ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del...

40
ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE 1º.- Acusación del fiscal. Como paso previo, el escribano atestiguaba mediante acta la comparecencia del fiscal ante el tribunal para su lectura. En dicho documento inicial, la clamosa es designada como “libelo de acusación” o “acusación” 1 . Seguía de inmediato este documento donde detallaba los actos incriminatorios relacionados con costumbres de raigambre judía. Cerraba el escrito con la petición a los jueces inquisidores de la máxima sanción, que era la relajación al brazo secular y confiscación de todos sus bienes 2 . Esta acusación era leída por el notario ante la presencia del encausado, el cual a veces aprovechaba la ocasión para matizar o desmentir ciertos hechos inculpatorios 3 . 2º.- Nombramiento del abogado y procurador. El acta de cierre de la clamosa servía al escribano para dar cuenta de la designación de abogado y procurador 4 . 3º.- Alegato del procurador en defensa del reo. Mediante este escrito, el procurador contradecía la acusación formulada por el fiscal y solicitaba la absolución, o, si las evidencias eran abrumadoras, como en este caso, una saludable y piadosa penitencia 5 . El escribano nuevamente certificaba su presentación delante de los inquisidores mediante acta que figura en el encabezado o al final del alegato 6 . 4º.- Reconciliación del reo. Es la auto-inculpación del encausado, redactada en papel suelto que luego fue incorporada a petición del abogado en el proceso como prueba exculpatoria. Estas “reconciliaciones” solían situarse y coserse al principio del expediente 7 . 5º.- Consideraciones de fiscal y procurador sobre sus peticiones. Lo normal era condensar en unas breves frases la afirmación de fiscal y procurador en sus posiciones iniciales 8 . 6º.- Sentencia interlocutoria. Al quedar patente la confrontación, los jueces inquisidores decidían si era pertinente seguir adelante. Lo decidían mediante sentencia interlocutoria, siempre afirmativa y fijando plazos para la prosecución del proceso. A pesar de la importancia de esta decisión judicial, la podía dictar un solo inquisidor 9 . 7º.- Presentación de testigos de cargo por parte del fiscal y juramento 10 . 8º.- Deposiciones de los testigos de cargo. Según consta en los procesos, los testigos declaraban tras ser interrogados por los inquisidores, pero sin someterse a un formulario 1 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.1v. 2 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3r.-v. 3 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 4 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 5 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.4r-5r. 6 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 7 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.2r.-v. 8 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.5r. 9 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.5r. 10 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.6r.

Transcript of ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del...

Page 1: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE

1º.- Acusación del fiscal. Como paso previo, el escribano atestiguaba mediante acta la comparecencia del fiscal ante el tribunal para su lectura. En dicho documento inicial, la clamosa es designada como “libelo de acusación” o “acusación”1. Seguía de inmediato este documento donde detallaba los actos incriminatorios relacionados con costumbres de raigambre judía. Cerraba el escrito con la petición a los jueces inquisidores de la máxima sanción, que era la relajación al brazo secular y confiscación de todos sus bienes2. Esta acusación era leída por el notario ante la presencia del encausado, el cual a veces aprovechaba la ocasión para matizar o desmentir ciertos hechos inculpatorios3. 2º.- Nombramiento del abogado y procurador. El acta de cierre de la clamosa servía al escribano para dar cuenta de la designación de abogado y procurador4. 3º.- Alegato del procurador en defensa del reo. Mediante este escrito, el procurador contradecía la acusación formulada por el fiscal y solicitaba la absolución, o, si las evidencias eran abrumadoras, como en este caso, una saludable y piadosa penitencia5. El escribano nuevamente certificaba su presentación delante de los inquisidores mediante acta que figura en el encabezado o al final del alegato6. 4º.- Reconciliación del reo. Es la auto-inculpación del encausado, redactada en papel suelto que luego fue incorporada a petición del abogado en el proceso como prueba exculpatoria. Estas “reconciliaciones” solían situarse y coserse al principio del expediente7. 5º.- Consideraciones de fiscal y procurador sobre sus peticiones. Lo normal era condensar en unas breves frases la afirmación de fiscal y procurador en sus posiciones iniciales8. 6º.- Sentencia interlocutoria. Al quedar patente la confrontación, los jueces inquisidores decidían si era pertinente seguir adelante. Lo decidían mediante sentencia interlocutoria, siempre afirmativa y fijando plazos para la prosecución del proceso. A pesar de la importancia de esta decisión judicial, la podía dictar un solo inquisidor9. 7º.- Presentación de testigos de cargo por parte del fiscal y juramento10. 8º.- Deposiciones de los testigos de cargo. Según consta en los procesos, los testigos declaraban tras ser interrogados por los inquisidores, pero sin someterse a un formulario 1 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.1v. 2 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3r.-v. 3 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 4 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 5 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.4r-5r. 6 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.3v. 7 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.2r.-v. 8 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.5r. 9 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.5r. 10 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.6r.

