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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas Precio $ 3,00 Buenos Aires, miércoles 13 de febrero de 2013 Año CXXI Número 32.580 Pág. Continúa en página 2 DECRETOS AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA Decreto 193/2013 Desígnase Director Titular . .......................................................................................................... 1 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 194/2013 Desígnase Vicepresidenta del Directorio del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aero- puertos de la Secretaría de Transporte. ....................................................................................... 1 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decreto 2753/2012 Dase por designada la Directora Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias de la Subsecreta- ría de Coordinación Política de la Secretaría de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria. ............................................................................................................................. 1 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 157/2013 Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Dirección Nacional de Impuestos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda................................................ 2 Decreto 158/2013 Dase por prorrogada designación del Subdirector Nacional de Impuestos de la Dirección Nacio- nal de Impuestos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos. ........................................................ 3 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto 2754/2012 Designación en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de la Secretaría de Derechos Humanos. .............................................................................................. 3 Decreto 2755/2012 Designación en la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas Judi- ciales de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial de la Secretaría de Justicia. ........ 3 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2757/2012 Asignación de funciones de Director Nacional de Regulaciones del Trabajo de la Secretaría de Trabajo........................................................................................................................................ 4 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 155/2013 Dase por prorrogada designación del Director de Control de Permanencia de la Dirección General de Inmigración de la Dirección Nacional de Migraciones. ............................................................ 4 Decreto 2752/2012 Dase por designada la Directora General de Planeamiento y Logística de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. ........................................................................................ 4 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA Decreto 156/2013 Promoción. ................................................................................................................................. 5 PRESIDENCIA DE LA NACION Decreto 2756/2012 Dase por prorrogada designación en la Sindicatura General de la Nación. ................................... 5 DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 1581/2012 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 6 Primera Sección Sumario #I4413802I# AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA Decreto 193/2013 Desígnase Director Titular. Bs. As., 8/2/2013 VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU- CION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase al Licenciado D. Luis Pablo CERIANI (D.N.I. N° 25.020.106), como Di- rector Titular de la Empresa AEROLINEAS AR- GENTINAS SOCIEDAD ANONIMA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. #F4413802F# #I4413803I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 194/2013 Desígnase Vicepresidenta del Directorio del Organismo Regulador del Sistema Na- cional de Aeropuertos de la Secretaría de Transporte. Bs. As., 8/2/2013 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU- CION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase a la doctora Ma- riana Inés GAGLIARDI (D.N.I. N° 24.940.045) Vicepresidenta del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE DECRETOS AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descen- tralizado dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS- TRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. #F4413803F# #I4413241I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decreto 2753/2012 Dase por designada la Directora Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias de la Subsecretaría de Coordinación Política de la Secretaría de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria. Bs. As., 28/12/2012 VISTO el Expediente Nº S01:0292028/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU- RA, GANADERIA Y PESCA, el Presupues- to General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administra- tiva Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 7° del Presupues- to General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la referida nor- ma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que que- den vacantes con posterioridad a dicha fe- cha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJE- CUTIVO NACIONAL, en virtud de la disposi- ción del Artículo 10 de la citada ley. Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de mar- zo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ám- bito de la Administración Pública, centrali- zada descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectua- da por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co- rrespondiente.

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 4.995.241

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218–8400 y líneas rotativas

Precio $ 3,00

Buenos aires,miércoles 13 de febrero de 2013

año CXXinúmero 32.580

Pág.

Continúa en página 2

DECRETOS

aerolineas argentinas soCieDaD anoniMaDecreto 193/2013Desígnase Director Titular. .......................................................................................................... 1

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 194/2013Desígnase Vicepresidenta del Directorio del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aero-puertos de la Secretaría de Transporte. ....................................................................................... 1

Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaDecreto 2753/2012Dase por designada la Directora Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias de la Subsecreta-ría de Coordinación Política de la Secretaría de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria. ............................................................................................................................. 1

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecreto 157/2013Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Dirección Nacional de Impuestos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda. ............................................... 2

Decreto 158/2013Dase por prorrogada designación del Subdirector Nacional de Impuestos de la Dirección Nacio-nal de Impuestos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos. ........................................................ 3

Ministerio De JustiCia Y DereCHos HuManosDecreto 2754/2012Designación en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de la Secretaría de Derechos Humanos. .............................................................................................. 3

Decreto 2755/2012Designación en la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas Judi-ciales de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial de la Secretaría de Justicia. ........ 3

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialDecreto 2757/2012Asignación de funciones de Director Nacional de Regulaciones del Trabajo de la Secretaría de Trabajo........................................................................................................................................ 4

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 155/2013Dase por prorrogada designación del Director de Control de Permanencia de la Dirección General de Inmigración de la Dirección Nacional de Migraciones. ............................................................ 4

Decreto 2752/2012Dase por designada la Directora General de Planeamiento y Logística de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. ........................................................................................ 4

estaDo MaYor general De la arMaDaDecreto 156/2013Promoción. ................................................................................................................................. 5

PresiDenCia De la naCionDecreto 2756/2012Dase por prorrogada designación en la Sindicatura General de la Nación. ................................... 5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 1581/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 6

Primera Sección

Sumario

#I4413802I#AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA

Decreto 193/2013

Desígnase Director Titular.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU-CION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase al Licenciado D. Luis Pablo CERIANI (D.N.I. N° 25.020.106), como Di-rector Titular de la Empresa AEROLINEAS AR-GENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.

#F4413802F#

#I4413803I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 194/2013

Desígnase Vicepresidenta del Directorio del Organismo Regulador del Sistema Na-cional de Aeropuertos de la Secretaría de Transporte.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITU-CION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase a la doctora Ma-riana Inés GAGLIARDI (D.N.I. N° 24.940.045) Vicepresidenta del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE

DECRETOSAEROPUERTOS (ORSNA), organismo descen-tralizado dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4413803F#

#I4413241I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 2753/2012

Dase por designada la Directora Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias de la Subsecretaría de Coordinación Política de la Secretaría de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0292028/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA, el Presupues-to General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administra-tiva Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° del Presupues-to General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la referida nor-ma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que que-den vacantes con posterioridad a dicha fe-cha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJE-CUTIVO NACIONAL, en virtud de la disposi-ción del Artículo 10 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ám-bito de la Administración Pública, centrali-zada descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectua-da por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 2

Pág.JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 1582/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 6

Decisión Administrativa 1583/2012Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa. ..... 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCADecisión Administrativa 1585/2012Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. ......................................................................................................................................... 7

Decisión Administrativa 1586/2012Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.................................................. 7

RESOLUCIONES

PESCAResolución 46/2013-SENASAReconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos. ............... 9

Resolución 47/2013-SENASAReconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos. ............... 9

Resolución 48/2013-SENASAReconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos. ............... 10

MINISTERIO DE SALUDResolución 107/2013-MSPrograma Nacional de Unidades Móviles Sanitarias. Modifícase el Artículo 1° de la Resolución Nº 481/2009. .............................................................................................................................. 10

SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIAResolución Conjunta 133/2013-MTESS y 53/2013-MJDHActualización de honorarios y aranceles previstos en el Decreto Nº 1169/1996. .......................... 11

DISPOSICIONES

PRODUCTOS MEDICOSDisposición 854/2013-ANMATProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto. ....... 11

Disposición 855/2013-ANMATProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto. ....... 11

Disposición 856/2013-ANMATProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto. ....... 12

Disposición 860/2013-ANMATProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto. ....... 12

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 13

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 13

Anteriores ................................................................................................................................... 25

ASOCIACIONES SINDICALES

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALResolución Nº 68/2013-MTESSOtórgase al Sindicato de Trabajadores Municipales de Luján la personería gremial. .................... 26

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 27

Que por el Artículo 1° de la Decisión Admi-nistrativa Nº 659 de fecha 8 de agosto de 2012, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRE-TARIA DE AGRICULTURA, GANADERA Y PESCA y de la SECRETARIA DE COOR-DINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, ambas pertenecientes al MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la mencionada Decisión Adminis-trativa Nº 659/12 se creó la Dirección Na-cional de Tierras y Unidades Agropecuarias

Que para cubrir dicho cargo se propone a la Abogada Da. Mariana Raquel URIA (M.I. Nº 23.715.210).

Que si bien la agente que se propone po-see condiciones de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo, debe ser exceptua-da de los requisitos establecidos en el Ar-tículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2012 aproba-do por la Ley Nº 26.728.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la debida Intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUClON NA-CIONAL, 7° y 10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejerci-cio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728 y 1° del citado Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada transito-riamente a partir del 30 de octubre de 2012

y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I de Directora Na-cional de Tierras y Unidades Agropecuarias dependiente de la SUBSECRETARIA DE CO-ORDINACION POLITICA de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIO-NAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a la Abogada Da. Mariana Raquel URIA (M.l. Nº  23.715.210), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con autorización ex-cepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Anexo del mencionado Decreto Nº 2.098/08 y con carác-ter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) ho-mologado por el citado Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Ju-risdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

#F4413241F#

dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA de la SECRE-TARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGRO-PECUARIA del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la citada Subsecretaría, se con-sidera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecuti-va I, correspondiente al titular de la Direc-ción Nacional de Tierras y Unidades Agro-pecuarias.

#I4413248I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 157/2013

Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Dirección Nacional de Impues-tos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda.

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0003974/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 472 de fecha 6 de abril de 2010, se designaron con carácter transito-rio a profesionales en cargos con Función Ejecutiva dependientes de la Dirección Nacional de Impuestos de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados.

Que los profesionales a los que hace referencia el Anexo al presente decreto se encuentran actualmente desempeñándose en los cargos en que fueron designados transitoriamente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas las designaciones transitorias, desde el vencimiento esta-blecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 472 de fecha 6 de abril de 2010 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, de los funcionarios que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, pertenecientes a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en los cargos que se detallan, autorizándose el corres-pondiente pago por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

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miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 3Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de

selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

ANEXO

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION NACIONAL DE IMPUESTOS

APELLIDO Y NOMBRES M.I. N° CARGO NIVEL NIVEL F.E.

LOCURSCIO, Ana Paula 25.560.721 Director de Imposición Indirecta A III

PROTTO, Carlos Eduardo 26.273.394 Director de Relaciones Tributarias Internacionales A III

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fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJE-CUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), solicita la cobertura tran-sitoria de UN (1) cargo vacante financiado del citado Instituto.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 y con auto-rización excepcional por no reunir los requi-sitos mínimos establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la persona propuesta posee los cono-cimientos, experiencia e idoneidad necesa-rios para el desempeño del cargo a cubrir, el que luego será cubierto conforme los siste-mas de selección previstos en la normativa vigente.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraor-dinario alguno, contándose con el crédito necesario.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artícu-lo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NA-CIONAL y de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.728, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del día 1° del mes siguiente a la fecha del presente acto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la planta per-manente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a la señora licenciada Alejandra Araceli ROMERO (D.N.I. Nº  20.613.769) en un cargo Nivel B, Grado 0 del CONVENIO CO-LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PER-SONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, para cumplir las funciones de De-legada en la Provincia de LA RIOJA, con au-torización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del convenio citado precedentemente y con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Art. 2° — El cargo involucrado en este acto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo es-tablecido respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del CONVENIO COLEC-TIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSO-NAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, (SINEP), homologado por el Decre-to Nº  2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 1° del mes siguiente a la fecha del pre-sente acto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 202 - INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMI-NACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (IN-ADI), organismo descentralizado de la SECRE-TARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINIS-TERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak.

#F4413242F#

#I4413243I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 2755/2012

Designación en la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas Judiciales de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial de la Se-cretaría de Justicia.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0043488/2012 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se estableció que las Jurisdicciones y En-tidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes finan-ciados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PO-DER EJECUTIVO NACIONAL de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS solicita la cobertura tran-sitoria de UN (1) cargo vacante financiado Nivel C del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homo-logado por el Decreto Nº 2098/08, en el ám-bito de la DIRECCION NACIONAL DE CO-OPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la SECRETA-RIA DE JUSTICIA.

Que la persona propuesta reúne los cono-cimientos, experiencia e idoneidad necesa-rios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprue-ba por el presente.

Que ha tomado intervención el servicio per-manente de asesoramiento jurídico del cita-do Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.728 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

#I4413249I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 158/2013

Dase por prorrogada designación del Subdirector Nacional de Impuestos de la Dirección Nacional de Impuestos de la Subsecretaría de Ingresos Públicos.

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0280079/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº  1.083 de fecha 18 de julio de 2011, se designó con carácter transitorio al Doctor Don Alejandro Gabriel PIRILLO (M.I. Nº 25.790.350), en el cargo de Subdirector Nacional de Impuestos, Nivel A, Función Ejecutiva Nivel II, de la Dirección Nacional de Impuestos de la SUBSECRE-TARIA DE INGRESOS PUBLICOS depen-diente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS y se prorrogó mediante el Decreto Nº 856 de fecha 5 de junio de 2012.

Que encontrándose cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria, conforme el proceso de se-lección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homolo-gado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, razones operativas ha-cen necesario prorrogar dicha designación transitoria.

Que el profesional citado se encuentra ac-tualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el Artículo 1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada la desig-nación transitoria, del Doctor Don Alejandro Ga-briel PIRILLO (M.I. Nº 25.790.350), en el cargo de Subdirector Nacional de Impuestos de la Direc-ción Nacional de Impuestos de la SUBSECRE-TARIA DE INGRESOS PUBLICOS dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINIS-

TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel A, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del vencimiento establecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 856 de fecha 5 de junio de 2012 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el Artículo 14 del citado convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.); aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado Por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 16 de agosto de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de la Jurisdic-ción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

#F4413249F#

#I4413242I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 2754/2012

Designación en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de la Secretaría de Derechos Humanos.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0010918/2012 del registro del INSTITUTO NACIONAL CON-TRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFO-BIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DE-RECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, se estableció que las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Nacional no po-drán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha

Page 4: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 4Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada transito-riamente, a partir del 1° de septiembre de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora Lucia IAÑEZ (D.N.I. Nº 33.506.274), en un cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la DI-RECCION NACIONAL DE COOPERACION IN-TERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JU-DICIALES dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones como Profesional, con carác-ter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de septiembre de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak.

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#I4413245I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 2757/2012

Asignación de funciones de Director Nacio-nal de Regulaciones del Trabajo de la Se-cretaría de Trabajo.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.527.049/12 del Regis-tro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº  26.728 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 491 del 12 de mar-zo de 2002, 601 del 11 abril de 2002, 1.421 del 8 de agosto de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Adminis-trativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y su modificatorio, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110, respectiva-mente, del 8 de abril de 2011, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 99 del 27 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2012.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de Planta Perma-nente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 estableció que la asignación transitoria de funciones a que se refiere la medida citada en el consideran-

do anterior comprende a aquellas que im-pliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior y que genere una mayor erogación y su correspondiente compromiso presu-puestario.

Que por el Decreto Nº 628/05 y su modifica-torio y la Decisión Administrativa Nº 917/10 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº  99 del 27 de enero de 2012, se aprobaron las aperturas inferiores corres-pondientes a los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de ese Ministerio, de acuerdo al Organigra-ma, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, II y III, respectivamente, for-man parte integrante de la mencionada re-solución.

Que por la Resolución Conjunta de la en-tonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110, respectivamen-te, del 8 de abril de 2011, se incorporó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, entre ellas, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo de la SECRETARIA DE TRABAJO.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRA-BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante la función de Director Nacional de Regulaciones del Trabajo de-pendiente de la SECRETARIA DE TRABA-JO, de esa Cartera de Estado, con Función Ejecutiva I.

Que dicha situación se encuentra com-prendida en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decre-to Nº  2.098/08 y el artículo 15, inciso a), apartados I, II y III del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que la persona a la que se propone asignar transitoriamente las funciones de Director Nacional de Regulaciones del Trabajo de-pendiente de la SECRETARIA DE TRABA-JO de esa Cartera de Estado, con Función Ejecutiva I, revista en el Agrupamiento Pro-fesional, Nivel A, Tramo General, Grado 1 y reúne los requisitos de idoneidad y expe-riencia necesarios para cumplir cabalmen-te con las acciones asignadas a la referida unidad.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2.098/08.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por asignadas transi-toriamente, a partir del 22 de agosto de 2012, las funciones al cargo de Director Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SE-CRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con Función Ejecutiva I, al Doctor Jorge Pablo TITIRO (M.I. Nº  17.622.288), agente de planta permanente, Agrupamiento Profesional, Nivel A, Tramo General, Grado 1.

Art. 2° — La asignación interina de funciones dispuesta en el artículo anterior, se realiza en los términos establecidos por el Título X del Conve-nio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2.098/08.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.

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#I4413246I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 155/2013

Dase por prorrogada designación del Di-rector de Control de Permanencia de la Dirección General de Inmigración de la Di-rección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0009209/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº  26.784 los Decretos Nº  491 del 12 de marzo de 2002 y Nº  1450 del 22 de sep-tiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centraliza-da y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co-rrespondiente.

Que mediante el Decreto Nº  1450/11 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES organismo descen-tralizado actuante en la órbita del MINIS-TERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, al Doctor Conrado Gastón IZURA (DNI Nº  26.583.249), en el cargo de Director de Control de Permanencia de la DIREC-CION GENERAL DE INMIGRACION, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspon-diente pago de Función Ejecutiva Nivel II y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que por razones operativas no ha sido posi-ble cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta in-dispensable prorrogar la mencionada desig-nación por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.

Que a través de la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2013.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la in-tervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo establecido por el ar-tículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogado a partir del 23 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo es-tablecido por el Decreto Nº 1450 del 22 de sep-tiembre de 2011, con relación a la designación transitoria en la planta permanente del Doctor Conrado Gastón IZURA (DNI Nº 26.583.249), en el cargo de Director de la Dirección de Control de Permanencia de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE-RIOR Y TRANSPORTE, Nivel B - Grado 0, auto-rizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel II y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTO-RIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado, correspon-diente al de Director de la Dirección de Control de Permanencia de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, deberá ser cubierto median-te los requisitos y sistemas de selección vigen-tes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI-NEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondientes a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIO-NAL DE MIGRACIONES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

#F4413246F#

#I4413240I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2752/2012

Dase por designada la Directora General de Planeamiento y Logística de la Direc-ción Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0003554/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728, los De-cretos Nº  491 del 12 de marzo de 2002, Nº 773 del 21 de junio de 2007 y sus mo-dificatorios Nº 275 del 13 de abril de 2009, Nº  1735 del 12 de noviembre de 2009, Nº 1215 del 30 de agosto de 2010 y Nº 167 del 3 de febrero de 2012, y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y la Resolución Con-junta Nº 180 del 30 de junio de 2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HA-CIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Pre-supuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se estableció que las jurisdicciones y en-tidades de la Administración Nacional no podrán cubrir cargos vacantes financiados

Page 5: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 5existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJE-CUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la menciona-da Ley.

Que por el Decreto Nº 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentrali-zado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, modifica-da por los Decretos Nº 275/09, Nº 1735/09, Nº 1215/10 y Nº 167/12.

Que se ha dado cumplimiento a lo estable-cido en el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, acompañándose la documentación detallada en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TEC-NICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por intermedio de la Resolución Con-junta de la ex S.G.G.P. y S.H. Nº 180/09, se incorporó al Nomenclador de Funciones Eje-cutivas la Unidad Organizativa - DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGISTI-CA perteneciente a la DIRECCION NACIO-NAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, a fin de asegurar el normal funcionamiento del or-ganismo, eleva la propuesta para la cobertu-ra transitoria del cargo, que se encuentra va-cante y financiado, de Directora General de la DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIEN-TO Y LOGISTICA, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que por la particular naturaleza de las fun-ciones asignadas a la mencionada Jurisdic-ción por la Ley Nº 17.671, resulta necesario proceder a la cobertura del cargo de Direc-tora General de la DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGISTICA perte-neciente a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la persona propuesta para cubrir el car-go cuenta con el perfil, la capacitación e ido-neidad exigida para el cumplimiento de las funciones respectivas.

Que el Decreto Nº 491/02 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentrali-zada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida no implica un exce-so en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 y los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada a partir del 16 de julio de 2012 con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medi-da, en el cargo de Directora General de la DIREC-CION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGISTI-CA de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Des-centralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Fun-ción Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, a la Lic. Carolina Sol KOSTENBAUM (D.N.I. Nº 26.952.640), con carác-ter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubier-to conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) dentro del pla-zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conta-dos a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigen-te de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTE-RIOR Y TRANSPORTE - Organismo Descentra-lizado 200 DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4413247I#ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA

Decreto 156/2013

Promoción.

