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UNIVERSIDAD CATOLICA “ANDRES BELLO” DIRECCIÓN GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO AREA DE DERECHO ESPECIALIDAD EN DERECHO PROCESAL EL PROCESO CON ETICA Participantes: Acero Clemencia C.I.: 5.685.559 Araujo Maria de los Angeles C.I.: 17.266.421 Ballan Chehayeb Acram C.I.: 17.584.984 Muchacho Alba C.I.: 10.404.712 Muchacho Maria Gabriela C.I.: 11.320.905

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UNIVERSIDAD CATOLICA “ANDRES BELLO”DIRECCIÓN GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO

AREA DE DERECHOESPECIALIDAD EN DERECHO PROCESAL

EL PROCESO CON ETICA

Participantes: Acero Clemencia C.I.: 5.685.559Araujo Maria de los AngelesC.I.: 17.266.421 Ballan Chehayeb AcramC.I.: 17.584.984Muchacho AlbaC.I.: 10.404.712Muchacho Maria GabrielaC.I.: 11.320.905

Facilitador: Dr. José Manuel Bastidas

Trujillo, Junio 2010

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INTRODUCCIÓN

Hablar de ética implica encarar una cuestión típicamente humana, ya que el ser

humano es el único que depende de sus propias decisiones no solamente para

vivir confortablemente, sino también para construir su propia identidad.

La naturaleza humana, más allá de una gran variedad de postulados

antropológicos de tipo filosófico y teológico que se han ido planteando a lo largo

de la historia, es sin duda una entidad no autoevidente. El ser humano no tiene

claro, como dato previo, qué es y quién es. Mucho menos aún, le es evidente qué

debe ser o qué quiere ser. Se trata de una naturaleza “abierta” “no acabada” “no

previamente definida en totalidad”. Si por el contrario asumiésemos el postulado

de que la naturaleza humana fuese completa y acabada, este hecho no le resulta

evidente.

El ser humano, desde que tenemos noticia de su existencia, aparece

preocupado por su vida y realización, y por tanto, profundamente reflexivo sobre

su propio existir.

No se trata de una tarea ociosa, sino profundamente implicante de la existencia.

Al ser humano no le alcanza la fuerza de los instintos para encontrarle un sentido

a la vida ni para realizarse personal ni socialmente.

Generación tras generación, y en las más diversas culturas y épocas, el ser

humano se encuentra necesitado de un horizonte de comprensión de la realidad y

de su ubicación en ella, así como de la posibilidad de proyectarse al futuro en

parámetros de ideales y con esperanzas ciertas de felicidad. Sin estos elementos

parece no valer la pena la vida, y no hay fuerza instintiva que pueda sustituirlos.

Esta realidad empírica, personal, grupal y colectiva de la humanidad toda, ha

llevado al ser humano a encarar activamente el tema a lo largo de la historia,

buscando caminos de realización y de sentido de la vida, todo lo cual se ha dado

en llamar la “ética”.

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Así, la dimensión ética de la persona humana es esencialmente su capacidad

de realización en la vida, como resultado de un actuar libre y responsable, Más

aún, la dimensión ética del ser humano es la ineludible responsabilidad que tiene

de asumir su libertad en función de su propia realización.

No se trata de algo optativo, sino que se trata de una realidad de hecho: más

allá de la voluntad del ser humano la vida se va desenvolviendo inevitablemente, y

el camino que recorra será el resultado de sus propias opciones. Con su quehacer

el ser humano se hace a sí mismo, o en otras palabras, la calidad y sentido de su

vida depende de las opciones que realiza en ella.

Por ello, el ser humano es esencialmente ético. Y lo es, más allá de que se

asuma como tal o no. Es decir, sea que asuma responsablemente sus opciones o

no, está condenado a sufrir las consecuencias de las mismas y no solamente en

cuestiones de bienestar (material, psicoafectivo, espiritual, etc.) sino también en su

identidad y sentido fundamentales.

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El Proceso con Ética como esencia del ser humano

En la “búsqueda de la felicidad” podemos sintetizar el dinamismo vital del ser

humano. Se trata de una generalización, ya que bajo ese término incluimos una

gran variedad de conceptos históricos (plenitud, realización, humanización,

santidad, identidad, trascendencia, etc.) que se han desarrollado según diversas

corrientes de pensamiento y que, en última instancia, delimitan esa ansia

fundamental de la existencia humana.

Dado que el ser humano no encuentra de modo espontáneo y evidente ni en sí

mismo ni tampoco fuera de sí, el camino a recorrer para alcanzar esa felicidad que

ansía, la tarea ética será fundamentalmente un proceso de descubrimiento,

afirmación o rectificación de los intentos realizados. Más allá de que cuente con

referentes religioso, filosófico, ideológicos, o del tipo que sean, seguros y

detallados, el ser humano necesariamente deberá someterse a un proceso de

ensayo y error. Sólo así podrá verificar la validez del camino, y sólo así podrá

efectivamente aclarar las opciones necesarias para recorrer el camino que le haya

sido propuesto.

La ética es, entonces, la respuesta experiencial a la pregunta esencial: “¿cómo

actúo-actuamos para ser felices?”, “¿cómo actúo-actuamos para ser plenamente

personas?”

Desde esta perspectiva, podemos definir la ética como "la praxis de hacernos

mutuamente personas en la historia". En este sentido, y a partir de la común raíz

etimológica, podemos considerar como términos sinónimos “ética” y “moral”.

Entendemos aquí la “praxis” como el aprender haciendo, el desarrollar las

certezas a partir fundamentalmente de la experiencia críticamente analizada, en

un proceso personal y social que abarca a cada individuo y a la humanidad entera

en forma simultánea e interactiva.

Es un “hacernos mutuamente personas”, ya que no se trata de mecanismos

automáticos sino del ejercicio de libertad de un ser abierto e incompleto que

necesita de autodefinirse y autoconstruirse en interacción, para poder realizarse

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en la vida. El desarrollo de ideales, escalas de valor, pautas de validación de

conductas, etc., son parte imprescindible de este proceso.

Se trata de un proceso en interacción humana. Previamente a la definición

filosófica de si la interacción es positiva o no lo es, y en qué términos, lo

incuestionable es que es real. No existe ser humano que no interactúe (aunque

sea a su pesar), y toda vida humana necesariamente va a estar radicalmente

condicionada por los efectos de esa interacción. De ahí que la ética trate de los

procesos “mutuos”.

Finalmente, esta praxis se desarrolla “en la historia”, es decir, en un contexto

concreto, en situaciones definidas, con condicionamientos y posibilidades

delimitadas, y sin las cuales no solamente no es posible ni realizar juicios sobre el

proceso, sino que ni siquiera es posible el proceso como tal. Todo proceso ético

será siempre histórico y contextuado.

