Anx 2 - Oficiales

download Anx 2 - Oficiales

of 7

Transcript of Anx 2 - Oficiales

Copia Nro EMGE (Jef I - Pers) BUENOS AIRES 22 Nov 04 JLGB - 12 - 2 ANEXO 2 (Reclutamiento Alternativo de Oficiales de las Armas y de las Especialidades de Intendencia y Arsenales) A LA ORDEN ESPECIAL DEL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJRCITO Nro 1010/01 (Sistema de Incorporacin del Ejrcito Siglo XXI - Actualizacin 2004) DESCRIPCIN DEL SISTEMA La incorporacin de Oficiales mediante la aplicacin de reclutamientos alternativos al sistema tradicional del Colegio Militar de la Nacin, a cuyos egresos complementan, se estructurar, a partir del corriente ao, sobre la base del personal incorporado por perodos determinados establecido en el Artculo 11 de la Ley 24.948 (Ley de Reestructuracin de las Fuerzas Armadas). Este personal ingresar a la Fuerza a travs de Centro de Formacin de Aspirantes a Oficiales (CFAO), egresando con el grado de Subteniente Art 11 de las Armas o de las Especialidades de Intendencia o Arsenales. Asimismo, y en funcin de lo establecido en el presente Anexo, este personal tendr posibilidades, como parte de su plan de carrera, de pasar al escalafn de Complemento de las Armas y/o Complemento de Intendencia o Arsenales, en un primer momento, y al escalafn de las Armas y/o Intendencia o Arsenales, en un segundo momento. De esta forma, se conforman los 3 estadios habilitados para el personal de oficiales que ingresa a la Fuerza mediante los reclutamientos alternativos: Escalafn de las Armas / Intendencia / Arsenales bajo el Rgimen establecido en el Art 11 - (Primer estadio), de la Ley 24.948 (Ley de Reestructuracin de las Fuerzas Armadas). Escalafn de Complemento de las Armas / Complemento de Intendencia / Complemento de Arsenales - (Segundo estadio). Escalafn de las Armas / Intendencia / Arsenales - (Tercer estadio). 2. PAUTAS BSICAS a. Requisitos de incorporacin al Centro de Formacin de Aspirantes a Oficiales (CFAO). Requisitos comunes de incorporacin. Ser argentino nativo o por opcin, del sexo masculino o femenino. Tener entre DIECIOCHO (18) y VEINTIOCHO (28) aos de edad al momento de la inscripcin. Aprobar el examen de admisin. Poseer antecedentes ambientales acordes con la situacin de oficial del Ejrcito Argentino.1-7

Estado civil soltero, sin hijos. Poseer las aptitudes psicofsicas necesarias y aprobar las exigencias respectivas. 2) Requisitos particulares de incorporacin. Al Ier Ciclo (Etapa Bsica) (Duracin DOS (2) aos): (1) Personal de ex-cadetes del Colegio Militar de la Nacin (CMN): (a) Haber aprobado militarmente el IIdo ao del CMN. (b) Acreditar antecedentes favorables durante su condicin de cadete en el CMN. (c) Haber sido clasificado como Reincorporable al momento de su baja. (2) Personal de estudiantes universitarios y graduados terciarios: (a) Tener aprobado el IIdo ao de cualquier carrera de grado universitaria o DOCE (12) materias aprobadas, acreditadas mediante constancia emitida por la universidad. (b) Poseer ttulo terciario reconocido por el Ministerio de Educacin de la Nacin. Al IIdo Ciclo (Etapa Avanzada) (Duracin UN (1) ao y SEIS (6) meses): Para el personal de Ex Cadetes del CMN y graduados terciarios/ estudiantes universitarios: Haber cursado y aprobado la Etapa Bsica. (1) Ser graduado universitario con ttulo de grado reconocido por el Ministerio de Educacin. (2) Ser subteniente de la reserva no proveniente del cuadro permanente, egresado de alguno de los Liceos Militares de la Fuerza. Al respecto, al momento de su incorporacin, no podr adeudar ninguna materia del ciclo secundario. (3) El personal de suboficiales de las armas, especialidades de Intendencia, Arsenales y de los servicios, cuando sean postulantes para incorporarse a las Armas o de los suboficiales provenientes de escalafones distintos a los correspondientes a las especialidades de Arsenales e Intendencia, que aspiren a incorporarse a estos ltimos escalafones: (a) Pertenecer al cuadro permanente o estar incorporado bajo elrgimen establecido por el Art 11. (b) De estado civil indistinto, sin hijos extramatrimoniales.

