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    AntologaLegislacinInformtica

    K e r u s s o _ 1 9 _ 8 4 @ r a g n a r o k . c o m . m x

    I n s t i t u t o T e c n o l g i c oS u p e r i o r d e l a R e g i n S i e r r a

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    R ealizada por :Juan Jess Arteaga Arenas

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    Antologa Legislacin Informtica 2011

    1 Instituto Tecnolgico Superior de La regin Sierra

    Contenido

    Introduccin .......................................................................................................................4

    U nidad 1 Introduccin al derecho ....................................................................................4

    1.1 Concepto y propsito del derecho. ..........................................................................5

    1.2 Norma jurdica y diferencias entre sta y las normas morales, convencionales y religiosas. ...........................................................................................................................5

    1.4 Fuentes del derecho. Positivo, costumbre, jurisprudencia, etc. ....................................7

    1.5 Divisin o ramas del Derecho. Fiscal, laboral, etc. .......................................................8

    1.6 Breve historia del Derecho en Mxico. .......................................................................11

    1.7 El marco Jurdico Actual en Mxico ............................................................................14

    U nidad 2 El derecho y la Informtica ...............................................................................17

    2.1 El Sistema del Derecho Informtico (sus primicias, problemas y posibles direcciones)..........................................................................................................................................17

    2.2 El Sistema Jurdico Y La Influencia Del Entorno Manifestado En Diversas Tendencias.........................................................................................................................................20

    2.2.1 Economa: globalizacin, bloques, pobreza, divisin del trabajo, etc. ............................ 20

    2.2.2 Transformacin cientfica y tecnolgica: nuevos paradigmas, disciplinas nuevas, etc. ... 22

    2.2.3 Mentalidades: tica, costumbres, religin, privado, pblico, etc. ................................... 24 2.2.4.- Organizacin Social: Gobierno, Sindicatos, Familia, Escuela, etc. ................................. 25

    U NIDAD 3 LA LEGISLACION Y LA NORMATIVIDAD Actual RELATIVA A ELU SU ARIO ........27

    3.1 Casos De Normatividad Aplicada Al U suario En Mxico Y En El Mundo .....................27

    3.1.1 Derecho De Informacin ................................................................................................. 27

    3.1.2 LIBERTAD DE EXPRESIN ................................................................................................ 28

    3.1.3 Derecho A la Privacidad .................................................................................................. 30

    3.2 Debilidades O Insuficiencias De La Normatividad ......................................................31 3.2.1 La Firma Electrnica Y Su Legislacin .............................................................................. 32

    3.2.2 La Criptografa Y Su Legislacin ....................................................................................... 41

    U nidad 4 La legislacin y la Normatividad Actual Relativa a la Informacin ...................44

    4.1 Casos De Normatividad aplicada A La Informacin En Mxico Y En El Mundo ...........44

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    4.1.1 Daos A Datos ................................................................................................................. 44

    4.1.2 Robos De Datos ............................................................................................................... 47

    4.1.3 Acceso No Autorizado A Datos ........................................................................................ 47

    4.2 DEBILIDADES O INSU FICIENCIAS DE LA NORMATIVIDAD............................................48 4.2.1 Hacker's .......................................................................................................................... 51

    4.2.2 Virus Informtico ............................................................................................................ 52

    4.2.3 El Derecho De La Sociedad A La Informacin ............................................................ 53

    U nidad 5 La legislacin y la normatividad actual Relativa al Software ...........................54

    5.1 Casos De Normatividad Aplicada Al Software ............................................................54

    5.1.1 Piratera Y Falsificacin De Software ............................................................................... 55

    5.1.2 Acceso No Autorizado A Sistemas Informticos .............................................................. 58 5.1.3 Autora Y Creacin De Software ...................................................................................... 59

    5.1.4 Contratos Y Licencias De Software .................................................................................. 82

    5.2 Debilidades O Insuficiencias De La Normatividad ......................................................84

    5.2.1 Virus Informtico ............................................................................................................ 84

    5.2.2 HACKER'S ........................................................................................................................ 85

    5.2.3 Lo Pblico Y Lo Privado ................................................................................................... 86

    5.2.4 El estado y el individuo. Caso Windows .......................................................................... 87 U nidad 6 La legislacin y la normatividad actual Relativa al equipo (Hardware) ............92

    6.1 Casos De Normatividad Aplicada Al Equipo En Mxico Y En El Mundo ......................92

    6.1.1 Acceso No Autorizado A Equipos De Cmputo Y De Telecomunicaciones ....................... 92

    6.1.2 Robo De Equipo ............................................................................................................ 101

    6.2 Debilidades O Insuficiencias De La Normatividad .................................................... 106

    U nidad 7 La legislacin y normatividad actual relativa a la funcin informtica .......... 107

    7.1 Casos de normatividad aplicada al equipo en Mxico y en el mundo. ..................... 107

    7.1.2 Econmica. .................................................................................................................... 107

    7.1.3 Mercantil. ..................................................................................................................... 107

    7.1.4 Penal. ............................................................................................................................ 108

    7.1.5 Laboral. ......................................................................................................................... 108

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    7.2 Debilidades o influencias de la Normatividad ......................................................... 109

    Conclusiones................................................................................................................... 110

    Bibliografa .................................................................................................................... 111

    Referencias de internet ......................................................................................................... 112

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    Introduccin

    Con el Trascender de los tiempos y la necesidad de aplicar orden en la

    sociedad; se han creado y aplicado leyes, que estas actan de forma justa ysancionan de conformidad al delito cometido as mismo se han ido reformandoconforme la sociedad y su modus vivendi han ido avanzando y a su vezdesarrollando nuevas tecnologas en donde entra el caso de las TIC, y que conesta se desarrolla un nuevo tipo de legislacin.

    Legislacin informtica

    Conjunto de leyes, normas, reglas, procedimientos, asignacin de funcionesy dems elementos que rigen la implantacin de sistemas de informacin enempresas e instituciones.

    Gerente de TIC

    Capacidad de evaluar el estado de las polticas informticas.

    No solamente la parte tcnica (hardware y software), sino tambin la parte legal.

    Objetivos:

    y Conocer el sistema jurdico mexicanoy Comprensin de la convergencia: derecho informtica.y Derechos de los usuarios: a la informacin, privacidad yexpresin.y Tendencias en firmas electrnicasy Conocer la legislacin en: robo de datos, accesos no

    autorizados, registro de software, la piratera, robo de equipo,normas internacionales.

    Preceptos bsicos:

    y El que es primero en tiempo, es primero en derecho.y

    El desconocimiento de una ley no te exime de ella.y Lo que no est prohibido, est permitido.y Ninguna ley puede ser retroactiva

    Unidad 1 Introduccin al derecho

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    1.1 Concepto y propsito del derecho .

    Las relaciones sociales no siempre se desenvuelven de un modo natural y

    armnico.Surge la necesidad de establecer un orden, el cual no puede imponerse

    sino mediante la intervencin del derecho.

    El orden no se recomienda, se impone.

    El derecho tiene un carcter normativo

    Aparece como un mandato u orden dirigido a la conducta social de losindividuos para que stos hagan o dejen de hacer ciertas cosas.

    DerechoSe define como un conjunto de reglas o disposiciones que rigen la conducta

    de los hombres en sus relaciones sociales.

    Tiene dos acepciones:

    y Una facultad reconocida al individuo por la ley para llevar a cabodeterminados actos.

    y Conjunto de leyes o normas jurdicas aplicables a la conducta social de losindividuos.

    Es necesario que todas las relaciones de carcter social encuentren protecciny apoyo en la norma jurdica y que los intereses individuales se protejandebidamente

    1.2 N orma jurdica y diferencias entre sta y las normas morales, convencionales y religiosas .

    Normas tcnicas

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    Previenen la forma ms adecuada para hacer bien una cosa.

    Quien viola la norma tcnica, su sancin es el fracaso.

    Ejemplo: La serie de medidas que el mdico debe tomar en cuenta para realizar

    con xito una intervencin quirrgica.Normas de etiqueta

    Las impone el decoro, el amor propio u otros sentimientos propios de ungrupo social o de una etapa histrica.Su violacin tiene como sancin el ridculo.

    Normas morales

    Las normas morales son de orden individual o social, constituyen debereselementales impuestos por los sentimientos de moralidad del grupo social para su

    propio bienestar.Su violacin trae como consecuencia el remordimiento y/o el desprecio social.

    Normas jurdicas

    Rigen y coordinan, a su vez, la conducta social del individuo. Su violacintrae como consecuencia sanciones civiles, administrativas y penales.

    Impuestas por el Estado, las hace obligatorias, tienen fuerza coactiva esdecir, las hace cumplir aun sin el consentimiento de los individuos.

    Crean no slo deberes, sino facultades; a esto se le conoce como bilateral.

    Conceptos jurdicos fundamentales y su clasificacin. Sus cambios.

    Hecho antijurdico

    Es la trasgresin, el hecho antecedente al que se encuentra imputada la sancin.

    Sancin o consecuencias

    La privacin de un bien tal como la vida, la libertad o la propiedad, que seinfringe coactivamente por un rgano de Estado que acta aplicando una norma

    jurdica.

    Responsable

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    Es responsable de determinada trasgresin aquella persona a la cual seaplica la sancin, independientemente de que haya sido o no quien realiz el actoprohibido.

    El deber jurdico

    Es lo opuesto a la trasgresin.

    Ejemplo: si es ilcito matar, el deber es no matar.

    Sujetos de derecho o persona jurdica

    Son los entes que sirven de centros de imputacin de derechos, es decir losrganos sancionadores.

