Acta Constitutiva
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MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE UNA EMPRESA MANUFACTURERA
Nosotros, DAIRYS GONZÁLEZ, ARLEEN LARA, DAYANA RIVERO, DEOMAR
SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, solteros, de profesión comerciantes,
titulares de las cédulas de identidades Nros. 21.350.821, 20.896.820, 18.464.283,
22.970.956, correlativamente, y de este domicilio, hemos convenido en constituir
una compañía anónima, regidas por las normas contenidas en este documento,
que están numeradas y contenidas así: PRIMERA: La compañía se denomina
“PROCESADORA MI MAIZAL, C.A.”. SEGUNDA: El domicilio de la compañía se
encuentra en la localidad de Punta de Mata del estado Monagas, específicamente
en la Carretera Nacional vía Puerto La cruz, pudiendo establecer sucursales,
agencias y oficinas en cualquier otro sitio del país o exterior, a juicio de la Junta
Directiva. TERCERA: El Objeto de la compañía es la manufactura de los
productos derivados del maíz, como harina precocidad, desgranado de maíz seco,
Mezclas para elaboración de cachapas, granos para la siembra, y en general
cualquier otro producto que se obtenga a partir del maíz. CUARTA: la duración de
la compañía será de Cincuenta (50) años, a menos que la Asamblea General de
Accionista decidiere lo contrario, lo cual se contará a partir de la fecha de su
inscripción en el Registro Mercantil. QUNTA: El Capital de la Sociedad es la
cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES divididas en VEINTE MIL
ACCIONES, con un valor de UN MIL BOLÍVARES cada una. Este Capital,
totalmente suscrito, ha sido cancelado de la siguiente manera: DAIRYS
GONZÁLEZ, ha suscrito y pagado el VEINTINCO POR CIENTO (25%) de las
acciones o sea CINCO MIL ACCIONES, ES DECIR CINCO MILLONES DE
BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), con el aporte en dinero en efectivo; ARLEEN LARA,
ha suscrito y pagado el VEINTINCO POR CIENTO (25%) de las acciones o sea
CINCO MIL ACCIONES, ES DECIR CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.
5.000,00), con el aporte en dinero en efectivo; DAYANA RIVERO, ha suscrito y
pagado el VEINTINCO POR CIENTO (25%) de las acciones o sea CINCO MIL
ACCIONES, ES DECIR CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), con el
aporte en dinero en efectivo; DEOMAR SALAZAR, ha suscrito y pagado el
VEINTINCO POR CIENTO (25%) de las acciones o sea CINCO MIL ACCIONES,
ES DECIR CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), con el aporte en
dinero en efectivo; con un aporte conjunto de VEINTE MILLONES DE
BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) de capital pagado. SEXTA. La Compañía será
administrada por una Junta Directiva constituida por un (01) Presidente y un (01)
Vice-Presidente, siendo elegidos por la Asamblea General de Accionistas y
durarán Tres (03) años en sus funciones. SEPTIMA. - Son atribuciones del
Presidente las siguientes: a) Representar a la Compañía en juicio o fuera de él,
pudiendo otorgar poderes judiciales o extrajudiciales y de administración a las
personas naturales o jurídicas que consideren pertinentes. b) Convocar la
Asamblea de Accionistas. e) Celebrar toda clase de contratos y convenios, con
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, tales como de mutuos,
enfiteusis, comodatos, prendas, anticresis, depósitos, prestamos, arrendamientos,
compraventas, permutas, hipotecas, fianzas, avales sobre bienes muebles o
inmuebles, solicitar permisos; emitir, aceptar, endosar y protestar letras de
cambios, cheques, pagares y cualesquiera otro efecto cambiario o mercantil. Abrir
cuentas bancarias, hacer todo tipo de movilizaciones de cuentas bancarias,
solicitar créditos a instituciones, obligarse o comprometerse, etc. d) Fijar los gastos
generales de administración. e) Nombrar y remover los trabajadores de la
Compañía y fijarles su remuneración. f) Controlar y supervisar la Contabilidad y
Administración de la sociedad. g) Presentar anualmente o cuando así lo requiera
la sociedad a la Asamblea General de Accionistas el Balance e Informe sobre la
administración y marcha de los negocios de la Compañía. h) Determinar el empleo
de los Fondos de Reserva colocándolos de la manera establecida por el artículo
262 del Código de Comercio y determinar los medios, distribuir y ordenar su pago.
i) Presentar todos los documentos necesarios al Registro Mercantil, dentro de los
quince días siguientes a la fecha de su aprobación o discusión, a objeto de que
sean agregados al respectivo expediente de la Empresa j) Nombrar Factores
mercantiles y apoderados k) Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la
Asamblea de Accionistas y tomar todas aquellas decisiones que estimen
convenientes para la buena marcha de los negocios de la sociedad. OCTAVA.- La
Junta Directiva deberá reunirse por lo menos una vez al mes, sin menoscabo de
hacerlo cuando lo considere necesario para los intereses de la Empresa,
levantando Acta al efecto dejando en ella contenida un resumen de lo tratado así
como suscribirlas cada uno de los presentes. NOVENA: La Asamblea General de
Accionistas regularmente constituida representa la totalidad de los accionistas y
sus deliberaciones así como sus decisiones dentro de los límites de sus
facultades, son obligatorias para todos, aun para los que no hayan concurrido.
