ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EN PRIMERA ... DE GOBIERNO LOC… · APROBACIÓN, SI...

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1 AYUNTAMIENTO DE COBEÑA Pl. de la Villa ,1 28863 COBEÑA (Madrid) TELEFONO 91 620 81 32 FAX 91 620 93 71 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE. ASISTENTES: Alcalde-Presidente: D. Jorge Amatos Rodríguez Concejales: D. Pedro A. López Navarro D. Ignacio Hidalgo Béjar Dª Mª José Vidal Fortea Secretario: Dª Mª Milagros Lara Ramos En Cobeña, con fecha ut-supra, siendo las 18.30 horas, se reunieron en la Casa Consistorial las personas que al inicio se expresan componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar la sesión ordinaria para la que han sido previamente convocados al efecto. No asiste y se excusa la Concejala Dª Gema García Gómez. A continuación, comprobada la existencia de quórum necesario para su constitución, se procede al estudio y deliberación de los asuntos incluidos en el orden del día, adoptándose los siguientes acuerdos: PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 4 DE ABRIL DE 2012. Distribuido el acta de la sesión ordinaria celebrada el día 4 de Abril de 2.012 junto con la convocatoria de la presente, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 80.2 del ROF, se acuerda por unanimidad de los Sres. Asistentes, aprobar el acta. SEGUNDO.- COMUNICACIONES, CORRESPONDENCIAS Y DISPOSICIONES OFICIALES. A continuación se da cuenta por los Concejales delegados de la correspondencia recibida en las distintas áreas. Por parte de la Presidencia se da cuenta de las resoluciones dictadas, así como de la sentencia dictada en grado de apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, confirmatoria de la dictada por el Juzgado Contencioso/Administrativo nº 24 de Madrid en fecha de 24 de febrero de 2010, en el procedimiento ordinario nº 27/09, seguido a instancia de Dª Ana Isabel Gil

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Pl. de la Villa ,1 28863 COBEÑA (Madrid) TELEFONO 91 620 81 32

FAX 91 620 93 71

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE. ASISTENTES: Alcalde-Presidente: D. Jorge Amatos Rodríguez Concejales: D. Pedro A. López Navarro D. Ignacio Hidalgo Béjar Dª Mª José Vidal Fortea Secretario: Dª Mª Milagros Lara Ramos En Cobeña, con fecha ut-supra, siendo las 18.30 horas, se reunieron en la Casa Consistorial las personas que al inicio se expresan componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar la sesión ordinaria para la que han sido previamente convocados al efecto. No asiste y se excusa la Concejala Dª Gema García Gómez. A continuación, comprobada la existencia de quórum necesario para su constitución, se procede al estudio y deliberación de los asuntos incluidos en el orden del día, adoptándose los siguientes acuerdos: PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 4 DE ABRIL DE 2012. Distribuido el acta de la sesión ordinaria celebrada el día 4 de Abril de 2.012 junto con la convocatoria de la presente, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 80.2 del ROF, se acuerda por unanimidad de los Sres. Asistentes, aprobar el acta. SEGUNDO.- COMUNICACIONES, CORRESPONDENCIAS Y DISPOSICIONES OFICIALES. A continuación se da cuenta por los Concejales delegados de la correspondencia recibida en las distintas áreas. Por parte de la Presidencia se da cuenta de las resoluciones dictadas, así como de la sentencia dictada en grado de apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, confirmatoria de la dictada por el Juzgado Contencioso/Administrativo nº 24 de Madrid en fecha de 24 de febrero de 2010, en el procedimiento ordinario nº 27/09, seguido a instancia de Dª Ana Isabel Gil

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Iglesias, en virtud de la cual se declaraba conforme a Derecho el acuerdo adoptado por el Pleno en fecha de 17-07-2008, ordenando el restablecimiento de la legalidad urbanística, por la realización de obras sin licencia en la vivienda sita en la c/ Huertos nº 15, consistentes en la construcción de cuatro apartamentos en la planta baja y de adecuación del garaje para local comercial. TERCERO.- LICENCIAS URBANÍSTICAS

1ª.- Dada cuenta de la solicitud de licencia de Obra Mayor presentada por D. Mariano Salvador Martín en nombre de D. Sandro Roberto Sánchez Dúñez, para la ejecución de obras consistentes en la ampliación de la vivienda unifamiliar pareada sita en la Calle Orquídea nº 5 de esta localidad, junto con el correspondiente proyecto y demás documentos adjuntos.

