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entidad mexicana de acreditacin, a. c.MANUAL DE PROCEDIMIENTOS APLICACIN DE LA NORMA NMX-EC-17020-IMNC-2000 PARA UNIDADES DE VERIFICACIN (ORGANISMOS DE INSPECCIN) EN MATERIA DE EMISIONES CONTAMINANTES Y CONDICIONES FSICO MECNICAS GUA CONTENIDO CAPTULO HOJA 0 1 2 3 4 4.1 TEMA

4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 4.9 4.10 4.11 4.12 4.13 4.14 4.15 4.16

INTRODUCCIN OBJETIVO CAMPO DE APLICACIN Y ALCANCE DOCUMENTOS DE REFERENCIA DESARROLLO CODIFICACIN DE INFORMACIN A INCLUIRSE O HACER REFERENCIA EN EL MANUAL DE CALIDAD ESTABLECIDA EN EL ANEXO D INFORMATIVO DE LA NORMA NMX-EC-17020-IMNC-2000 DEFINICIONES REQUISITOS ADMINISTRATIVOS INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD E INTEGRIDAD CONFIDENCIALIDAD ORGANIZACIN Y ADMINISTRACIN SISTEMA DE CALIDAD PERSONAL INSTALACIONES Y EQUIPO METODOS Y PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIN (INSPECCIN) MANEJO DE MUESTRAS Y DE LOS ELEMENTOS DE VERIFICACIN (INSPECCIN) REGISTROS ACTAS DE VERIFICACION (INSPECCIN) Y DICTAMENES DE VERIFICACIN (INSPECCIN) SUBCONTRATACIN QUEJAS Y APELACIONES COOPERACIN

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3 4 6 9 9 12 14 15 18 19 19 19 20 21 21

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INTRODUCCIN

El presente documento es una gua para la aplicacin y revisin del cumplimiento de la norma mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000 en la materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas, de conformidad con los criterios establecidos por las Cooperaciones Internacionales de Acreditadores ILAC e IAF y algunos criterios de la entidad mexicana de acreditacin, a.c., as como de la SCT.

FECHA DE EMISION 2011-11-30

FECHA ENTRADA VIGOR 2012-01-02

HOJA 1 DE 21

MOTIVO: EMISIN DOCTO No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.1 OBJETIVO

Contar con un documento de referencia para la aplicacin de la norma NMX-EC-17020-IMNC2000, garantizando el cumplimiento y evaluacin de la norma de operacin de varios tipos de Unidades (Organismos) que desarrollan la Verificacin (Inspeccin) en la materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas.

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CAMPO DE APLICACIN Y ALCANCE

El presente documento debe ser aplicado por todas las personas acreditadas y en proceso de acreditacin como Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) en la materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas, por el personal de la Gerencia de Unidades de Verificacin de la ema, Evaluadores, Subcomits y Comit de Evaluacin para el proceso de evaluacin y acreditacin.

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DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Para la correcta aplicacin de esta gua se deben consultar los siguientes documentos del Sistema de Calidad, en su edicin vigente. 3.1 3.2 3.3 3.4 3.5 3.6 Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin. Reglamento de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin. Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000 Criterios generales para la operacin de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificacin (inspeccin). ILAF/ILAC-A4: 2004 Guidance on the Application of ISO/IEC 17020 APLAC MR001 Requirements for Inspection Body Accreditation. NMX-EC-17011-IMNC-2005 Evaluacin de la conformidad-Requisitos generales para los organismos de acreditacin que realizan la acreditacin de organismos de evaluacin de la conformidad en materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas. Convocatoria para acreditacin y aprobacin de Unidades de Verificacin (organismos de inspeccin) en materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas. Oficios emitidos por la Secretara de Comunicaciones y Transportes en complemento a la convocatoria para acreditacin y aprobacin de Unidades de Verificacin (organismos de inspeccin).

3.7 3.8

4 4.1

DESARROLLO Codificacin de informacin a incluirse o hacer referencia en el Manual de Calidad establecida en el Anexo D Informativo de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2000. D.1 D.2 D.3 D.4 D.5 D.6 Informacin general (nombre, direccin, nmeros telefnicos, etc., y el estado legal). Declaracin directiva sobre objetivos, poltica y compromiso con la calidad. Declaracin directiva nombrando a la persona designada en el prrafo 7.4. Descripcin de los mbitos de actividad y competencia de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). Informacin (en su caso) de la relacin existente entre la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) y su organizacin matriz u otras organizaciones asociadas. Estructura o estructuras organizacionales.HOJA 2 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.D.7 D.8 D.9 D.10 D.11 D.12 D.13 D.14 4.2 Descripciones de puesto relevantes. Declaracin de la poltica a seguir en lo que a formacin y capacitacin del personal se refiere. Procedimientos para el control de documentos. Procedimientos para efectuar auditoras internas. Procedimientos para los comentarios (retroinformacin) y las acciones correctivas. Procedimientos para la revisin del sistema de calidad por parte de la direccin. Otros procedimientos, instrucciones o referencias a otros procedimientos e instrucciones que son requisito de la presente norma. Lista de distribucin del Manual de Calidad.

Definiciones.

En esta gua, la palabra producto debera entenderse para incluir las palabras diseo de producto, servicio, proceso y planta, como se especifica en la clusula 2.1 de la Norma NMXEC-17020-IMNC-2000. Reconociendo el amplio rango de industrias representadas por las unidades de verificacin (organismos de Inspeccin) se permite la utilizacin de terminologa alternativa para designar al objeto de la inspeccin. La definicin de inspeccin se traslapa con la de ensayos y la de certificacin de producto cuando esas actividades tienen caractersticas comunes. Sin embargo, una diferencia importante es que muchos tipos de inspeccin involucran juicio profesional para determinar la aceptabilidad contra los requerimientos generales y, por tanto la unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tiene que demostrar que tiene la competencia necesaria para realizar esa tarea. El alcance de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000 no cubre la certificacin de sistemas de gestin de la calidad. Puede, sin embargo, ser necesario para unidades de verificacin (organismos de inspeccin) que tengan que examinar algunos aspectos del sistema de gestin de la calidad u otros sistemas documentados para justificar los resultados de la inspeccin; por ejemplo, el examen de procesos. Generalmente, la inspeccin involucra determinacin directa de la conformidad con requerimientos especficos o generales de un slo producto (a menudo complejo o crtico) o de pequeas series de productos, mientras que la certificacin involucra determinacin indirecta del cumplimiento de productos fabricados en grandes lotes para requisitos especficos. La inspeccin de productos en uso (inspeccin en servicio) es una disciplina firmemente establecida, mientras que la certificacin (ISO/IEC Guide 65) de productos en uso no ocurre. En la siguiente tabla se indican otras diferencias. Actividad Naturaleza de la operacin Inspeccin Inspeccin de productos individuales, y no necesariamente por una tercera parte (determinacin directa de la conformidad) Examinados contra normas u otros documentos normativos y/o requerimientos generales El reporte provee la condicin Certificacin de Producto Certificacin de series de productos y siempre por tercera parte (determinacin indirecta de la conformidad) Evaluador contra normas u otros documentos normativos La certificacin normalmenteHOJA 3 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