    Responsabilidad jurdica

    La responsabilidad jurdica recae en los rganos sancionadores que estnconstreidos por una norma sancionadora.

    Marco Jurdico:

    Conjunto leyes de leyes, derechos y obligaciones que existen para unaaccin o comportamiento dado, dentro de una rama del Derecho.

    1.4 F uentes del derecho . Positivo, costumbre, jurisprudencia, etc .

    El derecho al desarrollarse adopta diversas formas:

    1. La ley2. La costumbre y el uso3. La jurisprudencia4. Doctrina

    La leyEs la norma de derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad

    pblica, aun sin el consentimiento de los individuos, tiene como finalidad elencauzamiento de la actividad social hacia el bien comn.

    La costumbre y el uso

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    y La forma primitiva del desarrollo del derecho es la costumbre.y La primera manifestacin histrica del Derecho.

    Las normas tienen como origen la costumbre, son reglas de conductaobligatorias, elaboradas por una comunidad social para resolver situaciones

    jurdicas.

    Las normas que tienen como origen la costumbre, se le llama DerechoConsuetudinario.

    La jurisprudencia

    Es la interpretacin que de la ley hacen los tribunales, cuando la aplican acinco casos concretos sometidos a ellos y la generalizan.

    En Mxico, toca a los tribunales federales establecer la jurisprudencia.

    Para que sta exista es necesario que la interpretacin de la ley se apliquea casos concretos, y se repita en cinco ocasiones (siempre en el mismo sentido) yse generalice.

    La jurisprudencia establecida por la Suprema Corte de Justicia de laNacin, en mltiples ocasiones, llena los ley decir vacos que deja la ley, es decir,cuando la ley no es clara en su redaccin y es necesario interpretarla paraaplicarla de una manera justa.

    Doctrina

    Est integrada por el conjunto de estudios y opiniones que los autores deDerecho realizan o emiten en sus obras.

    Los autores de Derecho en mltiples ocasiones, emiten opiniones propias einterpretan la ley en sus obras, todo este conjunto de ideas expuestas por dichaspersonas, toma el nombre genrico de doctrina.

    1.5 D ivisin o ramas del Derecho . Fiscal, laboral, etc .

    La desaparicin y nuevas.

    1. Derecho civil2. Derecho mercantil3. Derecho laboral4. Derecho agrario

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    5 . Derecho constitucional6. Derecho administrativo7. Derecho procesal8. Derecho penal

    1. 9 Derecho internacional9. pblico10. Derecho internacional privado

    Derecho civil

    La forma en que las personas privadas (individuales o colectivas, fsicas omorales) se estructuran orgnicamente, sin perder de vista su poder de accin.

    Adems de la organizacin social de la familia.

    Derecho mercantil

    Regula las distintas relaciones jurdicas que se derivan de los actos decomercio establecidos entre comerciantes, comerciantes y particulares oparticulares exclusivamente.Tambin comprende las normas constitutivas de lassociedades mercantiles e instituciones de crdito.

    Derecho laboral

    Regular las distintas relaciones jurdicas entre los trabajadores y patrones,contrato de trabajo, ya sea individual, colectivo o contrato-ley.

    Proporciona las bases para la constitucin de personas morales (sindicatos,asociaciones profesionales etc.).

    Derecho agrario

    Determina las normas conducentes para la dotacin y restitucin de tierrasy aguas a las comunidades de vida agrcola.

    Comprende el conjunto de normas que regulan la pequea propiedadagrcola, el fraccionamiento de grandes latifundios y las modalidades que sufre lapropiedad rstica en cuanto a la debida distribucin de las tierras y aguas.

    Derecho constitucional

    Determina la estructura orgnica del Estado, su forma de gobierno, susdistintos rganos, funciones y atribuciones, as como las relaciones de los mismosentre s.

    Derecho administrativo

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    Regular todo lo relacionado con la administracin pblica y la prestacin deservicios pblicos.

    Reglamenta relaciones entre los particulares y los rganos del poder pblico.

    Derecho procesalRegula la funcin jurisdiccional de Estado para la administracin de justicia,

    a fin de que se resuelvan los conflictos que surjan entre particulares o seesclarezcan los derechos o situaciones jurdicas dudosas, eliminando laincertidumbre jurdica.

    Se ocupa de determinar el procedimiento que habr de seguirse en lainvestigacin de los delitos y la imposicin de las penas.

    Derecho penal

    Determina cules son los hechos punibles o delitos, las penas sanciones yrespectivas y las medidas preventivas para defender a la sociedad contra lacriminalidad.

    Derecho Internacional Pblico

    Regula las relaciones jurdicas pacficas y belicosas quesurjan entre losdistintos Estados de la comunidadinternacional.

    Derecho Internacional Privado

    Resuelve en qu casos pueden aplicarse las Leyes delEstado a losnacionales que radiquen en el extranjero obien cuando los extranjeros puedeninvocar su ley nacionalpara que sta se les aplique en el territorio del Estadoendonde se encuentren, es decir con alcance extraterritorial.

    En Mxico:

    y Derecho constitucionaly Derecho administrativoy

    Derecho penaly Derecho internacional pblicoy Derecho internacional privadoy Derecho procesaly Derecho laboraly Derecho mercantil

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    En Mxico recientemente:

    y Derecho de la seguridad socialy Derecho educativo nacionaly

    Derecho econmicoy Derecho ecolgicoy Derecho forensey Salud pblicay Proteccin al consumidor y Acceso a la informacin pblicay Relaciones Iglesiay EstadoIglesiay Derecho informtico

    1.6 B reve historia del Derecho en Mx ico .

    Para conocer las bases del Derecho positivo, primero hay que tener conocimiento de su historia, como son las culturas preclsicas del Mxico antiguo,su poca colonial y la independiente, por lo tanto la historia del derecho se divideen tres pocas:

    poca Prehispnica

    Mxico ha divido desde en la antigedad en grandes culturas y pueblos; Alfonso Caso dice sobre las culturas "el conocimiento del mundo de las culturasresulta indispensable para emprender el estudio a fondo de su visin del mundo ytratar de comprender su modo de reaccionar frente a la naturaleza y frente alhombre en el intenso drama de su historia". Al tratarse de culturas como la aztecaha sido de gran importancia, el derecho se manifest en costumbres, las cualeseran ligadas muchos con la religin. Sin embargo, la inclinacin habitual de la granmasa indgena ante el poder de los miembros cre una incertidumbre para laposicin jurdica de los humildes. En el libro de Margaradant habla sobre como se

    conoce el derecho azteca, "conocemos el derecho azteca por las siguientesfuentes: los cdices; Mendocino, realizado por escogidos e intelectuales indios,tambin obras de historiadores indgenas como Fernando de Alva, Juan Bautista,entre otros". Los aztecas desarrollaron en su cultura el derecho civil, los aztecasse lleg a investigar que en ellos tambin implantaban leyes para regular laconducta, por los tanto ellos tenan un sistema jurdico, el sistema azteca defamilia, el matrimonio fue potencialmente poligmico, pero una esposa tena una

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    preferencia sobre las dems, y hubo una costumbre donde la viuda del hermanose tena que casar, el matrimonio era un acto formal, en los aztecas ya se habaimplantado el sistema del divorcio, En la enciclopedia historia de Mxico dice "Eldivorcio era posible, con intervencin de autoridades, que en caso de

    comprobarse una de las mltiples causas solan autorizar de mala gana ladisolucin del vnculo, perdiendo la mitad de sus bienes", predominaba el sistemade separacin de bienes, combinado en ocasiones con la necesidad de pagar unprecio por la novia y, a veces, en cambio, recibir dote que la esposa traa al nuevohogar, el hijo pasaba por dos consagraciones, en las que el agua jugaba un papelimportante, como bautismos, y reciban su nombre. Las sucesiones ya semanejaban el testamento, ya que cuando muere el familiar se pasaban sus bienesa quien se corresponda pasar esos bienes.

    "Hubo una jerarqua de tribunales aztecas comunes, desde el teuctli, el cual

    era el juez de eleccin popular, anual, competente para asuntos menores,pasando por un tribunal de tres jueces vitalicios, para asuntos ms importantes,nombrados por el cihuacatl, hasta llegar mediante un sistema de apelacin, altribunal de monarca, que se reuna cada 24 das" por lo que se puede decir que yalos aztecas manejaron contratos, era muy conocido como el trueque,compraventa, prstamos, los contratos como se indica eran verbales y enocasiones se utilizaron testigos para evitar transas. Cuando en ocasiones ciertosindgenas faltaban a la ley, el derecho penal, desde luego, era muy sangriento, yaque ellos manejaron la pena de muerte esta fue muy pintoresca y cruel, unejemplo era el homicidio, ya que se castigaba con la pena de muerte, pero tenanderecho a un abogado, los aztecas aparte de la pena de muerte otros castigosfueron la esclavitud, la mutilacin, el destierro, etc. El comercio era una de lasactividades ms conocidas y practicadas por los indgenas, por lo que el derechomercantil, se manejaba en ellos, ya que aunque no haba moneda haba eltrueque, pero siempre y cuando fueran del mismo valor, el lugar popular decomercio en los aztecas fue Tlatelolco. "En aquella poca, Tenochtitlan fue unabella ciudad, bien urbanizada y capaz de resistir fuerte ataques con 3 5 palacios,casitas, su gran mercado, hasta que llegaron los Espaoles"

    poca colonial

    En este punto hay que ser breves ya que el sistema jurdico de los aztecas ylos Espaoles peninsulares, tuvieron una unin de sistemas; pero al final se puededecir que se sustituy el sistema indgena por las leyes espaolas las cualesfueron creadas para las colonias de Espaa en Amrica, las cuales se les llamLeyes de Indias. Las leyes fueron basadas del siglo XIII, como la ley Toro de 15 05 ,la recopilacin de 15 67 y la novsima Recopilacin de 1805 . Y tambin como en la

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    poca prehispnica; haba esclavitud pero con sus restricciones sobre losindgenas. En el derecho civil se aplic la llamada Ley Toro y despus las leyes de15 67 y 1805 , todas las penas y castigos eran de menores penas sobre losindgenas. En el derecho mercantil, se ocuparon las Leyes de las Partidas, en esta

    ley trata sobre los comerciantes; as como algunos contratos en la Nueva Espaa.poca colonial: Mxico ya al empezar a ser un pas independiente; todava

    segua regido por algunas leyes que fueron implantas en la Nueva Espaa.

