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| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 00699 ( 16 de junio de 2017 ) Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones” LA SUBDIRECTORA DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto 2811 de 1974, el Decreto Ley 3573 de 2011, el Decreto 1076 de 2015, la Resolución 1349 de 2015, y 00658 del 7 de junio del 2017 CONSIDERANDO Que mediante Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017 esta Autoridad otorgó a ALIANZA FIDUCIARIA S. A., con NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812-2 a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT. 890205584-1, autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, sobre un área ubicada en jurisdicción del Municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, para adelantar la ejecución del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle» Que la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través del escrito radicado con número 2017024801-1-000 del 5 de abril de 2017, solicitó la modificación a la Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017. Que mediante radicado número 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, dio alcance a la documentación inicialmente presentada mediante escrito anteriormente descrito. Que mediante radicado 2017031433-1-000 del 2 de mayo de 2017, la empresa en mención adjuntó el comprobante de pago por concepto del servicio de modificación por valor de UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($1.839.000) realizado el día 26 de abril de 2017. Que mediante comunicaciones radicadas con números 2017032680-1-000 del 5 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 8 de mayo de 2017, la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, allegó Formulario Único Nacional De Aprovechamiento Forestal PIDU Mirador Frayle y el plano con la localización de los 6 árboles a modificar.

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República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 00699( 16 de junio de 2017 )

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras

determinaciones”

LA SUBDIRECTORA DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto 2811 de 1974, el Decreto Ley 3573 de 2011, el Decreto 1076 de 2015, la Resolución 1349 de

2015, y 00658 del 7 de junio del 2017

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017 esta Autoridad otorgó a ALIANZA FIDUCIARIA S. A., con NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812-2 a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT. 890205584-1, autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, sobre un área ubicada en jurisdicción del Municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, para adelantar la ejecución del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle»

Que la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través del escrito radicado con número 2017024801-1-000 del 5 de abril de 2017, solicitó la modificación a la Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017.

Que mediante radicado número 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, dio alcance a la documentación inicialmente presentada mediante escrito anteriormente descrito.

Que mediante radicado 2017031433-1-000 del 2 de mayo de 2017, la empresa en mención adjuntó el comprobante de pago por concepto del servicio de modificación por valor de UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($1.839.000) realizado el día 26 de abril de 2017.

Que mediante comunicaciones radicadas con números 2017032680-1-000 del 5 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 8 de mayo de 2017, la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, allegó Formulario Único Nacional De Aprovechamiento Forestal PIDU Mirador Frayle y el plano con la localización de los 6 árboles a modificar.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 2 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Que mediante Auto No. 1749 del 11 de mayo de 2017 se inició el trámite de modificación de la Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017.

Que una vez revisada, analizada y evaluada la información allegada por el ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, al expediente AFC0254-00, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA emitió el concepto técnico No. 02473 del 26 de mayo de 2017, el cual señaló lo siguiente:

“(…)

2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

A continuación, se evalúa técnicamente la información allegada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, correspondiente a la solicitud de modificación de la autorización del Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017.

2.1. Objetivo

Formular el Concepto Técnico de Evaluación, de acuerdo a la solicitud realizada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, para la modificación de la autorización del Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados otorgada mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 en la ejecución de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», ubicado en jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, teniendo en cuenta la información presentada mediante los radicados 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, 2017031433-1-000 del 02 de mayo de 2017, 2017032680-1-000 del 05 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, así como la visita de evaluación técnica realizada entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016.

2.2. Localización

El área otorgada en la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE para la ejecución de las obras de «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se encuentra localizada al interior del territorio perteneciente a la jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca.

Con base en la información aportada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., el aprovechamiento forestal de Árboles Aislados se circunscribe al polígono aproximado conformado por las coordenadas geográficas listadas en la Tabla 1 y se ubica conforme lo representa la Figura 1. El polígono representa un área aproximada de 103 hectáreas y se encuentran a un (1) kilómetro al sur de la cabecera municipal del municipio de Candelaria (Valle del Cauca) y lo atraviesa la vía interdepartamental que comunica al mencionado municipio con el municipio de Puerto Tejada (Cauca), cuyas características catastrales se presentan la Tabla 2.

Tabla 1. Coordenadas geográficas aproximadas que conforman el polígono de intervención para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Coordenadas geográficas Coordenadas geográficas Coordenadas geográficasPunto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud

1 -76,355618 3,395854 11 -76,352955 3,386172 21 -76,352624 3,3952912 -76,356440 3,394084 12 -76,352782 3,384478 22 -76,353150 3,3948153 -76,359031 3,391232 13 -76,353666 3,382026 23 -76,353711 3,3940214 -76,355638 3,389357 14 -76,353296 3,380671 24 -76,353601 3,3931965 -76,356254 3,388585 15 -76,352576 3,380143 25 -76,353620 3,3920846 -76,355641 3,388067 16 -76,351589 3,380363 26 -76,354048 3,3945157 -76,354681 3,387878 17 -76,351458 3,380811 27 -76,354226 3,3948158 -76,354650 3,388053 18 -76,351798 3,381218 28 -76,355377 3,3951719 -76,353179 3,388136 19 -76,344774 3,392050 29 -76,355516 3,395732

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 3 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Coordenadas geográficas Coordenadas geográficas Coordenadas geográficasPunto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud

10 -76,353443 3,386494 20 -76,347285 3,392909 Fuente: Visita Técnica de Evaluación. Radicado 2016082970-1-000 del 08 de febrero de 2016.

AFC0254-00

Figura 1. Ubicación del área de influencia de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Fuente: Visita Técnica de Evaluación. Radicado 2016082970-1-000 del 08 de febrero de 2016. AFC0254-00

Tabla 2. Folios de matrícula inmobiliaria y Escrituras Públicas correspondientes a los inmuebles de desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Folio actual de Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del

FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las

matrículas inmobiliarias

Nombre del Lote

Acción registrada en Notariado y Registro

378-26085230 del 31 de diciembre de

2014 110.730,72 Lote 5 Constitución de Fiducia Mercantil

378-2828 2073 del 13 de junio de 2013 55.571,00 Lote 2B Constitución de Fiducia Mercantil

378-5338 2073 del 13 de junio de 2013 3.044,00 Lote 7-A Constitución de Fiducia Mercantil

378-5339 2073 del 13 de junio de 2013 11.304,00 Lote 7-B Constitución de Fiducia Mercantil

378-5340 2073 del 13 de junio de 2013 1.755,00 Lote 7-C Constitución de Fiducia Mercantil

378-5341 2073 del 13 de junio de 2013 4.776,00 Lote 7-D Constitución de Fiducia Mercantil

378-115266 2073 del 13 de junio de 2013 22.635,08 Lote 6-4 Constitución de Fiducia Mercantil

378-115270 2073 del 13 de junio de 2013 19.819,88 Lote 6-5 Constitución de Fiducia Mercantil

378-117037 2073 del 13 de junio de 2013 9.735,09 Lote 4-3 Constitución de Fiducia Mercantil

378-117038 2073 del 13 de junio de 2013 15.830,43 Lote 4-4 Constitución de Fiducia Mercantil

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 4 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Folio actual de Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del

FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las

matrículas inmobiliarias

Nombre del Lote

Acción registrada en Notariado y Registro

378-145279 2073 del 13 de junio de 2013 52.161,91 Lote 3-2 Constitución de Fiducia Mercantil

378-145280 2073 del 13 de junio de 2013 13.764,59 Lote 4-2 Constitución de Fiducia Mercantil

378-145414 2073 del 13 de junio de 2013 11.489,67 Lote 6-6 Constitución de Fiducia Mercantil

37.730,00 378-2824 Lote 7

428.188,00 378-3116 Potrero Párraga

8.250,00 378-5627 Lote La Porfia

2.691,50 378-8038 Lote 214.396,00 378-144645 Lote 7-131.143,00 378-144646 Lote 7-225.798,20 378-144647 Lote P-123.367,14 378-144648 Lote P-2

5.830,66 378-144649 Lote P-313.000,00 378-144650 Lote P-434.573,80 378-144651 Lote P-5

378-194893 2890 del 05 de agosto de 2015

30.047,54 378-144652 Lote P-6

Englobe de los predios a nombre de

la ALIANZA FIDUCIARIA S.A.,

vocera y administradora del

FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Total 987.633,21Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

2.3. Componentes y actividades del Proyecto

De acuerdo con la información del documento «Inventario Forestal» entregado mediante el radicado 2016006573-1-000 del 11 de febrero de 2016, se resalta que la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, otorgó poder especial, amplio y suficiente al Representante Legal de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., el señor ALBERTO MORENO URIBE, con el objetivo que gestione ante la ANLA todos los trámites pertinentes y necesarios para la expedición del Permiso de Aprovechamiento Forestal y Permiso de Ocupación de Cauce en el marco de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’».