Conformidad

Aseguramiento

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.en el momento de la verificacin No es necesario separar a las personas que toman las decisiones de inspeccin de las que realizan las verificaciones No se emiten licencias provee aseguramiento continuo de cumplimiento Las decisiones de certificacin son tomadas por persona(s) diferente(s) de la(s) que realiza(n) la evaluacin Se otorgan licencias a los proveedores para emitir certificados La marca puede ser puesta en un producto certificado bajo licencia Normalmente es necesario para proporcionar un aseguramiento continuo de cumplimiento Nunca mediante certificacin de productos

Decisiones

Emisin de licencias

Marcado de productos

Se marcan slo los productos cubiertos por la verificacin Slo cuando es necesario como apoyo a la verificacin Siempre por verificacin

Vigilancia

Inspeccin de productos en servicio

4.3

Requisitos administrativos.

Criterio para el punto 3.1 de la norma NMX-EC-17020-IMC-2000: Para la materia de condiciones fsico mecnicas y emisiones contaminantes, slo se consideran personal morales. Se debe presentar copia fotosttica del acta constitutiva certificada de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) o de la Organizacin a la que pertenece, decreto de gobierno o estatutos de la organizacin para el caso de empresas pblicas. Todos los documentos debern ser con validez oficial. Para unidades de verificacin tipo A y tipo C se debe considerar dentro del objeto social del acta constitutiva actividades de Verificacin (Inspeccin) de normas oficiales mexicanas aplicables al transporte terrestre, o de evaluacin de conformidad, excepto para las Unidades de verificacin de condiciones fsico mecnicas del tipo B. Para el caso de unidades de verificacin de la materia de condiciones fsico mecnicas y que soliciten ser acreditadas como tipo B solo debern presentar copia fotosttica del acta constitutiva certificada de la organizacin a la que pertenece. El acta constitutiva de la unidad de verificacin deber cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria aplicable y el objeto social deber cumplir con los criterios de independencia correspondiente al tipo de unidad de verificacin conforme a lo establecido en la norma NMX-EC17020 vigente. Criterio para el punto 3.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Un diagrama organizacional es la manera ms comn de ilustrar la posicin de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) dentro de una Organizacin ms grande o Grupo de empresas. Los diagramas deben mostrar la relacin con las empresas del Grupo y/o las relaciones entre los departamentos dentro de la misma organizacin. Esta informacin puede ser til para soportar cualquier reclamacin sobre la independencia de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin).HOJA 4 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Criterio para el punto 3.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se deben presentar los documentos en los que se establezca con claridad los mbitos de actividad, y competencia de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) en la(s) materia(s) donde solicita la acreditacin ya sea para la materia de condiciones fsico mecnicas y/o emisiones contaminantes Los contratos u ordenes de trabajo para la verificacin deberan asegurar que hay un claro y demostrable entendimiento entre la unidad de verificacin y su cliente del alcance de la verificacin a ser realizada por la unidad de verificacin. Asimismo, debe establecerse con claridad en el Contrato de servicio el alcance de la verificacin (inspeccin) que se va a realizar.

Criterio para el punto 3.4 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las unidades de verificacin deben presentar evidencia de que cuentan con un seguro de responsabilidad civil vigente durante la vigencia de la acreditacin. Antes de acreditarse, se deber presentar evidencia de que se cuenta con la pliza de seguro vigente. Para Unidades de Verificacin (organismo de inspeccin) en la materia de condiciones fsico mecnicas que estn acreditadas o soliciten ser acreditadas como tipo B solo se requerir que la organizacin tenga un seguro de responsabilidad vigente durante la vigencia de la acreditacin. Para la materia de condiciones fsico mecnicas, las Unidades de Verificacin (Organismos de Inspeccin) acreditadas o en proceso de acreditacin como tipo A o tipo C, debern mostrar los factores que se tomaron en cuenta para determinar el monto de la cobertura de su pliza de seguros. Uno de los factores que se deben de tomar en cuenta, es el riesgo asociado al desempeo de las actividades de Verificacin (inspeccin). No es el papel de la ema, aprobar el nivel de cobertura del seguro de las unidades de verificacin (organismos de inspeccin). Los tipos de responsabilidad cubiertos por el seguro pueden incluir, por ejemplo, la responsabilidad de los patrones, la responsabilidad pblica y la indemnizacin profesional. Nota 1: Una fianza de responsabilidad contractual no se considerar como seguro de responsabilidad. Nota 2: Los factores podrn estar indicados en la pliza correspondiente o en el sistema de calidad. Nota 3: En la materia de emisiones contaminantes, no ser necesario documentar los factores para establecer el monto de la pliza y sta se deber mantener vigente por los 32 000 das de salario mnimo vigente en el D.F. que establece la convocatoria. Criterio para el punto 3.5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las condiciones referidas aqu son condiciones contractuales y de negocios, no se refiere a las condiciones fsicas de los sitios en los que se lleva a cabo la verificacin (inspeccin).HOJA 5 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Debe presentarse toda la documentacin que evidenci la forma como se proveen otro tipo de servicios o actividades por la organizacin diferentes a la verificacin (inspeccin). Por ejemplo: Folletos, Sucursales, currcula de la compaa, condiciones de pago, nivel de cobertura del seguro, etc. Para Unidades de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo "B", se debern describir las condiciones bajo las cuales opera la organizacin a la que pertenece.

Criterio para el punto 3.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La unidad de verificacin debe documentar la forma de cmo se maneja la contabilidad de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) y/o de la Organizacin a la que pertenece, de tal forma que se evidenci la separacin dentro de sta. De igual manera debe presentar registros de esta actividad en las evaluaciones de vigilancia, renovacin y reevaluacin. No le corresponde a la ema juzgar si las cuentas financieras son adecuadas o no.

4.4

Independencia, imparcialidad e integridad.