    Las leyes que estaban vigentes desde la Nueva Espaa fueron despuscambiadas por las leyes y cdigos nacionales; en el derecho civil: hubo un rato endonde las Leyes de Indias de 1680 y otras. Estaban vigentes en Mxicoindependiente, pero, a partir de la guerra de Reforma, Benito Jurez expidi en elao de 18 5 9 una nueva estructura en Mxico y por lo tanto un cambio deorganizacin social mexicano; los ms importantes fueron:

    o La separacin de Iglesia y Estadoo Establecimiento del registro civilo Matrimonio como un contrato civil.

    Sierra OReilly elabor un proyecto de cdigo civil, el 8 de diciembre de 1870,el congreso aprob el Cdigo Civil mexicano de D.F. el 31 de marzo de 1881 lallamada Ley Venustiano Carranza; esta tena mucha relacin con la familia y losdivorcios. El 30 de agosto de 1928 fue expedido el cdigo civil para el D.F. y losterritorios federales, pero apenas el 1 de octubre entre en vigor en 1932. Aunque

    eso no fue todo el cambio ya que en el derecho Penal se manejaron tres cdigoscomo el Martnez (1 de abril de 1872), Almaraz (en vigencia el 15 de diciembre de1929); en este cdigo se quit la pena de muerte. Y el penal vigente en 1931.

    En el derecho mercantil; fue al principio regido por los de Bilbao, pero el 16de mayo de 18 5 4, el gobierno de Santa Anna expidi el cdigo de comerciomexicano; este se dio a conocer como el cdigo Lares, el segundo fue el 20 deabril de 1884 y cambiado por el de 15 de septiembre de 1889, el cual actualmenteest vigente.

    Otro punto importante en la historia del derecho positivo, fue la creacin dela constitucin ya que esta, es la ley suprema del pas, la cual fue expedida por elpoder Constituyente con el objetivo de organizar los poderes, En la enciclopediaencarta dice "La Constitucin poltica de los Estados Unidos Mexicanos vigente enla actualidad fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y entr en vigor el 1 de mayode ese mismo ao. Est integrada por dos partes: la dogmtica, que trata de losderechos fundamentales del hombre y contiene las limitaciones de la actividad del

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    Estado frente a los particulares; y la orgnica, que tiene por objeto articular yestructurar el poder pblico, sealando las facultades de sus rganos."

    Por lo que se puede decir que Mxico al consumar su independencia notena la constitucin sino hasta el ao de 1917, antes de la constitucin poltica delos Estados Unidos contaba la Nueva Espaa con la llamada constitucin federal,tambin la constitucin de Cdiz. La importancia de esta constitucin puededecirse que fue una fuente de inspiracin para nuestra constitucin. En el ao de1814 fue aprobado "el decreto Constitucional para la libertad de la AmricaMexicana", esta fue en Apatzingn. A travs de la historia tambin se cre unprimer congreso constituyente el cual haba creado una Acta Constitutiva de laFederacin en el ao de 1824. El 30 de diciembre de 1836 se public laconstitucin de las siete leyes. La cual dio fin al sistema federal con el fin deestablecer el centralismo. En el ao de 1843 se crean las Bases orgnicas de la

    Repblica Mexicana, en 1847 la Acta de Reforma; en el ao de 185 7, bajo elgobierno de Comonfort fue promulgada la Constitucin de la Repblica Mexicanahasta que el 5 de febrero de 1917 es promulgada La constitucin de los EstadoUnidos Mexicanos, convocado por Venustiano Carranza y esta se ha consideradola Carta Magna en Mxico.

    1.7 E l marco Jurdico Actual en Mx ico

    Es un hecho innegable que el avance inaudito de la tecnologa en materiainformtica y el desarrollo de las nuevas Tecnologas de Informacin yComunicacin (TIC) han excedido con mucho las expectativas ms ambiciosas;pero sobretodo y como consecuencia de ello, han propiciado una serie deconductas, actos y hechos que inciden de manera trascendente en la vida social,econmica, familiar, comercial, laboral, profesional, poltica, cientfica, en fin, entodos los mbitos de la existencia humana. Y es ah donde el Derecho, comoregulador de las conductas del hombre en sociedad, como creador y organizador de los instrumentos jurdicos idneos para garantizar la paz social y el bien pblicotemporal, debe intervenir de manera expedita y eficaz para evitar que la estampida

    de fenmenos informticos que nos invade, escapen de control legalmantenindose al margen del Derecho mientras generan una serie de situacionesque necesariamente afectan de manera importante la vida de las personas yparticularmente, del Estado.

    Lo cierto es que el desarrollo y aplicacin de los avances y fenmenosinformticos llevan una inercia y una velocidad que los han hecho casi

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    inalcanzables, cuantims para un sistema jurdico formal, escrito, -como lo es elSistema Latino- con un proceso legislativo pausado, enclavado en un entornopoltico voltil, complicado, por decirlo en una palabra que engloba todos losadjetivos que merece: mexicano.

    En el caso particular de Mxico, antes de pasar a analizar si existe o nolegislacin sobre cada uno de los temas enumerados, resulta prioritario meditar sies necesario establecer la materia informtica como una materia federal.

    De lo anterior podemos observar que todo el comercio electrnico,contratos electrnicos mercantiles, fenmenos informticos que afecten vasgenerales de comunicacin, delitos informticos regulados por el Cdigo PenalFederal (piratera, destruccin de informacin), los contenidos de Internet queimpliquen delito federal (pornografa, casinos), el correo electrnico (si legalmentese equiparara al correo convencional) constituyen materia federal y por tanto, sono debern ser regulados por leyes federales.

    Sin embargo, los Estados pueden regular, en el mbito de su competencia,las materias que no estn expresamente reservadas a la Federacin; por lo queen esta esfera entraran los contratos civiles electrnicos, los delitos informticosque incidan en el orden comn, la admisin de documentos o medios electrnicoscomo prueba en los procesos penales o civiles, la proteccin a bases de datosprivadas y todo aquel asunto que no toque materia federal.

    Establecido lo anterior, procederemos a esbozar el panorama general que

    presenta la legislacin mexicana en materia de fenmenos informticos.

    Delitos informticos.

    Como hemos mencionado, el Derecho Penal es materia local, por lo que ascomo el Cdigo Penal Federal regula ciertas conductas delictivas relacionadasestrechamente con el desarrollo de las nuevas tecnologas de informacin ycomunicacin; tambin algunas legislaciones estatales han avanzado en estamateria.

    Por lo que se refiere a la regulacin federal, encontramos sancionadas lassiguientes conductas:

    a) modificacin, destruccin o provocar la prdida de informacin contenida ensistemas o equipos informticos, (virus, gusanos)

    b) conocer o copiar la informacin contenida en sistemas o equipos.

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    Es importante sealar que las penas varan si se trata de sistemas o equipos departiculares, del Estado o de las Instituciones que integran el Sistema Financiero,asimismo se agravan si tratndose de sistemas o equipos del Estado, el presuntocontaba con autorizacin para el acceso. Las penas se incrementan si son

    realizadas por empleados del Sistema Financiero o si se obtiene provecho de lainformacin obtenida (en ste caso, estaramos en presencia de fraude, si bien elCdigo no lo tipifica como tal). Sin embargo, inexplicablemente no se sancionanlas conductas descritas tratndose de equipos o sistemas privados cuando elagente cuenta con autorizacin para el acceso.

    c) Uso y/o reproduccin no autorizada de programas informticos con fines delucro (piratera). En este caso vale la pena resaltar que es sta una de lasconductas antijurdicas en esta materia mejor regulada, en virtud de laarmonizacin lograda con la Ley Federal del Derecho de Autor, misma que

    protege los programas de cmputo. Tambin cabe aclarar que se sancionaasimismo al que fabrique, importe, venda o arriende algn sistema o dispositivodestinado a descifrar seales cifradas de satlite que contengan programas oalgn dispositivo o sistema diseado para desactivar la proteccin de un programade cmputo. Las penas por la reproduccin de obras protegidas con fines de lucroson fuertes (2 a 10 aos de prisin y de 2000 a 20,000 das de multa).

    Ataque a las vas de comunicacin y obtencin de informacin que pasa por elmedio.

    El Cdigo Penal Federal sanciona con uno a cinco aos de prisin y 100 a10,000 das de multa al que dolosamente o con fines de lucro, interrumpa ointerfiera comunicaciones almbricas, inalmbricas, o de fibra ptica, seantelegrficas, telefnicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitanseales de audio, video o datos. Aqu encuadran, entre otras, las conductasencaminadas a obtener informacin financiera o de crdito de las personas (alhacer una compra por Internet, por ejemplo), as como el interceptar correoselectrnicos antes de que lleguen a su destinatario; sin embargo, no se tipificarael hecho de acceder al buzn de correo electrnico de alguien y leer sucorrespondencia, lo cual crea un vaco legal al resultar controversial (o al menos,

    merecer interpretacin) el poder encuadrar esta conducta en el delito de violacinde correspondencia, que se refiere al que abra o intercepte una comunicacinescrita que no est dirigida a l.