Bs. As., 5/2/2013

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTA-DO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DE-FENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por aplicación del artículo 2.03.22, in-ciso 1., subinciso 1.1. de la Reglamentación para la Armada del Capítulo III - Ascensos del Título II - Personal Militar en Actividad de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, aprobada por el Decreto Nº 2037 de fecha 3 de noviembre de 1992, la Junta de Cali-ficaciones para el Personal Militar Superior de los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, no trató por razones de justicia en el fuero civil, el ascenso al grado inmediato superior del señor Teniente de Corbeta Dn. Mauricio Andrés PORTE LABORDE.

Que la referida suspensión se fundó a raíz de que el causante se encontraba involucrado en tres causas penales.

Que en la causa caratulada “LABORDE MAURICIO S/AMENAZAS” (IPP Nº  02-00-057238-03), que tramitara por ante la Uni-dad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, a cargo del Doctor Dn. Oscar Bautista Dui-zeide, se dispuso, con fecha 18 de enero de 2006, el archivo de las actuaciones, por ha-ber prescripto la acción penal.

Que en la causa caratulada “LESIONES LE-VES REITERADAS” (IPP Nº 77.266), que tra-mitara por ante el Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca se resolvió, con fecha 5 de noviembre de 2008, “Sobreseer a Mauricio Andrés PORTE LABORDE respecto del delito de “lesiones leves reiteradas” —en la causa nro. 909/06, orden interno 1920— y por el “delito de lesio-nes leves” y “desobediencia a la autoridad” en la causa nro. 908/06, orden interno 1919 (arts. 323 inc. 1 y 341 del C.P.P. y 62, 67 y 173 inc. 2° del C.P)”.

Que en la causa caratulada “PORTE LA-BORDE, Mauricio Andrés y STRAZZANTI, María Graciela S/Sustracción de Menores y Lesiones Leves y Desobediencia a la Auto-ridad” (I.P.P. Nº  76.797 UFIJ nro. 1), causa Nº 908/06 (Orden interno 1.919), que tramita-ra por ante el Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca se dictó sentencia, con fecha 13 de setiembre de 2010, absolviendo libremente de culpa y cargo a Mauricio Andrés PORTE LABORDE, por el delito de “sustracción de menores”, la que se encuentra firme y consentida.

Que habiendo desaparecido las causales que impedían su consideración para el as-censo, la Junta de Calificaciones para el Personal Militar Superior del año 2010, con-sideró el ascenso del señor Teniente de Cor-beta Dn. Mauricio Andrés PORTE LABOR-DE y con el asesoramiento de la misma, el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo calificó “PROPUESTO Y SELECCIONADO PARA EL ASCENSO” al grado de Teniente de Fragata, con retroacti-vidad al 31 de diciembre de 2005 y al grado de Teniente de Navío con retroactividad al 31 de diciembre de 2008.

Que el mencionado Oficial, tiene cumplidas todas las condiciones reglamentarias para su promoción al 31 de diciembre de 2005 y al 31 de diciembre de 2008 y en las Políticas de Ascensos, se habían contemplado las perti-nentes vacantes.

Que por las razones expuestas corresponde promover al Teniente de Corbeta PORTE LA-BORDE al grado de Teniente de Fragata, con antigüedad al 31 de diciembre de 2005 y al grado de Teniente de Navío, con antigüedad al 31 de diciembre de 2008.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA ARMADA y la DIREC-CION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que de conformidad a lo prescripto en el artículo 45 de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 y en el artículo 99, inciso 12, de la CONSTITUCION NACIONAL, es facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL conceder el ascenso del Personal Militar Superior de las Fuerzas Armadas.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Promuévese al grado de Tenien-te de Fragata, con antigüedad al 31 de diciembre de 2005 y al grado de Teniente de Navío, con anti-güedad al 31 de diciembre de 2008, en el Cuerpo Comando, Escalafón Ejecutivo, al señor Teniente de Corbeta D. Mauricio Andrés PORTE LABOR-DE (M.I. Nº 26.313.878).

Art. 2° — El citado Oficial mantendrá la prece-dencia que ocupaba al 30 de diciembre de 2005 en las publicaciones reservadas del Personal Mi-litar Superior “Escalafón y Destinos” y “Preceden-cia General”.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Arturo A. Puricelli.

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PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 2756/2012

Dase por prorrogada designación en la Sin-dicatura General de la Nación.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 572 de fecha 26 de abril de 2010 y el Convenio Colecti-vo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº 1.714 de fe-cha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº 187 de fecha 17 de diciembre de 2010 y el Expediente Nº  1.680/2009 - SG-OMESyA del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo des-centralizado actuante en la órbita de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presu-puesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2012, y se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes fi-nanciados existentes a la fecha de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Ad-ministración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión

fundada del JEFE DE GABINETE DE MINIS-TROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto en el Ar-tículo 10 de la citada norma.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL reasumió el control directo de to-das las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacio-nal, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que por el Decreto Nº 572 de fecha 26 de abril de 2010, se designó en forma transito-ria, a la Contadora Pública Da. Miriam Rosa LARIGUET como Secretaria General de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por Decreto Nº  1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010 se homologó el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, con vigencia a partir del 1 de octubre de 2010.

Que por la Resolución SIGEN Nº  187 de fecha 17 de diciembre de 2010, se reen-casilla a la Contadora Pública Da. Miriam Rosa LARIGUET (D.N.I. Nº  14.867.827), con efecto a partir del 1 de octubre de 2010, en el Nivel A, Grado 1, de acuerdo con el escalafón aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el per-sonal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº 1.714/2010.

Que no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en for-ma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto Nº  572/2010, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la designación de la citada fun-cionaria, en los mismos términos del nom-bramiento original.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION para atender el gasto resul-tante de la presente medida.

Que ha tomado la intervención que le compe-te la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SIN-DICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el Ar-tículo 1° del Decreto Nº 491/2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, la de-signación transitoria efectuada en el marco del Escalafón para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, a partir del 5 de noviembre de 2012 y por el término total de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el Nivel A, Grado 1, asignada por Re-solución SIGEN Nº 187 de fecha 17 de diciembre de 2010, para cumplir funciones como titular de la Secretaría General del Organismo, a la Conta-dora Pública Da. Miriam Rosa LARIGUET (D.N.I. Nº 14.867.827).

Art. 2° — La vacante involucrada en este acto deberá ser cubierta, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados desde el 5 de noviembre de 2012, mediante el sistema de selección aprobado por la Resolución Conjunta SIGEN Nº 108 y ex SGP Nº 97 del 28 de octubre de 2009.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to de la presente medida, será atendido con car-go a las partidas específicas del presupuesto de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para el ejercicio 2012, de acuerdo con la Ley de Presupuesto General de la Administra-ción Nacional Nº 26.728.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 6

#I4413065I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1581/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 15926/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agos-to de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Adminis-trativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLI-CA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 27 de abril de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARRO-LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Florencia CHOMNALEZ de acuerdo con las previsio-nes del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose me-diante Resolución de la ex SUBSECRETA-RIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del cita-do decreto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agen-te propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asigna-das y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de mayo de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-

ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 – Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 1° de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Florencia CHOMNALEZ (D.N.I. Nº  31.343.092) para des-empeñar funciones de Asesor Técnico Profesio-nal en la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispues-ta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLI-CA Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Na-cional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Finan-ciero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4413066I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1582/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM: Nº 0025480/2012 del Registro de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Públi-co Nacional Nº 25.164 y los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus mo-dificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modifica-torias y la Resolución de la ex SUBSECRE-

TARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modi-ficatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de junio de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARRO-LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Julián Cruz GAGLIARDO (D.N.I. Nº  34.928.556) de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose me-diante Resolución de la ex SUBSECRETA-RIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado ex-clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del De-creto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de julio de 2012, por lo que pro-cede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibili-dad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artícu-lo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 1° de julio de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Julián Cruz GAGLIARDO (D.N.I. Nº  34.928.556), para des-empeñar funciones de Asistente Administrativo en la citada Secretaría, equiparado al Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispues-ta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Na-cional Nº 26.728 - Servicio Administrativo Finan-ciero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4413067I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1583/2012

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM: Nº 0045956/2012 del registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, y los Decretos Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y la Decisión Adminis-trativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modi-ficada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº  48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y Da. María Belén ALMIRON (D.N.I. Nº 36.819.406) de acuerdo con las previsio-nes del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la

DECISIONESADMINISTRATIVAS

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miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 7Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº  2098/08, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que la agente involucrada en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decre-to Nº  601/02, reglamentario del Decreto Nº  491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de julio de 2012, por lo que pro-cede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Juris-dicción han verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios vigentes de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-

BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, regla-mentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de julio de 2012 y hasta el 31 de di-ciembre de 2012, el contrato suscripto ad re-feréndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRA-TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS y Da. María Belén ALMIRON (D.N.I. Nº  36.819.406), para desempeñar funciones de Responsable de Prensa y Comunicación en el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, equiparada al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regu-lación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUB-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-to Nº  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

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#I4413069I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 1585/2012

Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0283640/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me-dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRE-TARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento

del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la De-cisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo l del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUB-SECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001214 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA

Código de Control: 0000017556

Listado de Contrataciones

N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 CAMPORA IGNACIO DNI 32654102 B1 01/09/2012 31/12/2012 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4413069F#

#I4413070I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 1586/2012

Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0206431/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48

Page 8: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

miércoles 13 de febrero de 2013 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 8de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me-dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SE-CRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel D.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la De-cisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su con-tratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión admi-nistrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SECRETA-RIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001046 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA S.A.G. Y P. (MINAGRI)

Código de Control: 0000017104

Listado de Contrataciones

N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 CAPOZUCCAMAURO

ANDRESDNI 32986088 D0 01/08/2012 31/12/2012 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4413070F#

Page 9: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 9

RESOLUCIONES

#I4413752I#Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

PESCA

Resolución 46/2013

Reconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0178978/2007 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO-DUCCION, el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, la Resolución Nº 829 del 5 de diciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALI-MENTOS, la Resolución Nº 46 del 6 de marzo de 2007 de la ex-SECRETARIA DE PESCA, actual SUBSECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

Que por Resolución Nº 829 del 5 de diciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRI-CULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se sustituyó el texto del Numeral 23.24 del mencionado Decreto Nº 4.238/68, donde se reglamentan las condiciones higiénico-sanitarias para la explotación y comercialización de moluscos bivalvos destinados a con-sumo humano.

Que el Numeral 23.24.2 del citado Decreto Nº 4.238/68, establece que las zonas de pro-ducción de moluscos bivalvos serán clasificados de acuerdo a las exigencias y estudios establecidos en el Numeral 23.24 de dicho decreto.

Que ante la necesidad de adoptar un sistema de nomenclatura estándar para la denomina-ción de las zonas de producción, que coincida con el utilizado en el ámbito internacional, este Servicio Nacional requirió a las provincias interesadas que efectúen la definición de las zonas que se encuentran bajo su jurisdicción, conforme al sistema de nomenclaturas en el que las zonas de producción deben designarse combinando información respecto de su ubicación geográfica, empleando las abreviaturas AR (por REPUBLICA ARGENTINA), las correspondientes al nombre de la provincia y el número de orden de creación en cada una de ellas.

Que por lo anteriormente expuesto, la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT mediante su Resolución SP Nº 46 del 6 de marzo de 2007, definió la zona de Producción denominada “Bahía Camarones” con la nomenclatura AR-CH-005 y definió los límites de la misma.

Que la Provincia del CHUBUT solicitó el reconocimiento por parte de este Organismo de la clasificación de área efectuada por la ex-SECRETARIA DE PESCA, actual SUBSECRETA-RIA DE PESCA de esa provincia.

Que de la documentación obrante los presentes actuados, se desprende que las autori-dades competentes de la Provincia del CHUBUT han cumplimentado las exigencias ne-cesarias como para proceder al reconocimiento de la zona de producción denominada “Bahía Camarones”, nomenclatura AR-CH-005 y que sobre la base de los resultados de los análisis efectuados por esta Autoridad Sanitaria surge que la misma se encuentra en condiciones de ser clasificada como zona clase “A”.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, realizó un proceso de consulta pública.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia no encuentra reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de lo establecido por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010 y la delegación de facultades efectuada por la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION en el numeral 23.24.1.4, Capítulo XXIII del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

Artículo 1° — Reconocimiento: Se reconoce la zona de producción de moluscos bivalvos de-terminadas por la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT mediante la Resolución SP Nº 46 del 6 de marzo de 2007, como Zona AR-CH-005 “Bahía Camarones”.

Art. 2° — Ubicación de la zona: La zona está localizada al norte del Cabo Dos Bahías, se ex-tiende a lo largo de 10 MN de costa desde el paralelo de 44°48’12,7’’S, hasta el inicio de la Reserva de Fauna y abarca un área marina costera de aproximadamente CINCUENTA Y DOS KILOMETROS CUADRADOS (52 km2).

Art. 3° — Ubicación de la Estación de Muestreo. La Estación de Muestreo está ubicada en:

ESTACION LATITUD LONGITUD DENOMINACION

5.0.1 44°52,217’S 65°37,469’W Caleta del Patón

Art. 4° — Clasificación: Se clasifica como zona clase “A”, a la zona reconocida en el Artículo 1° de la presente resolución, conforme a las exigencias descriptas en los Numerales 23.24 y subsiguientes del Capítulo XXIII, “Productos de la Pesca”, del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968.

Art. 5° — Facultades: Se faculta a la Dirección de Inocuidad de Productos de la Pesca y Acuicul-tura dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de este Servicio Nacional, a suspender en forma inmediata el reconocimiento otorgado por la presente resolución, en caso de comprobarse que las zonas no reúnan las condiciones sanitarias exigidas.

Art. 6° — Vigencia: La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Marcelo S. Míguez.

#F4413752F#

#I4413754I#Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

PESCA

Resolución 47/2013

Reconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0317318/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA, las Leyes Nros. 3959 y 17.160, el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, las Resoluciones Nros. 829 del 5 de diciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANA-DERIA, PESCA Y ALIMENTOS y 289 del 20 de octubre de 2010 de la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

Que por Resolución Nº  829 del 5 de di-ciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se sustituyó el texto del Nu-meral 23.24 del Decreto Nº 4.238/68, donde se reglamentan las condiciones higiénico-sanitarias para la explotación y comerciali-zación de moluscos bivalvos destinados a consumo humano.

Que el Numeral 23.24.2 del Decreto Nº  4.238/68, establece que las zonas de producción de moluscos bivalvos serán clasificadas de acuerdo a las exigencias y estudios establecidos en el Numeral 23.24 del mencionado decreto.

Que ante la necesidad de adoptar un sistema de nomenclatura estándar para la denomina-ción de las zonas de producción, que coinci-da con el utilizado en el ámbito internacional, este Servicio Nacional requirió a las provin-cias interesadas que efectúen la definición de las zonas que se encuentran bajo su ju-risdicción, conforme al sistema de nomen-claturas en el que las zonas de producción deben designarse combinando información respecto de su ubicación geográfica, em-pleando las abreviaturas AR (por REPUBLI-CA ARGENTINA), las correspondientes al nombre de la provincia y el número de orden de creación en cada una de ellas.

Que por lo anteriormente expuesto, la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT mediante su Resolución SP Nº 289 del 20 de octubre de 2010, definió la zona de producción denominada “Playa Belvedere” con la nomenclatura AR-CH-010 y definió los límites de la misma.

Que la Provincia del CHUBUT, solicitó el reco-nocimiento por parte de este Organismo de la clasificación de área efectuada por la ex-SECRETARIA DE PESCA de dicha provincia.

Que de la documentación obrante en los presentes actuados, se desprende que las autoridades competentes de la Provincia del CHUBUT han cumplimentado las exi-gencias necesarias como para proceder al reconocimiento de la zona de producción denominada “Playa Belvedere”, nomencla-tura AR-CH-010 y que sobre la base de los resultados de los análisis efectuados por esta Autoridad Sanitaria surge que la misma se encuentra en condiciones de ser clasifi-cada como zona clase “A”.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, realizó un proceso de consulta pública.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha to-mado la intervención de su competencia, no teniendo reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de lo establecido por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

Artículo 1° — Reconocimiento: Se reconoce la zona de producción de moluscos bivalvos determinada por la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT mediante la Resolu-ción SP Nº 289 del 20 de octubre de 2010, como Zona AR-CH-010 “Playa Belvedere”.

Art. 2° — Límites Geográficos: Los límites geográficos de la zona reconocida en el artículo 1° de la presente resolución son:

Inciso a) Al norte, la poligonal que linda con el área de amortiguación de la Reserva de Fauna de Punta del Marqués, que está definida por 7 puntos denominados como LR y cuyas coorde-nadas son:

Apartado I: LR1: S 45° 58’56.22”; W 67° 31’46”

Apartado II: LR2: S 45° 58’53”; W 67° 32’11.36”

Apartado III) LR3: S 45° 58’56’”; W 67° 32’41.63”

Apartado IV) LR4: S 45° 58’47.75”; W 67° 33’09”

Apartado V) LR5: S 45° 58’35.65”; W 67° 33’31.62”

Apartado VI) LR6: S 45° 58’19.10”; W 67° 33’49.25”

Apartado VII) LR7: S 45° 58’00.31”; W 67° 34’00.32”

Inciso b) Al Este, el meridiano 67° 31’46”

Inciso c) Al Sur, el paralelo 46° 00’00”

Inciso d) Al oeste, la costa desde su intersec-ción con el paralelo 46° 00’00” de Latitud Sur, hasta la intersección con la poligonal que linda con el área de amortiguación de la Reserva de Fauna de Punta del Marqués.

Art. 3° — Clasificación: Se clasifica como zona clase “A”, a la zona reconocida en el artículo 1° de la presente resolución, conforme a las exigencias descriptas en los Numerales 23.24 y subsiguien-tes del Capítulo XXIII, “Productos de la Pesca”, del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968.

Art. 4° — Facultades: Se faculta a la Direc-ción de Inocuidad de Productos de la Pesca y Acuicultura, a suspender en forma inmediata los reconocimientos otorgados por la presente re-solución, en caso de comprobarse que las zonas no reúnan las condiciones sanitarias exigidas.

Art. 5° — Vigencia: La presente resolución en-tra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6° — De forma: Comuníquese, publíque-se, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial y archívese. — Marcelo S. Míguez.

#F4413754F#

Page 10: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 10#I4413756I#

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

PESCA

Resolución 48/2013

Reconocimiento de zona de producción de determinada especie. Límites Geográficos.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0302779/2007 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 3959 y 17.160, el Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968, la Resolución Nº 829 del 5 de diciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRI-CULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, las Resoluciones Nros. 148 del 19 de junio de 2007 y 270 del 6 de septiembre de 2007, ambas de la ex-SECRETARIA DE PESCA, actual SUBSECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

Que por Resolución Nº 829 del 5 de diciembre de 2006 de la ex-SECRETARIA DE AGRI-CULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se sustituyó el texto del Numeral 23.24 del citado Decreto Nº 4.238/68, donde se reglamentan las condiciones higiénico-sanitarias para la explotación y comercialización de moluscos bivalvos destinados a consumo hu-mano.

Que el Numeral 23.24.2 del mencionado Decreto Nº 4.238/68, establece que las zonas de producción de moluscos bivalvos serán clasificadas de acuerdo a las exigencias y estudios establecidos en el Numeral 23.24 de dicho decreto.

Que ante la necesidad de adoptar un sistema de nomenclatura estándar para la denomina-ción de las zonas de producción, que coincida con el utilizado en el ámbito internacional, este Servicio Nacional requirió a las provincias interesadas que efectúen la definición de las zonas que se encuentran bajo su jurisdicción, conforme al sistema de nomenclaturas en el que las zonas de producción deben designarse combinando información respecto de su ubicación geográfica, empleando las abreviaturas AR (por REPUBLICA ARGENTINA), las correspondientes al nombre de la provincia y el número de orden de creación en cada una de ellas.

Que por lo expuesto, la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT, mediante sus Resoluciones SP Nros. 148 del 19 de junio de 2007 y 270 del 6 de septiembre de 2007, definió la zona de producción denominada “Golfo San Matías-Paraje Puerto Lobos” con la nomenclatura AR-CH-001 y definió los límites de la misma.

Que la Provincia del CHUBUT, solicitó el reconocimiento por parte de este Organismo de la clasificación de área efectuada por la ex-SECRETARIA DE PESCA, actual SUBSECRETA-RIA DE PESCA de dicha provincia.

