominando así una concentración en esta opción de la producción campesina del municipio. El 78% de Las unidades productivas campesinas son de tenencia propia, menos del 20% en arriendo y menos del 10% amedieros.

CANTIDAD DE HECTÁREAS POR CULTIVO Figura 4. Cantidad en Hectáreas

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013.

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NÚMERO DE PLANTAS O KILOS POR CULTIVO Cuadro 8. Número de plantas o kilos por cultivo

CANTIDAD DE HECTÁREAS POR CULTIVO.

NÚMERO DE PLANTAS CANTIDAD DE KILOS

SEMBRADOS

AJO 10000 30

APIO 0 0

ARRACACHA 0 0

ARVEJA 0 85

CURUBA 30 0

DURAZNO 4966 0

FRESA 39500 0

FRIJOL 0 0

LULO 240 0

MAIZ 0 53

MORA 180 0

PAPA 0 32661

TOMATE DE ÁRBOL 460 700

UCHUVA 1500 400

ZANAHORIA 0 0

TOTAL GENERAL 56876 33929

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 La mayor producción se concentra en la papa con 32.661 kilos sembrados.

PRODUCCIÓN ANUAL Cuadro 9. Producción anual en toneladas

PRODUCCIÓN ANUAL TON/AÑO

CULTIVO TOTAL TON/AÑO

AJO 74,5

APIO 0

ARRACACHA 0,2

ARVEJA 24,1

CURUBA 0,5

DURAZNO 27???

FRESA 37,5

FRIJOL 2,5

LULO 0

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37

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

NO SI

TIPO DE PRODUCCIÓN

BUENAS PRACTICASAGRÍCOLAS

QUÍMICOS -PLAGUICIDAS

Cuadro 9. (Continuación).

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013

TIPO DE PRODUCCIÓN Figura 5. Cantidad en Hectáreas

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 Se percibe el alto impacto ambiental de la producción al identificar que el 89% de la producción corresponde a la utilización de químicos plaguicidas.

MAÍZ 0,5

MORA 0,9

PAPA 759,75

TOMATE DE ÁRBOL 19,4

UCHUVA 2016

ZANAHORIA 129

Total general 3091,9

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CULTIVOS PRODUCIDOS CON PLAGUICIDAS Cuadro 10. Cultivos producidos con plaguicidas

CULTIVOS PRODUCIDOS CON PLAGUICIDAS

CULTIVO CANTIDAD DE CULTIVOS CULTIVOS CON PLAGUICIDAS

AJO 3 3

APIO 1 1

ARRACACHA 1 1

ARVEJA 15 15

CURUBA 2 2

DURAZNO 8 8

FRESA 8 8

FRIJOL 2 2

LULO 1 1

MAÍZ 3 3

MORA 2 2

PAPA 19 19

TOMATE DE ÁRBOL 4 4

UCHUVA 5 5

ZANAHORIA 7 7

TOTAL GENERAL 81 81

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 De un total de 81 cultivos, el 100% son cultivos con plaguicidas.

NIVEL DE TOXICIDAD DE LOS PLAGUICIDAS POR CULTIVO Cuadro 11. Nivel de toxicidad de los plaguicidas por cultivo.

CULTIVO

NIVEL DE TOXICIDAD

NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3 NIVEL 4 ND TOTAL

ARVEJA 10 14 2

26

AJO 1 2 1

1 5

APIO

1 1

ARRACACHA

1

1

CURUBA 1 1 1

3

DURAZNO

2 2 2 2 8

FRESA 1 7 5

1 14

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Cuadro 11. (Continuación)

CULTIVO

NIVEL DE TOXICIDAD

NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3 NIVEL 4 ND TOTAL

FRIJOL 1 1 1

1 4

LULO

1 1

MAIZ

3 3

MORA

1 1

2

PAPA 13 9 9 2 3 36

TOMATE DE ARBOL 1 2 1

1 5

UCHUVA 2 3 2 1 1 9

ZANAHORIA 1 4 1

3 9

TOTAL 31 45 27 6 18 127

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013. Se resalta la utilización de plaguicidas de nivel de toxicidad relativamente baja, principalmente 1 y 2.

