Analisis de Redoble Por Rancas

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TABLA DE CONTENIDOS

CAPITULO I: CONTEXTO HISTRICO CULTURAL

CAPITULO II: INVESTIGACIN FCTICA

CAPITULO III: ANEXOS HECHOS DELICTIVOS

I.- CONTEXTO HISTRICO CULTURAL1.1.- TTULO: REDOBLE POR RANCAS

1.2.- AUTOR: MANUEL SCORZA TORRES

Naci en Huancavelica el 9 de septiembrede1928y muere enMadrid el 27 de noviembrede1983, en un trgico accidente areo.Luego de vivir enAcoria(Huancavelica) viaja a Lima, en donde realiz su formacin escolar en elColegio Militar Leoncio Prado. En1945ingres a laUniversidad Nacional Mayor de San Marcosy comenz una etapa de febril actividad poltica, militando en el Apra. En1948, a los 20 aos, Scorza se vio obligado a salir del pas en calidad deexiliadotras elgolpe de estadodelgeneral Odray la implantacin de un gobierno autoritario. Se estableci enPars,Francia, donde aprendifrancsy obtuvo un trabajo de cierto prestigio: lector deespaolen la Escuela Normal Superior de Saint-Cloud.Muchos de losversosque integraran su primer poemario,Las imprecaciones(1955), son fruto del desconsuelo en que se hallaba inmerso. Vuelve al Per durante el gobierno de Manuel Prado, que contaba con el apoyo de los apristas.Sin embargo, fue en su obra narrativa, de la queAlejo Carpentier, el abarrocado, fue uno de sus maestros, donde Scorza encontr el espacio ideal para tocar a profundidad los problemas del Per profundo: contradiccin entre los campesinos y la explotacin minera por grandes compaas extranjeras.Su primera novela,Redoble por Rancas(1970), forma parte de un ciclo denominado "La balada", "las Cantatas" o "La guerra silenciosa", donde, desde una ptica eminentemente potica que fusiona mitos ancestrales e historia, Scorza muestra la antigua lucha de loscampesinospara recuperar sus tierras. Las dems novelas que componen este ciclo, Historia de Garabombo el Invisible(1972),El jinete insomne(1977),Cantar de Agapito Robles(1977) yLa tumba del relmpago(1979), continan uniendo elrealismo sociala la fantasa potica. Esta serie de novelas, traducida a ms de cuarenta idiomas, se ha constituido en una de las ms difundidas y reconocidas de laliteratura peruanaen este siglo.En1968, en plena efervescencia de las luchas campesinas en la sierra central y en virtud a su activa participacin a travs de un movimiento polticoindigenista, tuvo que abandonar de nuevo el pas. Llev consigo dos manuscritos:El vals de los reptilesyRedoble por Rancas, un poemario y una novela respectivamente, ambos de1970.En1981fue el primero de una lista de escritores de fama internacional que el diarioIl Mattinohaba invitado aNpoles para que escribieran una serie de artculos sobre la ciudad. En1983y despus de haber publicado en febrero de ese ao su ltima novela,La danza inmvil, que significaba una ruptura radical con el ciclo de "La guerra silenciosa". En 1983, al retornar al Per, el avin Boeing 747Vuelo 11 de Aviancaen el que iniciaba viaje rumbo aBogotjunto a otros intelectuales para participar en un congreso que pretenda hacer balance de la cultura hispanoamericana, se estrell contra una colina en su aproximacin al aeropuerto deMadrid, sufri un accidente, falleciendo a los 54 aos. OBRASPoesa: Las Imprecaciones(1955) Los adioses(1959) Desengaos del mago(1961) Rquiem para un gentil hombre(1962) Poesa amorosa(1963) El vals de los reptiles(1970) Poesa completa(2012)

Novelas Ciclo de novelas "La Guerra Silenciosa que consta de cinco baladas: Redoble por Rancas(1970)Historia de Garabombo el Invisible(1972)El jinete insomne(1977)Cantar de Agapito Robles(1977)La tumba del relmpago(1979), y

La danza inmvil(1983)

Obras Inconclusas: Segundo Movimiento Retablo Ayacucho

1.3.- LUGAR DE LOS HECHOS AMBIENTE

Las acciones se desarrollaron en la comunidad de Rancas a inmediaciones de Yanahuanca, que est ubicado en Cerro de Pasco.

1.4.- tiempo en que transcurren los hechos

Siglo XX, entre los aos 1950 y 1962. poca Republicana del Per.

1.5.- PERSONAJES PRINCIPALES:

Hctor Chacn, conocido como el Nictlope, es un lder campesino. Francisco Montenegro: Es el juez de primera instancia de la provincia de Yanahuanca, dueo de la hacienda Huarautambo

1.6.- MENCIONA LAS CARACTERISTICAS MS SALTANTES DE LOS PERSONAJES

HCTOR CHACNFRANCISCO MONTENEGRO

Lder de los campesinos.Lucha por lo que cree justo.Un hombre justo, valiente y fuerte.Hombre venerado por su valor.Hombre pobre, campesino.Hombre intelectual. Defensor de su comunidad.Hacendado gamonalistaRepresentante del poder, era el Juez.Hombre injusto y malvadoHombre temido.Hombre adinerado.Usurpador de tierras.

