A JURÍDICA

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I \A JURÍDICA INT. 184 APRUEBA CONVENIO DE IIVIPLEIVIENTACÍON FASE I, BARRIO MILLALEMU, ENTRE LA SECRETARÍA MINISTERIAL METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO Y LA I. MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA, DEL PROGRAMA RECUPERACIÓN DE BARRIOS. SANTIAGO, O % JUN 2013 RESOLUCIÓN EXENTA-N VISTO: Lo dispuesto, en la Ley 16.391; en el D.L ND 1.305 (V. y U.) de 1975; en la Ley 18.091; en el Decreto 14 (V. y U.) del 22 de enero de 2007, que fija el Reglamento para el Programa de Recuperación de Barrios; en el D.S. 186 de Hacienda, de 2010; en el D.S. 397 (V. y U.), de 197S que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; en el D. S. N D 153 (V. y U.), de 1983, modificado por el D.S. ND 156 (V. y U.) de 2007; Resolución Exenta 10.171 (V. y U.) de 19 de diciembre de 2012; el D.S. 02 (V. y U.) de 2013, y en la Resolución 1600 de 2008, de la Coníraloria General de la República, y CONSIDERANDO: 1. Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de ésta SEREMI, con el objeto de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, ha desarrollado el Programa de Recuperación de Barrios, en aquellos que presentan problemas de segregación urbana y social, invirtiendo en ellos para alcanzar barrios con una mayor integración social y urbana, con espacios públicos recuperados, mejores condiciones de entorno y relaciones sociales fortalecidas. 2. Que, para el logro de sus fines, el Programa contempla la realización de'distínías gestiones, tanto a nivel de obras urbanas como de gestión social, a cuyo 'financiamiento concurrirá el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, directamente o a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, con cargo a los recursos contemplados para estos efectos en e! respectivo presupuesto, sin perjuicio de los aportes adicionales en que pueden concurrir el Gobierno Regional, los Municipios u oíros servicios públicos, personas naturales y entidades privadas, tales como organizaciones comunitarias, sociedades, corporaciones o fundaciones de ayuda a la comunidad. 3. Que por. Resolución Exenta ND 673, de 16 de abril de 2013, rectificada por Resolución Exenta Na 692, de 18 de abril de 2013, ambas de la SEREMI Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, se seleccionó al BARRIO MILLALEMU, comuna de La Granja, dentro de la zona prioritaria para la ejecución del Programa de Recuperación de Barrios. 4. Que por lo expuesto, con fecha 08 de mayo de 2013, se suscribió un Convenio de Cooperación entre la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de La Granja, aprobado por Resolución Exenta 898 de 13 de mayo de 2013, de la SEREMI Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. : 5. Que con fecha 28 de mayo de 2013, se suscribió un Convenio de Implementacíón Fase I, entre la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de La Granja, dicto la siguiente SEREMI METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO Alameda Bernardo O'Higgins N2 874, piso 82, Santiago. Fono (02) 35130 00 www.seremh Sminvu.cl

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I \A JURÍDICA

INT. 184

APRUEBA CONVENIO DE IIVIPLEIVIENTACÍONFASE I, BARRIO MILLALEMU, ENTRE LASECRETARÍA MINISTERIAL METROPOLITANADE VIVIENDA Y URBANISMO Y LA I.MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA, DELPROGRAMA RECUPERACIÓN DE BARRIOS.

SANTIAGO, O % JUN 2013

RESOLUCIÓN EXENTA-N

VISTO: Lo dispuesto, en la Ley 16.391; en el D.L ND

1.305 (V. y U.) de 1975; en la Ley N° 18.091; en el Decreto N° 14 (V. y U.) del 22 de enerode 2007, que fija el Reglamento para el Programa de Recuperación de Barrios; en el D.S.N° 186 de Hacienda, de 2010; en el D.S. N° 397 (V. y U.), de 197S que fija el ReglamentoOrgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; en el D. S. ND153 (V. yU.), de 1983, modificado por el D.S. ND 156 (V. y U.) de 2007; Resolución Exenta N°10.171 (V. y U.) de 19 de diciembre de 2012; el D.S. N° 02 (V. y U.) de 2013, y en laResolución N° 1600 de 2008, de la Coníraloria General de la República, y

CONSIDERANDO:

1. Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, através de ésta SEREMI, con el objeto de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida delos habitantes de la ciudad, ha desarrollado el Programa de Recuperación de Barrios, enaquellos que presentan problemas de segregación urbana y social, invirtiendo en ellos paraalcanzar barrios con una mayor integración social y urbana, con espacios públicosrecuperados, mejores condiciones de entorno y relaciones sociales fortalecidas.

2. Que, para el logro de sus fines, el Programacontempla la realización de'distínías gestiones, tanto a nivel de obras urbanas como degestión social, a cuyo 'financiamiento concurrirá el Ministerio de Vivienda y Urbanismo,directamente o a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, con cargo a losrecursos contemplados para estos efectos en e! respectivo presupuesto, sin perjuicio de losaportes adicionales en que pueden concurrir el Gobierno Regional, los Municipios u oírosservicios públicos, personas naturales y entidades privadas, tales como organizacionescomunitarias, sociedades, corporaciones o fundaciones de ayuda a la comunidad.

3. Que por. Resolución Exenta ND 673, de 16 deabril de 2013, rectificada por Resolución Exenta Na 692, de 18 de abril de 2013, ambas dela SEREMI Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, se seleccionó al BARRIOMILLALEMU, comuna de La Granja, dentro de la zona prioritaria para la ejecución delPrograma de Recuperación de Barrios.

4. Que por lo expuesto, con fecha 08 de mayo de2013, se suscribió un Convenio de Cooperación entre la Secretaría MinisterialMetropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de La Granja, aprobadopor Resolución Exenta N° 898 de 13 de mayo de 2013, de la SEREMI Metropolitana deVivienda y Urbanismo. :

5. Que con fecha 28 de mayo de 2013, sesuscribió un Convenio de Implementacíón Fase I, entre la Secretaría MinisterialMetropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de La Granja, dicto lasiguiente

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RESOLUCIÓN:

1°.- Apruébase el Convenio de Implementación Fase Ide! Programa Recuperación de Barrio, suscrito con fecha 28 de mayo de 2013, a que aludeel considerando 5 del presente instrumento, entre la Secretaría Ministerial Metropolitana deVivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de La Granja, en los términos que en dichoinstrumento se expresan, ei cual se acompaña y se entenderá formar parte integrante de lapresente resolución, cuyas cláusulas se transcriben a continuación:

"En Santiago, a 28 de mayo de 2013, entre la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana deVivienda y Urbanismo, en adelante SEREMI, representada por su Secretario Regional Ministerialdon Juan Andrés Muñoz Saavedra, ambos domiciliados para estos efectos en Av. LibertadorBernardo O'í-liggins N" 874, piso 8°, comuna de Santiago; y ia I. Municipalidad de La Granja,representada por su alcalde, don Felipe Delpin Aguilar, ambos domiciliados para estos efectos enAv. Américo Vespucio Sur 002, comuna de La Granja, se conviene lo siguiente:

PRIMERO: Ei Programa de Recuperación de Barrios regulado por el D.S. N° 14 de V, y U. de 2007,

que Reglamenta el Programa de Recuperación de Barrios, impulsado por el Ministerio de Vivienda yUrbanismo, en adelante, el "Programa", tiene por objeto contribuir al mejoramiento de la calidadde vida de los habitantes de barrios que presenten problemas de deterioro urbano, o segregacióny/o vulnerabilidad social, a través de un proceso participativo de recuperación de los espaciospúblicos y de los entornos urbanos de las familias.