Page 2: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

previo. En función del número de testigos, las declaraciones podían alargarse varios días11 y en algún caso extraordinario, apelar al último plazo asignado para apurarlo y traer nuevos testigos12. Eran siempre orales y estaban presentes solo los inquisidores y el fiscal, nunca la parte denunciada. Aquí incluían las deposiciones extraídas de otros procesos13, sentencias condenatorias14 así como reconciliaciones de otros sospechosos15 y testificaciones tomadas por comisarios inquisitoriales de otras localidades16. 9º.- Formulario del interrogatorio que presenta el procurador. Los inquisidores debían examinar las preguntas que se iban a formular a los testigos a favor del reo para ver si eran pertinentes. Por ello, el procurador remitía el modelo del cuestionario17. Las preguntas se aproximaban a hechos acusados por el fiscal en la clamosa para desmentirle. Buscaba además otros frentes de defensa para lograr eximentes que podría alegar más adelante, como la juventud del encausado18, maltratos de maridos dominantes19. Nuevamente, el escribano levantaba acta de su presentación en el estrado20, o, eventualmente, la inexistencia de testigos a favor y por tanto, del interrogatorio21. 10º.- Presentación de testigos de abono por parte del procurador y juramento. Al igual que los testigos del fiscal, eran presentados por el procurador ante los inquisidores y el escribano levantaba acta de su presencia y toma de juramento22. 11º.- Deposiciones de los testigos de abono. Siempre ceñidas al orden del cuestionario. También podían desarrollarse en varias sesiones si eran muchos23. Rara vez rubricaban los testigos sus declaraciones24. 12º.- Publicación de deposiciones. Conocidas las declaraciones favorables, el procurador solicitaba al tribunal copia de las declaraciones contrarias para refutarlas. Los inquisidores autorizaban el traslado tachando los nombres de los testigos para evitar posibles represalias25.

11 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.6v.-8r. 12 INQUISICIÓN,169,Exp.3,fol.10. 13 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.7v. (Pedro de la Torre) 14 Referencia a la sentencia del famoso proceso de fray Diego de Marchena, INQUISICIÓN,156,Exp.11,fol.7. 15 INQUISICIÓN,146,Exp.6,fol.11 ; INQUISICIÓN,148,Exp.9,fol.15 ; INQUISICIÓN,154,Exp.30,fol.7 ; INQUISICIÓN,156,Exp.11,fol.7, 8 ; INQUISICIÓN,164,Exp.18,fol.4 ; INQUISICIÓN,183,Exp.10,fol.11, 12. 16 INQUISICIÓN,154,Exp.14,fol.7. 17 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.9r.-v. 18 INQUISICIÓN,158,Exp.5,fol.5-6 ; INQUISICIÓN,183,Exp.21,fol.7 ; INQUISICIÓN,183,Exp.21,fol.13 ; INQUISICIÓN,184,Exp.2,fol. 9, 16. 19 INQUISICIÓN,184,Exp.2,fol. 10, 13 deposiciones a la sexta pregunta. 20 INQUISICIÓN,148,Exp.9,fol.5 ; INQUISICIÓN,154,Exp.24,fol.16 ; INQUISICIÓN,154,Exp.30,fol.9 ; INQUISICIÓN,155,Exp.8,fol.10 ; INQUISICIÓN,155,Exp.13,fol.15 ; INQUISICIÓN,156,Exp.10,fol.5, 9 ; INQUISICIÓN,169,Exp.3,fol.10 ; INQUISICIÓN,183,Exp.10,fol.7 ; INQUISICIÓN,183,Exp.19,fol.8 ; INQUISICIÓN,183,Exp.20,fol.13 ; INQUISICIÓN,184,Exp.1,fol.10 ; INQUISICIÓN,184,Exp.2,fol. 9 21 INQUISICIÓN,165,Exp.9,fol.2 ; INQUISICIÓN,183,Exp.22,fol.4. 22 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.10r. 23 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.10r-12r. 24 INQUISICIÓN,169,Exp.3,fol.11, 12, 13, 14. 25 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.12v.