(c) Tener un mnimo de DOS (2) aos de servicio simples comosuboficiales y un mximo de SEIS (6). (d) Poseer estudios secundarios completos.

2-7

(e) Tener un promedio de calificacin no inferior a OCHENTA YCINCO (85) puntos y ninguna calificacin anual inferior a OCHENTA (80) puntos. (f) No superar el factor disciplinario SIETE (7).

(g) Tener opinin favorable de la cadena de comando.

(h) Solicitar voluntariamente la inscripcin al curso (ver Apndice1) y aprobar las exigencias del examen de antecedentes a realizar por la JEFATURA I PERSONAL

b. Vacantes. Sern determinadas y comunicadas anualmente por la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Pl), en funcin a las necesidades de la Fuerza. Las vacantes asignadas no necesariamente debern cubrirse en su totalidad, si no hubiera personal con el perfil requerido para ser Oficial del Ejrcito. Inscripcin. 1) El personal proveniente de los Liceos Militares y del medio civil realizar la inscripcin segn el procedimiento particular que determine el CFAO. 2) Los Suboficiales (Cuadro Permanente y Art 11) elevarn a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Pl) la solicitud de inscripcin, segn el modelo establecido en el Apndice 1 al presente Anexo. Est solicitud deber estar a disposicin del mencionado organismo antes del 01 Mar de cada ao. d. Rgimen del personal durante la etapa de formacin. 1) El personal revistar con la categora de Cadete-Cursante y se regir de acuerdo a las Normas para el Funcionamiento del CFAO, establecidas por el CMN. 2) Durante el Ier Ciclo (Etapa Bsica) el personal percibir haberes equivalentes al de cadete y durante los ltimos DOCE (12) meses del IIdo Ciclo (Etapa Avanzada), el equivalente al grado de Subteniente. El personal proveniente del cuadro de Suboficiales cobrar el haber correspondiente al grado que ostentaba antes de su ingreso al curso, en el caso que dicho haber resulte mayor al de Subteniente, conforme a lo estipulado en el Art 2402, 2 de la Reglamentacin para el Ejrcito del Decreto-Ley 19.101/71 (Ley para el Personal militar) Tomo III Haberes, Suplementos y Compensaciones. 3) La eleccin de arma y/o especialidad se realizar: a) Para el personal proveniente del Ier Ciclo (Etapa Bsica), al inicio de la Etapa Avanzada (IIdo Ciclo). b) Para graduados universitarios, Subt(s) egresados de los Liceos Militares y Suboficiales que ingresan a la Etapa Avanzada, una vez finalizado el perodo de adaptacin. El personal de Subt(s) egresados de los Liceos Militares y de Suboficiales tendr prioridad en la eleccin de su arma o especialidad de origen. La eliminacin del personal de cursantes se regir por el Rgimen de Evaluacin del CFAO. El Personal de Suboficiales del cuadro permanente dado de baja durante el ciclo3-7

