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Carlos Lenkersdorf: Otra Lengua, Otra Cultura, Otro Derecho. El ejemplo de los maya-tojolabales. En: Ordoñéz Cifuentes, José Emilio (coordinador), El derecho a la lengua de los pueblos indígenas. XI Jornadas Lascasianas. UNAM, México 2003, pp.17-30.

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    OTRA LENGUA, OTRA CULTURA, OTRO DERECHO.EL EJEMPLO DE LOS MAYA-TOJOLABALES

    Carlos LENKERSDORF*

    SUMARIO: I. Los pueblos mayas y los occidentales. II. Las lenguas.III. El tojolabal-maya. IV. El nosotros y la justicia. V. La ramifica-

    cin csmica del nosotros.

    I. LOS PUEBLOS MAYAS Y LOS OCCIDENTALES

    Hace casi cinco siglos que los pueblos mayas coexisten en el mismo es-pacio que los pueblos hispanohablantes. Comparten los mismos gobier-nos o autoridades, las mismas escuelas. A pesar de esta coexistencia, lospueblos mayas no se han disuelto en la cultura occidental o, ms exacta-mente, hispana. Existen diferencias fundamentales. Las lenguas mayassiguen hablndose aunque hay mucho bilingismo. Los pueblos mayas sedistinguen por los usos y costumbres particulares no idnticos a losde los pueblos y culturas hispanohablantes. Pensemos slo en los modos deportarse, de vestirse, de gastar el dinero y de divertirse, las diferencias sehacen evidentes sin la necesidad de entrar en detalles. Subrayo, sin em-bargo, que los llamados usos y costumbres no slo existen entre lospueblos mayas sino en todos los pueblos. Cada nacin, cada cultura tienesus idiosincrasias, no importa si las reconoce o no. La cultura occidental,en particular la de los hispanohablantes, representa una entre muchas, ytodas tienen el mismo derecho de existir. Es una equivocacin afirmarque la cultura occidental es universal y la de los pueblos mayas es provin-ciana y atrasada. Esta clase de afirmaciones nacen de la ignorancia y,adems, significan la imposicin de los ms fuertes. La fuerza, sin em-

    * Centro de Estudios Mayas, Instituto de Investigaciones Filolgicas, UNAM.

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    bargo, nunca es un distintivo de la cultura, sea cual sea, sino del poderque suele carecer de ella.

    II. LAS LENGUAS

    Los pueblos mayas siguen hablando sus lenguas (unas treinta, corres-pondientes a la misma cantidad de pueblos). Sus idiomas se derivan de unalengua madre que los lingistas llaman protomaya y que, hoy, ya no sehabla. De todos modos, el proceso de estas lenguas y su desarrollo a lolargo de muchos siglos cubre miles de aos. La coexistencia con los hispa-nohablantes, sin embargo, ha sucedido solamente durante los ltimos qui-nientos aos, es decir, una fraccin de la historia milenaria de los mayas.Estos pueblos originarios tienen races muy profundas que explican su per-duracin y persistencia.

    Si las lenguas solamente tuviesen una funcin comunicativa, podramosutilizar el kiche o el castellano sin diferencia alguna. Pero las lenguas sonms que meros mecanismos de comunicacin: nos sirven para nombrar larealidad y la nombramos segn la percibimos. La particularidad de las len-guas es que manifiestan cmo las culturas diferentes perciben la realidad.Dicho de otro modo, existe una relacin ntima entre lengua y cultura. Losidiomas son puertas que nos hacen entrar en otras culturas, porque las in-cluyen y las expresan.

    Para entender el tema me referir al tojolabal, una de las lenguas mayasal otro lado de la frontera. Los tojolabales viven en Chiapas, Mxico, encontigidad con los chujes y kanjobales. Elijo este idioma por la sencillarazn de que lo hablo y que los tojolabales no slo me dieron la oportuni-dad de aprender su lengua, sino tambin su cultura.