Que de los presentes actuados, se desprende que las autoridades competentes de la Pro-vincia del CHUBUT han cumplimentado las exigencias necesarias como para proceder al reconocimiento de la zona de Producción denominada “Golfo San Matías-Paraje Puerto Lobos”, nomenclatura AR-CH-001 y que sobre la base de los resultados de los análisis efectuados por esta Autoridad Sanitaria surge que la misma se encuentra en condiciones de ser clasificada como zona clase “A”.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, realizó un proceso de consulta pública.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, no teniendo reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de lo establecido por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

Artículo 1° — Reconocimiento: Se reconoce la zona de producción de moluscos bivalvos de-terminadas por la ex-SECRETARIA DE PESCA de la Provincia del CHUBUT mediante las Resolucio-nes SP Nros. 148 del 19 de junio de 2007 y 270 del 6 de septiembre de 2007, como Zona AR-CH-001 “Golfo San Matías-Paraje Puerto Lobos”.

Art. 2° — Ubicación de la zona: La zona está delimitada como la franja marítima costera de 2 MN de ancho, medidas desde la línea media de bajamares de Siciglia y de 11 km. de largo, en senti-do norte sur medidas desde el límite norte de la jurisdicción provincial (paralelo 42° S) hasta el límite sur (Paralelo 42°06’S); el área tiene una superficie aproximada de 13,37 MN2

Art. 3° — Ubicación de la Estación de Muestreo: La Estación de Muestreo está ubicada en:

ESTACION LATITUD LONGITUD DENOMINACION

1.0.1 42°00,300’S 65°03,900’W Puerto Lobos

Art. 4° — Clasificación: Se clasifica como zona clase “A”, a la zona reconocida en el Artículo 1° de la presente resolución, conforme a las exigencias descriptas en los Numerales 23.24.2 y subsi-guientes del Capítulo XXIII, “Productos de la Pesca”, del Decreto Nº 4.238 del 19 de julio de 1968.

Art. 5° — Facultades: Se faculta a la Dirección de Inocuidad de Productos de la Pesca y Acui-cultura dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a suspender en forma inmediata los reconocimientos otorgados por la presente resolución, en caso de compro-barse que las zonas no reúnan las condiciones sanitarias exigidas.

Art. 6° — Vigencia: La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Marcelo S. Míguez.

#F4413756F#

#I4413211I#MINISTERIO DE SALUD

Resolución 107/2013

Programa Nacional de Unidades Móviles Sanitarias. Modifícase el Artículo 1° de la Resolución Nº 481/2009.

Bs. As., 1/2/2013

VISTO las Resoluciones Ministeriales Nº 481 de fecha 17 de abril de 2009, Nº 982 del 24 de junio de 2009, Nº  789 del 3 de diciembre de 2009, Nº 1560 del 14 de septiembre de 2010 y Nº  409 de fecha 29 de marzo de 2012, la Resolución del Ministerio de Desa-rrollo Social Nº 3804 del 6 de julio de 2009, sus modificatorias y complementarias, el Expediente Nº 1-2002-4048/12-3 del Regis-tro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Resolución de este Ministerio Nº  789 de fecha 3 de diciembre de 2009 se modificó el artículo 1º de la Resolución Nº 481 del 17 de abril de 2009, establecién-dose que el Programa Nacional de Unida-des Móviles Sanitarias pasa a denominarse “PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRA-CION COMUNITARIA MOVILES”, bajo la dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELA-CIONES SANITARIAS en esta jurisdicción Ministerial.

Que por Resolución Ministerial Nº 1560 de fecha 14 de septiembre de 2010 se introdu-jeron modificaciones a la Resolución citada en el párrafo anterior, y por Resolución Mi-nisterial Nº  409 de fecha 29 de marzo de 2012, se modificó el artículo 4º, asignándole las funciones de Coordinador General del “PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRA-CION COMUNITARIA MOVILES”, al Dr. Juan José Marone (D.N.I. Nº 13789126).

Que luego de la experiencia adquirida y la evolución de los distintos operativos reali-zados a lo largo y ancho del Territorio Nacio-nal, hacen necesario efectuar distintas ade-cuaciones y modificaciones para el mejor funcionamiento e identificación de los ob-jetivos estratégicos del referido programa.

Que, esta Cartera de Estado debe ejecutar por intermedio de los planes, programas y proyectos del área de su competencia, como generador de enlace entre la pobla-ción más postergada, los centros y servi-cios hospitalarios, con el fin de extender la cobertura de salud a todos los habitantes del suelo de la Nación Argentina.

Que un modelo de salud Pública integral e integrado requiere una acción dinámica y movilizadora de todos los Programas que componen el MINISTERIO DE SALUD hacia sus efectivos destinatarios, garantizando su accesibilidad hasta en los lugares más apartados del territorio, siendo el Programa citado el más inclusivo por la naturaleza de las prestaciones que brinda a la población más necesitada, asegurando el acceso a la salud con equidad social.

Que el desafío que se plantea, lleva ínsito un enorme e ineludible esfuerzo de traba-jo de articulación nacional para que todos los habitantes de nuestro suelo accedan a una mejor calidad en el sistema de Salud Pública y obliga a desarrollar intervenciones creativas e innovadoras a través de un me-joramiento en los canales de comunicación entre los ciudadanos y el Estado Nacional.

Que el Programa debe brindar una respues-ta planificada y organizada sobre la base del equipamiento en especialidades médi-cas básicas y no habituales, a saber: clínica médica, pediatría, oftalmología y laboratorio óptico, odontología y laboratorio de próte-sis dentales, diagnóstico por imágenes, y laboratorio de análisis clínicos.

Que, por el artículo 1º de la Resolución Mi-nisterial Nº  1560 del 14 de septiembre de 2010, se estableció que la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELA-CIONES SANITARIAS será la autoridad de

aplicación en la totalidad de las cuestiones atinentes a la articulación de los programas, planes, acciones y la ejecución de dispositi-vos de intervención para el abordaje integral de las problemáticas que se le planteen, fa-cultándola a la realización de acuerdos con entidades públicas Nacionales, Provincia-les o Municipales, así como la suscripción, modificación y rescisión de los Convenios firmados o que se firmen en el futuro para esos fines.

Que a su vez, el Plan TREN DE DESARRO-LLO SOCIAL Y SANITARIO “RAMON CA-RRILLO” es un despliegue territorial de ac-ciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, desarrollando similares tareas prestacionales que las que se realizan en el Programa referido.

Que por ello y de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º de la Resolución 1560/2010 citada, resulta estratégicamente adecuado unificar la gestión sanitaria y logística de las acciones bajo la misma Coordinación General, unificando y mejorando el nivel de cumplimiento de los objetivos fijados para los Programas que fueran ordenados por la Secretaría de la que dependen.

Que, en consecuencia, pasará a denominar-se PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SA-NITARIAS MOVILES (USAM).

Que por lo expuesto y por razones de orden operativo corresponde reasignar las fun-ciones de Coordinador General del referido Programa, al Dr. Marcelo Gabriel TEMPES-TA (DNI 14.576.710 - Legajo: 121669), quien reúne las condiciones de idoneidad y expe-riencia para desempeñarse en el cargo.

Que, además, el Estado Nacional tiene el deber de cuidado y mantenimiento de sus bienes que, no sólo hace a una de las res-ponsabilidades de la Coordinación General bajo la cual se encuentran patrimonialmen-te, sino que éstos constituyen una herra-mienta imprescindible del PODER EJECU-TIVO NACIONAL para el cumplimiento de sus objetivos.

Que, por ello, la Base Operativa Logística del Programa citado, necesita la designa-ción de un responsable bajo la dependencia del Coordinador General, a fin de resguardar los bienes y organizar debidamente el mejor aprovechamiento de los recursos, habiendo sido propuesto por el señor Secretario de Determinantes de la Salud y Relaciones Sa-nitarias el señor Pablo Martín OSORIO (DNI: 29.550.249 - Legajo: 122740), quien reúne las condiciones de idoneidad necesarias para ello.

Que por último, resulta indispensable que la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS, de la que dependen los programas en cuestión, proceda a sistematizar las actividades fi-nancieras, presupuestarias y administrati-vas, sus procesos, ejecución y resultados de los programas que le dependen, utilizan-do para ello y para el fortalecimiento de la gestión y los ambientes de control interno previstos en el Programa aprobado por la Resolución Nº 36/2011 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los Convenios de Asistencia técnica suscriptos con Uni-versidades Nacionales.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultadas conferidas en la Ley de Ministerios T.O. 1992 modificada por la Ley Nº 26.388.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 481 de fecha 17 de abril de 2009, estableciendo ese que a partir del 1º de febrero de 2013 el “PROGRAMA DE ABORDAJE SANI-TARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRA-CION COMUNITARIA MOVILES” incluirá el Plan TREN DE DESARROLLO SOCIAL Y SANITARIO “RAMON CARRILLO” y pasará a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANI-

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 11TARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”.

Art. 2º — Limítase, a partir de la fecha de la presente, la designación efectuada por el artícu-lo 1º de la Resolución Ministerial Nº 409 de fecha 29 de marzo de 2012.

Art. 3º — La Coordinación General del “PRO-GRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MO-VILES (USAM)”, se encontrara a cargo del Dr. Marcelo Gabriel TEMPESTA (DNI 14.576.710 - Legajo: 121669), bajo la dependencia de la SE-CRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.

Art. 4º — Asígnase las funciones de Coordi-nador de la Base Operativa Logística del “PRO-GRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MO-VILES (USAM)”, al señor Pablo Martín OSORIO (DNI: 29.550.249 - Legajo: 122740).

Art. 5º — La Dirección de Recursos Humanos procederá a efectuar las adecuaciones contrac-tuales que correspondan, de acuerdo a lo dis-puesto en la presente resolución.

Art. 6º — La SECRETARIA DE DETERMI-NANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SA-NITARIAS deberá arbitrar los medios para el fortalecimiento de la gestión y los ambientes de control interno previstos en el Programa aprobado por la Resolución Nº  36/2011 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.

Art. 7º — Regístrese, comuníquese, publí-quese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Juan L. Manzur.

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#I4413801I#Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad SocialyMinisterio de Justicia y Derechos Humanos

SERVICIO DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA

Resolución Conjunta 133/2013 y 53/2013

Actualización de honorarios y aranceles previstos en el Decreto Nº 1169/1996.

Bs. As., 8/2/2013

VISTO el Expediente Nº 1.521.880/12 del regis-tro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.635 y el Decreto Nº  1169 del 16 de octubre de 1996 y sus modificatorias y complementa-rias, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1169/96 y sus modifica-torias y complementarias, aprobatorio del texto reglamentario del Régimen de Con-ciliación Laboral Obligatoria creado por la Ley Nº 24.635, precisó en su artículo 4° y en el artículo 22 del Capítulo I del Anexo a dicho Decreto, los honorarios a perci-bir por los conciliadores actuantes por su gestión en tales procedimientos, así como también los montos de los aranceles con destino al Fondo de Financiamiento pre-visto en el Capítulo III del Anexo I del ci-tado Decreto.

Que los valores de los honorarios y aran-celes que se establecieran en el comien-zo del sistema, han sido actualizados por las Resoluciones conjuntas M.T.E.y S.S. Nº 898 y ex M.J.S.y D.H. Nº 1390 del 15 de septiembre de 2006 y M.T.E.y S.S. Nº 1304 y ex M.J.S.y D.H. Nº 3222 del 19 de noviembre de 2010, por lo que debido a la modificación de los costos, se hace preciso adecuar los aranceles previstos en el artículo 4° del Decreto Nº  1169/96 y sus modificatorias y complementarias,

los honorarios básicos y los honorarios de acuerdo conciliatorio homologado pre-vistos en el artículo 22 del Capítulo I del Anexo I al citado Decreto, y la matrícula anual prevista en el inciso c) del artículo 29 del Capítulo II del Anexo I de la men-cionada norma.

Que teniendo en cuenta los datos de la situación social y económica como los objetivos de la Ley Nº 24.635, han toma-do insuficientes los importe de los valo-res que colaboran a la efectividad y sos-tén del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) en todas sus etapas.

Que la ASOCIACION DE CONCILIADO-RES LABORALES DE LA REPUBLICA AR-GENTINA Y EL MERCOSUR (ACLARAM) en su calidad de entidad representativa de los intereses de los Conciliadores La-borales, ha formulado su presentación en el sentido expuesto, dando cuenta del incremento en los costos de los insumos que conlleva el ejercicio de la gestión de estos últimos.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO EM-PLEO y SEGURIDAD SOCIAL y el MINIS-TERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HU-MANOS han desplegado, en el ámbito de sus competencias, las acciones tendien-tes a verificar los extremos alegados por la entidad mencionada, en tanto que un eficaz y correcto funcionamiento del Ser-vicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) requiere también contar con un adecuado régimen de retribuciones y aranceles.

Que en el sentido expresado, emerge con-veniente y razonable proceder a corregir los importes de los rubros arancelarios conteni-dos en la norma indicada.

Que los servicios permanentes de aseso-ramiento jurídicos de los MINISTERIOS DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL y DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto Nº 1169/96 y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALYEL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSRESUELVEN:

Artículo 1° — Determínase la pauta aran-celaria prevista en el artículo 4° del Decreto Nº 1169/96 y sus modificatorias y complemen-tarias, fijándola en un arancel de PESOS CUA-TROCIENTOS ($ 400.), por cada trabajador que fuera parte del acuerdo conciliatorio.

Art. 2° — Determínase el importe del hono-rario básico previsto en el primer párrafo del artículo 22 del Capítulo I del Anexo del Decreto Nº 1169/96 y sus modificatorias y complemen-tarias, fijándolo en la suma de PESOS OCHENTA ($ 80.).

Art. 3° — Determínase el importe del hono-rario básico previsto en el primer párrafo del artículo 22 del Capítulo I del Anexo del Decreto Nº 1169/96 y sus modificatorias y complementa-rias, fijándolo en la suma de PESOS NOVECIEN-TOS CINCUENTA ($ 950.).

Art. 4° — Determínase el importe de la ma-trícula anual prevista en el inciso c) del artícu-lo 29 del Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 1169/96 y sus modificatorias y complemen-tarias, fijándolo en la suma de PESOS CUATRO-CIENTOS ($ 400.).

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Carlos A. Tomada. — Julio C. Alak.

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DISPOSICIONES

#I4413325I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MEDICOS

Disposición 854/2013

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto.

Bs. As., 6/2/2013

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-419-12-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Vis-to, el Instituto Nacional de Medicamentos hace saber que por Orden de Inspección Nº  120/12 fiscalizadores de dicho insti-tuto realizaron una inspección en el esta-blecimiento Tianshi S.A. habilitado como importador y exportador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes.

Que el INAME informa que en dicho pro-cedimiento se verificaron depósitos, docu-mentación de importación y los productos cosméticos sujetos a dichos trámites de importación.

Que se tomaron muestras para análisis de diversos productos cosméticos, entre ellos del producto rotulado como PRIME U LO-CION FACIAL REFRESCANTE X 120 ML, origen China. Importador: Tianshi S.A., Lote: 1070501AIC, Vto: 2013.07.05.

Que en el mencionado informe se concluye que el protocolo de análisis microbiológico realizado en el país de origen, aportado por la firma en la citada Inspección, cumple con los requerimientos técnicos establecidos por la Disposición ANMAT Nº 1108/99.

Que sin embargo, considerando la gran cantidad de ingredientes de origen vegetal que componen el producto citado y tenien-do en cuenta que los Clostridios sulfito re-ductores son microorganismos patógenos que se distribuyen ampliamente en el suelo y agua, se procedió a su investigación en la muestra tomada.

Que el resultado del análisis efectuado fue “NO APTO desde el punto de vista higiéni-co”, habiéndose detectado la presencia de Clostridios sulfito reductores, según cons-ta en el análisis Nº 00252/12, concluyendo que el uso de productos cosméticos con-taminados con microorganismos patógenos constituye un potencial riesgo para la salud de la población.

Que como consecuencia, el Instituto Nacio-nal de Medicamentos, sugiere la prohibición de la comercialización y uso del producto citado, en forma preventiva, en todo el terri-torio nacional y que la firma realice el recu-pero del producto.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de la medida aconsejada por el organismo actuante —prohibición preventi-va de comercialización— resulta competen-te esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº  1.490/92 y que la misma se encuentra autorizada por el inc. ñ) del Artículo 8° de la citada norma.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han to-mado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº  1490/92 y Nº 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOSY TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese preventivamente la comercialización y uso, en todo el territorio nacional, del producto rotulado como: PRIME U LOCION FACIAL REFRESCANTE X 120 ML, origen China. Importador: Tianshi S.A. Lote: 1070501AIC, Vto: 2013.07.05, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición.

Art. 2° — Notifíquese a la firma Tianshi S.A. que deberá efectuar el recupero de los lotes indicados en el artículo precedente conforme la Disposición ANMAT Nº  1402/08, debiendo notificar al Instituto Nacional de Medicamentos sobre la conclusión de dicho procedimiento, acompañando la documentación respaldatoria correspondiente.

Art. 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publica-ción. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Cámaras y entidades profesionales correspondientes. Co-muníquese a la Dirección de Planificación y Re-laciones Institucionales de esta A.N.M.A.T. y al Instituto Nacional de Medicamentos. Cumplido, archívese. — Otto A. Orsingher.

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#I4413326I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MEDICOS

Disposición 855/2013

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto.

Bs. As., 6/2/2013

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-291-12-8 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, el Instituto Nacional de Medicamentos hace saber que se recibió a través del Sistema Nacional de Farmacovigilancia una notifica-ción (expte. Nº  1-47-133-12-6) acerca del producto POLVO PARA PREPARAR LIMO-NADA ROGE, lote 001, vencimiento 02/13, lote 002, vencimiento 03/13, lote 003, vencimiento 08/13 y lote 005, vencimiento 04/13 todos de Nuevo Laboratorio Páez, informando sobre olor a perfume y sabor desagradable.

Que a su vez, en los certificados de análisis del Departamento de Galénica y Biofarma-cia se indica aroma que sugiere a producto de limpieza; a lo que el Laboratorio indica que las características organolépticas del mismo tenían un aroma a limón más inten-so.

Que en el reporte se describe la presencia de polvo en el exterior del envase, desta-cando un posible defecto en el cierre del envase.

Que en el acta de entrevista con los re-presentantes de la firma se verificó que el precinto de seguridad quedaba pegado a la tapa del envase.

Que con respecto al contenido neto declara-do por el laboratorio la fórmula elaborada por el Laboratorio PAEZ, sumaba 60 g., tal cual lo establece la FA V IED, en tanto en los envases remitidos en el rótulo la sumatoria de los com-ponentes corresponde a un total de 85,1 g., aclarándose que el contenido de Carbonato de Magnesio de los envases remitidos (15 g.) no se corresponde con la de Farmacopea ni con la utilizada por el Laboratorio.

Page 12: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 12Que a su vez, el volumen de los envases re-mitidos en la notificación no es el adecuado debido a que, al llevar a cabo la reconstitu-ción del producto el mismo desborda.

Que posteriormente, se procedió a realizar análisis de aspecto del contenido, recons-titución, olor y aspecto del reconstituido y control higiénico de los lotes anteriormen-te detallados obteniendo como resultado que las muestras solamente cumplen con el aspecto del contenido y con el control higiénico.

Que en la entrevista la Directora Técnica de Nuevo Laboratorio Paez manifestó que los envases presentados en la entrevista no fueron elaborados por la firma que re-presenta debido a que el producto se dejó de fabricar el 7 de Mayo de 2008 y que por nota I-0805-28 se presentó en el INAME la autoinhibición de fabricación, razón por la cual los lotes elaborados hasta esa fecha pueden tener a lo sumo, vencimiento en el año 2010.

Que por lo expuesto, y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de las especialidades medicinales involucradas, el Instituto Nacional de Medicamentos sugiere la prohibición preventiva de comercializa-ción y uso en todo el territorio nacional del producto mencionado.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de las medidas aconsejadas por el organismo actuante —prohibición pre-ventiva de comercialización— resulta com-petente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que la misma se en-cuentra autorizada por el inc. ñ) del Artículo 8° de la citada norma.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han to-mado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº  1490/92 y Nº 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese preventivamente la comercialización y uso, en todo el territorio nacional, del producto rotulado como: POL-VO PARA PREPARAR LIMONADA ROGE, lote 001, vencimiento 02/13, lote 002, vencimiento 03/13, lote 003, vencimiento 08/13 y lote 005, vencimiento 04/13 (todos pertenecientes a Nue-vo Laboratorio Páez) y de todos los lotes con fechas de vencimiento posteriores a mayo de 2010, por no corresponderse a productos legí-timos de la firma.

Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publi-cación. Comuníquese a las autoridades sa-nitarias provinciales y a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Cámaras y entidades profesionales corres-pondientes. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales de esta A.N.M.A.T. Cumplido, archívese. — Otto A. Orsingher.

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#I4413327I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MEDICOS

Disposición 856/2013

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto.

