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    El fin(al) de los derechos humanos1

    Costas DouzinasCatedrtico y Decano de la Facultad de Humanidadesde la Universidad de Londres,Birkbeck College

    Un nuevo ideal ha irrumpido en el escenario globalmundial: los derechos humanos. El mismo une a la iz-quierda y a la derecha, al plpito y al estado, al Ministro yal rebelde, al mundo en desarrollo y a los liberales deHampstead y Manhattan. Los derechos humanos comen-

    zaron su vida como el principio de la liberacin de la opre-sin y la dominacin, el grito de los sin techo y los despo-sedos, el programa poltico de los revolucionarios y los di-sidentes. Pero su llamada no est confinada a losdesheredados de la tierra. Estilos alternativos de vida, fer-vorosos consumidores de bienes y cultura, los hedonistas yplayboys del mundo occidental, el propietario de Harrods,el antiguo director gerente de Ginness PLC, as como elantiguo rey de Grecia, todos ellos han articulado sus pre-tensiones en el lenguaje de los derechos humanos2.

    Los derechos humanos estaban inicialmente vinculadosa especficos intereses de clase y eran las armas ideolgi-cas y polticas en la lucha de la emergente burguesa con-tra el desptico poder poltico y la esttica organizacinsocial. Pero sus presupuestos ontolgicos, los principios deigualdad y libertad humanas, y su corolario poltico, la

    Anuario de Derechos Humanos. Nueva poca. Vol. 7. T. 1. 2006 (309-340)

    1 Traduccin del original ingls, The End(s) of Human Rights, de FERNAN-DO FALCN Y TELLA, Doctor en Derecho y Profesor Ayudante de Filosofa del De-recho de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Pu-blicado en laMelbourne University Law Review.

    2 Fayed v. U. K. (1994) 18 EHRR 393; Saunders v. U. K. (1997) 23 EHRR242; The Former King Constantine of Greece v. Greece Appl. 25701/94.

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    pretensin de que el poder poltico deba someterse a las

    demandas de la razn y el derecho, se han convertido hoyen una parte de la ideologa de la mayor parte de los reg-menes contemporneos transcendiendo su parcialidad.

    Internacionalmente, los Nuevos Tiempos tras el colapsodel comunismo han elevado a los derechos humanos a lacategora de principio central. Las intervenciones humani-tarias, los tribunales de crmenes de guerra, las persecu-ciones internas a los Jefes de Estado que haban infringi-do los derechos humanos, todo esto forma parte de un nue-vo orden. Los derechos humanos son la marca de lapostmodernidad, la energa de nuestras sociedades, elcumplimiento de la promesa del Iluminismo de la emanci-pacin y la autorrealizacin. Los derechos humanos son laideologa que queda tras el fin y la superacin de las ideo-logas, o, para adoptar un trmino en boga, la ideologa dela globalizacin al final de la historia.

    Y, sin embargo, muchas dudas persisten3. El record deviolaciones de los derechos humanos desde sus ms sona-das declaraciones a finales del siglo XVIII es apabullante.Es un hecho innegable, escribe Gabriel Marcel, que lavida humana nunca ha sido tratada tan universalmentecomo una vil y perecedera comodidad como en nuestraera4. Si el siglo XX es la poca de los derechos humanos,

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    3 Pese a la gran cantidad de libros sobre derechos humanos existente, ladoctrina sobre derechos est dominada por los liberales neo-kantianos. Existenalgunas notables excepciones. La obra de ROLANDO GAETE, Human Rights andthe Limits of Critical Reason, Aldershot: Dartmouth, 1993 es una poderosa ex-presin de las dudas acerca de la demagogia de los derechos humanos y las limi-taciones de la capacidad emancipadora de la razn. Desde la perspectiva legal ehistrica, la crtica de mayor alcance a los derechos humanos es el pequeo cl-sico de MICHELVILLEY,Le Droit et les droits de lhomme, Paris: P.U.F., 1983. BER-NARD BOURGEOIS,Philosophie et droits de lhomme: de Kant Marx, Paris: P.U.F.,1990, es la mejor introduccin crtica a la filosofa clsica de los derechos huma-nos. Desde una perspectiva ms poltica, la reciente coleccin Human Rights:Fifty Years On (TONY EVANS ed.), Manchester: Manchester University Press,1998, explora algunos de los ms extendidos lugares comunes acerca de la situa-cin del derecho internacional de los derechos humanos. Ver tambin COSTASDOUZINAS, The End of Human Rights, Oxford: Hart, 2000.

    4 GABRIEL MARCEL, Creative Fidelity, New York: Farrar, Strauss & Co,1964, 94.

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    2. Los derechos naturales y la soberana, los dos princi-

    pios opuestos que permiten el Derecho de los dere-chos humanos, son las dos caras de una misma mo-neda. La limpieza tnica es la descendiente de lasgrandes Declaraciones de la Ilustracin.

    3. Los ideales comienzan sus carreras en conflicto conla polica. Terminan cuando acuden a la polica y alas fuerzas armadas para buscar proteccin. Un n-gel protegido por la polica, as es como los idealesmueren.

    4. Para defender al ser humano debemos atacar el hu-manismo, una combinacin banal de metafsica clsi-ca y cristiana. Los derechos humanos no pertenecena los humanos sino que construyen a los humanos.

    5. El universalismo y el relativismo cultural, ms queser enemigos enconados, dependen totalmente el uno

    del otro.6. Los derechos humanos son la forma de hacer pblicoy legal el deseo individual. Su accin traspasa lasfronteras de lo social e introduce indecisin, perotambin desagrega al sujeto sometido.

    7. Los derechos humanos del Otro podran convertirseen el principio de justicia posmoderno.

    I

    La Grecia antigua no distingui entre el Derecho y losusos o entre los derechos y las costumbres. La costumbrees un fuerte cimiento, cohesiona a las familias y comunida-des firmemente, pero puede tambin paralizar. Sin estn-dares externos, el desarrollo de un acercamiento crtico ha-

    cia la autoridad tradicional es imposible, lo dado permane-ce incuestionable y los esclavos en fila. Originariamente laraz de toda autoridad pertenece a lo ancestral.

    Pero el descubrimiento o mejor la invencin del concep-to de naturaleza cuestion las pretensiones de lo ances-tral. La filosofa podra ahora invocar ya no lo ancestral,sino lo bueno, lo intrnsecamente bueno, por naturaleza.

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    El concepto de naturaleza como nocin crtica empez a

    usarse en el siglo V cuando la emplearon los sofistas con-tra la costumbre y la ley, Scrates y Platn para combatirel relativismo moral y restaurar la autoridad de la razn.La institucin de la naturaleza como la norma o el estn-dar de lo correcto fueron el ms temprano paso de la civili-zacin as como un truco contra los sacerdotes y los legis-ladores. Entonces cuando el conocimiento y la razn esta-ban sometidos a la autoridad se los denominaba Teologao conocimiento jurdico aunque no fuese la filosofa prac-ticada por los griegos5. La naturaleza, el ms culto de losconceptos, la idea del bien y la filosofa del derecho nacie-ron todas juntas de un acto de rebelin.

    Esta funcin crtica de la naturaleza se evidencia en lainvocacin de los derechos naturales de las grandes revo-luciones del siglo XVIII y de nuevo en las rebeliones popu-lares en la Europa del Este en la dcada de 1980. De he-cho, la fundacin simblica y el punto de comienzo de lamodernidad pueden rastrearse en la promulgacin de losgrandes documentos revolucionarios del siglo XVIII. Estosvolvieron la vista al papel crtico del derecho natural clsi-co que haba sido conservado por la teologa cristiana.Pero los revolucionarios vencedores y sus legisladorespodan resultar tan tirnicos como sus predecesores. Lapopularidad de los derechos naturales decreci enorme-mente despus de que las grandes declaraciones y las re-voluciones de la dcada de 1980 terminaran en los gobier-nos mafiosos de los aos 90 y la destruccin de culturas ypoblaciones enteras en aras de la defensa de la disciplinadel mercado.