Criterio para el punto 4.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Los procedimientos deberan ser documentados para asegurar que el personal de la unidad de verificacin (organismo de inspeccin) est libre de presiones comerciales, financieras u de otro tipo que pudieran afectar su juicio. Criterio para el punto 4.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las categoras de las unidades de verificacin(organismos de inspeccin) como Tipo A, B o C es esencialmente una medicin de su independencia. La independencia demostrable de una unidad de verificacin(organismo de inspeccin) puede fortalecer la confianza de los clientes de la unidad de verificacin(organismo de inspeccin)en la habilidad de llevar a cabo trabajos de verificacin(inspeccin) con imparcialidad y objetividad. El trmino de primera parte y segunda parte como est indicado en la norma ISO/IEC Guide 2, no son usados en la NMX-EC-17020-IMNC-2000, porque la aplicacin de stos no podra ser de mucha ayuda. Sin embargo, el pensamiento convencional ha sido en trminos de primera, segunda o tercera parte por varios aos. Por lo tanto es necesario proporcionar una explicacin de la relacin entre las dos principales categoras como se describe adelante. Para demostrar que la unidad de verificacin del tipo A, B y C mantiene la independencia, imparcialidad e integridad de los servicios que proporciona, durante las evaluaciones de vigilancia, renovacin y reevaluacin se deben presentar las facturas, recibos de honorarios u otros documentos de pago relacionados a sus servicios.

Criterio para el punto 4.2.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Otras actividades que realice la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) no deben estar relacionadas con las actividades, productos o servicios a verificar (inspeccionar). Tambin aplica para actividades de asesora y consultora en la materia de emisiones contaminantes y/o condiciones fsico mecnicas. La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo "A" y su personal, que declare ser independiente de las partes involucradas, debe demostrar que no est vinculada a ninguna parteHOJA 6 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.que este directamente relacionada con el diseo, manufactura, suministro(venta, refacciones, provisin de elementos relacionados con el elemento a verificar), instalacin, compra, propiedad, uso o mantenimiento, reparacin de los elementos inspeccionados(unidades de transporte de carga) o elementos similares de la competencia tales como: - propiedad comn (excepto cuando los propietarios no tienen la habilidad de influenciar el resultado de la inspeccin). Ver Nota 1 - directores comunes o propietarios designados por un consejo (o equivalente) de la organizacin (excepto cuando stos tienen funciones que no puedan tener influencia en el resultado de la inspeccin). Ver Nota 2 . - reportar directamente al mismo nivel superior de la administracin. - disposiciones contractuales, acuerdos informales u otros medios que puedan influir en el resultado de la inspeccin. Adicionalmente, una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) no debe ser una Unidad (Organismo) tipo A si otra parte de la misma organizacin est directamente involucrada en el diseo, manufactura, suministro, instalacin, compra, propiedad, uso o mantenimiento de los elementos inspeccionados o elementos similares de la competencia, cuando tales partes de la organizacin no tienen una identidad legal separada. En todo momento, el responsable legal o Presidente Ejecutivo de la organizacin de la cual la Unidad (Organismo) forma parte, deber definir una poltica documentada y/o procedimientos para el mantenimiento del estado del tipo de la Unidad (Organismo). La ema examinar la evidencia de la implementacin de esta poltica con respecto a los intereses de propiedad, constitucin del consejo de directores, medios de financiamiento, toma de decisiones y cualquier otro factor que pudiera influir sobre la imparcialidad, independencia o integridad de la Unidad (Organismo) tipo A. Nota 1. Un ejemplo de esto, es una estructura del tipo cooperativa donde existe una gran cantidad de accionistas, pero que (individualmente o como grupo) no tienen medios formales de influencia en las polticas, estrategias u operacin de la Unidad (Organismo). Nota 2. Un ejemplo de esto es, cuando un Banco que financia una compaa puede insistir sobre la designacin del consejo para tener una perspectiva de la administracin de la compaia pero no estar involucrado en ninguna decisin. La ema evaluar el objeto social del acta constitutiva a efecto de asegurar que no realizar actividades que afecten la independencia de la unidad de verificacin tipo A.

Criterio para el punto 4.2.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las dos caractersticas por las cuales se puede identificar a una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tipo B son las siguientes: Las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) tipo B forman parte de una organizacin demostrablemente separada e identificable, que est involucrada en el diseo, manufactura, suministro, instalacin, compra, propiedad, uso o mantenimiento de los elementos que inspeccionan; Las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) tipo B proveen servicios de inspeccin solamente a las organizaciones o empresas que formen parte de un Grupo o de una sociedad.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tipo B puede formar parte de una organizacin usuaria o proveedora. Cuando una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tipo B perteneciente a una organizacin de proveedores verifica elementos fabricados por o para su organizacin matriz y suministrados al mercado o a cualquier otra parte, realiza una inspeccin de primera parte. Cuando una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tipo B perteneciente a una organizacin de usuarios verifica elementos suministrados por una organizacin de proveedores a su organizacin matriz, cuando dicha organizacin de proveedores no es la organizacin matriz ni tiene relacin alguna con ella, realiza una verificacin de segunda parte. La Unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tipo B y su personal no debe involucrarse en cualquier actividad que puede entrar en conflicto con su independencia de juicio e integridad con relacin a sus actividades de verificacin (inspeccin). En particular deben evitar involucrarse directamente en el diseo, fabricacin, provisin, instalacin, uso o mantenimiento de los elementos verificados ( inspeccionados), de elementos similares de la competencia. Criterio para el punto 4.2.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo C participan en el diseo, fabricacin, suministro, instalacin, uso o mantenimiento de los elementos que tambin verifican. Las verificaciones realizadas por ellos pueden ser verificaciones de primera parte o verificaciones de segunda parte similares a las realizadas por las unidades Tipo B. Las Unidades de Verificacin (Organismos de Inspeccin) tipo C son distintas de las tipo B por las siguientes razones: Una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo C no tiene que ser una parte separada de la organizacin, pero si debe ser identificable dentro de la organizacin. Una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo C puede por s misma ser, el diseador, productor, proveedor, instalador, usuario o dar mantenimiento a los elementos iguales o similares a los que verifica. Una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo C puede ofrecer su servicio de verificacin en el mercado abierto o a cualquier otra parte y proveer servicios de verificacin a organizaciones externas. Por ejemplo, pueden verificar(inspeccionar) productos suministrados para o por su organizacin matriz y ser usados por otra organizacin. Puede suministrar tambin a otras organizaciones con verificaciones(inspecciones) de elementos que son similares a los diseados, manufacturados, suministrados, instalados, usados o mantenidos para o por su organizacin matriz y en la cual puede por lo tanto ser considerados como competitivo. Las verificaciones realizadas por las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo C, no pueden clasificarse como verificaciones de tercera parte porque no cumplen los requisitos de independencia de actividades que se establecen para los organismos de inspeccin Tipo A en el Anexo A de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2000. Las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo C pueden cumplir algunos de los criterios relativos a la independencia respecto a otros operadores econmicos y la no participacin en actividades conflictivas y operaciones no discriminatorias que caracterizan a las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo A y Tipo B. Pero siguen siendo unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo C en cuanto no cumplan todos los requisitos aplicables a las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) Tipo A y B.HOJA 8 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.El diseo, manufactura, suministro, instalacin, servicio, mantenimiento y la verificacin de un elemento llevada a cabo por una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tipo C no debera ser llevada a cabo por la misma persona. Una excepcin a esto es donde una dependencia u otra autoridad explicitamente permite a una persona individualmente de una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) Tipo C, llevar a cabo ambos ya sea el diseo, manufactura, suministro, instalacin, servicio, mantenimiento y la inspeccin de un elemento. Las unidades de verificacin(organismos de inspeccin) Tipo C que formen parte de una organizacin que realice actividades diferentes a la verificacin, debern proporcionar toda la informacin que solicite el grupo evaluador o la ema, a efecto de evaluar que se cumple con todos los requisitos de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000 y los criterios de evaluacin.