Con fecha 16 de Abril de 2.012, y en cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 157.2.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, se emitió informe de los Servicios Técnicos en sentido favorable a la concesión de la licencia obras. Igualmente, se ha informado favorablemente por Secretaría.

De conformidad con lo previsto en artículo 157.1 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y en concordancia con el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las facultades que legalmente le han sido delegadas por el Alcalde, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

Primero.- Conceder Licencia Urbanística de Obra Mayor a D. Sandro

Roberto Sánchez Dúñez, para la ejecución de las obras de ampliación de la vivienda unifamiliar pareada sita en la Calle Orquídea nº 5 de esta localidad, según proyecto básico y de ejecución presentado al efecto redactado por la Arquitecta, Dª. Mª Nieves López Colino, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 16.018,70 Euros.

Segundo.- Dicha licencia se entiende otorgada con sujeción a las

condiciones establecidas en las NN.SS., documentación técnica aportada, Ordenanzas y disposiciones legales urbanísticas, y a las condiciones generales que figuran a continuación:

CONDICIONES GENERALES: - La licencia se otorga salvo derecho de propiedad y sin perjuicio a

terceros, no pudiendo ser invocada para disminuir y excluir la responsabilidad civil o penal en que se pueda incurrir en el ejercicio de la actividad autorizada.

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- La concesión de la licencia no prejuzga, en ningún caso, autorización para el ejercicio de actividades o apertura de establecimientos, que deberán ser objeto de licencia independiente.

- Las obras deberán iniciarse en el plazo máximo de un año, contado desde su concesión, y en todo caso deberán quedar finalizadas dentro de los treinta y seis meses siguientes a la fecha de su notificación, admitiéndose una interrupción máxima de tres meses, que habrá de solicitarse por escrito. Se cumplirán las prescripciones generales que determinan las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio.

- La caducidad de la licencia se produce por el transcurso de uno u otro plazo, sin haber comenzado las obras, o bien sin haberlas acabado, sin necesidad de advertencia previa en tal sentido que deba efectuar la Administración.

- Se podrán conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.

- Deberá presentar el acta de inicio de obra debidamente firmado. Tercero.- Aprobar la liquidación provisional practicada por el interesado

mediante autoliquidación en concepto de Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, según Ordenanzas Municipales en vigor.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al interesado con señalamiento de

los recursos que procedan.” Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes.

2ª.- “Dada cuenta de la solicitud de licencia de Obra Mayor presentada por

D. Luis Baonza Chisvert, para la demolición de dos viviendas unifamiliares sitas en la Plaza de Vulcano nº 3, junto el correspondiente proyecto y demás documentos adjuntos.

Con fecha 12 de Abril de 2.012, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 157.2.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, se emitió informe de los Servicios Técnicos en sentido favorable a la concesión de la licencia obras. Igualmente, se ha informado favorablemente por Secretaría.

De conformidad con lo previsto en artículo 157.1 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y en concordancia con el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las facultades que legalmente le han sido delegadas por

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Pl. de la Villa ,1 28863 COBEÑA (Madrid) TELEFONO 91 620 81 32

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el Alcalde, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

Primero.- Conceder Licencia Urbanística de Obra Mayor a D. Luis Baonza

Chisvert, para la demolición de dos viviendas unifamiliares sitas en la Plaza de Vulcano nº 3 de esta localidad, según proyecto presentado al efecto redactado por la Arquitecta Dª. Mª Nieves López Colino, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 13.025,75 Euros.

Segundo.- Dicha licencia se entiende otorgada con sujeción a las

condiciones establecidas en las NN.SS., documentación técnica aportada, Ordenanzas y disposiciones legales urbanísticas, y a las condiciones generales que figuran a continuación:

CONDICIONES GENERALES: - La licencia se otorga salvo derecho de propiedad y sin perjuicio a

terceros, no pudiendo ser invocada para disminuir y excluir la responsabilidad civil o penal en que se pueda incurrir en el ejercicio de la actividad autorizada.

- La concesión de la licencia no prejuzga, en ningún caso, autorización para el ejercicio de actividades o apertura de establecimientos, que deberán ser objeto de licencia independiente.

