2018 - Comunidad Escolar · B.- Higiene Personal: La presentación de las niñas debe ser sobria,...

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2018 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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2018

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

REGLAMENTO ESCOLAR

Identificación del Establecimiento

Establecimiento Escuela Thomas Jefferson D-465

Hualpén

Directora Sara Barrera Medina (R)

Dirección Finlandia nº 912, Hualpén

Número telefónico 2178518-2178519

RBD 4713-9

Correo electrónico [email protected]

INTRODUCCION

Para lograr una convivencia armoniosa y una buena labor pedagógica en la comunidad

de la Escuela Thomas Jefferson D-465 es necesario establecer normas básicas que

ayuden y faciliten esta área. Asimismo la ayuda de padres y apoderados resulta muy

importante a la hora de respetar y cumplir estas normas. Por ello se han establecido las

presentes normas de convivencia para que todos los miembros de la comunidad

educativa los hagan propias y facilitan su cumplimiento en aras de un ambiente propicio

a la educación de los alumnos. Es preciso llegar a acuerdos, dialogar, poner límites,

comprometerse, hacernos cargos de nuestras acciones y las respectivas consecuencias,

y sobre todo comprender y difundir que cada integrante es parte imprescindible de la

construcción de vida que estamos construyendo día a día, tanto en nosotros como en los

demás.

I. Normas referidas al cumplimiento de horario.

A.- Funcionamiento: La escuela funciona en doble jornada de 08:00 a 19:45 hrs.

Jornada de la mañana: 08:00 a 13:45 hrs. Excepto miércoles 08:00 a 12:10 hrs.

Jornada de la tarde: Lunes y Martes de 14:00 19:45 Hrs.

Miérc. Jueves y Viernes de 14:00 a 18:55 hrs.

B. Clases: 45 Minutos, corresponde a hora pedagógica.

C. Recreos: los alumnos tendrán tres recreos; de 5, de 10 y 15 minutos.

II Normas referidas a la presentación personal

A.- Uniforme de la Escuela:

Acogiendo la sugerencia del Ministerio de Educación, referida a “que los colegios vayan

cambiando paulatinamente el uso del uniforme consistente en faldas, pantalones de tela

y otros, por buzo y zapatillas”; y además teniendo en cuenta disminuir el gasto en

uniformes de nuestros alumnos(as), la escuela en reunión de Gestión Escolar a

aceptado esta iniciativa, incorporando para el presente año el uso de buzo y zapatillas.

Por lo tanto, la presentación diaria de los alumnos y alumnas consistirá en uso de buzo,

según nuevo modelo del establecimiento (o modelo antiguo, si aún conserva el anterior)

además de zapatillas blancas, negras, grises o azules.

B.- Higiene Personal:

La presentación de las niñas debe ser sobria, sin maquillaje y sin uñas pintadas de

colores llamativos, con el cabello debidamente tomado( con accesorios azul marino, gris

o negro).

Los varones deben llevar el cabello con corte escolar, sin cortes asimétricos, volumen, ni

teñidos.

Con motivo de evitar riesgos en la integridad física de nuestros alumnos, el

establecimiento prohíbe el uso de aros colgantes, piercing, cadenas u otros accesorios

que puedan ocasionar daño al portador u otro compañero.

El cumplimiento de los aspectos citados (Higiene personal, permite el ingreso expedito

del alumno (a) al establecimiento educacional. Se recomienda a los padres y/o

apoderados velar por que al salir de su hogar su hijo (a) esté bien presentado. El

incumplimiento de lo anterior será motivo de entrevista con el apoderado dejando

registrada la firma como toma de conocimiento.

III Normas de Disciplina

De la inasistencia, atrasos y permisos

La inasistencia al colegio y los atrasos durante la jornada escolar deberán ser

registrados en el registro diario del libro de clases del profesor.

Los atrasos al llegar al colegio serán registrados por el personal de Inspectoría general

que deberá dar el pase para entrar a la sala de clases.

En caso de inasistencia, al reintegrarse a clases el alumno deberá presentar al

profesor del primer bloque un justificativo extendido por Inspectoría. La inasistencia de

los alumnos a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado en

Inspectoría, en casos debidamente acreditados se aceptarán justificaciones por escrito

del apoderado.

Si la ausencia de un alumno se extiende por enfermedad y por más de 3 días el

apoderado deberá informar a Inspectoría y presentar certificado médico si fuese

necesario.

Si un alumno presenta un porcentaje de asistencia anual inferior al 85%, el apoderado

solicitará a la Dirección la revisión de su situación, de acuerdo a lo estipulado en el

reglamento de Evaluación y Promoción (Decreto 511)

• Los alumnos de pre-básica también justifican atrasos e inasistencias.

• Los alumnos podrán ausentarse de clases por las siguientes razones: enfermedad,

fallecimiento de algún familiar, controles médicos, psicológicos o de otros profesionales.

• Si un alumno faltase a una ceremonia o actividad programada en el ámbito

comunal o por la escuela al día siguiente deberá presentarse con su apoderado quien

dará las razones pertinentes de su ausencia.

• La ropa, cuadernos y libros deben llegar con su debido nombre y curso para facilitar la

búsqueda en caso de pérdida

Los alumnos que falten a clases por un período de tres días durante un mes y sin

justificación serán visitados por el trabajador social del colegio.

El retiro de un alumno del establecimiento debe ser realizado por el apoderado titular o

apoderado suplente, previo registro de Rut y firma en el libro de retiro de los alumnos.

Toda inasistencia no justificada es motivo para llamar de inmediato al apoderado del

alumno.

No se aceptará retiro de alumnos del establecimiento minutos antes del término de la

jornada de clases.

Acciones respecto a retención de alumnos:

Es responsabilidad de la dupla psicosocial mantener la matricula del

establecimiento educacional.

Cada profesor jefe es responsable de informar a la asistente social cada vez que

un alumno falte a clases por un periodo de tres días sin justificativo.

La asistente social tiene la función de revisar los libros de clases para llevar a

cabo una estadística de los alumnos que falten a clases por un periodo de tres

días sin justificativo.

La dupla psicosocial deberá generar un proceso de intervención que permita

evitar la deserción escolar de los alumnos.

IV. De las Tareas, Trabajos y Evaluaciones Fijadas

Los alumnos deben presentarse al colegio con todos sus materiales necesarios (útiles,

cuadernos, libros, etc.). Utilizar la libreta de comunicaciones y/o cuaderno personal, para

justificar y comunicar oportunamente cualquier situación fuera de lo común (atrasos,

salidas en otro horario, justificativos a pruebas o trabajos, no asistencia a reuniones,

etc.).

Los alumnos deben cumplir oportunamente con las tareas, trabajos y evaluaciones

fijadas.

Mantener los cuadernos y apuntes al día, cumplir con responsabilidad en las tareas y

trabajos de investigación y asistir a rendir responsablemente las evaluaciones

programadas (controles, pruebas, disertaciones, entrega de trabajos, etc.) en las

distintas asignaturas.

V. Normas referidas al resguardo de la continuidad de los alumnos (as)

De las alumnas embarazadas: las alumnas embarazadas tienen los derechos y

protecciones garantizados en la constitución política de la república y en el decreto 79

del 12 de Marzo del 2004 que reglamenta los dos puestos en el inciso 3º del artículo 2º

de la ley 18.962 organismo constitucional de enseñanza y en las disposiciones

establecidas en el reglamento de evaluación del establecimiento.

A las alumnas embarazadas y/o padres adolescentes se les proporcionara apoyo

integral (Psicosocial) que requiera. Se le permitirá dependiendo del caso rendir

exámenes libres con el fin de facilitar su bienestar físico y emocional (revisar protocolo

de embarazo y padres adolescente).

De los alumnos en riesgo social y vulnerabilidad: El encargado de orientación junto

al equipo Psicosocial, llevará un registro con los alumnos que se encuentran en situación

de riesgo y vulnerabilidad, en base a la información dada por el apoderado, profesores y

otras fuentes. Recabada y analizada la información con la dirección, Inspectoría,

orientación y si la situación lo amerita se buscará el apoyo profesional del especialista a

través de las redes existentes en la comuna.

De las relaciones con organismos y otras Instituciones de la comunidad: La

dirección de la escuela mantiene contacto y apoyo permanente con las siguientes

instituciones de la comunidad: OPD Talcahuano- Centros de Mediación - PRM Sol

Naciente- Municipalidad de Hualpén- PIB - JUNAEB- DAEM, CESFAM, CECOF,

Carabineros, Hospital, SENDA entre otras, todo esto para generar redes de apoyo para

el establecimiento educacional.

VI. Normas referidas a la disciplina

Estrategias para abordar la disciplina: acciones, medidas y cuidados que se

implementan por parte del establecimiento educacional respecto de los alumnos y/o sus

familias.

-Talleres Psicosociales para los estamentos de la comunidad educativa, con objeto de:

•Favorecer y mantener un óptimo clima educativo.

•Promover y Educar una cultura donde primen los valores del colegio.

VI. I Derechos y deberes de los alumnos y apoderados para mantener la disciplina

Derechos de los alumnos/as;

• Gozar de todos los derechos que establece la Constitución Política del Estado.

• Ser tratado con respeto y dignidad.

• Permanecer en un ambiente seguro, limpio, agradable y propicio para el aprendizaje.

• Optar por participar en las distintas actividades: sociales, religiosas, artísticas,

deportivas o culturales que favorezcan la autonomía y el desarrollo de su libertad

personal.

• Ser escuchado y comprendido en sus peticiones debidamente argumentadas en un

margen de respeto.

• Recibir apoyo del departamento de orientación para ayudarles a resolver sus conflictos

al interior del establecimiento educacional.