Page 3: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

13º.- Alegato del procurador. El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias. Aunque no se indica, esta copia de deposiciones era estudiada con el reo encarcelado pues en el alegato se observa que el detenido a veces era capaz de averiguar el nombre del testigo de cargo haciendo memoria de sus recuerdos26. Redactado el documento –llamado en una ocasión “contradicción de testigos”27-, el procurador se presentaba ante los inquisidores. Nuevamente el escribano insertaba las alegaciones del procurador en un acta de comparecencia ante el tribunal donde se leía su escrito. Dicho documento quería rebajar el valor de las deposiciones acusatorias, cuando no anularlas por defectos de forma28. Cuando los testigos en contra eran numerosos, el abogado prefería ir desmontando las declaraciones uno por uno, lo que hacía el documento sumamente prolijo y repetitivo. Y para broche defensivo, lo cerraba con una relación de enemigos y los motivos para tal enemistad29, de modo que si algún nombre coincidía con los declarantes, el estilo procesal venía a decir que tal declaración era nula por animadversión. Aunque el tribunal recordaba al encausado esta posibilidad en distintas fases del procedimiento30, pocos de los procesados se valieron de este recurso31. 14º.- Alegato del fiscal. Ya que la parte acusada había querido desmontar las testificaciones contrarias, ahora le tocaba al fiscal reafirmar su validez. En general, el fiscal no quería prolongarse ni entrar a refutar el alegato del abogado. Solía despachar el asunto con una consideración global sobre su actuación, basada en la legalidad y la rotundidad de las acusaciones presentadas32. 15º.- Emplazamiento para la sentencia final. Todas las declaraciones y razonamientos habían sido expuestos. Fiscal y procurador daban por terminado su trabajo y así lo decían a los inquisidores. Entonces, los propios jueces se asignaban un plazo para dictar sentencia. Todo ello, redactado mediante acta notarial, a veces delante de testigos33. 16º.- Sentencia final. Previamente, los inquisidores buscaban el consejo de letrados y tras una fase deliberativa, dictaban sentencia. Era leída por el escribano en sesión pública. Si el condenado iba a ser relajado, la escena se desarrollaba en el cadalso levantado en el cementerio de Puebla de Guadalupe, delante de la puerta del monasterio34; si lo era en ausencia, las sentencias eran publicadas en el abditorio de la plaça desta Puebla35. Previamente se habían confeccionado las estatuas de los fugitivos

26 Tres procesos aluden a esta entrevista: porque al tiempo que el doctor de Villaescusa, su letrado, le fue a mostrar la publicaçión de los testigos que contra ella deponían e ge los leyó todos […],INQUISICIÓN,183,Exp.10,fol.15. El segundo: digo que todos los dichos e deposiçiones de los testigos presentado por el dicho fiscal fueron leídos al dicho Juan Gonçález […],INQUISICIÓN,154,Exp.14,fol.17. El tercero: E que al tiempo que el doctor de Villaescusa su letrado fue a estar con la dicha su madre e a mostrarle los testigos que deponían contra ella […],INQUISICIÓN,183,Exp.20,fol.11. 27 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.12v. 28 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.13r.-v.. 29 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.13v.-14r. 30 INQUISICIÓN,154,Exp.14,fol.2 ; INQUISICIÓN,155,Exp.13,fol.4 ; INQUISICIÓN,183,Exp.19,fol.4 31 Dado que este documento unía las alegaciones del procurador con el listado de testigos contrarios, vino a denominarse entonces todo él “escrito de tachas”, INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.14r. 32 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.14r. 33 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.14v. 34 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.14v. 35 INQUISICIÓN,147,Exp.9,fol.5 ; INQUISICIÓN,148,Exp.9,fol.23 ; INQUISICIÓN,156,Exp.11,fol.10 ; INQUISICIÓN,164,Exp.18,fol.6 ; INQUISICIÓN,165,Exp.4,fol.9.

Page 4: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

o muertos para su posterior quema36. Una vez pronunciada la sentencia, los inquisidores daban fe de que lo leído por el escribano se ajustaba a lo que ellos habían determinado. Rubricaban la sentencia y el escribano expedía copia de la misma al fiscal37. 36 INQUISICIÓN,177,Exp.10,fol.3 estando los reverendos señores inquisidores sentados en su cadahalso donde acordaron para oy aver de declarar algunas personas absentes, estando las estatuas dellos presentes, entre las quales estavan las estatuas de los contenidos en esta sentençia […]. 37 INQUISICIÓN,152,Exp.13,fol.15r.-v.