Para el logro de sus fines, el Programa contempla la realización de distintas gestiones, tanto a nivelde obras urbanas como de gestión social, a cuyo financiamiento concurrirá el Ministerio deVivienda y Urbanismo, directamente o a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, concargo al presupuesto vigente. Asimismo, podrán concurrir con aportes adicionales, el Gobierno

Regional, los Municipios u otros servicios públicos, personas naturales y entidades privadas, talescomo organizaciones comunitarias, sociedades, corporaciones o fundaciones de ayuda a lacomunidad.

SEGUNDO: Las Municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de lacomunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de lasrespectivas comunas.

TERCERO: Por Resolución Exenta N° 673, de fecha 16 de abril de 2013, rectificada por ResoluciónExenta N" 692, de 18 de abril de 2013 , se ha seleccionado en la comuna de La Granja, dentro de lazona prioritaria definida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el siguiente Barrio para laejecución del Programa de Recuperación de Barrios:

Barrio

Polígono de Intervención delPrograma

Millalemu

Norte

Sur

Este

Oeste

Manco Capac, desde CardenalRaúl Silva Henríquez,hastaPunta Arenas

Trinidad, desde Punta Arenas

hasta CoronelPunta Arenas, desde MancoCapac hasta Trinidad-Coronel desde, Trinidad hastaIsla San Félix-Cardenal Raúl Silva Henríquezdesde Isla San Félix hastaManco Capac

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Número de viviendas 601

CUARTO: Para el cumplimienlo de lo señalado en la cláusula anterior/ con fecha 08 de mayo de2013, se suscribió un-Convenio de Cooperación entre la SEREMI y la Municipalidad de La Granja,aprobado por Resolución Exenta Ns 898 de fecha 13 de mayo de 2013, de la SEREMI Metropolitanade Vivienda y Urbanismo, donde el Municipio se comprometió, en su calidad de socio estratégico, aimplementar en conjunto con la SEREMI, el Programa de Recuperación de Barrios.

QUINTO: En e] marco del Convenio de Cooperación singularizado precedentemente, las partessuscriben el presente instrumento, en virtud del cual la Municipalidad y la SEREMI se obligan anombrar un Equipo de Barrio, quienes serán responsables de la ejecución de los productos yactividades definidas en la Fase I del Programa referido.

Esta fase, denominada "Elaboración del Contrato de Barrio", busca crear relaciones de confianza einiciar el trabajo conjunto con los vecinos y vecinas en pos del mejoramiento del barrio. Es elproceso de construcción del plan de desarrollo del barrio con la comunidad, como Plan Integral oMaestro, en que se propondrán las obras físicas e iniciativas sociales a realizar mediante instanciastécnicas y de autodiagnósticos, conforme al modelo operativo establecido por el Programa.

Como resultado de esta fase, se comprometerá la ejecución de una cartera de proyectos y un plande gestión social en un Contrato de Barrio, documento suscrito por el Consejo Vecinal deDesarrollo, como representante de los vecinos y vecinas del barrio, el Secretario RegionalMinisterial de Vivienda y Urbanismo y el Alcalde de la comuna de La Granja.

SEXTO: El presente Convenio tendrá una vigencia de 6 meses, la que se iniciará el día hábil siguientea la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. La SEREMI deberá notificaral Municipio de lo anterior.

SÉPTIMO: Cualquier m o d if i ca ci ó n a I_Cpjry eníp, jje bg r á_s e r d e b i d a m e nte f u n d a d a, sol i cit ad a_yr

aprobada durante la_vigencía del contrato. Será facultad de la SEREMI, la aceptación o rechazo deesta solicitud..cualquier modificación que se acuerde introducir, estará sujeta al mismo trámite deaprobación que el presente Convenio.

OCTAVO: Para la Implementacíón del Programa singularizado en la cláusula primera del presenteinstrumento, la Municipalidad deberá;

Designar una Contraparte Municipal para la gestión del Programa en el barrio.Conformar una Mesa Técnica Comunal.Arrendar y habilitar una oficina en el barrio dentro de los primeros 60 días de la vigencia del

presente convenio.Contratar a lo menos 2 profesionales para integrar el Equipo de Barrio: 1 profesional del área

social y 1 profesional del área urbana, ambos a jornada completa y con experiencia de a lo menos 2años. Dichos profesionales deberán tener dedicación exclusiva al Programa, debiendo cumplir sujornada laboral en la oficina barrial y en terreno.

NOVENO: La ejecución del Programa en el barrio estará a cargo de la Contraparte Municipal y delEquipo de Barrio, ambos señalados en las letras a) y d) de la cláusula precedente.

DÉCIMO: Los profesionales que conforman el Equipo de Barrio cumplirán las siguientes funciones-durante la Fase I del Programa:

> Desarrollar cada uno de los productos individualizados en la cláusula décimo cuarta del presenteinstrumento. i

> Elaborar y entregar cada uno de los informes establecidos en la cláusula décimo quinta del presenteconvenio.

> Tener una presencia sistemática, continua y oportuna en el barrio, definida por un plan de trabajoaprobado porlaSEREM!.

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Mantener una coordinación permanente con la Contraparte Técnica Municipal del Programa y laCoordinación Regional de la SEREM!.

> Participar activamente y disponer de toda la información necesaria para la correcta discusión detemas en torno a la Mesa Técnica Comunal y Mesa Técnica Regional del Programa.

'. UNDÉCIMO: La coordinación del Programa en la Municipalidad, estará a cargo de la ContraparteMunicipal, que será desempeñada por un funcionario de la Secretaría Comunal de Planificación,

', designado mediante Decreto Alcaldicio, y quien cumplirá con las siguientes funciones:

a) Participar activamente en todas las actividades que se desarrollan en el marco de la ¡mplementacióndel Programa.

b) Entregar al Equipo de Barrio la información actualizada que la Municipalidad disponga sobre el barrio yla comuna.

c) Garantizar la vinculación y coherencia del Programa con las políticas/ planes y proyectos de laMunicipalidad que tengan un impacto en el barrio y la comuna.

d) Promover la complementariedad de la intervención del Programa con acciones multisectoriales con¡ recursos de nive! local y regional.

Conformar la Mesa Técnica Comunal, instancia de trabajo y de coordinación en donde participan laSEREM1, la Municipalidad, el Equipo de Barrio y el Consejo Vecinal de Desarrollo.Convocar a las reuniones de la Mesa Técnica Comunal a las direcciones y departamentosmunicipales que se requiera.Garantizar que ¡a SEREMI sea informada mensualmente sobre el gasto efectivo y el avance físico delos proyectos ejecutados en virtud del Programa de Recuperación de Barrios,

h) Velar por la correcta y oportuna gestión de los procesos administrativos, jurídicos y técnicos, quegaranticen la correcta ejecución del Programa, como por ejemplo tramitación de convenios,aprobación de proyectos, rendiciones, etc.

i) Coordinar, planificaryaprobarel trabajo del Equipo de Barrio,j) Coordinar, planificar y aprobar las actividades que se desarrollen con la comunidad,k) Aprobar los informes que desarrolle el Equipo de Barrio, previo a la correspondiente entrega a la

SEREMI.

DÉCIMO SEGUNDO: La conformación y calidad del Equipo.de Barrio es una condición esencial delpresente Convenio, razón por la cual, la SEREMI tendrá participación directa en ía constitución de

1 éste, además de exigir el cambio de sus integrantes, en caso de deficiencias en el desarrollo de laslabores encomendadas.

Los profesionales deberán someterse a un proceso de selección que se llevará a cabo por unacomisión integrada por el Municipio y la SEREM1, de acuerdo a perfiles de competencias y pauta deevaluación entregados por esta última. Sin perjuicio de lo anterior, los profesionales contratadosserán evaluados semestralmente por dicha comisión, utilizando la herramienta denominada "Pautade Desempeño", entregada por la Secretaría Ministerial. El resultando de esta evaluación, facultaráal Municipio, como ente empleador, y a la SEREMI, solicitar el reemplazo del profesional evaluado síno cumple con el desempeño esperado.