    II

    Permtaseme ahora referirme a la relacin existenteentre el poder y la moralidad o entre la soberana y los

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    5 LEO STRAUSS, Natural Law and History, Chicago: University of ChicagoPress, 1965, 92.

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    derechos humanos. Podemos explorar la fuerte conexin

    interna entre ambos principios, en apariencia antagni-cos, en tres perodos clave de la construccin nacional einternacional: finales del siglo XVIII, el sistema interna-cional posterior a la Segunda Guerra Mundial y, final-mente, los Nuevos Tiempos que surgieron tras el colapsodel comunismo.

    i. Las grandes declaraciones del siglo XVIII proclama-

    ron la inalienabilidad de los derechos naturales porque losmismos eran independientes de los gobiernos, de factorestemporales o espaciales, y expresaban de forma jurdicalos derechos humanos eternos. Los derechos se declararonen beneficio del hombre universal. Sin embargo, la De-claracin Francesa es bastante categrica sobre la verda-dera fuente de los derechos universales. Sigamos breve-mente su lgica estricta. El artculo 1 establece que los

    hombres nacen y permanecen libres e iguales en dere-chos, el artculo 2 que el fin de toda comunidad polticaes preservar los derechos naturales e inalienables delhombre y el artculo 3 define esa comunidad: El princi-pio de toda soberana reside esencialmente en la nacin.Ningn grupo o individuo puede ejercer ninguna autori-dad que no proceda expresamente de ella6.

    Era el acto de enunciacin el que estableca el poder de

    un tipo particular de organizacin poltica, el estado-na-cin, para devenir legislador soberano y, en segundo lugar,de un hombre concreto, el ciudadano de la nacin, paraconvertirse en beneficiario de los derechos. Primero la so-berana nacional. Las declaraciones establecen la univer-salidad del derecho pero su efecto inmediato es establecerel poder ilimitado del estado y su ley. Fue la declaracinde derechos la que estableci los derechos, pero tambin el

    poder de las Asambleas Constituyentes para legislar. Demodo paradjico, estas declaraciones de principios univer-sales realizan la fundacin de la soberana local. Si tales

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    6 Declaration of the Rights of Man and the Citizen, en S. FINER, V. BOGDA-NOR y B. RUDDEN, Comparing Constitutions, Oxford: Clarendon, 1995, 208-10.

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    declaraciones surgieron en la poca del individualismo,

    tambin lo hicieron en la del estado, espejo del individuo.Los derechos humanos y la soberana nacional, los dosprincipios antitticos del derecho internacional, nacieron

    juntos, siendo su carcter antagnico ms aparente quereal. El procreado dio a luz a su propio progenitor y lo crea su propia imagen y semejanza.

    El legislador de la comunidad universal no era otro queel legislador histrico de la nacin francesa o americana.Desde este punto, la estatalidad, la soberana y el territo-rio siguen un principio nacional. En la modernidad inau-gurada por la Declaracin tambin comenz el nacionalis-mo y todas sus consecuencias: el genocidio, las guerras t-nicas y civiles, la limpieza tnica, las minoras, losrefugiados, los aptridas. La ciudadana introdujo un nue-vo tipo de privilegio que protega a algunos excluyendo aotros. Tras las revoluciones, los estados-nacin son defini-dos por fronteras territoriales y trasladaron la exclusinde la clase a la nacin, el tipo moderno de barrera.

    Podra argumentarse que la Asamblea Nacional francesacomo nocin se divida en dos partes: la filosfica y la hist-rica. La primera legislaba a favor del hombre para elmundo entero, la segunda slo para el territorio y el puebloque poda, Francia y sus territorios. La laguna entre las doses tambin la distancia entre la universalidad del derecho(eventualmente de los derechos humanos) y la generalidadde la legislacin estatal. De aqu en adelante, no se sabe,como Lyotard dijo, si la ley declarada es francesa o de la hu-manidad, si la guerra llevada a cabo en nombre de los dere-chos es de conquista o de liberacin, si las naciones que noson francesas deberan convertirse en francesas o en huma-nas, dotndose de Constituciones que se amoldasen a la De-

    claracin7

    . Podemos sustituir francs por americano y ten-dremos la situacin contempornea: el discurso de lo uni-

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    7 JEAN-FRANOIS LYOTARD, The Differend (trad. de G VAN DEN ABBEELE),Manchester: Manchester University Press, 1988, 147. Esta afirmacin parecerepresentar tambin la situacin moderna de Kosovo, si uno sustituye la pala-bra francs por americano.

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    versal necesita slo de un sujeto que lo pronuncie. Pero este

    sujeto particular de lo universal debera no sentirse afecta-do por sus demandas, como se ve en la hostilidad america-na hacia la creacin de una Corte Penal Internacional.

    Desde la vertiente subjetiva, la separacin entre elhombre y el ciudadano es la principal caracterstica delderecho moderno. El sujeto moderno alcanza su humani-dad mediante la adquisicin de derechos polticos comociudadano. El extranjero no es ciudadano. No tiene dere-chos porque no es parte del estado y es un ser humano in-ferior porque no es un ciudadano. Se es hombre de prime-ra o de segunda porque se es ciudadano en un mayor omenor grado. El extranjero es el eslabn entre el hombre yel ciudadano. Somos humanos a travs de la ciudadana yla subjetividad est basada en ese eslabn, la diferenciaentre el hombre universal y el ciudadano de un estado. Lasubjetividad moderna est basada en aquellos otros cuyaexistencia es muestra de la universalidad de la naturalezahumana, pero cuya exclusin es absolutamente crucialpara la personalidad concreta, en otras palabras para laciudadana.

    ii. Podemos encontrar el mismo nexo interno entre losderechos humanos (la perspectiva moral en poltica) y lasoberana nacional en la gran empresa de crear estnda-

    res internacionales desde 1945. Un gran proceso de regu-lacin internacional y codificacin ha tenido lugar en el es-cenario mundial pero tambin regionalmente e incluso anivel nacional cuando se hizo evidente la presin inexora-ble para crear una Carta de Derechos Bill of Rightsen Gran Bretaa. Por qu tanto empeo en intentar codi-ficar lo que es un ser humano? Porque no es impensable,segn Arendt, que llegase un da en el que una humani-

    dad muy organizada y mecanizada decidiese democrtica-mente por mayora que sera mejor para la humani-dad en su conjunto liquidar a una parte de ella8. El mer-

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    8 HANNAH ARENDT, The Origins of Totalitarianism, San Diego: Harvest Bo-oks, 1979, 299.

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    cado de la igualdad y dignidad humanas no tiene mano

    invisible alguna que lo regule y los pueblos han votado yan votan a favor de regmenes y partidos polticos queviolan los derechos humanos, como muestran los ejemplosde la Alemania de Hitler o la Yugoslavia de Milosevic. Poreso se ha puesto en marcha un proceso de regulacin in-ternacional y humanitaria que proteja a la gente de loseventuales abusos de su soberana. Para parafrasear aNietzsche, si Dios, la fuente del derecho natural, ha muer-to, ha sido reemplazado por el derecho internacional. Peroexisten muchos problemas con los derechos globalizados.Muchos problemas.

    En primer lugar, esta gran empresa legislativa y codi-ficadora ha sido el ms seguro reducto de un positivismo

    sui generis. La Codificacin, desde Justiniano hasta elCode Napolen, ha sido siempre un ejercicio de la sobe-rana legislativa, la mxima expresin del poder estatal.Del mismo modo que las primeras declaraciones de dere-chos ayudaron a frenar el poder absoluto, indivisible e ili-mitado del soberano, del mismo modo la expansin de losderechos humanos posterior a la guerra convirti en laclave de bveda del derecho el principio de la no interfe-rencia en los asuntos internos de los estados y puso lasbases de poderosas nuevas instituciones internacionales.