Page 5: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

1 4

Page 6: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

4 4 1

Page 7: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

1 1 1 1 2 3

Page 8: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

3 3

Page 9: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

3 3

Page 10: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

3 5 6 7 7 8

Page 11: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

8 8

Page 12: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

8 8 9

Page 13: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

9 9 9

Page 14: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

10 11 11

Page 15: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

11 11

Page 16: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

11 11

Page 17: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

11 11

Page 18: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

11 12 13 13

Page 19: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

13 13 13 13

Page 20: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

13 14 14 15 16 16

Page 21: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

16 16 16

Page 22: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

16

Page 23: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

TRAMITACIÓN

Fases de la tramitación datadas:

4ª Reconciliación 28 junio 1485 1ª Acusación del fiscal 4 julio 1485 3ª Alegato del procurador 11 julio 1485 7ª Presentación de testigos de cargo 15 julio 1485 10ª Presentación de testigos de abono 16 julio 1485 12ª Publicación de deposiciones 18 julio 1485 13ª Alegato del procurador 29 julio 1485 16ª Sentencia final 31 julio 1485

Fases de la tramitación sin datación pero datables (E luego…):

2ª encadenada a la 1ª 5ª y 6ª encadenadas a la 3ª 8ª encadenada a la 7ª 11ª encadenada a la 10ª 14ª y 15ª encadenadas a la 13ª 4ª Reconciliación 28 junio 1485 1ª Acusación del fiscal 4 julio 1485 2ª Designación de abogado y procurador 4 julio 1485 3ª Alegato del procurador 11 julio 1485 5ª Consideraciones de las partes 11 julio 1485 6ª Sentencia interlocutoria 11 julio 1485 7ª Presentación de testigos de cargo 15 julio 1485 8ª Deposiciones de testigos de cargo 15 julio 1485 10ª Presentación de testigos de abono 16 julio 1485 11ª Deposiciones de testigos de abono 16 julio 1485 12ª Publicación de deposiciones 18 julio 1485 13ª Alegato del procurador 29 julio 1485 14ª Alegato del fiscal 29 julio 1485 15ª Emplazamiento para la sentencia 29 julio 1485 16ª Sentencia final 31 julio 1485

Emplazamientos: 1ª a 3ª plazo de 6 días: 4 julio ← 6 días → 11 julio 3ª, 5ª, 6ª a 7ª plazo de 9 días: 11 julio ← 9 días → 15 julio Impulso fiscal 12ª a 13ª plazo de 6 días: 18 julio ← 6 días → 29 julio “ abogado 13ª, 14ª, 15ª a 16ª plazo de 3 días: 29 julio ← 3 días → 31 julio

Page 24: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

INTERVINIENTES

Rea o María Gómez

Inquisidores

o Fray Nuño de Arévalo o Francisco Sánchez de la Fuente o Pedro Sánchez de la Calancha

Fiscales

o Tristán de Medina o Diego Fernández de Zamora

Abogado

o Doctor de Villaescusa [Alfonso Ramírez]

Procurador o Juan de Tejeda

Notario del secreto

Testigos

o Cargo [fol. 6v.-8r.] Pedro Martín de la Rinconadilla Juana, criada de Bartolomé Sánchez Ballestero María Sánchez, mujer de Mateo de Herrera Osua Leonor García, mujer de Benito Barbero Gonzalo Casco Alonso de Linares Juan Blázquez Hortelano Fernando Muñoz Alonso Pérez del Arco Juan del Barco Pedro de la Torre Juan Jurado Juana Fernández, mujer de Rodrigo pregonero

o Abonos [fol. 10r.-12r.] Francisco, hijo de Benito González Pedro Alonso Romero Francisco Gil de Logrosán Juana González, viuda de Juan Alonso de la Higuera Marina Sánchez, mujer de Pedro Alonso Romero María Tella, mujer de Alonso Rubio Pascuala “la talaverana”, viuda de Gonzalo Fernández

Page 25: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

Juana Fernández, mujer de Rodrigo pregonero ** “Escrito de tachas” [fol. 13v.-14r.]

o Mujer de Mateo de Herrera o Estefanía “la romera” o Juana Sánchez y su familia (Juan Romero, hijo)

Page 26: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

ANÁLISIS CODIGOLÓGICO * Recomendamos el seguimiento de este apartado con las imágenes digitales contenidas en el Fichero “Imágenes sin recortar,152,Exp.13”