Desde su dimensión ética, es plenamente válido que un ser humano asuma

como objetivo fundamental de su vida la búsqueda consciente y perseverante de

la propia realización, en una interacción verdaderamente humanizante con los

demás.

Consideramos “persona ética” a la que asume como la tarea esencial de la

propia vida el desarrollarse plenamente como persona humana. A su vez,

“persona no ética” es aquella que conscientemente abandona el camino de

construcción de sí mismo, dejando de ser el sujeto de su propia vida.

De ahí se desprende que la tarea ética de la persona humana se puede

concretar en:

a) Proponerse seriamente descubrir y asumir el propio sentido de vida.

b) Proponerse seriamente descubrir y desarrollar al máximo posible todas sus

potencialidades de crecimiento.

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Sentido de vida

¿En qué consiste el “sentido de la vida”? No es fácil definirlo en el papel, y

mucho menos fácil aún es aclararlo en la propia vida y, sin embrago, a ello se

dedica el ser humano día tras día desde que nace hasta que muere. Para tratar de

aclararlo, tomaremos como referencia una excelente película que tiene como

título: “Un lugar en el mundo”, y cuya metáfora nos servirá para profundizar este

tema.

Para el ser humano, encontrar “un lugar”, encontrar “su” lugar, es encontrar la

vida. De algún modo, esa es la tarea ética de la persona, porque en la medida en

que busca y encuentra su lugar se va construyendo a sí misma y a la sociedad a

la que pertenece y, en ese construirse, va progresivamente humanizándose o

deshumanizándose.

Encontrar su lugar le implica a la persona un compromiso, una coherencia y una

constancia, que constituye lo nuclear de su propia vida.

¿Qué es el “mundo” para la persona? Son otras personas, es un pueblo y una

sociedad concreta, es una historia, es él mismo, es Dios... Encontrar su lugar

significa encontrar muchos lugares, en un equilibrio y una síntesis tal que permitan

y posibiliten la plena integración y el pleno sentido de sí mismo.

En el fondo, encontrar un lugar en el mundo hace referencia directa a la

necesidad de “ser útil”, pero no de una utilidad genérica, sino de una utilidad bien

concreta y específica.

El primer lugar, se trata de encontrar un “lugar en otro”. Ser importante para

alguien.

Que otro me necesite. El ser humano necesita ser necesitado. La propia vida

carece de sentido si no hay nadie a quien le importe mi existencia, si para todos es

indiferente que uno haya existido o no.

Este lugar en el otro puede ser de amor... o de odio. Puede ser generoso o

puede ser mezquino. Puede hacer crecer o puede fagocitar. Puede humanizar

liberando o puede deshumanizar oprimiendo. Puede conducir a la independencia

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del otro frente a uno, con todo lo doloroso que esto sin duda será, o puede

conducir a una dependencia creciente que alimente el propio ego.

Puede ser, pues, un lugar éticamente bueno o malo, pero lo que siempre será

es un lugar interesado. No le es indiferente al sujeto sino que un tiene interés

manifiesto, sumo interés, en que personas concretas, con nombre, con rostro, con

historia... lo necesiten. No hay palabras más gratas para el oído que las que nos

dicen: “Ud. Es fundamental en mi vida”; y más aún: “sin ti no puedo vivir”.

El segundo lugar, el sentido de vida es encontrar un “lugar en la sociedad”. Ser

reconocido de algún modo por la sociedad. No se trata necesariamente de ser

popular, aunque la búsqueda de la popularidad vaya en éste sentido, sino de que

la persona perciba que para la sociedad su existencia no es indiferente. Es la

búsqueda del éxito: profesional, deportivo, artístico, político, o económico.

Búsqueda que se da en todos los niveles socioeconómicos: ser un arquitecto

reconocido o ser un albañil reconocido. Pero el tema va mucho más allá de la

búsqueda de éxito público. La persona percibe que es parte de un todo mucho

mayor; que la realización del todo de algún modo implica la suya propia.

Encontrar ese lugar en la sociedad, puede darse tanto sea por asimilación como

por contestación al sistema dominante, puede ser alienador o liberador, puede ser

justo o injusto; pero lo que no se puede aceptar es ser «marginado». En el sentido

que estamos utilizando no podemos confundir marginación con rechazo: la

segunda implica ser alguien en la sociedad, y serlo con suficiente importancia

como para que tomen en serio lo que hace o representa, aunque sea

negativamente. Ser marginado, en cambio, es no ser nadie, es no existir para la

sociedad, es haber muerto en vida.

La necesidad de ser útil hace que la persona busque poder dar un aporte en su

sociedad, un aporte que valga y tenga sentido desde su perspectiva, un aporte

que en la medida de lo posible sea también reconocido. Dependerá de la propia

madurez psicológica y afectiva el grado de necesidad de reconocimiento explícito

(y eventualmente también de aprobación) que la persona tenga, o el grado de

anonimato (y/o de rechazo) que asuma y soporte. Pero en todos los casos, frente

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a sí mismo, necesita poder dar razón de su existencia en esa sociedad y pueblo

concretos.

¿Qué tiene que ver la ética con el sentido de vida? Todo. Descubrir y construir

el propio sentido de vida en la utilidad y en la gratuidad, en lo globalizante y en lo

concreto... esa es la tarea ética esencial de la persona. No se trata de

subjetivismo, ya que los parámetros objetivos son esenciales en todo el proceso,

pero sí se trata de que únicamente la persona que descubre un sentido a su vida

puede vivir correctamente. De lo contrario, a lo sumo, «cumplirá» normas

impuestas para evitar castigos.

Intención y resultados éticos

La vida humana se va desenvolviendo en base a los “actos” que las personas y

los grupos humanos realizan. Esos actos se darán como reacción ante los

estímulos que el medio le provoca, o como acción generante de nuevas

realidades, pero en definitiva será siempre a través de sus actos que el ser

humano se ubicará frente a la realidad, impactará en ella, y se construirá a sí

mismo.

Desde la perspectiva ética, nos interesan esencialmente los actos propiamente

“humanos”, es decir, aquellos que se realizan con conciencia y libertad. Los actos

que puedan realizarse inconscientemente o por impulsos que no han dependido

de la libertad del individuo, son también realidad humana pero no son propiamente

realidad ética del ser humano.

Por ello, al hablar de la construcción de sí como proceso ético, estamos

refiriéndonos exclusivamente al cúmulo de decisiones que la persona toma y de

las que es responsable en función de su libertad. Éticamente se trata de la

posibilidad de realizar juicios éticos acerca de los actos que la persona realiza,

para ver si son buenos o malos, es decir, si son humanizantes o

deshumanizantes.