- La demolición deberá iniciarse en el plazo máximo de un año, contado desde su concesión, y en todo caso deberán quedar finalizadas dentro de los treinta y seis meses siguientes a la fecha de su notificación admitiéndose una interrupción máxima de tres meses, que habrá de solicitarse por escrito. Se cumplirán las prescripciones generales que determinan las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio.

- La caducidad de la licencia se produce por el transcurso de uno u otro plazo, sin haber comenzado las obras, o bien sin haberlas acabado, sin necesidad de advertencia previa en tal sentido que deba efectuar la Administración.

- Se podrán conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.

- Deberá presentar el acta de inicio de obra debidamente firmado. Tercero.- Aprobar las liquidaciones provisionales practicadas por el

interesado mediante autoliquidación en concepto de Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, según Ordenanzas Municipales en vigor.

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FAX 91 620 93 71

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al interesado con señalamiento de los recursos que procedan.” Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes.

3ª.- “Dada cuenta de la solicitud de licencia de Obra Mayor presentada por D. Luis Baonza Chisvert, para la ejecución de obras consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar con garaje en la Plaza de Vulcano nº 3 de esta localidad, junto con el correspondiente proyecto y demás documentos adjuntos.

Con fecha 16 de Abril de 2.012, y en cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 157.2.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, se emitió informe de los Servicios Técnicos en sentido favorable a la concesión de la licencia obras. Igualmente, se ha informado favorablemente por Secretaría.

De conformidad con lo previsto en artículo 157.1 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y en concordancia con el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las facultades que legalmente le han sido delegadas por el Alcalde, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

Primero.- Conceder Licencia Urbanística de Obra Mayor a D. Luis Baonza

Chisvert, para la ejecución de las obras consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar con garaje en la Plaza de Vulcano nº 3 de esta localidad, según proyecto básico y de ejecución presentado al efecto redactado por la Arquitecta, Dª. Mª Nieves López Colino, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 189.801,42 Euros.

Segundo.- Dicha licencia se entiende otorgada con sujeción a las

condiciones establecidas en las NN.SS., documentación técnica aportada, Ordenanzas y disposiciones legales urbanísticas, y a las condiciones generales que figuran a continuación:

CONDICIONES GENERALES: - La licencia se otorga salvo derecho de propiedad y sin perjuicio a

terceros, no pudiendo ser invocada para disminuir y excluir la responsabilidad civil o penal en que se pueda incurrir en el ejercicio de la actividad autorizada.

- La concesión de la licencia no prejuzga, en ningún caso, autorización para el ejercicio de actividades o apertura de establecimientos, que deberán ser objeto de licencia independiente.

- Las obras deberán iniciarse en el plazo máximo de un año, contado desde su concesión, y en todo caso deberán quedar finalizadas dentro de los treinta y seis meses siguientes a la fecha de su notificación,

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admitiéndose una interrupción máxima de tres meses, que habrá de solicitarse por escrito. Se cumplirán las prescripciones generales que determinan las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio.

- La caducidad de la licencia se produce por el transcurso de uno u otro plazo, sin haber comenzado las obras, o bien sin haberlas acabado, sin necesidad de advertencia previa en tal sentido que deba efectuar la Administración.

- Se podrán conceder prórrogas de los plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos previstos para el comienzo y para la finalización de las obras, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de su otorgamiento.

- Deberá presentar el acta de inicio de obra debidamente firmado. Tercero.- Aprobar la liquidación provisional practicada por el interesado

mediante autoliquidación en concepto de Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, según Ordenanzas Municipales en vigor.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al interesado con señalamiento de los

recursos que procedan.” Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. CUARTO.- ACUERDO SOBRE ADJUDICACIÓN CONTRATO DE LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS FESTEJOS TAURINOS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES DE COBEÑA.

“Visto que con fecha 19/02/2012, por el Concejal de Festejos se detectó la necesidad de realizar la contratación del servicio de Organización y Realización de los Festejos Taurinos de las próximas Fiestas Patronales de Cobeña, proponiéndose como procedimiento de contratación el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.

Visto que con fecha 28/02/2012, se emitió informe de Intervención sobre el

porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente.

Visto que con fecha 29/02/2012, se emitió Informe por Secretaría sobre la

Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato.

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FAX 91 620 93 71 Visto que con fecha 29/02/2012, por la Alcaldía se aprobó iniciar el

expediente para la contratación referenciada motivando la necesidad e idoneidad de la contratación propuesta.