de formacin podr ser reincorporado con el grado y antigedad que tena antes de su ingreso al CFAO, de acuerdo con el Art 75 Inc 2) de la Reglamentacin para el Ejrcito de la Ley 19.10 1 (Ley para el Personal Militar) Tomo I (Cuadros Permanentes y de la Reserva). Una vez que el personal proveniente del cuadro de suboficiales fuera dado de alta como oficial, no podr retornar a su categora anterior. El personal de suboficiales incorporado bajo el rgimen establecido en el Art 11 dado de baja durante el ciclo de formacin, deber ser reincorporado con el grado y antigedad que tena antes de su ingreso al CFAO, siempre y cuando mantengan los requisitos de permanencia exigidos por la normativa en vigencia. La Junta de Calificacin de Suboficiales deber considerar al personal de suboficiales que reviste en el CFAO, otorgndole el orden de mrito y la clasificacin que corresponda. De no aprobar el curso el suboficial podr ascender conforme al orden en que la Junta lo haya considerado. Los cursantes que aprueben las exigencias del IIdo Ciclo sern promovidos al grado de Subteniente Art 11 (personal militar incorporado por perodos determinados) del escalafn de las Armas y de los escalafones de las especialidades de Intendencia o Arsenales, segn corresponda. e. Rgimen del personal militar incorporado por perodos determinados. Ver Apndice 2 al presente Anexo. f. Rgimen del personal de Complemento de las Armas y Complemento de las Especialidades de Intendencia o Arsenales. Ver Apndice 3 al presente Anexo. g. Capacitacin inmediata a su alta como oficial. Los oficiales egresados del CFAO realizarn el Curso Bsico de las Armas (CBA) o de las Especialidades (CBE) segn corresponda, con las siguientes particularidades: La aprobacin de estos cursos constituir un requisito indispensable para permanecer incorporados en la Fuerza. Se considerar que el cursante ha aprobado el curso cuando, al trmino del mismo, haya aprobado todas las materias y todos los rubros de la calificacin conceptual. 1)El personal que no apruebe el curso durante su desarrollo por haber sido reprobado en hasta TRES (3) materias, permanecer en el lugar de ejecucin (EDA/CMN), TREINTA (30) das a partir de su finalizacin, rindiendo en la ltima semana los exmenes correspondientes. En caso de persistir esta situacin (con hasta UNA (1) materia reprobada), se entender que el cursante no ha aprobado el curso. Asimismo, se considerar que el personal que haya sido reprobado en ms de TRES (3) materias no posee las aptitudes y/o capacidades mnimas exigidas para alcanzar el objetivo del curso, por lo que no aprobar el curso. La no aprobacin o separacin de un cursante del CBA/CBE (conforme lo establecido en el Art 7.011 del RFP 51 - 02 - Instruccin de Cuadros), llevar implcita la cesacin de la incorporacin voluntaria en la Institucin y consecuentemente, la rescisin de su compromiso de servicio y su pasaje a la situacin de reserva fuera de servicio.4-7

4) El personal que interrumpa el curso por las causas previstas en el Art 7.012, d. del RFP 51 02 (Instruccin de Cuadros), quedar destinado preferentemente dentro de la Guarnicin, pudiendo iniciarlo nuevamente al ao siguiente. h. Estudios en el medio civil. El personal estar autorizado a realizar estudios universitarios en el mbito civil. Sin embargo, el estudio encarado no deber condicionar el cumplimiento normal de las actividades del servicio como as tampoco afectar el horario de actividades del organismo de revista. MISIONES PARTICULARES a. JEFATURA I PERSONAL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIN DE PERSONAL MILITAR Publicar el llamado a realizar el CBA y el CBE. Publicar el cambio de destino de los oficiales dados de alta a los lugares de realizacin del CBA y CBE. Publicar el cambio de destino de los oficiales, una vez aprobado el CBA o CBE segn corresponda. DEPARTAMENTO PLANES Anualmente, establecer las vacantes de ingreso expectativas de egreso. Convocar a la Junta de Evaluacin para que realice el examen de antecedentes de los suboficiales que soliciten la inscripcin al CFAO, efectuando las comunicaciones necesarias para la notificacin del personal autorizado y no autorizado. DEPARTAMENTO REGISTROS E INFORMES Confeccionar y tramitar la resolucin de Alta para su publicacin en BRE. b. JEFATURA III OPERACIONES Impartir las rdenes particulares para el planeamiento, programacin y presupuestacin educativa de los cursos correspondientes. c. JEFATURA IV MATERIAL Asegurar la provisin de los efectos reglamentarios que corresponda. d. SECRETARA GENERAL Disear y presupuestar las campaas de difusin dirigidas al pblico interno y externo de la Fuerza. e. CONTADURA GENERAL DEL EJRCITO Regularizar anualmente los haberes del personal de suboficiales de acuerdo al parte de novedades que eleve el CMN.5-7

