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    ANTONIO VZQUEZ VIALARD

    Derecho del trabajoy de laseguridad social

    Tomo 1

    8" edicin actualizada y ampliada

    dJUDE D I T O R I A L A S T R E ADE A L F R E D O Y R I C A R D O D E P A L M A

    CIUDAD DE BUENOS AIRES1 9 9 9

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    Ia edicin, 1978.Ia reimpresin, 1979.2 a edicin, 1981.Ia reimpresin, 1984.3 a edicin, 1986.4 a edicin, 1989.Ia reimpresin, 1991.5 a edicin, 1992.6 a edicin, 1994.7 a edicin, 1996.8 a edicin, 1999.

    EDITORIAL ASTREADE ALFREDO Y RICARDO DEPALMA SRLLavalle 1208-(1048) Ciudad de Buenos AiresISBN: 950-508-108-1 (edicin completa)950-508-109-X (tomo 1)

    Queda hecho el depsito que previene la ley 11.723I M P R E S O E N L A A R G E N T I N A

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    En homenajea los profesoresMario L. Devealiy Ernesto Krotoschin

    Dichosos los que guardan el derecho,en todo tiempo practican la justicia!"(SALMO 105, 3)

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    PRLOGO A LA OCTAVA EDICINDesde la publicacin de la anterior edicin, en la Argentinase han producido determinadas modificaciones en el mbito delas relaciones individuales y colectivas del derecho del trabajo,as como en el de la seguridad social. Ello es lgico , en unarealidad que se caracteriza por un cambio acelerado. La vida,que constituye un proceso dinmico, siempre ha presentado modificaciones en el mbito de las relaciones jurdicas, efecto ycausa de otras que se dan dentro del amplio espectro de las relaciones hum anas. Pero la caracterstica que se ha presentadocomo un signo del siglo xx -en especial en su segunda mitad, apartir de la finalizacin de la llamada Segunda Guerra Mundial-, es que ese cambio se ha producido en forma acelerada, aun ritmo en franco crecimiento.Mientras que en pocas anteriores las modificaciones (quesin duda se dieron) pareca que slo eran perceptibles a la vistadel ser humano en el lapso de varias generaciones, hoy lo es noya en una, sino en perodos de diez o cinco aos. El extraordinario avance del desarrollo tecnolgico con todas sus consecuencias, ha transformado las herramientas que el hombre (varona y varn) tiene a su alcance para disminuir el racionamientoa que lo somete la naturaleza, que le impone una cierta sujecin. Si bien sta disminuye a travs del tiempo, creemos queno ha desaparecido, ni hay perspectivas de que ello ocurra. Hoyes factible colocar a un hombre en la luna, lanzar satlites artificiales a la estratosfera, aumentar la produccin de bienes y servicios en forma casi sideral, pero es muy difcil (si no imposible) predecir el xito de una prxima cosecha . Adems, y ello

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    VIII PROLOGO A LA OCTAVA EDICINest imamos que es fundamental , e l ser humano no sabe ni t ieneposibi l idad para enterarse del momento en que, para algunos,desaparecer de la faz de la t ierra, para otros, mudar su vidahum ana a una real idad dis t inta . A ese cam bio de orden m ater ial , se ha sumado otro, a nuest ro juicio mucho ms importante,en el mbito de lo cultural , entendido ste como esti lo de vida,escala de valores que, entre otros, se expresan a travs de lasdist intas maneras en que los hombres se sirven de las cosas,trabajan, se relacionan entre s , se expresan, actan, practicanla rel igin, todo lo cual depende de su concepcin de vida.

    Es indudable que el derecho, que const i tuye un aspectovinculado con el juego propio de las relaciones humanas -a f inde que a travs de stas se logre un ajuste que a cada miembro dela comunidad le faci l i te el pleno desarrol lo de su ser personal- ,no pued e que dar ajeno a esa s i tuacin. De lo con trar io , notendra sentido como instrumento necesario para facil i tar la convivencia, ya que dejara de tener contacto con la realidad sobrela cual debe operar, a fin de lograr su transformacin, comocondicin necesaria para alcanzar formas ms justas , menos injustas , que las anter iores .Si esa transformacin de la realidad material y cultural impacta sobre todas las ramas jur dicas , no poda ser una excepcin el derecho del trabajo que, sin duda, t iene como objetouna modal idad en que las relaciones entre los hombres es mucho ms directa, ya que no se mediatiza a travs de objetos, cosas, como suele ocurr i r en ot ras discipl inas .

    En nuestro pas, el referido proceso, que en algunos de susaspectos se conoce como global izacin (desaparicin o menorvigencia de las antiguas fronteras), se ha dado con una ciertaintensidad a part i r de la apertura de la economa a comienzosde la l t ima dcada, con el consiguiente impacto propio de esefenmeno y sus efectos ambivalentes (elementos posi t ivos y negat ivos) . El m ism o deja su espec ial imp ronta en las relacione shumanas que anal izan tanto el derecho de t rabajo, como el dela segu ridad so cial . A travs de las edic ione s que se han publicado en esta dcada, hemos analizado las nuevas herramientas

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    PRLOGO A LA OCTAVA EDICIN IXjurdicas que se han ido adoptando, en gran parte, con gravescrticas (no siempre acertadas) por parte de amplios sectoresdel quehacer jurdico nacional. En ese perodo se han producido cambios, fruto del llamado fenmeno de la "flexibi-lizacin laboral" que, para algunos, han sido insignificantes,frente a la necesidad de aggiornar el instrumental jurdico auna realidad distinta de la de hace unas dcadas, mientras quepara otros, significa abjurar de los principios fundamentales delderecho del trabajo elaborados a travs de la experiencia recogida en un perodo de casi un siglo, que presentaba caractersticas diversas de las actuales.Dentro de los cambios jurdicos operados en el lapso quecorresponde a las novedades que se describen en esta edicin,en el mbito del derecho del trabajo se registran las modificaciones introducidas a las reformas operadas a partir de 1991 (atravs de la ley 24.013 y otras posteriores), a fin de facilitar-mediante formas jurdicas laborales menos rgidas- la contratacin de nuevo personal. Como ha ocurrido en otros pases,luego de un corto perodo se produjo un golpe de timn, dejando sin efecto la casi totalidad de esas reformas que, en algunoscasos, convirtieron en no laborales algunas prestaciones de trabajo humano (tal como el contrato de aprendizaje). Se produjo as un fenmeno que ya se haba dado en otras latitudesgeogrficas y culturales, en que las nuevas formas de convivencia laboral fueron rpidamente modificadas en un perodotan breve que no dio tiempo suficiente para realizar serios trabajos de investigacin a cargo de estudiosos de esa realidad.Cuando se publicaron esos trabajos, la norma ya haba sidorectificada.Ese cambio de rumbo, en algunos aspectos importantes, seha dado con la sancin de la ley 25.013 (1998) que borr lasdistintas figuras de los contratos prom ovidos. El fenmenode la desocupacin que se ha incrementado en la Argentina enla dcada de los noventa en niveles antes no conocidos (peroque tambin ha golpeado la realidad social de otros pases) y quetuvo su mayor pico de incremento a mediados de ese perodo,

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    X PROLOGO A LA OCTAVA EDICINcon frecuencia se ha intentado combat i r lo por medio de acciones enca radas slo desde lo labora l . Est im am os que much asveces esos ensayos han desconocido la real idad del hecho que,funda m entalm ente, re spond e a causa s de ot ro orden. Si el desarrol lo econmico se paral iza o decrece, es totalmente int i lcombat i r lo con medidas que t ienden a hacer menos r gida lanor m a labo ral . N adie con trata pers on al si las exig enc ias de suactividad no se lo requieren.

    La referida ley ha profundizado ciertos aspectos referidosal fenmeno de la disponibil idad colectiva, iniciado quiz t midamente con la reforma int roducida por la ley 24.013 (ar t . 25 ,luego amp liado a travs de otras) . Por m edio de esa figura sehabil i ta a las partes sociales a modificar aspectos de la ley queestablece pisos mnimos o techos mximos a favor de los t rabajado res , dentro de un ma rco (muy reduc ido todava) . Esa norma tambin introdujo la modalidad de la negociacin art iculada,fenmeno ste que, a nuest ro juicio, const i tuye una novedad ennuestra real idad jur dica, y habi l i t un nuevo rgimen (apl icable a las relaciones de trabajo iniciadas a part ir de octubre de1998) referido a las consecuencias de los distractos laborales.Esa norma, adems, ha rat i f icado el cr i ter io (que const i tuye unatradicin en la Argent ina) respecto del monopol io que ejercenlas asociaciones s indicales de t rabajadores con personera gremial , en cuanto se refiere a la representacin de los trabajadores.En materia de la pequea empresa, se sancionaron normas reglamentarias de cier tos aspectos del rgimen establecido porley 24 .467 . Por esa m isma va reglam entaria tam bin se facil i t el pago de las remuneraciones a t ravs del s is tema compu-tar izado (cajeros automt icos) .

    En el mbito de la seguridad social , durante el perodo sereform el rgimen de las as ignaciones famil iares .En cuanto al de las obras sociales, a travs de la reglamentacin, se le ha reconocido a los t i tulares de las prestaciones acargo de aqul las , e l derecho de eleccin del efector dentro deun plexo quiz reducido (el de las dems obras sociales s indi-

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    PROLOGO A LA OCTAVA EDICIN XIcales) , pero que significa un gran paso hacia la posibil idad deconcretar una mejor prestacin.

    Como ha ocurr ido en las ediciones anter iores , lo que se haconvert ido en una costumbre, agradecemos vivamente a quienes , de diversa manera, han colaborado en la preparacin deesta edicin. Toda obra jur dica , no obstan te ser redactada poruna o varias personas , recoge la labor real izada por muchasotras que, a travs de su aporte intelectual , han permitido avances en el conocimiento y profundizar en los diversos temas, establecer nuevos enfoques, descubri r aspectos de una mayor just icia que lentamente se va introduciendo en las relaciones o, alcontrar io , no obstante que se espera que operen ese proceso,desg raciad am ente, provoca n el efecto inverso. Parad j icamente , a veces, en vez de dar pasos hacia formas ms justas, se retroc ed e. El desafo del juris ta en el fin de este m ilenio precisamente es se: buscar nuevas pis tas de mayor jus t icia en lasrelaciones humanas, no slo en el aspecto econmico (que esuno de los elementos que integran la real idad, no la agota) ,sino tambin en los dems que hacen a la vida de relacin en unmundo en proceso de cambio acelerado.

