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EVANGELIZAR NUESTROS PROCESOS EDUCATIVOS A LA LUZ DE LOS VALORES CRISTIANO, MARIANO, FRANCISCANOS A EJEMPLO DE PADRE ALFONSO Y MADRE CLARA 2020 -2025

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EVANGELIZAR NUESTROS PROCESOS EDUCATIVOS A LA LUZ DE LOS VALORES CRISTIANO, MARIANO, FRANCISCANOS A EJEMPLO DE PADRE ALFONSO Y MADRE CLARA

2020 -2025

EVANGELIZAR NUESTROS PROCESOS EDUCATIVOS A LA LUZ DE LOS VALORES CRISTIANO, MARIANO, FRANCISCANOS A EJEMPLO DE PADRE ALFONSO Y MADRE CLARA

CENTRO EDUCATIVA NO ESTATAL LA INMACULADA INDICE TÍTULO I: GENERALIDADES CAPÍTULO I : Creación, ubicación y funciones generales CAPÍTULO II : Misión y visión CAPÍTULO III : Características de la educación de la FIC CAPÍTULO IV : Marco axiológico CAPÍTULO V : Base legal TITULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO I : De las atribuciones de la promotora y de la dirección CAPÍTULO II : De la estructura orgánica TITULO III: GESTION PEDAGOGICA CAPÍTULO I : De la organización y calendarización del trabajo pedagógico CAPÍTULO II : Del diseño y programación curricular CAPÍTULO III : De los servicios de apoyo al estudiante CAPÍTULO IV : Atención de primeros auxilios CAPÍTULO V : De los servicios de bienestar social y recreación CAPÍTULO VI : Del acompañamiento y asesoramiento pedagógico CAPÍTULO VII : De las responsabilidades de los docentes CAPÍTULO VIII : De la organización y desarrollo tutorial CAPÍTULO IX : Del proceso de evaluación de los aprendizajes CAPÍTULO X : De los reconocimientos y estímulos CAPÍTULO XI : Del proceso de admisión, matrícula y traslados TITULO IV. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ORGANIZATIVA CAPÍTULO I : Del funcionamiento del centro educativo CAPÍTULO II : Del PEI y PAT CAPÍTULO III De las responsabilidades del personal administrativo y de mantenimiento CAPÍTULO IV : Del clima, coordinación y comunicación institucional CAPÍTULO V : Otras disposiciones administrativas CAPÍTULO VI : De las Becas TITULO V: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS CAPÍTULO I : Derechos y deberes de los estudiantes CAPÍTULO II : De las Prohibiciones y sanciones CAPÍTULO III : Del proceso disciplinario, faltas y medidas formativas CAPÍTULO IV : Del proceso disciplinario e instancias de intervención CAPÍTULO V : De la convivencia sin violencia CAPÍTULO VI : De los organismos estudiantiles TITULOVI: DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO CAPITULO I: De los derechos y deberes de los padres de familia o apoderado. CAPÍTULO II : De los comité de apoyo de Padres de Familia CAPÍTULO III : Del acceso al campus DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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TÍTULO I

GENERALIDADES

Art. 1. El presente Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento integral: institucional, pedagógico, administrativo y pastoral del Centro Educativo No Estatal La Inmaculada de Trujillo, cuya Promotora es la Congregación de Religiosas Franciscanas de la Inmaculada Concepción, de conformidad con sus Constituciones, con las leyes vigentes del Estado Peruano y los principios y normas de la Iglesia Católica. Regula el sistema de convivencia de Paz y Bien y el comportamiento disciplinario de los integrantes del CENE LA INMACULADA, potenciando el marco axiológico e inculcando el respeto a los derechos humanos y cumplimiento de sus derechos y deberes.

Art. 2. Las disposiciones y contenido del Reglamento Interno, establecen pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, y su cumplimiento es obligatorio para el personal directivo, religiosas, docentes, pastoralistas, administrativos, de mantenimiento, estudiantes y padres de familia o apoderado del CENE LA INMACULADA para asegurar el normal desarrollo de las actividades dentro de los recintos y lugares en que éstas se realicen además velar permanentemente por el prestigio del colegio.

Art. 3. Para efectos del presente reglamento, cada vez que se haga referencia a la “Institución Educativa” se entiende que se trata del Centro educativo No Estatal La Inmaculada.

La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente reglamento interno es atribución de la Dirección del plantel en coordinación con la Promotora.

CAPÍTULO I

CREACIÓN, UBICACIÓN Y FUNCIONES GENERALES

Art. 4. La Institución Educativa está constituido como una Institución religiosa y es una obra apostólica de la Congregación de Religiosas Franciscanas de la Inmaculada Concepción (FIC). Como institución de derecho privado brinda servicios educativos sin fines de lucro.

Art. 5. La Institución Educativa es de modalidad Educación Básica Regular (EBR) en los niveles Inicial, Primaria y Secundaria, con personería jurídica, que se encuentra plenamente reconocido y autorizado como tal, mediante:

R.M N° 2360 del 02 de marzo de 1956 el Nivel Primaria, R.M N° 17312 del 29 de noviembre de 1959 el Nivel Secundaria y R.D. N° 00031 del 11 de enero de 1994 el Nivel Inicial Art. 6. El domicilio legal del Colegio es Av. Los Angeles 328, distrito Víctor Larco, provincia de Trujillo y

departamento de La Libertad. Art. 7. La Institución Educativa con el fin de lograr sus objetivos, promueve la realización de jornadas, charlas,

y otras actividades de formación, tanto para los estudiantes como para los padres de familia o apoderados, así como para el personal de la institución.

Art. 8. La Institución Educativa podrá celebrar convenios que contribuyan al logro de sus objetivos, de conformidad con las disposiciones legales pertinentes

Art. 9. La Institución Educativa en su organización y funcionamiento se rige por la Ley General de Educación y su reglamento, la Ley de Centros Educativos Privados y su reglamento, Ley de Promoción a la Inversión Privada en Educación y demás normas reglamentarias. Igualmente se rige por las orientaciones de la Congregación de Religiosas Franciscanas de la Inmaculada Concepción. El presente Reglamento en el aspecto laboral se rige por su Reglamento Interno de Trabajo, su Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y por las normas del régimen laboral común de la actividad privada.

CAPÍTULO II

MISIÓN Y VISIÓN

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Art. 10. Nuestra Misión es: Ser Colegio católico-franciscano en pastoral, insertado en la misión evangelizadora, que brinda educación integral de calidad, con principios éticos, morales e interculturales que contribuye a la conservación del medio ambiente y desarrollo de la comunidad.

Art. 11. Visión Al 2024 seremos un centro educativo en pastoral brindando educación integral de calidad con espiritualidad FIC, con base humanista abiertas a Dios en constante diálogo entre fe y cultura con agentes competentes e innovadores afrontando desafíos y retos del mundo globalizado.

CAPÍTULO III

CARACTERÍSTICAS DE LA EDUCACIÓN FIC Art. 12. Las características generales de la educación de los colegios de La Congregación Religiosa FIC son:

- Escuela que evangeliza educando - Estudiantes con proyectos que respondan a la misión de la iglesia - Maestros viviendo el carisma y espíritu Franciscano de la Inmaculada Concepción - Integra a la familia en los procesos educativos

CAPÍTULO IV

MARCO AXIOLOGICO

Art. 13. Principios de la Institución Educativa La Inmaculada se rige por los siguientes principios axiológicos: - Cristo céntrico Mariano Tener a cristo como centro y eje del universo y a María como madre, modelo

y guía - Principio Eclesial Anunciar el evangelio con testimonio de valores franciscanos - Principio Fundacional Instruir, educar y formar en la fe para regenerar a la sociedad - Principio Franciscano Vivir la espiritualidad Franciscana para construir el reino en la historia y el mundo,

llamados a vivir la fraternidad. - Principio Ecológico y de Comunión Universal Búsqueda de la armonía entre Dios, el hombre y el

cosmos - Principio Humanista Priorizar la dignidad humana por sobre todo lo material

Art. 14. Nuestra educación promueve prioritariamente los siguientes valores, tomando como base el Proyecto Estratégico de la Congregación FIC:

- Responsabilidad - Autoestima - Respeto - Trabajo - Solidaridad - Paz

Art. 15. Fines Por medio del presente Reglamento se regula el sistema de convivencia y el comportamiento disciplinario de la Institución Educativa. Con este propósito esta normativa tiene como fines educativos:

1. Promover la formación de la fe y la razón. 2. Establecer la línea axiológico de la institución. 3. Garantizar un ambiente de sana convivencia. 4. Inculcar el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona.

5. Reforzar en las estudiantes y personal en general el conocimiento de sus derechos y el cumplimiento responsable de sus deberes.

6. Preparar a los estudiantes para asumir una vida responsable en sociedad. Art. 16. El lema institucional es: “sembrando Paz, Ciencia y Virtud”.

CAPÍTULO V

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BASE LEGAL Art. 17. El presente Reglamento se sustenta, entre otras, en las siguientes disposiciones legales:

- Constitución Política del Perú de 1993. - Ley 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes 28123, 28302 y 28329 y su

Reglamento D.S. 011-2012-ED. - Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados. - Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva. D.S. 009-

2006-ED. - D.L. 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación. Dejada sin efecto por la Única Disposición

Complementaria Derogatoria de la Ley 30220, publicada el 09 julio 2014, en lo que respecta al ámbito universitario, con excepción de los artículos 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22.

- Ley 27665, Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativos Privados y su reglamento el D.S. 005-2002-ED.

- D.S. 009-2006-ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva.

- Ley 27815 - Ley del Código de Ética y su Reglamento, aprobado por D.S. 033-2005PCM. - Medidas extraordinarias para personal docente o administrativo implicados en delitos de violación

sexual. Ley 27911 y Ley de Prevención y sanción del hostigamiento sexual. Ley 27942. - Ley 23585 y su Reglamento aprobado por el D.S. 026-83-ED, sobre Becas a estudiantes de planteles y

universidades particulares que pierdan a sus padres o tutores. - D.L. 23211 Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y la República del Perú. - Ley 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

(Derogada parcialmente por la Ley 30220, Ley Universitaria publicada el 09 de julio del 2014, al capítulo II de título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los títulos II, III, IV y V, dejándose sin efecto en tal sentido, al consejo superior y los órganos operadores del sistema)

- D.S. 018-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

- Decreto Supremo 004-2013-ED, publicado el 03 mayo 2013. Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

- D.S. 017 2004 ED Estatuto del Colegio de Profesores del Perú. - D.S. 020 2004 ED Modifica el Estatuto del Colegio de Profesores del Perú. - Ley 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial. - Ley 28681, Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, y su

Reglamento Decreto Supremo 012-2009-SA. - Ley 28705, ley general para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco que prohíbe

fumar dentro de las instituciones educativas. - Resoluciones de autorización: R.M N° 2360 del 02 de marzo de 1956 el Nivel Primaria, R.M N° 17312

del 29 de noviembre de 1959 el Nivel Secundaria y R.D. N° 00031 del 11 de enero de 1994 el Nivel Inicial - R.M. 016-96-ED. “Normas Generales del Desarrollo Educativo de los Centros Educativos del País”. - RVM 025-2019 publicada en el diario Oficial El Peruano el 10 de febrero de 2019. - R.M. 523-2005-ED, que declara el 16 de octubre de cada año, como el Día de la Educación Inclusiva. - R.M. 0526-2005-ED, Instituye los Juegos Florales Escolares como actividad educativa de la Educación

Básica Regular. - R.M. 0425-2007-ED, que aprueba las Normas para la Implementación de Simulacros en el Sistema

Educativo, en el Marco de la Educación en Gestión de Riesgos. - R.M. 069-2008-ED, Aprueban la Directiva “Normas para la matrícula de niños, niñas y jóvenes con

discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo en el marco de la Educación Inclusiva”.

- R.V.M. 022-2007-ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes

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de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”. - R.M. 084-2007-ED. Directiva que norma la campaña nacional por el respeto y la puntualidad. - R.V.M. 007-2007-ED. Disposiciones relativas a la campaña por el respeto y la puntualidad. - R.M. 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica

Regular”, como resultado del proceso de revisión, actualización y mejoramiento. - Ley 29635, Ley de libertad religiosa y su Reglamento Decreto Supremo 010-2011 JUS. - Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas y su

Reglamento Decreto Supremo 010-2012- ED. - Ley 29635, Ley de libertad religiosa y su Reglamento Decreto Supremo 010-2011 JUS. - RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 220-2019-MINEDU que aprueba “Orientaciones para el desarrollo

del año escolar 2020 en instituciones educativas y programas educativos de la educación básica”. - Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMIGI-OET,

denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones Educativas”.

- Ley 29733, Ley de protección de datos personales y su reglamento. - 38 Ley 27942, Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.

TÍTULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO I

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA PROMOTORA Y DE LA DIRECCIÓN Art. 18. La representante del Promotor, velará porque la propuesta educativa del colegio se cumpla de acuerdo

con los ideales que le dieron vida; promoviendo y facilitando el surgimiento y desarrollo de todas las capacidades de cada uno de sus estamentos, en orden a la constitución de una auténtica comunidad católica Franciscana.

Art. 19. La Directora es designada por la promotora. Art. 20. La conducción y administración del Colegio está a cargo de la Directora, podrá delegar a otras personas,

salvo en los casos en que no le parezca apropiado hacerlo, lo referente a la marcha ordinaria de los distintos aspectos del Colegio, entre otros: Técnico-pedagógico, pastoral, dirección del personal docente y no docente, evaluación académica de los estudiantes, disciplina, admisión de estudiantes, atención espiritual y consejería, el administrativo y contable, y cuidado de la infraestructura.

Art. 21. La Directora, será reemplazado en su ausencia, por la persona que éste designe, mediante delegación expresa y escrita.

Art. 22. Es responsabilidad de la Directora cultivar y velar por la identidad y cultura institucionales basadas en los principios de la Congregación

Art. 23. La modificación, receso, reapertura y disolución del Colegio se realizará por decisión de la Congregación, y de acuerdo con las normas legales sobre la materia.

CAPÍTULO II

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 24. El Colegio tiene la siguiente estructura orgánica:

1. Órgano Promotor: a) Congregación de Religiosas Franciscanas de la Inmaculada Concepción. 2. Gestión y Gobierno:

a) Directora. b) Coordinación de Calidad Educativa. c) Coordinación Pedagógica. d) Coordinación de Pastoral. e) Coordinación de Actividades.

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f) Coordinación de TOE g) Administración i) Mantenimiento e Infraestructura.

3. Órganos de Consultoría: a) Consejo de Calidad Educativa. b) Comité de Tutoría y Orientación Educativa. c) Consejo Educativo Institucional (CONEI).