Lo anterior, debido a que la propiedad de los predios a intervenir corresponde a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, pero los responsables operativos de la ejecución del proyecto es la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A.

De otra parte, es importante mencionar que la Ley 1537 del 20 de junio de 2012 «por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones», faculta a la ANLA para tramitar los permisos ambientales, debido a que establece:

«Artículo 48. Permisos y licencias en el marco de los macroproyectos de interés social nacional. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales otorgará de manera privativa las licencias, permisos, concesiones y autorizaciones de tipo ambiental que, de acuerdo con la ley y los reglamentos, se requieran en el proceso de factibilidad, formulación, y para el desarrollo de obras y actividades contempladas en los macroproyectos de interés social nacional y en los proyectos integrales de desarrollo urbano de que tratan las Leyes 1151 de 2007 y 1469 de 2011 y el Decreto-ley 4821 de 2010».

En ese sentido, se concluye por parte de esta Autoridad Ambiental, que la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., es la firma consultora encargada de ejecutar las actividades del mencionado proyecto, entre las que se cuentan las relacionadas con el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados objeto de la presente evaluación técnica.

Por otra parte, en las consideraciones respecto de la descripción del área declarada para la ejecución de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se destaca, los siguientes aspectos:

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 5 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

«Las especies arbóreas que se encuentran en el predio donde se desarrollará el PIDU-MIRADOR DEL FRAYLE pertenecen al Zonobioma Alternohígrico Tropical del Valle del Cauca que se ubica entre los 900 y 1.200 msnm; el Bosque Seco Tropical (Bs-T), que originalmente se distribuía en todo el valle plano geográfico del río Cauca pertenece a este Zonobioma y en las cuencas de los ríos Frayle y Párraga constituido por los ecosistemas Bosque Cálido Seco en Piedemonte Aluvial - BOCSEPA Y EL Bosque Cálido Seco en Piedemonte Coluvio Aluvial – BOCSEPX, para la zona baja y media de la cuenca del río Frayle respectivamente.

El área de influencia directa definida para el PIDU-MIRADOR DEL FRAYLE, que tiene una elevación de unos 977 msnm, ubicado al interior del Zonobioma corresponde a la llanura aluvial de piedemonte, definida por abanicos y conos aluviales formados por la actividad depositante de los principales ríos que drenan al río Cauca cuando encuentran el cambio de pendiente, como es el caso de los ríos Frayle, Párraga, Bolo, Palmira y Guachal. Estos ecosistemas al igual que todos los que conforman el Halobioma del Valle del Cauca, presentan una alta ocupación en sistemas de cultivos industrial (Caña de Azúcar principalmente), los cuales han generado desaparición de los sistemas boscosos naturales restringiéndolos solo a las áreas de protección y conservación».

3. INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA EN LA SOLICITUD

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, presentó mediante radicado 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, solicitud de modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de cambiar un árbol que aparece en el artículo quinto de la mencionada resolución como individuos viabilizados para conservar (Tabla 3) y se necesita talar, por las siguientes razones:

“En el momento que se realizó la visita no interfería con la construcción del proyecto, pero después de realizar varios ajustes al diseño geométrico del acceso al PIDU Mirador del Frayle, se identificó que este individuo interfiere con la construcción, por lo anterior se requiere que sea incluido para tala y compensación, debido a que es una ESPECIE DE RENOVACIÓN ARBÓREA: Por presentar problemas en su sistema radicular, específicamente en su raíz pivotante, por su gran porte y peso, su sistema radicular fasciculado fuerte de la especie FICUS (Ficus benjamina) por presentar problemas de volcamiento naturales y en consecuencia riesgo para las personas, vehículos, más cuando se incrementa la pluviometría y los vientos de la zona como actualmente ocurre, lo que puede ocasionar un volcamiento natural a futuro de esta especie en particular”.

Tabla 3. Individuos viabilizados para conservar (permanecer) en el desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Especie CoordenadasÁrbolCampo

No. Familia Nombre Científico Nombre Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 MoraceaeFicus

benjamina L.

Ficus 0,5256 6,255 1.080.546,406 866.197,164

Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

Luego, mediante radicado 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, da alcance a la solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, presentando 6 fichas taxonómicas de los árboles que requiere modificar en la mencionada resolución, para tala y compensación (Tabla 4); en el que se evidencian 5 árboles adicionales a la solicitud inicial que también interfieren la construcción del acceso al PIDU Mirador del Frayle, en el sentido de incluirlos en la modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 6 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Tabla 1. Lista de individuos forestales solicitados en la modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017

N° Id Familia Nombre Científico

Nombre Común

Altura (m)

D.A.P.(cm) Fotografía

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 17 81,8

62A Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 19 167

62B Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 18 76

62C Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 80

62D Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 92

62E Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 113

Fuente: Ajustado ANLA-SIPTA, radicado 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017. AFC0254-00

Adicionalmente, mediante radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., remite el plano con la localización de los 6 árboles solicitados para la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgados mediante la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017, en el sentido de cambiar un árbol que aparece en el artículo quinto de la mencionada resolución como individuos viabilizados para conservar y se necesita talar y de incluir 5 árboles en dicha autorización.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 7 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

En el plano allegado se evidencian los folios de matrícula inmobiliaria de los predios a intervenir por la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017 (ver Figura 2).

Figura 2. Ubicación de los arboles solicitados en la modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017 en la ejecución de la construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’

Fuente: CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017. AFC0254-00

4. EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

4.1. Observaciones de la visita de evaluación

La ANLA se desplazó al área definida para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», sobre la jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, con el fin de verificar la información radicada dentro de la solicitud de aprovechamiento forestal de árboles aislados, sobre predios de propiedad de ALIANZA FIDUCIARIA.

La visita al área de la solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se realizó entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016, a la cual asistieron las personas relacionadas en la Tabla, como consta en el acta de inicio y cierre de la visita.

Tabla 5. Lista de personas asistentes a la visita técnica de evaluación de la solicitud de aprovechamiento forestal de árboles aislados

Entidad NombreCONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. Andrea Celis

CONSTRUCTORA IC Henry Camilo Castrillón

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 8 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

PREFABRICADOS S.A. DuqueCONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A.

Héctor Mario Escudero Triviño

ANLA - SIPTA Iván Darío Rivera Ortega

Fuente: ANLA. Actas de Inicio y Cierre de la visita técnica de evaluación. AFC0254-00

Las observaciones del acceso al área del proyecto para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’» y de las actividades desarrolladas en la visita de evaluación, se describieron en el concepto técnico N° 7044 del 28 de diciembre de 2016, el cual fue acogido mediante Resolución N° 0085 del 18 de enero de 2017 “Por la cual se otorga autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”.

4.2. Evaluación de la solicitud de modificación de la Autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, presentó solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, la cual contiene dos solicitudes de la siguiente manera:

- Modificar la autorización de un individuo arbóreo que aparece en la mencionada Resolución como “a permanecer” y debe ser talado.

- Incluir 5 individuos nuevos a ser talados, debido a que en la ejecución del proyecto manifiestan haber surgido ajustes al diseño que hacen necesario intervenir algunos árboles no considerados en la solicitud inicial.