Para esto último, dirigirá una comunicación fundada solicitando-el cambio, la que establecerá elplazo durante el cual deberá realizarse la sustitución de uno o más miembros del equipo de trabajo.Para efectuar este cambio, el Municipio deberá proponer reemplazantes que tengan méritossimilares o superiores al profesional o a los profesionales cuya sustitución se solícita.

Si durante la ejecución del Programa, alguno de los integrantes del Equipo de Barrio definido por elMunicipio tuviera impedimentos fundados para entregar e! aporte ofrecido en su especialidad, elMunicipio podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, que cumpla con losrequisitos exigidos, previa aceptación por escrito de la SEREMI.

Los profesionales propuestos por el Municipio para integrar el Equipo de Barrio, deberán serpresentados a la SEREMI dentro del plazo de 5 días, una vez aprobado el presente convenio, a fin deproceder con la selección, según lo expuesto en el párrafo segundo de la presente cláusula,acompañando además, los siguientes antecedentes:

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b)c)d)e)f)

h)

Curriculum Vitas de cada uno de los profesionales propuestos para el equipo, que dencuenta de al menos 2 años de experiencia en intervención soda! y manejo demetodologías participativas, en regeneración urbana, en análisis urbano y en gestión deproyectos, según corresponda.

b) Certificados de título original o debidamente autorizado ante notario.

c) Una vez definido el Equipo de Barrio por la comisión, éste deberá participar de lasinducciones, capacitaciones y reuniones planificadas por la SEREM!.

DÉCIMO TERCERO: La coordinación del Programa hacia el Equipo de Barrio estará a cargo de losCoordinadores Territoriales de ia SEREMI: un profesional del área urbana y de un profesional delárea social, quienes cumplirán las siguientes funciones durante la Fase I del Programa:

Velar por la calidad y contenidos de los productos que se desarrollen, prestando la asistencia técnicaque se requiera para el correcto desempeño del Programa en el barrio.Aprobar el plan de trabajo de Fase I y su cronograma.Controlar eí estado deiavance de la ejecución del Programa en el barrio.Asesorary supervisar el trabajo del Equipo de Barrio.Asesorar y supervisar las actividades que sé desarrollen con la comunidad.Representar al Programa ante la Contraparte Municipal,Informar a la Coordinación Regional del Programa sobre la gestión y avances de la ¡mplementación delPrograma.Asesorar la realización del Plan Maestro de Recuperación de Barrio.

DÉCIMO CUARTO: Asimismo, el Equipo de Barrio deberá desarrollar los siguientes productos:

PRODUCTO

1 Instalación en e!barrio e HitoInaugural

2 Obra de Confianza

3 Estudio Técnico deBase

4 DiagnósticoCompartido

N"

1.1

1.2

2.1

2.2

3.1

4.1

Subproductos

Pión de Trabajo deFase 1

Hito inaugural

Identificación yaprobación de Obra deConfianza en MesaTécnica Regional.

Inicio de ejecución dela Obra de Confianza.

Estudio Técnico deBase

Encuesta decaracterización,percepción ysatisfacción de losvecinos

Verificador de Cumplimiento

- Documento "Pian deTrabajo" en versión impresay dígita!, formato Word yPDF.- Registro fotográfico yaudiovisual.- Minuta de la actividad.- Ficha de proyectoEstrategia Comunicociona!.- Acta de Aprobación enMesa Técnica Regional.

-Acta de Entrega de Terreno.

-Documento "EstudioTécnico de Base" en versiónimpresa y digital, formatoWord y PDF.- Encuestas aplicadas.- Base de datos digitalizadaen sistema en línea MINVU.~ Informe de aplicación delevantamiento de datos enterreno.

Plazo EstimadoCumplimiento

Verificador

Hasta 15 días deiniciada ia Fase I

Hasta 45 dios deiniciada ia Fase 1

Hasta 15 días deiniciada ¡a Fase 1

Hasta 30 díasdesde fecha deresolución deTransferencia deRecursos.

Hasta 60 días deiniciada la Fose 1

Hasta 60 días de¡nidada la Fase I

\

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5 Consejo Vecino! deDesarrollo

6 Plan Maestro deRecuperación deBarrio

4.2

4.3

4.4

5.1

5.2

5.3

6.1

6.2

Talleres deAuto-diagnóstico

Marchas exploratorias

DiagnósticoCompartido

Estrategia deconformación yfuncionamiento delCVD.

Proceso elecciónrepresentantes delCVD.

Constitución CVD conPersonalidad Jurídicade acuerdo a la LeyN°19.418.

Diseño de PlanMaestro deRecuperación deBarrio.

Aprobación de! PlanMaestro en la MesaTécnica Regional

- Fichas de resumen deAplicación de Talleres.- Planilla de registro deMarcha Exploratoria.- Digitalización deinformación en Google Earth(archivokzm).- Registro' fotográfico yaudiovisual.

-Documento "DiagnósticoCompartido" en versiónimpresa y digital, formatoWord y PDF.- Documento "Estrategia deconformación yfuncionamiento del CVD" enversión impresa y digital,formato Word y PDF.-Actas de actividadesrealizadas para llamar aconformación del CVD.-Actas de elección derepresentantes.- Registro fotográfico yaudiovisual.-Acta de constitución delCVD, según mínimosdefinidos.-Actas de sesionesordinarias y extraordinarias.Documento "Plan Maestrode Recuperación de Barrio",en versión impresa y digital,formato Word y PDF, con lossiguientes contenidos:- Síntesis y conclusiones delDiagnóstico Compartido.- Plano de diagnósticodetallando principalesconflictos territoriales.- Diagnóstico a partir de ejesSeguridad, Medio Ambientee Identidad.- Objetivo estratégico eimagen objetivo.- Definición del PlanEstratégico (integralidadPGO/PGS/EC).- Imagen objetivo de PlanMaestro de iniciativas físicas.- Tabla de proyectospriorízados. •- Carta Gantt integrada dePGO/PGS/EC.

-Pre Agenda Futura.-Acta de aprobación de laMesa Técnico Regional.

Hasta 60 días de¡nidada la Fase 1

Hasta 60 días deIniciada la Fase 1

Hasta 90 días deiniciada la Fase 1

Hasta 45 días deiniciada la Fase 1

Hasta 75 días deiniciada la Fase 1

Hasta 90 días deiniciada la Fase !

Hasta 105 días deiniciada la Fase 1

Hasta 120 días deiniciada la Fase 1

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7 Contrato de Barrio

8 Proyectos deObras Físicas.

6.3

7.1

7.2

8.1

8.2

Estrategia desocialización del PiónMaestro.

Socialización del PiónMaestro y depropuesta de Contratode Barrio.

Firma de Contrato deBarrio.

Aprobación de 2Perfiles de Proyecto enMesa TécnicaRegional.Aprobación de 1proyecto en la MesaTécnica Regional

- Documento "Estrategia desocialización del PlanMaestro" en versión impresay digital, formato Word yPDF.- Instrumentos gráficos deconvocatoria y difusión.- Presentación Powerpoint deexposición.-Actas de exposición de PianMaestro y hojas deasistencia.- Registro fotográfico yaudiovisual de actividades desocialización.- Registro fotográfico yaudiovisual del hito de Firmade Contrato de Barrio.- Contrato de Barrio firmado.- Resolución SEREMI RM deV.yU.-Acta de aprobación dePerfil de Proyecto en MesaTécnica Regional.

-Acta de aprobación deproyecto en Mesa TécnicaRegional.

Hasta 120 días deiniciada la Fose I

Hasta 150 días deiniciada la Fase 1

Hasta 150 días deiniciada la Fase !