• Frente a accidentes escolares o enfermedad repentina de los alumnos, se debe

informar a Inspectoría General o a la dirección del establecimiento con el fin de dar aviso

al apoderado, para ello este debe contar con un teléfono que este determinado para

tales fines.

• Recibir, en caso de accidente o enfermedad repentina, la atención de primeros auxilios

y si la situación lo requiere, ser derivado al hospital, centro de salud familiar. Si la

escuela (Director, Inspector General, Profesor de Sector o Inspector de Patio.) no ha

tomado conocimiento del accidente porque el alumno no informó, no se responsabilizará

de las consecuencias que éste pudiera tener.

• Recibir los beneficios que otorga el Seguro Escolar en caso de accidente, ya sea al

interior del recinto escolar o durante el trayecto escuela-hogar.

• Recibir los beneficios asistenciales de la JUNAEB, Ley SEP y otras instancias, según

prioridades establecidas en la norma.

• Recibir información relacionada con sus actividades académicas: calendarización de

las evaluaciones, sistemas y procedimientos evaluativos, ya sean pruebas, trabajos,

actividades asignadas.

• Conocer el resultado de sus evaluaciones en forma oportuna, según lo especificado en

el Reglamento de Evaluación de la escuela, y atender a sus objeciones en caso de no

estar de acuerdo con ellas.

• Tener facilidades para ser evaluados en caso de enfermedad o inasistencia

debidamente justificada.

• Retirarse antes del término de la jornada, por enfermedad o problemas familiares,

siempre que su apoderado lo retire personalmente o ser acompañado a casa por un

asistente, previa comunicación telefónica al apoderado.

• Plantear respetuosamente preguntas sobre diferentes aspectos del proceso enseñanza

– aprendizaje, las cuales deben ser contestadas con interés y respeto por parte de los

profesores o personal de la escuela.

• En caso de estar involucrado en una situación de indisciplina tiene el derecho a ser

escuchado y explicar las razones que tuvo para actuar de determinada manera y, siendo

considerado inocente mientras no se demuestre lo contrario.

• Organizarse en Centro de Alumnos y elegir a sus representantes en forma democrática

e informada y asesorada por un docente.

• Ser informado del Reglamento de Evaluación y del manual de Convivencia Escolar.

Deberes de los alumnos/as;

• Usar obligatoriamente el uniforme cumpliendo con las normas que exige el colegio

• Los alumnos deberán presentarse puntualmente a clases dentro del horario

establecido.

• Los alumnos atrasados deberán ingresar a clases con la autorización y pase de

Inspectoría.

• Debe justificar su inasistencia a clases con la presencia de su apoderado en

Inspectoría.

• Debe asistir a lo menos al 85% de las clases lectivas en el año escolar, en caso de

enfermedad, debe presentar certificado médico.

• Mantener una buena presentación e higiene personal de acuerdo a sus actividades

escolares

• Usar un lenguaje respetuoso con todos los integrantes de la comunidad educativa

• Debe participar activamente en el trabajo escolar cumpliendo puntualmente sus

horarios de clases y actividades no curriculares

• Utilizar con el debido cuidado el mobiliario de cualquier dependencia del

establecimiento educacional.

• Asistir correctamente uniformado a los actos cívicos, culturales, deportivos, citados por

la dirección de la escuela, manteniendo un comportamiento de respeto y disciplina.

• Mantener la sala de clases ordenadas, aseadas, y con su diario mural en óptimas

condiciones.

• Rendir pruebas y entregas de trabajo oportunamente de acuerdo al calendario

establecido.

• No usufructuar de los beneficios sociales entregados por el establecimiento.

Derechos de los apoderados.

A que sus hijos (as) reciban una educación de calidad, en consonancia con lo

establecido por el Estado.

A estar informado sobre el progreso de aprendizaje de sus hijos.

A que se mantenga en forma privada los antecedentes entregados por el, al

establecimiento.

A participar en la gestión del establecimiento a través de la organización de padres.

A usar los canales adecuados para ser atendido y escuchado por profesores y

directivos.

A conocer el reglamento de convivencia y evaluación del establecimiento.

Deberes de los apoderados.

Como primeros responsables de la educación de sus hijos, les corresponde

contribuir a un ambiente de la seguridad de sus pupilos, mediante buenas

relaciones entre relaciones familiares y esta con el establecimiento educacional.

Acudir al colegio cuando sea requerido por el Profesor Jefe, de asignatura, de

Educación Diferencial, Inspector, Equipo de Orientación o Dirección.

Velar por el cumplimiento de tareas y materiales solicitados por profesores.

Usted como apoderado es el único reconocido por el establecimiento para retirar a

su pupilo (a) antes del término de la jornada, o un reemplazante debidamente

registrado. (debe presentar carnet de identidad).

Durante la jornada de clases podrán ingresar solo a las dependencias

administrativas del establecimiento.

Asistir mensualmente a las reuniones del curso, a estas no podrá venir con niños y

si lo hace la escuela no se responsabiliza por accidentes que le pudieran ocurrir

Facilitar todo tipo de información datos valorativos de sus hijos al profesor que lo

precise, en aspectos de su personalidad.

Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.

Justificar oportunamente las inasistencias de su pupilo (a) tanto a clases como a

evaluaciones fijadas con anterioridad.

El ciberbullying (maltrato por Internet, es responsabilidad de la familia, y la escuela

no es resolutiva en este ámbito, independientemente que el establecimiento ayude a

las familias en el esclarecimiento de lo ocurrido.)

VI. Normas de Interacción

Normas referidas al respeto en las relaciones entre todos los integrantes de la

comunidad educativa.

Vocabulario: todo integrante deberá mantener siempre un vocabulario adecuado y

respetuoso hacia los miembros de la comunidad educativa. No se permitirá las

groserías, apodos, burlas por aspectos físico de las personas, expresiones ofensivas o

maltrato verbal entre pares, como así mismo todo comentario mal intencionado y que

lesione la dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

Actitudes: todo miembro de esta comunidad educativa deberá mantener una actitud de

respeto en el trato con otra persona, tanto verbal como gestual, evitando ofender y/o

humillar con sus expresiones. En el trato diario deberá haber tolerancia respeto y

adecuada convivencia.

Normas que promueven actitudes no discriminatorias: dentro del establecimiento no

se permitirá la discriminación de ningún tipo, ni étnica, condición sexual, económica,

política o religiosa, dado que uno de los valores principales es la tolerancia y el respeto

por la persona humana.

Normas que resguarden la integridad psicológica de la comunidad educativa:

ningún miembro de la comunidad podrá incurrir en, apremios ilegítimos, acoso, abusos

deshonestos, o castigos físicos que atenten contra la integridad psicológica de las

personas.

Se realizará prevención permanente mediante el desarrollo de unidades de orientación,

tanto con alumnos, como con apoderados, que apunten a internalizar las normas

señaladas.

Normas que resguarden las integridad física de los miembros de la institución: a

los alumnos se les inculcará mediante una educación formativa, el peligro que conlleva

la violencia, los juegos violentos, agresivos, riñas y el uso de implementos peligrosos

que dañen la integridad física. Está prohibido ingresar a el Establecimiento elementos

como; armas blancas, cartoneros y objetos corto punzantes, los cuales les serán

retenidos y entregados a sus apoderados.

VII. Normas referidas a Faltas y Sanciones

Faltas Leves:

Presentarse sin uniforme a clases

No mantener un correcto comportamiento en la formación

Interrumpir el buen desarrollo de las clases

Presentarse sin el material requerido para el subsector (tareas, cuadernos, textos,

trabajos, etc.).

No cumplir con la presentación personal que reglamenta el establecimiento,

(uniforme, higiene, uso de accesorios)

No mantener el aseo, maltratar o estropear la infraestructura o equipamiento del

establecimiento, y/o no dar aviso oportuno cuando sea testigo de esta falta.

Participar en juegos o bromas con riesgo físico o psicológico a los demás

Llegar atrasado al inicio de la jornada escolar o en horas intermedias.

Negarse, sin justificación a participar en las actividades de representación del

establecimiento

Mantener una actitud irrespetuosa en actos cívico, reuniones o en actividades

donde acudan en representación del representación del establecimiento.

Mantener encendido o utilizar el teléfono celular durante el desarrollo de la clase u

otras actividades que requieran silencio y/o concentración.

Utilizar programas en Internet, no autorizados por el profesor(a) mientras se está

trabajando con uso de Tics.

Sanciones y medidas remediales:

El incumplimiento de las normas señaladas anteriormente, dará lugar a:

Amonestación verbal

Anotación negativa en la hoja de vida del libro de clases.

Entrevista con el apoderado dejando registrada la firma como toma de conocimiento.

De reiterarse la falta por no cambio de actitud del alumno, el profesor deriva a

orientación para programa remedial.

Se considerará entre las medidas remediales el trabajo colaborativo como:

preparación de un Diario Mural sobre temas de actualidad o elaboración de otro

material, previa entrevista con el alumno y apoderado.

Faltas Graves:

Reiterar, al menos en tres oportunidades cualquiera de las faltas leves.

Usar celulares, medios tecnológicos y/o musicales en el establecimiento que no sean

solicitados por docentes con fines pedagógicos y utilizarlos para ofensas a

compañeros o personal.

Salir de la sala de clases sin autorización o quedarse fuera de ella durante la

jornada.

Faltar a clases sin el consentimiento de los padres o apoderados.

Copiar en pruebas o presentar trabajos que no sean propios.

Destruir material o instalaciones del establecimiento.

Presentar comunicaciones en forma adulterada.

Perturbar el normal desarrollo de las actividades académicas y curriculares del

establecimiento.

Tratar violenta e irrespetuosamente a los integrantes de la unidad educativa, de

forma verbal, escrita o gestual.

No informar al apoderado de citaciones enviadas por la escuela.