    Las ms importantes potencias estuvieron de acuerdo porunanimidad en que los derechos humanos no deban serusados para inmiscuirse en la soberana nacional. Los de-rechos humanos se convirtieron en una eficaz herramien-ta para legitimar nacional e internacionalmente el ordenposterior a la guerra, en un momento en el que los princi-pios del estado y de la organizacin internacional se en-contraban seriamente debilitados tras la guerra. Los

    principios de los derechos humanos y la soberana nacio-nal, de un modo esquizofrnico, sirvieron a dos finalida-des distintas de las grandes potencias: la necesidad de le-gitimar el nuevo orden a travs de la observancia de losderechos, sin que los estados victoriosos se vieran por elloexpuestos a crtica y examen por sus flagrantes violacio-nes de los mismos.

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    En segundo trmino se encomend la tarea de la regu-

    lacin de los derechos humanos a los representantes de losgobiernos, los diplomticos, los observadores polticos, losfuncionarios internacionales y los expertos en derechoshumanos. Por otro lado los sacerdotes, los prncipes y losprimeros ministros eran los enemigos contra los que la na-turaleza, los derechos naturales y los derechos humanosdeban protegernos. El gobierno debe limitarse a gobernar,no a seguir principios morales. Las acciones de gobiernoen la arena internacional son dictadas por intereses nacio-nales y consideraciones polticas y la moralidad entra enaccin siempre tarde, cuando lo invocado acaba de conde-nar las acciones del adversario poltico. El derecho inter-nacional de los derechos humanos de los gobiernos es elmejor ejemplo del guardin que impide cazar o pescar enterreno vedado.

    Esto nos conduce a una distincin crucial entre globali-zacin y universalizacin, que ha sido casi totalmente elu-dida en el debate sobre los derechos humanos. El univer-salismo del derecho natural clsico o el universalismo nor-mativo kantiano actuaron como principios reguladores:otorgaron una perspectiva desde la cual se poda juzgartoda accin particular, en teora al menos, en nombre de louniversal9. La universalidad emprica de los derechos hu-manos, por otro lado, no es un principio normativo. Esms bien una cuestin de ver cuantos estados han ratifica-do convenios, cuantos y cuales, y cuales han introducidoreservas o derogaciones a las obligaciones de los tratados.Cuando la universalidad normativa se convierte en unacalculable globalizacin, pasa de ser un etreo, imposibleideal a convertirse en el denominador comn de los intere-ses y rivalidades estatales. Cada estado y poder cae bajo el

    manto del derecho internacional de los derechos humanos,cada gobierno se convierte en civilizado cuando el derechodel prncipe se convierte en el derecho universal de ladignidad humana. Pero sta es una universalidad empri-

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    9 COSTAS DOUZINAS y RONNIE WARRINGTON, Justice Miscarried, HemelHampstead, Harvester, 1994, Captulo 4.

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    ca, basada en la competitiva solidaridad de los gobiernos

    soberanos y en los clculos pragmticos de la poltica in-ternacional. La comunidad de derechos humanos es uni-versal pero imaginaria; la humanidad universal no tieneexistencia emprica y no puede actuar filosficamentecomo un principio trascendental.

    III

    Permtaseme finalmente volver al orden mundial quesurgi con el trnsito al siglo XXI. Despus del colapso delcomunismo se ha establecido un nuevo orden que sigueprincipios morales de aplicabilidad universal. Los derechoshumanos internacionales son la forma ms usual de la mo-ralidad universal y su tarea consiste en imponer principiosmorales en el ejercicio del poder (interno o internacional),para moralizar la poltica. La moralizacin de la polticaresulta evidente a un gran nmero de niveles. El ms im-portante y violento es el uso de la fuerza en intervencio-nes humanitarias por parte de los Estados Unidos o unacoalicin liderada por los americanos con o sin la autoriza-cin de las Naciones Unidas. La justificacin usual paraviolar la soberana es que las atrocidades y graves violacio-nes de los derechos humanos permiten saltarse el principiocardinal del orden internacional de la modernidad.

    La moralizacin de la poltica internacional y el subsi-guiente debilitamiento del principio de soberana ha idoms lejos con la tendencia a criminalizar la poltica y per-seguir, llevndoles a los tribunales, a los lderes que ha-

    yan cometido violaciones de los derechos humanos. El sis-tema internacional de derecho penal parece imparable.

    Los tempranos y dbiles esfuerzos de los tribunales pena-les ad hoc para Yugoslavia y Ruanda han llegado a sumadurez con la extradicin de Milosevic y su juicio en LaHaya. Al mismo tiempo, el movimiento para la creacin deun tribunal permanente para los crmenes de guerra hallegado a buen fin con la creacin del estatuto de este nue-vo organismo, que ya es una realidad.

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    Sin embargo, las distintas versiones de la moralidad,

    ya se presenten como cosmopolitismo, o moralidad univer-sal de los derechos humanos, expresan y promueven laconfiguracin casi-imperial del poder de los Nuevos Tiem-pos. Sus signos son visibles en todas partes. A nivel ideol-gico, el colapso del comunismo supuso la victoria de losprincipios de la democracia capitalista y los derechos hu-manos, el principal arma europea en la tan ideolgica gue-rra fra. Del mismo modo que la victoria del Emperadorcristiano Constantino sobre sus oponentes paganos en elImperio oriental llev a la difusin del Cristianismo en elmundo conocido, el triunfo americano sobre el imperio delmal ha conducido a la diseminacin de los principios de lamoralidad universal en el mundo entero.

    Pero esos principios y el intento por diseminarlos noson simplemente el resultado de la predisposicin liberal ycaritativa de Occidente. La moral global y las reglas cvi-cas son intrnsecas a la universalizacin de la produccineconmica y el consumo, a la creacin de un sistema capi-talista mundial. A lo largo de los ltimos 20 aos, hemossido testigos sin gran ruido de la creacin de reglas jurdi-cas globales para la economa capitalista mundial, entrelas que se encuentran reglas para la inversin, el comercio

    y la propiedad intelectual. Las mismas han sido gradual-mente ayudadas por regulaciones y directivas morales yciviles que preparan al individuo del nuevo orden, un ciu-dadano del mundo, altamente moral, altamente regulado,pero tambin muy diferente a nivel material, pese al con-

    junto de derechos humanos de los que disfruta, desde Hel-sinki a Hanoi y de Londres a Lahore.

    Pueden encontrarse paralelismos con el surgimientodel capitalismo temprano. El ordenamiento jurdico cre

    primero las normas necesarias para la regulacin de laproduccin capitalista, incluidas las reglas para la protec-cin de la propiedad y los contratos, el desarrollo de lapersonalidad jurdica y corporativa, y slo despus las re-glas civiles surgieron, principalmente con la creacin delos derechos civiles y polticos, que llevaron a la creacindel ciudadano moderno. Esas reglas dotaron al hombre de

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    las declaraciones clsicas de las herramientas legales y

    del reconocimiento pblico necesario para romper sus la-zos tradicionales, abandonar cualquier idea residual devirtud y deber y organizar sus actividades y plan de vidaconforme al clculo de intereses nacido de los derechos.

