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ANÁLISIS DE LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Tatiana Escribano, Partner, Corporate and Finance, DLA Piper, México *This presentation is offered for informational purposes only, and the content should not be construed as legal advice on any matter

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ANÁLISIS DE LA LEY FEDERALPARA LA PREVENCIÓN EIDENTIFICACIÓN DEOPERACIONES CON RECURSOSDE PROCEDENCIA ILÍCITA

Tatiana Escribano, Partner, Corporate and Finance, DLA Piper, México

*This presentation is offered for informational purposes only, and the content should not be construed as legal advice on any matter

ANÁLISIS DE LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E

IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE

PROCEDENCIA ILÍCITA

El pasado 17 de julio de 2013 finalmente entró en vigor elproyecto de la Ley Federal para la Prevención e Identificaciónde Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. El mismo,exige a las instituciones financieras y a personas (otras queinstituciones financieras) implementar y cumplir conobligaciones de reporte y mantenimiento de registros respecto aoperaciones sospechosas debido a la probabilidad de queinvolucren lavado de dinero y la participación del crimenorganizado. Las operaciones sospechosas, denominadas pordicha la Ley Anti-Lavado de Dinero como ActividadesVulnerables, incluyen operaciones financieras y operacionescomerciales que son operaciones legítimas que forman parte delcurso ordinario de los negocios.

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IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE

PROCEDENCIA ILÍCITA

Marco Legal.

●Ley Federal para la Prevención e Identificación deOperaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (“Ley Anti-Lavado de Dinero”), publicada en el Diario Oficial de laFederación el 17 de octubre de 2012; en vigor desde el 17 de juliode 2013.

●Reglamento de la Ley Anti-Lavado de Dinero, publicado el 16de agosto de 2013; en vigor desde el 1 de septiembre de 2013.

●Reglas de Carácter General de la Ley Anti-Lavado de Dinero,publicadas el 23 de agosto de 2013; en vigor desde el 1 deseptiembre de 2013.

●Resolución mediante la cual se publican los formatosrelativos a la Ley Anti-Lavado de Dinero, publicada el 30 deagosto de 2013.

El gobierno federal ha sostenido que la prevención del lavadode dinero es una parte fundamental de la estrategia integral delgobierno en contra del crimen organizado. La Ley Anti-Lavadode Dinero representa el más reciente esfuerzo del gobierno paraunirse a la lucha internacional para combatir al crimenorganizado.

La Ley Anti-Lavado de Dinero identifica las siguientesactividades (“Actividades Vulnerables”) como sospechosas ysujetas a escrutinio regulatorio: (i) todas las actividades llevadasa cabo por instituciones financieras (“IFs”) en nombre o a cuentade sus clientes, y (ii) ciertas actividades llevadas a cabo porpersonas físicas o morales (diferentes a las IFs, las “PINFs”)con valores monetarios que excedan ciertos límites.

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Operaciones de IF.

Con base en la nueva ley, se le requiere a una IF (i)implementar medidas y procesos para prevenir y detectar actos,transacciones o servicios que puedan involucrar fondosprovenientes de fuentes ilícitas; (ii) presentar avisos ante laSecretaría de Hacienda y Crédito Público (la “SHCP”),revelando Actividades Vulnerables relativas a sus clientes, asícomo operaciones llevadas a cabo por los directivos,apoderados, funcionarios y empleados de la IF que pudierancontravenir o infringir la adecuada implementación de la LeyAnti-Lavado de Dinero; (iii) proporcionar a la SHCP lainformación y documentación relacionada con cualquiera dedichas Actividades Vulnerables; y (iv) mantener registrosadecuados respecto a Actividades Vulnerables por un periodode diez años.

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Operaciones de PINF.

La Ley Anti-Lavado de Dinero identifica operaciones especificaslas cuales, cuando son llevadas a cabo con la participación deuna PINF (incluyendo asesores) y excediendo ciertos límitesmonetarios, serán consideradas Actividades Vulnerables yconsecuentemente requeridas a ser (i) identificadas o (ii)identificadas y reportadas a la SHCP.

