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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813" PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN TIPO: LICITACIÓN PRIVADA 20 EJERCICIO: 2013 CLASE: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL. MODALIDAD: SIN MODALIDAD EXPEDIENTE: 0099124/2013 APROBADO POR: Disposición 1830/2013 RUBRO COMERCIAL: MANTENIMIENTO REPARACIÓN Y LIMPIEZA. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN : Reparaciones varias en los edificios de la Torre de Vuelo, Servicio de Extinción de Incendios (SEI) y la Sala del radiofaro en el Aeropuerto General Pico, Provincia de LA PAMPA PLIEGO SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS Lugar/Dirección Plazo “Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral Richieri Km 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2 Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected] De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta el día y hora estipulado para la apertura. CONSULTAS Lugar/Dirección Plazo “Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral Richieri Km 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2 Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected] De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta 48 hs. horas antes del acto de apertura. VISITA Lugar/Dirección Plazo “Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral Richieri Km 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2 Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected] De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta 48 hs. horas antes del acto de apertura. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Lugar/Dirección Plazo “Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral Richieri Km 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2 Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected] De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta el día y la hora fijados para la apertura. 1

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓNTIPO: LICITACIÓN PRIVADA Nº 20 EJERCICIO: 2013CLASE: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL.MODALIDAD: SIN MODALIDADEXPEDIENTE: 0099124/2013APROBADO POR: Disposición Nº 1830/2013RUBRO COMERCIAL: MANTENIMIENTO REPARACIÓN Y LIMPIEZA.

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Reparaciones varias en los edificios de la Torre de Vuelo, Servicio de Extinción de Incendios (SEI) y la Sala del radiofaro en el Aeropuerto General Pico, Provincia de LA PAMPAPLIEGO SIN COSTO

RETIRO DE PLIEGOSLugar/Dirección Plazo“Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral RichieriKm 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected]

De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta el día y hora estipulado para la apertura.

CONSULTAS Lugar/Dirección Plazo“Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral RichieriKm 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected]

De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta 48 hs. horas antes del acto de apertura.

VISITA Lugar/Dirección Plazo“Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral RichieriKm 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected]

De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta 48 hs. horas antes del acto de apertura.

PRESENTACIÓN DE OFERTASLugar/Dirección Plazo“Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral RichieriKm 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected]

De lunes a viernes de 9 a 13 horas hasta el día y la hora fijados para la apertura.

ACTO DE APERTURALugar/Dirección Día y Hora“Administración Nacional de Aviación Civil, Dirección Regional Centro, Área Compras sita en el Aeropuerto Internacional De Ezeiza, Autopista Tte. Gral RichieriKm 32,5 (B1802ada), Puerta 50 – Piso 2Buenos Aires – Argentina”. Tel 011-44802244. Mail [email protected]

El día 28 de agosto de 2012 a las 11 horas.

ARTÍCULO 1º OBJETO- PLAZO Y FORMA DE ENTREGA/PRESTACION DEL SERVICIO/ VIGENCIA DEL CONTRATO Y OPCION DE PRORROGA:

a) OBJETO: Reparaciones varias en los edificios de la Torre de Vuelo, Servicio de Extinción de Incendios (SEI) y la Sala del radiofaro en el Aeropuerto General Pico, Provincia de LA PAMPA

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b) PLAZO Y FORMA DE ENTREGA/PRESTACION DEL SERVICIO: Se podrán realizar entregas parciales dentro de un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la recepción de la Orden de Compra.

ARTÍCULO 2°.- NORMATIVA, PLIEGOS Y CONSULTAS:1.- Las consultas al presente pliego deberán efectuarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 del Decreto N° 893/2012, por escrito en la ANAC, o en la dirección institucional electrónica [email protected], podrá ser consultado en el sitio en Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES www.argentinacompra.gov.ar ingresando al Acceso Directo “Contrataciones Vigentes”. En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de la presentación de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas. No serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término. Las consultas deberán ser efectuadas hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo.

2.- No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, el haber retirado o comprado pliegos en el Organismo Contratante o haberlos descargado del sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones. No obstante, quienes no lo hubiesen retirado, comprado o descargado no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas , quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas (art. 59 del Decreto N° 893/2012).

3.- Orden de Prelación: Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:a) Decreto N° 1.023/2001 y sus modificaciones.b) Decreto N° 893/2012.c) Las normas que se dicten en consecuencia del Decreto N° 893/2012.d) Las disposiciones del presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. e) El presente pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas. f) La oferta.g) Las muestras que se hubieran acompañado.h) La adjudicación.i) La orden de compra, de venta, el contrato, o convenio, conforme el caso..4.- La presentación de la oferta, implica el pleno conocimiento de parte del oferente de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación de la totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.

5.- Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos (art. 8 del Decreto N° 893/2012).

6. Para el caso de que se emitan circulares aclaratorias o modificatorias, de oficio o como respuesta a consultas al presente pliego, siguiendo el procedimiento regulado en el artículo 61 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012 para cada supuesto.

7.- El número de fax y la dirección de correo electrónico informado por el interesado en el Sistema de Proveedores serán válidos para cursar todas las comunicaciones y notificaciones relacionadas con el presente procedimiento y para todo otro trámite que se realice en el ámbito de la ONC. Asimismo, se comunica que la notificación de las distintas etapas del proceso licitatorio se realizará por el sitio de internet de la ONC www.argentinacompra.gov.ar, con excepción del acto administrativo de adjudicación, el que será notificado conforme las formas previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

8.- Todo oferente deberá presentar el Número de Beneficiario de Pago del Tesoro Nacional previsto en la Resolución N° 262/95 de la Secretaría de Hacienda, si ya le hubiera sido otorgado por ése Organismo. En caso de no poseerlo, deberá gestionar y obtener ante el Departamento Presupuesto de la ANAC el “Alta de Beneficiario” , por lo que deberá –en la oferta- acompañar la constancia otorgada de haber iniciado el trámite.

9.- Oferta: a) Prohibición de participar en más de una oferta: Cada oferente podrá participar solamente de una oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición. No se configurará esta prohibición cuando se trate de

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la presentación de ofertas con descuentos, alternativas o variantes de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 70, inciso g) apartado 2; 71 y 72 del Decreto N° 893/2012. b) Oferta alternativa: Si el Pliego de Especificaciones Técnicas lo solicita los oferentes podrán presentar ofertas alternativas. Se entenderá por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las ESPECIFICACIONES TECNICAS de la prestación prevista en este pliego de bases y condiciones particulares, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio. c) Oferta variante: Si el Pliego de Especificaciones Técnicas lo solicita los oferentes podrán hacer una oferta variante.Oferta Variante es aquella que modificando las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS de la prestación prevista en este pliego de bases y condiciones particulares, ofrece una solución con una mejora que no sería posible en caso de cumplimiento estricto del mismo.La ANAC sólo podrá comparar la oferta base de los distintos proponentes y sólo podrá considerar la oferta variante del oferente que tuviera la oferta base más conveniente.

ARTÍCULO 3º.- VISTA DE LAS ACTUACIONES. Toda persona que acredite fehacientemente algún interés podrá tomar vista del expediente por el que tramite un procedimiento de selección, con excepción de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada reservada o secreta por autoridad competente.No se concederá vista de las actuaciones, durante la etapa de evaluación de las ofertas, que se extiende desde el momento en que el expediente es remitido a la Comisión Evaluadora hasta la notificación del dictamen de evaluación . Se considerará que los documentos que contengan los requisitos de los pedidos, los montos estimados y las constancias de afectación preventiva son confidenciales hasta el día y hora fijados para realizar el acto de apertura de ofertas, salvo que la autoridad competente para autorizar el procedimiento disponga lo contrario.

ARTÍCULO 4°.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:1.- La propuesta de cada oferente por ORIGINAL debidamente completa y firmada, deberá presentarse hasta el día y hora indicados en este Pliego debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el art. 70 del Decreto N° 893/2012, en UN (1) sobre cerrado identificado de la siguiente manera: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVILLICITACIÓN ……….. N° OBJETO DE LA CONTRATACIÓNFECHA Y HORA DE APERTURA IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE: *Razón social o Nombre Comercial: *Domicilio: (calle/N°/Piso/Dpto)*Ciudad:*Provincia:*País:*Número de Teléfono: *Dirección de Correo Electrónico (e-mail):*Número de Beneficiario de Pago del Tesoro Nacional prevista en la Resolución N° 262/95 de la Secretaría de

hacienda, si ya le hubiera sido otorgado por la Secretaría de Hacienda o constancia otorga por el órgano Contable de la ANAC de haber iniciado el trámite:

2.- Las ofertas, conforme el art. 63 del Decreto N° 893/2012, podrán ser presentadas por correo postal, en cuyo caso deberá el oferente identificar en el sobre, caja o paquete que la contenga, el tipo y número de procedimiento de selección que corresponda, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora de apertura. La oferta se considerará presentada al ser entregada en la Mesa de Entrada de la ANAC donde se consignará fecha y hora de recepción. Si la oferta fuera presentada en la Mesa de Entrada luego de vencido el plazo establecido para la recepción, o si presentada dentro del plazo pero no estuviere disponible en el Acto de Apertura por no haber sido identificada en el modo indicado, será considera como presentada fuera de término y se devolverá al presentante.

3.- El contenido del sobre resultará en la propuesta debidamente completa (DDJJ, Anexos, documentación exigida, cotización, garantía de oferta en los casos que correspondiere), la que deberá estar, a los efectos de su consideración, foliada y firmada en todas sus hojas, por el oferente, apoderado, representante o aquella persona que se acredite como habilitada para obligar a la firma. Las enmiendas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas por el oferente.

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4. Cuando la oferta fuera firmada por un apoderado, deberá acompañarse copia certificada del poder que acredite dicho carácter.

5.- La presentación de las ofertas importará por parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la previsión de todas sus consecuencias, así como la aceptación de las bases y condiciones que rigen el llamado a contratación, sin que se pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no será necesaria la presentación del pliego con la oferta.

6.- El oferente deberá consignar domicilio especial dentro de la Ciudad en la que deba presentar la oferta (art. 70 inciso f) del Decreto N° 893/2012).

7.- OFERTA ECONÓMICA expresada a través de precios unitarios y ciertos en números, correctamente volcados en el Formulario de Oferta que se acompaña como Anexo al presente pliego. Deberá incluirse en el precio el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO y considerarse a esta Administración Nacional como “consumidor final”.Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos. El precio total general de la oferta, deberá ser expresado en letras y números.Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por un grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

8.- MONEDA DE COTIZACIÓN: Las propuestas deberán cotizarse en PESOS. No se podrá estipular el pago en moneda distinta de la establecida. salvo disposición en contrario establecida en el Pliego de Especificaciones Técnicas.La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACION CIVIL no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles, por aplicación del Artículo 10 de la Ley 23.928 conforme las modificaciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley 25.561, resultando inadmisible cualquier sistema de variación de costos y/o repotenciación de precios.

9.- Toda oferta nacional deberá ser acompañada por:a) Una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.b) Una declaración jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.c) La garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, salvo los casos en que no correspondiere su presentación. d) Las muestras, en caso de corresponder.

10.- SIPRO: a) Los oferentes preinscriptos deberán cumplir con lo establecido en los Artículos 233 y 234 del Decreto N° 893/2012.b) Los oferentes inscriptos deberán presentar junto con la oferta la Declaración Jurada de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL y si los datos incorporados en el sistema hubieran variado, deberán actualizarlos en la misma forma prevista en los Artículos 235, 236 y 238 del Decreto N° 893/2012.

11. Quienes se presenten como UTE, dejarán expresa constancia en su Oferta que asumen la responsabilidad principal, solidaria e ilimitada para el cumplimiento de la contratación hasta su finalización, mientras que la persona que concurra en su representación acreditará su capacidad de obligar, según se indica en el Art. 379 de la Ley 19.550, texto ordenado por Decreto 841/84.Las Sociedades legalmente constituidas a la fecha de la convocatoria podrán presentarse reunidas mediante un contrato de Unión Transitoria de Empresas (UTE). Este grupo deberá constituirse mediante Instrumento Público o Privado, siempre que satisfaga en lo pertinente, los requisitos establecidos en los Artículos 377, 378 y 379 de la Ley 19.550, texto ordenado por Decreto 841/84. En el caso que la UTE resulte adjudicataria, deberá formalizar su inscripción y la de su Representante en el Registro Público de Comercio, ajustándose asimismo a lo establecido en el Art.380 y subsiguientes.

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12.- Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este pliego son considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas. Estas características deberán constar en la propuesta.

13.- La Administración Nacional podrá requerir a través de quien estime corresponder, los informes técnicos, contables y/o jurídicos que considere necesarios, y toda otra aclaración que estime pertinente, con carácter de complementaria a la brindada en la oferta, cuidando que ello no implique modificaciones o alteraciones a la misma.

ARTÍCULO 5°.- VISITA DE LAS INSTALACIONES:En caso de ser requerida en el Pliego de Especificaciones técnicas, los Oferentes deberán presentar en su oferta el certificado de visita extendido por la autoridad correspondiente, la cual certifica la presencia y conocimiento de los lugares en donde se prestará el servicio

ARTÍCULO 6°.- REQUISITOS DE LAS OFERTAS. Las ofertas deberán cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:a) Deberán ser redactadas en idioma nacional. Si se presentare en idioma extranjero, la misma deberá acompañarse de la correspondiente traducción efectuada por traductor matriculado.b) Se presentará en original, el que deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.c) Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.d) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan deberán presentarse perfectamente cerrados y consignar en su cubierta la identificación del procedimiento de selección a que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura, conforme a la carátula del presente Pliego. e) Se deberá consignar domicilio especial en la Ciudad que deba presentar la oferta (art. 70 inciso f) del Decreto N° 893/2012).f) En la cotización se deberá consignar: 1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en PESOS. En todos los casos en que se oferte un renglón, será obligatorio cotizar la oferta base.2. El precio cotizado será el precio final que deba pagar el organismo contratante por todo concepto. El oferente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos.3. Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.4. Las micro, pequeñas y medianas empresas podrán presentar ofertas por parte del renglón, en el porcentaje que se fije en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares que no podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) ni superior al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del total del renglón, salvo por la excepción establecida en el artículo 70, inciso g) apartado 2, último párrafo del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012. Si en el pliego de bases y condiciones particulares no se fijara dicho porcentaje, se entenderá que las micro, pequeñas y medianas empresas podrán cotizar en forma parcial el VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad indicada para cada renglón.5. La cotización deberá realizarse mediante la utilización del Formulario de Oferta que se acompaña como Anexo al presente pliego, sin perjuicio de dar cumplimiento a la normativa emitida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en lo que se refiere a las formalidades para realizar los documentos no válidos como facturas.6. Deberá resultar claramente identificable la oferta base y las ofertas alternativas y variantes cotizadas para cada renglón, de conformidad con lo estipulado en los artículos 71 y 72 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012.g) Deberán estar acompañadas por:1. La garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, en los casos que corresponda. 2. Las muestras, cuando así lo requiera el pliego de especificaciones técnicas. 3. La documentación respaldatoria de los datos cargados en la Preinscripción cuando el oferente no se encuentre inscripto en el SIPRO, de conformidad con lo establecido en la Disposición SSGT Nº 06/2012.En el caso en que en la Preinscripción hubieran completado la información correspondiente al balance de cierre de ejercicio, como documentación respaldatoria junto con la oferta deberán presentar copia del balance general de cierre de ejercicio, firmada por Contador Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondiente al ejercicio inmediato anterior a la fecha de presentación de la oferta.En el caso de los oferentes inscriptos en el SIPRO solamente deberán actualizar, al momento de presentar ofertas, los datos que hubieran variado, de la misma forma prevista para la presentación original.4. La restante información y documentación requeridas en las especificaciones técnicas del presente procedimiento.