Folios

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 El bifolio 3-12 contiene tramitaciones de diversas fechas (4, 11, 16, 18, 29 julio) 1ª Acusación del fiscal Fol. 1v., 3r.-v. 4 julio 1485 2ª Designación de abogado y procurador Fol. 3v. 4 julio 1485 3ª Alegato del procurador Fol. 3v.-5r. 11 julio 1485 4ª Reconciliación Fol. 2r.-v. 28 junio 1485 5ª Consideraciones de las partes Fol. 5v. 11 julio 1485 6ª Sentencia interlocutoria Fol. 5v. 11 julio 1485 7ª Presentación de testigos de cargo Fol. 6r. 15 julio 1485 8ª Deposiciones de testigos de cargo Fol. 6v.-8r. 15 julio 1485 9ª Modelo de interrogatorio Fol. 9r.-v. 10ª Presentación de testigos de abono Fol. 10r. 16 julio 1485 11ª Deposiciones de testigos de abono Fol. 10r.-12r. 16 julio 1485 12ª Publicación de deposiciones Fol. 12v. 18 julio 1485 13ª Alegato del procurador Fol. 12v.-14r. 29 julio 1485 14ª Alegato del fiscal Fol. 14r. 29 julio 1485 15ª Emplazamiento para la sentencia Fol. 14v. 29 julio 1485 16ª Sentencia final Fol. 15r.-v. 31 julio 1485 Montaje de los cuadernos: El escribano confeccionó el proceso materialmente pensando en hacer coincidir el primer folio de cada bifolio con los siguientes procedimientos: - Un primer bifolio que recogiera la portada, sabiendo que la sentencia final ocuparía el segundo folio de este primer bifolio (fol. 1 y 15). - Un segundo bifolio que recogiera en su primer folio la acusación del fiscal (fol. 3 y 12). - Un tercer bifolio que recogiera en su primer folio el alegato del procurador (fol. 4 y 5).

Page 27: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

- Tres bifolios que recogieran en ambos folios los testimonios de cargo y abono (fol. 6-7-8 y 9-10-11) - Un séptimo bifolio que recogiera los alegatos finales (fol. 13 y 14) - La reconciliación como documento suelto, en formato mayor, lo dobló, cosió y encartó entre el primer y segundo bifolio (fol. 2) Este montaje se hizo previamente ya que el segundo bifolio (fol. 3, 12) contiene tramitaciones de varias fechas (4 y 11de julio en su primer folio, 16, 18 y 29 en su segundo folio). Los huecos en blanco eran utilizados para empalmar las partes con diligencias de tramitación. Filigranas Marcados los folios con filigrana en línea roja

Folios

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 Todas las filigranas pertenecen a la misma marca de mano con estrella de cinco puntas:

Page 28: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

Búsqueda en bases de datos mundiales de filigranas: * Briquet: http://www.ksbm.oeaw.ac.at/_scripts/php/BR.php

* Organización Gravell: http://www.gravell.org/ * Consorcio Bernstein: http://www.bernstein.oeaw.ac.at/databases/wies/index.html

Page 29: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

Base de datos de filigranas en incunables españoles * Instituto Valenciano de Restauración de Obras de Arte: http://www.ivcr.es/ivcr.php?area=portal-bernstein

Page 30: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

Descendiendo en esta página web da los enlaces a las bases de datos mundiales

Page 31: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

FUENTES COMPLEMENTARIAS 1485 Sentencia del proceso de fe de María Gómez. B. Copia, AHN.CLERO-SECULAR_REGULAR,1423,N.83.

Page 32: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.
Page 33: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

AHN.CLERO-SECULAR_REGULAR,1423,N.83, Fol. 11r.-v.

AHN.INQUISICIÓN,152,Exp.13,Fol.15r.-v.

/fol.11r. (Al margen): Condenada Mari Gómez, muger de Pedro de la Torre. Leída en postrimero de jullio de LXXXºV años. Visto por nos ecétera