Las Actividades Vulnerables que pueden ser llevadas a cabopor PINFs incluyen aquellas establecidas a continuación.

*La Ley Anti-Lavado de Dinero utiliza salarios mínimos diarios para el Distrito Federal (“SMD”) comounidad base. A esta fecha, el SMD es de $67.29 M.N. El SMD es revisado y modificado anualmente.

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PROCEDENCIA ILÍCITA

Actividad ComercialActividades Vulnerables que generan obligación de

Identificación

Actividades Vulnerables que generan

obligación de Identificación y Aviso

Operaciones con tarjeta de

servicios, tarjeta de crédito o

tarjeta pre-pagada.

Tarjeta de servicios y tarjeta de crédito

Cuando el gasto mensual acumulado sea igual o superior a805 SMD ($54,168.45 M.N.)

Tarjeta de servicios y tarjeta de

crédito

Cuando el gasto mensual acumuladosea igual o superior a 1,285 SMD

($86,467.65 M.N.)

Tarjeta pre-pagadasCuando el gasto mensual acumulado sea igual o superior a

645 SMD ($43,402.25 M.N.)

Operaciones con cheques deviajero

Sin importar el valor monetario Con valor igual, o superior a 645 SMD($43,402.25 M.N.)

Préstamos al consumo,

Garantías, Crédito o

Préstamos

Sin importar el valor monetario Con valor igual, o superior a 1,605 SMD($108,000.45 M.N.)

Construcción, Desarrollo o

Servicios de CorretajeInvolucrando Propiedad

Inmobiliaria

Sin importar el valor monetario Con valor igual, o superior a 8,025 SMD($540,002.25 M.N.)

Venta de Metales Preciosos,

Piedras Preciosas, Joyería o

Relojes

Con valor igual, o superior a 8,025 SMD($540,002.25 M.N.)

Con valor igual, o superior a 1,605 SMD($108,000.45 M.N.)

Subastas o Comercialización

de Obras de Arte

Con valor igual, o superior a 2,410 SMD($162,168.90 M.N.)

Con valor igual, o superior a 4,815 SMD($324,001.35 M.N.)

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Actividad ComercialActividades Vulnerables que generan obligación de

IdentificaciónActividades Vulnerables que generanobligación de Identificación y Aviso

Venta o Distribución deVehículos Motorizados

Con valor igual, o superior a 3,210 SMD($216,000.90 M.N.)

Con valor igual, o superior a 6,420 SMD($432,001.80 M.N.)

Operaciones Involucrando[Blindaje] de Vehículos, oProtección de Propiedad

Inmobiliaria

Con valor igual, o superior a 2,410 SMD($162,168.90 M.N.)

Con valor igual, o superior a 4,815 SMD($324,001.35 M.N.)

Transacciones InvolucrandoTransporte Seguro y

Servicios de Manejo deEfectivo y Valores

Sin importar el valor monetario Con valor igual, o superior a 3,210 SMD($216,000.90 M.N.)

Servicios independientesprestados a:

(a) Transferencias de propiedadinmobiliaria,

(b) Administración y manejo de

acciones y cualquier otroactivo;

(c) Manejo de cuentasbancarias, de ahorro oacciones;

(d) Colección de contribuciones

de capital o cualquier otro

activo para la formación,

operación o administración

de entidades comerciales;

(e) Formaciones, escisiones,

fusiones; operación y

administración de entidades

comerciales y fideicomisos,y la transferencia deentidades comerciales

Sin importar el valor monetario Si los servicios prestados implican una

transacción financiera

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Actividad ComercialActividades Vulnerables que generan obligación de

Identificación

Actividades Vulnerables que generan

obligación de Identificación y Aviso

Servicios Notariales

Notarios Públicos:

Transacciones que involucran

(a) Cualquier transmisión de, u otorgando derechos reales sobre

propiedad inmobiliaria.

(b) Cualquier otorgamiento de poderes irrevocables para actos de

administración o actos de dominio.

(c) Constitución de sociedades, aumentos o disminuciones de capital,

escisión, compra y venta de acciones o partes sociales.

(d) Escrituración o reforma a fideicomisos.