    De manera similar hoy en da la universalizacin de lamoral sigue a la unificacin gradual de los mercados mun-diales. A medida que se estandarizan las prcticas econ-micas y las normas jurdicas, la tica unificada, la semiti-ca y el derecho devienen la lengua franca internacional.La universalidad de los derechos humanos no puede fun-cionar en abstracto sino slo como instrumento de los po-deres dominantes de los Nuevos Tiempos o por los ciuda-danos que reclaman una igualdad material y no slo for-mal. A la vez que los derechos humanos se manifiestancomo universales y no interesados en las particularidadesde cada situacin, su triunfo significa que pronto se con-vertirn en herramientas en los conflictos polticos, lo quesocavar su pretensin de universalidad. La referencia avalores no detendr su uso polmico, como se deduce del

    juicio de Milosevic.La universalidad de los derechos fue una invencin de

    Occidente, pero ser ahora usada por el Sur y el Este ensus reivindicaciones en la distribucin del producto mun-

    dial. Los recientes conversos a los valores universalespiensan que la mejora de los derechos humanos a nivel in-terno reforzar sus pretensiones en los recursos mundia-les. Milosevic fue extraditado a La Haya por unos cientosde millones de dlares de ayuda a Serbia y al nuevo rgi-men afgano se le ha prometido algunos millones ms siejecutan las rdenes de Norteamrica. Los acuerdos deconcesiones de ayudas de ordinario imponen la privatiza-

    cin, la economa de mercado y los derechos humanoscomo el evangelio de la liberacin. Las polticas econmi-cas neoliberales y los derechos humanos parecen prometerun inexorable proceso de igualdad entre el Este, el Sur yOccidente.

    De hecho, sabemos por la historia occidental que las li-bertades formales no pueden ser contenidas en su forma-

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    lismo por demasiado tiempo. Pronto el voto trabajador y la

    libertad de expresin exigirn que la renta y los recursoshagan nuevas libertades reales, exigirn las condicionesmateriales de la igualdad. Los conferenciantes en China ylos granjeros en la india demandaran ganar tanto comolos de Helsinki o el Sur de Francia, algo que slo podr lo-grarse mediante un descenso sustancial de los niveles devida occidentales. Pero la promesa (implcita) de que elcrecimiento econmico interno del mercado llevar inexo-rablemente al Sur a los niveles econmicos occidentales esun fraude. Histricamente la capacidad de Occidente deconvertir los derechos formales en derechos con un conte-nido material, econmico y social, se basaba en las gran-des aportaciones de las colonias a la metrpolis. Aunquela moralidad universal y los derechos humanos en la ac-tualidad militen a favor de ello, las polticas occidentalesde desarrollo y ayuda a la deuda del Tercer Mundo y lapoltica norteamericana sobre el precio del petrleo, lasemisiones de gas, etc., indican que esto no va a ser posiblepolticamente. Cuando aparece el desfase entre las decla-raciones profticas sobre igualdad y dignidad y la obscenarealidad de desigualdad, los derechos humanos ms queeliminar la guerra conducirn a nuevos tipos incontrola-bles de tensin y conflicto. Los soldados espaoles se en-contraron con la armada napolenica bajo el grito: Abajola libertad!. No es difcil imaginar la gente unindose alos pacifistas de los Nuevos Tiempos gritando Abajo losderechos humanos!.

    La moral del universalismo parece alardear sobre elcontenido de sus prescripciones. En consecuencia, comolos derechos humanos son la lengua franca de los NuevosTiempos, pero son incapaces de eliminar el conflicto, la lu-

    cha formal por los derechos humanos ser principalmenteuna cuestin de interpretacin y aplicacin de los mismos.Como siempre lo universal se pone al servicio de lo parti-cular; es la prerrogativa de un particular anunciar lo uni-versal. El papel de lo particular hacia lo universal puedeser doble: puede optar por excluirse de la aplicabilidad delo universal o bien puede arrogarse la facultad exclusiva

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    de ofrecer la correcta interpretacin de lo que se entiende

    por universal. Francia enunci lo universal en la Moderni-dad, EEUU en los Nuevos Tiempos adoptando dos prcti-cas. La clusula de exclusin primera variante se vecuando los americanos denuncian la jurisdiccin universaldel nuevo Tribunal Internacional de Justicia y declaranque bajo ninguna circunstancia permitirn al personalnorteamericano ser enjuiciado por l. Pero tambin asu-men el rol de nico intrprete autntico. Durante la cam-paa de Afganistn, el Presidente norteamericano declarque, pese a la unanimidad de la doctrina internacionalistaen contra, su interpretacin de los Convenios de Ginebraera la nica vlida y segn ella los prisioneros talibanesen la Baha de Guantnamo no eran en realidad prisione-ros de guerra, sino una nueva categora designada comocombatiente ilegal.

    IV

    Quin o qu es un ser humano? Aunque sepamos larespuesta, cundo comienzan la existencia humana y losderechos a ella asociados y cundo terminan? Qu pasacon el feto, los nios, los enfermos mentales o terminales,los prisioneros? Son completamente humanos, dotados detodos los derechos, o slo parcialmente humanos, con losderechos muy limitados? Disfrutan de menos derechosporque son menos humanos o por alguna otra razn? Qupasa con los animales? El movimiento a favor de los dere-chos de los animales, desde la deep ecology a sus versio-nes ms light, ha insertado el debate sobre la diferenciaentre lo humano y lo animal en la agenda poltica dandolugar a declaraciones de derechos de los animales. Al res-pecto se invocan importantes cuestiones filosficas y on-tolgicas. Cmo llegamos al concepto de naturaleza hu-mana y humanidad?

    El concepto de humanidad es una creacin de la moder-nidad. Tanto Atenas como Roma tenan ciudadanos perono hombres, en el sentido de miembros de la especie hu-

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    mana. Los atenienses o espartanos, romanos o cartagine-

    ses, eran hombres libres, pero no personas; eran griegos obrbaros pero no humanos. La palabra humanitas apare-ci por vez primera en la Repblica romana. Era la tra-duccin de paideia, la palabra griega que designa la edu-cacin, y significa eruditio et institutio in bonas artes etmores. Los romanos heredaron la idea de humanidad de lafilosofa helenstica, en particular el Estoicismo, y la usa-ron para distinguir entre el homo humanus, el romanoeducado, y el homo barbarus. El primer humanismo fue elresultado del encuentro de la civilizacin griega y romana

    y el temprano humanismo moderno del Renacimiento ita-liano y tena las dos caractersticas de la nostalgia de unpasado extinguido y la exclusin de otros que no son igua-les a este perodo ideal. Se present como un retorno a losprototipos griegos y romanos y se dirigi al barbarismo dela Escolstica medieval y el gtico.

    Una nueva concepcin de humanitas surgi en la teo-loga cristiana, capturada de manera soberbia en la afir-macin paulina de que no hay griego o judo, hombre libreo esclavo. Todos los hombres forman parte por igual de lahumanidad espiritual que se yuxtapone a la deidad. Todospueden salvarse a travs del plan de salvacin de Dios. Laigualdad con un contenido espiritual, un concepto ajeno alos clsicos, entr en el escenario mundial. Pero el conteni-do religioso de la humanidad fue socavado por los filsofospolticos liberales del siglo XVIII. El fundamento de la hu-manidad pas de Dios a la naturaleza (humana). A finesdel siglo XVIII surgi el concepto de hombre y pronto seconvirti en un concepto central. La humanidad, el hom-bre como especie existente, entr en el escenario de la his-toria como la combinacin peculiar de la metafsica clsica

    y cristiana.Para el humanismo existe una esencia universal detodo hombre que atribuye a cada individuo la condicin desujeto real10. Como especie la existencia del hombre apare-

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    10 Si la esencia del hombre es un atributo universal, es esencial que los su-jetos concretos existan como absolutos; esto implica un empirismo del sujeto. Si

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    ce desprovista de distincin alguna en su desnudez y sim-

    plicidad, unida con todos los dems seres en una naturale-za que carece de caractersticas sustantivas excepto la li-bre voluntad, la razn y el alma, los elementos universalesde la esencia humana. Este es el hombre de los derechosdel hombre, alguien sin historia, necesidades o deseos,una abstraccin que tiene la menor humanidad posible,pues se ha desprendido de todas las otras cualidades queconstruyen la identidad humana. Un mnimo de humani-dad es lo que permite al hombre reclamar autonoma, res-ponsabilidad moral y subjetividad jurdica. Al mismotiempo, el que disfrutaba los derechos del hombre era unhombre muy hombre, alguien pudiente, heterosexual,varn blanco, que condensaba la dignidad abstracta de lahumanidad y las prerrogativas de hecho de pertenecer ala comunidad de los poderosos. En realidad, se podra es-cribir la historia de los derechos humanos como la luchacontinua y siempre defectuosa para acortar la distanciaentre el hombre abstracto y el ciudadano concreto, paraaadir carne, sangre y sexo a los tenues trazos de lo hu-mano.