    Ms al l de que las conclusiones de esos trabajos se compartan o no, enriquecen el acervo cul tural , por lo que cualquierempeo, como e l que humi ldemente hemos emprendido a l publicar esta obra, debe reflejarlos y agradecer el aporte efectuado y aun la oportunidad brindada para profundizar el examendel tema que, muchas veces, ha l levado a no aceptar esas posic iones .Sin duda, aunque sa no fuera la intencin, se trata de unserv ic io br indado por los au tores de pos ic iones in te lec tualesque no se comparten.En esa l i s ta de acreedores intelectuales , y muchas vecestambin morales , queremos destacar a los doctores Mario L.Deve al i y Ern esto Krotoschin. En el los hem os querido , lo rei teramos una vez ms, agradecer a todos aquel los que, a vecessi lenciosamente, han contr ibuido al desarrol lo de nuest ra disci -

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    X II PROLOGO A LA OCTAVA EDICINplina jurdica, a fin de lograr formas ms humanas de convivencia al servicio de todo el hombre y de todos los hombres.

    A ese agradecimiento que constituye un acto de justiciarespecto de quienes somos deudores en el plano intelectual (elpresente trabajo no es ms que la recopilacin de muchas deesas enseanzas), debemos agregar la de aquellos otros que enun plano mucho ms prximo, en forma callada, paciente, hanhecho posible esta publicacin: dactilgrafos, correctores de estilo (que a veces han logrado aclarar conceptos oscuros), y aaquellos que han revisado el texto y aportado sugerencias.Mi especial reconocimiento a Lorenzo Gnecco y Luis Ferraris,quienes me han brindado un inestimab le apoyo. Agradezco alos editores y a Alejandro Depalma, quien en la edicin anterior se encarg de formular el diseo de la nueva estructura tipogrfica, que consideramos facilita la comprensin del texto.A todos ellos, muchas gracias.

    A N T O N I O V Z Q U E Z V I A L A R D

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    PRLOGO A LA PRIMERA EDICINEste libro ha sido concebido como un medio auxiliar paralos estudiantes que deben cursar la materia y para aquellas personas que deseen tener un panorama global del Derecho deltrabajo y de la seguridad social. A tal fin, y dentro de nuestras posibilidades, hemos tratado de realizar una explicacin-referida a ese nivel- que facilite la comprensin de los diversos institutos, propios de ese sector del mundo jurd ico . Paraello, nos hemos orientado dentro de una "visin trialista" del derecho, como un medio que a travs de normas, intenta regular laconvivencia social a fin de que en ella se logre el objetivo de

    vivir todos juntos en paz, en amistad, en el recproco reconocimiento y respeto de nuestros derechos, de manera tal que aqulla -que responde al modo natural de ser del hombre- nos facilite el desarrollo de nuestra personalidad en el nivel propiode la dignidad de seres humanos.Dada la finalidad del trabajo, el texto se acompaa concuadros sinpticos y en cada captulo se ha incluido un cuestionario a fin de facilitar la comprensin razonada de los diversosinstitutos y captar sus pecu liaridades fundam entales. Para norecargar la lectura, hemos evitado la inclusin de citas, lo quese ha sustituido por una bibliografa de carcter general conrespecto a cada una de las ramas jurdicas tratadas y otra particular referida a los temas analizados en los distintos captulos.En la misma, indicamos los trabajos que se hallan "ms a mano"del estudiante y con referencia a la legislacin vigente. Elloexplica algunas omisiones.

    El temario -en el que hemos recogido la experiencia decolegas y la propia en la enseanza de ambas disciplinas- in-

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    X IV PROLOGO A LA PRIMERA EDICINcluye cuestiones que, aunque ya incorporadas a algunos programasuniversitarios, a primera vista puede parecer que exceden el campo de lo jurd ico . En la inteligencia de facilitar una com pren sinde es te fenmeno, hemos credo necesario anal izar -dentro dell mite que nos habamos propuesto- algunos aspectos (tales, entreotros , como el del t rabajo humano, mercado laboral , conceptode pol t ica social) necesarios para captar el sentido de una regulacin de la realidad social , lo que exige ubicar a sta dentrode su propio contexto para comprender cier tas part icular idadesque responden al f in de alcanzar formas ms humanas de vida.Slo as , frente a hechos y circunstancias que le dan vida ysentido al derecho, se puede entender la finalidad de la normajurd ica . Ese ha sido nue stro pro p sito; quiera Dios que lo hayamos podido lograr , por lo menos, en una mnima parte .Como un deber de grat i tud de nuest ra generacin y de lasposter iores , dedicamos es te t rabajo en homenaje a dos preclaros maestros argentinos (nacidos en el extranjero) del derecho, losprofesores Mario L. Deveal i y Ernesto Krotoschin, que con susenseanzas a travs de la ctedra, del l ibro y -por qu no destacarlo- tambin de sus vidas , han abier to nuevos horizontes enambas disciplinas jurdicas y consti tuyen un ejemplo de la funcin de servicio (en el caso: i luminar, "abrir picadas") a la quetodos es tamos l lamados y que el los han cumplido con un al tosent ido de responsabi l idad.Vaya tambin nuestro sincero agradecimiento a todos aquel los que de una manera u otra han hecho posible este trabajo:los colegas de cuya experiencia y conocimiento hemos aprovechado y ac tuado como compi ladores , los jvenes profes ionalesque revisaron los textos y nos sugirieron modificaciones, loscorrectores que le dieron una forma "menos opaca" al escr i to ,al editor que nos alent a comenzar la tarea, a quienes pasaron amquina los originales en una labor de descifrado casi "champo-ll ionica" y a mi esposa, que me brind apoyo, cario y el "t iemp o " que le sustraje a la vida familiar.

    A N T O N I O V Z Q U E Z V I A L A R D

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    NDICE GENERALTomo !

    Prlogo a la octava edicin VIIPrlogo a la primera edicin XIII

    P A R T E PRIMERADERECHO DEL TRABAJO

    SE CCIN PRIMERAPARTE GENERALCAPTULO PRIMERO

    INTRODUCCINA) TRABAJO HUMANO

    1. Concepto 3 2. Principales aspectos del trabajo 8.a) Sociales 8b) Psicosociales 9c) Econmicos 10d) Jurdicos 11

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    X V I NDICE GENERAL 3 . D iferente s t ipos de trabajo 14 4. P rinc ipale s figuras del trabajo en la historia 17 5 . Inf luen cia de la co nc ep cin cap i ta l i s ta sobre e ltrabajo. Efectos de la Rev olucin Industrial . Lacues t in social 20 6. Co nc ep to de trabajo dirig ido en la ley de co ntratode trabajo (LC T) 24 7. Asp ectos m odern os de la prob lem t ica laboral 28a) Trab ajo de la mujer 28b) Urbanizacin 30c) Ca mb ios en la es t ructura ocup acional 31d) La uti l izacin de las hora s de ocio 32e) Los nuevos proletar iad os 33f) A cci n sindical 34g) El impacto de la tecnologa, la organizacindel trabajo y los ca m bio s cultura les 35

    B) PO LTIC A SOCIAL 8. D iferenc ias sociales 37 9. N oc in , objeto y finalidad de la pol t ica social . . . . 41a) Asis tenc ial 43b) Defen sa 44c) Protecc in 44d) Prom ocin 46e) Ca m bio de es t ructuras 46 10. Prin cipio s de la po l t ica social 48 11 . r eas e instru m en tos de la po l t ica social 49

    C) M E R CA DO DE T R A BA JO 12. D ere ch o de trabajar 50 13 . Fu erz a de trabajo 52 14 . Oc upac in . Subo cupac in . Desem pleo 54 15 . Ag encias de co locacin 58 16. El des arro llo cien tfico-tc nico y su influjo sobreel trabajo 63

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    NDICE GENERAL XV I I 17. Conversin de la capacidad laboral 64 18. El problema de los discapacitados 65 19. Migraciones laborales 68Cuestionario 76

    C A P T U L O IIEVOLUCIN HISTRICA DEL DERECHODEL TRABAJO

    20. Etapa originaria 79 21. Intervencin del Estado 81 22. Constitucionalizacin de los derechos sociales. ... 83 23. Accin sindical. La poltica de convenios colectivos 87 24. Perspectivas futuras en la materia 90 25. Anlisis del desarrollo de la norma laboral en laArgentina 92

    a) Relaciones individuales 92b) Relaciones colectivas 102Cuestionario 106

    CAPTULO IIICARACTERIZACIN DEL DERECHO DEL TRABAJO

    A) GENERALIDADES 26. Concepto 107 27. Finalidad 109 28. mbito especfico 110 29. Partes integrantes 112 30. Divisin del derecho del trabajo 115a) Interno 115

    b) Internacional 116 31 . Sujetos del derecho del trabajo. Remisin 117

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    XVIII NDICE GENERALB ) P R I N C I P I O S

    3 2 . In t roduccin 118 3 3 . Protec torio 119a) "In dubio pro op era rio" 121b) La regla de la norm a m s favorable al trabajador 122c) Co ndicin ms beneficiosa 123 34 . I rrenu nciab i l idad 124a) Re nun cia al em pleo 128b) Co nci l iacin 129c) Prescripcin 132d) Cad ucidad 132 35 . Con t inuidad 133a) Co nserv acin del em pleo 135b) Preferencia por los contratos de duracin indefinida 135c) Ad m isin de t ransform acione s 136d) M anten imie nto del con trato 136e) Penal izacin de la resolucin del contrato s incausa 136f) Interpretacin de cier tas interrupciones comosuspen siones con tractuales 137g) Mantenimiento del contrato en el caso de cambio de la persona del em plea dor 138 3 6. Prim aca de la real idad. Presu ncin de la existenc ia de la figura labo ral 138

    3 7. Bu en a fe 140 3 8. Justic ia socia l 141 3 9. Eq uidad 145 40. Proh ibicin de hacer discr im inacio nes 146 4 1 . Gra tuidad de los proc edim ientos judicia les y adminis t rat ivos 149C ) M E D I O S T C N I C O S U T I L IZ A D O S

    42 . Con s iderac iones genera les 151

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    NDICE GENERAL X I X 43 . Lim itacin de la auton om a de la voluntad 151 44 . Lim i tac i n de las facul tade s j e r r qu ica s de l em

    pleador 151 4 5. Tratam iento privilegiado del pode r de negociacincolectiva de los trabajad ores 154 46. Re con ocim iento de las autono m as colect ivas laborales 154 47 . Control adm inis t rat ivo 155 48 . Co op era ci n y unif icacin en el plan o internacional 156D ) F U E N T E S

    49 . Clasificac in 157 50. Con st i tucin de la Na cin Arge nt ina 158 5 1 . Tratados internac ionales 161 52 . Leyes nac ionale s 162 5 3 . Leyes prov inciales 163 54. D ecretos reglam entarios 164 55 . Re solucion es adm inis t rat ivas 164 56. Con venios colect ivos 165 57 . O rganism os pari tar ios 167 58 . La udos arbi t rales 167 59. Principios gene rales del derec ho 168 60. Jurispru den cia 169 6 1. D octr ina 169 62. N egoc ios laborale s individuales 170 63 . Uso s y cos tum bres 170

