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Red Salud Armenia EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ARMENIA QUINDÍO NIT. 801001440-8 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PERSONALES SUSCRITO ENTRE REDSALUD ARMENIA E.S.E. Y GONZALO GIRALDO MUÑOZ No.294-2014 CONTRATANTE: NIT: REPRESENTANTE LEGAL: CONTRATISTA: CC: C.D.PNO.:1330 CUANTÍA TOTAL: PERIODO DE DURACIÓN: RED SALUD ARMENIA E.S.E. 801.001.440-8 RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑO GONZALO GIRALDO MUÑOZ 17.008.141 DE BOGOTÁ D.C DEL 25 DE ABRIL DE 2014 $7.560.000 DEL 15 DE MAYO DE 2014 AL 14 DE AGOSTO DE 2014 a! ^' s- r* ?' al O Entre los suscritos RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑO, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.537.798, obrando en calidad de Gerente y Representante Legal de RED SALUD ARMENIAE.S.E., identificado con número de NIT 801.001.440- 8, designado en este cargo mediante el Decreto Municipal 026 del 30 de Marzo del 2012 por medio de la cual se reelige al Gerente de RED SALUD ARMENIA E.S.E para un nuevo periodo institucional y Acta de Posesión No.110 del 30 de marzo de 2012, emanados de la Alcaldía del Municipio de Armenia y quien para efectos del presente contrato se denominará RED SALUD, de una parte y de la otra, GONZALO GIRALDO MUÑOZ, también mayor de edad, vecino y residente en la ciudad de Armenia, identificado con la cédula de ciudadanía Número 17.008.141 expedida en Bogotá D.C, obrando en nombre propio, que para iguales efectos en adelante se denominara EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PERSONALES previa las siguientes consideraciones: 1. Que por clara disposición de la Ley 100 de 1993 y el Decreto reglamentario 1876 de 1994, las Empresas Sociales del Estado, en materia contractual se regirán por el derecho privado. 2. Que el presente contrato se regirá por las normas del código civil y código de comercio que regulan la materia. 3. Que Red Salud Armenia E.S.E., como Empresa Social del Estado dentro de sus políticas institucionales tiene como referentes fundamentales aquellos atributos que caracterizan una buena atención de la salud como son: OPORTUNIDAD, CONTINUIDAD, SUFICIENCIA E INTEGRIDAD, RACIONALIDAD LÓGICO-CIENTÍFICA -SATISFACCIÓN DEL USUARIO Y DEL PROVEEDOR, EFECTIVIDAD, EFICIENCIA - OPTIMIZACIÓN Y ACEPTABILIDAD, LEGITIMIDAD Y EQUIDAD. 4. Que los criterios antes enunciados llevan a la institución a desarrollar una oferta física, tecnológica y de recurso humano que le permita entregar unos servicios ajustados a la actual tendencia, siendo además necesario tener en cuenta otros factores que hacen parte del deseo del colectivo como e s el de disponer de instituciones que le oferten servicios que les permitan alternativas de selección y que además tengan en cuenta otros factores como son menos costos económicos, sociales para el paciente y su familia. 5. Que es deber de la Institución no apoyar la La red que cuida de ti Av. Montecarlo Urbanización Guaduales de la Villa Cpnmutador: 7371O1O www.redsaludarmenia.gov.co

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NIT. 801001440-8

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALESPERSONALES SUSCRITO ENTRE REDSALUD ARMENIA E.S.E. Y GONZALO

GIRALDO MUÑOZ • No.294-2014

CONTRATANTE:NIT:REPRESENTANTE LEGAL:CONTRATISTA:CC:C.D.PNO.:1330CUANTÍA TOTAL:PERIODO DE DURACIÓN:

RED SALUD ARMENIA E.S.E.801.001.440-8RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑOGONZALO GIRALDO MUÑOZ17.008.141 DE BOGOTÁ D.CDEL 25 DE ABRIL DE 2014$7.560.000DEL 15 DE MAYO DE 2014 AL 14DE AGOSTO DE 2014

