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Agradeciendo la atención.

HUGO FRAN Secretario Gene

Cordialmente,

PEÑARANDA

PA 41-

! ALCALDÍA DE SAN JOSÉ DE CliCUTA

A

01-1100-014035-S-2018

San José de Cúcuta, 30 de Abril de 2018

Señor(a): JAIME RICARDO MARTHEY TELLO Presidente Concejo Municipal San José de Cúcuta

Asunto: Remisión Proyecto de Acuerdo

Respetado Doctor:

Para su conocimiento y fines pertinentes me permito remitir el siguiente Proyecto de Acuerdo:

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA LA MEDIA MARATON DE SAN JOSE DE CUCUTA COMO EVENTO DEPORTIVO Y RECREATIVO ANUAL"

Elaborado porMercedes Gorda oto

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Proyecto de Acuerdo No. /S de 2018

"Por medio del cual se crea e institucionaliza la media maratón de San José de Cúcuta como evento deportivo y recreativo anual"

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA

En uso de sus facultades Constitucionales y legales en especial las conferidas en los artículos 52 y 313 de la Constitución Política de Colombia, Ley 136 de 1994, Ley 1551 de 2012 y Ley 181 de 1995,

ACUERDA

Artículo 1°: crease e institucionalícese anualmente el día de la media maratón en el municipio de San José de Cúcuta como un evento deportivo y de recreación, con el fin de fomentar la cultura deportiva, promoviendo la participación de la comunidad y posicionando a Cúcuta como centro de grandes eventos deportivos.

Artículo 2°: la media maratón del municipio de San José de Cúcuta se realizará anualmente en el primer domingo del mes de junio como antesala a las ferias de Cúcuta. Esta media maratón estará avalada por La Federación Colombiana de Atletismo, y su recorrido atravesará las más importantes vías de la ciudad vinculando amplia participación de deportistas nacionales, extranjeros y espectadores.

Artículo 3°: la media maratón de San José de Cúcuta tendrá los siguientes objetivos:

Promocionar a Cúcuta como una ciudad deportiva, recreativa y de cultura ciudadana. Generar turismo y empleo para la ciudad Generar espacios para el desarrollo de nuestros deportistas talentosos y oportunidades de recreación para la población.

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Artículo 4°: la alcaldía de San José de Cúcuta a través del Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte IMRD, será responsable de la organización de la media maratón de San José de Cúcuta, y diseñará estrategias para obtener apoyos, financiaciones de entidades públicas y privadas tendientes al éxito de esta actividad. Para tales fines la administración municipal comprometerá anualmente recursos presupuestales.

Artículo 5°: el presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"Por medio del cual se crea e institucionaliza la media maratón de San José de Cúcuta como evento deportivo y recreativo anual"

PROYECTO DE ACUERDO N° de 2018

El derecho de nuestros conciudadanos de la recreación, la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre lo implementa la alcaldía de San José de Cúcuta a través del Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte IMRD llevando programas en forma incluyente donde participan personas de todas las edades, razas, géneros y/o etnias, proporcionando las posibilidades mínimas de recreación, distención, desarrollo integral de sus potencialidades.

La recreación y el deporte son actividades inherentes al ser humano y necesarias tanto para su desarrollo individual como social, de tal manera cumple un papel fundamental y definitivo en el aprendizaje del individuo como miembro de una sociedad que posee su propio orden y es a través de estos derechos fundamentales como puede enseñarse a un niño y a un joven a socializarse mediante los juegos deportivos y recreativos.

Por las experiencias obtenidas en la ejecución de los programas deportivos y recreativos de la alcaldía de San José de Cúcuta a través del IMRD, conocemos que la participación de nuestros ciudadanos en los eventos ejecutados logramos darles grandes beneficios como la autoestima, sentido de la vida, interés por el deporte, satisfacción personal, integración social, logro de metas personales, atracción por la sana competencia, aptitud física, evasión a la drogadicción, lucha

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contra la delincuencia, sedentarismo y estrés; que son flagelos que afectan directa o indirectamente a nuestra población.

La creación de la media maratón de San José de Cúcuta que se quiere implementar en este proyecto de acuerdo municipal además de los beneficios anteriormente descritos, dinamiza el mercado y economía de la ciudad ya que promueve y desarrolla el empleo productivo ya que las empresas, comercio, industria hotelera, de transporte resultarían beneficiadas.

La media maratón de San José de Cúcuta con el aval de La Federación Colombiana de Atletismo, posicionaría a nuestra ciudad en la antesala de las ferias de Cúcuta como una ciudad de grandes eventos, dando margen a la promoción y desarrollo del turismo con la presencia de grandes deportistas y periodistas nacionales e internacionales.

La integración de la ciudad tendría mayor auge en la media maratón con la participación de empresas que se vincularían con apoyo y patrocinio a los deportistas participantes, incluyendo estudiantes de escuelas y colegios como soporte en el desarrollo social y posicionamiento de su imagen institucional, logrando la motivación e incentivos en los premios de dotaciones deportivas atractivos para los participantes.