(e) Créditos al consumo o contratos de crédito, garantizados o no

garantizados, cuando el acreditante no sea una Institución Financiera.

Notarios Públicos:

Transacciones que involucran

Con valor igual, o superior a 16,000 SMD($1,076,640.00 M.N.)

(a) Sin importar el valor monetario.

(b) Con valor igual, o superior a 8,025 SMD($540,002.25 M.N.)

(c) Con valor igual, o superior a, 8,025 SMD($540,002.25 M.N.)

(d) Sin importar el valor monetario.

Corredores Públicos:

Transacciones que involucran

(a) Valuación de activos resultante en un valor igual o superior a

8,025 SMD ($540,002.25 M.N.)

(b) Constitución de sociedades, aumentos o disminuciones de capital,

fusiones, escisiones y transferencia de acciones o partes sociales.

(c) Escrituración, reforma o transferencia de fideicomisos

(d) Créditos al consumo o contratos de crédito, (sean garantizados o no

garantizados), si el acreditante no es una Institución Financiera

Todas las actividades

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Actividad ComercialActividades Vulnerables que generan obligación de

Identificación

Actividades Vulnerables que generan

obligación de Identificación y Aviso

Recepción de donaciones a

Asociaciones y SociedadesNo Lucrativas

Con valor igual, o superior a 1,605 SMD($108,000.45 M.N.)

Con valor igual, o superior a 3,210 SMD($216,000.90 M.N.)

Comercio Exterior

Agentes aduanales y apoderados para cuestiones

aduanales deberán obtener la identificación de sus clientes

o sus usuarios en caso de que éstos importen o exporten

ciertos productos (ej. vehículos, máquinas para apuestas,

joyería, relojes, arte, mercancía anti-balas, etc.)

Todas las actividades

Creación de derechos de uso

personal o goce sobrepropiedad inmueble

Con valor igual, o superior a 1,605 SMD($108,000.45 M.N.)

Con valor igual, o superior a 3,210 SMD($216,000.90 M.N.)

Si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumuladaen un periodo de seis meses que supere los montos establecidos encada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser consideradacomo operación sujeta a la obligación de presentar los mismos paralos efectos de esta Ley.

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Identificación de las Actividades Vulnerables.

A las IFs y PINFs que participen en Actividades Vulnerables requieren:

• identificar y verificar la identidad de sus clientes;

• si se establece una relación de negocio, identificar y confirmar laactividad o negocio del cliente;

• identificar al beneficiario final de la operación o al propietariobeneficiario del cliente;

• mantener la información relativa a la Actividad Vulnerable,incluyendo documentación que identifique a sus clientes o susbeneficiarios; por un periodo de cinco años (para PINFs) o de diezaños (para IFs); y

• cooperar con las inspecciones realizadas por la SHCP.

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Los Lineamientos Generales establecen requisitos específicosque se detallan en diversos Anexos a dichos LineamientosGenerales, dependiendo si el Cliente o Usuario, es una personamexicana, una persona moral mexicana, una personaextranjera, una persona moral extranjera, etc.

Aviso de Actividades Vulnerables.

Las PINFs tienen que reportar mensualmente, las ActividadesVulnerables en las que participen. La obligación de reporte entróen vigor el 1 de noviembre de 2013. Como regla general, lasnotificaciones deben presentarse utilizando el Registro Federalde Contribuyentes (RFC) y la Firma Electrónica Avanzada(FIEL) de los PINFs.

El registro de las PINFs que lleven a cabo ActividadesVulnerables y los formatos estableciendo la manera en que lasnotificaciones deben ser presentadas, se encuentran en losLineamientos Generales.

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• Como excepción a lo anterior, los Lineamientos Generalesestablecen que un PINF deberá presentar notificación dentrode las veinticuatro horas siguientes a que el PINF recibainformación adicional, con base en hechos o evidenciacircunstancial que demuestre que los recursos puedenprovenir o ser destinados a proporcionar ayuda o cooperaciónpara llevar a cabo cualquier tipo de operación con recursos defuente ilícita, considerada como un delito.