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En este sentido, el acto humano está compuesto de tres elementos esenciales:

la intención del sujeto, el hecho realizado o a realizar, y las consecuencias

sucedidas o las previsibles. Vamos a analizarlo detenidamente:

El primer lugar está la “intención” del sujeto del acto moral. Es la respuesta a la

pregunta “¿Qué quiso o qué quiere hacer?”. Para poner un ejemplo ilustrativo: el

cirujano quiso salvar la vida del paciente.

En segundo lugar está el “hecho” histórico. Es la respuesta a la pregunta “¿Qué

hizo o qué hará?”. Siguiendo con el ejemplo: el cirujano operó de apendicitis al

paciente.

En tercer lugar están las “consecuencias” del hecho. Es la respuesta a la

pregunta

“¿Qué resultó a causa del hecho realizado?”. Según el ejemplo planteado

podría ser: el paciente sufrió una septicemia generalizada y falleció.

Con respecto a la “intención”, ésta corresponde a ámbito subjetivo de la

moralidad, y únicamente puede ser conocida por la propia persona y no por el

resto. Es cierto que se podrán recoger indicios que permitan una inferencia acerca

de si hubo buena o mala intención, pero siempre será una inferencia y no un

conocimiento cabal. De hecho, el fuero interno de la persona solamente puede ser

conocido y juzgado por la propia persona. Esta dimensión corresponde

propiamente a la subjetividad del acto moral.

Por otra parte, tanto los hechos como las consecuencias pueden ser conocidos

y juzgados por todos, ya que pertenecen a la realidad histórica objetivable. Estas

dimensiones corresponden a la objetividad del acto moral.

Puede, entonces, existir un acto éticamente malo, sin que haya un culpable de

ello; y puede existir un acto éticamente bueno, y existir un culpable ético. La

eticidad de la persona depende esencialmente de la intención que ponga en sus

actos. Actuar con mala intención convierte a la persona en éticamente “culpable”,

más allá del resultado de sus acciones. Por el contrario, actuar con buena

intención, convierte a la persona en “auténtica” o éticamente inocente (que es lo

mismo).

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En este sentido, puede ocurrir que una persona haya realizado un acto con

mala intención y que por casualidad el resultado del mismo haya sido bueno. En

ese caso, la persona es éticamente culpable, ya que el resultado positivo no fue

debido a su decisión, sino a pesar de su decisión negativa. Aunque todas las

demás personas crean que el sujeto es bueno, él sabe en su conciencia que no lo

es.

Por el contrario, también puede ocurrir que una persona actúe con buena

intención y que por error o por causalidad el resultado del acto haya sido malo. La

persona continúa siendo buena, ya que el error o la casualidad no cambian la

eticidad de su decisión. Puede ser, inclusive, que todas las demás personas la

consideren mala, pero ella en su conciencia sabe que ha actuado auténticamente.

Los Criterios de la Conducta Humana

A lo largo de su vida el hombre puede utilizar una enorme variedad de criterios

orientadores para elegir su propia conducta, aunque muchos de ellos no tengan

que ver con la ética y la moral. Pueden distinguirse seis niveles o tipos de criterio:

1. El placer y los instintos.

2. Las normas inconsistentes y el Súper Yo.

3. La presión social.

4. Las normas morales y civiles.

5. Los valores apreciados por sí mismo.

6. El Yo Profundo.

1. El Criterio basado en el placer y los instintos. Con este criterio el hombre,

desde niño, busca lo agradable y evita lo desagradable, o sea, buscar placer y

evitar dolor. Este nivel de placer instintivo, es el normal entre niños y adultos

que no han recibido una educación que les haya mostrado una apertura hacia

otros valores superiores. Pero tampoco hay que desechar por completo este

criterio cuando se trata de escoger una diversión, pasatiempo o un tema de

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conversación, ya que este nivel es un auténtico criterio que sirve como

orientación en muchos casos de forma legítima. El problema o el error por así

decirlo es cuando se va a los dos extremos, es decir, 1) el uso exclusivo de

este nivel en cualquier situación de la vida, o 2) la eliminación absoluta de este

criterio, como si el placer fuera algo malo. Por el contrario, el placer es un valor

sin duda alguna ya que busca la satisfacción de las necesidades vitales del ser

humano.

2. El Criterio basado en el Súper Yo. Este criterio se reconoce con facilidad ya

que el sujeto se deja orientar rígidamente por ciertas normas o valores que las

autoridades le han inducido desde la infancia. Y como son desde la infancia

esas normas y valores ya forman parte del inconsciente del sujeto y por esa

razón tienen un carácter autoritario, rígido, exagerado. De hecho este tipo de

criterio impide al sujeto de hacer excepciones cuando se encuentra en una

situación dudosa. La orientación que este experimenta ya es mecánica y ni el

mismo puede saber el porqué tener que actuar por necesidad en determinado

sentido o dirección. Existe un gran conflicto entre el primer nivel y el segundo.

Los tres niveles o criterios mencionados anteriormente son los que se podrían

llamar básicos o de uso generalizado. Los que se explicarán a continuación

son de orden superior y mucho más valiosos para la Ética.

3. El Criterio basado en la presión social. Este reside en la absorción de todas las

normas y valores que el medio ambiente o sociedad influyen en el individuo en

forma de "presión social". La guía de conducta dentro de una sociedad es pues

la moda y la propaganda. La presión social es la principal fuente que orienta y

empuja la conducta de las personas cultas. En muchas ocasiones esa

conducta no tiene nada de objetable, pero en muchas ocasiones la gente se

pregunta se un individuo que actuó con cierta conducta, lo hico por

responsabilidad o por simple inercia, y si pudo haber actuado de manera

diferente. Normalmente si confundimos la "obligación" como la "presión social",

pero la verdadera obligación es la que da origen a méritos de carácter ético, o

sea, no es la obligación que proviene del exterior, si no la que tiene que venir

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de nuestro interior, la que uno se impone, de una autónoma y en función de los

valores que hemos asimilado. Es por esto que este criterio es muy

generalizado y de escaso valor ético, sin embargo es superior a los otros

criterios debido a que se trata de una orientación consciente (aun que no

siempre en su totalidad). Por ejemplo: una persona usa un determinado tipo de

ropa porque es lo que ve, está de moda o lo que oye en la propagando; en

cambio, no está consciente del origen de las normas y valores inculcados en

su infancia por los cuales puede llegar a ser muy puntual, muy aseado o muy

ahorrativo. Encontramos entonces defectos en los niveles anteriores (Súper Yo

y Legal), los cuales son su rigidez y su falta de adecuación a los casos

singulares, cuyas características particulares no pueden ser tomadas en

cuenta por disposiciones de orden general. Pero no todo es malo, lo fuerte del

nivel Legal es la apertura y su capacidad de difusión de la ley.