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Entre los suscritos RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑO, mayor de edad yvecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.537.798,obrando en calidad de Gerente y Representante Legal de RED SALUDARMENIAE.S.E., identificado con número de NIT 801.001.440- 8, designado eneste cargo mediante el Decreto Municipal 026 del 30 de Marzo del 2012 por mediode la cual se reelige al Gerente de RED SALUD ARMENIA E.S.E para un nuevoperiodo institucional y Acta de Posesión No.110 del 30 de marzo de 2012,emanados de la Alcaldía del Municipio de Armenia y quien para efectos delpresente contrato se denominará RED SALUD, de una parte y de la otra,GONZALO GIRALDO MUÑOZ, también mayor de edad, vecino y residente en laciudad de Armenia, identificado con la cédula de ciudadanía Número 17.008.141expedida en Bogotá D.C, obrando en nombre propio, que para iguales efectos enadelante se denominara EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente contratode PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PERSONALES previa lassiguientes consideraciones: 1. Que por clara disposición de la Ley 100 de 1993 y elDecreto reglamentario 1876 de 1994, las Empresas Sociales del Estado, enmateria contractual se regirán por el derecho privado. 2. Que el presente contratose regirá por las normas del código civil y código de comercio que regulan lamateria. 3. Que Red Salud Armenia E.S.E., como Empresa Social del Estadodentro de sus políticas institucionales tiene como referentes fundamentalesaquellos atributos que caracterizan una buena atención de la salud como son:OPORTUNIDAD, CONTINUIDAD, SUFICIENCIA E INTEGRIDAD,RACIONALIDAD LÓGICO-CIENTÍFICA -SATISFACCIÓN DEL USUARIO Y DELPROVEEDOR, EFECTIVIDAD, EFICIENCIA - OPTIMIZACIÓN YACEPTABILIDAD, LEGITIMIDAD Y EQUIDAD. 4. Que los criterios antesenunciados llevan a la institución a desarrollar una oferta física, tecnológica y derecurso humano que le permita entregar unos servicios ajustados a la actualtendencia, siendo además necesario tener en cuenta otros factores que hacenparte del deseo del colectivo como e s el de disponer de instituciones que leoferten servicios que les permitan alternativas de selección y que ademástengan en cuenta otros factores como son menos costos económicos, socialespara el paciente y su familia. 5. Que es deber de la Institución no apoyar la

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atomización de los servicios y crear estrategias que lleven a brindar aquellos queno le demanden ingentes desarrollos técnicos científicos, pero que le permitan unaoferta mas amplia e integral a las Empresas Administradoras de Planes yBeneficios EAPB y le generen otros canales de ingresos económicos para laInstitución. Por lo anterior, la IPS Hospital del Sur, en donde se oferta, entre otros,los servicios de especialidades en ginecología y obstetricia, ortopedia ytraumatología y urología, las cuales pueden realizar algunas actividades de tipoquirúrgico acordes con el nivel de complejidad y capacidad de infraestructura físicay técnica; condiciones que hacen considerar la necesidad de disponer de laespecialidad en ANESTESIOLOGÍA, para acompañar el desempeño de lasespecialidades antes mencionadas, lo cual generará oportunidades de oferta deservicios para mejorar el posicionamiento, competitividad e ingresos fiscales parala institución. 6. Que en la planta de personal no se cuenta con un especialistaque preste el servicio en ANESTESIOLOGÍA, para cumplir los fines enunciadosanteriormente. 7. Que se cuenta con la respectiva apropiación presupuestal paraasumir el presente compromiso con cargo al rubro No. 2112101 01, HonorariosAsistenciales, imputado al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1330 del25 de Abril de 2014. 8. Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesariosuscribir el presente CONTRATO DE PRETSACION DE SERVICIOSPROFESIONALES PERSONALES, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA. - OBJETO. Proporcionar y garantizar a los usuarios de laIPS aquellos servicios de ATENCIÓN MEDICA ESPECIALIZADA DEANESTESIOLOGÍA, que le permitan soportar y acompañar el desempeño de lasespecialidades quirúrgicas con las que se cuenta en esta y de esta maneraasegurar la oferta y mantenimiento de sus servicios quirúrgicos. CLAUSULASEGUNDA. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA. ElCONTRATISTA deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1) prestar yejecutar sus servicios en la Unidad Intermedia del Sur, en los procesos deATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA DE ANESTESIOLOGÍA para aquellospacientes que hacen parte de la base de datos de cada una de las EAPB-Sque han celebrado y tienen contrato vigente al momento de la atención y paraaquellos otros que se encuentren bajo el amparo de diferentes administradorasde planes de beneficios como son las ARL, SOAT, Seguros de estudiantes, etc.Para lo cual el especialista deberá cumplir con los siguientes requerimientostécnicos: a) Poseer y presentar ante la IPS la acreditación académica de pregradoy post grado certificadas por autoridad competente, al igual que soportar laacreditación laboral pertinente; condiciones Sine Qua Non para poder formalizarla relación contractual y autorizar la prestación de sus servicios especializados, b)Presentar aquellos documentos que formalizan el registro de su profesión yespecialización y le autorizan el desempeño de estas a nivel nacional ydepartamental, c) Presentar a la IPS Unidad Intermedia del Sur aquel documentoque formalice la adquisición de una Póliza de Responsabilidad Civil, d) Realizaraquellas actividades, procedimientos e intervenciones inherentes a la especialidadde ANESTESIA en aquellos procedimientos quirúrgicos de las especialidades deginecología y obstetricia, urología, ortopedia y traumatología los cuales deben seracordes con el nivel de desarrollo de infraestructura física y tecnológica de que sedisponga en la IPS. e) Brindar aquellas actividades de consulta externa de su