    III. EL TOJOLABAL-MAYA

    En castellano decimos: Uno de nosotros cometi un delito.La frase correspondiente en tojolabal, traducida al castellano se expresa

    de la manera siguiente: Uno de nosotros cometimos un delito.1Ambas frases se refieren al mismo acontecimiento. La diferencia evi-

    dente no se explica, pues, por reglas diferentes de la sintaxis, sino por las

    1 En tojolabal: june ja kentiki jtaatik jmul.

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    percepciones desiguales de la observacin que, a su vez, exigen estructurassintcticas dismiles.

    Estudiemos las percepciones distintas. En castellano una persona come-ti un delito, por lo tanto rompi la vinculacin con el grupo del noso-tros. Este rompimiento se expresa sintcticamente por el hecho de que esapersona se convierte en sujeto de la frase que, por supuesto, exige la formaverbal correspondiente. El delincuente, por lo dicho, ya no pertenece algrupo del nosotros. Podemos deducir que el nosotros lo ha excluido,porque por el comportamiento ya no es digno de pertenecer al grupo. Di-cho de otro modo, la percepcin de la realidad se refleja en dos niveles. Porun lado, exige estructuras lingsticas determinadas, por otro se expresa enel comportamiento. Esta relacin nos hace evidente que no nos podemoscomportar en contra de nuestras percepciones. stas implican principiosorganizativos tanto en la lengua como en el comportamiento. Es decir, cons-truimos la lengua y los fenmenos extralingsticos segn percibimos larealidad. La estructuracin de los acontecimientos extralingsticos impli-ca o incluye nuestro comportamiento.

    Aadimos una observacin explicativa de importancia. En el contextode la lengua y cultura castellanas, el individuo atrae el status del sujeto acausa de un comportamiento diferente o defectuoso que lo aparta del gru-po. El individuo, pues, es ms fuerte que el grupo. En castellano, enconces,se enfatiza el papel del individuo distinto y ste, a su vez, se convierte enprincipio organizativo que determina tanto la estructura sintctica como elcomportamiento.

    Ahora bien, estudiemos la frase correspondiente en tojolabal. No se nie-ga la falla del delincuente en su comportamiento. Su delito, sin embargo,no rompe la vinculacin con el grupo del nosotros. ste sigue siendosujeto. El nosotros no excluye al delincuente, sino que lo mantiene comomiembro del grupo. A pesar de su conducta deficiente, el malhechor conti-na siendo hermano del nosotros. Aqu tambin podemos observar lapresencia del principio organizador, derivado de la percepcin. En este casoel principio tiene otro nombre, es el nosotros. Una realidad poco conocidaen el contexto castellano-occidental. Observamos que el mismo nosotrosfunciona tambin en los dos niveles, el lingstico y el extra-lingstico.

    Con esto llegamos a la primera conclusin. Los dos idiomas, tanto elcastellano como el tojolabal, manifiestan principios organizativos que fun-cionan en los contextos lingsticos y extra-lingsticos. Se trata de con-cepciones fundamentalmente diferentes de grupos sociales en relacin

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    con delincuentes. Por un lado, observamos la actitud que separa al delin-cuente del contexto social, por otro, notamos la fuerza cohesiva del grupomanifiesta en el nosotros. Ambos enfoques tienen repercusiones profun-das que har explcitas mas adelante.

    Finalmente se evidencia la relacin entre lengua y cultura. Los pocosejemplos de una sola frase que, sin embargo, es ejemplar, nos hacen ver lavinculacin ntima entre idioma y cultura. Segn percibimos la realidad,la nombramos y nos comportamos. Por falta de tiempo y espacio no pre-sentar ejemplos lingsticos adicionales, pero tengo un libro en prensa enel que ofrezco una lista de esta clase de ejemplos.2

    IV. EL NOSOTROS Y LA JUSTICIA

    El ejemplo escogido repercute notablemente en la administracin de jus-ticia. Una breve referencia a la heredada por la Conquista en comparacincon la tojolabal y de otro pueblo maya nos hace captar la profunda diferencia.