    E ) A P L I C A C I N D E L A N O R M A 64. rgan os de apl icacin 172a) Jud iciale s 172b) A dm inis t rat ivos 173 65 . m bi to personal 174 66. m bito geog rfico 176

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    X X NDICE GENERAL 67 . Prin cipio de la aplicac in de la norm a m s favorab le al t rabajado r 177a) Ac um ulacin 179b) Con globam iento 180c) Org nico 180 68 . A plica cin de la norm a en los caso s de lagun a dela ley 182 69 . O rde n de pre lacio n de las no rm as segn su fuente 183 70. A plica cin de la norm a en cua nto al t iem po 185 7 1 . Inter pre tacin de la ley 188

    a) A utn tica 188b) D octrin aria 189c) Judic ial 189 72 . Ord en pb lico laboral 191 7 3 . Sim ulac in i l ci ta y fraude labo ral 193 7 4. Figura s y presu ncione s para evi tar abusos en perjui cio del trabajado r 195a) Presuncin de la existencia de contrato de trabajo 195b) U til izacin de figuras soc ietarias 1961) Integ rantes de soc ieda des 1962) Co ope rativas de trabajo 199c) Interposicin de perso nas 202d) Co ntra tistas. Cesin de establecimiento. Em presas vinculada s 204e) Con trato de t rabajo de grup o o por eq u ip o. . . . 21 3

    f) Trabajos prestados por integrantes de una sociedad 215Cuestionario 2 16C A P T U L O I V

    INSTITUCIONES SOCIO-LABORALES 75 . Prota gon is tas de las relac ione s de t rabajo 217 76 . Em presa 217

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    NDICE GENERAL XXI 77. Asociaciones profesionales de empleados 223a) Evolucin histrica 223

    b) Finalidad del sindicato 227c) Diferencias con las otras asociaciones 233d) Estructura sindical 233e) Organizacin sindical 234f) Unidad y pluralidad sindical 237g) Libertad sindical 2391) Individual 239a) Aspecto positivo 240b) Aspecto negativo 2422) Colectiva 245h) Autarqua sindical 246i) Funciones sindicales 248

    78. Organismos profesionales de empleadores 249 79. Estado 250 80. Organismos internacionales 254Cuestionario 259

    S E C C I N IIDERECHO DE LAS RELACIONESINDIVIDUALES DEL TRABAJO

    CAPTULO VLA RELACIN INDIVIDUAL

    81. Consideraciones generales 261A) TI PO S DE RELACIN DE TRABAJO

    82. Permanente 267a) Plazo indeterminado. Perodo de prueba 267b) Plazo determinado. Contrato a plazo 274 83. Eventual 275a) Rgimen comn 275

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    X X I I NDICE GENERALb) Trabajo eventual provisto por una empresa deservicios eventuales autorizada 2781) Rgimen de trabajo 2782) Requisitos que debe cumplir la empresa deservicios eventuales 2823) Obligaciones que asume la empresa usuaria 287 84. Genrico 289 85. Rgimen de trabajo en la pequea empresa 289 86. Especial 290 87. De aprendizaje 290

    B) SU JET OS DE LA RELACIN INDIVIDUAL DE TRABAJO 88. Trabajador 290 89. Causahabientes del trabajador 293 90 . Situaciones discutidas acerca del carcter de trabajador de la persona que realiza la pre stacin... 294a) Trabajo familiar 294b) Servicios benvolos, amistosos, "voluntarios"

    y de vecindad 295c) Trabajo a dom icilio 296d) Profesionales universitarios 297e) Deportistas 298f) Religiosos 298g) Concubinos 300 91 . Em pleador 301 92. El Estado empleador 304Cuestionario 307

    C A P T U L O V ICONTRATO DE TRABAJO

    A) CARACTERIZACIN 9 3 . Negocio jurd ico y relacin individual de trabajo 309 94. Concepto 312

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    NDICE GENERAL X X I I I 95 . Requ is itos 31 3a) Ca pacida d 313b) Con sent imiento 316c) Ob jeto 317d) Cau sa 319 96. Forma 32 0 97. Prueb a 32 2

    B ) E L T I E M P O E N E L C O N T R A T O D E T R A B A J O 98. Int roduc cin 33 1 99. Perodo de prueb a 33 2 100. Con t ra to po r t i empo inde t e rm inad o : con t inuoo d i scont inuo 33 3 101 . Por t i empo determinado 33 8a) Co ntra to a plaz o fijo o por obra 33 8b) Co ntrato de aprendizaje 340c) Co ntrato de pasan t a 34 4 102. A ntig eda d en el servicio 345

    C ) E S T A B I L I D A D 103 . Con cepto 347 104. Ab soluta 34 9a) Con efectos pleno s 349b) Con efectos me nos pleno s 35 2 105. Re lativa 35 4Cuestionario 3 5 5

    CAPTULO V I IDEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES

    A) INT RO DUCCI N 10 6. Co nten ido de la relac in indiv idua l de trabajo .. 35 7 107. De beres de cond ucta de am bas partes 36 2

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    XXIV NDICE GENERALB ) DE R E CH O S DE L E MPL EA DO R

    108. Re cibir el t rabajo 3 63 109. Facu l tad de di reccin 36 3 110. "Ius varian di" 36 5a) En la clase de actividades dentro de la misma categora profesional 36 6b) En el lugar de la pre stac in 36 7c) En el ho rario 36 7 111 . Facu l tad discipl inaria 371 112. Ad optar s is temas de control del personal 374 113 . Co ntroles m dicos del perso nal 375 114. A ser prefe rido en la exp lotac in de los inventosperso nales del t rabajador 376

    C) DE B E R E S DE L E MPLE A DOR 115. Dar ocup acin efectiva y adec uada 376 116. Cu m pli r los dem s deb eres legales 378 117. Re spe tar la l ibre exp resi n del trabajador 379 1 1 8 . De seguridad y con dicione s dignas de labor 379 119. No disc rim inar en perjuicio del trabajador 38 6 120. Pag o de la rem un era cin y reintegro de gastos . . 387 12 1. Re al izar los dep si tos de los aportes y contr ibucion es de segu ridad socia l y sindical 3 88 122. M anten er s igi lo en cua nto a los inventos perso nales del trabajador 3 91 123 . Co nce der cert if icados 391

    D) DE RE CH OS DEL TRABAJADOR 124. A que se le d ocup acin 39 2 1 2 5 . A que se respete su d ignidad com o persona 39 2 126. A la l ibertad de exp resi n 39 3 127. A la seguridad y con dicion es dignas de labor ypercepcin de los daos sufr idos en su personao cosas como consecuencia de la pres tac in la

    boral 393

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    NDICE GENERAL X X V 128. Al cobro de remuneracin y reintegro de gastos 393 1 2 9 . A la diligencia del empleador para la percepcin

    de los beneficios de la seguridad social y los delas normas laborales 393 1 3 0 . A no ser objeto de discriminaciones 393 1 3 1 . A obtener certificados 393 132. A la propiedad sobre las invenciones personales 393

    E) DEBERES DEL TRABAJADOR 133. Poner su capacidad laboral a disposicin del em

    pleador 396 134. Aceptar, dentro de los lmites convenidos y razonables, el ejercicio de la facultad de direcciny el "ius variandi" que ejerce el empleador 397 135. Aceptar el ejercicio razonable de la facultad disciplinaria del empleador 398 136. Someterse al rgimen de control mdico y delpersonal ejercido dentro de lmites razonables .. 398 1 3 7 . A dar preferencia al empleador en la explotacin de sus inventos de carcter personal 398Cuestionario 399

    CAPTULO VIIICONDICIONES DE TRABAJO

    A) R GI MEN LEGAL DE LA PRESTACIN LABORAL 138. Introduccin 401 139. Condiciones dignas de labor 401 140. Jornada de trabajo 402a) Evolucin normativa 404b) Concepto 405 141. Jornada normal 407a) Excepciones 4071) De carcter permanente 408

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    X X V I NDICE GENERAL2) De carcter tem pora rio 408b) Ho ras suplem entarias 408 142. Jornad a parcial 410 143 . Jornad a nocturna 410 144. Tareas en lugares o en con dicione s insa lub res . . . 411 145. Traba jo por equ ipos 413 146. D esca nso semanal 415 147. Fer iado s obliga torios 418 148. Das no labora bles 42 0 149. Licen cia anual 421

    150. Licen cias especiales 426 151 . Ho rario de apertura y cierre de negocios 431B ) T R A B A J O D E M U J E R E S

    152. Principios generales 43 3 153 . Co ndic ione s de t rabajo 43 3 154. Lice ncia por m aternidad 43 5 155. Protec cin contra el desp ido por causa de matr i mon io 437 156. Protecc in contra el desp ido por causa de em barazo 438 157. Estad o de exced encia 43 9

    C ) T R A B A J O D E M E N O R E S 158. R gim en general 440 159. Ac ciden tes de t rabajo 442 160. Ah orro obl igatorio 443 161 . Jornad a laboral 443 162. Esp ectc ulos pbl icos 444 163 . Licen cia anual 444 164. Iguald ad de ret r ibucin 444 165. A prend izaje y orientacin profesional 44 4 166. Enfo que segn la ley 25 .013 445

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    NDICE GENERAL X X V I ID ) S E G U R I D A D E H I G I E N E

    167. Int roduc cin 445 168. Dis t intas previs ione s legales 445 169. Ley 19.587 447a) Ob jetivos 447b) Ex igenc ias bsicas 448c) Reg lamentacin 448 170. Preven cin de r iesgos 449Cuestionario 452C A P T U L O I X

    R E M U N E R A C I NA ) C A R A C T E R I Z A C I N

    171. Conc epto jur d ico . Aspectos econm icos 453 172. Re quis i tos 45 4a) Co nt inuid ad 455b) Con mu tat iv idad 455c) Suficienc ia 455 173 . Co ncep to pol t ico social . Salar io jus to. Salario social 45 5 174. Prin cipio de iguald ad 45 6 175. .Salario y pre stac in de seguridad , social 45 6 176. Cr dito salarial 456

    B ) T I P O S D E S A L A R IO 177. Cr iterios 45 9a) En funcin del t iem po 46 0b) En funcin del resul tado 460 178. N om inal y real 460 179. D irecto e indirecto (o social ) 460 180. En dinero y en especie (o no m oneta r io) 461 181. Ga rant izado 462