Bs. As., 6/2/2013

VISTO el Expediente Nº  1-47-1110-876-12-1 del Registro de esta Administración Nacio-

nal de Medicamentos, Alimentos y Tecno-logía Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por los referidos actuados el Programa Nacional de Control de Mercado de Medi-camentos y Productos Médicos (PCM) hace saber que tomó conocimiento de una ins-pección realizada en la sede de la farmacia FARMAGEN C, sita en Av. San Martín 1200, Cosquín, Provincia de Córdoba.

Que durante la citada inspección, ordenada mediante O.I. 41.819, se retiró en caráter de muestra una unidad del producto “KALMA YA, analgésico natural, Artritis, reuma, lum-bago, ciática, golpes, luxaciones, torceduras, tortícolis, desgarros, esquinces, enfriamiento de pecho y espalda. Venta Libre. Vto 11/2013, cont. Neto 200 grs. Industria Argentina. Lega-jo N 65218 - S.A. Y .A.S. Resol. Nº 354/93”.

Que consultado en relación a la adquisición de las unidades, el responsable manifestó que fueron adquiridas en una gestión ante-rior ala suya, por lo que no posee documen-tación que avale la compra.

Que posteriormente, el Departamento de Registro de ésta ANMAT informó que “no se han encontrado antecedentes de inscrip-ción del producto KALMA YA como espe-cialidad medicinal”.

Que asimismo, se realizó la consulta a la Di-rección de Farmacia del Ministerio de Salud de Córdoba en relación al producto y firma de mención, informando que “la base Infor-mática de datos de esta Dirección no cuen-ta con antecedentes e registro del producto y/o firma en cuestión: KALMA YA, por esta Cartera Ministerial”.

Que en consecuencia, en razón de tratarse de un producto sin registro y desconocién-dose las condiciones de elaboración de los medicamentos involucrados, el PCM sugie-re prohibir en todo el territorio nacional el uso y comercialización del producto rotula-do como “KALMA YA, analgésico natural, Artritis, reuma, lumbago, ciática, golpes, luxaciones, torceduras, tortícolis, desga-rros, esquinces, enfriamiento de pecho y espalda. Venta Libre. Vto 11/2013, cont. Neto 200 grs. Industria Argentina. Legajo N 65218 – S.A. Y .A.S. Resol. Nº 354/93”.

Que desde el punto de vista procedimen-tal, lo actuado por el Programa se enmarca dentro de las atribuciones conferidas a la ANMAT por el artículo 10° inciso q) del De-creto Nº 1490/92.

Que el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos y la Dirección de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención de su com-petencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº  1490/92 y el Decreto Nº 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional, del producto rotu-lado como “KALMA YA, analgésico natural, Artritis, reuma, lumbago, ciática, golpes, luxaciones, torce-duras, tortícolis, desgarros, esquinces, enfriamiento de pecho y espalda. Venta Libre. Vto 11/2013, cont. Neto 200 grs. Industria Argentina. Legajo N 65218 - S.A. Y .A.S. Resol. Nº 354/93”, por los fundamentos expuestos en el Considerando.

Art. 2° — Regístrese; dése a la Dirección Na-cional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Dirección de Registro, Fisca-lización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación, a la autoridad sanitaria de la Provincia de Córdoba y a las demás autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuní-quese a la Dirección de Planificación y Relacio-nes Institucionales. Cumplido, archívese. — Otto A. Orsingher.

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#I4413332I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MEDICOS

Disposición 860/2013

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de determinado producto.

Bs. As., 6/2/2013

VISTO los Expedientes Nº 1-47-1110-857-11-2 y 1-47-1110-668-11-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos hace saber que fiscalizadores de ese Programa llevaron a cabo una inspec-ción en sede de la farmacia “NUEVA SAN JOSE”, con domicilio en la calle Sánchez de Bustamante Nº  1639 de esta ciudad, ocasión en la cual se procedió a retirar en carácter de muestra una unidad del pro-ducto rotulado como “AURINCO SURGI-CAL DISPOSABLE DUST MASK WHITE 50 PCS - Importa y Distribuye: Droguería Martorani S.A.”, conteniendo un barbijo, sin datos de lote, vencimiento ni registro de A.N.M.A.T.

Que por lo expuesto, fiscalizadores de ese Programa concurrieron a realizar una ins-pección en sede de la droguería Martora-ni S.A., sita en la Av. Del Campo Nº 1180 de esta Ciudad. En tal oportunidad, se le exhibió al presidente de la firma la mues-tra, quien manifestó al respecto que “es una unidad comercializada por Martorani S.A. la que es importada por la firma” y que “en la actualidad estos son los bar-bijos que comercializa Martorani S.A. no incluyendo datos del lote/vto. y/o fecha de fabricación como así tampoco autori-zación de A.N.M.A.T. en rótulo o estuche del producto.”.

Que habiéndose efectuado consulta al De-partamento de Registro de esta Administra-ción, el mismo informó que “no se encon-traron registros de inscripción al día de la fecha del producto”, a la vez que “droguería Martorani S.A. se encuentra habilitada bajo el legajo Nº 928.”.

Que mediante el expediente Nº 1-47-1110-668-11-1 se remitieron las actuaciones a la Dirección Nacional sugiriéndose dar inter-vención a la Dirección de Tecnología Mé-dica a fin de que informe a) si el producto descripto requiere ser registrado como pro-ducto médico; b) en caso afirmativo, si el mismo ya se encuentra registrado.

Que la Dirección de Tecnología Médica in-formó que el producto en cuestión “es un

producto médico por lo que requiere ser registrado y no cuenta con registro de esta Dirección.”.

Que por lo expuesto, la Intervención de esta Administración Nacional sugiere la prohibi-ción preventiva de comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto anteriormente citado y la instrucción de sumario sanitario a la firma y su Directora Técnica.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de la medida aconsejada por el organismo actuante —prohibición preventi-va de comercialización— resulta competen-te esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº  1.490/92 y que la misma se encuentra autorizada por el inc. ñ) del Artículo 8° de la citada norma.

Que desde el punto de vista sustantivo las irregularidades constatadas configuran la presunta infracción a la Disposición ANMAT 2318/04.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han to-mado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº  1490/92 y Nº 425/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese preventivamente la comercialización y uso, en todo el territorio na-cional, del producto rotulado como: “AURINCO SURGICAL DISPOSABLE DUST MASK WHITE 50 PCS - Importa y Distribuye: Droguería Marto-rani S.A.”, conteniendo un barbijo, sin datos de lote, vencimiento ni registro de A.N.M.A.T, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición.

Art. 2° — Instrúyase sumario sanitario a la droguería denominada Droguería Martorani S.A. con domicilio en la Av. Del Campo Nº 1180 de la Ciudad de Buenos Aires y su Directora Técnica, por la presunta infracción a la Disposición AN-MAT 2318/04.

Art. 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publi-cación. Comuníquese a la autoridad sanitaria Jurisdiccional de la Ciudad de Buenos Aires, y a las demás autoridades sanitarias provin-ciales y a las Cámaras y entidades profesio-nales correspondientes. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Ins-titucionales de esta A.N.M.A.T. Comuníquese al Departamento de Registro la medida adop-tada a sus efectos. Dése al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídi-cos a sus efectos. Cumplido, archívese. — Otto A. Orsingher.

#F4413332F#

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 13

AVISOS OFICIALESNuevos

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4413323I#MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA

DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION

Ministerio Público de la DefensaDefensoría General de la Nación

LA DEFENSORA GENERAL DE LA NACIONRESUELVE:

CONVOCAR a concurso para cubrir el cargo de:Defensor Público Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda

Instancia de Tucumán, provincia homónima (CONCURSO Nº 60, MPD) yUNIFICAR el trámite del Concurso Nº 60, MPD con aquel convocado para cubrir el cargo de

Defensor Público Oficial ante los Tribunales Federales de Primera Instancia y Segunda Instancia de Salta (CONCURSO Nº 59, MPD)

PERIODO DE INSCRIPCION: el comprendido entre los días 18 de febrero al 18 de marzo de 2013 ambos inclusive, y —en virtud de la unificación de trámites precedentemente dispues-ta—, EXTENDER EL PERIODO DE INSCRIPCION establecido a través de la Resolución DGN 1568/12 para el CONCURSO Nº 59, MPD —Salta—, hasta la fecha de vencimiento del plazo de inscripción fijado para el CONCURSO Nº 60, MPD - esto es, hasta el día 18 de marzo de 2013.

Durante dicho período, se recibirán las inscripciones bajo la modalidad prevista en el Art. 18, Inc. a) del Reglamento de Concursos (remisión del Formulario Uniforme de Inscripción —FUI— por correo electrónico). Vencido dicho período, se iniciará un nuevo plazo de veinte (20) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento), para presentar personalmente —en la Secretaría de Concursos de la Defensoría General de la Nación, sita en Bartolomé Mitre 648, 5° piso frente, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8.00 a 15.30 horas— o remitir por vía postal a dicha Secretaría, la do-cumentación acreditante de los antecedentes declarados, junto con la declaración jurada y demás documentación personal a que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción. El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento, vencerá el día viernes 19 de abril de 2013 en todos los casos.

HACER SABER que los postulantes que al comienzo del plazo de inscripción del presente CONCURSO N’ 60, ya se hubieran inscripto en el CONCURSO Nº 59, MPD, quedarán automáti-camente incluidos en el concurso abierto mediante la presente convocatoria, salvo manifestación expresa en contrario; será considerada notificación suficiente la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Nación (art. 10, tercer párrafo, Reglamento de Concursos).

OBTENCION DEL FORMULARIO UNIFORME DE INSCRIPCION: en el sitio web oficial del Ministerio Público de la Defensa www.mpd.gov.ar.

REQUISITOS PERSONALES: Se requiere: ser ciudadano argentino, tener treinta (30) arios de edad y contar con seis (6) arios de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado o de cumplimiento —por igual término— de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial con por lo menos seis (6) arios de antigüedad en el título de abogado (Cf. Art. 7, 3er. párr., Ley 24.946).

LA FECHA DEL SORTEO DE LOS JURADOS Y DEMAS INFORMACION PUEDE SER CON-SULTADA EN EL SITIO WEB DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA (WWW.MPD.GOV.AR).

PATRICIA A. LAROCCA, Secretaria Letrada, (Cont.), Defensoría General de la Nación.

e. 13/02/2013 Nº 7323/13 v. 13/02/2013#F4413323F#

#I4412975I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 05-02-2013

Expediente

5076387 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL ESCRIBA Autor: JUAN MAURICIO CABRERA PERLA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076388 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PENSAMIENTOS DE UNA MENTE EN PENUMBRAS Autor: JAVIER ANDRES SUEYRO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076389 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BAJO EL CIELO DE KEY WEST Autor: ANTONIA DE ALVARADO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076390 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MATANDO A IMAGEN Y SEMEJANZA Autor: LEANDRO MANUEL RICON

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076391 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUENTOS DE ROBERTO RODRIGUEZ, HIJO E’ TIGRE Autor: ROBERTO DANIEL RODRIGUEZ

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076392 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PISO 13 Autor: EWALD MEYER

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076393 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: LA FILOSOFIA Y EL ARTE COMO INTERPELACION A LA POLITICA Autor: AMELIA LEONOR GALLASTEGUI

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076395 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA MUSICA OLVIDADA Autor: LUCIANO CARRILLAT

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076396 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: ALIMENTO PARA PENSAR Autor: RICARDO VANELLA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076397 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: RELATOS Y CUENTOS QUE TRAJO EL VIENTO Autor: EMILIO BOLON VARELA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076398 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL GATO VAGABUNDO Autor: VIVIANA AURORA CASASSA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076399 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MI CUMBRECITA, ENTRE DOS MUNDOS Autor: JUAN CLAUDIO BEHREND

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076400 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: DOROTHY SCHONS LA PRIMERA SORJUANISTA Autor: GUILLERMO SCHMIDHUBER DE LA MORA

Autor: OLGA MARTHA PEÑA DORIA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076401 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA MUJER DEL PROJIMO Autor: GABRIEL DANCYGIER

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076402 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ¡LA HORA REFERI! Autor: AMILCAR ROMERO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076403 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: 20/20 4 DECADAS EN LA HISTORIA DE BANDERALO 1800 - 1920 Autor: RAUL ERNESTO COMBA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076404 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA MISTERIOSA SEGUIDILLA ELVIS Autor: MARIO ROQUE OMAR VENTURA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076405 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL TOCA-TIMBRES. CUARENTA AÑOS DE VISITADOR MEDICO EN CAPITAL Y ZONA SUR Autor: FRANCISCO SALVATORE

DEL GRAN BUENOS AIRES Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076406 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: PREPARANDONOS PARA UNA NUEVA ERA Autor: REINALDO LEUCI

Autor: CRISTIAN DUTRO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

Page 14: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 145076407 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CARNAVAL DEL DIABLO Autor: RICARDO TEJERINA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076408 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: INSTRUCCIONES PARA MORDER UNA NUBE Autor: HERNAN MOREYRA

Autor: SERGIO E RIAL

Autor: PABLO A RIAL

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076409 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DIEZ Y DIEZ Autor: DAIANA SLIPAK

Autor: DARDO GRIFFERO

Editor: EDITORIAL DUNKEN DE GUILLERMO AUGUSTO DE URQUIZA

5076410 Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: LA VIDA DE PAQUINCO. LA LEYENDA DE LA 12 Autor: ANIBAL BOGADO

Autor: SERGIO CACCIALUPI

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076411 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL EYTO Autor: EDUARDO ALBERTO SEMINARA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076412 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: SI A LA VIDA, CONVIVIR CON EL CANCER, UNA EXPERIENCIA LLENA DE FUERZA Y Autor: MARIA LORENA PADILLA

ESPERANZA Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076449 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: LABIOS EN FUGA Productor: NORMA VERONICA CARUBOLO

5076473 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BESITOS.COM Autor/Titular: MATIAS FEDERICO IBARRA

Editor: CIUDAD DE LAS ARTES SALA MENOR

5076474 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: VARIETE Autor/Titular: DIANA LAURA THEOCHARIDIS

Editor: JULIO BOFFA TEATRO COLON

5076475 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: AMARGO DULZOR Autor/Titular: MARCELO ARIEL KATZ

Editor: CIUDAD CULTURAL KONEX

5076476 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: AMARGO DULZOR Autor/Titular: MARCELO ARIEL KATZ

Editor: CIUDAD CULTURAL KONEX

5076477 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: AMARGO DULZOR Autor/Titular: MARCELO ARIEL KATZ

Editor: CIUDAD CULTURAL KONEX

5076478 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HOY ME TIRO Autor/Titular: SILVIA BEATRIZ DE LOURDES ACEVEDO

Editor: CENTRO CULTURAL RAICES

5076481 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: AL QUE LE TOCA LE TOCA Autor/Titular: HUGO ERNESTO VARELA

Editor: MULTITEATRO (EX BLANCA PODESTA)

5076482 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: TAL CUAL LE PASO A PASCUAL Autor/Titular: SERGIO DARIO PEREYRA LOBO

Editor: CENTRO CULTURAL MUNICIPAL MUNRO

5076483 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: INUNDACION (YSE) Autor/Titular: MONICA BEATRIZ SALERNO

Editor: CENTRO CULTURAL RICARDO ROJAS

5076484 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LA MUERTE DE LA PRIMOGENITA Autor/Titular: SUSANA ADA VILLALBA

Editor: CENTRO CULTURAL RICARDO ROJAS

5076485 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: NINGUN LUGAR (LA FRONTERA) Autor/Titular: RODRIGO JAVIER TANOIRA

Editor: TEMPLUM

5076486 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL GRAN SHOW DE CARLOS PAZ Autor/Titular: DARIO VICTOR ARELLANO

Editor: TEATRO CORAL

5076487 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: LO QUE EL TIEMPO NOS DEJO: CAP: “UN MUNDO MEJOR” Autor/Titular: PATRICIO JAVIER VEGA LACASA

Editor: LS 84 TV CANAL 11

5076488 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: ORQUESTA INVISIBLE Autor/Titular: FRANCISCO MARIO REDONDO

Editor: CLUB DE TRAPECISTAS

5076489 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HASTA QUE LA MUERTE NOS SEPARE Autor/Titular: JAIME JORGE ADOLFO ARRAMBIDE SQUIRRU

Autor/Titular: VIOLETA WEINSCHELBAUM

Editor: FUNDACION ARTE Y LENGUAJE - EL CAMARIN DE LAS MUSAS

5076490 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: QUE NI UNA LARVA SEA MOSQUITO Autor/Titular: SILVINA DEBERNARDO

Editor: TEATRO ALMAZENNA

5076491 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: VIDAS MARCADAS Y OTROS DESBORDES Autor/Titular: ADELA ISABEL SORRENTINO

Editor: EL BULULU

5076492 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HABITACION SIN MARCO Autor/Titular: MARIO LUIS MARINO

Editor: TEMPLUM

5076493 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CONVIVENCIA IRREAL ES LO QUE VIVEN Autor/Titular: JUAN GUIRAUD

Editor: CLUB DE TRAPECISTAS

5076494 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: AMORAR Autor/Titular: ELOISA TARRUELLA

Editor: EL BARDO

5076495 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HISTERIOTIPOS Autor/Titular: CLAUDIA ALEJANDRA MORALES

Editor: C.C. ERNESTO SABATO

5076496 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CREES QUE SOY SELCI? Autor/Titular: GUILLERMO ELOY SELCI

Editor: LIBERARTE

5076497 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: VITAE Autor/Titular: MARIA GABRIELA DEMONTE NIÑO

Editor: TALLER DEL ANGEL

5076498 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LA SIRENITA UNA HISTORIA DE AMOR Autor/Titular: SILVIA GRACIELA MONTENEGRO

Editor: SHOPPING PEATONAL

5076499 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: WHY ME? ¿POR QUE YO? Autor/Titular: MARIA LAURA PORTELA

Editor: SANTA MARIA

5076500 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL MERCADER Autor/Titular: CLAUDIO GERMAN CIAFFONE

Editor: MOVIL EL CARROMATO

5076501 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: TITULARES Autor/Titular: LUIS MARIA SERRA

Editor: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES TEATRO PRESIDENTE ALVEAR

5076502 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LOS GALVEZ VENDIERON LA CASA Autor/Titular: ROBERTO OSCAR PERINELLI

Editor: MUNICIPALIDAD DE LA PLATA COLISEO PODESTA

5076503 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CUATRO VIENTOS MUSICA EN MOVIMIENTO Autor/Titular: CARLOS DANIEL CAMPOMENOSI

Autor/Titular: JORGE HORACIO POLANUER

Editor: ATENEO SAN MARTIN

5076504 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: EL OSO PRODUCCIONES Autor: OBRA COLECTIVA

Autor: ARGENTINA RESTART SRL (D)

Titular: EL OSO PRODUCCIONES SRL

5076505 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: HERENCIA DE AMOR (CAP. 23 AL 68) Autor/Titular: ENRIQUE JOSE ESTEVANEZ

Autor/Titular: JOAQUIN BONET

Autor/Titular: JORGE OSCAR LEYES

Autor/Titular: TERESA MAGDALENA DONATO

Autor/Titular: NATALIA TORRES

Editor: LS 84 TV CANAL 11

5076506 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ANATOMISTA Autor/Titular: GUSTAVO ALFREDO SANTAOLALLA

Editor: TEATRO REGINA TSU

5076507 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL ANATOMISTA Autor/Titular: MARCELO LUCIANO SPATARO CAZAUX

Editor: GRUS PRODUCCIONES SA (TEATRO REGINA) TEATRO REGINA TSU

5076508 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: JAPON A TRAVES DE LOS MARES Autor/Titular: RITA MABEL MAIO

Editor: DIRECCION GENERAL DE RADIO Y TELEVISION LU 89 TV CANAL 3

Page 15: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 155076509 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: YO MATE A PAPA NOEL Autor/Titular: GONZALO AGUSTIN SENESTRARI

Editor: LA TERTULIA CULTURAL

5076510 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: FESTIVAL NACIONAL DE DOMA Y FOLKLORE JESUS MARIA 2010 Autor/Titular: SEBASTIAN ANTONIO TOMBESI DEVAUX

Editor: FESTIVAL DE DOMA Y FOLKLORE ANFITEATRO JOSE HERNANDEZ

5076511 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: LOS MOSTROS Autor/Titular: VIVIANA MARIA OLLO

Editor: TEATRO DEL LAGO

5076512 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: YO TE PERDONO HIJO MIO Autor/Titular: MIGUEL ANGEL AVELLA

Editor: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN TEATRO SARMIENTO

5076513 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MISS ENTREPIERNAS Autor/Titular: HEBER MIGUEL MARCO

Autor/Titular: IAN ANDRES FERNANDEZ

Editor: TEATRO CASA DE LA CULTURA

5076514 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MISS ENTREPIERNAS Autor/Titular: HEBER MIGUEL MARCO

Autor/Titular: IAN ANDRES FERNANDEZ

Editor: TEATRO CASA DE LA CULTURA

5076515 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: BESITOS.COM Autor/Titular: GLADYS CECILIA DI MARCO

Autor/Titular: NATALIA MARIA MOYA

Editor: CIUDAD DE LAS ARTES SALA MENOR

5076518 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: THE TG POST Autor/Titular: JULIAN SAA

5076531 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: EN BUSCA DE LOS Autor/Titular: MARTIN ENRIQUE CUEVAS

5076553 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DIEZ AÑOS PARA AMARNOS Autor: JAVIER A GUIRIN

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076554 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GRISES Autor: CYNTHIA KILIAN

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076555 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA TORRE DE LA OBSERVACION 2 Y LA FUENTE DE LA ENERGIA Autor: JOSE KOHON

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076558 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CABALLERO INMORTAL Autor: LUIS RAFAEL COLQUI

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076559 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MIL PALABRAS EN SECRETO Autor: WALTER LUIS DE LEON

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076560 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PERDER LOS SENTIDOS Autor: ANTONIA (MARIA DE LOS ANGELES) PITIRRA

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076561 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: GRECIA Y ROMA Autor: ROSANA GALLO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076562 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TEATRO. MADRES FUNDAMENTALES Autor: HORACIO PADELLARO

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076563 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: HEROES Y VILLANOS DE LA MEDICINA LAS DOS CARAS DE LA MONEDA Autor: SERGIO ALBERTO DRAGONI

Editor: EDITORIAL DUNKEN SRL

5076564 Obra Publicada Género: GUIA Título: CETRERIA EN ARGENTINA Autor/Editor: ENRIQUE ALBERTO GOMEZ

Autor: PABLO ASCHEI

5076586 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: 100PRESEGURO Autor/Titular: MANUEL EDUARDO CABRERA QUIÑONES

Titular: GINKGO SOFT SRL

5076587 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: BITSION MARKET PLACE PLAT FORM Autor/Titular: MANUEL EDUARDO CABRERA QUIÑONES

Titular: GINKGO SOFT SRL

5076626 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: DEFENSAPASION.COM.AR Autor/Titular: WALTER ARANDA

Dr. FEDERICO MOLLEVI, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 13/02/2013 Nº 6975/13 v. 13/02/2013

#F4412975F#

#I4412788I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE ORAN

Orán, 4/2/2013

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su pri-mera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en España Nº 144 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA, bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 CA). Fdo.: Julio Cesar de la Vega - ADMINISTRADOR ADUANA DE ORAN.