    Pornografa infantil.

    En este caso la ley especficamente hace alusin al caso de la exhibicincorporal, lasciva o sexual de menores de 18 aos mediante anuncios electrnicos,

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    sancionando al que procura, facilita, induce u obliga a los menores, as como al olos que elaboran, reproducen, venden, arriendan, exponen, publicitan o transmitenel material referido. stas conductas se punen con prisin que va de los 5 a los 14aos y multa de 1000 a 3000 das, pero a quien dirija asociacin delictuosa

    dedicada a los fines descritos, se le impondrn de 8 a 16 aos y de 3,000 a 10,000das de multa.

    Asociacin delictuosa y pandilla.

    El Cdigo Penal sanciona el hecho de formar parte de alguna asociacin obanda con el propsito de delinquir y tambin regula de forma especial a laspandillas, entendiendo por stas la reunin habitual, ocasional o transitoria de treso ms personas que sin estar organizadas con fines delictivos, llegan a cometer algn delito. A este respecto tambin cabe la consideracin de si encuadraran enla descripcin del tipo penal las asociaciones, bandas y pandillas electrnicas, esdecir, gente que sin conocerse siquiera, se rene electrnicamente a travs deInternet para planear la comisin de ilcitos, o bien, que reunindose con otrosfines, llegan a intervenir en la realizacin de algn delito; un claro ejemplo de estoltimo es el caso de los integrantes de una sala de chat que al saber que uno deellos (una muchacha) estaba consumiendo estupefacientes, la alentaron acontinuar hacindolo hasta que falleci de una sobredosis (lo cual pudieronobservar a travs de web-cams) y despus salieron simplemente de la sala sinque el hecho tuviera mayor trascendencia.

    En este caso, al igual que en el de violacin de correspondenciaelectrnica, merece especial mencin el caso de las reuniones electrnicas, seanstas habituales, ocasionales o de primera vez.

    Unidad 2 E l derecho y la Informtica

    2.1 E l Sistema del Derecho Informtico (sus primicias, problemas yposibles direcciones) .

    Derecho Informtico

    Es la rama de la ciencia jurdica que se considera ala informacin comoinstrumento y objeto de estudio del derecho informtico.

    Se divide en:

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    Informticajurdica

    Consiste en el uso y aprovechamiento de aplicaciones (software) y sistemas(hardware) informticos como instrumentos del Derecho. Su objetivo primordial esfacilitar la prctica jurdica mediante las ventajas particulares que ofrecen lossistemas informticos.

    Es una disciplina bifronte en la que se entrecruzan una metodologatecnolgica con sus posibilidades y modalidades de tal aplicacin. La informtica

    jurdica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurdico a travs de los sistemas de documentacin legislativa, jurisprudencial ydoctrinal (informtica jurdica documental);las fuentes de produccin jurdica, atravs de la elaboracin informtica de los factores lgico-formales que concurrenen proceso legislativo y en la decisin judicial (informtica jurdica decisional); y losprocesos de organizacin de la infraestructura o medios instrumentales con losque se gestiona el Derecho (informtica jurdica de gestin).

    Documentaria

    Consiste en la creacin y recuperacin de informacin jurdica como leyes,doctrina y jurisprudencia.

    Se presenta como una herramienta metodolgica que brinda auxilio a laFilosofa del Derecho y a la Ciencia del Derecho.

    Esta parte de la informtica jurdica se desarrolla con la finalidad deexpandir los sistemas de documentacin automatizada, por cuanto es evidente enla actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, envolmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los mtodostradicionales de bsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.

    Control y gestin

    Es necesario destacar que es indispensable desarrollar sistemasinformticos de gestin y control que colaboren con la agilizacin de los trmitesde asuntos de carcter pblico.

    La introduccin de material informtico, es decir, la informatizacin delPoder Judicial, trae consecuencias muy gratas, por cuanto se permite impartir una

    justicia rpida, expedita, adems de la agilizacin de asuntos de carcter jurdico-administrativos, dando nacimiento a lo que en la actualidad se llama InformticaJudiciaria; en otras palabras, la informtica jurdica en los rganos jurisdiccionales

    Derecho de la informtica

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    Conjunto de reglas, normas y principios aplicables a hechos y auto derivado de lainformtica.

    Polticainformtica

    Planificacin mediante normas para un desarrollo adecuado de la informtica.Legislacininformtica

    Conjunto de reglas jurdicas de carcter preventivo y correctivo derivadas del usode la informtica.

    Derecho Informtico

    Es el sector normativo de los sistemas, dirigido a la regulacin de lasnuevas tecnologas de la informacin y la comunicacin, es decir, la informtica y

    la telemtica. Asimismo integran el Derecho Informtico las proposicionesnormativas, es decir, los razonamientos de los tericos del Derecho que tienen por objeto analizar, interpretar, exponer, sistematizar o criticar el sector normativo quedisciplina la informtica y la telemtica. Las fuentes y estructura temtica delDerecho Informtico afectan las ramas del Derecho Tradicionales. Asimismo seinscriben en el mbito del Derecho Pblico: El problema de la regulacin del flujointernacional de datos informatizados, que interesa al derecho internacionalpblico; la Libertada Informtica, o defensa de las libertades frente a eventualesagresiones perpetradas por las tecnologas de la informacin y la comunicacin,objeto de especial atencin por parte del Derecho Constitucional y Administrativo;o los delitos informticos, que tienden a configurar un mbito propio en el DerechoPenal Actual. Mientras que inciden directamente en el Ambito del Derecho Privadocuestiones, tales como: Los contratos informticos, que pueden afectar lo mismoal hardware que al software, dando lugar a una rica tipologa de los negocios en laque pueden distinguirse contratos de compraventa, alquiler, leasing, copropiedad,multicontratos de compraventa, mantenimiento y servicios; como los distintossistemas para la proteccin jurdica de los objetos tradicionales de los DerechosCiviles y Mercantiles. Ese mismo carcter inter disciplinario o "espritu transversal",que distingue al derecho informtico, ha suscitado un debate terico sobre: si se

    trata de un sector de normas dispersas pertenecientes a diferentes disciplinas jurdicas o constituye un conjunto unitario de normas (fuentes), dirigidas a regular un objeto bien delimitado, que se enfoca desde una metodologa propia, en cuyosupuesto entrara una disciplina jurdica autnoma.

    Qu es el Derecho de Autor?

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    Es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obrasliterarias y artsticas previstas en el artculo 13 de la Ley Federal del Derecho de

    Autor, en virtud del cual otorga sus privilegios exclusivos de carcter personal ypatrimonial.

    Artculo 11 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

    Qu es el Derecho Informtico de Autor?

    Es el conjunto de normas jurdicas que van a regular los derehos de autor en el mbito de la informtica, al regular la forma en se publicarn dichas obras .

    2.2 E l Sistema Jurdico Y La Influencia Del Entorno Manifestado En Diversas Tendencias

    Actualmente en Mxico el sistema jurdico se ha adecuado a las diferentesinclinaciones y tendencias en el mbito de la economa, la ciencia y tecnologa, yorganizaciones sociales.

    2.2.1 E conoma: globalizacin, bloques, pobreza, divisin del traba jo, etc .

    Economa

    La economa es la ciencia que se ocupa de la manera en que seadministran unos recursos o el empleo de los recursos existentes con el fin desatisfacer las necesidades que tienen las personas y los grupos humanos.

    En la Economa: Se tiene una Secretara de Economa.

    Tiene por objeto la creacin de las condiciones necesarias para fortalecer lacompetitividad, en el mercado nacional e internacional, de todas las empresas delpas.

    Implementando una nueva poltica de desarrollo empresarial que promuevala creacin y consolidacin de proyectos productivos.

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    Basado en una serie de normas, leyes y tratados que permiten realizar estas actividades mercantiles y promoviendo la vanguardia (ejemplo: Cdigo deComercio).

    En coordinacin con los Gobierno de los 32 Estados de la Repblica, esresponsable de la operacin del Registro Pblico de Comercio.

    El Programa de Modernizacin Registral incluye la captura de acervohistrico, la dotacin y la adquisicin de equipo informtico y detelecomunicaciones, licencias de software que se proporcionar a los Estados.Integracin de una Red Nacional del Registro Mercantil con las bases de datoslocales de las oficinas registrales conectadas a la base de datos central en laSecretara de Economa para la replicacin y respaldo de la informacin.

    Globalizacin

    Es un trmino moderno especialmente usado para describir los cambios enlas sociedades y en la economa mundial que resultan de un incremento sustancialdel comercio internacional y del intercambio cultural.

    Pobreza

    La palabra Pobreza tiene un significado bastante amplio porque describe ungran campo de circunstancias que no se acaban de producir hoy, sino que son elresultado de la unin de acciones negativas que han ido sucediendo en el pasadoy han dado como resultado el estado actual.La Pobreza es en s misma una serie de circunstancias que han llevado al difcilacceso y carencia de recursos necesarios, para satisfacer las necesidadesbsicas que necesita el mundo.

    Divisin del Trabajo

    La divisin del trabajo generalmente hablando trata de la especializacin ycooperacin de las fuerzas laborales en tareas y roles, con el objetivo de mejorar la eficiencia.