MARCA COMÚN DE LOS PLAGUICIDAS POR CULTIVO Cuadro 12. Marca Común de los Plaguicidas por Cultivo.

MARCA DE PLAGUICIDAS TOTAL MARCA COMUN DE

PLAGUICIDAS

MANZATE 13

FURADAN 12

LORSBAN 11

PIRESTAR 10

LATIGO 10

DEROSAL 9

CURATHANE 7

DACONIL 6

SCORE 6

DITANE 4

ANTRACOL 4

OTROS 85

TOTAL 177

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013

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CANTIDAD DE PLAGUICIDA UTILIZADO POR CULTIVO Cuadro 13. Cantidad de plaguicida utilizado por cultivo

PLAGUICIDA UTILIZADO TOTAL CANTIDAD MAS USADA DE PLAGUICIDA EN LITROS

AGRIMINS 200

MANZATE 89,8

AGROTIN 48

CURATHANE 43

FURADAN 39,08

DITANE 34

ANTRACOL 25

AMIDOR 24

LORSBAN 23,83

DACONIL 16,4

PIRESTAR 16

DEROSAL 15,2

LATIGO 13,58

ENGEO 12

CRECER 500 10,5

OTROS 116,135

TOTAL 726,525

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 En total se usan en la producción agrícola por periodo de producción 726 litros de sustancias peligrosas de plaguicidas.

PRESENTACIÓN DEL PLAGUICIDA UTILIZADO POR CULTIVO Cuadro 14. Presentación del Plaguicida Utilizado Por Cultivo

PRESENTACIÓN DEL PLAGUICIDA TOTAL

BOLSA 34

BOTELLA 104

PAPELETA 18

ND 21

Total general 177

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013

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19%

59%

12% 10%

PRESENTACIÓN DE PLAGUICIDA

BOLSA

BOTELLA

ND

PAPELETA

Figura 6. Cantidad más usada de Plaguicidas Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 El principal recipiente de presentación es botella, lo que por su volumen aumenta el impacto ambiental si no se realiza un adecuado manejo.

MANEJO DADO A LOS RESIDUOS DE LOS PLAGUICIDAS UTILIZADOS EN SU PRODUCCIÓN AGRÍCOLA

Cuadro 15. Manejo dado a los Residuos de los Plaguicidas

MANEJO DADO A LOS RESIDUOS DE LOS PLAGUICIDAS UTILIZADOS EN SU PRODUCCIÓN AGRÍCOLA POR VEREDAS

VEREDA

HATO DE LA

VIRGEN ICOTA

SANTA MATILDE

TOTAL GENERAL

Almacena 6 3 5 14

Botarlos 2 2 4 8

Recoge y guarda en la vivienda 2 0 3 5

Se almacena y se entrega periódicamente a un vehículo especial de recolección.

0 1 0 1

Total general 10 6 12 28

Fuente: Encuesta semiestructurada al municipio de Cacota. 2013 Un alto número de residuos no tienen una recolección adecuada. Los agroquímicos más utilizados por cultivos se muestran en el siguiente cuadro:

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Cuadro 16. Cultivos más utilizados.

Fuente: Propia del autor. 4.3 ACCIONES DE POLÍTICA PÚBLICA MUNICIPAL QUE EVIDENCIEN LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL ESPECÍFICAS DE MANEJO DE RESIDUOS POSCONSUMO DE PLAGUICIDAS DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA EN EL MUNICIPIO DE CÁCOTA DE VELASCO. A partir de la revisión de insumos municipales se establecen las iniciativas de política pública, sobre la gestión ambiental que se enfocan en la aplicación de normas que establecen el adecuado manejo de residuos posconsumo de plaguicidas de la producción agrícola. Esta revisión se centra en el análisis de problemas ambientales, diseño, formulación, implementación y ejecución de planes, programas y proyectos de corte ambiental, las ejecuciones presupuestales y la relación de los responsables institucionales.