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    XXVIII NDICE GENERAL 182. Bs ico y com plem enta rio (plus) 463 183 . M nim o, vi tal y m vi l 463 184 . Sueldo anual com plem entar io (SAC) 466 185. Re integro de gastos (vit icos) 466 186. Grat i f icaciones 468 187. De stajo o unida d de obra 468 188. Co m isin 469 189. H abi l i tacin 470 190. Pa rt icipa cin en las uti l ida des 47 0 191. Prem ios 472 192. Prop ina (recom pensa s) 472 19 3 . Beneficios sociales. "N o retributivo". "N o bo -nif icable" 473a) Ben eficios sociales 476b) No retributivo 47 8c) No bonificab le 47 9

    C ) D E T E R M I N A C I N Y P R UE B A 194. M odo s de determ inar la rem unera cin 480 195. Prueb a de la rem unera cin 482

    D) AD QU I S I C I N Y P R DIDA DE LA R EM UNER A C I N 1 96. Pre stac in del trabajo y pu esta a dispo sicin . . . . 483 197. P rdid a del salario 484

    E ) T U T E L A D E L C R D I T O L A B O RA L 198. M edida s de protecc in del salar io 487 199. N orm as de protecc in frente al em pleado r 488a) Fech a de pago 488b) Lug ar de pago 489c) Form a de pago 490d) En qu se paga 491e) Ad elantos 492f) Re tencion es 493

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    NDICE GENERAL XXIXg) Indexacin de los crdi tos laborales devengados antes del Io de abri l de 1991 495h) Desindexacin de los crditos reajustados porel costo de vida 49 6i) G ara nta del cobro de los crd itos labo rales . 497j ) Pago de sumas rec lamada s e n ju ic io 500k) Inst rum entac in del pago 5021) M ed ios adm inistrat ivo s de con trol 504 20 0. No rm as de protecci n frente a los acreedo res delt rabajador 505

    20 1. No rma s de proteccin frente a ot ros acreedoresdel em pleador 506a) No rmas conten idas en la ley 20 .744 (L C T ) . . 5081) Prin cipio s 5082) Clases de privi legios 508a) Especial 509b) Genera l 511b) No rmas conten idas en la ley 24 .52 2 (L CQ ). . 5121) Fu ero de atraccin 5122) Pron to pag o 5133) Verificacin del crd ito labor al 514a) Con curso preventivo 514b) Quiebra 5164) Privi legios de los crdi tos laborales 516a) Crd i tos del con curso 517b) Crd i tos con privi legio especial 517

    c) Crd i tos con privi legio general 519F ) E X T I N C I N D E L C R D I T O

    20 2. Pago 519 20 3 . Prescripcin l iberatoria 52 0 204 . Caduc idad 522 20 5 . Acu erdos t ransaccionales y conci l i a tor ios 522 206 . D esis t imien to del derec ho 52 4Cuestionario 52 5

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    XXX NDICE GENERAL

    CAPTULO XSUSPENSIN DE ALGUNAS OBLIGACIONES

    QUE IMPONE LA PRESTACIN LABORAL 207. Concepto 527 208. Enfermedades y accidentes inculpables 533 209. Servicio militar y convocatorias especiales 542 210. Desempeo de cargos electivos o representativos 544 211. Suspensin por motivos de carcter gremial (ejer

    cidos por los trabajadores) 545 212. Fuerza mayor y otras causas que obran sobre eltrabajador 547 213. Suspensin preventiva 549 214. Suspensin disciplinaria 553 215. Suspensin por causas econmicas 556 216. Quiebra del empleador 563 217. Fuerza mayor que obra sobre el empleador 567 218. Suspensin precautoria 568 219. Contrahuelga ("lock-out") 569 220. Suspensin indirecta individual 570 221. Mutuo consentimiento 572Cuestionario 574

    C A P T U L O XINOVACIN SUBJETIVA DEL CONTRATO DE TRABAJO

    222. Concepto 575 223. Supuestos contemplados en la LCT 575a) Transferencia colectiva 576b) Cesin individual de personal 576 224. Efectos 577 225. Situaciones en que la transferencia habilita al tra

    bajador a considerarse en situacin de despido .. 581

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    NDICE GENERAL X X X I 22 6. Situacin contractual de los trabajadores que continan prestando servicios con el adquirente delfondo de comercio que fue propiedad del fallido 581 22 7. Transferencia en favor del Estado 583Cuestionario 585

    CAPTULO X IIEXTINCIN DEL CONTRATO DE TRABAJO

    228. Concepto 587 229. Preaviso 592 23 0. Extincin por causas que ataen al traba jado r... 597a) Decisin propia 5971) Renuncia 5972) Abandono del cargo 599b) Incum plimiento (injuria, despido directo) 601c) Incapacidad o inhabilidad sobreviniente 605d) Estar en condiciones de obtener jubilacin ordinaria 608e) M uerte 612 23 1. Que ataen al empleador 616a) Resolucin sin justa causa (despido directo arbitrario) 6161) Relaciones concertadas a partir de octubre de 1998 619

    a) Monto de la indemnizacin 619b) Despido discriminatorio 621c) Agravacin en caso de falta de pagooportuno de la indemnizacin 6242) Relaciones concertadas antes de octubre de1998 625a) Monto de la indemnizacin laboral comn 625b) Monto de la indemnizacin respecto deun contrato a plazo fijo 628

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    XXXII NDICE GENERALc) Despido con motivo de embargo o dematrimonio 631b) Incumplimiento contractual (despido indirecto) 633

    c) Falta o disminucin de trabajo 636d) Fuerza mayor 644e) Quiebra 645f) Muerte 647 232. Por decisin de ambas partes 648a) Vencimiento del plazo fijado (artculo 93, LCT) 648b) Trabajo eventual 649c) Mutuo acuerdo 649 233. Efectos posteriores a la extincin del contrato .. 650Cuestionario 652

    CAPTULO XIIIESTATUTOS ESPECIALES

    234. Concepto 653 235. Aeronavegantes 658a) Definicin 658b) Patente 658c) Condiciones de trabajo 658d) Remuneracin 658e) Accidentes de trabajo 659 236. Conductores particulares 659a) Definicin 659

    b) Perodo de prueba 659c) Carnet 659d) Remuneracin 659e) Vivienda 659f) Estabilidad 660g) Penalidades 660 237. Construccin 660a) Definicin 660b) Inscripcin 662

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    NDICE GENERAL XXXIIIc) Fondo de desem pleo 663d) Estab i l idad 668e) Rem unerac in 669f) Susp ensin 669g) Enferm edad 669h) Indemnizacin en caso de muer te de l t raba-j ad or 671i) Rese rva del em pleo 671j) Re spo nsab i l idad sol idaria de tercero s 672k) Rgimen de t rabajo en sbados despus delas 13 horas , dom ingos y fer iados nacio nales 6731) Rg ime n de t rabajadores ant iguos 673m) rgano de apl icacin y rgimen de sanciones adm inis t rativas 674n) Aplica cin de la ley a las cau sas en trm ite 67 6 23 8. D ocen tes part iculares 678a) De finicin 678b) T tulo hab i l i tante 679c) "Ius varia ndi" 679d) Rem unerac in 679e) Estab i l idad 680f) rg ano adm inis t rativo de contralor 680g) Pen al idad es 681 23 9. Ejecutante mu sical 681a) De finicin 681b) Hab i l it ac in 681c) M edidas respecto del me rcado de t rab ajo . . . . 681d) Jorna da 682e) Feriad os obl igatorios 682f) Rem uneracin 682g) Estab i l idad 683h) Orga nismo de cont ra lor 683 24 0. En cargad os de casa de renta 683a) Definicin 683b) Libre ta y regis t ro 683c) Co ndic iones de t rabajo 684

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    NDICE GENERALd) Jor na da de trabajo 685e) De scanso semanal 685f) Lice ncia anual 685g) Accidentes y enfermeda des 685h) Rem uneracin 686i) D esp ido 686j) Perod o de prueba 686k) Indem nizacin por desp ido 6861) Pre avis o 687m) Co m isin pari tar ia 687n) Sanc iones 687 2 41 . Juga dores de ftbol profesional 687a) De finicin 687b) Disp osicion es apl icables 687c) Form a y prueba del con trato 688d) Co ndicio nes de t rabajo 689e) Rem uneracin 690f) R gim en discipl inario 691g) Ex t incin del contrato 691 24 2. M d icos , dent is tas y farm acut icos 692a) De finicin 692b) Ha bi l i tacin 692c) Perod o de prueb a 693d) Estab i l idad 693e) Sum ario previo 693f) Esc alafn 693g) Jorn ada 693h) Rem uneracin 693i) Co ndicion es de t rabajo 693j) Vacac iones y l icencias 693k) Suspe nsin 693 2 43 . Trabajado res en pelu que ras de dam as y cabal leros e inst i tutos afines 694a) De finicin 694b) Inst rum entaci n del con trato de t rabajo 695c) Co ndicio nes de t rabajo 695

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    NDICE GENERAL X X X Vd) Preav iso 695e) Rem unerac iones 696f) D esca nso seman al 696g) Feriad o especial 696h) Libros 696i) Medios de control de la remuneracin y delhorario 697j) Ap ortes patron ales al s indicato 698 244 . Periodis tas profesionales 698a) De finicin 698b) M atr cula 699c) Perod o de prueba 699d) Co ndic iones de t rabajo 699e) Jornad a 700f) Va cacione s 700g) Rem uneracin 700h) Cau sales de despido 701i) Inde m nizac in por despido 701j) Prea viso 701k) Bonificacin (al resolverse el contrato) port iem po de servicio 7011) Accidentes de trabajo y enfermedades profes ionales 702m) Tareas eventuales 702n) Suspe nsin 702) Co m isin pari tar ia 702 245 . Em plead os adm inis t ra t ivos de em presa s per iods t icas 703a) De finicin 703b) Eda d de ingreso 703c) Co ntrato a prueb a 703d) Escalafn 703e) Co ndic ione s de t rabajo 703f) Estab i l idad 704g) Jorna da 704h) Rem uneracin 704

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    XXXVI NDICE GENERALi) Suspensin 704j) Despido por hallarse el empleado en condiciones de jubilarse 704k) Bonificacin (al resolverse el contrato) portiempo de servicio 704 246. Rad iocabletelegrafistas 705a) Definicin 705b) Habilitacin 705c) Jornada 705d) Condiciones de trabajo 705e) Estabilidad 706f) Vacaciones 706g) Suspensiones 707h) Reduccin del personal 707i) Rem uneracin 707j) Com isin paritaria 707 247. Rgimen de trabajo a bordo de buques argentinos 707a) Definicin 707b) Habilitacin 708c) Condiciones de trabajo 708d) Jornada de trabajo 711e) Vacaciones 713f) Rem uneracin 713g) Enfermedades y accidentes 7151) Inculpables 7152) Profesionales 7153) Excepcin de la obligacin 717h) Reso lucin del contrato 7171) Por el empleador, con justa causa 7172) Despido indirecto 7183) Por el empleador, sin justa causa 7184) Por falta o disminucin de trabajo 7195) Renuncia del trabajador 7196) Por cambio de destino del buque 7207) Fuerza mayor 720