4.5

Confidencialidad.

Criterio para el punto 5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debera tener una poltica, documentada en su sistema de calidad, referente a la observancia de los requisitos de la confidencialidad del cliente, observada por la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) (ver clusula 12.3 de NMX-EC-17020-IMNC-2000) y por cualquier subcontratista contratado por ella (ver clusula 14 de NMX-EC-17020-IMNC-2000).

4.6

Organizacin y administracin.

Criterio para el punto 6.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El tamao, estructura y composicin de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) en conjunto, deberan ser adecuados para realizar con competencia las tareas que le corresponden. La determinacin de la capacidad para realizar sus actividades de verificacin est en funcin de los equipos de verificacin con que cuenta, instalaciones y el personal verificador. En la evaluacin de sitio se determinar la capacidad que tiene la unidad de verificacin para realizar las verificaciones conforme a la normativa aplicable. Para la materia de condiciones fsico mecnicas, cuando el gerente tcnico o sustituto sean compartidos en las UV del tipo B, se deber presentar un convenio debidamente formalizado entre todas las empresas que comparten el personal dedicado a las verificaciones, a fin de garantizar una operacin debidamente coordinada y programada en las tareas sealadas en cada una de las empresas donde trabajen. Criterio para el punto 6.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debera mantener un organigrama o diagrama de organizacin actualizado que muestre claramente las funciones y las lneas de la autoridad para el personal dentro de Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) y la relacin, si la hay, entre la funcin de la verificacin (inspeccin) y otras actividades de la organizacin. La posicin del Gerente Tcnico y del Gerente de calidad deberan estar sealados claramente. En la documentacin del sistema de calidad se deberan describir con detalle todos los puestos de la organizacin que puedan influir en la calidad de las verificaciones o de los registros de lasHOJA 9 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.verificaciones. El grado de complejidad de la documentacin y la posibilidad de que los miembros del personal desempeen distintas funciones depender del tamao de la organizacin. Criterio para el punto 6.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El puesto del Gerente Tcnico para diferentes actividades puede ser asumido por diferentes personas. Cuando ms de una persona desempea las funciones del Gerente Tcnico, se deben definir y documentar las responsabilidades especficas de cada una de ellas. Adicional a lo anterior se debe considerar los requisitos indicados en las Convocatorias correspondientes a la materia de emisiones contaminantes o condiciones fsico mecnicas donde solicita la acreditacin o est acreditado. El gerente tcnico y el gerente tcnico sustituto, deber contar con la acreditacin de verificador en las normas oficiales mexicanas donde solicita la acreditacin. El gerente tcnico y gerente tcnico sustituto deber ser evaluado por el grupo evaluador de la ema en los siguientes temas: Sistema de calidad de la unidad de verificacin(organismo de inspeccin) Conocimiento de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin y su Reglamento, respecto a la acreditacin y operacin de las unidades de verificacin(organismos de inspeccin) Normas oficiales mexicanas donde solicita la acreditacin Convocatoria para la acreditacin y aprobacin en la materia donde solicita la acreditacin. Documentos normativos relacionados a la materia donde solicita la acreditacin, cuando aplique. Criterio para el punto 6.4 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La supervisin efectiva debe contemplar la supervisin de los registros de las verificaciones(supervisin en gabinete) y la supervisin de la actuacin de los verificadores(supervisin en campo). La unidad de verificacin debe definir el cmo, cuando, donde y quin realiza las actividades antes mencionadas. La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debe demostrar que est organizada de una manera tal que el trabajo del personal que realiza verificaciones (inspecciones) es supervisado por personal que est familiarizado con los objetivos de las verificaciones (inspecciones), con los mtodos y los procedimientos utilizados y las consecuencias de los resultados de la verificacin (inspeccin). El grado, la naturaleza y el nivel de la supervisin ejercidos deben estar conforme a las calificaciones, la experiencia, el entrenamiento y el conocimiento tcnico del personal de verificacin (inspeccin) y del tipo de verificacin (inspeccin) que es llevada a cabo. Para la supervisin en gabinete (revisin de registros de verificacin): La supervisin del personal de verificacin (inspeccin) puede incluir pero no limitarse a la revisin regular de los registros (por ejemplo: actas, informes o dictmenes) de verificacin (inspeccin) para asegurar que stos estn de acuerdo con la legislacin, los procedimientos correspondientes y si es necesario con las obligaciones contractuales acordadas con el cliente. Para la supervisin en campo (revisin del desempeo de las actividades de los verificadores): La supervisin en campo (o como quiera llamarle) es el monitoreo del desempeo de los verificadores, esta actividad es responsabilidad de la unidad de verificacin.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.La supervisin de las verificaciones (inspecciones) debe ser llevada a cabo por personal competente que sea lo suficientemente independiente respecto a la verificacin (inspeccin) para llevarla a cabo objetivamente. El programa de supervisin en campo de los verificadores (Inspectores) de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debe ser diseado para supervisar(o como quiera llamarle) una muestra representativa de verificadores (inspectores) en un periodo de tiempo determinado. Cada verificador (inspector) debe ser supervisado en campo en cada materia en el que est acreditado, al menos una vez durante el periodo de cuatro aos. Los registros de las supervisiones en campo y las observaciones que se generen deben ser conservadas. (Ver punto 12 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000). Testificacin que realiza ema: Como parte del proceso de evaluacin y acreditacin, ema requiere realizar una testificacin al personal verificador. Antes de otorgar una acreditacin inicial, la ema debe realizar la testificacin al personal verificador. Una vez acreditado, la ema debe realizar la testificacin al personal verificador en un periodo no mayor a cuatro aos. Esta testificacin es independiente a la supervisin en campo que realiza la unidad de verificacin. Para llevar a cabo el proceso de testificacin de ema, se debe considerar lo establecido en el MPHE002 vigente.

