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Del 24 de enero al 09 de febrero del 2011 04 CIUDAD Y GOBIERNO Reculan diputados priístas TIJUANA.- Mientras la presidenta del Congreso Nancy Sánchez, pidió profundizar en las re- formas hechas a la Ley de Alcoholes, hechas el pasado martes 22 de diciembre del 2010, una comisión de diputados encabezada por Fausto Zarate, “después del niño ahogado ”, comenzó a tener reuniones con empresarios y comerciantes del ramo, y aceptó que fue ¨muy rápida ¨la reforma, que hay que repen- sarla y replantearla, en por lo menos unos seis meses más. En busca de opiniones para perfeccionar la ley que regula la venta de bebidas alcohóli- cas, el diputado priista, acompañado de los legisladores Arcelia Galarza Villarino, del Partido Nueva Alternativa (Panal) y Marco Antonio Vizcarra Calderón, del Partido de Baja California (PBC). se reunió con Ma- rio Escobedo Carignan, presidente de la CANACO y comerciantes del ramo de be- bidas alcohólicas, de bares y restaurantes de toda la entidad. De acuerdo con zarate, que sí aceptó la propuesta de reforma y la aprobó precipi- tadamente , el 90 por ciento de la venta de alcohol ocurre en establecimientos que co- mercian bebidas en envases cerrados, como supermercados, licorerías o mini mercados, y sólo 10 por ciento que se consume en las ciudades es en bares o sitios de venta en en- vase abierto, por lo que es imperativo tam- bién regular la venta en envases cerrados. Cómo se aprobó Vía fast track, con dispensa de trámites y con apenas una semana de diferencia en que se presentó la iniciativa, la noche del martes 22 de diciembre, fue aprobada por el Congreso (20 votos a favor y dos abstenciones), la restricción de horarios para bares hasta la una de la ma- ñana de domingo a miércoles y hasta las tres de la mañana (ni una hora extra más), los jueves, viernes y sábado. L amedida, se dijo, pretende reducir el índice de accidentes con consecuencias fatales ocasionados por conductores que manejan en estado de embriedad, fue el argumento para aprobar la reforma. Esa noche el diputado Carlos Murguía Mejía, presidente de la Comisión de Gober- nación, Legislación y Puntos Constitucionales, se abstuvo de votar, advirtió que lo aprobado podrían dar lugar a juicios de controversia por no haber consultado a los municipios como terceros interesados y por votar la reforma sin antes haberla circulado con 72 horas de an- ticipación entre los mismos diputados y por no haber cumplido con otros requisitos de proced- imiento legislativo, como dar cuenta y convocar a los municipios con cinco días de anticipación para que expresaran sus puntos de vista sobre la reforma y tampoco dieron parte al estado para que enviara representante a la Comisión de Dictamen a conocer y opinar sobre la misma iniciativa. Otra diputada que se abstuvo de votar fue Nancy Sánchez Arredondo. No se dieron las consultas necesarias al tema, argumentó. La reforma es de carácter general y aplica a todos lo establecimientos con venta de bebi- das con graduación alcohólica para consumo en los mismos locales, es decir, bares, cantin- as, cafés cantantes y todas las denominaciones conocidas. Fue una propuesta original del diputado panista José Máximo García López. La pre- sentó el martes, ocho días antes, se envió a la Comisión de Asuntos Fronterizos, Desarrollo Económico, Industrial y Competitividad que preside el diputado Fausto Zárate Zepeda, quien ahora sí está haciendo consultas, cuando él le dio el visto bueno. El 22 de diciembre se presentó a votación del pleno y se aprobó con los votos de diputados del PAN, PRI., PRD, PA- NAL y PVEM. “En menos que canta un gallo”, el gobernador, José Guadalupe Osuna Millán, la públicó el periódico Oficial del Estado. Se reformó el Artículo 17 de la Ley de Alco- holes y quedó así: Artículo 17.- De los horarios de la activi- dad.- Los establecimientos autorizados para realizar las actividades, podrán iniciar la venta o venta para consumo de bebidas alcohólicas a partir de las diez horas del día, no debiendo excederse de la primera hora del día siguiente, de conformidad con los horarios que para las diferentes modalidades de establecimientos o giros, se determinen en el reglamento munici- pal correspondiente. Asimismo, podrán reducir los horarios au- torizados, sea de manera temporal o definitiva, cuando se afecte el interés social o los permi- sionarios incurran en infracciones conforme lo estipula esta ley, los reglamentos y demás orde- namientos legales aplicables. En ningún caso, la autorización de horario extraordinario podrá extenderse a más de dos horas y sólo podrá concederse hasta por tres días a la semana. Se incluyeron seis artículos transitorios entre los que destacan: Tercero.- Los Ayuntamientos dispondrán de un plazo de tres meses, conta- dos a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las adecuaciones que cor- respondan a su respectiva reglamentación. Cuarto.- A las personas físicas o morales que hayan solicitado la autorización de hor- arios extraordinarios antes de la entrada en vigor del presente decreto, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento de presentar dicha solicitud. Quinto.- A las personas físicas o morales que se les haya otorgado permiso para operar establecimientos, locales o giros dedicados a la venta o venta para consumo de bebidas al- cohólicas, con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento en que aquel les haya sido otorgado; pero para su revalidación, en su caso; se estará a lo dispuesto por este decreto. Sexto.-Las solicitudes de permiso para op- erar establecimientos, locales o giros dedicados a la venta o venta para consumo de bebidas alcohólicas que se estén substanciando a la en- trada en vigor del presente decreto, se seguirán conforme a las disposiciones vigentes al mo- mento de la presentación de dicha solicitud, pero para su revalidación, en su caso, se estará a lo dispuesto por este decreto.