• Dichos Lineamientos Generales así mismo establecen, elcriterio para identificar bajo reglas simplificadas las partes conlas que se forma parte de una Actividad Vulnerable, bajoreglas para determinar dicha Operación Sospechosa como debajo riesgo.

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De conformidad con un aviso publicado en el sitio de internet dePrevención de Lavado de Dinero(https://sppld.sat.gob.mx/pld/index.html), la obligación depresentar notificaciones de Actividades Vulnerables celebradasa partir del 1 de septiembre de 2013, que estaba prevista paraser efectiva a partir del 17 de noviembre de 2013, ha sidopospuesta para ser efectiva a partir del 17 de enero de 2014.

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Limitaciones a los Pagos en Efectivo.

La Ley Anti-Lavado de Dinero limita el uso de moneda nacional yextranjera en efectivo (monedas y billetes), y metales preciosos (oro,plata y platino) para establecer o pagar (A) la creación de derechosreales sobre bienes inmuebles, con valor igual o superior a 8,025 SMD($540,002.25 M.N.); o (B) cualquiera de las actividades siguientes cuyolímite se igual o superior a 3,210 SMD ($216,000.90): (a) latransmisión de propiedad o la creación de derechos reales sobrevehículos (aéreos, marítimos o terrestres) sean nuevos o usados; (b) lacompraventa de relojes, joyería, Metales Preciosos, Piedras Preciosasy obras de arte ; (c) adquisición de boletos para participar en apuestas,concursos o rifas, así como los pagos correlativos; (d) los servicios deblindaje para vehículos o para propiedad inmobiliaria; (e) transmisiónde propiedad o creación de cualquier derecho sobre acciones o partessociales; y/o (f) la creación de derechos personales de uso sobrecualquiera de los bienes a los que se hace referencia en las seccionesa, b o e anteriores.

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Nombramiento de Representante.

Las IF o PINF que lleven a cabo Actividades Vulnerables debende nombrar un individuo responsable a efecto de cumplir con laLey Anti-Lavado de Dinero y registrar dicho nombramiento antela SHCP. A falta de dicho nombramiento, los miembros delconsejo de administración o el administrador único de lasociedad, serán responsables de dar cumplimiento a dichasobligaciones.

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Obtención de Información Requerida.

En caso de que algún cliente de una IF o una PINF se negare aentregar la identificación solicitada por ley, la IF o la PINFdeberá abstenerse de participar, o de cerrar, la transacción encuestión sin responsabilidad alguna.

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Confidencialidad.

Los reportes generados con motivo de una Actividad Vulnerabley la entrega de información y/o documentación por parte de unaIF o una PINF la SHCP no podrán ser impedidas por un acuerdode confidencialidad con un cliente. Adicionalmente, la Ley Anti-Lavado de Dinero establece que la revelación de información ala SHCP no viola cualquier tipo de obligación legal, profesional,tributaria, bancaria o fiduciaria de confidencialidad.

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Sanciones.

La Ley Anti-Lavado de Dinero establece las siguientessanciones, en caso de violación:

• Sanciones monetarias: Las cuales van de 200 SMD hasta65,000 SMD($13,458.00 M.N. hasta $4,371,250 M.N.) en casode (i) no reportar, (ii) incumplir las obligaciones de identificacióno reporte; (iii) cumplimiento extemporáneo, (iv) reportedeficiente, o (v) participación en una operación pagada o fijadaen una cantidad de efectivo que excede los límites establecidospara Actividades Vulnerables.

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Sanciones.

• Sanciones administrativas: las personas físicas o moralesautorizadas o permitidas por una autoridad gubernamentalpara llevar a cabo ciertas actividades (e.i. titulares depermisos de apuestas, notarios, corredores públicos agentesaduanales y apoderados en materia aduanera) pueden perderdicha autorización o permiso.

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Sanctions.

• Responsabilidad penal: Prisión de dos a ocho años y penapecuniaria de 2,000 SMD ($134,580 M.N.) será impuesta aaquél que, intencionalmente:

proporcione información, documentación, datos oimágenes falsos o completamente ilegibles a ser incluidaen los reportes de la parte que lleva a cabo la ActividadVulnerable, o

modifique o altere información, información,documentación, datos o imágenes falsos ocompletamente ilegibles a ser incluida en los reportes oincluida en reportes ya presentados.