Por las razones ya mencionadas la media maratón de nuestro municipio San José de Cúcuta es una herramienta vital de la administración municipal para el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros habitantes y su aprobación del honorable concejo de nuestra ciudad contribuiría con el logro de los objetivos propuestos.

Agradecemos al honorable concejo su atención y aprobación de esta importante iniciativa municipal.

Alcalde de la ciudad.

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SUSTENTO JURÍDICO:

CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

Artículo2°:

"son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la republica están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

Artículo 52:

"el ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tiene como una función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social.

Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas".

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NORMA LEGAL

LEY 181 DE 1995

ARTICULO 1.

Los objetivos generales de la presente ley son el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas las personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas. Así mismo, la implantación y fomento de la educación física para contribuir a la formación integral de la persona en todas sus edades y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad.

ARTICULO 3

"para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores:

[. • ]

Fomentar, proteger, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones como marco idóneo para las prácticas deportivas y de recreación.

Coordinar la gestión deportiva con las funciones propias de las entidades territoriales en el campo del deporte y la recreación y apoyar el desarrollo de éstos...

5. Fomentar la creación de espacios que faciliten la actividad física, el deporte y la recreación como habito de salud y mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social, especialmente en los sectores sociales más necesitados...

17. Contribuir al desarrollo de la educación familiar, escolar y extraescolar de la niñez y de la juventud para que utilicen el tiempo libre, el deporte, y la recreación como elementos fundamentales en su proceso de formación integral tanto en lo personal como en lo comunitario".

ARTICULO 5. Se entiende que:

La recreación. Es un proceso de acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una vivencia de disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las potencialidades del ser humano para su realización y mejoramiento de la calidad de vida individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento.

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El aprovechamiento del tiempo libre. Es el uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida, en forma individual o colectiva. Tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación Sico biológica..."

ARTICULO 7:

"Los entes deportivos departamentales y municipales coordinarán y promoverán la ejecución de programas recreativos para la comunidad, en asocio con entidades públicas o privadas, que adelanten esta clase de programas en su respectiva jurisdicción".

ARTICULO 17.

"El deporte formativo y comunitario hace parte del sistema nacional del deporte y planifica, en concordancia con el Ministerio de Educación Nacional, la enseñanza y utilización constructiva del tiempo libre y la educación en el ambiente, para el perfeccionamiento personal y el servicio a la comunidad, diseñando actividades en deporte y recreación para niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad".

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IMPACTO FISCAL:

Teniendo en cuenta lo que expresa la Ley 819 de 2003 en su artículo 7°, que establece que "...en todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo...", se considera que la presente iniciativa no tiene implicaciones presupuestables ya que el objetivo principal está encaminado a crear la Media Maratón de San José de Cúcuta, de interés cultural.

Sin embargo, es importante resaltar que la Administración Municipal en cabeza del IMRD Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte, ha venido realizando aportes económicos y logísticos para el normal desarrollo de éstos eventos deportivos y recreativos de la ciudad de San José de Cúcuta.

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República Coiom

Alcaldía San

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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO

CERTIFICACION

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José unIcipal de de Cúcuta

FECHA: Junio 2011

APOYO A LA GESTION

INSTITUCIONAL GESTION ADMINISTRATIVA

GESTION DOCUMENTAL, ARCHIVO Y

CORRESPONDENCIA Macroproceso Proceso Subproceso

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

QUE, en CONSEJO DE GOBIERNO, de fecha 27 de abril de 2018, se presentó y aprobó el siguiente Proyecto de Acuerdo:

"POR MEDIO DELCUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA LA MEDIA MARATON DE SAN JOSE DE CUCUTA CO • EVENTO DEPORTIVO Y RECREATIVO ANUAL"

Se expide en San José de Cú los 0 días del me de abril de 2018.

HUGO FRA Q Z PEÑARANDA

Elaboro Merar:dos G

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República de Colombia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO

CONCEPTO JURIDICO

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Alca San

al día Münicipal José de Cúcuta

de Fecha: Junio 2012

GESTIÓN ESTRATEGICA

GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Macroproceso Proceso Subproceso RESOLUCIÓN No. FECHA: PÁGINA N°. Página 1 de 4

San José de Cúcuta, abril de 2018

Doctor CESAR OMAR ROJAS AYALA Alcalde de San José de Cúcuta Ciudad

ASUNTO: Concepto Jurídico. Proyecto de Acuerdo "POR EL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA LA MEDIA MARATÓN DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, COMO EVENTO DEPORTIVO Y RECREATIVO ANUAL".

PLANTEAMIENTO:

Dentro de los eventos deportivos masivos, los que se realizan con mayor frecuencia son las maratones o las media maratones, que consiste en que un grupo de ciudadanos o personas previamente inscriptas, corran una carrera con el objetivo de alcanzar una meta en el menor tiempo posible, como prueba de resistencia, por lo que, es una competencia de superación personal. Siempre se realizan al aire libre, y la ruta se determina de acuerdo a la geografía de la sede. Por este motivo, si se organiza en una gran ciudad, se deberán cerrar las calles por donde pasarán los maratonistas y aledañas durante el evento. Muchas grandes empresas, patrocinan, a veces con exclusividad, este tipo de eventos deportivos, ya que son multitudinarios y atraen tanto participantes locales como de otras ciudades y países, por esa razón, se convierten en importantes vitrinas a nivel turístico y cultural.