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5. Toda oferta presentada por una micro, pequeña y/o mediana empresa deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente.6. Toda oferta de aquellos proveedores que realicen exportaciones y cumplan con los requisitos que fije la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de conformidad con el artículo 5° del Decreto N° 893/2012.7. En los casos comprendidos en el artículo 7° del Decreto N° 312/10, la oferta deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual el oferente contemple la obligación de ocupar, en la prestación que se trate, a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la misma.8. Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.9. Toda oferta deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.10. En el caso de que el oferente fuese una persona física deberá presentar una declaración jurada en la que mani-fieste el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.11. Certificado Fiscal para Contratar: los oferentes deberán cumplir con lo estipulado en la Resolución General AFIP N° 1814/2005. 12. Todo Oferente deberá gestionar y obtener, ante el Departamento de Presupuesto de la ANAC, el “Alta de Beneficiario” de pago del tesoro Nacional, previsto por Resolución Nº 262/1995 de la Secretaría de Hacienda, siendo censado en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF), en caso de no poseerlo en oportunidad de presentar su oferta, deberá presentar constancia de haber iniciado el trámite respectivo.Será responsabilidad del oferente mantener actualizados los datos del registro de Beneficiario de pagos.

No obstante lo estipulado en los párrafos anteriores, el organismo contratante podrá solicitar al oferente documentación que respalde el origen del producto cotizado, la categoría de la empresa, la ocupación de personal con discapacidad, y toda otra documentación que razonablemente estime necesario a los efectos de la aplicación de los regímenes de preferencias vigentes o los que a futuro se establezcan.

Los interesados podrán solicitar, verbalmente o por escrito, a la autoridad administrativa la autenticación de copias de documentos que deban presentar en un procedimiento, quien las certificará mediante el cotejo de las copias con el documento original.

ARTÍCULO 7°.- MANTENIMIENTO DE OFERTA:1.- Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días, este plazo se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos, salvo comunicación en contrario por parte del oferente. Dicha comunicación deberá efectuarse con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento del período respectivo.

2.- Desistimiento de ofertas: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma acarreará la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento parcial, esa garantía se perderá en forma proporcional.

ARTÍCULO 8°.- GARANTÍAS:1.- Los oferentes deberán constituir una Garantía de Mantenimiento de Oferta del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. mediante pagaré a la vista o póliza de seguro de caución, en las formas y en los casos establecidos en el Artículo 101 del Decreto N° 893/2012. Quedan exceptuados de la obligación de presentar esta garantía en los supuestos contemplados en el Artículo 103 del citado decreto. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.

2.- En aquellos casos en que la garantía de mantenimiento de oferta se instrumente mediante un PAGARÉ deberán seguirse las siguientes pautas:a) Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido en sello o letra imprenta mayúscula legible; completándose además los datos de domicilio, teléfono y empresa que figuran en los formularios usuales.b) En caso de diferencia entre la cifra expresada en números y en letras se estará a esta última como válida, razón por la cual se requiere de su expresión en letra imprenta con claridad.c) En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz.d) En todos los casos se deberá extender el documento a la orden de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL en forma completa.

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e) Deberán indicarse en forma expresa el número de expediente y contratación que garantiza; si se trata de garantías de adjudicación consignar también el número de orden de compra respectivo.f) Los pagarés que se presenten como garantía de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior.

3.- En aquellos casos en que la garantía de oferta o de cumplimiento de contrato se constituya mediante una PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN, deberán ser originales o copia con la respectiva certificación por Escribano Público. El Organismo verificará que la compañía de seguros emisora de la misma se encuentra autorizada y calificada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

4.- En el caso de que el monto de esta garantía no alcance la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) su presentación no es obligatoria.

ARTÍCULO 9°:- OBLIGACIONES DEL OFERENTE:De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente y en el presente pliego, el oferente deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Mantener su oferta en los términos del artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012.b) Integrar la garantía de mantenimiento de oferta, en los supuestos que corresponda. c) Mantener sus datos actualizados en el SIPRO.d) Informar sobre la fusión, escisión, transformación o cualquier otro tipo de variación sustancial de la sociedad.e) Informar sobre la quiebra, concurso o insolvencia de la empresa.

ARTÍCULO 10: APERTURA Y VISTA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora determinados en la carátula del presente procedimiento, se procederá a abrir las ofertas, en acto público, en presencia de funcionarios de esta Administración, y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, sin necesidad de emitir una circular comunicando la modificación.Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Si hubiere observaciones formuladas durante el acto, se dejará constancia en la respectiva acta para su posterior análisis por las autoridades competentes. Los originales de las ofertas serán exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copia a su costa.En el supuesto que exista un único oferente, se podrá prescindir del cumplimiento del término indicado en el párrafo anterior.

ARTÍCULO 11º.- COMISION EVALUADORA - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La Comisión Evaluadora emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente los fundamentos para el dictado del acto de administrativo con el cual concluye el procedimiento, de acuerdo con el Artículo 83 del Decreto N° 893/2012. . 1.- Se evaluará la idoneidad del oferente y la adjudicación recaerá en la oferta más conveniente, entendiéndose por tal, la que resulte así de una completa evaluación de los aspectos formales de la totalidad de las ofertas presentadas; atendiendo también a las calidades de todos los oferentes y a la consecuente satisfacción de las necesidades del organismo licitante, conforme lo establecido en el Artículo 83 del Decreto 893/2012.2.- La expresión MÁS CONVENIENTE no significa necesariamente la oferta de menor precio.3.- Se evaluará las propuestas teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos del presente Pliego, la capacidad operativa, los antecedentes de los oferentes y la conveniencia económica. 4.- Las sanciones aplicadas en el ámbito del Régimen aprobado por el Decreto N° 1023/2001 serán consideradas como un antecedente negativo en la evaluación de las ofertas presentadas, como así también los incumplimientos registrados en las propias bases de datos de la ANAC.

ARTÍCULO 12º.- CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES: Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes casos: a) Si no estuviere redactada en idioma nacional.b) Si la oferta original no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran. c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas son salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.d) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o no se lo hiciera en la forma debida o la misma fuera insuficiente en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. e) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.

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f) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción de suspensión o inhabilitación para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquellas o en la adjudicación.g) Si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación e las ofertas, o a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema.h) Si fuere formulada por personas físicas o jurídicas no habilitas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto N° 1.023/01 y sus modificaciones, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación. i) Si contuviera condicionamientos. j) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas. k) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.l) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio. m) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el arto 86 del Decreto N° 893/12.n) Si transgrede la prohibición de participar en más de una oferta.o) Si las muestras no fueran acompañadas en el plazo fijado en el pliego.

Será declarada inadmisible aquella cotización que no acompañase Garantía de Mantenimiento de Oferta, salvo en los casos que por monto o modalidad de contratación el requisito de su presentación no sea exigible. El monto total de la garantía se deberá tomar sobre el mayor valor de las ofertas presentadas por cada oferente; sea esta la propuesta básica y para aquellos casos que el Pliego permita oferta alternativa o variante, según el caso.En ese orden tampoco se admitirá la subsanación de error en el monto (Hasta 10%) cuando se trate de pagarés en el caso en que el monto exceda la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) presentados como garantía de mantenimiento de oferta superiores a PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000).

ARTÍCULO 13°.- CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES:Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la jurisdicción o entidad contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes y de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de la contratación. En estos casos la comisión evaluadora o la unidad operativa de contrataciones deberá intimar al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de CINCO (5) días, como mínimo, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo mayor. La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes. Será posible requerir la subsanación de defectos en la oferta, de conformidad con las pautas establecidas y especialmente, en los siguientes supuestos: a) Si la oferta original estuviera en parte firmada y en parte no. En estos casos la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta. b) Si la garantía de mantenimiento de oferta acompañada fuera insuficiente, siempre que el error en el importe de la garantía no supere un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. En este caso la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta. c) Si no se acompañare la documentación que de conformidad con este reglamento, con las normas que se dicten en su consecuencia y con el pliego de bases y condiciones particulares aplicable, se debe suministrar en el momento de presentar la oferta. En los casos en que dicha documentación no se acompañara junto con la oferta, la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, o bien si presentada la documentación en ese plazo se comprobara que los requisitos exigidos no estaban vigentes al momento de la apertura de las ofertas, se desestimará la oferta.

ARTÍCULO 14°.- PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD:Deberá desestimarse la oferta, cuando de la información a la que se refiere el artículo 16 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, o de otras fuentes, se configure, entre otros, alguno de los siguientes supuestos: a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, y de las controladas o controlantes de aquéllas.

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b) Se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones. c) Se trate del cónyuge o pariente hasta el primer grado de consanguinidad de personas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones. d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges o parientes hasta el primer grado de consanguinidad, salvo que se pruebe lo contrario. e) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieren presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones. f) Se haya dictado, dentro de los TRES (3) años calendario anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección. g) cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares.

ARTÍCULO 15°.- ERRORES DE COTIZACIÓN:Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, con pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta en la proporción que corresponda.

ARTÍCULO 16°.- PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO:La Comisión Evaluadora o la unidad operativa de contrataciones podrá solicitar informes técnicos, cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente. Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes. A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.

ARTÍCULO 17.- DESEMPATE DE OFERTAS:En caso de igualdad de precios y calidad se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente. De mantenerse la igualdad, y cuando el renglón o renglones a desempatar no excedan de CINCO (5) MÓDULOS, se procederá a adjudicar aquéllos al oferente a quien le correspondiera la adjudicación de la mayor cantidad de los restantes renglones. En los restantes casos, se invitará a los respectivos oferentes, para que en una puja verbal formulen la mejora de precios. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar de la puja verbal y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar y se labrará el acta correspondiente. Si un oferente no se presentara, se considerará que mantiene su propuesta original. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente.

ARTÍCULO 18º.- PROCEDIMIENTO PARA LA IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN:El dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas será notificado por los medios establecidos en el presente pliego. Los oferentes o interesados podrán impugnar el dictamen de evaluación en el plazo estipulado en el Artículo 93 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012.

ARTÍCULO 19.- MODALIDADES DE ADJUDICACIÓN:La presente licitación /contratación se adjudicará por renglón salvo disposición en contrario establecida en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La adjudicación podrá recaer sobre distintos oferentes o se podrá adjudicar en forma global a un único oferente. Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

ARTÍCULO 20.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: Los contratos quedarán perfeccionados con la notificación de la orden de compra o con la firma del contrato según

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corresponda, en los plazos y con las modalidades que determinan los artículos 96 y 97 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/2012, respectivamente.

ARTÍCULO 21.- ACTA DE INICIO DEL SERVICIO: En el caso de que la fecha de la Orden de Compra no coincida con el inicio real del servicio, se rubricará entre la ANAC y un representante de la Adjudicataria, el Acta de Inicio de Servicio, a fin de registrar el comienzo de la prestación del servicio en cuestión.

ARTÍCULO 22.- OBLIGACIONES DE LA COCONTRATANTE:1. El adjudicatario deberá:a) Dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de entregar los bienes o prestar los servicios, en un todo de acuerdo con lo establecido en el pliego de bases y condiciones particulares.b) Informar datos de la cuenta bancaria. A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados deberán informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores. Dado que los pagos que realiza el Tesoro se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.c) Contar con el alta de beneficiario, de conformidad con la normativa vigente. d) Mantener sus datos actualizados en el Sistema de Información de Proveedores.e) Informar en forma inmediata sobre la fusión, escisión, transformación o cualquier otro tipo de variación sustancial de la sociedad.f) Informar en forma inmediata sobre la quiebra, concurso o insolvencia de la empresa.g) Nombrar un responsable y/o representante técnico según lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas, el cual deberá estar altamente capacitado para la dirección y ejecución de los trabajos licitados.

2.- Es de exclusiva responsabilidad de la Cocontratante todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo, el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con un seguro a su cargo.Para efectuar el servicio en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, la Adjudicataria debe contar indefectiblemente, con la cobertura de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)

3.- Una vez notificada la Orden de Compra y CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de iniciar los trabajos en los lugares determinados, la Cocontratante enviará a la Dirección de Compras y Administración de Bienes un listado con nómina de personal a trabajar, detallando:

Apellido y NombreDNI. o LC.NacionalidadLugar y Fecha de NacimientoDomicilio de residencia realDicha nómina, deberá ser actualizada en las oportunidades en que se reemplace algún operario y/o encargado del listado original.

También deberá consignar el número telefónico en donde se podrá ubicar al responsable.Dicha nómina deberá ser actualizada en las oportunidades en que se reemplace algún operario y/o encargado del listado original y deberá ser comunicada con una antelación mínima de CUARENTA Y OCHO (48) horas, salvo casos fortuitos que se notificarán inmediatamente de producidos. Asimismo, deberá acompañarse la información requerida precedentemente, correspondiente al nuevo personal asignado.En el caso de que ingrese algún nuevo empleado, la Adjudicataria debe presentar dicha documentación antes del ingreso y el certificado de Alta Temprana emitido por la AFIP. Dicho certificado debe incluir la cláusula de no repetición o regreso contra la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, sus funcionarios y empleados.Todos estos seguros deben ser por montos suficientes para proteger a la Adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes o temporales, de los empleados o dependientes, incluyendo reclamación o indemnización que pudiera resultar en virtud de las reglamentaciones o leyes en vigencia.