Con fundamento en lo anterior, se tiene en cuenta las observaciones de la visita de evaluación realizada entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016, en la que se realizó la verificación del censo forestal presentado por la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., revisando principalmente la ubicación correcta de los individuos censados, la marcación de los individuos presentes, corroborando el número de individuos de tipo fustal dentro del área propuesta para el desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»; igualmente, se revisó la identificación botánica de las especies inventariadas y las características físicas de los mismos, principalmente la altura total y el Diámetro a la Altura del Pecho (DAP). Así las cosas, se pudo verificar que los seis (6) arboles solicitados en la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal aislados, fueron revisados en la visita de evaluación, en la cual se tomó registro fotográfico, los cuales se observan a continuación.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 9 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Fotografía 1. Árbol número 62 (Ficus benjamina L)

Fotografía 2. Árbol número 62A (Ficus benjamina L)

Fotografía 3. Árbol número 62B (Ficus benjamina L)

Fotografía 4. Árbol número 62C (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 10 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Fotografía 5. Árbol número 62D (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

Fotografía 6. Árbol número 62E (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

Adicionalmente, se verificó el volumen y las coordenadas planas de ubicación de los árboles objeto de la solicitud de modificación (ver Tabla 7). Con fundamento en lo anterior, y una vez revisada la cartografía sobre el servidor de Google Earth, y el plano allegado mediante radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, se evidencio que los árboles se encuentran al interior de inmuebles de propiedad de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A. (ver tabla 6), vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, áreas que fueron autorizadas en Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados en el artículo primero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 (ver Figura 3).

Tabla 6. Folios de matrícula inmobiliaria y Escrituras Públicas correspondientes a los inmuebles de desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’, donde se encuentran ubicados los individuos arbóreos solicitados en modificación»

Folio actual de

Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA

FIDUCIARIA S.A., vocera y

administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las matrículas inmobiliarias

Nombre del LoteAcción

registrada en Notariado y

Registro

378-5341 2073 del 13 de junio de 2013 4.776,00 Lote 7-D

Constitución de Fiducia

Mercantil37.730,00 378-2824 Lote 7

428.188,00 378-3116 Potrero Párraga8.250,00 378-5627 Lote La Porfia2.691,50 378-8038 Lote 2

14.396,00 378-144645 Lote 7-131.143,00 378-144646 Lote 7-225.798,20 378-144647 Lote P-123.367,14 378-144648 Lote P-2

5.830,66 378-144649 Lote P-313.000,00 378-144650 Lote P-434.573,80 378-144651 Lote P-5

378-194893 2890 del 05 de agosto de 2015

30.047,54 378-144652 Lote P-6

Englobe de los predios a

nombre de la ALIANZA

FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora

del FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 11 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Tabla 7. Individuos viabilizados para el tratamiento silvicultural de tala requerido para modificación de la autorización de aprovechamiento forestal aislados

Especie Coordenadas planas MAGNA Colombia OesteÁrbol

CampoNo. Familia Nombre Científico Nombre

Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,526 6,255 1.080.546,4 866.197,262A Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 2,190 29,132 1.080.520,3 866.231,062B Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,454 5,716 1.080.514,1 866.264,9

62C Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,503 5,278 1.080.507,9 866.329,3

62D Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,665 6,980 1.080.517,1 866.403,1

62E Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 1,003 10,530 1.080.492,4 866.424,5

TOTAL 5,341 63,891 - -Fuente: ANLA-SIPTA, visita de evaluación diciembre 2017. AFC0254-00

Figura 1. Ubicación de los arboles solicitados en la modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017

Fuente: Google Earth 2017. AFC0254-00

(…)”

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Que el artículo 8º de la Constitución Política determina que: "Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación".

Que así mismo, la Constitución Política de Colombia en su artículo 79 consagra el derecho a gozar de un ambiente sano; y dispone que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Que el artículo 80 ibídem, señala que corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Indica además el artículo referido que el Estado deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 12 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Que el artículo 211 del Capítulo II “DE LOS APROVECHAMIENTOS FORESTALES” del Decreto 2811 de 19741, dispone:

“Se entiende por aprovechamiento forestal la extracción de productos de un bosque.”

Que en el marco del Decreto Único 1076 de 2015, por el cual se reglamentó el Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, se compilaron las normas reglamentarias preexistentes en materia ambiental, dentro de la cual se ubica el Decreto 1791 de 1996 “Por medio de la cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal”. Como consecuencia, el presente acto administrativo se emite de conformidad con el Decreto Único Reglamentario, el cual no genera ningún cambio en los requisitos o formalidades para la viabilidad del trámite de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados.

Que el artículo 2.2.1.1.2.2. del Decreto 1076 de 2015 establece los principios generales que orientan la aplicación e interpretación del régimen de aprovechamiento forestal, los cuales son:

“(…) a) Los bosques, en tanto parte integrante y soporte de la diversidad biológica, étnica y de la oferta ambiental, son un recurso estratégico de la Nación y por lo tanto, su conocimiento y manejo son tarea esencial del Estado con apoyo de la sociedad civil.

b) Por su carácter de recurso estratégico, su utilización y manejo debe enmarcarse dentro de los principios de sostenibilidad consagrados por la Constitución Política como base del desarrollo nacional.

c) Las acciones para el desarrollo sostenible de los bosques son una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad y el sector privado, quienes propenderán para que se optimicen los beneficios de los servicios ambientales, sociales y económicos de los bosques.

d) El aprovechamiento sostenible de la flora silvestre y de los bosques es una estrategia de conservación y manejo del recurso. Por lo tanto, el Estado debe crear un ambiente propicio para las inversiones en materia ambiental y para el desarrollo del sector forestal.

e) Gran parte de las áreas boscosas naturales del país se encuentran habitadas. Por lo tanto, se apoyará la satisfacción de las necesidades vitales, la conservación de sus valores tradicionales y el ejercicio de los derechos de sus moradores, dentro de los límites del bien común (…)”.

Que el citado Decreto 1076 del 2015, en su Parte 2, Título 2, Capítulo 1, Sección 9, regula el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y en su artículo 2.2.1.1.9.4., señala lo siguiente:

“(…) Cuando se requiera talar, transplantar o reubicar árboles aislados localizados en centros urbanos, para la realización, remodelación o ampliación de obras públicas o privadas de infraestructura, construcciones, instalaciones y similares, se solicitará autorización ante la Corporación respectiva, ante las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos o ante las autoridades municipales, según el caso, las cuales tramitarán la solicitud, previa visita realizada por un funcionario competente, quien verificará la necesidad de tala o reubicación aducida por el interesado, para lo cual emitirá concepto técnico

1 Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 13 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

(…)”

Que la Ley 1151 del 24 de julio de 2007 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010”, define los Macroproyectos de Interés Social Nacional como el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanísticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en los que se vinculan instrumentos de planeación, financiación y gestión del suelo para ejecutar una operación de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del país.

Que por otro lado, la ley 1537 del 20 de junio del 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones”, tiene como objeto, señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Social y proyectos de Vivienda de Interés Prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda.

Que el articulo 48 ibídem, determina que será la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA la que otorgará de manera privativa las licencias, permisos, concesiones y autorizaciones de tipo ambiental que, de acuerdo con la ley y los reglamentos, se requieran en el proceso de factibilidad, formulación, y para el desarrollo de obras y actividades contempladas en los macroproyectos de interés social nacional y en los proyectos integrales de desarrollo urbano de que tratan las Leyes 1151 de 2007 2 , 1469 de 20113 y el Decreto-ley 4821 de 2010 4.

Que de acuerdo con lo anterior, se expidió el Decreto 4821 de 2010, “Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional” mediante el cual el Gobierno Nacional podrá promover, ejecutar y financiar Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano (PIDU) en los que se definan, de común acuerdo con las autoridades de planeación de los municipios y distritos en el ámbito de sus competencias, el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanísticas necesarias para la ejecución de las operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitación de suelo para la ejecución de los proyectos de construcción de vivienda, reubicación de asentamientos humanos para entender la emergencia económica, social y ecológica nacional.

Que mediante el Decreto 1490 de 2011, “se reglamenta parcialmente el Decreto 4821 de 2010”, y se fijaron los requisitos y procedimientos para la implementación de los proyectos Integrales de Desarrollo Urbano-PIDU, medida que permite la habilitación de suelo urbanizable necesario para conjurar la grave situación en los municipios del país.