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especialidad, siempre preocupado por cumplir su labor teniendo como referentefundamental, los atributos que caracterizan una buena atención en salud,enfocando la calidad de sus servicios, logrando los objetivos de los mismos a unoscostos razonables y con cumplimiento de los conceptos técnicos, lógicos,científicos. 2- Elaborar y hacer llegar en medio magnético y/o físico loscorrespondientes protocolos que soporten la realización de cada uno de losprocedimientos anestésicos que puedan ser realizados por la especialidad enesta IPS. 3- Diligenciamiento en el en el documento [software] correspondiente dela historia clínica de atención del paciente (sin uso de siglas) y acogiéndose a lospreformatos de la IPS Red Salud Armenia ESE; diligenciamiento completo de lasordenes o solicitudes de servicios (sin uso de siglas o enmendaduras), para losprocedimientos anestésicos a realizar, ordenar la medicación de acuerdo a lanormatividad existente decreto 2200 del 28 de julio de 2005 y medicamentosPOS, en caso de formulación de medicamentos no POS diligenciara en forma total,con letra clara y legible el formato de solicitud de medicamentos no POS(actividad intransferible a otro profesional). 4- Presentar la mejor actitud en laatención del paciente, así como suministrar a este y a uno de sus familiares lainformación pertinente sobre patología del paciente, compromiso, opcionesterapéuticas, evolución, complicaciones riesgos. En caso de cualquier intervencióno procedimiento presentara al paciente, su familiar o acudiente el documentoconsentimiento informado dándole las explicaciones pertinentes, entregándoselopara su lectura y posterior respuesta a interrogantes o a su aceptación odesistimiento para lo cual estamparan en el documento las firmascorrespondientes. 5- Cuando corresponda; realizara la remisión de aquel pacienteque por su patología lo amerite y hará uso adecuado del sistema de referencia ycontrarreferencia de pacientes. 6- Ofrecer el primer control post quirúrgico concargo a los honorarios quirúrgicos. 7- Diligenciar la documentación básica dandocumplimiento a la codificación de acuerdo a CIÉ 10 y con los datos suficientes eíntegros que permitan obtener un perfecto RIPS; colaborar de manera regularcuando se le requiera con el suministro oportuno de información estadística. 8-En algunos casos y cuando se lo requiera de manera programada deberáparticipar en comités técnico científicos o en la producción de concepto escritodebidamente soportado sobre el proceso de atención de un paciente. 9- Participarde manera formal en aquellas actividades de auditoría al igual que disponer de laactitud y ofrecer las condiciones para que estas actividades se cumplan. 10-Brindar sus servicios con cumplimiento del horario asignado para la atención decada paciente de acuerdo a la agenda por este determinada. 11. Realizar laprogramación de cirugía teniendo en cuenta los diferentes factoresadministrativos y haciendo la solicitud de sala quirúrgica e insumos con lostiempos debidos. 12. Anunciar la suspensión de actividades con setenta y doshoras (72h) de antelación (a excepción de calamidad domestica) agenda quedeberá ser reprogramada con el fin de cumplir con los procedimientos pactadosdentro del contrato a celebrar, en caso de omitir la referida condición, la entidadsolo cancelará el 50% de los honorarios pactados por la agenda incumplida por elcontratista, 13. Cumplir de manera estricta el horario establecido de agenda deacuerdo a propuesta realizada por el especialista. 14. Una vez definida larealización de una actividad quirúrgica el especialista deberá realizar solicitud