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    NDICE GENERAL X X X V I I 248. Rgimen de trabajo portuario 722a) Definicin 723b) Autoridad de aplicacin 723

    c) Matrcula 723d) Tareas eventuales 724e) Condiciones de trabajo 724f) Planteles 727g) Jornada de labor 728h) Rem uneraciones 729i) Sanciones 730 249 . Trabajador agrario permanente 731a) Definicin 731b) Norma aplicable 732c) Contrato de trabajo 733d) Tiempo de servicio 734e) Perodo de prueba 734f) Rgimen del trabajador suplente 734g) Deberes y derechos de las partes 735h) Jornada de trabajo 738i) Licenc ias anuales 738j) Licenc ias especiales 739k) Trabajo de menores y mujeres 7391) Higiene y seguridad 741m) Rem uneracin 741n) Suspensin de algunos efectos del contrato .. 744) Transferencia 746o) Extincin del contrato 747p) Form acin profesional 749q) Organismos adm inistrativos 750 250. Trabajadores agrarios no permanentes 752a) Definicin 752b) Condiciones de trabajo 752c) Trabajo de mujeres y menores 753d) Rem uneracin 753e) Rg imen de arbitraje obligatorio 754

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    NDICE GENERAL 251. Co ntratista de vias y frutales 754a) Definicin 754b) Obligaciones de las partes 754c) Derechos del contratista 755d) Retribucin que percibe el contratista 756e) Organismo adm inistrativo de aplicacin 756f) Carcter de la relacin 756 25 2. Trabajo a dom icilio 757a) Definicin 757b) Habilitacin. Libreta de trabajo 758

    c) Contenido del contrato 759d) Rem uneracin 760e) Medidas de contralor 760f) Sanciones 760 253 . Viajantes de comercio o de industria 761a) Definicin 761b) Condiciones de trabajo 762c) "Ius variandi" 762d) Rem uneracin 763e) Descansos 764f) Libros 764g) Indem nizacin por clientela 765h) Com isin paritaria 765 254. Servicio domstico 765a) Definicin 765b) Libreta de trabajo 766c) Contenido de la prestacin 766d) Perodo de prueba 767e) Jornada de trabajo 767f) Descanso hebdom adario 767g) Vacaciones anuales 767h) Licencia por enfermedad 767i) Rem uneracin 768j) Causales de despido 769k) Preaviso ... 769

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    NDICE GENERAL X X X I X1) Indem nizacin por despido 769m) Organismo jurisdiccional 770

    255. Rgimen de la pequea empresa 770a) Definicin 771b) Contabilidad laboral 772c) Disponibilidad colectiva 774d) Preaviso 774e) Negociacin colectiva 7750 Formacin profesional 778g) Procedimiento de crisis 778h) Adaptacin a la pequea empresa de las normas referidas a la preservacin de la salud yde la seguridad en el trabajo 779i) Com isin Espec ial de Seguimiento 780Cuestionario 781

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    P A R T E P R I M E R AD E R E C H O D E L T R A B A J O

    1. Vzquez Vialard, 1.

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    S E C C I N PRIMERAP A R T E G E N E R A LCAPTULO PRIMERO

    INTRODUCCINA) TRABAJO HUMANO

    1. CONCEPTO. - Las relaciones del trabajo, as como lasde la vida socioeconmica, tienen por objeto satisfacer las necesidades del hombre y facilitar su desarrollo como persona:se es el gran tema.El ser humano es "un indigente"; padece necesidades quese manifiestan en las diversas expresiones de su vida: hambre,fro, inseguridad, deseo de saber, etctera. Tales necesidades ,que al principio se reducen al mbito de lo estrictamente biolgico, van extendindose y abarcando el campo de lo til y delo confortable, permitiendo al hombre vivir mejor y disfrutardel ocio que, bien empleado, lo ayudar a proyectarse a nivelesde mayor perfeccin.Esa indigencia del hombre debe cubrirse con bienes y servicios aptos para remediarla y que l mismo debe procurar, noindividualmente, sino integrado en la sociedad en la cual estinserto, y actuando como sujeto consciente. Para ello le ha sido dado un mundo que est a su disposicin, pero que debe esforzarse por dominar, a fin de que le sea plenamente utilizable.

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    4 PARTE GENERALAs, si bien la naturaleza le ofrece la posibilidad de satisfacersus necesidades, a travs de la feracidad de la tierra, de lascondiciones climticas y de los dems elementos necesarios,exige que l la cultive, cuide, recoja sus frutos y los transforme, hacindolos ms aptos para el consumo.La capacidad de accin del hombre est dada por su inteligencia y su voluntad, que le permiten discernir los mediosaptos, y por su cuerpo, que le sirve de instrumento en la ejecucin de los actos necesarios para lograr los fines perseguidos.Podra definirse el trabajo humano, como la accin del hombre sobre la naturaleza para "dominarla", y de esa manera convertirse en seor de ella, en vez de ser su esclavo. Todo elproceso de desarrollo de la vida social, econmica y del trabajo , en la medida en que tiene un sentido humano, constituye unpaso en la tarea de liberar al hombre del racionamiento a quelo somete la naturaleza.Como el ser humano es constitutivamente social (no hay nisiquiera posibilidad de imaginarlo "aislado"), esa tarea la realiza junto con otros, sus hermanos, que participan de la mismanaturaleza y vocacin. Con ellos recorre este tramo de suexistencia y comparte su vida (gozos, sufrimientos, etctera).La comunidad social tiene como fin posibilitar a cada unode sus miem bros una suficiencia de vida. Segn cmo sea sta, se determina cada una de las sociedades: familia, ciudad,provincia, nacin, internacional, en el plano de las que puedenconsiderarse "necesarias" para su vida de relacin, y entre lasque pueden calificarse de "voluntarias": empresa, escuela, asociacin recreativa, profesional, etctera. Cada una de ellas leofrece la posibilidad de lograr la satisfaccin de una necesidad:la familia, las de carcter cotidiano; la sociedad internacional, lade lograr un buen vivir a travs de la participacin en un "biencomn", ya no slo restringido a los aspectos biolgicos, sinoen cuanto a su ser total (biolgico, intelectual).Esta perspectiva del ser humano de poder ser "ms hombre" a travs de su vida social, no siempre se logra. A veces,

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    INTRODUCCIN 5a la esclavitud con que la naturaleza somete al hombre en lamedida en que ste no ha desarrollado (desplegado) su capacidad de dominio sobre ella (ser su "seor"), se une la que esconsecuencia de una falta de participacin en el goce de losbienes propios de la vida comunitaria, tanto materiales, comoespirituales, de los que se lo margina.La vida social ofrece, o por lo menos debera ofrecer, a cada uno de sus miembros la posibilidad (como marco de referencia) de lograr un "buen vivir" a travs de lo que podra llamarseun "sistema de provisiones": alimentos, abrigo, cultura, asistencia mdica, seguridad, etctera.Todo ese conjunto de bienes y servicios que la comunidadpone a disposicin de cada uno de sus integrantes para quepuedan lograr una mayor perfeccin de vida, tiene que habersido preparado con anterioridad. Ese "arse nal" se nutre con eltrabajo de todos y cada uno de sus miembros, que reciben laherencia de las generaciones pretritas. La posibilidad de queel hombre desarrolle su vida en el plano propio de su existencia (no como simple objeto, sino como protagonista de la historia), en buena medida depende no slo de la cantidad, sino especialmente de la calidad de ese acervo (lo cual supone, noslo cosas, sino tambin participacin en ellas).

    Ese sistema de provisiones slo puede aumentar y enriquecerse en lo material, en la medida en que reciba ms de lo queprovee (es decir, de todo aquello que se consume), conformando un capital (tierras cultivadas, edificios, instrumental, al quese agregan los sistemas de orden en la vida poltica, social, cultural, econmica) que se transmite a las generaciones futuras (acada una de las cuales se le brinda la posibilidad -que habrnde convertir de "mera expectativa" en acto- de lograr una vidams humana).El trabajo, concebido como accin que domina la naturaleza, es la incorporacin de esa accin al sistema de "provisinsocia l". Por lo tanto , todo trabajo es servicio prestado al hermano (su caracterstica es la "ajenidad"), ya sea en forma di-

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    6 PARTE GENERALrecta o a travs del incremento de aqul. La diferencia entreel trabajo y otras actividades, entre ellas el juego, est en la"prestacin de ese servicio"^ en una actividad que se "guardapara s". En algunos casos, aqul se brinda en forma directa(produccin de bienes, enseanza, etc.); en otros, constituye unenriquecimiento (capitalizacin) para lograr una mayor capacidad posterior de servicio (p.ej., la tarea que realiza el estudiante que se prepara para obtener una mejor calificacin profesional en el futuro, lo cual le exige "absorber" bienes y serviciosque no tienen aplicacin directa en un aumento inmediato delacervo -en este caso- cientfico, tcnico, cultural, sino con miras hacia el futuro).Cabe precisar que no obstante la importancia fundamentalque el trabajo tiene en la vida del hombre, no constituye la accin ms valiosa, medida en la dimensin propia del ser que laejecuta. M ediante l, el hom bre obtiene los medios necesariospara satisfacer parte de sus indigencias (y as construye el mundo que tiene por escenario). Adem s de las que pueden ser satisfechas a travs de bienes y servicios elaborados con el trabajo,existen otras de no menor importancia y que ataen a otros aspectos de su vida: afectiva, intelectual, de creatividad, de recreacin, religiosa. Por lo tanto , hay otras acciones que debeejecutar el hombre para lograr el pleno desarrollo de su ser yque, en la medida en que lo haga dentro de un armnico equilibrio, tienen una importancia decisiva para alcanzar la plenitudde su perfeccin.Por tanto, a la necesaria accin laboral se deben agregarlas que exigen la vida en familia, la amistad, la buena compaa, la educacin, la capacitacin, la investigacin, la reflexin;la creacin propia del artista, del realizador, del artesano; eljuego, las fiestas, la vacancia; el culto, la oracin, la meditacin, el recog imien to. Adems, algunas de las labores que integran el sistema de provisiones, no se hallan dentro del circuitoeconmico, ya que corresponden a ese amplio sector de actividades de "carcter gratuito" (tal como las que se realizan, entreotras, en la atencin del hogar y educacin de los hijos).