1.7.- APLICA EL PRINCIPIO DE OPOSICIN ENTRE LAS cARACTERISTICAS DE LOS PERSONAJES, APLICANDO LA INMANENCIA Y LA TRASCENDENCIA

hector chaconjuez francisco MONTENEGROopositor

inmanencia trascendenciainmanenciatrascendencia

Dirigente: Lder de los comuneros: Comuncanos tu pensamiento, Hctor- dijo el de la cicatrizDecidido: -El comparendo ser el trece de diciembre. Ese da lo matar.Venerado por su valor: -Bendita sea tu mano, Hctor! Yo estoy dispuesta a estar en la crcel diez aos con tal que t no caigas.Espritu de sacrificio: -Un ao en la crcel-dijo Chacn-es una fumada; cinco aos son cinco fumadas.

Ante el abuso de las autoridades como el Juez Montenegro, la polica, El Juez de la Provincia, as como de la Empresa Cerro de Pasco Corporacin, la Comunidad de Rancas se ve afectada debido al despojo de sus tierras, razn por la cual se rebelan sus comuneros y en especial El Nictlope, personaje extrado de la realidad social e histrica por el autor, el cual es muy respetado por desafiar a los poderosos, incluso a la misma muerte. De esa manera se cierne sobre s un halo pico, heroico, justo y dscolo al sistema de opresin y tirana de los hacendados poseedores de la tierra en grandes extensiones que han acrecentado sus propiedades a costa de la usurpacin de tierras a las comunidades.Dspota, trata despectivamente y con insultos a los campesinos.Perverso, no repara en ocasionar dao a las personas privndolas de su libertad y condenando segn su estado de nimo.Abusivo, sacaba ventaja de su posicin de magistrado y poderoso terrateniente para humillar pblicamente abofeteando, incluso, a los de su estrato social.Prevaricador, el homicidio por envenenamiento de Espritu Flix y catorce peones ms en la hacienda El Estribo por el terrateniente Migdonio De La Torre, al encontrarse bajo la jurisdiccin del juez Francisco Montenegro dictamin categricamente que los fallecidos haban sufrido un infarto colectivo.Manipulador, su codicia y ambicin, expresadas en la adquisicin de poder econmico y poder coercitivo, no tena lmite, hasta el extremo que manipulaba y forzaba los concursos de carrera de caballos y de sorteos a fin de que sea el nico ganador, pues no permita que otros los fuesen, y a ello se sumaban quienes coadyuvaban al sostenimiento de ese siniestro poder.Gamonal, trataba a los peones de comemierda, trato que parta de sus nfulas de poder adquirido a costa de usurpar las tierras de los comuneros a quienes consideraba una subespecie, poseedor de grandes extensiones de tierras que afianzaba su poder en Rancas sobre los comuneros, ms an desde su posicin de magistrado.Usurpador de tierras, claramente definido cuando destruy con sus animales los cultivos del Nictlope, aduciendo que esas tierras le pertenecan.Cobarde, al enterarse de que El Nictlope lo buscaba para matarlo, palideci y se escondi despachando como juez en el patio de su casa-hacienda, sin salir a los paseos rutinarios a los que tena acostumbrado al pueblo de Rancas, a menos que capturasen o asesinasen al Nictlope.

Representa el poder tirnico, opresor y perverso. El simbolismo de este personaje tambin extrado de la realidad social por el autor, encuentra respaldo en una de las caractersticas que defini el feudalismo agrario: la funcin jurisdiccional a favor de los poderosos. Sin embargo no podemos dejar de lado el poner de manifiesto que la colosal ambicin de la Empresa norteamericana Cerro de Pasco Corporatin Inc. Delaware es, en definitiva, la causante de la masacre de los comuneros de Rancas avalada por un fallo judicial que decidi que las tierras que por siglos pertenecieron a los ascendientes de los ranqueos ahora eran propiedad de la transnacional. Trasciende todo tiempo y espacio este acto injusto suscrito por un representante de la administracin de justicia que convierte a las reales vctimas en agresores y culpables.

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1.8.- VOCABULARIO: Abigeo: Ladrn de ganado o bestias.

Abigeato: Accin que realizan los abigeos, mediante el robo de ganado o bestias.

Asaltar: Acometer repentinamente y por sorpresa. Concilibulo: reunin, generalmente ilegal o ilegtima, para tratar de algo que se desea mantener oculto.

Inicuo: Injusto, no equitativo.

Inspector: Funcionario pblico o particular que tiene a su cargo la investigacin y vigilancia en el ramo a que pertenece.

injusticia: Accin contraria a la justicia.

Juez: Persona que tiene autoridad y potestad para juzgar y sentenciar. Miembro de un jurado o tribunal. Persona nombrada para resolver una duda. Juicio: Opinin, parecer o dictamen. Conocimiento de una causa en la cual el juez ha de pronunciar la sentencia. Abogado: Licenciado o doctor en derecho que ejerce profesionalmente la direccin y defensa de las partes en toda clase de procesos o en el asesoramiento y consejo jurdico. Intercesor o mediador. Usurpacin: Apoderamiento de un bien o derecho ajeno, generalmente por medios violentos.

Acusacin: Accin de acusar o acusarse. Imputacin de un delito o falta. Pretensin, ejercida ante la jurisdiccin penal, de una sentencia condenatoria mediante la aportacin de pruebas que destruyan la pronunciacin de inocencia del Imputado.