/fol.15r. Mari Gómez, muger de Pedro de la Torre. Visto por nos, frey Nuño de Arévalo, prior del monasterio de santa María de Guadalupe, e el doctor Françisco Sánchez de la Fuente, e el licenciado Pedro Sánchez de la Calancha, juezes inquisidores de la herética pravedad por las abtoridades apostólica e ordinaria en esta villa e Puebla de Guadalupe, un proçeso de pleito que ante nos se ha tratado e pende entre partes, de la una, el honrrado nuestro promotor fiscal, actor, e de la otra, rea acusada Mari Gómez, muger de Pedro de la Torre, vezina de Logrosán, lugar del obispado de Plazençia, de e sobre una acusaçión que el dicho promotor intentó e propuso contra la dicha Mari Gómez en que dixo que biviendo en posesión e so nombre de cristiana, allende de los heréticos herrores que en su fengida confesión manifestó queriéndose reconçeliar encubrió otros mayores que hizo e perpetró guardando e siguiendo la ley de Muisén e haziendo sus çerimonias e otros rictos judaicos en los casos e cosas siguientes: que al tiempo que paría, aunque le dezían que nombrase e se encomendase a nuestra Señora Santa María, non la quería nombrar nin hazía señales de cristiana nin estando sana quería ir a la iglesia a oir misa e los ofiçios divinos, e que comía pan çençeño por las pascuas e en el tiempo que los judíos lo comen resçibiéndolo[s] de los dichos judíos para ello e preguntando a los judíos si lo podría ella masar e cozer en su casa, dubdando que no valdría tanto lo que ella masase commo lo que masasen las judías; e que guardavan las pascuas de los judíos e que así mesmo guardava los sábados vistiéndose en las dichas pascuas e sábados de ropas limpias e de fiesta, ençendiendo más candiles viernes en la noche e más linpios por honrra e cerimonia del sábado. E quando mudava su cama en su casa de una parte a otra, llamava a judío que ge la ayudase a mudar aunque pudía aver cristiano e que un día quiso hazer la tibila \en el lavadero/, salvo por non ser vista de otras mugeres que estavan donde se avían de lavar. E quando algund judío iva a conprar azeyte della para la sinoga, ella le dava demasiado e dezía que aquello fuese por ella. E que tenía una manezilla de plata con el nombre de saday, la qual ponía a su hijos por nómina que es solepnidad e deboçión que los judíos tienen entre sí para guarda de los niños, e que vido e supo que su marido Pedro de la Torre tenía un tafelín en su casa e se lo ponía algunas vezes, e non lo vino a dezir nin descubrir e vido [leer] hazer otras cosas

Page 34: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

Fallamos que dicho nuestro promotor fiscal provó bien e cunplidamente la dicha Mari Gómez aver cometido e hecho las eregías e errores en su acusaçión contenidas e avn aliende de aquellas otras cosas que paresçen por la provança deste proçeso donde consta e se prueva aver seído simulada e non verdadera confitente pues al tiempo que fingió reconçiliarse non manifestó tantos e tan grandes eréticos errores commo en la dicha acusaçión se contiene e averlos negado al tiempo que fue acusada e permanesçido en su negativa fasta en fin deste proçeso estando tan provada commo estava. Por ende declaramos e pronunçiamos la dicha Mari Gómez aver seído e ser ereje /fol.11v. e [a]póstata e aver estado e estar descomulgada e aver incurrido en las otras penas que los derechos contra los tales estableblesçieron e en perdimiento e confiscaçión de todos sus bienes e que la devemos relaxar e relaxamos a la justicia e braço seglar para que hagan aquello que con piedad pudieren e de derecho deuieren. E por esta nuestra sentencia así lo pronunçiamos, declaramos e mandamos en estos escritos e por ellos. Franciscus, dobtor. Petrus, liçençiatus. La qual dicha sentencia así dada e por mí, en alta e

al dicho su marido en guarda de la ley de Muisén, e nunca lo dixo nin descubrió; e guisava carne del viernes para el sábado por honrra e guarda del sábado, e non comía anguilla nin pescado sin escama nin conejo nin liebre; e non quería deprender oraçión de nuestra santa fee católica ni sabía credo ni salve regina ni pater noster ni Ave María. E que dezía que los herejes que quemavan en Sevilla bevían bien e eran buenos \e que non lo fazían salvo por tomarles sus faziendas/, e que todas las çirimonias de la dicha ley hazía e que si algunas dexava era por más non poder e que era por entero judía. Por lo qual pidió ser declarada por hereje non obstante su confesión que avía hecho en la reconçiliaçión pues paresçía aquella ser falsa e non verdadera e serle hecho sobre todo conplimiento de justicia. E visto commo la dicha Mari Gómez negó todo lo contenido en la dicha acusaçión, salvo lo de la manezilla de plata, la qual confesó tener e la ponía a sus hijos pero non por çerimonia de la ley de Muisén. E commo alegó otras razones e excepçiones en su defensión sobre las quales así ella commo el dicho promotor /fol.15v. fiscal presentaron los testigos de que se entendieron aprovechar e sus dichos e depusiçiones fueron publicados e dadoles copia de ellos e oído lo que quisieron dezir e alegar hasta que concluyeron e avido sobre todo nuestro acuerdo e deliberaçión comunicando e consultando todo este proçeso con letrados siguiendo su acuerdo e consejo, teniendo a Dios ante nuestros ojos. Fallamos que el dicho nuestro promotor fiscal provó bien e conplidamente la dicha Mari Gómez aver cometido e hecho las heregías e herrores en su acusaçión contenidas, e aver allende de aquellas otras cosas que paresçen por la provança deste proçeso, donde consta e se prueva aver seído simulada e non verdadera confitente, pues al tiempo que fingió reconçiliarse non manifestó tantos e tan graves heréticos herrores commo en la dicha acusaçión se contienen y averlos negado al tiempo que fue acusada e permanesçido en su negativa hasta en fin deste proçeso estando tan provada commo estavan. Por ende, declaramos e pronunçiamos la dicha Mari Gómez aver seído e ser hereje e apóstota e aver estado e estar dexcomulgada e \aver/ incurrido en las otras penas que los derechos contra los tales establesçieron e en perdimiento e confiscaçión de sus bienes e que la devemos relaxar e relaxamos a la justiçia e braço seglar para que hagan aquello que con piedad pudieren e de derecho devieren. E por esta nuestra sentencia así lo pronunçiamos, declaramos e mandamos en estos escriptos e por ellos, Franciscus doctor (rúbrica), Petrus licenciatus (rúbrica) La qual dicha sentencia así dada e por mí, en alta e