4. El Criterio Legal. Este consiste en orientar y dirigir la conducta por medio de

normas y leyes establecidas por terceros en algún código. En cierto aspecto

este tipo de criterio resulta ser muy cómodo, pues uno puede consultar la ley y

decide conforme a ella sin mayor discusión. En atención a dicha ley o conjunto

de normas el individuo está dispuesto a contravenir lo que dicen a sus

instintos, su inconsciencia (Súper Yo) y la presión social. Se puede decir que al

hacer esto se tiene cierta garantía del valor de su conducta, sin embargo, el

apego y la fidelidad a la ley no constituyen la esencia del valor moral. Con esto

podemos decir que pueden llegar a existir verdaderas diferencias entre un

código civil y un código moral, los cuales podrían quedar en una verdadera

contraposición. Por ejemplo puede existir una ley que permita el aborto, pero

sin embargo, el individuo en su código moral no lo permite, y podría regirse por

ese criterio. O también una persona condenada a varios años en prisión

conforme a las leyes de su país, pero es inocente desde el punto de vista de su

propia conciencia moral. Con esto entendemos que existe una enorme

variedad de criterios de orden legal que pueden llegar a originar una verdadera

confusión en la mentalidad de una persona. Pero el hecho de que existan

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códigos escritos ofrecen la posibilidad de la amplia difusión de la ley con el

mínimo de distorsión, puede plantearse de manera universal y por tanto

enseñarse y difundirse de generación en generación. No hay que tampoco

apegarnos tanto a este criterio, ya que al apegarnos a este criterio en realidad

nos estamos apegando en exceso a la letra y no al propio espíritu de la ley, es

aquí donde surge el legalismo, que podría ser considerado como la falla

principal de esta ley.

5. El Criterio Axiológico. Este criterio se basa en los valores internamente

percibidos y apreciados como tales, este criterio coincide con lo que se llama

"actuar por propio convencimiento". Con este criterio una persona puede

descubrir algunos valores y los aprecia como tales, en función de esos valores

puede juzgar su situación y orientar su conducta, aún cuando tenga que ir en

contra de las leyes, la presión social y sus costumbres o instintos. Una

propiedad notable de este criterio es la capacidad de eliminar aquellos

conflictos que puedan surgir en los niveles previos y actuar con serenidad y

responsabilidad, pues su conciencia ya no está dividida, sino que elige y actúa

conforme a lo que el percibe como valioso. Por este motivo, su conducta

adquiere un valor ético. El criterio axiológico es el más adecuado para la Ética,

ya que los cuatro niveles anteriores pueden diferir con respecto a lo que la

persona considera valioso en su fuero interior. Sin embargo el criterio

axiológico muestra algunos defectos. El primero es la limitación de los valores

sustentados, una persona normalmente descubre los valores que se practican

en su ambiente, pero nada más, se tiene que hacer uso del Yo Profundo (nivel

6) para ser capaz de vislumbrar un amplio horizonte de valores. El segundo

defecto es su individualismo, este criterio trata de una Ética individual y para

que pueda ser colectiva se tiene que hacer uso nuevamente del Yo profundo.

6. El Criterio basado en el Yo Profundo. Este criterio se caracteriza por que el

sujeto se guía en sus decisiones a partir de la percepción axiológica que se

obtiene durante la captación de su Yo Profundo. El Yo profundo es el núcleo

del ser humano, es la persona, el plano del ser, difiere a lo del plano del tener,

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que son las cualidades de la personalidad entre las cuales se encuentran el

estatus, los conocimientos, el inconsciente, el grado de inteligencia y belleza,

etc. El Yo profundo es lo verdaderamente distingue a cada individuo, ya que no

reside en lo que se cree ser y valer. La importancia del Yo profundo destaca

por varias razones:

- Cuando una persona enfoca su Yo Profundo con los otros niveles de

criterios el horizonte axiológico o repertorio de valores se amplía, por lo

tanto, el individuo puede actuar en función de otros valores más profundos,

elevados y comunitarios.

- La captación del Yo Profundo crea un mayor sentido de responsabilidad al

tener una conciencia más clara de su Yo como sujeto y autor de su

conducta.

- También, esta captación permite el descubrimiento de los valores

propiamente humanos, comunitarios y con validez universal.

Con el uso del Yo Profundo, el valor moral de una persona puede quedar

incrementado. Desde el punto de vista práctico es importante tomar la actitud

adecuada para poder captar al Yo Profundo y, con ello, al conjunto de valores que

allí están implicados.

Es importante destacar que debe existir una relación entre los seis criterios de

conducta en la evolución de a cada individuo ya que no es extraño que un bebé se

instale en el criterio de los instintos y un niño de siete años elija conforme al

criterio del Súper Yo, o que un adolescente se oriente principalmente por el criterio

de la presión social y sólo en función de cierta educación es posible saltar a los

tres niveles superiores: la Ley, el Valor y el Yo profundo. Esto no quiere decir que

un adulto tenga que seguir un criterio determinado, lo aconsejable es que dejen

las decisiones importantes a los niveles superiores y las mayorías de sus

orientaciones cotidianas las dejen a cargo de los niveles inferiores. Es por esto

que no debemos quedarnos fijos en un solo nivel, y es recomendable usar la

reflexión para revisar los hechos personales pasados y los criterios utilizados, para

así poder realizar una adecuación a nuestra conducta y que amerite un nivel

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superior. La mejor manera de alcanzar estos niveles superiores es la meditación

mediante la cual podemos captar y asimilar los valore superiores y los

comunitarios que influyen en la vida humana.

Concepto de Ética General

Partimos de que la ética es, según Aristóteles, el ethos, costumbre, carácter,

temperamento, hábito, modo de ser. Ética sería, pues, un tratado de los hábitos y

costumbres. La ética elabora hipótesis, propone conceptos y explica categorías

sobre la experiencia moral.

La ética general, o universal, es la rama de la filosofía que versa sobre las

diferentes morales. Ahora bien, la ética profesional es la parte de la ética que se

preocupa de la reflexión sobre el comportamiento del profesional respecto de su

profesión.

Dentro de lo que es la ética general encontramos como deberes fundamentales

del profesional una serie de pautas que abarcaremos, no sin antes definir lo que

se conoce como deberes. Los deberes son exigencias, imposiciones indeclinables,

recaídos sobre las responsabilidades del individuo que mientras mejor los cumple,

más derecho tiene a la feliz convivencia social. Como medio más apropiado para

organizar una verdadera actuación profesional, cada profesional tiene la obligación

de convertirse en medio ejecutor del imperativo categórico de su investidura, por lo

cual es esencial disciplinar sus actuaciones técnicas y científicas, perfeccionar su

carácter y fortalecer su conducta dentro de las normas éticas. Entre los deberes

fundamentales del profesional encontramos:

La honradez: es una cualidad reflexiva al servicio de toda persona respetuosa

de su dignidad. Tiene como fin no engañar ni engañarse a sí mismo.