Culpable: Se dice de la persona a quien se imputa una accin u omisin ilcita por haberlos cometido de forma liberal o con negligencia de sus deberes. Dicho de una persona: De debida responsabilidad civil o penalmente.

Expediente: Asunto o negocio que se sigue sin juicio contradictorio en los tribunales, a solicitud de un internado o de oficio. Medio, arbitrario o recursos que se emplea para dar salida a una duda o dificultad, o salvar los inconvenientes que presenta la decisin o curso de un asunto.

1.9.- ARGUMENTO DE LA OBRA (HECHOS PRINCIPALES)

Capitulo I: Comienza cuando el Juez Montenegro a las siete de ese friolento crepsculo, camin hacia un casern de tres pisos, se le desliz una moneda de bronce del bolsillo izquierdo del pantaln, rod tintineando y se detuvo en la primera grada. Don Hern de los Ros, el Alcalde, grit: Don Paco, se le ha cado un sol!.La moneda permaneci en la plaza de Yanahuanca, la cual los pobladores la consagran y la empiezan a cuidar. Pasado un ao el Dr. Montenegro se encuentra una moneda en la plaza y el pueblo suspir.

CAPITULO II:Al llegar a Rancas la "Cerro de Pasco Corporation", un viejo campesino llamado Fortunato, previene a los habitantes sobre las consecuencias nefastas que esta compaa acarreara. Pero en el fondo, l, como los otros, saba que esta "usurpadora" los echara de sus tierras y ms an, con el apoyo de la Guardia Civil.Comenzaron a colocar un cerco clausurando los caminos, esto ocasiono que los animales huyan dirigindose a la tierra libre, los pobladores pensaron que era castigo de Dios, todo adentraron en un pnico de miedo, fueron a suplicar al padrecito que los ayuden.

CAPITULO IIIHctor Chacn, en una reunin con otros campesinos, es elegido para asesinar al malvolo juez Montenegro. Hctor manifiesta que el da del comparendo, el 13 de Diciembre, matar al juez.

CAPITULO IVEn Rancas no se estima a los forasteros. En Rancas no tiene 200 casas. En la plaza de armas solo existe la municipalidad, la escuela fiscal y a 100 metros una iglesia. En Rancas nunca sucedi nada, hasta que lleg un tren.

CAPITULO VEl que ofende al Dr. Montenegro con un gesto inadecuado, sonrisa o palabra fuera de lugar o intencionada, el causante, sin consideracin alguna sera abofeteado pblicamente. Ya el inspector deEducacin, casi todos los Directores de Escuela, el Sargento Cabrera, el Jefe de la Caja de Depsitos y Consignaciones, haban sido abofeteados por el inicuo juez, todos debieron solicitar audiencia para pedir perdn al juez pblicamente. El SubprefectoArqumedesValerio cometi el error de llamarlo por su nombre: "Don Paco", motivo por el cual, recibi su bofetada. Al da siguiente fue a pedirle perdn pero no fue recibido; luego de varios das por fin logro verlo; se disculp diciendo que estuvo borracho y que no se haba dado cuenta de su ofensa, todo quedo perdonado y el Subprefecto le suplic que apadrinara su boda a lo que el juez accedi. El da de la boda, casi al final, el Subprefecto levant su copa y pronunci el brindis fatal: "Salud padrino, me he dado el gusto de ofrecerle la mejor fiesta de la provincia!".El juez se enfureci y lo abofete tres veces.

CAPITULO VICierto da llego a Rancas un tren, donde bajaron unos enchaquetados de cuero negro, trayendo consigo bolas de alambre, terminaron a la una, almorzaron y luego comenzaron a cavar pozos y cada diez metros enterraban un poste con el cual cercaron parte del territorio, incluyendo el cerro Huiska.

CAPITULO VIIEl subprefecto Valerio confirmo que el comparendo se realizara el 13 de Diciembre entre la hacienda Huarantambo y la comunidad de Yanacocha. Llego el inspector al pueblo mareado por la altura y los aplausos y fue a descansar. El personero habla con Chacn y le dice que el Juez tal vez ceda y no estaba de acuerdo con esa muerte. Pero el Nictlope no le hizo caso y dijo maana matare a ese abusivo, pero su pequeo hijo quiere hacerlo por l.

CAPITULO VIIIEl cerco segua avanzando, ya nadie se burlaba del cerco, adems este, corto la planicie, pueblos que antes quedaban a una hora de viaje, ahora distaban en cinco. Al medioda del martes el cerco encerr la Laguna de la Gaviota y se disip en el horizonte. Era muy difcil conseguir agua.

CAPITULO IXEl juez Montenegro sigue dando muestra de sus abusos: Su caballo llamado Triunfante pierde en una carrera frente a "Picaflor". El alcalde Hern de los Ros, organizador de la carrera declara ganador a "Triunfante", evitando as la ira de Montenegro. El sordo estaba jugando futbol y sin querer le da un pelotazo en la cara al Juez, quien ordeno que se clausure la cancha, golpeo al sordo y le cierra con un candado su casa. El sordo y su hijo construyen una casa y demoraron 92 das y cuando termina quiere agarrar al Juez de la garganta, quien lo mete preso. Aos despus cumplida la condena, se encuentran el sordo y Montenegro en la plaza de armas.