CULTIVO PLAGUICIDAS USADOS

AJO BAYER CROSSIER

SYNGENTA OMA PROCAL

FUMITORA

APIO ND

ARRACACHA ND

ARVEJA FURADAN MANCOZEB

VITABAX

FURADAN ND OMA

CURUBA LATIGO TOZUL

DURAZNO BAYER LATIGO ENGEO SUNFIRE

MICROFERTIZA

SYNGENTA

CHEMINOVA

OMA

VECOL

FRESA DEROSAL FURADAN

CARBOTEC

LATIGO

FRIJOL ND

LULO ND

MAIZ ND

MORA SCORE

PAPA BAYER FURADAN

PIRESTAR

LATIGO MANZATE

LORSBAN

SYNGENTA

TOMATE DE ÁRBOL BAYER ND

UCHUVA ANTRACOL

MANCOZEB

FURADAN

ELTRA NADIR

ZANAHORIA LORBAN ND

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Análisis de los documentos del Comité de Educativo Ambiental CEAM, programa ambientales y ejecución ambiental en el periodo 2010 - 2012 del municipio de Cácota de Velasco48.

De acuerdo con lo planteado y desarrollado por el municipio en materia ambiental, tanto como describir la existencia de una política ambiental concisa, es demasiado pretensioso, se evidencia una contribución al cumplimiento de las líneas nacionales sobre cuidado de medio ambiente y la construcción del comité de educación ambiental CEAM y un aporte a iniciativas privadas para el mantenimiento de los recursos ambientales del municipio, no existen registro de acciones que incorporen el cumplimiento de las normas que establecen el manejo de los residuos posconsumo de sustancias de plaguicidas o peligrosas. En el siguiente cuadro se muestran las iniciativas clasificadas como proyectos del sector ambiental, según el reporte al sistema de gestión ambiental SIA del periodo de estudio a la Contraloría General del departamento Norte de Santander49. Cuadro 17. Síntesis de acciones ambientales

AÑO ACCIONES AMBIENTALES

2010

Plan integral de manejo de residuos solidos Caracterización de vertimientos Limpieza y reforestación de la laguna vereda Mata De Lata Mejoramiento y mantenimiento de acueductos Reposición de alcantarillado Plan de acción del CEAM Concesión de agua

2011

Construcción de reservorios Conservación de mico cuencas Tratamiento y disposición de residuos solidos Construcción de unidades sanitarias Protección y saneamiento ambiental Programa guardabosques.

48

Los documentos consultados son; 35 actas del CEAM de los años 2010, 2011, 2012, el acuerdo N° 043 del presupuesto del municipio de Cácota para el año 2010. Los acuerdos de conformación de los CEAM en los años 2010, 2011, 2012 y el formato de rendición de cuentas 2008-2011. 49

SIA Cácota de Velasco Contraloría General del departamento Norte de Santander, 2010, 2011, 2012

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Cuadro 17. (Continuación).

2012

Programa guardabosques Recolección, transporte y disposición de residuos solidos Reposición de alcantarillado Mantenimiento de redes urbanas

Fuente: Elaboración propia a partir del reporte SIA 2010 – 2011 – 2012 Cuadro 18. Síntesis de Aspectos Presupuestales

AÑO

ASPECTOS PRESUPUESTALES

Presupuesto general ejecutado en gestión ambiental

Total presupuesto municipal

% de participación

2010 $ 1.097.915.00050

$ 4.955.000.000 22%

2011 $117.613.000 $ 3.981.500.000 3%

2012 63.723.378 $ 3.008.000.000 2%

Fuente: Alcaldía municipal de Cácota. Dentro de las acciones propuestas para el periodo analizado se encuentran dos grandes lineamientos de política51.

Primer lineamiento de política ambiental municipal: Apoyo y fortalecimiento al grupo educativo CEAM.

Segundo lineamiento de política ambiental municipal: Protección de Nacientes en las diferentes Veredas Rurales del Municipio de Cácota mediante cercado.