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    INTRODUCCIN 7El hombre, a travs del trabajo, no slo domina la naturaleza y se libera de la dependencia a que ella lo somete -racionamiento- y de esa manera se "enseorea", sino que la modelaa su imagen y semejanza (los historiadores catalogan las distintas generaciones pasadas, formas de vida, etc., de acuerdo conel instrumental construido y utilizado por ellas para "dominar"la naturaleza).Es evidente que ese "dominio cuesta"; la naturaleza ofreceresistencia y para sojuzgarla se requiere un esfuerzo fsico, deinteligencia, etctera. En cierta manera, el trabajo es penoso ,pero esa calidad accidental le viene como consecuencia de ladesobediencia del primer hombre contra el Creador (pecadooriginal, lesin antropolgica, haber querido ser igual a Dios,lo que lo indujo a rebelarse), situacin que le trajo consigo alhombre la maldicin: "ganars el pan con el sudor de tu frente", y a la mujer: "parirs con dolor".Este hecho, que responde a una situacin histrica, no debe "opacar" el concepto del trabajo concebido como instrumen

    to de dominio de la naturaleza y cocreador con Dios, que hizoun mundo inacabado, para que los hombres lo "vayan terminando" a lo largo de las distintas generaciones.He aqu uno de los puntos fundamentales para una revalorizacin del trabajo, aun en una "sociedad de consum o". Ladignidad de la labor realizada, no slo por el "alto funcionario", el artista, el cientfico, sino la ms opaca a la vista delhombre comn (a veces, la tarea de la mujer -madre, esposa,hermana- en el hogar), no est en el brillo exterior que la funcin ejercida proyecte, sino en el hecho de ser ejecutada por unser humano -con una ndole y una vocacin trascendente-, enla que compromete toda su vida y por medio de la cual cocreacon Dios Creador y corredime con Dios Hijo Redentor, para elservicio de los dems hombres, sus hermanos.El trabajo tiene una realidad extrnseca, o "hacia afuera",objetiva: construye el mundo; al mismo tiempo, una faz "intrnseca", o "hacia adentro", subjetiva. M ediante l, el hom bre se

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    8 PARTE GENERALreal iza como ser humano, se s iente integrado a la comunidad, ose dest ruy e. N o basta que se prod uzc a correc tam ente "h aciaafuera" (muchos bienes y servicios) , obtenindose con l unacompensacin econmica suficiente, s i la tarea no brinda sat isfaccin (salar io psicolgico, que es indispensable en todas lasact ividades de la vida, sent i rse "alguien" , part cipe e integrantede la com unida d, con una funcin d igna que cum pli r) . El tema t rae una connotac in especia l en e l mundo moderno , en e lque el proceso de industr ial izacin que se opera en los diversospases , con prescindencia de la concepcin pol t ica que lo pres ida, ha producido un doble corte: a) entre el hombre y su obra(que ahora es fraccionada a travs de la divisin del trabajo,por lo cual el t rabajador no siempre logra "ver" el resultado desu labor), y b) entre el hombre y el fruto de su tarea (que no lepertenece, pues ha puesto su "capacidad" a disposicin de otro,que la recibe y dirige: contrato de trabajo que alcanza a la mayor parte de la poblacin que integra la fuerza de trabajo; alrespecto, ver 13) .

    2 . PRINCIPALES ASPECTO S DEL TRABAJO. - Al efecto, pueden dis t inguirse los s iguientes :a) SOCIALES. Los hombres , en su gran mayora, producenbienes y servicios para ot ros (como que el elemento esencialdel trabajo es el servicio hacia el hermano, pues de lo contrariono t iene ese carcter) y , al mismo t iempo, consumen esos mismos bienes y servicios (algunos se dest ruyen con su primerus o , otros no, ya sean semidurables , durables o indest ruct ibles :cul tura, educ acin , etctera) . En conse cuen cia, el t rabajo quelos genera es personal y social ; t iene es ta segunda caracter s t i ca por su fin (servicio comunitario), por su ejercicio (realizadoen colaboracin con otros) y por su apt i tud (servir de lazo vital en una socied ad). La pa rt icip ac in , no slo en el pla no delo econmico (en las ganancias , en e l resu l tado) , s ino tambinfuncional , en la gest in, en las decis iones , corresponde a es ta

    rea l idad .

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    INTRODUCCIN 9El capitalismo, que plasm un modo especial de relaciones(ver 5), redujo en ciertos aspectos el trabajo humano a la esfera particular de cada hombre, como si a l solo le interesara.En cierta manera lo degrad con el doble corte que produjo entre el que trabaja y su obra, y el que trabaja y su fruto (a loque ya se hizo referencia), con lo cual le quit su autntico carcter: espritu de cocreacin en un mundo inacabado, servicioal hermano, reduccin del "racionamiento" que nos impone lanaturaleza.De esa manera, mantuvo al trabajador alejado de los inte

    reses de la comunidad y de la empresa; slo ligado a sta porun contrato, la justicia consiste en abonarle lo pactado, conprescindencia de si ello (tanto en lo material, como en lo moraly espiritual) constituye o no una lgica compensacin de suaporte. Una tendencia actual es "reco nstruir" el concepto dela empresa como comunidad de hombres (es decir, de seres humanos que persiguen un fin comn y participan en la mismatarea para alcanzarlo), y no una simple suma de contratos individuales. Se destaca como una realidad social, annque no tenga todava una expresin jurdica (ver 76), en la que sus diversos integrantes realizan funciones distintas, pero todas ellasconcurrentes en un mismo objetivo: producir bienes y serviciospara los dems, a la vez que obtener con ello lo necesario parael desarrollo de su vida y el de su familia.

    b) PSICOSOCIALES. El trabajo construye el mundo y liberaal hombre de sus necesidades biolgicas, de seguridad, psquicas, de autosatisfaccin y lo plenifica. Por lo tanto, lo promueve; sin embargo, no siempre ha ocurrido as en la experienciahistrica.En 1931, Po XI, en la encclica Quadragessimo Anno, recordaba que mientras la materia prima entra a la fbrica bruta ysale perfeccionada, con el hombre suele ocurrir lo contrario (sedeteriora, no slo en su integridad fsica -con la agresin de untrabajo pesado, ruido, polvo, etc.-, sino en su aspecto moral eintelectual).

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    10 PARTE GENERALEl hombre no es una mquina, es un ser con una vocacintrascendente. Est sujeto a un orden moral; no es un objeto,

    sino el sujeto y protagonista de la vida, y as es como debeconsiderrselo.En las primeras etapas de la historia y hasta la RevolucinIndustrial, puede decirse que el trabajo -en algunos sectores-expresaba al hombre (hecho que ahora no siempre ocurre en lamayora de las actividades). La labor del artesano m anifestabalas cond iciones y el dom inio de l sobre la naturaleza. Al introducirse la mquina, ya no se requiere la misma habilidad humana (se exige un trabajo uniforme, montono, no creador).Aunque el nuevo proceso de automatizacin requiere trabajohumano de mayor calificacin profesional (ms ingenieros, mstcnicos que peones), no llega a procurar la satisfaccin que lograba el artesano en la "visin" de su tarea.La introduccin de la mquina (cuya funcin primordial enel aumento de la produccin es innegable) hace al trabajo msmontono, menos trascendente; la falta de "luz de eternidad","de sentido" de la tarea en la industria, plantea graves problemas que exigen soluciones no fciles (con prescindencia de lasdiversas concepciones polticas). Frente a la realidad que presentan los hechos, no es posible prescindir de los instrumentosde produccin que son indispensables para satisfacer las necesidades de un mundo en "explosin demogrfica" (y que, sinellos, sera difcil lograr), lo cual requiere un esfuerzo de "recreacin", a fin de liberar al trabajador de nuestros das-de suesclavitud psicosocial.Al mismo tiempo que el trabajo se vuelve montono, tambin lo hacen "nuestras ciud ades" (todas iguales). Es urgentey de vital importancia la aparicin de una fuerza que motive alhombre en su aspecto social e individual, que le d "sentido",razones de vida.

    c) ECONMICOS. A travs de la produccin de bienes y servicios que enriquece el sistema de provisiones, se facilita alhombre la posibilidad (que l debe convertir en acto, para que

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    INTRODUCCIN 11no quede en mera potencia) de que l y la comunidad (en losdiversos sectores a que pertenece y en el mbito global) puedanalcanzar una mejor vida, y transmitir un acervo ms copioso yrico a las generaciones futuras. El tema referente a la distribucin de la riqueza producida plantea dos problemas: 1) relacionado con su "dimensin"; si sta permite o no a la comunidadel usufructo de bienes y servicios suficientes, y 2) la justicia enla distribucin o libre acceso a ella. Puede darse un desarrollode carcter econmico que produzca gran cantidad de bienes(aunque no siempre sirvan para satisfacer la necesidad de ciertos sectores de la poblacin), que coexista con un subdesarro-11o desde el punto de vista humano y social: falta de acceso(marginacin) de muchos al uso y goce de lo creado por la comunidad.La expresin correcta para designar el desarrollo que debeestar al servicio del hombre, es la de la palabra en s, sin eladitamento de "econmico", ya que ste restringe su significacin a un aspecto parcial, al que debe agregarse el social y humano. El sistema de provisiones debe tener como caracterstica la "comunicacin" de los bienes y servicios.En los casos en que se aprecia la insuficiencia de los bienes y servicios que se han puesto a disposicin de "todo elhombre y de todos los hombres", hay que investigar si el hechose debe a que el sistema es pobre, quiz miserable en relacincon la cobertura de las necesidades que deben satisfacerse paralograr un nivel aceptable de vida, o a que no se practica unajusta participacin en l (los bienes, tanto sociales como econmicos, slo son accesibles a un grupo, minoritario o mayorita-rio, pero no a todo s). Con frecuencia, ambos factores se presentan conjuntamente.En la actualidad, dentro del mecanismo de distribucin delos bienes del sistema de provisin, hay que distinguir la existencia de dos canales: 7) econmico, por el cual se redistribuyeel ingreso nacional de acuerdo con el aporte que cada uno hayarealizado (salarios, intereses, renta, utilidad, etc.), y 2) social,por el cual la distribucin se hace, no ya en funcin del aporte,

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    12 PARTE GENERALsino de las necesidades que se tengan (jubilacin, asignacionesfamiliares, etctera).