Por lo anterior, se plantea ante el H. Concejo Municipal la necesidad de crear e institucionalizar la Media Maratón de San José de Cúcuta, como evento deportivo y recreativo anual, que se convierta en insignia de la ciudad.

MARCO NORMATIVO:

I. CONSTITUCION POLITICA.

Artículo 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 52. El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.

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República de Colombia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO

CONCEPTO JURIDICO

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de Fecha: Junio 2012

GESTIÓN ESTRATEGICA

GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

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Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia: y en la práctica del trabajo v la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

LEY 181 DE 1995.

Artículo 1°. Los objetivos generales de la presente Ley son el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas las personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas. Así mismo, la implantación y fomento de la educación física para contribuir a la formación integral de la persona en todas sus edades y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad.

Artículo 4°. Derecho Social. El deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, son elementos fundamentales de la educación y factor básico en la formación integral de la persona. Su fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público educativo y constituyen gasto público social, bajo los siguientes principios: Universalidad, participación comunitaria, participación ciudadana e integración funcional.

Artículo 7°. Los entes deportivos departamentales y municipales coordinarán y promoverán la ejecución de programas recreativos para la comunidad, en asocio con entidades públicas o privadas que adelanten esta clase de programas en su respectiva jurisdicción.

Artículo 8°. Los organismos deportivos municipales ejecutarán los programas de recreación con sus comunidades, aplicando principios de participación comunitaria. Para el efecto, crearán un Comité de Recreación con participación interinstitucional y le asignarán recursos específicos.

LEY 1551 DE 2012. (Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios)

Artículo 3°.- Funciones. Modificado por el art. 6. Ley 1551 de 2012. Le corresponde al municipio:...

Numeral 7. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio".

Artículo 32°.- Atribuciones. Modificado por el art. 18, Ley 1551 de 2012. Además de las funciones que se le señalan en la Constitución y la Ley, son atribuciones de los concejos las siguientes:

3. Reglamentar la autorización al alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo".

Artículo 91°.- Funciones. Modificado por el art. 29, Ley 1551 de 2012. Los alcaldes ejercerán las funciones que les asigna la Constitución, la ley, las ordenanzas, los acuerdos y las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o gobernador respectivo.

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República de Colombia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMA DE CONTROL INTERNO

CONCEPTO JURIDICO

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de Fecha: Junio 2012

GESTIÓN ESTRATEGICA

GESTIÓN DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

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Además de las funciones anteriores, los alcaldes tendrán las siguientes:

a) En relación con el Concejo:

Presentar los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio.

Presentar oportunamente los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y nacionales.

CONCLUSION:

Los beneficios que brinda a la salud física y mental practicar un deporte son multiples, entre estos encontramos el control del peso corporal, la reducción de padecer enfermedades cardíacas, el fortalecimiento de músculos, huesos y articulaciones, aumento de la autoestima, reducción de la tensión, estrés y depresión, entre otros, pero más allá de los beneficios descritos existen factores psicológicos que son fortalecidos a través de la práctica de algún deporte.

El deporte, desde el juego y la actividad física hasta la competencia organizada, enseña valores esenciales que los humanos requerimos aplicar en nuestra vida cotidiana al ser parte de una sociedad, como la cooperación, disciplina, respeto, liderazgo, trabajo de equipo, tolerancia a las diferencias e inclusive elimina las barreras culturales, sociales y religiosas.

La competencia hace que la gente busque desafíos óptimos para mantener y mejorar sus capacidades, pero esta competencia siempre debe quedar dentro de los límites aceptables para que no exista el riesgo de perder el objetivo y valores comunes de la práctica.

Aunado a los beneficios anteriormente señalados el deporte se está convirtiendo en los últimos años en un elemento clave para la sociedad actual y cada vez más está más ligado al turismo, compaginando la actividad turística con la práctica deportiva, por ello, grandes ciudades del mundo, han institucionalizado un evento deportivo anual que les ha dado reconocimiento y los ha ubicado dentro del mapa mundial del turismo a través de una práctica deportiva.

Por lo anterior, se considera viable que el Concejo Municipal de San José de Cúcuta, cree e institucionalice la MEDIA MARATON DE SAN JOSE DE CUCUTA, como evento deportivo y recreativo

Se hace la salvedad que el presente concepto jurídico no se analizan aspectos de carácter matemático, técnico, ni de actividades presupuestales en que se incurra en el mismo, por no ser de nuestra competencia.

Cordialmen

LIRIS MARINA A MAR QUEZ Jefe Oficina Asesor. Jurídica

Proyectó : Juan Femando Díaz Q. — Asesor Jurídico Extemoi.l, •