Hasta 180 días de¡nidada la Fase 1

Hasta 180 días deiniciada la Fase i

El Municipio, particularmente el Contraparte Municipal, deberá velar por el cumplimiento oportunode los productos detallados en la tabla precedente y de la entrega de los informes correspondiente.Del mismo modo, será de su responsabilidad transmitir a los Coordinadores Territoriales cualquierconsulta o dificultad, que pudiere retrasar el desarrollo de los productos solicitados, a fin degestionar las acciones conjuntas que permitan la implementación oportuna del Programa en elbarrio.

DÉCIMO QUINTO: El cumplimiento de los productos deberá ser reportado por el Municipio, mediantela entrega de informes, acompañados de los verificadores correspondientes. Dichos informes deberánser presentados en la oficina de partes de la SEREMI Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, según lo 'siguiente:

a) Una copia en soporte papel, a colory debidamente anillada.b) Dos copias en soporte digital, formato Word y PDF.

Cada Informe deberá ser acompañado de una carta dirigida al Secretario Regional MinisterialMetropolitano de Vivienda y Urbanismo, explicitando el detalle de lo que se entrega, respetando elformato definido por la SEREMI y el Manual de Fase I de la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo deBarrios del MINVU.

Los informes mencionados, deberán corresponder a lo siguiente:

ÜtilIlNFdRME !̂

N"l

N°2

ND3

N°4

iiflifiilf̂Plan de Trabajo y Cronograma

Estudio Técnico de Base

Diagnóstico Compartido

Informe Final Fase 1

f$,fi»^^:Hasta día 15 desdeiniciada Fase 1Hasta día 60 desdeiniciada Fase iHasta día 90 desdeiniciada Fase 1Hasta día 180 desde

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iniciada Fase

La revisión y aprobación de cada uno de los productos entregados por la Municipalidad estará acargo de la Coordinación del Programa, la que tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, desde elingreso en oficina de partes, para revisar, aprobar o efectuar observaciones a los informes de losproductos entregados..

En caso de existir observaciones, el Municipio tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles parasubsanarlas, contados desde que se pone en conocimiento el Acta de Observaciones mediantecorreo electrónico enviado por el Coordinador Territorial a la Contraparte Municipal, Lo anterior seformalizará a través del oficio correspondiente emitido por esta entidad ministerial.

Cualquier modificación de plazos que requiera el Municipio, deberá ser debidamente fundada ysolicitada vía oficio a lo menos 20 días antes del vencimiento de! respectivo plazo. Será facultad dela SERF.M1 la aceptación o rechazo de esta solicitud.

DÉCIMO SEXTO: Para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Municipio, en virtud deeste convenio, la SEREM1 transferirá dentro del plazo de 30 días corridos, desde la total tramitacióndel acto administrativo que aprueba el presente instrumento, mediante depósito bancario, en lacuenta corriente del Municipio, la suma de $22.837.060.- (veintidós millones ochocientos treinta ysiete mil sesenta pesos).

El monto total del convenio incluye todos los gastos inherentes a:

a) La contratación de al menos 2 profesionales a jornada completa para integrar el Equipo deBarrio, durante el periodo de ¡mplementaclón de la Fase I, hasta la aprobación de los productossolicitados por parte de la SEREMI.b) El arriendo y mantención mensual de la oficina barrial.c) La habilitación de la oficina barrial, incluyendo equipamiento y mobiliario para el correctodesempeño profesional del Equipo de Barrio.d) El diseño e impresión de todo el material gráfico requerido a lo largo de la Fase I (ej.:folletos, gigantograffas, afiches, aplicación de encuesta de caracterización de Fase 1, etc.).e) Los insumos básicos para la dinamización de todas las reuniones y talleres que se realicenen el barrio (ej.: plumones, papelógrafos, cinta adhesiva, etc.).f) La producción completa de todos los eventos comunitarios que deben realizarse en elbarrio durante la Fase I del Programa (ej.: Hito Inaugural, constitución del CVD, firma Contrato deBarrio).

El monto establecido incluye impuestos, materiales, insumos, y todos los elementos necesariospara el desarrollo de los productos, no pudiendo solicitar recursos adicionales para sucumplimiento e ¡mplementación.

Para efectos de la administración de los fondos que serán transferidos, la Municipalidad se obliga autilizar el Procedimiento de Transferencias y Rendición de Cuentas, instruido por Ordinario N"1426/2006, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, adjunto al presente Convenio y que formaparte del mismo; las normas de procedimiento sobre rendición de cuentas dictadas por laContraloría General de la República mediante Resolución Exenta N° 759, de 2003 y las demásnormas aplicables.

DÉCIMO SÉPTIMO: Para el evento que la Municipalidad asuma la ejecución de alguna o todas lasobras físicas consideradas en el Plan de Gestión de Obras del Contrato de Barrio, ya sea directamenteo por licitación, se suscribirá entre las partes, el correspondiente Convento de Ejecución de Obras quelas detalle y regule.DÉCIMO OCTAVO: La Mesa Técnica Regional y/o Nacional del Programa deberá revisar y aprobarlos proyectos para su posterior financiamiento y ejecución.

La Mesa Técnica Regional (MTR), es la responsable de recepcionar y aprobar los Perfiles deProyecto y Proyectos Finales que emanan de los Contratos de Barrio respectivos, además de estar

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u

facultada para resolver sobre todos aquellos proyectos, de menor o mediana complejidad yenvergadura, cuyo monto de inversión estimado sea menor a $150.000.000 (ciento cincuentamillones de pesos).

La Mesa Técnica Nacional (MTN), es la responsable de ratificar y llevar registro de los proyectos anivel nacional; posee la facultad de resolver respecto de los proyectos de mayor complejidad yenvergadura, cuyo monto de inversión estimado sea mayor o igual a $150.000.000 (cientocincuenta millones de pesos).

DÉCIMO NOVENO: Se podrá poner término anticipado al presente Convenio, en las siguientessituaciones:

a) Por incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en el Convenio: La SEREMI podrá porResolución Fundada, poner término anticipado al Convenio. Dicha resolución se notificará con diezdías corridos de anticipación a la fecha de dicho término, mediante carta certificada enviada aldomicilio del Municipio que conste en el Convenio.

b) Por razones de necesidad o conveniencia: La SEREMI podrá poner término, por medio de actofundado, en forma anticipada y unilateralmente al Convenio, en cualquier tiempo y por razones denecesidad o conveniencia, dando aviso al Municipio mediante envío de carta certificada al domicilioque conste en el Convenio con, a lo menos, diez días corridos de anticipación a la fecha en que dichotérmino haya de producir sus efectos, sin que éste tenga derecho a indemnización alguna.

En ambos casos se solicitará al Municipio devolver el importe de aquellos productos o servicios noprestados y/o no recibidos a satisfacción.

VIGÉSIMO: En las reproducciones que la SEREMI efectúe del material referido a la ejecución delPrograma, se indicará el nombre del Municipio, quien cede en este acto a la SEREMI sus derechoscomo autor de los productos que resulten. Si el Municipio quisiera reproducir total o parcialmenteestos productos, deberá previamente solicitary obtener la autorización expresa de la SEREMI.

VIGÉSIMO PRIMERO: Todo el material que la SEREMI entregue al Municipio o se financie confondos del presente Convenio es de propiedad de la SEREMI. E! Municipio, los integrantes delEquipo de Barrio y/o sus contratistas, respecto de este material tendrán las siguientes obligaciones:

a) No podrán comercializarlo o usarlo con propósitos distintos a los objetivos del Programade Recuperación de Barrios.b) El material financiado con fondos SEREMI deberá tener el logo de esta última y el delPrograma de Recuperación de Barrios, en un lugar visible y en tamaño adecuado.c) Todo el material financiado con fondos S£REM1 deberá ser previamente visado por laUnidad de Comunicaciones de esta Secretaría Regional Ministerial.