4.- El Adjudicatario deberá mantener vigentes las habilitaciones solicitadas en el presente Pliego durante todo el período de la contratación.5.- La Cocontratante deberá limitarse a prestar los servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades dentro de las instalaciones del Organismo Licitante o dentro de las que hayan sido destinadas para la realización de los trabajos para la presente contratación.6.- Correrán por cuenta de la Cocontratante todos los gastos de transportes que demande el cumplimiento de la Contratación (Fletes, Acarreos de cargas de las máquinas, equipos, etc.).7.- La Cocontratante deberá firmar las Actas de Infracción, multa, penalidad o sanción que se le impongan

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independientemente de su primera apreciación sobre los hechos, salvo dejar constancia fehaciente de su desacuerdo, si lo considera necesario. Posteriormente podrá ejercer su derecho de defensa en la forma, modo y procedimientos que Establezca la normativa vigente.8.- La Cocontratante al efecto del cumplimiento del contrato deberá atenerse fielmente a lo determinado en las Especificaciones Técnicas. 9.- Cumplir estrictamente todas las disposiciones legales que resulten de aplicación, de acuerdo con la naturaleza de los servicios contratados.10.- Las Cocontratantes son responsables de mantener el carácter de reservado, confidencial o secreto en la realización de trabajos, estudios, proyectos, información y datos de propiedad de la ANAC. 11.- Dar estricto cumplimiento a toda la normativa vigente en materia laboral y convenciones colectivas de trabajo pertinentes.12.- Satisfacer debidamente las indemnizaciones por despidos, accidentes de trabajo y demás pagos que deba cumplir en su carácter de empleador, como así también los daños y perjuicios que pueda ocasionar a la ANAC o Terceros.13. - La Cocontratante deberá proveer a su personal la vestimenta completa a utilizar, inclusive el calzado, así como los necesarios elementos de seguridad en un todo de acuerdo con la naturaleza de las tareas a realizar.14.- Asimismo las personas empleadas por el Contratista para la realización de los trabajos objeto de la Contratación deberán ser mayores de edad.15.- En caso de producirse cualquier cambio en relación con la nómina presentada, el Cocotratante deberá comunicarlo al Comitente en un plazo no mayor de VEINTICUATRO (24) horas de haberse producido.16.- La Cocontratante tendrá la obligación ineludible e indelegable de constatar la fidelidad y veracidad de la información que se entregue al Comitente y será de su responsabilidad la obtención de la información probatoria que sea necesario, de manera de asegurar que los informes que se presenten no contengan errores ni omisiones de ninguna naturaleza.17.- La Cocontratante es responsable de los accidentes que pudiera sufrir su personal o terceros vinculados permanente, transitoria o accidentalmente con los trabajos que realiza en función de la relación contractual.18.-La Cocontratante será responsable en todos los casos de los deterioros ocasionados a los bienes de propiedad de la ANAC afectados a la prestación del servicio y/o entrega de los bienes requeridos, que no obedezcan al uso normal de los mismos. Para aquellos casos que el contratante reciba las instalaciones y/o los bienes por parte de la Administración y no formulara observación, se entenderá que los recibe en perfectas condiciones.

ARTÍCULO 23.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: 1.- El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento de Contrato por el DIEZ POR CIENTO (10 %) del valor total de la adjudicación, en alguna de las formas determinadas en el presente Pliego (Póliza de Seguro de Caución y Pagaré a la vista cuando el monto así lo permita).2.- Si se constituye garantía mediante un pagaré deberá extenderse a favor de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).3.- Debe interpretarse que cuando el monto de la garantía sea mayor de QUINCE MODULOS ($ 15.000,00), NO SE ACEPTARA pagaré como parte de la garantía en la composición de ella, conforme Art. 101 Apartado. g) Decreto 893/12. Por lo que deberá constituirse mediante Póliza Seguro de Caución.4.-Si la forma elegida es mediante un Seguro de Caución, la póliza deberá ser extendida a favor de ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la misma deberá estar autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Conforme Art 101 Apartado e) Decreto 893/12. 5.- Se deberá extender el documento a la orden de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL en forma completa. Deberá indicarse en forma expresa el número de expediente y contratación que garantiza y consignar también el número de orden de compra o contrato respectivo. Las garantías que se extiendan deberán estar fechadas en el día del retiro de la Orden de Compra/Contrato o posterior, no se admitirán fechas de emisión en blanco.6. Quedan exceptuados de la obligación de presentar esta garantía en los supuestos contemplados en el Artículo 103 del citado decreto.

ARTÍCULO 24.- DEVOLUCION DE GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: La devolución de la garantía se hará de conformidad con lo establecido en los Artículos 104, 105, 106 y 107 del Decreto N° 893/2012, según corresponda.

ARTÍCULO 25: PERSONAL:1.- El personal debe ser idóneo y contar con buenos antecedentes, presencia, conducta y educación, actuando con la mayor discreción posible en el desempeño de las tareas, observando expresamente el trato con agentes, funcionarios y/o visitantes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.2.- El personal ocupado por la adjudicataria para realizar el servicio correspondiente a la presente Licitación, no adquiere ningún tipo o forma de relación de dependencia con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, siendo por cuenta de aquella todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado en la prestación del servicio.La totalidad del personal está bajo exclusivo cargo y responsabilidad de la Adjudicataria, como así también los

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sueldos, cargas sociales, seguros, beneficios, y otras obligaciones que existan o pudieran surgir durante la vigencia del contrato.3.- Derecho de permanencia: La Administración Nacional de Aviación Civil se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de cualquier persona que dependa del Adjudicatario que no satisfaga las exigencias requeridas. En este caso el Adjudicatario deberá cumplimentar su relevo dentro de las CUARENTA Y OCHO HORAS (48 horas).El incumplimiento de este requisito será causal de rescisión del contrato.

ARTÍCULO 26.- DAÑOS Y SEGUROS: 1.- La Adjudicataria debe adoptar todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de la Administración Nacional o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales. 2.- La Adjudicataria será responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia, o de aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios, para ello deberá obligarse a prestar el servicio con personal en relación de dependencia directa, sin admitirse subcontrataciones u otras formas de tercerización de la prestación.3.- El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrá por cuenta exclusiva de la Adjudicataria. Estas responsabilidades subsistirán mientras dure la prestación del servicio o bien, cuando un daño previsible fuere imprevisto por negligencia.4.- La Adjudicataria debe cumplir con todas las disposiciones, ordenanzas, reglamentos vigentes de la materia y obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con seguro a su cargo de acuerdo al siguiente detalle:5. En los casos en los que la prestación del servicio requiera el ingreso de vehículos a las áreas aeroportuarios, de-berán contar con la póliza de seguro de Responsabilidad Civil Aeronáutica, incluido responsabilidad integral en tierra, responsabilidad en locales y depósitos y responsabilidad por servicios entierra y productos (Cláusula ARIEL).

ARTÍCULO 27.- ANÁLISIS DE LAS PRESTACIONES: El titular del área requirente y/o a quien se designe en el Pliego de Especificaciones Técnicas será el responsable de realizar las verificaciones referidas a la cumplimiento de la prestación, junto con la Comisión Receptora de Bienes y Servicios, en función de lo establecido en el Titulo III, Capítulo II del Decreto N° 893/2012.

ARTÍUCLO 28.- RECEPCIÓN. La recepción de las mercaderías y la prestación de los servicios tendrá carácter pro-visional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción de conformidad con lo normado en el Título III, Capítulo II del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/2012.La conformidad de la recepción se otorgará dentro del plazo de DIEZ (10) días, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se fijara uno distinto.

ARTÍCULO 29.- FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA FACTURA – PAGO: 1. La factura deberán ser presentadas una vez recibida la conformidad de la recepción definitiva, en la forma indicada en el presente pliego, lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago conforme Art. 116 y 117 Decreto 893/12.2. Con la factura se deberá adjuntar una fotocopia de la orden de compra correspondiente, y será presentada en la Mesa de Entradas de la dependencia de la ANAC que lleve a cabo el presente proceso licitatorio. 3. La factura deberá aclarar el número de Orden de Compra . La Mesa de Entradas podrá rechazar las facturas que no cumplan con los requisitos citados precedentemente.4.- El plazo para el pago de la factura será dentro de los TREINTA (30) días corridos, salvo mención expresa en contrario, conforme Art. 117 Decreto 893/12. 5. Moneda de pago. Los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las dispo-siciones que a tales fines determine la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN-ZAS PÚBLICAS.CUIT ANAC: 30-71088474-5

ARTICULO 30.- EXTENSIÓN DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN:La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la ANAC admitan la satisfacción de la prestación fuera de término.La solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la Comisión de Recepción.No obstante la aceptación corresponderá la aplicación de la multa por mora en la entrega, de acuerdo a lo previsto en el inciso c) del artículo 126 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.En aquellos casos en que sin realizar el procedimiento establecido en el presente artículo el cocontratante realice la prestación fuera de plazo y el organismo contratante la acepte por aplicación del principio de continuidad del

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contrato, también corresponderá la aplicación de la multa por mora en el cumplimiento, a los fines de preservar el principio de igualdad de tratamiento entre los interesados.

ARTÍCULO 31.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR:Las penalidades establecidas en este pliego no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por la jurisdicción o entidad contratante o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que coloquen al cocontratante en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento de sus obligaciones.La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser puesta en conocimiento de la jurisdicción o entidad contratante dentro de los DIEZ (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

ARTICULO 32.- RESCISIÓN SIN CULPA DE LAS PARTES:La revocación, modificación o sustitución de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante, sino únicamente a la indemnización del daño emergente, que resulte debidamente acreditado.

ARTICULO 33.- RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR:Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que hubiera realizado la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes hubiesen sido entregados o prestados los servicios de conformidad, la ANAC deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, salvo en aquellos casos en que optara por la aceptación de la prestación en forma extemporánea de acuerdo a lo previsto en el artículo 119 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado en el artículo 98 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12, la unidad operativa de contrataciones lo deberá intimar para que la presente otorgándole un nuevo plazo igual que el original, y en caso en que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía. Si el cocontratante no cumpliera con el contrato la jurisdicción o entidad podrá adjudicar el contrato al que le siga en orden de mérito, previa conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente. No corresponderá la aplicación de penalidades si el segundo o los subsiguientes en el orden de mérito no aceptan la propuesta de adjudicación que hiciera el organismo contratante en estos casos.

ARTICULO 34.-GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR:Serán por cuenta del proveedor el pago de los siguientes conceptos, sin perjuicio de los que se establecen en el presente pliego de bases y condiciones particulares.a) Tributos, tasas y derechos que correspondan. b) Costo del despacho, derechos y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país;c) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura.d) Si el producto tuviere envase especial y éste debiere devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del proveedor. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si la jurisdicción o entidad contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos por una u otra parte, el proveedor podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos, a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto, si la devolución se produjera en el ínterin.

ARTÍCULO 35 -OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACIÓN:La Administración podrá dejar sin efecto el procedimiento en virtud de lo establecido en el Articulo 11 Inciso G y Artículo 12 Inciso A del Decreto 1023/01 y de prorrogar, aumentar o disminuir de los contratos, en los términos del artículo 12 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, se sujetará a las siguientes pautas:

a) Aumentos y Disminuciones: 1. El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral del organismo contratante, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el inciso b) del citado artículo 12. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante, si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante.

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2. Las modificaciones autorizadas en el inciso b) del artículo 12 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, deberán realizarse sin variar las condiciones y los precios unitarios adjudicados.

3. Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre, uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato. En ningún caso el aumento o la disminución podrá exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución.

4. El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el contrato original.

5. Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.

b) Prórrogas: 1. La limitación a ejercer la facultad de prorrogar el contrato a que hace referencia el artículo 12 del Decreto Nº 1.023/01 y sus modificaciones será aplicable en los casos en que el uso de la prerrogativa de aumentar el contrato hubiese superado el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el citado artículo.

2. Si en el presente pliego de bases y condiciones particulares se hubiese previsto la opción de prórroga, los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al del contrato inicial. Cuando el contrato original fuere plurianual, podrá prorrogarse como máximo hasta UN (1) año adicional.

3. La prórroga deberá realizarse en las condiciones pactadas originariamente. Si los precios de mercado hubieren variado, la ANAC realizará una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios estipulados en el contrato original. En caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacer uso de la opción de prórroga y no corresponderá la aplicación de penalidades.

4. A los efectos del ejercicio de la facultad de prorrogar el contrato, la ANAC deberá emitir la orden de compra antes del vencimiento de la vigencia del contrato originario.

ARTÍCULO 36.-CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:Conforme surge de la especial naturaleza del objeto que compone el presente llamado, el adjudicatario no podrá subcontratar, vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra resultante sin contar con la autorización previa y por escrito de la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES. Si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido el contrato de pleno derecho con culpa del proveedor.

ARTÍCULO 37. -CLASES DE PENALIDADES:Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes podrán ser pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, por las siguientes causales:a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta:1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.2.- En caso de errores en la cotización denunciados por el oferente o detectados por el organismo contratante antes del perfeccionamiento del contrato. b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:1.- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.2.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por el organismo contratante, se deberá rescindir el contrato e intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.3.- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.c) Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones:1.- Se aplicará una multa del CERO COMA CINCO (0,5) POR CIENTO del valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles. 2.- En el caso de los contratos de servicios o de tracto sucesivo, los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la aplicación de multas por distintas trasgresiones vinculadas a las prestaciones a cargo del proveedor. d) Rescisión por su culpa:

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Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.En los casos en que exista la posibilidad de adjudicar el contrato al oferente que siga en el orden de mérito, los daños y perjuicios, en principio, serán equivalentes a la diferencia de monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.

ARTÍCULO 38.-LÍMITE A LA APLICACIÓN DE MULTAS:En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.

ARTÍCULO 39.-ORDEN DE AFECTACIÓN DE LAS PENALIDADES:Las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:a) Cuando se penalice con la pérdida de una garantía o la aplicación de una multa, el oferente, adjudicatario o cocontratante quedará obligado a depositar el importe pertinente en la cuenta del organismo dentro de los DIEZ (10) días de notificados de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor. Si el oferente, adjudicatario o cocontratante tuviere facturas pendientes de cobro en el organismo contratante, podrá solicitar dentro del plazo aludido, la afectación de las mismas. Si el crédito a su favor no fuera suficiente, podrá requerir dicha afectación por el porcentaje correspondiente y depositar el saldo, dentro del plazo indicado. b) Cuando el oferente, adjudicatario o cocontratante intimado conforme el inciso anterior no efectúe el correspondiente pago, se afectarán las facturas al cobro emergentes del contrato o de otros contratos del organismo contratante.c) En caso de no existir facturas al cobro, se afectará a la correspondiente garantía.