4. Órganos de Ejecución: a) Docente a tiempo completo y a tiempo parcial. b) Coordinación Pedagógica. c) Secretaría. d) Coordinación de Actividades. e) Psicología f) Coordinación de Pastoral. g) Administración. h) Comité ambiental.

5. Órganos de Apoyo: a) Secretaría. b) Recepcionista. c) Tesorera d) Primeros Auxilios. e) Sistemas y Redes. f) Biblioteca. g) Personal de Mantenimiento. h) Comité de aula de Padres de Familia.

Las funciones de los órganos presentes en este reglamento están descritas en el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Colegio

TÍTULO III

GESTIÓN PEDAGÓGICA CAPÍTULO I

DE LA ORGANIZACIÓN Y CALENDARIZACIÓN DEL TRABAJO PEDAGÓGICO Art. 25. La coordinación pedagógica del Colegio. Promueve el desarrollo personal y profesional de los docentes.

Verifica la realización y calidad de los procesos pedagógicos en equipo en procura de mejoras y alternativas que permitan alcanzar los objetivos que derivan del proyecto curricular de la institución educativa.

Da cuenta de los procesos pedagógico-curriculares a la Dirección y a la Coordinación de Calidad Educativa.

Art. 26. El año académico y trabajo con estudiantes se planifica por bimestres.

BIMESTRE PERIODO DE DURACION I BIMESTRE LUNES 2 DE MARZO A VIERNES 8 DE MAYO II BIMESTRE LUNES 18 DE MAYO AL VIERNES 24 DE JULIO III BIMESTRE LUNES 18 DE AGOSTO AL VIERNES 9 DE OCTUBRE IV BIMESTRE LUNES 19 DE OCTUBRE AL VIERNES 18 DE DICIEMBRE

Art. 27. El horario de clases es fijado anualmente y está sujeto a variación. El horario regular estará vigente

mientras que las autoridades del Estado no establezcan cambio de horario por invierno u otras circunstancias ajenas a la voluntad de la Dirección. En este caso, tanto la hora de ingreso como la de salida serán retrasadas, sin afectar las horas pedagógicas, recreos ni refrigerios de los estudiantes. Por lo

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tanto, los padres de familia o apoderado, tendrán que tomar las precauciones del caso. Art. 28. La jornada escolar es de lunes a viernes y se establece en aula de la siguiente manera: Nivel Inicial : de 7:45 am a 1:45 pm Nivel Primario : de 7:00 am a 2:00 pm Nivel Secundario: de 7:00 am a 2:00 pm El último Viernes de cada mes saldrán las estudiantes de Inicial, Primaria y Secundaria a las 1:00 p.m. Art. 29. Cuando se requiera asistencia de los estudiantes en días y horas distintos al horario regular se

comunicará con anticipación, de acuerdo a una planificación específica. Art. 30. La planificación curricular anual de las áreas formativas y académicas y pastorales busca fomentar el

trabajo pedagógico y pastoral por medio de estrategias propias de los trabajos interdisciplinarios y cooperativos, todo ello contextualizado con el calendario cívico-religioso del Colegio.

Art. 31. Es parte de la propuesta formativa del Colegio, ofrecer talleres extracurriculares de carácter cultural, artísticos y/o deportivos, para complementar la formación integral de los estudiantes. Estos talleres se llevarán a cabo fuera del horario escolar establecido y están incluidos dentro del costo educativo, excepto:

1. Pastorales: retiros espirituales, sacramentos y peregrinaciones. 2. Académico-formativas: especialización en música, ballet, y viajes de estudios. 3. Otras actividades que el Colegio considere relevantes para el aprendizaje integral del estudiante. Art. 32. El Colegio tiene como promotora a la Congregación de Religiosas FIC, Congregación de la Iglesia

Católica; por tanto, la formación en la fe católica y los principios que derivan de esta, así como las actividades religiosas y pastorales forman parte de su propuesta educativa.

Art. 33. La educación ambiental se encuentra como enfoque transversal del Proyecto Curricular Institucional e integrado en el perfil de la estudiante Inmaculada. Los procesos educativos se orientan hacia la formación de personas con conciencia crítica y colectiva sobre la problemática ambiental y la condición del cambio climático local y global, así como su relación con la pobreza y desigualdad social.

CAPÍTULO II

DEL DISEÑO Y PROGRAMACIÓN CURRICULAR Art. 34. El Proyecto Curricular Institucional es una herramienta de gestión pedagógica y pastoral coherente con

la identidad de la Institución educativa inspirado por la espiritualidad y pedagogía Franciscana. Busca la formación integral de la estudiante Inmaculada desde el desarrollo de sus dimensiones como persona en función al logro de competencias y capacidades propuestas desde las áreas de formación.

Contiene un perfil de egreso en base a rasgos que caracterizan a la dimensión espiritual, personal, académico, social. Su modelo pedagógico incorpora el Paradigma Pedagógico Franciscano, que constituye un proceso pedagógico que posibilita vivir la experiencia del aprendizaje como una continua interacción entre: contexto, experiencia, reflexión, acción y evaluación.

Art. 35. La intencionalidad educativa contemplada en el PCI en cuatro componentes pedagógicos: competencias, capacidades, desempeños y estándares.

Art. 36. La planificación curricular comprende la programación anual y las programaciones de corto alcance (unidades, sesiones y proyectos de aprendizaje y proyectos integrados académicos- pastorales) su diseño y elaboración es responsabilidad de los docentes Las coordinaciones pedagógicas y el apoyo de pastoral, según corresponda, velan por el cumplimiento de esta responsabilidad y el acompañamiento pedagógico y pastoral que corresponde.

Art. 37. La organización del currículo es por ciclos y grados que comprenden los niveles de inicial, primaria y secundaria. Estos ciclos están conformados de la siguiente manera:

CICLO GRADOS NIVEL II 3,4,y 5 años Inicial III 1° y 2° Primaria IV 3° y 4° V 5° y 6°

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PROCESOS DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE Art. 38. Enseñanza Es el acompañamiento al estudiante en su proceso de aprendizaje basado en la pedagogía

Franciscana y caracterizado por una metodología activa y motivadora. Art. 39. Aprendizaje Es un proceso personal en el cual el estudiante participa activamente como protagonista

de su formación, que se da en interacción con sus pares y con el medio en un contexto de afecto, de respeto y libertad responsable.

CAPÍTULO III

DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL ESTUDIANTE Art. 40 La Coordinación de Calidad Educativa y Coordinación Pedagógica son responsables de velar por los

itinerarios pedagógicos de los procesos de enseñanza-aprendizaje desde una perspectiva global y armónica de manera diversificada y según el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Proyecto Curricular Institucional (PCI). Para ello tienen en cuenta los objetivos institucionales, la malla curricular, los estándares de fin de ciclo.

Art. 41 La Coordinación Pedagógica es la responsable de articular las áreas académicas, formativas y pastorales desde una perspectiva globalizada. A su vez, está bajo su responsabilidad la sana convivencia de sus respectivos ciclos y el acompañamiento a los padres de familia o apoderado, buscando de esta manera realizar un trabajo mancomunado entre Familia y Colegio.

Art. 42 La Coordinación de TOE permite el justo desarrollo de las actividades escolares, velando por la disciplina que se manifiesta en el autocontrol y buen uso de la libertad; el respeto a los derechos y deberes propios y ajenos; y la conservación del bien común.

Art. 43 La tutoría es un espacio donde el estudiante puede ser atendido, escuchado y orientado en relación a diferentes aspectos de su vida personal, poniendo especial atención a sus necesidades afectivas y académico-formativas. Esta labor de acompañamiento y orientación la realiza un docente, a quien se le denomina “tutor” de un grupo de estudiantes.

Art. 44 Psicología es responsable de atender a los estudiantes que presentan dificultades de conducta y de aprendizaje previa solicitud de la coordinación pedagógica. Propone acciones generales de prevención, no realiza terapia a los estudiantes. Además, evalúa y elabora informe de orientación vocacional; apoya con la formación de padres de familia y realiza otras funciones especificadas en el Manual de Organización y Funciones (MOF).

Art. 45 La Coordinación de Pastoral cuida y fomenta la vida sacramental y vida espiritual de la Institución Educativa en el marco de las orientaciones pastorales de la Congregación de Religiosas FIC y el plan pastoral institucional teniendo a Jesucristo como el modelo referente según los principios y normas de la Iglesia Católica.

Art. 46 Todo programa espiritual (retiros, jornadas, etc.) aparecen como una herramienta privilegiada en la formación integral de los estudiantes. Pone al ejercitante, en su realidad humana, delante de Dios, para que mirando a Dios ordene su vida y, libre de “apegos desordenados”, tome decisiones que lo lleven a conseguir su propia salvación mediante el servicio a los demás.

Art. 47 La Coordinación de Actividades es la instancia responsable de coordinar, organizar y evaluar las actividades artísticas y culturales correspondientes al calendario cívico-escolar; así como inauguración y clausuras del año escolar; asamblea general y actividades recreativas que se realizan en la Institución

VI 1° y 2° Secundaria VII 3°, 4° y 5°

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Educativa. Art. 48 Para aclarar aspectos académicos-formativos relacionados a la formación integral del estudiante, el

padre de familia o apoderado deberá respetar el siguiente orden de instancias: Primera: Docente del área o curso, Segunda: Tutor del grado, Tercera: Coordinación de Nivel y Cuarta: Dirección.

CAPÍTULO IV

ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS

Art. 49 El Colegio ofrece, a sus estudiantes y colaboradores, el servicio de primeros auxilios a aquellos que sufran un accidente o experimenten una enfermedad que se presenten al interior de las instalaciones de la Institución Educativa, brindado por la Enfermería.

FUNDAMENTOS GENERALES DEL SERVICIO DE PRIMEROS AUXILIOS Art. 50 Sobre la Enfermera

1. Está facultada para la atención de los estudiantes, personal y otros. Entiéndase como atención: evaluar, examinar, emitir diagnóstico y brindar cuidados de primeros auxilios.

2. Registrará en el libro por cada atención los datos del estudiante, fecha, hora de ingreso y salida de enfermería, diagnóstico, y cuidados aplicados o medidas de primeros auxilios.

3. Entregará a los estudiantes de los Ciclos V -VI - VII, una boleta de entrada a clase con la hora y fecha de atención, para ser presentada al docente de aula a su retorno.

4. Contactará de inmediato directamente o a través de la secretaría a uno de los padres o apoderados en aquellos casos en los cuales el estudiante deba ser recogido por razones de salud para ser llevado a su domicilio, clínica u hospital; si no se contactara a los padres se recurrirá a un familiar, cuyo nombre y número telefónico deberá registrarse en la ficha por los padres al momento de la matrícula.

5. Se comunicará con AMI seguro de atención según sea la gravedad quienes tendrán la responsabilidad de atender a la alumna y realizar la derivación respectiva.

6. Entregará un permiso de salida, cuando el caso lo amerite, el que deberá ser visado por el coordinador pedagógico o coordinadora de TOE, y entregado en portería para que el estudiante pueda salir del Colegio dentro del horario escolar. No se enviará a su domicilio al estudiante enfermo o accidentado sin compañía de un adulto ni enviado solo en un taxi. Salvo pedido expreso de los padres de familia, asumiendo la responsabilidad del hecho.

7. Informará por escrito a sus padres o apoderado y Coordinador pedagógico respectivo cuando un estudiante sea reincidente en consultas a enfermería.

8. Informará al tutor, o coordinador pedagógico según la gravedad, y de requerirlo se emitirá un informe escrito, cuando un estudiante acuda a consulta con signos de agresión física o labilidad emocional producto de agresión verbal.

9. Atenderá las emergencias in situ cuando exista compromiso de conciencia, convulsiones, hemorragia profusa.

10. Derivará al estudiante para ser llevados al Hospital o Clínica en caso presente: a) Quemaduras de II y III grado. b) Heridas cortantes que requieran sutura. c) Traumatismo musculo esquelético y osteoarticulares. d) Reacciones alérgicas por picaduras, intoxicación alimentaria y/o medicamentosa. e) Traumatismo encéfalo craneano de leve a moderado.

f) Traumatismo toraco abdominal, dorsal, y de genitales. Sospecha de apendicitis aguda, hernia umbilical, hernia inguinal, torsión testicular, abdomen agudo quirúrgico.

11. Evacuará a la alumna a un hospital o clínica: a) Previa coordinación con el padre de familia o apoderado y autoridades del Colegio cuando sea una

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emergencia y exista riesgo de vida producto de un traumatismo grave, hemorragias profusas, pérdida del conocimiento post contusiones, TEC grave, fracturas complicadas con tendencia al shock por dolor, shock anafiláctico, traumatismo vertebro medular, status epiléptico, insuficiencia respiratoria aguda entre otros;

b) De no ser posible coordinar con los padres o apoderado, el estudiante será trasladado a una clínica u hospital para su atención inmediatamente, con la protección necesaria, vía endovenosa permeable, oxigenoterapia, inmovilización según el caso lo requiera. Atendido por el personal de AMI.

c) Realizará seguimiento del estado de salud del estudiante. 12. Proporcionará medicación vía oral y parenteral teniendo en cuenta lo siguiente: a) No proveerá de medicamentos para tratamientos de enfermedades agudas ni crónicas.

b) En caso que la alumna pida medicación deberá de presentar su receta firmada por un médico colegiado y los medicamentos que se le administrará.

c) En caso de urgencia AMI hará uso de medicamentos para estabilizar al paciente y poder ser derivado a un centro asistencial salvaguardando su integridad física y emocional.

Art. 51. Sobre el estudiante 1. Ingresará a la enfermería, sólo o acompañado por un adulto o compañero de clase según la severidad

del caso. 2. Podrá ser recogido por otro familiar que el padre o apoderado indique asumiendo la responsabilidad

directamente; si el adulto que recoge al estudiante no es el padre o apoderado, firmará un registro de salida del estudiante.

3. Será enviado a su domicilio cuando vienen enfermos de casa con infecciones respiratorias acompañadas de tos persistente y fiebre; o presente alguno de los siguientes signos o síntomas:

a) Fiebre igual o mayor de 38°C, acompañado de malestar general que no cede a medios físicos. b) Vómitos y diarrea. c) Enfermedades eruptivas. d) Cefaleas persistentes al paracetamol y/o acompañadas con vómitos. e) Dolores abdominales que no cesan al tratamiento con mates. 4. Deberá quedarse en su domicilio: a) ha tenido síntomas de náusea, diarrea o vómitos la noche anterior. b) Si ha tenido fiebre durante las últimas 24 horas.

c) Si ha contraído enfermedades contagiosas como por ejemplo varicela, paperas, rubeola, sarampión, etc.