    Vivimos ubicados en un contexto de la concepcin de la justicia heredadade la Colonia, herencia de la cual a menudo no nos damos cuenta. Por lo tantonos permitimos indicar brevemente la carga histrica que Espaa nos ha le-gado. La presencia de las crceles en las comunidades indgenas es productode la tradicin establecida en tiempos de la Colonia. En los poblados de lospueblos de indios la justicia se hizo presente mediante la crcel, el cepoy los grillos. Al congregar a la poblacin indgena en los llamados pueblosde indios, la Cdula Real despachada en Valladolid el 9 de octubre de 1549dice ...que tambin tuviese crcel en cada pueblo para los malhechores.3

    Las ordenanzas de 1573 del oidor Cristbal de Axcoeta, a su vez, dicen:y asimismo les mando buena crcel en el dicho pueblo con cepos y grillos,de manera que los delincuentes no se vayan de ella...4

    Dicho de otro modo, se import un concepto de justicia castigadora muyparticular, que en el texto siguiente se ejemplifica y que ms adelante ex-plicar.

    2 Vase Lenkersdorf, Carlos, Filosofar en clave tojolabal (2002, en prensa), sobre todoel captulo 14.2.

    3 Vase AGI, Audiencia de Guatemala, legajo 402, Libro 3.4 Vase AGI, Audiencia de Guatemala, legajo 56, foja 169v. Las ordenanzas fueron

    dadas en Comitn, el 24 de enero de 1573. A Gudrun Lenkersdorf le debo las referencias alos documentos del AGI.

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    Fuera del caso particular mencionado, cabe preguntar en qu sentido lapalabra clave nosotros organiza la administracin de la justicia en trmi-nos generales, tanto en la estructura lingstica como en la praxis. Empece-mos con el ejemplo de dos comunidades vecinas tojolabales del municipiode Las Margaritas. Por razones de respeto y discrecin usaremos nombresficticios para las comunidades.

    Dos vecinos, hombres jvenes de Takin Luum, estn a punto de robaruna vaca del potrero del ejido de Niwan Ton. Los niwantoneros los sor-prenden en flagrante delito y los meten en la crcel del ejido. La comuni-dad de Niwan Ton conoce a los ladrones de Takin Luum porque son po-bladores de la comunidad vecina. En asamblea, toman la decisin de quelos dos permanezcan en la crcel hasta que paguen una multa de $5,000.00a la comunidad de Niwan Ton.

    Los ejidatarios de Takin Luum se enteran del incidente, que involucra ados comuneros de su ejido. Preocupada, toda la gente se rene en asambleapara discutir el asunto. La razn de la preocupacin es que no se trata de unasunto que competa slo a los dos malhechores y sus familias. Los dos sontakin luumeros y Takin Luum se sabe identificado con los dos, puestoque son miembros de la comunidad. Por ello, la asamblea considera el pro-blema como asunto que incumbe a toda la comunidad, que debe encontraruna solucin. Despus de una larga pltica de todos los comuneros, se llegaa un acuerdo consensado. La comunidad pide una cooperacin (una cantidaddeterminada de cada familia del ejido) para tener los cinco mil pesos que losdos culpables deben a Niwan Ton. Se nombra a una comisin que vaya aNiwan Ton para hablar con esa comunidad, que le pague la multa y liberea los dos encarcelados para traerlos a Takin Luum.

    As se hace. La comisin llega al ejido vecino, se junta con los niwantoneros,pide disculpas por el delito de los malhechores de Takin Luum, paga lamulta y trae a los dos liberados de la crcel a su comunidad.