La honestidad: radica en la confianza y el respeto que la persona o

profesional será capaz de recibir, por comportarse como un elemento

insobornable.

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El estudio: este levanta los niveles intelectuales y prepara al hombre a pasar

por la vida conociendo lo útil y provechoso de ella para el fortalecimiento de las

ideas progresistas y el auge de los sistemas modernos.

Independencia: es la autonomía conquistada por la superación científica y

técnica, y el espíritu de libertad que embarga al individuo. Es el actuar por

cuenta propia en el ejercicio de sus actividades. Ser dueño de su propio

destino.

Carácter: es el conjunto de hábitos que forman en el individuo la conducta

superior, la cual lo hace apto para afrontar las contingencias de la vida y con

altura moral decidir lo que debe hacerse rectamente. Además, podría decirse

que es el control de los impulsos y moderador de la voluntad. El profesional de

carácter representa una garantía para los intereses que maneja en su vida

social.

Cortesía: las formas afables en el trato social son etiqueta que siempre debe

llevar el profesional para distinguirse de la gente vulgar o tosca. La palabra

amable, los ademanes moderados y las maneras gentiles son sus elementos

peculiares.

Investigación: es la sistematización de los conocimientos mediante la

investigación científica, constituyendo esto una tarea relevante del profesional.

Se ubica al mismo nivel de los grandes progresos exigidos por la dinámica

social.

Puntualidad: el tiempo tiene un gran valor, tanto para nosotros como para

quienes requieren de nuestra atención y servicios profesionales. En este

aspecto se traduce nuestro valor y respeto por los demás, haciéndonos

distinguir entre aquellos quienes desprecian todo lo que les sea ajeno, como es

en este caso: el tiempo de los demás.

Discreción: significa saber guardar silencio de los casos que se ven y se

hacen, cuando estos ameritan secreto y es un rasgo de altura moral del

individuo. Es la garantía moral accesoria de la personalidad que inspira al

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individuo a querer confiar el secreto, seguro de que sabrá solo responder con

el silencio.

Prestigio de la profesión: a nuestro parecer, la profesión en si no es la que

da el prestigio al profesional, sino viceversa, es el profesional que la reviste de

tal cualidad, en cuanto actúa con el cumplimiento del deber impuesto por las

obligaciones propias de la carrera con el empeño de superación, la

potencialidad de la cultura, el revestimiento interior y exterior de dignidad que

debe poseer cada profesional.

Equidad en el cobro de honorarios: las tarifas de los profesionales son una

guía para el cobro de los honorarios, hechas por entes externos a la profesión

más no ajenos a la labor en que incurre el profesional.

El Horizonte Filosófico de la Ética

La Ética al pertenecer a la Filosofía, participa de las características de esta

disciplina y la coloca en un puesto más relevante debido a que le interesa el

estudio de la esencia de los actos humanos, o sea, trata de esclarecer cuáles son

las características propias de todo acto humano, una de ella es la libertad, sin ella

no hay acto humano sino acto del hombre, la condición indispensable de un valor

moral es el acto humano, es decir, un acto ejecutado libremente.

A la Ética también le interesa el estudio de la esencia de los valores y, en

especial del valor moral, tratar de ver en qué consiste un valor, sus propiedades y

los propios de un valor moral.

Lo interesante del carácter filosófico de la Ética es el intento de penetración

hasta la esencia de la bondad de la conducta humana.

En resumidas cuentas estudiar Ética es filosofar sobre los actos humanos, es

investigar las causas supremas de los actos humanos, escudriñar en lo más íntimo

de la conducta del hombre, en la esencia de las operaciones humanas para así,

vislumbrar allí los aspectos de bondad, perfección o valor, que pueden encerrar en

su misma naturaleza y en su calidad de creaciones humanas.

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Ética específica del Profesional del derecho

La ética del profesional del derecho se rige por el Código de Ética del Colegio

de Abogados de la República de cada país.

Los deberes esenciales del abogado son: la probidad, independencia,

moderación y la confraternidad. Partimos de que la probidad es la representación

que hace un abogado a nombre de su cliente, la cual debe ser llevada con un alto

nivel de dignidad. La independencia del abogado es propia del perfil de la carrera

porque estamos ante un profesional liberal, que no se encuentra subordinado a un

superior, sino a lo que sus principios y su preparación académica le pauten. La

moderación implica en no incurrir en abusos, es obedecer ciertos parámetros

éticos y morales que le exige su oficio. La confraternidad consiste en no incurrir en

una competencia desleal respecto de sus colegas abogados, respetando la labor

de los demás como la propia.

Debe actuar con dignidad tanto en el ejercicio de su dignidad como en su vida

privada. Debe ser leal y veraz, no deberá aconsejar ningún acto fraudulento

contrario a sus principios.

No deberá olvidar que como auxiliar y servidor de la justicia, su cometido es

defender los derechos de su cliente con diligencia y estricta sujeción a las leyes.

Sus alegatos verbales o escritos deberán ser siempre moderados y precisos,

con una energía adecuada, sin exigencias sino peticiones, solicitudes humildes

pero bien fundadas y con base, tanto legal como en los hechos. Deberá omitir

expresiones sarcásticas o violentas.

Proceso con Ética

Función social del abogado: con el paso del tiempo el Estado comienza a

observar que el resultado del proceso judicial no es extraño al interés, pues en

todo proceso se encuentra la aplicación de la ley, o sea, el respeto de la voluntad

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colectiva. La sociedad espera que el abogado sea el sostén de sus instituciones

jurídicas.

La moralidad del abogado no se limita al buen ejemplo sino a la acción, al

cambio. La abogacía tiene implícita la representación de la realidad civil de la

comunidad. Sin embargo, hoy, ciertos abogados se caracterizan por su interés

lucrativo por encima del interés social. Mientras tanto, nosotros creemos que el

abogado debe ser un defensor del bien común y de la justicia, y que así dirija la

conducta de los pueblos hacia la construcción de un orden social conforme a las

condiciones de un ideal más humano, para lo que deberá despojarse de su

egoísmo.

Datos concretos sobre cómo debe ser el profesional del derecho

Los deberes, como imponencias indeclinables que forman parte de la

responsabilidad del individuo.

El abogado debe cultivar sus virtudes profesionales y formación integral

mediante el estudio y el seguimiento de las normas morales. Nos referimos

en este aspecto al estudio y actualización del abogado como ente impulsador

del cambio en la sociedad. Esto lo llevará a proponer soluciones que estén

orientadas al bien en todos los aspectos que sea posible. Esto va de la mano

de su capacidad, talento y experiencia al servicio de la justicia.