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Tatiana Escribano Tamayo

Partner

T + (5255) 5002-8104

F + (5255) 5002-8110

M + (52155) 4342-2176

E [email protected]

Negocios de “Actividades Vulnerables”:Como Cumplir y Qué Significa

21 de enero de 2014

Magnitud del Problema en México Desde enero de 2013

» El Universal - La firma Global Financial Integrity revela que los flujosfinancieros ilícitos en México se elevaron a 872 mil millones dedólares entre 1970 y 2010. México se clasificó como la segundaeconomía con los mayores flujos financieros ilícitos, después deChina y antes de Rusia.

» El Universal - “El tráfico de dinero en efectivo y el lavado de dinerode los carteles del narcotráfico se ubicó en 39 mil millones dedólares anuales en promedio, que fueron repatriados en su mayoríaa través de camiones o vehículos hacia México cruzando la fronterapor tierra, señala un reporte del Senado de los EE UU sobre elControl Internacional de Narcotráfico.”

» Excelsior –– “Un estudio difundido por la Cámara de Diputadosrevela que en 2012 el lavado de dinero en México ascendió a 10 milmillones de dólares, equivalente a 3.6% del PIB nacional.”

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Conoce a Su Enemigo 11 de febrero de 2013 – Crónica - De acuerdo con la PGR, las bandas de

narcotraficantes más poderosas son:

• El Cártel de Sinaloa, de Joaquín El Chapo Guzmán

• Los Zetas de Miguel Treviño Morales

• El Cártel de Tijuana de los hermanos Arellano Félix

• El Cártel de Colima de los hermanos Amezcua Contreras

• El Cártel de Juárez, Vicente Carrillo Fuentes – herencia de Amado CarrilloFuentes

• El Cártel del Pacífico de los Beltran Leyva

• El Cártel del Golfo de Armando Ramírez Treviño

• Los Caballeros Templarios de Servando Gómez Martínez

• El Cártel de Jalisco de Nemesio Oseguera

El cártel de Tijuana y La Familia Michoacana estarían por desaparecer, noobstante que de este último surgieron “los Templarios”

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Áreas de Influencia de Los Cárteles

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¿Qué Industrias se Utilizan ? El lavado de dinero no se da solamente en instituciones

financieras; la PGR ha detectado más de 3,600 formaspara lavar dinero en México, lo cual ha convertido a estedelito en uno de los más difíciles de tipificar. Ejemplos:

» Inmobiliaria

» Joyería

» Automóviles

» Obras de Arte

» Tarjetas de Recarga

» Crianza y Carrera de Caballos

» Clubes Deportivos

» Periodismo

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Objetivos Generales de La Ley

Proteger la economía

Cerrar otras puertas al lavado de dinero

Lo anterior se pretende lograr implementando medidaspara prevenir y detectar operaciones que involucren fondosde procedencia ilícita.

Con procedimientos similares a los que ya se aplican a lasinstituciones financieras extendiéndolas otros sectores

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Obligaciones Generales Bajo la Ley

Identificar y conocer los posibles clientes con loshacen actividades vulnerables

Proteger y evitar la destrucción u ocultamiento de lainformación relevante por un periodo de cinco años

Designar un representante encargado concumplimiento ante la SHCP

Presentar avisos relevantes ante la SHCP

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El Impacto

Hay sanciones administrativas y penales por losdelitos incluyendo:

» No implementar una política de identificación oconocimiento del cliente

» No presentar los avisos

» No proteger la información soporte

» Participar en operaciones prohibidas en efectivo

Requerimos tiempo para saber el impacto entero y lamanera de implementación

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¿Que ha sucedo en los últimos años ?

Un incremento creciente en el número de sancionesmillonarias interpuestas por las autoridades de controldebido a incumplimientos en la materia.