En el año 2010 se evidencia una total línea de acción de sensibilización y capacitación sobre sostenibilidad ambiental dirigida a jóvenes, proyectos escolares PRAES, campañas sobre prevención de incendios y se menciona la socialización de la Política de Calidad de la Corporación Autónoma Regional CORPONOR, aunque este último solo realiza socializaciones de sensibilización y capacitación sobre sostenibilidad ambiental. El análisis detallado de este proceso del año 2010 no se dirigió o incorporo acciones frente a la problemática de los residuos posconsumo de plaguicida y su manejo en concordancia sobre la base normativa.

50

Incluye una inversión de infraestructura en Alcantarillado por más de $ 980.000.000 51

Formato de rendición de cuentas 200820121 también contemplados en el plan de acción 2010 de educación ambiental del Acta 03del 16 de abril de 2010.

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En este año se avanzó en la aplicación del comparendo ambiental el cual se reglamentó por el Acuerdo 049 del 30 de diciembre de 2010. Se relacionan proyectos de la agenda ambiental, dentro de una actualización sin embargo solo queda en el nombre de actualizarlos, no se evidencia su actualización o su posterior seguimiento. Igual que la creación de un plan de acción 2010 de educación ambiental, y un proyecto denominado riegos de Paz.52 “cabe resaltar que hay una serie de capacitaciones contenidas en las actas recopiladas correspondientes a los tres años de estudio. En cuanto a problemáticas ambientales, se evidencia contaminación de fuentes hídricas53 y capacitación hacia las modificaciones del EOT, para el manejo del ordenamiento territorial y el manejo de las cuencas hídricas54. Es fundamental mencionar que la fundamentación de iniciativas carecen de un diagnostico base que defina las cualidades y dimensión cuantitativa de cada problemática ambiental. En el 2011 se evidencia las mismas iniciativas para la aplicación de una cultura ambiental dentro de los lineamientos del CEAM, se mira como carta de navegación la revisión del EOT55 siguiendo las líneas de acción de educación y protección, sin embargo se comienza a evidenciar nuevas problemáticas dentro de la comunidad, como es el cuidado de los páramos en Berlín y los problemas de los residuos orgánicos en la vereda ICOTA56. Se relaciona en este año el programa forestando y se mira con cuidado la participación de CORPONOR en la compra de terrenos estratégicos para el cuidado del agua. Por último se observa la necesidad del análisis de medición ambiental del municipio57 En el 2012 las acciones van encaminadas al manejo de residuos sólidos58 el

52

Acta 03 del 16 de abril de 2010 53

Acta 04 del 12 de Junio de 2010 54

Acta 06 del 12 de Junio de 2010. 55

Acta 06 del 6 de julio de 2011 56

Acta 01 del 20 de enero de 2011. 57

Acta 10 del 2 de noviembre de 2011. 58

Acta 7 del 2012

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manejo de plaguicidas59 en los cultivos de la zona, el cuidado del páramo de Santurbán y la explotación minera en la zona. Otro punto de alta importancia se refiere a la compra de áreas estratégicas para la conservación del agua en el territorio del municipio. Esto de un tono de acciones que no se mirarían como conjuntas, ya que nacen del quehacer diario de los CEAM, sin embargo dentro de esta mismas actas se muestra el interés de un actor privado en la formulación de proyecto o programa el cual sea capaz de medir, diagnosticar y solucionar los problemas de los residuos sólidos por el uso de contaminantes a la hora de realizar cultivos estas propuesta viene presentándose desde el 2011 a la comunidad de manera de capacitación y sensibilización a las entidades competentes en la temática, además se encuentra que la destinación de recursos para compra de aéreas estratégicas es irrisoria a la hora de abordar los temas de cuidado de agua, ya que las comunidades cercanas a dichas afluentes se sienten amenazadas de perder el acceso al vital liquido en las cantidades anteriores a la compra de los terrenos por parte de las autoridades ambientales. En la presentación de propuestas para medir, diagnosticar y solucionar los problemas de los residuos sólidos por el uso de contaminantes a la hora de realizar cultivos, se hace claro el bajo nivel de conocimiento sobre el adecuado manejo de estos residuos por parte de la institucionalidad y de la comunidad misma Para el año 2012 aparece como problemática el tema de residuos en la producción agrícola, sin embargo es fundamental señalar que esta propuesta proviene de un actor privado que hace una apuesta por realizar desde su experiencia el manejo de este tema lo cual es un indicio de aplicación de normas ambientales especificas pero no constituye política todavía que haya sido atendida e incorporada por la administración municipal. Se puede concluir parcialmente que estas iniciativas de políticas no establecen abiertamente una propuesta de gestión ambiental a nivel de política pública que incorpore la atención al desarrollo de acciones encaminadas al cumplimiento de la base normativa sobre el adecuado manejo de los plaguicidas. Al parecer se trata de un asunto de arreglo institucional que permita identificar desde el diseño las problemáticas esenciales que como se muestra con base en la caracterización de la producción agrícola existe en