ARTÍCULO 40.-RESARCIMIENTO INTEGRAL:La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones judiciales que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños que los incumplimientos de los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes hubieran ocasionado.

ARTÍCULO 41.- CLASES DE SANCIONES:Los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, por las siguientes causales: a) Apercibimiento:1.- Rescisión parcial del contrato por causas que le fueren imputables. 2.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.3.- El oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta por alguna de las causales enumeradas en los incisos a), b), c), d), e), g), i), j), k), l), n) y o) del artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.4.- El oferente a quien se le hubiere desestimado la oferta por alguna de las causales enumeradas en el artículo 85 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.5.- El proveedor que no hubiese aportado la información requerida por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a los fines de emitir el informe de Precios Testigo. 6.- Si se verificara el incumplimiento por parte del cocontratante de obligaciones tributarias o previsionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 83, inciso b) apartado 2 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.b) Suspensión:1.- Se aplicará una suspensión para contratar que no excederá de TRES (3) meses:1.1.- Al adjudicatario al que se le hubiere revocado la adjudicación por causas que le fueren imputables.1.2.- Al oferente, adjudicatario o cocontrante a quien en el lapso de UN (1) año calendario se le hubieren aplicado TRES (3) sanciones de apercibimiento. 2.- Se aplicará una suspensión para contratar por un plazo mayor a TRES (3) meses y hasta UN (1) año:2.1.- Al proveedor a quien le fuere rescindido totalmente un contrato por causas que le fueren imputables, cuando el monto de dicho contrato no supere la suma que represente QUINCE MÓDULOS (15 M). 2.2.- Al oferente, adjudicatario o cocontratante que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la penalidad aplicada, no hubiese efectuado el pago en el plazo fijado al efecto.3.- Se aplicará una suspensión para contratar por un plazo mayor a UN (1) año y hasta DOS (2) años:3.1.- Al proveedor a quien le fuere rescindido totalmente un contrato por causas que le fueren imputables, cuando el monto de dicho contrato supere la suma que represente QUINCE MÓDULOS (15 M). 3.2.- Cuando se constate fehacientemente que el oferente, adjudicatario o cocontratante hubieren incurrido en las conductas descriptas en el artículo 10 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones. 3.3.- Cuando se constate que el interesado presentó documentación o información falsa o adulterada.

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3.4.- Al oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta por la causal enumerada en el inciso m) del artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.3.5.- Al oferente a quien se le hubiese desestimado la oferta por la causal enumerada en el inciso f) del artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.3.6.- Cuando el oferente hubiera manifestado que los bienes, procesos o servicios cotizados cumplían con los criterios de sustentabilidad fijados en los pliegos de bases y condiciones particulares y se constate la falsedad de la manifestación o el incumplimiento de lo pactado.3.7.- Cuando se constate que el adjudicatario no cumplió con la obligación de ocupar en la ejecución del contrato, a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado al cumplimiento de dicha ejecución.Cuando concurriere más de una causal de suspensión, los plazos de suspensión que se apliquen de acuerdo a lo previsto en los incisos que anteceden se cumplirán ininterrumpidamente en forma sucesiva. Los plazos comenzarán a computarse a partir del día en que se carguen las respectivas suspensiones en el Sistema de Información de Proveedores. c) Inhabilitación: Serán inhabilitados para contratar por el tiempo que duren las causas de la inhabilitación, quienes se encuentran incursos en alguna de las causales de inhabilidad para contratar establecidas en los incisos b) a g) del artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 42 - APLICACIÓN DE SANCIONES:Las sanciones serán aplicadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y se fijarán dentro de los límites de tiempo establecidos en el artículo anterior y de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes particulares a cada caso. A tales fines se podrá tener en cuenta, entre otras, la extensión del daño causado, los antecedentes previos del proveedor y los motivos que determinaron el incumplimiento.

ARTÍCULO 43.- DESCARGO PREVIO:Cuando existen antecedentes válidos para la configuración de alguna de las causales de sanción establecidas en el artículo 131 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en forma previa a emitir el correspondiente acto administrativo, notificará por correo electrónico al oferente, adjudicatario o cocontratante de que existen tales antecedentes.Dicha notificación se realizará a los efectos de que el interesado pueda tomar vista de las actuaciones, otorgando un plazo de DIEZ (10) días de emitido el correo electrónico para que realice el descargo que a su criterio corresponda.

ARTÍCULO 44- CONSECUENCIAS:Una vez aplicada una sanción, ella no impedirá el cumplimiento de los contratos que el proveedor tuviere adjudicados o en curso de ejecución ni de sus posibles ampliaciones o prórrogas, pero no podrán adjudicársele nuevos contratos desde el inicio de la vigencia de la sanción y hasta la extinción de aquélla.

ARTÍCULO 45– PRESCRIPCIÓN:No podrán imponerse sanciones después de transcurrido el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha en que el acto que diera lugar a la aplicación de aquellas quedara firme en sede administrativa.

ARTÍCULO 46.- COMPRE TRABAJO ARGENTINO:La presente contratación está alcanzada por las prescripciones de la Ley N° 25.551 y su reglamentación, según el Decreto N° 1600 de fecha 28 de agosto de 2002, por el cual se establece, a los efectos de garantizar el efectivo cumplimiento del “Régimen de Compre Trabajo Argentino”, que toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal.La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional.Se dará preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional, cuando las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago al contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen Nacional, incrementados estos en un POR CIENTO SIETE (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas por sociedades calificadas como PyMES, y del POR CIENTO CINCO (5%) REALIZADAS POR OTRAS EMPRESAS (Artículo 3º de la Ley 25.551). En virtud de lo establecido en la Ley 25.551, Ley Nº 18.875 y Decreto Reglamentario 1600/2002.

ARTÍCULO 47.- SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS (LEY 22.431 – DECRETO Nº 312/10):Con el fin de cumplimentar lo establecido en el Art. 8º del mencionado Decreto y para ser acreedor de los beneficios de dicho régimen, el Oferente que se encuentre comprendido dentro del mismo, deberá adjuntar a su oferta la documentación que acredite fehacientemente tal circunstancia, en original o copia certificada por Escribano Público Nacional.

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ARTÍCULO 48.- REGIMEN DE PREFERENCIA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA:1.- Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que coticen productos nacionales gozarán de un CINCO POR CIENTO (5 %) de preferencia para igualar la mejor oferta obtenida y resultar adjudicataria de las licitaciones para la provisión de Bienes y Servicios (Artículo 39, 1er Párrafo de la Ley 25.300). 2.- Para gozar de la citada preferencia deberán acreditar su condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa mediante certificación en la que conste el valor de las ventas totales anuales (se entenderá por tal, el valor que surja del promedio de los últimos TRES (3) años a partir del último balance inclusive o información contable equivalente adecuadamente documentada).

ARTÍCULO 49.- FUEROS:Los participantes de la presente contratación se someten para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones emanadas del presente pliego, a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con sede en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con renuncia expresa a cualquier fuero o jurisdicción.

PLIEGO DE BASES DE ESPECIFICACIONES TÉCNICASPLIEGO DE BASES DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1- Objeto:

Reparación de los Edificios de la Torre de Vuelo, Servicio Extinción de Incendios y

la Sala del radiofaro en el Aeropuerto General Pico- Prov. de La Pampa.

2- Glosario de términos y abreviaturas:

ABREVIATURAS TECNICAS

AA Aire Acondicionado.DVH Doble vidriado hermético.H° Hormigón.H°A° Hormigón Armado.PVB Butiral de polivinilo.PVC Policloruro de vinilo.RH Resistencia a la humedad.PP Polipropileno.

ABREVIATURAS DE UNIDAD DE MEDIDAS°C Grados Celsius.cm Centímetro.GL GlobalH o h Altura.Hz Hertz. (Frecuencia)Kcal/h Kilocaloría/hora.Kg Kilogramos.M2 Metro cuadrado. (Área) M3 Metro Cubico. (Volumen)mm Milímetro.ML/L Metro Lineal.U Unidad.W Watt. (Potencia)Tn Tonelada.

OTRAS ABREVIATURAS

GO Grupo Operativo.S.E.I. Servicio de Extinción de Incendio.SUM Salón de Usos Múltiples.

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TERMINOS TECNICOS

Azotado Hidrófugo Revoque Impermeable (cemento y pasta hidrófuga)Buña Hendidura que separa materiales, o el marcado de juntas.Carpeta Mortero nivelante de poco espesor que se coloca debajo del piso y por arriba del contrapiso.Cielorraso Elemento constructivo situado a cierta distancia del techo propiamente dicho. Pueden ser aplicados, suspendidos, independientes o desmontables. Enlucido Revoque fino.Fratacho Elemento que se utiliza para el fratasado.Fratasado Acomodamiento de la superficie con un fratacho.Guardacantos Elemento para colocar como protección de esquina o terminación de revestimiento.Ignifugo Material que protege contra el fuego.Jaharro Revoque grueso.Jamba Se denomina a los paramentos laterales internos de los vanos de puertas y ventanas.

Mampostería Muros y paramentos.Mortero Pasta formada por mezcla de cemento, agua y un agregado fino como por ejemplo la arena.Paramentos Cada una de las caras de todo elemento constructivo vertical, como paredes.Solado Piso (de cerámica, alfombra, etc.)Solías umbrales de puertas y ventanas, accesos etc.Tabiques Pared delgada que sirve para separar espacios.Termo fusión. Es un tipo de soldadura que se utiliza para unir termoplásticos, generalmente caños de polipropileno.

ABREVIATURAS DE NORMAS Y REGLAMENTOS A SEGUIRAEA Asociación Electrotécnica Argentina.ART Aseguradora de Riesgo de Trabajo.ASTM Internacional American Society for Testing and Materials (Asociación Americana de Testeo y Materiales)AySA Aguas y Saneamientos Argentinos S.A (Ex Obras Sanitarias de la Nación).C.I.R.S.O.C. Centro de Investigación de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las Obras Civiles.DIN Deutsches Institut Fur Normung (Instituto Alemán de Normalización) ENRE Ente Nacional Regulador de Electricidad.ENARGAS Ente Nacional Regulador del Gas.INTI Instituto Nacional de Tecnología Industrial.IRAM Instituto de Racionalización Argentino de Materiales (actualmente IANC

Normalización y Certificación).ISO International Organization for Standarization. (Organización Internacional para la Estandarización). NFPA Normas del National Fire Protection Association (Asociación Nacional de protección contra el fuego)OACI Organización Internacional de Aviación Civil.RAAC Regulaciones Argentinas de Aviación Civil.

TRABAJOS A REALIZAR:

Item 1- Reparación de Carpinterías de Aluminio .Item 2- Provisión y colocación de muebles de madera. Item 3- Reparación instalaciones sanitarias.Item 4- Reparación de aislación hidrófuga, revoques, y mesadaItem 5- Reparación de cielorrasoItem 6- Reparación de instalación eléctricaItem 7- Provisión y colocación de electrodomésticos Item 8- Pintura exterior e interior Item 9- Provisión y colocación de artefactos a gasItem 10- Provisión y colocación de cortinas

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II. Descripción de los trabajos

Item 1- Reparación de Carpintería de Aluminio

TORRE DE VUELO (TWR)Las carpinterías a reemplazar en la torre de vuelo son las que a continuación se detallan:

Puerta de salida de emergenciaSe proveerá y colocará una puerta doble exterior para salida de emergencia (batiente hacia al exterior) ubicada en planta baja. . Estará formada por dos hojas con relleno de polietileno. Integrada con refuerzos verticales interiores calibre #20. Soporte para bisagra, con refuerzo para cierrapuertas, de chapa.La puerta de Salida de Emergencia Contra Incendio deberá tener un interior tipo panal de abeja (honey comb) con resinas impregnadas y una cubierta de galvanizado zincado que le da una protección ante ambientes corrosivos, además de un acabado primario gris. La puerta será de un calibre de no menor a 18mm. Se le agregarán herraje completo de barral antipánico (marca Jaque ó similar) del lado interior y del otro lado herraje de apertura manual y llave. Tendrán cierrapuertas acorde con el peso de la hoja (tipo DORMA ó similar). La puerta será pintada de color a determinar.

Ventanas Las ventanas que se proveerán serán de perfiles de aluminio marca tipo Aluar o de similar calidad y estarán compuesto por accesorios de alta calidad, además admitirán tratamientos superficiales como pintura o anonizado

Ventanas de paño fijo Se proveerán y colocarán once (11) ventanas de paños fijos marca tipo Aluar o similar para vidrios DVH, en reemplazo de los existentes, en sala de control de la torre de vuelo .cuyas dimensiones son de 1,10m (base inferior )x 1,37m (parte superior) x 1,60 m de altura, el diseño de las misma serán similares a las existentes.

VidriosSe proveerán vidrios float incoloros de 6mm de espesor, para cinco (5) ventanas de paño fijo inferior con hojas oscilo batiente en la parte superior, cuyas dimensiones son de 1m x 2m cada una y se sellarán adecuadamente para que se eviten filtraciones, de acuerdo a la especificado en el siguiente punto.Para las ventanas de paño fijo los vidrios a colocar seràn herméticos (DVH) estarán herméticamente sellados, completos con sellador secundario (de tipo estructural con medidas de junta según requerimientos estructurales cuando sea necesario), compuestos por un vidrio laminado 3+3 con PVB de 038, cámara de aire de 12mm de espesor y un cristal monolítico de 6mm de espesor. El espaciador metálico será en todos los casos en aluminio anonizado natural.El doble sellado estará constituido con un sellador primario a base de butilo (barrera de vapor) aplicado en caliente, y el secundario a base de siliconas de cura neutra (hermeticidad y estructura).Todos los paños tendrán sus bordes exteriores pulidos.El sellador primario tendrá un espesor mínimo de 2mm y deberá ser continuo.El bite del sellado secundario no será menor a 13mm en el perímetro.El espaciador intermedio deberá ser de anonizado natural, y tendrán la adecuada rigidez para su función. Estarán específicamente diseñado para acomodar el sellador y contener los desecantes, permitiendo que ambos operen a la máxima eficacia.Las piezas de espaciador tendrán sus juntas a no más de 50mm de las esquinas.