    La Divisin del Trabajo y Tipos: Cuando un trabajador realiza las distintas tareasnecesarias para fabricar un producto, el rendimiento es lento, por ello hay querepartir las tareas.

    Divisin industrial: Se trata de la divisin de tareas dentro de una mismaindustria o empresa.

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    Divisin vertical: Un conjunto de trabajos realizados antes por una persona oactualmente d lugar a distintas profesiones.

    Divisin colateral: Es la divisin por la cual se separan distintas profesiones.

    2.2.2 T ransformacin cientfica y tecnolgica: nuevos paradigmas, disciplinas nuevas, etc .

    En la economa

    Se tiene una secretaria de economa. Tiene por objeto la creacin de lascondiciones necesarias para fortalecer la competitividad, en el mercado nacional einternacional, de todas las empresas del pas.

    Implementando una nueva poltica de desarrollo empresarial que promuevala creacin y consolidacin de proyectos productivos.

    Basado en una serie de normas, leyes y tratados que permiten realizar estas actividades mercantiles y comerciales, para garantizar la seguridad ypromoviendo la vanguardia (cdigo de comercio).

    En coordinacin con los gobiernos de los 31 estados de la repblica, esresponsable de la operacin de registro pblico de comercio.

    El programa de modernizacin registral incluye adems la captura del

    acervo histrico, la dotacin y la adquisicin de equipo informtico ytelecomunicaciones, licencias de software que se proporcionara a los estados.

    Integracin de una red nacional del registro mercantil con bases de datos centralen la secretara de economa para la replicacin y respaldo de la informacin.

    En la ciencia y la tecnologa

    El programa de especialidad de ciencia y tecnologa, es el instrumentofundamental de planeacin del gobierno de la repblica en esta rea.

    Su objetivo es integrar y coordinar el esfuerzo nacional para dar impulso alas actividades cientficas y tecnolgicas del pas.

    Contribuye que las dependencias y entidades de la administracin pblicafederal inviertan en la ciencia y tecnologa de una manera eficiente.

    Que la inversin nacional en investigacin y desarrollo experimental, alcance el1.0% del PIB.

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    Que el gobierno federal invierta el 60% de ese monto, y el sector productivo el40%

    El programa plantea las estrategias, las lneas de accin y los programassectoriales de ciencia y tecnologa que permitan que dicha meta alcance coneficiencia en el gasto y alta calidad en la formacin de posgrados y en lainvestigacin cientfica y tecnolgica

    Becas a estudiantes e investigadores.

    En las TIC

    El mito de la calidad de trabajo y los productos mexicanos, respecto a losextranjeros. Las marcas nacionales son tan confiables como las homologas

    El usuario

    Ya no le da lo mismo a cualquier tecnologa, ha aprendido a cuestionar mssobre las caractersticas de los productos.

    Se ha dejado llevar por el glamour de cierta marca y no toma en cuenta losproductos nacionales. Este es uno de los principales retos de los fabricantes ydesarrolladores nacionales.

    El servicio profesional de carrera

    Sirve para atraer, retener, motivar y formar a las mejores mujeres yhombres en el servicio pblico. Garantizando que la administracin pblica transiteen los distintos cambios de gobierno con el mnimo trastorno y la mxima eficacia.

    Establece que las plazas de director general para abajo dentro de laadministracin pblica federal ya no podrn ser cubiertas mediantedesintegraciones de los altos mandos, sino a travs de procedimientostransparentes debidamente establecidos en la ley. Es decir, las plazas queanteriormente eran cubiertas mediante amiguismo o compadrazgos dentro delgobierno federal, ahora debern ser sometidas a concurso interno y externo, de talmanera que sean ocupadas por quienes demuestran un mayor apego a loscriterios de eficiencia, experiencia y capacidad que establece la ley.

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    En la educacin

    El proyecto de crear una secretaria de educacin pblica federal, requera deuna reforma constitucional. Fue creada el 25 de septiembre de 1921 y cuatro dasdespus, se public en el diario oficial su decreto. Cubre una gran diversidad deniveles educativos:

    Educacin bsicaEducacin Media superior Educacin Superior Educacin TecnolgicaEducacin Indgena

    2.2.3 M entalidades: tica, costumbres, religin, privado, pblico, etc .

    El trmino Mentalidades se ha usado desde principios del siglo XX paradefinir las estructuras sociales que son expresin de la cultura y nacen ensupuestos mentales colectivos.

    La tica:

    Es una disciplina filosfica que se define como principios directivos queorientan a las personas en cuanto a la concepcin de la vida, el hombre, los

    juicios, los hechos, y la moral. La tica de la Informtica (EI):

    Es considerada como la disciplina que analiza problemas ticos que soncreados por la tecnologa de los ordenadores o tambin los que son transformadoso agravados por la misma, es decir, por las personas que utilizan los avances delas tecnologas de la informacin.

    Una Costumbre:

    Es una prctica social arraigada. Generalmente se distingue entre buenascostumbres que son las que cuentan con aprobacin social, y las malascostumbres, que son relativamente comunes, pero no cuentan con aprobacin

    social, y a veces leyes han sido promulgadas para tratar de modificar la conducta.Es la repeticin constante y uniforme de una norma de conducta, en el

    convencimiento de que ello obedece a una necesidad jurdica. Tambin se ledefine como el conjunto de normas derivadas de la repeticin ms o menosconstante de actos uniformes.

    La Costumbre Jurdica tiene dos requisitos:

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    El factor subjetivo, que es la creencia o convencimiento de que dichaprctica generalizada es imperativa y como tal produce derechos yobligaciones jurdicas.El factor objetivo, que es la prctica de la costumbre en s y que debe ser

    reiterada y unvoca.La Religin:

    Es un elemento de la actividad humana que suele componerse de creencias yprcticas sobre cuestiones de tipo existencial, moral y sobrenatural. Se habla dereligiones para hacer referencia a formas especficas de manifestacin delfenmeno religioso, compartidas por los diferentes grupos humanos.

    Derecho Religioso:

    El Derecho religioso o Derecho confesional, de acuerdo a la moderna Ciencia delDerecho, es aquel ordenamiento jurdico que, para s mismas, establecen lasdiferentes iglesias o confesiones religiosas, y que en tanto realidades socialesrequieren de un Derecho propio.

    Concepto de Privado: Algo que se hace familiar y domsticamente, sinceremonia alguna. Que se ejecuta a la vista de pocos, familiar y domsticamente,sin formalidad ni ceremonia alguna.

    Concepto de Pblico: Notorio, patente, manifiesto, visto o sabido por todos.Conjunto de personas que tienen las mismas aficiones o concurren a un mismolugar (espacio o lugar pblico).

    Aplquese a la potestad, jurisdiccin y autoridad para hacer una cosa, comocontrapuesto a privado.

    2.2.4.- O rganizacin Social: Gobierno, Sindicatos, Familia, Escuela, etc .

    Una Organizacin social o Institucin social es un grupo de posicionessociales conectadas por relaciones sociales que forman un rol social.

    Tambin puede definirse en un sentido ms estrecho como cualquier institucin en una sociedad que trabaja para socializar a los grupos o gente quepertenece a ellos.

    Se trata de una esfera de vida social ms amplia que se organiza parasatisfacer necesidades humanas.

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    En el contexto poltico: puede ser un gobierno o partido poltico.

    En el contexto de los negocios: una organizacin social puede ser unaempresa, corporacin, etc.

    Por ejemplo para el ncleo familiar: la organizacin correspondiente es lafamilia ms extendida.

    En el contexto educativo: puede ser una escuela, universidad, etc.

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    UNIDAD 3 LA LEGISLACION Y LA NORMAT IVIDAD Actual RELAT IV A A EL USU ARIO

    3.1 Casos De Normatividad Aplicada Al Usuario En Mx ico Y En El Mundo

    Se refiere a normas que pueden ser universales que se aplican en cualquier parte del mundo, esto quiere decir en cualquier departamento laborable, sitio detrabajo, escuela o casa, dependiendo del conocimiento de las personas en estetrmino.

    El derecho es aplicable a todos los individuos, tambin la normatividad aplicadaal hardware es fundamentalmente necesaria para tener conocimiento y respeto alequipo de cmputo pues como podemos ver todo va ligado a los diferentesartculos que podemos ver en nuestros das aunque quiz lo desconocemos esrealmente fundamental para no cometer errores o quizs hasta delitos informticoscomo hackear o crackear, falsificar documentos, es especialmente difcil noencontrarnos diariamente con esta problemtica mundial que nos afectan entrminos de integridad y laborales.

    3.1.1 D erecho De Informacin

    El derecho de informacin es un derecho fundamental reconocido al finaldel artculo 6 y 8 de la Constitucin Mexicana: El Derecho a la Informacin sergarantizado por el Estado.

    La informacin es un elemento imprescindible en el desarrollo del ser humano. Aporta elementos para que ste pueda orientar su accin en la sociedad.

    La Legislacin ha incorporado reglas que buscan garantizar el ejercicio

    efectivo de este derecho.El propsito es ordenar los instrumentos, tcnicas y medios de la

    informacin para ponerlos al servicio de la comunidad.

    Es la garanta fundamental que tiene toda persona para obtener informacin(noticias, datos, hechos, opiniones e ideas), informar y ser informada, de formacompatible con otros derechos humanos, engloba tanto libertades individuales

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    (libertades de pensamiento, expresin e imprenta) como otras de carcter social(el derecho de los lectores, escuchas o espectadores a recibir informacinobjetiva, oportuna y el acceso a la documentacin pblica).