Criterio para el punto 6.5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El proposito de designar a un sustituto es para satisfacer la necesidad de administrar la competencia en la ausencia del gerente tcnico. El sustituto del gerente tcnico no tiene que ser empleado permanente(ver 8.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000). Se debe establecer documentalmente la(s) designacin(es) de la(s) persona(s) que actuar(n) en ausencia de cualquier Gerente Tcnico, considerando los motivos de la designacin. (Ver punto 6.6. de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000).

Criterio para el punto 6.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se debe establecer el perfil y descripcin de puesto de todo el personal de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) que podran afectar la calidad de las verificaciones detallndose en el mismo para aquella(s) persona(s) que ocupar(n) la Gerencia Tcnica y los que actuarn en ausencia de cualquier gerente, describiendo el grado de escolaridad, capacitacin y experiencia necesarios para ocupar estos puestos. Se debe presentar evidencia de la forma como se calific a la(s) persona(s) que tendr(n) esta(s) responsabilidad(es). (Ver punto 8.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000).

Adicionalmente se debe presentar la evidencia documental(diplomas o constancias) de los conocimientos, capacitacin tcnica y experiencia en los temas que solicitan las convocatorias correspondientes.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.4.7 Sistema de calidad.

Criterio para el punto 7.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Los objetivos y compromisos con la calidad deben ser incluidos en el manual de calidad a travs de una declaracin formal, aprobada(firmada) por la alta direccin de la organizacin, expresando el compromiso de la direccin y del personal de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) para proporcionar a los clientes servicios de verificacin (inspeccin) confiables. Si la poltica de calidad y los objetivos se encuentran dentro del manual de calidad u otro documento del sistema de calidad y stos documentos estn firmados por la alta direccin definida por la propia unidad de verificacin, se dar por cumplido este requisito. Criterio para el punto 7.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Para un referencia rpida, se recomienda que el manual de calidad de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) incluya una tabla en la que se reference el cumplimiento con la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000. Nota informativa: Para la documentacin del Sistema de Calidad y de los procedimientos correspondientes, se puede utilizar como referencia la norma mexicana NMX-CC-10013-IMNC2002. Criterio para el punto 7.4 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El puesto de Gerente de Calidad o como se le denomine, debera estar claramente identificado en el organigrama referido en el punto 6.2 de la presente gua de aplicacin. La persona que ocupe este puesto debe estar libre de presiones que puedan afectar la calidad de su trabajo. Criterio para el punto 7.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: En los casos donde una Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) tenga un nmero de oficinas (sucursales) en diversas localizaciones, la responsabilidad del mantenimiento prctico del sistema de calidad en cada oficina se puede asignar preferentemente, de manera local o individual. La unidad de verificacin debe tener una lista maestra de documentos y una lista de distribucin de la documentacin del sistema de calidad. Criterio para el punto 7.7 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La finalidad de las auditoras de calidad internas es verificar la correcta aplicacin de los procedimientos de trabajo documentados de la unidad de verificacin (organismo de inspeccin). Las auditoras de calidad suelen ser planificadas y organizadas por el Gerente de Calidad y llevadas a cabo de acuerdo con un calendario predeterminado que abarque todos los aspectos del sistema de calidad y todos los elementos de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000, entre ellos la realizacin de verificaciones. Los campos de aplicacin, las fechas y el programa detallado de las auditoras deben planificarse y realizarse de acuerdo con un procedimiento documentado. Las auditoras internas pueden ser realizadas por organismos externos competentes. Por regla general, las auditoras internas deben organizarse de tal manera que el sistema de calidad se examine por lo menos una vez al ao y quede asegurado el cumplimiento de las directrices contenidas en el punto 6.4 de esta gua de aplicacin. Se deber presentar el perfil que debe cubrir el personal que realizar las auditoras internas. El auditor interno debe tener conocimiento(presentacin de diplomas o constancias de capacitacin) en la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000 y preferentemente en tcnicas de auditora.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Cuando una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tenga ms de un sitio en donde lleve a cabo actividades de verificacin (Inspeccin), todos los aspectos relacionados con el sistema de calidad y todos los sitios tendrn que someterse a una auditora interna completa durante un ciclo de 4 aos. Nota: Se entiende por sitios donde se llevan a cabo actividades (sucursales), los lugares donde se guardan los registros de verificacin (inspeccin) y los correspondientes a la implementacin local del sistema de calidad, independientemente de las oficinas generales. En el caso de auditores externos debern cumplir con los requisitos de confidencialidad de los clientes de la unidad de verificacin. Criterio para el punto 7.8 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debe contar con un procedimiento para atender la retroalimentacin y la realizacin de las acciones correctivas donde debera contemplar los resultados de la supervisin del proceso de verificacin (inspeccin), atencin de quejas, reclamaciones y apelaciones, incumplimientos de auditoras internas y externas y evaluaciones que realiza la ema. El procedimiento establecido debe contener, ms no limitarse a: Descripcin del No Cumplimiento, retroalimentacin, etc. Investigacin de la causa Descripcin de la accin inmediata Descripcin de la accin tomada para prevenir recurrencia Identificacin del responsable de la accin correctiva Fecha lmite para la implementacin de la accin correctiva Monitoreo del progreso de la accin correctiva. La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) que tenga no conformidades en alguna evaluacin en sitio, debe presentar sus acciones correctivas con con base en los requisitos indicados en este punto. En caso contrario, no se revisarn las acciones correctivas hasta que se presente la informacin completa. Criterio para el punto 7.9 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debe contar con un procedimiento para llevar a cabo la revisin del sistema de calidad por parte de la direccin. Las revisiones de la direccin deben tener en cuenta toda la informacin relevante, como informes del personal supervisor y directivo, resultados de las auditoras internas de la calidad y auditoras externas ms recientes, reclamaciones de los clientes, cambios necesarios en el sistema de calidad, adecuacin de los recursos humanos y materiales, planes para el futuro, estimaciones para nuevos trabajos y recursos humanos adicionales, as como necesidad de formacin de personal nuevo y existente. La frecuencia de las revisiones de la direccin es una decisin que corresponde a la unidad de verificacin (organismo de inspeccin), teniendo en cuenta los resultados de las auditoras internas y las revisiones e informes previos de la ema. En general, se considera aceptable una periodicidad mnima anual.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.4.8 Personal.