Los paños deberán ser simples, semitemplados o templados, según se especifique, requiera ó recomiende el fabricante de DVH, a fin de asegurarse contra roturas debidas al calor.El método de instalación debe coincidir con los folletos provistos por el fabricante y con las últimas ediciones de las normas vigentes.Cualquier borde con defectos que puedan dar inicio a rajaduras no serán colocados en el cerramiento.Los bordes estarán terminados de manera de permitir inspeccionar los bordes de vidrios, de selladores y el posicionamiento de los espaciadores metálicos.El drenaje del agua a lo largo de los bordes de las unidades de doble vidrio no estará permitido.

. Item 2- Provisión y colocación de muebles de madera

EDIFICIO TWREl mueble bajo mesada será de 0.65 de profundidad, 1.40m de largo total dividido , 0.90m de alto, y estantes, construido en aglomerado de 2cm de espesor, revestido en melamina color a definir.El mueble alacena de será de 0.40m de profundidad, 0.60m de alto y 1m de largo, con dos puertas y estantes construido en aglomerado de 2cm de espesor, revestido en melamina color a definir.Las dimensiones deberán ser verificadas en obra.

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EDIFICIO SERVICIO EXTINCION DE INCENDIO

El mueble bajo mesada será de 0.54 de profundidad, 1.70m de largo, 0.76m de alto, , con tres puertas y estantes, construido en aglomerado de 2cm de espesor, revestido en melamina color a definir.El mueble alacena de será de 0.40m de profundidad, 0.60m de alto y 1.40m de largo, con dos puertas y estantes construido en aglomerado de 2cm de espesor, revestido en melamina color a definir.Las dimensiones deberán ser verificadas en obra.

Item 3- Reparación instalaciones sanitarias.

El presupuesto total debe incluir toda la mano de obra necesaria (realizada por personal especializado en instalaciones sanitarias) para la ejecución del trabajo así como la provisión de todos los elementos descriptos en cada una de las instalaciones detalladas. .. El “Contratista” deberá entregar los trabajos totalmente terminados y en perfecto funcionamiento. Del mismo modo estarán a su cargo las piezas que no se mencionaran expresamente, pero que fueran necesarias para la perfecta terminación y funcionamiento de las instalaciones. Los materiales, artefactos y accesorios a emplear en esta obra serán de marca acreditada, aprobados por Normas IRAM, ser de primera calidad, debiendo cumplir con los requisitos de estas especificaciones

Se realizarán las pruebas hidráulicas necesarias para verificar el correcto funcionamiento de las instalaciones. El “Contratista” será responsable por el funcionamiento defectuoso de las instalaciones e inconvenientes que se produzcan, debiendo comprometerse a efectuar cualquier reparación o modificación que éstos requieran y que se constaten en el período de garantía. Las instalaciones deberán quedar en perfecto estado de funcionamiento, sin tener derecho alguno a indemnización o pago por ese concepto. Las instalaciones sanitarias deberán cumplimentar con lo estatuido en las prescripciones del “Reglamento para las Instalaciones Domiciliarias e Industriales”, y en las “ Normas y Gráficos de Instalaciones Sanitarias, Domiciliarias e Industriales” de O.S.N. Los trabajos a ejecutar son los siguientes:

EDIFICIO TORRE DE VUELO (TWR)

- Provisión y colocación de dispositilvo para el aseo personal marca tipo Bidematic o de similar calidad- Provisión y colocación con mochila para inodoro linea tipo Florencia marca Ferrum o de similar calidad - Provisión y colocación de grifería mezcladora para pileta de cocina línea tipo FV o similar

EDIFICIO SERVICIO EXTINCION DE INCENDIO (S.E.I)- Provisión y colocación un(1) lavabo de pie linea tipo Florencia marca tipo Ferrum o de similar calidad con grifería línea tipo FV o de similar calidad - Provisión y colocación de un (1) bidet línea tipo Florencia marca Ferrum o de similar calidad con griferia linea tipo FV o de similar calidad en- Provisión y colocación de un (1) inodoros línea tipo Florencia marca Ferrum o de similar calidad.

Item 4- Reparación de revoques, aislación hidrófuga y mesada

EDIFICIO S.E.I Y TWR

AISLACION HIDROFUGA

Se reacondicionará cubierta existente,se repararan los sectores donde se presenten desprendimientos, fisuras y grietas.Luego se colocará sobre carpeta reparada una membrana asfáltica, marca Ormiflex o similar, de 4 mm.de espesor con alma central de polietileno y en la cara superior foil de aluminio gofrado de 40 micrones. El solape entre rollos en sentido horizontal será de 10 cm. y en sentido de la pendiente de 20 cm. Los mismos se colocarán con soplete a gas adhiriendo la membrana a los bordes y a la carpeta en su totalidad. La membrana deberá cubrir toda la superficie y parte del muro de carga. Cuando el sector sea de difícil acceso se utilizará membrana en pasta tipo “EMAPI”

SALA RADIOFARO

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AISLACION HIDRÒFUGA Y TERMICA

En este local se deberá colocar entre la cubierta y el cielorraso, una manta para obtener aislación térmica –hidráulica, evitar la condensación y que actué como repelente de insectos marca tipo DOBLE ALU 15 marca ISOLANT o similar.Se deberá armar con la cubierta una cámara de aire entre la membrana y la cubierta exterior por medio de las clavaderas.A consecuencia de esto, la radiación térmica que emite la cubierta al interior de la vivienda se transmite netamente por radiación. A la radiación de calor transmitida a través de la cámara de aire, se le opondrá una cara de aluminio o poliéster aluminizado muy brillante lo que produce que la radiación se refleje y el calor no se transmita .La membrana deberá estar compuesta además por una estructura cerrada de polietileno lo que produce alta resistencia al paso del agua.La membrana a aplicar deberá estar compuesta por laminas aluminizadas

EDIFICIO TWR Y SALA RADIOFARO

ALBAÑILERÍA

Debido a la demolición de los revoques, se deberán realizar, las terminaciones necesarias, para que las superficies queden perfectamente niveladas y a plomo, para su posterior pintura.

MEZCLAS

No se debe fabricar más cantidad de mezcla a base de cal de la que se pueda usar en el día, ni más mezcla de cemento que la que deba usarse dentro de las dos (2) horas de su fabricación. Toda mezcla de cal que se hubiere secado se desechará , sin intentar ablandarla, igual procedimiento se realizará con la mezcla de cemento que haya empezado a endurecerse. Las partes que se detallan a continuación, se entienden medidas en volumen de materia seca y suelta, con excepción del cemento y las cales que se comprimirán en el envase.Normas de diseño del mortero:

REVOQUES EXTERIORES Jaharro:

1/4: cemento 1 cal grasa 3 arena - 10% de hidrófugo).

Enlucido (mortero tipo J):

½ cemento

1 cal grasa

4 arena fina).

TORRE DE VUELO

MESADA

Se colocará una mesada de mármol de granito sierra chica , tendràn 0, 60 cm.de ancho, 0,025 m mínimo de espesor y 1.40 m de largo aproximadamente en la cocina de la Torre de Vuelo.Se colocará a la altura desde nivel de piso terminado a la superficie superior de la mesada no menor a 0,80 m.

Item 6- Reparación de instalación eléctrica

TORRE DE VUELO (TWR)

El contratista deberá proveer e instalar los conductores, elementos de conexión, llaves , artefactos, etc., en general de todos los elementos integrantes de las instalaciones a realizar, siguiendo las normas del Instituto

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Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM) y Asociación de Electrotecnia Argentina, “ Reglamento Eléctrico para Inmuebles” año 2006.Se ejecutará una revisión de circuitos en función de los consumos de artefactos, . y una verificación de la cantidad de bocas máximas admitidas por circuito. El contratista deberá reacondicionar el cableado debajo de los muebles de la TWR y colocar artefactos de iluminación en la cocina, en el baño y en la escalera.

Item 7- Provisión y Colocación de cielorraso roca de yeso desmontable

TORRE DE VUELO Y RADIOFARO

Cielorraso interior realizado con una estructura metálica compuesta por perfiles Largueros y Travesaños, de chapa de acero galvanizado, tipo T invertida de 24mm de ancho y 32mm de alto, con vista prepintada en blanco; y por perfiles Perimetrales de chapa de acero galvanizado tipo L de 20mm x 20mm, prepintados en blanco. Los perfiles Perimetrales se fijarán perimetralmente a muros mediante tarugos de expansión de nylon con tope Nº 8 y tornillos de acero de 6mm de diámetro x 40mm colocados con una separación máxima de 0,60m. Los perfiles Largueros se ubicarán en forma paralela al lado menor, con una separación entre ejes de 0,61m ó 1,22m -de acuerdo a la modulación elegida-suspendidos de losas y techos mediante alambre galvanizado Nº14 o varillas con nivelador, colocados con una separación de 1,20m. La estructura se completa colocando perpendicularmente a los Largueros, los perfiles Travesaño de 0,61m ó 1,22m con una separación entre ejes de 0,61m ó 1,22m; de manera que queden conformados módulos de 0,61m x 0,61m ó 0,61m x 1,22m.Sobre esta estructura se apoyarán las placas de roca de yeso marca tipo Durlock Desmontables.o calidad similarEn los cielorrasos interiores desmontables de ambientes secos como en la Sala de Radiofaro se podrá utilizar las placas pintadas y texturadas, en cualquiera de sus diseños: Lisa, Clásica o Bruma marca tipo Durlock o de similar calidad, con dimensiones de 0,606m x 0,606m ó 0,606m x 1,216m., tanto el diseño como las dimensiones a utilizar se definirán de acuerdo a las necesidades del espacio a cubrir.En el caso del cielorraso de la torre de vuelo, tendrá como requisitos considerar las placas de mayor coeficiente de absorción, acústica como en el caso de las Placas tipo línea DECO Acustic,: Comet, marca Durlock o similar calidad. Sus dimensiones podrán ser 0,61m x 0,61m ó 0,61m x 1,22m se adoptarà el tamaño que se adapte mejor a la forma y superficie a cubrir.

Item 8- Provisión y colocación de electrodomésticos

COCINA SEIProvisión y colocación de una (1) cocina de cuatro hornallas, con timer, horno auto limpiante, encendido automático, termostato, tapa de vidrio templado, luz y visor en el horno, puerta de doble vidrio, marca tipo 56 M Electrolux o de similar calidad.

Item 9- Pintura exterior e interior

EDIFICIOS TWR Y S.E.I, SALA DE RADIOFARO

Los trabajos se realizarán de acuerdo a las reglas del arte, debiendo en todos los casos limpiarse las superficies perfectamente, libres de manchas, etc., lijándolas prolijamente y preparándola en forma conveniente, antes de recibir las sucesivas manos de pintura.Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie, serán corregidos antes de proceder a pintarlas. Las pinturas serán de primera calidad y de marca y tipos que se indiquen en cada caso, no admitiéndose sustitutos ni mezclas de diferentes calidades.Los productos que lleguen, para se utilizados, vendrán en sus envases originales cerrados y serán comprobados por el Representante Técnico de la Regional, quien podrá requerir del Adjudicatario y a su costo, todos los ensayos que sean necesarios para verificar la calidad de los materiales. En todos los casos la preparación deberá respetar las indicaciones del fabricante.Los trabajos serán confiados a obreros expertos y especializados en la preparación de la pintura y su aplicación..Previo a la aplicación de cada mano de pintura, se deberá efectuar un recorrido general de las superficies salvando toda irregularidad con masilla o enduídos. El orden de los diferentes trabajos se supeditará a la conveniencia de evitar el deterioro de los trabajos terminados. No se aplicarán las manos de pintura sobre superficies mojadas o sucias de polvo y grasas, debiendo ser raspadas profundamente y llegándose, al picado y reconstrucción de la superficie defectuosa, pasándoles un cepillo de paja o cerda y luego lijado.Cuando se indique el número de manos a aplicar se entiende que es a título ilustrativo. Se deberá dar la cantidad de manos que requiera un perfecto acabado, El Adjudicatario corregirá los defectos que presenten las superficies o juntas antes de proceder a su pintado. Además, se deberán tomar las precauciones indispensables a fin de preservar las obras del polvo o lluvia, debiendo al mismo tiempo evitar que se cierren puertas y ventanas antes de que la pintura se haya secado por completo.

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos, que éstos tengan un acabado perfecto sin huellas de pinceladas.Los materiales a emplear serán en todos los casos de 1era marca y deberán responder a las normas IRAM. A los efectos de determinar el grado de calidad de las pinturas, para su aprobación se tendrán en cuenta las siguientes cualidades: a) Pintabilidad: Condición de extenderse sin resistencia al deslizamiento del pincel o rodillo.b) Nivelación: Las marcas del pincel o rodillo debe desaparecer a poco de aplicadas.c) Poder Cubriente: Para disimular las diferencias de color del fondo con el menor número de manos posible.d) Secado: La película de pintura debe quedar libre de pegajosidad al tacto y adquirir dureza adecuada en el menor tiempo posible, según la clase de acabado.e) Estabilidad: Se verificará en el envase. En caso de presentar sedimento, este deberá ser blando y fácil de disipar.

En caso de la existencia de hongos en las superficies a tratar, éstas se deberán lavar con una solución de lavandina que contendrá aproximadamente ocho (8) gramos de cloruro activo por litro, o una solución de diez (10) por ciento de fosfato trisódico diluido en agua, utilizando un cepillo de cerdas duras. Se deberá dejar dicha solución y luego se enjuagará la superficie con abundante agua limpia, dejando secar la superficie antes de proceder al acabado definitivo.Asimismo podrán emplearse otros productos de fabricación industrial y que se encuentren en el comercio, debiendo los oferentes indicar expresamente en sus propuestas el tipo, marca y procedencia del mismo

Paredes interioresa) Preparación de la superficie ( desprendimiento de capas de pintura suelta si existieran, reparación de

imperfecciones, aplicación de enduido si fuera necesario, lijado y limpieza de la superficie)b) Aplicación de una (1) mano de fijador marca tipo Alba o similarc) Aplicación de dos (2) manos de pintura al látex marca tipo Alba o similar, color a definir.