Debe ser disciplinado, firme y sensible en su vida profesional y privada.

Debe ser un fiel intérprete de la ley, un guardián y defensor de los principios

jurídicos, de la justicia y la verdad.

Debe ser responsable, puntual, debe ser honesto, veraz, prudente.

Debe ser digno de fiar y de respeto, incapaz de cometer fraude.

En cuanto al cliente, el abogado tiene un compromiso especial con el cliente,

debe actuar con responsabilidad y diligencia. Debe estar atento de los plazos

legales respecto de los actos del procedimiento. Debe comprometerse a poner

todo su esmero, su saber y habilidad para realizar una defensa útil.

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Debe adoptar una actitud de servicio. Si por su negligencia pierde una causa es

evidente que con ello comete una injusticia.

La bondad de su papel consiste, sobre todo, en la absoluta separación entre su interés personal y el del cliente, en la independencia desapasionada del juicio que debe conservar frente a su cliente.

Es imperativo por lo tanto fomentar el estudio de la ética, en los niveles donde

nos desenvolvemos como profesionales, para lograr una reflexión homogénea,

sobre el actuar real del profesional en este y cualquier campo.

Sustentada en la doctrina epistemológica del racionalismo J. Hessen (1993),

apunta que todo conocimiento es originado en el pensamiento que es la verdadera

fuente y fundamento del conocimiento humano. No está hablando de la razón de

la forma de buscar explicaciones lógicas y racionales en cada uno de los

fenómenos existentes.

San Agustín, Gaarder (2001), racionalista teológico agrega que el conocimiento

se desprende de la razón humana pero además de la iluminación divina.

Al Igual que el racionalismo, el idealismo dará sus aportes a la interpretación del

mundo ético, ya que uno de sus objetos es la conciencia, donde se podrán

analizar aspectos como imágenes, sentimientos, por lo tanto es subjetivo.

Berkeley, Gaarder (2001), sostiene que los objetos del conocimiento no son

realidades sino entidades ideales y que el sujeto sigue siendo "yo".

Para una mejor comprensión de estos conceptos, se abordará el proceso con

ética, tomando en consideración que las normas son de carácter ideal y que estas

postulan alguna forma de conducirnos. En el derecho se puede decir o describir

una forma para el comportamiento de los abogados (as) (ideal) pero lo real es

como cada uno (a) de ellos se comporte.

Por ejemplo "debo ir a trabajar" esta es una afirmación ideal, pero lo real es

presentarme a trabajar.

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O debo realizar por procedimiento, esto es lo ideal y la forma en que yo lo

ejecute es lo real. Paralelamente a esto, está la moral que es un conjunto de

principios rectores internos de la conducta humana que indican cuáles son las

acciones buenas y malas, Beebe. (1981).

De manera que estamos en un momento propicio para que el derecho

reflexione sobre lo anterior ya que existen muchas formas en que nosotros

podamos conducirnos como abogados, pero la clave de todo este proceso es

trabajar de la mano, lo que es razonable e ideal para lograr fortalecer el gremio

mediante respuestas asertivas, por tanto se debe normar la conducta de cualquier

profesión a través de un código.

Justo en este punto es importante mencionar que en este análisis ético solo

estamos tocando el aspecto normativo de la misma.

Adoptando los patrones del conocimiento personal y ético, se podrá llevar a

cabo un esfuerzo más para mejorar el código actual, en estos patrones se tocan

aspectos puntuales como formas del conocimiento espiritual, relaciones de

obligatoriedad, las dimensiones de lo que es bueno, correcto y malo, la

responsabilidad, son aspectos dignos de tomar en cuenta para ser análisis, Carper

(1978).

Justificamos aquí el historicismo como un proceso donde la comprensión de la

ética a nivel internacional ha sido investigada; emanando leyes evolutivas que no

se repiten influenciando con sus resultados el progreso y el conocimiento en cada

profesión experimentando un cambio del empirismo a este historicismo que

también evoluciona a la par de los avances científico-tecnológicos. Si analizamos

casos específicos donde los aspectos éticos y morales estén involucrados nos

daremos cuenta también que es una realidad única para cada caso y que su

historicidad se escribe y se evalúa a partir de cada realidad de los procesos.

El conocimiento se halla fundado en la experiencia, con la frase anterior vemos

la importancia de la razón, es cuando consideramos necesario regresar a los

valores que nos formaron en nuestros hogares y retrotraerlos a través de la

experiencia, para que con nuevos aportes de desarrollo personal podamos

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fundamentar mejor nuestros sentimientos morales, es por tanto que la

socialización adecuada y desde lo interno de cada uno de nosotros que se podrá

mejorar el campo de cualquier profesión.

El sujeto de estudio en esta retórica somos todos los profesionales del país y el

objeto es su actuación moral y la transfiguración de las normas a seguir

éticamente hablando.

A través de la reflexión hemos confirmado que el aspecto ético y moral en

nuestra profesión es un desierto, con oasis rescatables que pueden ser pilares

fundamentales para lograr un primer lugar, fortalecer a los profesionales la

aplicación de la educación continua, la investigación participativa.

Por todo lo dicho anteriormente podemos decir que la visualización de los

problemas ético-morales no son individuales sino gremiales de cada profesión.

La Ética Judicial y la Necesidad de Armonizar los Valores presentes en la Función Judicial

Cabe recordar que en el Estado de Derecho al juez se le exige que se esfuerce

por encontrar la solución justa y conforme al Derecho para el caso jurídico que

está bajo su competencia, y que ese poder que ejerce procede de la misma

sociedad que, a través de los mecanismos constitucionales establecidos, lo

escoge para tan trascendente y necesaria función social, con base en haber

acreditado ciertas idoneidades específicas. El poder que se confiere a cada juez

trae consigo determinadas exigencias que serían inapropiadas para el ciudadano

común que ejerce poderes privados; la aceptación de la función judicial lleva

consigo beneficios y ventajas, pero también cargas y desventajas. Desde esa

perspectiva de una sociedad mandante se comprende que el juez no sólo debe

preocuparse por “ser”, según la dignidad propia del poder conferido, sino también

por “parecer”, de manera de no suscitar legítimas dudas en la sociedad acerca del

modo en el que se cumple el servicio judicial. El Derecho ha de orientarse al bien

o al interés general, pero en el ámbito de la función judicial adquieren una especial

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importancia ciertos bienes e intereses de los justiciables, de los abogados y de los

demás auxiliares y servidores de la justicia, que necesariamente han de tenerse

en consideración.