Criterio para el punto 8.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se entiende por personal permanente, todo aquel que tenga un acuerdo laboral con la unidad de verificacin (organismo de inspeccin). Se debe incluir al personal al que se le cubren sus servicios por honorarios. Debe existir un contrato de por medio. Pueden ser empleados a tiempo completo o a tiempo parcial. Cuando haya que recurrir a personal para situaciones temporales, se le debe contratar formalmente por el tiempo que la unidad de verificacin (organismo de inspeccin) lo necesite. La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debe asegurarse de que ese personal sea debidamente supervisado (vase 6.4) y competente y que trabaje de acuerdo con el sistema de calidad de la unidad de verificacin (organismo de inspeccin). La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tiene que disponer de suficiente personal competente en plantilla con la educacin, la formacin, los conocimientos tcnicos, las capacidades y la experiencia necesarios para asumir la categora, el tipo y el volumen de trabajo realizado. La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debe notificar a ema todos los cambios de personal (altas y bajas) que se tengan durante el periodo en el que se encuentre acreditado. Criterio para el punto 8.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Una unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debe definir y documentar la calificacin, formacin, experiencia y conocimientos necesarios del personal para realizar las verificaciones (vase tambin la clusula 6.6 de la Norma NMX-EC-17020-IMNC-2000) conforme a lo establecido en las convocatorias correspondientes. Nota: La calificacin, la formacin, conocimientos y la experiencia no constituyen una garanta de competencia prctica en la verificacin ni de capacidad de buen juicio profesional. Se deber presentar evidencia documental de la forma como fue calificado el personal, de tal manera que se garantice que se cumple con los perfiles y descripciones de puesto establecidos por la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) basados en la convocatoria correspondiente. Dentro de los perfiles y descripcin de puesto se debe contemplar los requerimientos del personal verificador incluidos en las convocatorias correspondientes. Para la materia de condiciones fsico mecnicas, el perfil que debe cumplir el gerente tcnico es: - Contar con un nivel de bachillerato tcnico terminado, y el sustituto con capacitacin tcnica en el rea automotriz, lo cual se deber acreditar mediante constancias o diplomas que avalen sus conocimientos. En la evaluacin en sitio se deber presentar los documentos de escolaridad originales para evaluacin del grupo evaluador de ema. - El personal tcnico que realizar labores de verificacin debe contar con una escolaridad mnima de carrera tcnica, entendindose que carrera tcnica es aquella que se puede acreditar mediante diplomas o constancias, considerando que no se trata de una carrera profesional de un bachillerato tcnico, si no de aquellas carreras o cursos que se pueden estudiar posterior a la primaria secundaria.

Para la materia de emisiones contaminantes el perfil que debe cumplir el gerente tcnico es contar con un nivel de bachillerato tcnico terminado, y el sustituto con capacitacin tcnica en el rea

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.automotriz, lo cual se deber acreditar mediante constancias conocimientos. o diplomas que avalen sus

Antes de otorgar una acreditacin inicial y para las ampliaciones de verificadores, la ema debe determinar el cumplimiento al perfil, realizacin del examen escrito y aplicacin de la testificacin al personal verificador. Una vez acreditado, la ema debe realizar la testificacin al personal verificador en un periodo no mayor a cuatro aos. Criterio para el punto 8.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las unidades de verificacin (organismos de inspeccin) pueden recurrir a organizaciones externas competentes para la formacin de su personal. La identificacin de las necesidades de capacitacin y entrenamiento para cada persona deberan realizarse normalmente por lo menos una vez al ao. Esta identificacin debera dar lugar a los planes documentados para ampliar la capacitacin y entrenamiento o una declaracin de que no se requiere ningn otra capacitacin y entrenamiento para el individuo actualmente. El propsito de estos registros es el demostrar la competencia de cada miembro del personal que desempea actividades de verificacin (inspeccin), y cuando sea relevante, la utilizacin del equipo especfico. Para el programa de capacitacin, se deben incorporar cursos en materias relacionadas con las normas a verificar, as como con los procedimientos de evaluacin de la conformidad correspondiente y con sistemas de aseguramiento de calidad. Los cursos deben ser impartidos por instituciones de enseanza superior, colegios de profesionistas oficialmente reconocidos o instituciones de capacitacin con registros de la Secretara del Trabajo y Previsin Social. Criterio para el punto 8.5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las directrices pueden ser en forma de cdigo de conducta, el cual puede incluir aspectos relativos al trabajo tico, imparcialidad, seguridad personal, relacin con los clientes, reglas de la compaa y otros que aseguren una conducta apropiada de los miembros de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). Criterio para el punto 8.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se deber presentar evidencia sobre la forma de cmo se remunera al personal de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). El contrato entre la UV y el personal no es el nico documento para evidenciar la remuneracin, puede ser recibos de nmina, pago de impuestos al IMSS, entre otros.

4.9

Instalaciones y equipo.