Art. 52 Sobre los Padres de familia: 1. Velarán por la salud de sus hijos; cuando el estudiante curse un proceso infeccioso, viral u otra

patología deberá ser llevado al médico para recibir el tratamiento adecuado y acudir al colegio en buen estado de salud.

2. Enviarán por escrito autorización, adjuntando copia de receta médica si el estudiante debiera tomar o aplicársele algún medicamento en horario escolar.

3. Informarán al colegio (enfermería) la inasistencia del estudiante por enfermedad eruptiva o infecto contagiosa, indicando el diagnóstico.

4. Consignarán en la ficha médica los datos completos y actualizados .En caso de enfermedades crónicas diagnosticadas, los padres, tutores o responsables directos del estudiante deberán informar al colegio (enfermería) de dicha enfermedad al momento de ser diagnosticado y aportar una copia del informe médico, su tratamiento y las normas básicas de actuación ante posibles manifestaciones de la enfermedad, así como un permiso o autorización por escrito para que se le atienda o administre medicación. Esta medicación deberá ser proporcionada por los padres de familia en caso de urgencia hasta que pueda ser derivado a un centro asistencial.

5. Autorizan la intervención del Colegio para que brinde el servicio de primeros auxilios a sus hijos cuando se presente accidente o enfermedad dentro del horario escolar.

CONSIDERACIONES PARA LA ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS

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Art. 53 Cuando el estudiante presente una dolencia: 1. Interrumpirá su proceso de aprendizaje en el aula cuando la molestia de salud o accidente amerite su

atención inmediata por enfermería, en caso contrario acudirá a enfermería en hora de recreo. 2. Solicitará permiso al profesor el cual evaluará la presencia de signos visibles de dolor, fiebre para

derivarlo a enfermería. 3. Portará autorización escrita del padre de familia (adjuntando receta y medicina) cuando requiera

administración de medicación horaria, y/o procedimiento. 4. Acudirá acompañado por la docente asistente si cursa inicial o primer grado de primaria. 5. Acudirá solo si cursa el 2do grado de primaria a 5to de secundaria, siempre y cuando su estado de

salud le permita trasladarse por sus propios medios, en caso contrario podrá ser acompañado por un adulto o quién el docente del aula designe.

Art. 54 La asistencia a la enfermería en horas de recreo deberá realizarse en los siguientes casos: 1. Por persistir con dolencias leves que se presentaron en el aula (resfríos, cefaleas, dolor abdominal,

etc.) y que no ameritaron la atención inmediata por enfermería. 2. Estudiante que solicite consejería en temas de salud. 3. Estudiante que requiera toma de medicación, curaciones, inyectables o procedimientos. (presentando

receta médica y autorización de los padres de familia). 4. Estudiante que producto del juego sufra alguna lesión o traumatismo leve a moderad a (heridas superficiales, esguinces, epistaxis, etc.).

5. Estudiante que producto del juego sufra una lesión o traumatismo de moderado a grave (TEC, traumatismo abdominal, traumatismo cervical y dorsal con compromiso del movimiento y/o conciencia, hemorragias profusas, heridas cortantes profundas, fracturas, etc.) deberán ser acompañados por un adulto o el docente responsable del cuidado de la zona de recreo.

6. De ser necesario se solicitará la presencia de Enfermería in situ. Art. 55 El servicio de atención de primeros auxilios no incluye los siguientes servicios: 1. Consulta médica. 2. Tratamiento medicamentoso por enfermedad crónica. 3. Tratamiento con antibióticos. 4. Traslado de estudiante a domicilio por enfermedad. 5. Seguimiento de estudiante por enfermedad o accidente leve dentro del aula.

6. Préstamo de equipos médicos para domicilio (tensiómetros, nebulizadores, saturómetros, camillas, etc.).

7. Préstamo de equipos de ayuda biomecánica para uso personal del estudiante durante el horario escolar (silla de ruedas, muletas, bastones o andadores, etc.) cuando los existentes hayan sido asignados temporalmente a otros estudiantes y no haya más en stock.

CAPÍTULO V

DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN

Art. 56 El Colegio con respecto a los servicios de bienestar social y recreación realiza las siguientes acciones: 1. Para que los estudiantes aprovechen mejor su tiempo libre y refuercen su preparación cultural se les

incentiva para que asistan y realicen actividades extracurriculares como parte de su formación integral.

2. Se fomenta la participación de los estudiantes en actividades culturales, deportivas, pastorales, entre otras.

3. Se pone al alcance de los estudiantes la atención de personal capacitado en acompañamiento espiritual (Hermanas Franciscanas y Sacerdotes). Asimismo, los estudiantes tienen a su alcance el acompañamiento de los tutores, las coordinaciones pedagógicas, la psicóloga, entrenadores deportivos y primeros auxilios.

Art. 57 Representación deportiva 1. La Institución Educativa dentro del fomento deportivo, participa en distintos campeonatos

interescolares, ligas, entre otros.

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2. Las estudiantes podrán formar parte del seleccionado de la institución educativa en las distintas disciplinas deportivas, previa selección de los que hayan cumplido con los requerimientos del área deportiva correspondiente, de acuerdo a la evaluación del entrenador a cargo.

3. Las seleccionadas deberán respetar el cronograma elaborado por el entrenador a cargo para los entrenamientos correspondientes. Su incumplimiento traerá como consecuencia la separación del estudiante del equipo seleccionado de la Institución Educativa.

4. Luego de la selección de las estudiantes que representarán a la institución educativa, se informará a los padres de familia o apoderado para su autorización, luego deberán suscribir una carta de compromiso para participar y formar parte de la selección del Colegio y representarlo. Su incumplimiento traerá como consecuencia la separación del estudiante del equipo seleccionado de la Institución Educativa.

Art. 58 Representación pastoral 1. La Institución Educativa, dentro del fomento de la formación espiritual, participa en distintas

actividades pastorales (Cursos de liderazgo, Encuentros Juveniles, Retiros y Jornadas de JUFRA - NIFRA, Acolitado, etc.).

2. Las estudiantes podrán representar a la Institución Educativa en las distintas actividades pastorales en las que pueda participar, previa selección de los que hayan cumplido con los requerimientos del área pastoral correspondiente, de acuerdo a los perfiles propios de cada actividad.

3. Las seleccionadas deberán respetar el cronograma elaborado por el acompañante 4. Luego de la selección de las estudiantes que representarán a la institución educativa, se informará a

sus respectivos padres de familia o apoderado para su autorización, para lo cual deberán cumplir con los requisitos propios de la actividad para poder participar y formar parte de la representación de la Institución Educativa y representarlo. Su incumplimiento traerá como consecuencia la separación del estudiante de la representación pastoral del Colegio.

CAPÍTULO VI

DEL ACOMPAÑAMIENTO Y ASESORAMIENTO PEDAGÓGICO

Art. 59 El acompañamiento y monitoreo de la acción pedagógica es condición indispensable para la efectividad del trabajo en el aula, además constituye un elemento fundamental en el PCI. Las acciones del monitoreo y acompañamiento pedagógico son: 1. Monitorear los procesos pedagógicos de la acción docente subyacentes al PCI. 2. Acompañar al docente en su práctica cotidiana y en su relación con los estudiantes, padres de familia

y pares. 3. Retroalimentar oportunamente al docente con el fin de mejorar su desempeño. (Colegiado)

Art. 60 La Institución Educativa cuenta con el apoyo de instituciones externas estatales como el Ministerio de Educación.

CAPITULO VII

DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

Art. 61 Los tutores y tutoras serán los responsables de recibir y acoger a sus estudiantes en su ingreso al aula. Art. 62 Los docentes que tienen a su cargo la última hora del dictado de clases, independientemente del

Ángelus, serán los responsables de dar gracias al Señor por el día, así como verificar que el salón de clases quede: limpio y ordenado; carpetas limpias; ventanas y cortinas cerradas; apagado el computador, el proyector, la pantalla ecran, ventiladores, las luces; y cerrada la puerta del salón.

Art. 63 De acuerdo a los turnos establecidos, los docentes serán responsables de acompañar a los estudiantes durante las horas de recreo y refrigerio:

1. Los docentes de turno enviarán a los estudiantes hacia las aulas. 2. Los docentes que tienen dictado de clase abrirán las puertas de las aulas. Art. 64 En los cambios de hora, los docentes se trasladarán con diligencia a las aulas que les corresponda.

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Art. 65 Otras funciones de los docentes, tutores y coordinadores de área están detalladas en el Manual de Organización y Funciones (MOF).

CAPÍTULO VIII

DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL

Art. 66 La organización y desarrollo de la acción tutorial está bajo la responsabilidad de las coordinaciones pedagógicas y de los tutores, ambos consideran en su planificación el calendario cívico-religioso e institucional en sus actividades anuales y planifican programas de intervención de corto, mediano y largo plazo desde la acción tutorial. Las coordinaciones pedagógicas con el apoyo de psicología y de pastoral, si lo ven por conveniente, organizan los programas de prevención, formación e intervención diversificados sobre asuntos propios del desarrollo humano de cada una de las edades.

Art. 67 Con el fin de dar solución al proceso disciplinario y brindar un acompañamiento más cercano a los estudiantes, la Coordinación de Tutoría, dispone que exista un Comité de Tutoría y Orientación Educativa (TOE). Este comité está conformado por Las auxiliares, los tutores, la psicóloga y la Consejera Espiritual.

Art. 68 Es competencia del Coordinador pedagógico monitorear la aplicación del plan tutorial y de acompañamiento.

Art. 69 La Coordinación de Tutoría realiza reuniones periódicas de coordinación con tutores y garantizar la sana convivencia entre estudiantes.

Art. 70 Son funciones de la Coordinación de Tutoría: 1. Asegurar que las actividades y acciones de tutoría respondan a las necesidades e intereses de los

estudiantes. 2. Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades programadas en el plan de trabajo tutorial

de cada promoción. 3. Organizar acciones de formación dirigidas a estudiantes, y padres de familia. 4. Realizar reuniones periódicas entre tutores para intercambio de sus experiencias y apoyo mutuo. 5. Coordinar con las diferentes instancias la ejecución del plan de convivencia escolar democrática. 6. Fortalecer el trabajo tutorial en colaboración con otras instituciones especializadas.

Art. 71 En todo proceso formativo y de acompañamiento escolar, se espera de los padres de familia o apoderado un conjunto de acciones orientadas al trabajo mancomunado con la Institución Educativa con la finalidad de superar las dificultades. En caso de que el estudiante requiera evaluación y/o tratamiento de algún especialista externo (psiquiatra, psicólogo, etc.) será fundamental que los padres de familia o apoderado faciliten los medios para establecer una comunicación fluida entre la Institución Educativa y dichos especialistas. Será necesario que, dentro del proceso terapéutico, el alta del tratamiento sea certificada por el especialista tratante y oficializada a la Institución Educativa.

CAPÍTULO IX

DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

Art. 72 Evaluación para los estudiantes del Nivel Inicial – Primaria y Secundaria: Las condiciones de promoción, repitencia y recuperación de los resultados de la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de educación Inicial de acuerdo a la RVM 025-2019 publicada en el diario Oficial El Peruano el 10 de febrero de 2019, son:

NIVEL INICIAL - PRIMARIA Art. 73. De la escala de calificación académica es literal y descriptiva, de acuerdo con la siguiente tabla:

LITERAL DESCRIPCIÓN AD Logro destacado Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto de

la competencia. Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado

A Logro esperado Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia,

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demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado.

B En proceso Cuando el estudiante está próximo o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo

C En inicio Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo al nivel esperado. Evidencia con frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas, por lo que necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente.

De los resultados: El calificativo anual del área, considerando que la evaluación es un proceso, es el mismo que

obtuvo el estudiante en dicha área en el último bimestre. De la calificación de comportamiento: En la Institución Educativa, para el Nivel Inicial el calificativo del

comportamiento se registra en el “Informe de Notas”. CUALITATIVO LITERAL ASPECTO QUE SE EVALUA Logro A Responsabilidad en el cumplimiento de deberes

Respeto y cumplimiento de normas. Proceso B Inicio C

NIVEL PRIMARIA

1. De la promoción al grado superior: a) Los estudiantes de 1er grado de primaria son promovidos al grado superior en forma automática. b) Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas curriculares.

c) Los estudiantes de 2do, 3ro y 4to de primaria son promovidos al grado superior si obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas.

d) Los estudiantes de 5to y 6to de primaria son promovidos al grado superior si obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Ciencia y Ambiente, Comunicación, Matemática y Personal Social y como mínimo “B” en las otras áreas.

2. De la repitencia: a) Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2do, 3ro, 4to, 5to y 6to de primaria que al

término del año escolar obtienen “C” en las áreas curriculares de Matemática y Comunicación. b) Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de

Recuperación no alcanzan los calificativos requeridos. 3. De las evaluaciones de Recuperación Pedagógica: La evaluación de recuperación de preferencia se

rendirá en el Colegio en las fechas comunicadas oportunamente por la coordinación pedagógica. 4. De la pérdida de vacante: El estudiante que repite de grado según lo señalado en el numeral 4 del

presente artículo pierde el derecho a vacante en el Colegio. 5. De la calificación de comportamiento: En el Colegio, el calificativo de comportamiento se registra en

el “Informe de Notas”. CUALITATIVO LITERAL ASPECTO QUE SE EVALUA Logro Destacado AD Puntualidad

Presentación personal Responsabilidad en el cumplimiento de deberes Autonomía Respeto y cumplimiento de normas.

Logro A Proceso B Inicio C

NIVEL SECUNDARIO

1. De la escala de calificación: En el primero de secundaria se aplica la misma escala de calificación del nivel primario, del artículo 73 del presente reglamento. Desde segundo grado hasta quinto de Educación Secundaria de la EBR la escala de calificación es vigesimal considerándose a la nota once (11) como la mínima aprobatoria.

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Desde segundo grado hasta quinto de Educación Secundaria la calificación anual de cada área se obtendrá al término del año escolar. Para ello, se promediará en forma simple los resultados obtenidos en cada bimestre.

2. De la promoción al grado superior a) Para primero grado de Educación Secundaria: - Cuando al término del año lectivo el estudiante

obtiene “B” (en proceso) como mínimo en todas las áreas, incluida el área pendiente de recuperación, si lo hubiera. - Cuando al término del programa de recuperación, como mínimo obtiene el calificativo “B” (en proceso) en todas las áreas o “C” en solo un área (RVM 025-2019).

b) Desde segundo grado hasta quinto de Educación Secundaria: - Cuando al término del año escolar, el estudiante aprueba todas las áreas curriculares, incluida el área curricular pendiente de recuperación pedagógica (subsanación). - Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, el estudiante aprueba todas las áreas curriculares o desaprueba un (1) área.