Page 35: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

inteligible boz leída en presençia de los dichos fiscal e Mari Gómez, los dichos señores, dixeron que davan e pronunçiavan. El dicho fiscal dixo que lo pedía e pidió por testimonio signado. Testigos el dotor de Villaescusa e el dotor Soto e Fernando de Trugillo e otros muchos.

inteligible boz leída en presençia de los dichos fiscal e Mari Gómez los dichos señores dixeron que la davan e pronunçiavan. El dicho fiscal dixo que lo pedía e pidió e por testimonio signado. Testigos el doctor de Villaescusa e el doctor Soto e Fernando de Trugillo e otros muchos.

Page 36: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

1485 Inventario de procesos de fe de Santa María de Guadalupe. C. Copia, AHN.CLERO-SECULAR_REGULAR,1423,N.93.

Page 37: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

DESCRIPCIÓN ARCHIVÍSTICA EN LA PLATAFORMA PARES

Pasos: 1º.- Dar de alta la signatura estandarizada. 2º.- Ir al nodo de donde colgará nuestra ficha. 3º.- Generar una nueva ficha. 4º.- Cumplimentar los campos obligatorios. 5º.- Cumplimentar el resto de campos siguiendo la norma ISAD (G). 6º.- Incorporar los Puntos de Acceso normalizados (instituciones, lugares, materias) 7º.- Cotejar la ficha realizada en el Buscador

Page 38: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

ORIENTACIÓN BIBLIOGRÁFICA 1.- Historia del Tribunal de la Inquisición de Guadalupe

BEINART, Haim, “The judaizing movement in the Order of San Jerónimo in Castile”, Studies in History. Scripta Hierosolymitana, Jerusalem: Hebrew University of Jerusalem, 1961, t. 7, p. 167-192.

COUSSEMACKER, Sophie, “Convertis et judaïsants dans l’Ordre de Saint-Jérôme. Un état de la question”, Mélanges de la Casa de Velázquez, n. 27-2, 1991, p. 12-15.

FITA, Fidel, “La Inquisición en Guadalupe”, Boletín de la Real Academia de la Historia, XXIII, 1893, p. 283-341. SICROFF, Albert A., “Clandestine judaism in the Hieronymite monastery of Nuestra Señora de Guadalupe”, en I. A. Langnas, B. Sholod (ed.), Studies in honor of M. J. Benardete, New York: Las Americas Publishing Company, 1965, p. 89-125. SICROFF, Albert A., “El caso del judaizante jerónimo fray Diego de Marchena”, en Homenaje a Rodríguez-Moñino. Estudios de erudición que le ofrecen sus amigos o discípulos hispanistas norteamericanos, Madrid: Castalia, 1966, vol. 2, p. 227-233. STARR-LEBEAU, Gretchen D., In the shadow of the Virgin. Inquisitors, friars and conversos in Guadalupe, Spain, Princeton: Princeton University Press, 2003.