Cielorrasosa) Preparación de la superficie ( desprendimiento de capas de pintura suelta si existieran, reparación de

imperfecciones, aplicación de enduido si fuera necesario, lijado y limpieza de la superficie)

b) Aplicación de una (1) mano de fijador marca tipo Alba o de similar calidad.

c) Aplicación de tres (3) manos de pintura al látex marca tipo Alba o de similar calidad, color a definir

Paredes exteriores

a) Se repararán las imperfecciones con enduido acrílico para exteriores.

b) Para unificar la absorción y aumentar la adherencia se aplicará una mano de fijador al aguarrás marca tipo Alba o de similar calidad.

c) Aplicación de dos manos de pintura de alta resistencia a las inclemencias del tiempo y a los cambios brus-cos de temperatura, tipo al látex acrílica para exteriores marca tipo Duralba de Alba o de similar calidad, color a definir

Carpintería metálica

A la carpintería metálica (excepto la de aluminio), y cerramientos de chapa se le aplicarà :- 3 manos de Esmalte Sintético dos en uno con convertidor de óxido tipo Alba o de similar calidad .No se dejará transcurrir períodos prolongados de tiempo luego de haber "imprimado" o "fondeado" para completar el proceso de pintado.

Carpintería de madera.

En la carpintería de madera, se aplicará tres (3) manos de esmalte sintético marca tipo Alba o de similar calidad

Item 10- Provisión y colocación de artefactos a gas

TORRE DE VUELO

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

Se proveerá y colocará un calefactor a gas de 5000kcal/h, con encendido piezoeléctrico, con válvula de seguridad, termostato, con tiro balanceado marca tipo Eskabe o de similar calidad.

SERVICIO EXTINCION DE INCENDIOSe proveerá y colocará de un termotanque de 80 ltrs de capacidad de alta recuperación marca tipo RHEEM o de similar calidad.También se proveerá y colocará un calefactor a gas de 5000kcal/h, con encendido piezoeléctrico, con válvula de seguridad, termostato, marca tipo Eskabe o de similar calidad.

Item 11- Provisión y colocación de cortinas

A fin de preservar el ambiente interior de luminosidad y calor se deberá proveer y colocar cortinas que oficiaran como parasoles, del tipo roller con tela microperforada marca tipo Sunless ó de similar calidad, que permita cubrir con una sombra media permitiendo la visibilidad externa, de color oscuro, sobre toda la carpintería perimetral.Se colocarán sobre las once ventanas y una puerta ubicadas en la sala de control de la Torre de Vuelo.

III CONSIDERACIONES GENERALES

Los oferentes deberán realizar una visita “in-situ” a los efectos de evaluar los trabajos a ejecutar, debiendo remitirse al Jefe del Aeropuerto de General Pico .La empresa Adjudicataria llevará a cabo todas las tareas de relevamiento previo para la correcta ejecución de los trabajos, quedando expresamente aclarado la necesidad de considerar todas aquellas tareas que aunque no estén indicadas, guarden relación vinculante con el objetivo de la reparación.Las propuestas comprenderán todos los trabajos y materiales que sean necesarios para realizar la tareas de acuerdo a las reglas del buen arte y a las reglamentaciones vigentes, incluyendo la provisión de todos los elementos y la realización de cualquier trabajo que sea requerido para la buena terminación de los mismos, estén o no previstos en las presentes cláusulas técnicas. Todos los materiales a emplear serán de primera calidad y responderán a las características de fábrica. Todo el personal que se utilice para la ejecución de las tareas, estará especialmente capacitado. Durante la realización de los trabajos, el personal actuará bajo las órdenes de un encargado o capataz idóneo, que deberá estar permanentemente “in-situ”, durante el período que dure las mismas.Además la Empresa deberá nombrar un representante técnico, quien estará autorizado para la comunicación y notificación de todos los temas técnicos relacionados con la ejecución de los trabajos. Será requisito indispensable previo a los trabajos, tener al personal asegurado contra todo riesgo, como así también proveer a los mismos de todos los elementos y/o dispositivos de seguridad según normas vigentes, para la ejecución de los trabajos descriptos. Para ello se le recuerda lo expresado en el Decreto Nº 911/96 “Higiene y Seguridad en el Trabajo, reglamentario de las leyes Nº 19.587, 22.250 y 24.557 (A.R.T.) La limpieza se hará permanentemente a fin de mantener las áreas limpias y transitables. Una vez terminada las reparaciones de acuerdo al contrato y antes de la recepción provisional de los trabajos, el Adjudicatario estará obligado a realizar con elementos a su cargo una limpieza de carácter general de los sectores afectados, libres de materiales excedentes o residuos.Todos los trabajos deberán estar de acuerdo a lo reglamentado por la LEY Nº 19.587 de Seguridad e Higiene y su Decreto Reglamentario Nº 351/79

3- CONDICIONES ESPECIALES A TENER EN CUENTA: Requisitos Especiales del Oferente:El Oferente deberá contar con las habilitaciones Municipales y Provinciales correspondientes para la prestación del

servicio objeto de la presente.

Requisitos Especiales del Adjudicatario:El Adjudicatario deberá:a) Dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de recepcionada la Orden de Compra, remitir a la Dirección de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios, atención Arq. Eva Tilbe, un listado con la nómina de personal, detallando: (i) Apellido y Nombre; (ii) DNI; (iii) Nacionalidad; (iv) Lugar y Fecha de Nacimiento; (v) Domicilio de residencia real y (vi) Designación de un Responsable y/o Representante Técnico, con datos de contacto (mail y teléfono) el cual deberá estar altamente capacitado para la dirección y ejecución de los trabajos licitados. Esta nómina, deberá ser actualizada en las oportunidades en que se reemplace algún operario y/o el Encargado del listado original.

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

b) Mantener indemne a la ANAC y será responsable por todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo, el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con un seguro a su cargo. Todos estos seguros deben ser por montos suficientes para proteger a la Adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes o temporales, de los empleados o dependientes, incluyendo reclamación o indemnización que pudiera resultar en virtud de las reglamentaciones o leyes en vigencia.c) Contar indefectiblemente, con la cobertura de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).d) Mantener vigentes las habilitaciones solicitadas en el presente Pliego durante todo el período de la contratación.e) Firmar las Actas de Infracción, multa, penalidad o sanción que se le impongan independientemente de su primera apreciación sobre los hechos, salvo dejar constancia fehaciente de su desacuerdo, si lo considera necesario. Posteriormente podrá ejercer su derecho de defensa en la forma, modo y procedimientos que Establezca la normativa vigente.f) Mantener el carácter de reservado, confidencial o secreto en la realización de trabajos, estudios, proyectos, información y datos de propiedad de la ANAC.g) Satisfacer debidamente las indemnizaciones por despidos, accidentes de trabajo y demás pagos que deba cumplir en su carácter de empleador, como así también los daños y perjuicios que pueda ocasionar a la ANAC o Terceros.h) Deberá proveer a su personal la vestimenta completa a utilizar, inclusive el calzado, así como los necesarios elementos de seguridad en un todo de acuerdo con la naturaleza de las tareas a realizar.i) Mantener indemne a la ANAC y será responsable en todos los casos de los deterioros ocasionados a los bienes de propiedad de la ANAC afectados a la prestación del servicio y/o entrega de los bienes requeridos, que no obedezcan al uso normal de los mismos. Para aquellos casos que el Adjudicatario reciba las instalaciones y/o los bienes por parte de la ANAC y no formulara observación, se entenderá que los recibe en perfectas condiciones.j) En los casos en los que la prestación del servicio requiera el ingreso de vehículos a las áreas aeroportuarios, deberán contar con la póliza de seguro de Responsabilidad Civil Aeronáutica, incluido responsabilidad integral en tierra, responsabilidad en locales y depósitos y responsabilidad por servicios entierra y productos (Cláusula ARIEL).k) Dar cumplimiento con toda la normativa atinente a su actividad y en particular con la siguiente: Reglamentaciones vigentes del Centro de Investigación de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las Obras Civiles (C.I.R.S.O.C.). Normas de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA). Normas del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Normas de la Asociación Americana de Testeo y Materiales (American Society for Testing and Materials - ASTM Internacional). Normas del Instituto Alemán de Normalización. (Deutsches Institut Fur Nurmung - DIN). Normas del Instituto de Racionalización Argentino de Materiales (IRAM), actualmente IANC Instituto Argentino de Normalización y Certificación). Normas de la Organización Internacional para la Estandarización (ISO - International Organization for Standarization). Normas y Recomendaciones de la Organización Internacional de Aviación Civil. (OACI). Normas del National Fire Protection Association (NFPA - Asociación Nacional de protección contra el fuego). Reglamentos de Hídricos Pertinentes (Ej: Aguas y Saneamientos Argentinos S.A (AySA), etc.). Normas del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y/o el Ente de Contralor pertinente. Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC). Ley 19.587 “Seguridad e Higiene” y su Decreto Reglamentario N° 351/79. Decreto Nº 911/96 “Higiene y Seguridad en el Trabajo”, reglamentario de las leyes Nº 19.587, 22.250 y 24.557 (Aseguradora de Riesgo de Trabajo - A.R.T.). Código de la edificación de cada Municipio o en su defecto el de la Ciudad de Buenos Aires. Legislaciones de los Colegios Profesionales correspondientes a cada Provincia.

4- Criterio de Evaluación:Conforme a la normativa vigente.

5- Plazos y Forma de Pago:Una vez perfeccionado el Contrato, la Adjudicataria deberá presentar una factura por el VEINTE PORCIENTO (20

%) del valor adjudicado en concepto de ANTICIPO DE FONDOS, acompañando la correspondiente póliza de

caución por dicho importe.

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

Se podrán realizar pagos parciales de acuerdo a los trabajos realizados por el Adjudicatario, en un lapso no menor

a TREINTA (30) días.

Salvo lo indicado precedentemente, los pagos se realizaran conforme la normativa vigente.

6- Moneda de cotización:Conforme a la normativa vigente.

7- Ofertas Alternativas:No se acepta la presentación de Ofertas Alternativas.

8- Variante:No se acepta la presentación de Ofertas Variantes.

9- Visita al Lugar:El oferente podrá realizar la visita al lugar a efectos de evaluar los trabajos a realizar, para ello deberá comunicarse al teléfono 02302-434000 / 436622, en el horario de 10:00hs a 16:00 hs de lunes a viernes, con una antelación mínima de hasta 24 hrs. a la fecha de apertura de sobres.De realizarse la visita deberá tenerse en cuenta que ello implica llevar a cabo todas las tareas de relevamiento previo para la correcta ejecución de los trabajos, quedando expresamente aclarado la necesidad de considerar toda aquella tarea que aunque no esté expresamente indicada, guarde relación vinculante con el objetivo de los trabajos.En caso de no realizar la misma, el oferente no podrá alegar desconocimiento alguno ni mayores costos para la realización de los trabajos encomendados.

10- Lugar de entrega:En el lugar citado en el Objeto.

11- Forma de Entrega:Se podrán realizar entregas parciales, dentro del plazo de ejecución acordado en el presente pliego.

12- Plazo de Cumplimiento y Cronograma estimado:El Adjudicatario deberá finalizar con las tareas objeto de la presente contratación dentro del plazo de SESENTA (60) días, corridos desde la recepción de la Orden de Compras.

13- Plazo de Mantenimiento de Oferta:Conforme a la normativa vigente.

14- Penalidades:Conforme a la normativa vigente.

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

“2013 -Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813”

AD: GENERAL PICO.CIUDAD: GENERAL PICOPROVINCIA: LA PAMPA

FORMULARIO DE OFERTA

DESIGNACIÓN UNID. CANT.PRECIOS x MANO DE OBRA

TOTALTOTALES TOTALES

EDIFICIO TORRE DE VUELO 1 CARPINTERIA METALICA

1.1 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

1.2 RETIRO de ventanas existentes UNID. 11 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

1.4 M² 10 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

1.5 UNID. 11 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

1.6 M² 22 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

2 MUEBLES DE MADERA

2.1 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

2.2 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

3 INSTALACION SANITARIA

3.1 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

3.2 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

3.3 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

4 ALBAÑILERIA

4.1EJECUCIÔN DE REVOQUES GRUESO exterior.

M² 290 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

4.2 M² 290 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

OBRA: REPARACIONES VARIAS EN LOS EDIDICIOS DE TWR , SERVICIO EXTINCION DE INCENDIO Y SALA DEL RADIOFARO

PRECIOS DE MATERIALES

POR UNIDAD

POR UNIDAD

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de puerta doble antignifuga con barral antipànico en acceso a la TWR en planta baja

PROVISION Y COLOCACION de vidrios float incoloros de 6mm de espesor en ventanas paño fijo con hojas oscilo batiente superior de 1m x 2m de cada una en total (5) cinco ventanas

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de aventanamiento con paños fijos de 1,10m (base)x 1,37m (parte superior) x 1,60 m de altura si milares a los existentes.

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de vidrios DVH compuestos por un vidrio laminado 3+3 con PVB de 038, cámara de aire de 12mm de espesor y un cristal monolítico de 6mm de espesor. Dimensiones 1,10m (base)x 1,37m (parte superior) x 1,60 m de altura

PROVISION Y COLOCACION de mueble bajo mesada de dimensiones de 1,40 m de largo, 0.90 m de alto y 0,65 m de profundidad, con 3 puertas y estantes , de aglomerado enchapado con melamina color a definir

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de mueble alacena de dimensiones de 1,00m de largo,por 0.60 m de alto y 0.40 de profundidad, con 2 puertas y estante , de aglomerado enchapado con melamina color a definir

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de dispositivo para aseo peronal marca tipo Bidematic o similar calidad.

PROVISION Y COLOCACIÒN de flotante en tanque de inodoro

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de griferìa mezcladora para pileta de cocina linea tipo FV o de calidad similar

EJECUCION DE REVOQUES FINOS exterior a la cal con terminacion al fieltro .

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

4 ALBAÑILERIA

4.1EJECUCIÔN DE REVOQUES GRUESO exterior.

M² 290 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

4.2 M² 290 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

4.3 M² 65 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

4.4 M² 0.70 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

5 ELECTRICIDAD

5.1 GL 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

5.2 UNID. 3 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

6CIELORRASO DE ROCA DE YESO

6.1 M² 65 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

7 PINTURA

7.1 M² 1430 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

7.2 M² 396 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

7.3 ML 386 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

8 CALEFACCIÒN

8.1 U 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

9 CORTINAS MICROPERFORADAS

9.1 M² 51 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00

SALA DE RADIOFARO2.7 DESARME del cielorraso suspendido m2 4.5 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.0010 ALBAÑILERIA

10.1EJECUCIÔN DE REVOQUES GRUESO exterior.

M² 96 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

EJECUCION DE REVOQUES FINOS exterior a la cal con terminacion al fieltro .