3. De la repitencia: a) Para primero grado de Educación Secundaria: - Cuando los estudiantes obtienen calificativo “C” (en

inicio) en cuatro o más áreas, incluyendo el área pendiente de recuperación. - Cuando al término del programa de recuperación persiste el calificativo “C” (en inicio) en dos o tres áreas (RVM 025-2019).

b) Desde segundo grado hasta quinto de Educación Secundaria: - Cuando al término del año escolar, el estudiante desaprueba cuatro (4) o más áreas curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación. - Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación se desaprueba dos (2) o más áreas curriculares.

4. Las estudiantes de 1ro a 5to de secundaria que tengan cursos desaprobados, serán evaluadas según rol y horario exclusivamente en nuestro plantel. No podrán rendir el examen en otro colegio salvo cambio de domicilio a otra Provincia o Departamento; previa presentación del Certificado Oficial (policial) de Residencia

5. De la pérdida de vacante: El estudiante que repite de grado, pierde el derecho a vacante en el Colegio. 6. De la calificación y certificación de comportamiento: La escala de calificación de comportamiento en

Educación Secundaria de la EBR es literal y descriptiva y estará a cargo del tutor en consulta con los docentes y auxiliar del grado de acuerdo a la siguiente escala:

CUALITATIVO LITERAL ASPECTO QUE SE EVALUA Muy Bueno AD Puntualidad

Presentación personal Responsabilidad en el cumplimiento de deberes Autonomía Respeto y cumplimiento de normas.

Bueno A Regular B Deficiente C

a) El calificativo del comportamiento se registra en el “Informe de Notas”. b) Como el aprendizaje se realiza en forma progresiva, se dará preferencia a la calificación que haya

obtenido el estudiante en el último período de estudios. Este calificativo se traslada al Acta Consolidada de Evaluación.

c) Los certificados de comportamiento se expedirán a solicitud del interesado. Para el efecto se toma como referencia el calificativo del comportamiento del estudiante al finalizar la educación secundaria. Dicho calificativo estará acompañado de su respectiva interpretación, tomando como referencia, los aspectos que se evalúan en comportamiento, mencionados anteriormente.

Art. 74. Procedimientos de la evaluación: La evaluación es un proceso continuo que determina grados de dominio considerando los lineamientos del PCI por medio de distintos tipos de instrumentos, estrategias, reactivos y desempeños. Las evaluaciones pueden ser programadas y no programadas, asimismo pueden ser exposiciones, pruebas escritas, asignaciones, trabajos, entre otros:

1. De 1ro a 2do de primaria: Todas las evaluaciones programadas se realizan el día señalado por los

docentes en la agenda personal y Evaluaciones (recurso pedagógico en el que se consignan las tareas

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y evaluaciones programadas) 2. De 3ro a 5to de primaria: Todas las evaluaciones programadas se realizan el día señalado por los

docentes e informadas a través de las agendas 3. De 6to de primaria a 5to de secundaria: Todas las evaluaciones se realizan el día y hora señalado por

los docentes. 4. Los estudiantes que no están presentes en una evaluación, requieren autorización de la coordinación

para recuperar la evaluación perdida. 5. Si la inasistencia a una evaluación es por motivos de salud, los padres de familia o apoderado deberá

presentar el formato de justificaciones al respectivo tutor(a), si la inasistencia es de dos (2) a más días se debe adjuntar el certificado médico o informe del médico a la coordinación de tutoria, quien autorizará vía documento compartido la reprogramación de la evaluación.

6. En caso de no presentar la justificación correspondiente el día de la reincorporación a clases, el estudiante, perderá todo derecho a evaluación.

7. Durante una prueba escrita los estudiantes no tendrán ningún tipo de material escolar (libros, cuadernos, apuntes, etc.) sobre el tablero de la carpeta o en lugares próximos a ella, sin autorización del docente que elaboró la prueba.

8. Las evaluaciones anuladas por el docente por intento de copia o plagio por parte del estudiante, obtendrán la calificación vigesimal cero (0) o la calificación cualitativa de C, esto se considera como falta grave.

9. El estudiante recibirá su evaluación escrita corregida en un lapso no mayor a cinco (5) días hábiles o en la clase inmediatamente posterior a la evaluación.

10. El estudiante necesariamente deberá traer toda evaluación escrita firmada por sus padres o apoderado en la clase siguiente a la que fue entregada. Luego, se archivará en el fólder de pruebas/tutoría o las pegará en su cuaderno, según el criterio del docente del área, de modo que les sirva de material de estudio.

11. El docente hará con los estudiantes una revisión total o parcial de la evaluación. 12. El estudiante tendrá, a partir de la fecha de entrega de resultados de la evaluación escrita, un (1) día

hábil para solicitar la revisión y rectificación de su evaluación. De no ser atendido acudirá a la coordinación pedagógica correspondiente quien autorizará la revisión de la evaluación escrita y rectificación si así se debe.

13. El padre de familia o apoderado en caso de disconformidad podrá solicitar a la coordinación pedagógica la revisión de la evaluación escrita cuestionada.

Art. 75. De la postergación o adelanto de evaluaciones: 1. La solicitud de adelanto o postergación de evaluaciones es presentada por los padres de familia o

apoderado a la coordinación de TOE quien comunica al Coordinador pedagógico y este a su vez al docente para tomar las acciones que correspondan.

2. Las solicitudes deben ser acompañadas con los documentos probatorios que las sustenten. 3. Para los que justificadamente no pudieron dar las evaluaciones programadas, previa comunicación de

los coordinadores pedagógicos, los docentes establecerán con los estudiantes las nuevas fechas de evaluación.

Art. 76. De la rectificación de calificaciones: 1. Los padres de familia o apoderado o el mismo estudiante pueden solicitar al docente la rectificación

de la nota de una evaluación o de las evaluaciones bimestrales en el momento de ver el resultado. El docente estudiará la petición y decidirá. Si el estudiante no estuviera de acuerdo con la decisión del docente, apelará ante la coordinación pedagógica. Ésta resuelve la apelación, previa consulta con el docente.

2. Para que proceda una rectificación del “Informe de Notas” por parte de la Secretaría, el docente deberá presentar una solicitud visado por la correspondiente coordinación pedagógica solicitando la rectificación.

Art. 77. Procedimiento para Áreas de Cargo (Secundaria) 1. Tienen un área de cargo los estudiantes que, habiendo terminado la evaluación de recuperación en el

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mes de febrero, llevan un área desaprobada. 2. Si no fuera el caso, en el tercer bimestre el estudiante recibirá de parte del docente los contenidos a

estudiar para dar dos pruebas escritas de recuperación. De aprobar la primera no es necesario rendir la segunda.

3. Si persistiera el desaprobado, el estudiante sigue llevando esa área de cargo y se contabiliza en el año. 4. Los estudiantes que tengan que rendir evaluación de recuperación y/o cargo en el período vacacional,

lo harán en nuestra institución educativa de acuerdo al cronograma establecido. Si por alguna razón no pueden hacerlo en nuestra Institución, deberán contar obligatoriamente con la autorización expedida por la Dirección.

CAPÍTULO X

DE LOS RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS

Art. 78. Se hará acreedor(a) a estímulos orales, escritos o de la otra índole, por acciones extraordinarias o hechos de importancia en el aspecto académico y/o conducta, en bien La Institución Educativa, compañeras(os) o de su prójimo en general

Art. 79. LOS ESTÍMULOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL PLANTEL SON: a. Premio de excelencia a la estudiante que se ha distinguido por su comportamiento y aprovechamiento

durante los 5 años de educación secundaria, haciéndose acreedora del distintivo “Premio a la Calidad” b. Medalla y Diploma para el primer y segundo puesto, mención honrosa para el tercer puesto de cada

grado de educación secundaria. c. Beca de Matrícula a la estudiante que haya obtenido el más alto puntaje durante el año escolar. d. Constancia de haber realizado las horas de Proyección Social correspondiente al Nivel. e. La estudiante que durante el desarrollo del período lectivo demuestran recuperación en su

rendimiento académico serán estimulados por la Dirección La Institución Educativa en forma oral, escrita o en forma que lo estime conveniente.

ART. 80. La estudiante será estimulada por el cumplimiento del presente reglamento de acuerdo al cuadro de evaluación de méritos que para tal fin elabora la Coordinación de Tutoría

CAPÍTULO XI

DEL PROCESO DE ADMISIÓN, MATRÍCULA Y TRASLADOS

Art. 81. La Institución Educativa comunicará antes de terminar el año académico sobre los costos de la cuota de ingreso, matrícula, pensiones e incrementos del año siguiente.

DEL PROCESO DE ADMISIÓN Art. 82. Las postulantes deben contar con los pre-requisitos indispensables a su edad y a los establecidos por

la Institución Educativa, facilitándose su ingreso, de acuerdo al número de vacantes ofertadas, previa entrevista de la pareja de padres de familia. La Institución Educativa establece criterios de priorización que serán revisados anualmente en función de la Directiva de Normas y Orientaciones del Ministerio de Educación y/o autoridades competentes para el desarrollo del año escolar vigente. Los requisitos indispensables para la matrícula son: ESTUDIANTES NUEVOS

- Ficha única del colegio de procedencia. - Partida de nacimiento (si es deportista, dos). - Certificados de Estudios. - Carta de No Adeudo del colegio de procedencia - Recibo del Banco de los Pagos respectivos. - Firma del contrato de matrícula por parte de los padres y/o apoderados. - 6 fotografías tamaño carnet (deportistas 12). - Certificado de Hemoglobina

Art. 83. Los padres de familia o apoderado al optar y postular a sus hijas a la Institución Educativa aceptan y reconocen que la Institución Educativa es Privada Católica y que se comprometen a respetar los

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principios de la confesión católica, así como participar de las actividades programadas con tal fin. Este compromiso lo asumen como padres de los estudiantes a quienes deberán acompañar en su cumplimiento. El Contrato de Prestación de Servicios Educativos ratificará individualmente esta obligación.

Art. 84. De la cuota de ingreso: La cuota de ingreso es fijada por la Institución Educativa y es cancelada por los padres de familia o apoderado del postulante cuando éste haya logrado una vacante y haya sido admitido formalmente a la institución educativa conforme a lo indicado en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.

Art. 85. De la matrícula: 1. Son estudiantes de la I.E. quienes están matriculados en los niveles: - Educación Inicial - Educación Primaria - Educación Secundaria 2. La matrícula y su ratificación se fija anualmente y se cumple de acuerdo con las disposiciones

establecidas por la Institución Educativa, la normatividad vigente y el Contrato de Prestación de Servicios Educativos suscrito entre el padre de familia o apoderado del estudiante y el Colegio.

3. El acto de matrícula expresa la aceptación del padre de familia a las condiciones económicas, régimen disciplinario, línea axiológica y pastoral, plan curricular y sistema educativo, de católico, evaluación y control que les propone la Institución Educativa en los niveles de educación inicial, primaria y secundaria.

4. El procedimiento de matrícula se comunica por medio de la Norma de fin de año por lo menos desde el mes de diciembre del año anterior.

5. Los padres son los únicos en cumplir con todo el proceso de matrícula. Debiendo tener en consideración lo siguiente: a. Para matricular, es indispensable no tener deuda alguna con el colegio, es decir cero deudas. b. Presentar sólo el voucher de depósito. c. Respetar el cronograma de matrícula. No hay extemporaneidad. d. La matrícula es por familia, los hermanos pueden matricularse en una misma fecha. e. Presentar Información académica promocional.

Art. 86 Matrícula observada 1. Se aplica al final del año escolar cuando la Dirección, habiendo escuchado el parecer de la Coordinación

de TOE, y el parecer personal del tutor decide “ofrecer una oportunidad” y acompañamiento aquellos estudiantes que no lograron el desempeño académico y/o conductual esperados.

2. La matrícula observada requiere de la intervención y compromiso tanto de la Institución Educativa como de los padres de familia o apoderado para ayudar al estudiante a mejorar su desempeño académico y formativo y alcanzar logros esperados.

3. Son los padres de familia o apoderado del estudiante los primeros en comprometerse con la ayuda para que su menor hija cambie y mejore su comportamiento y/o rendimiento académico y no pierda la vacante en la Institución Educativa.

4. La matrícula dejará de ser observada cuando el estudiante, al culminar el año escolar haya terminado invicto y haya logrado mantener durante el todo el año escolar un comportamiento con una calificación de “A” o mayor y, en lo académico una calificación igual o mayor a “11” o “A” según el nivel que corresponda en las áreas en las que presentó dificultad y fue motivo de matrícula observada.

Art. 87. Será denegada la ratificación de la matrícula a un estudiante cuando: a. Adeudan pensiones de enseñanza del año anterior. b. La familia tenga un mal hábito de pago de pensiones de enseñanza, es decir; si durante dos años

anteriores, ha pagado las pensiones de enseñanza luego de haberse vencido los plazos pactados al momento de la matrícula, esto es tres pensiones consecutivas o alternas.

c. La estudiante tiene de promedio final actitudinal inferior a la calificación de 11. d. El estudiante repite de grado. e. Los padres de familia que no ratificaron la matrícula de su menor hijo en las fechas señaladas pues al

no hacerlo obstaculizan la organización del buen inicio del año escolar Art. 88. Del proceso de traslados:

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Para el traslado de matrícula es necesario redactar y emitir una Resolución. Directoral; que será entregada a los padres de familia, junto con la Ficha Única de Matrícula, los documentos personales y los resultados de las evaluaciones anteriores; si previamente ha cumplido con todas sus obligaciones con la I.E.

Art. 89. En caso de incumplimiento de pago de las pensiones escolares y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el Colegio tiene la facultad de: a) No incluir en los documentos de evaluación las calificaciones (Libreta de notas) obtenidas por el

alumno (a) en los períodos no cancelados (Sin perjuicio de ello, el padre de familia es informado durante y al término del bimestre sobre el aspecto conductual y académico de su menor hija)

b) Retener los certificados de estudios correspondientes a períodos no cancelados. c) No ratificar la matrícula del alumno(a) para el año siguiente, es decir a no convenir en la prestación del

servicio educativo a favor del alumno para el año siguiente, por falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo anteriores y el que está en curso

d) Informar a las centrales de riesgo (Infocorp, etc.) las deudas por incumplimiento en el pago del costo del servicio educativo de dos o más meses.