En todos los casos las multas se aplicaron por lossiguientes motivos:

» Mantener un programa eficaz y adecuado contra el lavado de activos

» Implementar controles internos y de detección de operacionessospechosas

» Llevar a cabo pruebas independientes adecuadas

» Designar a personal de cumplimento idóneo y con autoridad

» Llevar a cabo un adecuado análisis de riesgos que le permita a laentidad identificar y monitorear sus clientes y terceros de alto riesgo

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¿Por qué debemos tener un programa decumplimiento? Un programa de cumplimiento eficaz y robusto es un

elemento crítico y necesario para:

» Proteger sus intereses y asegurar la continuaparticipación de la compañía en su negocio y en elmercado financiero local e internacional.

» Satisfacer las expectativas en las relaciones de negociocon sus clientes y con los bancos tanto en el país comoen otras partes del mundo.

» Proteger sus operaciones, dar un alto grado de confianzaa sus clientes y socios, y evitar los daños en sureputación que conlleve a ser sujeto de una investigaciónpor presunto lavado de dinero.

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La Cultura del Cumplimiento Esta es la base para todo el resto

Procedimientos sólidos, controles internos, ysistemas de monitoreo y reporte sofisticados noserán suficientes si su personal es:

» Indiferente

» Desmotivado

» Sin educación sobre la valoración del cumplimiento

» Corrupto

Esto aplica a prevención de fraude y otros aspectosdel negocio también

El cumplimiento debe ser visto como una función queprotege el negocio de sanciones y otrasconsecuencias de la conducta violadora

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La Cultura de Cumplimiento

La política de cumplimiento depende de toda laorganización

Es un asunto ético y de conducta

Es un problema de convicción más que de orden legal

Los efectos de verse involucrado en un caso de lavadode dinero son desastrosos para la reputación de laentidad

Pueden pagar una multa o mejorar sus políticas yprocedimientos, lo que desde luego no garantiza elrecuperar su reputación y la confianza del público.

Áreas Generales de Riesgo

Los áreas con mas riesgo en relación al tema delavado de dinero para cualquier empresa (como lesaplican):

» Clientes

» Empleados

» Terceros

» Relaciones con el gobierno

» Zonas geográficas

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Consecuencias por Incumplimiento

“El costo por no cumplir con regulaciones en prevención delavado de dinero puede resultar mas caro que arreglar lascosas antes de que sucedan …” Las consecuencias sepueden traducir en:

• Sanciones formales e informales

• Auditorias y visitas regulatorias por parte de las autoridades

• Multas costosas de millones de pesos

• Problemas potenciales para poder expandir negocios, presenciaen otros países o relaciones comerciales

• Reputación y credibilidad

• Las entidades financieras en los EE UU y otros países puedellegar a negar cualquier tipo de relación comercial, restringir laactividad comercial o imponer condiciones de negociaciónexcesivas que afectan indirectamente las planes de crecimiento.

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Consecuencias a Nivel Internacional

En junio de 2012, la PGR cateó varios inmuebles de la empresaProdira Casa de Cambio, como parte de una investigación por lavadode dinero.

El 5 de febrero de 2013 el Departamento del Tesoro de EE UU incluyóProdira Casa de Cambio, S.A. de C.V. y Trastreva, S.A. de C.V., deFilemón García Ayala, “Filemón Billetes”, en la lista de la Oficina deControl de Bienes de Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés)

La sanción también se extendió a tres empresas estadounidenses quetambién tienen relación con García Ayala, y que son Prodira.

» “Las multas para los directivos de empresas (vinculados con elcrimen) pueden ser hasta de 30 años en prisión y multas hasta de10 millones de dólares”.

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Las 10 Principales Deficiencias enCumplimiento1. Supervisión inadecuada por parte de Directivos y/o Gerencia2. Falta de un Comité de Cumplimiento en Prevención de Lavado3. Un Programa de Cumplimiento no funcional (políticas vs.

aplicación)4. Inadecuado staff en el área de prevención de cumplimiento5. Inadecuado “Due Diligence” y procedimientos de Conozca a su

Cliente (“KYC”)6. Deficiencias en la preparación de reportes de operaciones

sospechosas7. Capacitación inadecuada del personal e implementación de

políticas de Conozca a su Empleado8. Inadecuada evaluación o auditoría independiente sobre las

funciones de cumplimiento9. Fallas en mantener la documentación con información completa10. Fallas en corregir deficiencias previas identificadas

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¿Qué Podemos Hacer ?