    Para la Suprema Corte de Justicia de Mxico, aun cuando no se llega aexpresar el trmino de garanta social dentro del texto constitucional, el derechoa la informacin enuncia y protege derechos con el rango de ciertas garantas quese conciben como derechos de grupo, de gnero o de clase, y su ejercicioadquiere mayor eficacia cuando se pone al alcance de las personas comogaranta individual.

    Del mismo modo, la Corte tambin ha expresado su opinin sobre elconcepto especfico de derecho a la informacin, as como las acciones que elPoder Legislativo debe cumplir en relacin al mismo. Si bien en su interpretacinoriginal el derecho a la informacin se reconoci como una garanta de losderechos polticos una garanta electoral como atributo de los partidos parainformar al pueblo mexicano, luego la Corte le otorg una connotacin ms amplia,al considerarlo como la obligacin que tiene el Estado de informar la verdad, deabstenerse a dar a la comunidad informacin manipulada, incompleta o falsa, y lade entenderlo como garanta individual limitada por los intereses nacionales, por los de la sociedad y por el respeto a los derechos de terceros.

    Ejemplo:

    Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica

    Encargado de:

    y Garantizar el derecho de acceso a la informacin pblica gubernamental.y Proteger los datos personales que estn en manos del Gobierno Federal.y Resolver sobre las negativas de acceso a informacin que las

    dependencias o entidades del Gobierno Federal hayan formulado.

    3.1.2 L IBERTAD DE EXPRES I N

    La libertad de expresin es un derecho fundamental o un derecho humano,sealado en el artculo 19 de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos,y la mayora de los sistemas democrticos tambin lo sealan. De ella deriva lalibertad de imprenta tambin llamada Libertad de prensa.

    El Artculo 19 de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos,dice:Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y de expresin; este

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    derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitacin defronteras, por cualquier medio de expresin.

    Los medios de comunicacin en frecuentes ocasiones han abusado de sulibertad y han transmitido informacin equivocada y entretenimiento daino, lamayora de las veces con fines meramente comerciales y/o polticos.

    En el pas existen sanciones en el Cdigo Penal Federal tipificados comoCalumnia, Injurias y Difamacin para evitar el perjuicio y el mal uso de lainformacin.

    Libertad de Expresin, se refiere a las leyes cuyos contenidos versan en lasconcesiones de las ondas electromagnticas, su funcionamiento econmico yfiscal, el tipo de programacin y su clasificacin.

    Se crea un organismo dependiente de la Secretara de Gobernacindenominado Consejo Nacional de Radio y Televisin.

    Integrado por un representante de la Secretara (Presidente), uno de laSecretara de Comunicaciones y Transportes, otro de la Educacin Pblica y otrode la de Salubridad y Asistencia.

    y Marco jurdico de la Libertad de Expresin:y Ley Federal de Radio y Televisin.y Ley Federal de Telecomunicaciones.y Ley de Imprenta.

    Libertad de Expresin, consiste en las normas y principios que los propiosmedios desarrollan para garantizar la calidad tica de sus contenidos, y la mayorade las veces tienen nicamente sanciones morales.

    El Consejo de la Cmara Nacional de la Industria de Radio y Televisin (CIRT).Se instal el 6 de marzo de 2001. Integrado por 12 representantes. Siete sonmiembros de la CIRT.

    El Presidente del Consejo Consultivo de la CIRT. 2 representantes de la seccinde televisin. 3 representantes de la seccin de radio. 1 miembro ex presidente,elegido por acuerdo.

    Cinco representantes de la sociedad:

    Consejo de la Comunicacin (CC).

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    30 Instituto Tecnolgico Superior de La regin Sierra

    Asociacin a Favor de lo Mejor, A.C. (AFM).

    Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

    Asociacin Nacional de Universidades e Instituciones de Educacin Superior

    (ANUIES).Consejo Nacional de Autorregulacin y tica Publicitaria (CONAR).

    Su objetivo es promover el reconocimiento y la observancia de una serie deprincipios ticos y cvicos, orientados a ofrecer mayor calidad en los contenidos delos programas que se transmiten por la radio y televisin.

    3.1.3 D erecho A la Privacidad

    Art. 12 Nadie ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia,su domicilio o su correspondencia, ni ataques a su honra y reputacin. Todapersona tiene derecho a la proteccin de la ley contra injerencias o ataques.

    Todo el mundo tiene derecho a la privacidad, y segn los mecanismos sobrederechos humanos internacionales, este derecho puede ser violado de diversasmaneras, que incluyen:

    y Intervenir en la vida privada de una persona (lo que incluye su derecho aestablecer relaciones y a disfrutar de su libertad sexual);

    y

    Impedir la vida familiar (lo que incluye el derecho a casarse y a fundar unafamilia);y Destruir la casa de una persona, o impedir a una persona que viva en su

    casa;y Intervenir la correspondencia privada.

    La privacidad no es un objeto que por s mismo adquiera dimensionesmensurables.

    Es un elemento de la psicologa humana, el cual establece la necesidad delser humano de reservarse un espacio propio (fsico, mental, social, temporal, etc.)para desarrollar ciertas actividades de su exclusiva competencia e inters. No esuna caracterstica de ciertas sociedades o una imposicin legal, forma parte de lanaturaleza humana, por lo cual es un

    Derecho Humano y por lo tanto justo, merecedor de todas las figuras jurdicasnecesarias para su conservacin y defensa.

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    El anlisis de los textos constitucionales de distintos pases deLatinoamrica, incluyendo el nuestro, permite advertir que el derecho a laprivacidad personal y familiar se halla entroncado, en general, con la proteccin delo que podra denominarse espacios privados, que incluye al domicilio, la

    correspondencia o las comunicaciones.El Artculo 18 de nuestra Constitucin Nacional determina que el domicilio

    es inviolable como tambin la correspondencia epistolar y los papeles privados.

    As, en diversos ordenamientos legales la vida privada o intima se confundecon la honra o la buena reputacin del individuo, La Carta Magna de Mxicomantiene un concepto amplio que propende a la proteccin de la persona, sufamilia, su domicilio, papeles o posesiones (art. 16) y enuncia con sumo detalle lasrestricciones que han de imponerse al accionar del estado en su carcter deautoridad administrativa, sanitaria o policial, dejando un prrafo particular paradiscriminar las facultades y limitaciones del ejrcito en tiempos de guerra y paz,respecto de estos institutos.

    Se han otorgado proteccin a los datos personales, es en este texto endonde se evidencia la vinculacin directa de este derecho con el tratamientoautomatizado de los mismos.

    3.2 D ebilidades O Insuficiencias De La Normatividad

    La accin delictiva en el pas no se prev en un simple acceso noautorizado, al entrar a una oficina o a un edifico federal o alguna reaespecializada no causa un allanamiento y mucho menos de morada.

    Difcilmente un delincuente va entrar a una rea protegida por medios deseguridad fsica sin motivo alguno la violacin de estos medios si ser tomada encuenta como dao en propiedad ajena.

    Las debilidades de la normatividad en este sentido son la falta detipificacin de los delitos en forma explcita, es decir las leyes y los procedimientosdejan a consideracin de jueces magistrados y tribunales, el sentido y orientacino valides de una conducta delictiva.Normatividad actual

    En la actualidad la Cmara de Diputados en su rea de sistemas no se rigebajo ninguna norma o certificacin externa nacional o internacional. Tampococuentan con ningn tipo de manual de procedimientos u organizacin que les

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    permita realizar sus labores de forma sistemtica y ordenada. De igual forma lafalta de metas y objetivos genera desorganizacin y falta de control, malaadministracin e inclusive representa un riesgo latente ante las posibles fallas delsistema.

    Tampoco cuentan con ningn tipo de plan de contingencia en caso de quela red falle, mucho menos con medidas para minimizacin de riesgos por posiblesataques, desastres de ningn tipo, etc.

    3.2.1 L a Firma Electrnica Y Su Legislacin

    La Firma Electrnica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se

    adjuntan a un mensaje electrnico, cuyo propsito es identificar al emisor delmensaje como autor legtimo de ste, tal y como si se tratara de una firmaautgrafa.

    Por sus caractersticas, la Fiel brinda seguridad a las transaccioneselectrnicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor delmensaje y verificar no haya sido modificado.

    Su diseo se basa en estndares internacionales de infraestructura declaves pblicas (o PKI por sus siglas en ingls: Public Key Infrastructure) en dondese utilizan dos claves o llaves para el envo de mensajes:

    La "llave o clave privada" que nicamente es conocida por el titular de laFiel, que sirve para cifrar datos; y

    La "llave o clave pblica", disponible en Internet para consulta de todos losusuarios de servicios electrnicos, con la que se descifran datos. En trminoscomputacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que nocorresponda.

    La situacin en Mxico

    En los aos noventa, Mxico reformo sus leyes para promover el comercioelectrnico. La apertura del pas en materia en ltimo ao ha sido un importantefactor determinante de la decisin de adoptar nuevas tecnologas. Actualmentems de 1 5 000 empresas mexicanas utilizan los medios de transaccinelectrnicos, por lo general el intercambio general de datos e internet. Mxicoinicio su principal actividad en 1998 con la creacin de un grupo encargado deelaborar la primera ley sobre el comercio electrnico, basada en la ley modelo

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    CNUDMI y en el estudio de las leyes de Estados Unidos, Canad y algunos pasesde la unin europea, lo que a la postre trajo consigo que el 29 de mayo de 2000 sepublicaron en el diario oficial de la federacin reformas, adicciones ymodificaciones legislativas en materia de Comercio Electrnico al Cdigo Federal

    (reformas a los arts. 1., 1803,180 5 , y 1811 y adiciones al 1834 bis)al CdigoFederal de Procedimientos Civiles (arts.210-A).