Art. 90 Para la ratificación de la matrícula se tendrá en cuenta la participación responsable en la formación integral (dimensión personal, dimensión cognitiva y dimensión espiritual) tanto de los padres como de los estudiantes, así como el cumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al año escolar en curso o los años pasados. El incumplimiento reiterado tanto de la formación integral como del pago de las pensiones, constituye causal objetiva para no ratificar la matrícula.

TÍTULO IV

GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ORGANIZATIVA CAPÍTULO I

DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO EDUCATIVO Art. 91. La Institución Educativa, para efectos académicos, se rige por la legislación que en materia educativa

esté en vigencia. Igualmente se rige por las orientaciones de la Congregación de Religiosa FIC y el presente Reglamento. En el aspecto laboral se rige por su Reglamento Interno de Trabajo, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y por las normas del régimen laboral común de la actividad privada. Para efectos administrativos se rige por Reglamento Interno de Trabajo, Organigrama, Manual de Funciones y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

CAPÍTULO II

DEL PEI Y PAT

Art. 92. El Proyecto Educativo Institucional (PEI), es el instrumento de gestión de mediano y largo plazo que define y articula las principales actividades pedagógicas, institucionales y administrativas. Se revisa y se evalúa periódicamente con la participación de la comunidad educativa. La Institución Educativa cuenta con un PEI vigente.

Art. 93. El Plan Anual de Trabajo (PAT) es un instrumento de gestión derivado del PEI cuya vigencia es de un año y concreta los cinco compromisos de gestión escolar y los objetivos pedagógicos del PEI. El PAT se elabora con participación de las distintas coordinaciones antes del inicio del año escolar y considera el calendario cívico-religioso escolar; busca propiciar experiencias que permitan aprendizajes significativos en los estudiantes; promover una cultura de prevención de riesgos y desastres; promover la cultura, la recreación y el deporte; garantizar la sana convivencia; y otras actividades con el fin de lograr una formación integral de los estudiantes en base al Curricular Institucional.

Art. 94. El Proyecto Curricular Institucional, es un instrumento de gestión pedagógica, de mediano y largo plazo, forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional. Se elabora en el marco del Diseño Curricular Nacional a través de un proceso de contextualización y/o diversificación

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curricular de la planificación educativa, parte de los resultados de un diagnóstico que evidencia las características de los estudiantes y de las necesidades específicas de aprendizaje, concretiza toda la planificación y desarrollo curricular del centro educativo.

CAPÍTULO III

DE LAS RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE MANTENIMIENTO Art. 95. El personal administrativo y de mantenimiento:

1. Asume y cumple con eficiencia, responsabilidad y confidencialidad los procedimientos bajo su responsabilidad.

2. Brinda a los estudiantes y padres de familia o apoderado un trato cordial. 3. Guarda reserva en toda la información relacionada con la Institución Educativa.

Art. 96. Otras funciones del personal administrativo y de mantenimiento están descritos en el Manual de Organización y Funciones (MOF) y en el Reglamento Interno de Trabajo

CAPÍTULO IV

DEL CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

Art. 97. La comunidad educativa vela por una sana convivencia basada en el diálogo, la confianza, el respeto, la tolerancia y el buen trato; promueve la identificación y vivencia de los rasgos que permiten establecer un clima adecuado para el desarrollo de la labor profesional.

Art. 98. La institución educativa cuenta con una organización pedagógica, pastoral y administrativa que facilita la coordinación de las diferentes instancias para el logro de los objetivos estratégicos institucionales y la comunicación pertinente.

CAPITULO V

OTRAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

Art. 99. El incumplimiento de las obligaciones pecuniarias por parte del padre de familia o apoderado adquiridas con el Colegio, facultará a éste para retener los certificados de estudio, constancias y cualquier otro documento de los períodos adeudados, así como a brindarle información solo verbal mas no escrita del proceso de aprendizaje y logros del estudiante mientras dure el incumplimiento referido, sin perjuicio de que continúe la prestación del servicio educativo, evaluación del estudiante, y la atención de reclamos respecto de la prestación del servicio educativo.

Art. 100. La Institución Educativa no tiene permitido realizar la matrícula del estudiante al inicio del próximo año escolar por las causales estipuladas en el Reglamento Interno, y cuando exista una deuda vencida a favor del Colegio.

Art. 101. La Institución Educativa, de acuerdo con la Ley de Protección de Datos Personales Nº 29733 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-JUS, garantiza a los usuarios de sus servicios y demás personas en general, la protección de los datos personales y datos sensibles que le sean proporcionados, dando a dichos datos un trato adecuado, relevante y no excesivo a la finalidad para cual han sido recopilados. El Colegio, como titular del banco de datos personales, guardará confidencialidad de los datos que recibe, adoptará las medidas técnicas, organizativas y legales que garanticen su seguridad y eviten su adulteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado. Por tanto, salvo pedido expreso de información por parte de alguna autoridad competente y salvo el pacto de uso de imágenes que sigue, el Colegio adquiere el deber de confidencialidad sobre cualquier información suministrada por el padre de familia o apoderado, por lo que no debe divulgarla, reproducirla o difundirla por cualquier medio.

Art. 102. La Institución Educativa podrá instalar un circuito cerrado de cámaras de vigilancia dentro de sus instalaciones para contribuir con la seguridad interna y no está obligado a proporcionar a estudiantes, padres de familia o, apoderados u otras personas o instituciones las copias de los videos de las

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grabaciones de las cámaras, salvo mandato judicial.

CAPÍTULO VI DE LAS BECAS

Art. 103. La beca es un beneficio temporal que, una vez aprobado, otorga el Colegio al padre de familia o

apoderado que esté registrado como titular del servicio educativo y que consiste en la exoneración parcial de la pensión de enseñanza, previa a una evaluación.

Art. 104. Son fines de la beca: 1. Asegurar a favor del estudiante en situación de orfandad y que conlleve a serios problemas económico,

la continuidad de sus estudios. 2. Apoyar económicamente para el año lectivo en curso a las familias que, por circunstancia fortuitas de

salud, orfandad y desempleo súbito no les sea posible asumir el total del monto de la pensión de enseñanza. Es decir, no se otorgarán becas por otras razones como por ejemplo: estudios del padre, madre o apoderado; de hermanos del estudiante en estudios superiores; por compra de bienes como casa, automóvil o pago de prestamos de entidades financieras, entre otras.

3. Estimular y apoyar la educación de los hijos del personal que cumplan los requisitos y condiciones de continuidad.

Art. 105. El monto de las becas no será mayor al 5% del total del presupuesto de ingresos de IE la Inmaculada, La beca no se incluye en cuota de ingreso ni matricula. Art.106. El beneficio de la beca se concederá a los padres de familia que cumplan lo siguiente:

1. Que el estudiante demuestre buen rendimiento académico y conductual. 2. Que se encuentre laborando en I.E. la Inmaculada. 3. Que tenga como mínimo tres (3) años de permanencia en el Colegio, excepto para los hijos del personal

del colegio. 4 Haber culminado el año escolar (a diciembre del año anterior) sin áreas desaprobadas y cumplir lo

siguiente: a) Lograr una calificación académica en promedio final para secundaria igual o mayor a 14; en inicial y

primaria nivel de logro A - AD. b) Lograr una calificación de comportamiento en promedio final el nivel de logro A o AD.

5. No tener deuda vencida con I.E. la Inmaculada. Art. 107. Los padres de familia o apoderado que deseen acogerse a este beneficio, deberán presentar una

solicitud según formato del Colegio dirigida a la Comisión de Becas. Esta solicitud deberá ser entregada en Recepción de acuerdo a las fechas establecidas Mes de Noviembre y comunicadas por el Colegio, adjuntando lo siguiente: 1. Copia de Pago por Derechos de Evaluación 2. Copia de DNI de ambos padres 3. Copia de boletas de remuneraciones de ambos padres. En caso de independiente acreditar ingresos

con declaración jurada Sunat o recibos por honorarios más recientes. 4. Copia de los recibos de pago de colegios y/o universidades u otros de la familia. 5. En caso de pérdida de trabajo, presentar copia de liquidación o carta de cese. 6. En caso de problemas por salud, presentar informe médico que acredite la enfermedad actual. 7. Croquis domiciliario indicando un punto de referencia. 8. Fundamentar el motivo de la solicitud Se tomará en cuenta para la adjudicación de la beca: 1. Informe del servicio social. 2. Informe sobre desempeño académico - formativo del estudiante. 3. Informe de caja 4. Que la familia no este gozando de otro beneficio otorgado por la Institución Educativa.

Art. 108. El proceso de solicitudes de becas lo hará la Comisión de becas del colegio. Esta comisión elevara un informe a la Dirección del Colegio y será la encargada de otorgar o negar la beca. Su decisión será

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inapelable y la comunicará mediante una carta enviada a los padres de familia o apoderado indicando el porcentaje de la pensión otorgado como beca; Así como disponer la suspensión temporal o permanente de la beca otorgada teniendo en cuenta las siguientes causales: 1. Ocultamiento de información relevante al Colegio por parte de los padres de familia o apoderado que

afecten la decisión del otorgamiento de beca. 2. Solvencia económica de los padres de familia o apoderado verificada por el colegio. 3. Realización del estudiante de otros cursos, talleres paralelos fuera del colegio y que demanden

inversión económica por parte de los padres de familia o apoderado. 4. A solicitud de los padres de familia o apoderado. 5. Para el personal del colegio, por cese laboral. 6. Sanción por falta muy grave del estudiante

Art. 109. La Comisión de Becas del Colegio, se reserva el derecho de atender situaciones no contempladas en el presente Reglamento.

TÍTULO V

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS Art. 110. Las normas y procedimientos formativos I.E. la Inmaculada buscan lograr un espacio de sana

convivencia bajo el principio básico de respeto al prójimo mediante el cumplimiento de las normas establecidas. En toda comunidad de personas, el desarrollo personal y social depende del respeto de sus derechos y cumplimiento de sus deberes. Los derechos son el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de sana convivencia en nuestro Colegio. Los deberes son las obligaciones que tiene cada persona para con los demás y permite que nuestra Institución Educativa responda a sus fines. Estos derechos y deberes se concretan en normas que favorecen la construcción y realización de la “Familia Inmaculada”.

CAPÍTULO I

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE INICIAL - PRIMARIA Y SECUNDARIA DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Art. 111. Toda estudiante tiene los siguientes derechos:

a. Ser matriculado en el grado de estudios que le corresponde de acuerdo a su edad y demás documentos que acrediten su escolaridad.

b. Recibir formación católica integral con espiritualidad franciscana mariana dentro de un ambiente que brinde seguridad moral, física y espiritual, así como los servicios de orientación y bienestar.

c. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación como hija de Dios; y ser informado de disposiciones que le concierne como estudiante.

d. Conocer y recibir explicación del Reglamento al inicio del año escolar. e. Recibir estímulos y felicitaciones en mérito a acciones destacadas en relación a sus deberes y

obligaciones. f. Establecer dialogo con el personal jerárquico, docente y administrativo, para recibir la orientación

correspondiente de acuerdo al horario establecido por la Dirección. g. Elegir y ser elegido para participar en los organismos estudiantiles que funcionan en el Institución

Educativa. h. Participar en las competencias de carácter académico, deportivo y cultural que se realicen dentro y/o

fuera de la Institución Educativa . i. Ser evaluado en concordancia con los dispositivos legales vigentes en estricta justicia y equidad sin

ningún condicionamiento económico o de otra índole de parte del docente. j. Los lockers facilitan el resguardo de sus útiles escolares, deberán, mantenerlo ordenado, limpio y

cerrado, bajo su responsabilidad. “La Institución Educativa” no se hará responsable por las pérdidas

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producidas en el lockers, si sufriera algún daño, constituye obligación del padre de familia, asumir el gasto para su reparación o reposición, si fuera el caso.

k. Recibir el informe de sus evaluaciones diagnóstico, proceso y sumativas oportunamente estando al día en el servicio educativo.

l. Recibir el informe académico oportunamente estando al día en el servicio educativo. m. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de observaciones erróneas en un plazo

de 05 días hábiles, por el conducto correspondiente. n. Ser evaluada fuera de las fechas bimestrales, cuando sus inasistencias hayan sido debidamente

justificadas en la Coordinación de Tutoría (con certificado médico).Dentro de los 07 días hábiles para los 03 niveles.

o. Ser exonerada del desarrollo y evaluación de la parte práctica de la asignatura de Educación Física, si acreditan impedimento Físico con el certificado médico correspondiente.

p. Derecho a comunicar malas prácticas docentes y de convivencia estudiantil para tomar medidas correctivas.

q. Propiciar una sana convivencia con espíritu de fraternidad.

DEBERES DE LAS ESTUDIANTES Art. 112 Toda estudiante de la I.E. La Inmaculada cumple con los siguientes deberes:

a. Asumir progresivamente de acuerdo a su edad, libre y responsablemente, la axiología y el Proyecto Educativo Institucional.

b. Conocer y practicar las Normas de Convivencia de la I.E. c. Asumir como compromiso formativo las Normas de Convivencia de la I.E d. Cumplir los deberes respecto a su formación integral, intelectual, cívica, patriótica, moral y religiosa. e. Ser testimonio de vida cristiana dentro y fuera de la I.E. mostrando un comportamiento digno en todo

momento, practicando las normas de urbanidad, respeto, responsabilidad y fraternidad, paz y minoridad

f. Demostrar amor a Dios en la escucha de su Palabra, la vivencia de los sacramentos, asistiendo a los diversos actos litúrgicos con responsabilidad y respeto.

g. Amar y respetarse a sí mismo, cuidando su salud y su aspecto personal. h. Respetar a los demás, usando en todo momento un buen lenguaje evitando los insultos y apodos

humillantes, el abuso, la discriminación, el chisme, la prepotencia, la agresión física y las expresiones escritas o gráficas y otros actos que ofendan la dignidad de las personas dentro y fuera de la I.E.

i. Cuidar los espacios de uso común considerándolos como suyos evitando mancharlos o deteriorarlos intencionadamente de comprobarse recibirá las medidas correctivas en bien de su formación.

j. Ser amigable, cortés, servicial y colaborador, apoyando al que lo necesita, respetando las diferentes opiniones, acogiendo al otro con sus diferencias.

k. Comprometerse a vivenciar las dimensiones fundamentales de la vida: la justicia, la paz y la ecología respetando la integridad de la creación.

l. Participar activamente en las actividades de pastoral e ir al encuentro del hermano necesitado en las actividades de servicio social que organiza la I.E.

m. Representar dignamente a la I.E. en los diferentes eventos cívicos, académicos, deportivos y artísticos internos o externos demostrando la práctica de valores.

n. Aceptar con madurez los resultados de las competencias aunque éstos sean adversos Art.113. DE LA ASISTENCIA

a. Asistir y permanecer en el Colegio de acuerdo al horario establecido. Nivel Inicial : de 7:45 am a 1:45 pm Nivel Primario : de 7:00 am a 2:00 pm Nivel Secundario : de 7:10 am a 2:00 pm

El último Viernes de cada mes saldrán las estudiantes de Inicial, Primaria y Secundaria a las 1: 00 p.m. Art.114. DE LA EVALUACIÓN DE LA PUNTUALIDAD

a. A partir de la 4ta. tardanza se disminuirá 1 punto salvo justificación con la presencia de sus padres.