    Los no humanos, la miseria de los antiguos y mo-dernos campos de concentracin, el potencial de aniquila-cin mundial de las armas nucleares, los desarrollos mo-dernos de la tecnologa moderna y la robtica indican queincluso la ms banal y obvia de las definiciones no es defi-nitiva y concluyente. El seoro de la humanidad, como laomnipotencia divina, incluye la capacidad de redefinirquin o qu cuenta como humano e incluso de destruirlo.Desde los siervos de Aristteles hasta los nios a la cartao los clones, las fronteras de la humanidad se han despla-zado. Lo que la historia nos ha enseado es que no existe

    nada sagrado en ninguna definicin de la humanidad ninada eterno en su finalidad. La humanidad no puede pre-

    EL FIN(AL) DE LOS DERECHOS HUMANOS 325

    esos individuos empricos son hombres es esencial que cada uno lleve en s mis-mo toda la esencia humana, si no de hecho, al menos en principio; esto implicaun idealismo de la esencia. As el empirismo del sujeto implica idealismo de laesencia y viceversa, LOUIS ALTHUSSER, For Marx (trad. de B. BREWSTER), Lon-don: Allen Lane, 1969, 228.

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    sentarse como el principio normativo a prioriy permanece

    muda en cuestiones de normas jurdicas o morales. Sufuncin no descansa en su esencia filosfica, sino en su noesencia, en el proceso sin fin de su redefinicin y en el con-tinuo aunque imposible intento por escapar del determi-nismo externo.

    Podemos concluir afirmando que la humanidad de losderechos es un significante que flota. Como significante essimplemente una palabra, un elemento discursivo que nova necesaria y automticamente unido a significado parti-cular alguno. Por el contrario, el trmino humano estvaco de todo significado y puede ir unido a un nmero in-finito de significados. En consecuencia no se encuentravinculado a ninguna concepcin en particular, porque lastransciende y determina todas11. Pero la humanidad delos derechos humanos no es slo un significante vaco, lle-va consigo una carga simblica enorme, un plus de valor yde dignidad debido a las Revoluciones y Declaraciones yaumentado por cada nueva lucha que adopta la retrica delos derechos humanos. Este plus simblico convierte lohumano en un significante que flota, en algo que los quecombaten en las luchas polticas, sociales y jurdicas quie-ren agenciarse para su causa y que es importante en lascampaas polticas.

    Desde una perspectiva no esencialista, los derechos sonconstrucciones muy artificiales, un accidente histrico dela historia poltica e intelectual europea. El concepto dederechos pertenece al orden simblico del lenguaje y el de-recho, que determina su finalidad y que adquiere signifi-cado en categoras ontolgicas serias como las de hombre,naturaleza humana y dignidad. Desde una perspectiva se-mitica, los derechos no se refieren a cosas o entidades

    materiales humanas, sino que son combinaciones puras designos jurdicos y lingsticos, palabras e imgenes, sm-bolos y fantasas. Ninguna persona, cosa o relacin est en

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    11 Para un uso del concepto psicoanaltico de la palabra determinado en lateora poltica ver ERNESTO LACLAUy CHANTAL MOUFFE, Hegemony and SocialistStrategy, London: Verso, 1985.

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    principio unida a la lgica de los derechos. Ninguna enti-

    dad abierta a la sustitucin semitica puede ser sujeto uobjeto de los derechos, ningn derecho puede extenderse areas o personas o, a la inversa, ser suprimido de ellas.Los derechos civiles y polticos se han extendido a los de-rechos econmicos y sociales y estos a los derechos a lacultura y el medio ambiente. Los derechos individualeshan sido completados por derechos del grupo, la nacin olos animales. El derecho a la libertad de expresin o a lasvacaciones anuales puede ser acompaado por un derechoa amar, a las fiestas o a que se emitan diariamente episo-dios antiguos de Star Trek. Si algo puede expresarse entrminos de lenguaje, entonces puede adquirir derechos yser el objeto de derechos.

    Los nicos lmites a la incesante expansin o contrac-cin de los derechos son convencionales: la efectividad delas luchas polticas y la limitada y limitadora lgica delderecho. Las luchas de los derechos humanos son simbli-cas y polticas: su campo de batalla inmediato es el signifi-cado de palabras tales como diferencia e igualdad o simili-tud y libertad, pero, si triunfan, tienen consecuencias on-tolgicas, cambian radicalmente la constitucin del sujetolegal y afectan a la vida de los pueblos. Si aceptamos la vi-sin psicoanaltica de que la gente no tiene identidadesfuera de las que se construyen en las prcticas y discursossimblicos, una finalidad clave de la poltica y del derechoes fijar significados e identidades haciendo que los vncu-los contingentes e histricos entre los significantes y lossignificados sean permanentes y necesarios. Pero tales in-tentos slo pueden tener xito parcialmente porque lasidentidades estn siempre abiertas a nuevas apropiacio-nes simblicas y a articulaciones de diferentes discursos y

    prcticas y cada identidad parcialmente fija estsiempre predeterminada por un plus de de valor y de sig-nificante flotante.

    Los derechos humanos no pertenecen a los humanos nisiguen los dictados de la humanidad; ellos construyen alos humanos. Un ser humano es alguien que puede recla-mar con xito los derechos humanos.

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    V

    La continua senda del debate sobre el universalismo/re-lativismo, un tanto repetitiva y banal, indica que lo queest en juego es muy importante. Los universalistas de-fienden que todo valor cultural y, en particular, las normasmorales no vienen determinadas histrica y territorial-mente sino que tienen que pasar un test de consistencia

    universal. En consecuencia, los juicios que derivan sufuerza y legitimidad de las condiciones locales son moral-mente sospechosos. Pero como toda vida est situadahistrica y localmente, un juicio basado exclusivamente enla razn va en contra de la esencia de la propia experien-cia humana, a menos que el universalismo y los procedi-mientos que demanda sean patrimonio de un lugar y tra-dicin cultural, como los EEUU. La excesiva naturaleza

    intuitiva del universalismo puede conducir a un excesivoindividualismo: slo yo mismo como verdadero agente mo-ral o como el aliado o representante de lo universal puedoentender lo que la moralidad implica. El egocentrismo mo-ral conduce fcilmente a la arrogancia y el universalismoal imperialismo: si existe una verdad moral y muchoserrores, incumbe a sus agentes imponerla a los dems. Loque comenz como rebelin contra lo absurdo del localismo

    termina legitimando la opresin y la dominacin.El relativismo cultural, y el comunitarismo, es poten-

    cialmente incluso ms mortfero, porque privilegia el acce-so a la comunidad y lo cercano, los sitios donde la gente esasesinada y torturada. Los relativistas parten de la obser-vacin obvia de que los valores dependen del contexto y lausa para justificar atrocidades contra aquellos que noestn de acuerdo con la opresin de la tradicin. Pero elenclave del yo es intil; el contexto, como la cultura y latradicin histrica, es maleable, siempre en construccinms que dado de una vez por todas. La historia no nos en-sea nada: son los historiadores y los periodistas, los inte-lectuales y polticos, los acadmicos e idelogos, los queconvierten los eventos histricos en historias y mitos y, al

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    hacerlo, construyen vas de ver el presente a travs de los

    cristales del pasado.Kosovo y Ruanda son un buen ejemplo de este proceso.