La ética judicial debe proponerse y aplicarse desde una lógica ponderativa que

busca un punto razonable de equilibrio entre unos y otros valores: si se quiere,

entre los valores del juez en cuanto ciudadano y en cuanto titular de un poder,

cuyo ejercicio repercute en los bienes e intereses de individuos concretos y de la

sociedad en general.

Las actitudes, como impulsos o estados mentales se fijan también en los

objetos (no solo en las personas que nos rodean). Unos serán austeros y otros

más ostentosos. Y ninguna de las dos cosas es mala o buena, en sí, siempre que

no obstaculicen la obligación que tiene el juez de representar acabadamente

como estándar la independencia y respetabilidad de la justicia.

¿Por qué nos interesan las actitudes? Porque la mayoría de las quejas de la gente

sobre los jueces no se refiere a sus valores sino a sus actitudes y conductas y de

hecho son las que más afectan a las personas del entorno. Las actitudes tienen la

peculiaridad de entrar en un “bucle” peligroso (llamado caja de Betari) y de endurecer

cada vez más a todas las personas que participan en el juego: Mis actitudes influyen

en mis conductas, Mis conductas influyen en tus actitudes y a la larga en tus

conductas; tus conductas influyen de retorno en mis actitudes y la endurecen cada

vez más en un circuito inacabable, por lo cual puede ser prudente un traslado que no

tenga intenciones punitivas.

Un fallo que viola la dignidad humana, es arbitrario, por muy delicado que haya

sido el procedimiento lógico usado por el magistrado y su respeto formal al orden

de prelación de leyes. Así con los demás principios y valores explícita o

implícitamente integrantes del bloque de constitucionalidad.

Alguien podría acaso creer que estos valores solo deben ser utilizados por la

Sala Constitucional, y que las sentencias y fallos interlocutorios de los Tribunales y

Jueces inferiores pueden violar impunemente la dignidad humana, la democracia

representativa y participativa y pluralista?. Por supuesto que no, es absurdo. Y

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esto carga sobre el juez, cualquier juez, cualquier Tribunal, una obligación mucho

mayor de la que creemos.

La Ética y la Independencia Judicial:

Para finalizar, la ética y la independencia judicial tienen un correlato que

denominamos responsabilidad judicial. Si otorgamos independencia a los jueces

para imponer su autoridad, es imperioso que esa autoridad sea ejercida con

competencia, con neutralidad y con integridad.

La ley debe ser administrada, y aplicada en las democracias, con

profesionalidad, con imparcialidad, con neutralidad, con integridad y con equidad

para todos los individuos.

Los jueces deben evitar dar la impresión de un actuar incorrecto tanto como la

incorrección misma. Ellos ejercen una autoridad enorme sobre los individuos;

como tales deben ser garantes y protectores de la confianza del ciudadano.

Debemos garantizarles independencia para que puedan alcanzar responsabilidad

en la aplicación de la ley. Pero esa independencia debe acompañarla con el más

alto grado de neutralidad e integridad ética.

El apoyo de la comunidad es fundamental, la confianza de todos nosotros en el

juez y en la organización judicial son fundamentales. Pero ese apoyo y esa

confianza es sólo posible, es sólo alcanzable, cuando los jueces mantienen el

estándar esperado, de neutralidad e integridad ética, en el ejercicio de su alta

función.

Es ese estándar de conducta personal, generalizado y expresado en códigos de

conducta escritos, lo que propugnamos como guía, en el camino de la

construcción de Poderes Judiciales respetables y respetados, para todos nuestros

países.

Existe, por consiguiente, una imperante necesidad de replantear los principios

éticos que informan y forman la profesión del Abogado, como única vía de lograr el

adecentamiento de la Abogacía, así como de todo el sistema de justicia

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venezolana en el cual el proceso constituye el instrumento de realización

fundamental tal como lo señala el artículo 257 de la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela (CRBV).

Tanto el saliente siglo XX como el recién naciente siglo XXI, se han

caracterizado por los grandes movimientos sociales, ampliadores del desarrollo

espiritual colectivo de la humanidad y ha determinado que la Ciencia del Derecho

se transforme en la misma medida que el contexto social, surgiendo entonces la

prioridad perentoria, para el abogado como conductor social por excelencia que se

retome el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico ético que rige a la

profesión y del cual debe estar en conocimiento desde sus inicios en las aulas

universitarias.

Vemos con preocupación el abandono, tanto particular como colectivo, a que

ha estado sometido el conocimiento, difusión y práctica del ordenamiento jurídico

ético existente para regentar la insigne profesión de la Abogacía en Venezuela,

pues quienes hacemos vida activa en un proceso judicial (partes, jueces,

apoderados, otros) somos abogados.

Es así, como surge la imperiosa necesidad, de alimentar, nutrir e incentivar

desde las escuelas de Derecho y/o Estudios Jurídicos, forjadoras y formadoras del

nuevo Abogado que reclama el país, cátedras de Ética o Deontología Jurídica en

aras de contribuir a la formación integral del alumno y/o profesional, para de esta

forma enaltecer la profesión de señores, la Abogacía, pues a la manera que el

derecho de sufragio debe estar vedada a los mediocres mendigos, no debemos

tomarla como orgullo mezquino y mortificante sino como cuenta de la rudimentaria

dignidad.

La buena o mala ética, la excelente o deficiente preparación del abogado

determinara a ciencia cierta, que el mismo haga de esta noble profesión, un

apostolado o simplemente un medio de hacer dinero y explotación social. Aquí

toma gran importancia los valores y principios formadores e integradores de los

actores en el proceso judicial, a saber:

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Los Valores y principios están referidos a las relaciones que fundamentan

los vínculos sujeto-sujeto que se expresan en los valores constituyendo el

referente moral, y sujeto-objeto, respectivamente, que se expresan a través

de los principios, conformando de tal modo un referente ético de soporte

para el cumplimiento de la misión y visión.

Los valores y principios son en última instancia, los medios y fin de la

institución judicial y por ende del proceso judicial a través del cual se

pretende conseguir e impartir justicia como referente ideal.

De acuerdo con los artículos 1 al 9 de la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela, conjuntamente con su preámbulo, y muy

especialmente en los artículos 253 al 261 de la misma, nos encontramos

los valores y principios que deberían estar presentar en todos los actos,

actuaciones y proceso del sistema judicial, a saber: Libertad, justicia, paz,

soberanía, igualdad, solidaridad, democracia, responsabilidad social, ética, cooperación, concurrencia, corresponsabilidad, valoración ética del trabajo y participación activa- consciente, publicidad, imparcialidad,

eficacia, independencia, honestidad, probidad, otros.