SUMARIO NRO. INTERESADO INFRAC. ART. CA IMPORTE MULTA

12-729/0 GONZALEZ MARIA JOSE 986 Y 987 $ 6.314,28

12-733/K SUAREZ CLAUDIO SEBASTIAN 987 $ 13.866,62

12-742/K ZAMORA WALTER OSCAR 987 $ 8.429,16

12-730/K MAMANI MARIA SOLEDAD 986 Y 987 $ 12.953,31

12-746/2 TUCO CHOQUEVILLCA FRANCISCA 987 $ 10.688,31

12-726/6 FLORES DANIEL MARCELO 986 $ 3.170,94

12-721/K ABAN VENTURA SEVERIANA VICTORIA 986 Y 987 $ 3.968,23

12-734/8 SAPIEHA SEBASTIAN ALFREDO 986 Y 987 $ 5.193,90

12-679/9 ZAMORA WALTER OSCAR 986 Y 987 $ 64.108,81

12-678/5 SCHILLING CRISTIAN LUJAN 987 $ 24.014,63

12-060 CARDOZO GUADALUPE ELENA 986 $ 3.390,36

12-694/2 ROMERO ROBERTO RAUL 986 Y 987 $ 13.887,98

12-057 ALVAREZ JORGE ANTONIO 986 Y 987 $ 7.371,71

12-693/0 NAVARRO CARLOS FRANCISCO 986 $ 10.969,02

12-614/8 LEON ARTEMIA NATIVIDAD 994 $ 500,00

12-615/1 ALVAREZ RUFINA VICTORIA 994 $ 500,00

12-687/5 ANDRES SABINA MARIA 986 $ 6.882,88

JULIO C. DE LA VEGA, Administrador. — CPN ALBERTO CORONEL, Leg. 26179-3, AFIP, DGA, Orán.

e. 13/02/2013 Nº 6788/13 v. 13/02/2013#F4412788F#

#I4412169I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

28/1/2013

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del ex agente fallecido Raúl Osvaldo CASTRO (D.N.I. Nº 12.685.362), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº 15/91 (T.O. RESOLUCION S.T. Nº 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefe (Int.) Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.e. 13/02/2013 Nº 6169/13 v. 15/02/2013

#F4412169F#

#I4413344I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 610/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1500/2012 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESI-DENCIA DE LA NACION y las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de dicha entidad ha remitido la información reque-rida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Page 16: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 16Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados de la SECRETARIA DE PRO-GRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCO-TRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de noviembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

Decisión Administrativa Nº 506/2009 y 1126/2012

NIVEL ESTRUCTURANIVEL

ESCALAFONARIOAGRUPAMIENTO

DENOMINACION DEL PUESTO O FUNCION

Total

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección de Articulación con el Poder Judicial y el Ministerio Público

B PAbogado Especializado en Derecho Administrativo

1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección de Articulación con el Poder Judicial y el Ministerio Público

B PAbogado Especializado en Derecho Penal

1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección de Articulación con el Poder Judicial y el Ministerio Público

B P Abogado Litigante Especializado 1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección de Articulación con el Poder Judicial y el Ministerio Público

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección del Registro Nacional de Precursores Químicos

B PAbogado Especializado en Control del Tráfico Ilícito de Drogas y Precursores Químicos

1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección del Registro Nacional de Precursores Químicos

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Control de Sustancias Psicoactivas - Dirección del Registro Nacional de Precursores Químicos

D G Asistente Administrativo 1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección de Asuntos Jurídicos

C P Abogado Dictaminante 1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección de Cooperación Nacional e Internacional

D G Asistente Administrativo 1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección General de Administración

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección General de Administración - Dirección de Gestión de Personal y Organización

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección General de Administración - Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros

B PProfesional Especializado en Licitaciones Públicas

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional- Dirección General de Administración - Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros

C PProfesional en Gestión de Compras y Contrataciones

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección General de Administración - Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección General de Administración - Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros

D G Asistente Administrativo 1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección Nacional del Observatorio Argentino de Drogas

B P

Profesional en Ciencias Sociales Especializado en Investigación sobre Epidemiología del Consumo de Drogas

1

Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Cooperación Internacional - Dirección Nacional del Observatorio Argentino de Drogas

D G Asistente Administrativo 1

Subsecretaría de Prevención, Capacitación y Asistencia de las Adicciones - Dirección Nacional de Asistencia y Reinserción Social

C GResponsable de Area Administrativa

1

Subsecretaría de Prevención, Capacitación y Asistencia de las Adicciones - Dirección Nacional de Capacitación sobre Adicciones

B P

Sociólogo Especializado en Metodología de Investigación para el Abordaje de las Adicciones

1

Unidad de Auditoría Interna C GResponsable de Area Administrativa

1

Unidad Secretario C GResponsable de Area Administrativa

1

Total general 21

e. 13/02/2013 Nº 7344/13 v. 13/02/2013#F4413344F#

#I4413347I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 606/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP:EXP-TNC:0000553/2012 del registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA

DE LA NACION y las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de dicha entidad ha remitido la información reque-rida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del TEATRO NACIONAL CER-VANTES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de noviembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE CULTURA

TEATRO NACIONAL CERVANTES

Decisión Administrativa Nº 506/2009 y 1126/2012

Ubicación estructural Denominación del Puesto de trabajo o función Nivel Agrupamiento Total

Dirección de Administración Asistente Administrativo D G 1

Dirección de Administración Asistente Administrativo D G 1

Dirección de Administración Asistente Administrativo D G 1

Dirección de Administración Asistente Administrativo D G 1

Dirección de Administración Asistente Administrativo D G 1

Dirección de Administración Auxiliar de Electricista F G 1

Dirección Técnica Técnico Superior en Electrotécnica Teatral B G 1

Dirección Técnica Técnico Superior en Electrotécnica Teatral B G 1

Departamento de Prensa y Difusión Asistente de Prensa D G 1

Departamento de Prensa y Difusión Auxiliar de Prensa E G 1

Departamento de Prensa y Difusión Cadete F G 1

Total general 11

e. 13/02/2013 Nº 7347/13 v. 13/02/2013#F4413347F#

#I4413349I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 607/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0111193/2012 del registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organis-mo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha remitido la in-formación requerida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Admi-nistrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada entidad autori-zados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE CO-ORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMI-NISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención corres-pondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Page 17: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 17Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de no-viembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacio-nal de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Decisión Administrativa Nº 506/2009 y su modificatoria

Ubicación estructural Denominación del Puesto de trabajo o función Agrupamiento Nivel Total

DIRECCION NACIONAL DE SEMILLAS Profesional Experto en Variedad de Semillas Profesional A 1

COORDINACION DE COMUNICACION INSTITUCIONAL

Profesional Especializado en Comunicación Institucional Profesional B 1

DIRECCION NACIONAL DE SEMILLAS - DIRECCION DE REGISTRO DE VARIEDADES

Profesional Especializado en Gestión del Registro de Variedades de Semillas

Profesional B 1

DIRECCION NACIONAL DE SEMILLAS - COORDINACION TECNICO OPERATIVA DE OFICINAS REGIONALES Y VIVEROS

Profesional en Control y Monitoreo Regional del Régimen de Semillas y Creaciones Fitogenéticas

Profesional C 1

Total general 4

e. 13/02/2013 Nº 7349/13 v. 13/02/2013#F4413349F#

#I4413361I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 608/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente MD Nº 27.878/12 del registro del MINISTERIO DE DEFENSA y las Deci-siones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de dicho ministerio ha remitido la información re-querida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de no-viembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacio-nal de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa Nº 506/2009 y su modificatoria

Ubicación estructural Denominación del Puesto de trabajo o función

Nivel Agrupamiento Total

DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

PROFESIONAL EN COMUNICACION INSTITUCIONAL

C P 1

DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

TECNICO SUPERIOR EN COMUNICACION INSTITUCIONAL

C G 1

DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR

TECNICO SUPERIOR EN TELECOMUNICACIONES

C G 1

Ubicación estructural Denominación del Puesto de trabajo o función

Nivel Agrupamiento Total

DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR

PROFESIONAL ANALISTA EN INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA

PROFESIONAL INICIAL EN DEFENSA NACIONAL

D P 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

PROFESIONAL INICIAL EN CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

D P 2

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

PROFESIONAL RESPONSABLE DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

C P 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE COOPERACION PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE PAZ

C P 1

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE COOPERACION PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE PAZ

D P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO MILITAR CONJUNTO

C P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

SECRETARIA EJECUTIVA C G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

PROFESIONAL ANALISTA DE DERECHOS HUMANOS

C P 2

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES -SUBSECRETARIA DE FORMACION

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - DIRECCION GENERAL DE INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - DIRECCION GENERAL DE INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

PROFESIONAL ANALISTA DE POLITICA DE FORMACION DE LAS FUERZAS ARMADAS

C P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 2

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 2

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR

PROFESIONAL ANALISTA EN GESTION ADMINISTRATIVA

C P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR AUDITORIA GENERAL DE LAS FF.AA

PROFESIONAL INICIAL EN JUSTICIA MILITAR

D P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS MILITARES

PROFESIONAL ANALISTA EN EVALUACION ESTRATEGICA MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y POLITICA MILITAR - DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y ESTRATEGIA

PROFESIONAL ANALISTA EN EVALUACION ESTRATEGICA MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL

ASISTENTE TECNICO EN SOFTWARE D G 1

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES - SUBSECRETARIA DE FORMACION - ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

Page 18: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 18Ubicación estructural Denominación del Puesto

de trabajo o funciónNivel Agrupamiento Total

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION TECNICA

PROFESIONAL EN AERONAVEGABILIDAD MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO PRESUPUESTARIO DEL AREA DE DEFENSA

C P 2

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION INDUSTRIAL Y SERVICIOS PARA LA DEFENSA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION INDUSTRIAL Y SERVICIOS PARA LA DEFENSA

RESPONSABLE DE AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA

PROFESIONAL ANALISTA EN ABASTECIMIENTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

C P 3

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO

RESPONSABLE DE AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 3

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - INSTITUTO DE INVESTIGACIONESCIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 14

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO TECNOLOGICO DE LA DEFENSA

C P 3

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 4

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO CRONOMETRISTA/RELOJERO

D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO EN INSTRUMENTAL METEOROLOGICO

D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO EN INSTRUMENTAL OPTICO

D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO EN SOFTWARE D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO GEOGRAFO D G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

ASISTENTE TECNICO GRAFICO D G 2

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

TECNICO CARTOGRAFO C G 4

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO - SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL

TRADUCTOR PROFESIONAL DE IDIOMA INGLES

C P 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO LOGISTICO MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA

PROFESIONAL INICIAL EN GESTION PRESUPUESTARIA

D P 1

Ubicación estructural Denominación del Puesto de trabajo o función

Nivel Agrupamiento Total

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA DIRECCION GENERAL DE INMUEBLES E INFRAESTRUCTURA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 2

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

PROFESIONAL ANALISTA EN GESTION PRESUPUESTARIA AREA DE DEFENSA

C P 3

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA DIRECCION GENERAL DE INVERSIONES

PROFESIONAL INICIAL EN INVERSIONES PARA LA DEFENSA

D P 2

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE INMUEBLES E INFRAESTRUCTURA

PROFESIONAL ANALISTA EN PLANEAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA INMUEBLE MILITAR

C P 1

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION TECNICA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 2

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA - DIRECCION GENERAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION TECNICA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE DESPACHO

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 3

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 9

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

PROFESIONAL ANALISTA EN GESTION PRESUPUESTARIA

C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABLE DE AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

TECNICO SUPERIOR EN SOFTWARE C G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

ABOGADO INICIAL EN DERECHO MILITAR

D P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 3

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

ABOGADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO

C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

ABOGADO EN DERECHO MILITAR C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION – DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

PROFESIONAL ANALISTA EN RELACIONES LABORALES DEL AMBITO MILITAR

C P 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

PROFESIONAL EN GESTION ADMINISTRATIVA DE PERSONAL MILITAR

C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

PROFESIONAL INICIAL EN GESTION DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

D P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABLE DEL AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

ABOGADO DICTAMINANTE C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

PROFESIONAL ANALISTA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MILITARES

C P 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE DESPACHO

CADETE F G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE DESPACHO

PROFESIONAL ANALISTA EN GESTION ADMINISTRATIVA

C P 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE DESPACHO

RESPONSABLE DE AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE DESPACHO

TECNICO SUPERIOR EN SOFTWARE C G 1

Page 19: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 19Ubicación estructural Denominación del Puesto

de trabajo o funciónNivel Agrupamiento Total

SUBSECRETARIA DE COORDINACION - DIRECCION DE INFORMATICA

OPERADOR PROFESIONAL EN REDES INFORMATICAS

D P 2

UNIDAD MINISTRO - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

AUDITOR PRINCIPAL C P 2

UNIDAD MINISTRO ASISTENTE ADMINISTRATIVO D G 2

UNIDAD MINISTRO AUXILIAR ADMINISTRATIVO E G 1

UNIDAD MINISTRO PROFESIONAL ANALISTA EN POLITICA DE DEFENSA NACIONAL

C P 2

UNIDAD MINISTRO RESPONSABLE DEL AREA ADMINISTRATIVA

C G 1

Total de cargos 142

e. 13/02/2013 Nº 7361/13 v. 13/02/2013#F4413361F#

#I4413365I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 609/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 14.880/2012 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION y las Deci-siones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION AD-MINISTRATIVA de ese Ministerio ha remitido la información requerida en el artículo 1º, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE EDUCA-CION, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de noviembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

MINISTERIO DE EDUCACIONDecisión Administrativa Nº 506/2009 y 1126/2012

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL Asistente Administrativo General D 1

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL

Asistente Experimentado en Gestión Administrativa General C 1

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL

Profesional en Gestión de Becas Internacionales Profesional C 1

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL

Profesional Especializado en Cooperación Internacional Profesional B 1

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA - DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION TECNICO PROFESIONAL Y OCUPACIONAL

Profesional Especializado en Evaluación de Proyectos de Inversión

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION Responsable de Secretaría Privada de autoridad superior General B 1

SECRETARIA DE EDUCACION Técnico en Gestión Administrativa General C 1

SECRETARIA DE EDUCACION Técnico Especializado en Seguimiento de Programas y Proyectos Educativos General B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Abogado Especializado en Validez de Títulos Secundarios y Terciarios, Nacionales y Extranjeros

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Asistente Administrativo General D 4

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Asistente Experimentado en Gestión de Validez de Títulos Secundarios y Terciarios

General C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Auxiliar Administrativo General E 1

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Profesional Analista en Validez de Títulos Secundarios y Terciarios Profesional C 4

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Profesional Especializado en Gestión de Validez de Títulos Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Profesional Especializado en Validez de Títulos Secundarios y Terciarios Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS

Técnico Especializado en Reconocimiento de Títulos Secundarios y Terciarios Extranjeros

General B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE Asistente Administrativo General D 3

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE Profesional Analista en Formación Docente Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE Técnico en Gestión Administrativa General C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

Profesional Especializado en Gestión Presupuestaria Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL - DEPARTAMENTO DE POLITICAS ESTUDIANTILES

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL - DEPARTAMENTO DE POLITICAS ESTUDIANTILES

Profesional Analista de Políticas Estudiantiles Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL - DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y VALIDEZ DE TITULOS

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL - DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y VALIDEZ DE TITULOS

Profesional analista del Registro de Instituciones y Ofertas de Formación Docente

Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL - DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y VALIDEZ DE TITULOS

Profesional Analista en Validez de Títulos de Formación Docente Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION - DEPARTAMENTO DE DESARROLLO CURRICULAR

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION - DEPARTAMENTO DE DESARROLLO PROFESIONAL

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION DEPARTAMENTO DE DESARROLLO PROFESIONAL

Profesional Especializado en Programación y Gestión del Desarrollo Docente

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION - DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION

Profesional Especializado en Investigación de Prácticas Pedagógicas de Formación Docente

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION - DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE - DIRECCION NACIONAL DE FORMACION E INVESTIGACION DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION

Profesional Especializado en Tecnologías de Información y Comunicación

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DF EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA

Auxiliar Administrativo General E 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA

Cadete General F 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Analista en Políticas Educativas Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD. Y CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Especializado en Políticas Educativas Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MAESTROS

Asistente Experimentado en Gestión de Calidad Institucional General C 1

Page 20: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 20

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MAESTROS

Auxiliar Administrativo General E 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MAESTROS

Profesional Bibliotecario en Servicios al Usuario Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MAESTROS

Profesional Especializado en Gestión de la Información y Comunicación

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MAESTROS

Profesional Especializado en Gestión de Redes Federales de Información

Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION NACIONAL DE GESTION EDUCATIVA

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION NACIONAL DE GESTION EDUCATIVA

Asistente Experimentado en Gestión Administrativa General C 3

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA - DIRECCION NACIONAL DE GESTION EDUCATIVA

Cadete General F 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Inicial en Planeamiento Educativo Profesional D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Especializado en Diseño y Edición de Publicaciones Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Especializado en Estadística Educativa Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Especializado en Evaluación Educativa Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Profesional Especializado en Investigación Educativa Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Técnico Informático Especializado en Data Warehouse General B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Auxiliar Administrativo General E 1

SECRETARIA DE EDUCACION -SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Analista en Costos del Sistema Educativo Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Analista en Planeamiento Educativo Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Analista en Relevamiento de Información de Infraestructura Escolar

Profesional C 2

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional en Gestión Administrativa Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Especializado en Costos del Sistema Educativo Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO-DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Especializado en Financiamiento Educativo Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Especializado en Gestión Financiera Profesional B 1

SECRETARIA DE EDUCACION SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Especializado en Planeamiento Educativo Profesional B 4

SECRETARIA DE EDUCACION -- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Especializado en Relevamiento de Información de Infraestructura Escolar Profesional B 1

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Informático en Administración de Base de Datos Profesional C 1