CAPITULO XEl cerco de la compaa Norteamericana sigue creciendo y el pueblo no comprende a qu se debe. Piensan en reunirse para hablar de esto. Ven que el cementerio crece por la gente que va a buscar oro y otros metales y mueren.

CAPITULO XI Hctor Chacn sale de la crcel 5 aos despus y regresa a su pueblo, las personas hacen de cuenta que no lo conocen, es el negado del pueblo. Solo Agapito Robles lo reconoce, el nuevo personero de la comunidad y lo llama por su nombre.Hctor segua con la idea de matar a Montenegro, era uno de sus deseos.

CAPITULO XII Nueve cerros, cincuenta pastizales, cinco lagunas, catorce puquios, once cuevas, tres ros caudalosos que no se hielan ni en invierno, cinco pueblos, cinco camposantos, engull el cerco en 15 das, el cerco segua creciendo y dividi el pueblo en dos y nadie poda atravesarlo.

CAPITULO XIII Doa Josefina de la Torre, Directora del Centro de Escolar denios, con la finalidad de juntar dinero para la escuela, organiza un festejo donde se rifan doce carneros que provenan de Australia. Un pariente de los organizadores, sale sorteado, entonces el Juez se queja y Hern de los Ros pregunto al juez por sus nmeros y le comunica a la directora, llamando como ganador a los nmeros de Montenegro que gano todos los corneros.

CAPITULO XIVLas ovejas comenzaron a morir, era un collar de cien kilmetros de ovejas moribundas, pensaron que era la peste o Dios, en un primer momento. Pero despus se dieron cuenta que era el cerco de Cerro de Pasco Corporation que haba cercado todo y haba dejado sin pasto a las ovejas.

CAPITULO XVLos peones quieren unirse en un sindicato, pero Don Migdonio, el patrn, los engaa y envenenan muriendo quince peones.

CAPITULO XVILa empresa Cerro de Pasco Corporation Inc. Delaware vino a establecerse en 1903. Construy un ferrocarril y naci La Oroya, mil metros ms abajo estableci una fundicin y por la chimenea manaba un torrente de humo que iba contaminando el ambiente y afectaba a los pobladores y los trabajadores de las galeras subterrneas, dice simblicamente el autor que hasta cambiaron de color. Los hombres estaban envenenados por los metales. La tierra no produca, la semilla no creca, entonces para qu queran los campesinos ya la tierra? Pero La Compaa, anunci que su actividad no provocaba ningn envenenamiento, y que como muestra de buena fe comprara las tierras y as fue comprando hacienda tras hacienda. Pronto pasaron a su poder miles de hectreas y en 1960 se calcula que La Compaa posean medio milln de hectreas, y as naci el cerco, ese odioso gusano que teman los ranqueos.CAPTULO XVIILa Nia Consuelo haca una dcada que despreciaba al Nio Remigio. Un amor no correspondido. Pero ms all de toda interpretacin idlica, detrs de todo est la conspiracin de Hctor Chacn para matar al Juez Montenegro. El Abigeo y el Ladrn de Caballos lo acompaan en su propsito. Aprovechar la celebracin del comparendo al cual acudir el siniestro personaje del traje negro.CAPITULO XVIIIRompan el cerco!, orden el personero Rivera. Entonces comenz la pelea. De un lado los ranqueos y del otro lado Egoavil y su cuadrilla. Pelea tras pelea. Hasta que decidieron llamar a la Guardia Republicana que instal casetas de madera en la cual se posesion cada centinela. Los comuneros, hasta los ms valientes desertaron de aquellos ataques. Ningn ranqueo atac: atacar a la Guardia Republicana era atacar la Fuerza Armada, delito gravsimo entonces. Nadie, excepto Fortunato que present batalla hasta ser molido a puetes.

CAPITULO XIXEl Dr. Montenegro y su comitiva viajaron a El Estribo donde lo esperaba Don Migdonio. Todos se sumaron a las celebraciones. Monenegro y Migdonio se encerraron durante 60 minutos a dialogar y lo que ellos hablaron se desconoce. Los testigos que vieron salir a las autoridades abrazados y rindose misteriosamente mueren con un infarto colectivo. Chacn nuevamente tiene problemas con Montenegro, porque el ordeno quitarle su papal, ya que daban hermosas papas. Mientras Montenegro y don Migdonio se concentran en partidos de pker. Avanzan las transformaciones: un da aparece Yanahuanca cubierta de flechas blancas pintadas que son seales de trnsito.CAPITULO XXEgoavil le da una pateadura a Fortunato y l empieza a soarlo tanto que comenz a bajar de peso, l enva a uno de sus caporales para hacer las paces con Fortunato y le dice que puede meter sus ovejas a pastear durante la noche y es engaado por la gente de Cerro de Pasco corporation, porque enviaron a degollar a los animales, Fortunato trata de alertar a la gente del pueblo, y se van hacia la prefectura pero no hay nadie, las autoridades no estn jams. Hace siglos que en el Per no est nadie. Ni siquiera las autoridades le dan importancia a sus reclamos.CAPITULO XXIChacn va en busca de Montenegro encuentra el portn cerrado y l logra derribarlo logrando penetrarla a la plaza de Huarautambo, pregunta Dnde est el Doctor? Le responde ha salido para la cordillera, fugndose.CAPITULO XXII El personero y las autoridades se renen con el padre Chazan y conversan que quieren pelear contra la Cerro de Pasco Corporation, porque estaban cansados de los abusos, la comunidad de Rancas lleva sus cerdos hambrientos a pastar a los campos de Cerro Corporation. Los cerdos comieron y acabaron con todo, entonces luego tuvieron que hacer ayuno y molestos comenzaron a bramar. El ruido molestaba y decidieron atacar a los cerdos a balazos. Finalmente la compaa al da siguiente decidi abandonar 1400 hectreas.