No liquidar compensacin por cambio de destino a los suboficiales que se incorporen al CFAO (CMN). La adhesin a este subsistema de incorporacin es de carcter voluntario, razn por la cual no abonar viticos a los suboficiales para el cumplimiento de las actividades de incorporacin. f. COMANDO DE EDUCACIN Y DOCTRINA Difundir el contenido de las exigencias correspondientes al examen de admisin para cada uno de los cursos. Prever la ejecucin de los cursos correspondientes en el mbito del CFAO, en el Colegio Militar de la Nacin. g. COLEGIO MILITAR DE LA NACIN Asumir la direccin del CFAO, estableciendo su rgimen funcional por similitud al rgimen funcional de ese Instituto. Difundir las condiciones de ingreso para el pblico civil. Instrumentar un sistema de seleccin y admisin de postulantes, a similitud del que se realiza para los cursos de formacin que se dictan en el Instituto. Efectuar la seleccin, admisin y formacin de los postulantes. Informar a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Reg e Inf) mediante MM, el alta del personal de suboficiales del Cuadro Permanente y Art 11. Elevar la nmina de egresos a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Reg e Inf). Informar a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Reg e Inf) mediante MM la baja de cursantes, cuyo origen sea el de suboficial del cuadro permanente o el incorporado bajo el rgimen establecido por el Art 11. Confeccionar y elevar a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Adm Pers Mil) las Fichas Anexo 1 Registro Individual. Confeccionar y har firmar de conformidad el Compromiso de Servicio Provisorio, que abarcar desde el egreso del CFAO y hasta la finalizacin del CBA/CBE, conforme lo establecido en el Apndice 2 al presente Anexo. Gestionar la Cdula de Identidad Credencial. Gestionar la afiliacin al IOSE. Solicitar la provisin de los uniformes y equipos. Confeccionar los diplomas para la firma del JEMGE del personal que egrese del CFAO como Subt Art 11. h. LICEOS MILITARES Captarn y preseleccionarn a los postulantes a incorporar, a travs de la difusin de la presente orden. Elevarn las solicitudes de inscripcin al CFAO, de acuerdo al procedimiento particular que establezca el Colegio Militar de la Nacin.6-7

i.

ELEMENTOS DE REVISTA DE LOS SUBOFICIALES POSTULANTES Captarn y preseleccionarn a los postulantes a incorporar, a travs de la difusin de la presente orden. Elevarn a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Pl) la solicitud de inscripcin (segn modelo del Apndice 1), antes del 01 Mar de cada ao. A partir del alta del suboficial como cursante del CMN procedern a: Dar de baja al causante de la lista de revista del elemento, segn lo estipulado en el Cap X de la reglamentacin para el Ejrcito de la Ley para el Personal Militar (Nro 19.101/71) Tomo I (Cuadros Permanentes y de la Reserva). Informar a la JEFATURA I PERSONAL (Dpto Reg e Inf) el ingreso al CMN del Suboficial del Cuadro Permanente, mediante MM. Rescindir en forma temporaria el Compromiso de Servicio del causante. Completar y elevar el Legajo Personal del suboficial al CMN.

Srvase acusar recibo

JEF I - PERSDPTO PL

Coronel VGM JULIO CSAR NAVONESUBJEFE I - PERSONAL EMGE A CARGO DE LA JEFATURA

APNDICES APNDICE 1: Solicitud de inscripcin para suboficiales al Centro de Formacin de Aspirantes a Oficiales (CFAO). APNDICE 2: Rgimen del personal militar incorporado por perodos determinados. APNDICE 3: Rgimen del personal de Complemento de las Armas y Complemento de las Especialidades de Intendencia o Arsenales.

7-7