La SEREMI podrá poner término anticipado al Convenio, en caso de incumplimiento de lasobligaciones expresadas en esta cláusula, conforme lo dispuesto en la letra a) de la cláusula décimonovena del presente Convenio.

Asimismo, el Municipio deberá velar por la adecuada comunicación del mensaje y objetivos delPrograma a los vecinos y vecinas, de acuerdo al discurso entregado por parte de la SEREMI y por elcumplimiento de mínimos en términos de comunicación de imagen institucional, como porejemplo, en la elaboración e instalación de piezas gráficas alusivas al Programa, en la presencia delogotipos institucionales, en la elaboración de invitaciones, en los eventos programados y en sudiseño, todos los cuales son descritos en el Manual de Procedimientos de Fase I, que también seránentregados por parte de la SEREM!.

El Programa proveerá de artículos comunicacionales mínimos. El manejo comunicacional de mediosse realizará desde la SEREMi o la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo de Barrios del Ministerio deVivienda y Urbanismo.

SEREMI METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMOAlameda Bernardo O'Higgins NS 874, piso 8S, Santiago. Fono (02) 351 30 00

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Page 10: A JURÍDICA

VIGÉSIMO SEGUNDO: para todos los efectos derivados del presente Convenio, las partes fijan sudomicilio en la comuna de Santiago, y se someten a la jurisdicción y competencia de sus tribunalesordinarios de justicia, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República en elámbito administrativo.

VIGÉSIMO TERCERO: El presente Convenio se suscribe ad-referéndum, sujeto en su validez a latotal tramitación del acto administrativo que lo apruebe, extendiéndose en cuatro ejemplaresoriginales, de idéntico tenor y fecha, quedando dos en poder de cada parte.

VIGÉSIMO CUARTO: La personería de don Juan Andrés Muñoz Saavedra, como Secretario RegionalMinisterial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, consta del D. S. N" 02 (V. y U.), de 2013, y la dedon Felipe Delpin Aguilar, en su calidad de Alcalde, consta en Decreto Alcaldicio N°3954, de fecha06 de diciembre de 2012.".

2° Corresponderá a esta SEREMI Metropolitana deVivienda y Urbanismo, efectuar la transferencia y asignación de fondos ascendentes a lasuma de $22.837.060.- (veintidós millones ochocientos treinta y siete mil sesenta pesos), ala Ilustre Municipalidad de la Granja, con los que se llevará a cabo la ejecución eimplementáción de la Fase 1 del Programa Recuperación de Barrios.

3° El gasto que demande el cumplimiento del presenteconvenio, se imputará al Subtítulo 33.03.002, Denominación: "Municipalidades para elPrograma Recuperación de Barrios", del presupuesto vigente para el año 2013, de laSubsecretaría de Vivienda y Urbanismo.

Anótese, comuniqúese y archívese.

JUAN ANDREA MUÑOZ SAAVEDRASECRETARIO MINISTERIAL METROPOLITANO

VPLG/yamTranscribir a:

Secretaria Ministerial de Víviend;Municipalidad de La GranjaEquipo Recuperación de BarriosAsesoría JurídicaUnidad de AdministraciónArchivo

DE VIVIENDA Y URBANISMO

y Urbanismo.

SEREMI METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMOAlameda Bernardo O'Higgins NS 874, piso 82, Santiago. Fono (02) 351 30 00

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Page 11: A JURÍDICA

AS"

CONVENIO DE 1MPLEMENTACION FASE !

PROGRAMA RECUPERACIÓN DE BARRIOS 2013

BARRIO MILLALEMU

ENTRE

SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO

[LUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA

En Santiago, a de mayo de 2013, entre la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana deVivienda y Urbanismo, en adelante SEREMI, representada por su Secretario Regional Ministerialdon Juan Andrés Muñoz Saavedra, ambos domiciliados para estos efectos en Av. LibertadorBernardo O'Híggins N" 874, piso 8", comuna de Santiago; y la . Municipalidad de La Granja,representada por su alcalde, don Felipe Delpin Aguilar, ambos domiciliados para estos efectos enAv. Améríco Vespucio Sur 002, comuna de La Granja, se conviene lo siguiente:

PRIMERO: El Programa de Recuperación de Barrios regulado por el D.S. N° 14 de V. y U, de 2007,que Reglamenta el Programa de Recuperación de Barrios, impulsado por el Ministerio de Vivienday Urbanismo, en adelante, el "Programa", tiene por objeto contribuir al mejoramiento de lacalidad de vida de los habitantes de barrios que presenten problemas de deterioro urbano, osegregación y/o vulnerabilidad social, a través de un proceso participativo de recuperación de losespacios públicos y de los entornos urbanos de las familias.

Para el logro de sus fines, el Programa contempla la realización de distintas gestiones, tanto a níve!de obras urbanas como de gestión social, a cuyo financiarniento concurrirá el Ministerio deVivienda y Urbanismo, directamente o a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, concargo al presupuesto vigente. Asimismo, podrán concurrir con aportes adicionales, el GobiernoRegional, los Municipios u otros servicios públicos, personas naturales y entidades privadas, talescomo organizaciones comunitarias, sociedades, corporaciones o fundaciones de ayuda a lacomunidad.

SEGUNDO: Las Municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de lacomunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de lasrespectivas comunas.

TERCERO: Por Resolución Exenta N° 673, de fecha 16 de abril de 2013, rectificada por ResoluciónExenta N° 692, de 18 de abril de 2013 , se ha seleccionado en la comuna de La Granja, dentro de lazona prioritaria definida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el siguiente Barrio para laejecución del Programa de Recuperación de Barrios:

SEREMl METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMOAlameda Bernardo O'Higglns N2 874, piso 82, Santiago. Fono (02) 351 30 00

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Page 12: A JURÍDICA

Barrio

Polígono de Intervención del Programa

Número de viviendas

Millalemu

Norte

Sur

Este

Oeste

Manco Capac, desde Cardenal Raúl SilvaHenríquez, hastaPunta ArenasTrinidad; desde Punta Arenas hasta Coronel

Punta Arenas, desde Manco Capac hastaTrinidad-Coronel desde, Trinidad hasta Isla San Félix-Cardenal Raúl Silva Henríquez desda IslaSan Félix hasta Manco Capac

601

CUARTO: Para el cumplimiento de lo señalado en la cláusula anterior, con fecha 08 de mayo de2013, se suscribió un Convenio de Cooperación entre la SEREMI y la Municipalidad de La Granja,aprobado por Resolución Exenta N^ 898 de fecha 13 de mayo de 2013, de la SEREMIMetropolitana de Vivienda y Urbanismo, donde el Municipio se comprometió, en su calidad desocio estratégico, a implementar en conjunto con la SEREMI, el Programa de Recuperación deBarrios.

QUINTO: En el marco del Convenio de Cooperación singularizado precedentemente, las partessuscriben e! presente instrumento, en virtud del cual ia Municipalidad y la SEREMI se obligan anombrar un Equipo de Barrio, quienes serán responsables de la ejecución de los productos yactividades definidas en la Fase I del Programa referido.

Esta fase, denominada "Elaboración del Contrato de Barrio", busca crear relaciones de confianza einiciar el trabajo conjunto con los vecinos y vecinas en pos del mejoramiento del barrio. Es elproceso de construcción del plan de desarrollo del barrio con la comunidad, como Plan Integral oMaestro, en que se propondrán las obras físicas e iniciativas sociales a realizar medianteinstancias técnicas y de autodiagnósticos, conforme al modelo operativo establecido por elPrograma.

Como resultado de esta fase, se comprometerá la ejecución de una cartera de proyectos y un plande gestión socia en un Contrato de Barrio, documento suscrito por el Consejo Vecinal deDesarrollo, como representante de los vecinos y vecinas del barrio, el Secretario RegionalMinisterial de Vivienda y Urbanismo y el Alcalde de la comuna de La Granja.