    Fue slo cuando en 1994 Milosevic retir su autonoma ydeclar que permanecera para siempre dentro del estadode Yugoslavia, como la cuna de la nacin serbia, cuandocomenz la opresin serbia y la K.L.A., el Movimiento deLiberacin Albans, se activ. El nacionalismo fraticidaque se apoder de ambas comunidades fue creado y alen-tado por sus respectivos dirigentes. Este proceso fue to-dava ms evidente en Ruanda. El genocidio all se per-petr no por monstruos sino por gente corriente que fuecoaccionada, amenazada y engaada por burcratas, elejrcito, los polticos, los medios de comunicacin, los inte-lectuales, los acadmicos y los artistas, para que creyesenque matar era necesario para evitar su propio exterminioa manos de sus vctimas. La rivalidad tribal entre Hutus yTutsis fue alentada y exagerada hasta tal punto que la ac-cin result inevitable.

    En Kosovo los serbios cometieron masacres en el nom-bre de la comunidad amenazada, mientras los aliadosbombardeaban en el nombre de la humanidad amenazada.

    Ambos principios, cuando se convierten en absolutos y noadmiten excepciones, pueden llegar a considerar todo lo

    que se les oponga como prescindible. Ambas posicionesejemplifican, quizs de modo diferente, la metafsica con-tempornea: cada bando haba tomado una decisin me-tafsica de cul era la esencia de la humanidad y la sigui,como todo lo metafsico, sin atender a los argumentos y es-trategias del oponente. Ambos pretendan contar con larespuesta a la pregunta cul es el valor de lo humano?

    y a su premisa qu es (un) humano?, y tomaban sus

    respuestas como absolutas e irrefutables. El universalis-mo se convirti entonces en un agresivo esencialismo, queglobaliz el nacionalismo en un sistema global. La comu-nidad, por otro lado, es la condicin de la existencia huma-na, pero el comunitarismo puede resultar todava ms as-fixiante. Cuando los pretendidos oponentes se convencie-ron de que tenan razn y de la inmoralidad de sus

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    demonacos oponentes, fcilmente podan pasar de la dis-

    crepancia moral al asesinato. En ese punto, todas las dife-rencias desaparecen. Desde el punto de vista de la vcti-ma, la bala o la inteligente bomba matan igualmente,aunque la primera recorra slo una corta distancia desdela pistola del soldado orgulloso de su etnia, mientras la se-gunda cubra una gran distancia desde el avin del bom-bardeo humanitario.

    El individualismo de los principios universales olvidaque cada persona es un mundo que comienza a existir encomn con los otros, que todos vivimos en comunidad. Es-tar en comn es una parte integral de ser uno mismo: el

    yo se expone al otro, se exterioriza, el otro es parte de laintimidad del yo. Mi rostro siempre se encuentra expuestoa los dems, mirando a otro, frente a l o ella, nunca caraa m mismo12. Estar en comunidad con otros es lo opuestoa la existencia comn o a la pertenencia a una comunidadesencial. Por otro lado, la mayora de los comunitaristasdefinen la comunidad a travs del carcter comn de latradicin, la historia y la cultura, las distintas cristaliza-ciones del pasado cuyo peso especfico determina las posi-bilidades presentes. La esencia de la comunidad comuni-taria es que a menudo permite a la gente encontrar suesencia, y su xito se mide en la medida en que contribuyea crear una humanidad comn. Pero esta inmanenciadel ser consigo mismo no es sino la presin de ser lo que elespritu de la nacin o del pueblo o del lder demanda, o deseguir los valores tradicionales y excluir lo que es extran-

    jero o extrao. Este tipo de comunitarismo destruye la co-munidad en un delirio por lo comn. Una slida esencia,

    ya sea la de la nacin, la clase, la tribu o la comunidad,convierte la subjetividad del hombre en totalidad. Comple-

    ta la asercin de la subjetividad del yo. La comunidadcomo comunin acepta los derechos humanos slo en lamedida en que ayudan a sumergir el yo en el nosotros todoel camino hasta la muerte, el punto de la absoluta comu-

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    12 JEAN-LUC NANCY, The Imperative Community, Minneapolis: University ofMinnesota Press, 1991, xxxviii.

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    nin. Como dice el filsofo francs Jean-Luc Nancy, esta

    actitud es catastrfica porque asigna a la comunidad unaexistencia comn, cuando la comunidad es algo distinto, asaber, la existencia en la medida en que es en comn, perosin permitir ser embebida en una sustancia comn13.

    Tanto la moral universal como la identidad cultural ex-presan aspectos diferentes de la experiencia humana. Sucomparacin en abstracto es ftil y sus diferencias no songrandes. Cuando un estado adopta derechos humanosuniversales, los interpretar y aplicar de acuerdo conlos procedimientos jurdicos y principios morales del lugar,haciendo de lo universal el ayudante de lo particular. Locontrario es tambin verdad: incluso aquellos ordenamien-tos jurdicos que celosamente guardan sus derechos yprcticas culturales tradicionales frente a la invasin de louniversal ya estn contaminados por ello. Todos los dere-chos y principios comparten el mpetu universalista de suforma. En este sentido, los derechos llevan la huella de ladisolucin de la comunidad y la nica defensa es resistirsea la idea de derecho tambin, algo imposible en el mundocapitalista global. Los estados en desarrollo que importanpelculas de Hollywood, Big Macs e Internet, importantambin derechos humanos. Los reclamos de la universali-dad y la tradicin, ms que ser oponentes en un combatemortal, son aliados cuyos frgiles vnculos han sido ampa-rados por el Banco Mundial.

    Cul es el inters de este debate? Las sociedades me-diticas postmodernas y la globalizacin a nivel econmi-co, poltico y de las comunicaciones, acrecientan la ansie-dad existencial y crean una incertidumbre e inseguridadsin precedentes sobre la perspectiva de vida. En este climaresulta inevitable el deseo de unas normas de vida sim-

    ples y de cdigos jurdicos y morales con derechos y debe-res claramente definidos. La codificacin transfiere la res-ponsabilidad de decidir en conciencia a los legisladores ylos moralistas, a los falsos profetas. En un mundo super-legalizado, las reglas y normas desalientan a la gente a

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    13 NANCY, ibd., xxxviii.

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    pensar con independencia y buscar sus propias relaciones

    con su yo, con los otros, con el lenguaje y con la historia.La proliferacin de tratados de derechos humanos sonparte del mismo proceso, que tratan de descargar del pesode la vida tica o de la ansiedad o, en trminos de Heideg-ger, la falta de hogar de la humanidad postmoderna. Elderecho internacional de los derechos humanos prometeplasmar todo esto en el papel y presentrnoslo como untriunfo: el cuadro final de la humanidad se dibujar final-mente y todos sern libres de seguir su esencia tal y comola definen los gobiernos mundiales y las tecnologas dedisgregacin y congregacin de la humanidad.

    VI

    Los dos fines de la Ilustracin fueron la emancipacin yla autorrealizacin; la dominacin y la opresin fueron losdos males que atac. La lucha contra la tirana y la dicta-dura es todava una prioridad en muchas partes del mun-do. Pero en las sociedades postmodernas occidentales larealizacin personal y la autosuficiencia se han convertidoen una aspiracin central del yo y de la cortesa. En unasociedad en la que cada deseo es un derecho potencial,est prohibido prohibir.