    La importancia de la Firma en el Comercio Electrnico en Mxico

    No hay que perder de vista que una firma, sea en papel o electrnica, enesencia es un smbolo que acredita la voluntad. En consecuencia, las formas demayo de 2000 al cdigo civil federal sealan que el consentimiento expreso de lavoluntad puede manifestarse de manera verbal, por escrito, por medioselectrnicos, pticos o con cualquier otra tecnologa o por los signos inequvocos.

    Adems de servir para demostrar la voluntad de contratar, una firma tieneotras dos funciones significativas: primero, la firma de una persona puede ser usada para identificar al firmante, y segundo, la firma puede usarc para acreditar la integridad de un documento (de ah la costumbre de rubricar todas las hojas deun contrato).

    En el ciberespacio, esas dos ltimas caractersticas de una firma juegan unpapel fundamental; especialmente en la medida que se automatiza los procesos ylos contratos se realizan entre ausentes que muchas veces ni siquiera se conocen.

    En estos casos en los que la necesidad de identificar al firmante ygarantizar la integridad del mensaje se torna esenciales.

    De este modo, mientras la firma autgrafa en la mayora de los casos sirvepara acreditar el deseo de contratar, en el entorno electrnico tiene las tresfunciones: a) evidenciar la voluntad de contratar, b) identificar al emisor, y c)garantizar la integridad del mensaje.

    En el actual cdigo de comercio, promulgado en 1889, obviamente noconsideraba las transacciones en lnea. Lo ms cercano a este tipo detransacciones era la contratacin por correspondencia telegrfica. Este tipo decontratos si eran vlidos, sin embargo, solo produca efectos cuando loscontratantes previamente y por escrito, hubieran admitido este tipo deoperaciones.

    Situacin Legislativa sobre el Comercio Electrnico en Mxico

    Servicios que la utilizan obligatoriamente:

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    Pedimentos Aduanales A partir del 1 de abril de 2005 para la elaboracin ytransmisin de pedimentos por parte de agentes aduanales, mandatarios yapoderados.

    Dictmenes Fiscales A partir del 2005 para los Contadores PblicosRegistrados y los contribuyentes que dictaminan estados financieros.

    Expediente Integral del Contribuyente Esta nueva alternativa de consulta lepermite mantenerse al tanto de su situacin fiscal as como el estado de susobligaciones fiscales sin tener que trasladarse a alguno de los mdulos deatencin del SAT.

    Comprobantes Fiscales Digitales A partir del 2005 usted puede emitir comprobantes fiscales de manera electrnica. Utilice la Fiel para solicitar los foliosy certificados de sello digital requeridos para la emisin de comprobantes.

    Impresores Autorizados Para la presentacin del aviso mediante el cualsealan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos vigentespara continuar con la autorizacin en el 2006.

    Auto Impresores Autorizados Para la presentacin del aviso mediante elcual sealan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitosvigentes para continuar con la autorizacin en el 2006, as como para el envo delreporte semestral de folios utilizados.

    Donatarias Autorizadas Para presentar va electrnica el aviso en el que,bajo protesta de decir verdad, se declare seguir cumpliendo con los requisitos yobligaciones para continuar con la autorizacin.

    Devoluciones cuyo importe sea mayor o igual a 10,000 pesos Loscontribuyentes que tengan cantidades a su favor cuyo monto sea igual o superior a $10,000.00 y soliciten su devolucin, adems de reunir los requisitos a que serefieren las disposiciones fiscales, en el momento de presentar la solicitud deberncontar con Fiel.

    Padrn de Importadores Aquellos contribuyentes que soliciten la inscripcin

    al Padrn de Importadores es requisito contar con su Firma Electrnica Avanzada.

    Servicios que prximamente utilizarn fiel:

    Declaracin patrimonial de funcionarios pblicos (DECLARANET).

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    Solicitud de devolucin de impuestos para empresas altamenteexportadoras (ALTEX).

    Solicitud de devolucin de impuestos para empresas que participan en elPrograma de Importacin Temporal para Producir Artculos de Exportacin(PITEX).

    INMEX Permite fomentar y otorgar facilidades a las empresasmanufactureras, maquiladoras y de servicios de exportacin para realizar procesos industriales o de servicios a mercancas de exportacin y para laprestacin de servicios de exportacin.

    Traspaso de afores (CONSAR).

    Registro de constitucin de sociedades (SRE).

    Apertura rpida de empresas (ESTADO DE AGUASCALIENTES).

    Uso de firmas electrnicas en Mxico y otras partes del mundo

    En Mxico:

    Las dependencias del gobierno federal y rganos desconcentrados queutilizan firmas electrnicas para la presentacin de trmites de manera remotason: Banco de Mxico, Secretara de la Funcin Pblica, Secretara de Economa,Instituto Mexicano del Seguro Social.

    En otros pases:

    Las Administraciones Tributarias afiliadas al Subgrupo de ServiciosElectrnicos de la Organizacin para la Cooperacin del Desarrollo Econmico(OCDE), que actualmente hacen uso de firmas electrnicas para la presentacinde declaraciones y trmites diversos son:

    Corea, Dinamarca Eslovaquia Espaa Estados Unidos Finlandia FranciaHolanda Hungra Irlanda Islandia Italia Japn Suecia Turqua.

    Quines deben obtenerla

    De acuerdo con las reformas al Cdigo Fiscal de la Federacin, publicadasen el Diario Oficial el 28 de junio y 27 de diciembre de 2006, todos loscontribuyentes estn obligados a tramitarla.El Servicio de Administracin Tributaria liberar gradualmente los trmites yservicios en donde el uso de la Fiel ser obligatorio.

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    Requisitos para la firma electrnica

    Personas fsicas

    Dispositivo magntico (USB o disco compacto) con el archivo de requerimiento

    (extensin *.req) generado con la aplicacin Solcedi.Formato FE: Solicitud de certificado de Firma Electrnica Avanzada, lleno e

    impreso por ambos lados en una sola hoja. Este formato se descarga del portal delSAT y se entrega por duplicado.

    Original o copia certificada del acta de nacimiento, carta de naturalizacin odocumento migratorio vigente.

    Original o copia certificada de la identificacin oficial (credencial para votar,pasaporte, cdula profesional, cartilla del servicio militar credencial emitida por los gobiernos federal, estatal o municipal que cuente con la fotografa, firma yCURP del titular).

    Personas morales

    Contar con un representante legal que haya tramitado previamente sucertificado digital de Firma Electrnica Avanzada "Fiel" como persona fsica.

    Llevar el da de su cita lo siguiente:

    Dispositivo magntico (USB o disco compacto) con el archivo de requerimiento(extensin *.req) generado con la aplicacin Solcedi.

    Formato FE: Solicitud de certificado de Firma Electrnica Avanzada, lleno eimpreso por ambos lados en una sola hoja. Este formato se descarga del portal delSAT y se entrega por duplicado.

    Original o copia certificada de los siguientes documentos:

    Poder general del representante legal para actos de dominio o de administracin.

    Acta constitutiva de la persona moral solicitante.

    Identificacin oficial del representante legal de la persona moral solicitante(credencial para votar, pasaporte, cdula profesional, cartilla del servicio militar credencial emitida por los gobiernos federal, estatal o municipal que cuente con lafotografa, firma y CURP del titular).

    Solicitud de certificacin de la firma electrnica avanzada.

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    La firma electrnica posee el mismo valor legal que la firma de puo y letra,siempre que esta haya sido emitida por una Autoridad de Certificacin reconocida(ejemplo. Camerfirma, IZENPE, Firma profesional, ACAbogaca, CATCert,FNMT )

    Funcionamiento de la firma electrnica

    La firma electrnica se compone de una clave privada y una pblica. Estasclaves son indisociables y estn ligadas una a la otra. La clave privada reside en latarjeta criptogrfica y no se puede exportar, en algunos casos cuando loscertificados son software, este con su correspondiente clave privada estninstalados en el ordenador (en este caso no sera una Firma ElectrnicaReconocida).

    La clave pblica es conocida por el resto de los interlocutores y puede ser

    divulgada sin ningn tipo de riesgo.El actor encargado de emitir un certificado con validez legal, se denomina

    Autoridad de Certificacin. Es este un agente reconocido y autorizado quegenera una secuencia de datos (certificado digital) que vinculan la identidad deuna persona o entidad jurdica con su clave pblica, de forma que es posiblegarantizar la identidad del interlocutor a travs de combinar la informacinpresente en la firma electrnica y en el certificado.

    Para dar a conocer nuestra clave pblica se la enviaremos a todos nuestros

    interlocutores mediante el envo de nuestro certificado digital (que contiene laclave pblica) y ello les permitir que validen la firma.

    A continuacin se muestra grficamente el proceso de firmar un mensaje(documento):

    Disponemos de un documento que deseamos firmar, (ej. Mensaje M)

    Generamos el resumen del documento (hash o digest).

    Con la Clave Privada firmamos el documento resumen (hash). El resultadode esta operacin se la denominada Firma Electrnica.

    El resultado es el Mensaje M firmado con la Clave Privada de A.

    A continuacin se muestra grficamente el proceso de verificar si eldocumento firmado por A est ntegro mediante la aplicacin inversa del algoritmoRSA aplicado.

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    Con la Clave Pblica de A (obtenida del certificado del emisor) y la firmaelectrnica obtenemos el resumen del documento. Volvemos a calcular elresumen del documento recibido y si ambos resmenes son idnticos, podemosdecir que la firma es vlida.

