1327 04A6O2014 - mininterior.gov.co · 2014. 8. 15. · de 24 de julio de 2014, para el proyecto:...

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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACION NUMERO 1327 DE 04A6O2014 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a rea/izarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 24 de julio de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII4-0035977, por medio del cual el señor PEDRO ANGARITA MUNIVE, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 2.898.218 de Bogotá, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca, identificado con las siguientes coordenadas: Coordenadas Datum Magna Sirga Origen Bogotá PUNTO NORTE ESTE P.A 1094420,000 972760,000 1 1095488 000 973524,000 2 1095488,000 973774,000 3 1096164,000 973774,000 4 1096164,000 973180,000 5 1096014,000 973180,000 6 1096014,000 973524,000 Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII4-0035977 de 24 de julio de 2014. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general ubicación y Título Minero del área del proyecto: "CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACION DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento u de Cundinamarca. ) Copia de "Contrato de Concesión para la Exploración y Explotación de Esmeraldas en bruto y demás Minerales Concesibles; No. FGL-101 celebrado entre el Instituto Colombiano de Geología y Minería —INGEOMINAS-, y Pedro Angarita Munive. Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "CONTRATO DE Página 1 de 4

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  • REPUBLICA DE COLOMBIA

    DCP-2500

    MINISTERIO DEL INTERIOR

    CERTIFICACION NUMERO 1327

    DE 04A6O2014

    "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a rea/izarse".

    EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

    En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

    diciembre de 2013 y,

    CONSIDERANDO:

    Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 24 de julio de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII4-0035977, por medio del cual el señor PEDRO ANGARITA MUNIVE, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 2.898.218 de Bogotá, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca, identificado con las siguientes coordenadas:

    Coordenadas Datum Magna Sirga Origen Bogotá

    PUNTO NORTE ESTE

    P.A 1094420,000 972760,000

    1 1095488 000 973524,000

    2 1095488,000 973774,000

    3 1096164,000 973774,000

    4 1096164,000 973180,000

    5 1096014,000 973180,000

    6 1096014,000 973524,000

    Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII4-0035977 de 24 de julio de 2014.

    Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general ubicación y Título Minero del área del proyecto: "CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACION DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento

    u de Cundinamarca. ) Copia de "Contrato de Concesión para la Exploración y Explotación de Esmeraldas en bruto y demás Minerales Concesibles; No. FGL-101 celebrado entre el Instituto Colombiano de Geología y Minería —INGEOMINAS-, y Pedro Angarita Munive. Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "CONTRATO DE

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  • CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 327 DE k AGO 2014

    CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TÍTULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las Bases de Datos consultadas fueron: 1) Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos (Incoder-lgac 2014), u) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2014), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Minlnterior 2014), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Minlnterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (lncoder-lgac 2014), y, vi) Base de datos de Consulta Previa (Minlnterior 2014).

    Que en el informe técnico de 30 de julio de 2014 se estableció lo siguiente:

    "Se realizó la digitalización y espacialización del polígono del proyecto: "Contrato de Concesión para la exploración y explotación de minera! de Berilo (Esmeraldas) en el área de! Título Minero No.FGL-101, en el municipio de Yacopí - Cundinamarca" a partir de las coordenadas suministradas por el solicitante. Para el ejercicio cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2014, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción del municipio de Yacopí, en el departamento de Cundinamarca. Las coordenadas del proyecto fueron aportadas en el Sistema de Coordenadas Planas Magna Sirgas Colombia Bogotá.

    A partir del análisis de la información presentada, se determina que existe coherencia espacial entre el área del proyecto y la información cartográfica del IGAC 2014, por lo cual, las coordenadas del proyecto permiten continuar con el trámite de la certificación radicada mediante EXTMII4-00359 77".

    Coordenadas Datum Magna Sirga Origen Bogotá

    PUNTO NORTE 1 ESTE

    P.A 1094420,000 972760,000

    1 1095488,000 973524,000

    2 11095488,000 1973774,000

    3 11096164,000 1973774,000

    4 1 1096164,000 1973180,000

    5 1 1096014,000 1973180,000

    6 1 1096014,000 1 973524,000

    Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 30 de julio de 2014 en el cual se determinó que:

    "Como resultado de la consulta de las bases de datos (espaciales y no espaciales) de comunidades étnicas con que cuenta la Dirección de Consulta Previa, y del análisis cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el polígono del proyecto: "Contrato de Concesión para la exploración y explotación de mineral de Berilo (Esmeraldas) en el área del Título Minero No. FGL-101, en el municipio de Yacopí - Cundinamarca", se evidenció que dicho polígono no se traslapa con comunidades étnicas.

    De acuerdo con lo anterior, se establece que no se registra presencia de comunidades étnicas en el área del proyecto: "Contrato de Concesión para la exploración y explotación de mineral de Berilo (Esmeraldas) en el área del Título Minero No. FGL-101, en el municipio de Yacopí - Cundinamarca", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, en el departamento de Cundinamarca".

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  • CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1327

    DE Ik;' AlGD 2O1 k.

    En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

    CERTIFICA:

    PRIMERO. Que no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Rom y Minorías, en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONCESION PARA LA EXPLORACION Y EXPLOTACIÓN DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca, identificado con las siguientes coordenadas:

    Coordenadas Datum Magna Sirga Origen Bogotá

    PUNTO NORTE ESTE

    P.A 1094420,000 972760,000

    1 1095488,000 973524,000

    2 1095488,000 973774,000

    3 1096164,000 973774,000

    4 1096164,000 973180,000

    5 1096014,000 973180,000

    6 1096014,000 973524,000

    Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMI140O35977 de 24 de julio de 2014.

    SEGUNDO. Que no se registra la presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "CONTRATO DE CONCESION PARA LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca, identificado con las siguientes coordenadas:

    Coordenadas Datum Magna Sirga Origen Bogotá

    PUNTO NORTE ESTE

    P.A 1094420,000 972760,000

    1 1095488,000 973524,000

    2 1095488,000 973774,000

    3 1096164,000 973774,000

    4 1096164,000 973180,000

    5 1096014,000 973180,000

    6 1096014,000 973524,000

    Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII4-0035977 de 24 de julio de 2014.

    TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII4-0035977 de 24 de julio de 2014, para el proyecto: "CONTRATO DE CONCESION PARA LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE MINERAL DE BERILO (ESMERALDAS), EN EL ÁREA DEL TITULO MINERO No. FGL-101", localizado en jurisdicción del municipio de Yacopí, departamento de Cundinamarca, identificado con las siguientes coordenadas:

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  • E 04AGQ2014

    Bogotá

    Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTM114-0035977 de 24 de julio de 2014.

    CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

    COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

    ÁLVARO E EVERRY LONDOÑO Direct de Consulta Previa

    Elaboró: Zamir Leonardo Molina Roa. Abogado OP. / Revisó: Luis Fernando Mora. Líder Área de Certíficaciones DO.P

    Aprobó: Dr. Alvaro Echeverry Londoño, Director D.C.P.

    T.R.D. 2500.0906

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