Page 39: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

2.- Análisis diplomático

CABEZAS FONTANILLA, Susana, “La correspondencia en la historia de la Inquisición: génesis documental e importancia social”, en C. Sáez, A. Castillo Gómez (ed.), Actas del VI Congreso Internacional de Historia de la Cultura escrita, Madrid: Calambur, 2002, t. 1, p. 112. CABEZAS FONTANILLA, Susana, “Las secretarías del Consejo de Inquisición y su sistema de producción documental (siglos XV-XVII)”, en III Jornadas de la Sociedad Española de Ciencias y Técnicas Historiográficas. Diplomática antigua. Diplomática moderna, Murcia: Región de Murcia, 2005, p. 235-236. GALENDE DÍAZ, Juan Carlos, “El proceso inquisitorial a través de su documentación: estudio diplomático”, Espacio, Tiempo y Forma. Serie IV. Historia moderna, 14, 2001, p. 491-518. GALENDE DÍAZ, Juan Carlos, “Documentación inquisitorial: documentación institucional y procesal”, Archivo Secreto. Revista cultural de Toledo, 1, 2002, p. 46-61. GALENDE DÍAZ, Juan Carlos, CABEZAS FONTANILLA, Susana, “Historia y documentación del Santo Oficio español: el período fundacional”, en J. C. Galende Díaz (dir.), III Jornadas Científicas sobre documentación en la época de los Reyes Católicos, Madrid: Universidad Complutense, 2004, p. 130-131. LORENZO CADARSO, Pedro Luis, La documentación judicial en la época de los Austrias. Estudio archivístico y diplomático, Cáceres: Universidad de Extremadura, 1999. LORENZO CADARSO, Pedro Luis, El documento real en la época de los Austrias (1516-1700), Cáceres: Universidad de Extremadura, 2001. RODRÍGUEZ DE DIEGO, José Luis, “Evolución histórica del expediente”, Anuario de Historia del Derecho Español, 68, 1998, p. 475-490.

3.- Procedimiento judicial AGUILERA BARCHET, Bruno, “El procedimiento de la Inquisición española”, en J. Pérez Villanueva, B. Escandell (dir.), Historia de la Inquisición en España y América, Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos y Centro de Estudios Inquisitoriales, 1993, t. 2, p. 334-558. ALONSO ROMERO, María Paz, El proceso penal en Castilla. Siglo XIII-XVIII, Salamanca: Universidad de Salamanca y Diputación de Salamanca, 1982. FERNÁNDEZ GIMÉNEZ, María del Camino, La sentencia inquisitorial, Madrid: Editorial Complutense, 2000. MILLAR CARVACHO, René, “Notas sobre el procedimiento inquisitorial desde la perspectiva del Tribunal de Lima”, Revista chilena de Historia del Derecho, 9, 1983, p. 131-154. TOMÁS Y VALIENTE, Francisco, El Derecho penal de la monarquía absoluta (siglos XVI, XVII y XVIII), Madrid: Tecnos, 1992.

4.- Escritura gótica cortesana CUENCA MUÑOZ, Paloma, “La escritura gótica cursiva castellana: su desarrollo histórico”, III Jornadas Científicas sobre Documentación en época de los Reyes Católicos, Madrid: Universidad Complutense, 2004, p. 31-32.

Page 40: ANÁLISIS DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO DE FE83450e3d-f768-4179... · 13º.- Alegato del procurador.El abogado necesitaba unos días para analizar las testificaciones contrarias.

FLORIANO CUMBREÑO, Antonio C., Curso general de Paleografía y Paleografía y Diplomática españolas, Oviedo: Universidad de Oviedo, 1946, t. 1, p. 486-500. HERRERO JIMÉNEZ, Mauricio, “La escritura gótica documental castellana (siglos XIII-XVII)”, en J. C. Galende Díaz, S. Cabezas Fontanilla, N. Ávila Seoane (coord.), Paleografía y escritura hispánica, Madrid: Síntesis, 2016, p. 189-190. MILLARES CARLO, Agustín, MANTECÓN, José Ignacio, Álbum de Paleografía Hispanoamericana de los siglos XVI y XVII. Introducción y transcripciones, Barcelona: El Albir, 1975, t. 1, p. 41-46. (Biblioteca de Paleografía hispánica; 2) MILLARES CARLO, Agustín, Tratado de Paleografía española, Madrid: Espasa-Calpe, 1983, 3ª ed, t. 1, p. 224-236. SÁNCHEZ PRIETO, Ana Belén, DOMÍNGUEZ APARICIO, Jesús, “Las escrituras góticas”, Introducción a la Paleografía y Diplomática general, Madrid: Síntesis, 1999, p. 139-143. TAMAYO, Alberto, Historia de la escritura latina e hispánica, Gijón: Trea, 2012, p. 402-415. (Biblioteconomía y Administración cultural; 238)

5.- Filigranas BALMACEDA, José Carlos, Filigranas. Propuestas para su reproducción, Málaga: Universidad de Málaga, 2001. VALLS I SUBIRA, Oriol, La historia del papel en España, Madrid: Empresa Nacional de Celulosas, 1980-1982, 2 vol.