SEXTO; El presente Convenio tendrá una vigencia de 6 meses, la que se iniciará el día hábilsiguiente a ia fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. La SEREMI deberánotificar al Municipio de lo anterior.

SÉPTIMO: Cualquier modificación al Convenio, deberá ser debidamente fundada, solicitada yaprobada durante la vigencia del contrato. Será facultad de la SEREMI, la aceptación o rechazo deesta solicitud. Cualquier modificación que se acuerde introducir, estará sujeta al mismo trámite deaprobación que el presente Convenio.

OCTAVO: Para la Implementación del Programa singularizado en la cláusula primera del presenteinstrumento, la Municipalidad deberá:

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Page 13: A JURÍDICA

a) Designar una Contraparte Municipal para la gestión del Programa en el barrio.b) Conformar una Mesa Técnica Comunal.c} Arrendar y habilitar una oficina en el barrio dentro de los primeros 60 días de la vigencia del

presente convenio,d) Contratar a ¡o menos 2 profesionales para integrar el Equipo de Barrio: 1 profesional del área

social y 1 profesional del área urbana, ambos a jornada completa y con experiencia de a lomenos 2 años. Dichos profesionales deberán tener dedicación exclusiva al Programa,debiendo cumplirsu jornada laboral en la oficina barrial y en terreno.

NOVENO: La ejecución del Programa en el barrio estará a cargo de la Contraparte Municipal y delEquipo de Barrio, ambos señalados en las letras a) y d) de la cláusula precedente.

DÉCIMO; Los profesionales que conforman el Equipo de Barrio cumplirán las siguientes funcionesdurante la Fase I del Programa:

> Desarrollar cada uno de los productos individualizados en la cláusula décimo cuarta delpresente instrumento.

> Elaborar y entregar cada uno de los informes establecidos en la cláusula décimo quinta delpresente convenio.

> Tener una presencia sistemática, continua y oportuna en el barrio, definida por un plan detrabajo aprobado por la SEREMI.

> Mantener una coordinación permanente con la Contraparte Técnica Municipal delPrograma y la Coordinación Regional de la SEREMI.

> Participar activamente y disponer de toda la información necesaria para la correctadiscusión de temas en torno a la Mesa Técnica Comunal y Mesa Técnica Regional delPrograma.

UNDÉCIMO: La coordinación del Programa en la Municipalidad, estará a cargo de la ContraparteMunicipal, que será desempeñada por un funcionario de la Secretaría Comunal de Planificación,designado mediante Decreto Alcaldicio, y quien cumplirá con las siguientes funciones:

a) Participar activamente en todas las actividades que se desarrollan en el marco de la¡mplementación del Programa.

b) Entregara! Equipo de Barrio la información actualizada que la Municipalidad disponga sobreel barrio y la comuna.

c) Garantizar la vinculación y coherencia del Programa con las políticas, planes y proyectos de laMunicipalidad que tengan un impacto en e! barrio y la comuna.

d) Promover la cornplementariedad de la intervención del Programa con accionesmuitisectoríales con recursos de nivel locai y regional.

e) Conformar la Mesa Técnica Comuna!, instancia de trabajo y de coordinación en dondeparticipan ¡a SEREMI, la Municipalidad, el Equipo de Barrio y el Consejo Vecinal deDesarrollo.

f) Convocar a las reuniones de la Mesa Técnica Comunal a las direcciones y departamentosmunicipales que se requiera.

g) Garantizar que la SEREMI sea informada mensualmente sobre el gasto efectivo y el avancefísico de los proyectos ejecutados en virtud del Programa de Recuperación de Barrios.

h) Velar por la correcta y oportuna gestión de los procesos administrativos, jurídicos ytécnicos, que garanticen la correcta ejecución del Programa, corno por ejemplotramitación de convenios, aprobación de proyectos, rendiciones, etc.

i) Coordinar, planificar y aprobar el trabajo del Equipo de Barrio.

SEREMI METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO

Alameda Bernardo O'Higgins NS 874, piso 82, Santiago. Fono (02) 35130 00

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Page 14: A JURÍDICA

j) Coordinar, planificar y aprobar las actividades que se desarrollen con la comunidad,k) Aprobar los informes que desarrolle el Equipo de Barrio, previo a la correspondiente entrega

alaSEREMI.

DÉCIMO SEGUNDO: La conformación y calidad del Equipo de Barrio es una condición esencial delpresente Convenio, razón por la cual, la SEREMi tendrá participación directa en la constitución deéste, además de exigir el cambio de sus integrantes, en caso de deficiencias en el desarrollo de laslabores encomendadas.

Los profesionales deberán someterse a un proceso de selección que se llevará a cabo por unacomisión integrada por el Municipio y la SEREMI, de acuerdo a perfiles de competencias y pautade evaluación entregados por esta última. Sin perjuicio de lo anterior, los profesionalescontratados serán evaluados semestraimente por dicha comisión, utilizando la herramientadenominada "Pauta de Desempeño", entregada por la Secretaría Ministerial. El resultando de estaevaluación, facultará al Municipio, como ente empleador, y a la SEREMI, solicitar el reemplazo delprofesional evaluado si no cumple con el desempeño esperado.

Para esto último, dirigirá una comunicación fundada solicitando el cambio, la que establecerá elplazo durante el cual deberá realizarse la sustitución de uno o más miembros del equipo detrabajo. Para efectuar este cambio, el Municipio deberá proponer reemplazantes que tenganméritos similares o superiores al profesional o a los profesionales cuya sustitución se solicita,

SÍ durante la ejecución del Programa, alguno de los integrantes del Equipo de Barrio definido porel Municipio tuviera impedimentos fundados para entregar el aporte ofrecido en su especialidad,el Municipio podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, que cumpla con iosrequisitos exigidos, previa aceptación por escrito de la SEREMI.

Los profesionales propuestos por el Municipio para integrar el Equipo de Barrio, deberán serpresentados a la SEREM1 dentro del plazo de 5 días, una vez aprobado el presente convenio, a finde proceder con la selección, según lo expuesto en el párrafo segundo de la presente cláusula,acompañando además, los siguientes antecedentes:

a} Curriculum Vitae de cada uno de los profesionales propuestos para el equipo, que dencuenta de al menos 2 años de experiencia en intervención social y manejo demetodologías particípativas, en regeneración urbana, en análisis urbano y en gestión deproyectos, según corresponda.

b) Certificados de título original o debidamente autorizado ante notario.

Una vez definido el Equipo de Barrio por la comisión, éste deberá participar de las inducciones,capacitaciones y reuniones planificadas por la SEREMI.

DÉCIMO TERCERO: La coordinación del Programa hacia el Equipo de Barrio estará a cargo de losCoordinadores Territoriales de la SEREMi: un profesional del área urbana y de un profesional delárea social, quienes cumplirán las siguientes funciones durante la Fase I del Programa:

a) Velar por la calidad y contenidos de los productos que se desarrollen, prestando la asistenciatécnica que se requiera para el correcto desempeño del Programa en el barrio.

b) Aprobar el plan de trabajode Fase I y su cronograma.c) Controlar el estado de avance de la ejecución del Programa en el barrio.d) Asesorary supervisar el trabajo del Equipo de Barrio.e) Asesorary supervisar las actividades que se desarrollen con la comunidad.

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Page 15: A JURÍDICA

f) Representar al Programa ante la Contraparte Municipal.g} Informar a la Coordinación Regional del Programa sobre la gestión y avances de la

ímplementación del Programa,h) Asesorar la realización del Plan Maestro de Recuperación de Barrio.