    Adicionalmente, mediante el certificado emitido por la Autoridad deCertificacin, el receptor sabr que el emisor es quien dice ser.

    Los algoritmos utilizados en la Firma Electrnica reconocida, estnconsiderados hoy inviolables porque estn basados sobre problemas matemticosno resueltos (ejemplo: la generacin de nmeros primos), y adems estncaracterizados por el hecho que la clave de cifrado es diferente y no es deduciblepor la clave de descifrado. De esta manera es posible disponer de una claveprivada memorizada en la tarjeta de manera que no sea exportable y otradenominada clave pblica que puede ser enviada o publicada sin peligro de quepueda ser deducida la clave privada.

    Comprobante Fiscal Digital

    Es un mecanismo alternativo de comprobacin de ingresos, egresos ypropiedad de mercancas en traslado por medios electrnicos.Utiliza tecnologa digital en su generacin, procesamiento, transmisin yalmacenamiento de datos 100% digital.

    Maneja estndares de seguridad internacionalmente reconocidos, que

    garantizan que el comprobante es autntico, ntegro, nico y que ser aceptadoigual que el comprobante fiscal impreso.

    Es una solucin tecnolgica al alcance de la mayora de los contribuyentessin importar su tamao.

    Caractersticas:

    y Integro: Garantiza que la informacin contenida queda protegida y no puede

    ser manipulada o modificada.y Autntico: Permite verificar la identidad del emisor y el receptor delcomprobante.

    y Verificable: La persona que emita un comprobante fiscal digital, no podrnegar haberlo generado.

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    y nico: Garantiza no ser violado, falsificado o repetido al validar el folio,nmero de aprobacin y vigencia del certificado de sello digital con el quefue sellado, puede validarse contra el informe mensual.

    Ventajas

    y Agiliza la conciliacin de la informacin contable,simplifica el proceso de generacin de comprobantes para efectos fiscales.

    y A mayor proporcin de comprobantes emitidos electrnicamente, mayor ahorro.

    y El comprobante puede ser visto rpidamente desde cualquier navegador para internet.

    y El almacenamiento de los comprobantes para el emisor es de maneraelectrnica.

    y

    El almacenamiento de los comprobantes para el receptor es de maneraelectrnica o en papel segn lo solicite.y Integracin automtica y segura a su contabilidad.

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    E jemplos de la firma electrnica:

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    3.2.2 L a Criptografa Y Su Legislacin

    La criptografa puede inspirar lgicos miedos en los gobiernos. Nosencontramos ante unas tcnicas que permiten la total inviolabilidad de un correoelectrnico. Por tanto, qu ocurre si la utilizan terroristas o criminales paracomunicarse? No debera prohibirse o regularse de alguna manera?

    Hay un principio fundamental a respetar en Internet: todo aquello que eslegal en el mundo real, es legal en Internet. La criptografa es simplemente lamanera de garantizar en Internet el derecho constitucional a la inviolabilidad de lacorrespondencia. Pinsese adems en smiles establecidos en el mundo real.

    As, la respuesta a prohibir la criptografa es claramente no. No existeninguna forma de regulacin de la criptografa que no cause dao a losciudadanos inocentes que no la van a utilizar con fines delictivos.

    Y ya no hablamos simplemente de la proteccin de mensajes normales decorreo electrnico. Dado el crecimiento de Internet, es posible que dentro de unosaos, por ejemplo, los mdicos de distintos lugares del mundo se pongan encontacto constantemente para ayudarse mutuamente. De qu manera podranintercambiar de forma segura historiales mdicos sin arriesgar el derecho a laintimidad de su paciente? Asimismo, el comercio electrnico est experimentandoun auge que slo ser posible sostener si las transacciones comerciales que serealizan, como por ejemplo el envo del nmero de una tarjeta de crdito para unpago, se pueden seguir realizando de forma segura.

    El intento de prohibir la criptografa, sea su uso, sea su exportacin eimportacin, adems acaba siendo un fracaso.

    Los rumores a principios de los noventa de que el gobierno americano iba aprohibir todo uso de criptografa fuerte (es decir, con claves lo suficientementegrandes para ser seguras), llevaron a una rpida expansin del uso de estosprogramas, y precisamente al surgimiento de la primera versin de PGP. En pocosmeses la tecnologa estaba tan extendida que aplicar la prohibicin habra sido

    muy difcil. Llegados a esta situacin, el gobierno americano intent al menosimpedir su expansin por el resto del mundo aplicando estrictamente la legislacinITAR (siglas en ingls de Regulacin del Trfico Internacional de Armas) delDepartamento de Estado. En esta normativa se inclua la criptografa comoarmamento de la categora (a la que pertenecen tambin, citando literalmente, lostanques, la artillera pesada y determinadas armas de destruccin masiva), y por tanto como una tecnologa sujeta a regulacin del gobierno para su exportacin,

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    sancionando su exportacin no autorizada con multas de hasta un milln dedlares y/o penas de crcel de hasta diez aos. A pesar de estas medidas,durante aos, en cuanto surga una versin nueva de PGP en Estados Unidos, enpocos das se podan conseguir copias del programa en servidores Internet de

    todo el mundo.El gobierno americano se vio obligado a realizar diversas enmiendas a esta

    legislacin, sino de todas maneras tomar medidas satisfactorias y lgicas. Por unlado, se retir la obligacin que tenan los ciudadanos americanos de pedir unaautorizacin para poder sacar del pas cualquier producto criptogrfico cuandoviajaran, aunque limitando esta exencin al uso personal. Entre otras cosas, sepermite la exportacin libre de sistemas criptogrficos tan intiles e inseguroscomo los que implementan el dbil algoritmo con claves de 5 6 bits.

    Hasta poco despus de la Segunda Guerra Mundial, la criptografa fue unapoderosa herramienta mantenida celosamente en secreto por los gobiernos. Elorigen de su uso se remonta la antigua Roma, y jug un papel crucial en variosconflictos blicos.

    Con la publicacin del artculo de Claude E. Shannon``CommunicationTheory of SecrecySystems'' en 1949, la criptografa pas aengrosar la lista de campos cubiertos por la investigacin cientfica, investigacinque se caracteriza por realizarse de forma abierta, y muchas veces mediante lacolaboracin de investigadores de diferentes pases, ignorando las fronteraspolticas.

    Como punto final de este proceso, la explosin del uso de las redesinformticas y especialmente de Internet, ahora ms all del mbito cientfico, hadisparado la demanda de herramientas criptogrficas seguras por parte delpblico. Sin stas, el desarrollo del comercio electrnico, consideradounnimemente un mercado emergente de inters estratgico, resultaracompletamente imposible.

    Intereses econmicos aparte, en un estado de derecho los ciudadanostienen derecho a proteger la privacidad de sus comunicaciones, derecho que estreconocido como fundamental en las legislaciones de los pases democrticos.

    Sin embargo, la criptografa presenta un problema: existen algoritmos deencriptacin inviolables mediante la tecnologa actual, de manera que nadie, yesto incluye a los gobiernos y sus servicios de informacin, puede acceder alcontenido de un mensaje cifrado.

    Ante esta situacin, los gobiernos temen perder su capacidad de monitorizacin

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    de las comunicaciones, y la respuesta adoptada por algunos estados es larestriccin al uso de la criptografa en diferentes grados.

    Dichas medidas resultan completamente intiles a la hora de prevenir el usode tcnicas criptogrficas con el fin de cometer o encubrir delitos, y limitan su usolegtimo por parte de la ciudadana, que ve mermado su derecho a la proteccinde la intimidad.

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    Unidad 4 La legislacin y la Normatividad Actual Relativa a la Informacin

    4.1 Casos De Normatividad aplicada A La Informacin En Mx ico Y En El Mundo

    El derecho es aplicable a todos los individuos, tambin la normatividadaplicada a la informacin, es fundamentalmente necesaria para tener conocimiento y respeto a la informacin, es fundamental para no cometer erroreso quizs hasta delitos informticos como los daos a los datos, robos de datos,accesos ilcitos a los datos o falsificar documentos, es esencialmente difcil noencontrar en la actualidad esta problemtica mundial que afecta en trminos denormatividad informtica.

    En funcin de del innegable carcter econmico inherente a este problema,es conveniente presentar la situacin internacional de hecho y de derecho enentorno al mismo, estructurada en tres pases bien definidos de acuerdo alrgimen jurdico prevaleciente, a saber: los que regulan el problema desde laconstitucin los que hacen leyes generales y quienes disponen de una leyparticular al respecto.

    4.1.1 D aos A Datos

    Captulo II Acceso ilcito a sistemas y equipos de informtica

    Artculo 211 bis 1.- Al que sin autorizacin modifique, destruya o provoque prdidade informacin contenida en sistemas o equipos de informtica protegidos por algn mecanismo de seguridad, se le impondrn de seis meses a dos aos deprisin y de cien a trescientos das multa.

    Al que sin autorizacin conozca o copie informacin contenida en sistemas oequipos de informtica protegidos por algn mecanismo de seguridad, se leimpondrn de tres meses a un ao de prisin y de cincuenta a ciento cincuentadas multa.

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    Artculo 211 bis 2.- Al que sin autorizacin modifique, destruya o provoque prdidade informacin contenida en sistemas o equipos de informtica del Estado,protegidos por algn mecanismo de seguridad, se le impondrn de uno a cuatroaos de prisin y de doscientos a seiscientos das multa.

    Al que sin autorizacin conozca o copie informacin contenida