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Del 24 de enero al 09 de febrero del 201104 CIUDAD Y GOBIERNO

Reculan diputados priístasTIJUANA.-

Mientras la presidenta del Congreso Nancy Sánchez, pidió profundizar en las re-formas hechas a la Ley de Alcoholes, hechas el pasado martes 22 de diciembre del 2010, una comisión de diputados encabezada por Fausto Zarate, “después del niño ahogado ”, comenzó a tener reuniones con empresarios y comerciantes del ramo, y aceptó que fue ¨muy rápida ¨la reforma, que hay que repen-sarla y replantearla, en por lo menos unos seis meses más.

En busca de opiniones para perfeccionar la ley que regula la venta de bebidas alcohóli-cas, el diputado priista, acompañado de los legisladores Arcelia Galarza Villarino, del Partido Nueva Alternativa (Panal) y Marco Antonio Vizcarra Calderón, del Partido de Baja California (PBC). se reunió con Ma-rio Escobedo Carignan, presidente de la CANACO y comerciantes del ramo de be-bidas alcohólicas, de bares y restaurantes de toda la entidad.

De acuerdo con zarate, que sí aceptó la propuesta de reforma y la aprobó precipi-tadamente , el 90 por ciento de la venta de alcohol ocurre en establecimientos que co-mercian bebidas en envases cerrados, como supermercados, licorerías o mini mercados, y sólo 10 por ciento que se consume en las ciudades es en bares o sitios de venta en en-vase abierto, por lo que es imperativo tam-bién regular la venta en envases cerrados.

Cómo se aprobó Vía fast track, con dispensa de trámites y

con apenas una semana de diferencia en que se presentó la iniciativa, la noche del martes 22 de diciembre, fue aprobada por el Congreso (20 votos a favor y dos abstenciones), la restricción de horarios para bares hasta la una de la ma-ñana de domingo a miércoles y hasta las tres de la mañana (ni una hora extra más), los jueves, viernes y sábado.

L amedida, se dijo, pretende reducir el índice de accidentes con consecuencias fatales ocasionados por conductores que manejan en estado de embriedad, fue el argumento para aprobar la reforma.

Esa noche el diputado Carlos Murguía Mejía, presidente de la Comisión de Gober-

nación, Legislación y Puntos Constitucionales, se abstuvo de votar, advirtió que lo aprobado podrían dar lugar a juicios de controversia por no haber consultado a los municipios como terceros interesados y por votar la reforma sin antes haberla circulado con 72 horas de an-ticipación entre los mismos diputados y por no haber cumplido con otros requisitos de proced-imiento legislativo, como dar cuenta y convocar a los municipios con cinco días de anticipación para que expresaran sus puntos de vista sobre la reforma y tampoco dieron parte al estado para que enviara representante a la Comisión de Dictamen a conocer y opinar sobre la misma iniciativa.

Otra diputada que se abstuvo de votar fue Nancy Sánchez Arredondo. No se dieron las consultas necesarias al tema, argumentó.

La reforma es de carácter general y aplica a todos lo establecimientos con venta de bebi-das con graduación alcohólica para consumo en los mismos locales, es decir, bares, cantin-as, cafés cantantes y todas las denominaciones conocidas.

Fue una propuesta original del diputado panista José Máximo García López. La pre-sentó el martes, ocho días antes, se envió a la Comisión de Asuntos Fronterizos, Desarrollo Económico, Industrial y Competitividad que preside el diputado Fausto Zárate Zepeda, quien ahora sí está haciendo consultas, cuando él le dio el visto bueno. El 22 de diciembre se presentó a votación del pleno y se aprobó con los votos de diputados del PAN, PRI., PRD, PA-NAL y PVEM. “En menos que canta un gallo”, el gobernador, José Guadalupe Osuna Millán, la públicó el periódico Oficial del Estado.

Se reformó el Artículo 17 de la Ley de Alco-holes y quedó así:

Artículo 17.- De los horarios de la activi-dad.- Los establecimientos autorizados para realizar las actividades, podrán iniciar la venta o venta para consumo de bebidas alcohólicas a partir de las diez horas del día, no debiendo excederse de la primera hora del día siguiente, de conformidad con los horarios que para las diferentes modalidades de establecimientos o giros, se determinen en el reglamento munici-pal correspondiente.

Asimismo, podrán reducir los horarios au-torizados, sea de manera temporal o definitiva, cuando se afecte el interés social o los permi-sionarios incurran en infracciones conforme lo estipula esta ley, los reglamentos y demás orde-namientos legales aplicables.

En ningún caso, la autorización de horario extraordinario podrá extenderse a más de dos horas y sólo podrá concederse hasta por tres días a la semana.

Se incluyeron seis artículos transitorios entre los que destacan: Tercero.- Los Ayuntamientos dispondrán de un plazo de tres meses, conta-dos a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las adecuaciones que cor-respondan a su respectiva reglamentación.

Cuarto.- A las personas físicas o morales que hayan solicitado la autorización de hor-arios extraordinarios antes de la entrada en vigor del presente decreto, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento de presentar dicha solicitud.

Quinto.- A las personas físicas o morales que se les haya otorgado permiso para operar establecimientos, locales o giros dedicados a la venta o venta para consumo de bebidas al-cohólicas, con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento en que aquel les haya sido otorgado; pero para su revalidación, en su caso; se estará a lo dispuesto por este decreto.

Sexto.-Las solicitudes de permiso para op-erar establecimientos, locales o giros dedicados a la venta o venta para consumo de bebidas alcohólicas que se estén substanciando a la en-trada en vigor del presente decreto, se seguirán conforme a las disposiciones vigentes al mo-mento de la presentación de dicha solicitud, pero para su revalidación, en su caso, se estará a lo dispuesto por este decreto.