Que así las cosas, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0389 del 27 de junio de 2014 “Por la cual se adopta el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano-PIDU “MIRADOR DEL FRAYLE”; la cual tiene entre sus objetivos, el de garantizar la habilitación del suelo urbanizable y la ejecución de un Proyecto Integral de Vivienda multi-estrato, estimulando la Vivienda Interés Social y Prioritaria.

2 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.3 Por la cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda.4 Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 14 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Que de otra parte, las actuaciones de las autoridades se ciñen a los presupuestos de los principios consagrados en la Constitución Nacional, la cual en su artículo 209, establece: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”

Que a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo precisa que las autoridades administrativas desarrollaran sus actuaciones, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

Que en virtud del principio de eficacia, consagrado en el numeral 11 del artículo 3 ibídem, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad, y para el efecto removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitaran decisiones inhibitorias, citaciones, retardos y sanearan, de acuerdo con el mencionado Código, las irregularidades procedimentales que se presenten en procura de la efectividad del derecho materia objeto de la actuación administrativa.

Que por su parte, el numeral 12 del mencionado artículo establece que en virtud del principio de economía las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso de tiempo de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección del derecho de las personas.

Que efectuadas las anteriores consideraciones y acogiendo el concepto técnico No. 2473 del 26 de mayo de 2017, adjunto a este Acto Administrativo, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA considera pertinente modificar la Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017 otorgado a ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, en el sentido de adicionar individuos para el tratamiento selvicultura de tala, así como sustraer un árbol de la permanencia (conservación), como también en adicionar a la compensación la siembra de más árboles sobre el área de influencia directa del proyecto y modificar el número total de tala, tal y como se indicará en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Que el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, y en el numeral 1º del artículo 3 le asignó la función de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos.

Que en el numeral 2° del artículo segundo de la Resolución 1349 del 2015, la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, delegó en el (Ia) Subdirector (a) de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, la función de suscribir los actos administrativos mediante los cuales otorguen, nieguen o modifiquen los permisos, concesiones y autorizaciones de tipo ambiental que se requieran en el proceso de factibilidad, formulación, y para el desarrollo de obras y actividades contempladas en los temas de su competencia, en los macroproyectos de interés social nacional, así como en los proyectos integrales de desarrollo urbano de que tratan las leyes 1151 de 2007 y 1469 de 2011 y el Decreto Ley 4821 de 2010.

Que mediante la Resolución 00658 del 7 de junio del 2017 la Directora General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA nombró a la doctora MARGIT IVETTE SOLARTE LIEVANO, identificada con la cedula de ciudadanía No. 52.884.506, en el empleo de Subdirector técnico Código 0150 Grado 21 de la planta global, en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 15 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo tercero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 correspondiente a la autorización del permiso aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado a la empresa ALIANZA FIDUCIARIA S. A., identificada con número de NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812-2 a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT890205584-1, autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, sobre un área ubicada en jurisdicción del Municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, para adelantar la ejecución del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle», en el sentido de adicionar en la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados, seis (6) individuos para el tratamiento silvicultural de tala, con un volumen total de madera de 63,891 m3, de acuerdo a la tabla presentada a continuación:

Especie Coordenadas planas MAGNA Colombia Oeste

ÁrbolCamp

oNo. Familia Nombre

CientíficoNombre Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 MoraceaeFicus

benjamina L.

Ficus 0,526 6,255 1.080.546,4 866.197,2

62A MoraceaeFicus

benjamina L.

Ficus 2,190 29,132 1.080.520,3 866.231,0

62B MoraceaeFicus

benjamina L.

Ficus 0,454 5,716 1.080.514,1 866.264,9

62C Leguminosae

Albizia saman (Jacq.) Merr.

Samán 0,503 5,278 1.080.507,9 866.329,3

62D Leguminosae

Albizia saman (Jacq.) Merr.

Samán 0,665 6,980 1.080.517,1 866.403,1

62E Leguminosae

Albizia saman (Jacq.) Merr.

Samán 1,003 10,530 1.080.492,4 866.424,5

TOTAL 5,341 63,891 - -

Así las cosas, la autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados para la ejecución del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle», incluye la tala total de quinientos sesenta y seis (566) individuos fustales, equivalentes a 38,303 m2 de área basal y 280,532 m3 de volumen total de la madera en pie.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el artículo quinto de la Resolución 0085 del 18 de enero del 2017, correspondiente a la autorización del permiso aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado a la empresa ALIANZA FIDUCIARIA S. A., identificada con NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812- a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT890205584-1, autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados en el sentido de sustraer el árbol con numero ID 62 de nombre Ficus (Ficus benjamina L.), con un volumen total de madera de 6,255 m3, de este modo se Garantiza la permanencia (conservación) de setecientos veinte (720) individuos, equivalentes a 24,055 m2 de área basal y 120,260 m3 de volumen total de la madera en pie, según la tabla presentada a continuación:

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 16 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

PERMANENCIA (CONSERVACIÓN) NUMERO

DE ARBOLES

AREA BASAL(m2)

VOLUMEN TOTAL

(m3)Resolución 0085 del 18 de enero de

2017 721 24,5814 126,515

Concepto técnico de modificación 2473 del 26 de mayo de 2017 -1 -0,526 -6,255

TOTAL 720 24,055 120,260

ARTÍCULO TERCERO.- .- Modificar el artículo décimo primero de la Resolución de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 correspondiente a la autorización del permiso aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado a la empresa, ALIANZA FIDUCIARIA S. A., con NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812-2 a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT890205584-1, autorización para el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados en el sentido el sentido de adicionar a la compensación señalada en la misma, veinticuatro (24) árboles para un total de dos mil doscientos sesenta y cuatro (2264) árboles compensados, según la siguiente tabla:

Medida de CompensaciónNUMERO

DE ARBOLES

Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 2240

Concepto técnico de modificación 2473 del 26 de

mayo de 201724

TOTAL 2264

ARTÍCULO CUARTO.- Modificar el artículo Décimo Segundo de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 el cual quedará se la siguiente manera:

Para la implementación de la medida de compensación ALIANZA FIDUCIARIA S. A., en calidad de vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, deberá presentar en un término no mayor a dos (2) meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, el complemento de la medida compensatoria por la tala de quinientos sesenta y seis (566) individuos para la construcción del proyecto Integral de desarrollo Urbano PIDU, “Mirador del Frayle” en donde como mínimo deberán:

a. Establezca claramente la localización del área a compensar [Coordenadas según la Resolución 068 del 28 de enero de 2005 “por la cual se adopta como único datum oficial de Colombia el Marco Geocéntrico Nacional de Referencia: MAGNA-SIRGAS” proferida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC)].

b. Presentar el diseño definitivo para la siembra y el plan de establecimiento y manejo forestal detallado, con soportes y esquemas.

c. Las medidas de manejo para las actividades de siembra de los árboles, incluyendo un cronograma de ejecución, responsables de la ejecución de las labores, donde se detallen las actividades de siembra y mantenimiento mínimo de tres (3) años, garantizando al final del proceso de compensación un porcentaje de supervivencia del ciento por ciento (100%) de los individuos a sembrar.

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 17 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

ARTÍCULO QUINTO.- Las demás obligaciones, términos y condiciones contenidos en la Resolución No. 0085 del 18 de enero de 2017, continúan vigentes en su totalidad y deberán aplicarse para los individuos arbóreos autorizados inicialmente más los adicionados.

ARTÍCULO SEXTO.- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente acto administrativo por parte de la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, ejecutora del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano – PIDU- “Mirador del Frayle”, dará lugar a la imposición de las medidas preventivas y sanciones previstas en la Ley 1333 de 2009 o en la norma que la modifique o sustituya.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Notificar el contenido del presente acto administrativo a la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A en calidad de ejecutora del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano – PIDU- “Mirador del Frayle”, a través de su representante y/o apoderado debidamente constituido.

ARTÍCULO OCTAVO.- Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC, al Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA y al Municipio de Candelaria – Valle del Cauca , para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO NOVENO.- Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.