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b. A partir de la 4ta. tardanza la estudiante y el padre de familia firmará el compromiso de puntualidad. c. Por cada falta injustificada se bajará dos puntos en la conducta. d. El estudiante tiene la obligación de asistir a todas las clases y actividades complementarias

programadas por el colegio cumpliendo el horario establecido sin poder retirarse de La Institución Educativa antes del horario de salida.

e. El 30% de inasistencia injustificadas dentro del año, determinará ser retirada por resolución. f. Toda inasistencia deberá ser justificada por el padre de familia y/o apoderado registrado dejando

constancia de ello. g. Presentar de forma escrita y con la firma de los padres o apoderados la justificación oportuna y veraz,

de la impuntualidad o inasistencia del estudiante adjuntando Certificado Médico en caso de enfermedad, así como responsabilizarse, del cumplimiento de sus trabajos y evaluaciones en el plazo que las coordinaciones determinen.

h. Ante las urgencias médicas o familiares, la estudiante deberá ser retirado personalmente por su apoderado, situación que se hará constar en el cuaderno de salidas especiales.

i. Las inasistencias deben ser justificadas dentro de 48 horas de ocurrida la falta. j. Firmar y enviar diariamente el Manual de la Familia. k. Marcar y/o grabar sus nombres en los útiles escolares y uniformes (de forma obligatoria). l. Cuidar sus útiles escolares y prendas de vestir con responsabilidad.

Art.115. DE LOS PERMISOS. Las estudiantes deberán tener en cuenta: a. No habrá permisos de salida en las actuaciones o actividades programadas, salvo casos debidamente

sustentados con anticipación. b. Los permisos frecuentes serán considerados como inasistencia injustificada.

Art. 116. DE LA PRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES a. Asistir debidamente aseada, correctamente uniformada sin cambios o aditamentos al uniforme. b. Las estudiantes llevarán el cabello recogido, con colet negro y/o azul. c. Las estudiantes están obligadas a asistir con el uniforme de educación física solamente el día de clases,

de acuerdo a su horario y cuando la Dirección lo disponga, caso contrario el PPFF estará obligado a traer a la I.E. el uniforme correspondiente.

d. El uniforme de Educación Física consta de: Pantalón a la cintura y con basta Medias blancas tobilleras no taloneras. Zapatillas blancas sin adornos. Polo celeste y short azul. Casaca azul. Bolsa de aseo. e. El uniforme oficial consta de: Jumper a media rodilla Zapatos negros sin plataforma Medias Azules Blusa Blanca Chompa ploma - Saco azul En invierno: La estudiante podrá usar: - Bufanda de polar azul - Pullover de polar azul - Panty color piel f. Asistir correctamente uniformada, portando el saco todos los lunes para el izamiento y ceremonias

especiales. g. Marcar con sus iniciales el uniforme oficial, de educación física y bolsa de aseo. h. Los estudiantes no pueden asistir la I.E. con tatuajes, piercings, uñas pintadas ni el cabello teñido, más

de un par de aretes, pulseras, pitas dijes etc ART.117. DEL COMPORTAMIENTO EN EL PLANTEL

a. Respetar a los docentes, compañeros y todo el personal que labora en el colegio. b. Poner en práctica normas de urbanidad y ética social con todo el personal. c. Ser ejemplo de disciplina, y cumplimiento de los valores franciscanos institucionales.

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d. Permanecer en el aula durante las horas de clases, salvo con autorización, el estudiante portará la papeleta de tránsito para poder salir del aula.

e. Prestar interés y atención activa a todas las clases, para lograr los estándares y desempeños académicos, programados en cada nivel y ciclo.

f. Cumplir con las horas de proyección social para garantizar el perfil ideal de las estudiantes egresadas de cada nivel.

g. Entregar los trabajos, laboratorios y/o actividades de estudio indicada en la fecha por el docente, sin postergación, salvo enfermedad y/o viaje debidamente justificado.

h. Emplear un lenguaje correcto y apropiado, el que corresponde a los estudiantes F.I.C. i. Guardar respeto a los símbolos de la Patria y otros, y a los que identifican a la I.E. j. Preservar, respetar y cuidar los espacios comunes y el medio ambiente, usando adecuadamente los

recursos naturales, cuidando las áreas verdes, árboles y jardines, favoreciendo la limpieza, el orden y la estética de la infraestructura.

ART.118 DEL COMPORTAMIENTO FUERA LA INSTITUCION EDUCATIVA a. Practicar los valores éticos, sociales, patrióticos, religiosos y las reglas de urbanidad con los miembros

de su familia y de la comunidad, evitando una conducta inadecuada con la moral y las buenas costumbres que atenten contra la salud física y mental.

b. Representar al colegio en eventos académicos, culturales, civiles, religiosos y deportivos, mostrando responsabilidad, rectitud, honradez y lealtad al plantel.

c. Demostrar buena conducta al viajar en ómnibus, microbús y otros. d. Demostrar buena conducta en viajes de excursión que represente a nuestro colegio; debiendo firmar

oportunamente el reglamento de excursión, asumiendo las consecuencias del no cumplimiento del mísmo.

e. Solo está autorizado el viaje de Promoción para las estudiantes de 4to secundaria y dentro del territorio nacional.

ART.119. DEL COMPORTAMIENTO EN LA FORMACIÓN a. Mantener el orden y la disciplina durante la formación, respetando el horario. b. Participar activamente y con respeto durante las ceremonias religiosas, cívicas y patrióticas. c. Desplazarse en forma rápida y ordenada al aula de clase. d. La estudiante que se encuentre mal de salud, durante la formación permanecerá en enfermería. e. Está prohibido quedarse en el aula durante la formación.

CAPÍTULO II

DE LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES ART 119. ESTA PROHIBIDO

a. Traer celulares, laptop, notebook, tablets, iphone, máquinas fotográficas, mp3, mp4, alhajas, objetos de lujo, dinero, radios, grabadora, periódicos, revistas, casinos, y otros objetos distractores, ya que serán requisados y retenidos hasta diciembre (Clausura), sin opción a reclamo por lo cual la coordinación de Tutoría hará revisiones periódicas de mochilas y/o maletines.

b. Utilizar un vocabulario soez dentro y fuera La Institución Educativa, o en alguna página de redes sociales.

c. Firmar actas o peticiones en contra de los docentes. d. Falsificar las firmas de los padres o apoderados. e. Adulterar las notas en la hojas de información bimestral. f. Salir sin permiso del colegio durante el horario escolar (evasión La Institución Educativa). g. Promover rifas, colectas, bailes, ventas sin autorización de la Dirección. h. Modificar el uniforme diario dentro y fuera La Institución Educativa, por ejemplo; levantar las bastas,

hacer pinzas y alterar el uso de la blusa. I. Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren su rendimiento académico o que

estén en contradicción con las orientaciones del colegio.

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j. Salir del aula durante el cambio de hora de clase sin autorización del docente entrante o brigadier. k. Usar cualquier forma de plagio durante las pruebas orales, escritas y/o presentación de trabajos. l. Deteriorar material del laboratorio, biblioteca, ambientes y materiales de deportes, sala de cómputo,

audio y video, jardines, así como el equipamiento mobiliario de las aulas, en caso contrario será repuesto en su calidad y cantidad.

m. Usar el nombre del colegio para fines que no son de su competencia. n. Utilizar maquillaje, teñirse el cabello y asistir con uñas largas y pintadas. o. Beber licor en el Plantel o en lugares públicos, bar, y discotecas y en compañía masculina en

actividades sociales y/o mostrar posturas indecentes con o sin uniforme. p. Realizar juegos bruscos e indecentes que puedan dañar la integridad física de sus compañeras. q. Aparecer en situaciones que atenten contra la moral en las diferentes páginas Web o redes sociales.

Agredir o postear a estudiantes de la institución en conductas reñidas con la moral r. Traer y fumar cigarrillos comunes, vapeadores, cigarrillos electrónicos dentro del Centro Educativo. s. Está prohibido cualquier comentario ofensivo o de críticas en las redes sociales así como las

publicaciones de fotos que daña la imagen de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. t. Emitir comentarios falsos e injuriosos contra las autoridades La Institución Educativa, personal

docente, administrativo, de apoyo y condiscípulas, por cualquier medio de comunicación. u. Dar regalos u otros objetos a los docentes, con el fin de favorecer las evaluaciones académicas. v. Agredir física o verbalmente en eventos deportivos, culturales y/o patrióticos, siendo retirada

automáticamente de estos. Art: 120. DE LAS SANCIONES

a. Ante las faltas cometidas, aceptar las siguientes sanciones: Amonestación verbal y/o escrita por: - Profesor y/o tutora. - Coordinación de Inicial, Primaria y Secundaria. - Coordinación de Tutoría, Pastoral, Actividades y Dirección del Colegio

b. En caso de que la falta no este contemplada en el Presente Reglamento, el Consejo Directivo se reunirá para evaluar y determinar la medida correctiva de la misma.

c. No se ratificará la matrícula a la estudiante que haya incurrido en una infracción. d. Evaluación de la conducta: La nota de conducta se obtiene de la evaluación del comportamiento

de las estudiante durante el bimestre y la apreciación de la tutora. e. Las estudiantes que incurran en faltas estipuladas en el Art. 119 se harán acreedoras a deméritos

según los criterios de evaluación del comportamiento.

CAPÍTULO III DEL PROCESO DISCIPLINARIO, FALTAS Y MEDIDAS FORMATIVAS

Art. 121. El Proceso Disciplinario es un conjunto de actividades encaminadas a corregir y sancionar

determinados comportamientos o conductas de los estudiantes que vayan en contra de las obligaciones, deberes y demás disposiciones establecidas en el presente Reglamento y otras establecidas por las autoridades del Colegio, del Ministerio de Educación u órganos intermedios competentes.

Art. 122. Dará lugar a la instauración del Proceso Disciplinario, toda acción u omisión que se considere falta disciplinaria. Todos los actos del Proceso Disciplinario constarán por escrito en el expediente del estudiante.

Art. 123. Una falta es un comportamiento desacertado o erróneo en el que incurre un estudiante, sea de acción u omisión; cuando el estudiante quebranta las normas de convivencia o cuando no usa responsablemente su libertad, afectando negativamente a la Institución educativa de la La Inmaculada, corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar (bullying), acoso escolar, y cyber-acoso así como y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

1. Que se presenten de manera repetida o sistemática. 2. Que causen daños al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. Art. 124. FALTAS EN PRIMARIA Y SECUNDARIA

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Las faltas en las que incurra el estudiante se tipificarán por la naturaleza de la acción u omisión. Su gravedad será determinada evaluando las siguientes condiciones:

1. Las circunstancias en que se comete. 2. La forma de la comisión. 3. La concurrencia de varias faltas. 4. La participación de uno o más estudiantes en la comisión de la falta. 5. La afectación que produce al cuerpo y salud de los involucrados. 6. La afectación a la imagen de la institución educativa. 7. Los efectos que produce la misma.

Las faltas se tipifican de acuerdo a la gravedad de las mismas en. leves, graves y muy graves. Las faltas según sea el tipo, trae como consecuencia la aplicación de medidas formativas:

Faltas leves Son aquellas que ocurren por descuido, falta de previsión o anticipación de consecuencias por parte del estudiantes, conflictos que afectan la sana convivencia y que se presentan de manera esporádica. Son consideradas faltas leves, entre otras, las siguientes: 1. Desobedecer de manera reiterada las indicaciones u observaciones sobre alguna actividad o forma de

convivencia. 2. Interrumpir el normal desarrollo de las actividades dentro y fuera del aula. 3. Incumplir con la devolución debidamente firmada los documentos oficiales del colegio y evaluaciones

escritas. 4. Llegar tarde al aula y otras actividades del colegio por más de dos veces y sin justificación. 5. Vestir el uniforme del colegio de manera inadecuada. 6. Asistir a clases con un uniforme que no corresponde según horario. 7. Incumplir con la presentación de tareas o deberes en la fecha indicada por el docente en forma

reiterada. 8. Usar un vocabulario soez en las relaciones interpersonales. 9. Hacer apuestas que afecten la sana convivencia. 10. Promover y realizar compras y ventas de objetos y entradas para eventos entre estudiantes en la I.E.

sin autorización. 11. Hacer uso inadecuado de los diferentes ambientes en la I.E. y no cuidar la limpieza de dichos

ambientes. 12. El uso inadecuado de casilleros conforme a lo establecido en el reglamento de Lockers. 13. Permanecer en el aula tanto en las horas de recreo, refrigerio y salida sin la autorización expresa

(verbal o escrita) del docente o tutor. Faltas graves

Son consideradas faltas graves aquellas que afectan el normal desenvolvimiento de las actividades de la I.E. La Inmaculada, así como las faltas leves que comete un estudiante de manera reiterada. Son consideradas faltas graves, entre otras, las siguientes:

1. Incumplir una medida formativa impuesta por una falta leve. 2. Acumular tres (3) veces faltas leves con amonestación escrita. 3. Acumular siete (7) inasistencias injustificadas. 4. Ignorar las indicaciones dadas por el adulto (personal del colegio), alzar la voz, hacer uso de

comentarios inadecuados. 5. Mentir al personal de la I.E. (dependiendo del contexto y la edad del estudiante). 6. Salir o intentar salir de la I.E. sin la autorización debida. 7. Destruir total o parcialmente mobiliario, material didáctico e infraestructura de la I.E. así como la

propiedad de cualquier miembro de la comunidad educativa. 8. Incumplir las normas que son propias de los laboratorios, salas de cómputo, etc. 9. Romper o alterar información enviada o dirigida por la I.E. a los padres de familia o apoderado. 10. Ausentarse de las aulas o de otras actividades pedagógicas sin la debida autorización.

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11. Protagonizar y/o participar en desórdenes mayores durante las clases o en otros espacios de la I.E. que atenten contra sus pares, muebles e inmuebles de la institución.