DÉCIMO CUARTO: Asimismo, el Equipo de Barrio deberá desarrollar los siguientes productos:

PRODUCTO

1 Instalación en e!barrio e HitoInauguro!

2 Obra de Confianza

3 Estudio Técnico deBase

A DiagnósticoCompartido

5 Consejo Vecinal deDesarrollo

1.1

1.2

2.1

2.2

3.1

4.1

4.2

4.3

4.4

5.1

5.2

Subproductos

Plan de Trabajo deFase 1

Hito inaugural

Identificación yaprobación de Obra deConfianza en MesaTécnica Regional.

Inicio de ejecución dela Obra de Confianza.

Estudio Técnico de

Base

Encuesta decaracterización,percepción ysatisfacción de losvecinos

Talleres deAutodia 'gnóstico

Marchas exploratorias

DiagnósticoCompartido

Estrategia deconformación yfuncionamiento delCVD.

Proceso elección

Verificador de Cumplimiento

- Documento "Plan deTrabajo" en versión impresay digital, formato Word yPDF.- Registro fotográfico yaudiovisual.- Minuta de ¡a actividad.- Ficha de proyecto

Estrategia Comunica cío nal.

-Acta de Aprobación, enMesa Técnica Regional.

-Acta de Entrega de Terreno.

- Documento "Estudio

Técnico de Dase" en versiónimpresa y digital, formatoWord y PDF.

- Encuestas aplicadas.- Base de datos digitaüzadaen sistema en linea MINVU.

- Informe de aplicación delevantamiento de datos enterreno.

- Fichas de resumen deAplicación de Talleres.

- Planilla de registro deMarcha Exploratoria.

- DÍgitalÍ7.ación deinformación en Google Eart'h(archivokzm).

- Registro fotográfico yaudiovisual.

- Documento "DiagnósticoCompartido" en versiónimpresa y digital, formatoWord y PDF.

- Documento "Estrategia deconformación yfuncionamiento de! CVD" enversión impresa y digítalj

formato Word y PDF.-Actas de actividades

Plazo EstimadoCumplimiento

Verificador

Hasta 15 días deiniciada lo Fase 1

Hasta 45 días deiniciada ¡a Fase I

Hasta 15 días deiniciada la Fase ¡

Hasta 30 díasdesde fecha deresolución deTransferencia de

Recursos.

Hasta SO días de

¡nidada la Fase 1

Hasta 60 días deiniciada la Fase 1

Hasta 60 días deiniciada la Fase !

Hasta 60 días deiniciada la Fase í

Hasta SO días deiniciada la Fase 1

Hasta AS días deiniciada la Fase 1

Hasta 75 días de

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Page 16: A JURÍDICA

'•

6 Plan Maestro deRecuperación deBarrio

7 Contrato de Barrio

-

5.3

6.1

6.2

6.3

7.1

7.2

representantes de!CVD.

Constitución CVD conPersonalidad Jurídicade acuerdo a la LeyN°19.418.

Diseño de PlanMaestro deRecuperación deBarño.

Aprobación del PlanMaestro en la MesaTécnica RegionalEstrategia desocialización de! PlanMaestro.

Socialización del PlanMaestro y depropuesta de Contratode Barrio.

Firma de Contrato deBarrio.

realizadas pora Homar aconformación del CVD.-Actas de elección derepresentantes.- Registro fotográfico yaudiovisual.- Acta de constitución delCVD, según mínimosdefinidos.-Actas de sesionesordinarias y extraordinarias.Documento "Plan Maestrode Recuperación de Barrio",en versión Impresa y dígita!,formato Word y PDF, con lossiguientes contenidos:- Síntesis y conclusiones delDiagnóstico Compartido.- Plano de diagnósticodetallando principalesconflictos territoriales.- Diagnóstico a partir de ejesSeguridad, Medio Ambientee Identidad.- Objetivo estratégico eimagen objetivo.-Definición del PlanEstratégico (integraüdadPGO/PGS/EC).- Imagen objetivo de PlanMaestro de iniciativas físicas.- Tabla de proyectosprior izad os.- Carta Gantt integrada dePGO/PGS/EC.

- Pre Agenda Futura.-Acta de aprobación de laMesa Técnica Regional.

- Documento "Estrategia desocialización del PlanMaestro" en versión impresay digital, formato Word yPDF.- Instrumentos gráficos deconvocatoria y difusión.- Presentación Powerpoint deexposición.-Actas de exposición de PlanMaestro y hojas deasistencia.- Registro fotográfico yaudiovisual de actividades desociali2ación.- Registro fotográfico yaudiovisual del hito de Firmade Contrato de Barrio.- Contrato de Barrio firmado.- Resolución SEREMI RM de

¡nidada la Fase 1

Hasta 90 días deiniciada la Fase 1

Hasta 105 días deiniciada la Fase I

Hasta 120 días deiniciada ¡a Fase ¡

Hasta 120 días deiniciada la Fase 1

Hasta 150 días deiniciado la Fase 1

Hasta 150 días de¡nidada la Fase !

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Page 17: A JURÍDICA

V.yU.

8 Proyectos deObras Físicas.

Aprobación de 2Perfiles de Proyecto enMesa TécnicoRegional.

-Acta de aprobación dePerfil de Proyecto en MesoTécnica Regional.

Hasta 180 días deiniciada la Fase I

8.2 Aprobación de 1proyecto en la MesaTécnico Regional

-Acta de aprobación deproyecto en Mesa TécnicaRegional.

Hasta 180 días deiniciada ¡a Fase!

El Municipio, particularmente el Contraparte Municipal; deberá velar por el cumplimientooportuno de los productos detallados en la tabla precedente y de la entrega de los informescorrespondiente. Del mismo modo, será de su responsabilidad transmitir a los CoordinadoresTerritoriales cualquier consulta o dificultad que pudiere retrasar el desarrollo de los productossolicitados, a fin de gestionar las acciones conjuntas que permitan la irnplementacíón oportuna del

Programa en el barrio.

DÉCIMO QUINTO: El cumplimiento de los productos deberá ser reportado por el Municipio,mediante la entrega de informes, acompañados de los verificadores correspondientes. Dichos

informes deberán ser presentados en la oficina de partes de la SEREMI Metropolitana de Vivienda yUrbanismo, según lo siguiente:

a) Una copia en soporte papel, a color y debidamente anillada.b) Dos copias en soporte digital, Formato Word y PDF.

Cada Informe deberá ser acompañado de una carta dirigida al Secretario Regional MinisterialMetropolitano de Vivienda y Urbanismo, explicitando el detalle de lo que se entrega, respetando elformato definido por la SEREMI y el Manual de Fase I de la Secretaria Ejecutiva de Desarrollo deBarrios del M1NVU.

Los informes mencionados, deberán corresponder a lo siguiente:

INFORME

N°l

N°2

N°3

N°4

CONTENIDOS INFORME

Plan de Trabajo y CronogramaEstudio Técnico de BaseDiagnóstico Compartido

Informe Final Fase 1

PLAZO ENTREGA

Hasta dfa 15 desde iniciada Fase 1Hasta día 60 desde iniciada Fase 1Hasta día 90 desde iniciada Fase 1

Hasta día 180 desde iniciada Fase 1

La revisión y aprobación de cada uno de los productos entregados por la Municipalidad estará acargo de la Coordinación del Programa, la que tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, desde elingreso en oficina de partes, para revisar, aprobar o efectuar observaciones a los informes de losproductos entregados.

En caso de existir observaciones, el Municipio tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles parasubsanarlas, contados desde que se pone en conocimiento el Acta de Observaciones mediantecorreo electrónico enviado por el Coordinador Territorial a la Contraparte Municipal. Lo anteriorse formalizará a través del oficio correspondiente emitido por esta entidad ministerial.