    Al regresar la comisin, la comunidad de Niwan Ton ya est reunida.La comisin presenta a los dos culpables delante de la asamblea ejidal. Lasautoridades les hacen ver su responsabilidad de haber daado no slo a smismos sino a toda la comunidad, porque son miembros de la misma. Porello, la comunidad acepta y reconoce su responsabilidad por todos susmiembros y tambin colect el dinero de la multa para poder sacarlos dela crcel. Los dos, a su vez, se encuentran frente a su comunidad, desnu-dos de toda justificacin. Su corazn se llena de vergenza frente a todoslos comuneros entre los cuales estn sus esposas e hijos. Se han hecho

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    deudores de la comunidad. Los dos carecen de razones o palabras u otroscomuneros que los defiendan. Reconocen que han cometido un delito queha daado a toda la comunidad que, a su vez, no rehusa su responsabili-dad con los comuneros. Las autoridades, pues, les comunican la decisinde la comunidad. Los dos tienen que restituir los cinco mil pesos pormedio de una serie de trabajos determinados por la comunidad y para elbien de la misma y, adems, vivirn vigilados por los comuneros paramostrar su cambio de actitud.

    El acontecimiento manifiesta la perspectiva del nosotros al realizarseen el contexto de la justicia. En primer lugar, la comunidad se identificacon los malhechores porque son miembros de la comunidad, del noso-tros comunitario. La identificacin significa que los dos han causado undao que atae a toda la comunidad que, a su vez, se hace corresponsablede los actos de los suyos al pagar la multa que libera a los dos de la crcel.La expresin uno de nosotros, pues, no es un mero giro del lenguaje,sino que seala una realidad que en el ejemplo entra en accin. Dicho deotro modo, el nosotros confirma el giro lingstico de que los malhe-chores siguen siendo miembros del grupo nostrico. El nosotros no losexcluye ni los destierra, sino que sigue identificndose con ellos de unamanera extraordinaria. La comunidad se rene para averiguar cmo po-dr demostrar la solidaridad con los delincuentes. Este acto manifiesta loinslito de la reunin. El nosotros no expulsa a los delincuentes sinoque, todo lo contrario, los busca. Los quiere tener nuevamente en mediode la comunidad.

    En segundo lugar, la comunidad no los encarcela. Desde la perspectivadel nosotros, el encarcelamiento no cambiara nada. En la crcel no pue-den reintegrarse en la comunidad, tampoco pagar la deuda ni mantener asus familiares. El nosotros, pues, no enfoca slo a los delincuentes deuna manera aislada, sino que los ve en el contexto social, tanto comunitariocuanto familiar.

    En ltimo lugar est el acuerdo de la comunidad: abrirles a los delin-cuentes un camino de reincorporacin al nosotros comunitario. Esta ac-cin, a su vez, significa un compromiso tangible y costoso para el noso-tros. La identificacin con los delincuentes no se agota en palabras, sinoque exige un sacrificio de la comunidad nostrica.

    A diferencia de la justicia de la sociedad dominante, la justicia del no-sotros no es ni punitiva ni vengativa. Por ello no pone a los delincuentesen la crcel ni los mata. La justicia de la sociedad dominante, en cambio,

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    asla a los delincuentes, corta los lazos con ellos al encarcelarlos, de dondedifcilmente saldrn transformados.5

    La justicia de la sociedad dominante es punitiva y vengativa. La justiciadel nosotros, en cambio, nos parece restitutoria al tratar de reincorpo-rar a los delincuentes a la comunidad, mostrarles un camino de recupera-cin y manifestarles la solidaridad con ellos. El trmino de justicia restitutorianos parece ms idneo y explicativo que el de consuetudinaria, porque nose trata de una justicia acostumbrada de una vez para siempre, sino de unajusticia histricamente flexible, porque exige las revisiones peridicas delas tradiciones para ponerlas al tanto con la situacin actual.

    En resumidas cuentas, la justicia del nosotros no es ni idealizada niutpica, sino que representa relaciones sociales muy exigentes. Toda lacomunidad tiene que reconocerse corresponsable de los miembros del con-junto social nostrico. La gente individualizada de la sociedad dominantedifcilmente aceptara tal corresponsabilidad. Es mucho ms fcil desha-cerse de los delincuentes al encerrarlos en las crceles o matarlos de unavez, como nuevamente se est debatiendo en la barra de abogados y comose practica en muchos estados de la Unin Americana.