12. Faltar a clases habiendo salido de casa con dirección al Colegio. 13. Apoderarse (presionando o forzando) de los alimentos de una compañera de la I.E. 14. Abrir, intentar abrir o cerrar un casillero que no le pertenece al estudiante. 15. Manipular y utilizar en horario escolar celular, reproductor de video de cualquier formato y cualquier

otro tipo de medio electrónico que no ayude al desarrollo académico sin autorización de la coordinación de Nivel.

Faltas muy graves Son consideradas faltas muy graves aquellos comportamiento y actitudes que afectan de manera significativa a la I.E. LA INMACULADA o cualquier miembro de la comunidad. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar (bullying), acoso escolar, y cyber-acoso así como también las que se estipulan y que cumplan con cualquiera de las siguiente características: 1. Que se presenten de manera repetida o sistemática. 2. Que causen daños al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

También son faltas muy graves entre otras. 1. Incumplir una medida formativa impuesta por una falta grave. 2. Acumular tres (3) faltas graves con amonestación escrita. 3. Acumular más de siete (7) tardanzas injustificadas o siete (7) inasistencias injustificadas en el bimestre. 4. Agredir física y/o verbalmente a otros estudiantes dentro y fuera de la I.E. La Inmaculada. 5. Agredir física y/o verbalmente a cualquier personal del colegio, así como por las redes sociales. 6. Utilizar lenguaje y actitudes insolentes que atenta contra la dignidad y honra de las personas. 7. Tener, comercializar y/o consumir alcohol o sustancias tóxicas adictivas en la I.E. La Inmaculada y en

actividades organizadas por el mismo. 8. Inducir premeditadamente a otra persona a cometer faltas. 9. Sustraer y/o apropiarse de bienes ajenos. 10. Presionar a un compañero amenazándolo con daño físico y/o moral con la finalidad de obtener

beneficio propio o de terceros. 11. Participar de forma directa y premeditada o a través de terceros, con amenazas o agresiones de

palabra u obra, difamaciones a personas, bienes o grupos dentro o fuera de la institución, inclusive utilizando tecnología como celulares, internet u otros medios análogos.

12. Incurrir en todo intento de copia o plagio durante las evaluaciones, así como la copia o apropiación de algún trabajo de otros compañeros.

13. Traer, guardar y/o acceder virtualmente a material pornográfico y otros artículos que causen daño físico, moral o psicológico a sus compañeros o a sí mismo.

14. Incurrir en acciones que van en contra de la Convivencia sin Violencia (bullying). 15. Falsificar firmas en cualquier documento oficial de la I.E. La Inmaculada y/o de su apoderado. 16. Traer materiales inflamables, cualquier tipo de explosivos, armas de fuego o punzo cortante que

puedan atentar contra el orden, la integridad propio o la de cualquier otro miembro de la I.E. 17. Pertenecer a pandillas, organizaciones y grupos delictivos.

Art. 125. MEDIDAS FORMATIVAS Las medidas formativas son acciones que se realizan como parte del proceso disciplinario para

lograr la reflexión personal y comunitaria sobre las faltas que cometiera un estudiante con la finalidad de modificar su comportamiento. Estas incluyen acciones de sanción, intervención y de reparación.

En el nivel inicial considerando la edad, contexto, circunstancias, persistencia y consecuencias a las que conlleve la falta, se aplicarán las siguientes medidas formativas, no necesariamente en el orden en el que se mencionan: 1. Amonestación verbal. 2. Realización de actividades de reflexión.. 3. Acciones reparadoras en función a la falta. 4. Citación a los padres o apoderado.

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5. De acuerdo al caso concreto, hechos, circunstancias, y efectos derivados de la falta se podrán aplicar de manera adicional las medidas formativas y procedimientos contemplados para los otros niveles.

En primaria y secundaria se aplican las medidas formativas de acuerdo a la gravedad y persistencia de la falta

y no necesariamente en el orden en el que se mencionan y totalidad: 1. Para faltas leves:

a) Amonestación verbal. b) Registro de la falta en el Parte del Aula. c) Amonestación escrita. c) Realización de trabajos especiales de reflexión. e) Acciones reparadoras en función a la falta. d) Retención de aparatos electrónicos.

2. Para faltas graves: a) Registro de la falta en el Parte del Aula. b) Amonestación escrita. b) Citación a los padres o apoderado. c) Acciones reparadoras en función a la falta, estas pueden implicar la realización de labores

especiales, asignadas por la coordinación de ciclo en acuerdo con los padres de familia. d) Afectación del calificativo de comportamiento.

3. Para faltas muy graves: a) Registro de la falta en el Parte del Aula b) Amonestación escrita. c) Citación a los padres o apoderado. d) Acciones reparadoras en función a la falta, estas pueden implicar la realización de labores

especiales, asignadas por la coordinación de ciclo en acuerdo con los padres de familia. e) Afectación del calificativo de comportamiento. f) Retención temporal del estudiante. f) Reflexión del estudiante de uno (1) a tres (3) días o más en casa. h) Matrícula observada. g) Separación definitiva.

CAPITULO IV

DEL PROCESO DISCIPLINARIO E INSTANCIAS DE INTERVENCIÓN Art. 126. Según la naturaleza y la gravedad de las faltas, intervienen en el proceso disciplinario los profesores,

tutores, coordinadores de nivel , comité de tutoría y orientación educativa, consejo de disciplina y/o dirección. EN EL NIVEL INICIAL 1. Las faltas son tratadas, en primera instancia por el docente de aula y/o tutora del estudiante según

con quien se de el incidente. 2. Cuando las faltas son observadas por un colaborador no docente, este deberá reportarla a la tutora de

la estudiante o a la coordinadora de nivel quien lo comunicará a la tutora. 3. La tutora después de haber recibido la información de la falta por comunicación verbal y/o escrita del

colaborador o docente y con conocimiento de la intervención aplicada, dialogara con la estudiante y la familia, estableciendo las estrategias para dar seguimiento al estudiante y superar las dificultades señaladas.

Considerando la gravedad de las consecuencias a las que lleve la falta y/o recurrencia, se pasara a las siguientes instancias consecutivamente previa comunicación a los padres de familia , para definir acciones de intervención y acompañamiento del estudiante según sea el caso: 1. Coordinación de Nivel 2. Comité de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) 3. Consejo de Disciplina EN EL NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA 1. Faltas leves:

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a) Son tratadas en primera instancia, (i)por el docente de aula; y, (ii) por el tutor (a) de la estudiante, respetando este orden.

b) Cuando la falta es observada por un colaborador no docente, este deberá reportarla al tutor (a) de la estudiante o a la coordinadora de nivel quién lo comunicará al tutor (a).

c) El tutor(a) después de haber recibido la información de la falta de comunicación escrita del docente y con conocimiento de la intervención aplicada , dialogará con la estudiante y establecerá las estrategias para dar seguimiento al estudiante y superar las dificultades señaladas.

d) De no superar las dificultades el tutor (a) y el coordinador de nivel conjuntamente buscarán la mejor solución.

2. Faltas graves: a) Son tratadas en primera instancia por la coordinación de ciclo. Para esto, el tutor(a) deberá

presentar previamente un informe escrito a la coordinación del ciclo, en el que se detalle el proceso indagatorio seguido y elementos para la determinación de la falta grave.

b) La Coordinación de nivel, de acuerdo a la necesidad, resuelve o convoca al Comité de Tutoría y Orientación Educativa. c) La Coordinación de nivel cita a los padres de familia y consigna por escrito los compromisos y

acuerdos del estudiante, padres de familia. d) La Coordinación de nivel informa al tutor (a) sobre los compromisos y acuerdos. para que realice

el seguimiento de los mismos. Periódicamente el tutor (a) informara de los avances y resultados a la coordinación de ciclo.

e) En segunda instancia y a solicitud del padre de familia y/o estudiante, será el Comité de Tutoría y Orientación educativa. quien confirmara o revocara la decisión de coordinación de ciclo.

3. Faltas muy graves: a) Son tratadas en primera instancia por el Comité de Tutoría y Orientación Educativa. Para esto. el

tutor(a) deberá presentar previamente un informe escrito a la coordinación de ciclo, quien informa al Comité de TOE sobre la falta y el proceso seguido para su determinación y la intervención realizada anteriormente, si fuera el caso.

b) El Comité de TOE, resuelve o presenta el caso al Consejo de Disciplina, quien establece las medidas a aplica.

c) Según el organismo que resuelva, se cita a los padres de familia para informar sobre lo resuelto. d) La coordinación de ciclo en coordinación con el tutor(a) da seguimiento a los compromisos y

acuerdos asumidos por ambas partes.

Conforme con lo antes expuesto, y para garantizar el derecho a la doble instancia, es que los padres de familia y/o el estudiante cuando corresponda, luego de comunicada la decisión de primera instancia tendrán el plazo de dos días (2) laborables para solicitar que el superior jerárquico confirme o, revoque total o parcialmente la decisión inicial. En todo los casos el interesado deberá presentar los medios probatorios correspondientes, en caso contrario, su pedido se entenderá como no presentado. Para los casos en los que se determine la separación definitiva, el procedimiento a seguir se consigna en el artículo siguiente.

Art. 127. DERECHO DE DEFENSA Y DEBIDO PROCESO POR LAS FALTAS MUY GRAVES - SEPARACIÓN DEFINITIVA En caso se determine suspender definitivamente al estudiante y separarlo de la institución, IE la Inmaculada. los padres de familia y los estudiantes deberán respetar el siguiente procedimiento: 1. I.E. la Inmaculada convocará al padre de familia o apoderado informándole que su menor hija está

inmerso en la causal de separación de la institución. 2. Los padres de familia (y el estudiante con autorización de sus padres) realizará el descargo respectivo

contando con cinco (5) días laborables para ejercer dicho derecho. Luego se realizará una audiencia en la que participa el Concejo de Disciplina. Este Consejo, después de recibir el descargo oral y escrito del padre del familia, tomará la decisión de permanencia del estudiante o de su retiro y separación definitiva, teniendo para ello el plazo de diez (10) días laborables siguientes de realizada la audiencia para expedir la resolución respectiva por parte de la Dirección del Colegio.

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3. Los padres de familia o apoderado podrán interponer recurso de reconsideración ante el propio Concejo de Disciplina para que evalúe nuevamente su decisión dentro de los tres (3) días laborables siguientes a notificada su decisión. El Consejo de Disciplina resolverá dicho recurso dentro de los tres (3) días laborables siguientes.

4. Los padres de familia o apoderado podrán interponer un recurso de apelación contra la decisión adoptada por el Consejo de Disciplina, para ello contarán con el plazo de tres (3) días laborables siguientes de notificada la decisión. El Consejo elevará el recurso a la documentación respectiva a la Dirección, quien será la última instancia y resolverá dentro de los tres (3) días laborables de recibido el recurso y la documentación respectiva. La decisión de la Dirección como instancia será inapelable.

CAPÍTULO V

DE LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA Art. 128. El Colegio prohíbe el acoso y/o cualquier forma de violencia escolar, entendiendo como violencia: el

uso intencional e injustificado de la fuerza o el poder por parte de estudiantes contra uno o varios de ellos, causando o teniendo muchas probabilidades de causarle(s) daño. Ha formado un equipo de convivencia saludable, conformado por la directora, una psicóloga, la coordinadora de nivel de inicial, la coordinadora del nivel de primaria, la coordinadora del nivel de secundaria, la responsable de normas educativas y la coordinadora de Tutoría y Orientación Educativa, un representante de los padres de familia, una representante de los estudiantes y una auxiliar.

Art. 129. Los padres de familia o apoderado son corresponsables en la promoción de la convivencia sin violencia en la institución educativa, asumiendo su rol en el ámbito familiar, apoyando al Colegio y denunciando ante la Coordinación de Tutoría todo tipo de acto de hostilidad y violencia entre estudiantes, sea del lado del estudiante agresor o víctima. Los padres de familia o apoderado de las estudiantes que realizan los actos de violencia, hostigamiento o intimidación están obligados a brindar toda su colaboración para corregir dichos actos y deben comprometerse a cumplir con el acompañamiento y la consejería respectiva.

Art. 130. Atención De Casos De Violencia. Es la intervención oportuna, efectiva y reparadora sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar los cuales pudieran darse:

Entre estudiantes: se realiza a través de los siguientes pasos: 1. Acción: son las medidas adoptadas por la institución educativa para atender los casos de violencia

detectados y proteger a todos los estudiantes. 2. Derivación: es la comunicación con un servicio externo especializado de atención de la violencia o el

traslado de la víctima y/o el agresor, si se estima necesario. 3. Seguimiento: es el acompañamiento y la supervisión del bienestar de todos los estudiantes (atención

psicológica, acompañamiento pedagógico, soporte emocional, etc.) así como la restauración de la convivencia afectada y la verificación del cese de todo tipo de agresión.

4. Cierre: es la finalización de la atención del caso cuando se hayan cumplido todos los pasos previos. En todo el proceso se garantiza la continuidad educativa del estudiante, así como su protección y

acogida. Todo caso de violencia escolar del que se tenga conocimiento por los docentes debe dar aviso al tutor y

a su vez a Coordinación de Tutoría para que sea anotado en el Libro de Registro de Incidencias. El reporte da inicio al proceso de atención y seguimiento, el cual sigue las pautas indicadas.

Art. 131.Otros criterios generales a considerar pueden explicitarse de la siguiente manera: 1. Actitudes de hostigamiento consistentes en el tiempo de parte de algún estudiante, serán objeto de un

estudio por parte de la Dirección acerca de la conveniencia o no de la continuidad de ese estudiante en el Colegio por constituir su comportamiento falta muy grave.

2. El Colegio no puede realizar una intervención educativa que sea eficaz y temprana, si es que existen situaciones en conocimiento de los padres de familia u otros miembros de la familia de algún estudiante y estos antecedentes no se hacen llegar oportuna y fidedignamente al Colegio, cuidando en todo

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momento la privacidad y discreción del caso. 3. Tampoco existen posibilidades de una intervención positiva si es que las familias, tanto del agresor como

de la víctima, no asumen una actitud de diálogo respetuoso y abierto que ayude a tratar el problema en forma sistémica y constructiva. En este sentido, situaciones de conflicto o descalificación entre padres de familia o apoderados de los estudiantes comprometidos en situaciones de hostigamiento, serán entendidas por el Colegio como una obstrucción a la solución del problema.

4. Son los tutores y las respectivas coordinaciones de ciclo las encargadas de recibir las alertas y poner en marcha el procedimiento establecido.