Cualquier modificación de plazos que requiera el Municipio, deberá ser debidamente fundada ysolicitada vía oficio a lo menos 20 días antes del vencimiento del respectivo plazo. Será facultad dela SEREMI la aceptación o rechazo de esta solicitud.

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DÉCIMO SEXTO: Para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Municipio, en virtud deeste convenio, la SEREMI transferirá dentro del plazo de 30 días corridos, desde la totaltramitación del acto administrativo que aprueba el presente instrumento, mediante depósitobancario, en la cuenta corriente del Municipio, la suma de $22.837.060.- (veintidós millonesochocientos treinta y siete mil sesenta pesos).

El monto total del convenio incluye todos los gastos inherentes a:

a} La contratación de al menos 2 profesionales a jornada completa para integrar el Equipo deBarrio, durante el periodo de ¡mplementación de la Fase !, hasta la aprobación de losproductos solicitados por parte de la SEREMI.

b) El arriendo y mantención mensual de la oficina barrial.c) La habilitación de la oficina barrial, incluyendo equipamiento y mobiliario para el correcto

desempeño profesional del Equipo de Barrio.d) El diseño e impresión de todo el material gráfico requerido a lo largo de la Fase I (ej.:

folletos, gigantografías, afiches, aplicación de encuesta de caracterización de Fase I, etc.).e) Los ¡nsumos básicos para la dinamización de todas las reuniones y talleres que se realicen

en el barrio (ej.: plumones, papelógrafos, cinta adhesiva, etc.).f) La producción completa de todos los eventos comunitarios que deben realizarse en el

barrio durante la Fase I del Programa (ej.; Hito Inaugural, constitución del CVD, firmaContrato de Barrio).

El monto establecido incluye impuestos, materiales, insumes, y todos los elementos necesariospara el desarrollo de los productos, no pudíendo solicitar recursos adicionales para sucumplimiento e implementacíón.

Para efectos de la administración de los fondos que serán transferidos, la Municipalidad se obligaa utilizar el Procedimiento de Transferencias y Rendición de Cuentas, instruido por Ordinario N°1426/2006, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, adjunto al presente Convenio y queforma parte del mismo; las normas de procedimiento sobre rendición de cuentas dictadas por laContraloría General de la República mediante Resolución Exenta N° 759, de 2003 y las demásnormas aplicables.

DÉCIMO SÉPTIMO: Para el evento que la Municipalidad asuma la ejecución de alguna o todas lasobras físicas consideradas en el Plan de Gestión de Obras del Contrato de Barrio, ya seadirectamente o por licitación, se suscribirá entre las partes, el correspondiente Convenio deEjecución de Obras que las detalle y regule.

DÉCIMO OCTAVO: La Mesa Técnica Regional y/o Nacional del Programa deberá revisar y aprobarios proyectos para su posteriorfinanciamiento y ejecución.

La Mesa Técnica Regional (MTR), es la responsable de recepcionar y aprobar los Perfiles deProyecto y Proyectos Finales que emanan de los Contratos de Barrio respectivos, además de estarfacultada para resolver sobre todos aquellos proyectos, de menor o mediana complejidad yenvergadura, cuyo monto de inversión estimado sea menor a $150.000.000 (ciento cincuentamillones de pesos).

La Mesa Técnica Nacional (MTN), es la responsable de ratificar y llevar registro de los proyectos anivel nacional; posee la facultad de resolver respecto de los proyectos de mayor complejidad yenvergadura, cuyo monto de inversión estimado sea mayor o igual a $150.000.000 (ciento

1 cincuenta millones de pesos).

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DÉCIMO NOVENO: Se podrá poner término anticipado al presente Convenio, en las siguientessituaciones:

a) Por incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en el Convenio: La SEREMI podrá porResolución Fundada, poner término anticipado al Convenio. Dicha resolución se notificara con diezdías corridos de anticipación a la fecha de dicho término, mediante carta certificada enviada aldomicilioidel Municipio que conste en el Convenio.

b) Por razones de necesidad o conveniencia: La SEREMI podrá poner término, por medio de actofundado, en forma anticipada y unilateralmente al Convenio, en cualquier tiempo y por razones denecesidad o conveniencia, dando aviso al Municipio mediante envío de carta certificada al domicilioque conste en el Convenio con, a lo menos, diez días corridos de anticipación a la fecha en que dichotérmino haya de producir sus efectos, sin que éste tenga derecho a indemnización alguna.

En ambos casos se solicitará al Municipio devolver e! importe de aquellos productos o servicios noprestados y/o no recibidos a satisfacción.

VIGÉSIMO: En las reproducciones que la SEREMI efectúe del material referido a la ejecución delPrograma, se indicará el nombre del Municipio, quien cede en este acto a la SEREM! sus derechoscomo autor de los productos que resulten. SÍ el Municipio quisiera reproducir total o parcialmenteestos productos, deberá previamente solicitar y obtener la autorización expresa de la SEREMI.

VIGÉSIMO PRIMERO: Todo el material que la SEREMI entregue al Municipio o se financie confondos del presente Convenio es de propiedad de la SEREMI. El Municipio, los integrantes delEquipo de Barrio y/o sus contratistas, respecto de este material tendrán las siguientesobligaciones:

a) No podrán comercializarlo o usarlo con propósitos distintos a los objetivos del Programade Recuperación de Barrios.

b) El materíaí financiado con fondos SEREMI deberá tener el logo de esta última y el delPrograma de Recuperación de Barrios, en un lugar visible y en tamaño adecuado.

c) Todo el material financiado con fondos SEREMI deberá ser previamente visado por laUnidad de Comunicaciones de esta Secretaría Regional Ministerial.

La SEREMI podrá poner término anticipado al Convenio, en caso de incumplimiento de lasobligaciones expresadas en esta cláusula, conforme lo dispuesto en la letra a) de la cláusuladécimo novena del presente Convenio.

Asimismo, el Municipio deberá velar por la adecuada comunicación del mensaje y objetivos delPrograma a los vecinos y vecinas, de acuerdo al discurso entregado por parte de la SEREMI y por elcumplimiento de mínimos en términos de comunicación de imagen institucional, como porejemplo, en la elaboración e instalación de piezas gráficas alusivas al Programa, en la presencia delogotipos institucionales, en la elaboración de invitaciones, en los eventos programados y en sudiseño, todos los cuales son descritos en el Manual de Procedimientos de Fase I, que tambiénserán entregados por parte de la SEREMI.

El Programa proveerá de artículos comunicacionales mínimos. El manejo comunicacional demedios se realizará desde la SEREMI o ¡a Secretaría Ejecutiva de Desarrollo de Barrios delMinisterio de Vivienda y Urbanismo.

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VIGÉSIMO SEGUNDO: Para todos los efectos derivados deí presente Convenio, las partes fijan sudomicilio en la comuna de Santiago, y se someten a la jurisdicción y competencia de sus tribunalesordinarios de justicia, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República en elámbito administrativo.

VIGÉSIMO TERCERO: El presente Convenio se suscribe ad-referéndum, sujeto en su validez a latotal tramitación del acto administrativo que lo apruebe, extendiéndose en cuatro ejemplaresoriginales, de idéntico tenor y fecha, quedando dos en poder de cada parte.

VIGÉSIMO CUARTO: La personería de don Juan Andrés Muñoz Saavedra, como Secretario RegionalMinisterial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, consta del D. S. I\ 02 (V. y U.), de 2013, y lade don Felipe Delpin Aguílar, en su calidad de Alcalde, consta en Decreto Alcaldicio N" 3954, defecha 06 de diciembre de 2012.

! AGUILAR

ALCALDE

I.MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA

[MUÑOZ SAAVEDRA

'ERIAL METROPOLITANODE VIVIENDA Y URBANISMO

SEREM! METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMOAlameda Bernardo O'Híggins Na 874,. piso as, Santiago. Fono (02) 351 30 00

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