Dañar la imagen de la escuela participando, fuera de esta, en actividades que

atenten contra las buenas costumbres.

Sanciones y medidas remediales:

el incumplimiento de las normas señaladas anteriormente, darán lugar a:

Derivar a Inspectoría.

Suspender de las actividades escolares por la o las faltas señaladas de uno a tres

días, de acuerdo a la gravedad de los hechos, previa entrevista con el apoderado.

Se considerará entre las medidas remediales el trabajo colaborativo como:

preparación de un Diario Mural sobre temas de actualidad o elaboración de otro

material, previa entrevista con el alumno y apoderado

Faltas de extrema gravedad

Son aquellas faltas de extrema gravedad aquellas implican conductas propias de

actos delictivos o que causan serios daños o injurias a personas de la comunidad

educativa.

Se considerarán faltas de extrema gravedad las siguientes conductas;

Hurtar útiles, objetos de sus compañeros u otra persona del establecimiento.

Hurtar, esconder, dañar o adulterar libros de clases.

Sustraer instrumentos evaluativos, adulterar o falsificar evaluaciones.

Consumir o vender bebidas alcohólicas, drogas o cigarrillos u otras sustancias que

dañen la salud al interior del establecimiento.

Portar objetos punzantes, cortantes, armas de fuegos u otros elementos que puedan

provocar daños a terceros.

Ejecutar acciones temerarias que provoquen destrozos, daños y peligro de la

integridad física de los miembros de la unidad educativa. Agredir física o

psicológicamente a un alumno, profesor o cualquier funcionario del colegio.

Darle mal uso a los computadores, ya sean personales o del establecimiento

(pornografía, mensajes ofensivos, etc.).

Constituir o formar pandillas al interior del establecimiento.

Ser sorprendidos en conductas sexuales explícitas.

Ser sorprendidos en conductas sexuales de abuso.

Mantener una conducta inapropiada que altere el normal desarrollo, de la clase. La

alteración de esta norma será registrada en el libro de clases, con tres veces que se

incurra en ella recibirá la correspondiente sanción.

La escuela no permite grabar audio ni video de las dependencias, clases, recreos u

otras actividades sin autorización.

Sanciones y acciones remediales para faltas de extrema gravedad.

Frente a una falta gravísima, la Escuela se reserva el derecho a cancelar la matrícula de

acuerdo a como se explicita en estas normas de convivencia y disposiciones legales

vigentes, previo informe al Departamento de Administración y Educación Municipal de

Hualpén.

Expulsión: En casos extremos de acciones límites como actos incendiarios, ataques

con armas de fuego, armas contundentes, abuso o agresión sexual, agresión física a un

profesor(a) y a cualquier persona de la unidad educativa y/o autoridades etc. el

alumno(a) será sancionado con la expulsión de la escuela, según el reglamento de

convivencia escolar.

Procedimiento apelaciones a las sanciones:

Los apoderados que no queden conforme con la medida disciplinaria y de sanción

aplicada al alumno(a) podrán apelar por escrito mediante un formulario, el que será

revisado y analizado por una comisión encabezada por la directora del establecimiento

Sra. Sara Barrera Medina , la Orientadora Sra. Elba Contreras Bustos y el Inspector

General Sr. Jaime Piña Simmonds, quienes en un plazo de tres días entregarán la

resolución al apoderado de manera presencial.

El establecimiento contará con un libro de sugerencias y/o reclamos a disposición de los

alumnos y apoderados.

VIII Normas referidas al uso y cuidado de la escuela

Infraestructura: Los alumnos tienen la obligación de cuidar y mantener en buenas

condiciones las dependencias del colegio. Cualquier daño causado por un alumno

deberá ser reparado, repuesto o cancelado por el apoderado en cuanto el alumno cause

el daño. Las salas deberán ser entregadas en perfectas condiciones y con su mobiliario

completo y limpio.

Equipamiento: los alumnos deberán hacer un adecuado uso de los recursos

audiovisuales y materiales existentes, cualquier destrozo será responsabilidad del

apoderado.

Normas referidas a aportes, infraestructura y uso de implementación

Aportes: Los aportes que los apoderados, ya sea como Centro de Padres o en forma

individual puedan hacer al establecimiento serán consensuados a nivel de la asamblea

de apoderados con anterioridad.

Uso de infraestructura e implementación: el uso de la infraestructura (dependencias)

e implementación material estarán sujetos a la organización responsable de la

ocupación y/o uso de dependencias y materiales, deberá responder por cualquier daño

causado a las instalaciones e implementos. Además toda actividad extraescolar de este

tipo deberá realizarse sin interferir en el normal funcionamiento de la actividad escolar.

INSTANCIAS DE RECONOCIMIENTO A LOS ESTUDIANTES

Con el objetivo de reconocer, reforzar y motivar las conductas positivas por participación

en actividades relevantes y acciones destacadas individuales, grupales y en

representación del colegio, se entregarán los siguientes estímulos:

Reconocimiento Grupal:

Reconocimiento durante el transcurso del año escolar dirigido a grupos curso o

talleres mediante:

a) Salidas pedagógicas y/o de recreación dentro y fuera de la región.

Reconocimiento individual:

Reconocimiento inmediato por parte del profesor que presencia una buena

acción realizada por el (la) alumno(a), la que quedará consignada en su hoja de

vida.

Carta de felicitaciones a la familia por logros obtenidos en el proceso de

formación.

Entrevista con Directora para felicitar al estudiante y/o apoderado.

Reconocimiento ante la Unidad Educativa mediante:

a) Cuadro de honor.

b) Felicitaciones ante los compañeros.

c) Acto de premiación de finalización del año escolar por :

- rendimiento académico

- esfuerzo y superación

- ser elegido(a) por sus pares como mejor compañero(a).

Reglamento de Convivencia Escolar

La convivencia es la capacidad de relación con las demás personas y con el medio

ambiente de manera armónica, dejando como mediador superior únicamente el valor de

la cooperación, la participación democrática, la solidaridad y la tolerancia.

Para ello, la comunidad debe valerse del elemento más importante que es el diálogo.

También se puede afirmar que para que haya un ambiente de armonía, trabajo en

equipo, confianza mutua y relaciones interpersonales respetables y respetadas, en la

institución educativa, debemos procurar que se disfrute de un espacio acogedor y se

establezcan excelentes vínculos de comunicación entre todos los miembros de la

comunidad educativa.

La escuela, como institución educativa, es una formación social en dos sentidos: está

formada a partir de la sociedad y a la vez expresa a la sociedad. Lo que se habla en

cada escuela, es el lenguaje particular de la sociedad. Por tal motivo, no es ajena a la

profunda crisis socio política en la que estamos inmersos y que como ciudadanos nos

afecta.

Definición de convivencia escolar

La Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como la

coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una

interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos

educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiante.

La convivencia escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las

personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad

recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes

actores y estamento de la unidad educativa.

Encargado de convivencia escolar: Sra. Elba Contreras Bustos (Orientadora)

Descripción del cargo: Profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de

climas propicios para el aprendizaje en las dependencias colectivas del Colegio. Debe

velar además por el manejo de la disciplina y hacer respetar el Manual de Convivencia

Escolar.

Funciones del encargado de Convivencia escolar

- Coordinar talleres y otras actividades que fomenten el desarrollo personal y

social de los/as estudiantes.

- Participar de los procesos de mediación disciplinaria.

- Propiciar una sana convivencia entre todos los integrantes del establecimiento.

PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA

Consideraciones Generales:

El plan de gestión es un instrumento dinámico. El cual está sujeto a cambios y

variaciones en las fechas, o integrar nuevas actividades dependiendo de las

necesidades del establecimiento.

Formación de grupo de colaboradores en la gestión de convivencia escolar elegidos

entre los alumnos, gestionado por encargada de Convivencia Escolar quien debe

sostener reuniones periódicas con el grupo.

Objetivos del Plan de Gestión

Objetivo General:

Promover una Convivencia Positiva entre los integrantes de la Comunidad educativa y

prevenir la Violencia Escolar, a través de la elaboración de una serie de acciones y

estrategias, de carácter anual, orientadas a instalar en el establecimiento una cultura y

una política de sana y positiva convivencia escolar, desde un paradigma de intervención

pedagógico y formativo.

Objetivos Específicos:

Propiciar instancias de reflexión y discusión del tema de Convivencia Escolar que

involucre a todos los integrantes de la comunidad educativa.

Capacitar en temáticas relacionadas con la Convivencia Escolar a la comunidad

educativa.

Desarrollar la práctica recreativa y deportiva como instancia de fomento de la sana

Convivencia Escolar.

Potenciar las horas de orientación para instalar acciones preventivas y de fomento de

Sana Convivencia Escolar.

Mantener en el colegio talleres que fomenten el desarrollo personal y social de los/las

estudiantes y lograr la participación de nuevos alumnos. (Artes, Deportes, Lectura,

Medio Ambiente).

PROTOCOLOS DE ACCION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

A continuación se especifican la lista:

Protocolo de maltrato y abuso sexual infantil.

Protocolo de delitos.

Protocolo de bullying.

Protocolo de ausentismo escolar.

Protocolo de asistencia

Protocolo porte y consumo de cigarrillo, alcohol y/o drogas dentro del

establecimiento y/o vistiendo el uniforme escolar.

Protocolo de embarazo y maternidad.

Protocolo de accidentes escolares.

Protocolo de atrasos.

Protocolo de salidas pedagógicas

Protocolo retiro del establecimiento durante la jornada escolar.

Protocolo de violencia escolar simétrica ( entre pares).

Protocolo de violencia escolar asimétrica (estudiante- miembro de la comunidad

educativa).

Protocolo de contensión en crisis.

Plan integral de seguridad escolar.