    d) JURDICOS. El derecho no slo toma en cuenta el salario, sino todos los aspectos (econmicos o no) de la relacin labora l. En esta materia se abre paso una corriente que pone elacento en el reconocimiento y respeto de la dignidad del hombre. De una concepcin liberal, que consideraba que los sereshumanos slo estaban vinculados por un "contrato", se pasa-quiz lentamente, con dificultades- a otra que considera que loestn por su participacin en una misma comunidad, a travsde la cual se les facilita el desarrollo armnico de sus personas.Este hecho les impone, por encima y ms all de lo "pactado",una serie de obligaciones y derechos.Algunas concepciones filosficas consideran que el contrato de trabajo (a travs del cual las partes regulan sus obligaciones y deberes, como consecuencia de la relacin laboral) es intrnsecamente injusto. Sostienen que, por esa va, el hombre"vende" el fruto de su labor, lo cual equivale a "venderse" o"alienarse" a s mismo.Pero no se da esa situacin; no hay tal "venta", sino la regulacin de un complejo de derechos y obligaciones que surgende la relacin laboral misma. La circunstancia de que unaparte ponga su capacidad de trabajo a disposicin de otra (ver 94), no significa que se la "aliene", y menos an que se"alien e" a s mism a. El hecho de que en la em presa cadamiembro cumpla un rol distinto, no se traduce en la prdida desu condicin y dignidad de ser humano; la diferencia que seopera entre los diversos miembros es slo accidental-funcional.En el caso, conviene distinguir la realidad de los hechosocurridos, en los que, con cierta frecuencia, se desconocieronderechos fundamentales del hombre, de la naturaleza propia delcontrato de trabajo. El abuso , que lo hubo, no puede convertirlo en algo esencialmente injusto.Hay que destacar la vinculacin interna entre lo jurdico ylo econm ico. El aspecto social del desarrollo no consiste en

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    INTRODUCCIN 13"introducir" palabras en los textos legales, sino en adecuar elgoce de los derechos a las posibilidades reales, en especial delos que tienen una incidencia directa sobre lo econmico. Siel sistema de provisin de bienes y servicios no es suficientepara asegurar a una comunidad un determinado nivel de vida,poco o nada se obtendr mediante la declaracin de unos derechos que slo tengan vigencia en "los papeles". Como se hadestacado, pueden darse dos situaciones distintas: la primera semanifiesta en una deficiente cantidad de bienes y servicios dis-tribuibles; la otra, en una injusta reparticin de lo existente.En cuanto a este segundo tema, el reconocimiento de derechos,hasta ese momento desconocidos, tiene pleno y cabal sentido.No lo es, en cambio, si se trata de la primera situacin (dficitdel servicio de provisiones para asegurar un nivel de vida aceptable), en la que la tarea no consiste slo en mejorar la distribucin (a veces de la pobreza), sino en aumentar la "masa" delo que debe repartirse.En cuanto al tema vinculado al aspecto jurdico del trabajo , cabe destacar las diversas "modalidades" en que dicho trabajo (dirigido y libre) se ha realizado (ver 20 y siguientes).De una preponderancia del aspecto artesanal, al producirse laRevolucin Industrial, que marca una etapa decisiva en el desarrollo del derecho del trabajo, se pasa a una "concentracin" enunidades mayores, en las cuales se pierde la relacin que existaentre el maestro, los compaeros y los aprendices que integrabanla comunidad artesana l. Aparece en gran escala el trabajo dirigido, en "relacin de dependencia", en el que una persona pone su capacidad de trabajo a disposicin de otra, por medio deun contrato. En funcin de la concepcin de vida vigente, elempleador impone bajo la apariencia de una concertacin, lascond iciones de trabajo. Con el tiemp o, y con el propsito deevitar situaciones de injusticia, el legislador sanciona normas bsicas que restringen la autonoma de la voluntad de las partescontratantes (ver 21).Con el desarrollo histrico, los trabajadores toman conciencia de la necesidad de encarar la defensa de sus propios in-

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    14 PARTE GENERALtereses profesionales, lo cual da motivo a la aparicin de lossindicatos, cuyo nacimiento y desarrollo no fue parejo en los diversos pases. En algunos de ellos, en la dcada de 1930, elmovimiento logr alcanzar el llamado fenmeno de la "consolidacin sindical", con vastas repercusiones en el mbito de lavida del trabajo.Las asociaciones profesionales, despus de haber recorridodiversos ciclos (al principio se las consider organizaciones delictivas, despus se las toler y ms adelante quedaron admitidas), adquieren el reconocim iento de su funcin. En tal carcter pactan las condiciones de trabajo (convenios colectivos) conlos empleadores, por lo cual el trabajador, a travs del grupo,"reconquista" un derecho (el derecho a intervenir en la fijacinde las condiciones de trabajo) que se le haba sustrado en razn de las condiciones histricas en que se haba desarrolladola evolucin de la relacin laboral.A esos tres perodos ya indicados: 7) de "libertad absoluta" en el trato de las relaciones laborales; 2) limitacin porobra de la legislacin laboral, y 3) negociacin por medio deconvenios colectivos, se agrega un cuarto, en el cual la representacin de los trabajadores no slo discute y concierta lascondiciones que han de regir las relaciones (que se pactan enuna "mesa de trabajo"), a nivel de la empresa, de la actividad oprofesin, sino que tambin interviene en la programacin econmico-social de la comunidad global, en la que se fijan laspautas que han de ser materia de negociacin del convenio colectivo, as como en otras que trascienden incluso ese marco.A travs de este proceso, la representacin sindical accede auna activa participacin en la toma de decisiones en la vida nacional (ver 24).

    3 . DIFERENTES TIPOS DE TRABAJO. - Dentro de la laborque realizan los distintos miembros de una comunidad, y quese traduce en un aporte al sistema de provisiones que sta ponea disposicin de aqullos, pueden caracterizarse, por lo menos,dos modos fundamentales de trabajo: el "autnomo" y el llama-

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    INTRODUCCIN 15do dirigido, "dependiente" o en "relacin de dependencia". Porsupuesto, se excluyen aquellas labores que corresponden al mbito de lo "gratuito" (por lo tanto, no integran el sector econmico; ver 1).Con el objeto de evitar equvocos, cabe aclarar que ambosresponden a la definicin de trabajo (accin del hombre sobrela naturaleza para dominarla, y que se traduce en un aporte alsistema de "provisiones"), as como que constituyen (con pres-cindencia de que sean o no remunerados -art. 1623, Cd. Civil;art. 115, LCT-) un servicio al hermano que, por razones tcnicas, debe ajustarse a determinadas normas o reglas en el ejercicio del arte o de la producc in de que se trate. As, en cuantoa la forma de ejercer su cometido, no puede haber diferencias en el modo como un mdico cumple su funcin, ya actecomo empleado de un hospital, de una obra social, o ejerza como "profesional libre"; en esos casos, deber aplicar las mismastcnicas (de auscultacin, palpacin, etc.), tanto para determinar el diagnstico como para aconsejar la terapia correspondiente.

    La diferencia entre ambas formas de trabajo estriba, no enla tarea en s, sino en el "m odo" de la relacin . En un caso-trabajo "autnomo"- se lo realiza bajo el "riesgo econmico"propio del que lo hace (que lo ejecuta por cuenta prop ia). Laprestacin consiste en brindar un servicio (en el mdico, realizar un examen, practicar una operacin, etctera).En cambio, en el llamado trabajo dirigido, "subordinado","en relacin de dependencia", no se compromete un resultado,un opus (aunque ste sea en definitiva el mvil que induce auna persona a contratar con otra), sino un medio: poner la capacidad de trabajo a disposicin del locatario para que l la utilice dentro de los "trminos del contrato". El aprovechamiento de la labor corresponde a ste, quien en compensacin tieneque abonar un sueldo (contraprestacin econmica), con pres-cindencia de que haya o no logrado "xito" en la utilizacin deesa capacidad laboral, as como de la finalidad perseguida:econm ica o actividad de beneficencia. El empleador, ade-

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    16 PARTE GENERALms, asume el riesgo econmico; en modo alguno puede exonerarse de su obligacin por el hecho de que la tarea se "hubieraperdido", no hubiera podido utilizarla, etctera. Como excepcin, la ley admite que el cumplimiento de su dbito se suspenda transitoriamente (ver 215) o pueda resolver el contrato(ver 231, c y d) ante la situacin de "falta o disminucin detrabajo" o "fuerza mayor".De acuerdo con una cierta corriente doctrinaria en derechocivil, la figura jurdica de la locacin de servicios habra sidoabsorbida por el contrato de trabajo, mientras que la prestacindel trabajo autnomo correspondera a la locacin de obra.Dentro de la figura propia del trabajo prestado en "relacin de dependencia", cabe distinguir (no en razn de la laborrealizada) segn que la relacin, en virtud de la persona delprestatario, quede comprendida dentro de las normas del derecho del trabajo o de las del derecho administrativo laboral.Cuando aqulla es una persona del derecho pblico, nacional oprovincial (incluye a las municipalidades), salvo los casos deexcepcin (ver 6 y 65), la relacin cae dentro de las normasdel derecho administrativo.A su vez, cabe distinguir segn que el servicio corresponda a una tarea de "carcter civil" o propia de las fuerzas de seguridad (Ejrcito, Marina, Aeronutica, Gendarmera, Polica,etctera).En las relaciones que corresponden al sector del derechodel trabajo, pueden diferenciarse las de carcter genrico reguladas en la LCT, y las que lo estn en algn estatuto particular(ver 85, 234 y siguientes).En el ejercicio de esa actividad humana pueden distinguirse dos grandes modalidades, segn que se la realice libre o forzadamente.Esta segunda corresponde a las figuras conocidas en la antigedad como esclavitud y servidumbre, en las que el hombreque realizaba la tarea estaba constreido a hace rlo. No mediaba de su parte una decisin en tal sentido; su condicin social

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    INTRODUCCIN 17(ya se lo considerara como cosa o como adscripto a la tierra) loobligaba a realizar su tarea en beneficio de "su seor".En la actualidad existen algunas formas de trabajo forzoso(excluidas del campo del derecho del trabajo), en las que la labor que se impone al trabajador responde a una relacin especial; en algn caso, persigue ella, entre otras, una finalidadeducativa o de rehabilitacin, como ocurre con los penados.Como ejemplo se puede citar el que corresponde a las tareasque se realicen con motivo de la convocatoria al servicio militar obligatorio (art. 19, ley 24.429); en este caso, la "causa" dela obligacin no es un acuerdo de voluntades, sino una imposicin del Estado. Esta exigencia no significa que la prestacindeba ser gratuita (el pago de los servicios que se prestan en elrgimen de convocatorias militares depende de las circunstancias a que ellas correspondan; art. 19, prr. 3 o , ley 24.429).Uno de los presupuestos del trabajo prestado "en relacinde dependencia", es que se lo haya pactado ejerciendo ambaspartes su libertad de contratacin, por lo menos en lo concerniente a la eleccin de la otra. Por convenio colectivo o leypodra establecerse que el empleador cubra un cierto nmero deplazas, o slo pueda hacerlo respecto de determinado personalinscripto en la bolsa de trabajo del sindicato, con un ttulo, habilitacin, etc., lo cual no impide que se pueda elegir al trabajador entre los que renan esos requisitos. Como excepcin,el empleador tiene que aceptar la persona que designa la Administracin pblica en el ejercicio de sus funciones de polica, afin de ejercer el contralor por razones de seguridad del mercado de trabajo (tal el caso del trabajo eventual que prestan losserenos de los buques).