    1. El testimonio lingstico

    La concepcin particular de la justicia entre los tojolabales se observaigualmente en el contexto lingstico. La coincidencia se explica porquedesde la misma perspectiva se organizan el comportamiento y la lengua. Laprimera observacin notable es la ausencia de palabras que correspondanal concepto de la voz castigo. Para acercarse al trmino se emplea, aveces, la palabra wokol, pero es una aproximacin muy relativa, porquecorresponde a las voces de dificultades, sufrimientos, etc. que no tie-nen ninguna connotacin punitiva. Se usa la palabra para traducir castigoporque ste produce dificultades para los castigados. Por ello, y para acer-carse ms al sentido del castellano, se suele emplear el trmino kastigo, vozadoptada del espaol. Con la aceptacin de la palabra castellana, se subra-ya la concepcin espaola de la justicia. sta es punitiva a diferencia de laprctica tojolabal, observada en el ejemplo de Takin Luum y ahora confir-

    5 Mis afirmaciones se confirman ampliamente por el libro de Julio Scherer Garca,Crceles, Mxico, Alfaguara, 1998.

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    mada, de modo inicial, en el contexto lingstico. En resumen, no hay nadacorrespondiente al concepto de castigo y a una justicia punitiva.

    Otros vocablos del tojolabal nos acercan ms a su concepcin de la jus-ticia. La importancia de ese lxico exige unas explicaciones algo detalla-das. Son las races tup y mul. De tup se derivan dos verbos de inters para eltema que investigamos; tupi corresponde al verbo reflexivo apagarse.Las cosas que se apagan son: el ojo (la vista), el odo, el ojo de agua, elfuego, etc. El verbo expresa que lo que se apag ya no existe, ya no funcio-na, ya no produce; pertenece al pasado irrecuperable. As tambin se em-plea el verbo tupu que corresponde al verbo transitivo6 apagar. Lo queapagamos puede ser el fuego, la llama de la vela, la vista, siendo el sol elsujeto que ciega a alguien. El resultado es igual, lo apagado ya no existe, yano funciona, etc.

    Ahora bien, fijmonos en el sustantivo mul. Entre otras cosas correspon-de a: causa, origen; culpa, delito, pecado, etc. Por ejemplo, no tenemosmaz, la causa (ja smul) es nuestro suelo agotado.7 Es este sustantivo yotros relacionados que se combinan con los verbos tupi y tupu. Por ejemplo,tupta sjel, se apag su deuda; tupta smul, se apag su delito. Es decir,la deuda, el delito ya no existen. Se apagaron o los apagaron como se apagun ojo de agua. El apagar conduce a la inexistencia de lo que haba antes.

    Ahora bien, en el lugar o momento del anuncio del castigo se suele usarotro trmino en el proceder de la justicia tojolabal. Se dice oj stup ja smulio stupu ja smuli quiere decir, aproximadamente, l apagar su delito ol apag su delito. Sabemos que la palabra -mul no se refiere slo aldelito sino tambin a la causa, el origen de algo. El -mul, pues, correspondea aquello que inicia el desarreglo de la comunidad, la desequilibr. La faltade equilibrio requiere su restablecimiento. Aqu entra en accin el apagarcuyos elementos mltiples y constitutivos se manifestaron en el relato delas dos comunidades Takin Luum y Niwan Ton. El apagar, finalmente,borra de la memoria de la comunidad y del delincuente el delito que des-arregl la convivencia comunitaria. Ya no se habla del delito ni de la perso-na como delincuente. Pero de ninguna manera se trata de borrn y cuentanueva. El apagar exige el actuar correspondiente, vigilado por la comuni-dad. En casos de recadas repetidas a pesar de amonestaciones tambin

    6 Entrecomillo los trminos reflexivo y transitivo, porque corresponden a trminosde las gramticas indoeuropeas y no tojolabal.

    7 En tojolabal: mey kiximtik. ja smul chakta yip ja jluumtiki.

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    repetidas, la comunidad destierra al delincuente. La comunidad nostricano puede tolerar el menosprecio continuo.