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN sobre carpeta reparada una membrana asfáltica, marca Ormiflex o de similar calidad de 4 mm.de espesor .PROVISION Y COLOCACION de mesada de granitoGranito Gris Mara, espesor 20 mm, lustrado una cara con zócalo 10cm, en cocinade dimensiones de 1,40 m aproximadamente de largo x 0.65m de profundidad

REACONDICIONAMIENTO de cableado bajo muebles

PROVISION Y COLOCACION de artefactos elèctricos en cocina, baño y escalera

PROVISION Y COLOCACIÒN de cielorraso de roca de yeso línea DECO Acustic,: Comet, marca Durlock o similar calidad.

PROVISIÒN Y APLICACIÓN de pintura para exteriores , acondicionado de superficie de paredes, fijador y 3 manos de latex para exteriores marca tipo ALBA o de similar calidad, color a definir

PROVISIÒN Y APLICACIÓN de pintura para interiores (paredes y cielorraso) , acondicionado de superficies, enduido, fijador y 3 manos de latex para interiores marca tipo ALBA o de similar calidad, color a definir

PROVISIÒN Y APLICACIÒN de dos manos de esmalte sintético mate sobre el convertidor de oxido, en carpinterìas metàlicas, cabreadas y zinguerìa color a definir

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de calefactor a gas de tiro balanceado de 5000 cal/h marca tipo Eskabe o de similar calidad.

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de tipo roller con tela microperforada marca tipo Sunless ó de similar calidad, en aventanamientosn y puertas

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

10.2 M² 96 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

11 AISLACION HIDRÓFUGA BAJO TECHO DE CHAPA

11.1 M² 59 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

12 CIELORRASO DE ROCA DE YESO

12.1 M² 59 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

13 PINTURA

13.1 M² 290 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

13.2 M² 42 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

EDIFICIO SERVICIO EXTINCION DE INCENDIO14 ALBAÑILERIA

14.1 M² 296 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

15 MUEBLES DE MADERA

15.1 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

15.2 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

16 INSTALACION SANITARIA

16.1 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

16.2 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

16.3 UNID. 1 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

17 PINTURA

17.1 M² 430 $ - $ 0.00 $ - $ 0.00 $ 0.00

EJECUCION DE REVOQUES FINOS exterior a la cal con terminacion al fieltro .

Manta para aislaciòn hidròfuga y tèrmica marca tipo DOBLE ALU 15 marca ISOLANT o similar.

PROVISION Y COLOCACIÒN de cielorraso de roca de yeso desmontable linea Lisa, Clásica o Bruma marca tipo Durlock o de similar calidadmarca tipo DURLOCK o de similar calidad

PROVISIÒN Y APLICACIÓN de pintura para exteriores , acondicionado de superficie de paredes, fijador y 3 manos de latex para exteriores marca tipo ALBA o de similar calidad, color a definir

PROVISIÒN Y APLICACIÓN de pintura para interiores (paredes y cielorraso) , acondicionado de superficies, enduido, fijador y 3 manos de latex para interiores marca tipo ALBA o de similar calidad, color a definir

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN sobre carpeta reparada una membrana asfáltica, marca Ormiflex o de similar calidad de 4 mm.de espesor .

PROVISION Y COLOCACION de mueble bajo mesada de dimensiones 1.70 m de largo, 0,76 de alto y 0,54 de profundidad con 4 puertas y estantes , de aglomerado enchapado con melamina color a definir

PROVISION Y COLOCACION de alacena de dimensiones 1,40 m de largo, 0,60 de alto y 0,40 de profundidad con 3 puertas y estantes , de aglomerado enchapado con melamina color a definir

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de lavabo de pie linea tipo Florencia marca Ferrum o similar calidad con griferìa linea tipo FV o de similar calidad

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de bidet linea tipo Florencia marca Ferrum o similar calidad con griferìa linea tipo FV o de similar calidad

PROVISIÒN Y COLOCACIÒN de inodoro con mochilla linea linea tipo Florencia marca Ferrum o de similar calidad

PROVISIÒN Y APLICACIÓN de pintura para exteriores , acondicionado de superficie de paredes, fijador y 3 manos de latex para exteriores marca tipo ALBA o de similar calidad, color a definir

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"2013 –AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"

FORMULARIO DE COTIZACIÓN DE COTIZACIÓNFORMULARIO DE COTIZACIÓN DE COTIZACIÓN

El que suscribe................................................................. Documento................................. en nombre y representación de la Empresa………………………………….con domicilio legal en la Calle…………………………….…………………N°………..……….Localidad…………………………………...............Teléfono.............................................Fax...............................................N° de CUIT............................................. y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:

RENGLÓN DESCRIPCIÓN CANTIDAD PRECIO UNITARIO (IVA INCLUIDO)

PRECIO TOTAL (IVA INCLUIDO)

1 Reparaciones varias en el Aeropuerto de General Pico;

Provincia de LA PAMPA $ $

MONTO TOTAL OFERTADO $

IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales

SON PESOS………………………………...…………………………………………………………………………………..

....................................................................................................................................................................................

La Oferta será presentada en moneda nacional e incluirá todos los gravámenes. Además deberá especificar con el mayor grado de detalle las características de los bienes y/o servicios a proveer, acompañando folletos técnicos y cualquier otro detalle que pueda servir para una mejor evaluación de su oferta.Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal que acredite facultades legales para obligar a la firma.Cuando el Pliego de Especificaciones Técnicas permita la presentación de ofertas Alternativas y/o Variantes deberá completar el siguiente cuadrante:

ALTERNATIVA: SI…… página….. NO……

OFERTA VARIANTE: SI…… página….. NO……

Firma del oferente:

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   DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA PYME

 

 

En _________ (lugar), a los ____ días del mes de ____________________ del _______ (año), en mi carácter de _______________________________(facultades o cargo), de _________________________________ (empresa), con domicilio en __________________________________________(domicilio y jurisdicción), y en relación a la ________________________________(identificar procedimiento de compra y número) manifiesto, con carácter de declaración jurada que la firma mencionada:

 

   

CALIFICA dentro de la categoría de MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en virtud de lo establecido en la Ley 25.300.- y la Resolución N° 21/2010 de la Secretaría de Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

 

   

   

NO CALIFICA dentro de la categoría de MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en virtud de lo establecido en la Ley 25.300.- y la Resolución N° 21/2010 de la Secretaría de Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

 

   

 

Nota: Marcar con una cruz (X) el cuadro que corresponda.

Firma del Oferente:

Sello Aclaratorio: 

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   DECLARACIÓN JURADA DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO

(SERVICIOS)             

 

En _______ (lugar), a los ____ días del mes de ____________________ del _______ (año), en mi carácter de _______________________________(facultades o cargo), de _________________________________ (empresa), con domicilio en __________________________________________(domicilio y jurisdicción), y en relación a la ________________________________(identificar procedimiento de compra y número) manifiesto, con carácter de declaración jurada que la firma mencionada:

 

   

CUMPLE con las pautas indicadas en el Régimen de Compre Nacional vigente (Ley N° 25.551 y su decreto reglamentario N° 1.600/02 y Ley N° 18.875), para ser considerada "local", toda vez que ha sido creada o autorizada a operar de conformidad con las leyes de la República Argentina, tiene su domicilio legal en la República Argentina y el 80% (OCHENTA POR CIENTO) de sus directores, personal directivo y profesionales tiene domicilio real en la República Argentina.-

 

   

   

NO CUMPLE con las pautas indicadas en el Régimen de Compre Nacional vigente (Ley N° 25.551 y su decreto reglamentario N° 1.600/02 y Ley N° 18.875), para ser considerada "local", toda vez que ha sido creada o autorizada a operar de conformidad con las leyes de la República Argentina, tiene su domicilio legal en la República Argentina y el 80% (OCHENTA POR CIENTO) de sus directores, personal directivo y profesionales tiene domicilio real en la República Argentina.-

 

   Nota: Marcar con una cruz (X) el cuadro que corresponda

Firma del Oferente:

Sello Aclaratorio:

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DECLARACIÓN JURADA DE PROVISIÓN Y/O USO DE BIENES Y/O MATERIALES IMPORTADOS Y RESULTADO DE LA BALANZA

COMERCIAL:

 

En _______ (lugar), a los ____ días del mes de ____________________ del _______ (año), en mi carácter de _______________________________(facultades o cargo), de _________________________________ (empresa), con domicilio en __________________________________________(domicilio y jurisdicción), y en relación a la ________________________________(identificar procedimiento de compra y número) manifiesto, con carácter de declaración jurada que:

NO tengo provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados para el desarrollo de mi empresa.

SI tengo provisión y/ o uso bienes y/ o materiales importados por lo que detallo a continuación:

Descripción del bien y/ o material importado (Aclarar Origen):a.-b.-c.-

RESULTADO DE LA BALANZA COMERCIAL DEL ÚLTIMO EJERCICIO: $ ________________ .- (PESOS ________________________________________).

(DIFERENCIA ENTRE LAS IMPORTACIONES Y LAS EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL ÚLTIMO EJERCICIO).

PROYECCIÓN PARA EL EJERCICIO CORRIENTE: $ ______________.- (PESOS _______________________________________).

 

 

Nota: Marcar con una cruz (X) el cuadro que corresponda. En caso afirmativo, completar con la información requerida.

Firma del Oferente:

Sello Aclaratorio: 

             

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ANEXO ANEXO

PLIEGO DE NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJOPLIEGO DE NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

1-ObjetoEstablecer las reglas y pautas que deben observar los COCONTRATANTES del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, las cuales integran las condiciones de contratación y son de cumplimiento obligatorio.

2-AlcanceTodos los COCONTRATANTES del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL que presten cualquier obra y/o servicio.

3-AmbitoLa Sede Central del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, las sedes de sus reparticiones y las delegaciones del interior del país.

4-LegislaciónLeyes Nacionales 19587 y 24557Decreto 911/1996 de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la Industria de la Construcción que reglamenta dicha actividad.Resoluciones 231/1996 y 51/1997 de la SRTOrdenanzas Municipales que correspondan al lugar de ejecución de los trabajos.

5-CorrelatoLas normas que se exponen a continuación se entenderán como reafirmatorias, ampliatorias y complementarias, y bajo ningún concepto substitutivas total o parcialmente de lo expresado en las leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas, etc que constituyen el ítem 4 del presente pliego, aclarándose que en el supuesto caso de presentarse una discrepancia o conflicto de interpretación entre estas Normas y la Legislación prevalecerá siempre esta última.

6-VigenciaLas Normas que siguen, así como la Legislación correspondiente, serán aplicables durante la totalidad del tiempo que dure el contrato del cual serán parte integrante, cesando su aplicación solo cuando se compruebe fehacientemente que a juicio del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL los requisitos correspondientes han sido cumplimentados.

7-Incumplimiento La mora o la falta de cumplimiento de estas Normas facultará al ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL a sancionar al COCONTRATANTE con medidas que pueden llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta, sin indemnización obligatoria alguna.En caso que personal idóneo del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL verifique el incumplimiento de alguna Norma/Legislación, el mismo estará autorizado a paralizar la ejecución de la obra y/o la prestación del servicio, total o parcialmente hasta que el cocontratante tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada, no siendo imputable al ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL los atrasos y costos causados a la obra.El ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL podrá prohibir el ingreso o retirar de la obra o lugar de prestación al personal, materiales y/o equipos que no cumplan con las Normas/Legislación correspondiente.

8-EmergenciasEn caso de producirse situaciones de incumplimiento de las Normas/Legislación que correspondan, que pongan en peligro la integridad física de personal del COCONTRATANTE personal del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL o terceros, o puedan causar daños en forma inminente a bienes patrimoniales del Organismo, el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL estará facultado para proveer los materiales, el personal, o ejecutar las obras y/o servicios a fin de evitar dichas emergencias, los costos de los cuales serán transferidos, aceptados y soportados por el COCONTRATANTE.

9-Disposiciones

A)Ingreso/egreso del Personal del COCONTRATANTE.El personal del COCONTRATANTE ingresará a la obra o al lugar de la prestación y se retirará del mismo en la forma y modo que indique el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, debiendo ser perfectamente identificable según la modalidad que impere en el ORGANISMO, manteniendo su identificación durante todo el tiempo de permanencia en el mismo.

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B)Indumentaria y Elementos de Seguridad PersonalEl COCONTRATANTE debe proveer a su personal de ropa de trabajo y cascos de colores tales que permitan diferenciar a: personal obrero, supervisores o capataces y personal superior o de conducción en el caso de servicios de obra, instalación y/o montajes, así como ropa adecuada en los restantes servicios.Los elementos de Seguridad y Protección Personal a proveer por el COCONTRATANTE a su personal, deben ser los aprobados por las normas vigentes en la materia y en particular por el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL según el tipo de actividad realizada.Es obligación del COCONTRATANTE exigir su uso a su personal, bajo apercibimiento que el mismo sea retirado del lugar cuando se verifique la contravención y hasta tanto se regularice la situación. Asimismo señalizar la obligatoriedad de uso según Norma IRAM 10005.Sin perjuicio de lo expuesto el ORGANISMO puede proveer los elementos de Seguridad faltantes al personal del COCONTRATANTE con cargo a este.

C)Ingreso y circulación del vehículos del COCONTRATANTE.El COCONTRATANTE debe asegurar sus vehículos y otros medios de locomoción en Compañías Aseguradoras a satisfacción de ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.Los seguros tomados deben cubrir todos los riesgos que el bien asegurado pudiera ocasionar al personal transportado así como a terceros y sus respectivos bienes.Las primas y sus actualizaciones deberán mantenerse vigentes para lo cual el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL se reserva amplias facultades de control siendo obligación del COCONTRATANTE presentar original y copias de las pólizas, recibos de pagos de primas, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante su vigencia. Los vehículos y/u otro medio de locomoción que no cumplan con lo exigido serán retirados del servicio hasta tanto regularicen su situación.Los conductores de los vehículos de transporte del personal del COCONTRATANTE sean propios o subcontratados por el mismo deberán tener su licencia de conductor en concordancia con el tipo de vehículo que conduzcan en plena vigencia, pudiendo ser sometidos a pruebas de aptitud cuando el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL lo considere pertinente.