ARTÍCULO DÉCIMO.- Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 16 de junio de 2017

MARGIT IVETTE SOLARTE LIEVANOSubdirectora de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales

EjecutoresGERMAN AUGUSTO VINASCO MENESESProfesional Técnico/Contratista RevisoresNEIL JAVIER VANEGAS PALACIOProfesional Jurídico/Contratista

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Resolución No. 00699 Del 16 de junio de 2017 Hoja No. 18 de 18

“Por la cual se modifica la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, que otorgó un Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”

Expediente No. AFC0254-00Concepto Técnico N° 02473 del 26 de mayo de 2017Fecha: 05 de junio de 2017

Proceso No.: 2017044318

Archívese en: AFC0254-00 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

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2017038378-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 02473 del 26 de mayo de 2017

EXPEDIENTE: AFC0254-00

PROYECTO:Autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados para el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle»

INTERESADO:CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. actuando como apoderada de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE

TELÉFONO: (57 + 2) 6856500

LOCALIZACIÓN: Municipio de Candelaria, en el Departamento de Valle del Cauca.

ASUNTO:Solicitud de modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017

FECHA DE VISITA: 08 y 09 de diciembre de 2016

1. ANTECEDENTES

DOCUMENTOSTipo No. Fecha Descripción

Radicado 2016006573-1-000

11 de febrero de 2016

Se allegó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (en adelante, ANLA) por parte de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, los documentos que soportan la solicitud de una Autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados para la construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle», localizado en jurisdicción del municipio de Candelaria (Valle del Cauca), anexando la siguiente documentación:

1. Formulario Único Nacional -FUN- de solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados.

2. Plan de Aprovechamiento Forestal.

3. Certificado de Existencia y Representación Legal.

4. Escrituras Públicas y Certificados de

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DOCUMENTOS DescripciónTipo No. FechaTradición y Libertad de los predios.

5. Poder debidamente otorgado.

6. Cartografía de los sectores I y II del Proyecto con la ubicación del arbolado solicitado en Aprovechamiento Forestal.

7. Estudio Geotécnico.

8. Inventario Forestal y fichas taxonómicas de los árboles.

Oficio 2016006573-2-001

17 de febrero de 2016

La ANLA solicitó a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE la información relacionada con:

1. Resolución por el cual se adopta el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano.

2. Comprobante de pago por la prestación del servicio de evaluación del trámite. (Original o copia).

Radicado 2016006573-1-002

22 de marzo de 2016

La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, en respuesta al oficio con radicado 2016006573-2-001 del 17 de febrero de 2016, adjuntó a la ANLA el formato de solicitud de liquidación por servicio de evaluación para permisos, concesiones y autorizaciones ambientales debidamente diligenciado y firmado; también adjuntó la Resolución por medio de la cual se adoptó el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle».

Oficio 2016006573-2-003

29 de marzo de 2016

La ANLA generó la respectiva liquidación por los servicios de evaluación para el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle».

Radicado 2016072043-1-000

01 de noviembre de

2016

La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, entregó a la ANLA, copia del pago por concepto de servicio de evaluación para el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle».

Radicado 2016077922-1-000

24 de noviembre de

2016

La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, entregó a la ANLA

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DOCUMENTOS DescripciónTipo No. Fechalos folios de matrícula 378‐115264, 378‐2608 y los certificados de tradición 378‐3116, 378‐5627, 378‐8038, 378‐144647, 378‐144648, 378‐144649, 378‐144650, 378‐144651, 378‐144652, 378‐2824, 378‐144645 y 378‐144646, que ahora se encuentran englobados en la matricula inmobiliaria 378‐194893; los cuales aclaran la propiedad de los predios a intervenir con el aprovechamiento forestal solicitado.

Auto 591129 de

noviembre de 2016

La ANLA profirió el Auto “por el cual se inicia el trámite administrativo de Permiso de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados”.

Oficio 2016080445-2-000

05 de diciembre de 2016

La ANLA informó a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, sobre la fecha para la visita técnica de evaluación al área de la solicitud de aprovechamiento forestal de árboles aislados para la construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle».

Radicado 2016082324-1-000

12 de diciembre de 2016

La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, informó a la ANLA que las especies forestales que se registran en el inventario y que presentan veda regional, no serán intervenidas con procedimientos de tala, por lo que se incluirán en el modelo paisajístico de diseño del proyecto para que no se vean afectadas.

Radicado 2016082970-1-000

13 de diciembre de 2016

La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, allegó a la ANLA el listado ajustado de especies solicitadas en aprovechamiento forestal, así como la cartografía de ubicación geográfica de las especies forestales que se registran en el inventario y que presentan veda regional, no serán intervenidas con procedimientos de tala, por lo que se incluirán en el modelo paisajístico de diseño del proyecto para que no se vean afectadas.

Concepto Técnico 7044 28 de diciembre

de 2016

La ANLA, emite concepto técnico de evaluación viabilizando el aprovechamiento forestal de árboles aislados para el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle»

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DOCUMENTOS DescripciónTipo No. Fecha

Resolución 0085 18 de enero de 2017

La Autoridad Nacional de Licencia Ambientales – ANLA, profiere acto administrativo, otorgando el Aprovechamiento Forestal de árboles aislados a la ALIANZA FIDUCIARIA S. A., con NIT. 860531315-3, vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, con NIT. 830.053.812-2 a ejecutarse por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., con NIT890205584-1, en la ejecución del “Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- «Mirador del Frayle»”.

Radicado 2017024801-1-000

05 de abril de 2017

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, presentó solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 en el sentido de cambiar un árbol que aparece en la mencionada resolución como permanecer y se necesita talar.

Radicado 2017027294-1-000

18 de abril de 2017

Dando alcance a la solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, allega 6 fichas taxonómicas de los árboles que requiere incluir en la mencionada resolución para tala y compensación.

Radicado 2017031433-1-000

02 de mayo de 2017

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE allega el pago por concepto de evaluación de la modificación del permiso de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017.

Radicado 2017032680-1-000

05 de mayo de 2017

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE allega el Formato Único Nacional de Aprovechamiento Forestal, para modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017.

Radicado 2017032881-1-000

08 de mayo de 2017

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., dando alcance a la

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DOCUMENTOS DescripciónTipo No. Fechasolicitud de modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017, remite el plano con la localización de 6 árboles a incluir en la mencionada resolución.

Auto 1749 11 de mayo de 2017

“Por el cual se inicia el trámite administrativo de modificación de la autorización de Aprovechamiento Forestal de Arboles Aislados otorgado mediante Resolución 00085 del 18 de enero de 2017 y se toman otras determinaciones”.

2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

A continuación, se evalúa técnicamente la información allegada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, correspondiente a la solicitud de modificación de la autorización del Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017.

2.1. Objetivo

Formular el Concepto Técnico de Evaluación, de acuerdo a la solicitud realizada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, para la modificación de la autorización del Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados otorgada mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 en la ejecución de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», ubicado en jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, teniendo en cuenta la información presentada mediante los radicados 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, 2017031433-1-000 del 02 de mayo de 2017, 2017032680-1-000 del 05 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, así como la visita de evaluación técnica realizada entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016.

2.2. Localización

El área otorgada en la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE para la ejecución de las obras de «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se encuentra localizada al interior del territorio perteneciente a la jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca.

Con base en la información aportada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., el aprovechamiento forestal de Árboles Aislados se circunscribe al polígono aproximado conformado por las coordenadas geográficas listadas en la Tabla 1 y se ubica conforme lo representa la Figura 1. El polígono representa un área aproximada de 103 hectáreas y se encuentran a un (1) kilómetro al sur de la cabecera municipal del municipio de Candelaria (Valle del Cauca) y lo atraviesa la vía interdepartamental que comunica al mencionado municipio con el municipio de Puerto Tejada (Cauca), cuyas características catastrales se presentan la Tabla 2.