DÉCIMA.- Las Asambleas de Accionistas serán Ordinarias o Extraordinarias,
debiendo ser convocadas por la prensa local, con cinco días de anticipación por lo
menos fijado para la reunión, salvo que estén presentes la totalidad de los
accionistas y exista la convocatoria personal. DÉCIMA PRIMERA: La Asamblea
General Ordinaria se reunirá dentro de los tres primeros meses de terminado el
giro económico de la sociedad, en su sede social, la cual tendrá las atribuciones
que fija la Ley. DECIMA SEGUNDA: La Asamblea General Extraordinaria se
reunirá cuando sea convocada por la Junta Directiva o cuando así lo exija un
número de accionistas que represente más del cincuenta por ciento (50%) del
Capital Social. También deberán reunirse cuando sea convocada por el Comisario
Principal o por su suplente o cuando lo estime con conveniente el Presidente o
quien haga sus veces. DÉCIMA TERCERA. Toda Asamblea, ordinaria o
extraordinaria, se considerará cálidamente constituida con la concurrencia de un
número de accionistas que representen más del cincuenta por ciento (50%) del
Capital Social. Si en la fecha fijada para la reunión no concurriere un número de
accionistas con la representación exigida, se procederá de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 279 y 281 del Código de Comercio, según el caso.
DÉCIMA CUARTA. Las decisiones de la Asamblea serán válidas cuando se
obtenga la aprobación de un número de accionistas que representen por lo menos
mas del cincuenta por ciento (50%) del Capital Social A este efecto cada
accionista tendrá tantos votos cuantas sean las acciones que posea o represente.
DECIMA QUINTA.- De las reuniones de las Asambleas se levantará un acta en la
cual se identificaran a los accionistas que concurran, el número de acciones que
posean o representen y las decisiones que se tomen, siendo suscrita por todos los
presentes. DÉCIMA SEXTA.- El día 31 de Diciembre de cada año se cortarán las
cuentas y se formará el Balance General, todo lo cual pasará al Comisario para su
Informe a la Asamblea de Accionistas. DÉCIMA SEPTIMA.- La Asamblea de
Accionistas elegirá un Comisario, que durará Dos (02) años en el ejercicio de sus
funciones, el cual podrá ser reelegido por dos (02) períodos iguales, pero si
llegado el momento de la elección, no se efectuare la asamblea, o realizada ésta,
rio se hiciere la designación correspondiente, el que estuviere /ejerciendo el cargo
permanecerá en él hasta que sea reelegido o sustituido. El Comisario tendrá las
atribuciones establecidas en el Código de Comercio. DÉCIMA OCTAVA.- En caso
de disolución y consiguiente liquidación de la sociedad, la misma se llevará a
efecto por intermedio de un único liquidador que será designado por la Asamblea
de Accionistas convocada al efecto. A este liquidador se le señalaran sus
atribuciones en la misma Asamblea. DÉCIMA NOVENA.- Para el primer período
estatutario de Tres (03) años, se han hecho los siguientes nombramientos: se
designa una Junta Directiva integrada por los ciudadanos DAIRYS GONZÁLEZ,
ARLEEN LARA, DAYANA RIVERO, DEOMAR SALAZAR, ya identificados,
quienes ejercerán los cargos de Presidente , Vicepresidente Ejecutivo,
Vicepresidente Administrativo y Gerente General respectivamente. Se designa
como Comisario el ciudadano JOSÉ CABRERA PEREZ, venezolano, mayor de
edad, Contador Publico, titular de la cédula de identidad N° 6.038.549, inscrito en
el Colegio de Contadores Públicos Estado Aragua bajo el N° 4.688, domiciliado en
Maturín Estado Monagas VIGÉSIMA OCTAVA.- Se autoriza suficientemente para
que haga la presentación de la Compañía ante el Registrador Mercantil y para que
firme los documentos, libros y registros que tal inscripción requiera al ciudadano:
AQUILES LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en Ejercicio, titular de la
cédula de identidad N° 15.322.148, inscrito en el LP.S.A. bajo el N° 100.688, y de
este domicilio. En Maturín, Estado Monagas, a la fecha de su presentación.
Importancia de la localización de la planta “Procesadora Mi Maizal”
La planta “Procesadora Mi Maizal” está ubicada en la carretera nacional vía Puerto
La Cruz, a la altura de la población de Punta de Mata, hecho este que influyo de
manera notable en la construcción de esta industria