    4. PRINCIPALES FIGURAS DEL TRABAJO EN LA HISTORIA. -Desde el primer hombre, el trabajo constituy un instrumentoindispensable para dominar el racionamiento a que lo condicionala naturaleza. El alimento, el abrigo, as como la satisfaccinde las ms elementales necesidades de seguridad y de la vida,slo pudo obtenerlas por ese medio. Los tiles, instrumentos2. Vzquez Vaard, 1.

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    18 PARTE GENERALo medios con que contaba, eran sus manos y su fuerza fsicaque, puestas a disposicin de su intel igencia, lograron poco apoco obtener mejores condiciones de vida.

    Sin embargo, el t rabajo, en especial el de carcter corporal , que durante mucho t iempo const i tuy la nica forma (o porlo menos la predominante) , fue considerado por algunos pueblos indigno del hombre l ibre.La his tor ia de Grecia y Roma es una muestra de aquel lasi tuacin; en algunos casos, ni los trabajadores l ibres gozabande derec hos pol t icos . Aq uel la part icular conc epcin de la vi da l lev a los pueblos de la antigedad a descargar el grueso dela labor necesaria para el mantenimiento de la comunidad sobrelos hom bros de los esc lavo s . s tos eran hom bres , a vecesenemigos apresados en el campo de batal la , a quienes se les"respetaba" el derecho a vivi r , pero se los despojaba de todoslos dems derechos que corresponden al ser humano, reducindolos a la condicin de objetos, es decir, de cosas susceptiblesde apropiacin por ot ro.Adems de los esclavos, haba tambin t rabajadores l ibres ,ar tesanos, con derecho a asociarse (en las hetairai o raneiaien Grecia, y los collegia artificum en Ro m a) . Se cons t i tuyeron as organizaciones con una f inal idad de carcter mutual , pero que tambin l legaron a desplegar alguna que otra accin decarcter pol t ico, especialmente en las cuest iones planteadas enRo m a entre patr icios y pleb eyo s. Esto hizo que se las supri miera en la poca de Csar, quien al efecto promulg la Lex Iu-lia. Despus reaparec ieron los collegia y, dada su singular importancia, adquir ieron un t ratamiento especial .La difusin del crist ianismo trajo consigo una nueva concepc in del t rabajo, incluso del m anu al . Cris to y sus apstoles real izaron tareas de esa ndo le. A dem s, la nueva do ctr inase funda en la igualdad natural de los hombres, hi jos de unmismo Dios y con idnt ica vocacin t rascendente , aunque condiversidad de apti tudes para el ejercicio de los dist intos ministerio s. La ley fund am ental es la del am or y la ayu da a los po bres y m ene steros os . Esta con cep cin de vida fue gana ndo te-

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    INTRODUCCIN 19rreno paulatinamente, aunque no siempre lleg a impregnar elcorazn de los hombres, en especial de quienes tenan de hechola direccin de las distintas comunidades.Como otra forma tpica de trabajo aparece ms adelante elsiervo de la gleba, que estaba adscripto a la tierra, y con ellaera posedo, heredado y, en general, transmitido a otro dueo(quien, a su vez, tena la obligacin de alimentarlo) junto conla heredad o fundo.En la Edad Media se crearon y difundieron las corporaciones que, en cada localidad o regin, reunan a las personasque tenan un mismo oficio o ejercan una misma actividad comercial (sobre todo en las ciudades). Reconocan tres gradoso estamentos: maestros, compaeros y aprendices, sujetos a distintos estatutos. Su finalidad era establecer las normas a lascuales habra de someterse el ejercicio de la profesin, el respeto a las tradiciones, la tica profesional, el ingreso, los derechos y las obligaciones de los miembros. Las relaciones entrestos no se caracterizaron por una separacin tajante entre losdistintos estam entos. La actividad se iniciaba como aprendiz;alcanzada cierta madurez, se obtena el reconocimiento comocompaero. Se lograba el status de maestro despus de haberpermanecido en el anterior y de superar un examen de competencia profesional. Aqu ella estructuracin se adecuaba a larealidad social de la poca, con talleres en los cuales predominaba la actividad manual, artesanal, que exiga gran habilidad ycon un "mbito de servicio" (un radio de mercado, se podradecir hoy) restringido a la ciudad.

    Como toda institucin, cuando perdi el sentido de la concepcin de vida que le diera origen, comenz a resquebrajarse.La rigidez de sus normas no se ajustaba ya a la nueva poca,dotada de mayor dinamismo. Lo que en un mom ento sirvipara facilitar la convivencia, al producirse ciertas transformaciones, se convirti, en cierta manera, en verdadero obstculo,a causa de la rigidez de la organizacin.En Francia, el edicto Turgot y despus otro del 27 de mayo de 1791, prohibieron el funcionamiento de las corporaciones

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    20 PARTE GENERALy dispusieron que "ser l ibre a toda persona hacer cualquier negocio o ejercer cualquier profesin, arte u oficio" (art . 7 o , edic-"to lt im o) . Esa decisin , que pu so fin a una etapa histrica dela vida del trabajo, por lo menos de la realizada en las ciudades , a su vez cons t i tuy el inicio de una nue va con cep cin . Eltrabajador poda ejercer su labor sin necesidad de incorporarsea ninguna organizacin; a cambio de su l ibertad, perdi la segur idad de obtener determ inad as con dicion es . Su labor se convir t i en una mercanca ms, sujeta a los vaivenes del mercado,en el cual no t iene mayor capacidad para influir y en el que leest prohibido actuar junto con otros compaeros de t rabajo (alextremo de considerarse la agremiacin como un del i to) .

    5 . INFLUENCIA DE LA CON CEPCIN CAPITALISTA SOBRE EL TRABAJO. EFECTOS DE LA REVOLUCIN INDUSTRIAL. LA CUESTINSOCIAL. - En el siglo xvm se opera no slo una revolucin en elorden industrial que modifica las condiciones de trabajo, sinotambin un cambio de la concepcin prevalente de vida ( lo queno siemp re se destaca suficientem ente). El l iberalismo dio fundamento al capi tal ismo, por lo cual el examen de s te no puedecircunscribirse a un solo aspecto; debe referirse al contexto dentro del cua l se de sarr oll . La nueva fi losofa de vida que le dasustento, considera fundamental -preeminente- lo econmico ( laproduccin) , en cuya rea se produjo un enorme desarrol lo .

    As como otras cul turas tuvieron sus pecul iar idades y preeminencias (Grecia, la sabidura; Roma, la es t ructuracin pol t i ca; otros pueblos, el honor, la guerra, la rel igin, etc.) , el capital ismo privi legi lo econmico, sus exigencias y sus efectos; osea, el provecho i l imi tado en funcin del cual cre determinadas ins t i tuciones (es t ructura capi tal is ta) inspiradas en un nuevoespri tu y una nueva moral que consti tuyen el meollo de su filosofa de vida: obtencin de provecho s in l mites .Como consecuencia del uso de la moneda, se crea la posi bil idad del ahorro; el dinero produce renta y facil i ta la existencia de un mercado abier to , con preponderancia de quienes lopose en. El fin pr im ordial de cada com prad or no es la socieda d

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    INTRODUCCIN 21econmica (que tiene inters en una mayor produccin y unajusta distribucin de los bienes), sino el valor. El mercado semueve de acuerdo con los precios fijados por la oferta y la demanda, y no por la equidad o la justicia.El proceso econ mico se centra en la produ ccin. Elhombre no es el ideal; al contrario, se lo supedita a lo econmico. Se toma en cuenta la capacidad del ser humano comoconsumidor; no se lo aprecia por su dignidad, sino por lo querinde, trayendo aparejado un trabajo realizado en condicionesinfrahumanas. No existe una econom a de servicio. La utilidad y el provecho actan como nicos estmulos de la actividaddel hom bre. Esta concepcin niega, o por lo menos subestima, el papel de la vida social. Las leyes econmicas son lasnicas que instauran y aseguran el orden.El capital prima sobre el trabajo, no slo en lo material,sino tambin en lo espiritual, en el mando y la distribucin delos beneficios y cargas. La disociacin entre valor de uso yvalor de cambio, hace perder la conciencia social que exista enlas comunidades anteriores que no haban alcanzado tan alto nivel de vida econm ico. Se objetivan las relaciones entre loshom bres. No se considera norma de la sociedad una mejor reparticin segn las necesidades y los trabajos, sino segn el valor de cambio, que ignora la calidad de los servicios prestadosy la intensidad de las necesidades experimentadas; slo el mercado determina el valor. La vida econm ica no responde auna finalidad consciente. No se estima una cierta calidad dela vida humana y social. Slo se aprecia su cantidad: el valor.

    Se fundamenta esta concepcin en una confianza en la naturaleza, y en la razn que se tradujo en una emancipacin del"orden antiguo" respecto del orden moral, en un proceso de secularizacin. El mundo slo existe en la med ida en que se lopueda expresar en cifras; el problema humano "se resuelve" enoperaciones matem ticas. El espritu se somete a lo econmico y al culto de las exigencias del clculo; todo se puede y sedebe nivelar con el rasero de la cantidad . Los valores se asignan segn la cifra mayor; no es la lgica, sino los nmeros los

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    22 PARTE GENERALque deben gobernar. No se da importancia al trabajo intelectual en s; se descuidan los valores espirituales; todas las energas se sacrifican al dios Moloch del trabajo por el trabajo.En cierta manera, se endiosa la materia.Esta concepcin, que se centra en un puro dinamismo, desprecia la tradicin y cualquier regulacin que provenga de unprincipio extrao o ajeno a la ciencia econm ica. El podereconmico (y como consecuencia, el social y el poltico) pertenece a los que poseen el cap ital. ste es un bien susceptiblede cualquier clase de relaciones.El mencionado sistema engendr, en lo social, un individualismo que se sintetiza en el principio de cada cual para s, ycuyo ideal es el dinero y los honores. Las relaciones dentrode la empresa se dan en funcin de las clusulas del contratoestipulad o, no por los vnculos de una vida social. Com oprctica consecuencia de todo lo expuesto, el dominio del capital impuso condiciones injustas al trabajo; olvid al hombreque lo realiza. Su separacin en tre moral y vida coloca loeconmico -que es un medio al servicio del hombre- en la categora de fin. Poco a poco fue modificando la estruc tura socialsegn su cosmovisin.Conviene distinguir bien el capitalismo como hecho espiritual, social, histrico, jurdico y econmico, de la estructuraque crea y que es valiosa (sta facilit el desarrollo de la tcnica, lo cual posibilit la revolucin industrial que se logr a laluz de aquella cosmovisin). Fue enorme y beneficiosa la repercusin que su advenimiento tuvo en lo econmico, pero noas en lo social. En cierta manera, la revolucin econm ica sehizo a expensas de los trabajad ores. La capitalizacin deldesarrollo econmico se realiz en provecho de los empresarios; produjo un empobrecimiento (ya que no absoluto, s