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Tabla 1. Coordenadas geográficas aproximadas que conforman el polígono de intervención para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del

Frayle’»Coordenadas geográficas Coordenadas geográficas Coordenadas geográficas

Punto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud Punto Longitud Latitud1 -76,355618 3,395854 11 -76,352955 3,386172 21 -76,352624 3,3952912 -76,356440 3,394084 12 -76,352782 3,384478 22 -76,353150 3,3948153 -76,359031 3,391232 13 -76,353666 3,382026 23 -76,353711 3,3940214 -76,355638 3,389357 14 -76,353296 3,380671 24 -76,353601 3,3931965 -76,356254 3,388585 15 -76,352576 3,380143 25 -76,353620 3,3920846 -76,355641 3,388067 16 -76,351589 3,380363 26 -76,354048 3,3945157 -76,354681 3,387878 17 -76,351458 3,380811 27 -76,354226 3,3948158 -76,354650 3,388053 18 -76,351798 3,381218 28 -76,355377 3,3951719 -76,353179 3,388136 19 -76,344774 3,392050 29 -76,355516 3,395732

10 -76,353443 3,386494 20 -76,347285 3,392909 Fuente: Visita Técnica de Evaluación. Radicado 2016082970-1-000 del 08 de febrero de 2016. AFC0254-00

Figura 1. Ubicación del área de influencia de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Fuente: Visita Técnica de Evaluación. Radicado 2016082970-1-000 del 08 de febrero de 2016. AFC0254-00Tabla 2. Folios de matrícula inmobiliaria y Escrituras Públicas correspondientes a los

inmuebles de desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

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Folio actual de

Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA

FIDUCIARIA S.A., vocera y

administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las

matrículas inmobiliarias

Nombre del Lote

Acción registrada en Notariado y

Registro

378-26085230 del 31 de

diciembre de 2014 110.730,72 Lote 5 Constitución de Fiducia Mercantil

378-2828 2073 del 13 de junio de 2013 55.571,00 Lote 2B Constitución de

Fiducia Mercantil

378-5338 2073 del 13 de junio de 2013 3.044,00 Lote 7-A Constitución de

Fiducia Mercantil

378-5339 2073 del 13 de junio de 2013 11.304,00 Lote 7-B Constitución de

Fiducia Mercantil

378-5340 2073 del 13 de junio de 2013 1.755,00 Lote 7-C Constitución de

Fiducia Mercantil

378-5341 2073 del 13 de junio de 2013 4.776,00 Lote 7-D Constitución de

Fiducia Mercantil

378-115266 2073 del 13 de junio de 2013 22.635,08 Lote 6-4 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-115270 2073 del 13 de junio de 2013 19.819,88 Lote 6-5 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-117037 2073 del 13 de junio de 2013 9.735,09 Lote 4-3 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-117038 2073 del 13 de junio de 2013 15.830,43 Lote 4-4 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-145279 2073 del 13 de junio de 2013 52.161,91 Lote 3-2 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-145280 2073 del 13 de junio de 2013 13.764,59 Lote 4-2 Constitución de

Fiducia Mercantil

378-145414 2073 del 13 de junio de 2013 11.489,67 Lote 6-6 Constitución de

Fiducia Mercantil37.730,00 378-2824 Lote 7

428.188,00 378-3116 Potrero Párraga8.250,00 378-5627 Lote La Porfia2.691,50 378-8038 Lote 2

14.396,00 378-144645 Lote 7-131.143,00 378-144646 Lote 7-225.798,20 378-144647 Lote P-123.367,14 378-144648 Lote P-2

5.830,66 378-144649 Lote P-313.000,00 378-144650 Lote P-434.573,80 378-144651 Lote P-5

378-194893 2890 del 05 de agosto de 2015

30.047,54 378-144652 Lote P-6

Englobe de los predios a nombre

de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A.,

vocera y administradora del

FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Total 987.633,21Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

2.3. Componentes y actividades del Proyecto

De acuerdo con la información del documento «Inventario Forestal» entregado mediante el radicado 2016006573-1-000 del 11 de febrero de 2016, se resalta que la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, otorgó poder especial, amplio y suficiente al Representante Legal de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., el señor ALBERTO MORENO URIBE, con el objetivo que gestione ante la ANLA todos los trámites

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pertinentes y necesarios para la expedición del Permiso de Aprovechamiento Forestal y Permiso de Ocupación de Cauce en el marco de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’».

Lo anterior, debido a que la propiedad de los predios a intervenir corresponde a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, pero los responsables operativos de la ejecución del proyecto es la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A.

De otra parte, es importante mencionar que la Ley 1537 del 20 de junio de 2012 «por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones», faculta a la ANLA para tramitar los permisos ambientales, debido a que establece:

«Artículo 48. Permisos y licencias en el marco de los macroproyectos de interés social nacional. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales otorgará de manera privativa las licencias, permisos, concesiones y autorizaciones de tipo ambiental que, de acuerdo con la ley y los reglamentos, se requieran en el proceso de factibilidad, formulación, y para el desarrollo de obras y actividades contempladas en los macroproyectos de interés social nacional y en los proyectos integrales de desarrollo urbano de que tratan las Leyes 1151 de 2007 y 1469 de 2011 y el Decreto-ley 4821 de 2010».

En ese sentido, se concluye por parte de esta Autoridad Ambiental, que la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., es la firma consultora encargada de ejecutar las actividades del mencionado proyecto, entre las que se cuentan las relacionadas con el Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados objeto de la presente evaluación técnica.

Por otra parte, en las consideraciones respecto de la descripción del área declarada para la ejecución de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se destaca, los siguientes aspectos:

«Las especies arbóreas que se encuentran en el predio donde se desarrollará el PIDU-MIRADOR DEL FRAYLE pertenecen al Zonobioma Alternohígrico Tropical del Valle del Cauca que se ubica entre los 900 y 1.200 msnm; el Bosque Seco Tropical (Bs-T), que originalmente se distribuía en todo el valle plano geográfico del río Cauca pertenece a este Zonobioma y en las cuencas de los ríos Frayle y Párraga constituido por los ecosistemas Bosque Cálido Seco en Piedemonte Aluvial - BOCSEPA Y EL Bosque Cálido Seco en Piedemonte Coluvio Aluvial – BOCSEPX, para la zona baja y media de la cuenca del río Frayle respectivamente.

El área de influencia directa definida para el PIDU-MIRADOR DEL FRAYLE, que tiene una elevación de unos 977 msnm, ubicado al interior del Zonobioma corresponde a la llanura aluvial de piedemonte, definida por abanicos y conos aluviales formados por la actividad depositante de los principales ríos que drenan al río Cauca cuando encuentran el cambio de pendiente, como es el caso de los ríos Frayle, Párraga, Bolo, Palmira y Guachal. Estos ecosistemas al igual que todos los que conforman el Halobioma del Valle del Cauca, presentan una alta ocupación en sistemas de cultivos industrial (Caña de Azúcar principalmente), los cuales han generado desaparición de los sistemas boscosos naturales restringiéndolos solo a las áreas de protección y conservación».

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3. INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA EN LA SOLICITUD

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, presentó mediante radicado 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, solicitud de modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de cambiar un árbol que aparece en el artículo quinto de la mencionada resolución como individuos viabilizados para conservar (Tabla 3) y se necesita talar, por las siguientes razones:

“En el momento que se realizó la visita no interfería con la construcción del proyecto, pero después de realizar varios ajustes al diseño geométrico del acceso al PIDU Mirador del Frayle, se identificó que este individuo interfiere con la construcción, por lo anterior se requiere que sea incluido para tala y compensación, debido a que es una ESPECIE DE RENOVACIÓN ARBÓREA: Por presentar problemas en su sistema radicular, específicamente en su raíz pivotante, por su gran porte y peso, su sistema radicular fasciculado fuerte de la especie FICUS (Ficus benjamina) por presentar problemas de volcamiento naturales y en consecuencia riesgo para las personas, vehículos, más cuando se incrementa la pluviometría y los vientos de la zona como actualmente ocurre, lo que puede ocasionar un volcamiento natural a futuro de esta especie en particular”.

Tabla 3. Individuos viabilizados para conservar (permanecer) en el desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»

Especie CoordenadasÁrbolCampo

No. Familia Nombre Científico

Nombre Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,5256 6,255 1.080.546,406 866.197,164

Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

Luego, mediante radicado 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, da alcance a la solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, presentando 6 fichas taxonómicas de los árboles que requiere modificar en la mencionada resolución, para tala y compensación (Tabla 4); en el que se evidencian 5 árboles adicionales a la solicitud inicial que también interfieren la construcción del acceso al PIDU Mirador del Frayle, en el sentido de incluirlos en la modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017.