PROTOCOLO DE MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL

TIPO DE FALTA Muy Grave

I. DEFINICIÓN1 Y CLASIFICACIÓN

Se entenderá el maltrato infantil como todos aquellos actos de violencia física, sexual o

emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños,

niñas y adolescentes, de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por:

Omisión: Entendida como falta de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades

y requerimientos del niño, niña y adolescente; sea de alimentación, salud, protección

física, estimulación, interacción social u otro)

Supresión: Que son las diversas formas en que se le niega al niño, niña y adolescente el

ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos,

no enviarlo a la escuela, etc.

Transgresión: Entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes

o destructivas hacia el niño, niña o adolescente. Tales como malos tratos físicos,

agresiones emocionales, entre otros.

Dentro del concepto maltrato infantil se establecen distintas categorías en función de diversas

variables.

1-. Maltrato Físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres,

que provoque daño físico o enfermedad en el niño, niña o adolescente o signifique un grave

riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable

(grave, menos grave y leve)

Los criterios médicos – legales, consideran:

1 Extraído de documento “orientaciones ante situaciones de maltrato y abuso sexual infantil”, del ministerio de educación. http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201303191137540.protocolo_situacion_maltrato_abuso.pdf

Lesiones graves: Todas aquellas que causan en el niño/a o adolescente enfermedad o

incapacidad de 31 días o más.

Lesiones menos graves: aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea de más de 15

días y menos de 31. Considerando además la calidad de las personas y circunstancia de

los hechos.

Tanto la calidad de las personas como las circunstancias del hecho, son criterios que permiten

establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones considerando, por ejemplo la edad de los

involucrados, la existencia de vínculo de parentesco o subordinación entre víctima y agresor, así

como si la agresión ocurrió como defensa propia o fue comita en complicidad con más agresores,

etc.

2-. Maltrato emocional o psicológico: se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de

insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones así como la indiferencia y el rechazo explicito hacia

el niño/a o adolescente. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o

corromperlo. Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato

emocional o psicológico.

3-. Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidad mínimo por parte de quienes tienen el

deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los

niños/as y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean éstas físicas,

sociales, psicológicas o intelectuales.

4-. Abandono emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa)

expresiones y/o conductas de los niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto

afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta

estable.

5-. Abuso sexual: Es una forma grave de maltrato infantil que implica la imposición a un niño,

niña o adolescente de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación, es

decir, es una imposición intencional basada en una relación de poder.

Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la

seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra

forma de presión o manipulación psicológica.

El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice a un niño/a o

adolescente, incluyendo entre otras, las siguientes:

Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño/a o adolescente.

Tocación de genitales del niño/a o adolescente por parte del abusador/a.

Tocación de otras zonas del cuerpo del niño/a o adolescente por parte del abusador/a.

Iniciación por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales.

Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño/a o adolescente.

Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del

cuerpo o con objetos por parte del abusador/a.

Utilización del niño/a o adolescente en la elaboración de material pornográfico (Ej:

Fotos, películas, imagines en internet)

Exposición de material pornográfico pornográfico a un niño/a o adolescente (Ej: revistas,

películas, fotos, imágenes de internet)

Promoción o facilitación de la prostitución infantil.

Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero u

otras prestaciones.

II. PROCEDIMIENTOS

1. EN CASO DE SOSPECHA:

1.1 La Dirección asignará a un profesional del equipo psicosocial hacerse cargo del o los

casos específicos.

1.2 El encargado reúne antecedentes generales que permiten contextualizar la situación:

revisar el Libro de Clases, entrevistas con Profesor(a) Jefe, Orientador(a) u otro actor

relevante, además de apoderado, familiares o referentes significativos.

1.3 Si la situación lo requiere, se realiza una entrevista preliminar con la niña o

adolescente.

1.4 Toda la información reunida debe plasmarse en un informe confidencial, donde se

proteja la intimidad y privacidad de los involucrados.

1.5 Se realizará la denuncia correspondiente en cualquier institución acreditada para

investigar. (Carabineros, Policía de investigaciones, tribunales de garantía, ministerio

público o SENAME)

2. EN CASO DE CERTEZA: (Si el/la Alumno/a se presenta al establecimiento con lesiones

atribuibles a una agresión, o el propio niño/a relata que ha sido agredido, o la agresión

fue presenciada por un tercero, etc. Cualquier situación que asegure la existencia de

maltrato y/o abuso.)

2.1 Realizar la denuncia dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento

del hecho, según el artículo 176 del Código Procesal Penal, a alguna de las siguientes

instituciones:

Carabineros de Chile: en cualquier comisaría o al carabinero que se encuentre en el centro

de salud si se concurriera a él. Estos servicios atienden las 24 horas. Se recomienda tener

actualizados el o los número(s) telefónico(s) de la comisaría o del plan cuadrante.

Policía de Investigaciones de Chile.

Servicio Médico Legal: existen dos oficinas, una de Carabineros de Chile y otra de Policía de

Investigaciones de Chile.

Ministerio Público: en este caso debe realizarse en dependencias del Ministerio Público, que

normalmente atiende sólo durante las mañanas.

Juzgados de Familia, aunque este tipo de casos normalmente son derivados al Ministerio

Público para que se realice la denuncia. Se recomienda utilizar esta vía sólo como último

recurso y cuando se requiera solicitar medidas de protección inmediatas.

2.2. Si el abuso sexual se ha producido dentro de las 72 horas previas a

conocerse el hecho, se debe inmediatamente constatar lesiones en el

Servicio Médico Legal. En este caso, deberán dos directivos del colegio

llevar al estudiante a realizar este trámite en el caso de evidente abuso,

previo aviso al apoderado o adulto responsable.

2.3. Al realizar la denuncia es necesario recurrir a alguna de las instituciones

indicadas y dar una descripción detallada de los hechos observados y que

son constitutivos de delito sexual. Idealmente deben aportarse los datos de

identificación de la víctima, familiares y en lo posible al agresor.

2.4. Se comunica el hecho al apoderado(a) de estudiante dañado(a) y si aplicará

al del causante del acto delictivo por parte del Director del Establecimiento

Educacional.

2.5. La Directora del establecimiento, comunicará los hechos y antecedentes a la

Dirección y Administración de Educación Municipal, DAEM Hualpén.

2.6. Se deberá siempre resguardar la identidad del denunciante y no se podrá

imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el

mérito de su reclamo.

2.7. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el

discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las

partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y

honra.

3. Se entiende para estos efectos el realizar acosos o ataques de connotación sexual,

aun cuando no sean constitutivos de delito, los que sean cometidos por los alumnos,

profesores, directivos o asistentes de la educación.

4. Si el responsable fuera el padre, la madre o el apoderado(a) de un(a) alumno(a), se

dispondrá como medida la obligación de designar a un nuevo apoderado(a) o la

prohibición de ingreso al establecimiento. Sin perjuicio de efectuar las denuncias

pertinentes de acuerdo a la legislación vigente.

5. Si el responsable fuera un funcionario del establecimiento, se aplicarán la legislación

vigente, como así también se respetará la presunción de inocencia, principio

garantizado en la ley. La denuncia no es causal de despido del trabajador de

acuerdo al Código del Trabajo. Sin embargo, mientras dure la investigación y el

proceso propiamente tal, el colegio tomará medidas de prevención en miras de

proteger al niño(a), como por ejemplo: permiso sin goce de sueldo, realizar labores

dentro del colegio que no impliquen contacto con alumnos(as) o cualquier otra

medida de protección del niño(a) que se acuerde con la Dirección.

6. La autoridad responsable de gestionar, comunicar, denunciar y realizar seguimiento

de los hechos relacionados con maltrato y abuso sexual infantil, es la Directora del

establecimiento.

III. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

1. Se realizarán Charlas y Talleres con los diferentes estamentos de la unidad educativa

(Docentes, Administrativos, Asistentes de la Educación, Alumnas y Padres y

Apoderados) donde se oriente como prevenir, detectar y actuar en situaciones de

maltrato y abuso sexual infantil.

2. Establecer redes de apoyo con instituciones tales como Carabineros, Red SENAME,

Centros de Salud, Etc.

PROTOCOLO DE DELITOS

I. DEFINICIÓN

Según lo que establece el Código Procesal Penal:

Artículo 175, letra e) Los directores, inspectores y profesores de establecimientos

educacionales de todo nivel, tienen la obligatoriedad de denunciar cualquier acción u

omisión que tengan carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad

educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.

Artículo 176.- Plazo para efectuar la denuncia. Las personas indicadas en el artículo

anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al

momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal. Respecto de los capitanes

de naves o de aeronaves, este plazo se contará desde que arribaren a cualquier puerto

o aeropuerto de la República.

Artículo 177.- Incumplimiento de la obligación de denunciar. Las personas indicadas

en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la

pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones

especiales, en lo que correspondiere.

Definición de delito:

El delito es toda acción u omisión voluntaria penada por la ley. Esta definición

está contenida en el artículo 1º del Código Penal. En forma simple, es la comisión de un

hecho que la ley castiga con una cierta pena. Lo que hace característico al delito, es la

existencia de una norma jurídica que debe haber sido dictada con anterioridad al hecho,

que amenace fija una sanción al que realiza el hecho. Es decir previene la conducta por

la amenaza de la sanción, y no por la prohibición. La ley no prohibe robar, pero sanciona

el robo con penas privativas de libertad. Además de la norma previa, el delito contiene

una conducta típica, es decir la definición del hecho que la norma quiere impedir.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

1. Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de

este tipo de hecho, que tiene el carácter de delito, es necesario que cuenten con

la mayor cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia.

2. Comunicar de manera inmediata este tipo de hecho a las autoridades superiores

del establecimiento educacional.