SECRETARIA DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Profesional Inicial en Planeamiento Educativo Profesional D 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Profesional Experto en Gestión de Políticas Universitarias Profesional A 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Asesor Experto en Políticas Universitarias Profesional A 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Profesional Analista en Difusión y Comunicación de Políticas Universitarias Profesional C 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Profesional Especializado en Promoción del Sistema Universitario Argentino en el Exterior

Profesional B 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

Profesional Especializado en Vinculación Social Universitaria Profesional B 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO UNIVERSITARIO Y VOLUNTARIADO

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO UNIVERSITARIO Y VOLUNTARIADO

Profesional Analista en Políticas de Extensión y Vinculación Tecnológica Universitaria

Profesional C 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA

Profesional Analista de Proyectos de Carreras Universitarias Profesional C 2

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE PRESUPUESTO E INFORMACION UNIVERSITARIA

Asistente Administrativo General D 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE PRESUPUESTO E INFORMACION UNIVERSITARIA

Profesional Analista en Presupuesto Universitario Profesional C 1

SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS - DIRECCION NACIONAL DE PRESUPUESTO E INFORMACION UNIVERSITARIA

Responsable de Area Administrativa General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA- DIRECCION DE DESPACHO

Asistente Administrativo General D 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE DESPACHO

Auxiliar Administrativo General E 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE DESPACHO

Profesional en Gestión Administrativa Profesional C 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE DESPACHO

Profesional Especializado en Gestión Administrativa Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE DESPACHO - DEPARTAMENTO GESTION ADMINISTRATIVA E INFORMACION AL PUBLICO

Auxiliar Administrativo General E 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE GESTION INFORMATICA

Técnico Especializado en Redes de Datos y Servidores Internet General B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION DE GESTION INFORMATICA

Técnico Especializado en Redes y Telecomunicaciones General B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Asistente Experimentado en Gestión Contable General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Asistente Experimentado en Gestión de Tesorería General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Asistente Experimentado en Registro y Control de Bienes de Uso General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Profesional Especializado en Gestión Contable Profesional B 1

Page 21: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 21

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Profesional Especializado en Rendición de Cuentas Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Técnico en Rendición de Cuentas General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTRATACIONES

Abogado Especializado en Gestión de Compras y Contrataciones Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTRATACIONES

Auxiliar Administrativo General E 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA DIRECCION DE CONTRATACIONES

Contador Especializado en Gestión de Compras y Contrataciones Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE CONTRATACIONES

Técnico en Gestión Administrativa General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE PRESUPUESTO

Abogado Especializado en Gestión Presupuestaria Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE PRESUPUESTO

Profesional Especializado en Programación y Gestión Presupuestaria Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA -DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Abogado Especializado en Empleo Público Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Asistente Administrativo General D 3

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Asistente Experimentado en Gestión de contratación de personal

General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Asistente Experimentado en Gestión de Personal General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Auxiliar Administrativo General E 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Enfermero Profesional General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Informático Experimentado en Sistemas de Acceso General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Profesional Analista de Capacitación de Personal Profesional C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Profesional en Gestión de Servicios de Salud Ocupacional Profesional C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Profesional Especializado en Desarrollo de Carrera del Personal Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

Recepcionista General E 3

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO

Asistente Experimentado de Obras Edilicias General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA - DIRECCION DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO

Asistente Experimentado en Equipos de Refrigeración General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Abogado Litigante Profesional C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Asesor Jurídico Especializado Profesional B 4

Datos de la Ubicación Estructural Denominación del Puesto de Trabajo o Función Agrup. Nivel Total

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA

Auxiliar Administrativo General E 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA

Profesional Especializado en Gestión Contable Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - DEPARTAMENTO DE ARQUITECTURA Y EQUIPAMIENTO ESCOLAR

Profesional Especializado en Proyectos de Arquitectura Escolar Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - DEPARTAMENTO DE ARQUITECTURA Y EQUIPAMIENTO ESCOLAR

Profesional Analista en Proyectos de Infraestructura Escolar Profesional C 2

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO FISICO-FINANCIERO DE OBRAS

Profesional en Seguimiento de Obras de Infraestructura Escolar Profesional C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO FISICO-FINANCIERO DE OBRAS

Profesional Especializado en Seguimiento de Obras de Infraestructura Escolar Profesional B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL

Asistente Experimentado en Gestión Contable General C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL

Profesional Analista de Programas Educativos con Financiamiento Externo Profesional C 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL

Técnico Especializado en Gestión de Archivo y Documentación General B 1

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA - DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL

Profesional Analista en Gestión Contable Profesional C 1

UNIDAD MINISTRO - CEREMONIAL Y AUDIENCIAS Auxiliar Administrativo General E 1

UNIDAD MINISTRO - CEREMONIAL Y AUDIENCIAS

Profesional en Ceremonial y Protocolo Profesional C 2

Total general 153

e. 13/02/2013 Nº 7365/13 v. 13/02/2013#F4413365F#

#I4412925I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 19/2013

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente Nº CUDAP:EXP-JGM:0031231/2012 del Registro de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52 del 22 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES, efectuada ‘por la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.).

Que por Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los orga-nismos comprendidos en el artículo 8° de la Ley Nº 24.156.

Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA Nº 52 del 22 de marzo de 2012, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.

Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en el marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción de la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.) en el REGISTRO DE ENTI-DADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSE-CRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6°, del Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52/12.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Incorpórase al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES a la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PRE-VISION SOCIAL (A.P.O.P.S.), a quien se le asignan los siguientes Códigos de Descuento: Nº 601201 para otorgar créditos y el Nº 601203 para proveeduría y consumos varios.

Page 22: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 22ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO

OFICIAL y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 13/02/2013 Nº 6925/13 v. 13/02/2013#F4412925F#

#I4412935I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 611/2012

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4638000487/12-1 del registro del INSTITUTO NACIONAL CEN-TRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, organismo descentralizado del MINIS-TERIO DE SALUD y las Decisiones Administrativas Nros. 506 de fecha 2 de diciembre de 2009 y 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado el titular de dicha entidad ha remitido la información reque-rida en el artículo 1°, apartado I, del Anexo de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que en base a dicha información y a lo establecido en los artículos 1° y 6° de la Decisión Ad-ministrativa Nº 1126/12, procede asignar los cargos vacantes y financiados de la citada jurisdicción autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126/2012, el artículo 2° del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del INSTITUTO NACIONAL CEN-TRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, organismo descentralizado del MINIS-TERIO DE SALUD, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1126 del 8 de noviembre de 2012, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

MINISTERIO DE SALUD

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

Decisión Administrativa Nº 506/2009 y su modificatoria

Ubicación estructuralDenominación del Puesto de

trabajo o funciónNivel Agrupamiento Total

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION SOCIAL Asistente Administrativo GENERAL D 1

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION SOCIAL Auxiliar Administrativo GENERAL E 2

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION SOCIALResponsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION SOCIALProfesional en Comunicación Social

PROFESIONAL C 1

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION SOCIAL - PRENSAProfesional en Comunicación Social

PROFESIONAL C 2

DEPARTAMENTO DE INFORMATICAAsistente de Soporte Informático a Usuarios

GENERAL D 1

DEPARTAMENTO JURIDICO Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION CIENTIFICO TECNICA Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION CIENTIFICO TECNICA Auxiliar Administrativo GENERAL E 1

DIRECCION CIENTIFICO TECNICAResponsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Responsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

Auxiliar Administrativo GENERAL E 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

Auxiliar de Limpieza GENERAL F 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

Auxiliar de Mantenimiento GENERAL F 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

Profesional en Gestión Presupuestaria

PROFESIONAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

Responsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Profesional en Gestión del Personal

PROFESIONAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Responsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DIRECCION DE ADMINISTRACION - TESORERIAResponsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

Ubicación estructuralDenominación del Puesto de

trabajo o funciónNivel Agrupamiento Total

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE CELULAS PROGENITORAS HEMATOPOYETICAS-DEPARTAMENTO CIENTIFICO ASISTENCIAL

Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CELULAS PROGENITORAS HEMATOPOYETICAS - DEPARTAMENTO CIENTIFICO ASISTENCIAL

Responsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CELULAS PROGENITORAS HEMATOPOYETICAS - DEPARTAMENTO TECNICO ADMINISTRATIVO

Profesional en Atención al Donante de Células Progenitoras Hematopoyéticas

PROFESIONAL C 1

DIRECCION MEDICA Asistente Administrativo GENERAL D 1

DIRECCION MEDICAResponsable de Area Administrativa

GENERAL C 2

UNIDAD DIRECTORIOResponsable de Area Administrativa

GENERAL C 1

Total general 31

e. 13/02/2013 Nº 6935/13 v. 13/02/2013#F4412935F#

#I4412940I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 346/2013

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente Nº 5843/11/INCAA, las Resoluciones Nº 2260/11, y 915/12/INCAA; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución Nº 2260/11/INCAA se ha llamado a dos Concursos anuales para la pro-ducción de SEIS (6) Largometrajes de Ficción para Primeras obras cinematográficas, seleccionán-dose en cada llamado TRES (3) Proyectos Ganadores y TRES (3) Proyectos Suplentes.

Que por la Resolución Nº 915/12/INCAA se declaró a los ganadores y suplentes del 1° llamado del mencionado Concurso, siendo el proyecto “FUEGO EN EL HORIZONTE”, de Dan Eleazar GUE-LLER, Suplente del mismo.

Que la mencionada designación se hizo dentro de lo dispuesto en el propio llamado a Concurso.

Que por nota presentada con fecha 25 de enero de 2013, el presentante Dan Eleazar GUELLER, ha manifestado su voluntad de renunciar a la suplencia del 1° llamado al concurso antes mencio-nado.

Que por lo tanto corresponde dictar resolución.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Dése por renunciado al proyecto “FUEGO EN EL HORIZONTE”, de Dan Eleazar GUELLER, como Suplente del 1° llamado a Concurso para la producción de SEIS (6) Largometrajes de Ficción para Primeras obras cinematográficas, convocado por la Resolución Nº 2260/11/INCAA.

ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese. Dése a la Dirección Na-cional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 13/02/2013 Nº 6940/13 v. 13/02/2013#F4412940F#

#I4412941I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 329/2013

Bs. As., 5/2/2013

VISTO los Expedientes Nº 3468/2012/INCAA y 9085/2012/INCAA, y la Resolución Nº 1445/2012/INCAA y la Resolución Nº 2001/2012/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 1445/12/INCAA se llamo a Concurso para la producción de VEINTICUA-TRO (24) TELEFILMS a razón de UN (1) TELEFILM por provincia y UNO (1) por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacio-nal, provincial y regional.

Que la mencionada Resolución establece que la Presidenta del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales nombrara un Jurado que estará conformado por personalidades de reconocida trayectoria en la actividad televisiva y/o cultural.

Que la Presidenta del INCAA recomienda designar como jurado titular del mencionado Concur-so al señor Cristian JURE, D.N.I. Nº 21.774.763; al señor Gustavo ALONSO, D.N.I. Nº 20.518.965; al señor Osvaldo DAICICH, D.N.I. Nº 22.410.131; al señor Gustavo RUSSO, D.N.I. Nº 23.124.674; al señor Fernando Gabriel TORRILLATE, D.N.I. Nº 20.203.285; al señor Enrique MASLLORENS, D.N.I. Nº 4.555.007; al señor Miguel RODRIGUEZ ARIAS, D.N.I. Nº 4.514.423; al señor Marcelo ALLENDE, D.N.I. Nº 17.344.273; al señor Rolando PARDO D.N.I. Nº 11.834.192; a la señora Aldana LOISEAU D.N.I. Nº 26.364.587; al señor Diego FLORES D.N.I. Nº 18.592.807; al señor Marcelo LARA D.N.I. Nº 13.951.825; al señor Pablo FEULLIADE D.N.I. Nº 17.799.694; al señor Juan Manuel LAPROVITTA D.N.I. Nº 30.142.873; al señor Javier LOPEZ ACTIS D.N.I. Nº 17.221.283; al señor Sergio CAPUA D.N.I. Nº 13.687.733 y el señor Carlos CACERES D.N.I. Nº 21.627.822.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/2012 y sus modificatorias y la Resolución 1445/2012.

Page 23: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 23Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Desígnese como JURADOS TITULARES del llamado a Concurso por Resolu-ción Nº 1445/2012/INCAA “Concurso Telefilms” a los señores/as:

1. Cristian JURE, D.N.I. Nº 21.774.763

2. Gustavo ALONSO, D.N.I. Nº 20.518.965

3. Osvaldo DAICICH, D.N.I. Nº 22.410.131

4. Gustavo RUSSO, D.N.I. Nº 23.124.674

5. Fernando Gabriel TORRILLATE, D.N.I. Nº 20.203.285

6. Enrique MASLLORENS, D.N.I. Nº 4.555.007

7. Miguel RODRIGUEZ ARIAS, D.N.I. Nº 4.514.423

8. Marcelo ALLENDE, D.N.I. Nº 17.344.273

9. Rolando PARDO, D.N.I. Nº 11.834.192

10. Aldana LOISEAU, D.N.I. Nº 26.364.587

11. Diego FLORES, D.N.I. Nº 18.592.807

12. Marcelo LARA, D.N.I. Nº 13.951.825

13. Pablo FEULLIADE, D.N.I. Nº 17.799.694

14. Juan Manuel LAPROVITTA, D.N.I. Nº 30.142.873

15. Javier LOPEZ ACTIS, D.N.I. Nº 17.221.283

16. Sergio PACUA, D.N.I. Nº 13.468.733

17. Carlos CACERES, D.N.I. Nº 21.627.822

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 13/02/2013 Nº 6941/13 v. 13/02/2013#F4412941F#

#I4412946I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 303/2013

Bs. As., 29/1/2013

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), los Decretos 1536/02 y 796/12, y las Resoluciones Nº 1810/11/INCAA, 2203/11/INCAA, 1314/12/INCAA, 1315/12/INCAA y 151/13/INCAA; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones Nº 2203/11/INCAA y 151/13/INCAA, se reguló el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición y créditos para la producción de películas naciona-les de largometraje.

Que por Resolución Nº 1810/11/INCAA se creó el Comité de Clasificación de Películas Termina-das, integrado por CINCO (5) miembros, seleccionados entre los productores, directores, guionistas cinematográficos, actores y técnicos.

Que en virtud de lo expuesto se hace necesario la designación de los miembros que integrarán dicho Comité.

Que el Director Néstor MONTALBANO, DNI 14.422.176, la Directora Ana KATZ, DNI 24.923.003, el Productor Luis SARTOR, DNI 11.628.240, el Técnico Luciano BERTONE, DNI 23.262.891 y el Ac-tor Juan Carlos RICCI, DNI 8.400.908, cumplen con los requisitos de admisibilidad a los fines de la integración del Comité de Clasificación de Películas Terminadas.

Que los miembros del Comité de Clasificación de Películas Terminadas a designar por la pre-sente, sesionarán durante el período de SEIS (6) meses, a partir del momento de su designación, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, sin relación de dependencia con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, bajo la modalidad de contrato de locación de obra, vencido dicho plazo cesarán en su cargo.

Que los miembros a designar en el Comité mencionado, fueron evaluados y aprobados por el Consejo Asesor que se encuentra en funciones por Decreto Nº 796/12.

Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha tomado intervención en el marco de las competencias asignadas per la Ley Nº  17741 (t.o. 2001).

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3° inciso e) y del artículo 30° último párrafo de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001).

Por ello,

LA PRESIDENTADEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Desígnase como miembros del Comité de Clasificación de Películas Termina-das al Director Néstor MONTALBANO, DNI 14.422.176, la Directora Ana KATZ, DNI 24.923.003, el

Productor Luis SARTOR, DNI 11.628.240, el Técnico Luciano BERTONE, DNI 23.262.891 y el Actor Juan Carlos RICCI, DNI 8.400.908, quienes sesionarán durante el período de SEIS (6) meses a partir de su designación y cesarán en sus funciones vencido dicho plazo.

ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 13/02/2013 Nº 6946/13 v. 13/02/2013#F4412946F#

#I4412948I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Ju-rídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Hua CHEN, con DNI 94.015.324, la Apertura de Sumario dispuesta en el Expediente CUDAP Nº 5455/2011, que en su parte perti-nente dice: “Buenos Aires, 29 de agosto de 2011. VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 2/3, de fecha de 18/03/2011, en el cual el funcionario interviniente constató que la siguiente persona extranjera: Angel Javier MORA TABOADA, de nacionalidad paraguaya, se encontraba trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Hua CHEN, DNI 94.015.324, con domicilio en Bulnes Nº 1683 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder” Fdo. Darío Santiago FERNANDEZ - A/C DEL DPTO. DE INFRACCIONES Y EJECUCIONES FISCALES DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.- “Buenos Aires, 18 de Diciembre de 2012. Atento el estado de las presentes actua-ciones, notifíquese al sumariado Hua CHEN, DNI 94.015.324, la Apertura de Sumario dispuesta en el Expediente CUDAP Nº 5455/2011, dispuesta a fojas 17 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo.: Darío Santiago FERNANDEZ A/C DEL DPTO. DE INFRACCIONES Y EJECUCIONES FISCALES DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES”. — Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 13/02/2013 Nº 6948/13 v. 13/02/2013#F4412948F#

#I4412950I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurí-dica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Yujiao ZENG, con DNI 94.114.192, la apertura del sumario dispuesta en el Expediente DNM Nº 3335/2011, que dice: “Buenos Aires, 17 de mayo de 2011. VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 4/5, de fecha de 15/02/2011, en el cual el funcionario interviniente constató que las siguientes personas extran-jeras: 1) Fidel Gregory CASTRO ROCHA, y 2) Ruth Milka CASTRO ROCHA, ambos de nacionalidad boliviana, se encontraban trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Yujiao ZENG, DNI 94.114.192, con domicilio en Boyacá Nº 526, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. Fdo. Dr. Darío Santiago Fer-nández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.”; “Buenos Aires, 17 de enero de 2013.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Yujiao ZENG, D.N.I. Nº 94.114.192, la Apertura de sumario, obrante a fojas 21, median-te la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo.: Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones”. — Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 13/02/2013 Nº 6950/13 v. 15/02/2013#F4412950F#

#I4412936I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución Nº 460/2012

Bs. As., 27/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0399391/2007 y su agregado sin acumular Nº S01:0399394/2007 ambos del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa AGRISEED S.A., ha solicitado la inscripción de las creaciones fitogenéticas de soja DALIA 620 y DALIA 780, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley Nº 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 13 de noviembre de 2012, según Acta Nº 397, ha tomado la intervención de su competencia.

Page 24: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 24Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-

nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de soja DALIA 620 y DALIA 780, solicitada por la empresa AGRISEED S.A.

ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 13/02/2013 Nº 6936/13 v. 13/02/2013#F4412936F#

#I4412783I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº  1656, Capital Federal, notifica que por medio de las disposiciones Nros. 2187/12, 2186/12, 1820/12, 1724/12, 1837/12, 402/12, 1818/12, 2189/12, 2181/12, 2183/12, 2184/12 y 1745/12; se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descar-gos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1° inciso e) apartado Nº 8 de la Ley Nº 19.549 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: “MUTUAL DE PROPIETARIOS DE CAMIONES Y UTILITARIOS, Matrícula CF 2521; PRES-TAR COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA, Matrícula 22.404; ASOCIA-CION MUTUAL DE EMPLEADOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE CHACO, Matrícula Chaco 107, MUTUAL LA PIEDAD DE EMPLEADOS Y OBREROS DE EMPRESAS FUNEBRES, Matrícula TUC 398; ASOCIACION MUTUAL DARDO ROCHA “ALPES DEL SUR, Matrícula CF 2569; ASOCIACION MUTUAL DE PROPIETARIOS DE AUTOS REMISES, Matrícula BA 2533, COOPERATIVA DE TRABA-JO “CONSTRUCCIONES GENERALES” LIMITADA, Matrícula 20.181; COOPERATIVA DE VIVIEN-DA, CREDITO Y CONSUMO AVENIDA RIVADAVIA LIMITADA, Matrícula 20.772, COOPERATIVA DE VIVIENDA CENTENARIO URUGUAYO LIMITADA, Matrícula 37.245; COOPERATIVA DE CREDITO ARCOIRIS CRED LIMITADA, Matrícula 23.355, ARGENCREDITO COOPERATIVA DE CREDITO, VI-VIENDA Y CONSUMO LIMITADA, Matrícula 33.731; ASOCIACION MUTUAL NORTE BENEFICIOS, Matrícula SE 132” en los expedientes por los que se tramitan sus respectivos sumarios y por su or-den se indican: (Exptes. Nº 663/11, 5893/12, 5044/04, 662/11, 6158/09, 2153/08, 1680/10, 5777/12, 2120/11, 5831/12, 5943/12, 733/09).