CAPÍTULO VI

DE LOS ORGANISMOS ESTUDIANTILES DE LOS TALLERES Art.132 Los estudiantes participarán de los siguientes talleres:

- Taller de Deportes (básket, vóley, natación y atletismo) - Taller de Danzas Folklóricas - Taller de Pintura - Taller de Ballet - Taller de Música (coro y orquesta)

Participar en los talleres de actividades extracurriculares como: Psicología Defensa Civil Catequesis Proyección a la Comunidad Grupos Franciscanos: NIFRA, JUFRA

Los fines de las actividades extracurriculares serán determinadas por el profesor responsable de la actividad y la Coordinación de Actividades

DE LA ESCOLTA, ESTADO MAYOR Y BRIGADIERES Y DELEGADAS Art.133 La escolta y Estado Mayor, están formados por las estudiantes más destacadas identificados con la

Institución Educativa; las mismas que serán designadas por el Comité Responsable. FUNCIONES LA ESCOLTA Las escoltas de inicial, primaria y secundaria deberán: a. Presidir el inicio de la semana de clases de acuerdo al rol establecido b. Representar al colegio en las actividades Cívico - Patrióticas programadas fuera de la Institución

Educativa. Art.134 BRIGADIER GENERAL Es la estudiante caracterizada por su buen aprovechamiento, comportamiento,

don de mando y marcialidad, Como Brigadier General deberá: a. Conducir permanentemente las formaciones de las estudiantes dentro y fuera del colegio. b. Supervisar a los estudiantes y/o brigadieres de sección en cuanto al cumplimiento de sus funciones. c. Velar por el orden, disciplina y buen comportamiento de las(os) estudiantes dentro y fuera La

Institución Educativa, demostrando en todo momento cordura y buen ejemplo. d. Velar porque los estudiantes vistan correctamente los uniformes reglamentarios. e. Informar a las auxiliares de Educación y coordinadora de Tutoría, las ocurrencias que se susciten

durante el control que realiza la brigadier. Art.135. SUB-BRIGADIER GENERAL Es la estudiante caracterizada por su buen aprovechamiento,

comportamiento, don de mando y marcialidad. a. Reemplaza a la Brigadier General en caso de ausencia. b. Colabora con la Brigadier General en forma permanente, manteniendo el orden y disciplina de las

estudiantes en general. Art.136 BRIGADIERES DE AULA: Defensa Civil

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Son las estudiantes más caracterizadas del aula en comportamiento y rendimiento académico y serán elegidas en forma democrática por sus compañeros y tutora. Serán cambiadas en caso de incumplimiento de sus funciones y premiadas a fin de año si es que han cumplido eficientemente su tarea. Deben: a. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia en el aula. b. Cuidar la disciplina en clase y en horas libres. c. Colaborar con la formación de sus compañeras. d. Vigilar los ambientes a fin de que ningún(a) estudiante se quede fuera del aula o taller en horas de

clases. e. Velar por la higiene y conservación del local escolar. f. Ser ejemplo de orden, disciplina, responsabilidad y estudio. g. Emplear el lenguaje correcto y apropiado. h. Usar el cordón distintivo todos los días (obligatorio)

Art. 137. Delegada: Es elegida democráticamente y representa al aula en todas las actividades programadas por la I.E. Delegado de Pastoral: a) Coordinar con el tutor el cronograma de oraciones para el inicio de las actividades diarias. b) Coordinar participación de estudiantes según el cronograma de eucaristías de promoción. c) Coordinar con el tutor y bajo la responsabilidad de éste organiza con anticipación la participación de

los estudiantes en la Eucaristía: - Tres (3) estudiantes que entreguen y recojan cancioneros, músicos y coro. - Dos (2) estudiantes acólitos. - Dos (2) estudiantes lectores. - Cinco (5) estudiantes para peticiones. - Cuatro (4) estudiantes para ofrendas.

d) Servir de nexo entre la coordinación de pastoral, espiritual, tutor y el alumnado con relación a las actividades de formación espiritual.

e) Ser el portavoz autorizado en actividades pastorales. Delegado de Ecología: a) Colaborar con el tutor en el diseño de actividades de cuidado y limpieza del ambiente dentro de su

salón. b) Participar activamente de las campañas de cuidado del ambiente organizadas por la Comisión de

ciudadanía ambiental y gestión del riesgo. c) Motivar el uso adecuado de los depósitos de recolección de residuos en su salón. d) Ser el portavoz autorizado sobre actividades de cuidado del ambiente. Delegado de Deportes y Actividades: a) Promover, y organizar conjuntamente con el tutor actividades deportivas con la finalidad de fortalecer

la unión entre los integrantes de su salón/promoción. b) Asistir a reuniones de coordinación de actividades deportivas. c) Hacerse responsable, recoger y devolver en la Oficina de Educación Física el material deportivo

asignado a su aula. d) Ser el portavoz autorizado en asuntos deportivos.

Art. 138. DE LAS PROMOCIONES Y GRADUACIONES La promoción del año escolar, está formada por todas las estudiantes matriculadas en el quinto grado de educación secundaria. Los fines de la promoción son: a. Exaltar los valores, espirituales, cívicos y democráticos. b. Velar por el buen nombre y prestigio de nuestro colegio así como sus autoridades. c. Promover la fraternidad entre sus compañeros.

ART.139: La estudiante en los 3 niveles se graduará siempre y cuando logre desarrollar las cuatros dimensiones: Dimensión Personal, Dimensión Espiritual, Dimensión Social (Proyección Social), Dimensión Académica; así como estar al día en el pago de pensiones.

ART. 140: Para elegir el nombre de la promoción se tomará en cuenta preferentemente virtudes de Jesús, de

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San Francisco de Asís, las advocaciones de la Virgen María y otros en coordinación con la dirección La Institución Educativa.

ART. 141. El viaje de promoción es de responsabilidad única de los Padres de Familia, según normas vigentes del Ministerio de Educación

TÍTULO VI

DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO CAPÍTULO I

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO Art. 142 Son Padres de Familia del Colegio, los que matriculan a sus hijos en edad escolar, previa suscripción

del COMPROMISO Y/O CONTRATO DE CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS. Los Padres de Familia, participan en el proceso educativo de sus hijos de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, observando estrictamente los principios, la axiología, normas disciplinarias y demás disposiciones complementarias dictadas por el Colegio, así como en las condiciones y cláusulas establecidas en el COMPROMISO Y/O CONTRATO DE CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.

Art. 143 Los padres de familia se comprometen a acompañar la formación de sus hijos según los modos de proceder del Colegio. Asimismo, se comprometen a brindar un trato respetuoso a los otros padres de familia y al personal del Colegio practicando el respeto, la tolerancia y la sana convivencia.

Art. 144 Los padres de familia se comprometen a conocer, respetar y adherirse a las costumbres y modos de proceder administrativos, pastorales y religiosos, académicos y formativos del Colegio.

ART. 145 DE LOS DERECHOS 1. Recibir información acerca de la filosofía, principios axiológicos, objetivos reglamentos y lineamiento

pedagógicos franciscanos de la Institución. 2. Recibir jornadas de capacitación para lograr la formación integral de su hija familia (Escuela para

Padres). 4. Que sus hijos reciban una sólida educación moral, religiosa y académica, en un ambiente de diálogo

sano y constructivo que le permita identificarse como personas íntegras. 5. Recibir personalmente información oportuna, completa y clara sobre logros y dificultades en el

proceso de aprendizaje de su hija, vinculándose a la ayuda que la institución le pueda brindar. 6. Solicitar y recibir asesoría y orientación asumiendo el conducto regular y los horarios que la institución

asigne dentro del proceso formativo de su hija. 7. Recibir un trato digno, respetuoso y cordial de todos los miembros de la comunidad educativa,

teniendo la oportunidad de entablar diálogos que fortalezcan la orientación integral de su hija 8. Solicitar la revisión de las evaluaciones finales, en un plazo no mayor de 48 horas realizado la clausura

del año escolar 9. Recibir información oportuna sobre las condiciones económicas del servicio educativo, montos, cuotas

y fechas de pago Art. 146 Deberes de los padres de familia o apoderado:

1. Cumplir oportunamente con los compromisos económicos asumidos por la institución. Asumir integralmente el Proyecto Educativo Franciscano presentándose personalmente a la matrícula en la fecha y hora señalada. Conocer, asumir, respetar y apoyar la filosofía, los principios axiológicos, objetivos, reglamento y lineamientos pedagógicos franciscanos de la institución.

2. Velar por la formación y educación integral de su hija apoyando las directivas del colegio. 3. Asumir el sentido de pertenecía, velando por el prestigio del colegio, estando atento al

comportamiento de su hija dentro y fuera de la institución. 4. Cuidar que su hija porte correctamente el uniforme con sencillez, dignidad y decoro, de acuerdo a lo

establecido en el reglamento 5. Asistir puntualmente a las reuniones, jornadas y citaciones personales que convoque el colegio con

carácter obligatorio. 6. Brindar a su hija todos los medios que favorezcan su crecimiento integral. Proveyendo los materiales

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y recursos didácticos necesario para el desarrollo de las actividades escolares y no permitir que se presente al colegio con distractores que impidan el buen desempeño curricular

7. Brindar un buen trato digno, respetuosa y cortes a todos los miembros de comunidad educativa, dando testimonio con su presentación personal, vocabulario y buenos modales.

8. Aceptar y acoger con respeto los estímulos, sugerencia y llamadas de atención propiciando las alternativas adecuadas a la formación integral de su hija . Responder ante la Institución por cualquier daño, deterioro o pérdida de bienes o implementos, ocasionados por su hija.

9. Contribuir y asumir las normas que la Institución tiene para velar por la seguridad y salud integral de su hija .

11. No enviar a su hija a la I.E. cuando se encuentre delicado de salud: y ponga en riesgo su recuperación e integridad física. Para los casos de estudiantes con tratamiento psicológico, presentar el diagnóstico del médico tratante; en el formato único del colegio de psicólogos y de salud del Perú y en algunos casos graves el certificado del Alta.

12. Cuidar y salvaguardar, dentro de un marco de respeto, la buena imagen del Colegio en todos los contextos y medios de comunicación sean estos virtuales y físicos.

13. Cumplir con el pago mensual de la prestación de servicios educativos. En caso de deuda vencida, no podrán matricular a su menor hijo al siguiente año escolar, ni retirar ningún documento oficial o certificado de parte del Colegio que corresponda a los periodos vencidos.

14. Colaborar con la armonía del colegio promoviendo una comunicación asertiva y recurriendo a los tutores para atender cualquier duda o preocupación.

15. Matricular a su hija en los plazos señalados por el Colegio; en caso de no hacerlo, el Colegio asumirá que la familia está dejando la vacante libre y podrá ser utilizada por otra familia.

16. Fomentar en sus hijos la puntualidad, autonomía y responsabilidad. Art. 147 Los padres de familia deben comprometerse a comunicar o expresar sus inquietudes o reclamos

respecto al servicio educativo que brinda nuestro colegio, directamente ante las autoridades educativas según los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno y normas que son de su pleno conocimiento, absteniéndose de hacer circular o publicar opiniones en las redes sociales o a través de correos electrónicos, que pudiera afectar a estudiantes, docentes, autoridades o dañar la imagen del CENE La Inmaculada o su promotora, asumiendo plena responsabilidad por ello, ante las acciones legales que podrían interponer los afectados

CAPÍTULO II

DE LOS COMITES DE APOYO DE PADRES DE FAMILIA Art. 148 El padre de familia o apoderado autoriza expresamente el uso de imágenes fotográficas del estudiante

beneficiario del servicio educativo única y exclusivamente para difusión de información educativa e institucional, tales como la revista del Colegio, página web, trípticos de difusión de los fines y axiología del Colegio, etc. El Colegio asegura que los datos personales, imágenes de menores y de adultos, que recibe tendrán como finalidad única y exclusivamente el aspecto institucional, no teniendo otro destinatario que su propio ámbito.

Art. 149 Los Comités de Apoyo son un nexo importante entre la Familia y el Colegio. Representan a los padres y madres de familia con la finalidad de colaborar eficazmente en los requerimientos solicitados por los diversos estamentos de la institución.

ART.150 Los miembros del Comité de Apoyo, deben ser elegidos en la primera reunión general y constará en actas, solo podrán ser elegidos los Padres de Familia y/o apoderados.

ART.151 Los miembros del Comité de Apoyo de Padres de Familia, no podrán ser reelectos en asamblea de aula del próximo año bajo ningún cargo.

ART.152. El Comité de Apoyo del Aula debe trabajar de acuerdo con la Tutora y Coordinación de actividades, para lograr el beneficio de las estudiantes.

ART. 153. El Plan de Actividades del Comité será presentado a la Coordinación de Actividades para su visación, y luego a la Dirección para su aprobación, en la fecha señalada.

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ART. 154. El Comité de Apoyo deberá hacer un informe bimestral y anual a los padres de familia del aula.(con copia a la tutora y coordinación de actividades).

ART. 155. Los fondos recaudados serán utilizados para todas las actividades previstas por la I.E. durante el año y apoyo a la formación integral de la estudiante.

ART. 156. Los fondos personales de cada una de los estudiantes serán destinados únicamente para actividades previstas en el plan de trabajo del comité del aula.

ART. 157. Los miembros integrantes del comité son: Presidente, Secretario, Tesorero (a), Vocal de Pastoral, Vocal de cultura, Vocal de Deportes.

ART. 158. LOS PADRES DE FAMILIA, NO PODRÁN EMITIR COMUNICADOS, QUE NO ESTÉN AUTORIZADOS POR LAS COORDINACIONES Y ÁREAS CORRESPONDIENTES.

ART. 159. Las promociones de 5 años, 6to grado de primaria y 5to de secundaria, deben trabajar unidos y con un sólo propósito: Integrar para un solo recuerdo de los estudiantes.

CAPÍTULO III

DEL ACCESO AL CAMPUS Art. 160 Por normas internas que velan por el proceso enseñanza-aprendizaje de los estudiantes no está

permitido el ingreso de padres de familia o apoderado al campus del Colegio en horario escolar, en horario de talleres, tampoco acceder a las aulas. En caso de tener la necesidad de realizar trámites administrativos o tener programada una entrevista con el personal del Colegio, el padre de familia o apoderado deberá anunciarse en Recepción.

Art. 161 Por motivos pedagógicos no está permitido hacer llegar encargos como útiles escolares, loncheras, cuadernos, ropa, trabajos escolares, etc., a los estudiantes durante el desarrollo de las clases.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1° La interpretación auténtica o la modificación del presente Reglamento es atribución de la Dirección del

Colegio, quien deberá igualmente dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para subsanar cualquier vacío o aspecto no considerado en el presente reglamento.

2° Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento será considerada como de hecho y se aplicará el procedimiento y medidas que se estime pertinente, después de un análisis de la misma.

3° El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por resolución directoral y su publicación en la página web del Colegio. Regirá a partir del año escolar 2020.

Trujillo, Enero del 2020