3. Realizar la denuncia en Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones,

Fiscalías del Ministerio Público o Tribunales competentes, dentro del plazo de 24

horas desde que se tome conocimiento del hecho, según lo que señala el

Artículo 176.

4. Se comunica el hecho al apoderado (a) del estudiante involucrado en el acto

delictivo por parte del Director del Establecimiento Educacional.

5. Se comunica el hecho al Departamento Provincial de Educación o la

Superintendencia de Educación por medio de oficio.

6. Mientras se esté llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el

discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes

la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

7. Portería no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de

comunicación ni a personas ajenas a la Unidad Educativa, solo quien puede

entregar alguna información será el Director (a) del establecimiento.

III. SEGUIMIENTO

1. Realizar un monitoreo constante del caso utilizando como base un plan de

acción remedial.

2. Se llevará a cabo el proceso mediante sistematización de registros.

3. Mientras se lleve a cabo el proceso judicial, se asegurará a todas las partes la

mayor confidencialidad, privacidad y respeto por la dignidad y honra de las

personas involucradas.

4. Comunicar a las autoridades correspondientes, Director (a) del establecimiento

educacional, DAEM, Departamento Provincial de Educación o Superintendencia

de Educación.

PROTOCOLO DE BULLYING Y/O CIBERBULLYING

I.- DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Definición:

Se entiende por acoso escolar o Bullying, cualquier forma de maltrato;

psicológico, físico, verbal o por medios informáticos, realizado entre alumnos o alumnas

del colegio, que es sostenido durante largo tiempo, y que se realiza con la intención

de lastimar a otro(a) alumno(a).

Este maltrato puede ser directo o encubierto, y puede ser realizado por uno o por

varios sujetos.

Clasificación de falta:

Se considera el bullying o ciberbullying como una falta MUY GRAVE, donde algunas

son:

1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a

cualquier miembro de la comunidad educativa.

2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

3. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa;

4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico,

ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad,

defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de redes sociales, teléfonos o

cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

Características de Bullying:

Entre pares

Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás

Existe asimetría de poder, una de las partes se siente impedido de defenderse

Sostenido en el tiempo, se repite durante un tiempo determinado

Algunas de las señales de presencia de Bullying:

No quiere ir al Colegio

Llega a casa con ropa, libros, o cosas estropeadas

Le roban cosas con frecuencia

Recibe llamadas telefónicas en horas inadecuadas. Cambia de humor después de

estas

Aparece con moretones o heridas que no puede o se le hace difícil explicar

Cambia su comportamiento y/o humor

Está más irritable

Baja su rendimiento escolar

Tiene pocos amigos o no los tiene

No es invitado a casa de compañeros

No participa en actividades fuera del horario de clases

Pérdida de apetito

Dolor de cabeza o estómago antes de salir al colegio

Alteraciones de sueño

Pide dinero con frecuencia o lo saca a escondidas

Su aspecto es de infelicidad

Denuncia de Bullying en el interior del colegio, o fuera de él

En caso de producirse una denuncia de Bullying en el interior del colegio, o

fuera de él y que afecte a alumnos o alumnas del establecimiento , el procedimiento

oficial a seguir, obligará como parte del Reglamento Interno a todos los integrantes de la

comunidad educativa del Colegio, a comunicar los hechos respetando el protocolo.

El primer paso será comunicar la situación de Bullying /Acoso en el colegio, ante:

Un profesor o profesora con el que puede existir más confianza

El profesor jefe

Un inspector con el que exista más confianza

Al departamento de orientación o dupla psicosocial

Algún miembro del equipo directivo

Denunciantes

Es obligación de todos los miembros de la comunidad educativa, -entiéndase

alumnos y alumnas, profesores y profesoras, personal administrativo, auxiliares, padres

y apoderados, informar, denunciar y seguir el siguiente protocolo, ante la sospecha o

existencia de Bullying en nuestro colegio.

II.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1. Serán atendidas todas las denuncias realizadas, sin importar el rol, edad, sexo u otra

distinción más que ser parte de la comunidad educativa del colegio. Por tanto es tan

válida la denuncia de un alumno de pre básica, como de un docente o apoderado del

establecimiento, dicha denuncia quedará registrada en la hoja tipo de recolección.

2. Encargado de convivencia escolar será el responsable de hacer llegar la denuncia en

un plazo máximo de 24 horas al Director, Inspectora General o Equipo de

Convivencia Escolar (Inspector General, Orientador, Psicóloga, Asistente Social).

(Todo por escrito).

3. El equipo de Convivencia Escolar identificará la situación, lo anterior se llevará a cabo

por medio de una entrevista con el alumno afectado, para identificar tipo de maltrato,

intensidad, historia, intervinientes, y ver si la situación cumple con las características

que definen el Bullying. (todo por escrito)

4. Luego de lo anterior el equipo de convivencia convocará a una entrevista urgente al

profesor jefe y profesor de asignatura del alumno o alumna en cuestión, para recabar

información de interés sobre la situación, si el problema es entre pares. Cualquiera

sea el caso, el equipo de convivencia deberá citar a entrevista al apoderado con el fin

de recabar información y tomar las medidas que sean necesarias. (todo por escrito).

5. En cada una de las conversaciones que se mantengan durante el proceso, se dejará

registro escrito, con indicación clara del nombre de la víctima, y de los supuestos

agresores, actividades realizadas, acuerdos, fecha y firmas respectivas.

6. De no cumplir la denuncia, con las características para ser entendida como Bullying,

el profesor jefe tendrá entrevista con el alumno y le prestará su colaboración, para la

resolución del problema, por el que se siente afectado. Si es necesario, realizará la

derivación que corresponda a psicólogo y Trabajador social u otro profesional.

7. De constatarse que se trate de Bullying, el equipo de Convivencia Escolar, más el

Profesor Jefe del curso, mantendrá una conversación con los posibles agresores y

buscará finiquitar el tema utilizando la mediación entre las partes, informando a los

padres el procedimiento a efectuarse. Siempre con pleno conocimiento de los

respectivos apoderados de las acciones que se están llevando a cabo.

8. No obstante, lo indicado en el punto 7, el equipo de Convivencia Escolar, tendrá la

posibilidad de considerar, según Reglamento de Convivencia Escolar, y previa

consulta a Dirección del Colegio, las sanciones respectivas que ameriten ser

aplicadas.

9. En caso de Cyber Bullying el Encargado(a) de convivencia recibirá la denuncia por

parte del o los estudiantes afectados y se citará a los apoderados para orientarlos en

torno al procedimiento a seguir,

IV. PROCEDIMIENTO FORMATIVO

1. Comprobada la existencia del Bullying, mediante la gestión del encargado de

convivencia, los alumnos o alumnas identificadas como agresores, deberán firmar un

compromiso, que estipule su voluntad de no realizar nuevamente un acto de estas

características.

2. Luego de esto, convocará a reunión con el equipo de convivencia con la finalidad de

elaborar un plan de apoyo con medidas preventivas y formativas, que contemple

intervención con el contexto, la víctima y el victimario. De ser necesario se derivará a

red para atención especializada.Dicho plan tendra una duración máxima de 2 meses.

3. De no cumplirse los acuerdos indicados, además de aplicar el Reglamento de

Convivencia Escolar, el colegio se reserva el derecho y obligación de realizar las

denuncias que estime convenientes, con las instituciones competentes en este tipo

de hechos.

4. En todas las circunstancias antes descritas, se mantendrá el máximo respeto y

privacidad de los hechos sucedidos.

5. Esta secuencia de actuaciones y/o acciones están incorporadas al reglamento de

convivencia escolar considerándose falta gravísima.

III. CIERRE Y SEGUIMIENTO

Encargado de Convivencia hará seguimiento y elaborará informe una vez finalizado el

plan de apoyo, con un plazo máximo de dos meses.

PROTOCOLO DE AUSENTISMO ESCOLAR I.- CLASIFICACIÓN DE FALTA

TIPO DE FALTA Grave

DESCRIPCIÓN DE LA

FALTA

Vulneración de derecho

II.- DEFINICIÓN Y/O DESCRIPCIÓN GENERAL

La asistencia a todas las clases y actividades programadas y extra programáticas es

obligatoria y deberá el alumno cumplir con un 85% de asistencia semestral.

a) La asistencias de carácter obligatoria para las clases, actividades extraescolares, citaciones por compromisos oficiales ante Actos y Desfiles, beneficios de alimentación y salud escolar. Debe ser puntual en la hora de llegada. b) En caso de inasistencias el Apoderado del Alumno o Alumna deberá justificarlas con certificado médico, personalmente en Inspectoría y/o presentando justificativo extendido y firmado en la Libreta de Comunicaciones o Agenda Escolar. En caso contrario se dejara constancia en la hoja de vida del Alumno o Alumna como una observación negativa. c) Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada personalmente por el Apoderado y al incorporarse a clases, debe estar en condiciones de rendir la prueba. d) Desde Pre kínder a Cuarto Año Básico, es responsabilidad de los Padres y Apoderados procurar los medios para poner al día a su Pupilo o Pupila en las materias escolares realizadas en sus días de inasistencia a clases. e) De Quinto a Octavo Año Básico, será responsabilidad del Alumno o Alumna ponerse al día en las materias y trabajos realizados en su ausencia, ajustándose al Reglamento de Evaluación que el o la profesor/a establezca. El/la alumno/a deberá cumplir con un 85% de asistencia semestral.

Cabe destacar que al término de cada semestre el profesor Jefe confeccionará una lista

de alumnos con porcentaje inferior al 85% de asistencia la cual entregarán a asistente

social. Además dicho listado indicará quien presentó el año anterior “Solicitud por

inasistencia” no pudiendo volver a solicitarlo.