De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº 1759/72. El presente deberá publicarse por TRES (3) DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). — Dra. MELINA GUASSARDO, Instructora Sumariante, INAES.

e. 13/02/2013 Nº 6783/13 v. 15/02/2013#F4412783F#

#I4412785I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-grano Nº 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las providencias Nº 15/13, 16/13, 17/13 se ha resuelto dar por decaídos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1° inciso e) apartado Nº 8 de la Ley Nº 19549/72 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: ASOCIA-CION MUTUAL SOLIDARIDAD VECINAL (Mat. CF 1543, Expte: 1711/05, ASOCIACION MUTUAL DE CORREDORES Y SUPERVISORES SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL VIUDA DE CANALE E HIJOS (Mat. CF 405, Expte: 1415/05), ASOCIACION MUTUAL GENERACION 2000 (Mat. CF 921, Expte: 1394/05). De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto Nº 1759/7 EL presente edicto se deberá publicar por TRES DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). — Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 13/02/2013 Nº 6785/13 v. 15/02/2013#F4412785F#

#I4413486I#COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA

Resolución Nº 6/2013

Bs. As., 5/2/2013

VISTO:

1.- Las evaluaciones realizadas por ambas delegaciones en cuanto al estado de situación del costo del peaje en el canal Martín García.

2.- La evolución de los costos involucrados en las tareas de mantenimiento, dragado, señaliza-ción y administración del canal Martín García.

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar el valor del peaje, ajustándolo a las condiciones actuales.

Por ello,

LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aumentar a partir del 1 de marzo del año en curso la tarifa del peaje actualmen-te vigente para la navegación del Canal Martín García elevándola a 2,25 dólares estadounidenses por Tonelada de Registro Neto.

ARTICULO 2° — Instruir a las Secretarías Administrativa y Técnica para que realicen la publica-ción de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay, así como en dos diarios de circulación nacional de cada uno de los Estados de las nuevas tarifas que deberán pagar los usuarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4.3 del REMAGA.

ARTICULO 3° — Comuníquese y archívese. — Embajador GONZALO KONCKE, a/c Presidente, Comisión Administradora del Río de la Plata. — Consejero JAVIER E. BINAGHI, a/c Vicepresidente, Comisión Administradora del Río de la Plata. — C/N (R) RUBÉN O. TORRES, Secretario Administra-tivo, Comisión Administradora del Río de la Plata.

e. 13/02/2013 Nº 7486/13 v. 13/02/2013#F4413486F#

Page 25: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 25

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4412138I#PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS

DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS

La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA a la firma EL PATACON S.A., sin domicilio registrado ante esta Autoridad Marítima y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre el buque motor “ARCOS” (Mat. 01092) de bandera argentina, que se encuentra amarrado en segunda andana, frente al muelle del Astillero RIOPAL S.A., a la altura del Km. 71 del Rio Paraná, sobre su margen derecha, que acorde Disposición DJPM, DV1 Nº 02/2013, deberán proceder a la extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace, dentro de un plazo de SESENTA Y UN (61) días corridos, contados a partir de la publicación del presente edicto y finalizar en el plazo total de SE-SENTA Y UN (61) días corridos contados a partir de la iniciación de los trabajos, haciéndole saber en el mismo acto que en caso de incumplimiento de uno u otro plazo, se procederá acorde los tér-minos del artículo 17 bis de la Ley Nº 20.094 (modificada por Ley Nº 26.354 ), debiendo informar a la Prefectura Escobar, el comienzo de los trabajos. Se les notifica asimismo, que les asiste el derecho de hacer abandono del buque a favor del Estado Nacional —Prefectura Naval Argentina— de con-formidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: LUIS ALBERTO HEILER - Prefecto General - PREFECTO NACIONAL NAVAL. — ROBERTO H. TABIERES, Ayudante Mayor, Encargado División Buques Náufragos e Inactivos.

e. 07/02/2013 Nº 6138/13 v. 13/02/2013#F4412138F#

#I4412249I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Ju-rídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Clemente MAMANI TININI, con DNI 94.068.230, la apertura del sumario dispuesta en el Expediente CUDAP Nº 5835/2011, que dice: “Buenos Aires, 1 de septiembre de 2011. VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 5/7., de fecha de 22/03/2011, en el cual el funcionario interviniente constató que las siguientes personas extranjeras: Doclicio BOHORQUEZ BAUTISTA, Israel Robert QUISPE QUISPE, Jhony IGNACIO PUSARICO, Reyna MAMANI QUISPE, Imelda GUARACHI ZAMORA, Lourdes Mi-rian ARGOLLO LOBO y Erica ARGOLLO LOBO, todos de nacionalidad boliviana, se encontraban trabajando y/ alojados “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Clemente MAMANI TININI, DNI 94.068.230, con domicilio en Barzana Nº 1236 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a Paulino QUISPE CUENTAS , D.N.I 92.653.092 con domicilio en Barzana Nº 1253 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.”; “Buenos Aires, 17 de Enero de 2013.-Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado, Clemente MAMANI TININI, con DNI 94.068.230, la apertura del sumario obrante a foja 41 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.”

Dr. GUILLERMO MAZARS, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transpor-te, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 07/02/2013 Nº 6249/13 v. 13/02/2013#F4412249F#

#I4412427I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolu-ciones Nros.: 8250; 8251; 8252; 8253; 8254; 8255; 8256; 8257; 8258; 8259; 8260; 8261; 8162; 8263; 8264; 8266; 8267; 8268 y 8269/12-INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIO-NAR a las siguientes cooperativas, respectivamente: “UNION TAMBERA COOPERATIVA LTDA.” (m. 637); COOP. DE TAMBEROS DE ALGARROBAL LTDA. (m. 1082); COOP. DE CONSUMO PERSONAL CELULOSA ARGENTINA ANDINO LTDA. (m. 2400); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “UNION Y FE” LTDA. (m. 14994); “AGROPECUARIA CAMPO ANDINO” COOPERATIVA LTDA. (m. 2361); COOP. TAMBERA LTDA. FIVES LILLE (m. 1481); COOP. LTDA. DE PADRES DEL INSTITU-TO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA “GENERAL SAN MARTIN” DE SAN JORGE (m. 2365); COOP. AGROPECUARIA VILLA OCAMPO LTDA. (m. 2234); COOP. FEDERAL AGRICOLA GANADERA SAN-TA TERESA LTDA. (m. 1488); COOP. DE TRABAJO DE MULTIPLES EMPRENDIMIENTOS “UBAJAY” LTDA. (m. 27266); SOCIEDAD COOPERATIVA DE TAMBEROS LTDA. “LOS SALADILLOS” (m. 2137); SOCIEDAD COOPERATIVA TAMBERA LTDA. “SARMIENTO NORTE” (m. 1525); COOP. ELECTRICA LTDA. DE ESMERALDA (m. 835); COOP. DE TAMBEROS DE CHAÑAR LADEADO LTDA. (m. 1523); SOCIEDAD COOPERATIVA DE ENERGIA LTDA. DE SAN JOSE (m. 4601); COOP. DE VIVIENDA ES-PERANZA CALLE HUNGRIA LTDA. (m. 14976); COOP. TAMBERA DE COLONIA LA BLANCA LTDA. (m. 1360); COOP. LECHERA LTDA. “GENERAL SAN MARTIN” (m. 2061); COOP. AGRICOLA FEDE-RAL LTDA. DE SAN JOSE DE LA ESQUINA (m. 93). Las entidades mencionadas precedentemente tienen su domicilio legal en la provincia de Santa Fe. Por Resoluciones Nros.: 8270; 8271; 8272; 8273; 8274; 8275; 8276; 8277 y 8278/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO AGRICO-LA GRANJERA “EL JARDIN” LTDA. (m. 14962); COOP. DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS “MAILIN” LTDA. (m. 20495); COOP. DE TRABAJO “INDEPENDENCIA” LTDA., (m. 18986); COOP. DE CONSUMO ÑUÑORCO LTDA. (m. 2408); COOP. DE TRABAJO LA FRONTERITA LTDA. (m. 18987); COOP. DE TRABAJO “LA NORTEÑA” LTDA. (M. 26561); COOP. DE TRABAJO “LA TAFICEÑA” LTDA. (m. 19507); COOP. DE TRABAJO DE AUTO REMIS Y CARGA EN GENERAL “COOTUF” LTDA. (m. 18990); COOP. AGROPECUARIA “COPRASI” LTDA. (m. 23002). Las precedentemente nombradas pertenecen a la provincia de Tucumán. Por Resoluciones Nros.: 8284; 8285 y 8286/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO RECTIFICADORA SAN FERNANDO LTDA. (m. 7901); COOP. DE

PROVISION DE SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS DE TINOGASTA (CO.S.SA.TI.) LTDA., (m. 18994); COOP. DE PROVISION PARA MATARIFES, CARNICEROS Y ABASTECEDORES DE GANADO ME-NOR Y MAYOR DE CATAMARCA LTDA. (m. 28530). Las últimas mencionadas pertenecen a la pro-vincia de Catamarca. Por Resoluciones Nros.: 8288 y 8289/12-INAES, a: COOP. DE TRABAJO Y CONSUMO “ADULAM” LTDA., (m. 31127); COOP. BIOQUIMICA DEL NOROESTE DEL CHUBUT DE PROVISION, VIVIENDA Y CONSUMO LTDA., (m. 12717); ambas con domicilio legal en la provincia de Chubut. Por Resolución Nº 8328/12-INAES, a la COOP. APICOLA EL SAUZAL LTDA. (m. 22652) con domicilio legal en la provincia de Chaco. Por Resolución Nº 8329/12-INAES a la COOP. DE TRA-BAJO DE FLETES “EL ÑANDU” LTDA. (m. 14975), con domicilio legal en la provincia de Santa Cruz. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, inc. b), c) y d) —30 días—), Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. Nº 1.749/72, t.o. 1991 —10 días—). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1759/72, t.o. 1991 —15 días—). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. 1759/72, t.o. 1991 —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales para aquellas entidades que les corresponden por derecho en razón de la distancia que supere los 200 kms desde al asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 40 y 42 del Dto. Nº 1759/72, t.o. 1991) — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 08/02/2013 Nº 6427/13 v. 14/02/2013#F4412427F#

#I4412429I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, NOTIFICA Que: En el Expte. Nº 748/00 recayó la RESOLUCION Nº 7569 de fecha 27/12/12 que en lo sustancial expresa: “ART. 1º.- Dése por concluida la liquidación extrajudicial de la ASOCIACION MUTUAL DEL PERSO-NAL DE LAS EMPRESAS HABLO S.R.L. - CAÑADENSE S.A. - GRAL. URQUIZA S.R.L. - SIERRAS DE CORDOBA S.A. “en liquidación”, matr. 532, provincia de Santa Fe, que fuera dispuesta por Re-solución Nº 1262/08-INAES. ART. 2º.- Cancélase del Registro Nacional de Mutualidades la matrícula 532 de la provincia de Santa Fe correspondiente a la entidad mencionada en el Art. 1º.”. En el Expte. Nº 1817/03 recayó la RESOLUCION Nº 7570 de fecha 27/12/12 que en lo sustancial expresa: “ART. 1º.- Déjase sin efecto la designación del Dr. Hugo Mariano YAGÜE (DNI Nº 16.576.689) como Liqui-dador de la ASOCIACION MUTUAL PERSONAL DE ZONA SANITARIA Nº 7 “en liquidación”, matr. 441, provincia de Córdoba. ART. 2º.- Desígnase Liquidadora en la entidad mencionada en el Art. 1º a la Dra. Lidia Beatriz MANZANERO (DNI Nº 12.944.788) quien ejercerá las facultades que el esta-tuto social y la legislación vigente confieren al Consejo Directivo, Junta Fiscalizadora y Asamblea de Asociados en estado de liquidación, de conformidad a lo establecido en la Resol. Nº 119/88-ex INAM y bajo las previsiones del Art. 15 de la Ley Nº 20.321.”. En el Expte. Nº 3041/03 recayó la RESOLUCION Nº 7571 de fecha 27/12/12 que en lo sustancial expresa: “ART. 1º.- Déjase sin efecto la designación del Dr. Hugo Mario YAGÜE (DNI Nº 16.576.689) como liquidador de la ASOCIACION MUTUAL VIRGEN DE LOURDES “en liquidación”, matr. 271, provincia de Córdoba. ART. 3º.- Desíg-nase Liquidadora en la entidad mencionada en el Art. 1º a la Dra. Lidia Beatriz MANZANERO (D.N.I. Nº 12.944.788), quien ejercerá las facultades que el estatuto social y la legislación vigente confieren al Consejo Directivo, Junta Fiscalizadora y Asamblea de Asociados en estado de liquidación, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº 119/88-ex INAM y bajo las previsiones del Art. 15 de la Ley Nº 20.321.”. En el Expte. Nº 2756/00 recayó la RESOLUCION Nº 7574 de fecha 27/12/12 que en lo sustancial expresa: “ART. 1º.- Dispónese la liquidación extrajudicial de la ASOCIACION COSMOPOLITA DE SOCORROS MUTUOS “BUENOS AIRES”, matr. 23, Ciudad A. de Buenos Aires. ART. 2º.- Encomiéndase a la Secretaría de Contralor que designe a la persona que habrá de desem-peñarse como liquidador en la entidad mencionada en el Art. 1º...”. Quedan debidamente notifica-das conforme a lo previsto por el Art. 42 del Dto. Nº 1.759/72 (t.o. 1.991) — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 08/02/2013 Nº 6429/13 v. 14/02/2013#F4412429F#

#I4412431I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Re-soluciones Nºs:. 8306; 8307; 8308; 8309 y 8310/12-INAES, se ha resuelto RETIRAR LA AUTORI-ZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes cooperativas, respectivamente: COOP. REGIONAL AGRICOLA GANADERA DE GENERAL PICO LTDA. (m. 2201); COOP. DE TAMBEROS LECHEROS Y AFINES LTDA. (m. 2256); COOP. AGROPECUARIA CALEUFU LTDA. (m. 2023); COOPERATIVA AGRICOLA GANADERA LTDA. DE JACINTO ARAUZ (m. 1094); “UNION AGRARIOS” SOCIEDAD COOPERATIVA GRANJERA LTDA. (m. 1458). Las entidades citadas precedentemente tienen el domicilio legal en la provincia de La Pampa. Por Resoluciones Nºs.: 8293 y 8294/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO DON LLAVE LTDA. (m. 19000); COOP. DE PROVISION DE SER-VICIOS TURISTICOS “EL MONJE” LTDA. (m. 23.012), ambas con domicilio legal en la provincia de La Rioja. Por Resoluciones Nºs.: 8311 y 8312; 8313; 8314 y 8315/12-INAES, a las siguientes: UNION COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES LTDA. “UCEM” (m. 4646); COOP. DE TRABAJO “LOS CONDORES” LTDA. (m. 25033); COOP. GENERAL DE TRABAJO LTDA. (14982); COOP. VITIVINICOLA, HORTICOLA, FRUTICOLA, OLIVICOLA, APICOLA, GANADERA Y DE CON-SUMO “VIÑAS DE MEDRANO” LTDA. (m. 19437); COOP. DE ALMACENEROS MINORISTAS Y ANEXOS DE MENDOZA LTDA. (m. 2331). Estas registran el domicilio legal en la provincia de Mendoza. Por Resoluciones Nºs.: 8316; 8317; 8318; 8319; 8320; 8321; 8322 y 8323/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO COLONIA 9 DE JULIO LTDA. (m. 7961); COOP. DE TRABA-JO OBRAJERO “EL REVIRO” LTDA. (m. 7951); COOP. DE TRABAJO MADERERA SANTO PIPO LTDA. (m. 7959); COOP. DE TRABAJO DE CONFECCIONES Y ARTESANIAS REGIONALES 17 DE NOVIEMBRE LTDA. (m. 7952); COOP. DE PLANTADORES DE YERBA DULCE DE COLONIA ACA-RAGUA LTDA. (m. 20498); COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS “VILLALONGA” DE GARUPA LTDA. (M. 7955); COOP. DE TRABAJO DE CONFECCIONES Y ARTESANIAS REGIONALES SAPUKAY LTDA. (m. 7967); COOP. AGRICOLA INDUSTRIAL “AZARA” LTDA. (m. 7970). Las últimas nombra-das con domicilio legal en la provincia de Misiones Por Resoluciones Nºs.: 8295; 8296; 8297 y 8298/12-INAES, a las siguientes: COOP. FRUTICOLA Y DE CONSUMO “VALLE DE ORO” LTDA. (m. 2270); COOP. DE TRABAJO “CONSTITUCION Y DIGNIDAD” LTDA. (m. 25256); COOP. AGRI-COLA, GANADERA, APICOLA Y GRANJERA DEL VALLE DE CONESA LTDA. (m. 20500); COOP. DE VIVIENDA NEHUEN LTDA. (m. 30265). Estas últimas con domicilio legal en la provincia de Río Negro. Por Resoluciones Nºs.: 8324 y 8325/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO EMPRENDIMIENTOS TURISTICOS PARA EL CONO SUR LTDA. (m. 21022); COOP. DE PROVI-SION DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS “EL EXPRESO DEL NORTE” LTDA. (m. 24739). Ambas citadas con domicilio legal en la provincia de Salta. Por Resoluciones Nºs.: 8299; 8300 y 8301/12-INAES a las siguientes: COOP. PROVISION PARA INDUSTRIALES METALURGICOS DE CUYO LTDA. (“CUYOCIM - LTDA.”) (m. 7979); COOP. DE VIVIENDA LA AMISTAD LTDA. (m. 7993); COOP. AGROPECUARIA Y DE CONSUMO “PROAJO” LTDA. (m. 28545). Las precitadas con domi-cilio legal en la provincia de San Juan. Por Resoluciones Nºs.: 8302; 8303; 8304 y 8305/12-INAES, a las siguientes: COOP. APICOLA AGROPECUARIA LA FLOR AZUL LTDA. (m. 22575); COOP. DE TRABAJO DE RADIODIFUSION TROPILATINA LTDA. (m. 21030); COOP. DE SERVICIOS ASIS-

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 26TENCIALES LIBERTAD LTDA. (m. 28745); COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS BANDERA LTDA. (m. 4382). Las últimas nombradas con domicilio en la provincia de Santiago del Estero. Por Re-soluciones Nºs.: 8290; 8326 y 8327/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE CONSUMO Y VIVIEN-DA PATAGONICA LTDA. (m. 10393); COOP. DE TRABAJO MALVINAS ARGENTINAS LTDA. (m. 14.993); COOP. DE TRABAJO Y CONSUMO PARA SERVICIOS PORTUARIOS LTDA. - LA NUEVA PROVINCIA (m. 14206). Las precedentemente mencionadas con domicilio legal en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. Nº 1.759/72, t.o. 1.991, —10 días—). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1.759/72, t.o. 1.991, —15 días—). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72, t.o. 1.991, —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales para aquellas en-tidades que les corresponde por derecho en razón de la distancia que supere los 200 kms desde el asiento de esta Jurisdicción. Quedan las entidades antes nombradas debidamente notificadas (Art. 42 del Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1.991). — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 08/02/2013 Nº 6431/13 v. 14/02/2013#F4412431F#