D)Normas InternasNo se permite el consumo de bebidas alcohólicas en ningún área del ORGANISMO.Se prohibe fumar en áreas determinadas de la obra o de la prestación del servicio de que se trate definiendo el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las áreas delimitadas donde estará permitido hacerlo.Está prohibido el ingreso o consumo de comestibles y bebestibles a las áreas de trabajo circunscribiéndolo a los comedores o áreas preacordadas entre COCONTRATANTE y el MINISTERIO

DE LA PRODUCCION.El agua para beber será provista en forma contínua en la modalidad y forma que acuerden las partes.Se prohibe la utilización de elementos y accesorios (bufandas, pulseras, cadenas, corbatas, etc) que puedan significar un riesgo adicional en la ejecución de las tareas. El cabello, en su caso deberá ser recogido o cubierto.Queda prohibido el uso de radios y/u otro tipo de reproductores de sonido, tanto sean colectivos, como individuales en áreas de obra.

E)Responsabilidades del COCONTRATANTE.El COCONTRATANTE es responsable por cualquier empleado que trabaje para el y toda otra persona que dependa de él o ejecute trabajos con o para él en el ORGANISMO.También el COCONTRATANTE es responsable por el cumplimiento de esta norma por cualquier SUBCONTRATISTA que pueda elegir, el cual debe estar expresamente autorizado por el ORGANISMO o representante del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.En el área de la obra habrá en forma permanente un representante del COCONTRATANTE autorizado por éste para actuar en su nombre en casos de emergencia por motivos de trabajo, personal o equipos del mismo.El representante del COCONTRATANTE hará conocer su domicilio particular y número de teléfono al ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL a efectos de poder ser ubicado cuando sea necesario.-Orden y Limpieza en los lugares de trabajoEl COCONTRATANTE está obligado a mantener el orden y la limpieza en los lugares en que efectúa sus tareas. Cercará las áreas de acceso restringido.Todo desperdicio generado será acumulado y evacuado en plazos perentorios o cuando el ORGANISMO lo indique, por cuenta y riesgo del COCONTRATANTE, en los lugares apropiados bajo directivas del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL siendo condición indispensable su total eliminación para dar final de obra o la recepción definitiva del servicio.-Uso de Máquinas y herramientas del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL. A los COCONTRATANTES les está vedado el uso de máquinas y herramientas del ORGANISMO salvo expresa autorización del mismo.-ConexionesToda conexión (eléctrica, de gas, hidráulica, etc) debe ser supervisada y autorizada por el ORGANISMO.

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-Carteles IndicadoresLos carteles indicadores existentes en el ORGANISMO deben ser respetados.-Sogas y Cables metálicosLas sogas y cables metálicos deben ser los adecuados para el tipo de carga y operación.-Accidente de TrabajoTranscurridas no más de 24 horas de producido cualquier accidente en el área de la obra o “in itínere” al personal del COCONTRATANTE o algún tercero donde se hallen implicados personal, materiales o equipos del COCONTRATANTE, éste deberá brindar un informe detallado del mismo al ORGANISMO. En caso de accidente de personal del COCONTRATANTE, será de su exclusiva responsabilidad realizar todo trámite que fuera necesario ante su ART en concordancia con lo establecido en la Ley 24557 y cualquier otro procedimiento de acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes. -Incidente de trabajoAsimismo será responsabilidad del COCONTRATANTE informar al ORGANISMO dentro de las 24 hs de ocurrido el mismo, cualquier incidente con la potencialidad tal de convertirse en un accidente o que haya causado daños considerables a equipos o instalaciones tanto sea del ORGANISMO como propias.-Investigación de Accidentes/IncidentesLos accidentes e incidentes que lo ameriten, en razón de su gravedad o potencialidad a juicio del ORGANISMO serán investigados por un comité conformado por personal técnico y del área de Higiene y Seguridad del COCONTRATANTE y del ORGANISMO.

F)Seguridad e Higiene IndustrialEste apartado constituye un resumen de las reglas de prevención de accidentes y procedimientos seguros de aplicación para quienes trabajan en una obra del ORGANISMO teniendo como propósito principal evitar accidentes que puedan resultar en lesiones a personal del COCONTRATANTE, personal del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, o terceros, e incidentes que puedan producir daños a la propiedad o equipos.Toda situación particular y no prevista en esta Norma deberá ser analizada bajo el marco del decreto 911/96 y contar con la aprobación del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.-El COCONTRATANTE es el principal responsable para capacitar y asegurar el cumplimiento de estas Normas por parte de su personal y de cualquier SUBCONTRATISTA que designe.-Construcciones provisorias/remolquesLas construcciones precarias (pañoles de herramientas, obradores, etc) que sean levantadas por el contratista no podrán ser calefaccionados por estufas de llama abierta o eléctricas (infrarrojas) o pantallas de gas de garrafa.-AndamiosSe prohibe utilizar tambores, cajones, bloques u objetos inestables como soportes de las plataformas de trabajo o andamios.Los andamios deben tener parantes con patas seguras (adecuada superficie de apoyo) para evitar que se asienten o hundan en caso de estar apoyados sobre el terreno.El acceso a las plataformas de trabajo debe ser seguro, prohibiéndose escalar usando los parantes: Se prohibe el uso de escaleras portátiles para andamios con alturas de (3m) tres metros o mayores. Si fueran usadas deben colocarse a un ángulo aproximado de 75º (setenta y cinco grados) de la horizontal y perfectamente aseguradas en el tope de la plataforma.En general y para todo tipo de andamio se preferirán las escaleras fijas.Si se utiliza un andamio metálico debe asegurarse de apretar bien las tuercas.Los tablones usados para andamios serán bien seleccionados y de tipo especial. Se deben adecuar al propósito de uso en cada caso sus medidas nominales mínimas serán: (5cm) cinco centímetros de espesor y una plataforma de trabajo de (o,60m).Los tablones para andamios no deben pintarse, ya que la pintura puede ocultar fallas estructurales. Para su conservación debe aplicarse una mano de aceite.No se permitirá el almacenamiento en andamios y deberán eliminarse al fin de cada jornada las herramientas, materiales y desperdicios. Los andamios deben quedar sin carga de ninguna naturaleza. Durante las operaciones la acumulación de estos elementos se reducirá al mínimo.Toda vez que se realicen trabajos en altura se debe cercar convenientemente la zona aledaña con carteles o cinta de peligro alertando sobre la presencia de personal efectuando tareas de este tipo.-Andamios ColgantesEs sumamente importante el tipo y modo de anclaje del que está suspendido el andamio, se lo inspeccionará cuidadosamente en cuanto a la construcción y resistencia acorde al tipo de trabajo.El andamio debe someterse a una prueba que consiste en elevarlo a (30cm) treinta centímetros del suelo y sobrecargarlo con (4) cuatro veces la carga normal de trabajo.Todos los cables y sogas serán sometidos a una inspección minuciosa previa a su uso.-Trabajos de SoldaduraCuando se realicen tareas de soldadura y/o corte se deberá vallar o señalizar la zona de riesgo y antes de comenzar las tareas se deberá contar con la autorización del personal del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL responsable.

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Las operaciones de corte o soldadura se harán utilizando antiparras, visores, protectores faciales, etc, según corresponda.Durante las operaciones de soldadura debe haber siempre un extintor apropiado disponible.Nunca use aceite o grasas en válvulas y accesorios de cilindros de oxígeno.Está terminantemente prohibido el uso de oxígeno para la limpieza (en reemplazo de aire) ni para soplar tuberías.-Equipos y HerramientasEl COCONTRATANTE está obligado a mantener en buen estado mecánico sus herramientas y equipos así como velar sus condiciones y requerimientos de seguridad.Las herramientas deben estar en buenas condiciones y repararse cuando sea necesarioLas herramientas o cualquier otro material nunca deberá ser arrojado desde lugares elevados, ni tampoco permitir que se caigan.Al utilizar maza y corta-fierro, se debe utilizar un aguantador de herramienta para evitar lesionarse las manos y deberá utilizarse protección ocular.Transportar las herramientas en un cajón adecuadoPara cualquier trabajo usar siempre la herramienta adecuada.Al ascender a escaleras con herramientas de mano, estas deben ser izadas o bajadas utilizando cinturón portaherramientas o una soga.Al utilizar herramientas eléctricas, siempre se debe verificar que el enchufe y el cable estén en buenas condiciones.Antes de usar equipo eléctrico asegurarse que esté permitido en el área de trabajo.Antes de usar cualquier herramienta eléctrica asegurarse que esté debidamente conectada su descarga a tierra.Las herramientas de mano se deben mantener siempre limpias y listas para entrar en función.Cuando se utilizan piedras de amolar, picar, martillos, etc, es obligatorio el uso de protectores faciales completos.No se debe intentar el uso de herramientas eléctricas de mano cuando se esta parado sobre un charco de agua o sobre piso húmedo. Si se trabaja en lugar húmedo se deben usar botas y guantes de goma.No conversar con otra persona cuando se usa una herramienta portátil de mano.Al completar un trabajo con herramienta portátil accionada eléctricamente no olvidar desenchufar inmediatamente.Asegurarse que las guardas de seguridad sobre las herramientas portátiles cumplan su función y se encuentren en buenas condiciones-Vallado de SeguridadCuando se practique un agujero, zanja o cualquier otra abertura en el piso, nunca debe dejarse al descubierto. El personal que los practicó o produjo pondrá sumo cuidado en taparlos, rellenarlos, o cercarlos antes de retirarse del sector. Si el lugar estuviera poco iluminado, dicho cerco además deberá presentar una luz roja en horario nocturno.-Escaleras portátilesSeleccionar las escaleras con el largo adecuado para el trabajo que se va a realizar. No usar escaleras empatilladas, las extensiones improvisadas son peligrosas y su uso está prohibido.Examinar las escaleras antes de usarlas, si están rotas, rajadas o defectuosas en alguna forma, retirarlas para su reparación.Usar escaleras que estén equipadas con pies y agarraderas de seguridad, si la escalera da la impresión de estar insegura, amarrar por medio de una soga la parte superior a un soporte fijo.Esto es recomendable con escaleras altas, donde existe la posibilidad que la misma resbale, cambie su posición o sea llevada por delante.Colocar la escalera sobre un piso o base segura, usando los pies de seguridad dependiendo ello del tipo de superficie donde se asienta la escalera.Ubicar la base de la escalera a una cuarta parte de su largo de la vertical. Esto dará un ángulo seguro para desarrollar su trabajo.Si se trata de una escalera de dos hojas abrir bien antes de intentar ascenderAl ascender o descender de la escalera hacerlo de frente a la misma, deslizarse por la escalera es peligroso y esta prohibido.Para ascender y descender de las escaleras mantener ambas manos libres. Los artículos pequeños deben llevarse en los bolsillos o en el cinto. Los artículos de mayor volumen deben descenderse o izarse por medio de sogas o aparejos desde lugares elevados.Tener mucho cuidado de no lesionar a otros empleados al trabajar desde escaleras o cuando se las coloca o transporta.Si es necesario ubicar la escalera donde hay peligro de que sea golpeada por una persona u objeto colocar una barricada alrededor.Mantener las escaleras libres de suciedad y pintura que puedan ocultar defectos.-Equipos y elementos de seguridadEl COCONTRATANTE está obligado a proveer a su personal el equipo y elementos de seguridad necesarios para los trabajos. La calidad de los mismos cumplirán con lo especificado por la Ley 19587, su decreto reglamentario 351/79 y el decreto 911/96 específico para la Industria de la Construcción y las normas IRAM que correspondan.Los elementos de protección personal deberán cubrir las siguientes áreas según las tareas a realizar y los riesgos emergentes de las mismas:-Cascos de Seguridad-Protección Ocular

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-Protección Auditiva-Protección Respiratoria-Protección de miembros inferiores (zapatos de seguridad, botas, etc)-Protección de miembros superiores (guantes, mitones, etc)-Protección de caídas (cinturón de seguridad, arnés, etc)-Protección del tronco (trajes especiales, delantales, etc)La vestimenta será la adecuada al clima y medio en el cual se desarrolla la obra y/o servicios.-Prevención y Protección contra IncendiosSerá exclusiva responsabilidad del COCONTRATANTE la provisión, así como el control periódico para asegurar su perfecto funcionamiento, de los elementos portátiles de extinción que correspondan, en tipo y cantidad según la magnitud del riesgo que implique la obra y/o servicio.Es responsabilidad del COCONTRATANTE no solo contar con los elementos adecuados para la extinción de posibles incendios, sino tomar todas las medidas correctivas y preventivas para evitar que estos se produzcan.Se prohibe el almacenamiento o transporte de combustibles líquidos en condiciones que configuren peligro de derrames o de inflamabilidad. El uso de los mismos estará supeditado a la autorización del personal idóneo del ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.Se evitará en lo posible el uso de herramientas o equipos que puedan generar chispas.Se prohibe el uso de artefactos o equipos de llama abierta excepto en casos específicamente autorizados por el ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

G)Legajo TécnicoComo consecuencia del artículo 20 del decreto 911/96 y del artículo 3º de la resolución 231/96 el COCONTRATANTE preparará y presentará al ORGANISMO a partir del inicio de la obra y/o la prestación del servicio tantas veces como este último lo considere necesario, a fin de verificar los avances y cumplimientos en el área de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el Legajo Técnico según los requerimientos de los artículos arriba citados.Además de estar debidamente rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad del COCONTRATANTE se completará con la siguiente documentación.a)Memoria descriptiva de la obra y/o servicio.b)Programa de Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra y/o de prestación del servicio (se lo completará con planos o esquemas si fuera necesario).c)Programa de Capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.d)Registro de Evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seguridad, donde se asentarán las visitas y las mediciones de contaminantes.e)Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridadf)Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.h) Programa de Seguridad.En cumplimiento de lo requerido según la Resolución 51/97 de la SRT el COCONTRATANTE presentará al MINISTERIO, si así corresponde por las características de la obra y/o del servicio o a juicio de su ART, el Programa de Seguridad cuyo contenido será en coincidencia con lo expresado en el Anexo I del decreto citado.Dicho Programa deberá contar con la aprobación de la ART del COCONTRATANTE y el ORGANISMO será informado cada vez que la ART realice una visita de verificación en cumplimiento del Mecanismo de Verificación incluido en el decreto de referencia. Lo antedicho se materializará a través de la recepción de una copia del informe o constancia, la cual será entregada al ORGANISMO por el COCONTRATANTE dentro de las 48 horas de producida la visita de verificación.

H)Responsabilidad del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo.Al momento de dar inicio a la obra y/o la prestación del servicio el COCONTRATANTE informará por escrito al MINISTERIO los datos del responsable del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la misma, independientemente de que este sea propio o el servicio le sea brindado a través de un tercero.Asimismo informará al ORGANISMO cada vez que se produzca un reemplazo del profesional citado.

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