59

Acta 9 del 9 de octubre de 2012

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torno al manejo de residuos posconsumo de plaguicidas. 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

A manera de conclusión se identificó que el municipio de Cácota de Velasco, no cuenta con una clara política de gestión ambiental que dé respuesta a la problemática del manejo de los residuos posconsumo de acuerdo con la ruta propia según se establece normativamente. Se infiere de la revisión de las iniciativas y la caracterización de la producción agrícola del municipio que la no atención y aplicación a las normas, se debe al alto desconocimiento de los actores sociales y principalmente de los actores institucionales responsables de la planeación, que no siguen indicaciones de formulación de políticas públicas con base en agendas políticas que hagan lectura de obligaciones normativas, la traducción del tipo de producción y organización campesina refuerzan el desacato a la norma. De acuerdo con la base normativa, el municipio es responsable de la actividad de vigilancia y promoción del correcto manejo de los residuos o desechos peligrosos. La base normativa es amplia, clara y orientativa, sobre el manejo de los residuos posconsumo, establece la ruta de manejo, las responsabilidades, competencias, vigilancia. De la muestra observada, la cantidad de agroquímicos utilizados es de 728 litros por periodo de cosecha, para un total de 98 hectáreas de producción presentados principalmente en botellas. En principio el tema de desconocimiento del adecuado manejo se evidencia en el tipo de producción tradicional, se tiene que el 100% de productores encuestados realizan su producción con plaguicidas. Así mismo, se evidencia un problema de manejo de agenda política, que dado el no diagnóstico de la situación problemática, no genera alternativas de manejo como las contempladas en la base normativa. La conclusión final general es que en el municipio de Cácota de Velasco no se aplica la base normativa ambiental que establece el correcto manejo de los residuos posconsumo de plaguicidas o sustancias peligrosas, que la economía campesina utiliza en cantidades considerables en su proceso de

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producción agrícola, contrario a la tendencia de aplicar normas de manejo ambiental y hacer tránsito hacia la producción limpia en pequeñas unidades productivas como las de Cácota de Velasco, esto debido al bajo conocimiento de la normatividad, el bajo conocimiento de los posibles impactos, el bajo desconocimiento de la ruta adecuada para su manejo y la ausencia de diagnósticos que sustente la dimensión del problema y presione su incorporación en la agenda política. 6. REFERENCIAS

Actas del Comité Municipal de Educación ambiental de Cacota de Velasco, 2010, 2011, 2012 Acuerdos de conformación de los CEAM en los años 2010, 2011, 2012 y el formato de rendición de cuentas 2008-2011. Agenda Local 21. Documento Conferencia de Estocolmo. 1972. Estocolmo ALEXY, R., El concepto y la validez del Derecho, trad. de J.M. Seña, Barcelona, Gedisa, 1994 ANDRE NOEL ROTH DEUBEL, "Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación" En: Colombia 2006 ed: Ediciones Aurora, capitulo II ATEHORTÚA CASTRO, Luis Alfredo, Las políticas públicas. Claves de la decisión institucional y social Una breve introducción. Banco Mundial / OMS / PNUMA / La disposición segura de residuos peligrosos. Convenio de Basilea CUZCANO CHUMPITAZ, Roberto, Evaluación inicial, evaluación de la exposición y remediación utilizando tecnologías innovadoras. Gestión ambiental de sitios contaminados (GASC), 2001. Decreto 4741 por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. Bogotá. 30 de Diciembre de 2005

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