CAPITULO XXIIICortaorejas Amador estuvo preso por cortar orejas. La seora Pepita lo contrata para que se encargue de Hctor Chacn. Va en busca de Chacn, entra en la cantina, pero Hctor ya saba lo que pretenda Amador, as que conversan, toman aguardiente y finalmente Hctor Chacon mata a Amador.

CAPITULO XXIVEl Cerco sigui avanzando, hasta que el cerco del este se junt con el del oeste, este pareca infinito.El pueblo se queja pero nadie los escucha hasta que aparece una figura decente: el alcalde. Les explica que conoce el Cerco, que es un atropello a Rancas y que l mismo los va a denunciar estos excesos y en primer lugar voy a denunciar al Dr. Parrales. Hoy mismo hablare por la radio.

CAPITULO XXVChacn se levant tres de la maana y converso con su esposa y sus hijos, les dijo: he matado a un hombre! Distribuy entre ellos su herencia y se march.

CAPITULO XXVIEl alcalde de Cerro de Pasco, Ledesma, denuncia pblicamente por la radio al Juez Parrales por haber pretendido cobrar a los comuneros diez mil o quince mil por realizar una inspeccin de los daos ocasionados por la Cerro de Pasco Corporation Inc. Delaware. A su vez se supo que el Juez denunciara al Alcalde por difamacin y calumnia. Asimismo el Alcalde se entrevista con el Dr. Manuel Carranza, asesor legal de La Compaa y con el Superintendente Mr. Harry Troeller, ah se hicieron saber al Alcalde que su empresa era propietaria de las plantas elctricas de Llaupi y Mal Paso que abastecan de energa a la ciudad y le comunican el incremento del costo por el servicio, adems que la Municipalidad debera pagar una deuda atrasada, caso contrario cortaran el suministro. Un domingo Cerro de Pasco amaneci en tinieblas. La luz era importante porque la ciudad estaba cubierta de neblina.CAPITULO XXVIIEl Juez Montenegro llora la muerte de Amador, El Cortaorejas. El Juez del Juzgado de Primera Instancia de Yanahuanca dispone la detencin de los dirigentes de la comunidad de Yanacocha como presuntos culpables del crimen. Detrs de esta decisin est el Juez Montenegro. Una semana despus fueron enviados a la crcel de Hunuco por un ao.Aparece en escena Pis-Pis. Trab amistad con Hctor Chacn cuando estuvieron en prisin. Pis-Pis era un artista de los venenos. Lo aprendi de un viejo curandero de la selva que lo adopt cuando fue abandonado por su madre en la Plaza de Hunuco. El Nictlope, lo busc. Era til para sus planes: una sublevacin. Y el veneno era un arma poderosa en esa lucha.

CAPTULO XXVIIIEl 1 de noviembre de 1959, los Comuneros de Rancas, Villa de Pasco, Yanisyacn, Yanacocha, Huayllay, visitaron el cementerio y constataron que mientras los animales de la comunidad de moran de hambre, las flores abundaban en el cementerio de Cerro de Pasco. Los picaflores zumbaban sobre las flores absorbiendo el nctar. Le solicitan al Alcalde autorizacin para ingresar el ganado al cementerio. El Alcalde consulta al Consejo. El Consejal Malpartida se opone. El Alcalde deduce que en ese mismo instante haba animales: los picaflores, as que daba igual que ingresaran las ovejas. Se autoriz por unanimidad la autorizacin.

CAPTULO XXIXCuando el Juez Montenegro supo que Hctor Chacn lo buscaba para matarlo, se refugi en su casa-hacienda protegido por cuatrocientos hombres armados. El Nictlope, con su ejrcito compuesto por el Ladrn de Caballos, el Abigeo, Pis-Pis, el Chorano y el Flaco defina su plan de ataque y sublevacin. Los caballos tambin se comprometieron a participar en aquella heroica gesta, convencidos por el Abigeo y el Ladrn de Caballos. A la muerte de Montenegro, un caballo color tizne recorrera los potreros comunicando la consigna a sus pares.CAPTULO XXXSe rumoreaba, lejos de Rancas, en Cleveland, que la Cerro de Pasco Corporation y la Oicklands Mather Company se fusionaban para consolidar un gigante en la produccin minera en Amrica. Harry Troeller, imaginaba adherir a ese proyecto algo ms que las 500000 mil hectreas que le haba advertido el Dr. Carranza, sino un milln de hectreas. As el Directorio de la empresa lo considerara. Por lo que decidi atacar. Egoavil y su cuadrilla, apoyados por Guardias Republicanos, sembraron unos tubos de metal en la tierra, los rompepatas, en una zona por donde pasaban las ovejas a pastar. Si pasaban por ah las ovejas dejaban por lo menos una pata en los tubos. Ante ello, Rivera, hizo uso de su honda y la piedra dio en la cara de uno de los caporales. Los comuneros atacaron. Atacaron a la Fuerza Armada, delito grave. Egoavil, su cuadrilla y los Guardias Republicanos se retiraron.CAPTULO XXXIHctor Chacn llega a su casa. Encuentra a su mujer, tambin su hermano, Teodoro, estaba all quejndose que el Juez Montenegro haba ordenado que le embarguen sus caballos. El Nictlope conviene con su mujer, Ignacia, que ella vaya donde el Juez Montenegro y le diga sobre su planes para que suelte los caballos de su hermano. El Juez qued agradecido por la informacinEl Abigeo, avizora en los granos de maz que Hctor Chacn caer preso en su propia casa delatado por un pariente.CAPTULO XXXIIAparece en escena el Comandante de la Guardia Civil Guillermo Bodenaco, conocido como Guillermo El Carnicero, por su aficin a la sangre humana. Esta vez al mando de la Guardia de Asalto para desalojar Rancas. Represor nato. Estuvo presente en todos los desalojos de campesinos.Recuento histrico desde la presencia de Simn Bolvar algo as como cincuenta mil das antes en el lugar exacto donde se encontraba ahora Bodenaco. Se comentan todos los conflictos, luchas, sublevaciones de campesinos que hubo en el Per y se resolvieron a balazos (desde 1828 hasta 1964). Se asume que todas las guerras extranjeras fueron perdidas, slo se ganaron aquellas libradas contra el pueblo campesino.