Todos los alumnos que tengan menos del 85% de asistencia, deberán entregar una

solicitud al Director quien revisará y analizará cada caso. Se debe adjuntar los siguientes

documentos:

1.- Certificados médicos.

2.- Solicitud (Entregada en secretaria) describiendo situaciones de inasistencia

III.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1) El control de asistencia se realizará en cada curso, será tarea de cada profesor de

asignatura, registrar la asistencia de los alumnos.

2) El control de inasistencia y justificación de inasistencia del alumno será realizado por

el apoderado a cargo de Inspectoría.

3) Con más de tres inasistencias sin justificar profesor jefe, remitirá a Asistente Social.

4) Las licencia medicas se entregarán a Inspectoría, quien lo archivará de acuerdo al

curso dándolo a conocer al Profesor Jefe, junto a lo anterior se implementará

“cuaderno de entrega de certificados médicos” donde los padres y/o tutores firmarán

la entrega de los Certificados médicos.

5) Derivación a la Asistente Social: Se comenzará a intervenir cuando el profesor jefe y

cualquier entidad de la comunidad educativa identifique y derive al alumno a dupla

psicosocial, especificando expresamente la situación del alumno ausentista.

6) Control y recopilación semanal de faltas de asistencia del alumnado de cada curso, a

través de los libros de clases, de esta forma se pesquisará tempranamente a los

alumnos que se ausenten. Cuando el número de ausencias sea superior a 3 faltas

seguidas o 5 faltas alternadas durante el periodo de un mes o, cuando se produzca

sistemáticamente un día de la semana, el apoderado será citado o visitado por la

Asistente Social.

7) Citación del tutor y/o apoderado a entrevista con Asistente Social, esta citación se

realizará de forma escrita, se dirigirá al padre, madre o tutor del alumno/a y se

emitirá por la Asistente Social.

8) Entrevista al apoderado y/o tutor del alumno, donde se podrá volver a solicitar a la

familia las justificaciones oportunas a la ausencia del alumno/a y la colaboración

familiar en la resolución del problema, en caso de que las faltas no estén

debidamente justificadas. También se deberá informar a la familia del Protocolo de

Ausentismo y de la siguiente medida a adoptar por el Colegio en el caso de que la

situación de ausentismo persista. Se establecerá la valoración de la situación de

ausentismo e identificación del tipo de ausentismo. Se informará a los padres

respecto de la obligatoriedad de la enseñanza y su deber de hacerlo cumplir, Se

llegará a un compromiso de cumplimiento con la familia.

Asistente Social informará a profesor sobre gestión realizada.

9) Se abrirá un expediente de los menores con mayores ausencias.- En él se incluirán

toda la documentación referente al menor: datos del menor y la familia,

intervenciones realizadas, plan de intervención socioeducativa, evolución,

seguimientos, valoraciones, derivaciones e informes.

10) Si el apoderado y/o tutor no asiste a las citaciones a entrevista se realizará Visita

domiciliaria por parte de la Asistente Social: Esta visita se podrá producir en tres

casos:

a) Si la familia no ha acudido a tres citaciones enviadas o alude dificultades para acudir.

b) Si se considera necesario analizar el contexto físico donde habita el/la menor y

su familia u otras circunstancias.

c) Si se considera conveniente realizar una intervención conjunta con otros

profesionales.

11) Derivación a la red: Si después de todas las actuaciones posibles, se detectara una

situación de riesgo para el menor, o bien el ausentismo no desapareciese, se

derivaría el caso a Fiscalía, tribunales de Familia, OPD, carabineros, por vulneración

de derecho a la educación. Se realiza a través de un informe detallado las acciones y

compromisos adquiridos.

12) En el caso contrario de mejorar asistencia el alumno se procederá a dar el alta del

caso, previo seguimiento realizado.

PROTOCOLO DE ASISTENCIA

I. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Tipo de falta: Leve

Son Faltas:

1. No presentar al profesor/a el pase por inasistencia.

2. No presentar licencia o certificado médico dentro de las 24 horas siguientes a

la atención del facultativo, en caso de inasistencia a evaluaciones.

3. Que el apoderado/a no justifique personalmente, ni presente la licencia o

certificado médico por la inasistencia de más de 3 días debido a enfermedad,

en un máximo de 48 horas después de emitido.

4. Que el apoderado/a y/o apoderado/a suplente no justifique la inasistencia en

caso de situación de fuerza mayor.

5. Que él o la estudiante no se presente con su apoderado/a en Inspectoría

General cuando es citado.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

1. Justificación de inasistencias a clases

1.1 El docente solicitará pase emitido por Inspectoría.

2. Justificación de inasistencia a una prueba

2.1 El apoderado/a presentará el certificado médico a Inspectoría, quien avisa al

profesor/a jefe y/o de asignatura sobre la inasistencia del alumno/a a la prueba,

posteriormente Inspectoría General archivará documento en la carpeta de

antecedentes del estudiante.

2.2 El docente de la asignatura fijará fecha y horario, para aplicar la prueba

pendiente.

3. Justificación debido a inasistencias por enfermedad

3.1 El apoderado/a deberá presentar certificado médico cuando la inasistencia

por enfermedad exceda los 3 días.

3.2 El apoderado/a entregará el certificado médico en Inspectoría General, con

un máximo de 48 horas desde la emisión del documento.

3.3 Inspectoría General recepcionará, registrará y archivará en carpeta de

certificados médicos.

3.4 Inspectoría General informará verbalmente al profesor/a jefe las causas de

inasistencia del estudiante.

3.5 Por inasistencia injustificada por 3 días, el Trabajador/a Social realizará una

visita domiciliaria, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.

4.- Justificación inasistencias por otros motivos

4.1 El apoderado/a y/o apoderado/a suplente del estudiante deberá justificar

personalmente en Inspectoría General.

4.2 Por inasistencia injustificada por 3 días, el Trabajador/a Social realizará una

visita domiciliaria, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.

4.3 En caso de inasistencias reiteradas, intermitentes y/o de larga data con riesgo

de deserción escolar, Orientación y equipo psicosocial realizará un plan de

intervención con el fin de regularizar la asistencia del alumno/a al

establecimiento.

4.4 De no obtener resultados positivos con la intervención efectuada por el

equipo psicosocial, la Dirección del establecimiento realizará las acciones

judiciales correspondientes.

PROTOCOLO PORTE Y CONSUMO DE CIGARRILLOS, ALCOHOL Y/O DROGAS

DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O VISTIENDO EL UNIFORME ESCOLAR

I. DESCRIPCIÓN

SON FALTAS MUY GRAVES:

1. Portar cigarrillo, alcohol y/o drogas al asistir al establecimiento o en actividad

extraescolar programada.

2. Consumir cigarrillos, alcohol y/o drogas dentro del establecimiento o en actividad

extraescolar programada.

3. Consumir cigarrillos, alcohol y/o drogas vistiendo el uniforme escolar a los

alrededores del establecimiento.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

A. EN CASO DE PORTE Y/O CONSUMO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

1. Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta dará aviso a Profesor(a) jefe,

Inspector General y/o Directora.

2. Inspectoría General deberá requisar cigarrillo, alcohol y/o drogas según corresponda y

registrará la falta en el libro de correspondiente.

3. Inspectoría General comunicará a Profesor(a) Jefe y Encargado(a) de Convivencia, la

situación acontecida.

4. Profesor(a) Jefe deberá registrar falta en hoja de observaciones de estudiante y citará

vía telefónica a apoderado(a).

5. Profesor(a) jefe, deberá coordinar horario para entrevista.

6. Profesor(a) jefe y se entrevistarán con estudiante y apoderado(a) y registrarán puntos

tratados en la reunión en hoja de observaciones de Estudiante y ficha de entrevista.

7. Apoderado(a) y estudiante deberán firmar compromisos acordados.

B. EN CASO DE PORTE Y/O CONSUMO VISTIENDO EL UNIFORME ESCOLAR

FUERA DEL ESTABLECIMIENTO

1. Quién detecte la falta dará aviso a Profesor(a) jefe, Inspectoría General y/o Directora

2. Inspectoría General, Profesor(a) jefe y/o Directora, deberá acercarse a Estudiante y

corroborar situación.

TIPO DE FALTA Muy Grave.

3. Profesor(a) jefe deberá registrar falta en hoja de observaciones de estudiante y citará

vía telefónica al Apoderado(a).

4. Profesor(a) jefe se entrevistarán con estudiante y Apoderado(a) y registrarán puntos

tratados en la reunión en hoja de observaciones de Estudiante.

5. Apoderado(a) y estudiante deberán firmar compromisos acordados.

IV. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

El presente protocolo muestra algunas tipos de medidas preventivas que son posibles de

implementar, con el fin de educar y entregar información sobre estas sustancias, su

composición y sus efectos a corto, mediano y largo plazo, de manera que los y las

estudiantes puedan tomar una postura frente al consumo de cigarrillos, alcohol y/o

drogas.

PSICOEDUCACIÓN:

Realización de talleres a estudiantes (divididos por ciclos) por parte del Equipo

de orientación, Equipo psicosocial y/o Profesor(a) jefe, dando cuenta de de la

composición del cigarrillo, el alcohol y las drogas de los efectos que éstos

pueden provocar, en los distintos sistemas del ser humano.

Realización de charlas a apoderados(as) (divididos por ciclos) por parte del

Equipo de Orientación, Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) jefe,

entregando información referente a las características del cigarrillo, alcohol y

drogas y sus efectos para la salud. Además de entregar herramientas de

prevención para ser trabajadas en el hogar e indicadores de consumo.

Realizar jornadas reflexivas entorno a esta temática, recogiendo las

inquietudes de los y las estudiantes por parte del Equipo de orientación.

Realizar actividades, involucrando a toda la comunidad educativa, en que se

promuevan cuidados de la salud y se concientice sobre el efecto del consumo de

cigarrillos, alcohol y drogas.

