Acciones populares

18
Laura Bolaños Universidad La Gran Colombia. Ley 472 de 1998

Transcript of Acciones populares

Page 1: Acciones populares

Laura BolañosUniversidad La Gran Colombia.

Ley 472 de 1998

Page 2: Acciones populares

Articulo 88 de la Constitución Política Colombiana.

LA LEY 472 DE 1998: « Por la cual se desarrolla el articulo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de la acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones», la cual entro a regir desde el 6 de agosto de 1999.

Page 3: Acciones populares

ACCIONES POPULARES

son aquellas acciones por medio de las cuales cualquier individuo que desee defender los intereses que son comunes a una colectividad puede hacerlo ante los jueces y obtener una recompensa por su intervención.

CARACTERISTICAS.

DERECHOS QUE AMPARA: Mecanismos de protección de los derechos e intereses colectivos mencionados en el Art. 88 de la Constitución Política y otros de similar naturaleza que definen la ley.

FINALIDAD: su finalidad es publica; no persiguen intereses subjetivos o pecuniarios, sino proteger a la comunidad en su conjunto respecto de sus derechos e interés colectivos.

LEGITIMACION PARA ACTUAR: pueden ser interpuestos por cualquier persona a nombre de la comunidad sin exigirse requisitos sustanciales de legitimación.

CARÁCTER PREVENTIVO: por los fines que la inspiran no es, ni puede ser requisito la existencia de un daño o perjuicio sobre los derechos que se pueden amparar a través de ella.

CONTENIDO DE LA SENTENCIA: podrá contener una orden de hacer o no hacer, exigir la realización de conductas necesarias para volver las cosas al estado anterior o el pago de sumas de dinero.

Page 4: Acciones populares

PRINCIPIOS

PUBLICIDAD

ECONOMÍA.

CELERIDAD Y EFICACIA.

LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO

CIVIL.

Page 5: Acciones populares

TERMINOS

La acción popular no tiene término de caducidad, puede emplearse en cualquier tiempo. Estados de excepción.

Page 6: Acciones populares

ACCIONES POPULARES

Ley 472 de 1998, Art. 2 “medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos.

Jurisdicción y CompetenciaProceden

Contra toda acción u omisión de las autoridades publicas o de los particulares que hayan violado o amenacen violar los derechos e intereses colectivos.

Art. 6 ley 472 de 1998 “ Provee la acción popular preventiva que debe tramitarse con preferencia a las demás que conozca el juez.

La jurisdicción de lo Contencioso Administrativo conoce de los procesos que de suciten con ocasión del ejercicio de aquellos actos u omisiones de las entidades publicas y de las personas privadas que desempeñan funciones administrativas.

La jurisdicción ordinaria civil conoce de aquellas acciones u omisiones que no conoce la jurisdicción contenciosa administrativa, que si conoce el Estado

Antes de la ley 472 de 1998 se tramitaban por proceso abreviado.

Page 7: Acciones populares

1. Toda persona natural o jurídica.

2. Las organizaciones No Gubernamentales, las Organizaciones Populares, Cívicas o de índole similar.

3. Las entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia, siempre que la amenaza o vulneración a los derechos e intereses colectivos no se haya originado en su acción u omisión.

4. El Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los Personeros Distritales y municipales, en lo relacionado con su competencia.

5. Los alcaldes y demás servidores públicos que por razón de sus funciones deban promover la protección y defensa de estos derechos e intereses.

¿QUIÉN LAS PUEDE EJERCITAR?

Page 8: Acciones populares

PROCEDIMIENTO

Presentación de la demanda o petición con los requisitos: derecho o interés colectivo amenazado, hechos, actos, acciones u omisiones que motivaron la petición, pretensiones, persona natural o jurídica

o autoridad pública responsable de la amenaza, pruebas, etc.

Pacto de cumplimiento (conciliación). Fallo de sentencia (orden de hacer o no hacer)

Page 9: Acciones populares

¿QUÉ DEBE CONTENER LA DEMANDA DE ACCIÓN POPULAR?

1. La indicación del derecho o interés colectivo amenazado o vulnerado.

2. La indicación de los hechos, actos, acciones u omisiones que motivan la petición.

3. La enunciación de las pretensiones.

4. El señalamiento de la persona natural o jurídica, o la autoridad pública responsable de la amenaza o agravio si acaso fuese posible determinarla.

5. Las pruebas que se pretenda hacer valer.

6. Las direcciones para notificaciones.

7. Nombre e identificación de quien ejerce la acción.

Page 10: Acciones populares

NOTIFICACION, ADMISION Y TRASLADO.