CAPTULO XXXIIIHctor Chacn llega de noche a su casa. Al da siguiente El Nictlope es cercado por la Guardia Civil. Le ofrecen respetar su vida si se entrega y no ofrece resistencia.

CAPTULO XXXIVImaginario dilogo despus de la vida: ranqueos asesinados durante el desalojo por la Guardia Civil, conversan en el lecho de sus sepulturas, bajo la tierra. Las chozas fueron incendiadas, la polica se lleva a los ranqueospresos, incluso el Alcalde de Cerro de Pasco, Ledesma, est encarcelado.No es Jesucristo quien los castiga, dicen, sino los americanos, que han borrado a las comunidades; las escuelas las convirtieron en chiqueros. El doctor Montenengro sigue paseando por la Plaza.La comunidad de Rancas fue masacrada.

II.- INVESTIGACIN FCTICA: 2.1.- IDENTIFICA LA PROBLEMTICA ENMARCADA EN LA OBRA:Injusticia social y la lucha del pueblo indgena por recuperar sus tierras, contra el avasallamiento y despojo por el estado represivo y el imperialismo yanqui representado por la empresa Cerro de Pasco Corporation.

2.2.- ENUNCIA EL PROBLEMA PRINCIPAL CON UNA INTERROGANTEQu relacin existe entre el abuso de autoridad de los gobernantes y la muerte de comuneros, en su lucha por reclamar justicia, en el pueblo de Rancas, Departamento Pasco. Per. Aos 1950 1962?

2.3.- FORMULA UNA HIPTESIS SOBRE EL HECHO O PROBLEMA PRINCIPALSi existe relacin entre el abuso de autoridad de los gobernantes y la muerte de los comuneros, en su lucha por reclamar justicia, en el pueblo de Rancas, Departamento de Pasco - Per. Entre los aos 1950- 1962.

2.4.- ELABORA LOS OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN LITERARIA

Conocer las causas de lucha de los indgenas del pueblo de Rancas. Departamento Pasco. Per. Aos 1950 1962.

Analizar los factores que obligaron a los comuneros a revelarse contra las autoridades del pueblo de Rancas. Departamento Pasco. Per. Aos 1950 1962.

Demostrar la incidencia de abusos de autoridad, y muerte por reclamar sus derechos, en las comunidades campesinas del pueblo de Rancas. Departamento Pasco. Per. Aos 1950 1962.

2.5.- FORMULA LAS VARIABLES DE LA INVESTIGACIN LITERARIA (CAUSA EFECTO)

VARIABLE INDEPENDIENTE(CAUSA)VARIABLE DEPENDIENTE(EFECTO)

Abuso de autoridad de los gobernantes.

Muerte de los comuneros, en su lucha por reclamar justicia.

III.- ANEXOS:3.1 SELECCIONA Y TRANSCRIBE DIEZ EJEMPLOS DE HECHOS DELICTIVOS, TIPIFICADOS SEGN EL CDIGO Y ESCRIBA LA SANCIN.

Primer hecho delictivo identificado

Hecho delictivo:La muerte de Flix Espritu y catorce peones ms en la hacienda El Estribo, por envenenamiento.Sujeto Activo:Migdonio De La Torre.Sujetos Pasivos:Almagro Flix Espritu y catorce personas msDelito Genrico:delito contra la vida, el cuerpo y la saludDelito Especfico:homicidio calificadoPena o sancin:El tipo base que describe el delito de homicidio se encuentra descrito en el artculo 106 del Cdigo Penal, segn el cualEl que mata a otro ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de veinte aos; sin embargo en el presente hecho concurre una circunstancia agravante la misma que se encuentra tipificada en el artculo 108, inciso 4, del mismo cuerpo legal, segn el cual Ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince aos el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: Por fuego, explosin,venenoo por cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas." (Segn ltima modificatoria mediante Ley N 30077)Segundo hecho delictivo identificado