    Observamos que en el apagar participan tanto la comunidad cuanto losdelincuentes. Las autoridades no son los jueces. Toda la comunidad renelas funciones de delincuente, daado, juez, jurado. En efecto, en tojolabalno hay palabras que correspondan a juez y jurado. Las autoridadescomunitarias slo ejecutan el juicio consensuado por la comunidad. Es stala que, en efecto, desempea el papel de juez y jurado. Y no olvidemos, lacomunidad es, a la vez, el litigante que ha sufrido el dao y el corresponsableque se identifica con los delincuentes.

    Ahora bien, a pesar de que la comunidad es juez y parte, no se produce elabuso del poder. La ausencia del abuso se explica, a mi juicio, por el carc-ter particular de lo que se llama comunidad con una sabidura profunda.sta empieza por no interesarse en castigar, ni se propone vengarse porel dao sufrido, porque el castigo y la venganza no restablecen el equilibriodaado. El castigo carcelario separara a los delincuentes de la sociedady la familia. La sociedad queda mermada por dos miembros, es decir losdos ladrones de ganado, y las dos familias resultan empobrecidas porquenadie suplir el trabajo de los encarcelados. stos, dentro de la crcel, no setransforman por slo estar encarcelados. La venganza puede satisfacerel orgullo y las buenas conciencias de los vengadores, pero no cambia eldao causado ni transforma a los delincuentes. Todo lo contrario, la ven-ganza siembra rencores en los corazones de quienes la sufren. stos y otrospensamientos pueden estar presentes en la mente de los comuneros si sur-gen intentos de castigos y venganza.

    La comunidad tampoco tiene problemas con la decisin de la comuni-dad vecina de Niwan Ton. En efecto, la acepta porque le da la posibilidadde reincorporar a los dos delincuentes. Desde la perspectiva de Takin Luum,el desequilibrio social producido tiene ms peso que el robo material po-tencial, sufrido por parte de la comunidad de Niwan Ton. La presencia y eluso de la crcel en esta comunidad no causa problemas porque obviamentelos comuneros saban que los vecinos iban a solidarizarse con los presos yel encarcelamiento iba a ser de poca duracin, como suele suceder en va-rias comunidades por delitos ms o menos leves.

    En ltima instancia, el pensamiento del procedimiento jurdico se expli-ca, a mi juicio, por la intencin de vivir en comunidad. En sta prevalece elequilibrio de todos los miembros. El bienestar comunitario es la garantadel bienestar del individuo. Uno sufre, todos sufren y el sufrimiento del

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    todo afecta a cada uno. De ah el inters primordial de mantener el equili-brio social de la comunidad. El ejemplo de la administracin de la justiciadel nosotros lo ha manifestado tanto por el comportamiento de la co-munidad daada cuanto por los datos lingsticos.

    La ausencia del querer vivir comunidad con todas sus implicaciones ex-plica, en cambio, el predominio de la justicia punitiva en la sociedad domi-nante, cuya idiosincracia es otra. Seguramente fueron necesarias muchasreflexiones para elaborar esta clase de justicia. Si representa sabidura, esuna sabidura muy diferente, poco interesada en la recuperacin de los de-lincuentes. Los daos sufridos se suelen transformar en cosas materiales,cuantificables con el propsito de restituir el dao sufrido. De todos modos,la justicia exige castigo. La multa es el primer paso del castigo punitivo. Lacomunidad de Niwan Ton empez con el mismo procedimiento al exigirla multa. Los de Takin Luum, sin embargo, intervinieron y as frenaron lacontinuacin del procedimiento y sacaron de la crcel a sus comuneros.