Visto que con fecha 01/03/2012, se redactó e incorporó al expediente el

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas, que han de regir la adjudicación del contrato.

Visto que con fecha 01/03/2012, se realizó por el Interventor la retención de

crédito oportuna y se emitió Informe de fiscalización del expediente. Visto que con fecha 01/03/2012, por la Junta de Gobierno Local, se aprobó

el expediente de contratación junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas para la adjudicación del servicio de Organización y Realización de los Festejos Taurinos de las próximas Fiestas Patronales de Cobeña, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Asimismo se autorizó el gasto que supone la adjudicación.

Visto que con fecha 06/03/2012, se publicó anuncio de licitación por plazo

de quince días en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de contratante del órgano de contratación, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones.

Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente.

Visto que con fecha 12/04/2012, se constituyó la Mesa de contratación, y

tras la valoración de las ofertas, ésta realizó propuesta de adjudicación a favor de la sociedad EVENTAURO S.L.

Visto que se requirió al licitador que presento la oferta económicamente más

ventajosa, para que presentara la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y constituyera la garantía definitiva.

Visto que con fecha 17/04/2012, la sociedad EVENTAURO S.L., constituyó

garantía definitiva por importe de 1.315,00 euros y presentó los documentos justificativos exigidos.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de

Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 151.4 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,

SE PROPONE:

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FAX 91 620 93 71 PRIMERO. Adjudicar a la empresa EVENTAURO S.L. el contrato de servicios

de Organización y Realización de los Festejos Taurinos de las próximas Fiestas Patronales de Cobeña, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, aprobada por Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 1 de marzo de 2.012 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 56 de fecha 6 de marzo de 2012 y en el Perfil de contratante, por un importe de 26.300 euros más 4.734 euros de IVA.

SEGUNDO. Disponer el gasto con cargo a la partida 338.22608 del

presupuesto vigente de gastos. TERCERO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado

adjudicatarios. CUARTO. Notificar a EVENTAURO S.L., adjudicatario del contrato, el

presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en la Secretaría del Ayuntamiento de Cobeña, sito en Plaza de la Villa nº 1, a las 12.00 horas, del día 24 de abril de 2.012.

QUINTO. Publicar la formalización del contrato de servicios de Organización

y Realización de los Festejos Taurinos de las próximas Fiestas Patronales de Cobeña en el Perfil de contratante y Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

SEXTO. Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos

del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 333.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.” Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. QUINTO.- ACUERDO SOBRE ESTABLECIMIENTO PRECIO PUBLICO POR ENTRADA A ESPECTACULOS CELEBRADOS EN EL MUNICIPIO DE COBEÑA.

“Siendo necesario el establecimiento de precio público para acceder a las representaciones teatrales que se organizan dentro del ámbito de actuación de la Red de Teatros desarrollada por el Ayuntamiento de Cobeña, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.3 de la Orden 1076/2000, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura, por la que se regula el procedimiento de acceso a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid.

Teniendo en cuenta la Ordenanza reguladora de precios públicos por entrada

a espectáculos celebrados en el municipio de Cobeña, cuyo artículo 3 establece que “el importe de la entrada será determinado por la Junta de Gobierno Local, cuya competencia se delega por el Pleno, conforme al coste de la actividad realizada y el aforo del espectáculo, previa memoria económica-financiera de los servicios de

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intervención del Ayuntamiento y, sin perjuicio de aquellos espectáculos que por sus características especiales y emplazamiento se ofrezcan de forma gratuita.” Y visto asimismo la memoria económica-financiera redactada al efecto por el servicio de intervención del Ayuntamiento de Cobeña, se propone la adopción del siguiente acuerdo: 1º.- Establecer como precio público el importe de 1 euro para acceder a las representaciones teatrales que se incluyan dentro del programa de actuaciones de la Red de Teatro del Ayuntamiento de Cobeña.” Dicha propuesta fue aprobada por unanimidad de los Sres. Asistentes. SEXTO.- ASUNTOS URGENTES No hay ningún asunto urgente. SEPTIMO.- PROPOSICIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS. No se formula ninguna proposición, ruego o pregunta. Seguidamente entre los miembros de la Junta se delibera sobre las actuaciones a seguir en las distintas áreas.

Finalmente no habiendo más asuntos pendientes sobre la mesa, se cerró la

sesión a las 20,30 horas, levantándose la presente acta de todo lo cual certifico.