Tabla 1. Lista de individuos forestales solicitados en la modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017

N° Id Familia Nombre Científico Nombre

ComúnAltura

(m)D.A.P.(cm) Fotografía

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 17 81,8

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N° Id Familia Nombre Científico Nombre

ComúnAltura

(m)D.A.P.(cm) Fotografía

62A Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 19 167

62B Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 18 76

62C Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 80

62D Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 92

62E Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 15 113

Fuente: Ajustado ANLA-SIPTA, radicado 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017. AFC0254-00

Adicionalmente, mediante radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., remite el plano con la localización de los 6 árboles solicitados para la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgados mediante la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017, en el sentido de cambiar un árbol que aparece en el artículo quinto de la mencionada resolución como individuos viabilizados para conservar y se necesita talar y de incluir 5 árboles en dicha autorización.

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En el plano allegado se evidencian los folios de matrícula inmobiliaria de los predios a intervenir por la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgado mediante Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017 (ver Figura 2).

Figura 2. Ubicación de los arboles solicitados en la modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017 en la ejecución de la construcción del Proyecto Integral de Desarrollo

Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’

Fuente: CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017. AFC0254-00

4. EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

4.1. Observaciones de la visita de evaluación

La ANLA se desplazó al área definida para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», sobre la jurisdicción del municipio de Candelaria, departamento de Valle del Cauca, con el fin de verificar la información radicada dentro de la solicitud de aprovechamiento forestal de árboles aislados, sobre predios de propiedad de ALIANZA FIDUCIARIA.

La visita al área de la solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’», se realizó

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entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016, a la cual asistieron las personas relacionadas en la Tabla, como consta en el acta de inicio y cierre de la visita.

Tabla 5. Lista de personas asistentes a la visita técnica de evaluación de la solicitud de aprovechamiento forestal de árboles aislados

Entidad NombreCONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. Andrea CelisCONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. Henry Camilo Castrillón DuqueCONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. Héctor Mario Escudero TriviñoANLA - SIPTA Iván Darío Rivera Ortega

Fuente: ANLA. Actas de Inicio y Cierre de la visita técnica de evaluación. AFC0254-00

Las observaciones del acceso al área del proyecto para la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’» y de las actividades desarrolladas en la visita de evaluación, se describieron en el concepto técnico N° 7044 del 28 de diciembre de 2016, el cual fue acogido mediante Resolución N° 0085 del 18 de enero de 2017 “Por la cual se otorga autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”.

4.2. Evaluación de la solicitud de modificación de la Autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados

La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, presentó solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, la cual contiene dos solicitudes de la siguiente manera:

- Modificar la autorización de un individuo arbóreo que aparece en la mencionada Resolución como “a permanecer” y debe ser talado.

- Incluir 5 individuos nuevos a ser talados, debido a que en la ejecución del proyecto manifiestan haber surgido ajustes al diseño que hacen necesario intervenir algunos árboles no considerados en la solicitud inicial.

Con fundamento en lo anterior, se tiene en cuenta las observaciones de la visita de evaluación realizada entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016, en la que se realizó la verificación del censo forestal presentado por la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., revisando principalmente la ubicación correcta de los individuos censados, la marcación de los individuos presentes, corroborando el número de individuos de tipo fustal dentro del área propuesta para el desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’»; igualmente, se revisó la identificación botánica de las especies inventariadas y las características físicas de los mismos, principalmente la altura total y el Diámetro a la Altura del Pecho (DAP). Así las cosas, se pudo verificar que los seis (6) arboles solicitados en la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal aislados, fueron revisados en la visita de evaluación, en la cual se tomó registro fotográfico, los cuales se observan a continuación.

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Fotografía 1. Árbol número 62 (Ficus benjamina L)

Fotografía 2. Árbol número 62A (Ficus benjamina L)

Fotografía 3. Árbol número 62B (Ficus benjamina L)

Fotografía 4. Árbol número 62C (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

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Fotografía 5. Árbol número 62D (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

Fotografía 6. Árbol número 62E (Albizia saman (Jacq.) Merr.)

Adicionalmente, se verificó el volumen y las coordenadas planas de ubicación de los árboles objeto de la solicitud de modificación (ver Tabla 7). Con fundamento en lo anterior, y una vez revisada la cartografía sobre el servidor de Google Earth, y el plano allegado mediante radicado 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, se evidencio que los árboles se encuentran al interior de inmuebles de propiedad de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A. (ver tabla 6), vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, áreas que fueron autorizadas en Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados en el artículo primero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 (ver Figura 3).

Tabla 6. Folios de matrícula inmobiliaria y Escrituras Públicas correspondientes a los inmuebles de desarrollo de la «construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -

PIDU- ‘Mirador del Frayle’, donde se encuentran ubicados los individuos arbóreos solicitados en modificación»

Folio actual de

Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA

FIDUCIARIA S.A., vocera y

administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las

matrículas inmobiliarias

Nombre del Lote

Acción registrada en Notariado y

Registro

378-5341 2073 del 13 de junio de 2013 4.776,00 Lote 7-D Constitución de

Fiducia Mercantil37.730,00 378-2824 Lote 7

428.188,00 378-3116 Potrero Párraga8.250,00 378-5627 Lote La Porfia2.691,50 378-8038 Lote 2

14.396,00 378-144645 Lote 7-131.143,00 378-144646 Lote 7-225.798,20 378-144647 Lote P-1

378-194893 2890 del 05 de agosto de 2015

23.367,14 378-144648 Lote P-2

Englobe de los predios a nombre

de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A.,

vocera y administradora del

FIDEICOMISO MIRADOR DEL

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Folio actual de

Matricula Inmobiliaria

Escritura de traspaso a ALIANZA

FIDUCIARIA S.A., vocera y

administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL

FRAYLE

Área (m2)

Folio aperturado

con base en las

matrículas inmobiliarias

Nombre del Lote

Acción registrada en Notariado y

Registro

5.830,66 378-144649 Lote P-313.000,00 378-144650 Lote P-434.573,80 378-144651 Lote P-530.047,54 378-144652 Lote P-6

FRAYLE

Fuente: Resolución 0085 del 18 de enero de 2017. AFC0254-00

Tabla 7. Individuos viabilizados para el tratamiento silvicultural de tala requerido para modificación de la autorización de aprovechamiento forestal aislados

Especie Coordenadas planas MAGNA Colombia OesteÁrbol

CampoNo. Familia Nombre Científico Nombre

Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,526 6,255 1.080.546,4 866.197,262A Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 2,190 29,132 1.080.520,3 866.231,062B Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,454 5,716 1.080.514,1 866.264,9

62C Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,503 5,278 1.080.507,9 866.329,3

62D Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,665 6,980 1.080.517,1 866.403,1

62E Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 1,003 10,530 1.080.492,4 866.424,5

TOTAL 5,341 63,891 - -Fuente: ANLA-SIPTA, visita de evaluación diciembre 2017. AFC0254-00

Figura 1. Ubicación de los arboles solicitados en la modificación de la Resolución No. 0085 de enero 18 de 2017

Fuente: Google Earth 2017. AFC0254-00

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5. CONSIDERACIONES TÉCNICAS

Evaluada la información presentada por la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, mediante los radicados 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, 2017031433-1-000 del 02 de mayo de 2017, 2017032680-1-000 del 05 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, correspondiente a la solicitud de modificación del Permiso de Aprovechamiento Forestal de árboles aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en la ejecución del proyecto “construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’, localizado en jurisdicción Municipio de Candelaria, en el Departamento de Valle del Cauca y de acuerdo con lo evidenciado durante la visita de evaluación, esta Autoridad considera lo siguiente:

5.1. La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, inicialmente solicitó la modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados, en el sentido de cambiar el árbol con numero ID 62 de la especie Ficus benjamina L. que aparece en el artículo quinto de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 como individuos viabilizados para conservar (permanecer) y por motivos de ajuste del diseño geométrico del acceso al PIDU Mirador del Frayle se necesita talar, por lo que una vez analizada la información allegada y de acuerdo a lo conceptuado en los ítem 3 y 4 de presente concepto técnico, esta Autoridad Ambiental considera viable realizar dicha modificación.