EN AMBOS CASOS, SI EL CONSUMO DE ALCOHOL O DROGAS ILÍCITAS ES PROBLEMÁTICO, SE

REALIZARÁ INTERVENCIÓN CON EQUIPO PSICOSOCIAL DEL ESTABLECIMIENTO Y EQUIPO SENDA

DEL MUNICIPIO

PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

I. DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD

1.- Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Orientador(a), Inspectoría

General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición.

2.- Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.

3. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los

controles médicos del bebé.

4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre,

con los respectivos certificados médicos.

5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

II. DEBERES DE LA ESCUELA CON LAS ALUMNAS EN CONDICIONES DE

MATERNIDAD O EMBARAZADAS

1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa

vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se

buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando

todas las facilidades para el caso.

2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en la Escuela.

3. No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o

expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro

similar.

4. Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo

contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.

5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del

Establecimiento.

6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus

estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del

embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende

exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la

joven y el bebé.

7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos

prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.

8. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.

9. Permitirles hacer uso del seguro escolar.

10. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra

programáticas realizadas al interior o exterior del establecimiento así como en las

ceremonias donde participen sus compañeras. Excepto si hay contraindicaciones

específicas del médico.

11. Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser

evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de

salud así proceda.

12. Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de

Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados

podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.

13. Evaluarlas según a los procedimientos de evaluación establecidos por la

Escuela, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades

académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.

Podrán brindarles apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías

realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de

clases.

14. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y

de madres durante el período de lactancia.

II.PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Fase 1: Comunicación al colegio

1. La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su

Profesora(a) Jefe o al Orientador(a) de la escuela.

2. El Profesor(a) Jefe comunica esta situación a las autoridades directivas técnicas

y al Encargado de Convivencia.

Fase 2: Citación al apoderado y conversación

3. El Profesor(a) Jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia cita al apoderado de la

estudiante en condición de maternidad o embarazada a través de la agenda

escolar y registra la citación en la hoja de observaciones de la estudiante y en la

ficha de entrevista.

4. El Profesor (a) Jefe registra aspectos importantes de la situación de la estudiante

embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del

parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la estudiante en

condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos,

etc.

5. El apoderado(a) firma los compromisos para que la estudiante continúe

asistiendo al establecimiento, excepto tenga limitaciones que deben ser

certificadas por el especialista pertinente.

6. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la

estudiante por parte del Profesor(a) Jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia.

Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante

7. El Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General

analizan la información recogida y valoran la situación.

8. Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos

evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal

al colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades:

clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extra-

programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte del Encargado(a) de

Convivencia, Profesor(a) Jefe, Inspectoría General y o Dirección.

9. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de los

procesos evaluativos para la estudiante en condición de maternidad a las

autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por

parte del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría

General.

Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo

10. Elaboración de una bitácora que registre el proceso de las alumnas tanto en

maternidad como embarazada, por parte del Encargado de Convivencia y/u

Orientador.

11. Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia, Orientador,

Inspectoría General y/o Profesor(a) Jefe.

Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo

12. Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y

ajustado a la norma para apoyar a las alumnas en maternidad y embarazadas

por parte del Encargado de Convivencia.

13. Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas, al Profesor Jefe,

al Consejo de Profesores y al apoderado(a) por parte del Encargado(a) de

Convivencia.

14. Profesor Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes de la estudiante.

IV. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

1. Se realizaran talleres de educación sexual a las alumnas de Sexto, Septimo y Octavo

año Básico; los que estarán a cargo de la Orientadora y el equipo Psicosocial de la

Escuela. (Plan de Convivencia Escolar)

2. Se realizarán talleres a padres y apoderados de los mismos cursos con la finalidad de

orientarlos en la educación sexual de sus hijas, con la finalidad de prevenir el embarazo

adolescente.

PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

I. DEFINICIÓN

Accidente menor: Se entenderá por accidente menor, aquel que provoque daño físico

leve, es decir que no implique fractura ni pérdida de conciencia.

Accidente Mayor: Se entenderá por accidente mayor, aquel que provoque daño físico

moderado o grave, incluyendo fracturas, pérdidas de conciencia y sangrado explosivo.

En ambos accidentes se debe evaluar si es necesario el uso de una camilla.

Hacer llamado a bomberos en el caso de que no esté disponible la ambulancia, por

integridad del alumno.

II. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

EN CASO DE ACCIDENTE MENOR

1. Persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda e informar a

Inspectoría General sobre lo ocurrido.

2. Profesor(a), compañero o paradocente deberá acompañar al (la) estudiante a

inspectoría.

3. Profesor, Inspectoría y/o secretaría, evalúan las condiciones del alumno(a), ante un

golpe en la cabeza, riesgo de esguince u otro, inspectoría deberá informar

telefónicamente al apoderado sobre la situación ocurrida.

4. Secretaria completa ficha de accidente en cuadriplicado.

5. En caso de ser necesario, el apoderado deberá enviar certificado de atención,

acreditando diagnóstico y tratamiento a seguir por parte del estudiante.

EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE

1. Persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda e informar

inmediatamente a Inspectoría general.

2. Inspectoría general, deberá solicitar apoyo del Profesor(a) Jefe en el lugar del

accidente.

Inspectoría General y/o Profesor (a) jefe deberán chequear información sobre seguro

escolar del estudiante, asegurándose de identificar recinto de salud al que debe ser

trasladado el estudiante.

3. Inspectoría General, comunica situación a Director(a) del colegio.

4. Director(a) comunica situación a autoridades del Daem.

5. Inspectoría General, contactará telefónicamente a servicios de emergencia para

traslado del estudiante a recinto de salud.

6. Auxiliar deberá facilitar el ingreso de la ambulancia al lugar en que se encuentra el

accidentado, entregando información clara y precisa para el acceso de ésta.

7. Auxiliar no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de

comunicación ni a personas ajenas a la Unidad educativa sin la autorización expresa

de la Dirección.

8. Inspectoría General contactará a Apoderado, explicando la situación y solicitando su

presencia lo más rápido posible.

9. Inspectoría General, deberá registrar el procedimiento en hoja de vida del estudiante,

indicando características del accidente, hora en la que ocurrió, condición del

estudiante, forma de traslado, recinto asistencial al cual fue derivado y nombre de la

persona que acompañó al estudiante.

10. Profesor(a) Jefe o paradocente deberá acompañar al estudiante en su trayecto)en la

ambulancia, hasta el recinto asistencial y esperar la llegada del Apoderado(a

11. Profesor (a) jefe o paradocente, deberá informar a Dirección condiciones del

estudiante al momento de llegar al recinto asistencial de salud, diagnóstico y nombre

de la persona que quedó a cargo del estudiante (apoderado(a) u otro).

12. En caso de ser necesario, el apoderado(a) deberá enviar certificado médico

acreditando diagnóstico y tratamiento a seguir por parte del estudiante.

13. Inspectoría General, inicia investigación y emite informe para evaluar si en la

ocurrencia del accidente medió negligencia y determinar quién es el responsable.

Entregando dos copias del informe; a Dirección e Inspectoría General.

14. El establecimiento deberá tener registro de contactos con redes asistenciales

cercanas al establecimiento (encargado, dirección, número telefónico, entre otros).

PROTOCOLO DE ATRASOS

I. CLASIFICACIÓN DE FALTAS.

1. Clasificación de falta: Leve

2. Tipos de falta:

a. Llegar atrasado al inicio de la jornada según los horarios establecidos por

cada unidad educativa.

b. No solicitar el pase de atraso en Inspectoría General, habiendo llegado

atrasado al inicio de la jornada escolar.

c. Presentarse sin el Apoderado(a), cuando el atraso sea superior a 15

minutos (al inicio de la jornada escolar)

d. Ingresar a la sala de manera ruidosa, sin previa autorización del docente

a cargo o poco respetuosa frente al Profesor(a) y sus compañeros.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

1. Los atrasos serán registrados en Inspectoría General en la Carpeta General de

Atrasos y en la agenda de la alumna, señalando fecha y hora. Estos registros

sólo serán validos si tienen firma y timbre de Inspectoría General.

2. Por cada tres atrasos registrados, el apoderado deberá asistir a justificar a su

hijo(a).

3. Atrasos autorizados: sólo se otorgarán a aquellos alumnos que vivan a gran

distancia de la escuela y el apoderado haya realizado la solicitud a la Directora.

4. Después de tres atrasos, al inicio de la jornada escolar, el Inspector

General citará (por escrito) al apoderado para informarle de dicha situación. Si

el apoderado no se presenta será citado por la Dirección del Establecimiento.

5. El/la alumno/a con atrasos superior a 15 minutos, permanecerán en la biblioteca

realizando actividades complementarias hasta el cambio de hora.

PROTOCOLO SALIDAS PEDAGÓGICAS

I. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

1. Todos los alumnos que deban salir del establecimiento por razones

académicas o extra programáticas, deben entregar al docente respectivo la

autorización firmada por el apoderado titular o en su defecto por el apoderado

suplente.

2. Los alumnos deben usar, en todas las actividades fuera del establecimiento,

el uniforme completo o si la actividad lo amerita la indumentaria deportiva de

la Escuela. Los/as alumnos/as podrán asistir con ropa de color siempre y

cuando la dirección lo autorice.

3. En caso que se produzca algún accidente en el trayecto y/o en la actividad

misma, será cubierto por el seguro escolar.

4. El formato de autorizaciones puede variar, siempre y cuando se cumpla con

los requisitos mínimos: Nombre y firma del apoderado y teléfono de contacto.