Hecho delictivo:Una madrugada tres pastores calentaban delante de una fogata de bosta, crepit una carcajada, se levantaron alarmados mientras una pelota rodaba hasta sus pies. Se acercaron: era la cabeza de Mardoqueo Silvestre.Sujeto Activo:Por identificar.Sujeto Pasivo:Mardoqueo SilvestreDelito Genrico:Contra la vida, el cuerpo y la salud.Delito Especfico:Homicidio.Pena o sancin:No se conoce las circunstancias de la muerte de la vctima, en consecuencia no se puede establecer fehacientemente si la decapitacin fue la causa de la muerte, en cuyo caso concurrira una circunstancia agravante prevista en el artculo 108 del Cdigo Penal, inciso 1, esto es por ferocidad, o fue decapitado post mortem, en cuyo caso carece de relevancia jurdica a efectos de calificar el hecho dentro de las circunstancias agravantes, esto a efectos de una debida tipificacin del hecho (por la supremaca del principio constitucional de legalidad); sin embargo el hecho se adeca perfectamente al delito de homicidio simple el cualse encuentra descrito en el artculo 106 del Cdigo Penal, segn el cualEl que mata a otro ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de veinte aos.

Tercer hecho delictivo identificado

Hecho delictivo:Egoavil, Jefe de los caporales de la empresa Cerro de Pasco Corporacin Inc. Delaware, agrede a Fortunato apodado cara de sapo, flagelndolo a latigazos, y la vctima de regreso a su comunidad recorri cuatro kilmetros dejando tras de s un reguero de sangre, haba sido molido a puetazos.Sujetos Activos:Egoavil y su cuadrilla de peones no identificados.Tercero civilmente responsable: La empresa Cerro de Pasco Corporacin Inc. Delaware.Sujeto Pasivo:Fortunato.Delito Genrico:Delito contra la vida, el cuerpo y la salud.Delito Especfico:Lesiones.Pena o sancin:No existe mayor informacin sobre la incapacidad para el trabajo y el descanso necesario de la vctima para recobrar su estado de salud, lo cual slo puede establecerse mediante un Certificado Mdico Legal, para determinar si se trata de lesiones graves o leves a efectos de una debida tipificacin del hecho, sin embargo a efectos de que tal hecho no quede impune es preciso adecuarlo dentro de los alcances que prev el artculo 122 del Cdigo Penal y tipificar el hecho como lesiones leves, segn el cualEl que causa a otro un dao en el cuerpo o en la salud que requiera ms de diez y menos de treinta das de asistencia o descanso, segn prescripcin facultativa, ser reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos aos y con sesenta a ciento cincuenta das-multa.

Cuarto hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Tras la muerte de Flix Espritu y catorce peones ms en la hacienda El Estribo por envenenamiento, el Juez Francisco Montenegro asume jurisdiccin, y sin mayor ahondamiento en la investigacin del hecho criminal, dictamin categricamente que los fallecidos haban sufrido un infarto colectivo.Sujeto Activo: El Juez Francisco Montenegro.Sujeto Pasivo: El estado, debido a que el bien jurdico protegido en el delito de prevaricato es la correcta administracin de justicia.Delito Genrico: Delito contra la administracin Pblica.- Contra la administracin de Justicia.Delito Especfico: PrevaricatoPena o sancin: Corresponde tipificar los hechos dentro de los alcances que prev el artculo 418 del Cdigo Penal, segn el cual: El Juez o el Fiscal que dicta resolucin o emite dictamen, manifiestamente contrarios al texto expreso y claro de la ley, o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco aos." Segn la modificatoria por el Artculo nico de la Ley N 28492)

Quinto hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Mi nica desgracia es ser hermano de Hctor. Qu voy a hacer? Ocho caballos y una yegua me han embargado. Cmo los voy a sacar? Cmo pagar la multa? Con qu trabajar?Sujetos Activos: El Juez Francisco Montenegro.Sujeto Pasivo: Teodoro Chacn (hermano del Nictlope)Delito Genrico: Delitos contra la administracin Pblica.- delito cometido por funcionario pblico.Delito Especfico: Abuso de autoridadPena o sancin: El hecho se subsume dentro del tipo penal previsto en el artculo 376 del Cdigo Penal, segn el cual El funcionario pblico que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien ser reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres aos.

Sexto hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Sembr una tierra abandonada llamada Yanaceniza. La papa hermose. Una noche una tropa de animales destroz mi papal. La noche siguiente el mismo ganado volvi a invadir mi chacra (..) Entonces captur a un pastor. Por qu haces esto?, pregunt. El doctor (Montenegro) ordena botar aqu los animales. Nosotros mismos estamos doloridos, don Hctor.Sujeto Activo: El pastor de ganado y el juez MontenegroSujeto Pasivo: Hctor ChacnDelito Genrico: Delitos contra el patrimonio y delitos contra la administracin pblica cometido por funcionario pblico.Delito Especfico: Delito de daos en su forma agravada y delito de abuso de autoridad. Existe concurso ideal de delitos. Pena o sancin: El delito de daos se encuentra previsto en su tipo base o genrico en el artculo 205 del Cdigo Penal, en este caso concurre una circunstancia agravante prevista y sancionada en el artculo 206, inciso 4 (cuando causa destruccin de plantaciones, segn el cual La pena para el delito previsto en el artculo 205 ser privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis aos cuando: causa destruccin de plantacionesY el delito de abuso de autoridad se encuentra previsto y sancionado en el 376 del mismo cuerpo normativo, segn el cual El funcionario pblico que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien ser reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres aos.