    Los castigos no se terminan con las multas. Se dice que el encarcela-miento sirve para la rehabilitacin social. La realidad dentro de las crce-les, sin embargo, contradice esta finalidad y convierte el castigo en vengan-za social.8 En el contexto de esta clase de justicia todo se vuelve objetodisponible del sistema castigador. Por ello, el delito se hace equivalente auna multa que se puede cuantificar por dinero, por un castigo carcelario decierto tiempo, por tantos azotes en tiempos pasados (aunque la tortura seauna prctica actual) o por la pena de muerte. Dicho de otro modo, se pierdetoda relacin de la complementariedad, mejor dicho, intersubjetividad,9propia de la justicia del nosotros. En su lugar prevalece la relacin desujeto-objeto, tpica de la justicia punitiva. El reo es un objeto por excelencia.

    La relacin de las sociedades con el delincuente se puede comparar en lapgina siguiente.

    2. No slo entre los tojolabales

    En otra fecha tuve la oportunidad de presenciar el procedimiento de lajusticia en una comunidad kanjobal. Los kanjobales son uno de los pue-

    8 Vase Scherer Garca, Julio, op. cit.9 Sobre el tema de la intersubjetividad y las relaciones sociales de sujeto-objeto vase

    Carlos Lenkersdorf (1996). Los hombres verdaderos. Voces y testimonios tojolabales.Mxico, UNAM y Siglo XXI.

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    blos mayas vecinos de los tojolabales y viven en la zona fronteriza de Mxi-co y Guatemala. Tambin en este caso fui testigo de la justicia del nosotrosen accin. El ejemplo kanjobal, adems, se destaca por un elemento particu-lar. Los comuneros en el desarrollo del juicio enfatizaron repetidas veces:No queremos la justicia de jueces, castigos, multas y crceles. Los juecesno nos entienden, slo saben castigarnos, hacernos pagar multas que jamspodemos pagar y encarcelarnos. La que queremos es la justicia nuestra.

    Al concluir el juicio se haca manifiesta la que llaman la justicia nues-tra. Le quitaban al delincuente el cargo que tena y le explicaban que estoscargos son reconocimiento de honor por parte de la comunidad. El de-lincuente por el delito ya no mereca este honor hasta que se rehabilitara.La comunidad lo pona bajo vigilancia de los comuneros que se iban a fijaren la conducta del delincuente en el contexto de la comunidad. Despus deun periodo determinado, la comunidad iba a evaluarlo para ver si lo podanreincorporar a la comunidad con todos sus derechos y responsabilidades.

    Es de gran importancia el hecho de que los comuneros estaban actuan-do conscientemente al entender a fondo la particularidad de la justicia deellos a diferencia de la justicia punitiva de la sociedad dominante, queconocan por experiencia propia, pues muchos de los comuneros la habansufrido ya. La justicia kanjobal, en cambio, nace de la sabidura maya-campesina, tiene que construirse con la finalidad de restituir el equilibrioperturbado de la comunidad. El delincuente haba daado el nosotrospero segua siendo un compaero potencial a quien haba que recuperar.Castigos, multas, crcel no servan de nada para la recuperacin, sinotodo lo contrario, amargaban al delincuente y lo conducan a la desespe-

    Tojolabal

    Manifestar la solidaridad con el delin-cuente.

    Recuperar al delincuente.

    Apagar el delito para enderezar el ca-mino de reincorporacin.

    Al incluir al otro, la sociedad siembrala semilla de la convivencia incluyente.

    Occidental

    Cortar todos los lazos de solidaridad.

    Aislarlo y expulsarlo.

    Igualar el delito con una cantidad de-terminada de castigos. El delito se vuel-ve indeleble en las actas del delincuente.

    Al excluir al otro, la sociedad siembrala semilla del racismo y el chauvinismo.

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    racin y a la enajenacin de la comunidad. Por ello, lo que haca falta erala justicia recuperativa en lugar de la punitiva. La experiencia enseaba alos kanjobales a redescubrir y restablecer nuestra justicia desde la me-moria de larga duracin que, a diferencia de la justicia punitiva, contienelas semillas de la esperanza.