    La autorrealizacin es un proceso de perfeccionamientodel yo, de cuidado potico, que slo puede llevarse a caboen las relaciones con los otros y dentro de la comunidad.Los dems, los grupos y el derecho, son aspectos de nues-tra identidad, los soportes y lmites de nuestra radicalapertura al mundo. Ser es ser junto a otros. Los derechoshumanos son conscientes de la radical intersubjetividad

    de la identidad humana, insertan al otro y al derecho enla construccin del yo. La tradicin hegeliana explica lamanera en que los derechos toman parte en la lucha por elreconocimiento y el psicoanlisis aade que el reconoci-miento pasa a travs del deseo de Otro, como orden simb-lico o como otra persona. El deseo de integridad hace sa-ber que el yo est tan necesitado del otro como a la inver-

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    sa. Examinemos esta dialctica tal como se expresa en los

    derechos.La reivindicacin de un derecho implica dos demandas

    respecto al otro: una concerniente a la personalidad o sta-tus del que reivindica (a ser dejado solo, a no sufrir daosen su integridad, a ser tratado con igualdad) y, segundo,una demanda, mucho ms amplia, a que se reconozca suintegridad en sus caractersticas especficas. Al pedir reco-nocimiento y proteccin al otro, pedimos tambin al GranOtro, al orden simblico, representado por el derecho, quereconozca nuestra identidad a travs del otro. Cuando unapersona de color reclama que la negativa a considerar susolicitud de empleo implica una negacin de su derecho ano ser discriminado, est haciendo a la vez dos reclama-ciones distintas aunque relacionadas entre s: por un lado,la ms concreta al puesto de trabajo, pero tambin unams amplia a su identidad racial. Por eso todo derecho lle-va aparejado el deseo de ser reconocido y amado como unapersona en su totalidad.

    Pero la pretensin de identidad y el deseo de reconoci-miento del otro fracasa de muchos modos, incluso cuandoen apariencia se reconoce el derecho y se legaliza el deseo.El sujeto de derechos intenta sin cesar encontrar en el de-seo del otro lo que colmar su vaco y le convertir en unser completo. Pero el deseo nunca puede ser alcanzado ensu totalidad, lo cual lleva a una espiral incesante de bs-queda de pretensiones cada vez mayor. En este sentido, lapromesa de autorrealizacin es la imposible demanda deser reconocido por los dems como completo, una especiede derecho a ser amado. Las reivindicaciones de dere-chos proliferan porque la legalizacin del derecho es inal-canzable. Es como si cuanto ms derechos y reconocimien-

    to tuvisemos, ms fuerte fuese la voz interior en lo msrecndito de nuestra fortaleza egocntrica repitindonosincesantemente que nuestros muros son de plstico, nues-tra acrpolis de papel cartn14.

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    14 CORNELIUS CASTORIADIS, Reflections on Racism, 32 Thesis Eleven(1992), 9.

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    Pero la progresiva legalizacin de la existencia, donde

    cada vez ms aspectos de la vida son derechos, quiebra launidad del yo. Los derechos humanos dividen el cuerpo enpartes y reemplazan su unidad con derechos, que compen-san simblicamente por la negativa a la unidad corporal.Los derechos se refieren cada uno a una parte del cuerpo: elderecho a la intimidad asla la parte genital y crea unazona privada en torno a ella; la boca es tratada en el dere-cho a la libertad de expresin que protege su funcin comu-nicativa aunque no su derecho a comer, del mismo modo quelos pies y piernas estn implicados en la libertad de movi-miento15. De manera similar, el debate sobre el aborto inser-ta el cuerpo de la mujer en las manos e imaginaciones de losdems, que separan su vientre del resto, negndole coheren-cia. En el proceso jurdico de crear sujetos jurdicos los dere-chos atan el cuerpo y el yo de modo anlogo a la manipula-cin tecnolgica biolgica, gentica, ciberntica, etc..

    Pero en cada nuevo y especial derecho, por ejemplo elderecho al matrimonio de parejas del mismo sexo, se com-prueba la artificialidad del ego y la creciente colonizacinde sus componentes. Los nuevos derechos hacen calcula-bles, intercambiables y baratas actividades y relaciones co-munes. Aunque los derechos son una compensacin por lafalta de plenitud, y cuantos ms derechos tengo, ms nece-sito reivindicarlos. Los derechos se autodevoran. Esto ocu-rre con el derecho a la cultura. El deseo y el miedo domi-nan en todas la relaciones y en comunidad hay que atacar

    y defenderse. Existe una gran paradoja en el corazn de lacultura de los derechos. Cuantos ms derechos tengo, me-nos protegidos estn. Cuantos ms derechos tengo ms de-seo tener y menos placer experimento tenindolos.

    En un mundo globalizado como el nuestro los sujetos

    luchan por tener ms y ms derechos, se presiona al poder

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    15 WILLIAM MACNEIL, Laws Corpus Delicti: The Fantasmatic Body of RightsDiscourse, IX/2Law & Critique, 37-57, 45-6. Aunque la libertad de movimien-tos y de seguridad personal se consideran derechos civiles bsicos, ningn Con-venio importante de derechos humanos, incluidos los europeos, crea un derechogeneral de residencia. Algunos no incluyen tal derecho en absoluto, otros lo res-tringen a sus nacionales. Ver DOUZINAS,op. cit., Captulos 11 y 12.

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    poltico para que los codifique, siendo su proteccin un sig-

    no de civilizacin. Pero el xito tiene sus lmites. Porqueningn derecho puede garantizarme el cario de losdems y su reconocimiento y ninguna declaracin de dere-chos lograr terminar la lucha por una sociedad justa.Cuantos ms derechos creamos, ms hay que crear, mshay que hacer efectivos, hacindose al hombre y a la hu-manidad un coleccionista de derechos y leyes.

    Podemos concluir afirmando que la positivizacin y globa-lizacin de los derechos humanos marca el final de la moder-nidad poltica, del mismo modo que la globalidad en eco-noma marca el final del Leviathan. Su triunfo es el recono-cimiento de la falta de identidad humana. El deseo se muevepor la carencia, por el deseo y temor del otro. El soberano ylos derechos humanos son causas gemelas y objetos de deseolegal. El soberano que desea ilimitadamente amparndoseen un partido, una clase o la nacin, puede convertir su de-seo en rabia mortfera y negacin de todo derecho.

    La globalizacin del principio de soberana y la agresivalegitimacin del poder estatal por referencia a la moral y alos derechos humanos no dejan nada en su sitio. Los dere-chos humanos se han convertido en la raison dtre del esta-do y han sido rechazados por la economa, la sociedad y lacultura. No es una coincidencia el que los derechos huma-

    nos triunfaran en un momento de mxima angustia vitaly malestar por el colapso de las certezas morales y polticas.El enorme potencial hacia la diversidad tras la cada del co-munismo fue acompaado por un deseo sin precedentes ha-cia la unidad y el orden. Si la modernidad cre el pnicomoral, en la posmodernidad es moral tener pnico. Sus sig-nos aparecen en todo Occidente. Desesperanza por la faltade autoridad estatal, de virilidad y poder paternal, especial-

    mente masculino; especialmente por el aumento de familiasrotas y fuera de los estndares, de refugiados y nios delin-cuentes, de policas corruptos; por el miedo a las guerrasnacionalistas, a las mafias ex-comunistas; por la angustiamilenaria, y la crisis de identidad de fines de siglo.