Criterio para el punto 9.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Detallar el equipo que utiliza la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) para el desarrollo de sus actividades acreditadas o en proceso de acreditacin. La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) no tiene que ser el dueo de las Instalaciones o del equipo que utiliza. Las Instalaciones y equipo puede ser rentado, subcontratado o provisto por otra parte. En todos los casos, el acceso al equipo debe ser definido de acuerdo con los requisitos de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000. La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) es la responsable del mantenimiento y calibracin del equipo,HOJA 15 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.independientemente de que la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) sea el dueo o no. Con relacin de las instalaciones y equipo en materia de emisiones contaminantes: - Se requiere contar con un terreno de 900 m. Las empresas de condiciones fsico mecnicas federal y de transporte privado podrn acreditar la superficie solicitada con sus patios de maniobras, talleres, reas generales de servicio. Tomando en cuenta las caractersticas geomtricas del terreno y de los accesos, previa evaluacin, se podrn acreditar instalaciones cuya superficie de terreno sean hasta un 10% menor de los estipulado ( 810 m). Para este punto es necesario se presente un documento que d validez a la posesin del terreno (Contrato de compra, venta, cesin, comodato, prstamo, etc) - El terreno debe tener rea de trabajo que incluya oficina, espacio para maniobras y estacionamiento, dividido en estaciones de inspeccin y prueba de vehculos con equipo y herramienta necesaria. Telfono, conexin a internet, fax, secretaria o contestadora, computadora, procesador 3.00 GHz y 1280 x 1024 pixeles, procesamiento de palabras y datos, conexin a internet versin 6.0 - Opacmetro para Diesel y Analizador de gases para Gasolina. El opacmetro debe contar con su certificado de verificacion expedido por el CENAM. Ambos equipos deben imprimir resultados acorde a las tablas de los lmites mximos permitidos indicados en las normas oficiales mexicanas. - Para el opacmetro, la unidad de verificacin deber presentar copia del certificado de verificacin emitido por el Centro Nacional de Metrologa, el cual deber incluir los datos del proveedor, la marca y modelo del equipo y cumplimiento al punto 6, especificaciones del equipo de medicin, (no confundir con el informe certificado de calibracin). - Factura emitida por el proveedor del equipo, la cual deber estar emitida a la Unidad de Verificacin (organismo de Inspeccin) y deber incluir marca, modelo y No. de serie. - En la evaluacin documental presentar fotos del equipo propiedad de la Unidad de Verificacin (organismo de Inspeccin) en las cuales deber ser visible el No. de serie del equipo y el modelo. - En sitio se comprobar que el software emita el certificado conforme a lo establecido por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y el almacenamiento de la informacin deber ser inviolable. - En la evaluacin en sitio se debern presentar facturas originales de los instrumentos de medicin. Con relacin a las instalaciones y equipo en materia de condiciones fsico mecnicas: - Se debe contar con terreno, el cual debe tener un rea de trabajo techado, incluyendo oficina y suficiente espacio para maniobrar y estacionamiento, dividido en estaciones de inspeccin y prueba de vehculos, con el equipo y herramienta necesario. - Se debe contar con telfono, localizado en el despacho, oficina, local rea fsica, Fax fax modem localizado en el despacho oficina, secretaria o contestadora, computadora(s) personal con procesador pentium de mayor tecnologia, con correo electrnico operando. - Micrmetro de profundidad, el cual es factible sustituir por un medidor de profundidad para superficie de rodamiento de llantas. - Flexmetro, el cual es factible sustituir por una regla de 30 cm. - Regla. - Calibrador para presin de aire de llantas. - Cama para mecnico. - Respecto del cronmetro se puede eximir, al igual que su calibracin.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Criterio para el punto 9.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: No se debera permitir el uso de las instalaciones y/o equipo por personal no autorizado. Si se encuentra algn elemento fuera del control directo de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin), se deben tomar medidas para confirmar su adecuacin antes de poder ser utilizado de nuevo. Las medidas tpicas consisten en inspeccin visual, controles funcionales o recalibracin. Criterio para el punto 9.4 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La identificacin nica de cada uno de los equipos es importante, an y cuando la organizacin tenga solo un ejemplar. Esto permite hacer la rastreabilidad de los equipos, cuando stos son reemplazados por cualquier motivo. Criterio para el punto 9.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Todo el equipo usado para realizar mediciones durante las verificaciones debe ser calibrado con trazabilidad a patrones de medicin nacionales. Ver la Poltica de Trazabilidad de las mediciones vigente de la entidad mexicana de acreditacin, a.c. (MP-CA-006 vigente). Para el caso de emisiones contaminantes el opacmetro y el analizador de gases se debe calibrar conforme a lo establecido en la normativa aplicable. Para el caso de condiciones fsico mecnicas, la calibracin recomendada es anual, sin embargo, tambin podr ser acorde al programa de calibracin de la Unidad de verificacin (organismo de inspeccin). En caso de que el equipo se calibre en periodos de 2 aos ms, se deber demostrar tcnicamente y mediante registros que los equipos de medicin mantienen la confiabilidad en su funcionamiento. Criterio para el punto 9.8 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Para la materia de emisiones contaminantes, se debern identificar los patrones de medicin de referencia con los que cuente la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). Estos patrones de medicin de referencia deben ser calibrados con trazabilidad de acuerdo con la Poltica de Trazabilidad de las mediciones vigente de la entidad mexicana de acreditacin, a.c. Criterio para el punto 9.9 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Todos los registros del mantenimiento, comprobaciones metrolgicas entre recalibraciones regulares deben mantenerse y estar disponibles. Criterio para el punto 9.13 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Para la materia de emisiones contaminantes: Se debe detallar la forma como las computadoras o equipo automatizado es utilizado en el proceso de verificacin (inspeccin) y cmo puede afectar la calidad de la verificacin (inspeccin) en caso de que se presentaran fallas. Asimismo, se debern detallar las acciones a tomar en caso de que se presentara alguna falla. Para la materia de emisiones contaminantes: En el caso de utilizar programas (software, hojas de clculo), deben ser validados antes de ser usados. La validacin puede ser realizada, por ejemplo, a travs de un proceso manual. El programa debe estar protegido de alteraciones o modificaciones no autorizadas. Las alteraciones no autorizadas deben ser prevenidas a travs de llevar peridicamente el proceso de validacin. Los registros de los programas (versiones, actualizaciones, accesos, etc.) y la validacin correspondiente deben ser mantenidos por un periodo de tiempo. Cuando los registros o parte de ellos son electrnicos, se deber tener los mecanismos para su respaldo, conservacin y resguardo.HOJA 17 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Criterio para el punto 9.14 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se deben establecer las acciones que se tomarn para determinar si el hallazgo de algn problema o defecto que presente un equipo de medicin afecta las verificaciones (inspecciones) anteriores. Se debe detallar la forma como se va a dar solucin a los posibles efectos que se deriven de dicha situacin.

4.10

Mtodos y procedimientos de verificacin (inspeccin).

Criterio para el punto 10.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Los requisitos frente a los cuales se realiza la verificacin (inspeccin) suelen establecerse en reglamentos, normas o especificaciones. Las especificaciones pueden incluir requisitos internos o del cliente. Cuando los mtodos y procedimientos de verificacin (inspeccin) no se definen en reglamentos, normas o especificaciones, la propia unidad de verificacin (organismo de inspeccin) tiene que definir y documentar los mtodos y procedimientos de verificacin (inspeccin). Criterio para el punto 10.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Los procedimientos de verificacin (inspeccin) deben cubrir aquellas carencias del documento normativo que puedan afectar a la calidad de la verificacin (inspeccin). Como mnimo incluirn la siguiente informacin: Etapas y equipo necesario para la verificacin (inspeccin), registros de datos, criterios de aceptacin y rechazo, tipo de verificacin (inspeccin), medidas de seguridad del personal, entre otras. Para el caso de condiciones fsico mecnicas, se debe contar dentro de sus procedimientos tcnicos, con guas de verificacin conforme los criterios de la NOM-068-SCT-2-2000 conteniendo por lo menos lo siguiente: - Apartado numeral de la norma NOM-068-SCT-2-2000. - Texto de referencia de la guia de verificacin y el apartado o numeral de la norma NOM068-SCT-2-2000 establecido para la verificacin. - La verificacin debe ser documental, visual y de medicin. - Criterio de aceptacin-rechazo para cumplir el apartado o numeral de la guia de verificacin o de la norma. - Espacio para observaciones en cada apartado o numeral de la guia de verificacin de la norma.