#I4412433I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolu-ciones Nros.: 8129; 8130; 8131; 8132; 8133; 8134; 8135; 8136; 8137; 8138; 8139; 8140; 8141; 8142; 8143; 8144; 8145; 8146; 8147; 8148; 8149; 8150; 8151; 8152; 8153; 8154; 8155; 8156; 8157; 8158; 8159; 8160; 8161; 8162; 8163; 8164; 8165; 8166; 8167; 8168; 8169; 8170; 8171; 8172; 8173; 8174; 8175; 8176 y 8177/12-INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las si-guientes cooperativas, respectivamente: COOP. DE VIVIENDA “TANGO ABASTO” LTDA. (m. 27504); COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PERMISIONARIOS DEL CENTRO DE ABASTECIMIEN-TO MUNICIPAL Nº 107 “VILLA DEL PARQUE” LTDA. (m. 12806); COOP. DE TRABAJO COOPERATI-VA ARGENTINA DE MANDATARIOS COMISIONISTAS, GESTORES Y TRANSPORTISTAS LTDA. “HN SIGLOXXI” (m. 33553); COOP. DE TRABAJO CORDOBA LTDA., (m. 14986); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LTDA. “CASA PROPIA AHORRO Y BIENESTAR” (C.A.P.A.Y.B.I.) (m. 4937); “MITRAL” COOP. DE TRABAJO LTDA. (m. 18.995); COOP. DE TRABAJO GRAFICA ARGENTINA LTDA. (m. 33413); COOP. DE TRABAJO LINES LTDA. (m. 28771); COOP. DE TRABAJO VAMOS LTDA., (m. 23004); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO COMERCIAL LTDA., (18993); COOP. DE TRABAJO LITORAL DEL RIO GUALEGUAY LTDA. (m. 25968); COOP. DE CREDITO “4 DE LINEA” LTDA. (m. 19607); COOP. DE CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE Y TURISMO “EL NUEVO ALPINO” LTDA. (m. 33522); COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PRODUCTORES RURALES “YANGUYO” LTDA. (m. 32817); “ALIMAC” COOP. DE TRABAJO LTDA., (m. 18996); COOP. DE TRABAJO LOS ANDES LTDA., (m. 26174); COOP. DE VIVIENDA ARENAS BLANCAS LTDA. (m. 25978); COOP. DE TRABAJO GRAFICA BARRACAS LTDA., (m. 33686); COOP. DE TRABAJO “ALTERNATIVA” LTDA., (m. 14489); COOP. DE TRABAJO “MI VIVIENDA” LTDA. (m. 18998); COOP. DE TRABAJO, VIVIENDA, CONSUMO CONSTRUIR LTDA. (m. 14978); COOP. DE TRABAJO LA INTERNACIONAL LTDA. (m. 23005); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO CREDIMIA LTDA. (m. 16637); COOP. DE CREDITO FINACER LTDA. (m. 24332); COOP. DE TRABA-JO VILLA SOLDATI LTDA. (m. 31664); COOP. DE TRABAJO OBRA DEL ZENTA LTDA. (m. 22764); COOP. DE TRABAJO VIAL LTDA. (COOTRAVI) (m. 9917); COOP. DE VIVIENDA LA CIGARRA LTDA. (m. 32313); COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PROFESIONALES EN VIGILANCIA Y SE-GURIDAD PRIVADA “PRETORIANOS” LTDA. (“PRETORIANOS” COPSPVYSPL) (m. 28785); COOP. DE TRABAJO SUPERAR LTDA. (m. 14290); COOP. DE CREDITO “SAN JORGE” LTDA. (m. 19869); COOP. DE VIVIENDA GESTARSE LTDA. (m. 27714); COOP. DE TRABAJO DISTRIBUIDORA DE DIA-RIOS Y REVISTAS CASEROS LTDA. (m. 17606); COOP. DE CONSUMO, VIVIENDA, CREDITO Y SERVICIOS SOCIALES DEL PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILI-TARES LTDA. (m. 11926); COOP. DE CREDITO Y CONSUMO FINANCIAR LTDA. (m. 17137); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO CONFINPLA LTDA. (m. 21969); COOP. DE TRABAJO PANI-FICADORA “EL TRIUNFO” LTDA. (m. 27580); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MARLI LTDA. (m. 35281); COOP. DE VIVIENDA “EL HORNERO” LTDA. (m. 25967); COOP. FAMILIAR DE LA VIVIENDA LTDA. (COFAVI) (m. 8457); COOP. AGROPECUARIA UNION CEREALISTA LTDA. (m. 24567); COOP. DE PROVISION, VIVIENDA Y CONSUMO PARA CHATARREROS “CHATAR” LTDA. (m. 23694); COOP. DE VIVIENDA “EL SEGUNDO PROPOSITO” LTDA. (m. 27.717); COOP. DE TRA-BAJO MEVYCON LTDA. (m. 27488); MOM COOP. DE VIVIENDA LTDA. (m. 27589); COOP. DE TRA-BAJO SERVICIOS DE LOGISTICA LTDA. (m. 21116); COOP. DE VIVIENDA LA RESISTENCIA LTDA. (m. 27594); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO NUEVO SOL LTDA. (m. 20205); COOP. DE CREDITO LA RIOPLATENSE LTDA. (m. 20894); Las cooperativas mencionadas precedentemente tienen su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resoluciones Nros.: 8192; 8193; 8194; 8195; 8196; 8197; 8198; 8199; 8200; 8201; 8102; 8103; 8204; 8205; 8206; 8207; 8208; 8209; 8210; 8211 y 8212/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE TRABAJO PRO-FORM LTDA. (m. 25069); COOP. GENERAL DE CONSUMOS DE DEVOTO LTDA. (m. 1663); COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PARA MICROEMPRENDEDORES CORDOBA SUQUIA LTDA. (m. 23610); COOPE-RATIVA DE TRABAJO PRODUCTORES DE SERREZUELA LTDA. (m. 25980); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LA PIRAMIDE LTDA., (m. 14990). COOP. DE TAMBEROS “LA UNION DE PACHECO DE MELO” LTDA. (M 1670); COOP. TAMBERA LTDA. “UNION DEL SUR” (m. 1526); COOP. DE TRABAJO LADRILLERA PIEDRA PINTADA LTDA. (m. 14987); SOCIEDAD COOP. DE PROVISION DE ELEMENTOS DE TRABAJO “EL TAXI” LTDA. (m. 2033); “COOP. DE TAMBEROS DE PAMPAYASTA NORTE LTDA.” (m. 1558); COOP. DE TAMBEROS “LA RINCONADA” LTDA. (m. 1540); COOP. DE TRABAJO RENGLON SEGUIDO LTDA. (m. 19617); COOP. DE TRABAJO SERVI-COOP LTDA. (m. 23009); “SOCIEDAD COOP. TAMBERA GRANJERA LTDA. DE GENERAL ROCA” (m. 1529); COOP. DE TRABAJO SOLIDARIA Y PARTICIPATIVA EL PORVENIR DE DEAN FUNES LTDA. (m. 23010); COOP. DE TRABAJO ATENCION, SALUD Y AMOR LTDA. (m. 28748); COOP. DE TRABAJO LA EMPRENDEDORA LTDA. (m. 28747); COOP. DE TAMBEROS “LA DEFENSA” LTDA. (m. 4483); COOP. LECHERA DE ALICIA LTDA. (m. 1156); COOP. TAMBERA GRANJERA LA ELISA DE CAMILO ALDAO LTDA. (m. 2375); COOP. DE VIVIENDA “RENACER” LTDA. (m. 14953). Las úl-timas entidades citadas con domicilio legal en la Provincia de Córdoba. Por Resoluciones Nºs.: 8279; 8280; 8281; 8182 y 8283/12-INAES, a las siguientes: COOP. DE VIVIENDAS DEL PUEBLO LTDA. (m. 7990); PROAS LTDA. COOP. DE TRABAJO DE PROFESIONALES ASOCIADOS (m. 15149); COOP. AGRICOLA “OCAVI” LTDA. (m. 611); COOP. AGROPECUARIA REGIONAL JUSTO JOSE DE URQUIZA LTDA. (m. 2299); COOP. APICOLA “NATURALEZA” LTDA. (m. 20501). Las mencionadas precedentemente con domicilio legal en la Provincia de Entre Ríos. Por Resoluciones Nros.: 8291 y 8292/12-INAES, a las siguientes: COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUIR LTDA. (m. 25972); COOP. DE TRABAJO SER-OBRAS LTDA. (m. 25971). Ambas últimas con domicilio legal en la Pro-vincia de Jujuy. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, inc. b), c) y d) —30 días—) Ley Nº 19.549). RECONSIDERA-CION (Art. 84, Dto. Nº 1.749/72, t.o. 1991 —10 días—). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1759/72, t.o. 1991, —15 días—). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. 1759/72, t.o. 1991, —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales para aquellas entidades que les corresponde por derecho en razón de la distancia que supere los 200 kms. desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 40 y 42 del Dto. Nº 1759/72, t.o. 1991) — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable del INAES.

e. 08/02/2013 Nº 6433/13 v. 14/02/2013#F4412433F#

ASOCIACIONES SINDICALES

#I4412968I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 68/2013

Otórgase al Sindicato de Trabajadores Municipales de Luján la personería gremial.

Bs. As., 5/2/2013

VISTO el Expediente N° 1.234.101/2007 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390 y Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LUJAN, con domicilio en Adolfo Alsina 968, de la Ciudad de Luján, Provincia de BUENOS AIRES.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 946 de fecha 18 de abril de 1988 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo N° 1436.

Que la entidad peticionó la personería gremial el 22 de agosto de 2007.

Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley 23.551.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido existen las siguientes entidades con personería gremial: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que del pedido de personería gremial se corrió traslado por 20 días a las entidades con personería gremial preexistente.

Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION se presentó formulando oposición en virtud de lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento del padrón.

Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se presentó manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden, no obstante el otor-gamiento de nuevas personerías en determinados sectores o dependencias del Estado.

Que de ambas presentaciones se corrió traslado a la peticionante por el término de 5 días.

Que la requirente contestó el traslado conferido peticionando que a fin de efectuar cotejo de repre-sentatividad se designe audiencia a celebrarse en dependencias de la Dirección Nacional de Asociacio-nes Sindicales.

Que el 28 de diciembre de 2012 se celebró la audiencia de cotejo de representatividad, consta-tándose idéntica cantidad de afiliados cotizantes de la peticionante que la verificada en la audiencia celebrada el 6 de agosto de 2011.

Que a la audiencia del 28 de agosto de 2012 no se presentaron los representantes de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que como medida para mejor proveer se requirió a la Delegación Regional La Matanza, arbitre los medios necesarios para informar a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales la cantidad de trabajadores en relación de dependencia con la Municipalidad de Luján, Provincia de BUENOS AIRES, afiliados a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y a la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, en el período febrero 2007 a julio 2007 inclusive, discriminados mes por mes.

Que con la medida para mejor proveer ha quedado comprobado que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION carece de afiliación cotizante en el ámbito peticionado.

Que se comprobó que la afiliación cotizante de la peticionante supera en más del diez por ciento la afiliación cotizante de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindica-les, aconsejando otorgar personería gremial respecto a los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia con la Municipalidad de Luján, en los distintos escalafones comprendidos en la planta permanente, jerárquico, profesional, técnico administrativo, obreros y al personal temporario, con zona de actuación en el Partido de Luján, Provincia de Buenos Aires.

Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolu-ción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 355/02.

Por ello,EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LUJAN, con domi-cilio en Adolfo Alsina 968, de la Ciudad de Luján, Provincia de BUENOS AIRES, la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a todos los trabajadores que presten servicio en relación de dependencia con la Municipalidad de Luján, Provincia de BUENOS AIRES, en los distintos escalafones comprendidos en la planta permanente, jerárquico, profesional, técnico administrativo, obreros y al personal temporario, con zona de actuación en el Partido de Luján, Provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

#F4412968F#

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 27

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4408129I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2035/2012

Tope Nº 709/2012

Bs. As., 18/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.516.160/12 del Registro del MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1612 del 24 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.516.160/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa CESVI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1244/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1612/12 y registrado bajo el Nº 1303/12, conforme surge de fojas 50/52 y 55, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 61/64, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1612 del 24 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1303/12 suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa CESVI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.516.160/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE MECANICOS YAFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICAARGENTINAC/CESVI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 1244/11 “E”

01/06/2012 $ 6.215,13 $ 18.645,39

01/09/2012 $ 6.657,51 $ 19.972,53

Expediente Nº 1.516.160/12

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2035/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 709/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408129F#

#I4408130I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2036/2012

Tope Nº 705/2012

Bs. As., 18/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.510.077/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1135 del 8 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9 del Expediente Nº 1.510.077/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA AR-GENTINA por el sector sindical y la empresa YAZAKI ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1033/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1135/12 y registrado bajo el Nº 930/12, conforme surge de fojas 47/49 y 52, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 58/60, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1135 del 8 de agosto de 2012 y registrado bajo el Nº 930/12 suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa YAZAKI ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope lndemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.510.077/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICAARGENTINAC/ YAZAKI ARGENTINA SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CCT 1033/09 “E”

01/08/2012 $ 7.306,60 $ 21.919,80

Expediente Nº 1.510.077/12

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2036/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 705/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408130F#

#I4408131I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2037/2012

Tope Nº 707/2012

Bs. As., 18/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.502.020/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1202 del 17 de agosto de 2012, y

Page 28: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 28CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.502.020/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA AR-GENTINA, por el sector sindical y la empresa TA GAS TECHNOLOGY SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1172/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1202/12 y registrado bajo el Nº 982/12, conforme surge de fojas 100/102 y 105, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 111/113, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1202 del 17 de agosto de 2012 y registrado bajo el Nº 982/12 suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa TA GAS TECHNOLOGY SOCIEDAD ANONIMA conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.502.020/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE MECANICOS YAFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICAARGENTINAC/TA GAS TECHNOLOGY SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 1172/10 “E”

01/04/2012 $ 4.792,47 $ 14.377,41

Expediente Nº 1.502.020/12

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2037/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 707/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408131F#

#I4408134I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2038/2012

Tope Nº 708/2012

Bs. As., 18/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.496.548/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1730 del 30 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.496.548/12 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS, por el sector sindical y la ASO-CIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 622/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Re-solución S.T. Nº 1730/12 y registrado bajo el Nº 1426/12, conforme surge de fojas 101/104 y 107, respectivamente.

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.515.035/12, agregado como foja 61 al Expediente Nº 1.496.548/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUI-MICOS, por el sector sindical y la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA RE-PUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 622/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 2° de la Re-solución S.T. Nº 1730/12 y registrado bajo el Nº 1427/12, conforme surge de fojas 101/104 y 107, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 113/116, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1730 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1426/12 suscripto entre el SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS, por el sector sindical y la ASO-CIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1730 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1427/12 suscripto entre el SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS, por el sector sindical y la ASO-CIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 4° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 1.496.548/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS C/ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Acuerdo Nº 1426/12

CCT Nº 622/11

01/03/2012 $ 6.330,00 $ 18.990,00

ANEXO II

Expediente Nº 1.496.548/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS C/ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Acuerdo Nº 1427/12

CCT Nº 622/11

01/06/2012 $ 6.616,67 $ 19.850,01

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 29Expediente Nº 1.496.548/12

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2038/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 708/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408134F#

#I4408122I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2022/2012

Tope Nº 699/2012

Bs. As., 17/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.513.384/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1656 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 del Expediente Nº 1.513.384/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA AR-GENTINA por el sector sindical y la empresa BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ex-PERDRIEL), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 908/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1656/12 y registrado bajo el Nº 1372/12, conforme surge de fojas 47/49 y 52, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impo-nen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio, que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 58/60, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1656 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1372/12 suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ex-PERDRIEL), conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.513.384/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 908/07 “E”

01/04/2012 $ 8.159,24 $ 24.477,72

Expediente Nº 1.513.384/12

Buenos Aires, 19 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2022/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 699/12 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408122F#

#I4408123I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2023/2012

Tope Nº 703/2012

Bs. As., 17/12/2012

VISTO, el Expediente Nº 1.509.887/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1654 del 26 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.509.887/12, obran los nuevos valores de los salarios básicos y adicionales pactados entre el SINDICATO EMPLEADOS DISTRIBUIDORAS CINEMATOGRAFICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE DISTRI-BUIDORES CINEMATOGRAFICOS (AADC) por el sector empleador, en el marco del Convenio Co-lectivo de Trabajo Nº 578/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que los nuevos valores salariales precitados forman parte del Acuerdo homologado por la Re-solución S.T. Nº 1654/12 y registrado bajo el Nº 1368/12, conforme surge de fojas 82/84 y 87, res-pectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 94/96, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizato-rio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1654 del 26 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1368/12 suscripto entre el SINDICA-TO EMPLEADOS DISTRIBUIDORAS CINEMATOGRAFICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES CINEMATOGRAFICOS (AADC) por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.509.887/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO EMPLEADOS DISTRIBUIDORAS CINEMATOGRAFICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ASOCIACION ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES CINEMATOGRAFICOS (AADC)

CCT Nº 578/10

01/04/2012 $ 6.134,12 $ 18.402,36

Expediente Nº 1.509.887/12

Buenos Aires, 19 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2023/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 703/12 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408123F#

Page 30: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 30#I4408126I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2025/2012

Tope Nº 701/2012

Bs. As., 17/12/2012

VISTO el Expediente Nº  1.506.252/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1723 del 30 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.506.252/12 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MINERA ARGENTINA GOLD SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 673/04 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1723/12 y registrado bajo el Nº 1404/12, conforme surge de fojas 81/83 y 86, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen-te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 92/95, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1723 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1404/12 suscripto entre la ASOCIA-CION OBRA MINERA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa MINERA ARGENTINA GOLD SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.506.252/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINAC/MINERA ARGENTINA GOLD SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 673/04 “E”

01/03/2012 $ 12.397,53 $ 37.192,59

01/07/2012 $ 12.863,61 $ 38.590,83

Expediente Nº 1.506.252/12

Buenos Aires, 19 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2025/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 701/12 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4408126F#

#I4408127I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2028/2012

Tope Nº 697/2012

Bs. As., 17/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.526.499/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1715 del 29 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 del Expediente Nº 1.526.499/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 908/07 “E”, conforme lo dispues-to en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1715/12 y registrado bajo el Nº 1397/12, conforme surge de fojas 62/64 y 67, respectiva-mente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la pre-sente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 73/75, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio co-rrespondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1715 del 29 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1397/12 suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.526.499/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/BREMBO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

CCT Nº 908/07 “E”

01/07/2012 $ 8.690,02 $ 26.070,06

Expediente Nº 1.526.499/12

Buenos Aires, 19 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2028/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 697/12 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

#F4408127F#

Page 31: 2013021301N((((JURADOS TELEFILMS!!!))

Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 31#I4408128I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2034/2012

Tope Nº 706/2012

Bs. As., 18/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.529.898/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1733 del 30 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 42/71 del Expediente Nº 1.529.898/12 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SO-CIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Em-presa Nº 662/04 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Re-solución S.T. Nº 1733/12 y registrado bajo el Nº 1428/12, conforme surge de fojas 116/119 y 122, respectivamente.

Que a fojas 80/86 del Expediente Nº 1.529.898/12 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SO-CIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Em-presa Nº 662/04 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 2° de la Re-solución S.T. Nº 1733/12 y registrado bajo el Nº 1429/12, conforme surge de fojas 116/119 y 122, respectivamente.

Que a fojas 95/100 del Expediente Nº 1.529.898/12 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SO-CIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Em-presa Nº 662/04 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 3° de la Re-solución S.T. Nº 1733/12 y registrado bajo el Nº 1430/12, conforme surge de fojas 116/119 y 122, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 130/165, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemniza-torio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SE-CRETARIA DE TRABAJO Nº 1733 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1428/12 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUES-TAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemniza-torio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SE-CRETARIA DE TRABAJO Nº 1733 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1429/12 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUES-TAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1733 del 30 de octubre de 2012 y registrado bajo el Nº 1430/12 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 5° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 6° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 1.529.898/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/HIPODROMO ARGENTINO DEPALERMO SOCIEDAD ANONIMA

Sección Máquinas de ResoluciónInmediata y Sección Servicios al Público en general

- Tope personal permanente 200hs 01/09/2013 $ 5.110,90 $ 15.332,70

01/10/2013 $ 5.484,36 $ 16.453,08

01/11/2013 $ 5.835,51 $ 17.506,53

- Tope personal discontinuo 90hs 01/09/2013 $ 3.062,35 $ 9.187,05

01/10/2013 $ 3.286,47 $ 9.859,41

01/11/2013 $ 3.496,99 $ 10.490,97

ACU Nº 1428/12

CCT Nº 662/04 “E”

ANEXO II

Expediente Nº 1.529.898/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/HIPODROMO ARGENTINO DEPALERMO SOCIEDAD ANONIMA

Sección Turf Reunión (Base 10 reuniones)

ACU Nº 1429/12

01/03/2013 $ 3.345,79 $ 10.037,37

01/09/2013 $ 3.531,79 $ 10.595,37

01/10/2013 $ 3.717,79 $ 11.153,37

01/11/2013 $ 3.883,33 $ 11.649,99

CCT Nº 662/04 “E”

ANEXO III

Expediente Nº 1.529.898/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINAC/HIPODROMO ARGENTINO DEPALERMO SOCIEDAD ANONIMA

Sección Turf (Mensualizados)

- Tope Base 147 Hs. 01/09/2012 $ 4.322,62 $ 12.967,86

01/12/2012 $ 5.015,75 $ 15.047,25

01/03/2013 $ 5.257,50 $ 15.772,50

- Tope Base 168 Hs. 01/09/2012 $ 4.914,25 $ 14.742,75

01/12/2012 $ 5.706,38 $ 17.119,14

01/03/2013 $ 5.982,62 $ 17.947,86

- Tope Base 200 Hs. 01/09/2012 $ 5.815,88 $ 17.447,64

01/12/2012 $ 6.758,88 $ 20.276,64

01/03/2013 $ 7.087,75 $ 21.263,25

ACU Nº 1430/12

CCT Nº 662/04 “E”

Expediente Nº 1.529.898/12

Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2034/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 706/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

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Miércoles13defebrerode2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.580 32