    Como prctica institucional, los derechos humanos amenudo o expresan la imaginacin de una nica sociedad

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    mundial homognea, en la cual la extensin de la igualdad

    formal y de la libertad negativa y la globalizacin del capi-talismo occidental y el consumo igualar a la sociedad consu representacin ideal realizada por los gobiernos y losexpertos en derecho internacional. Individualmente, exis-ten mecanismos para acentuar la identidad y la vida deacuerdo con los dictados del deseo del otro y las traumti-cas carencias del yo. Existen fisuras en los derechos hu-manos; los mismos ofrecen a la vez una proteccin limita-da contra la sociedad del deseo, en contra del estado ame-nazante y del otro, pero tambin expresan la manera en laque la identidad desplaza las relaciones de miedo y afecto

    y cuida al otro. No existe garanta alguna de que el afectovencer al miedo. La experiencia nos ensea, no obstante,que cuando el miedo al otro, al extranjero, al judo, al refu-giado, vence, los derechos humanos pierden su valor pro-tector contra el estado. Una alternativa, ya visible en laparte polticamente liberal de nuestro mundo globalizado,es la del enorme potencial de temible deseo en su forma le-gal para colonizar el mundo social. El producto final serla fractura de la comunidad y del lazo social en una mona-dologa, en la que algunos sern capaces de obtener su so-berana final y absoluta mientras otros quedarn reduci-dos al status de clase perpetuamente oprimida. Pero unindividuo plenamente soberano es un simulacro ilusoriodel Leviatn. En ambos casos, el de los derechos humanospositivizados y el del deseo legalizado, basado en el miedoal otro, coinciden sus mundos y su potencial auto-creativose extingue. Los derechos humanos, ms que ser la ideo-loga del final, son elpharmakon posmoderno, lo inestablede deseo duradero (del soberano o del individuo) y su curaparcial cuando el viejo soberano o el nuevo orden son un

    peligro.

    VII

    Los derechos existen slo en relacin con otros dere-chos, reivindicaciones de derechos que implican el conoci-

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    miento de otros y de sus derechos y de redes transnaciona-

    les de reconocimiento mutuo. Puede no existir un derechoal libre establecimiento porque el mismo violara la liber-tad de todos, excepto su titular. Puede no haber derechopositivo, porque los derechos son siempre relacionales eimplican a sus sujetos en relaciones de dependencia conotros y su responsabilidad ante la ley. Los derechos son elreconocimiento formal del hecho de que ante mi subjetivi-dad (legal) siempre existe otro. En relacin con esto se en-cuentra la aceptacin de que los derechos humanos pue-den crear nuevos mundos, empujando y expandiendo con-tinuamente las fronteras en la sociedad, la identidad y elderecho. Continan transfiriendo sus pretensiones a nue-vos dominios, campos de actividad y tipos de subjetividad(legal), construyen sin cesar nuevos significados y valores,defienden la dignidad y la proteccin de sujetos nuevos, si-tuaciones y gente diferentes. Los derechos humanos co-mienzan a existir institucionalmente cuando son declara-dos, crendose as su propia existencia. Una sociedad dederechos humanos convierte su experiencia en el principioms importante de organizacin y legitimacin. Los dere-chos humanos suponen reconocer el poder de crear elmundo fuera de la experiencia ontolgica de la libertad enun principio del derecho y la poltica.

    Los derechos humanos no pertenecen slo a ciudada-nos de los estados que explcitamente y a veces ineficaz-mente los reconocen. Despus de su triunfo ideolgico yretrico, los derechos humanos posmodernos definen lasrelaciones fluidas entre los bloques de poder y las identi-dades de individuos y grupos no reconocidos. De un modometafsico casi extrao, los derechos humanos existenaunque no hayan sido legislados. Cuando los activistas de

    derechos civiles americanos lograron el derecho a la igual-dad, cuando las vctimas de tortura de todo el mundo re-clamaron el derecho a ser libres en su integridad, cuandolos gays y lesbianas en culturas homofbicas proclamaronla dignidad de su identidad, cuando un amante abandona-do demanda su derecho al amor, estn actuando estric-tamente dentro de la tradicin de los derechos humanos

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    aunque los mismos no estn legalmente aceptados. El que

    protesta, el rebelde, el amante melanclico o el viajero dela nueva era pertenecen a un largo y honorable linaje: losrevolucionarios del siglo XVIII, los reformistas polticosdel siglo XIX y los que protestaban econmica, social y cul-turalmente en el siglo XX, que comparten la determina-cin comn de proclamar y obtener nuevos ttulos legales.La carencia de aprobacin legal, la oposicin del legisladora las nuevas pretensiones, es su caracterstica estructural.En este sentido, los derechos humanos tienen una ciertaindependencia del contexto de su aparicin. Los procedi-mientos legales, las tradiciones polticas y las contingen-cias histricas forman parte de su constitucin, pero losderechos humanos estn lejos de la ley y fijan sus lmites

    y fronteras. En realidad, su naturaleza retrica, enuncia-cin declarativa y reto al derecho estatal, son facultadesque transcienden y redefinen sus fronteras y contexto. Loscontextos legales y sociales son parte de la definicin dederechos concretos; pero est tambin en la esencia delderecho el suspender cualquier referencia a las exigenciasde tiempo y lugar.

    La persistencia de la distancia entre la humanidad ylos derechos (legales) o entre el momento de la utopa enlos derechos humanos y la ley indica que su fuerza y re-

    belda se relaciona con algo metafsico que est latente yadquiere nuevo significado en la posmodernidad. Al finaldel ms atroz siglo, es demasiado tarde en la historia pararetornar a los conceptos de naturaleza humana y libre vo-luntad del liberalismo clsico. La universalidad de los de-rechos y el historicismo del relativismo cultural compar-ten con la filosofa y la tica occidental algo: el reducir ladistancia entre el yo y el otro y convertir lo diferente en

    igual. Como dijo Heidegger la filosofa ha convertido al seren el centro de todo, desde la Grecia clsica, como unacuestin regida por la razn. El logos universal refleja yrevela la estructura de la realidad desde el momento enque el mbito ontolgico sigue las demandas de la necesi-dad terica. En su versin moderna la conciencia indivi-dual se convierte en el punto de partida de todo conoci-

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    miento y, en consecuencia, lo que diferencia al yo se con-

    vierte en una cuestin cognitiva, en la exploracin de lascondiciones por las que la existencia se conoce; de estemodo, el otro es mi conocimiento sobre el otro. El sujetocartesiano y kantiano construa al otro y al mundo deacuerdo con los propios esquemas y categoras, sin las cua-les no se podra alcanzar. La lucha de Hegel por el recono-cimiento asuma que exista una reciprocidad simtricaentre las dos partes en la relacin dialctica como el mo-mento en que el otro se convierte en la anttesis del uno,del yo. Pero lo nico no puede olvidarse; lo otro no slo esun momento dialctico entre lo mismo y lo diferente, sinoun momento de trascendencia del sistema. Para la feno-menologa el ego adquiere noticia a travs de la intencio-nalidad de la conciencia y de su adecuacin con el mundofenomenolgico. Husserl deca que la propia percepcintiene primaca y disociaba el mundo de la percepcin de l.Como Manfred Frank dijo el ser se encuentra en torno am en el crculo de reflexin de mi ser16.

    En la comunidad universal de la razn, que acta comohorizonte para la realizacin del derecho, el otro, lo ajeno,el tercero sin representar, se convierte en el yo, reducin-dose la distancia crtica entre el yo y el otro por el ego queconoce y quiere. La alternativa es la exclusin del otro.Pero el otro que se me acerca es nico y singular; no puedereducirse a una instancia del concepto universal del ego oser subsumido como un caso o ejemplo bajo una norma ge-neral. La ley de la modernidad basada en el derecho decada uno y en el imperio del sujeto es inmoral pues tratade excluir al otro. El otro lado del sujeto de derecho uni-versal, de la igualdad y autonoma, del formalismo legal ysu imperativo, es la necesaria desigualdad y la falta de

    autonoma del otro y del enemigo de la nacin. El discursode la universalidad es como una mitologa idlica: el entre-namiento de la libertad como el principio de la legislacinuniversal se adquiere slo por la exclusin y sujecin del

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    16 MANFRED FRANK, What is Neostructuralism? (S. WILKE y R. GRAY traduc-tores), Minneapolis: University of Minnesota Press, 1989, 297.

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