PROTOCOLO RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO DURANTE LA JORNADA

ESCOLAR

I. CLASIFICACIÓN DE FALTAS:

1. Clasificación de la falta: Leve – Grave

2. Tipo de falta

Faltas Leves:

1. Intentar retirarse del Establecimiento sin haber cumplido con el procedimiento

administrativo estipulado en el Reglamento Interno.

2. Que apoderado/a no justifique debidamente causal del retiro del Establecimiento.

3. Que apoderado/a no estipule con quién o de qué forma se retire el/la estudiante del

Establecimiento.

Faltas Graves:

1. Retirarse del Establecimiento sin la autorización de Inspectoría General.

2. Retiro del alumno/a por parte del apoderado/a sin autorización de Inspectoría.

II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO PREVIO A LA JORNADA DE TÉRMINO.

1. El Apoderado/a y/o apoderado suplente deberá justificar personalmente el retiro

del alumno/a en horas de clases.

2. Inspectoría autorizará el retiro con la firma del apoderado/a y/o apoderado/a

suplente.

3. El asistente de la educación deberá entregar pase de retiro al profesor/a a cargo

del alumno/a.

4. El Profesor/a a cargo, deberá registrar la hora de retiro del alumno/a en el libro

de clases.

5. Inspectoría registrará la hora de retiro del alumno en el libro correspondiente.

RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO SIN AUTORIZACIÓN

1. Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta deberá dar aviso a

Inspectoría General, Orientadora y/o Profesor/a Jefe.

2. Una vez incorporado el alumno/a al Establecimiento Inspectoría General y/o

Profesor/a Jefe, se entrevistará con estudiante involucrado/a.

3. Inspectoría, deberá registrar situación en hoja de observaciones de estudiante.

4. Estudiante deberá reintegrarse a clases.

5. Inspector General, citará a apoderado/a y/o apoderado/a suplente vía telefónica y/o

comunicación escrita.

6. Inspector/a General y/u Orientador/a, se entrevistarán con Apoderado/a, informando

sobre la situación ocurrida y el procedimiento a seguir, además de solicitar su apoyo

frente a la medidas que se implementarán.

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ESCOLAR SIMÉTRICA (ENTRE PARES)

I-. DEFINICIÓN Y CLASIFICACION

Definición:

Es todo acto de agresión u hostigamiento que se produce entre un estudiante y un

miembro de la comunidad educativa, valiéndose de una situación de superioridad o de

indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de

verse expuesta a un mal de carácter grave. Este acto agresivo puede ser cometido

forma individual o grupal, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento

educacional.

A su vez el apoderado tiene el deber de brindar un trato deferente y respetuoso a todo el

personal del colegio, será considerada falta grave de parte del apoderado el maltrato

verbal o físico, despectivo o soez en contra de cualquier integrante de la comunidad

educativa.

Clasificación de falta:

Se considera la violencia escolar asimétrica como una falta MUY GRAVE, donde

algunas son:

1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a

cualquier miembro de la comunidad educativa.

2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

3. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia.

6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante

de la comunidad educativa a través de redes sociales, teléfonos o cualquier otro

medio tecnológico, virtual o electrónico.

III. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO

1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica

oralmente a Inspectoría General.

2. Inspectoría General realizará registro del hecho. Luego comunicará situación a profesor

(a) jefe y realizará citación al apoderado del estudiante causante del daño y del

estudiante dañado a través de una comunicación en la agenda y registra la citación en la

hoja de observaciones respectivas.

3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) la dupla psicosocial realizará visita

domiciliaria.

4. El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia y/o Inspectoría General entrevistan al

apoderado(a) y estudiante(s) causante del daño para conocer las causas y

circunstancias del hecho considerado como falta grave.

5. El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia y/o Inspectoría General entrevistan

con el apoderado(a) y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del

hecho considerado como falta grave.

6. Encargado(a) de Convivencia registra de manera objetiva los aspectos centrales de

cada una de las entrevistas.

IV. PROCEDIMIENTO FORMATIVO.

1. El Encargado(a) de Convivencia, analiza la información recogida y valora la situación y

determinará medidas formativas de apoyo al estudiante(s) causante(s) y al

estudiante dañado.

2. De ser necesario elaborará un plan de acción en conjunto con el equipo de convivencia

con las medidas preventivas y formativas.

3. El encargado(a) de Convivencia elaborará una bitácora y/o carpeta que registre los

procedimientos y evolución del caso.

V. CIERRE Y SEGUIMIENTO

1. Encargado(a) de Convivencia hará seguimiento y elaborará informe una vez finalizado el

plan de apoyo.

2. Encargado(a) de Convivencia dejará una copia en Inspectoría General y una en la

carpeta del alumno (a)

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ESCOLAR ASIMÉTRICA

(ESTUDIANTE – MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA)

I. DEFINICIÓN Y CLASIFICACION

Definición:

Es todo acto de agresión u hostigamiento que se produce entre un estudiante y un

miembro de la comunidad educativa, valiéndose de una situación de superioridad o de

indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de

verse expuesta a un mal de carácter grave. Este acto agresivo puede ser cometido

forma individual o grupal, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento

educacional.

A su vez el apoderado tiene el deber de brindar un trato deferente y respetuoso a todo el

personal del colegio, será considerada falta grave de parte del apoderado el maltrato

verbal o físico, despectivo o soez en contra de cualquier integrante de la comunidad

educativa.

Clasificación de falta:

Se considera la violencia escolar asimétrica cono una falta MUY GRAVE, donde algunas

son:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a

cualquier miembro de la comunidad educativa.

1. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier

otro miembro de la comunidad educativa.

2. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

3. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

4. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia.

5. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de

la comunidad educativa a través de redes sociales, teléfonos o cualquier otro medio

tecnológico, virtual o electrónico.

II. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN (dentro de las primeras 24 horas)

1. Una vez detectado el conflicto, la primera actuación es frenar la actividad o motivo

que lo esté causando. Cualquier adulto que presencie los hechos es responsable de

esta medida y deberá intervenir evitando un peligro manifiesto y grave a la víctima.

2. Se intentará en este primer momento resolver el conflicto mediante el acuerdo a

través de mediación con las partes involucradas. Si la situación persiste se

continuara con los pasos siguientes.

3. El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, deberá informar de

manera inmediata en forma oral a Inspectoría General y Encargado/a de

Convivencia.

4. Posteriormente, el miembro que detectó el hecho debe entregar por escrito su

versión de manera objetiva.

5. Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias de la comunidad

educativa, el Encargado/a de Convivencia o Inspector General se solicitará, ayuda

externa a otras entidades y servicios (Servicios de salud, Carabineros, PDI), previa

notificación a Dirección del establecimiento.

6. Encargado/a de Convivencia convocará a reunión con Inspectoría General para

entrevistar en conjunto o por separado a los involucrados y a las personas que

hubieren observado los hechos, registrando de manera objetiva.

7. Encargado/a de Convivencia recogerá la información recopilada en un informe

escrito que será entregado a las Autoridades directivas.

8. Las autoridades valorarán, el grado responsabilidad de los implicados en el mismo.

Encargado de Convivencia dejará constancia escrita de la reunión, mediante el acta

correspondiente, incluyendo los asistentes, los hechos tratados y los acuerdos

tomados para iniciar las medidas formadoras y preventivas.

9. Inspectoría General, deberá registrar la falta en el libro oficial.

10. Encargado/a de Convivencia entrevistará las partes involucradas, para informar

sobre la situación y el procedimiento a seguir, dejando registro firmado de lo tratado

en dicha instancia.

11. Dirección informará a DAEM para tomar medidas resolutivas.

III. PROCEDIMIENTO FORMATIVO

1. Mediante la gestión del encargado de convivencia, los involucrados, deberán firmar

un compromiso, que estipule su voluntad de no realizar nuevamente un acto de

estas características.

2. Encargado/a de Convivencia convocará a reunión con la dupla con la finalidad de

elaborar un plan de apoyo con medidas formativas.

3. Encargado/a de Convivencia elaborará una bitácora que registre los procedimientos

y evolución del caso.

IV. CIERRE Y SEGUIMIENTO

1. Encargado/a de Convivencia elaborará de un informe final con los resultados del

procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo a los miembros

involucrados.

2. Dejará una copia en Inspectoría General y una copia en carpeta del alumno.

PROTOCOLO DE CONTENCIÓN

Este protocolo describe las medidas a adoptar en el caso que se produzcan, por

parte de un estudiante, una crisis de pérdida de control y suponga un peligro para

la seguridad física de sí mismo y/o de los demás o, perturbe gravemente el normal

desarrollo de las actividades propias del colegio.

Medidas preventivas:

Estas medidas están enfocadas a la reducción de estímulos

provocadores de conductas agresivas o disruptivas entre las cuales se

pueden considerar aquellas como técnicas de relajación, recordatorio de

normas contenidas en el Reglamento de Convivencia escolar o propias

de la clase, entre otras.

Actuación ante actitudes disruptivas: (Alteración del ambiente de trabajo)

a) Contención en la sala de clases durante un tiempo prudencial por el

docente o persona adulta que esté frente al curso usando la

persuasión, llamada a la calma, cambio de actividades e invitando a

deponer la actitud.

b) Pedir al estudiante que deje la sala de clases o el recinto en que esté

sucediendo la crisis disruptiva y dirigirse a inspector (a)

correspondiente a su curso, acompañado de un alumno o de

preferencia si hubiere un adulto como: profesional de PIE o asistente

de aula.

c) En ningún caso, el grupo de estudiantes permanecerá solo durante

este procedimiento, toda vez que debe estar asistido por un

profesional de la educación o inspector(a).

d) Ante la imposibilidad de vuelta a la calma del estudiante y una vez

agotados los medios anteriores, desde la inspectoría se solicitará vía

telefónica al apoderado que éste se presente a retirarlo de clases.