ADMISON DE LA DEMANDA

NOTIFICACIÓN DEL AUTO ADMISORIO

TRASLADO Y CONTESTACIÓN DE LA

DEMANDA

EXCEPCIONES

Page 11: Acciones populares

MEDIDAS CAUTELARES

Ordenar la inmediata cesación de las actividades

Ordenar que se ejecuten los actos necesarios cuando la conducta potencialmente perjudicial o dañina sea consecuencia u omisión del demandado

Obligar al demandado a prestar caución para garantizar el cumplimiento de cualquiera de las anteriores medidas previas El decreto o practica

de las medidas cautelares no

suspenderá el curso del proceso

Page 12: Acciones populares

En dicha audiencia podrá establecerse un pacto de cumplimiento a iniciativa del juez

en el que se determine la forma de protección de los derechos e intereses colectivos y el restablecimiento de las

cosas a su estado anterior, de ser posible.

El pacto de cumplimiento así celebrado será revisado por el juez en un plazo de cinco (5) días, contados a partir de su

celebración. Si observare vicios de ilegalidad en alguno de los contenidos del proyecto de pacto, éstos serán corregidos por el juez con el consentimiento de las

partes interesadas.

PACTO DE CUMPLIMIENTO

Page 13: Acciones populares

PRUEBASRealizada la citación para establecer el proyecto de pacto de cumplimiento, sin lograr acuerdo, o citada ésta y no efectuada por ausencia de las partes, el juez decretará, previo análisis de conducencia, pertinencia y eficacia, las pruebas solicitadas y las que de oficio estime pertinentes, señalando día y hora para su práctica, dentro del término de veinte (20) días prorrogables por veinte (20) días más si la complejidad del proceso lo requiere.

CLASES Y MEDIOS DE PRUEBA

CARGA DE LA PRUEBA.

Page 14: Acciones populares

SENTENCIA

EFECTOS DE LA SENTENCIA: tendrá efectos de cosa juzgada respecto de las partes y del público en general.

Vencido el término para alegar, el juez dispondrá de veinte (20) días para proferir sentencia.

ALEGATOS: Vencido el término para practicar pruebas, el juez dará traslado a las partes para alegar por el término común de cinco (5) días.

Page 15: Acciones populares

¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE LA SENTENCIA QUE SE DICTA RESPECTO DE UNA ACCIÓN POPULAR?

Se establecerá además un incentivo para el actor: 10 a 150 Salarios mínimos legales mensuales vigentes, si se protege moralidad administrativa el

incentivo será del 15% de lo recuperado, dicho incentivo es una especie de premio que se otorga al actor popular (artículo 39).

En cuanto a sus efectos, la sentencia es cosa juzgada respecto de las partes y el público en general (artículo 35). En cuanto a su contenido, si es favorable:

da una orden de hacer o no hacer. Además se podrá condenar al pago de perjuicios a favor de la entidad pública que cuida del bien protegido para

que se realicen las conductas necesarias para el restablecimiento.

Page 16: Acciones populares

RECURSOS Y COSTAS

RECURSO DE REPOSICION: Contra los autos dictados durante el trámite de la Acción Popular procede el recurso de reposición, el cual será interpuesto en los términos del Código de Procedimiento Civil.

RECURSO DE APELACION. El recurso de apelación procederá contra la sentencia que se dicte en primera instancia, en la forma y oportunidad señalada en el Código de Procedimiento Civil, y deberá ser resuelto dentro de los veinte (20) días siguientes contados a partir de la radicación del expediente en la Secretaría del Tribunal competente.

COSTAS. El juez aplicará las normas de procedimiento civil relativas a las costas. Sólo podrá condenar al demandante a sufragar los honorarios, gastos y costos ocasionados al demandado, cuando la acción presentada sea temeraria o de mala fe. En caso de mala fe de cualquiera de las partes, el juez podrá imponer una multa hasta de veinte (20) salarios mínimos mensuales, los cuales serán destinados al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar.

Page 17: Acciones populares

LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS AMPARADOS POR

LA ACCION POPULAR

a) El goce de un ambiente sano de conformidad con lo establecido en la constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias.

b) Moralidad Administrativa: principio de la

función pública

c) La existencia del equilibrio y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, la conservación de especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la conservación y restauración del medio ambiente.

d) El goce del espacio publico y la utilización y defensa de los bienes de uso publico.

g) La seguridad y salubridad publica.

e) Defensa del patrimonio publico.

f) La defensa del patrimonio cultural de la Nación.

i) La libre competencia económica.

h) El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad publica.

j) El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.

k) La prohibición de fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares; así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos.

m) La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada,; dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.

l) El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles.

n) Los derechos

de los consumidores y

usuarios.

Page 18: Acciones populares

GRACIAS