Aceptar que este problema no solo está delimitado alsector financiero; sino que ha llegado a muy diversosámbitos como se ha expuesto previamente.

Invertir en Medidas Preventivas:

» Asignar los recursos apropiados de antemano

– Adoptar una mentalidad de “costo de hacer negocios”

• Póliza del seguro v. carga

– Aceptar que es más caro el no adoptar medidas adecuadas deprevención

» Invertir en personal sólido y capacitado (y tecnología si se aplica)

– Invertir en verificación de antecedentes, educación, formación

» Evaluar las operaciones de manera continua

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Que Debemos Hacer -- Recomendaciones

Establecer Programa de Cumplimiento en los siguientesrubros:

» Oficial de Cumplimiento-calificado y reportandodirectamente a CEO

» Políticas escritas

» Pruebas independientes

» Capacitación amplia y suficiente para todas estasmedidas.

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Que Debemos Hacer -- Recomendaciones

Establecer procesos mas formales de debida diligenciapara empleados, clientes, proveedores/otros terceros

Mantener bases de datos con inteligencia y otrainformación de clientes/terceros—un ”Black List” interno

Documentar búsquedas e investigaciones

Establecer un “Whistleblower Program”

Fortalecer o implementar un Código de Ética

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Políticas Mas Importantes

Conocer al:

» Cliente

» Tercero

» Empleado

– Casi todos los casos con consecuencias graves haninvolucrado empleados

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Focos Rojos

Rechazo o renuencia del Cliente para proporcionarinformación

Negativa a identificar la procedencia de los fondos

Información falsa, engañosa, incorrecta, inconsistente, osospechosa

Antecedentes cuestionables, difiere de la actividadprofesional prevista

Intenta persuadir o influir para no presentar o mantenerciertos registros

Siempre confíe en sus instintos--cuandogeneralmente algo le dice que no está bien, no loestá. Se necesita mayor seguimiento o escrutinio.

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Qué Más Debería Revisar—Conozca a SuEmpleado Las personas involucradas en actividades delictivas o

lavado de dinero generalmente requieren coludir a otraspersonas. Se sugiere investigar otras áreas como:

1. Conocidos, relaciones, vínculos sociales

2. Forma de vida vs ingresos

3. Otras circunstancias como litigios, deudas, créditos, etc.

4. Cerciorarse sobre su historial criminal, si no aparece en listas decumplimiento (cargo de cumplimiento)

5. Afiliaciones corporativas

Una vez más, recuerde mirar todo aquello que noparece “correcto” y deje que sus instintos lo guíen.

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Conozca A Sus Empleados Se debe requerir verificación de antecedentes para todos los

empleados nuevos

» La profundidad dependerá de los antecedentes y de la funciónlaboral.

Proveer a todos los empleados de educación inicial y continuaacerca de las leyes y procedimientos aplicables» puede ser orientada según nivel/función laboral» difusión de las actualizaciones a leyes/acciones nuevas o revisadas

Implementar monitoreo aleatorio de las actividades de losempleados

Actualizar los archivos del personal – verificación penal

Considerar la rotación laboral para ciertas funciones. Promuevalas vacaciones (depende del tipo y tamaño de empresa).

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¿Por qué es tan importante conocer a suempleado? La mayoría de los casos involucran negligencia de los

empleados y fallos en la implementación de políticas yprocedimientos.

Muchos casos involucran mala conducta voluntariaque requiere al menos uno de los siguientes:

» Confabulación

» Indiferencia

» Antecedentes criminales (difícil de identificar en laverificación de antecedentes si no hay registro de arrestoo similar)

» Cultura permisiva / cumplimiento débilProprietary and Confidential — KrollAdvisory Solutions47

¿Por qué ?

“Más vale prevenir que lamentar”

Nancy GoldsteinAssociate Managing [email protected]

Paseo de la Reforma 505, Piso 42Col. Cuauhtémoc C.P. 06500México DF, MéxicoT +52 55 5279 7250F +52 55 5282 2444www.kroll.com