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escrita y discriminada de los diferentes insumos quirúrgicos requeridos, los cual sepresentara con quince (15) días de anticipación a la intervención para suadquisición por la IPS. 15. Presentar informe de actividades, sobre las actividadesy procedimientos realizados en el mes, con su respectiva cuenta de cobro, y pagode afiliación al Sistema General de Seguridad Social. CLAUSULA TERCERA-OBLIGACIONES DE REDSALUD. 1. Aportar los instrumentos de trabajonecesarios para el desarrollo del objeto contractual 2. Vigilar el cumplimiento delobjeto contractual mediante la designación de uno o más interventores, según lanecesidad. 3. Cancelar las cuentas de cobro de conformidad a lo establecido en elpresente contrato. CLAUSULA CUARTA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOSSERVICIOS CONTRATADOS. El contratista se obliga a prestar los servicios enla sede principal ubicada en el Hospital del Sur de Red Salud Armenia E.S.E o encualquiera de sus trece puntos de atención (centros de Salud) que conforman lared prestadora de servicios. CLAUSULA QUINTA.- VALOR DEL CONTRATO. ELvalor presupuestado para este contrato es de SIETE MILLONES QUINIENTOSSESENTA PESOS MCTE ($7.560.000). CLAUSULA SEXTA.- FORMA DEPAGO: Se le reconocerá por hora ejecutada, la suma de SETENTA MIL PESOSMCTE ($70.000). Los pagos se realizarán previa presentación de informe deactividades, presentación de la factura o documento equivalente, segúncorresponda, prueba documental del pago de sus obligaciones al sistema Generalde Seguridad Social, acompañada del acta de interventoría donde se certifica porparte del interventor el pleno cumplimiento del contrato y las horas efectivamenteejecutadas. CLAUSULA SÉPTIMA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: El presentecontrato se ejecutará a partir del 15 de mayo de 2014 al 14 de agosto de 2014.CLAUSULA OCTAVA. NATURALEZA DEL CONTRATO: El presente contrato dePrestación de servicios personales profesionales, se regirá por las normas dederecho privado. Parágrafo. El contratista no tendrá derecho al pago de ningunacontraprestación distinta a los honorarios pactados, es decir, que su ejecución nocomporta la existencia de vinculación laboral entre el prestador de servicios yREDSALUD ARMENIA E.S.E. CLAUSULA NOVENA. CESIÓN: El contratista nopodrá ceder total ni parcialmente la ejecución del presente contrato. CLAUSULADÉCIMA. INTERVENTOR: RED SALUD ARMENIA E.S.E ejercerá lacorrespondiente Interventoría a través de CÉSAR AUGUSTO ESCOBARFRANCO, pudiendo la gerencia cambiar o sustituir de interventor , en cualquiermomento de su ejecución, quien revisará y controlará la debida ejecución delpresente contrato por parte del contratista, quien para tal efecto, tendrá, entreotras, las siguientes atribuciones: 1. Verificar que el contratista, cumpla con susobligaciones descritas en la cláusula segunda del presente contrato 2. Facilitartodas fas gestiones necesarias para el cumplimiento de las actividades porparte de la contratista 3. Reportar respecto a las demoras o incumplimientode las obligaciones 4. Certificar respecto al cumplimiento del objetocontractual. Dicha certificación se constituye en requisito previo para cadauno de los pagos que deba realizar RED SALUD ARMENIA E.S.E. 5.Elaborar la respectiva acta de liquidación. 6. Las demás inherentes a laactividad desempeñada. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA - INDEMNIDAD. ELCONTRATISTA con la aceptación del presente contrato, se obliga a mantener aRED SALUD ARMENIA E.S.E libre de cualquier daño o perjuicio originado en