    Al terminar el juicio, la comunidad se sentaba de nuevo para conversar.El juicio establecido les pareca un logro notable. Por primera vez se atre-van a hacer justicia conforme a sus criterios de su tradicin, de su memoriasin plegarse a jueces, leyes, ordenanzas y reglamentos ajenos o importados.Todos quedaban contentos de corazn porque, conforme a lo que les ha-ban dicho sus abuelas y abuelos, llegaban a un acuerdo al confiar en lasfuerzas de la comunidad. Por ello, no haba ni un solo condenado, ni unsolo castigado pero s una comunidad curada del dao sufrido. La memoriade los ancianos les mostraba, a la vez, un camino hacia la esperanza memo-rable, a la memoria esperanzadora.

    V. LA RAMIFICACIN CSMICA DEL NOSOTROS

    He mostrado el nosotros en cuanto principio organizativo en variosmbitos: la lengua, las relaciones sociales, el comportamiento de lostojolabales, la justicia de distintos pueblos mayas que viven en pases dife-rentes. La nacionalidad, por ello, no modifica la idiosincrasia de los pue-blos mayas. A continuacin mostrar la ramificacin del nosotros en loscampos ms diversos de la realidad, enfocada desde la perspectiva maya-tojolabal y de otros pueblos originarios vecinos. Por cuenstiones de espa-cio agregar solamente un aspecto que explica la envergadura del noso-tros y su capacidad de conformar la realidad csmica desde una perspectivaidiosincrsica tojolabal.

    Desde la perspectiva tojolabal, todo tiene corazn, es decir, altzil,que se puede traducir tambin con alma o principio de vida. Es decir,todo vive, todo sin excepcin: montes y barrancas, cuevas y fuentes, milpasy sitios, fogones y ollas son slo algunos ejemplos de los seres vivientesque pueblan la realidad. Esta concepcin caracterstica representa una he-rencia muy antigua de los maya-tojolabales como la vemos expresada en elPopol Vuh cuando animales y objetos destruyen, conscientemente y a prop-sito, a la segunda generacin de los humanos, hechos de madera, porquese haban engredo y se olvidaban de sus creadores y formadores.

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    As tambin le puede suceder hoy a un sacerdote de visita en una comu-nidad tojolabal. Se le acerca un hombre y le dice, padrecito, me quieroconfesar. Y el padre le responde, s, mi hijito, vamos a la ermita. Ahvan, el tojolabal se pone de rodillas delante del sacerdote y empieza a ha-blar: Padre, te confieso delante de ti, el cielo y la tierra. He pecado, porquechingu la lumbre. Maltrat el camino. Me enoj con la olla, la tir al sueloy se rompi. Pegu al perro sin razn porque yo estaba de mal humor...

    As sigue la confesin, un delito tras otro y ninguno de stos se encuen-tra en el catecismo. Ninguna madre religiosa ni tampoco sacerdote algunole haban enseado esta clase de pecados o delitos. Pero el hermano sabepor una memoria secular que la lumbre, el camino, la olla, el perro y tantascosas ms son hermanos nuestros. Debemos respetarlos porque somos unaespecie entre tantas especies ms, todas stas son hermanas y hermanosnuestros. No tenemos el derecho de maltratarlos, de despreciarlos. A lolargo y ancho del cosmos viven hermanas y hermanos nuestros. Nos tocaconvivir con ellos, en armona. No somos tan especiales, por encima detodos los dems, sino que somos hermanos entre hermanos y nos convienela humildad.

    He aqu, en ltima instancia, la explicacin del principio organizativo delnosotros que se hace presente en todos los niveles de la realidad csmica.Hay que aprender a convivir en lugar de marginar, condenar y despreciar.

    Vimos la presencia de este principio del nosotros en el mbito de lajusticia, pero, de hecho, se hace presente en todas las formas de la realidad:la poltica y la educacin, la organizacin social y nacional, las ciencias y lasartes. Es por el mismo principio nostrico que los poderosos no nos entien-den, no nos aprecian, sino todo lo contrario. Pero debemos cobrar concien-cia del valor y de la aportacin de nuestra cultura nostrica, de convivenciaen medio de una crisis mundial que trata a los dems y a la naturaleza comosi estuvieran a la disposicin de los que mandan, y no saben convivir.