Sptimo hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Egmidio Loro, acusado de robar cuatro gallinar compareci en el patio. Y quiso su buena suerte que lo juzgaran cuando los naipes favorecan al Juez (Montenegro). Animados por la suerte de Loro otros reos solicitaron su juzgamiento. Muchos comparecieron cuando las cartas volteaban las espaldar al doctor Montenegro: Marcos Torres, acusado del robo de un saco de alfalfa, esperaba descontar el delito con sus seis meses de carcelera; lo gratificaron con seis ms. Ni que fuera embarazada, murmur el condenado. Y se gan otros seis meses de condena.Sujetos Activos: El Juez Francisco Montenegro.Sujeto Pasivo: Marcos Torres.Delito Genrico: Delitos contra la administracin pblica: Delito contra la administracin de justicia y Delito cometido por funcionario pblico.Delito Especfico: Prevaricato y abuso de autoridad. Existe un concurso ideal de delitos.Pena o sancin: El artculo 418 del Cdigo penal sanciona el delito de prevaricato con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco aos.Asimismo el hecho se subsume dentro del tipo penal previsto en el artculo 376 del Cdigo Penal, segn el cual El funcionario pblico que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien ser reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres aos.

Octavo hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Amador Leandro, apodado el Cortaorejas, en una noche de borrachera le cort las orejas a un poblador de Michivilca, y despus fue contratado por Calixto Ampudia debido a un problema de infidelidad de su mujer para que busque al amante y le corte las orejas. En efecto, siete das despus Amador entreg la oreja de un profesor (normalista: de la escuela Normal) a Calixto Ampudia.Sujeto Activo: Amador Leandro.Sujeto Pasivo: El normalistaDelito Genrico: Delios contra la vida, el cuerpo y la salud.Delito Especfico: Lesiones graves.Pena o sancin: El delito de lesiones graves se encuentra previsto y sancionado en el artculo 121 del Cdigo Penal, segn el cual El que causa a otro dao grave en el cuerpo o en la salud, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho aos, aplicable al caso concreto el inciso 2, el que considera lesin grave a Las que mutilan un miembro urgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para su funcin, causan a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez o anomala psquica permanente o la desfiguran de manera grave y permanente.

Noveno hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Abdn Medrano y un grupo de comuneros se dirigen al Juez de Cerro de Pasco a fin de denunciar la construccin del cerco que impeda pastar a sus animales y por ello moran ovejas y cerdos. Medrano le inform al Juez que treinta mil ovejas se les haban muerto de hambre. Por ello le pidieron que realice una constatacin. El juez dijo: eso cuesta. Los comuneros le preguntaron cunto costara una constatacin. Diez milquiz quince mil, contest el juez.Sujeto Activo: El doctor Parrales, Juez de Cerro de Pasco.Sujeto Pasivo: El estado, pues el bien jurdico tutelado por el derecho es en ste caso el funcionamiento normal y correcto de la Administracin Pblica.Delito Genrico: Delitos contra la administracin Pblica. Delito Especfico: Cohecho.Pena o sancin: Previsto y sancionado en el artculo 393 del Cdigo Penal, tercer prrafo, segn el cual El funcionario o servidor pblico que condiciona su conducta funcional derivada del cargo o empleo a la entrega o promesa de donativo o ventaja, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de diez aos e inhabilitacin conforme a los incisos 1 y 2 del artculo 36 del Cdigo Penal y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta das-multa."

Dcimo hecho delictivo identificado

Hecho delictivo: Desalojo de Rancas. El Comandante Guillermo Bodenaco al mando de la Guardia de Asalto de la benemrita Guardia Civil se constituye a Rancas con la finalidad de hacer efectivo el desalojo dispuesto por el Poder Judicial. Se encontraba presente el doctor Manuel Carranza y Egoavil, el jefe de los caporales de la empresa Cerro e Pasco Corporacin Inc. Delaware. Un alfrez, no identificado, se dirige a los comuneros, dndoles diez minutos para que desalojen Rancas. Los comuneros se obstinan en no retirarse de lo que consideran les ha pertenecido desde sus ancestros. Vencido el plazo, sac lentamente su revlver y dispar contra Fortunato matndolo, luego de lo cual les dio cinco minutos de ampliacin del plazo para que desalojen Rancas. Sin embargo los ranqueos no abandonaron sus tierras y fueron reprimidos a sangre y fuego y enterrados en fosas.Sujeto Activo: Comandante de la Guardia Civil Guillermo Bodenaco, Egoavil, un alfrez no identificado y el doctor Manuel Carranza.Sujeto Pasivo: Fortunato, don Teodoro, Tufina, Alfonso Rivera y ms comuneros de Rancas.Delito Genrico: Delitos contra la humanidad.Delito Especfico: Genocidio.Pena o sancin: El hecho es perfectamente tipificado en el artculo 319 del Cdigo Penal segn el cualSer reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte aos el que, con la intencin de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, tnico, social o religioso, realiza cualquiera de los actos siguientes:1. Matanza de miembros del grupo, y 2. Lesin grave a la integridad fsica o mental a los miembros del grupo.

BIBLIOGRAFIA

1.-Scorza, Manuel, Redoble por Rancas, la guerra silenciosa, editorial Inka, 2da ed. Lima, Per.

2.- Cdigo Penal peruano de 1991.