Criterio para el punto 10.5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Donde se apropiado (ver nota) cada contrato u orden de trabajo debera ser revisada por la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) con la finalidad de asegurar que: 1.- Los requisitos de los clientes estn definidos y entendidos correctamente. 2.- Se tiene la capacidad de cubrir los requisitos de los clientes. 3.- Se est de acuerdo con las condiciones de contrato. 4.- Identificacin de necesidades de equipo especial. 5.- Identificacin de los requerimientos de capacitacin. 6.- Identificacin de requerimientos de medidas de seguridad. 7.- Identificacin de arreglos de subcontratacin. 8.- Identificacin de documentacin necesaria para la realizacin del trabajo. 9.- El contrato final u orden de trabajo aceptado por la Unidad de Verificacin (organismo de inspeccin) de acuerdo con la versin original que haya sido revisada.HOJA 18 DE 21 DOCTO. No. MP-HE004-00

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Los registros de la revisin del contrato deben ser conservados. Nota: Para trabajos de rutina o repeticiones de trabajo para el mismo cliente, la revisin a la que se refiere el punto 10.5 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000, puede ser limitada a consideraciones de tiempo y/o de recursos humanos y un registro aceptable en tales casos sera aceptado la firma del contrato por una persona autorizada apropiadamente. En situaciones en que los acuerdos verbales se consideren aceptables, la unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debera mantener un registro de todos los pedidos e instrucciones recibidas de palabra, las fechas y la identidad del representante del cliente. Criterio para el punto 10.6 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Las hojas de trabajo y notas utilizadas para registrar las observaciones durante las inspecciones se deben mantener para referencia por un periodo de 4 aos. Criterio para el punto 10.8 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La unidad de verificacin (organismo de inspeccin) debe tener las instrucciones documentadas necesarias para efectuar las actividades de verificacin (inspeccin) de forma segura, de tal forma que en todo momento se garantice la integridad fsica del personal verificador y de los elementos a ser verificados.

4.11

Manejo de muestras y de los elementos de inspeccin (Inspeccin).

Criterio para el punto 11.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La unidad de verificacin deber definir cules son los elementos de verificacin en materia de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas.

4.12

Registros.

Criterio para el punto 12.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El sistema debe establecer claramente la forma cmo se administran, resguardan y protegen los registros que se generen de la operacin tcnica de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). El tiempo de conservacin de los registros administrativos y tcnicos deber ser al menos de 4 aos o segn sea requerido por obligaciones contractuales, legales o de otra ndole (el mayor de ellos es el que quedar como periodo de conservacin).

4.13

Actas de verificacin (inspeccin) y dictmenes de verificacin (inspeccin).

Criterio para el punto 13.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El contenido de un dictamen de verificacin (inspeccin) puede variar dependiendo del tipo de verificacin (inspeccin) y los requisitos legales. Para ello se utilizarn los formatos establecidos por la SCT tanto para la materia de emisiones contaminantes como para la materia de condiciones fsico mecnicas.

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.Los resultados de etapas del proceso de verificacin (inspeccin) que se hayan realizado por Subcontratistas debern ser claramente indicados, haciendo referencia al(a los) documento(s) bajo el(los) cual(es) se sustenta(n) el(los) resultado(s) de su actuacin. En caso de que la unidad de verificacin quiera utilizar el smbolo de ema, deber cumplir con lo establecido en el procedimiento Utilizacin de marca o logo ema, indicado en el MP-BE003 vigente. Para el caso de emisiones contaminantes y condiciones fsico mecnicas, no se requiere la elaboracin de actas circunstanciadas, ya que no son requeridas por la autoridad. Criterio para el punto 13.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se debe establecer quin es el personal autorizado para firmar y aprobar los dictmenes derivados de las actividades de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin). (Ver puntos 6.3, 6.4 y 6.5 de la norma). Criterio para el punto 13.4 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: No puede existir ambigedad entre un dictamen errneo y un dictamen corregido. Esto es evitado comnmente identificando el dictamen de remplazo con la leyenda Este acta/dictamen remplaza al dictamen No. XXXX.

4.14

Subcontratacin.

Criterio para el punto 14.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: La Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin), solamente puede subcontratar los servicios de inspeccin dentro del alcance en que est acreditado, cuando aplique como por ejemplo: 1. Exista una situacin imprevista o sobrecarga de trabajo, el personal clave est incapacitado, o las instalaciones y equipos se encuentren temporalmente incapacitados para su uso, o los elementos de equipo estn temporalmente fuera de uso. A pesar de que los subcontratistas realicen cualquier tipo de trabajo que forme parte de la inspeccin, la Unidad de Verificacin (Organismo de inspeccin) es la responsable de la determinacin de la conformidad del elemento verificado (inspeccionado) y debe subcontrar nicamente a unidades de verificacin acreditadas y aprobadas en el mismo alcance donde se requiera. Criterio para el punto 14.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Ser necesario presentar evidencia de la forma como han sido evaluados los Subcontratistas de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin), as como tambin, se deber notificar al cliente el nombre del (de los) Subcontratista(s), para que sea(n) aceptado(s) por el cliente. La competencia del subcontratado puede ser demostrada de la siguiente manera: a) Contar con la acreditacin en la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000 en las verificaciones (inspecciones) correspondientes junto con evidencia de las actas o dictmenes de verificacin (inspeccin). Cuando la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) contrata a individuos o empleados de otras organizaciones para suministrar recursos adicionales o experiencia, los individuos no se considerarn como subcontratados a menos que ellos sean formalmente contratados para operar

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entidad mexicana de acreditacin, a. c.bajo el sistema de calidad de la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) y deben tener el entrenamiento y registros equivalentes al de los empleados permanentes. (Ver clusula 8.1). Criterio para el punto 14.3 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Si la competencia del subcontratado se basa parcial o totalmente en su acreditacin, el alcance de la acreditacin debe cubrir las actividades subcontratadas y la Unidad de Verificacin (Organismo de Inspeccin) debe contar con los registros disponibles que muestren la revisin del estado del subcontratado.

4.15

Quejas y apelaciones.

Criterio para el punto 15.1 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se debe considerar tambin las quejas, reclamaciones tcnicas y apelaciones y lo establecido en el artculo 122 de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin. Los motivos de queja deberan ser analizados como parte de la revisin de la direccin, para que todas las causas puedan ser identificadas y se tomen las debidas acciones para minimizar tales quejas en el futuro. Nota: los procedimientos requeridos en el 15.1 y 15.2 pueden estar incluidos en uno solo. Criterio para el punto 15.2 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: Se debe contar con un procedimiento para atender apelaciones cuando la unidad de verificacin actua bajo autoridad legal delegada.

4.16

Cooperacin.

Criterio para el punto 16 de la norma NMX-EC-17020-IMNC-2000: El propsito de este punto es motivar a las Unidades de Verificacin (Organismos de Inspeccin) para intercambiar conocimiento, prcticas sujetas a intereses comerciales y confidencialidad, y aprender de las experiencias de otras unidades (organismos) para mejorar la calidad y consistencia de los resultados de la verificacin (inspeccin).

IDENTIFICACIN DE CAMBIOS INCISO N/A Observaciones: PGINA N/A CAMBIO(S) N/A

Debido a que es un documento de nueva creacin, no se tienen cambios.

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