5.2. La CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A, dando alcance a la solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, solicita la inclusión de 5 individuos arbóreos adicionales para labores de tala, en la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgados, los cuales se evidencia en la Tabla 4 del presente concepto técnico, por lo que una vez analizada la información allegada y de acuerdo a lo conceptuado en los ítem 3 y 4 de presente concepto técnico, esta Autoridad Ambiental considera viable realizar dicha modificación.

5.3. De acuerdo al inventario forestal revisado, a las fichas forestales y al plano de localización entregado, se considera viable desde el punto de vista técnico autorizar a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE la inclusión de los seis (6) individuos solicitados para tala, en el marco de la solicitud de modificación de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en la ejecución del proyecto “construcción del Proyecto Integral de Desarrollo Urbano -PIDU- ‘Mirador del Frayle’”. Los individuos viabilizados para el aprovechamiento forestal de árboles aislados se observan en la Tabla 7 del presente documento.

5.4. Teniendo en cuenta que el artículo tercero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, se autorizó un aprovechamiento forestal de árboles aislados mediante el tratamiento silvicultural de tala de quinientos sesenta (560) individuos fustales, con un volumen total de madera de 216,641 m3, se considera técnicamente viable realizar la modificación de dicho artículo, con la adición de seis (6) individuos solicitados a talar, con un volumen total de madera de 63,891 m3.

5.5. Teniendo en cuenta que en el artículo quinto de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 se dispuso que se debía garantizar la permanencia de setecientos veintiún (721) individuos, con un volumen total de madera de 126,515 m3, se considera técnicamente que se haga la modificación de dicho artículo, con la sustracción del árbol con numero ID 62 de nombre Ficus (Ficus benjamina L.) con un volumen total de madera de 6,255 m3.

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5.6. La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, deberá cumplir las medidas correspondientes al manejo de la tala, de los seis (6) individuos solicitados en la modificación, de acuerdo a los términos y obligaciones establecidas en la Resolución N° 0085 del 18 de enero de 2017.

5.7. Teniendo en cuenta que en el concepto técnico N° 7044 del 28 de diciembre de 2016, el cual fue acogido mediante Resolución N° 0085 del 18 de enero de 2017, se consideró que la relación de la compensación corresponderá a una proporción 1:4 por cada árbol talado, esta Autoridad Ambiental considera que se deberá adicionar a la compensación dispuesta en el artículo décimo primero de la mencionada resolución, la siembra de 24 árboles más sobre el Área de Influencia Directa del Proyecto.

5.8. Teniendo en cuenta que en el artículo décimo segundo de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 se dispuso que la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., debía presentar en un término no mayor a dos (2) meses, contados a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo, el complemento de la medida compensatoria por la tala de quinientos sesenta (560) individuos, se hace necesario modificar dicho artículo, en el sentido de incluir seis (6) árboles para tala.

6. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN

Una vez revisados los documentos que reposan en el expediente AFC0254-00, la información presentada la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., como apoderado de la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE mediante los radicados 2017024801-1-000 del 05 de abril de 2017, 2017027294-1-000 del 18 de abril de 2017, 2017031433-1-000 del 02 de mayo de 2017, 2017032680-1-000 del 05 de mayo de 2017 y 2017032881-1-000 del 08 de mayo de 2017, correspondiente a la solicitud de modificación de la autorización del Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados otorgado mediante Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, así como las observaciones realizadas durante la visita de evaluación técnica realizada entre los días 08 y 09 de diciembre de 2016 y teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en el presente concepto técnico, desde el punto de vista técnico se considera lo siguiente:

6.1. Otorgar a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, identificada con el Número de Identificación Tributaria -NIT- 830.053.812-2, la modificación del artículo tercero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de adicionar en la autorización en aprovechamiento forestal de árboles aislados, seis (6) individuos para el tratamiento silvicultural de tala, con un volumen total de madera de 63,891 m3, de acuerdo a la tabla presentada a continuación:

Especie Coordenadas planas MAGNA Colombia OesteÁrbol

CampoNo. Familia Nombre Científico Nombre

Común

AB(m2)

VOL(m3) Este Norte

62 Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,526 6,255 1.080.546,4 866.197,262A Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 2,190 29,132 1.080.520,3 866.231,062B Moraceae Ficus benjamina L. Ficus 0,454 5,716 1.080.514,1 866.264,9

62C Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,503 5,278 1.080.507,9 866.329,3

62D Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 0,665 6,980 1.080.517,1 866.403,1

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Fecha: 02/06/2015

Versión: 1

Código: EP-F-37CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓN

APROVECHAMIENTO FORESTAL

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Expediente: AFC0254-00

Formato - Concepto Técnico de Evaluación Aprovechamiento Forestal

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

ÁrbolCampo

No.

Especie AB(m2)

VOL(m3)

Coordenadas planas MAGNA Colombia Oeste

Familia Nombre Científico Nombre Común Este Norte

62E Leguminosae Albizia saman (Jacq.) Merr. Samán 1,003 10,530 1.080.492,4 866.424,5

TOTAL 5,341 63,891 - -

6.2. Otorgar a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, la modificación del artículo quinto de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de sustraer el árbol con numero ID 62 de nombre Ficus (Ficus benjamina L.), con un volumen total de madera de 6,255 m3, el cual se dispuso que se debía garantizar la permanencia y se necesita talar.

6.3. El término de la vigencia de la presente autorización para las labores de aprovechamiento, será de un (1) año contado a partir de la ejecutoria del acto administrativo que acoja el presente concepto técnico.

6.4. La ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, para el desarrollo de las actividades de aprovechamiento y tala de los individuos autorizados, deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución N° 0085 del 18 de enero de 2017.

6.5. Modificar el artículo décimo primero de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de adicionar a la compensación dispuesta en el mencionado artículo, la siembra de 24 árboles más, sobre el Área de Influencia Directa del Proyecto.

6.6. Modificar el artículo décimo segundo de la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017, en el sentido de ajustar lo descrito en el mencionado artículo, que cita: “…la tala de quinientos sesenta (560) individuos…”, por la tala de quinientos sesenta y seis (566) individuos.

6.7. Advertir la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE, a través de la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A. que deberá presentar en un término no mayor a dos (2) meses, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, el complemento de la medida compensatoria en donde como mínimo:

a. Establezca claramente la localización del área a compensar [Coordenadas según la Resolución 068 del 28 de enero de 2005 “por la cual se adopta como único datum oficial de Colombia el Marco Geocéntrico Nacional de Referencia: MAGNA-SIRGAS” proferida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC)].

b. Presente el diseño definitivo para la siembra y el plan de establecimiento y manejo forestal detallado, con soportes y esquemas.

c. Las medidas de manejo para las actividades de siembra de los árboles, incluyendo un cronograma de ejecución, responsables de la ejecución de las labores, donde se detallen las actividades de siembra y mantenimiento mínimo de tres (3) años, garantizando al final del proceso de compensación un porcentaje de supervivencia del ciento por ciento (100%) de los individuos a sembrar.

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Código: EP-F-37CONCEPTO TÉCNICO DE EVALUACIÓN

APROVECHAMIENTO FORESTAL

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Expediente: AFC0254-00

Formato - Concepto Técnico de Evaluación Aprovechamiento Forestal

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Advertir a la ALIANZA FIDUCIARIA S.A., vocera y administradora del FIDEICOMISO MIRADOR DEL FRAYLE y a la CONSTRUCTORA IC PREFABRICADOS S.A., identificada con el Número de Identificación Tributaria -NIT- 890.205.584-1 en su calidad de apoderado, que deberá continuar cumpliendo con todas las obligaciones establecidas en la Resolución 0085 del 18 de enero de 2017 “Por la cual se otorga autorización de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados y se toman otras determinaciones”.

Firmas:

CARLOS ANDRES BENAVIDES LEONRevisor Grupo de Instrumentos Permisos y Trámites Ambientales

Jhon Jaime Castro GomezProfesional Técnico/Contratista

EjecutoresJHON JAIME CASTRO GOMEZProfesional Técnico/Contratista RevisoresCARLOS ANDRES BENAVIDES LEONRevisor Grupo de Instrumentos Permisos y Trámites Ambientales

Archívese en: AFC0254-00 Plantilla_Resolución_SILA_v2_42852

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