Si nos paseamos por el Código de Procedimiento Civil, como norma adjetiva

excelentísima del proceso, aún cuando es preconstitucional, es decir nacida antes

de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, encontramos entre

muchos otros, cuatro artículos que expresan aspectos éticos imperante en los

intervinientes en un proceso judicial, estos son: Artículo 12 referentes a los

deberes del juez en el proceso, principio de verdad procesal y legalidad; articulo 17 referente al principio de lealtad y probidad en el proceso; artículo 170 indicador

de los deberes de lealtad y probidad que tiene las partes en el proceso y el artículo 171 imperativo que constriñe a las parte a actuar con decoro. Como

podemos observar rica es la normativa jurídica pobre la decadente y triste realidad

en cuanto al actuar con ética en el proceso judicial, no generalizamos solo

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aclaramos las excepciones de las cuales muchos de nosotros hemos sido

víctimas.

Nunca perdamos el horizonte pues el abogado (del demandante o del

demandado, de la acusación o de la defensa) tiene una parte en el sistema de

justicia, por lo tanto razón tenía Ossorio (1919) cuando afirmaba: en su magnífica

obra: EL ALMA DE LA TOGA lo siguiente: “No procures nunca en los Tribunales

ser más que los Magistrados, pero no consientas ser menos”.

Para culminar con este análisis del proceso con ética, nos parece pertinente

traer a colación lo siguiente:

"Como ser humano soy una especie de antología de contradicciones, de gaffes,

de errores, pero tengo sentido ético. Esto no quiere decir que yo obre mejor que

otros, sino simplemente que trato de obrar bien y no espero castigo ni

recompensa. Que soy, digamos, insignificante, es decir, indigno de dos cosas; el

cielo y el infierno me quedan muy grandes.”

Jorge Luis Borges 

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CONCLUSION

La eticidad es una de las dimensiones constitutivas del ser humano, ya que es a

través de ella que se descubre, se define y se construye tal como quiere ser. La

búsqueda de la felicidad, de la realización, de la plena humanización es una

dinámica propia pero no automática, sino que depende de la capacidad de sentido

que haya desarrollado la persona.

La “des-moralización” implica el derrumbe de la eticidad personal y social, ya

que sin una fuerza motivacional fuerte no le es posible al ser humano asumir la

tarea de construirse a sí mismo en medio de las vicisitudes y conflictos que la

historia le presenta.

Encontrar un sentido a la vida es encontrarse a sí mismo con sentido, y es de

ahí que surgen las fuerzas motivacionales para asumir la vida como tarea de

realización. No obstante, a la raíz inclusive de la búsqueda de sentido se

encuentra una decisión inicial (de raíz, “radical”), que es la de “vivir” la vida y no

sólo de “sobrevivir” en ella. Se trata de una decisión no sólo racional sino también

emotiva, que se desarrolla no solamente en la dimensión ética de la persona, sino

también en su dimensión espiritual y en la psicoafectiva. Se trata de lo que

podríamos llamar el nivel de la “indignación ética”: es la rebelión interior,

emocional y racional, frente a una realidad social o personal “que no puede ser”.

La persona se descubre implicada de algún modo en esa situación, y al mismo

tiempo percibe con fuerza que dicha situación se configura como algo inaceptable

en una vida digna de ser vivida. Esa rebelión interior puede manifestarse en

formulación religiosa, ética, política, etc., pero en definitiva plantea a la persona un

conflicto vital: o intenta eliminarla de su memoria y hacer como si no ocurriese, o la

enfrenta con todo lo que ello le implica.

Si opta por olvidarla (mediante auto justificaciones, o simplemente mediante

mecanismos de evasión), necesariamente le sobrevendrá un deterioro de su

autoestima moral y una profundización en el proceso de desmoralización. Si, por

el contrario, opta por enfrentarla, se iniciará un proceso de búsqueda de sentido

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(¿por qué?), que necesariamente lo involucrará personalmente, y un proceso de

búsqueda de respuestas adecuadas (¿cómo actuar?). Algunas veces será un

proceso doloroso de reformulación de la comprensión de la realidad y de sí

mismo. También, muchas veces será un proceso lento de discernimiento y

asunción de los caminos a recorrer. Pero será sin duda un proceso rico de

desarrollo de sí mismo.

De este modo, la intencionalidad del sujeto no abarca únicamente lo que

pretende del acto singular, ni tampoco solamente lo que pretende con un área

entera de su vida. La intencionalidad del sujeto alcanza en última instancia a su

actitud básica, radical, frente a las situaciones de conflicto ético que debe encarar

en la vida.

Ciertamente, que entre el sentido, la intención, y la objetividad existe una

connaturalidad. En la medida que el ser humano desarrolla su profundidad

humana y/o religiosa en búsqueda de sentido tendrá mucha mayor fuerza

motivacional para actuar con conciencia recta (buena intención), y para enfrentar

las realidades históricas (objetividad).

A su vez, en la medida que el ser humano actúe decidida y sistemáticamente

con buena intención, la propia conciencia se fortalecerá impulsándolo a una mayor

objetividad histórica, y a una mayor profundidad de sentido.

Finalmente, en la medida que la persona sea crítica a la realidad histórica,

rechazando tanto las explicaciones que se le aparecen como obvias así como

aquellas que descubre como interesadas, se irá fortaleciendo la búsqueda de

sentido, y su deseo de rectitud de conciencia. En última instancia, alcanzar el

máximo desarrollo posible de sí mismo y de los demás, en todas sus dimensiones,

es el mayor anhelo de un ser humano y es su tarea ética fundamental.

Ahora bien, después de haber dado un breve análisis de la ética como parte

elemental del ser humano y de su quehacer diario, tenemos presente que lo

esencial desde el punto de vista práctico es el mejoramiento de las normas, pero,

después de todo, esto no garantiza que el comportamiento de cada uno de los

apremiados sea fiable o apropiado a cada situación que enfrenta.

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Es importantísimo la socialización de lo que hoy se emprende, ya que cada uno

de los profesionales debe conocer primero por dónde va el proceso ético y en

segundo lugar, con su involucramiento dar sus aportes para lograr una

restauración con amplia participación de todas las personas y por ende tendrá

más valor agregado.

Por lo dicho anteriormente hemos constatado que lo que plantean los textos

legales, el Código de Ética e incluso la propia universidad en donde nos formamos

son la descripción de un profesional ideal, con una probidad extraordinaria, más

que un ejemplo a seguir.

Nuestra intención ha sido la de describir cuáles son los lineamientos que prevén

los distintos textos en esta materia sobre cómo debe comportarse y responder

ante el diario vivir el profesional del derecho para ser considerado como un

auténtico profesional de las ciencias jurídicas.

Los modales también son un toque distintivo en un abogado, son detalles que

dejan huellas enormes en la referencia que cualquier persona pueda tener del

mismo.

El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar de la

justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lo

moral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal de

favorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

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