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reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones. CLAUSULADÉCIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente contratopodrá darse por terminado antes del plazo pactado en los siguientes casos: 1.- Porincumplimiento parcial o total del objeto del contrato, o por su ejecución en formaanormal, que podrá consistir en la no ejecución de las obligaciones, en su demorainjustificada o en su ejecución en condiciones que no satisfagan lasexigencias de calidad de RED SALUD ARMENIA E.S.E. En estoseventos RED SALUD tendrá la facultad de dar por terminado el contrato2.- Si se comprueba que el contratista se hallaba incurso en causal de inhabilidado incompatibilidad para suscribir el presente contrato o sobreviniere alguna de ellasdurante su ejecución. 3.- POR JUSTA CAUSA debidamente comprobada. 4.- Porcualquiera de las partes, en cualquier tiempo, dando aviso escrito a la otra con unaanticipación no inferior a quince (15) días calendario. En este caso no habráderecho a indemnización alguna por terminación antes del vencimiento del plazo.5.- Cuando el presente contrato atente contra los intereses económicos, sociales olegales de la institución. 6.- Por las demás causales de que en este caso prevea elpresente contrato y la ley. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA.-GARANTIAS: ELCONTRATISTA se obliga a suscribir y mantener vigente la siguiente póliza: deResponsabilidad civil profesional.- no inferior a 100 salarios mínimos legalesmensuales vigentes. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA - DOCUMENTOS DELCONTRATO. Forman parte integrante del Contrato: 1.-Formato de planeacióncontractual (anexo 3) y estudio de necesidad (anexo 1) 2- Certificado deDisponibilidad Presupuesta! y Registro Presupuesta!. 3- Formato de hoja de vida dela Función Pública. 4- Fotocopia del documento de identidad. 5- Antecedentesfiscales y disciplinarios. 6- RUT. 7- certificados de estudios. 8- Certificado deinscripción ante la Secretaria de Salud Departamental del Quindío. 9- Los demásdocumentos y/o comunicaciones de las partes que de común acuerdo modifiquen oaclaren el presente contrato. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA.- CLÁUSULACOMPROMISORIA. Las partes se comprometen a que cualquier controversia odiferencia que surjan en la ejecución o interpretación del presente contrato o en suliquidación, será dirimida mediante conciliación pre judicial a través de laprocuraduría judicial para asuntos administrativos. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA.-INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Para la presente contratación REDSALUD ARMENIA E.S.E., aplicará el régimen jurídico de inhabilidades eincompatibilidades previsto en la Constitución Política y en las leyes sobre lacontratación estatal, así mismo el contratista manifiesta bajo la gravedad deljuramento que se entiende prestado en la firma del presente contrato que no seencuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidadestablecidas en la constitución política o Estatutos de la entidad, que impida lasuscripción de este contrato. CLAUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- IMPUESTOS. ELCONTRATISTA pagará todos los impuestos y gastos que demande la suscripciónde este contrato. CLAUSULA DÉCIMA OCTAVA- DEL PERFECCIONAMIENTO YDE LA LEGALIZACIÓN. El presente contrato se entenderá perfeccionado con elacuerdo de las partes sobre el objeto y la contraprestación, así como con la suscripción deldocumento que lo contiene, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su firma Parasu legalización se deberán cumplir con los requisitos que seguidamente se enumeran: a)Presentar el pago de las estampillas requeridas, b) Obtención y presentación en debidaforma de las garantías pactadas, c) Aportar la prueba documental del cumplimiento de los

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requisitos establecidos en el artículo 50 de la ley 789 de 2.002, la ley 828 de 2.003, la Ley1562 de 2012 y el Decreto 723 de 2013 respecto a la afiliación al sistema de salud ypensión. PARÁGRAFO. Transcurrido el plazo para la legalización sin que se cumplantodos los requisitos, se entenderá que EL CONTRATISTA ha desistido de la ejecucióndel Contrato y se obliga a pagar a favor de REDSALUD ARMENIA E.S.E, a título deindemnización, el veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Este valor será exigibleejecutivamente con la exhibición de este contrato acompañado de la certificaciónexpedida por la Oficina Jurídica de REDSALUD ARMENIA E.S.E sobre la omisión alcumplimiento de dichos requisitos. En este evento se ordenará la cancelación delcorrespondiente CDP y RP CLAUSULA DECIMA NOVENA. IMPUTACIÓNPRESUPUESTAL: El valor del presente contrato se imputará al CDP No. 1330 deAbril 25 de 2014.

Para constancia se firma a loscatorce (2014).

nce (15) días del mes de mayo del año dos mil

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INZALO GIRALDCONTRATISTA

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P y E: Erika Alexandra BoroV/affiM

Abogada Oficina Jurídica

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